1
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Título Segundo de la Administración Pública Centralizada, Capítulo I De las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos, Artículo 19 y al Reglamento Interior de esta Secretaría, Capítulo II de las Facultades del Secretario, Artículo 6 Fracción IX, el Lic. Javier Lozano Alarcón, en su carácter de Secretario del Trabajo y Previsión Social, ha tenido a bien expedir el presente MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO
A T E N T A M E N T E
Secretario del Trabajo y Previsión Social
Lic. Javier Lozano Alarcón
Oficial Mayor
Lic. Héctor Alcudia Goya
Procurador General
Lic. Joaquín Blanes Casas
2
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
INDICE GENERAL
PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN PRESENTACIÓN DEL MANUAL
I. MARCO GENERAL
MARCO JURIDICO MARCO ESTRATEGICO ORGANIZACIÓN INTERNA
II. PROGRAMAS APLICABLES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL
SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO (MATRIZ DE INDICADORES) PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS PROGRAMA DE SEGUIMIENTO CIS – CARTA COMPROMISO AL CIUDADANO
III. CADENA DE VALOR Y MEDICIÓN
EL ENFOQUE AL USUARIO FORMAS DE MEDICIÓN CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS ASESORÍA – MEDICINA LEGAL CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN REPRESENTACIÓN JURIDICA – AMPAROS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES SISTEMA DE INFORMACIÓN
IV. PROCEDIMIENTOS POR PROCESO.
PROGRAMACIÓN CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS ASESORIA MEDICINA LEGAL CONCILIACION REPRESENTACIÓN JURIDICA Y AMPAROS SUPERVISIÓN GESTION DE RECURSOS: FINANCIEROS, MATERIALES Y HUMANOS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y NORMAS DE SEGURIDAD INFORMATICA
V. MAPA DE ADMINISTRACION DE RIESGOS
3
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Responsabilidades
asignadas en el Reglamento Interior de
la STPS:
Cómo se atienden:
Formato 1
Marco general
Formato 2
Operaciones Básicas y Sistemas aplicables
Formato 3
Cadena de Valor y medición
Formato 4 Procesos
Formato 5
Matriz de Riesgos
Ejercer las funciones de su competencia de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo y en las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables;
Definición y alcance del: Normativo
Estratégico Código de Conducta
Definición y forma de aplicación de las operaciones: Programación Supervisión Control y Evaluación
Descripción y definición de las Cadenas de valor por procesos sustantivos y las fichas de proceso
Descripción de los
procesos sustantivos incluyendo su
operación automatizada, la
generación de reportes y su enlace
con otros procedimientos.
Riesgos aplicables
Realizar la planeación, programación, organización, dirección, control y evaluación de sus actividades, conforme a los lineamientos, normas legales y reglamentarias correspondientes,
Normativo Estratégico
Código de Conducta
Programación Supervisión Control y Evaluación
Cadena de Valor por relaciones interinstitucionales
Descripción de los procesos aplicables
Riesgos aplicables
Llevar su propia contabilidad y elaborar, analizar y consolidar los estados financieros del órgano, debiendo proporcionar a la Secretaría la información y documentación que le solicite.
Normativo Estratégico
Código de Conducta
Programación Supervisión Control y Evaluación
Cadena de Valor por relaciones interinstitucionales
Descripción de los procesos aplicables
Riesgos aplicables
4
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) fundada en 1929, tiene a su cargo el cumplimiento, en el ámbito federal, de las funciones que le confiere la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Interior de la propia Secretaría y el Reglamento de la institución. Como autoridad del trabajo, lleva a cabo la defensa gratuita y la tutela de los derechos de los trabajadores cuya actividad económica está considerada como de la competencia federal. En su etimología, procurar proviene del término “cura” cuya acepción deriva “cuidado, solicitud” Procurar para la Real Academia es facilitar o proporcionar una cosa a alguien o intervenir para que la tenga; es ejercer el oficio de procurador. En México, la Procuración de Justicia Laboral sigue los principios doctrinarios que consideran que Procuración de justicia son todas aquellas diligencias realizadas por el órgano competente a fin de proporcionar eficazmente la aplicación de las normas, ejerciendo una serie de funciones que van desde la promoción de los derechos y obligaciones correspondientes, la asesoría sobre las materias e incluso la propia representación de los afectados por el incumplimiento de las mismas. Los Principios Administrativos que la institución observa están dados por su inclusión en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el Eje Rector 2. Economía Competitiva, y Generadora de Empleos; objetivo 4. Promover las políticas de Estado y generar las condiciones y el mercado laboral que incentiven la creación de empleos de alta calidad en el sector formal; en el que exige que las actividades de procuración de justicia sean en forma pronta y expedita. En cuanto al Programa Sectorial del Trabajo y Previsión Social, se marcan dos tareas fundamentales para atender los reclamos de los trabajadores: Obtener resultados favorables en las conciliaciones promovidas y en los juicios interpuestos. Como parte del conjunto de instituciones relacionadas con la materia laboral, pertenece a la Administración Pública Federal como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con autonomía técnica y administrativa, y así como lo establecido en su reglamento en el capitulo lll. De las atribuciones, Artículo 12, fracción XII Y XXI; del Artículo 13, fracción Vlll. y el Artículo 17 fracción V. que hacen mención a las responsabilidades de las áreas que conforman la procuraduría para la construcción de propuestas, elaboración y aprobación de los manuales de organización. Es importante considerar la interpretación Jurisdiccional: Procurar es diferente de Impartir justicia. La interpretación llevada a cabo por los tribunales federales en la resolución de controversias en varias materias, reconoce que la "procuración de justicia" es una fase distinta y anterior a la impartición de justicia y que ambos están a cargo de sujetos activos diferentes.
