IIIUNICIPAUGAD PROVI HUAMANGA
Med. S. Hugo Aed ...... MendOZa ALCAL D E
IALDE
MI TNICIPALIDAD PROVINCIAL I)E HI TAMANGA Ayacucho "Capital dc la Emancipación Hispanoamericana"
LEY 21682
Proyecto de Ley Ne:L0,.q2/2D17 • GL
OFICIO No--1191 -2017-MPH/A
Señor
Luis Fernando Galarreta Velarde Presidente del Congreso de la República L I M A.-
19 O T 2017 RE 100
Firma: ..... .. . ........ Hora'
Ayacucho, 17 de Octubre de 2017
17999 CONGRESO DE LA REPÚBLICA ÁREA DE TMERÁMITE DOCUMENTARIO
SA DE PARTES
Asunto: Remite Proyecto de Ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho" S.A.C.
Ref.: Acuerdo de Concejo Municipal de fecha 04 de octubre de 2017
Por el presente es sumamente grato dirigirme a usted en mi condición de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, para expresarle un cordial saludo y a la vez remitirle adjunto, el Proyecto de ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho", S.A.C., conteniendo toda la documentación necesaria que sustenta dicho proyecto, el mismo que fue aprobado en Sesión de Consejo Municipal señalado en la referencia, a fin de que en uso de sus atribuciones se digne canalizar la promulgación de la respectiva Ley hasta su aprobación, la misma que beneficiará a la población huamanguina.
Con este motivo y agradeciendo anticipadamente su gentil colaboración, hago propicia la oportunidad para brindarle las muestras de mi especial consideración y deferencia personal.
Atentamente,
CONGRESO DE LA REPÚBLICA RECIBIDO
2 O OCT 2017 Hora .. ..... . Firma : .......... DIRECCIÓN . ....................
CONGRESO DE LA REPÚLICA ÁREA DE TRAMITE DOCUMEN
BTARIO
2 3 OCT 2017 IDO ra4:.1?.9 ....
Firma:. ... o .....
www.rounihuamanoa.qob.pe / Despacho de Alcaldía Portal Municipal N' 44 Plaza Mayor
Ayacucho - Peru
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CONGRESO DE LA REPÚBL1% Lima, / de 13c --T~ del 201:-T- Según la consulta realizada, de conformidad con el Articulo 77° dat' Reglamen o del Con reso de la República: pase la Propo- ción ... .?para 511
estudio y dictamen, a I (si Comisión (es) ck, scy, -r42C.U.Ach:j 1 .1,01,5 A LA..h.dot),
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1.ed A.)iets‹. CONGRESO DE LA REPUBLICA AREP, DE TRAMITE DOCUMENTARIO
20 CT 2017
y R BIDO, Firma:. Hory.574.4.4
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JOSÉ E EVASCO PIEDRA Ofi I Mayor
CONGRESO DE BLIC
PROYECTO DE LEY
CREACIÓN DE LA “EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DEL TERMINAL
TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.”
1
PROYECTO DE LEY Nº ……………....
PROYECTO DE LEY
La iniciativa del Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Huamanga, Med. SALOMÓN HUGO AEDO MENDOZA, ejerciendo
el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° y el
numeral 9 del artículo 195°, de la Constitución Política del Perú y
conforme a lo establecido en el artículo 76º del Reglamento del
Congreso, presenta a consideración del Congreso de la República la
siguiente propuesta legislativa:
LEY QUE CREA LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA
DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.
2
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES:
El presente Proyecto de Ley, ha sido elaborado en base al
diagnóstico y la realidad de la situación del Transporte
Interprovincial en la ciudad de Ayacucho, con la finalidad de brindar
y/o prestar un servicio público con los niveles de seguridad, control y
paz en beneficio de la población usuaria.
Así, entendemos que los terminales terrestres representan una
infraestructura importante para el buen desarrollo y funcionamiento
del transporte de personas y de carga debido, entre otras ventajas,
a que este tipo de infraestructura puede generar externalidades
positivas, tales como: ahorro en el tiempo de los usuarios de éste
servicio, aumento de la productividad para las empresas de un país,
así como un crecimiento urbanístico y socioeconómico de las
ciudades. En ese sentido, el marco normativo que regula la
operación y explotación de los terminales terrestres juega un rol
importante toda vez que permite generar las referidas
externalidades.
Uno de los problemas que a la fecha se presenta en la ciudad de
Ayacucho, es aún el sector Transporte, específicamente el
Transporte Terrestre Público Interprovincial, pues cada vez más es
exigente la utilización de políticas de mejora y regulación de éste
servicio.
3
Las Municipalidades, para que puedan cumplir con sus
Competencias Municipales, en especial para brindar los servicios
públicos en favor de la comuna y/o población, que son el conjunto
de funciones atribuidas por la Constitución Política del Estado y
desarrolladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, debe contar
con un marco general que toda Administración Pública, tiende a
decidir, libremente o no, determinados asuntos como de orden legal
y de administración; como son normas legales y las competencias
administrativas, con la finalidad de que cada Municipio se constituya
en una institución de garantía; brindado bienestar a los vecinos a
través de una adecuada prestación de los Servicios Públicos
Locales y la ejecución de Obras de Infraestructura Local para
satisfacer las crecientes necesidades de la Población.
Debemos señalar que En la actualidad el Terminal Terrestre de ésta
ciudad se encuentra ubicada en la Av. Javier Pérez De Cuéllar S/N,
en el Asentamiento Humano Los Artesanos, distrito de Ayacucho,
provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, contando ya
con una construcción propia de ésta actividad, así como se
encuentra laborando personal contratado para el mismo y toda una
estructura organizada y operacional, que justamente será materia de
evaluación en el presente.
A la fecha el Terminal Terrestre viene siendo administrado y
operado por el Terrapuerto Municipal “Libertadores de América”, el
cual fue creado como un Organismo Público Descentralizado – OPD
en la Estructura Organizacional de la Municipalidad Provincial de
Huamanga, mediante Acuerdo de Concejo N° 09-2014-MPH/CM
conforme se tiene de la Ordenanza Municipal N° 002-2014-MPH/A
4
de fecha 18-FEB-2014, la cual tiene como objetivo principal el de
integrar y complementar el servicio de transporte terrestre,
permitiendo la salida y llegada a la ciudad de Ayacucho, de
vehículos de servicio público y al embarque y desembarque de
pasajeros y equipajes.
II. MARCO LEGAL:
Constitución Política del Perú.
Ley 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades.
Decreto Supremo N° 040-2001-MTC.
Decreto Supremo N° 009-2004-MTC.
Decreto Supremo N° 017-2009-MTC - Reglamento Nacional
de Administración de Transporte.
Acuerdo Municipal Nº ……-207-MPH.
III. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY:
El objeto de la empresa es la prestación de servicios públicos
municipales, cuya viabilidad legal y económica – social será
analizada en más detalle seguidamente.
IV. FUNDAMENTOS LEGALES:
Con el siguiente tratamiento y análisis legal, demostramos que la
Empresa Municipal en ningún caso constituye competencia desleal
al sector privado ni proveer de bienes y servicios a la municipalidad
en una relación comercial directa y exclusiva.
5
Dicho de otra manera, no colisiona con el artículo 60° de la
Constitución Política del Estado.
4.1. LA REGULACIÓN DE LOS TERMINALES TERRESTRES EN EL PERÚ:
Mediante Decreto Supremo N° 040-2001-MTC, se estableció los
requisitos técnicos para Terminales de Servicio Público Nacional,
que son los siguientes:
a) Contar con áreas e instalaciones adecuadas para el
desplazamiento de los usuarios dentro del Terminal y salas
comunes con espacios suficientes para su comodidad.
b) Contar con zonas para las actividades administrativas de las
empresas donde se efectúen labores de atención a clientes,
recepción de equipajes y encomiendas, áreas de espera
para el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y
encomiendas y de mercancías cuando corresponda; y áreas
para la venta de boletos de viaje.
c) Contar con áreas de estacionamiento para vehículos de
retén y arcenes para la ubicación de los vehículos
dispuestos para la recepción de los pasajeros y equipajes
que transportan.
d) Estar ubicados en áreas que cuenten con vías que permitan
el acceso, y estacionamiento de los usuarios y servicios de
transporte local.
6
e) Contar con sistemas de comunicaciones.
f) Contar con accesos al sistema circulatorio del tránsito local
que permitan separar los vehículos que ingresan o salen del
Terminal, del resto de vehículos del tránsito citadino.
g) Servicios sanitarios para el personal y público en general.
h) Cafetería y otros servicios, para atención de los usuarios.
i) Todos los servicios deberán ser calculados para la hora
punta o de mayor afluencia al Terminal.
Luego, con el Decreto Supremo N° 009-2004-MTC, se modificó la
regulación de los terminales terrestres para el transporte
interprovincial de personas, en razón de ello se exigió las siguientes
condiciones técnicas:
a) Contar con áreas e instalaciones adecuadas para el
desplazamiento de los usuarios dentro del terminal y con
espacios suficientes para la comodidad de los mismos.
b) Contar con áreas para la atención a los usuarios, tales como
área para venta de boletos de viaje, recepción de equipajes
y encomiendas, sala de espera de personas y servicios
higiénicos para los usuarios y el personal del terminal.
c) Área para estacionamiento de vehículos de retén y rampas
para el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y
7
encomiendas, la misma que estará separada del área de
atención de los usuarios, de modo tal que sólo se permita el
acceso de las personas que abordarán los vehículos.
d) Contar con áreas para el estacionamiento de vehículos de
los usuarios y del servicio de taxis dentro del perímetro del
terminal.
e) Contar con accesos a la red vial urbana sin generar
conflictos de tránsito.
f) Contar con sistemas de comunicación para el público en
general y para el uso de los transportistas.
g) Además, podrá contar con servicios complementarios de
cafetería y otros para la atención de los usuarios.
h) Todas las áreas y servicios del terminal serán diseñados en
función al mayor volumen de vehículos que embarquen y
desembarquen en sus instalaciones, así como de la mayor
afluencia de personas.
Así, también, se estableció que los terminales terrestres de
transporte de mercancías cuenten con los espacios, infraestructura
y equipos necesarios para la carga y descarga de mercancías; y que
las estaciones cumplan con las mismas condiciones técnicas
establecidas para los terminales terrestres en lo que fuera aplicable,
debiendo contar como mínimo con áreas para la atención de los
8
usuarios, embarque y desembarque de pasajeros y servicios
higiénicos.
El Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado
por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC establece las
condiciones de acceso y operación del servicio de transporte
terrestre, entre ellas, se encuentra la de los terminales terrestres a
fin de brindar seguridad y calidad al usuario, por lo que deberá
contar con una adecuada infraestructura física.
En tal sentido, se establece que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones emitirá un Decreto Supremo estableciendo las
características mínimas que serán exigibles a la infraestructura a
emplearse en el servicio de transporte.
El citado Decreto Supremo señala que los terminales terrestres
deberán cumplir con lo que dispone el Reglamento Nacional de
Edificaciones, contar con las características adecuadas que
permitan atender la cantidad de usuarios, empresas, servicios,
frecuencias y vehículos que las empleen; debe permitir los giros y
movimientos de los vehículos en su interior y no generar impactos
negativos en el tránsito, en la circulación de personas y vehículos en
el lugar en el que se encuentren ubicados.
No obstante a tres años de la publicación de la norma no se ha
emitido la norma que establezca las condiciones técnicas de los
terminales terrestres; por lo que actualmente se viene exigiendo las
9
condiciones establecidas en el Reglamento de Edificaciones del
Ministerio de Vivienda1.
4.2. CONCEPTUALIZACIÓN DE TERMINAL TERRESTRE:
Conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC,
los terminales terrestres se definen como la infraestructura
complementaria al transporte terrestre, sea éste de propiedad
pública o privada, la cual está destinada a prestar los servicios de
transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y
provincial2.
1 NORMA A.110 - TRANSPORTES Y COMUNICACIONES SUB-CAPITULO II TERMINALES TERRESTRES
Artículo 5.- Para la localización de terminales terrestres se considerará lo siguiente:
a. Su ubicación deberá estar de acuerdo a lo establecido en el Plan Urbano. b. El terreno deberá tener un área que permita albergar en forma simultánea al número de unidades que puedan
maniobrar y circular sin interferir unas con otras en horas de máxima demanda. c. El área destinada a maniobras y circulación debe ser independiente a las áreas que se identifiquen para los
servicios de administración, control, depósitos, así como servicios generales para pasajeros. d. Deberán presentar un Estudio de Impacto Vial e Impacto Ambiental. e. Deberán contar con áreas para el estacionamiento y guardianía de vehículos de los usuarios y de servicio
público de taxis dentro del perímetro del terreno del terminal. Artículo 6º.- Las edificaciones para terminales terrestres deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Los accesos para salida y llegada de pasajeros deben ser independientes. b. Debe existir un área destinada al recojo de equipaje. c. El acceso y salida de los buses al terminal debe resolverse de manera que exista visibilidad de la vereda desde
el asiento del conductor. d. La zona de abordaje a los buses debe estar bajo techo y permitir su acceso a personas con discapacidad. e. Deben contar con sistemas de comunicación visual y sonora. Artículo 7º.- Las edificaciones para terminales terrestres, estarán provistas de servicios sanitarios según lo que se
establece a continuación:
Según el número de personas Hombres Mujeres
De 0 a 100 personas 1L, 1u, 1I 1L,1I
De 101 a 200 2L, 2u, 2I 2L,2I
De 201 a 500 3L, 3u, 3I 3L,3
Cada 300 personas adicionales 1L, 1u, 1I 1L, 1I
L = lavatorio, U= urinario, I = Inodoro
2 Decreto Supremo 017-2009/MTC
Articulo 3.- Definiciones
10
Para que una empresa esté autorizada a operar como un terminal
terrestre debe contar con el Certificado de Habilitación Técnica de
Terminales Terrestres, el cual es un documento emitido por la
autoridad competente para acreditar que el terminal terrestre cumple
con los requisitos y condiciones técnicas establecidas.
Para que un terminal cuente con el Certificado de Habilitación
Técnica de Terminales Terrestres debe cumplir con los requisitos
establecidos en el artículo 74° del Decreto Supremo N° 017-2009-
MTC, en el cual se señala que el solicitante de un Certificado de
Habilitación Técnica, por primera vez o por renovación, deberá
presentar una solicitud bajo la forma de Declaración Jurada dirigida
a la autoridad competente, en la que se indique: Razón o
denominación social; el número del Registro Único del
Contribuyente (RUC); domicilio y dirección electrónica del
solicitante; nombre, documento de identidad y domicilio del
representante legal y número de partida de inscripción registral del
solicitante y de las facultades del representante legal en caso de ser
persona jurídica; la dirección y ubicación de la infraestructura
complementaria de transporte que se solicita habilitar o contrato
suscrito con quien operará o administrará la infraestructura, de ser el
caso.
Asimismo, a la información referida en el párrafo anterior, se
adicionará el informe técnico emitido por la entidad certificadora
(…)
3.75 Terminales Terrestres: Infraestructura complementaria del transporte terrestre, de propiedad pública o privada,
destinada a prestar servicios al transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y provincial.
11
autorizada, que verifique el cumplimiento de las condiciones de
acceso y permanencia exigibles para que proceda la habilitación de
la infraestructura complementaria; número de constancia de pago,
día de pago y monto.
Adicionalmente, cabe mencionar que de conformidad a lo
establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 033-2011-
MTC, se estableció el régimen extraordinario para el otorgamiento
del Certificado de Habilitación Técnica de Infraestructura
Complementaria de Transporte Terrestre (para terminales terrestres
y/o estaciones de ruta). A dicho régimen extraordinario pueden
acogerse los titulares de terminales terrestres o estaciones de rutas
que actualmente se encuentren en uso. Para ello, el titular debe
contar con su licencia de funcionamiento vigente para operar como
terminal terrestre, estación de ruta o lugar de embarque y
desembarque. Adicionalmente, deberá contar con los siguientes
documentos:
- Copia fedatada por funcionario del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones del original de la licencia o autorización de
funcionamiento vigente.
- Constancia emitida por la municipalidad de que dicha licencia
se encuentra vigente.
- Estudio de impacto vial que determine que su funcionamiento
no impacta negativamente en el tránsito en el lugar en que se
encuentran ubicados.
12
- Memoria descriptiva y planos de la ubicación y distribución del
predio destinado al funcionamiento de la infraestructura
complementaria.
Los terminales terrestres son de uso obligatorio para las empresas
de transporte terrestre a nivel nacional, tal como lo establece el
artículo 33.2 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que señala
como requisito indispensable que la empresa que presta el servicio
de transporte público de personas de ámbito nacional debe acreditar
ser titular o tener suscrito un contrato vigente que le permita el uso y
usufructo de los terminales terrestres.
4.3. FACULTADES DE LAS MUNICIPALIDADES O
GOBIERNOS LOCALES SOBRE REGULACIÓN DE LOS
TERMINALES TERRESTRES:
La Constitución Política del Estado (1993), en su artículo 195°
establece:
“Artículo 195°.- Los gobiernos locales promueven el
desarrollo y la economía local, y la prestación de los
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las
políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.
Son competentes para:
(…)
5. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos
locales de su responsabilidad”.
13
Por tanto, de la lectura y buen entendimiento del articulado
consignado precedentemente, la Constitución Política del Estado, ha
establecido de manera expresa y categórica que las
Municipalidades o Gobiernos Locales, tienen facultades
establecidas, especialmente, para administrar los servicios públicos
bajo su competencia, como es el caso del Transporte Público y/o
Colectivo.
Bajo ese contexto, entonces, es que la Ley Orgánica de
Municipalidades en su artículo 73°, quinto párrafo, numeral 2, punto
2.2., ha establecido que las Municipalidades Provinciales tienen
competencia exclusiva (o compartida) y cumplen funciones
específicas respecto de Servicios Públicos Locales en materia de
Tránsito, Circulación y Transporte Público.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el numeral 2.1.,
del inciso 2) del artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
se tiene que, las Municipalidades Provinciales tienen la función de:
“2.1. Ejecutar directamente o concesionar la ejecución
de las obras de infraestructura urbana o rural de
carácter multidistrital que sean indispensables para
(…) el transporte y la comunicación de la provincia,
tales como (…) terminales terrestres, y otras similares
(…)”. (negrita y subrayado agregado).
Por otro lado, y concordante con la normativa citada
precedentemente, el numeral 1.5., del inciso 1) del artículo 81° de la
misma Ley, al establecer las funciones exclusiva de los gobiernos
14
locales en materia de tránsito, vialidad y transporte público,
establece que pueden ejercer, entre otras, la función de:
“1.5. Promover la construcción de terminales terrestres
y regular su funcionamiento”.
Por otro lado, debe tenerse en cuenta que el numeral 3.75 del
artículo 3° del D.S. N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de
Administración de Transporte, establece lo siguiente: “3.75 Terminal
Terrestre: Infraestructura complementaria del transporte terrestre,
de propiedad pública o privada, destinada a prestar servicios al
transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y
provincial”. Por tanto, de dicho enunciado normativo, se puede
advertir que los Terminales Terrestres pueden ser de
TITULARIDAD PÚBLICA, entendiendo así que los Terminales
Terrestres pueden ser explotados por los Organismos Locales, más
aún si se trata del cumplimiento de un mandato IUS IMPERIUM, que
es el ejercicio de la Función Pública del Transporte Terrestre.
Hecha las citas legales, debemos precisar entonces que conforme al
artículo 58° de la Constitución del Estado: “La iniciativa privada es
libre y se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este
régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa
principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud,
educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”.
Por su parte, el citado artículo 60º, agrega que el Estado reconoce
el pluralismo económico y que la economía nacional se sustenta en
la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo
15
autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar
subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón
de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La
actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo
tratamiento legal.
