CONCEPTOS DE VICTIMAS
LA VICTIMA: Es el ser humano que padece daños en los bienes jurídicamente
protegidos por la normativa penal: vida, salud, propiedad, honor, honestidad, etc.,
por el hecho de otro e incluso, por accidentes debido a factores humanos,
mecánicos o naturales.
LA VICTIMA: Es aquella persona que sufre un daño por culpa de otro u otros o
fortuitamente.
LA VICTIMA: Se consideraran victimas las personas que individual o
colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales,
sufrimiento emocional, perdida financiera o menoscabo sustancial de sus
derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que no
lleguen a constituir violación del derecho penal nacional, pero violen normas
internacionales reconocidas relativas a los derechos humanos.
De las anteriores definiciones, podemos deducir que se puede ser victima por:
Padecer un daño por culpa ajena o por caso fortuito;
Por las consecuencias de sus propias acciones ;
Por la comisión de un delito;
Por la violencia en su integridad física o un ataque a sus derechos o
intereses;
Por agresión mental o moral;
Por agresión de la conducta criminal.
¿QUIENES SE CONSIDERAN VICTIMAS?
El código procesal penal en su artículo 83 establece que se consideran victimas:
Al ofendido directamente por el hecho punible;
Al cónyuge, conviviente notorio, hijo o padre biológico o adoptivo, parientes
dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, a los
herederos, en los hechos punibles cuyo resultado sea la muerte del
directamente ofendido;
A los socios, asociados o miembros, respecto de los hechos punibles que
afectan a una persona jurídica, cometidos por quienes la dirigen,
administran o controlan.
LA VICTIMOLOGIA COMO CIENCIA
ÁMBITO SOCIAL
Desde el comienzo de la historia, abandonado el paraíso terrenal, aparece el
crimen. Caín derrama por primera ves sangre de una victima, su hermano, en el
planeta. Desde entonces el crimen no ha cesado. En parrafos del viejo
testamento, mitologías y leyendas, interpretaciones exegéticas, códigos, leyes,
hallamos abrumadoras reseña y también severísima represión del delito.
Si el mundo hubiese mejorado, el decálogo de Moisés tendría nueve u ocho
mandamientos. Contrariamente, se calcula que se han puesto en vigencia, hasta
la fecha, doscientos millones de leyes para adjetivarlo y de ese modo intentar
reglar la conducta de los hombres. Los resultados están a la vista. El hombre no
se intima ni disuade y los rebrotes delictivos son cada vez de mayor violencia. Las
leyes, por si mismas, no pueden cambiar un ápice de la realidad social.
En la mayor parte de los países, cualquiera sea su signo social y político, hay
códigos penales que se ven influidos por el actuar del hombre. De otro modo no
se pondrían limites a su capacidad, a las formas de su obrar y omitir actos; las
excusas absolutorias de ese obrar; la emoción violenta, la legitima defensa, el
laberinto, en fin, entre pena y culpabilidad; imputabilidad y etcétera.
Se trata de calibrar y frecuentar las formas que pueden asumir las distintas
conductas. Los criminólogos, a su vez, pretenden, no siempre con claridad,
establecer las condiciones del estudio interdisciplinario a favor de nuevas técnicas
y hallazgos científicos, concernientes al conocimiento de drama penal, sus
actores, factores predisponentes de la sociedad post-industrial en si, sin dejar de
lado los datos estadísticos.
DEFINICIÓN DE VICTIMOLOGIA
En el primer simposio de victimologia se definió escuetamente a la
victimologia como el estudio científico de las victimas del delito.
La victima en el ámbito penal puede ser individual o colectiva y el daño resulta del
hecho de violación de bienes jurídicamente protegidos en la normativa penal: en
especial la salud física y mental, pérdida patrimonial, ultrajes sexuales y a la
libertad, dentro de los delitos convencionales.
La primera parcela de estudio que asumió la victimologia fue esa victima
individual y luego abarco la colectiva para investigar que papel jugaba en el delito.
