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8/16/2019 Impuesto a La Renta - Original
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LA LEY DEL IMPUESTA LA RENTA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLOFACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICASESCUELA DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
Dr. PARIMANGO REBAZA, CRISTIAN
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DEFINICIÓN DE RENTA
En sentido tributario, Renta sontodos los ingresos que
constituyen utilidades obenefcios que rinde una
actividad y todos los
benefcios, utilidades que seperciben o devenguen,cualquiera que sea sunaturaleza, origen o
denominación.
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T R
I B T ! I"#E$T!
T%$%
&!'TRIB&I!'E$
I.(.)
I.R
I.$.&. etc*ttps+docs.googvie-erngvie-etp+---.ipdt.orgrdocs012)III3orI5&.pd6
BASE LEGAL: '!R"% II &!4I(! TRIBT%RI! 7D.Supremo 133-2013-EF)
https://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/codigo/http://www.sunat.gob.pe/legislacion/codigo/http://www.sunat.gob.pe/legislacion/codigo/http://www.sunat.gob.pe/legislacion/codigo/https://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdfhttps://docs.google.com/viewerng/viewer?url=http://www.ipdt.org/editor/docs/07_VIIIJorIPDT_JFC.pdf
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I"#E$T! % 8% RE'T%
El impuesto a la renta esun tributo que grava las
rentas o aquellosingresos que se
confguran comoutilidades o benefcios.
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IMPUESTO A LARENTA
( IMPUESTO
DIRECTO)
IGV(IMPUESTOINDIRECTO)
El i!"#$%& 'ir#%&r*+* #l %##r " "
ir#$& (r#%*-, l"#&,#l i!"#$%& r#*#
'ir#%*#%# $&r# l*!#r$&* & #!r#$* /"#
!&$## l* r#%*.
D## !**rl&"*l/"i#r !#r$&*&!r# " i# &
$#r+ii& r*+*'& &
i!"#$%& (CONSU$i i!&r%*r /"# !#r$&* #$%0 & &*!*i'*' '# %ri
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R#%*$ '# %r**1&, *!i%*l 2 '# l* *!li&1"%* '# l*$ i$*$
L*$ **i*$ '# *!i%*l
O%r&$ ir#$&$ /"# !r&+#* '# #$%*l#i'&$ !&r L#2
R#%*$ i!"%*'*$, il"2#'& l*$ ''i$4r"%#, #$%*l#i'*$ !&r L#2
5*i%"*li'*' # l* #*1#*i3 '# i
IMPUESTO A LARENTA
B%$E 8E(%8+ %rt 9: de la 8ey del Impuesto ala Renta
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R6GIMEN CEDULAR A PARTIR DEL 7 DE ENERO DEL 89
RENTA NETA DE CAPITAL
RENTA NETA EMPRESARIAL
RENTA NETA DE TRABAJO
R#%*$ '# %r**1&, *!i%*l 2 '# l* *!li*i3 &1"%* '# l*$&$i'#r*'*$ && 4"#%# '"r*l# 2 $"$#!%il# '# ##r*!#ri3'i&$
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R#%*$ '# %r**1&, *!i%*l 2 '# l* *!li*i3 &1"%* '#l*$ i$*$
Il"i'*$ l*$ r#%*$ '#:IR GRAVA
REGAL;AS ENAJENACIÓN
T#rr#&$
R
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L*$ **i*$ '# *!i%*l
)enta de acciones,aportaciones, entre otros
valores mobiliarios
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INGRESOS =UEPROVENGAN DE
TERCEROS
INDEMNIZACIÓN A FAVOR DE
EMPRESAS
INDEMNIZACNES
DESTINADASREPONERACTIVOS
GANACIASDERIVADOS DE
OP. CONTERCEROS
O%r&$ ir#$&$ /"# !r&+#* '# %#r#r&$,#$%*l#i'&$ !&r L#2
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PERSONASDOMICILIADAS
PERSONAS NDOMICILIADA
7>? DIAS
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N& D&iili*'&$
El concepto de no domiciliado, qunuestra 8ey del Impuesto a la Renestablece, es de tipo negativo, es d
que son considerados como no
domiciliados todos aquellos su;etos no enca;en en ninguno de los supuedel art
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APLICACIÓN PR@CTICA:
O%#i3 '# l* &'ii3 '# '&iili*'& '#
%r**1*'&r #%r*1#r& & *r0 '# #%r*1# 8a se=orita $amanta 8ee es una e>perta ingenierindustrial que llegó a 8ima con contrato de trabade agosto de ?09@, obteniendo su carnA de e>tra
1 de setiembre e incorporndose el 9 de agosto eplanilla de su empresa empleadora domiciliada.$e consulta si dic*a pro6esional ser consideraddomiciliada en el pa
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SOLUCIÓN:
4e acuerdo al inciso bC del arttran;eras adquieren la conddomiciliadas cuando *ayan residido o permanecpa
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NTRIBUYENTE
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PERSONAS NATURALES
SUCESIONES INDIVISAS
ASOCIACIONES DE HECHO DE PROFESIONALES YSIMILARES
SOCIEDADES CONYUGALES
PERSONAS JURÍDICAS
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SUCESIONES INDIVISAS
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8as rentas que obtenga cada cónyuge serndeclaradas independientemente por cada uno deellos.
