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LEGISLACIÓN COMERCIAL
Paola Rincón – Linda rincón – Gina Hurtado
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CONTENIDO
Pág.
1. CONCEPTOS COMERCIALES 4
1.1. Persona natural 4
1.2. Persona jurídica 4
1.3. Similitudes entre persona natural y persona jurídica 4
1.4. Empresa 5
1.5.. Bienes 5
1.5.1 Tipos de bienes 5
2. COMERCIANTE 6
2.1. Definicón de comerciante 6
2.2. Presunciones de ser comerciante 6
2.3. Quienes no pueden ejercer comercio 6
3. DEBERES DE LOS COMERCIANTES 7
3.1. Obligaciones del comerciante 7
4. ACTIVIDADES MERCANTILES 8
4.1. Actividades que la ley concidera como mercantiles 8
5. CAMARA DE COMERCIO 9
5.1. ¿Qué son las camaras de comercio? 9
5.2. Quien regula las cámaras de comercio 9
5.3. Función de las cámaras de oomercio 9
6. SOCIEDADES COMERCILAES 10
6.1. Como se constituyen las sociedades comerciales 10
6.1.1. Escritura pública 10
6.1.2. Contrato de sociedad 11
6.1.3. Estatutos de sociedad 13
6.2. Incumplimiento en la entrega de capital 13
6.4. Tipos de sociedades comerciales 14
6.4.1. Sociedades anónimas 14
6.4.2. Sociedades por acciones simplificadas 16
6.4.3. Sociedades encomanditas 18
6.4.3.1 Sociedad encomandita simple 18
6.4.3.2. Sociedad encomandita por accciones 20
6.4.4. Sociedades extrangeras 22
6.4.5. Sociedades limitadas 24
6.4.6. Sociedades de economía mixta 26
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7. Transformación de las socieddes
8. Fusión de las sociedades 27
9. CAUSALES DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN 27
9.1. Causales generales de liquidación y disolución 27
10. CONTRATOS MERCANTILES 28
10.1. Definición 28
10.2. Contratos mercantiles 28
10.3. Clases de contratos mercantiles 28
10.4. Formación de contratos mecantiles 28
10.5. Contrato de compra - venta 29
10.6. Contrato de outsorsing 30
10.7. Contrato de leasing 31
10.8. Contrato de seguro 32
10.10. Contrato de depósito 33
10.11. Contrato de transporte 34
10.12. Contrato de suministro 35
10.13. Contrato de factoring 36
10.14. Contrato de cuenta corriente 37
10.15. Contrato de corretage 38
10.16. Contrato de arrendamiento 39
11. VOCABULARIO 40
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1. CONCEPTOS COMERCIALES
2. Persona
2.1. Persona Natural: es todo individuo de la especie humana.
Ante la ley se es persona natural desde el momento en que se nace y se desprende
de la madre.
2.2. Persona Juridica: Es un ente ficticio o abstracto, es decir las empresas o
sociedades comerciales.
- Una persona jurídica no podría crearse sin personas naturales.
- Una empresa al momento de constitirse, se convierte en una persona jurídica
independiente de los socios (personas naturales) que la conforman.
Similitudes entre persona natural y persona jurídica
PERSONA NATURAL
PERSONA JURÍDICA
Nombre
Número de identificación (cédula de
ciudadania)
Proyecto de vida
Responsabilidad: restricción a los
derechos
Razón social
N.I.T.: númeo de identificación
tributaria
Objeto social: actividad a la que se
dedica la empresa
Reponsabilidad: restricciones al
desarrollo de su objeto social
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3. Empresa
Es una actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación,
transportación, administración o custodia de bienes o servicios.
4. Bienes
Es todo aquello suceptible a ser apreciado en dinero y que conforma el patrimonio y
capital de una empresa o persona.
TIPOS DE BIENES
1. Bienes muebles: que se pueden trasladar de un lugar a otro.
2. Bienes semovientes: que se pueden trasladar de un lugar a otro por ellos mismos.
3. Bienes inmuebles: que no se pueden trasladar de un lado a otro.
4. Bienes tangibles: que podemos sentir, tocar evidenciar.
5. Bienes intangibes: que no podemos persibirlos organolepticamente.
6. Bienes fingibles: que se acaban con el uso.
7. Bienes infungibles: que no se acaban con el uso.
8. Bienes de uso privado: aquellos que son propiedad de una persona, son apreciables en
dinero, son comerciables, y son embargables.
9. Bienes de uso público: todo aquello que pertenece al estado (sociedad).
- Son inalienables: no son cemercializables.
- Son inembargables: no se pueden usar para cumplir con oblligaciones.
- Son inescriptibles: bienes (lugares) que pertenecen al estado y no pueden ser
invadidos.
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2. COMERCIANTE
1. Es aquella persona natural o jurídica que voluntariamente, de forma regular y
profecionalmente, desarrolla un acto jurídico conciderado como mercantil por la ley.
2. Según codigo de comercio
Art. 10_: Comerciante: son comerciantes las personas que profecionalmente se
ocupan en alguana de las actividades que la ley concidera como
mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad comercial
se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta
persona.
