UNIVERSIDAD YACAMBÚVICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASCARRERA DE DERECHOCABUDARE, EDO. LARA
Participante: Yolimar Núñez C.I V- 15.389.910Expediente: CJP-151-00167VCorreo: [email protected].: Introducción al Derecho Penal
San Felipe, 16 julio 2016
EL HECHO PUNIBLE, CLASIFICACION DE LOS HECHOS PUNIBLES, PRINCIPIO O
ELEMENTOS DE LA TEORÍA GENERAL DEL DELITO, CARACTERES DEL DELITO,
CLASIFICACION SEGUN LA ESCUELA CLASICA.
El Hecho Punible
Es la acción sancionada por el Derecho con una pena, también es
denominado conducta delictiva.
Clasificación de los
Hechos Punibles
Visión Tripartita:
1. Crímenes
2. Delitos
3. Faltas
Visión Bipartita:
1. Delitos
2. Faltas
Principio o
Elementos de la teoría
general del delito
1-Principio del Acto.
2-Principio de Legalidad o
Tipicidad
3-Principio de Antijuridicidad.
4-Principio de
Culpabilidad.
consiste en hacer o actuar, llevara a cabo un hecho
ilícito.
Este principio establece que las conductas se encuentren
claramente descritas en la ley, y que contengan al menos tres
elementos esenciales: el sujeto activo, el verbo o acción
Este principio supone que la conducta que se haya
realizado este prohibida por el ordenamiento jurídico, es
decir que dicho comportamiento o conducta
sea contrario al Derecho.
“Es tener en claro que dicha conducta es antijurídica”, es
la conciencia de la antijuridicidad de la conducta
Caracteres del Delito
En todo delito se
da:
•Un sujeto, el que quebranta la norma penal positiva.
•Un vinculo que enlace al autor con el hecho, y del que nace la responsabilidad.
•Una víctima, sea individual, como en el homicidio, o abstracta, como el Estado al revelarse un secreto de armamento a otra nación.
•Un objeto jurídico, el derecho vulnerado: la seguridad nacional, la integridad física.
•Un objeto material, la cosa u objeto sobre la que recae la acción del sujeto : la cosa en el robo.
Clasificación según la Escuela Clásica.
"Ofensa a los sentimientos altruistas fundamentales de la
piedad y la probidad en la medida en que son poseídos
por un grupo social determinado". De esta
definición infiere Garofalo que los delitos naturales
constituyen dos categorías:
Ofensas al sentimiento de
la piedad:
Ofensas al sentimiento
de la probidad:
• Todos aquellos actos que tiendan a producir un mal físico en las personas.
• Actos que producen a la vez un dolor físico y moral.
• Acciones que producen un dolor moral.
• Agresiones violentas contra la propiedad.
• Ataques a la propiedad sin violencia pero con abuso de confianza.
• Ataques directos a la propiedad y a los derechos civiles de las personas.
Esta escuela elabora diversas clasificaciones de delitos. Enunciar las características del positivismo como corriente filosófica del derecho penal,
valorando las aportaciones de sus doctrinas, pero en virtud de su fracaso
la Escuela Positivista pretendió formular un concepto sociológico.
Define el delito de la siguiente manera:
Bibliografía: http://franciscosebastian.blogspot.com/2013/06/
derecho-penal-hechos-punibles.html.
http://vlex.com.ve/tags/definicion-hecho-punible-2542651.
http://definicion.de/punible/. http://www.monografias.com/trabajos90/delitos-
hechos-punibles-y-elementos-del-delito/delitos-hechos-punibles-y-elementos-del-delito.shtml.