MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Tema 7: LA FINANCIACIÓN DEL ESTADO DEL BIENESTAR
Profesor:
Dr. Javier LOSCOS FERNÁNDEZ
NOVIEMBRE 2009
EL PAPEL DEL ESTADO ANTE EL CAMBIO ECONÓMICO Y SOCIAL
INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (I)
ORDINARIOS: · Periódicos· No requieren autorización anual· No varían el patrimonio neto del sector público
EXTRAORDINARIOS:· No periódicos· Requieren autorización anual· Reducen el patrimonio neto del sector público· Endeudamiento, venta de patrimonio público y señoreaje
INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (II)
NO TRIBUTARIOSPreciosRentas de la propiedadOtros ingresos de Derecho privado
TRIBUTARIOS
TASAS
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
IMPUESTOS
INGRESOS TRIBUTARIOS: MODALIDADES(a. 2.2 LGT)
TASAS: son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado (art. 6 LTPP; art. 20 LRHL).
(Tendrán la consideración de PRECIOS PUBLICOS las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados. (art.24 LTPP; art.41 LRHL).
CONTRIBUCIONES ESPECIALES : El hecho imponible es la obtención por el obligado tributario de un beneficio o un aumento en el valor de sus bienes , como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
(SELIGMAN: "Contribuciones obligatorias recaudadas en proporción a los beneficios especiales derivados por la propiedad inmueble de una obra o mejoras públicas específicas emprendidas en interés general")
IMPUESTOS: Tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.
TIPO DE GRAVAMEN: cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la BL para obtener la CI (a. 55 LGT).
HECHO IMPONIBLE: presupuesto fijado por la Ley por el que nace la obligación tributaria (a. 20 LGT).
BASE IMPONIBLE (a. 50.1 LGT): cuantificación (dineraria o no) del hecho imponible.
BASE LIQUIDABLE = Base Imponible –Reducciones
(a. 54 LGT)
CUOTA ÍNTEGRA:Base liquidable x
tipo impositivo(a. 56.1 LGT)
CUOTA LÍQUIDA:Cuota íntegra –
Deducciones(a. 56.5 LGT).
CUOTA DIFERENCIAL:Cuota líquida –
Retenciones y pagos a cuenta (a. 56.6 LGT).
DEUDA TRIBUTARIA:Cuota diferencial +
Sanciones y recargos(a. 58 LGT).
OBLIGADOS TRIBUTARIOS (“sujeto pasivos”): Son las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias. (aa. 35-48 LGT).
ELEMENTOS DE LOS TRIBUTOS
INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (III)
CRITERIO TIPO EJEMPLOS
SUJETO PASIVO
PERSONALES: Se consideran sus circunstancias personales y familiaresI.R.P.F.I. PatrimonioI. s/ Sociedades
REALES: No se consideran sus circunstancias personales y familiaresI.V.A.I. Transmisiones PatrimonialesII. Especiales
BASE IMPONIBLE
RENTA GENERADAI.R.P.F.I. s/ Sociedades
RENTA ACUMULADA: Riqueza, Propiedad, Patrimonio,...
Tenencia I. Patrimonio
TransmisiónI. Transmisiones PatrimonialesI. Sucesiones y Donaciones
RENTA GASTADA: Gasto, Consumo, Ventas...
I. Gasto Personal I. Personal s/ el Gasto (Kaldor)
I. General
MonofásicosFabricantesMayoristasMinoristas
PlurifásicosI.V.A.I.T.E.
II. EspecialesAlcoholHidrocarburosTabaco...
INGRESOS PÚBLICOS: CLASIFICACIÓN (IV)
CRITERIO TIPO EJEMPLOS
RECAUDACIÓN
DIRECTOS: Sujeto pasivo claramente identificado. Momento de devengo claramente identificado. Difícilmente trasladables.
I.R.P.F.I. PatrimonioI. s/ Sociedades (????)
INDIRECTOS: Sujeto pasivo NO claramente identificado. Momento de devengo NO claramente identificado. Fácilmente trasladables.
I.V.A.I. Transmisiones PatrimonialesII. Especiales
TIPO IMPOSITIVO
PROGRESIVOS
I.R.P.F.