Esto demando la investigacion de fenómeno victimal, y todo el cúmulo de
interpretaciones lleva a admitir que, por un lado, el juzgador no puede dejar a un
lado el proceder de la victima y, por el otro, la necesidad de una nueva actitud
garantista de protección y ayuda moral y material a la victima. Y aun quedaría la
premención de su conducta, que es tanto como decir, en el mejor sentido, la
prevención de delito.
Esta disciplina joven penetra en el campo de los Derechos Humanos, por
ejemplo, cuando insta por la ayuda y acompañamiento de la mujer golpeada o el
niño maltratado, que tiene su origen en formas de absoluta discriminación social y
humana consentida en el mundo por los mas diversos y recalcitrantes motivos
determinados y glosados desde ámbitos metodológicos positivistas.
La relevancia adquirida por la figura de la victima integrando activamente el
mecanismo de interacción con el delincuente, se debió a la preocupación de
diversos estudiosos que avizoraron su fuerza y correlación criminogenea.
Hans Von Henting, que había emigrado hacia los Estados Unidos, publica
en 1948 en la universidad de Yale el estudio: “El criminal y su victima” donde
esboza una clasificación de la victima que posteriormente subrayara en un estudio
sobre la estafa. El sujeto pasivo es estudiado insertándoselo en la conducta del
victimario como una suerte de figura de corresponsable, pero a la vez capaz de
engendrar el delito o reforzar las apetencias del delincuente.
Señala Hans Von Henting que el individuo débil en el reino animal y entre
los hombres es aquel que posiblemente será la victima de un ataque. Alguno
como los menores y los ancianos, son débiles de cuerpo; algunos pertenecen al
sexo débil, otros son débiles de espíritu. La debilidad puede consistir también en
la fuerza excesiva de una impulsión vital, lo que entorpece los mecanismos
ordinarios de precaución y prevención.
El vocablo “victimologia” fue acuñado por el Israelí Benjamín Mendelshon,
que venia trabajando en la década del 40 en estos temas y que lo sigue haciendo
en nuestros días. Este concepto adquiere en Mendelshon un ámbito amplísimo,
tanto mas cuando Mendelshon la estructura refiriéndola a la personalidad del
individuo, pero también a la colectividad, en cuanto esta y aquel se encuentren
afectados por las consecuencias del sufrimiento debido a factores de origen muy
diversos: físicos, psíquicos, politicos, social, así como por el ambiente natural o
técnico.
TEMAS BÁSICOS DE LA VICTIMOLOGIA
Se ha dicho que, los temas de estudios en los que centran los estudiosos de
la victimologia son:
Concepto de victimologia
Relaciones de la victimologia con otras ramas del conocimiento
Concepto de victima
Tipologia victimal
La relación criminal-victimal
La victima y sus relaciones con la sociedad
Victimización a las victimas
Seguro victimal
El criminal como victima
Victima en los determinados delitos (sexuales, contra la propiedad, contra
las personas, etc.)
Que otros sujetos no se convierten de victimas potenciales en victimas
reales
Que el proceso de victimización no transforme a las victimas en
delincuentes
Que haya una participación cada vez mayor en el sistema de justicia penal
La creación de sistemas compensatorios, para los daños causados a la
victimas, por parte de los victimarios
Estudiar la personalidad de la victima, sus características biológicas,
psicológicas, morales, sociales, culturales, la relación victima-victimario
Las predisposiciones personales, psicológicas y sociales que producen la
victimidad
Establecer políticas preventivas y de sistemas reparatorias para quien ha
sufrido daños patrimoniales, físicos o psicológicos.
TIPOLOGÍA DE LAS VICTIMAS
En el estudio de la victimologia varios autores han clasificado a las victimas;
en las que podemos destacar la clasificación de Hans Von Henting, Benjamín
Mendelshon, Elías Queman y Luís Jiménez de Asúa.
Tipologia de las victimas según Von Hentig:
Este autor se aparta de los criterios legales para la elaboración de su
tipologia y propone una clasificación dividida en cinco clases generales y seis de
corte psicológico, enfocándose básicamente en categorizar a las victimas de
mayor frecuencia o las mayormente victimizable.