Por norma expresa los gobiernos regionales promueven el
desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones,
actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía
con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son
competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el
financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de
infraestructura de alcance e impacto regional.
Por su parte, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la
economía local, y la prestación de los servicios públicos de su
responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y
regionales de desarrollo; y, son competentes para fomentar la
competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución
de proyectos y obras de infraestructura local, así como desarrollar y
regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud,
vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los
recursos naturales, transporte urbano, circulación y tránsito, turismo,
conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura,
recreación y deporte, conforme a ley.
La Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 2.1 contempla la
facultad para las Municipalidades Provinciales de ejecutar
directamente o concesionar la ejecución de obras de infraestructura
16
urbana que sean indispensables para la producción, el comercio, el
transporte y la comunicación, tales como, entre otros, los terminales
terrestres de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el
Plan de Desarrollo Regional. En ese sentido, el artículo 81 del
mismo cuerpo legal señala expresamente como una de las
funciones de las Municipalidades la de promover la construcción de
Terminales Terrestres y regular su funcionamiento, otorgar
certificado de compatibilidad de uso, licencia de funcionamiento,
certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y
certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y
estaciones de ruta del Servicio de Transporte provincial de personas
de su competencia según corresponda.
Entonces, el rol que le corresponde a la Municipalidad, en este caso,
se encuentra definido por el uso superpuesto de dos potestades: la
potestad de iniciativa pública económica, así como la potestad de
auto organización. En efecto, incluso, cuando la Administración
Pública decide por propia iniciativa emplear una forma empresarial
mercantil para el desempeño de sus actividades, está haciendo uso,
de manera superpuesta, de dos potestades: la potestad de iniciativa
pública económica o de reserva, así como la potestad de auto
organización.
4.4. LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LOS GOBIERNOS MUNICIPALES O LOCALES:
Los gobiernos municipales tienen como una de sus atribuciones la
prestación de servicios públicos. Sin duda, el papel de los
municipios en la prestación de servicios públicos es de gran
17
relevancia debido a la proximidad que tienen con la población, lo
que favorece la identificación de necesidades y su correcta atención.
El sustento jurídico para que los municipios sean responsables en la
prestación de diversos servicios públicos se encuentra en la
Constitución Política del Estado (1993) y la Ley Orgánica de
Municipalidades, como ya se vio en líneas arriba, misma que define
los rubros en los que el municipio es responsable de la atención.
En el municipio la relación población-gobierno se encuentra
directamente vinculada a la prestación de servicios públicos,
atendiendo este criterio, el municipio deberá realizar un análisis
exhaustivo de sus capacidades administrativas, técnicas y
financieras con el fin de cumplir de manera eficiente con la
prestación de los servicios, en razón de que para la población, este
aspecto constituye en general el elemento evaluativo del
desempeño de su gobierno.
Dicho ello, y para ampliar éste concepto bajo análisis, hacemos la
siguiente cita: “El artículo 1° de nuestra Constitución señala que la
defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin
supremo de la sociedad y del Estado, lo cual se logra, en parte,
mediante una adecuada creación y prestación ininterrumpida de los
servicios públicos”.
A partir de allí, se desprende que los “servicios públicos” son las
actividades asumidas por órganos o entidades públicas o privadas,
creados por la Constitución o las leyes, para dar satisfacción en
forma regular y continua a cierta categoría de necesidades que son
18
de interés general, bien sea en forma cierta, mediante
concesionario, o través de cualquier otro medio legal, con sujeción a
un régimen de derecho público o privado según corresponda.
Cuando dice que son “actividades, entidades u órganos públicos o
privados” se refiere ésta expresión a los servicios públicos, en
sentido material; vale decir, toda tarea asumida por una entidad
pública, bien se trate del Estado en sí, de los gobiernos regionales,
los gobiernos locales – personas jurídicas de derecho público de
carácter territorial - o prestados a través de entes descentralizados
funcionalmente. (…) No obstante, cabe decir que el servicio público
también puede ser prestado por particulares conforme al orden
jurídico pertinente.
El concepto de servicio público, se presenta como una prestación
obligatoria y necesaria del Estado, por ser indispensable a la
realización y desenvolvimiento de la población. Recordemos
también que bajo este criterio inicial, no necesariamente los
gobernantes son los exclusivos prestadores del servicio público, ya
que este podía ser prestado también por un privado, el cual será
sometido a una regulación y fiscalización estatal.
Los servicios públicos, entonces, son aquellos servicios de interés
general cuyo uso está a disposición del público a cambio de una
contraprestación tarifaria, sin discriminación alguna, dentro de las
posibilidades de oferta técnica que ofrecen los operadores. Estos
servicios tienen por objeto la producción de bienes y actividades
dirigidos a realizar fines sociales, como el de satisfacer las
necesidades de una comunidad, no sólo en términos económicos,
19
sino también en términos de promoción social, promoviendo de éste
modo el desarrollo económico y civil de un país. Asimismo, también
se entiende por servicio público, en sentido orgánico, la creación de
una dependencia administrativa dentro de la estructura del Estado o
de administración pública para satisfacer necesidades de interés
colectivo y público.”3
Por otro lado es pertinente señalar que los servicios públicos son
creados en primer orden por la Constitución Política del Estado, y
por leyes o normas con rango de ley. Crear un servicio público
implica que el Estado ha localizado, individualizado y considera de
suma importancia suministrar una prestación en favor de la
colectividad, ya sea de forma directa e indirecta, lo que significa, que
el Estado asume el compromiso y responsabilidad de administrar,
operar, gerenciar y conducir el manejo de dicho servicio público de
forma regular y continua, teniendo así la iniciativa y control de dicha
prestación a su cargo.
Entre las principales características de los servicios públicos,
podemos mencionar:
- La regulación de los servicios públicos proviene del interés
público, y se traduce principalmente en el control de tarifas y
servicios.
- Debe tener un funcionamiento permanente; es decir, que se
preste, el servicio público, de forma regular y continua, para que
3 REYNA ALFARO, Luis Miguel/VENTURA SAAVEDRA, Karen.- “LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN EL PERÚ”.-
Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.- Pág. 593 y ss.
20
de esta manera se puedan satisfacer a cabalidad las
necesidades de la comunidad y/o colectividad, por encima de
los intereses de quienes lo presten.
- La prestación del servicio público no debe busca un fin
lucrativo, pues se anteponen los intereses colectivos y/o de la
sociedad.
- La prestación del servicio público, puede ser efectuada tanto
por un organismo público como por los particulares, pero
siempre bajo la autorización, supervisión, control y verificación
por parte del Estado, con estricto cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes y que sean aplicables.
4.5. UBICACIÓN CONSTITUCIONAL DEL RÉGIMEN
ECONÓMICO PERUANO: Un aspecto también de importancia en el presente estudio, es hacer
referencia al régimen económico peruano establecido en la
Constitución Política del Estado (1993).
La Constitución de 1993 dejó establecido a través de su artículo 58°,
que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía
social de mercado. De esa manera, debemos entender que nuestro
régimen económico se sustenta en una economía social de
mercado.
El Tribunal Constitucional se ha pronunciado al respecto
(Expediente N° 0048-2004-AI), señalando lo siguiente:
21
“La economía social de mercado parte de la premisa
que el mejor sistema para la asignación y distribución
de los recursos es aquel que propicia la concertación
libre entre oferta y demanda, puesto que de este modo
se promueve el despliegue de las iniciativas de los
seres humanos, se incentiva la competencia creadora
y se impulsan las innovaciones tecnológicas. Al Estado
en este esquema le corresponde crear las condiciones
para que las actividades económicas privadas se
desarrollen de manera libre y competitiva,
procurándoles un marco para su desarrollo eficiente,
que redunde en mejores productos y a precios
competitivos para los consumidores y usuarios”
En cuanto al régimen peruano de la prestación de servicios públicos,
KRESALJA4, en alusión al artículo 58° de la Constitución, considera
lo siguiente:
“(…) bajo el régimen de una economía social de
mercado, el Estado, orienta el desarrollo del país,
pero, y esto es lo importante, actúa en las áreas
tradicionales ya citadas como las de salud, educación,
seguridad e infraestructura pero agrega servicios
públicos. Es decir, además de los citados hay otros
servicios que la Constitución no menciona
expresamente, pero en los cuales el Estado siempre
4 KRESALJA ROSELLO. Baldo.- “EL ROL DEL ESTADO Y LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS”.- En Themis
N° 39.- 1999.- 2da época.- Pág. 81.
22
bajo el principio de subsidiariedad, está no sólo
autorizado sino, creemos, obligado a promover y hasta
participar”
Asimismo, siguiendo a este autor, consideramos también que el rol
subsidiario reconocido constitucionalmente constituye una garantía
del Estado a la intervención privada.
4.6. ARMONÍA CON EL ARTÍCULO 60° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO:
Estando a la normativa de rango constitucional y rango de Ley (Ley
Orgánica de Municipalidades) invocadas precedentemente,
advertimos clara y concluyentemente que los gobiernos locales
(como lo es la Municipalidad Provincial de Huamanga), gozan de
facultades (constitucionales inclusive) exclusivas para brindar y/o
prestar determinados servicios públicos en beneficio de la
colectividad bajo su jurisdicción, en este caso en materia de
Transporte Público, pudiendo no sólo regularlas o reglamentarlas,
sino también desarrollarlas, ejecutarlas y administrarlas, tal es así
que NO QUEDA DUDA ALGUNA que las Municipalidades
Provinciales pueden realizar (directamente o a través de terceros)
la ejecución de obras públicas de infraestructura que sean
indispensables para el transporte, como es la ejecución de un
TERMINAL TERRESTRE, y no sólo ejecutarla, sino también
poder regularla y/o administrarla.
Dicho ello, es indiscutible entonces que las actividades tendientes a
fomentar la construcción y/o ejecución de un Terminal Terrestre
23
(como es el Terrapuerto Municipal que a la fecha viene prestando
éste servicio), así como su organización, administración y regulación
de su funcionamiento, es una FUNCIÓN PÚBLICA exclusiva de los
Gobiernos Locales, EN CONSECUENCIA NO CONSTITUYE NI
CONFIGURA UN SUPUESTO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL,
SINO POR LO CONTRARIO ES EL DESARROLLO DE UNA
FUNCIÓN PÚBLICA, es decir, los servicios prestados responden al
Ius Imperium establecido tanto en la Constitución Política del Estado
como en la Ley Orgánica de Municipalidades, buscando así la
satisfacción de un servicio público, materializando así la función
pública de prestar el servicio de Transporte Público atribuida e
impuesta por el Estado.
Valga recodar que la Función Pública referido al Transporte
Público, entre ellos la facultad de promover, ejecutar, administrar y
regular el funcionamiento de un Terminal Terrestre, constituye una
finalidad constitucional, lo que significa que el Estado (en este caso,
la Municipalidad Provincial de Huamanga) tiene obligaciones
positivas para efectivizar tal actividad, pues tal imperativo deriva de
la propia Carta Magna, por lo que estamos convencidos que no
puede ser considerada como COMPETENCIA DESLEAL, por lo
contrario está claro que el Estado asume la titularidad del servicio en
cuestión, pero no para apropiarse o apoderarse de la actividad o
para extraerla del mercado impidiendo que los particulares puedan
prestarlo, ya que la asunción de titularidad solo implica una toma
directa de la responsabilidad por parte del Estado, tratándose así de
una actividad de prestación que el Estado asume, por organización
propia o por delegación, y de la cual es primariamente responsable.
24
RESPECTO A QUE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEBE
ESTAR HABILITADA POR LEY EXPRESA
El artículo 60° de la Constitución Política del Estado ordena a la
actividad empresarial del Estado a sujetarse al principio de
subsidiariedad, sometiéndola a una serie de controles:
En tal sentido, para que la actividad del Estado no sea ilegal, se
deben cumplir sucesivamente los requisitos desarrollados en el
articulado hecho mención, en éste primer orden referido a que la
actividad esté autorizada por ley expresa, que por lo excepcional
de la actividad empresarial pública, no puede tratarse de cualquier
norma sino de una Ley del Congreso u ordinaria, que expresamente
autorice a una entidad pública a realizar alguna actividad dirigida a
la producción, distribución, desarrollo o intercambio de bienes o
servicios en el mercado.
En éste punto y como primer requisito de licitud previsto en el
artículo 60° de la Constitución Política del Estado es de tipo formal y
exige que la realización de la actividad empresarial estatal se
encuentre autoriza por “ley expresa”.
Al respecto y conforme mencionamos de la normativa ya invocada,
no sólo la Constitución Política del Estado (en sus artículos 194 y
195) ha establecido (de manera imperativa) como Función Pública
de los Gobiernos Locales la materia referida al Servicio Público de
Transporte, sino también lo es que los artículos 73°, 79° y 81° de la
Ley Orgánica de Municipalidades ha desarrollado en detalle dichas
25
funciones, encontrando así que la regulación de los Terminales
Terrestres le está autorizado y establecido por mandato legal
expreso.
En consecuencia, éste requisito de licitud, referido a que exista
autorización expresa de la Ley, en el presente caso, consideramos
que encuentra amparo legal en la normativa ya citada, incluso de
rango constitucional, para que pueda implementarse, ejecutar,
administrar y regular el funcionamiento un Terminal Terrestre.
RESPECTO DEL CARÁCTER SUBSIDIARIO DE LA ACTIVIDAD
EMPRESARIAL ESTATAL
Luego de haber desarrollado el alcance al primer requisito
establecido en el artículo 60° de la Constitución, debemos a
continuación, analizar el contenido de la siguiente exigencia prevista
en la norma constitucional, que consiste en determinar que la
actividad empresarial sea de carácter subsidiario.
Dicho ello, debemos señalar que por subsidiario debemos entender
a aquella circunstancia en la cual la intervención empresarial del
Estado es excepcionalmente tolerada debido a que no existe oferta
privada o ésta es insuficiente para satisfacer las necesidades de un
determinado sector de consumidores. Por tanto, no habrá rol
subsidiario si es que se comprueba la existencia de oferta privada
real o potencial capaz de cubrir la demanda de un determinado
mercado relevante.
26
En el presente caso, debemos precisar que el mercado relevante
está referido a la implementación y explotación de un Terminal
Terrestre.
Del Informe Técnico y/o Socio Económico, advertimos que las
empresas de transporte interprovincial en la ciudad de Ayacucho, no
han mostrado oferta alguna para implementar y administrar un
Terminal Terrestre, por el contrario no existe la presencia de
empresas que puedan dedicarse a dicha actividad en la magnitud y
tamaño que representa un Terminal Terrestre, menos con la
idoneidad y calidad que ésta requiere por la magnitud que implica
la prestación de este servicio y tal como lo exigen los cánones
establecidos en la ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor.
Por lo contrario debemos precisar que las empresas de transportes
interprovincial en la ciudad de Ayacucho, no cuentan con locales
propios que puedan ser destinados a terminal terrestre que permita
el embarque y desembarque de pasajeros, pues por ello es que
utilizan a la fecha las instalaciones el Terminal Terrestre.
RESPECTO A UN ALTO INTERÉS PÚBLICO O A UNA
MANIFIESTA CONVENIENCIA NACIONAL
El tercer requisito establecido en el artículo 60° de la Constitución,
está referido al alto interés público o de manifiesta conveniencia
nacional que debe sustentar la autorización para que el Estado
desarrolle la actividad empresarial.
27
En éste punto, es necesario mencionar que la Función Pública en
materia de Transporte Público es de vital importancia, pues es uno
de los medios de comunicación terrestre de mayor afluencia del
público, que de no brindarse en las condiciones pertinentes,
ocasionaría un grave y serio perjuicio, por ello es que la normativa
antes citada ha establecido como una función de trascendencia
otorgada a los Gobiernos Locales, así como responder a la
necesidad de ordenar el transporte y tránsito, acuerdo a las actuales
necesidades de la Población en concordancia con el marco legal
nacional que regula el servicio en materia del transporte.
Finalmente, mencionar que ésta iniciativa trae consigo lo siguiente:
a) Principal Beneficio: Dotar a la ciudad de Ayacucho de un local
adecuado para el mejoramiento de las condiciones de operación
del embarque y desembarque de pasajeros, por las unidades de
las empresas que brindan servicio de transporte de pasajeros
cubriendo rutas interprovinciales y nacionales, de tal manera que
con la ejecución del proyecto se logren otros beneficios.
b) Beneficios Adicionales:
- Construcción de una infraestructura moderna, adecuada y con
suficiente capacidad para el embarque y desembarque de los
vehículos de transporte de pasajeros.
28
- Dotar del equipamiento y servicios necesarios para satisfacer
las necesidades del público que va a concurrir a este terminal
terrestre.
- Lograr el ordenamiento del tránsito en las zonas actualmente
congestionadas (casco urbano – centro histórico) por la mala y
dispersa ubicación de diferentes locales de embarque y
desembarque.
- Brindar niveles de seguridad a la población usuaria.
Por tanto, se advierte que la construcción y funcionamiento del
Terminal Terrestre en la ciudad de Ayacucho, es un proyecto
iniciado desde el año 2006, que respondió a una necesidad de
carácter social, especialmente por la preocupación del sector del
Transporte Público Interprovincial dentro del Casco Urbano y Centro
Histórico de la ciudad de Ayacucho.
V. FUNDAMENTOS ECONÓMICOS Y SOCIALES – PERFIL
TÉCNICO Y ECONÓMICO (DIAGNÓSTICO SOCIO-
ECONÓMICO):
La Constitución Política del Perú, en su Artículo 195° dispone que
las Municipalidades deban de promover el desarrollo y la economía
local y la prestación de servicios públicos en armonía con las
políticas y planes de desarrollo regional y nacional.
29
Dicho ello, y de acuerdo al Informe Técnico – Diagnóstico Socio
Económico que se plasma en el Anexo 5 a la cual nos remitimos,
demostramos la existencia de un fallo del mercado que justifica la
necesaria intervención del Estado, es este caso de la Municipalidad
Provincial de Huamanga, esto es que la oferta en la prestación de
un servicio público (Terminal Terrestre) por parte del mercado es
deficitaria en relación a la demanda del servicio hecha por la
población, y beneficiosa en términos de seguridad vial.
VI. OBJETIVO DE LA POLÍTICA EMPRESARIAL:
La Empresa consiente de su labor y tarea de responsabilidad social
empresarial (RSE), se ha fijado como objetivos:
- Capacitación Permanente.- Partiendo del concepto de que el
Servicio de Transporte Interprovincial beneficia directamente a la
población que hace uso constante de éste servicio, también lo es
con las empresas que brindan el transporte en referencia, en ese
sentido se constituye como principal objetivo: la Capacitación
debida para la prestación de un adecuado servicio de transporte en
general, con estándares de calidad y seguridad, para ello se
tendrán aliados institucionales como la Policía Nacional del Perú, la
Superintendencia Nacional de Transporte, entre otros.
- Formalización de las Empresa de Transporte.- Se advierte que
existen un gran número de empresas de transporte interprovincial,
por lo que su incorporación al mercado formal es una premisa
principal, por lo que existirán niveles de coordinación permanente ya
sea de forma gremial o empresarial para dicho fin, y no solo la
búsqueda de formalidad, sino que de las mismas empresas cumplan
30
con las exigencias normativas y/o que la autoridad administrativa
disponga para la prestación del servicio.
VII. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO:
La presente Ley no irroga ningún gasto ordinario ni extraordinario al
Tesoro Público, sino al contrario trae consigo varios beneficios
económicos y no económicos:
- Se estimulará la participación del accionariado difundido entre
los pobladores del área de influencia.
- Se generaría un ahorro de costos en el sistema operativo de
Terminal Terrestre por parte de la Municipalidad Provincial de
Huamanga y de los municipios del área de influencia.