I. PatrimonioI. Sucesiones y Donaciones
PROPORCIONALESI. s/ SociedadesI. Transmisiones Patrimoniales
REGRESIVOSI.V.A.I.T.E.Poll Tax (cuota fija)
PROGRESIVIDAD TÉCNICA
CONCEPTO PROGRESIVO PROPORCIONAL REGRESIVO
Al aumentar la base imponible, la cuota o la recaudación aumentan...
Más que proporcionalmente
ProporcionalmenteMenos que
proporcionalmente
Elasticidad de la recaudación respecto a la base:
ERB > 1 ERB = 1 ERB < 1
T’ > T* T’ = T* T’ < T*
Al aumentar la base imponible, el tipo impositivo...
Aumenta No varía Disminuye
EtB > 0 EtB = 0 EtB < 0
B%
R% =
BB
RR
= ERB
T
T =
BRBR
=
BB
RR
= E *RB
B%
t% =
BBtt
= E tb
PRINCIPIOS GENERALES DE LA IMPOSICIÓN
SIMPLICIDAD Fácil cumplimiento de las obligaciones tributariasFácil gestión de los tributos por la Administración Tributaria
SUFICIENCIA Cobertura del gasto públicoElasticidad renta de los ingresos impositivos > 1
EQUIDAD
Proporcionalidad (sacrificio equivalente):
Equidad horizontal: trato igual a los contribuyentes que tengan las mismas circunstancias.
Equidad vertical: trato adecuadamente desigual a los contribuyentes que tengan circunstancias diferentes
NEUTRALIDADNo interferencia de los impuestos en las decisiones de los agentes económicos
P R I N C I P I O S FORMULACIÓN
PRESUPUESTARIO-FISCALES
1. SUFICIENCIA El sistema fiscal debe estructurarse de manera que los ingresos tributarios permitan la cobertura duradera de los gastos.
2. CAPACIDAD DE AUMENTOEn caso necesario, y a corto plazo, el sistema fiscal debe suministrar los ingresos complementarios necesarios para cubrir nuevos gastos de carácter permanente o de carácter único y extraordinario.
POLÍTICO-SOCIALESY ÉTICOS
3. GENERALIDADTodas las personas naturales o jurídicas con capacidad de pago deben someterse al impuesto, sin excepciones que no se justifiquen por razones inexcusables de política pública, o de técnica tributaria.
4. IGUALDADLas personas en situación igual han de recibir el mismo trato tributario, debiendo concederse un trato tributario desigual a las personas que se hallan en situaciones diferentes.
5. PROPORCIONALIDADLas cargas fiscales deben fijarse en proporción a los índices de capacidad de pago, de forma que la imposición resulte igualmente onerosa, en términos relativos, a cada contribuyente.
6. REDISTRIBUCIÓNLa política tributaria debe alterar la distribución primaria de la renta provocada por el mercado, disminuyendo las diferencias de renta mediante la progresividad.
POLÍTICO-ECONÓMICOS
7. EVITACIÓN DEL DIRIGISMO FISCALLa política fiscal debe evitar intervenciones fragmentarias y asistemáticas que favorezcan o perjudiquen injustificadamente a ciertos grupos económicos, sectores productivos o categorías de gasto, o la adopción de ciertas formas jurídicas.
8. INTERVENCIÓN TRIBUTARIA MÍNIMALa Administración tributaria debe limitar su intervención en la esfera privada de los contribuyentes, y en el ejercicio de la libertad económica individual de éstos, al mínimo imprescindible para la observancia de los principios presupuestario-fiscales y de justicia (considerados como de rango superior) y los asociados a las políticas de estabilización y crecimiento.
9. NEUTRALIDAD ANTE LA COMPETENCIALa política fiscal debe evitar cualquier consecuencia involuntaria que perjudique el funcionamiento de la competencia y debe suprimir o atenuar las imperfecciones de ésta.
10. FLEXIBILIDAD ACTIVAEl diseño del sistema tributario debe permitir la ejecución discrecional de políticas fiscales anticíclicas, mediante la alteración de su estructura o los procedimientos tributarios, o la variación de las tarifas.