8as rentas de los *i;os menores de edad debern seracumuladas a las del cónyuge que obtenga mayorrenta, o, de ser el caso, a la sociedad conyugal.
8as rentas producidas por bienes comunes sern
atribuidas, por igual, a cada uno de los cónyuges.
SOCIEDADE
CONYUGAL
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ASOCIACIONES DE HECHO DE PROFESIONALES YSIMILARES
L*$ $&i#'*'#$ *3i*$ # &*'i%* &
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SECONSIDERAR@
NPERSONAS
JUR;DICAS
L*$ $&i#'*'#$ *3i*$, # &*'i%*, &i+il#$, &#ri*l#$ '# r#$!&$*ili'*' lii%&$%i%"i'*$ # #l !*$.
L*$ &&!#r*%i+*$, il"i'*$ l*$ *r*ri*$ '!r&'"i3.
L*$ #!r#$*$ '# !r&!i#'*' $&i*l.
L*$ #!r#$*$ '# !r&!i#'*' !*ri*l & %&%*E$%*'&.
L*$ #!r#$*$ "i!#r$&*l#$, l*$ $&i#'*'#$#%i'*'#$ '#l #%#ri&r, /"# !#ri* r#%* '!#r"**.L*$ $""r$*l#$, *#i*$ & "*l/"
#$%*l#ii#%& !#r*#%# # #l !*$ '# '#l #%#ri&r.
L*$ #!r#$*$ i'i+i'"*l#$ '# r#$!&lii%*'*, &$%i%"i'*$ # #l !*$.
L*$ $&i#'*'#$ irr#"l*r#$ !r#+i$%*$Ar%"l& 8? '# l* L#2 G##r*l '# S&i#'
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Fi'#i&i$&$
8as utilidades, rentas o gananc
que se obtengan de los bienesque se transferan en fdeico
atribuidas al fdeicomitente. El responsable solidario del pago
en su calidad de administpatrimonio 5ideicome
F I D E I C O M I S
O
B A N C A R I O
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Base 8egal+ %rt. ??: del T! de 8IR
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4ETER"I'%&IG' H #%(!
Es de carcter anualembargo, a lo largo
e;ercicio gravable s
realizan pagos a cuenmanera directa por
contribuyente o se6ectFan retencioneEstos conceptos so
considerados adelanto
Impuesto %nual y se ucomo crAdito para redel monto del impuesto
se determine en la4eclaración 3urada %
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EONERACIONESE
INAFECTACIONES
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EONERACIONES
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8as rentas que, las sociedadeso instituciones religiosas,
destinen a la realización de sus
fnes especifcos en el pa
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8os intereses que reciban o paguen lascooperativas de a*orro y crAdito
8as rentas de los inmuebles de
propiedad de los organismosinternacionales que le sirvan de
sede.
• C*ill#r*$• ONU• OEA• CAN• E*1*'*$, #%
e;emplos
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8as remuneraciones quereciban el e;ercicio de su
cargo, traba;adores asignadpor gobiernos e>tran;eros.
8os ingresos brutos queperciban las representacionesdeportivas nacionales de patran;eros por actuaciones en
el pa
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8os ingresos e>tran;eros por l
espectculos en vivo
• teatro,• zarzuela,• conciertos de
mFsica clsica,• ópera,• ballet y 6olclor,
e;emplos
*li*'&$ && #$!#%K"l&
!
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INAFECTACIONES
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8as indemnizaciones previstaspor las disposiciones laborales
vigentes.
8as indemnizaciones porcausa de muerte o
accidentes.
• El caso de ser despidodisciplinario.
• 4e tener causasob;etivas en el despido
• 4e tener causasob;etivas en el despido.
• accidentesautomovilplosio
en el traba;o• levantar en 6orma
repetida equipos pe• resbalarse en un pis
sucio con aceite
e;emplos
condiciones
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8as &T$
8os subsidios porincapacidad temporal,maternidad y lactancia
8a &mara de &omercio de8ima brinda un e;emplo para untraba;ador que laboró los seis meses
7de mayo a octubreC, gana $.,000 yel se>to de su gratiJ 6ue $.K00. 8asumatoria 7$.,K00C se debemultiplicar por seis y dividirse entre9?. El resultado es una &T$ de$.9,1K0.
e;emplo
El monto en dinero que seotorga a los asegurados, coel fn de compensar lapArdida económica derivadde la incapacidad para eltraba;o, ocasionada por eldeterioro de la salud.
e;emplo deun subsidio
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RENTAS DE TERCERACATEGOR;A
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G##r* R#%*$'# T#r#r*C*%#&r*
*) 8as derivadas del comercio, la industride recursos naturalesM de la prestación servicios comerciales, industriales o
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ATRIBUCIÓN DE RENTAS
Se considerarán del propietario o de la
personas naturales o jurídicas que la
interan o de las partes contratantes! a"
cuando no #a$an sido acreditadas en sucuentas particulares.