La clasificación de clases generales queda de la siguiente forma:
1- El joven; debido a su debilidad, en el reino animal y en la especie humana,
es el más propenso a sufrir un ataque.
2- La mujer; por su debilidad física es con mayor frecuencia victimizable, y
que además, las mujeres se constituyen en victimas en mas corta edad
que los hombres, pues afirma que entre las mujeres, destaca las edades
de 21 a 30 años, mientras que los hombres es de los 30 a 40 años.
3- El anciano; por estar con su capacidad desminuida en diferentes formas.
4- Los débiles y enfermos mentales; en este grupo sitúa o agrupa al
dogmático, alcohólico y otras victimas potenciales, al tener problemas
mentales.
5- Los inmigrantes, las minorías y los tontos; ya que tienen grandes
desventajas con respecto al resto de la población.
Las clasificaciones de corte psicológica son:
1-El deprimido: que, al estar disminuido su instinto de conservación, baja sus
defensas frente al peligro.
2- El ambicioso; que se apodera de un deseo de lucro, avaricia, es decir,
descuida el deber de ciudadano frente a la infracción.
3- El solitario y el acongojado; que no se preocupa de su protección, para
buscar compañía y consuelo.
4-El lesivo; que se refiere principalmente a las mujeres que se constituyen en
victimas de los delitos sexuales, pero que de alguna forma han provocado o
seducido a su victimario.
5- El atormentador; que por estar atormentando a otras personas, termina
siendo o constituyéndose en victima.
6- El bloqueado, excluido y el agresivo; debido a su imposibilidad de defensa,
marginación, o su provocación son mas frecuentes que sean victimizadas.
Heting, al final de su obra el delito, divide las victimas en cuatro criterios
diferentes, tomando en consideración, la situación, así como la capacidad de
resistencia de las victimas.
Esta especie de clasificación es la siguiente:
1. situación de la victima:
a) victimas aisladas: son aquellas que se aportan de alguna manera de
sus habituales relaciones sociales, convirtiéndose en personas
solitarias y por ende, quedando mas vulnerable ante el peligro;
ejemplos: el anciano, los extranjeros, el desertor, etc.
b) Victimas por proximidad: este factor es mayor, victimogenea, cuando la
proximidad es excesiva o angustiosa, ejemplos: la familia, la profesión,
etc.
2- Impulso y eliminación de inhibiciones de la victima:
a) victima con animo de lucro; que por su codicia, deseos de
enriquecimiento fácil, cae siendo victima, principalmente de estafa.
b) victimas con ansias de vivir; son aquellas personas que se han privado
de las cosas de que la mayoría goza y por tanto trata de recuperar el
tiempo perdido, ejemplos: el ansia de libertad, la búsqueda de aventuras,
etc.
c) victimas agresivas; como ejemplo los torturadores, que terminan siendo
victimas, es decir, pasan de ser victimarias a victimas.
d) victimas sin valor; se refieren básicamente a los sujetos que la sociedad
considera que no tienen gran valor, como puede suceder con los ancianos,
los creídos los infieles, etc.
3-victimas con resistencia reducida:
a) victimas por estado emocionales: nos dice que las emociones o
sentimientos cuando son fuertes, pueden reducir a la totalidad las
funciones psíquicas, impidiendo su desarrollo y por tanto conlleva a un
debilitamiento, ejemplos: la compasión, la esperanza, etc.
b) victimas por transiciones normales en el curso de la vida; como por
ejemplo la corta edad, debido a su integridad, la confianza y la
inexperiencia.
c) victima perversa; las que el autor denomina “psicopáticos”, refiriéndose
a las victimas desviadas que conceder una gran oportunidad para ser
explotadas por sus problemas, ejemplos: los homosexuales, las
prostitutas, etc.
d) victima bebedoras; nos indica que el es un factor causante de victimas
en gran escala.
e) Victimas depresivas; ya que la depresión y la preocupación llevan a
buscar la autodestrucción.
f) Victima voluntaria; que permiten o que no ofrecen resistencia a la
comisión de la infracción y se dan con prioridad en delitos sexuales.