5
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Al citar la tesis: "no se puede hablar de falta de auxilio a la administración de justicia, cuando el hecho u omisión ha ocurrido, apenas, en la fase de averiguación previa, o sea, en el período de investigación y procuración de justicia“, implica que la "procuración de justicia" es una fase distinta y anterior a la administración-impartición de justicia y a cargo de "sujetos activos" diferentes. Al citar la tesis: "no se puede hablar de falta de auxilio a la administración de justicia, cuando el hecho u omisión ha ocurrido, apenas, en la fase de averiguación previa, o sea, en el período de investigación y procuración de justicia“, implica que la "procuración de justicia" es una fase distinta y anterior a la administración-impartición de justicia y a cargo de "sujetos activos" diferentes. El criterio jurisprudencial del término al parecer se refiere a la procuración como una etapa previa al proceso encargada, primordialmente, a las autoridades administrativas a las que se excluye de la impartición de justicia. En el presente MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y PROCESOS, se destaca la forma en que la PROFEDET cumple y ejerce con diversas consideraciones a partir del marco legal que rige las actividades del Órgano Desconcentrado, en el cual se precisa que en México la aplicación de las normas de trabajo corresponde a autoridades locales y federales, según lo establece el artículo 123 Constitucional en su Apartado “A”, fracción XXXI y 527, 528, y 529 de la Ley Federal del Trabajo. Debido a que la PROFEDET es una Autoridad de Trabajo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 523 de la Ley Federal en la materia, le compete la aplicación de las normas de trabajo en la competencia federal, de acuerdo al Artículo 123, Apartado “A”, fracción XXXI, y al Artículo 527 de la Ley citada. Por su parte la Procuración de Justicia Laboral, tiene su base en la Ley Federal del Trabajo en el Capítulo III, del Título XI, (Art. 530-536) en la cual establece que a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a través de sus procuradores, asesora y representa a los trabajadores que soliciten los servicios de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, de manera gratuita. Los servicios que preste la Procuraduría a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios serán gratuitos y, salvo los casos de excepción establecidos en la Ley, a petición de parte. Al construir el presente Manual de Organización y Procesos se reconoce que es el documento que concentra en forma sistemática una serie de elementos de gestión y es necesario para orientar las tareas de la Institución, unificando los criterios de desempeño y cursos de acción que deberán seguirse para cumplir con los objetivos trazados. Incluye las normas legales, reglamentarias y administrativas que se han ido estableciendo en el transcurso del tiempo y su relación con las funciones y la forma en que la institución se encuentra organizada. Es una herramienta de soporte para la organización, contiene los objetivos, normas, políticas y procedimientos de cada una de las Unidades Administrativas, uniforma los criterios y conocimientos dentro de las diferentes áreas de la organización, relacionándolos con la misión, visión y objetivos de la dirección de la misma.
6
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
PRESENTACIÓN DEl MANUAL. El presente MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, (PROFEDET) describe la forma en que el Órgano Desconcentrado lleva a cabo la encomienda de Ley de orientar y asesorar a los trabajadores, sus beneficiarios y sindicatos, sobre los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, así como de los trámites, procedimientos y órganos competentes ante los cuales acudir para hacerlos valer; así mismo recibe de los usuarios, las quejas por el incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, cita a los actores de la producción para llegar a soluciones conciliadoras respecto a los conflictos que afrontan y, representa a la población objetivo, cuando éstos así lo soliciten, ante los órganos jurisdiccionales, administrativos y cualquier otra institución pública o privada, a efecto de ejercitar las acciones y recursos que correspondan en la vía ordinaria especial, inclusive el juicio de amparo, hasta su total terminación. La estructura del presente Manual es la siguiente: está dividido en cinco capítulos que a su vez, se consideran como formatos, dado que la información que contiene cada uno permite describir una cadena de suministro en donde convive un esquema de medición y de control de las operaciones. El primero capítulo contiene el marco normativo y estratégico que rige y orienta las operaciones de la institución. En este se precisa la estructura orgánica así como las atribuciones y las facultades de los diferentes niveles jerárquicos. Precisa la forma en que su actividad se desprende del Plan Nacional de Desarrollo y del propio Programa Sectorial de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, define los objetivos que le corresponde satisfacer. El segundo, describe las operaciones básicas y los sistemas aplicables a la operación del Órgano Desconcentrado; destaca la forma de medir el nivel de cumplimiento del objetivo Institucional así como la cobertura de los servicios. El tercer capítulo, se refiere a la forma en que se demuestra el enfoque al usuario; cómo se organiza la institución para servirlo. Se precisa la forma en que interactúan los procesos sustantivos y el peso de cada uno de ellos para efectos de una cadena de suministro que aspira a agregar valor en cada fase a favor de los usuarios. Enfatiza en los procesos clave y la forma en que estos se desarrollan para asegurar la procuración de justicia laboral. Se refiere a los procesos de valor, sus entradas, forma de medición y productos y servicios que se ofrece a la comunidad laboral. El cuarto, hace referencia a todos los procedimientos aplicables a los procesos sustantivos y de apoyo en este se precisa la forma en que se utiliza el Sistema Integral de Procuración de la Defensa del Trabajo. Finalmente, el quinto formato o capitulo se refiere al Mapa de Riesgos que implica la actividad de Procuración de Justicia laboral, siguiendo los Modelos establecidos por la Secretaría de la Función Pública. Su propósito es describir con el mayor grado de detalle aquellas actividades que permitan actuar a favor de los trabajadores y que signifiquen desarrollar trabajos que aporten valor a los usuarios, el cumplimiento de sus expectativas legítimas y que repercutan en la consecución de justicia, oportunidad, honestidad, legalidad y confianza en las instituciones del país.
7
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Marco General
8
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Nombre del capitulo: Marco general para la Procuración de la Justicia Laboral.
Lo que usted encuentra en este capítulo:
Concepto
Consiste en:
Presentación
Explicar la procuración de la defensa del trabajo; su antecedente, lo que se propone y lo que se espera de su inserción en el conjunto de instituciones del sector laboral.
Marco jurídico
Identificar la lista de las diferentes disposiciones de carácter jurídico: Leyes Federales, Convenios internacionales, leyes, Códigos, reglamentos y demás normas que conducen la aplicación de la Procuración de la Justicia laboral, cuyo conocimiento es obligatorio.
Marco Estratégico
Presentar la razón de ser institucional y su aspiración de futuro así como los objetivos que se persiguen y que son calificados y cuantificados por el sistema administrativo.