LasRentas
%ro&enientes de 'ondos de in&ersi(n
patrimonios 'ideicometidos se atriuirán
los respecti&os contriu$entes d
*mpuesto! lueo de las deducciones d
las rentas netas de seunda $ de terce
cateorías o de 'uente e+tranjer ,simismo! se atriuirán las prdid
netas de seunda $ tercera cateorías $
de 'uente e+tranjera!
La Atribución se efectuará :
- En el caso de los sujetosdomiciliados en el país
- Tratándose de sujetos ndomiciliados en el país
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) 8a derivada de la cesiónde bienes muebles oinmuebles distintos depredios, e6ectuada porcontribuyentes generadoresde renta de terceracategor
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V a l o
r d e m e r c a d o
Para laseistencias
q
operaciones onerosas que la empresa
reali/a con terceros.
Para los
!alores
será el que resulte ma$or entre el &alor de
transacci(n $
a) el &alor de coti/aci(n
) el &alor de participaci(n patrimonialc) otro &alor que estale/ca el elamento
Para losbienes deacti!o fijo
uando se trate de ienes respecto de los
cuales se realicen transacciones 'recuentes
en el mercado! será el que corresponda a
dic#as transacciones
Para las
transaccionesentre partes!inculadas
os precios $ monto de lascontraprestaciones que #uieran sido
acordados con o entre partes
independientes en transacciones
comparalesPara las
operaciones con"nstrumentos#inancieros
$eri!ados
Será el que se determine de acuerdo con los
precios! índices o indicadores de dic#os
mercados
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Rentas de cuarta y
quinta categor
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&uartacategor
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C"*'& l* r#%* $#&$i'#r# '# "*r%**%#&r*
El %r**1*'&r i'#!#'i#%# /"#!r#$%* $#r+ii&$ * "* !#r$&*,#%i'*' & #!r#$* * *i& '# "*r#%ri"i3, $i /"# #i$%* "*
r#l*i3 '# $"&r'i*i3, i '#'#!#'#i*
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C"*'& l* r#%* $#&$i'#r# '# /"i%**%#&r*
$B!R4I'%&IG'
E$%& #$, "*'& #l
%r**1*'&r !r#$%*$#r+ii&$ '# *"#r'& * l*$r#l*$ & !*"%*$#$%*l#i'*$##r*l#%# !&r #l#!l#*'&r.
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CAP;TULO VI:
4E 8% RE'T% 'ET%
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ART. ?: PARA ESTABLECER LA RENTA NETA DE PRIMERA Y SEGUNDA CATEGO
#ara establecer la renta neta de la primera y scategor
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'o ser deducible la pArdida decapital originada en laena;enación de valoresmobiliarios cuando+
%l momento de la ena;enación o conposterioridad a ella, en un plazo que noe>ceda los treinta 70C d
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P*r* l* '#%#ri*i3 '# l* !0r'i'* '# *!i%*l & '#'"il# $# %#'rK # "#%* l& $i"i#%#:
4
aC $i se *ubiese adquirido valores mobiliarios u opcde compra en un nFmero in6erior a los valores mobilena;enados, la pArdida de capital no deducible ser lcorresponda a la ena;enación de valores mobiliarios nFmero igual al de los valores mobiliarios adquiridocuya opción de compra *ubiera sido adquirida.
4 bC $i la ena;enación de valores mobiliarios del mismse realizó en diversas oportunidades, se ddeterminar la deducibilidad de las pArdidas de capitel orden en que se *ubiesen generado.
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4 cC $e entender por valores mobiliarios del mtipo a aquellos que otorguen iguales derec*que correspondan al mismo emisor.
'o se encuentran comprendidas aqupArdidas de capital generadas a travde los 6ondos mutuos de inversión en
valores, 6ondos de inversión, 6ondos dpensiones, y fdeicomisos bancarios de titulización.
ART.
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A R
? P D
% fn de establecer la renta neta de terccategor
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SON GASTOS DEDUCIBLES:
SON GASTOS DEDUCIBLES:
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SON GASTOS DEDUCIBLES:
SON GASTOS DEDUCIBLES:
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SON GASTOS DEDUCIBLES:
SON GASTOS DEDUCIBLES:
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SON GASTOS DEDUCIBLES:
SON GASTOS DEDUCIBLES:
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SON GASTOS DEDUCIBLES:
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8os edif
construcse depre
a razóncinco por
7KOC a
8as
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4epreciacionesse calcularn
sobre+
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El porcenta;e anual de depreciación o elporcenta;e m>imo de depreciación, se
aplicar sobre+
NO SON DEDUCIBLES :
Q L&$ *$%&$ !#r$&*l#$ 2 '# $"$%#%&
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! 2'#l &%ri"2#%# 2 $"$ 4*ili*r#$.
Q El I!"#$%& * l* R#%*.