Profecionalmente quiere decir:
Art. 12: Presunciones de ser comerciante:
1. Tener registro mercantil (en la camara de comercio).
2. Tener establecimiento de comercio abierto.
3. Anuenciarse al público como comerciante.
QUIENES NO PUEDEN EJERCER COMERCIO
No odran ser comerciantes o realizar una actividad mercantil:
1. Funcionarios o empleados públicos que realicen actividades mercantiles que se
relacionen con sus funciones públicas.
2. Las personas que por ley o sentencia judicial estén inhabilitadas.
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3. DEBERES DE LOS COMERCIANTES
Según el código de comercio
Art. 19_: Obligaciones de los comerciantes: es obligación de todo comerciante:
1. Matricularse en el registro mercantil.
2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los
cuales la ley exija esa formalidad.
3. Llevar contavilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
4. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con
sus negocios o actividades, para servir de documentos provatorios.
5. Hacer saber que se dejara de realizar la actividad comercial o mercantil.
6. No ejecutar competencia desleal.
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4. ACTIVIDADES MERCANTILES
Art. 20_: Las actividades que la ley concidera como mercantiles son:
1. Adquisición de bienes a título oneroso con destino a enagenarlos.
2. Adquirir bienes muebles a título oneroso mediante el arrendamiento o
subarrendamiento.
3. Recibo de dinero en mutuo a intereses con o sin garantía.
4. Adquisición de establecimienetos de comercio.
5. Ser accionista de una sociedad comercial.
6. Negociación de títulos valores.
7. Operaciones bancarias: todas las actividades financieras.
8. Corretage: sistemas de inverción.
9. Actividades en puertos, muelles, aeropuertos y vias.
10. Actividad transportadora.
11. Actividad aseguradora.
12. Actividades industriales.
13. Actividades de logística.
14. Actividades de propaganda, litografía, fotografía, informativas o de prestación de
servicios.
15. Actividades de construcción, reparación, montaje, ornamentación o instalación.
16. Actividades de explotación de recursos naturales.
17. Actividades de promoción de negoocios, compra-venta, administración, custodia o
circulación de bienes y servicios.
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5. CÁMARA DE COMERCIO
1. Las cámaras de comercio:
a. Son instituciones legales, porque son creadas por la ley.
b. Son personas jurídicas.
c. Se pueden crear de dos formas:
De oficio: cuando el gobierno ve la necesidad de crearla en una sircunscripción.
A petición: cuando los comerciantes de una sircunscripción la solicitan.
2.¿Quién regula las camaras de comercio?
La superintendencia de comercio es quien regula a las camaras de comecio.
6. FUNCIONES
1. Ser un intermediario entre el gobierno los comerciantes.
2. Investigar el comercio y servir de organo consultivo.
3. Llevar el registro mercantil.
4. Dar a conocer el registro mercantil en boletín informativo.
5. Mntener o proteger la costumbre mercantil.
6. En eventos de conflicto o problemas dentro de la sociedad, para la solución de estos
debe servir como arbitro o como amigable componedor.
7. Presentar conferencias y exposiciones para comerciantes.
8. Crear o establecer sus propias leyes.
9. Presentear a la superitendencia de comercio un balance de sus ingresos y egresos
durante el año.
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6. SOCIEDADES COMERCIALES
Las sociedades comerciales se constituyen y prueban a través de escritura pública, contrato de
sociedad y estatutos de sociedad.
1.ESCRITURA PÚBLICA
La escritura pública es un documento o instrumento notarial, donde un notario da fe sobre la
capacidad jurídica de los otorgantes o participantes, el contenido del mismo y la fecah en que
se realizó.
1.1. CONTENIDO
Según el código de comercio, como lo establece ell art. 110, la escritura pública de contener:
a. Nombre y domicilio de los intervinientes. En caso de personas naturales debe nombrarse
la nacionalidad y el documento de identificación y para las personas jurídicas, la ley,
decreto o escritura de donde se deriva su existencia.
b. La clase o tipo que se constituye y el nombre de la misma.
c. El domicilio de la sociedad y de las sucursales que se estblescan
d. El objeto social, enunciando clara y completamente las actividades principales.
e. El capital social, la parte suscrita del mismo y la parte que cada socio paga. En las
sociedades por acciones deberá describirse el capital suscrito y el pagado, el valor
nominal de las accines y ls fechas y terminos en que deberan cancelarce.
f. La forma de administración, las atribuciones y faculatdes de los administradores, de llas
que se reservan los asociados, las asambleas y las juntas de socios, de acuerdo a las
regulaciones de cada tip de sociedad
g. La época y forma de convocar y costituir la asamblea y la forma en que se va a deliberar
y tomar desiciones en los asuntos de su competencia
h. Las fechas en que deben hacerse inventarios y balances generales , la forma en que se
repartiran las utilidades del ejercicio social y las reservas que deben hacerse.
i. La duracion y causas anticipadas de la sociedad.
j. La forma de hacer la liquidación en el momento que se halla disuelto la sociedad,
indicando los bienes que deben ser restituidos o distribuidos en especie y las condiciones
en que debe hacerse.
k. Las diferencias que ocurran a los asociados entre sí o con la sociedad deben someterse a
desición arbitral o amigables componedores, y en caso afirmativo la forma en que se hará
la designación de los arbitros o amigables componedores.