4-victima propensa:
a) victima indefensa: son las victimad que han sido abandonadas por el
estado, porque tienen que evitar la persecución penal. Tienen que
soportar la lesión, ya que dicha persecución judicial le causaría un daño
mayor a la que ha sufrido hasta el momento.
b) victima falsa; son los sujetos que se autovictimizan para obtener un
beneficio, ejemplo: en el caso de los seguros o para cubrir un desafió.
c) victima inmune; que su condición o estatus se consideran un “tabú” y
que la sociedad cree que es un error victimizarlas, es el caso de los
sacerdotes, jueces, fiscales, etc.
d) victima hereditaria; son los ejemplos de las victimas reincidentes, que a
pesar de haber sido victimas en otra ocasión, no toman las medidas de
protección necesarias para no volver a ser victimas y las victimas que
se convierten en autor.
Tipologia de las victimas según Mendelshon:
Para este autor, la victima puede ser tan culpable como el criminal en el
hecho delictivo. Esta relación entre el criminal y victima se establece claramente,
según advierte, al estudiar motivación y reacción en la pareja penal, lo que daría
lugar a la repartición similar de responsabilidades penales. Dependerá del
examen de cada aso concreto la determinación de esta circunstancia.
Basandose en esta explicación y según sean las relaciones entre ellos, elabora
diversas categorías de victimas como son:
a) La victima enteramente inocente o victima ideal:
Es la que se suele denominar victima anónima que nada ha hecho o nada
ha aportado para desencadenar la situación criminal por la que se ve
damnificada. Es totalmente ajena a la actitud del criminal: el caso de la mujer a
la que el delincuente le arrebata la cartera que lleva consigo. Al delincuente le
da loo mismo que sea ella como que sea otra. Lo que le interesa es lo que
pueda haber dentro de la cartera.
b) La victima de culpabilidad menor o por ignorancia:
En este caso se da un cierto impulso no voluntario al delito. Pero el sujeto
por cierto grado de culpa o por medio de un acto poco reflexivo causa su
propia victimacion.
c) La victima es tan culpable como el infractor (victima voluntaria):
Esta se subdivide en:
1-los que cometen suicidio tirándolo a la suerte;
2-el suicidio por adhesión;
3-el caso de eutanasia en que la victima sufre de una enfermedad incurable y
no pudiendo soportar los dolores implora que se la ayude a morir.
4- la pareja criminal.
d) La victima es más culpable que el infractor:
Para Mendelshon los casos serian los siguientes:
1- La victima provocadora: es aquella que por su conducta incita al autor a
cometer ilicitud penal.
2-La victima por imprudencia: es la que determina el accidente por falta de
control.
e) La victima es más culpable o únicamente culpable:
Aquí Mendelshon efectúa una subclasificacion:
1-la victima-infractor: se trata del sujeto que, cometiendo la infracción, resulta
finalmente victima.
2-la victima simulante: se trata por lo general de individuos con serias
sicopatias de carácter y conducta. Es el caso del paranoico reivindicador,
querulante, perseguidor, interpretativo, mitómano, etc.,
3- la victima simulante: es aquella quien acusa y logra imputar penalmente con
e deseo concreto de que la justicia cometa un error.
Mendelshon concluye clasificando a las victimas desde el punto de vista
represivo en:
1- Grupo de las victimas inocentes. En este caso se le aplicara al infractor
la totalidad de la pena, sin ninguna disminución, debido a que la victima
no ha tenido ningún rol.
2- Grupo de la victima provocadora.
La victima por imprudencia.
La victima voluntaria.
La victima por ignorancia.
Estas victimas han colaborado en la acción nociva y existe una
culpabilidad reciproca por lo cual la pena debe ser menor para el
victimario.
3- Grupo de la victima agresora.
La victima simuladora.
La victima imaginaria.
En estos casos son las victimas las que cometen por si la acción nociva
y el inculpado debe ser excluido de toda pena.