- Los ingresos generados permitirán cubrir los gastos operativos
que genera el mantenimiento, pago de servicios, pago de
personal, logística, etc., que demanda la prestación del
servicio.
VIII. EFECTO DE VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE IA
LEGISIACION NACIONAL:
La norma se encuentra en concordancia con lo dispuesto en la
Constitución Política del Estado; y, finalmente con la Ley 27972 (Ley
Orgánica de Municipalidades), notando que no genera ninguna colisión
con normativa nacional alguna.
ANEXOS
ANEXO 1
Proyecto de Oficio Dirigido al Presidente del Congreso de la
República
Ayacucho, …… de Septiembre del 2017
OFICIO N° ________________________________________________
Sr.
………………………………………………. Presidente del Congreso de la República
Presente.-
De mi consideración.-
Tengo el honor de dirigirme a usted, para expresarle nuestro cordial saludo a
nombre de la Provincia de Huamanga que me honro representar.
Por medio de la presente me dirijo, para alcanzar el Proyecto para la Creación
de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho
S.A.C., para que mediante la expedición de una Ley sea aprobado, la cual
redundará en el beneficio de la población Huamanguina.
Sin otro particular expreso los sentimientos de mi consideración y estima
seguros de la atención al presente, me suscribo de usted.
ANEXO 2
Proyecto de Acuerdo Municipal de Creación de la Empresa Municipal
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUAMANGA
ACUERDO MUNICIPAL Nº …… - 2017-MPH
Ayacucho, ….. de Septiembre del 2017
VISTO: Proyecto de la Empresa Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política
modificado por la Ley de reforma Constitucional, Ley 27680, concordante con el
artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº
27972;
Que, se ha elaborado el proyecto para la Constitución de la Empresa Municipal
Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C. S.A.C., el Proyecto
de Estatuto de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de
Ayacucho S.A.C.; y, el Proyecto de Ley que crea la Empresa Municipal
Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., así mismo se da
lectura al Informe Nº ……………………, el cual es de opinión favorable su
aprobación en Sesión de Concejo;
Que, el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo,
articulando a las Municipalidades con sus vecinos; así mismo los gobiernos
locales promueven el desarrollo económico local así como el desarrollo social,
el desarrollo de capacidades y la calidad en sus respectivas circunscripciones;
Estando a lo señalado, y en mérito a las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su art. 9, inc. 9;
SE ACUERDA:
Artículo 1°.- APROBAR, el Proyecto de Ley para la creación de la Empresa
Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., así como
los Estatutos que regirán para la misma.
Artículo 2°.- REMITIR, el Proyecto de Ley al Congreso de la República para
su aprobación correspondiente.
Regístrese, Comuníquese y Archívese
ANEXO 3
Proyecto de la Fórmula Legal
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE CREA LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA
DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.
Artículo Primero.- Autorícese a la Municipalidad Provincial de Huamanga, a
constituir la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de
Ayacucho S.A.C.
La Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho
S.A.C., es aquella que tiene por objeto encontrarse a cargo de la administración
del Terminal Terrestre de la ciudad de Ayacucho, así como de la promoción y/o
ejecución de ampliaciones, modificaciones y actividades afines a este rubro, por
tanto el objeto fundamental es el de brindar un óptimo servicio a través de una
administración eficiente de los diferentes servicios que brinda el terminal a los
pasajeros, que hacen uso del servicio de transporte público interprovincial
desde la provincia de Huamanga.
La sociedad está facultada también para implementar servicios a favor de los
vecinos en materia capacitación, educación y transporte, en lo que corresponda
a los temas relacionados directamente con el objeto de la empresa.
Artículo Segundo.- La Empresa Municipal Administradora del Terminal
Terrestre de Ayacucho, se constituirá como Sociedad Anónima Cerrada, sin
que le sea aplicable el requisito de la pluralidad de accionistas, sin embargo el
Municipio gestor promoverá la participación de la sociedad civil, personas
naturales o jurídicas domiciliadas en la Provincia para su inclusión mediante el
accionariado difundido.
Artículo Tercero.- La Empresa Municipal constituida, preferentemente podrá
incluir en el accionariado difundido a los municipios distritales y/o provinciales
que directamente se benefician con el servicio.
Artículo Cuarto.- Para ser Accionista o Director de la Empresa Municipal,
deben de cumplir con lo expresado en las normas vigentes sobre la materia
indicada.
Artículo Quinto.- El capital social e inicial de la empresa, está constituido por
el valor de la transferencia que realice la municipalidad y que exprese el precio
actual de las inversiones ya realizadas por dicho municipio. Tal capital podrá
ser modificado por los aportes de futuros accionistas de conformidad con las
disposiciones de la Ley General de Sociedades.
Artículo Sexto.- Los Regidores, los Gerentes Municipales y funcionarios o
empleados de la Municipalidad Provincial de Huamanga, no podrán ser
miembros del Directorio. El Gerente y/o Administrador será designado por el
Directorio.
Artículo Sétimo.- Los Directores, el Gerente y/o Administrador, son
solidariamente responsables ante la empresa, ante los accionistas y terceros,
por los daños y perjuicios que ocasionen por acuerdos o actos contrarios al
Estatuto de la empresa o la Ley, realizados por negligencia o dolo, sin perjuicio
de las demás causa establecidas en la Ley General de Sociedades.
Artículo Octavo.- Los trabajadores de la Empresa Municipal, se sujetarán al
Régimen Laboral de la Actividad Privada.
DISPOSICIÓN FINAL
PRIMERA.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
ANEXO 4
Proyecto del Estatuto de la Empresa Municipal
PROYECTO DE ESTATUTO DE LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA
DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de constitución de
Sociedad Anónima Cerrada, que otorga su socio fundador: Municipalidad
Provincial de Huamanga, con RUC Nº 20143137296 con domicilio en e l Portal
Municipal N° 44 del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de
Ayacucho, debidamente representada por su Alcalde, señor SALOMÓN HUGO
AEDO MENDOZA, identificado con DNI Nº 21453490, en virtud del Acuerdo
Municipal Nº ……..-2017-MPH de fecha …………………….. y de la Ley Nº
…………….
Primero: Por la presente la persona mencionada en virtud del Acuerdo de
Concejo y contando con el respaldo normativo de la Ley Nº ……….., (los mismos
son parte integrante de la presente minuta de constitución), conviene en constituir,
una Empresa Municipal, bajo la forma societaria de una sociedad anónima
cerrada por acciones la que se denominará "EMPRESA MUNICIPAL
ADMINISTRADORA DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.",
pudiendo emplear indistintamente la abreviatura "EMATTA S.A.C.", con un capital
social de …………………………. representado y dividido en …………………………
acciones nominativas de un valor nominal de …………………… cada una,
íntegramente suscritas y totalmente pagadas.
Segundo: El capital social queda íntegramente suscrito y pagado de la siguiente
forma:
- Aporte en propiedad de bienes no inscribibles en los Registros Públicos que
se detallan en la declaración jurada de recepción de bienes que Ud. Señor
Notario se servirá insertar y que están, valorizados en la suma de S/
00,000.00 ( de Nuevos Soles).
- Aporte en propiedad de bien inmueble ubicado en ……………………………,
del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho,
inmueble que se valoriza en la suma de S/ 0,000.00 ( 00/100
Nuevos Soles) del cual es propietario, con un área de ………………, linderos,
medidas perimétricas y demás especificaciones que constan en su asiento
dominal que corre inscrito la Partida Registral Nº del Registro de la
Propiedad Inmueble de Ayacucho.
En virtud de lo cual debe usted señor Notario remitir también los partes
respectivos al Registro de Propiedad Inmueble para que se inscriba
la transferencia señalada.
El otorgante declara que:
a) Existe justa y perfecta equivalencia entre el valor del inmueble aportado y la
valorización de tal aporte, siendo la transferencia ad-corpus, de modo
que si existiera cualquier diferencia que al momento las partes no perciben,
se hacen de ella recíproca donación.
b) El aporte se efectúa con todo lo que de hecho y por derecho le corresponde
al citado inmueble.
Tercero: El objeto social, domicilio, duración, inicio de operaciones, y demás
condiciones del contrato social que establece el Artículo 5 de la Ley General de
Sociedades constan en el Estatuto que es parte integrante del presente contrato
social.
Cuarto: La Sociedad que por la presente se constituye se regirá por el siguiente:
ESTATUTO
TITULO I
DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, ÁMBITO DE
RESPONSABILIDAD, DURACIÓN E INICIO DE OPERACIONES
Artículo Primero: Bajo la denominación de "EMPRESA MUNICIPAL
ADMINISTRADORA DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.", y
la forma abreviada "EMATTA SAC" se constituye esta sociedad anónima
cerrada por acciones, creada en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº
………………………….., en el Acuerdo Nº ……-2017-MPH de fecha
………………
Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad es encontrarse a cargo de la
administración del Terminal Terrestre de la ciudad de Ayacucho, así como de
la promoción y/o ejecución de ampliaciones, modificaciones y actividades
afines a este rubro, por tanto el objeto fundamental es el de brindar un óptimo
servicio a través de una administración eficiente de los diferentes servicios
que brinda el terminal a los pasajeros, que hacen uso del servicio de
transporte público interprovincial desde la provincia de Huamanga.
Además la sociedad está facultada también para implementar servicios a favor
de los vecinos en materia capacitación, educación y transporte, en lo que
corresponda a los temas relacionados directamente con el objeto de la
empresa.
Artículo Tercero: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Ayacucho,
provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho, pudiendo establecer
agencias, sucursales, oficinas y representaciones en cualquier lugar de la
Región de Ayacucho bastando para ello el acuerdo del Directorio.
Artículo Cuarto: El área geográfica de acción inicial de la empresa comprende
la Provincia de Huamanga, pudiendo ampliarse a las jurisdicciones de los
distritos y provincias cuyos Concejos decidan incorporarse posteriormente.
Artículo Quinto: La Sociedad inicia sus operaciones en la fecha de
su inscripción en los Registros Públicos. El plazo de duración de la Sociedad
es indeterminado.
TITULO II
CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
Artículo Sexto: El capital social es de S/. …………………….. (…………. y
00/100 Nuevos Soles) representado y dividido en acciones de un valor
nominal de ………………….. (……………………….. y 00/100 Nuevos Soles)
cada una, íntegramente suscritas y totalmente pagadas.
Artículo Séptimo: Las acciones serán emitidas a nombre de la
Municipalidad Provincial de Huamanga y estarán distribuidas equitativamente
según el número de Regidores existentes.
Artículo Octavo: Los certificados de acciones contendrán: el nombre de la
Sociedad, el capital social suscrito y pagado, el valor nominal de cada acción, el
carácter nominativo de las acciones, el número de acciones que represente
cada título o certificado, la numeración de las acciones, la numeración de cada
certificado de acciones, la fecha de emisión de cada certificado, el domicilio de
la Sociedad, su plazo, fecha de la Escritura de constitución social, así como de
las escrituras posteriores, modificatorias de los Estatutos Sociales, o de las
variaciones del capital social y la inscripción en el Registro respectivo.
Artículo Noveno: Los títulos en las acciones se autorizarán por el
Presidente del Directorio y por otro Director.
Artículo Décimo: Se podrán expedir certificados provisionales mientras se
emiten las acciones. Estos certificados no podrán tener una vigencia mayor a
un año.
Artículo Décimo Primero: En las Juntas de Accionistas, cada acción da
derecho a un voto.
Artículo Décimo Segundo: Los titulares de acciones en calidad de
copropiedad o condominio, cuando resuelven intervenir en las Juntas de
Accionistas, deben hacerse representar por uno solo de ellos o por un tercero.
El apoderado así designado será considerado por la Sociedad en esa Junta
como un solo accionista.
Artículo Décimo Tercero: En caso de pérdida, robo o destrucción de los
certificados de acciones, el Directorio está autorizado para expedir duplicados,
previo cumplimiento de las formalidades que determine el Directorio.
Artículo Décimo Cuarto: El patrimonio social responde por las obligaciones de
la sociedad.
Artículo Décimo Quinto: La Sociedad llevará el Libro de Registros de
Acciones, en el que se inscribirá el número de las acciones emitidas, el nombre
y domicilio de los tenedores de certificados de acciones y el número
de certificados.
Artículo Décimo Sexto: La propiedad de una acción obliga al accionista a
someterse a las disposiciones de estos Estatutos y a los acuerdos de la Junta
General de Accionistas y del Directorio en asuntos de su competencia.
Artículo Décimo Sétimo: Los accionistas en sus relaciones con la
Sociedad, se consideran presentes y domiciliados en el domicilio de la Sociedad,
renunciando al fuero de sus domicilios, aceptando la jurisdicción de los Tribunales
y Jueces de Ayacucho.
TITULO III
DE LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
Artículo Décimo Octavo: La organización, dirección y administración de
la Empresa Municipal corresponde a la Junta General de Accionistas, al
Directorio y a la Administración o Gerencia.
DE LAS JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS
Artículo Décimo Noveno: La Junta General de Accionistas es el órgano de
mayor jerarquía de la sociedad. Está integrada por el pleno del concejo
(Alcalde y cuerpo de Regidores).
Preside la Junta el Alcalde del Concejo Provincial de Huamanga.
Artículo Vigésimo: Las Juntas Generales de Accionistas serán Ordinarias y
Extraordinarias.
La Junta General Ordinaria de Accionistas se efectuará en el primer trimestre
de cada año.
La Junta General Extraordinaria de Accionistas se celebrará cuando lo
resuelva el Directorio o lo solicite por vía notarial e indicando las cuestiones a
tratar en la Junta, un número de accionistas que represente, cuando menos, la
quinta parte del accionariado de la Sociedad, en este último caso la Junta
deberá ser convocada dentro de los 30 días siguientes a la solicitud.
Artículo Vigésimo Primero: Corresponde a las Juntas Generales Ordinarias:
a) Aprobar o desaprobar la Memoria, el Balance y la gestión social del
ejercicio anterior.
b) Acordar, luego de cubrir las necesidades de la empresa, las inversiones
previstas y cuando procediera, la asignación de utilidades para desarrollar
proyectos del municipio que tengan el fin de elevar el nivel de vida de
su población y la creación de fondos especiales de acuerdo al Plan de
Desarrollo de la Municipalidad Provincial de Huamanga.
c) Elegir regularmente a los miembros del Directorio y a su Presidente por
el período de dos años y fijar su retribución.
d) La modificación parcial o total del Estatuto Socia.
e) Elegir y remover a los miembros del Directorio.
f) Transformar, fusionar, disolver y liquidar la Sociedad.
g) Aumentar o reducir el capital social, así como autorizar la emisión de
obligaciones.
h) Determinar la transferencia y/o adjudicación de bienes que integran el
activo no negociable de la Sociedad.
i) Disponer investigaciones, auditorias y balances. La contratación de
Auditores externos.
j) Declarar en reorganización la empresa de acuerdo a las normas legales
correspondientes.
k) Resolver las cuestiones que le someta el Directorio, así como aquellas en
las que resulte comprometido algún interés de la sociedad.
Artículo Vigésimo Segundo: La Junta General Extraordinaria puede
realizarse en cualquier tiempo, inclusive simultáneamente con la Junta
General Ordinaria y le corresponde resolver únicamente las cuestiones para
las cuales fue convocada.
Artículo Vigésimo Tercero: La convocatoria a Juntas Generales de
Accionistas se hará por el Directorio, mediante aviso publicado por una sola
vez en el diario encargado de la inserción de los avisos judiciales de la sede
social, indicándose el lugar, día y hora de la reunión y las cuestiones a tratar.
El aviso debe publicarse:
a) Con anticipación no menor de 08 días al día establecido para la
celebración de la Junta Ordinaria.
b) Con anticipación no menor de 05 días al día fijado para la celebración
de la Junta Extraordinaria.
En el aviso puede hacerse constar la fecha en la que, si procede, se reunirá
la Junta en segunda convocatoria, debiendo mediar entre la primera y la
segunda reunión, 05 días.
Artículo Vigésimo Cuarto: Cuando la Junta General de Accionistas no se
celebrara en la primera convocatoria, ni se hubiera previsto en el aviso la fecha
en que deberá celebrarse la Junta en segunda convocatoria, ésta deberá ser
anunciada con los mismos requisitos que la primera dentro de los 10 días
siguientes a la fecha de la Junta no celebrada y con 05 días de antelación por
lo menos, a la fecha de la reunión.
Artículo Vigésimo Quinto: No obstante lo dispuesto en los artículos
anteriores, la Junta se entiende convocada y funcionará válidamente si asisten
la totalidad de los accionistas o si están representados dichos accionistas
propietarios de la integridad del capital social pagado y la condición, Además,
de que los Accionistas asistentes acepten previamente en forma unánime la
celebración de dicha Junta y los asuntos que en la Junta se van a tratar.
Artículo Vigésimo Sexto: Para la celebración de las Juntas Generales de
Accionistas, sean Ordinarias o Extraordinarias, se requiere:
a) En la primera convocatoria, a excepción de los casos indicados en el
artículo siguiente, la concurrencia de accionistas que representen
cuando menos la mitad del accionariado.
b) En la segunda convocatoria, la concurrencia de cualquier número de
acciones.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos absoluta de las acciones
concurrentes.
Artículo Vigésimo Sétimo: Para la celebración de las Juntas Generales
de Accionistas, sean Ordinarias o Extraordinarias, cuando se trate del
aumento o reducción del capital, la emisión de obligaciones, la
transformación, la fusión o la disolución de la Sociedad, y de manera
general, de cualquier modificación estatutaria de la Sociedad, se requiere:
a) En la primera convocatoria, que concurran accionistas que
representen cuando menos las dos terceras partes del total del
accionariado.
b) En la segunda convocatoria, que concurran accionistas que
representen, cuando menos, los tres quintos del total del accionariado.
En ambos casos se requiere para la validez de los acuerdos, el voto
favorable de los accionistas que representen cuando menos la mayoría
absoluta del total del número de acciones.
Artículo Vigésimo Octavo: Las resoluciones de las Juntas Generales de
Accionistas constarán en el Libro de Actas respectivo, debidamente
legalizado. En las actas debe indicarse: el lugar, fecha y hora de la Junta, así
como el nombre de las personas que actuaron como Presidente y
Secretario, la forma y el resultado de las votaciones y los acuerdos
adoptados. El acta debe contener la lista de los accionistas concurrentes e
insertarse los comprobantes de haberse hecho las publicaciones prescritas
en la forma indicada en los Artículos 23 y 24 del presente Estatuto, en su
caso. En el supuesto de no extenderse acta, deberá redactarse
documento especial, que en su oportunidad se transcribirá al
Libro de Actas. En el acta debe constar la aprobación y debe ser firmada
por lo menos por el Presidente, el Secretario y un accionista designado para
este efecto. El acta debe ser redactada en idioma castellano.
Cualquier accionista concurrente tiene derecho a firmar el acta.
Cuando el acta no se aprobase en la misma Junta se procederá de
acuerdo al inciso 5) el Artículo 140° de la Ley General de Sociedades.
Artículo Vigésimo Noveno: Las principales atribuciones de la persona
que preside la Junta son:
a) Constatar las acciones representadas.
b) Determinar el orden en que deberán tratarse las cuestiones.
c) Decidir el momento en que las cuestiones se someten a votación.
d) Dirigir el procedimiento interno de la Junta; y,
e) Cuidar que se dé cumplimiento a las disposiciones del Artículo 140 de
la Ley General de Sociedades.
DEL DIRECTORIO
Artículo Trigésimo: La dirección de la Sociedad se ejercerá por un Directorio
integrado tres miembros (03).