Q L*$ $*i&#$ *!li*'*$ !&r #l S#%&rP
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8o se=alado no resulaplicable a las empresa$istema 5inanciero aqu
por la 8ey (eneral d$istema 5inanciero y
$istema de $eguros !rgnica de la
$uperintendencia de Ba$eguros.
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#ara establecer la renta neta de cuarcategor
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RENTAS NETAS DE FUENTEPERUANA
La obtienen:
Los no domiciliados en el país
Las sucursales% a&encias o
cual'uier otro establecimientopermanente en el país( de empresasunipersonales% sociedades )entidades de cual'uier naturale*aconstituidas en el eterior+
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$e acuerdo a las acti!idades 'ue realicen se le aplica unporcentaje:
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Acti!idades de se&uros: , sobre las primas+
Al'uiler de na!es: ./ de los in&resos brutos 'perciban por dic0a acti!idad+
Al'uiler de aerona!es: 1/ de los in&resos brutos 'perciban por dic0a acti!idad+
Transporte entre la Rep2blica ) el etranjero: 3 d
in&resos brutos por el transporte a4reo ) 5 de los in&rbrutos por fletamento6transporte marítimo7+
, e+cepci(n de la e+oneraci(n del *mpuesto a la enta por retriuc
del tratamiento rindado a las líneas peruanas que operen en
países en donde operan las líneas e+tranjeras.
8er!icios de Telecomunicaciones entre la Rep2blica )
etranjero: 9 de los in&resos brutos+
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j &
A&encias internacionales de noticias: 3/ sobre remuneraciones brutas por el suministro de noticias% mateinformati!o o &ráfico( a personas o entidades domiciliada
'ue utilicen dic0o material en el país+
$istribución de películas cinemato&ráficas ) similares parutili*ación por personas naturales o jurídicas domiciliadas
5/ sobre los in&resos brutos por el uso de pelíccinemato&ráficas o para tele!isión 6!ideo tape% radiono!discos fono&ráficos% 0istorietas &ráficas% etc+7
Empresas 'ue suministren contenedores para transportepaís o desde el país al eterior ) no presten el ser!ictransporte 39 de los in&resos brutos 'ue obten&andic0o suministro+
8obreestadía de contenedores para transporte: ./ de in&resos brutos 'ue obten&an por el eceso de estadía
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contenedores+
;esión de derec0os de retransmisión tele!isi!a: 5/los in&resos brutos de los contribu)entes no domiciliado
por la cesión de derec0os para la retransmisión ptele!isión en el país% de e!entos en !i!o reali*ados en etranjero+
A R T .
C:
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C :
RENTA NETA $EL ;AP"TAL
RENTA NETA E
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;ate&oríaRenta de 8e&unda
;ate&oría
Renta de Tercera;ate&oría
Renta de ;uarta;ate&oría
Renta de @uinta;ate&oría
N O S E C O M P E N S
A N
RENTA NETA DELTRABAJO
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El impuesto consi&nado en la ;onstancia de retención opercepción del "T#% será deducible 0asta el límite de larenta neta de cuarta cate&oría+
El &asto por concepto de donaciones en fa!or de entidades del 8ector P2blico Nacional% eceempresas sin fines de lucro6beneficencia% asistenciabienestar social% educación% culturales% científic
artísticos% literarios% deporti!os% salud% patrimo0istórico cultural indí&ena ) otros7% siempre 'ue dic0entidades cuenten con la calificación pre!ia de 8BNAla deducción no podrá eceder del 3/ de la suma la renta neta del trabajo ) la renta de fuente etranjera
RENTA NETA;?NTRA
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RENTA NETAEERA
RENTA8NETA8
N? P?$RDN$E$B;"R8E
PR$"$A8
F
-
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;?