Tipologia de las victimas según Luís Jiménez de Asúa:
Este clasifica las victimas en dos categorías sustanciales:
1- Indiferentes: estas son aquellas que no le interesan en particular al
agresor sino que lo que busca es materializar el hecho.
2- Determinadas. Son aquellas en las que el delincuente fragua el hecho y
lo realiza.
Tipologia de las victimas según Elías Neuman:
Este clasifica a las victimas en tres grandes grupos a saber:
1- Victimas individuales: son aquellas que sufren el daño de manera
particular y con características particulares.
2- Victimas familiares: son aquellas que sufren violencia dentro del núcleo
familiar como son: niños golpeados y explotados económicamente y
mujeres maltratadas, etc.
3- Victimas colectivas y sociales: son victimas que sufren daños en
relación a la nación, el abuso de poder, la comunidad social,
discriminación, etc.
Tipologia de las victimas según Von Hentig:
De acuerdo al instructivo de la FINJUS y Participación Ciudadana la
victimizacion puede ser:
1- Victimización primaria: es la que se deriva del crimen. Ejemplo:
homicidio, violación.
2- Victimizacion secundaria: es la que se deriva de las instituciones e
instancias encargadas de hacer justicia. Ejemplos los abusos policiales,
las indiferencias y los malos manejo de la investigacion.
3- Victimización terciaria: es la que deriva de las insuficiencias en los
procesos y del estigma social. Ejemplo: victimas de violencia no
debidamente atendida.
VITIMODOGMATICA
Se ha dicho que la victimodogmática puede ser enfocada desde dos
puntos diferentes. El primero, trata de enfocar como incorporar los
principios victimológicos a la doctrina penal. Y el segundo, tiene un
significado mucho mas amplio, pues no solo trata de incorporar los
principios victimológicos, sino que incluyen cuales son los fines y funciones
del derecho penal. Por ello en palabras de Bonet, este segundo concepto
puede ser definido, “como el conjunto de corrientes teóricas que
reinterpretan en cierto sentido la dogmática jurídico-penal a la luz de los
principios victimológicos”.
Abelardo Rivera Llano, sostiene que la victimologia es de gran
provecho para el derecho penal, pues si consideramos la victimologia en
relación con las normas penales se evidencia mas la necesidad
imprescindible de su estudio, tratándose por ejemplo, de los delitos contra
la vida y la integridad personal encontramos que el reconociendo de la
legitima defensa y del estado de ira e intenso dolor, impone al juzgador una
delimitación, nítida y clara del rol jugado por la victima en la criminogénesis
de la conducta; en el primer caso, para que restar tu antijurícidad y, en el
segundo en orden a atenuar la responsabilidad, esto conlleva a un examen
individualmente de los protagonistas del episodio sangriento, el que
involucre el estudio de las personalidades, sus interrelaciones y papeles
cumplidos en el drama.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE JUSTICIA PARA LAS VICTIMAS
De acuerdo a la convención Interamericana de Derechos Humanos y el
Código Procesal Penal Dominicano estos principios son:
Derecho a la vida: toda persona tiene derecho a que se respete su vida,
nadie puede ser privado de esta arbitrariamente
Derecho a la integridad física: toda persona tiene derecho a que se le
respete su integridad física, psíquica y moral. Nadie debe ser sometido a
torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Protección a la honra y la dignidad: Toda persona tiene derecho al respeto
de su honra y al reconocimiento de su dignidad. Nadie puede ser objeto de
injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en
su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o
reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra
esas ingerencias y ataques.
Derecho a indemnización. Toda persona tiene derecho a ser indemnizada
conforme a la ley en caso de haber sido condenada en sentencia firme por
error judicial.
Cuando no sea suficiente la indemnización procedente del delincuente o
de otras fuentes, los Estados procuraran indemnizar financieramente:
a) a la familia, en particular a las personas a cargo de la victima que
hayan muerto o hayan quedado física o mentalmente
incapacitados como consecuencia de la victimización.
b) A las victimas de delitos que hayan sufrido importantes lesiones
corporales o menoscabo de su salud física o mental como
consecuencia de delitos graves.