Artículo Trigésimo Primero: El Directorio será elegido por el período de
dos años por la Junta General de Accionistas entre los candidatos
presentados por los accionistas y deberá reunirse ordinariamente una vez al
mes. Los Directores pueden ser reelegidos.
Artículo Trigésimo Segundo: Será Presidente del Directorio el candidato
que hubiera obtenido mayor número de votos. El voto es secreto.
Artículo Trigésimo Tercero: El Presidente tiene la facultad de convocar al
Directorio de la sociedad, en ausencia de él lo puede hacer cualquier director,
así como también pueden someter a consideración del Directorio los
asuntos que crean de interés para la Sociedad. Si no concurriera el
Presidente del Directorio, presidirá la sesión el Director de más edad.
El Presidente no podrá asumir funciones ejecutivas.
Artículo Trigésimo Cuarto: Son requisitos para ser Director poseer:
a) Título profesional o grado académico universitario.
b) Experiencia directriz no menor de 05 años en la actividad empresarial
que lo acredite para el ejercicio del cargo.
Un Director podrá ser exceptuado de esta disposición. El Presidente no
está incluido en esta excepción.
Artículo Trigésimo Quinto: El cargo de director vaca por:
a) Muerte;
b) Renuncia o remoción;
c) Enfermedad que lo inhabilite para desempeñar sus funciones de
modo permanente; y,
d) En todos los casos de impedimento previsto por el Artículo 36º de
este Estatuto y por la ley.
En caso de vacancia y mientras se realice nueva elección, el mismo Directorio
podrá completar su número, salvo cuando existan directores suplentes. El
Director o Directores así elegidos ejercerán el cargo hasta la próxima Junta de
Accionistas, la cual deberán convocar, bajo responsabilidad en el más breve
plazo, la misma que ratificará el nombramiento o nombrará al nuevo o nuevos
Directores.
Artículo Trigésimo Sexto: Impedimentos para ocupar el cargo de director:
a) Los incapaces.
b) Los quebrados.
c) Los que por razón de su cargo o funciones estén impedidos de ejercer
comercio.
d) Los funcionarios y empleados de la administración pública y de las
entidades del sector empresarial en que el Estado tenga el control y
cuyas funciones tengan relación con las actividades de la sociedad, salvo
que ésta sea una Empresa del Estado de Derecho Público o Privado, o
la participación del Estado en la empresa sea mayoritaria.
e) Los que tengan pleitos pendientes con la sociedad en calidad de
demandantes o estén sujetos a acción social de responsabilidad
iniciada por la sociedad y los que estén impedidos por mandato de
una medida cautelar por la autoridad judicial o arbitral.
f) Los que sean socios, directores, administradores, representantes o
apoderados de sociedades que tuvieran en forma permanente intereses
opuestos o que personalmente tengan oposición permanente a la
empresa.
Artículo Trigésimo Sétimo: El Directorio se reunirá cuando lo requieran los
intereses de la Sociedad a solicitud de su Presidente o de cualesquiera de
los Directores o del Administrador o Gerente. La citación se hará mediante
esquelas, con cinco días de anticipación, por lo menos, indicándose el lugar,
el día y la hora de la reunión, así como las cuestiones que se trataran en la
Sesión.
Artículo Trigésimo Octavo: El quórum del Directorio es de la mitad más
uno de sus miembros. Si el número de Directores es impar, el quórum es el
número entero inmediato superior al de la mitad de aquél.
Artículo Trigésimo Noveno: En el Directorio cada Director tiene un voto.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los Directores
concurrentes.
En caso de empate el voto del Presidente será decisorio.
Artículo Cuadragésimo: Las reuniones del Directorio y las resoluciones que
en ella se adopten constarán en el Libro de Actas respectivo, debidamente
legalizado.
En las actas del Directorio debe indicarse: la fecha de la reunión, el nombre de
los directores concurrentes, las cuestiones tratadas, los votos emitidos, las
decisiones tomadas y las constancias que solicitaren los Directores. Las actas
deben ser suscritas por los Directores que concurran a la Sesión.
Artículo Cuadragésimo Primero: El Directorio tiene representación y la
administración de la Sociedad y ejercerá los derechos y las atribuciones
necesarias para la dirección de ésta, exceptuándose tan sólo las facultades
reservadas por la Ley General de Sociedades o por el presente Estatuto a la
Junta de Accionistas.
Las principales atribuciones del Directorio son:
a) Dirigir y administrar los negocios de la Sociedad teniendo como
objetivo primordial brindar los servicios en las mejores condiciones de
calidad y continuidad, así como buscar la viabilidad económica.
b) Aprobar el Plan Estratégico de la sociedad.
c) Convocar a Junta de Accionistas, sea Ordinaria o Extraordinaria.
d) Nombrar y remover al Administrador o Gerente.
e) Evaluar y controlar la gestión del Gerente General.
f) Aceptar la renuncia de los Directores y proveer las vacantes con cargo de
dar cuenta a la próxima Junta General de Accionistas para que resuelva
lo que considere conveniente.
g) Velar por la formulación, aplicación y actualización de los Planes de
Desarrollo y los Programas de Operación y Mantenimiento que en
cumplimiento de la eficiencia debe formular la sociedad.
h) Velar por el cumplimiento de las normas de salud, protección de los
recursos que dispone la empresa.
i) Las demás facultades que le señale la Ley.
Artículo Cuadragésimo Segundo: El cargo de Director es personal, ningún
Director podrá prestar servicios bajo dependencia laboral en la empresa.
Artículo Cuadragésimo Tercero: El monto máximo de las dietas que
percibirán los miembros del Directorio será fijado por la Junta General de
Accionistas. El número total de dietas por mes percibidas por un Director no
puede exceder de uno, así asista a un número mayor de sesiones durante
dicho período.
DE LA ADMINISTRACIÓN O GERENCIA
Artículo Cuadragésimo Cuarto: El Administrador o Gerente es el ejecutor de
todas las disposiciones del Directorio y tiene la representación de la Sociedad
para actos y contratos de administración ordinaria.
Asimismo, decide el manejo de la empresa cumpliendo las políticas y
estrategias que señala el Directorio.
El Administrador o Gerente actúa como Secretario en las sesiones de
Junta General.
Artículo Cuadragésimo Quinto: La duración del cargo de Administrador o
Gerente es por tiempo indefinido, pudiendo ser revocado en cualquier momento
por el Directorio.
Artículo Cuadragésimo Sexto: El Administrador o Gerente podrá ejercer a
sola firma las facultades siguientes:
a) Representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades judiciales, ya
sea ante el fuero civil, penal, laboral, agrario, fiscal, coactivo, arbitral, de
cualquier otra naturaleza, gozando de las facultades generales del
mandato y las señaladas en los Artículos 64°, 74° y 75º del Código
Procesal Civil, así como intervenir en las actuaciones judiciales en las
que la Sociedad sea demandante, demandada, tercerista o tuviese
legítimo interés. En ejercicio de estas facultades y las señaladas más
adelante podrá interponer acciones, reconvenir, contestar demandas y
reconvenciones, presentar escritos y recursos impugnatorios, interponer
excepciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la
pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones
controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación
procesal, así como intervenir en todo tipo de diligencias o actuaciones
judiciales y para los demás actos que exprese la ley.
b) Podrá sustituir sus facultades de representación en juicios, con las
atribuciones generales del mandato y las especiales que fueren necesarias
en favor de terceras personas, revocando dichas sustituciones y
reasumiendo sus facultades cuantas veces lo creyera oportuno.
c) Asimismo, representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades
sean policiales, políticas, militares, administrativas, aduaneras, fiscales,
del Gobierno Central, gobiernos locales y regionales, públicas o
privadas, laborales o dependencias del Ministerio de Trabajo y las
diversas reparticiones, presentando toda clase de escrituras, escritos,
recursos, reclamos, apelaciones y tomar la personería de la Sociedad en
sus relaciones laborales con las más amplias facultades, sin reserva ni
limitación de ninguna clase.
d) El Administrador o Gerente podrá conjuntamente con el Presidente
del Directorio: Abrir, transferir y cerrar cuentas corrientes bancarias;
girar, endosar y cobrar cheques; depositar, retirar, vender y comprar
valores; aceptar, girar, renovar, descontar, endosar, cobrar y protestar
letras de cambio, vales, pagarés, giros, certificados, demás documentos
civiles mercantiles; abrir cartas de crédito, afianzar y prestar aval,
contratar seguros y endosar pólizas; abrir, operar y cancelar cuentas de
ahorro; contratar el alquiler de cajas de seguridad, abrirlas, operarlas,
cerrarlas.
e) Celebrar contratos y compromisos de toda naturaleza, tratar toda clase
de negocios, someter las disputas a arbitraje: enajenar o gravar bienes
muebles o inmuebles, comprar, dar o tomar un mutuo o comodato,
intervenir en la formación de toda clase de sociedades, aportando bienes
o efectivo; a prendar o subarrendar activa o pasivamente toda clase de
bienes muebles e inmuebles; a hipotecar bienes inmuebles, solicitar,
otorgar y revocar fianzas y en general hacer todo cuanto estime
necesario o conveniente para el cumplimiento de los fines sociales.
f) Celebrar contratos de arrendamiento financiero y Retro-arrendamiento
financiero sobre bienes muebles o inmuebles, y con empresas
domiciliadas o no en el país.
g) Acordar y verificar las operaciones de crédito que estime convenientes,
contratar préstamos, sobregiros o avances en cuenta, abrir cartas de
crédito con o sin garantía; solicitar cartas fianzas bancarias; abrir, cerrar
depositar transferir y retirar bajo cualquier modalidad y forma dinero de
cuentas bancarias.
h) Las operaciones facultadas en el presente inciso podrán realizarse
indistintamente en el país o con el extranjero, en moneda nacional o
extranjera. Recibir y ejecutar mandatos en general. Otorgar garantía bajo
cualquier modalidad, sobre cuentas bancarias, bienes de la empresa,
prendas y títulos valores a favor de terceros. Comprar y vender al
contado, a plazo, o con entrega diferida bienes muebles e inmuebles.
Aceptar a nombre de la Empresa, encargos, representaciones
comerciales de terceros. Tomar y remover a los empleados y servidores
que sean necesarios, fijándoles su retribución. Contratar profesionales
independientes como asesores y celebrar contratos de locación de
servicios y/o trabajo.
Artículo Cuadragésimo Sétimo: Las principales atribuciones del Gerente
son:
a) Celebrar los actos y contratos relativos al objeto social y otros que
estuvieren dentro de sus facultades o que le fueren delegados por el
Directorio.
b) Dirigir las operaciones comerciales, administrativas y de ejecución de las
operaciones sociales que se efectúen.
c) Organizar el régimen interno de la Sociedad, usar el sello de la misma,
expedir la correspondencia, cuidar que la contabilidad esté al día,
inspeccionar los Libros, documentos y operaciones de la Sociedad y
dictar las disposiciones para el correcto funcionamiento de la misma.
d) Ordenar pagos y cobros, otorgando cancelaciones o recibos.
e) Nombrar, sancionar y remover a los empleados que sean necesarios,
fijándoles la remuneración, salario, comisión y labor a efectuar.
f) Dar cuenta en cada sesión del Directorio o de la Junta General de
Accionistas, cuando se le solicite, del citado y de la marcha de los
negocios sociales.
g) Elaborar el Proyecto del Balance General.
h) Supervisar la ejecución de los planes y presupuestos de acuerdo a las
normas técnicas y legales aplicables.
i) Ejecutar acuerdos y disposiciones del Directorio.
j) Someter al titular en su oportunidad, Balance General y la cuenta de
Ganancias y Pérdidas de cada año.
k) Nombrar a los asesores externos, agentes comisionados y otros de que
haya servirse la Empresa.
TITULO IV
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y REPARTO DE UTILIDADES
Artículo Cuadragésimo Octavo: Los Estados Financieros y el Balance se
formularán al 31 de diciembre de cada año y se someterá a la aprobación de
la Junta Ordinaria de Accionistas.
Artículo Cuadragésimo Noveno: Las utilidades anuales, se afectarán a
programas de inversión, reinversión y mejora de calidad de los servicios y si
hubiera remanente, se distribuirá en la forma que acuerde la Junta General
Ordinaria de Accionistas.
TITULO V
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo Quincuagésimo: La Sociedad se disuelve, contando con la
aprobación previa del cuerpo edilicio de la Municipalidad Provincial de
Huamanga, en las situaciones previstas en los Artículos 359° y 362º de
la Ley General de Sociedades, cesando las facultades otorgadas a los
directores, administradores, gerentes y representantes en general desde el
momento en que se produce la declaración de liquidación.
La Junta General debe designar a la persona del liquidador, de acuerdo con
los preceptos del Artículo 369° de la Ley General de Sociedades. Durante la
liquidación se observarán las normas contenidas en los artículos pertinentes
de la Ley General de Sociedades.
Artículo Quincuagésimo Primero: Los trabajadores, sean funcionarios,
empleados y obreros de la empresa, estarán sujetos al régimen laboral
establecido para el sector privado.
Artículo Quincuagésimo Segundo: Los accionistas, los Directores y
cualquier miembro ejecutivo quedarán sometidos a la responsabilidad que
resulte del desempeño de su cargo conforme lo establecido por la Ley
General de Sociedades y las demás disposiciones legales que le sean
pertinentes.
Artículo Quincuagésimo Tercero: En todo aquello que no esté
expresamente previsto en el presente Estatuto rige supletoriamente las
disposiciones contenidas en la Ley General de Sociedades y en la Ley Nº
24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado y su Reglamento, en aquello
que le fuese aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL
Primera: El primer Directorio de la Sociedad queda conformada por los
siguientes:
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº
……………….., domiciliado en …………………………., estado civil
…………………, nacionalidad peruana.
DIRECTOR: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº ………………..,
domiciliado en …………………………., estado civil …………………, nacionalidad
peruana.
DIRECTOR: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº ………………..,
domiciliado en …………………………., estado civil …………………, nacionalidad
peruana.
Asimismo, se nombra como primer Administrador o Gerente de la Sociedad al
Sr. ……………………, con DNI N° ……………., de ocupación ……………….,
con domicilio en ……………….., de nacionalidad quien interviene a
efectos de expresar su aceptación al cargo.
DECLARACIÓN JURADA
Por el presente documento, yo, ………………………………………., identificado
con DNI N° ………………….., con domicilio en ……………….., de nacionalidad
…………………., en calidad de Administrador o Gerente de la Empresa
Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., DECLARO
BAJO JURAMENTO:
Que en la fecha he recibido, en calidad de aporte en propiedad del socio
Municipalidad Provincial de Huamanga, en atención al Acuerdo de Concejo Nº
…. -2017-MPH , los siguientes bienes, los mismos que son aportados y
valorizados en su valor de mercado.
ANEXO 5
PERFIL TÉCNICO – DIAGNÓSTICO SOCIO ECONÓMICO
Contexto de la Realidad en la Región Ayacucho
1.1. CARACTERÍSTICAS HISTÓRICAS Y GEOGRÁFICAS.-
1.1.1. Reseña histórica:
Ayacucho es una Región heredera de una
gran historia milenaria, en su territorio se
encuentran evidencias arqueológicas que
revelan que albergó a los primeros
habitantes del Perú y Sudamérica, quienes
al llegar ocuparon las famosas cuevas de
Pikimachay y Qaywamachay1, las cuales les sirvieron de hogar y refugio
ante las distintas adversidades climáticas. La cueva de Pikimachay
ubicada en el distrito de Pacaycasa, en la provincia de Huamanga fue
descubierta por Richard Mc Neish (1969), quién halló diferentes
instrumentos líticos, restos óseos de animales (roedores, tigre diente de
sable y otros), restos de alimentos y plantas que datan
aproximadamente de hace más de 20 mil años a.c., representando así
algunos de los vestigios más antiguos del Perú.
Luego de un largo periodo de transformación y adaptación del hombre
en la serranía ayacuchana se inicia un nuevo periodo donde deja de ser
nómada, se estabiliza en un solo lugar y empieza a vivir en aldeas,
iniciando así el desarrollo de las primeras civilizaciones ayacuchanas
como Wichpana y Chupas donde recibe las influencias de las culturas
Paracas y Chavín, principalmente.
Durante el período formativo, entre los años 250 y 500 d.c. surge la
cultura Warpa cuyas primeras expresiones de desarrollo corresponden
1Traducido al castellano: Cueva de Pikimachay que significa “Cueva de la Pulga” y Cueva de Qaywamachay como “Cueva de la Pimienta”, ambas ubicadas en el distrito de Pacaycasa, provincia de Huamanga; a 25 minutos de la ciudad de Ayacucho.
Figura 01
Vista panorámica de la cueva de Pikimachay
Fuente:http://peru.travelguia.net/pikimachay-
fosiles-mas-antiguos-del-peru.htm
a la agricultura y se observan nexos con la cultura Nazca de la costa
sur y Tiahuanaco del altiplano. Posteriormente, nace la cultura Wari
(500 a 1000 años d.c.) que constituye uno de los grandes momentos de
la historia ayacuchana, pues representó la fusión de diversas culturas
(Nazca de la costa de Ica, Warpa de la sierra de Ayacucho y
Tiahuanaco del altiplano), esta cultura llegó a extenderse hasta
Cajamarca y Lambayeque por el norte, al Cusco y Moquegua por el
sur. Representó el imperio andino más importante antes de los Incas y
el primer desarrollo urbano de los andes centrales de América2,
llegando a alcanzar gran desarrollo agrícola, artesanal y manufacturero.
Ante la declinación de la cultura Wari, la región Ayacucho fue ocupada
por la Confederación Chankacuya población estuvo conformada por
grandes guerreros conquistadores, nada sumisos hacia otras culturas
que se atrevieron a desafiar el desarrollo de la cultura incaica, hasta
que finalmente en el año 1438 aproximadamente fueron vencidos por
el noveno Inca del Cusco, Pachacutec.
2Diversos estudios han estimado que la ciudad de Wari llegó a tener más de 50 mil habitantes.
Figura 02
Restos arqueológicos hallados en las ruinas de la cultura Wari
Cheqo Wasi, lugar funerario de autoridades
Jarrón de arcilla Wari
Tiempo después, ya bajo el dominio de los
Incas (hacia el año 1400 d.c.), Ayacucho3 es
organizado como un centro administrativo de
gran importancia, con grandes construcciones
arqueológicas (el más importarte
Vilcashuamán), andenerías y una extensa red
de caminos incas.
Ante la conquista de los españoles, época virreinal, Ayacucho al igual
que todo el Perú, ve interrumpida la formación de una cultura propia,
pues es sometida y convertida en una colonia, cuyas riquezas fueron
extraídas por más de 300 años.
3 El vocablo Ayacucho deriva del vocablo quechua «aya» (alma) y «k'uchu» (morada-rincón), en consecuencia, la palabra Ayacucho etimológicamente significa «Morada del Alma», expresión que podría resultar de un conjunto de restos humanos que se encontraron en este lugar, como consecuencia de las batallas que sostuvieron sus primeros habitantes con los invasores del Imperio inca, anhelando fundar una villa por su ubicación estratégica.
Vaso en forma de pájaro
Wari Fino tejido Wari
Figura 03
Zona arqueológica, provincia de Vilcas Huamán
Fuente: http://www.am-sur.com/am-sur/peru/Ayacucho/Ayacucho-
departement-d/028-Vilcashuaman04-Pachacutec-vor-tempel-u-
kirche.jpg
En la época virreinal se produjeron largos y continuados procesos de
resistencia que aunados a la necesidad española de tener una ruta
intermedia entre Lima y Cusco, motivo la fundación de la ciudad de
Huamanga, el 25 de abril de 1540, denominada inicialmente con el
nombre de San Juan de La Frontera.