Organización Interna
Identificar la Carta de Organización con la pirámide cargos - labores de la PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO. Se establecen tramos de control sobre los procesos y las líneas de mando. Se definen las áreas que llevan a cabo el soporte administrativo: programación, gestión, control e información. Se definen mediante transcripción directa del reglamento de la Institución las atribuciones y facultades de las áreas y de los responsables.
Marco Interinstitucional
Enunciado de Los Programas de la Administración Pública Federal a los que está obligada la institución a cumplir para garantizar corresponsabilidad dentro del sector y dentro de las instituciones que forman el gobierno federal.
Síntesis del Código de Conducta
Se incluye una síntesis del Código de Conducta vigente en la Institución
9
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal Reglamento de la Ley Del Servicio de la Tesorería de la Federación Reglamento de Escalafón Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la APF Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria Lineamientos para la instalación y facultades de los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de las Dependencias y Órganos Desconcentrados de la APF Lineamientos para la Evaluación del Desempeño de los Servidores Públicos de la APF Acuerdo por el que se delegan en el Procurador General y en el Titular de la Secretaría General Administrativa de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, las facultades que se señalan Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Transparencia y Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal. Acuerdo por el que se Delega la Facultad de suscribir los convenios y contratos que se indican, en el titular de la Secretaria General Administrativa de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables
MARCO JURIDÍCO
GESTIÓN DE RECURSOS Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Ley del ISSSTE y su reglamento Presupuesto de Egresos de la Federación. Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
reglamento Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley de Planeación Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Ley General de Bienes Nacionales Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación Manual de Normas Presupuestarias Circular 01 Normas Internas para el Ejercicio del Presupuesto. Clasificador por Objeto del Gasto Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Ley Federal de las Entidades Paraestatales Ley de Planeación Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 Programa Sectorial de la STPS 2007-2012
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
Programa de Desarrollo Informático Política Informática Lineamientos Generales para solicitar el Dictamen Técnico de la viabilidad de los Servicios de
Tecnologías de Información y Telecomunicaciones Políticas Generales de los Servicios Institucionales de Tecnologías de Información y Comunicaciones de
Cómputo Personal Acuerdo que adiciona el diverso por el que se modifica el Comité Consultivo de Informática y
Telecomunicaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Ley Federal de Derechos de Autor Ley de la Propiedad Industrial Reglamento de la Ley Federal de Derecho de Autor Reglamento de la Propiedad Industrial y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables
10
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
MARCO JURIDÍCO
PROCURACIÓN DE JUSTICIA LABORAL
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Convenios Internacionales del Trabajo celebrados y ratificados por los Estados miembros de la Organización Internacional del Trabajo. Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte celebrado entre el gobierno de los Estados Unidos, el Gobierno de Canadá y el
Gobierno de los Estados Unidos de América (ACLAN) y disposiciones derivadas del mismo. Ley Federal del Trabajo. Ley del Seguro Social Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia Ley de los Sistemas de Ahorro para el retiro Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la LFT (Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresas) Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización Reglamento del Recurso de Inconformidad Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro Reglamento para la celebración de los convenios Reglamentos en materia de INFONAVIT Resoluciones Jurisdiccionales Manual de Organización General de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Circulares CONSAR, IMSS-INFONAVIT El presente Manual y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables
11
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012 MARCO ESTRATÉGICO
MISION Brindar de manera gratuita, los servicios de asesoría conciliación y representación jurídica a través de un servicio profesional, honesto y eficiente, promoviendo la cultura de la prevención, privilegiando la conciliación como forma de solución expedita de los conflictos y de ser necesaria, la representación de los trabajadores, sus beneficiarios y sus sindicatos ante los tribunales laborales.
VISION Ser la instancia de gobierno federal debidamente posicionada ante la sociedad y reconocidas por su apego a legalidad en materia de procuración de justicia laboral, con la capacidad de transformación para la defensa efectiva del trabajo.
Procurar la defensa del trabajo en la República Mexicana y Prevenir los conflictos laborales de Competencia Federal.
La razón de existir:
Lo que deseamos ser:
El objetivo estratégico
El objetivo institucional
Procurar la justicia laboral en defensa del los trabajadores de forma gratuita, expedita, honesta y cálida
12
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
ORGANIZACIÓN INTERNA
13
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
COMPETENCIA Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO
PROCURADURÍA GENERAL “Artículo 12. La representación, trámite y resolución de los asuntos de la Procuraduría corresponde originalmente al Procurador General, quien tendrá las facultades siguientes: I. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos que estén bajo su responsabilidad, así como recibir en acuerdo a los servidores públicos
subalternos y atender en audiencia al público; II. Proponer al Secretario, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, los anteproyectos de leyes,
reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas sobre los asuntos de su competencia; III. Aprobar las políticas generales en materia de conciliación, asesoría, apoyo técnico y de lo contencioso, así como las políticas, normas,
sistemas y procedimientos para la administración de los recursos materiales y de cualquier otra índole administrativa para el funcionamiento de la Procuraduría, de conformidad con el presente Reglamento y la legislación aplicable, en coordinación con la Oficialía Mayor de la Secretaría;
IV. Proponer al Secretario la celebración de convenios de coordinación, de colaboración administrativa y demás instrumentos jurídicos que sea conveniente suscribir en las materias competencia de la Procuraduría;
V. Denunciar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación las contradicciones de tesis que sustenten los Tribunales Colegiados de Circuito, cuando la Procuraduría haya representado a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, en los juicios en que tales tesis hubieran sido sostenidas;
VI. Hacer del conocimiento de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la contradicción de criterios sustentados en los laudos dictados por las Juntas Especiales, informándole a su Presidente los casos concretos que así se hayan resuelto, para que por su conducto se sometan al Pleno de dicha Junta, a efecto de que se resuelva conforme a derecho;
VII. Aplicar la medida de apremio que se refiere la fracción III, del artículo 4 de este Reglamento; VIII. Denunciar ante las instancias competentes el incumplimiento de los deberes de los servidores públicos encargados de impartir justicia laboral
en los juicios en que intervenga; IX. Remitir a la Contraloría Interna en la Secretaría para su sustanciación y resolución, la documentación correspondiente a las quejas