Se fomentara el establecimiento, el reforzamiento y la implementación de
fondos nacionales para indemnizar a las victimas.
Igualdad ante la ley: Todas las personas son iguales ante la ley, en
consecuencia, tienen derechos sin discriminación a igual protección de
esta.
Resarcimiento: Los delincuentes o los terceros responsables de su
conducta resarcirán efectivamente cuando proceda, a las victimas, sus
familiares, o las personas a su cargo. Ese resarcimiento comprenderá la
devolución de los costos realizados como consecuencia de la victimización,
la prestación de servicios y la restitución de derechos.
Los gobiernos revisaran sus prácticas, reglamentaciones y leyes de modo
que se canalice el resarcimiento como una sentencia posible en los casos
penales. Cuando funcionarios públicos u otros agentes que actúen a titulo
oficial o cuasi oficial, hayan violado la legislación penal nacional, las
victimas serán resarcidas por el Estado, cuyo funcionario agente haya sido
responsable de los daños causados.
Asistencia: las victimas recibirán asistencia material, medica, psicológica y
social que sea necesaria, por conducto de los medios gubernamentales,
voluntarios, comunitarios y autónomos. se informara a las victimas de la
disponibilidad de servicios sanitarios y sociales y demás asistencia
pertinente, y se facultara su acceso a ellos. Se proporcionara al persona
interesado capacitación que lo haga receptivo a las necesidades de las
victimas, y directrices que garanticen una ayuda apropiada y rápida.
Al proporcionar servicios y asistencia a las victimas se prestara atención a
las que tengan necesidades especiales por la índole de los daños sufridos.
Igualdad entre las partes: las partes tienen derecho en el proceso en
condiciones de igualdad. Para el pleno e irrestricto ejercicio de sus
facultades y derechos, los jueces deben allanar todos los obstáculos que
impidan la vigencia o debiliten este principio.
DERECHOS DE LAS VICTIMAS
La ley 76-02, código procesal penal dominicano consagra derechos a las
victimas, como son:
1- Recibir un trato digno y respetuoso;
2- Ser respetada en su intimidad;
3- Recibir la protección para su seguridad y la de sus familiares;
4- Intervenir en el procedimiento conforme a lo establecido en el
código procesal penal dominicano;
5- Recurrir todos los actos que den por terminado el proceso;
6- Ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción
o suspensión de la acción penal siempre que ella lo solicite;
7- Ser informada de los resultados del procedimiento.
El ofendido por el hecho punible tiene todos estos derechos y los que
pueda adquirir como querellante. Es de vital importancia que se le informe a esta
las posibilidades de obtener la reparación del daño sufrido, se debe asegurar que
la victima tenga conocimiento efectivo de aquellas resoluciones que afecten a su
seguridad, se crearan oficinas de atención a las victimas y donde existan se
ampliaran sus funciones buscando una real protección de su integridad física y
moral. Se adoptaran medidas necesarias para que la victima no coincida con el
agresor cuando ambos se encuentren en dependencias judiciales a la espera de
la práctica de cualquier actuación procesal, especialmente cuando se trate de
actos de violencia intrafamiliar.
FORMAS Y ORGANIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA A
LAS VICTIMAS
El ministerio publico en conjunto con otras instituciones gubernamentales y
no gubernamentales han desarrollado programas para asistencia a las victimas.
Entre estos programas cabe destacar los siguientes:
1-Sala de atención a las victimas y testigos (Savit ): es un servicio
especial que ofrece la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional a las victimas y
testigos con la finalidad de ofrecer servicios psicológicos y asesoria legal a las
victimas durante el tiempo de espera de los diferentes procesos judiciales que
acontecen en el palacio de justicia de Ciudad Nueva.
El propósito de la sala a victimas es promover un sistema de atención
gratuito y multidisciplinario el cual compromete:
1. Información acerca de los casos judicializados.
2. Orientación y asistencia legal.
3. Apoyo psicológico.
4. Retroalimentación para usuarios/as sobre los resultados de los
procesos judiciales.
5. protección integral para la victima, sus familiares y testigos, en
aquellos casos que por su naturaleza así lo ameriten.