Desde entonces, la ciudad de Ayacucho (también conocida como
Huamanga) se convirtió en un gran centro comercial, pues gracias a su
ubicación geográfica era paso obligado de viajeros y comerciantes que
de Lima o Huancavelica se dirigían a Cusco, Alto Perú y al Río de la
Plata, lo cual dio gran relevancia a la ciudad durante casi todo el periodo
virreinal. Esta situación conllevó a construir bellas arquitecturas,
fomentar la fe religiosa expresada en más de 33 templos, varios
conventos y claustros, fundar la Universidad Nacional San Cristóbal de
Huamanga (2ª universidad fundada en el Perú) y generar una gran
actividad artesanal.
Durante el periodo de la Independencia, Ayacucho jugó un papel
determinante en el proceso de emancipación, pues sus habitantes y
líderes ayacuchanos participaron activamente con ideas
independentistas y apoyo a los movimientos emancipadores, en esta
época sobresalen grandes personajes reconocidos por la historia
peruana como Basilio Auqui (Jefe Morochucos),la heroína María
Parado de Bellido, entre otros. Luego de la Independencia del Perú,
sucede un hecho de trascendencia nacional e internacional en las
Pampas de Quinua, conocido como “la Batalla de Ayacucho” (1824)
donde se sella la Independencia del Perú y América Latina del dominio
español. El 15 de febrero del 1825, por decreto del Libertador Simón
Bolívar se nombra oficialmente al lugar como Ciudad de Ayacucho.
Tiempos después, ya en la época republicana suceden los siguientes
hechos históricos:
En julio de 1854, durante el gobierno de don Ramón Castilla, Ayacucho
fue escenario de un gran congreso donde se procedió a la abolición del
tributo contra las poblaciones indígenas.
Hacia finales del siglo XVIII, Ayacucho luego de haber sostenido la ruta
obligada de viajeros y comerciantes hacia Lima, Cusco, La Paz y Río
de la Plata empieza a atravesar un periodo de decadencia debido al
declive de la minería.
Durante la guerra con Chile, la disponibilidad de recursos que tenía
Huamanga permitió al general Andrés Avelino Cáceres iniciar sus
campañas contra el ejército invasor. Este héroe Ayacuchano,
posteriormente fue elegido Presidente de la República en 1886 y 1894.
Obelisco en mérito a la victoria de la batalla de Ayacucho, distrito de Quinua
Fuente: DRTPE Ayacucho – Registros fotográficos.
Figura 04
En la actualidad, Ayacucho es conocida como la ciudad de las 33
iglesias coloniales, tiene sitios arqueológicos declarados patrimonio
cultural, también cuenta con una atractiva arquitectura colonial
(templos, casonas y casas hacienda); y un valioso legado cultural que
se manifiesta en sus festividades, como los carnavales y la Semana
Santa, la cual es considerada como una de las festividades más
importantes del Perú; todo ello hace que la región tenga un valioso
potencial turístico. Sin embargo, también se ha convertido en un
espacio de pobreza reflejado en sus bajos indicadores de desarrollo
humano y mínimo desarrollo industrial.
1.1.2 Ubicación:
La región Ayacucho está situada en la
zona central del Perú, entre los
paralelos 13° 09' 26" de latitud sur y
los meridianos74° 13' 22" de longitud
oeste, con una altitud promedio de
2760 m.s.n.m.
Limita por el Norte con el
departamento de Junín, por el Sur
con el departamento de Arequipa, por
el Este con los departamentos de
Cusco y Arequipa; y por el Oeste con
los departamentos de Ica y Huancavelica.
Figura 05 Mapa geográfico de la región Ayacucho
1.1.3 Clima:
Ayacucho es una de las Regiones con mayor diversidad geográfica y
biológica de la sierra central, presenta diversos microclimas debido a la
influencia de la cordillera de los Andes.
Ayacucho presenta un clima templado y seco con una temperatura
promedio de 15 grados centígrados; pero varía según la altitud, ya que
oscila desde el frío de las cordilleras hasta el calor tropical en la ceja de
selva. En la ciudad de Ayacucho la temperatura media es 15 grados
centígrados; mientras que la temperatura media más alta se presenta
en el distrito de Sivia (Huanta) con 25,2 grados centígrados y la
temperatura media más baja se presenta en el distrito de San Cristóbal
(Ciudad de Puquio) con 9,9 grados centígrados4.
En cuanto a las precipitaciones, se puede decir que es una de las
regiones más secas del territorio peruano. La precipitación promedio
anual de la localidad de Ayacucho es 555.4 mm, Cora Cora 405,9 mm
y en Puquio 416,9 mm5.
1.1.4 Superficie y División Política
De acuerdo al INEI (2015), la región Ayacucho6 tiene una superficie de
43 814,8 Km2 que representa el 3,4% de la superficie nacional. Su
4 Informe Temático Zonas de Vida (2012: 26). 5 Se entiende por precipitación a la humedad condensada que cae de la atmósfera sobre la superficie de la tierra, bajo diferentes formas, como lluvia, llovizna, chubasco, nieve, granizo, niebla, rocío, etc. (En: Informe Temático Zonas de Vida, página 12). 6 El departamento de Ayacucho fue creado mediante Reglamento Provisional de Elecciones del 26 de abril de
1822, bajo el nombre de departamento de Huamanga; luego, en 1825 se le designó con el nombre de departamento de Ayacucho (INEI 2013:30). Posteriormente, en el 2002, en el marco del proceso de descentralización se promulgó la Ley (Nº 27867) mediante el cual se crea los gobiernos regionales para cada departamento; estableciendo así al departamento de Ayacucho como región Ayacucho. (Compendio estadístico del Perú 2013, INEI, página 30).
territorio comprende dos regiones naturales claramente diferenciadas:
la sierra cuya área representa el 98,0% del total de la superficie y la
selva con el porcentaje restante (2,0%).Asimismo, su suelo es muy
accidentado por el cruce de dos cordilleras que lo dividen en tres
unidades orográficas: montañosa y tropical al norte, de abrupta serranía
al centro, y de altiplanicies al sur.
La división política de la región Ayacucho comprende un total de 11
provincias y 113 distritos. Según extensión, Lucanas es la provincia
más extensa, pues representa el 33,1% del territorio de la región,
también es la que cuenta con el mayor número de distritos (21); caso
contrario es la provincia de Vilcas Huamán que comprende sólo el 2,7%
del territorio total. Es importante mencionar que la capital de la región
Ayacucho es la ciudad de Ayacucho ubicada en la provincia de
Huamanga.
Cuadro 06 Región Ayacucho: División política, superficie y altitud según
provincia, 2015
Fuente: Compendio estadístico del Perú 2015- INEI. Elaboración: Propia
Total 113 43 815
Huamanga Ayacucho 15 3 062 2 760
Cangallo Cangallo 6 1 916 2 570
Huanca Sancos Huanca Sancos 4 2 862 3 422
Huanta Huanta 8 3 886 2 642
La Mar San Miguel 10 4 305 2 647
Lucanas Puquio 21 14 495 3 221
Parinacochas Coracora 8 5 968 3 178
Páucar del Sara Sara Pausa 10 2 097 2 518
Sucre Querobamba 11 1 786 3 508
Víctor Fajardo Huancapi 12 2 260 3 102
Vilcas Huamán Vilcas Huamán 8 1 178 3 482
ProvinciaCapital de provincia
Número de distritos
Superficie
(Km2)
Altitud (metros sobre el nivel del mar)
1.2 Características demográficas:
1.2.1 Población:
De acuerdo a los datos del Censo Nacional XI de Población y VI de
Vivienda del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)
realizado el año 2007, la población en la región Ayacucho ascendió a
612 mil 489 personas, cifra equivalente al 2,2% de la población
nacional. Asimismo, la provincia de Huamanga concentró la mayor
cantidad poblacional con 221 390 habitantes en la región, seguida por
la provincia de Huanta 93 360, La Mar 84 177 y Lucanas 65 414;
mientras que la provincia de Huanca Sancos fue la provincia con la
menor cantidad de habitantes.
1/La población censada no incluye la población del distrito de Carmen Alto de la provincia de Huamanga (INEI 2008:16) Fuente: INEI –Sistema de Difusión de Censos Nacionales - XI Censo de Población y VI de Vivienda (2007).
Cuadro 07 Región Ayacucho: Población censada, superficie y densidad, según provincias, año 2007
Superficie Densidad(Km2) (hab/km2)
Total absoluto 612 489 100,0 304 142 308 347 43 814,8 14,0
Huamanga 221 390 100,0 48,8 51,2 2 981,4 74,3
Cangallo 34 902 100,0 47,9 52,1 1 916,2 18,2
Huanca Sancos 10 620 100,0 48,5 51,5 2 862,3 3,7
Huanta 93 360 100,0 49,7 50,3 3 878,9 24,1
La Mar 84 177 100,0 51,6 48,4 4 392,2 19,2
Lucanas 65 414 100,0 51,5 48,5 14 494,6 4,5
Parinacochas 30 007 100,0 50,4 49,6 5 968,3 5,0
Páucar del Sara Sara 11 012 100,0 50,7 49,3 2 096,9 5,3
Sucre 12 595 100,0 49,3 50,7 1 785,6 7,1
Víctor Fajardo 25 412 100,0 48,5 51,5 2 260,2 11,2
Vilcashuamán 23 600 100,0 48,7 51,3 1 178,2 20,0
MujerProvincias Absoluto Relativo Hombre
Respecto la densidad poblacional7, los resultados del censo del 2007
revelaron que la región Ayacucho tuvo una densidad promedio de 14,0
habitantes por Km2; en tanto, a nivel provincial, Huamanga fue la
provincia más densa (74,3 hab/Km2), seguido por Huanta
(24,1hab/Km2) y La Mar (19,2hab/Km2).
En cuanto a la distribución de la población por ámbito geográfico para
el año 2007, la parte urbana albergó un total de 355 mil 384 personas,
lo cual representó el 58,0% de la población total de la región, y el área
rural concentró el 42,0% (257 mil 105 habitantes). Cabe señalar, que
la mayor concentración de la población en el área urbana8 se configuró
a partir del conflicto social que vivió la región durante la década de los
ochenta y principios de los noventa, hecho que motivó un fuerte proceso
de migración de la población del campo a la ciudad, en búsqueda de
seguridad, así como por oportunidades de trabajo y desarrollo personal;
determinando así el reordenamiento actual9.
1.2.2 Proyección de la población:
Según las proyecciones del INEI, se estima que la población de
Ayacucho alcanzará para junio del 2016 una población de 681 mil 149
habitantes; y la provincia de Huamanga concentrará la mayor cantidad
de la población con 271 mil 411 habitantes, ello explicado por la
dinámica económica y la disponibilidad de servicios que la caracterizan.
7Indicador que mide la concentración de la población respe alguna unidad de superficie, es decir el número de
habitantes por kilómetros cuadrado. 8En los censos anteriores al 2007, la distribución de la población por ámbito geográfico presentaba una mayor población rural, en el censo de 1972, el 32,9% residía en el área urbana y el 76,2% en el área rural, en el censo de 1981 el 36,5% en el área urbana y el 63,5% en el área rural, para 1993 el área urbana albergaba al 48,1% y el área rural al 51,9% (INEI 2016:118-119). 9 Dina Li Suarez (2009), Ayacucho: Análisis de situación en población.
Para el año 2016, se estima que la población urbana alcance los 364
mil 391 habitantes, alrededor el 53,5% de la población proyectada; y la
población rural sea 316 mil 758 habitantes. Según grupos de edad se
estima que la población infantil (0 a 14 años) represente el 33,9%,
seguido del grupo de jóvenes (15 a 29 años) con un 28,8%, la población
adulta joven (30 a 44 años) con un 18,5%; adultos (45 a 64 años) con
13,5% y mayores de 64 años con un 5,4%.Al tener en cuenta estos
datos, se afirma que la región se caracteriza por tener un rostro joven,
ya que la población infantil y juvenil suma el 62,7% de la población total.
Además, de acuerdo a las proyecciones del INEI, la población
masculina es superior a la femenina, tanto en el ámbito urbano como
rural.
Cuadro 08 Región Ayacucho: Proyección de la población al 30 junio 2016 y densidad estimada
1/La densidad poblacional se calculó en base a la población estimada al 30 de junio del 2016 Fuente: INEI - XI Censo de Población y VI de Vivienda (2007), Perú: estimaciones y proyecciones de población por sexo, según departamento, provincia y distrito, 2000-2015 - INEI y Compendio estadístico 2013 –INEI.
Superficie Densidad1/
(km2) (hab/km2) Total absoluto 681 149 100,0 347 517 333 632 43 814,8 15,5
Huamanga 271 411 100,0 50,0 50,0 3 061,8 88,6
Cangallo 33 965 100,0 49,1 50,9 1 916,2 17,7
Huanca Sancos 10 386 100,0 50,0 50,0 2 862,3 3,6
Huanta 106 566 100,0 51,1 48,9 3 886,0 27,4
La Mar 88 214 100,0 53,0 47,0 4 304,6 20,5
Lucanas 67 739 100,0 53,2 46,8 14 494,6 4,7
Parinacochas 32 838 100,0 52,3 47,7 5 968,3 5,5
Páucar del Sara Sara 11 004 100,0 52,5 47,5 2 096,9 5,2
Sucre 12 082 100,0 50,9 49,1 1 785,6 6,8
Víctor Fajardo 23 662 100,0 50,2 49,8 2 260,2 10,5
Vilcashuamán 23 282 100,0 50,7 49,3 1 178,2 19,8
MujerProvincias Absoluto Relativo Hombre
1.2.3 Pirámide Poblacional.-
En el Gráfico se muestra la distribución de la población por grupos de
edad y sexo a través de histogramas que comúnmente se conoce como
pirámide poblacional correspondiente a los años 2007 y estimada a
junio del 2016. De acuerdo a las proyecciones, la región se caracteriza
por tener una población joven (0 a 29 años), como se observa la base
de la pirámide es amplia en este tramo de edad. Así también, al
comparar las pirámides de población del 2007 y la población estimada
junio 2014, resaltan dos aspectos importantes: el primero alude a una
disminución de la población masculina infantil (5 a 14 años) y de la
población adulta mayor con más de 75 años; y el segundo aspecto que
se vislumbra es el ensanchamiento en la base de la pirámide para la
población masculina de 15 a 49 años y femenina de 15 a 30 años, todo
ello trae como consecuencia un incremento de la población en edad de
trabajar.
Fuente: INEI-“Perú: Estimaciones y proyecciones de población urbana y rural por sexo y edades quinquenales de edad, según departamento, 2008-2015.
Cuadro 09 Región Ayacucho: Proyección de la población al 30 de junio 2016 por ámbito geográfico y sexo, según grupos de edad
Total Hombre Mujer Total Hombre MujerTotal absoluto 681 149 364 391 182 702 181 689 316 758 164 815 151 943
Total relativo 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0
Menor de 15 años 33,9 31,3 31,5 31,0 36,9 36,3 37,4
De 15 a 29 años 28,8 30,9 30,9 30,8 26,5 27,5 25,4
De 30 a 44 años 18,5 19,8 20,6 19,0 16,9 18,3 15,3
De 45 a 64 años 13,5 13,6 13,2 14,0 13,3 12,5 14,3
Mayores de 64 años 5,4 4,4 3,8 5,1 6,4 5,4 7,6
Grupo de edad TotalUrbano Rural
1.2.4 Indicadores de fecundidad, mortalidad y esperanza de vida al
nacer:
A continuación, se muestran estadísticas respecto a indicadores
sociales relevantes al momento de analizar la dinámica de la población
y que tienen una influencia significativa en el mercado a través de
utilización de Terminal Terrestre de Ayacucho.
La tasa bruta de natalidad (TBN) indica el número de nacidos vivos por
1,000 habitantes en un determinado año o periodo, también es un
indicador que tiene una incidencia para determinar los niveles de
crecimiento poblacional. En el año 2016, la región Ayacucho presentó
un mayor nivel de este indicador, 23,5 nacimientos por cada mil
Gráfico 10 Región Ayacucho: Pirámide de población censada 2007 y proyectada al 30 de junio 2016
(Porcentaje)
Fuente: INEI –”Perú: estimaciones y proyecciones de población departamental, por años calendario y edades simples1995-2025”. Boletín Especial Nº 17. Setiembre 2009.
-15,0 -10,0 -5,0 0,0 5,0 10,0 15,0
0 - 4
5 - 9
10 - 14
15 - 19
20 - 24
25 - 29
30 - 34
35 - 39
40 - 44
45 - 49
50 - 54
55 - 59
60 - 64
65 - 69
70 - 74
75 - 79
80 a más
Censo 2007 Población proyectada 2014
habitantes respecto al promedio nacional (Perú) 19,2 nacimientos por
cada mil habitantes.
Asimismo, la fecundidad es una de las variables más importante para
evaluar la tendencia de crecimiento de la población, sea de un país o
región. Para tal fin, uno de los indicadores más utilizados es la tasa
global de fecundidad (TGF), definida como el número de hijos que en
promedio tendría una mujer durante su vida fértil. Según la Encuesta
Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) 201310, la Tasa Global de
Fecundidad (TFG) en la región Ayacucho fue 3,2 hijos por mujer durante
su vida fértil, cifra superior respecto el promedio nacional 2,4 hijos.
Otra de las variables sociodemográficas que tiene vital importancia en
la masa poblacional es la tasa de mortalidad que representa el número
de defunciones que ocurren en una población por cada mil habitantes
en un periodo de tiempo, generalmente un año. Para el año 2013, la
tasa de mortalidad en la región Ayacucho 6,1 defunciones por cada mil
habitantes; mientras que el promedio nacional fue de 5,6.
Finalmente, el indicador esperanza de vida al nacer expresa el
promedio de años que viviría un recién nacido si las condiciones de
mortalidad existente a la fecha de su nacimiento no cambia a lo largo
de su vida. En el 2016, el ámbito nacional, la esperanza de vida fue de
74 años, cifra mayor en comparación de la región Ayacucho, cuya
esperanza de vida del recién nacido fue de 71 años.
10Perú: Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES, 2013, página 112.
A partir de los indicadores demográficos mostrados, podemos concluir
que la región Ayacucho muestra una tendencia de crecimiento
poblacional, lo cual tienen un impacto en la dinámica en la utilización
del servicio del Terminal Terrestre ya sea en forma de visita turística y/o
laboral.
1.3 Características sociales:
Parte del bienestar, al que tienen derecho todas las personas,
constituye la disponibilidad de condiciones mínimas de habitabilidad
que puede traducirse en una mejor calidad de vida para los miembros
de los hogares. En ese sentido, es de suma importancia conocer el tipo,
características de la vivienda, los servicios con que cuenta, entre otras
características que son relevantes para determinar los problemas
latentes en la región con respecto a las condiciones sociales,
económicas y de salud en las que vive la población ayacuchana.
1.3.1 Educación:
La educación es un derecho del ser humano y un componente
importante para la sociedad, dado que permite el pleno desarrollo de
Cuadro 11 Perú y región Ayacucho: Indicadores demográficos, 2016
1/Tasa global de fecundidad (TGF) para mujeres de 15 a 49 años de edad. 2/ Número de nacidos vivos por cada mil habitantes. 3/ Número de muertos por cada mil habitantes. 4/ Numero promedio de años que se espera vivir Fuente: INEI – Perú, Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES 2016) y Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD)
País / región Tasa global de
fecundidad (TGF) 1/Tasa bruta de natalidad 2/
Tasa bruta de mortalidad 3/
Esperanza de vida al nacer 4/
Perú 2,4 19,2 5,6 74,2
Ayacucho 3,2 23,5 6,1 71,0
las personas, constituyendo así uno de los principales mecanismo para
combatir la pobreza.