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8istema =7 de compensación de p4rdidas:
3+ $e obtenerse renta neta positi!a en el ejercicio% lasp4rdidas netas compensables de ejercicios anteriores sedeberán compensar 0asta el 9/ de la renta neta detercera cate&oría+ Los saldos no compensados seránconsiderados como la p4rdida neta compensable delejercicio 'ue podrá ser arrastrada a los ejerciciossi&uientes+
5+ $e obtenerse p4rdida en el ejercicio 4sta se sumará alas p4rdidas netas compensables de ejercicios anteriores+
Rentas eoneradas:
-
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Los contribu)entes 'ue obten&an rentas eoneradas en ejercicio deberán considerarlas a fin de reducir la p4rdida mismo ejercicio+
En caso 'ue el contribu)ente no arroje p4rdidas por el ejerci) solo cuente con p4rdidas netas compensables de ejercicanteriores% las rentas eoneradas no afectarán estas 2ltimp4rdidas+
La p4rdida neta compensable del ejercicio estará conforma
por las p4rdidas del ejercicio reducidas por los imporseJalados en el primer párrafo% en su caso% ) las p4rdidas necompensables de ejercicios anteriores% de eistir+
Ejercicio de la opción:
3 El j i i d l ió l fi l A í l /K d l
-
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3+ El ejercicio de la opción a la 'ue se refiere el Artículo 9/K de lase efect2a en la $eclaración >urada Anual del "mpuesto a la Rcorrespondiente al ejercicio en 'ue se &enera dic0a p4rdida+contribu)entes se encuentran impedidos de cambiar el sistemcompensación de p4rdidas una !e* ejercida la opción por al&unellos+ 5+ 8ólo será posible cambiar el sistema de compensaciónp4rdidas en a'uel ejercicio en el 'ue no eistan p4rdidasejercicios anteriores% sea 'ue 4stas se 0a)an compencompletamente o 'ue 0a)a !encido el pla*o máimo paracompensación% respecti!amente+
En el supuesto anterior% el contribu)ente podrá rectificar el sisde arrastre de p4rdidas ele&ido% a tra!4s de la rectificación d$eclaración >urada Anual del impuesto+
$ic0a rectificación solamente procederá 0asta el día anterior presentación de la $eclaración >urada Anual del ejerci i t d l f 0 d i i t t ió
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si&uiente o de la fec0a de !encimiento para su presentación'ue ocurra primero+
No procederá la indicada rectificación% si el contribu)ente 0ubutili*ado el sistema de compensación de p4rdidas ori&inalmedeclarado en su $eclaración >urada Anual del "mpuesto% en$eclaración >urada de modificación del coeficiente o porcende los pa&os a cuenta del impuesto+
Los contribu)entes no pierden el derec0o de efectuarcompensación de p4rdidas cuando 4stas sean cubiertas reser!as le&ales% reducción de capital% nue!os aportes de socios o por cual'uier otra forma+
Los contribu)entes deberán lle!ar un control sobre el saldosus p4rdidas en la forma ) condiciones 'ue estable*ca la 8BNA
Las p4rdidas de fuente peruana de!en&adas en el ejerciciopro!enientes de instrumentos financieros deri!ados confi di ti t l d b t t á d f
-
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fines distintos a los de cobertura% se computarán de formaindependiente ) serán deducibles de las rentas de fuenteperuana obtenidas en el mismo ejercicio pro!enientes deinstrumentos financieros deri!ados 'ue ten&an el mismofin+ 8i 'uedara al&2n saldo% 4ste sólo podrá sercompensado contra las rentas de tercera cate&oría de losejercicios posteriores% pro!enientes de instrumentosfinancieros deri!ados con fines distintos a los de coberturade conformidad con lo establecido en el artículo 9/K de laLe)+
Las p4rdidas ) las rentas netas a 'ue se refiere el tercerpárrafo del artículo 9/K de la Le) corresponden 2nicamenteal resultado obtenido en el mercado del deri!ado ) noinclu)en los &astos asociados al instrumento financieroderi!ado del 'ue pro!iene+
APL";A;"FN $E LA RENTA NETA $E #BENTEECTRAN>ERA
-
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Personas naturales% sociedadescon)u&ales ) sucesiones indi!isas
domiciliadas en el país
RENTA NETA $E #BENTEECTRAN>ERA
C*!i%*l Tr**1
&
pro!eniente
'ue perciban
$E$B;;"?NE8
lue&o de
RENTA NETA ECTRAN>ERA RENTA NETA $EL TRA=A>
-
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Personas jurídicas
RENTA NETA $E #BENTEECTRAN>ERA
'ue perciban
C"*l/"i#r
*%i+i'*'
pro!eniente
RENTA NETA ECTRAN>ERA RENTA NETA E
-
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domiciliadas en el país
RENTA NETA $E;AP"TAL1
Los di!idendos ) cual'uier otra forma dedistribución de utilidades
1+.
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CAPITULO IDEL R6GIMEN PARA DETERMINAR LARENTA
r%.97
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O!#r*i&#$ #&#'*
#%r*1#r*N&r*$
R#%* # #$!#i# )alor de mercadode las especiesEn la 6ecque 6ueropercibida
* #4#%&$ '# '#%#ri*i3 '#l I!"#$%&:%quella operación que se ree>tran;era se contabilizar vigente a la 6ec*a de la ope
$i e>iste di6erencias de camdel can;e de la moneda e>tmoneda nacional, pues se como ganancia o como pAren que se e6ectFa dic*a sit
Ar%.8
-
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Ar%. I!&r%*'&r
-
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• "ercader
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Registro de )entas
Registro de &ompras
8ibro 4iario de 5ormato $implifcad
79 UIT R#%* '# T#r#r* C*%#&r*
4ebern llevar contabilidad completa
Ar%.
-
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e>ige
%segurar la verifcaciónde su situación
impositiva.
para
-
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%rticulo :LEY DEL IMPUESTO A LARENTA
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Esta entidad es la encargada de
determinar el porcenta;e a aplicar a larenta.