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l. Nombre y domicilio de quien representara a la sociedad y sus derechos y deberes.
m. Las facultades y obligaciones del revisor fiscal en caso dado.
n. Los demás pactos que, se relacionen con el tipo de sociedad y que estipulen los asociados
para la regulación de las relaciones que dan origen al contrato.
1.2. INSCRIPCION O REGISTRO EN LA CÁMARA DE COMERCIO
Se debe tomar una copia del contrato para inscribirlo en el registró mercantil de la cámara
de comerco con jurisdicción del lugar donde se establesca la socidad.
2. CONTRATO DE SOCIEDAD:
Un contrato es un acuerdo de voluntades entre sos o más personas para: dar, hacer y no hacer.
Como lo dice el código de comercio:
Art. 98._ Definición del Contrato de Sociedad. Por el contrato de sociedad dos o más personas
se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el
fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.
La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios
individualmente considerados.
2.1. Debe contener:
a) Nombres de las personas en acuerdo, deben ir en orden alfabetico, nombre y apellido,
número de documento de identidad, nacionalidad, edad estado civil, domicilio y
profecion.
b) El nombre que se le dará a la sociedad, acompañado de la razón social o tipo social
adoptadoy la información del domicilio y lugar donde se realizara la actividad.
c) La duración o fecha de terminación de la sociedad , si es que los socios desean dar un
término.
d) La designacción del objeto, el cual debe ser preciso y determinado, señalando la actividad
mercantil a relizar.
e) El monto de aportes y el plazo para cancelar el mismo, o los bienes aportados con su
descriocion y valor monetario.
f) Los nombres de los socios que representarán la sociedad (tendrán la firma social), con las
restricciones y facultades para dicha responsabilidad de representación, o el nombre de la
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persona que los socios escogeran para que los represente (un apoderado o interpuesta
persona).
g) La fijación de la renta retribuido al socio representntante o administrador.
h) En cao de cualquier cambio que se realice o se pretenda realizar en la sociación debera
existir un consentimiento unánime.
i) El socio administrador podra renunciar en cualquier momento, pero deberá responder si
esto causa perjuicios a la sociedad.
j) Se deberán reunir los socios por lo menos una ves al mes para analiar y discutir acerca de
los resultados que ha tenido la sociedad y la gestión que han realizado los o el
representante.
k) La fecha en que se cerrará el ejercicio financiero para conocer ell estado y resultado de la
sociedad, este se ará cada ao.
l) La manera en que se distribuiran las utilidades:
m) El porcentaje destinado a la resrva legal
n) El saldo de las utilidades se repartira entre los socios de acuerdo al capital que hallan
aportado.
o) Las pérdidas serán soportadas por los socios en iguakes proporciones que el capital
suscrito, al igual que las ganancias.
p) En caso de presentarse incapacidad judicial o fallecimiento de un socio, la sociedad
continuará, se deberá realizar un balance general y establecer la paarte correspondientte
al socio fallecido y se le otorgará a sus herederos. Si dichis herederos desean continuar,
debera notificarlo lo más antes posible.
q) Lugar y fecha de donde se realizo dicho acuerdo.
r) Las firmas de los socios.
2.2 Despues de la redacción de dicho documento, se prosigue a realizar el registro mercantil
ante la camara de comercio, dentro del plazo de treinta días a contra desde el momento de
la constitución u otorgamiento.La inscripción del registro podra llevarse a cabo por
cualquiera de los socios, otorgante o persona facultada.Para las sociedades limitadas y
sociedades anónimas su regularidad deberá realizarse según las publicacions previstas.
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3. ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD
Los estatutos de una sociedad son las reglas fundamentales del funcionamiento de una
socoiedad, no son de caracte jurídico pero son vinculantes para la sociedad, pues se somitieron
en forma voluntaria a ellos.
En los estatutos podemos encontrar los establecidos por los socios y los obligatorios por la ley.
Dento de estos estatutos debe considerarse.
a. La denominación
b. La duración, cuando no se constituya por tiempo indefinido
c. Los fines y actividades que realizará la empresa para realizar dichos fines, descritos de
forma consisa y presisa
d. Como estara estructurada la representación de la sociedad: junta directiva (presidente,
vicepresidente, secretario, tesorero), la duración de esta, los derechos y facultades de esta.
e. La asamblea general: es eel organo supremo de la asociación y esta integrada por los
socios. Se estableceran las normas para las reuniones de la asmblea (ordinarias o
extraordinarias), la orden y las facultades de esta.
f. Los socios:
- Características u facultades para ser socios
- Las clases de socios
- Las causas de baja de un sccio
- Los beneficios para los socios
- Las obligaciones de los socios
- Causas de asmblea extraordinaria
g. Disolución:
- Causas de disoluciión
- Nombramiento de la comisión liquidadora
Art._125: INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE CAPITAL
1. Exclución del socio incumplido.
2. Reducción de su aporte: el aporte se reducira a solo el capital pagado, sin derecho a
suscribir.
3. Hacer efectiva la entrega o pago del aporte es un requerimiento judicial.
4. En cualquiera de los tres casos se debe indepnizar a la sociedad por el incumplimiento.
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TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
SOCIEDADES ANÓNIMAS
RAZÓN SOCIAL
la denominación que definan sus accionistas, seguido de las
palabras "Sociedad Anónima" o su abreviatura "S.A."
