Download - Ley fundamental de educación continuación
Capítulo VII, V y
VI de la Ley
Fundamental
de Educación
Elaborado por:
Vivian Hernández Arias
Ley
fundamental
de educaciónEsta ley establece los principios
que rigen la educación costarricense y el derecho
fundamental a ser educado como habitante de la República
de Costa Rica.
Fines de la
educación
costarricense
Todo habitante costarricense tiene
derecho a la educación.
Conciencia de deberes y
derechos
Amor a la patria
Solidaridad y comprensión
humana
Responsabilidad y respeto a la dignidad
humana
Conservar la cultura.
Capitulo IV
De la Educación Especial
Artículo 27
Este artículo ratifica la Educación Especial como un conjunto de
apoyos y servicios disponibles (temporal o permanentemente)
para estudiantes con necesidades educativas especiales.
Articulo 28
Profesional en Educación Especial
Especializado en el área
Capaz de brindar, técnicas, métodos , y materiales apropiados
Artículo 29
Los centros
educativos deberán
suministrar a sus
alumnos y a los
padres, la
información
necesaria para que
participen,
comprendan y
apoyen el proceso
educativo.
Capitulo VDe la comunicación a la
comunidad
Artículo 30 y 31
El estado debe ofrecer
Coordinaciones tendientes a elevar el nivel cultural, social y económico de sus miembros
Por medio de sus órganos e instituciones
El MEP se encargará de la coordinación
Artículo 32 establece el
objetivo principal de la
Educación
Capacitar a sus habitantes para la
plena responsabilidad social y cívica;
para conseguir un buen estado de
salud física y mental; para explotar
racionalmente los recursos naturales; y
para elevar el nivel de vida y fomentar
la riqueza nacional.
Capítulo VI De los centros educativos
privados
Artículos 33 al 37