En base a+
)entas IngresosRenta'eta
%plicando promedios,coefcientes yo porcenta;es
U&ó f; l f i t di
-
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U&ómo f;ar el coefciente, promedio oporcenta;e
$e necesitaran elementos esenciales
tales como+&apital
invertido en lae>plotación
Es decir aquel capitalque se invierte en laempresa para luego
obtener losresultados
)olumen de lastransacciones
Tener en cuentatodas las
operaciones querealiza la empresa
Rentas de otrose;erciciosgravables
%quellas gananciasanteriores que
*ayamos tenido enlos e;ercicios
-
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El monto de lascompraVventas
e6ectuadas
8as e>istenciasde mercaderisten enalmacAn debido alas compras y
ventas realizadas
8os montos quetenemos
registrado en librobancos por dic*as
operacionesrealizadas
4el mismo modo se podrn utilizar otros mAtodos si es que no se
-
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4el mismo modo se podrn utilizar otros mAtodos si es que no serecurre a calcular por medio del mAtodo de los coefcientes
#RE$'&IG' 4E )E'T%$ !I'(RE$!$
% esto se le adiciona el costo deventas declarado o registrado por eldeudor tributario, dic*o resultado de
aplicar a dic*o costo viene ser elmargen de utilidad bruta promedio
de empresas similares.
&omo obtener el margen de utilidad
-
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bruta
&osto deventas
tilidad Bruta >900
WW $i 6uera el caso del que el deudor tributario no *aya registrado odeclarado el costo de ventas, la $'%T obtendr esto por medios
de terceros.
#RE$'&IG' 4E RE'T%
-
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#RE$'&IG' 4E RE'T%'ET%
Es equivalente a la rentaneta promedio de los dos
e;ercicios inmediatosanteriores, que *aya sidodeclarada o registrada por
el deudor tributario y
comprobada por la $'%T.
G
-
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#RE$'&IG' 4E RE'T% 'ET%
Esequivalenteal promedio
de rentaneta de
empresassimilares
&orrespondiente al e;erciciofscalizado
! en sude6ecto, ale;ercicio
inmediatoanterior.
G
-
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#RE$'&IG' 4E RE'T% 'ET% 4E &%RT%&%TE(!RX%
Es equivalente al promediode renta neta de personas
naturales que se encuentrenen condiciones similares al
deudor tributario, dele;ercicio fscalizado o, en su
de6ecto, del e;ercicioinmediato anterior.
-
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%rticulo 90:LEY DEL IMPUESTO A LA
RENTA
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RE!R(%'IY%&I!' 4E $!&IE4%4E$ ! E"#RE$%$
8a reorganización de lassociedades tiene como ob;etivoprincipal *acerlas ms efcientescompetitivas en el mercado.Es una decisión *ec*a poracuerdo y voluntad de lossocios, los cuales *acen que semodifque los estatutos.
8as sociedades pueden adoptardistintas 6ormas dereorganización contemplada enla 8ey (eneral de $ociedades.
$e da Fnicamenteen casos de 6usión,escisión u otras6ormas dereorganización,segFn lo queestablezca el
Reglamento.
-
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%rticulo 90@:LEY DEL IMPUESTO A LA
RENTA
Tratndose de reorganización de sociedades o empresas, las partintervinientes podrn optar, en 6orma e>cluyente, por cualquiera d
los siguientes reg
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$i las sociedades o empresas acordaran la revaluación voluntaria desus activos, la di6erencia entre el mayor valor pactado y el costo
computable determinado de acuerdo con el 4ecreto 8egislativo ': 11y normas reglamentarias, debern acogerse a los siguientes casos+
$i esta gravado con elImpuesto a la Renta+
$i no esta gravado con elImpuesto a la Renta,siempre que no se
distribuya.+
$i las sociedades oempresas no acordaranla revaluación voluntaria
de sus activos+
-
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A r t í c u l o
1 0 5 º
Si la ganancia es distribuida enefectivo o en especie por la sociedao empresa que la haya generado, sconsiderará renta gravada en dich
sociedad o empresa
-
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!a gananciaestaría distribuida
Siguientes Supuestos
"uando se reduce el capital dentro de los cuatro #$% e&erciciosgravables siguientes al e&ercicio en el cual se reali'a lareorgani'aci(n
"uando se acuerde la distribuci(n de dividendos y otras formas de distribuci(n de
utilidades, incluyendo la distribuci(n de e)cedentes de revaluaci(n, a&ustes porree)presi(n, primas y*o reservas de libre disposici(n, dentro de los cuatro #$%e&ercicios gravables siguientes al e&ercicio en el cual se reali'a la reorgani'aci(n
-
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!a renta gravada se imputará ae&ercicio gravable en que se efectu
distribuci(n
Los socios o accionistasque transferen en
propiedad sus acciones oparticipaciones serán
responsables solidariosdel pago del impuesto.