presentadas en contra de los servidores públicos de la Procuraduría; X. Proponer al Secretario la creación, modificación o cancelación de las Procuradurías Federales; XI. Proponer al Secretario la delegación en servidores públicos subalternos de sus facultades, así como las medidas que se requieran para
garantizar la eficiencia, modernización y simplificación de los procedimientos operativos; XII. Proponer al Secretario, para su aprobación, los anteproyectos de programas y de presupuesto, los manuales de organización, de
procedimientos y de servicios al público; XIII. Adscribir orgánicamente a las unidades administrativas a que se refiere el artículo 6 de este Reglamento, entre el propio Procurador General,
las Subprocuradurías Generales y la Secretaría General; XIV. Autorizar la documentación necesaria para las erogaciones con cargo al presupuesto, de conformidad con las disposiciones que se
establezcan; y de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los asuntos relacionados con el personal del órgano a su cargo;
14
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
XV. Dirigir, resolver y autorizar conforme a los lineamientos que establezca el Secretario, y de conformidad con las disposiciones legales
aplicables, los asuntos relacionados con el personal del órgano a su cargo; XVI. Autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir
adecuadamente con las funciones encomendadas a la Procuraduría, estableciendo la debida coordinación con la Oficialía Mayor y las Delegaciones Federales del Trabajo de la Secretaría;
XVII. Suministrar la información y proporcionar la cooperación técnica que le sea requerida por las unidades administrativas de la Secretaría y por otras dependencias del Ejecutivo Federal, de acuerdo con las políticas establecidas a este respecto;
XVIII. Autorizar la planeación, diseño y establecimiento de las estrategias y programas para la implantación de la infraestructura de cómputo, telecomunicaciones y sistema de información que requiera la Procuraduría, en coordinación con la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría;
XIX. Supervisar la coordinación del proceso de planeación a corto, mediano y largo plazo, así como participar en la definición de metas, objetivos y estrategias institucionales;
XX. Autorizar la elaboración de los estudios estadísticos y de evaluación de la gestión de la Procuraduría; XXI. Aprobar los programas de trabajo y manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público correspondientes, para someterlos
a la autorización de las instancias competentes y vigilar su actualización permanente; XXII. Aprobar la información oficial requerida por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
XXII. Expedir certificaciones sobre los asuntos de su competencia; XXIII. Las que correspondan a los Subprocuradores Generales y a la Secretaría General; XXIV. Desempeñar las comisiones que le confiera el Secretario, y XXV. Las demás que le señalen otras disposiciones legales, reglamentarias y las funciones que le encomiende el Secretario, dentro de la esfera de
sus facultades.
SUBRPROCURADORES GENERALES Artículo 13. Los Subprocuradores Generales tendrán las facultades genéricas siguientes: I. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las áreas administrativas a su cargo, de conformidad con el presente
Reglamento, los requerimientos técnicos de la función, los lineamientos que le señale el Procurador General y demás disposiciones aplicables; II. Proponer al Procurador General la celebración de convenios de coordinación, de colaboración administrativa y demás instrumentos jurídicos
que sea conveniente suscribir en las materias de su competencia; III. Hacer del conocimiento del Procurador General los criterios contradictorios en que incurran las Juntas Especiales de la Federal de
Conciliación y Arbitraje y los Tribunales Colegiados de Circuito; IV. Atender las quejas presentadas en contra de los servidores públicos de la Subprocuraduría a su cargo y de las unidades administrativas
adscritas a ella con motivo del ejercicio de sus funciones, y turnar la documentación correspondiente al Procurador General, en su caso, a fin de que por su conducto se envíe a la Contraloría Interna en la Secretaría para su sustanciación y resolución;
V. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que por delegación o suplencia les correspondan;
15
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
VI. Proponer al Procurador General la delegación de sus facultades en servidores públicos subalternos; VII. Someter a la consideración del Procurador General los manuales de organización interna, procedimientos y servicios de las áreas
administrativas a su cargo, de conformidad con las normas aplicables; VIII. Proporcionar la información, datos y cooperación técnica que les sean requeridos por las unidades administrativas de la Secretaría; IX. Formular los anteproyectos del programa y presupuesto que les corresponda, verificando su correcta y oportuna ejecución; X. Establecer la debida coordinación con la Secretaría General para la selección y contratación de personal, así como para la prestación del
servicio social por parte de pasantes; XI. Expedir certificaciones sobre los asuntos de su competencia; XII. Presentar al Procurador General un informe mensual de las actividades realizadas por la Subprocuraduría, y XIII. Desempeñar las comisiones que el Procurador General les encomiende y las demás funciones que éste les asigne dentro de la esfera de sus
facultades.
SUBPROCURADURÍA GENERAL DE CONCILIACIÓN Y DEFENSORÍA
Artículo 14. A la Subprocuraduría General de Conciliación y Defensoría le corresponden las facultades siguientes:
I. Proponer al Procurador General para su aprobación, las políticas generales en materia de conciliación y de lo contencioso, así como vigilar la adecuada defensa de los intereses jurídicos de los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios;
II. Realizar, promover y verificar la oportuna y adecuada atención de las conciliaciones; III. Representar a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, cuando éstos así lo soliciten, ante los órganos jurisdiccionales, administrativos y
cualquier otra institución pública o privada, a efecto de ejercitar las acciones y recursos que correspondan en la vía ordinaria, especial, inclusive el juicio de amparo, hasta su total terminación;
IV. Vigilar que la actuación en juicio por parte de los Procuradores Auxiliares adscritos a la Subprocuraduría, se realice con la oportunidad y eficiencia requeridas, dentro de los lineamientos legales y de acuerdo con las políticas generales dictadas por el Procurador General;
V. Aplicar la medida de apremio a que se refiere la fracción III, del artículo 4 y hacer las denuncias señaladas en la fracción VIII, del artículo 12 de este Reglamento;
VI. Analizar y autorizar los proyectos de demandas formuladas por las áreas a su cargo; VII. Ordenar el seguimiento del trámite de los juicios en que las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje establecidas fuera del
Distrito Federal se declaren incompetentes; VIII. Autorizar los dictámenes de improcedencia del ejercicio de acciones o de la interposición de demandas de amparo o de recursos, que
sometan a su consideración los Procuradores Auxiliares en el Distrito Federal; IX. Autorizar los casos en que no proceda representar en juicio a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios; X. Informar al Procurador General sobre las denuncias por presuntas violaciones a la legislación laboral por parte de los patrones, para que por
su conducto se hagan del conocimiento de la Inspección Federal del Trabajo, a fin de proceder en consecuencia, y
16
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
XI. Vigilar que se apliquen los lineamientos que dicte la Subprocuraduría General de Asesoría y Apoyo Técnico Ésta Subprocuraduría se integrará con el número de Procuradores Auxiliares que se juzgue necesario para el desempeño de las funciones enmarcadas en la Legislación Laboral, así mismo deberán satisfacer los requisitos del artículo 533 de la Ley Federal de Trabajo.