1.3.1.1 Promedio de años de estudio:
El indicador años de estudio promedio alcanzados por la población de
15 y más años de edad, es una medida que refleja el grado de
instrucción formal de los hombres y mujeres. Según información del
INEI11, en el periodo 2011-2015, se observa un avance en el sistema
educativo, ya que el promedio de años de estudio de la población
Ayacuchana aumentó de 8,5 a 9,1 años. Asimismo, en dicho periodo,
las mujeres mostraron un mayor crecimiento del promedio de años de
estudios alcanzado, al pasar de 8,2 a 8,9 años; en el caso de los
hombres, aumentó de 8,8 a 9,2 años.
11INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD), los indicadores han sido
estimados en base a la Encuesta Nacional de Hogares ENAHO.
Gráfico 12 Región Ayacucho: Promedio de años de estudio alcanzado por la población, 2011-15
(Años de estudio)
1.3.2 Vivienda:
El régimen de tenencia es una forma básica para comprender la
adquisición de una vivienda particular. Esto a su vez está relacionado
con el nivel de vida y acceso a la vivienda de la población. El Gráfico
N° 1.6, muestra que al año 2015, el 78,5% de las viviendas particulares
son propias12. En menor proporción, se encuentran otras formas de
tenencia, tales como las que fueron cedidas por otro hogar o institución
(15,4%), alquiladas (4,4%), propias por invasión (1,3%), entre otros.
12 Incluye las viviendas propias adquiridas mediante herencia u otra forma. Mayor información ver INEI-SIRTOD.
Nota: La población comprende a las personas de 15 a más años de edad. Fuente: INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD) Elaboración: DRTPE – Observatorio Socio Económico Laboral (OSEL) Ayacucho.
Gráfico 13 Región Ayacucho: Viviendas, según régimen de tenencia, 2015 (Porcentaje)
Nota: La suma de las partes puede no coincidir en 0,1% con el total debido al redondeo de las cifras. Los datos corresponden a la Encuesta Nacional de Hogares -INEI Fuente: INEI-Sistema de Información Regional para la Toma de Decisiones (SIRTOD)
1.3.3 Acceso a Servicios Básicos:
El acceso a los servicios básicos como agua potable, saneamiento y
electricidad contribuyen con el aumento de la productividad y la calidad
de vida de la población, pues como menciona Foster (2005) son varias
las formas en cómo estas tienen un aporte en la reducción de la
pobreza. La disponibilidad de agua potable y alcantarillado tienen
impacto positivo en la salud, mientras que la electricidad permite la
conservación adecuada de medicamentos, así como la generación de
actividades económicas, a través de la utilización de activos (radios,
refrigeradoras, televisores, etc.).
Los hogares ayacuchanos durante el período 2012-2015 muestran un
crecimiento en el acceso a los servicios públicos de alumbrado
eléctrico, agua potable por red pública y alcantarillado13, aunque éste
último en menor medida. En el primer caso, hubo un aumento en la
cobertura de 12,6puntos porcentuales, en el segundo caso fue de
12,5puntos porcentuales, y 9,2 puntos porcentuales en el tercer caso.
No obstante, el acceso a dichos servicios aún es limitado,
principalmente en el caso del servicio de alcantarillo, donde sólo el
39,1% de los hogares conto con este servicio en el 2015.
13 Considérese servicio de alcantarillado como el porcentaje de hogares con servicio higiénico conectado red pública, dentro de la vivienda.
1.3.4 Salud:
La salud es considerada como un estado de completo bienestar físico,
mental y social, pero también como una variable muy importante,
porque es un factor que condiciona el desarrollo, pues una salud
precaria disminuye la capacidad laboral y la productividad de las
personas. En el caso de los niños, una mala salud afecta su desarrollo
físico, así como a su escolarización y aprendizaje.
Según datos del INEI14, para el año 2015 en la región Ayacucho, cerca
del 77,3% de la población contaba con un seguro de salud, mientras
que el restante (22,7%) no contaba con este servicio básico. Esta
situación revela en parte, que hay un porcentaje de la población con
niveles de desprotección social existentes en la región. Por tipo de
seguro de salud, el 63,1% de los asegurados está bajo el sistema del
14 INEI – “Compendio estadístico del Perú 2015”.
1/ Alumbrado eléctrico muestra el porcentaje de hogares en viviendas particulares que disponen de alumbrado eléctrico por red pública. 2/ Agua potable muestra el porcentaje de hogares que se abastecen de agua por red pública, dentro de la vivienda. 3/ Alcantarillado muestra el porcentaje de hogares con servicio higiénico conectado red pública, dentro de la vivienda. Fuente: INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD)-ENAHO.
Región Ayacucho: Hogares, según acceso a servicios básicos, 2012-16
(Porcentaje)
Gráfico 14
Seguro Integral de Salud (SIS), el 11,7% por EsSalud y el 2,5%
pertenece a otros tipos de seguros (seguro privado de salud, seguro de
las fuerzas armadas y policiales, seguro universitario, entre otros).
1.3.5 Pobreza:
La pobreza es una condición en la cual una o más personas tienen un
nivel de bienestar inferior al mínimo socialmente aceptado. En una
primera aproximación, la pobreza se asocia con la incapacidad de las
personas para satisfacer sus necesidades básicas de alimentación.
Luego, se considera un concepto más amplio que incluye la salud, las
condiciones de vivienda, educación, empleo, ingresos, gastos, y
aspectos más extensos como la identidad, los derechos humanos, la
participación popular, entre otros15.
15Metodología para la Medición de la Pobreza en el Perú, INEI, año 2000, página 1.
Gráfico 15 Región Ayacucho: Población por tipo de seguro de salud, 2015 (Porcentaje)
1/ Seguro integral de Salud. 2/ Comprende seguro privado de salud, seguro de las fuerzas armadas y policiales, seguro universitario, seguro escolar privado, etc. Fuente: INEI – “Compendio estadístico del Perú 2015”.
Sin seguro22,7
SIS 1/63,1
EsSalud11,7
Otros 2/2,5
Con seguro 77,3
De acuerdo a la metodología “Línea de Pobreza” existe dos tipos de
pobreza: pobreza total que comprende a las personas cuyos hogares
tienen ingresos o consumo per cápita, inferiores al costo de una canasta
total de bienes y servicios mínimos esenciales; y pobreza extrema que
comprende a las personas cuyos hogares tienen ingresos o consumos
per cápita, inferiores al valor de una canasta mínima de alimentos.
El Informe técnico del INEI (2015) revela que a pesar de la disminución
del rango de la pobreza en la región Ayacucho con respecto al año
2008, aún es elevada; tal es así que en el 2015, la tasa de pobreza del
departamento de Ayacucho estuvo en el intervalo de 46,6% y 52,9%,
ubicándolo en el primer grupo de departamentos con tasa de pobreza
más alta.
De acuerdo a la información del INEI, también se observa que los
departamentos con niveles de pobreza semejante en el 2008, como
Cusco y Puno, han logrado un mayor avance en la reducción de la
pobreza con relación a la región Ayacucho, puesto que al 2015 no se
ubican entre los departamentos más pobres.
Región Ayacucho: Evolución de la pobreza total por grupos de departamentos, 2008 – 15
Fuente: INEI –Informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2007-2012” e informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2009-2015”
Cuadro 16
Inferior Superior2008 Grupo 3 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Loreto, Pasco, Puno 50,8 62,2
2009 Grupo 2 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Loreto, Pasco,
Puno, San Martín
47,3 62,1
2010 Grupo 2 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Loreto,
Piura, Puno
42,7 55,2
2011 Grupo 1 Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco 52,7 57,2
2012 Grupo 1 Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica 49,5 55,5
2013 Grupo 1 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Pasco 46,6 52,9
Año Grupo DepartamentosIntervalos de
confianza al 95%
Asimismo, para el caso de la medición de la pobreza extrema, para el
año 2015, el Informe del INEI (2016) estableció cinco grupos de
departamentos con niveles de pobreza extrema semejantes que
también se ordenaron de manera descendente. En este caso, la región
Ayacucho se ubicó en el segundo grupo con un límite inferior de 11,5%
y un límite superior de 16,2% junto con los departamentos de
Amazonas, Huancavelica, Huánuco y Puno.
De los resultados mostrados, se puede concluir que en los últimos tres
años, hay una tendencia de la disminución de la pobreza total en la
región Ayacucho; pero aún afecta a gran parte de la población, en el
2015, aproximadamente 5 de cada 10 personas se encontró en
condición de pobreza total. Un aspecto preocupante es con relación a
la pobreza extrema, la cual aumentó con respecto al año 2015, como
mínimo el 11,5% de la población fue pobre extremo, es decir, sus
ingresos fueron inferiores a la canasta mínima de alimentos.
1.4 Estructura productiva de la Región Ayacucho:
Región Ayacucho: Evolución de la pobreza extrema por grupos de departamentos, 2011 – 15
Cuadro 17
Fuente: INEI –Informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2007-2012”yInforme técnico: evolución de la pobreza monetaria 2009-2015”
Inferior Superior2011 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, Pasco 10,0 16,3
2012 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, Pasco, Puno 10,0 15,7
2013 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Pasco 11,5 16,2
Intervalos de confianza al 95%Año Grupo Departamentos
1.4.1 Producto Bruto Interno (PBI):
El Producto Bruto Interno (PBI) es el valor monetario de todos los bienes
y servicios finales producidos por un país en un determinado período.
Es decir, es el Valor Bruto de Producción menos el valor de los bienes
y servicios (consumo intermedio) que ingresa nuevamente al proceso
productivo para ser trasformado en otros bienes. El PBI, también se
puede definir como el valor añadido en el proceso de producción que
mide la retribución a los factores de producción que intervienen en el
proceso de producción.
El Producto Bruto Interno (PBI) de una determinada región por sectores
productivos se puede obtener a partir del Valor Agregado Bruto (VAB)
que se define como pago de los factores que intervienen en la actividad
económica del país16. El Gráfico N°1.12 muestra una evolución
favorable y sostenible del Valor Agregado Bruto (VAB) de la región
Ayacucho durante el período 2011-2015. Así, tenemos que en el 2012,
el VAB sumó S/2 263 473 miles de nuevos soles a precios constantes
de 1994, lo que representó un crecimiento de 35,0% respecto al 2008.
Es importante indicar, que en el 2015, el VAB de la región Ayacucho
representó el 1,1% del VAB nacional.
16 El VAB está conformado por la suma de valores agregados (diferencia entre el valor bruto de producción y el consumo
intermedio) de los distintos sectores productivos, sin considerar los impuestos a los productos y derechos de importación.
Glosario de términos económicos del BCRP,
Gráfico 18 Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto, 2012-15 (Miles de nuevos soles a precios constantes de 1994)
La economía de la Región Ayacucho está influenciada básicamente por
la actividad agropecuaria (agricultura, caza y silvicultura), servicios
gubernamentales, comercio, construcción y otros servicios; en el 2015
éstas actividades representaron el 75,4% del VAB17 de la región.
El Gráfico siguiente muestra que las actividades económicas con mayor
crecimiento en el 2015 respecto al 2012, fueron construcción y minería.
La minería pasó de S/142 428 miles de nuevos soles a S/ 231 484
miles de nuevos soles en el 2015, que significó un crecimiento de
62,5% de dicha actividad económica; mientras que la actividad
económica construcción creció 96,1%.
17 Cifra calculada respecto al VAB del 2012 a precios constantes de 1994.
Fuente: INEI – “INEI-Sistema de Información Regional para la Toma de Decisiones (SIRTOD)
Gráfico 19 Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto (VAB), según ramas de actividad, 2011 y 2015
(Miles de nuevos soles de 1994)
1.4.2 Estructura de la Producción:
Según estructura de la producción18 en el año 2015, el 45,7% del VAB
de la región derivo del sector terciario conformado por las ramas de
actividad económica servicios, comercio, y transporte y comunicaciones.
La importancia del sector terciario en la región, se explica por el
dinamismo de la rama de actividad servicios, específicamente dela
actividad servicios gubernamentales y otros servicios, las cuales
18 Distribución calculada en base al Valor Agregado Bruto a precios constantes del año 1994
representan el 14,7% y 11,4% del VAB de la región Ayacucho.
El sector primario fue el segundo sector que contribuyó al VAB de la
región (29,0%), dicho sector está conformado por las actividades
económicas de agricultura, caza y silvicultura; y minería. Cabe señalar,
que la agricultura, caza y silvicultura es una de las actividades
económicas que más contribuyen con el VAB de la región, en el 2012
representó el 18,8% de la producción de la región; en tanto la minería
el 10,2%.
Finalmente, el sector secundario, constituido por la rama de actividad
industria y construcción, aportó 25,2% al VAB regional. Un aspecto
relevante que se observa es respecto el sector construcción que en el
2015 fue el segundo sector con mayor aporte al VAB regional.
1.4.2.1 Servicios:
Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto según ramas de actividad económica, 2015
(Porcentaje) (Porcentaje)
Gráfico 20
1/ comprende agricultura, caza, silvicultura, pesca y minería. 2/comprende electricidad y agua, restaurantes y hoteles; servicios gubernamentales y otros servicios. Fuente: INEI – “Producto bruto interno por departamentos: 2015”.
Extractiva 1/29,0
Industria manufacturera
7,7
Construcción17,6
Comercio12,9
Servicios 2/28,7
Transporte y comunicaciones
4,1
La rama de actividad servicios es uno de los principales sectores
económicos de la región; para el año 2015 contribuyó con el 28,7% al
VAB regional. Este sector agrupa a las actividades de servicios
gubernamentales, electricidad y agua, restaurantes y hoteles, servicios
gubernamentales, así como otros servicios (financieros, enseñanza,
servicios prestados a terceros, entre otros). Dentro de las actividades
que componen la rama servicios, la actividad de servicios
gubernamentales es la que más contribuye con el VAB de región, en el
2015 representó el 14,4%.
De otro lado, de acuerdo el documento del INEI, Perú estructura
empresarial19, las empresas de servicios en la región, se encuentran
mayoritariamente en el segmento de microempresas; en el 2015, el
número de empresas legalmente constituidas dedicadas a la actividad
servicios en la región Ayacucho fue de 9 mil 31 empresas, de las cuales
8 mil 639 fueron microempresas de servicios y sólo 9 se encuentran en
el segmento empresarial de mediana y gran empresa.
1.4.2.2 Comercio:
La rama de actividad comercio contribuye con el 12,9% del VAB de
Ayacucho, y en el periodo tuvo un crecimiento del 26,9%. La ciudad de
Ayacucho es el principal espacio donde se dinamiza esta actividad,
pues constituye una de las principales fuentes de ocupación de la PEA
Ocupada.
19 Información a setiembre del 2015 del Directorio Central de Empresas y Establecimientos (DCEE), que tiene como principales fuentes de información del Directorio son los Registros Administrativos del Padrón de Contribuyentes que proporciona la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), la Encuesta Económica Anual (EEA) ejecutada por el INEI y el Sistema Estadístico Nacional, la información del IV Censo Nacional Económico y otras investigaciones estadísticas del INEI. Mayor información en: Perú Estructura Empresarial, INEI, año 2016.
Sin embargo, es importante señalar, que en esta rama de actividad aún
existe una escasa capacidad empresarial. De acuerdo al INEI20 existe
un total de 6 600 empresas legalmente constituidas dedicadas a esta
actividad, realizando principalmente labores de distribución y
comercialización de productos alimenticios de consumo básico, bebidas
y medicinas; y que la mayoría de éstas son microempresas (96,1%) y
solo el 4,1% se encuentra en el rango de mediana y gran empresa.
1.4.2.3 Transporte y Comunicaciones:
La rama de actividad Transporte y Comunicaciones forma parte del
sector terciario; pero se caracteriza por tener una mínima contribución
en la economía de la región Ayacuchana, en el periodo 2011-2015 su
aporte no superó el 4,4% del VAB.
1.4.2.4 Extractivas:
La rama extractiva es el segundo componente de la economía de la
región Ayacucho, su aporte para el 2015 fue 29,0%. Dentro de esta
rama se encuentran las actividades económicas agricultura, pesca y
silvicultura y la actividad minería.
a. Agricultura, caza y silvicultura
Este sector involucra a las actividades agrícolas, pecuarias, caza y
silvícola que para el año 2015 representó el 18,8% del VAB regional.
Dentro de este sector resalta el subsector agrícola y pecuario. En el
primer subsector destaca la producción de papa, maíz amiláceo, trigo,
cebada grano, ajo y arveja verde en la zona de la sierra, mientras que
en la zona de la selva fue importante la producción del cacao, café, yuca
20INEI - “Perú: estructura empresarial, 2015”.
Cuadro 21 Región Ayacucho: Número de unidades agropecuarias, parcelas, ganado vacuno, ovino, porcino, alpacas y pollos de engorde, 2012
Vacuno Ovino PorcinoTotal absoluto 121 271 310 501 403 640 603 429 67 883 193 408 58 572
Total relativo 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0
Huamanga 18,9 21,3 13,2 12,0 30,1 10,0 34,1
La Mar 17,9 11,5 7,1 5,4 14,1 0,0 21,2
Huanta 17,4 12,2 5,8 8,1 15,9 0,1 18,3
Lucanas 11,4 14,6 23,8 18,2 5,3 25,7 3,7
Cangallo 8,1 8,9 8,2 8,1 9,6 17,5 4,8
Víctor Fajardo 7,5 9,5 8,2 13,7 4,1 2,3 1,8
Parinacochas 5,7 7,0 11,5 6,0 2,4 26,5 4,8
Vilcashuamán 5,0 4,7 4,2 5,9 11,5 0,0 9,2
Paúcar del Sara Sara 3,2 4,9 3,6 1,1 2,5 3,3 0,4
Sucre 2,5 2,3 5,8 4,0 3,8 13,5 1,4
Huanca Sancos 2,5 3,3 8,6 17,5 0,5 1,0 0,2
AlpacaPollos de engorde
ProvinciasUnidades
agropecuariasParcelas
Ganado
y plátano; y en el subsector pecuario, principalmente sobresale la
producción de carnes de vacuno, ovino y porcino.
De acuerdo al último censo agropecuario realizado por el INEI (2012),
la región contó con 121 mil 271 unidades agropecuarias y 310 mil 501
parcelas, lo significó un promedio de 2,6 parcelas por unidad
agropecuaria. Asimismo, la población de ganado vacuno sumó 403 mil
640 cabezas, 603 mil 429 de ovino y 67 mil 883 de porcino,
respectivamente; mientras que, la crianza de camélidos andinos
alcanzó 193 mil 408 alpacas, y la crianza de aves fue de 58 mil 572
pollos de engorde.
El cuadro siguiente muestra que la provincia de Huamanga concentró
la mayor proporción de unidades agropecuarias (18,9%) y parcelas
(21,3%) de la región; asimismo lideró la crianza de porcinos y pollos de
engorde, representando el 30,1% y 34,1% de la producción regional.
Además, se observa que la provincia de Lucanas registró la mayor
cantidad de cabezas de ganado vacuno (23,8%) y ovino (18,2%); y la
provincia de Parinacochas fue la que contó con el mayor número de
alpacas, con el 26,5% del total de alpacas de la región.
b. Minería:
El desarrollo del sector minero en la región es limitado, a pesar del gran
potencial minero disponible, el cual puede convertirse en una de las
actividades potenciales en el futuro. La producción minera aportó 10,2%
al VAB de la región para el año 2015, donde destacó la producción de
minerales metálicos como oro, plata, zinc, plomo y cobre. Estos se
localizan en su mayoría en la zona sur de la región, principalmente, en
las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara.
Para el año 2016, se produjo en total 567 Toneladas Métricas Finas
(TMF) de cobre, la producción de oro fue de 10 mil 046 Kilogramos
Finos (KGF);en plomo 8 mil 180 TMF; en zinc 42 mil 903 TMF; y en
plata 298 mil 414 KGF. Asimismo, se observa que los volúmenes de
producción mineria presentaron un crecimiento positivo con relación al
año 2012.