-
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+l pago del impuesto nofaculta a las sociedades o
empresas a considerarcomo costo de los activosel mayor valor atribuidocomo consecuencia de la
revaluaci(n
EL PAGO DE LOSIP!ES"OS
La sociedad o empresa queadquiere uno o más bloques
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adquiere uno o más bloquespatrimoniales escindidos por
otra# genera renta gra$ada porla di%erencia entre el $alor de
mercado & el costo computablede los acti$os recibidos
"omoconsecuencia
de la
eorgani'aci(n
-
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!a empresa onegociosegrega
!no o más bloques patrimoniales dentro deuna reorgani'aci(n simple & amorti'a las
acciones o participaciones
Genera renta gra$ada por la di%erencia entreel $alor de mercado de los acti$os
trans%eridos
-
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%rticulo 90N:LEY DEL IMPUESTO A LA
RENTA
-
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+n la reorgani'aci(n desociedades o empresas
-o podrá imputar las p.rdidas tributariasdel transferente
A/022+-3+S
Si tu$iera perdidas tributarias# no podráimputar contra la renta de tercera categor)a
que se genere con posterioridad a lareorgani'aci(n
!a renta gravada
-
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!a renta gravadadeterminada
evaluaci(n voluntariade activos
-o podrá ser compensada con las p.rdidas tributarias de laspartes intervinientes en la reorgani'aci(n.
AR T +
3 / ,
"onservará el derechodel transferente de
-
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A R
A/02+-3+
del transferente deamorti'ar los gastos y el
precio de los activosintangibles
Seg*n
+l incisog% del Artículo 46
inciso
g% del Artículo $$6 !ey
+l adquirenteconservará los demásderechos que se7ale el
eglamento
AR T +
3 / .
Debe reunir las
-
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A R
AD+!I,E-"E
ebe eu ascondiciones & requisitos
que permitieron altrans%erente go'ar de
los mismos. .
+n el caso de la fusi(n no podrán ser transmitidos losbenefcios con%eridos a tra$s de los con$enios de
estabilidad tributaria a alguna de las partes
inter$inientes en la %usi(n/ sal$o autori'aci(n e0presa dela autoridad administrati$a correspondiente# pre$iaopini(n tcnica de la S!-A".
AR T +
3 / L
LA ,EO,GA-I1A2I3- DE LAS
-
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A R EP,ESAS DEL ES"ADO
A que se refere el DecretoLegislati$o -4 567 & normas
ampliatorias & modifcatorias.
Serán de aplicaci(n las normasdispuestas en el presente 2ap)tulo.
%rticulo 990:8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
-
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!os formularios,informaci(n y
procedimientos que loscontribuyentes deberán
cumplir para 8nestributarios en la reali'aci(n
de una reorgani'aci(n deempresas o sociedades
%rticulo 999:8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
-
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8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
9:;23< /+ A=!2"A"2>- /+!
-
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9:;23< /+ A=!2"A"2>- /+!?@2:+-
%rticulo 99:8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
-
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8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
Atribuci(n de rentas
-
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• Las rentas netas pasi$as que obtengan lasentidades controladas no domiciliadas# seránatribuidas a sus propietarios domiciliados en elpa)s que# al cierre del e8ercicio gra$able# por s)solos o con8untamente con sus partes $inculadasdomiciliadas en el pa)s# tengan una participaci(n#directa o indirecta# en más del cincuenta por
ciento 9:;a entidad.
1% =ara determinar la renta neta pasivaatribuible
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a= Las rentas & los gastosque se deberán considerarson los generados por laentidad controlada nodomiciliada durante ele8ercicio gra$able# para locual se deberá tomar encuenta los criterios deimputaci(n aplicable a lasrentas de %uentee0tran8era pre$istos en elart)culo :5? de esta le&.
b= Se aplicará lo pre$isto enel art)culo :@?A de esta le&.2uando los gastos deduciblesincidan en la generaci(n delas rentas pasi$as & de otrasrentas# la deducci(n see%ectuará en %ormaproporcional de acuerdo conel procedimiento queestable'ca el ,eglamento.
7. Las rentas netas pasi$as serán atribuidas# enmoneda nacional# al cierre del e8erciciogra$able# utili'ando el tipo de cambio compra
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g p p $igente a la %ec>a en que debe e%ectuarse laatribuci(n.
B. -o se atribuirán las rentas netas pasi$as a loscontribu&entes domiciliados en el pa)s que estnsu8etos al Impuesto en el Per* *nicamente por susrentas de %uente peruana# ni a aquellas empresascon%ormantes de la acti$idad empresarial del Estado.
C. La atribuci(n de las rentas netas pasi$as see%ectuará en proporci(n a la participaci(n#directa o indirecta# de los contribu&entesdomiciliados en los resultados de la entidadcontrolada no domiciliada.
%rticulo 99@:8EH 4E8 I"#E$T! % 8% RE'T%
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entas pasivas
-
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• Si los ingresos que califcan como rentas pasi$asson iguales o ma&ores al oc>enta por ciento96;
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-o se considerará como rentas pasi$as a
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Artículo 115ºC entas pasivas no atribuibles
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-o se e%ectuará la atribuci(n a que se refere el art)culo @@C? de esta le& de lassiguientes rentas pasi$as @. Las que sean de %uente peruana# sal$o las pre$istas en el numeral del art)culo @@B?de esta le&.