La Subprocuraduría General de Conciliación y Defensoría está integrada además por: DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA DIRECCIÓN DE RECURSOS Y AMPAROS SUBDIRECCION DE REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN EL D.F. SUBDIRECCION LA ZONA METROPOLITANA, SUBDIRECCIÓN DE ENLACE CON LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y ARCHIVO SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS SUBIDRECCION DE AMPAROS
SUBPROCURADURÍA GENERAL DE ASESORÍA Y APOYO TÉCNICO Artículo 15. A la Subprocuraduría General de Asesoría y Apoyo Técnico, le corresponden las facultades siguientes:
I. Proporcionar, promover y verificar la oportuna y adecuada asesoría y orientación a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, sobre el contenido y alcance de las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, para que se preste con oportunidad, eficiencia y estricto apego a las disposiciones legales;
II. Proponer al Procurador General para su aprobación, las políticas generales en materia de asesoría y apoyo técnico; III. Establecer y divulgar los criterios y lineamientos jurídicos a seguir por las Subprocuradurías Generales; IV. Elaborar y presentar las denuncias por presuntas violaciones a la legislación laboral que puedan ser constitutivas de ilícitos penales, previa
comunicación al Procurador General; V. Analizar y compilar las tesis y los criterios de las autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo; VI. Coordinar a los peritos de la Procuraduría y asignarlos en los juicios en que la misma ofrezca la prueba pericial en representación de los
trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios; VII. Planear y coordinar las acciones de vinculación con los sectores público, social y privado, en las materias competencia de la Procuraduría,
con la participación de la Coordinación General de Delegaciones Federales del Trabajo y la Dirección General de Vinculación Social de la Secretaría;
17
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
Ésta Subprocuraduría se integrará con el número de Procuradores Auxiliares que se juzgue necesario para el desempeño de las funciones enmarcadas en la Legislación Laboral, así mismo deberán satisfacer los requisitos del artículo 533 de la Ley Federal de Trabajo.
La Subprocuraduría General de Asesoría y Apoyo Técnico está integrada además por: DIRECCIÓN DE ASESORÍA Y VINCULACIÓN DIRECCIÓN DE CONSULTA Y APOYO TÉCNICO SUBDIRECCIÓN DE ASESORÍA SUBDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN INSTITUCIONAL SUBDIRECCIÓN DEL CENTRO DE INFORMACIÓN SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA LEGAL
PERITOS Artículo 21. Los Peritos tendrán las obligaciones siguientes:
I. Emitir opinión sobre los puntos técnicos que se les solicite, para la debida preparación de las demandas laborales; II. Rendir oportunamente y bajo su estricta responsabilidad, los dictámenes en los juicios en que se les requiera y, en su caso, concurrir a las
audiencias correspondientes, y III. Las demás que les confiera el Subprocurador General de su adscripción.
SUBPROCURADURÍA GENERAL DE ASUNTOS FORÁNEOS
Artículo 16. A la Subprocuraduría General de Asuntos Foráneos le corresponden las facultades siguientes: I.Coordinar las funciones de asesoría, conciliación y contenciosa que desarrollen las Procuradurías Federales; II.Vigilar que la actuación en juicio por parte de los Procuradores Federales y Auxiliares adscritos a la Subprocuraduría, se realice con la oportunidad y
eficiencia requeridas, dentro de los lineamientos legales y de acuerdo con las políticas generales dictadas por el Procurador General; III.Aplicar la medida de apremio a que se refiere la fracción III, del artículo 4 y hacer las denuncias señaladas en la fracción VIII, del artículo 12 de este
Reglamento;
IV.Turnar a la Subprocuraduría General de Conciliación y Defensoría los asuntos que deban tramitarse ante las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje y los tribunales del Poder Judicial de la Federación con residencia en el Distrito Federal;
V.Ordenar el seguimiento del trámite de los juicios en que las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en el Distrito Federal se declaren incompetentes;
VI.Remitir a las autoridades competentes los asuntos en los cuales las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en las distintas entidades federativas se hayan declarado incompetentes;
18
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
VII. Mantener la debida coordinación con las Procuradurías de la Defensa del Trabajo de las entidades federativas, para la ejecución y
seguimiento de los convenios de coordinación que se celebren; VIII. Realizar visitas de supervisión a las Procuradurías Federales;
Ésta Subprocuraduría se integrará con el número de Procuradores Federales y Auxiliares que se juzgue necesario para el desempeño de las funciones enmarcadas en la Legislación Laboral, así mismo deberán satisfacer los requisitos del artículo 533 de la Ley Federal de Trabajo.