1.4.2.5 Industria
También llamado sector manufacturero, este presenta mayor desarrollo
en la ciudad de Ayacucho y casi no tiene presencia significativa en otras
Fuente: INEI – “El nuevo rostro del campo 2012”.
provincias de la región, su situación es marcadamente baja debido al
poco desarrollo de las empresas. Los limitados productos que son
transformados dentro de la región Ayacucho se caracterizan por tener
poco valor agregado, de baja calidad y por tener una presentación de
menor calidad respecto los productos competitivos que ingresan al
mercado ayacuchano.
En este sector, generalmente destacan las pequeñas empresas
dedicadas a la elaboración de productos alimenticios, de consumo
masivo, molineras y panaderías, fábrica de bebidas y productos de
tabaco, y algunos productos de artesanía (principalmente como tejidos
a telares, trabajos en piedra de huamanga, que son exportados). Dentro
de la industria química, destaca la elaboración de productos
intermedios como el yeso, mármol, travertino, arcillas especiales y cal.
El escaso desarrollo del sector primario ha generado que en la región
no existan empresas grandes e importantes dedicadas a la labor
industrial, la presencia de las pequeñas industrias, generalmente dan
una transformación primaria con escaso valor agregado.
1.5 Potencialidades de la Región Ayacucho:
1.5.1 Capital social y cultural:
El capital social y la cultura son componentes que pueden actuar como
palanca de desarrollo e inclusión social. La cultura es ese conjunto de
valores, costumbres, ideas y muchos otros elementos compartidos que
conforman la identidad de las personas; mientras que, el capital social
está relacionado con el grado de confianza, las normas de
comportamiento, la cohesión social, formas de organización social y
cultura de una sociedad, que se ve reflejado en la fortaleza del tejido
social21.
En esta misma línea, el capital social incluye también las diversas
formas de organización social y cultural de una sociedad. La región
Ayacucho tiene aspectos culturales muy arraigadas como son las
fiestas religiosas de Semana Santa, la fiesta de la Cruz del Calvario, la
de San Bernabé, San Antonio, entre otros. También se caracteriza por
su arte popular y artesanía.
Conocida como la ciudad de las iglesias, posee un total de 38 iglesias
de origen colonial con diferentes estilos arquitectónicos y poseen
hermosos altares y retablos tallados en fina madera y bañados en pan
de oro, entre las que destacan la Catedral, Santo Domingo, San
Cristóbal, La Merced, Compañía de Jesús, San Francisco de Asís,
Santa Clara y Santa Teresa. También cuenta con instituciones de
enseñanza superior universitaria como la Universidad Nacional de
Huamanga que permiten formar unos ciudadanos más instruidos y
capaces de comprender sobre la problemática que afecta a la región.
1.5.2 Infraestructura Económica:
La infraestructura tiene un impacto importante en la productividad y
crecimiento de una región. Tal como sostiene el Banco Mundial (2010),
una infraestructura extensa y eficiente es un motor esencial del
crecimiento económico, puesto que reduce el efecto distancia entre las
regiones, permite integrar a los mercados y a los agentes económicos,
21 Bernardo Kliksberg (1999).
así como para determinar la localización de determinadas actividades
económicas que se pueden desarrollar.
Según cifras al año 2015, la región Ayacucho cuenta con una
infraestructura vial total de 10 mil 439,47 Km. de carreteras, de las
cuales el 4,6% se encuentra pavimentada, el 92,9% no pavimentada y
el 2,5% como carreteras en proyecto. Si tomamos en cuenta al tipo de
red, la información señala que el 17% pertenece a la red vial nacional
(carreteras de interés nacional formados por tres ejes longitudinales
principales), 18,5% a la red vial departamental (carreteras circunscritas
a un solo departamento) y 64,5% a la red vial vecinal (carreteras en el
ámbito local cuyas funciones es articular las capitales de los distritos
con los centros poblados)22.
La ciudad de Ayacucho cuenta con un moderno Terminal Terrestre
denominado (a la fecha) Terrapuerto Municipal “Libertadores de
América”.
Representa el centro de operación de la mayoría de empresas de
transporte de pasajeros hacia distintos puntos del interior de la misma
región, así como algunos departamentos del Perú como Lima,
Huancayo, Ica, Andahuaylas y Cusco.
En infraestructura aérea, la Región cuenta con un aeropuerto
denominado “Coronel FAP Alfredo Mendívil Duarte”, el cual está
administrado por Aeropuertos Andinos del Perú S.A23.
22MTC –“Anuario estadístico 2015”. 23Mayor información en: http://www.aap.com.pe/ES/paginas/sedes/WebDetalleSede.aspx?codSede=2
Según el Índice de Competitividad Regional del Perú (INCORE)24
elaborado por el Instituto Peruano de Economía (IPE), en el año 2015,
la región Ayacucho alcanzó un índice de competitividad regional en
infraestructura de 3,3 de una escala de 0 a 10 puntos, de esta forma se
ubicó en el puesto 18 a nivel nacional. Los factores que determinaron
esta ubicación fueron, principalmente, la baja cobertura internet, de
desagüe y agua.
Otro estudio referente al Índice de Competitividad Regional es realizado
por el Consejo Nacional de Competitividad (CNC)25, el cual indica que
24Instituto Peruano de Economía (IPE) – Índice de Competitividad Regional del Perú 2015. Documento disponible en: file: http://www.ipe.org.pe/documentos/indice-de-competitividad-regional-incore-peru-2015 25El ICR del CNC es un indicador agregado que mide el nivel de competitividad de una región compuesto por 8 pilares: Institucionalidad, Infraestructura, Salud, Educación, Innovación, Ambiente, Evolución sectorial y desempeño económico; los pilares mencionados son representados por un total de 58 indicadores. La metodología de construcción del ICR a partir de estos indicadores y pilares busca replicar las mejores prácticas internacionales, tomando como guía el Global CompetitivenessReport del WorldEconomicForum (WEF).
Nota: Las estadísticas del informe INCORE 2014 están basadas en información en información estadística al 2013. Fuente: Instituto Peruano de Economía (IPE) – Índice de Competitividad Regional del Perú 2014.
Cuadro 22
Región Ayacucho: Índice de Competitividad
Regional en Infraestructura, 2015
Indicador Ranking PuntajeÍndice Infraestructura 18,0 3,3
Cobertura Eléctrica 20,0 3,3
Precio de la Electricidad 19,0 2,2
Cobertura de Agua 15,0 6,9
Cobertura de Desague 17,0 2,4
Cobertura de Internet 17,0 1,4
Cobertura de telefonía móvil 17,0 3,8
para el periodo 2011-12, la región Ayacucho se ubicó en el puesto
veinte (20) a nivel nacional, retrocediendo 6 posiciones con relación al
periodo 2008-09, debido al bajo desempeño de indicadores de
asfaltado de la red vial, frecuencia de vuelos, acceso a agua potable e
inversión en infraestructura agropecuaria.
1.5.3 Capital Financiero:
En los últimos años, este sector financiero ha conseguido mostrar un
crecimiento considerable, lo cual ha contribuido con dinamizar la
economía ayacuchana, de esta forma se observa que el número de
entidades financieras han ido en aumento en los últimos años, así como
también el grado de profundización financiera (medido por el ratio
crédito/ Valor Agregado Bruto).
Fuente: Consejo Nacional de la Competitividad (CNC) Elaboración: DRTPE - Observatorio Socio Económico Laboral (OSEL) Ayacucho
Región Ayacucho: Ranking de Competitividad Regional en
Infraestructura, 2008/09 -2011/12
Cuadro 23
De acuerdo al informe del BCRP (2016)26, para el año 2015, la región
contó con un total de 39 instituciones financieras, de las cuales 6
corresponden a la Banca Múltiple (Banco de Crédito, Banco Interbank,
Banco Continental, Mibanco, Banco Financiero, Banco Azteca) y 32 a
instituciones no bancarias (Financiera Crediscotia, Financiera Edyficar,
Financiera Confianza, Financiera Proempresa, Caja Municipal de
Arequipa, Caja Municipal de Ica, Caja Municipal de Huancayo, Caja
Municipal de Piura, Caja Rural Libertadores Ayacucho, Caja Rural
Nuestra Gente, Caja Rural Señor de Luren, Caja Rural Los Andes, entre
otros).
Del mismo modo, los créditos y depósitos financieros se han
incrementado de manera sostenida en el periodo de análisis. Mientras
que el grado de profundización financiera, según cifras disponibles, fue
de 11,5 en el 2015.
26BCRP – “Caracterización del departamento de Ayacucho, 2015”
Fuente: Caracterización del departamento de Ayacucho, BCRP (2015).
Cuadro 24 Región Ayacucho: Número de Entidades financieras, 2014 y 2015
En el desarrollo de este ítem se revisará las variables independientes
de la función de producción del terminal terrestre Los Libertadores para
Caracterización de la Red Vial y Oferta de Transporte
Interprovincial
su funcionamiento, como es la mano de obra que demandara para
brindar los servicios de los subsistemas necesarios para hacer
funcionar el terminal terrestre, la tecnología, la maquinaria y equipos
necesarios.
Es de conocer que la base para un buen diseño de la producción es
un estudio de mercado actual cuidadosamente realizado, con la cual
se pretende conocer con mayor exactitud la magnitud de la demanda
existente. El estudio de campo se realizó en el mes de octubre del
2016, para conocer los flujos de tráfico que genera el servicio actual
en las empresas de transporte autorizadas y no autorizadas por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), así como también
conocer el comportamiento de los pasajeros que utilizan el servicio.
2.1 OFERTA DE TRANSPORTE DEL TERMINAL TERRESTRE:
La oferta de transporte del terminal terrestre está constituida por
empresas que se puede apreciar en el siguiente cuadro:
Cuadro 25 Terrapuerto Municipal: Empresas que operan a Octubre 2016
Ítem Empresa de Trasporte RUC Unidades
Autorizadas
01 OROPESA 20104604332 04
02 ESPINOZA 20519291526 10
03 LIBERTADORES 20507725270 20
04 ANTEZANA 20219801531 33
05 MOLINA 20120550137 60
06 PALOMINO 20417931393 50
07 DIVINO SEÑOR TOURS 20551839703 06
08 CHANKAS 20527820074 13
09 REY BUS 20432994253 10
10 SR DE ATACO 20444985969 25
11 NAZARENO ESPRESS1 20410148651 07
12 MEGA BUS 20485838814 14
13 TEPSA*
14 CIVA 20102427891 434
15 RONCO PERU 20472537131 20
16 AYAVI CLAS 20495174248
17 ZAMORA*
18 ZARMIENTO*
De acuerdo a la investigación y datos recogidos, estas empresas son
las que ofrecen el servicio dentro del terminal terrestre; consultando en
19 MOVIL BUS 20555901179 108
20 TURISMO CENTRAL 20226499572 58
21 SÁNCHEZ 20336086168 17
22 PAUCARTAMBO 20543102858 05
23 JAEN HERMANOS2 20551212905 02
24 SERTOUR MOLINA 20541390554 05
25 ESTRELLA DEL SUR*
26 ECOTOUR*
27 TICLLAS 20443848178 86
28 TRASANDINO 20410071411 15
29 RICRA*
30 INTERNACIONAL
DIVINO SEÑOR
20510740336 19
31 APUSUYU*
32 TURISMO VILCAS* 1/ Unidad Vehicular de la Empresa Halcón Andino. 2/. Unidad Vehicular de la Empresa Santa María
Unidades Vehiculares no inscritos en el MTC Fuente: página web del MTC.
la pág. web del MTC, se pudo tener en cuenta la cantidad de buses
con los que cuentan cada empresa que opera dentro del terminal
terrestre.
Debido a los operativos y otros que realiza el MTC la mayoría de las
empresas que operan dentro del terminal terrestre cuenta con la
autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, algunas
de las empresas trabajan con vehículos inscritos en otras empresas,
es decir que los vehículos están registradas en la base de datos del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones con una razón social
diferente.
Cabe mencionar que la cantidad de vehículos no representa en
proporción directa el consumo del servicio, esto se demostrara en los
cuadros siguientes.
2.2 Principales Destinos:
En el siguiente cuadro se puede observar que el principal destino de
los pasajeros que se embarcan en el terminal terrestre de la ciudad de
Ayacucho, se dirige a la ciudad de Lima; se estima que el 77.1% de
los pasajeros tienen este destino. El restante 22.9% tienen como lugar
de destino Ica, Huancayo, Andahuaylas, Cusco, Pampas, Ocobamba
y Vilcashuamán, en total se ha medido 13 712 pasajeros que viajan en
32 empresas durante una semana, utilizando 456 vehículos en total.
ÍTEM EMPRESA LIMA ICA HUANCAYO ANDAHUAYLAS CUSCO PAMPAS TACA OCOBAMBA VILCAS
HUAMÁN
TOTAL
BUSES
TOTAL
PASAJEROS
B P B P B P B P B P B P B P B P B P
01 OROPESA 6 226 6 226
02 ESPINOZA 22 812 22 812
03 LIBERTADORES 39 1740 39 1740
04 ANTEZANA 56 1941 7 338 7 150 70 2429
05 MOLINA 57 2082 32 827 89 2909
06 PALOMINO 29 806 7 195 36 1001
07 INTERNACIONAL
DIVINO SEÑOR
0 0
08 CHANKAS 6 213 5 67 6 252 17 532
09 REY BUS 14 432 14 432
10 SR DE ATACO 1 19 20 216 21 235
11 NAZARENO
ESPRESS
13 280 13 280
12 MEGA BUS 17 505 17 505
13 TEPSA 7 191 7 191
14 CIVA 7 154 7 154
15 RONCO PERU 12 324 12 324
16 AYAVI CLAS 1 12 4 44 5 56
17 ZAMORA 7 93 7 93
18 SARMIENTO 6 77 2 20 8 97
19 MOVIL BUS 15 411 15 411
20 TURISMO
ENTRAL
5 151 5 151
21 SÁNCHEZ 6 230 1 20 7 250
22 PAUCARTAMBO 3 66 3 66
23 JAEN
HERMANOS
0 0
24 SERTOUR
MOLINA
6 161 6 161
25 ESTRELLA 5 39 5 39
DEL SUR
26 ECOTOUR 1 15 1 11 2 26
27 TICLLAS 6 90 6 90
28 TRASANDINO 0 0
29 RICRA 1 10 2 22 3 32
30 DIVINO SEÑOR 13 460 13 460
31 APUSUYU 0 0
32 TURISMO
VILCAS
1 10 1 10
TOTAL 318 10678 20 759 77 1615 12 154 7 267 14 168 5 39 2 22 1 10 456 13712
B/ Buses. P/. Pasajero Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Libertadores de América.
También podemos observar en el cuadro anterior que alguna de las
empresas tienen destinos definidos, como es el caso de Oropesa que solo
se dirige a Ica; Espinoza, libertadores, Rey Bus, Nazareo Express, Mega
Bus, TEPSA, CIVA, Ronco Perú, Paucartambo y Divino Señor, solo tienen
como destino Lima, y el resto de las empresas varían sus destinos entre
Lima, Ica, Huancayo, Andahuaylas, Cusco, Pampas Taca, Ocobamba y
Vilcashuamán; todo esto en el transcurso de una semana.
2.3 Análisis De La Frecuencia:
Se refiere al volumen del servicio diario que ofrece cada empresa, partiendo
de la ciudad de Ayacucho hacia los diferentes destinos. Mediante esta
información calcularemos el flujo de vehículos que operan durante una
semana, lo que servirá como entrada para estimar el volumen de pasajeros
que hacen uso de este modo de transporte.
Para realizar esta actividad se revisó los registros de embarque del terminal
terrestre y se contabilizo dichos registros de una semana; a lo que a
continuación se muestra:
ÍTEM EMPRESA FECHAS
01-Oct 02-Oct 03-Oct 04-Oct 05-Oct 06-Oct 07-
Oct
01 OROPESA 1 1 1 1 1 1
02 ESPINOZA 3 3 4 3 3 3 3
03 LIBERTADORES 6 6 5 5 5 5 7
04 ANTEZANA 9 10 10 10 10 10 11
05 MOLINA 13 13 13 12 12 11 15
06 PALOMINO 4 5 5 5 5 6 6
07 INTERNACIONAL DIVINO
SEÑOR
08 CHANKAS 3 4 2 4 2 2 3
09 REY BUS 2 2 2 2 1 1 4
10 SR DE ATACO 2 2 2 2 1 1 2
11 NAZARENO ESPRESS 2 2 2 2 2 2 1
12 MEGA BUS 2 3 2 2 2 3 3
13 TEPSA 1 1 1 1 1 1 1
14 CIVA 1 1 1 1 1 1 1
15 RONCO PERU 1 2 2 1 2 2 2
16 AYAVI CLAS 1 1 1 1 1
17 ZAMORA 1 1 1 1 1 1 1
18 SARMIENTO 1 1 1 1 1 2 1
19 MOVIL BUS 3 2 2 2 2 2 2
20 TURISMO CENTRAL 1 1 1 1 1
21 SÁNCHEZ 1 1 1 1 1 1 2
22 PAUCARTAMBO 1 1 1
23 JAEN HERMANOS
24 SERTOUR MOLINA 1 1 1 1 1 1
25 ESTRELLA DEL SUR 1 1 1 1 1
26 ECOTOUR 1 1
27 TICLLAS 1 1 1 1 1 1
28 TRASANDINO
29 RICRA 1 1 1
30 DIVINO SEÑOR 1 2 2 2 2 2 2
31 APUSUYU
32 TURISMO VILCAS 1
Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.
Gráfico 26 Terrapuerto Municipal: Frecuencia de Salidas de las Empresa que operan
En el grafico anterior se ilustra la mayor participación de flota vehicular,
desde la perspectiva de la frecuencia de salida, donde la empresa Molina
que ofrece 89 salidas semanales, con un promedio de 13 salidas diarias.
La segunda empresa con mayor frecuencia de salidas es Antezana con 70
salidas semanales, con 10 salidas promedio diarias, la salida de esta
cantidad tiene una desviación mínima aproximadamente regular.
Cabe señalar a la empresa Libertadores que tiene 39 salidas semanales,
con un promedio aproximado de 6 salidas diarias con salidas
aproximadamente regulares; la empresa Palomino que tiene 36 salidas
semanales con un promedio de 5 salidas diarias; la empresa Espinoza que
tiene 22 salidas semanales, con un promedio de 3 salidas diarias y el resto
de empresas que la cantidad de sus salidas diarias están entre 1 y 4.
2.4 Frecuencia Diaria Del Servicio Total:
En total de la flota que sale de Ayacucho tiene una frecuencia de salida en
promedio de 64 buses diarios, tal como se visualiza en el gráfico:
Gráfico 27 Terrapuerto Municipal: No. de buses embarcados
Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.