NÚMERO DE
SOCIOS
mínimo 5 socios y no hay limite
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
Cada socio responde hasta por el monto o aporte de capital que
haya suministrado para la sociedad.
La responsabilidad será ilimitada en caso de:
• Halla quiebra de una sucursal
• Halla actuación ilicita (dolosa) y perjudique a terceros.
• Se sobre-evaluen los bienes.
CAPITAL
El capital de este tipo de sociedad esta conformado por el capital
autorizado, suscrito y pagado.
REVISOR FISCAL
están obligadas a tener revisor fiscal
RESERVA LEGAL
obligadas a crear una reserva legal, la cual es para proteger el
ptrimonio de la sociedad en caso de pérdiadas.
debe ser igual al 50% del capital suscrito y se debe
conformar con el 10% de las utilidades de cada periodo hasta
completarlo. Cuando este este completo, ya no sera necesario
seguir apropiando el 10%, pero si la reserva legal disminuye
debe volver a apropiarse el 10% hasta que se vuelva a completar
el 50% del capital suscrito.
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TOMA DE
DECICIONES
sera por la por la máxima autoridad que es la Asamblea General
de Accionistas: esta compuesta por todos los socios reunidos en
quórum (cantidad plural de socios), en las condiciones que se
establecieron en los estatutos.
CAUSALES DE
LIQUIDACIÓN Y
DISOLUCIÓN
• Por vencimiento del término de la sociedad estipulada
en el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por
la ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos
que exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas
pertenesca a un soloo socio.
• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
Por las demas causas que se estipulen el el contrato y en los
estatuos
ADMINISTRACIÓN
esta dada por la asamblea general general de accionistas, la cual
escoje o elige una junta administrativa, al revisor fiscal y a un
representante legal.
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SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS
RAZÓN SOCIAL
la denominación que definan sus accionistas, seguido de las
palabras "Sociedad por Acciones Simplificadas" o su
abreviatura "S.A.S."
NÚMERO DE
SOCIOS
mínimo 1 socios y no hay limite
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
Cada socio responde hasta por el monto o aporte de capital que
haya suministrado para la sociedad.
CAPITAL
El capital de este tipo de sociedad esta conformado por el capital
autorizado, suscrito y pagado.
REVISOR FISCAL
están obligadas a tener revisor fiscal
RESERVA LEGAL
obligadas a crear una reserva legal, la cual es para proteger el
ptrimonio de la sociedad en caso de pérdiadas.
debe ser igual al 50% del capital suscrito y se debe
conformar con el 10% de las utilidades de cada periodo hasta
completarlo. Cuando este este completo, ya no sera necesario
seguir apropiando el 10%, pero si la reserva legal disminuye
debe volver a apropiarse el 10% hasta que se vuelva a completar
el 50% del capital suscrito.
TOMA DE
DECICIONES
Sera por la por la máxima autoridad, que es la Asamblea
General de Accionistas: esta compuesta por todos los socios
reunidos en quórum (cantidad plural de socios), en las
condiciones que se establecieron en los estatutos.
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CAUSALES DE
LIQUIDACIÓN Y
DISOLUCIÓN
Por vencimiento del término de la sociedad estipulada
en el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por
la ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos
que exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas
pertenesca a un soloo socio.
• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
Por las demas causas que se estipulen el el contrato y en los
estatuos
ADMINISTRACIÓN
esta dada por la asamblea general general de accionistas, la cual
escoje o elige una junta administrativa, al revisor fiscal y a un
representante legal.
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SOCIEDADES ENCOMANDITAS
ENCOMANDITA SIMPLE
RAZÓN SOCIAL
la denominación que definan sus accionistas, seguido de las
palabras "Sociedad Encomandita Simple " o su abreviatura
“S.E.S."
NÚMERO DE
SOCIOS
Minimo 2:
- Un gestor
- Un comanditario
No hay ímite máximo
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
- Socio gestor: responsabilidad ilimitada.
Su función es de administrar la razón social.
- Socio comanditario: responsabilidad límitada al monto
de sus aportes.
Su función es dar los aportes, para el desarrollo de la
sociedad.
CAPITAL
El capital de este tipo de sociedad esta conformado por el capital
autorizado,
Suscrito y
pagado.
REVISOR FISCAL
están obligadas a tener revisor fiscal
RESERVA LEGAL
obligadas a crear una reserva legal, la cual es para proteger el
ptrimonio de la sociedad en caso de pérdiadas.
debe ser igual al 50% del capital suscrito y se debe
conformar con el 10% de las utilidades de cada periodo hasta
completarlo. Cuando este este completo, ya no sera necesario
seguir apropiando el 10%, pero si la reserva legal disminuye
debe volver a apropiarse el 10% hasta que se vuelva a completar
el 50% del capital suscrito.
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TOMA DE
DECICIONES
Las desiciones las toman con voz y voto según el quorum
superior , los socios comanditarios.
Los socios gestores solo participan con voz.
CAUSALES DE
LIQUIDACIÓN Y
DISOLUCIÓN
• Por vencimiento del término de la sociedad estipulada
en el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por
la ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos
que exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas
pertenesca a un soloo socio.
• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
• Cuando desaparesca una de las categorias de socios.
• Por reducción del capital a la tercera parte o menos.
• Por las demas causas que se estipulen el el contrato y en
los estatuos
ADMINISTRACIÓN
esta dada por los socios gestores.
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ENCOMANDITA POR ACCIONES
RAZÓN SOCIAL
la denominación que definan sus accionistas, seguido de las
palabras "Sociedad Encomandita por Acciones" o su abreviatura
"S.E.A."
NÚMERO DE
SOCIOS
mínimo 5 socios y no hay limite
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
Cada socio responde hasta por el monto o aporte de capital que
haya suministrado para la sociedad.
La responsabilidad será ilimitada en caso de:
• Halla quiebra de una sucursal
• Halla actuación ilicita (dolosa) y perjudique a terceros.
• Se sobre-evaluen los bienes.
CAPITAL
El capital de este tipo de sociedad esta conformado por el capital
autorizado, suscrito y pagado.
REVISOR FISCAL
están obligadas a tener revisor fiscal
RESERVA LEGAL
obligadas a crear una reserva legal, la cual es para proteger el
ptrimonio de la sociedad en caso de pérdiadas.
debe ser igual al 50% del capital suscrito y se debe
conformar con el 10% de las utilidades de cada periodo hasta
completarlo. Cuando este este completo, ya no sera necesario
seguir apropiando el 10%, pero si la reserva legal disminuye
debe volver a apropiarse el 10% hasta que se vuelva a completar
el 50% del capital suscrito.
TOMA DE
DECICIONES
sera por la por la máxima autoridad que es la Asamblea General
de Accionistas: esta compuesta por todos los socios reunidos en
quórum (cantidad plural de socios), en las condiciones que se
establecieron en los estatutos.
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CAUSALES DE
LIQUIDACIÓN Y
DISOLUCIÓN
Por vencimiento del término de la sociedad estipulada
en el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por
la ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos
que exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas
pertenesca a un soloo socio.
• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
• Por reducción del capital a la tercera parte o menos.
Por las demas causas que se estipulen el el contrato y en los
estatuos
ADMINISTRACIÓN
esta dada por los socios gestores.
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SOCIEDADES EXTRANGERAS
Una sociedad extrangera es una sucursal de una sociedad o empresa extrngera en nuestro país.
RAZON SOCIAL
nombre de la empresa de origen.
SOCIOS
No se encuentran en el país
REVISOR FISCAL
Deben tener un revisor fiscal, el cual debe ser de nacionalidad
colombiana
REPRESENTANTE LEGAL
Debe tener un representante legal el cual debe tener domicilio en
colombia.
CAPITAL
Dependiendo de la empresa, se le asignara un monto específico
para su funciinamiento en colombia.
RESERVA LEGAL
Obligatoriamente debe tener constituidaa una reserva legal. Los
otros tipos de reseras serán de carácter opcional y decisorio
particular.
CAUSALES DE
DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN
Por vencimiento del término de la sociedad estipulada en
el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por
la ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos
que exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas
pertenesca a un soloo socio.
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• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
• Cuando se redusca su capital establecido para poder
funcionar en colombia.
• Cuando realice actuación ilicita en colombia.
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SOCIEDADES LIMITADAS
RAZÓN SOCIAL
Nombre cualquiera seguido de Sociedad Limitada o su abreviación
Ltda.
NÚMERO DE
SOCIOS
Mínimo: 2
Máximo 25
RESPONSABILIDAD
DE LOS SOCIOS
Limitada al monto de sus aportes.
CAPITAL
- Se divide en cuaotas de igual valor (no aportes de igual
valor).
- Debe darse en el momento de la constitución.
REVISOR FISCAL
No obligatorio
RESERVA LEGAL
No es obligatorio, a menos de que sucedan los siguientes casos:
- Sus ingresos brutos superen los 3000 SMLV
- Sus activos brutos superen los 5000 SMLV
TOMA DE
DECICIONES
Se tomaran en quorum superior
CAUSALES DE
LIQUIDACIÓN Y
DISOLUCIÓN
• Por vencimiento del término de la sociedad estipulada en
el contrato y sin anunciar el deseo de continuar.
• Por disminución de la cantidad se socios estipulados por la
ley para la conformación de este tipo de sociedad.
• Por declaración de quiebra de la sociedad.
• Por desición de una autoridad competente en los casos que
exprese la ley.
• Por desición de los socios en mayoria.
• Cuando hallan pérdidas que disminuyan el patrimonio a
menos del 50% del capital suscrito.
• Cuando el 95% o más de las acciones suscritas pertenesca
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a un soloo socio.
• Por imposibilidad de desarrollar la actividad económica.
• Cuando el limite de socios exeda a mas de los estblecidos
por la ley.
Por las demas causas que se estipulen el el contrato y en los
estatuos
ADMINISTRACIÓN
Se da por una junta directiva elegida por la junta general de
accionistas.
REPRESENTANTE
LEGAL
Es obligatorio.
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SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA
RAZÓN SOCIAL
Un nombre relacionado con el objeto social
CAPITAL
Esta compuesta por:
- Capital público: capital del estado
- Capital privado-. Capital de personas naturales o
jurídicas
TIPO DE SOCIEDAD
Pueden adoptar cualquier forma de sociedad
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7. TRANSFORMACIÓN DE LAS SOCIEDADES
Art._ 167: Trasformación de las sociedades
Es cuando una sociedad antes de su disolución puede adoptar otra forma de sociedad comercial
( para continuar desarrlollando el objeto social).
La transformación no producirá solución de continuidad.
Para la transformación se requerirá una reforma al contrato de sociedad, a los estatutos o a la
escritura pública.
8. FUSIÓN DE LAS SOCIEDADES
Art._ 172: Fusión de las sociedades
Habrá fusión cuando una o más sociedades se disuelvan sin liquidarse para ser absorvidas por
otra o crear una nueva.
9. CAUSALES DE DISOLUCIÓN
Art._ 218: causales generales de disolución
1. Por vencimiento de término previsto en los estatutos, sin dar fe de continuar..
2. Imposibilidad de desarrollar la empresa oo negocio.
3. Reducción de número de socios a los establecidos por la ley.
4. Por causales que pacten los socios sin que sean contrarias a la ley.
5. Por desición de una autoridad competente.
6. Por desición de los socios en mayoría.
7. Otras causales que por cada tipo de sociedad, establezca la ley.
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10. CONTRATOS MERCANTILES
Un contrato mercantil es un acuerdo de carácter comercial, entre los que podemos encontrar:
1. compraventa,
2. permuta,
3. fiducia,
4. outsoursing,
5. leasing,
6. seguro,
7. deposito,
8. transporte,
9. suministro,
10. factoring,
11. cuenta corriente,
12. corretaje,
13. arrendamiento
CLASES DE CONTRATO MERCANTIL
- Contrato de cambio o contrato fundamental
- Contrato de adhesión
- Contratos mixtos
- Contratos típicos
FORMACIÓN DE UN CONTRATO MERCANTIL
Un contrato mercantil se inicia con la oferta y la demanda que debe tener todo acuerdo donde las
partes ponen de acuerdo y de manera consensual lo llevan a cabo.
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CONTRATO DE COMPRA-VENTA Y PERMUTA
Partes
- Comprador
- Vendedor
Definición
Es un acuerdo entre dos o más personas, donde una de las partes llamada
vendedor, transmite la propiedad de una cosa en par a otra llamada
comprador, en parte de un pago en dinero por la cosa.
Características
1. El precio: es el pago por la cosa:
- En compra – venta: el precio es cuando la parte del pago es
mayor en dinero.
- En permuta: El precio es cuando en el pago la cosa es mayor
que la parte dada en dinero.
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CONTRATO DE OUTSORSING
Partes
- Cliente
- Proveedor
Definición
El outsorsing es la acción que hace una empresa de recurrir a una
agencia exterior para realizar una función que se realizaba en la
compañía.
En el contrato de outsorsing el cliente contrata al proveedor para que le
preste servicios informáticos y de externalización en la realización de
actividades, en las cuales el proveedor debe ser una empresa
especializada en la prestación integral de estos servicios.
Con este contrato la empresa (el cliente) busca reducir los gastos
directos, basados en una subcontratación de servicios, a otra empresa
prestadora de servicios de externalización (el proveedor), los cuales no
afectan la actividad principal de la empresa.
Características
Actúa como una extensión de los negocios de la empresa, pero es
responsable de su propia administración.
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CONTRATO DE LEASING
Partes
1. Arrendador
2. Arrendatario
Definición
El contrato de leasing, es un contrato comercial mediante el cual una
persona (arrendador) le entrega un bien a otra (arrendatario) para que
esta la use con la obligación de pagar un canon de arrendamiento
durante un tiempo determinado, cuando este tiempo termina el
arrendatario tendrá la posibilidad de adquirir el bien pagando un precio
o de lo contrario lo devolverá.
Características
1. Es un contrato de carácter comercial.
2. Es innominado (no se encuentra regulado por el código de
comercio).
3. Es un contrato de carácter consensual (para su elaboración basta
con la voluntad de las partes).
4. Es bilateral (las dos partes asisten obligaciones).
5. Es oneroso, ya que el arrendatario percibe unas utilidades y si el
arrendatario decide adquirir el bien, se genera utilidad de la
compra.
6. A pesar de no estar regulado por el código de comercio, es de
carácter principal (no requiere de la existencia de otro contrato
para poder existir).
Tipos de leasing
1. Leasing financiero: siempre tiene en el contrato la opción de
adquisición del bien por parte del arrendatario, después de
pasado el tiempo establecido.
2. Leasing operativo: la opción de adquisición del bien por parte del
arrendatario después de terminarse el tiempo establecido, no
siempre está en el contrato, esta opción es excepcional.
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CONTRATO DE SEGURO
Partes
- Asegurador
- Tomador
Definición
En el contrato de seguro una persona llamada asegurador, asume los
riesgos a cambio de una remuneración, de otra persona llamada tomador,
la cual traslada sus riesgos al asegurador.
Características
Consensual: se lleva a cabo con el solo consentimiento de las
partes, juega un papel fundamental en consentimiento libre de
cualquier vicio.