7. Las que >ubiesen sido gra$adas con un Impuesto a la ,enta en un pa)s o territoriodistinto a aqul en el que la entidad controlada no domiciliada est constituida oestablecida# o sea residente o domiciliada# con una tasa superior al setenta & cinco porciento 95:
-
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g p =art)culo@@C? de esta le& cuando
a= El total de las rentas netas pasi$as de dic>a entidadno e0cedan de cinco 9:= !I". Para determinar estemonto# se e0cluirán las rentas pasi$as que se encuentrenen los supuestos de los numerales @ ( 7 de este art)culo.
b= Los ingresos que califcan como rentas pasi$as soniguales o menores al $einte por ciento 97;
-
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impuesto pagado en el e)terior
Los contribu&entes domiciliados en el pa)s# aquienes se les atribu&a las rentas netas pasi$asde una entidad controlada no domiciliada deacuerdo con lo pre$isto en este cap)tulo#deducirán del Impuesto en el pa)s que gra$edic>as rentas# el impuesto pagado en ele0terior por la re%erida entidad que gra$edic>as rentas# sin e0ceder los l)mites pre$istosen el inciso e= del art)culo 66? de esta le&.
AC /ividendos que corresponden a rentas pasivas
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Los di$idendos & cualquier otra %orma de distribuci(n de utilidadesque las entidades controladas no domiciliadas distribu&an a loscontribu&entes domiciliados en el pa)s# no estarán gra$ados con elImpuesto en el pa)s en la parte que correspondan a rentas netaspasi$as que >ubiesen sido atribuidas con%orme a lo pre$isto en elart)culo @@C? de esta le&.
Para estos e%ectos# se considerará que los di$idendos & otras %ormasde distribuci(n de utilidades distribuidas corresponden a las rentas
netas pasi$as en %orma proporcional a la parte que dic>as rentasrepresentan respecto del total de las rentas netas de la entidadcontrolada no domiciliada# de acuerdo al procedimiento queestable'ca el ,eglamento. El re%erido procedimiento tambinincluirá la determinaci(n en los casos de distribuci(n de utilidadesque la entidad que distribu&e >ubiese recibido a su $e' de otrasentidades controladas no domiciliadas.
;C
-
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;
-
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& p
Podrán acogerse al ,gimen Especial las personas naturales#sociedades con&ugales# sucesiones indi$isas & personas
8ur)dicas# domiciliadas en el pa)s# que obtengan rentas detercera categor)a pro$enientes de las siguientes acti$idades
a= Acti$idades de comercio &Fo industria# entendindose portales a la $enta de los bienes que adquieran# produ'can omanu%acturen# as) como la de aquellos recursos naturales quee0traigan# incluidos la cr)a & el culti$o.
b= Acti$idades de ser$icios# entendindose por tales acualquier otra acti$idad no sealada e0presamente en elinciso anterior.
Las acti$idades antes sealadas podrán ser reali'adas en%orma con8unta.
-
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b. Tratndose de contribuyentes quprovengan del RAgimen (eneral o d'uevo RAgimen Znico $implifcad
El acogimiento se realizar Fnicamentcon ocasión de la declaración y pago dla cuota que corresponda al per
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a. Tratndose de contribuyentes que iniciactividades en el transcurso del e;ercicio+
El acogimiento se realizar Fnicamente coocasión de la declaración y pago de la cuoque corresponda al per
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que estn en el RER
asciende a 9.KO de susingresos netos mensualesprovenientes de sus
rentas de terceracategor
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2ambio de ,gimen
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Los contribu&entes acogidos al ,gimen Especialpodrán ingresar al ,gimen General en cualquiermes del e8ercicio gra$able# mediante lapresentaci(n de la declaraci(n 8urada quecorresponda al ,gimen General.
Los contribu&entes del ,gimen General podránoptar por acogerse al ,gimen Especial encualquier mes del ao & s(lo una $e' en ele8ercicio gra$able. Ello# sin per8uicio delcumplimiento de sus obligaciones tributarias
generadas mientras estu$ieron incluidos en el,gimen General.
Obligaci(n de ingresar al ,gimenGeneral
-
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Si en un determinado mes# los contribu&entes
acogidos al ,gimen Especial incurren enalguno de los supuestos pre$istos en los
incisos a= & b= del art)culo @@64# ingresarán al
,gimen General a partir de dic>o mes.
En este caso# los pagos e%ectuados seg*n lo
dispuesto por el ,gimen Especial tendrán
carácter cancelatorio# debiendo tributarseg*n las normas del ,gimen General a
partir de su ingreso en ste.
entas de
t
Si los su8etos del presente ,gimen
perciben adicionalmente a las
rentas de tercera categor)a#
-
8/16/2019 Impuesto a La Renta - Original
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otras
categorías
ingresos de cualquier otra
categor)a# estos *ltimos se regirán
de acuerdo a las normas del
,gimen General del Impuesto a la
,enta.!ibros y
registros
contables
Los su8etos del presente ,gimen
están obligados a lle$ar un ,egistro
de 2ompras & un ,egistro de Hentas
de acuerdo con las normas $igentessobre la materia.