11. FLEXIBILIDAD PASIVAEl sistema tributario debe estructurarse de forma que contribuya a amortiguar automáticamente las fluctuaciones coyunturales de la actividad macroeconómica.
12. ORIENTACIÓN AL CRECIMIENTOLa política fiscal debe estructurarse, tanto en su totalidad como en sus elementos constitutivos, de forma que no frene el crecimiento y pueda ejercer una influencia positiva sobre el mismo, si no alcanzase el ritmo adecuado.
JURÍDICOSY TÉCNICO-
TRIBUTARIOS
13. CONGRUENCIA Y SISTEMATIZACIÓNEl sistema tributario debe atender uniformemente a la consecución de sus distintas finalidades, evitando desatender unos objetivos en beneficio de otros, y la existencia de lagunas o contradicciones en su composición y estructura.
14. TRANSPARENCIALas normas tributarias deben ser inteligibles, claras y precisas, estableciendo sin ambigüedad los derechos y deberes de los contribuyentes, para evitar la arbitrariedad en la liquidación y recaudación de los tributos.
15. FACTIBILIDAD Las normas tributarias deben ser aceptables para los contribuyentes y aplicables por la Administración fiscal.
16. CONTINUIDAD Las normas fiscales deben gozar de vigencia continuada, y sólo modificarse en el marco de reformas generales y sistemáticas.
17. ECONOMICIDADLa estructura del sistema tributario y la composición de sus elementos deben realizarse de tal forma que sus gastos de administración y cumplimiento no sobrepasen el mínimo imprescindible para atender sus objetivos político-económicos y político-sociales.
18. COMODIDADEl contribuyente debe disfrutar de todas las facilidades posibles para cumplir con sus obligaciones fiscales, previa observancia de los principios impositivos de rango superior.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA IMPOSICIÓN (Neumark, 1970)
INCIDENCIA LEGAL: Carga fiscal derivada directamente de la legislación impositiva.INCIDENCIA EFECTIVA: Sobre quién recaen realmente las cargas impositivas. Es el resultado del proceso de traslación.
INCIDENCIA IMPOSITIVA
INCIDENCIA LEGAL ≠ INCIDENCIA REAL
TRASLACIÓN: se produce cuando el sujeto pasivo legal de un impuesto consigue que sea un tercer agente económico el que soporte la carga del impuesto (sujeto pasivo de hecho), incrementando los precios de sus productos (traslación hacia adelante), o bien reduciendo la remuneración de los factores de producción (traslación hacia atrás).
REPERCUSIÓN: se produce cuando la traslación impositiva está expresamente prevista en la ley
INCIDENCIA IMPOSITIVA: EQUILIBRIO PARCIALLey de Dalton
El impuesto será soportado en mayor medida por los agentes (oferentes o demandantes) cuyo comportamiento sea más inelástico
ESQUEMA GENERAL DEL SISTEMA IMPOSITIVO ESPAÑOL
ESTATALES
DIRECTOS
SOBRE LA RENTAI.R.P.F.I. R. no ResidentesI. s/ Sociedades
SOBRE LA RIQUEZAI..Patrimonio.I. Sucesiones y Donaciones
INDIRECTOS
SOBRE EL CONSUMO
IVA Imps. EspecialesImpto Sobre las Primas de SegurosImpto Sobre Las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos
SOBRE TRANSMISIONESI. Transmisiones Patrimoniales y actos Jcos Documentados.
AUTONÓMICOSIMPUESTOS PROPIOS DE LAS CCAA
Cánones de Saneamiento, recargos sobre el IAE, impuesto sobre el juego del bingo, etc.
LOCALES
OBLIGATORIOS
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Impuesto de Actividades Económicas
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
POTESTATIVOS
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Impuesto sobre el incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS E INGRESOS PÚBLICOS: España: Proyecto de Ley de Presupuestos generales del Estado para 2010
Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda (2009b)
REFERENCIAS
Ministerio de Economía y Hacienda (2009b): Presupuestos Generales del Estado 2010 [“Cuaderno blanco”]. Madrid: Centro de Publicaciones del M.E.H. [Accesible en internet:]
Neumark, F. (1970): Principios de la imposición. Madrid: I.E.F., 1994.