Bilateral: tanto el asegurador como el tomador contraen
obligaciones, en donde el asegurador debe responder por la
suma asegurada cuando ocurra el siniestro y el tomador debe
pagar la prima.
Oneroso: para que el asegurador asuma los riesgos, es necesario
que el tomador pague la prima (la cantidad de dinero que se paga
para que en caso de que ocurra el siniestro el asegurador
responda).
Aleatorio: quiere decir no es susceptible saber si el siniestro va a
ocurrir o no, o saber cuándo va a ocurrir.
De ejecución sucesiva: es decir que sus prestaciones son
sucesivas.
Nominado: se encuentra regulado por el código de comercio a
partir del artículo 1036 al 1162.
Puede ser un contrato de adhesión, ya que por lo general las
cláusulas del contrato no son discutidas por las partes, sino
que el tomador se somete a las condiciones del asegurador o
entidad aseguradora.
Es indemnizatorio: lo que se busca con este contrato es que
se le repare el daño al asegurado cuando el siniestro ocurra,
hasta el monto del el valor asegurado que es a lo que está
obligado el asegurador.
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CONTRATO DE DEPÓSITO
Partes
- Depositario
- Depositante
Definición
El contrato de depósito consiste en que una persona llamada depositante
confía a otra llamada depositario, una cosa para que este la guarde sin
alguna parte onerosa..
Características
Gratuito
Unilateral
Principal: no necesita de otro contrato para existir.
Nominado: artículos 2236 al 2272 del código civil.
De ejecución instantánea: se lleva cabo en el instante en que se
entrega la cosa al depositario.
Tipos de deposito
- VOLUNTARIO: decisión libre de elegir si quiero o no depositar
la cosa.
- FORZOSO: por causas ajenas me veo obligado a depositar la
cosa.
- REGULAR
- IRREGULAR
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CONTRATO DE TRANSPORTE
Partes
- Transportador
- Transportado
Definición
El contrato de transporte consiste en un acuerdo donde una persona
llamada transportador se obliga, a cambio de un pago, a conducir de un
lugar a otro, ya sea personas o cosas, a favor de alguien y entregar estas
al destinatario o destino.
Características
1. Es bilateral: las dos partes tienen obligaciones para que el
contrato se lleve a cabo.
2. Tiene carácter oneroso: debe pagarse un precio.
3. Puede ser de ejecución sucesiva o instantánea, según como se
establezca en el acuerdo.
Existe también el contrato de transporte combinado, mediante el cual,
realizando un único contrato, la conducción de cosas o personas es
realizada de forma sucesiva por varias empresas trasportadoras y por
varios medios de trasporte.
Según el código de comercio, el contrato de transporte combinado puede
llevarse a cabo de las siguientes maneras:
Se contrata al remitente con una de las empresas
transportadoras que lo realicen, la cual será transportador
efectivo en relación con el transporte que materialmente lleve
a cabo por sí misma, y actuará como comisionista de
transporte con las demás empresas.
A través de la actuación de un comisionista de transporte que
contrate conjunta o individualmente con las distintas
empresas transportadoras.
Contratando el remitente conjuntamente con las distintas
empresas transportadoras.
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CONTRATO DE FACTORING
Partes
- Cliente o acreedor
- Factor
Definición
Es un acuerdo por el cual una empresa (cliente o acreedor) contrata a un
tercero (factor) para que este le preste un conjunto de servicios en donde
se incluye principalmente la financiación de sus créditos con sus
clientes, asumiendo el riesgo de cobro, por una contraprestación
monetario.
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CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE
Partes
- Establecimiento bancario
- Cuentacorrentista
Definición
Es la potestad que tiene una persona llamada cuentacorrentista para
consignar sumas de dinero en efectivo o en cheques o un banco, y la
facultad de disponer del dinero en cualquier momento, ya sea total o
parcialmente. La disposición del dinero puede ser en cheques, efectivo o
por cualquier otra manera acordada con el banco.
Características
1. Es consensual
2. Es sucesivo
3. Puede darse con la figura de cuenta colectiva, es decir una cuenta
corriente a nombre de varias personas, en donde cualquiera de
los titulares pueden disponer del dinero, salvo cualquier pacto
contrario.
4. Cuando no se haya establecido otra cosa en el contrato, el banco
podrá disponer del dinero de la cuenta para hacer cumplir con
obligaciones, siempre y cuando la cuenta no sea colectiva.
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CONTRATO DE CORRETAJE
Partes
- Corredor
- Cliente
Definición
En el contrato de corretaje, una persona llamada corredor, la cual debe
tener conocimiento en el mercado, es intermediario para poner en
contacto a dos o más personas, con el objetivo de que celebren un
negocio comercial, sin estar vinculado con las partes, pues su papel
fundamental es ser un simple intermediario para facilitar el acercamiento
de las partes.
Características
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Partes
- Arrendatario
- Arrendador
Definición
Es un acuerdo en donde una persona llamada arrendador proporciona a
otra llamada arrendatario, el uso y goce de una cosa, durante algún
tiempo determinado, con el fin de recibir un pago como
contraprestación por el goce y uso de la cosa.
Características
1. Es bilateral: ambas partes, se obligan a cumplir con su
obligación
2. Es consensual: se lleva a cabo por el acuerdo de las partes sobre
la cosa y el precio.