2.5 Eficiencia De La Producción Del Servicio
La utilización efectiva de las unidades se determinó registrando el número
de usuarios que se encontraban dentro del ómnibus cuando este salió del
terminal, se tomó como promedio 52 asientos de referencia ya que existe
ómnibus con diferentes números de asientos, en este sentido se realizó el
análisis estadístico obteniéndose un promedio teniendo como resultado el
siguiente cuadro:
ÍTEM EMPRESA
PORCENTAJE
ASIENTOS
OCUPADOS
PORCENTAJE
ASIENTOS
DESOCUPADOS
01 OROPESA 94% 6%
02 ESPINOZA 96% 4%
03 LIBERTADORES 85% 15%
04 ANTEZANA 100% 0%
05 MOLINA 75% 25%
06 PALOMINO 71% 29%
07 INTERNACIONAL DIVINO SEÑOR 0% 0%
08 CHANKAS 54% 46%
09 REY BUS 63% 37%
10 SR DE ATACO 19% 81%
11 NAZARENO ESPRESS 50% 50%
12 MEGA BUS 96% 4%
13 TEPSA 77% 23%
14 CIVA 35% 65%
15 RONCO PERU 58% 42%
16 AYAVI CLAS 23% 77%
17 ZAMORA 27% 73%
18 SARMIENTO 29% 71%
19 MOVIL BUS 60% 40%
20 TURISMO CENTRAL 60% 40%
21 SÁNCHEZ 60% 40%
22 PAUCARTAMBO 60% 40%
23 JAEN HERMANOS 0% 0%
24 SERTOUR MOLINA 44% 56%
25 ESTRELLA DEL SUR 17% 83%
26 ECOTOUR 25% 75%
27 TICLLAS 19% 81%
28 TRASANDINO 0% 0%
29 RICRA 19% 81%
30 DIVINO SEÑOR 92% 8%
31 APUSUYU 0% 0%
32 TURISMO VILCAS 19% 81%
Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.
En promedio se obtuvo que los autobuses se ocuparon con una eficiencia
del 55% (30 asientos ocupados de un total de 52 promedio por cada
vehículo). Como se muestra en el gráfico, la empresa con mejor eficacia
es Antezana, pues sus buses parten con una ocupación del 100% de su
capacidad total, luego encontramos que Espinoza y Mega Bus trabajan
con una eficiencia del 96%, seguido de Oropeza (94%), Divino señor
(96%); como se muestran en el gráfico, se llega a admirar a empresas que
parten del terminal terrestre con solo el 17% de ocupación de los asientos
como es el caso de Estrella del Sur.
Gráfico 28 Terrapuerto Municipal: Nro de buses embarcados
94%96%85%
100%
75%71%
0%
54%63%
19%
50%
96%
77%
35%
58%
23%27%29%
60%60%60%60%
0%
44%
17%25%
19%
0%
19%
92%
0%
19%
6% 4%15%
0%
25%29%
0%
46%37%
81%
50%
4%
23%
65%
42%
77%73%71%
40%40%40%40%
0%
56%
83%75%
81%
0%
81%
8%
0%
81%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%O
RO
PES
A
ESP
INO
ZA
LIB
ERTA
DO
RES
AN
TEZA
NA
MO
LIN
A
PA
LOM
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LLA
S
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SAN
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O
RIC
RA
DIV
INO
SEÑ
OR
AP
USU
YU
TUR
ISM
O V
ILC
AS
PORCENTAJE ACIENTOS OCUPADOS PORCENTAJE ACIENTOS DESOCUPADOS
2.6 Cálculo De Demanda Anual:
De los registros de embarque se pudo obtener la demanda anual del
terminal terrestre, llegando a los siguientes resultados:
Cuadro Nº 29
Se aprecia que la mayor parte de pasajeros tiene como destino Lima con
un 77.9%, seguido de la ciudad de Huancayo con un 11.8% de la demanda
total, Ica con 5.5%, cusco con 1.9%, Andahuaylas con 1.1%, Pampa 1.2%,
Taca 0.3%, Acobamba 0.2% y Vilcasuamán 0.1%.
Cabe mencionar que algunas empresas no orecen salidas regulares como
es el caso de Estrella del Sur y entre otros.
77.9%
5.5%
11.8%
1.1%1.9% 1.2% 0.3% 0.2% 0.1%
CUADRO DE DEMANDA
LIMA ICA HUANCAYO
ANDAHUAYLAS CUSCO PAMPAS
TACA OCOBAMBA VILCASHUAMÁN
Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.
2.7 Perfil Socioeconómico De Los Pasajeros:
Del martes 01 al lunes 07 de noviembre 2016 se realizaron 268 encuestas
a los pasajeros que abordaron los servicios de las diferentes empresas de
transporte para dirigirse a sus respectivos destinos, con fines de análisis
se interesó en conocer las siguientes características:
Ocupación del pasajero
Edad
Género
Ciudad destino
Motivo de viaje
Frecuencia de viajes
Percepción de la comodidad
Modo de viaje urbano en Ayacucho
Origen de los pasajeros.
2.7.1 Ocupación Socioeconómica:
Como se aprecia en el siguiente cuadro el 54% de los viajeros son
hombres y el 46% son mujeres, además que la mayor cantidad de
pasajeros se dedica a la actividad dependiente con un 36%, el 12% de
estudiantes universitarios son quienes llegan o salen de Ayacucho y el
20% de los usuarios del terminal terrestre son jubilados.
Cuadro Nº 30
OCUPACIÓN MUJERES HOMBRES TOTAL COMPOSICIÓN
Independiente 45 23 68 25%
Dependiente 37 60 97 36%
Universitario 14 17 31 12%
Escolar 5 14 19 7%
Jubilado 23 30 53 20%
124 144 268 100%
46% 54% 100%
2.7.2 Edad de los Pasajeros:
Como se muestra en el grafico la mayor cantidad de pasajeros oscilan
entre las edades de 16 a 40 años con un 29% de la cantidad total, seguido
de entre las edades de 18 a 25 años y 40 a 60 años, donde ambos están
representados con un 22% cada uno; el 20% que representa a mayores
de 60 años es en donde se incluye a la mayor cantidad de jubilados
Cuadro Nº 31
7%
22%
29%
22%20%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
menor a 18años
de 18 a 25años
de 26 a 40años
de 40 a 60años
de 60 a más
EDAD DE LOS PASAJEROS
2.7.3 Percepción De La Calidad Del Servicio:
El 43% de los pasajeros del terminal terrestre de Ayacucho percibe el
servicio actual que ofrecen las empresas de transporte como REGULAR,
mientras que el 31% de los pasajeros califica al servicio como BUENO,
pero el 17% lo califica como Malo y 5% como MUY MALO, además 4% lo
califica como MUY BUENO.
Cuadro Nº 32
2.7.4 Motivo del Viaje:
Se pudo encontrar que el 31% de los pasajeros usa el servicio de las
empresas de transporte por motivo de NEGOCIOS; el 21% de los
pasajeros usan el servicio por motivo de VACACIONES, el 23% de los
pasajeros usan el servicio por motivos de TRABAJO, además que solo el
15% de los pasajeros usan el servicio por motivos de TURISMO, este dato
es importante ya que ya que fomenta la actividad económica, y solo el 10%
4%
31%
43%
17%5%
PERCEPCIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
MUY BUENO BUENO REGULAR MALO MUY MALO
de los pasajeros usa el servicio por motivos de ESTUDIO, es decir que la
razón de su viaje son para fines académicos.
Cuadro Nº 33
2.7.5 Modo de Viaje Urbano:
La ciudad de Ayacucho se caracteriza por tener un parque automotor
urbano variado ya que existen taxis, moto taxis y rutas. De las encuestas
realizadas el 35% de los pasajeros utilizaron las diferentes RUTAS para
llegar desde los diferentes puntos de la ciudad hasta el terminal terrestre;
27% de los pasajeros usaron el Moto taxi para llegar al terminal terrestre ya
que en cuestión de precios es inferior en comparación al taxi; el 25% de los
pasajeros llegaron al terminal en taxi y el 13% no uso ninguno de estos
vehículos, es decir llegaron al terminal caminado o con vehículos privados.
23%
10%
21%
31%
15%
MOTIVO DEL VIAJE
TRABAJO ESTUDIOS VACACIONES NEGOCIOS TURISMO
Cuadro Nº 34
2.7.6 Frecuencia de Viajes:
La mayoría de los pasajeros es decir el 26% viaja una vez por mes,
mientras que el 23% de ellos solo viaja una vez al año; los pasajeros que
viajan 2 veces mensualmente representan solo el 17%, al igual que los
pasajeros que viajan 2 veces anualmente; los que viajan 3 veces al mes
solo son el 11% y 4 veces al mes representa el 6%
Cuadro Nº 35
25%
27%
35%
13%
MODO DE VIAJE URBANO
TAXI MOTO TAXI RUTA NINGUNO
26%
17%
11%
6%
23%
17%
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
1/MES 2/MES 3/MES 4/MES 1/AÑO 2/AÑO
FRECUENCIA DE VIAJES
2.7.7 Procedencia de los Pasajeros antes de Abordar el Bus:
La mayor cantidad de la población usuaria provienes de las demás
provincias de la región (42%), mientras que los usuarios de la misma
ciudad de Ayacucho alcanza los 33%, además que los usuarios de otras
regiones llega a un 25%, esto quiere decir que el terminal abastece una
demanda regional atravesando las fronteras de la provincia de huamanga;
estos datos son importantes ya que de lo mencionado se podrá evaluar
los beneficios sociales a nivel regional.
MODELO ECONÓMICO
En este ítem se hace un análisis previo tener conocimiento del mercado,
en cuanto al comportamiento y funcionabilidad de la oferta de buses
interprovinciales y la cantidad de pasajeros que demanda este tipo de
transporte teniendo como origen la ciudad de Ayacucho hacia los
diferentes destinos; teniendo en consideración que se tiene la
infraestructura vial en funcionamiento y siendo una unidad capaz de
producir sus propios ingresos económicos y resuelve sus propios costos,
generando la liquidez y rentabilidad necesaria para la sostenibilidad de
este proyecto.
Se considera que los beneficios privados del operador de terminal terrestre
deben producir beneficios sociales a favor de los pasajeros, y la
rentabilidad social de esta infraestructura.
3.1 Fuentes de Ingresos y Proyección:
Para poder tener el cálculo de las fuentes de ingresos que actualmente
tiene el Terrapuerto Municipal para el manejo de los costos de operación
proviene de 9 actividades que se desarrollarán y explotan al interior del
Terminal Terrestre tal como se ha recabado la información de los mismos
operadores. Estas actividades son productivas y comerciales, y los
ingresos se han calculado en los próximos años, desde el 2016 hasta el
2045, afectos a una inflación anual conservadora de 4%, dado por el
desempeño económico sostenido de la economía peruana en los últimos
15 años y la confianza que crea en los empresarios el actual gobierno.
Entre otros factores de proyección económica que se debe tener en cuenta
se ha trabajado con una devaluación de 1.56% que concuerda con los
planes del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF aplicados a los
proyectos de inversión con recuperación de largo plazo.
Por otro lado se ha haberse analizado la tasa de crecimiento poblacional
de la Región Ayacucho de 2.1%; y el Producto Bruto Interno Regional en
3.37% correspondiente al último ciclo económico, con estos datos nos será
posible predecir los ingresos futuros, afectos a un factor de ajuste
necesario para evitar la existencia de Proyecciones optimistas. Para ello
para el siguiente análisis utilizaremos el factor de seguridad de 100% para
todos los factores del año 1 al 10, factor de seguridad de 95% para los
años 11 al 20 y finalmente un factor de seguridad del 100% para el último
decenio del 21 al 30. Este criterio se basa en los ciclos económicos para
evitar proyecciones muy optimistas.
En el siguiente gráfico se observa la proyección creciente de la demanda
esperada para los próximos 20 años, para el Terminal Terrestre. Teniendo
proyectado actualmente el embarque de 590 830 pasajeros para el año
2016, se espera que esta crezca a razón de 10,000 promedio anual solo
como consecuencia del crecimiento poblacional tal como indica nuestras
proyecciones de crecimiento poblacional y la mayor renta de los usuarios
dado por el PBI per cápita que recibirían en este lapso futuro y el uso de
acuerdo a la finalidad. Finalmente, la proyección estimada de pasajeros
usando el terminal terrestre sería de 963 809 pasajeros en el 2045.
Al calcular los volúmenes de pasajes futuros vendidos y pasajeros que se
embarcan dentro de las instalaciones del terminal terrestre por cada
empresa de transporte, se estimar el ingreso del operador por concepto de
la tasa embarque de cada pasajero y/o pasaje vendido S/. 1.50 por cada
pasajero que embarque en la plataforma de ascenso. De esta forma, para
el 2016 se proyecta un ingreso por este rubro de S/. 1 297 170; lo que está
efecto al índice inflacionario anual.
La demanda que se tiene por cada empresa de transporte, en combinación
con su índice de ocupabilidad (boletos vendidos) y la eficacia actual ratio
de promedio de asientos desocupados al largo plazo, nos permiten estimar
la cantidad de counter (boleterías) que actualmente alquilan las empresas
de transporte en el terminal terrestre. De forma conservadora se estima
que las mismas empresas que brindan actualmente el servicio estarían
usufructuando el Terminal Terrestre hasta el 2045, atendiendo a la
Cuadro 36 Región Ayacucho: Proyección de Pasajeros del Terminal Terrestre al 2045
Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Los Libertadores - Ayacucho
demanda de pasajeros proyectadas. De esta forma, el operador podrá
arrendar cada espacio de boletería por un monto de S/. 650.00 mensual;
lo que representa un ingreso bruto para el operador de S/. 315 075 En el
año 2016 asumiendo que todas las empresas paguen y continúen
alquilando.
En el siguiente Cuadro se presentan todos los ingresos estimados para los
próximos 30 años (2016 – 2045). Estos ingresos están expresados en
Soles.
TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER
2016 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2017 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2018 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2019 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2020 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2021 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2022 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2023 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2024 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
2025 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406
AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO
TOTAL
Cuadro 37 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2025
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari
Cuadro 38 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2035
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari
Cuadro 39 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2045
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari
TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER
2026 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2027 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2028 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2029 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2030 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2031 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2032 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2033 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2034 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
2035 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701
AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO
TOTAL
TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER
2036 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2037 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2038 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2039 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2040 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2041 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2042 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2043 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2044 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
2045 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187
AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO
TOTAL
Los ingresos por embarque de autos colectivos está considerando el
despacho diario de 50 autos colectivos de servicio interdistrital,
cancelando por cada salida el importe de S/. 3.00, durante 26 días al mes.
3.2 Egresos de Terminal:
Para poder brindar en forma efectiva la producción de servicios de
satisfacción del operador privado y/o estatal y con beneficios tangibles
para los pasajeros y empresa de transporte. En la búsqueda de esta
eficiencia, los costos privados deben ser lo suficientemente óptimos para
producir rentabilidad o margen económico.
Para el cálculo de los costos operacionales debemos tener en cuenta la
función de producción de este tipo de negocio, que por tratarse de una
empresa de infraestructura está sujeta a la siguiente función de producción
para producir un nivel de servicio q¯:
q¯ = †(K, E, L, F, N)
Siendo:
K, unidades de infraestructura ofertadas
E, equipamiento del Terminal Terrestre
L, personal para que funcione el terminal
F. energía y otros servicios
N, uso de suelo del terminal
3.2.1. COSTO DE LA INFRAESTRUCTURA:
Calcularemos este costo en función a la depreciación de la infraestructura
proyectada. Para ello es necesario desarrollar el nivel de inversión que fue
necesaria para poner en marcha este proyecto. En el siguiente cuadro se
aprecia la inversión de USD 3’401,932 necesaria para construir la
infraestructura del diseño del actual Terminal Terrestre.
3.2.2. COSTO DE EQUIPAMIENTO:
El mobiliario necesario para el funcionamiento del Terminal Terrestre viene
dado por todos los equipos y maquinarias necesarios, como son el equipo
para lavado de buses, mantenimiento menor, enllante, sistemas
automáticos de control, equipo de iluminación, etc. La depreciación de este
equipamiento nos da el costo a considerar en el modelo económico del
terminal.
3.2.3. COSTO DE PERSONAL:
Dentro de este apartado se expondrá los costos administrativos
necesarios para que funcione la organización administrativa y los servicios
operativos del terminal terrestre.
Planilla Mes
Directorio 8,000
Gerente General 5,000
Asistente de Gerente General 1,800
Asesoría Juridica 2,500
Director Planificación y Presupuesto 3,500
Contador 2,500
Director de Recursos Huamanos 3,500
Director de Operaciones 3,500
Infórmaticos 2,200
Director de Tesoreria 1,500
34,000
PERSONAL ADMINISTRATIVO
De los cuadros podemos observar la necesidad básica que debe tener el
Terminal Terretsre.
3.2.4. COSTO DE ENERGÍA Y OTROS SERVICIOS:
Se emplea energía eléctrica para la iluminación de las instalaciones, para
a seguridad (cámaras, monitores, centros de control) y otros locales
construidos al interior de las instalaciones del terminal. Se tiene que el
consumo mensual de energía para este terminal, varia mensualmente se
Tiene un costo estimado para el año 2016 de S/. 787.00 soles
Además consideramos el consumo de agua potable para utilizar en los
diferentes servicios como servicios higiénicos, limpieza, cafeterías, etc. Se
tienen un costo promedio de S/ 3 219.00 soles. Los Servicios de Telefonía
para producir servicio de internet y teléfono fijo móvil, llegaría a una
facturación mensual de S/. 201.000
Cantidad Unitarios Planilla mes
Administrador de Frecuencias 1 1,500 1,500
Control Boleteria 2 1,200 2,400
Adm. Parqueo Taxis 2 1,200 2,400
Adm. De Servicios de Seguridad 2 500 1,000
Servicio de Seguridad 12 1,400 16,800
Limpieza de ambientes 6 1,000 6,000
Servicios a Buses 3 1,200 3,600
Mantenimiento Menor 2 1,500 3,000
Auxiliar Administrativo 2 1,500 3,000
Enfermera 2 1,500 3,000
Técnico en enfermeria 2 1,500 3,000
Información Turistica 2 1,500 3,000
48,700
PERSONAL OPERATIVO
3.2.5. COSTO DE BIENES Y SERVICIOS
En la actualidad el terminal tiene diferentes costos en materia de bienes y
servicios de acuerdo al siguiente detalle:
DESCRIPCIÓN S/
Vestuario Personal 1,379
Gastos Operativos 1,778
Sticker Invent. tarjetas postales 464
Viáticos 409
Material de Limpieza 4,895
Útiles de escritorio 661
Otros Gastos (arreglo-tachos 7,083
Impresión de Comprobantes 1,896
Mobiliario 171
Alquiler Sigmu 222
18,959
3.2.6. COSTO IMPUESTO PREDIAL:
En la actualidad el terminal realiza el pago de Impuesto Predial Municipal
DE s/. 90 250.00 tiene diferentes costos en materia de bienes y servicios:
2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025
INGRESOS ECONÓMICOS 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406
EGRESOS
GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,616,174 -1,613,746 -1,611,317 -1,608,889 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461
DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069
DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS -9,713 -7,285 -4,857 -2,428
Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000
Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400
Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444
Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628
Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412
Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508
UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 1,359,232.236 1,361,660 1,364,089 1,366,517 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945
IMPUESTO A LA RENTA 30% -407,770 -408,498 -409,227 -409,955 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684
IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250
DEPRECIACIÓN ACUMULADA 471,782 469,354 466,925 464,497 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069
FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,332,994 1,332,266 1,331,537 1,330,809 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080
Cuadro 40 Región Ayacucho: Flujo de Caja del Terrapuerto Municipal al 2025
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari
2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035
INGRESOS ECONÓMICOS 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701
EGRESOS
GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461
DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069
DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS
Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000
Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400
Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444
Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628
Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412
Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508
UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240
IMPUESTO A LA RENTA 30% -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872
IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250
DEPRECIACIÓN ACUMULADA 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069
FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187
Cuadro 41 Región Ayacucho: Proyección del flujo de Caja Terrapuerto Municipal al 2035
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari
2036 2037 2038 2039 2040 2041 2042 2043 2044 2045
INGRESOS ECONÓMICOS 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187
EGRESOS
GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461
DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069
DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS
Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000
Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400
Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444
Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628
Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412
Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508
UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726
IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250
IMPUESTO A LA RENTA 30% -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218
DEPRECIACIÓN ACUMULADA 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069
FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327
Cuadro 42 Región Ayacucho: Proyección del Flujo de Caja del Terrapuerto Municipal al 2045
1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari