Download - MARCO LEGAL DE LA LIBRE COMPETENCIA
Abogada: María GonzálesAbogada: María Gonzáles
• Procesos de ajuste estructural de la Procesos de ajuste estructural de la economía de la últimos veinte años economía de la últimos veinte años
• Liberalización y apertura comercial, Liberalización y apertura comercial,
• Procesos de desregulación económica; y, Procesos de desregulación económica; y,
• PrivatizacionesPrivatizaciones
El origen de la política de competencia en Honduras, El origen de la política de competencia en Honduras, al igual que en el resto de la región, está relacionado al igual que en el resto de la región, está relacionado con: con:
¿Por qué una política para la defensa de la competencia?
Estos procesos han motivado la necesidad de contar conEstos procesos han motivado la necesidad de contar coninstrumentos que regulen la evolución de losinstrumentos que regulen la evolución de los
actores en los distintos mercados sin infringir el sistema de libertadesactores en los distintos mercados sin infringir el sistema de libertades
1990 AjusteEstructural
80´s
Honduras en una Economía Cerrada
Ley para la Defensa
y Promoción
de la Competencia (Dec. 357-2005)
Fallas de Mercado:
•Monopolio
Liberalización y Apertura Comercial
Adhesión de Honduras al GATT/OMC
Multilateral
Suscripción de Tratados
de Libre Comercio: 90`s - 2007
Bilateral
Honduras en la Globalización
• Objetivo:Objetivo: Ordenar los Mercados• AlcancesAlcances:
– Tutelar la competencia como sistema– Proteger el orden público económico
Legislación de competencia
• ObjetivosObjetivos:– Promover la
asignación eficiente de los recursos
– Prevenir / regular niveles excesivos de concentración económica
– Prohibir y sancionar prácticas anticompetitivas
– Proteger el bienestar de los consumidores
POLÍTICA PARA LA DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Fallas de Mercado
CAMBIOS EN EL ORDEN PÚBLICO ECONÓMICO
Ajustes Macroeconómicos, Desregulación, Liberalización y
Apertura Comercial
Origen y fundamentos de las Políticas y Legislación de Defensa de la Competencia
MARCO LEGAL, OBJETIVO, AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEYMarco Legal:Marco Legal:
Constitución (1982) Decreto Legislativo No. 357-2005, vigente a partir del 04 de febrero de
2006 Reglamento de la Ley
Objetivo:Objetivo: Promover y proteger el ejercicio de la libre competencia.
Ámbito de Aplicación:Ámbito de Aplicación: Todas las áreas de la actividad económica.
Sujetos de la Ley:Sujetos de la Ley: Todos los agentes económicos o sus asociaciones Entidades públicas Entidades sin fines de lucro.
OBJETO DE LA LEY
Promover y proteger el ejercicio de la libre competencia con el fin de procurar el funcionamiento eficiente del mercado y el bienestar del consumidor.
DefinicionesLibre Competencia: Situación en la que
existen las condiciones para que cualquier agente económico, sea oferente o demandante, tenga completa libertad de participar en el mercado, y quienes estén dentro de él no tengan la posibilidad tanto individual como en colusión de imponer condiciones en las relaciones de intercambio que afecten el funcionamiento eficiente del mercado.
Agentes EconómicosAquellos que participan como sujetos activos
en la actividad económicaAgentes Económicos Competidores : Operan
en el mismo mercado relevante.
Agentes Económicos Competidores Potenciales: Aquellos agentes que tienen la capacidad de ingresar al mercado en un corto periodo de tiempo.
ESTRUCTURAS DE MERCADO
MONOPOLIO: Un solo vendedor en el
merado
MONOPSONIO: Un solo comprador
OLIGOPOLIO: Un numero reducido de
empresas o compañías en la que cada una
tiene cierto poder de mercado.
Mercado RelevanteEs el que se define en función del mercado de
producto y mercado geográfico.
Mercado de Producto: Totalidad de bienes o servicios que los consumidores consideren intercambiables o sustituibles por razón de sus características, su precio o el uso de que prevea hacer de ellos.
Mercado Geográfico: Requiere la evaluación del alcance territorial de la zona en la que se desarrolla las actividades de suministro y prestación de bienes y servicios.
ELEMENTOS PARA IDENTIFICAR EL
MERCADO RELEVANTE
Los bienes o servicios objeto de la investigación (los precios, las características, los usos y aplicaciones, las alternativas de consumo, las finalidades, la disponibilidad, los costos de cambio así como la accesibilidad del bien o servicio en cuestión).