3. Es oneroso: las partes perciben utilidades, una un pago por una
cosa y la otra por el goce de la cosa.
4. Es de ejecución sucesiva: el acuerdo se realiza periódicamente y
con posterioridad y las obligaciones se cumplen sucesivamente.
5. Es nominado: el código civil lo califica y desarrolla.
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CONTRATO DE SUMINISTRO
Partes
- Suministrador
- Suministrado
Definición
En el contrato de suministro una persona llamada suministrador se
compromete a proveer de bienes o servicios a otra persona llamada
suministrado a cambio de un pago.
Es la prestación periódica de un bien o servicio.
.
Características
1. En el contrato de suministro, referente al precio:
- Si el precio de la prestación no se estableció en el contrato y
es de manera continua, se deberá pagar el precio
correspondiente en proporción de dicha prestación, de
manera inmediata.
- Si el suministro es continuo, el precio debe ser pagado
conforme a la costumbre, si las partes no han establecido otra
cosa en el contrato.
2. La esencia del contrato de suministro es la prestación periódica de la
cosa o el servicio.
3 .La contraprestación es el pago de la prestación.
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11. VOCABULARIO
1. Legislación: es el conjunto de leyes que regulan un estado o una actividad.
2. Persona natural: es cualquier individuo de la especie humana desde su nacimiento
(despues de desprenderse de la madre).
3. Persona jurídica: es un ente ficticio o abstracto (diferente a la reaalidad humana),
denominado empresa.
4. Estado: es una sociedad humana que se establece en un territorio regido y estructurado
por un orden jurídico por un poder soberano.
5. Territorio: es un espacio donde se encuentra establecida una comunidad humana o
sociedad.
6. Bienes: son garantias reales para cumplir con obligaciones que se contraigan.
7. Establecimiento de comercio: es todo el conjunto de bienes que se tienen para realiar una
actividad comercial.
8. Local comercial: es un lugar físico y bien inmueble donde se realiza una actividad.
9. Apoderado: es una persona a quien se le otorgan facultades y límites para actuar en
nombre de otra.
10. Competencia desleal: ejecutar actos o actividades que desprestigien a quien realie la
misma actividad.
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11. Titulo oneroso: realizar una actividad con ánimo de lucro.
12. Enagenar: vender.
13. En mutuo: es un contrato en total acuerdo entre dos o más personas.
14. Intereses: es la parte onerosa de un acuerdo o contrato de préstamo.
15. Garantias prendarias: son bienes o prendas que se usan para garantizar una deuda, que
pueden tenerse con o sin facultad de uso.
16. Circunscripción: es un lugar o territorio.
17. Arbitro: es un intermediador para resolver conflictos dentro de una sociedad, el cual
analiza la situación y adopta una desición la cual debe ser tomda obligatoriamente.
18. Amigable componedor: es una figura de intermediación en conflictos dentro de una
sociedad, la cual propone fórmulas de solución del conflicto y la más adecuada sera
adoptada por los socios.
19. Cancelar: es dejar sin efectos el pago de una obligación o de una deuda. Cancelar los
efectos.
20. Pagar: es la manera de extinguir una obligación. Extinguir la obligación.
21. Condonar una deuna: quiere decir perdonar una deuda.
22. Derogar: ya no tener aplicacón, ya no existe.
23. Domicilio:
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24. Residencia:
25. Quorum: es la decisión en reunida en mayoria, la cual se compone de la mitad de los
socios más uno.
26. Acciones: son títulos valores emitidos por una sociedad representado en fracciones
iguales que dividen su capital social.
27. Acciones ordinarias: concedran a los accionistas solo los derechos como accionista.
28. Accione de privilegio: solo se podrán otorgar si en el momento de constitución hay
aprobación de un voto faborable en número de accionistas .a demás de conceder los
derechos como accionista, también concederá otros derechos de tipo economico.
29. Acciones nominativas: son acciones que identifican el nombre de su poseedor legítimo y
pueden se o no endosables.
30. Acciones al portador: son las accciones que no tienen en el documento el nombre del
poseedor legítimo, siplemente tiene el titulo valor.
31. Acciones de goce: son las acciones que se le otorgarán a las personas que hagan aporte en
trabajo, secretos industriales, conocimientos tecnológicos y servicios. Estas acciones se
entregarán al aportante a medida que vaya cumpliendo con su obligación y no podrán ser
negociables.
32. Capital autorizado: Es el monto de dinero o capital al cual se quiere llegar, por lo general
corresponde a las proyecciones y aspiracones futuras de los socios.
En el momento de constituciónde la sociedad, los socios llegan a un acuerdo de valor
máximo.
33. Capital suscrito: Es el capital que los socios se comprometen a pagar en término de un
tiempo determinado. En el caso de las S.A. el tiempo máximo es de un año.
La sociedad al momento de constituirse como persona jurídica debe suscribir como
mínimo el 50% del capital autorizado o su totalidad si es posible.
34. Capital pagado: Es el capital que debe ser pagado o cancelado en el momento de
constituirse la sociedad, para el comienzo de su funcionamiento.
En el momento de constitución cada socio debe pagar como mínimo una tercera parte del
capital autorizado y suscribir el resto.
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