La sala de atención a las victimas y testigos cuenta con un personal
calificado de las áreas del derecho y de la salud mental, quienes están llamados a
garantizar orientación y acompañamiento adecuado a cada victima o testigo del
Ministerio Publico de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional.
Este proceso esta comprometido a brindar una atención digna y humanitaria bajo
las condiciones de hospitalidad requeridas por estos ciudadanos.
Funciones de sala de atención a victimas y testigos (SAVIT)
Brindar atención al usuario (victimas y testigos).
Gestionar los roles de audiencia con anterioridad.
Brindar un espacio adecuado de espera para victimas y testigos.
Constituir legalmente la victima (actor penal y civil).
Intervención psicológica en crisis a las victimas.
Informar a las victimas y usuarios/as sobre los resultados de las
audiencias.
Procurar el cumplimiento de las citaciones de los tribunales.
Contactar a las victimas y testigos, previo a la celebración de las
audiencias para confirmar su presencia en las mismas.
2-La Dirección Nacional de Atención a Victimas: es una institución
que se encarga de defender los derechos de las victimas de violencia y su
recuperación integral. Reúne profesionales de la medicina, psicología, derecho y
trabajo social para ofrecer servicios de atención para las victimas de violencia
intrafamiliar y abuso sexual.
Esta dirección cuenta con diferentes unidades de atención a las victimas en el
territorio Nacional, a saber:
Unidad de atención a victimas niños, niñas, adolescentes y familia; en esta
unidad ubicada en el Distrito Nacional, se ofrecen servicios de atención
medica, social y psicológica exclusivas para asuntos de familia, infante y
adolescentes.
Unidad de atención y prevención de la violencia; en esta unidad se ofrecen
servicios de orientación y asistencia medica, judicial y psicológica
exclusivamente para personas adultas.
Unida de atención y prevención de la violencia. Violencia de genero y abuso
sexual, Provincia Santo Domingo; esta unidad ofrece servicios y asistencia
legal, medica, y psicológica exclusivamente a personas adultas.
Existen también unidades de este tipo en las Provincias de Bani, La Vega y
Santiago de los Caballeros donde se presta el mismo servicio, antes mencionado,
a las victimas.
Las personas que laboran en las unidades de atención a victimas han sido
educadas con valores especiales que les permite ofrecer un mejor servicio y estos
les enseñan a reconocer y respetar lo siguiente:
1- Lo más importante es la seguridad y la integridad emocional, física y
mental de las victimas.
2- Nada debe llevarse a cabo sin antes haber consultado, escuchado e
informado a la victima.
3- La victima puede negarse a hacer todo lo que no desee hacer. No
puede ser obligada a nada.
4- Se trabaja con los intereses de la victima por lo que su decisión es lo
más importante.
5- La victima necesita privacidad para hacer sus declaraciones y discutir
su caso. En ningún caso debe hacerlo junto a la persona querellada.
6- Los servicios deben ofrecerse a todas las victimas que los necesiten, si
distinción de ningún tipo.
7- La seguridad de la victima no debe arriesgarse. La victima no debe
entregar citas ni asistir en labores de fotocopia.
Servicios que ofrece la Dirección de Atención a Victima:
Área de recepción: su trabajo consiste en brindar orientación a quienes
visitan, ofrecer toda la información que necesita el usuario, explicarle en
que consisten los servicios de atención de la unidad, aclarar dudas y
además darle un turno al momento de la llegada del usuario para recibir
atención oportunamente.
Área de psicología: este espacio es ideal para atender el nerviosismo que
le afecta a las victimas y que es resultado de las condiciones de violencia
que ha experimentado la victima. Allí evaluaran la situación emocional o de
riesgo que sufre la victima para apoyar su querella. Se orientara sobre las
opciones que pueda tomar y los lugares que pueda visitar para visitar que
ayuden a su recuperación.