PROCURADORES FEDERALES
Artículo 19. Los Procuradores Federales tendrán las facultades siguientes:
I. Realizar las funciones de la Procuraduría en el ámbito territorial que se les haya asignado, conforme a los lineamientos señalados por el Procurador General y con apego a las normas, programas y demás disposiciones que al efecto se expidan;
II. Aplicar la medida de apremio a que se refiere la fracción III, del artículo 4 y hacer las denuncias señaladas en la fracción VIII, del artículo 12 de este Reglamento;
III. Elaborar diagnósticos relativos a la problemática de su jurisdicción, respecto de los asuntos competencia de la Procuraduría; IV. Difundir y promover los servicios que presta la Procuraduría en el ámbito territorial que tengan asignado; V. Coordinar sus actividades con la Delegación Federal del Trabajo de la Secretaría, con las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y
Arbitraje, con las procuradurías locales de la defensa del trabajo y con las organizaciones de los sectores social y privado en la entidad federativa correspondiente;
VI. Representar al Procurador General en los actos, foros y eventos relacionados con las funciones de la Procuraduría en la entidad federativa respectiva, conforme a los lineamientos que el mismo les señale;
VII. Integrar la Comisión Sectorial Laboral Federal en la entidad federativa respectiva; VIII. Autorizar los dictámenes de improcedencia del ejercicio de acciones o de la interposición de demandas de amparo o de recursos, que
sometan a su consideración los Procuradores Auxiliares Foráneos de su adscripción; IX. Autorizar los casos en que no proceda la representación en juicio de los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios; X. Apoyar las labores de supervisión y darles seguimiento, otorgando las facilidades necesarias para tales fines, y XI. Las demás que les encomiende el Procurador General y el Subprocurador General de Asuntos Foráneos.
Ésta Subprocuraduría se integrará con el número de Procuradores Auxiliares que se juzgue necesario para el desempeño de las funciones enmarcadas en la Legislación Laboral, así mismo deberán satisfacer los requisitos del artículo 533 de la Ley Federal de Trabajo.
La Subprocuraduría General de Asuntos Foráneos está integrada además por:
DIRECCIONES DE PROCESOS ZONA NORTE, CENTRO Y SUR SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
19
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012 SECRETARÍA GENERAL ADMINISTRATIVA
Artículo 17. A la Secretaría General Administrativa le corresponden las facultades siguientes:
I. Dirigir y supervisar las actividades relacionadas con el proceso de planeación y desarrollo de los recursos humanos, que permitan satisfacer oportuna y adecuadamente los requerimientos de personal en las diferentes áreas de la Procuraduría, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, el presupuesto autorizado y la legislación aplicable;
II. Proponer al Procurador General para su aprobación, las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos materiales y de cualquier otra índole administrativa para el funcionamiento de la Procuraduría, de conformidad con la legislación aplicable;
III. Dirigir, controlar y supervisar las actividades relacionadas con el proceso de planeación, programación y presupuestación de los recursos financieros autorizados; analizar y evaluar el avance físico-financiero de las diferentes áreas de la Procuraduría, de conformidad con los lineamientos, normas legales y reglamentarias correspondientes y en cumplimiento del Programa Operativo Anual, así como dar seguimiento a las metas proyectadas;
IV. Gestionar ante las instancias competentes la afectación presupuestal de ampliación, reducción, adiciones y transferencias compensadas que por necesidades específicas se deba realizar al presupuesto autorizado de la Procuraduría;
V. Coordinar los programas de trabajo y manuales de organización, de procedimientos y de servicios correspondientes a recursos materiales, humanos y financieros, para someterlos a la autorización de las instancias competentes y vigilar su actualización permanente;
VI. Elaborar los sistemas y procedimientos que garanticen el oportuno y estricto control de las operaciones contables, y proporcionar a la Secretaría los informes relativos a los estados financieros consolidados, en los términos y condiciones que establezca la normatividad aplicable;
VII. Solicitar a la Secretaría efectúe las gestiones conducentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de obtener autorización para realizar inversiones en materia de adquisiciones;
VIII. Supervisar la aplicación del Programa de Evaluación del Desempeño, del Sistema de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y de Estímulos por años de servicio, así como la aplicación del Reglamento de Escalafón y de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
IX. Presidir el Comité de Adquisiciones de la Procuraduría y aquellos que requiera la función administrativa a su cargo; X. Promover el servicio social obligatorio en la Procuraduría y, en su caso, la suscripción de convenios de colaboración en esta materia con las
instituciones educativas del país; XI. Controlar y supervisar el Programa de Protección Civil de la Procuraduría conforme a las normas establecidas; XII. Autorizar los cambios de adscripción del personal de la Procuraduría y solicitar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría en
los casos procedentes, se demande la terminación de los efectos del nombramiento; XIII. Turnar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría para su atención, la documentación relativa a las demandas laborales
promovidas por trabajadores o extrabajadores de la Procuraduría; XIV. Coordinar los trabajos relacionados con las diferentes comisiones mixtas que se integren en la Procuraduría; XV. Organizar y coordinar el desarrollo de eventos especiales internos o externos y divulgar los programas y actividades de carácter social, así
como promover la asistencia y participación del personal de la Procuraduría en dichos eventos; Atender los asuntos que en el ámbito de su competencia, se deriven de las relaciones entre el Sindicato de la Secretaría y la PROFEDET.
20
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
La Secretaría General Administrativa está integrada además por:
DIRECCIÓN DE DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS AL PERSONAL SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS
I. Elaborar, desarrollar y dar seguimiento a la planeación estratégica de la Procuraduría. II. Diseñar la estrategia de prevención de conflictos en materia laboral. III. Trazar la estrategia para el establecimiento de programas de fortalecimiento de la defensa del trabajo, de competencia federal en las
entidades federativas. IV. Coordinar con las áreas competentes la definición de programas de capacitación y desarrollo del capital humano. V. Dirigir la elaboración e integración de los informes oficiales internos y externos, así como los reportes estadísticos, periódicos o especiales
que soliciten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. VI. Coordinar la entrega de información al Procurador General sobre el grado de cumplimiento de planes y programas de trabajo aprobados. VII. Coordinar el proceso de planeación a corto, mediano y largo plazo y participar en la definición de metas, objetivos y estrategias
institucionales. VIII. Desarrollar proyectos específicos que den valor agregado a las funciones de la Procuraduría. IX. Coordinar los eventos de planeación institucional y de dirección, definiendo líneas de acción que apoyen el cumplimiento de los objetivos
institucionales. X. Implantar el Programa Institucional de Calidad. XI. Implantar tecnologías de información. XII. Las demás que le señalen otras disposiciones legales y reglamentarias, dentro de la esfera de sus facultades.
La Coordinación de Planeación y Proyectos Estratégicos, está integrada además por:
SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA SUBDIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y EVALUACIÓN
21
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012 LÍNEAS DE ACCIÓN DERIVADAS DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
2007 – 2012
LINEAS DE ACCION
OBJETIVOS
ESTRATEGIAS
EJE
RECT
OR
UN
O:
EST
AD
O D
E D
EREC
HO
Y S
EGU
RID
AD
1.1 Certeza Jurídica
1. Garantizar la Certeza Jurídica y Predictibilidad en la aplicación de la ley para toda la población
Reducir la discrecionalidad de las autoridades administrativas y judiciales en la aplicación de las normas
2. Garantizar el acceso a todos los ciudadanos a un sistema de justicia eficaz
Hacer más eficiente y fortalecer la organización, funcionamiento, profesionalización, eficacia y transparencia de las defensorías de oficio, así como extender su cobertura.
1.5 Confianza en las instituciones públicas
9: Generalizar la confianza de los habitantes en las instituciones públicas, particularmente en las de seguridad pública: procuración e impartición de justicia
9.1 impulsar la vigencia de leyes modernas, suficientes, claras y sencillas en todos los ámbitos de la actividad nacional. 9.2 transparentar los procesos de operación de los servicios públicos que reciban los ciudadanos 9.3 fortalecer los mecanismos de comunicación con la ciudadanía y difundir de manera oportuna la información pública gubernamental 9.4 Promover la identidad institucional, el valor del servicio público y la ética profesional de los servidores públicos 9.5 reforzar los procesos y mecanismos necesarios para que sin excepción, los servidores públicos cumplan la ley
10 Combatir a la corrupción de manera frontal
10. 1 promover una cultura anticorrupción 10.2 difundir las sanciones que se aplican a los servidores públicos que incurren en comportamiento ilícitos para activar los mecanismos de sanción social 10. 5 fortalecer los sistemas de prevención, supervisión y control de la corrupción 10.6 crear y mejorar mecanismos que faciliten la denuncia pública de los funcionarios que incurran en prácticas ilícitas
1.6 Cultura de la Legalidad
11 fomentar el desarrollo de una cultura de la legalidad
11.1 reforzar el diseño e impartición de programas educativos para la población, orientados a reforzar la cultura cívica, el apego a le legalidad y el conocimiento del derecho 11.2 Promover una mayor profesionalización de los abogados
EJE
RECT
OR
4: E
CON
OM
IA
COM
PETI
TIVA
Y G
ENER
AD
ORA
DE
EMPL
EOS
2.4: Promoción del Empleo y la Paz Laboral.
4: Promover las políticas de Estado y generar las condiciones en el mercado laboral que incentiven la creación de empleos de alta calidad en el sector formal.
4.2 Fomentar la equidad e inclusión laboral y consolidar la previsión social, a través de la creación de condiciones para el trabajo digno, bien remunerado, con capacitación, seguridad y salud. La anterior estrategia se sustentará en desarrollar políticas y adecuar la normatividad para la no discriminación e igualdad de oportunidades de las personas, así como los criterios, políticas y normas que sigue la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, a fin de consolidarla como un instrumento auténtico y confiable para la defensa de los derechos laborales. 4.4 Conservar la paz laboral y promover el equilibrio entre los sectores laboral y empresarial a través de la legalidad, la conciliación y el diálogo en las revisiones contractuales, salariales y conflictos laborales.
22
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
LÍNEAS DE ACCIÓN DERIVADAS DEL PROGRAMA SECTORIAL DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 2007 -2012
Objetivo
8: Procurar la justicia laboral en defensa de los trabajadores de forma gratuita, expedita, honesta y cálida
Objetivo Transversal
Promoción de la transparencia, rendición de cuentas, gestión y administración de recursos
Metas
Porcentaje de conflictos resueltos a través de la Conciliación y la Mediación en la PROFEDET
Porcentaje de juicios resueltos favorablemente promovidos por la PROFEDET
Estrategias
Procurar la defensa del trabajo en la República Mexicana y prevenir los conflictos laborales de competencia federal.
LÍNEAS DE ACCIÓN
1. Fortalecer el valor agregado del personal, a partir del impulso de un liderazgo
compartido, una mayor productividad y la formación y desarrollo del personal.
2. Incrementar el valor del servicio al cliente, mediante acciones de retención y satisfacción del usuario.
Transversal
Contribuir al logro de los objetivos institucionales mediante el perfeccionamiento del proceso de administración, presupuestación y control de los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos, observando para ello las disposiciones en materia de austeridad y disciplina del gasto, propiciando el mejoramiento continuo de la gestión y administración de recursos
1. Modernizar y mejorar la gestión administrativa de los recursos y procedimientos internos, a fin de reducir los costos de operación, y facilitar a los ciudadanos el acceso a los trámites, bienes y servicios de calidad en cualquier lugar y modalidad que los soliciten. 2. Llevar a cabo la programación, presupuestación, ejercicio y evaluación del Gasto y Cuenta Pública con procesos simplificados, para un adecuado manejo de los recursos financieros y la integración oportuna de la información programática-presupuestaria, que contribuya al logro de los objetivos institucionales. 3. Seleccionar y contratar al personal de más alto desempeño, con base en los objetivos institucionales, y fomentar su desarrollo profesional y humano. 4. Reducir los costos de adquisición y contratación de los bienes, servicios y obra, dentro de un entorno de transparencia, austeridad y trabajo productivo, buscando las mejores condiciones y precios. 5. Impulsar y desarrollar la infraestructura tecnológica de la STPS, explotando de manera útil y eficiente el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 6. Contar con un área de vinculación entre las unidades administrativas que integre y mantenga actualizados los sistemas de información.
Incrementar la calidad de los productos y servicios a partir del acopio, sistematización, análisis y generación de información relativa al quehacer de la STPS, de acuerdo a las necesidades y exigencias de contenido y calidad de los usuarios, tanto internos como externos.