El número de agentes competidores y potenciales,
La disponibilidad en el corto plazo de contar con bienes o servicios sustitutos
PARTICIPACION EN EL MERCADO
Posición que ocupa una empresa o industria en el mercado.
PODER DE MERCADO:Capacidad de una empresa para influir o
determinar unilateralmente los precios en el mercado.
EFECIENCIA ECONÓMICA Y BIENESTAR DEL CONSUMIDOR
Se consideran incrementos en la eficiencia económica y bienestar del consumidor las mejoras en las condiciones de producción, distribución, suministro, comercialización o consumo de bienes o servicios.
ASPECTOS RELEVANTES QUE REGULA LA LEY
PRACTICAS RESTRICTIVAS A LA LIBRE COMPETENCIA Y
CONCENTRACIONES ECONOMICAS
POR SU NATURALEZAPOR SU EFECTO
PRACTICAS PROHIBIDAS POR SU NATURALEZA
Son aquellas que se ejecutan entre
agentes competidores. Se les
denomina así porque la sola
existencia constituye una practica
prohibida.
CONDUCTAS PROHIBIDAS POR SU NATURALEZA (Art. 5)
Se prohíben los Contratos, convenios, prácticas Se prohíben los Contratos, convenios, prácticas concertadas, concertadas,
combinaciones o arreglos combinaciones o arreglos entre agentes competidores entre agentes competidores existentes o existentes o
potenciales,potenciales, escritos o verbales, cuyo objeto o efecto escritos o verbales, cuyo objeto o efecto fundamental sea:fundamental sea:
Establecer precios, tarifas o descuentos;
Restringir total o parcialmente la producción, distribución, suministro o comercialización de bienes o servicios;
Repartirse directa o indirectamente el mercado en área territoriales, clientela, sectores de suministro o fuentes de aprovisionamiento;
Establecer, concertar o coordinar posturas o abstenerse concertadamente de participar en licitaciones, cotizaciones, concursos o subastas públicas.
CRITERIOS PARA VALORAR LA EXISTENCIA DE UNA PRACTICA
PROHIBIDA POR SU NATURALEZAQue exista una correlación positiva, importante y
continuada en los precios de dos o más competidores, durante un período de tiempo significativo
Que los agentes económicos hayan previsto mecanismos de fiscalización o control de la conducta de los demás participantes en el acuerdo, o práctica restrictiva de la libre competencia;
c) Que el número de participantes en el mercado relevante sea reducido;
Que los competidores deriven su actividad presuntamente restrictiva de la libre competencia mediante una medida o disposición legal o administrativa;
Que los presuntos infractores hayan sostenido reuniones y/u otras formas de comunicación;
Actuar con negligencia evidente en la presentación de ofertas; presentar ofertas inusualmente similares o sin fundamento económico
PROHIBIDAS SEGÚN SU EFECTO
Este tipo de prácticas se verifican entre empresas no competidoras, es decir, entre dos o más empresas situadas en niveles diferentes del proceso de producción y distribución. Por tal motivo, son también denominadas de carácter “vertical”.
CONDUCTAS PROHIBIDAS SEGÚN SU EFECTO (Art. 7)
EXPLOTACIÓN DE POSICIÓN DE DOMINIO (PD):EXPLOTACIÓN DE POSICIÓN DE DOMINIO (PD): Se Se prohíben los contratosprohíben los contratos, convenios, combinaciones, arreglos o , convenios, combinaciones, arreglos o conductas no incluidas en el artículo 5 de la Ley. Entre conductas no incluidas en el artículo 5 de la Ley. Entre otras, se consideran prohibidas por su efecto las siguientes:otras, se consideran prohibidas por su efecto las siguientes:
La imposición de restricciones sobre territorio, volumen o a los clientes, así como la obligación de no producir o distribuir temporalmente a un distribuidor o proveedor para vender bienes o prestar servicios;
La fijación de precios o demás condiciones, que el distribuidor o proveedor debe observar en su actividad mercantil;
La concertación entre agentes para ejercer presión contra algún agente económico para disuadirlo de una determinada conducta u obligarlo a actuar en determinado sentido;
Fijación de precios por debajo del costo, para alcanzar, mantener la práctica desleal.
Efectos
Estos acuerdos tienen por objeto o efecto desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedir sustancialmente su acceso al mismo o establecer ventajas exclusivas a favor de una o varios personas.
ELEMENTOS QUE DETERMINAN LA ILEGALIDAD DE PRACTICAS
RESTRICTIVASQue se ha incurrido en alguna de las
conductas descritas en el artículo 7 de la Ley; Que el agente económico que comete la
práctica tenga poder sustancial en el mercado relevante;
Que la práctica tenga o pueda tener el objeto o el efecto de desplazar indebidamente a otros agentes económicos del mercado, impedir sustancialmente el acceso al mismo o establecer ventajas exclusivas a favor de una o varias personas
OBSERVACIONESLa participación de mercado de una empresa
aporta solamente un indicio a valorar junto con otros elementos .
Es importante señalar que no infringe la Ley de Competencia el agente económico que se encuentre con una participación notable en el mercado, si tal posición no ha sido obtenida mediante prácticas o conductas prohibidas por la ley.
CRITERIOS PARA DETERMINAR PARTICIPACIÓN NOTABLE DE MERCADO
Su cuota en el mercado relevante,La posibilidad de que pueda fijar precios
unilateralmente o restringir el abastecimiento en el mercado relevante,
Capacidad para propiciar un incremento en los costos de acceso o salida a competidores,
Capacidad para la disminución sistemática de sus precios de venta por debajo de sus costos.
La existencia de barreras de entrada,
BARRERAS A LA ENTRADA
Los costos financieros para desarrollar canales alternativos;
El acceso limitado al financiamiento, a la tecnología o a canales de distribución eficientes;
El monto, indivisibilidad y plazo de recuperación de la inversión requerida, o la ausencia o escasa rentabilidad de usos alternativos de infraestructura y equipo;
La necesidad de contar con concesiones, licencias, permisos o cualquier clase de autorización gubernamental,
Las limitaciones a la competencia en los mercados internacionales;
Control de Concentraciones Control de Concentraciones EconómicasEconómicas
Se entiende por Se entiende por Concentración económica (CE) Concentración económica (CE)
la toma o el cambio de control en una o varias la toma o el cambio de control en una o varias
empresas, o cualquier otro acto en virtud que empresas, o cualquier otro acto en virtud que
agrupe acciones, partes sociales, fideicomisos o agrupe acciones, partes sociales, fideicomisos o
activos que se realicen entre proveedores, activos que se realicen entre proveedores,
clientes o cualquier otro agente económico. clientes o cualquier otro agente económico.
CARACTERÍSTICAS DE LAS CECARACTERÍSTICAS DE LAS CE No se prohíben “per se”
No son prohibidas cuando produzcan mayor eficiencia y bienestar
Notificación previa tiene carácter obligatorio
La verificación previa es voluntaria y no podrán ser impugnadas, salvo por información falsa proporcionada por los agentes involucrados
Las no verificadas previamente podrán ser investigadas de oficio o a instancia de parte
TIPOS DE CE
VERTICALESHORIZONTALES Y CONGLOMERADOS
CE VERTICALES
Cuando los agentes económicos que intervienen forman parte de las diferentes etapas del proceso productivo desde la fabricación de la materia prima, elaboración, distribución y comercialización
CE HORIZONTALES
Cuando los agentes económicos a concentrarse están situados en el mismo nivel de producción o comercialización
CONGLOMERADOS
Cuando los agentes económicos que se pretenden unir participan en diversos mercados no relacionados entre sí, con la finalidad de ampliar su ámbito de acción.
CONTROL DE LAS CE¿Por qué es importante su control? Las concentraciones muchas veces
generan economías de escala y otras eficiencias, mientras otras concentraciones solamente crean poder de mercado, lo cual puede dar lugar a efectos anticompetitivos
MEDIDAS PRECAUTORIAS MEDIDAS PRECAUTORIAS SOBRE CESOBRE CE
Ante la presunción Ante la presunción de que una CE de que una CE restringe, disminuye, daña o impida la restringe, disminuye, daña o impida la libre competencia, por sus potenciales libre competencia, por sus potenciales efectos, la CDPC puede ordenar la efectos, la CDPC puede ordenar la suspensión temporal de dicha operación suspensión temporal de dicha operación hasta que concluya la investigación hasta que concluya la investigación respectivarespectiva
DECISIONES SOBRE DECISIONES SOBRE CONCENTRACIONESCONCENTRACIONES
Como resultado de una verificación Como resultado de una verificación previa o investigación de una CE, la previa o investigación de una CE, la ley establece que pueden tomarse las ley establece que pueden tomarse las siguientes decisiones:siguientes decisiones:
Autorizar la CE
Prohibirla; u,
Ordenar la desconcentración o medidas condicionales para su aprobación
La Ley establece algunas medidas correctivas :
Modificar, transferir o eliminar una determinada línea de producción
Dividir o traspasar a terceros derechos sobre determinados activos
Modificar o eliminar cláusulas de contratos que se celebren
MEDIDAS CORRECTIVAS MEDIDAS CORRECTIVAS SOBRE CE SOBRE CE
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (1)
Solicitud de Información:La CDPC está facultada a
solicitar información necesaria por escrito, indicando los fundamentos legales
Los agentes económicos, están obligados a proporcionarla, de forma completa y en el plazo indicado
De no entregarse en forma completa y en el plazo indicado, la CDPC la exigirá mediante resolución.
En caso que no la suministre la CDPC, puede imponer Multas al agente
Procedimiento Procedimiento para Exigir para Exigir
InformaciónInformación
Investigación e Investigación e Inspección en el lugar: Inspección en el lugar: sin notificación previa
Acta de Investigación o Acta de Investigación o inspección: inspección: las actas que se levanten tendrán plena validez y fuerza probatoria para los efectos de las resoluciones que emita la Comisión
Procedimiento Procedimiento para Exigir para Exigir
InformaciónInformación
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (2)
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (3)
Inicio de ProcedimientoInicio de Procedimiento: de : de Oficio o Instancia de ParteOficio o Instancia de Parte
Procedimiento para Procedimiento para sancionar prácticas, actos y sancionar prácticas, actos y conductas prohibidas: conductas prohibidas: De De notificación, contestación, notificación, contestación, pruebas, informes finales y pruebas, informes finales y resolución.resolución.
Aceptación de Cargos: Aceptación de Cargos: rebaja de un tercio de la multa rebaja de un tercio de la multa que se hubiere aplicado en que se hubiere aplicado en caso de no aceptarlacaso de no aceptarla
Procedimiento Procedimiento Sancionatorio Sancionatorio de Prácticas y de Prácticas y
Actos Actos ProhibidosProhibidos
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (4)
Solicitud de InformaciónSolicitud de InformaciónVerificación PreviaVerificación PreviaProhibición, Medidas Correctivas y DesconcentradasProhibición, Medidas Correctivas y Desconcentradas
Antes de dictar la medida, se debe notificar por escrito la intención Antes de dictar la medida, se debe notificar por escrito la intención de la CDPC, al agente económico; De no ocurrir la notificación se de la CDPC, al agente económico; De no ocurrir la notificación se comunicará por aviso publicado en un diario de publicación nacionalcomunicará por aviso publicado en un diario de publicación nacionalEn todo caso se ordenarán mediante una Resolución, notificada al En todo caso se ordenarán mediante una Resolución, notificada al agente económico involucradoagente económico involucrado
Procedimientos relativo a las Medidas Provisionales
Procedimiento relativo a las Concentraciones Económicas
Tres (3) veces el monto del beneficio económico obtenido o hasta el Tres (3) veces el monto del beneficio económico obtenido o hasta el diez por ciento (10%) de la utilidad brutadiez por ciento (10%) de la utilidad bruta en ventas del año fiscal en ventas del año fiscal precedente.precedente.
Notificación extemporánea de operaciones de concentraciónNotificación extemporánea de operaciones de concentración o o falta de falta de entrega o atraso en la entrega de información entrega o atraso en la entrega de información (multas sucesivas desde (multas sucesivas desde mil hasta 50 mil lempiras). mil hasta 50 mil lempiras).
ReincidenciaReincidencia (doble de la última multa impuesta) (doble de la última multa impuesta)
Multas sucesivasMultas sucesivas, por cada día de retraso en el cumplimiento de lo , por cada día de retraso en el cumplimiento de lo ordenado en la resolución (hasta L. 50.000 por día)ordenado en la resolución (hasta L. 50.000 por día)
Inasistencia a la primera citaciónInasistencia a la primera citación (hasta L. 15.000) (hasta L. 15.000)
Ajuste de Multas por inflaciónAjuste de Multas por inflación (IPC-BCH) (IPC-BCH)
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (4)
De las Sanciones Administrativas y Multas
Muchas Muchas GraciasGracias