Área legal: esta es e área indicada para hacer preguntas acerca de las
fases y los procedimientos que se llevaran a cabo para trabajar los
casos.es el área que debe mantener al usuario al tanto de los avances y
las novedades al respecto, quien representa sus intereses y le ofrece todas
las alternativas y recomendaciones que necesita para alcanzarlos. Esta
área esta compuesta por Fiscales que se ocupan de escuchar a las
victimas, investigar sobre los acontecimientos que esta desea denunciar y
registrar oficialmente su declaración. También son quienes la proveen de
una copia de la querella que ha formalizado.
Área de Medicina Legista: en esta área se hace evoluciones médicas. Esta
área es la indicada para recetar y prescribir análisis de laboratorio que
ayuden a apoyar la judicializacion del caso.
Área de trabajo Social: es el área que orienta en cuanto a lugares de
acogida, y manutención. Guarda contacto con centros de vacunación e
incluso gerencia de empleo.
En esta área se encargan de realizar estudios que ayudan a determinar las
condiciones sociales en que se encuentra la victima, lo que permite apoyar
el proceso legal y brindarle opciones que se adapten a cada caso.
4-Dirección de Defensoría (Departamento de no Violencia):
Esta dirección es creada por la Secretaria de Estado de la Mujer, y su
tarea principal es cambiar de una cultura de dominación y violencia a una
cultura de paz y convivencia respetuosa entre mujeres y hombres.
Esta dirección se encuentra establecida en todo el territorio Nacional, donde la
victima de violencia de género puede acudir y recibir los siguientes servicios:
Atención en crisis y apoyo emocional, por una psicóloga.
Recibir asesoramiento jurídico con una abogada, que explicara los
procedimientos y recursos de protección legal que existen en una
situación de violencia o maltrato.
Poner una querella.
Acompañamiento a los tribunales.
Todos estos servicios son ofrecidos de manera gratuita, ya que el costo es
cubierto por el Estado Dominicano a través de sus instituciones vinculadas.
ÍNDICE
1-Antecedentes históricos de la victima
-Noción de victima
-¿Quiénes pueden ser victimas?
-Victimologia como ciencia
-Tipologia de victimas
-Victimodogmatica
-Principios básicos de justicia para las victimas
-Derechos de las victimas
-Participación de las victimas en el Proceso Penal Dominicano
-Acceso a la justicia en el Proceso Penal Dominicano
-La victima y el Ministerio Publico
-Papel de la victima como contralora de la actuación y decisión del
Ministerio Publico.
-Programas de asistencia a las victimas
-Costo del delito para el Estado en la Republica Dominicana
-Victimización a las victimas
BIBLIOGRAFÍA
Victimologia (Elías Neuman) Editorial Universidad, Rivadavia,
Ciudad de Buenos Aires, tercera edición, 2001.
*Introducción al Derecho Procesal Penal (Alberto A. Binder)
Derecho Procesal Penal (Trajano Vidal Potentini) Ediciones
Jurídicas Trajano Potentini, Santo Domingo, Distrito Nacional,
Primera edición, 2004.
*Derecho Procesal Penal (Julio Maier)
*Derecho Procesal Penal (Maria Inés Monitz Lennon, Juien
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*Derecho Procesal Penal (Francisco Carnelutti)
*Derecho Procesal Penal (Luís Jiménez de Asúa)
Código Procesal Penal Anotado (Ignacio Camacho) Editora
Manatí, santo Domingo, Republica Dominicana, Primera edición,
2006.
Código Procesal Penal Por un Juez en Ejercicio (Francisco
Ortega Polanco) Editora Corripio, Santo Domingo, Republica
Dominicana, segunda edición, 2006.
*Derecho Procesal Penal ( Zaffaroni)
Vocabulario Jurídico (Henry Capitán) Editora de Palma, Francia,
1930.
Diccionario Esencial, Santillana, Undécima edición, 1997.
*Diccionario Lex
*Diccionario de Sinónimos y Antónimos
Constitución de la Republica Dominicana
Convención Interamericana de Derechos Humanos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos
Estatutos del Ministerio Publica
Código Procesal Penal
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Material de estudio de la Fundación Institucionalidad y Justicia y
Participación Ciudadana