23
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012 ALINEACIÓN A LOS PLANES Y PROGRAMAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
PR
OG
RAM
ACI
ÓN
EN
LA
PRO
FED
ET
I. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007 - 2012
Estructura: Impacto en las funciones sustantivas:
Objetivos Nacionales
5 ejes de política pública Objetivos de los ejes de política pública Estrategias
Objetivos Nacionales 5 ejes de política pública Objetivos de los ejes de política pública Estrategias
II. PROGRAMA SECTORIAL DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Indicadores
2012
Indicadores 2012
Metas 2012 Metas 2012
III. ADMINISTRACION ESTRATEGICA EN LA PROFEDET
INDICADORES
1.Porcentaje de conflictos resueltos a través de la Conciliación y la Mediación
en la PROFEDET
2.Porcentaje de juicios resueltos favorablemente promovidos por la
PROFEDET
24
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
MISION Brindar de manera gratuita, los servicios de asesoría conciliación y representación jurídica a través de un servicio profesional, honesto y eficiente, promoviendo la cultura de la prevención, privilegiando la conciliación como forma de solución expedita de los conflictos y de ser necesaria, la representación de los trabajadores, sus beneficiarios y sus sindicatos ante los tribunales laborales.
Procurar la defensa del trabajo en la República Mexicana y Prevenir los conflictos laborales de Competencia Federal.
La razón de existir:
Lo que deseamos ser:
El objetivo estratégico
El objetivo institucional
Procurar la justicia laboral en defensa del los trabajadores de forma gratuita, expedita, honesta y cálida
MARCO ESTRATÉGICO
VISION Ser la instancia de gobierno federal debidamente posicionada ante la sociedad y reconocidas por su apego a legalidad en materia de procuración de justicia laboral, con la capacidad de transformación para la defensa efectiva del trabajo.
25
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012 CADENA DE VALOR EN PROFEDET
26
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
ENLACES DE LA RED DE RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
Programa Especial de Mejora de la Gestión el cual posee siete subsistemas: •Procesos eficientes •Trámites y servicios públicos de calidad
•Atención t participación ciudadana (carta Compromiso al Ciudadano) •Mejora regulatoria Interna •Desregulación •Gobierno digital
•Racionalización de estructuras
Presupuesto de Egresos de la FederaciónInformes Periódicos previstos en el Sistema de Información de la PROFEDET
Servicios de CalidadPrograma de Mediano Plazo Informes Interinstitucionales
Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas: •Transparencia focalizada •Blindaje electoral •Participación Ciudadana (Carta Compromiso al Ciudadano)•Cultura de la legalidad •Ordenar imagen de la Administración Pública Federal
•Rezago Educativo•Cero Observaciones •Control Interno •Compras claras•Mejora de la Gestión • Promoción del Deporte
•Programas sectoriales
Matriz de Indicadores Informes Institucionales
SFPSHCPSTPS
Programa Especial de Mejora de la Gestión el cual posee siete subsistemas: •Procesos eficientes •Trámites y servicios públicos de calidad
•Atención t participación ciudadana (carta Compromiso al Ciudadano) •Mejora regulatoria Interna •Desregulación •Gobierno digital
•Racionalización de estructuras
Presupuesto de Egresos de la FederaciónInformes Periódicos previstos en el Sistema de Información de la PROFEDET
Servicios de CalidadPrograma de Mediano Plazo Informes Interinstitucionales
Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas: •Transparencia focalizada •Blindaje electoral •Participación Ciudadana (Carta Compromiso al Ciudadano)•Cultura de la legalidad •Ordenar imagen de la Administración Pública Federal
•Rezago Educativo•Cero Observaciones •Control Interno •Compras claras•Mejora de la Gestión • Promoción del Deporte
•Programas sectoriales
Matriz de Indicadores Informes Institucionales
SFPSHCPSTPS
Los Programas que se describen en el presente cuadro, pueden ser consultados en INTRANET, pudiendo encontrar la ficha, avances y los documentos que conciernen a los catorce Programas que aplican a PROFEDET. http://172.16.86.228/intranet/paginas/
27
Mar
co G
ener
al
1 Versión 2007 -2012
CÓDIGO DE CONDUCTA
EL SISTEMA DE VALORES EN LA PROCURADURÍA ESTÁ DEFINIDO POR EL CÓDIGO DE CONDUCTA ELABORADO POR LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y ES LA BASE PARA QUE TODAS LAS ACTIVIDADES SE REALICEN OBSERVANDO LO SIGUIENTE:
OFRECER A LOS CIUDADANOS UN TRATO JUSTO, EFICIENTE, ESMERADO Y CORDIAL, CON ESPÍRITU DE SERVICIO Y CON ACTITUD DE APERTURA, ACERCAMIENTO Y TRANSPARENCIA.
SERVIR A LA SOCIEDAD CON ENTREGA, EXCLUYENDO CUALQUIER COMPORTAMIENTO QUE AFECTE EL INTERÉS PÚBLICO.
PRACTICAR LAS NORMAS DE CORTESÍA Y URBANIDAD NECESARIAS PARA CONDUCIRNOS CON DIGNIDAD Y RESPETO.
PONER NUESTRO ESFUERZO EN ALCANZAR Y CUMPLIR METAS Y OBJETIVOS.
PROCURAR PERMANENTEMENTE LA FORMACIÓN Y EL DESARROLLO PROFESIONAL Y HUMANO.
OFRECER APOYO, ATENCIÓN, INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN A TRABAJADORES DE OTRAS DEPENDENCIAS, DE OTROS NIVELES DE
GOBIERNO Y DE OTROS PAÍSES.
CUIDAR Y MANTENER UNA PRESENTACIÓN PERSONAL DIGNA CON LIMPIEZA Y PULCRITUD.
CUMPLIR LAS TAREAS Y ENCARGOS DENTRO DE LOS HORARIOS Y EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS.
EVITAR SITUACIONES EN LAS QUE NUESTROS INTERESES PERSONALES PUEDAN CAUSAR ALGÚN PERJUICIO A LOS INTERESES INSTITUCIONALES.
LOS BIENES, INSTALACIONES, RECURSOS HUMANOS Y FINANCIEROS SERÁN UTILIZADOS ÚNICAMENTE PARA CUMPLIR CON LA MISIÓN
INSTITUCIONAL, CON RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD.