Download - Ficha "El Otro Modelo" Atria
ATRIA, Fernando; LARRAÍN, Guillermo; BENAVENTE, José Miguel; COUSO,
Javier; JOIGNANT, Alfredo, El otro modelo. Del orden neoliberal al régimen de lo
público, Debate-Random House Mondadori, 2013, Santiago de Chile.
“Qué duda cabe: algo importante sucedió en 2011 para que tantos eventos y
movilizaciones hayan tenido lugar.
A nuestro juicio, la explicaciñon está en una característica fundamental del modelo
chileno. Se trata, en términos genéricos, de su desprecio por lo público y su exaltación
de lo privado. En prácticamente cualquier esfera de la vida vemos instituciones
construidas sobre la idea de que, sujeto a ciertos requisitos, el despliegue irrestricto del
interés privado promoverá adecuadamente el interés público. Es decir el interés público
se reconoce por la existencia material en el mercado de los intereses de agentes
privados” P. 12
Caracterización del plano político:
“la idea de que, más que una forma de debate y acción orientada al interés general (bien
común), la política parece ser un espacio de negociación de intereses particulares en el
que, además, algunos actores tienen poder de veto (lo que hace incomprensible la
tradición democrática en su dimensión deliberativa)”. P. 13
«consenso de la transición» : ciertas caracteristicas centrales que componen el nucleo
del rechazo ciudadano manifestado en 2011 P. 15
descripción modelo politico: “en esta cultura hecha de vetos y reflejos condicionados
destinados a concordar en algún mínimo común, había mucho de negociación
desequilibrada entre partes desiguales, poco de acuerdos racionales y nada de
deliberación (ni pública, ni privada), cuyo resultado era disfrazar lo negociado
presentándolo como el bien común”. P. 21
“El modelo chileno vigente ha provocado que la ciudadanía se convierta en un concepto
prácticamente formal que carece de sustancia, lo que explica el escaso uso del término
«ciudadano» (y su correlato, «pueblo») en un país como Chile, en el que se habla
habitualmente de «persona» (y su correlato, «gente»)”. P. 25
articulación: “implica identificar su contenido más relevante, explicaren qué sentido se
justifican, y conectarlas a algunas de las características centrales del modelo, de manera
de mostrar que la demanda no es solo una reivindicación asilada y motivada por un
interés particular, sino más bien una exigencia política que interesa a todos”. P. 28
“Son muy pocos los casos de medios en los que estos no son, o al menos no determinan,
lo que es un fin” p. 29
“la educación deja de ser algo acometido por todos como una empresa común (la
comunidad educativa), sino como un campo de conflicto en el cual cada uno (o cada
grupo) deberá pujar para obtener mayor satisfacción de sus intereses. Como veremos
una y otra vez, la pregunta no es si hay de hecho o no intereses comunes entre las partes
involucradas, porque aisladamente puede haberlos. La pregunta es si la organización
institucional de la educación hace más o menos probable que sus participantes
construyan comunidad de intereses”. P. 30
“un sistema educacional guiado por el lucro entra fácilmente en conflicto con la calidad
de la educación, en particular con aspectos de dicha calidad que están menos
relacionados con ganancias tangibles que los estudiantes podrían obtener a cambio del
servicio que están comprando. Es en este sentido que los fines (la educación que
queremos dar a todo ciudadano) se anticipan en los medios (si se ofrece con fines de
lucro, si es privadamente financiada o no). P31-32
“La expresión «ciudadano» hoy se usa para identificar a organizaciones no
gubernamentales o movimientos sociales que actúan sin mediación institucional. No es
ese el sentido en el que usamos aquí la expresión.
Ser ciudadano es ser miembro de una comunidad organizada, es decir, una comunidad
política. Que uno sea miembro de la comunidad política quiere decir que uno asume un
cierto grado de responsabilidad por todos y, recíprocamente, todos asumen algo de
responsabilidad por uno” P. 34
“las instituciones politicas son maneras de crear condiciones en las cuales la acción
ciudadana (y no autointeresada) se hace probable. Podríamos decir: las instituciones
políticas son instituciones que, sin desconocer que cada individuo tiene intereses que
mueven su accion, pretenden crear condiciones en las cuales el ciudadano se hace
probable”. P. 36
“es esta función de interes común lo que diferencia más radicalmente la deliberación
política de la interacción de mercado. La característica esencial de la deliberación
política es que reclama perseguir el interés común y por lo mismo tiene un estándar
interno de refutación: cualquier acción política que no persiga o no aparezca
persiguiendo el interes común está condenada al fracaso. Es este que se entiende que, en
este caso, cada parte intenta maximizar sus propios intereses. De esto se sigue que
entender lo político como pura negociación de partes que buscan maximizar sus
intereses particulares corrompe el espíritu de la política”. P. 38
“En la práctica, la relación política en el Chile de los últimos veinte años ha sido una de
negociación (entre esa Concertación pro interés general pero crecientemente menos
hostil al modelo y una derecha exitosa en su freno a los intentos de reforma sustancial
sin negar todo tipo de reformas) más que de deliberación (en la cual ambas coaliciones
persiguen sin ambigüedad su visión particular del interés general). Así, es la actividad
política la que ha resultado damnificada, porque se ha privatizado en el sentido que
hemos señalado”. P. 39
«la hipocresía es el tributo que el vicio rinde a la virtud» François de La Rochefoucauld
“cuando la política misma pasa a entenderse a la manera de la interacción de mercado,
es decir, como negociación entre individuos (o partes) que no tienen un interés común,
el proceso que podríamos denominar «privatización de la política» está cerca de
completarse y la utopía neoliberal de un mundo sin política y solo con gestión «técnica»
de las cosas, sin ciudadanos y solo con individuos, está por llegar”. P. 47
“el problema de la reducción del contenido de la ciudadanía no se describe haciendo
alusión a formas parciales de privatización (las sanitarias, los puertos, la gran minería, la
salud, la seguridad social, la educación, etc.), sino a que es la política misma la que se
ha privatizado. Es decir, la política ha derivado en formas de intercambio y negociación
entre partes, en las que ninguna de ellas pretende que lo logrado es algo que va en el
interés general, sino lo que cada uno pudo obtener gracias a sus habilidades
negociadoras”. P. 47-48
“el hecho de que la obligación de votar haya sido abolida en Chile constituye una
declaración formal y consagratoria (¡por la vía de una reforma constitucional!) de cómo
entre nosotros se entiende el acto de votar: como un acto que solo toma en cuenta el
interés individual del que vota. Votar entonces es ahora un acto privado
Esto pudo haberse resuelto de otra forma. Por ejemplo, si se aceptaba el voto voluntario
con el argumento de que el problema es que en la realidad el voto no adopta una
dinámica deliberativa y que por lo tanto mientras no lo haga no vale la pena votar, pudo
intentarse darle tal dinámica al proceso eleccionario. Ello por supuesto hubiera
requerido eliminar los vetos que hemos señalado y que generan las dinámicas de
negociación que hemos comentado. En lugar de dar esa lucha política, se prefirió abolir
la obligatoriedad”. P. 49
“Nuestro interés común, de ciudadanos, se reduce siempre a la fijación de un estándar
mínimo, sobre el cual lo que ocurra más adelante es una cuestión de interés puramente
privado. En la óptica neoliberal, la ciuddanía no es una categoría de igualdad”. P. 55
“las instituciones bajo las cuales vivimos, y que definen nuestra autocomprensión
política, son instituciones neoliberales en el sentido de que descansan sobre la idea de
que no hay tal cosa como el interés general y que sólo existen intereses particulares. Por
consiguiente, la función que cumplen dichas instituciones es la de arbitrar entre esos
intereses. El interés público es definido residualmente: fijar el mínimo que todo arreglo
de arbitraje entre intereses privados debe satisfacer”. P 57-58
“La concertación, casi inconscientemente, hizo suyo el discurso neoliberal, ya que
entendía el interés público en las dos dimensiones que hemos identificado: el arbitraje
entre intereses privados y la garantía de un mínimo. En esto, ella mostró continuidad
respecto de la comprensión política introducida a la fuerza durante la dictadura: si algún
sentido tiene sostener que la Concertación heredó y reprodujo el modelo de Pinochet, es
a esto a lo que cabría referirse”. P. 58
“La pregunta por si hay o no tal cosa como el interés general no es empírica, sino
política. La comunidad de intereses se construye dialogando, no se encuentra. Por eso es
que una pregunta central es cómo configurar institucionalmente los espacios de vida
común, un interrogante que ha estado sistemáticamente ausente de las discusiones sobre
políticas públicas los últimos treinta años en Chile”. P. 64
“Como consecuencia de casi cuarenta años de existencia baho el imperio de
instituciones que nos hacen entendernos como individuos cuyos intereses se encuentran
en una relación de oposición (o en el mejor de los casos, de independencia), el modelo
chileno ha derivado en una aguda desigualdad y segregación”. P. 64
“Así, el propio éxito del movimiento estudiantil y otros movimientos sociales (como
Barrancones, Aysén, Freirina, HidroAysén) es lo que explica que se haya comenzado a
instalar en el sentido común nacional que una democracia sin partidos representaría una
forma superior de acción política. Es importante notar que esta idea ha podido afirmarse
porque da cuenta de un reclamo que no puede perderse de vista: que la clase política
perseguiría sus propios intereses a espaldas del pueblo. Este reclamo tiene también una
iconografíaa: el acuerdo de educación alcanzado con las manos en alto y que llevó a la
derogación de (parte) de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza y a su reemplazo
por la Ley General de Educación. Dicho acuerdo fue interpretado en su momento como
una demostración de madurez de la clase política, cuyos integrantes eran capaces de
trascender sus diferencias ideológicas en aras de alcanzar consensos en temas-país. Sin
embargo, esa interpretación hoy ha desaparecido, del mismo modo en que se ha
transfigurado el significado del episodio. Lo que antes marcaba madurez,
responsabilidad y seriedad, hoy denota capitulación y desprecio por el pueblo. Esta
brutal resignificación es la medida de la crisis de representatividad”. P 73
la crítica a las formas institucionales de representación política: dos criticas: 1) a la
representatividad en si y; 2) a la representatividad en particular en el marco del régimen
constitucional chileno: “La primera sugiere reducir todo cuanto sea posible la
mediación institucional, y avanzar todo lo que se pueda hacia una democracia
totalmente directa. La segunda crítica, en cambio, obliga a identificar, en el régimen
constitucional chileno vigente, los mecanismos a través de los cuales dicho régimen
pretende negar la acción política del pueblo y reemplazarlos por otras formas
institucionales. Ambas críticas a menudo se confunden, lo que constituye una poderosa
contribución a la crítica a los partidos políticos, al Congreso Nacional y, tras ellos, a la
propia democracia representativa.
Esta confusión de ambas críticas es problemática en dos sentidos: primero, porque la
crítica a la mediación institucional resulta ilícitamente fortalecida por la realidad del
autoritarismo antidemocrático que habita en las instituciones políticas chilenas legadas
por Guzmán/Pinochet; segundo, porque en la medida en que la objeción es a la
mediación institucional misma, el carácter antidemocrático y autoritario de la
Constitución de 1980 es negado o reducido, significativamente, a un dato puramente
marginal”. P. 75
“la crisis de legitimidad de la democracia chilena no se explica porque la idea misma de
representación política sea problemática, sino porque las instituciones políticas
nacionales no fueron diseñadas para efectivamente representar, sino para neutralizar; no
para permitir la acción política, sino para crear vetos en contra de ella”. P. 77
“precisamente en la medida en que un movimiento social vaya alcanzando niveles más
y más relevantes de acción política, este requerirá de una estructura en la que uno puede
por supuesto llamar como quiera, pero que será cada vez más parecida a la de un partido
político.
En este sentido, entonces, la función insustituible de un partido político consiste en
articular demandas locales en un contexto mayor, a partir de un discurso político
referido al interés general. Dicho rol es insustituible. Es posible, por supuesto, que sea
un rol que los partidos políticos actualmente existentes ya no son capaces de cumplir,
pero alguien tiene que hacerlo”. P. 84
“otro de los aportes del movimiento estudiantil de 2011 es que hizo evidente que la
ideologíaa se encuentra más presente que nunca en el Chile supuestamente pragmático y
tecnocrático de la segunda década del siglo XXI. En efecto, cuesta imaginar una
discusión más ideológica que el debate acerca de si la educación debiera ser provista por
privados que persiguen fines de lucro, por el Estado, o por privados sin fines de lucro (o
una combinación de los anteriores). Considerar la educación como un servicio
económico común y corriente –como el mercado de las peluquerías-, como un mero
«bien de consumo» (como lo dijo el presidente Piñera) o como un derecho ciudadano,
es una cuestión que solo puede decidirse en un debate de marcado carácter ideológico”.
P. 85-86
“lo que caracteriza a esta crisis no es la acción ilegal de uno o varios manifestantes, sino
la incapacidad del sistema político de procesar las demandas populares y,
correlativamente, la indiferencia del pueblo ante las instituciones políticas”. P. 87
lo que hizo y no hizo la concertación en 20 años: “”lo que no hizo fue impugna la idea
de que no hay un interés público superior al mínimo. Lo que sí hizo, lo que manifestó su
autocomprensión de centroizquierda, fue subir consistentemente ese mínimo. En todas
las áreas de la política estatal uno puede ver el mismo desarrollo a partir de 1990: un
énfasis en mejorar el piso mínimo públicamente garantizado, pero sin impugnar la idea
de que lo que debía ser garantizado era eso: un piso, de modo que sobre dicho piso cada
uno se compraría lo que pudiera en el mercado. (…) Por eso aquí hay que tener
claridad: en cuanto a la comprensión del sentido de lo político (el interés público se
reduce a la garantía de un mínimo) hubo continuidad, aun cuando la línea bajo la cual
no podía permitirse que nadie cayera fue subiendo. Pero esto último, en algún sentido
bastante evidente, legitima lo primero”. P. 138
“diferenciamos estos dos problemas: uno es el régimen del Estado en tanto Estado,
cuyo objetivo es asegurar que su acción busque el interés general y no un interés
particular que ha sido exitoso en capturarlo; otro es el régimen del Estado cuyo sentido
está en que su contraparte es un ciudadano. Es lo que llamaremos el «régimen de lo
público». La razón por la que esta diferencia es importante es que ambos regímenes son
importantes, pero por distintas razones. El primero (el régimen del Estado) se funda en
la naturaleza pública del Estado, y es por lo tanto sensible al agente (es decir, se aplica
solo al Estado por ser Estado), mientras el segundo se funda en la naturaleza pública
derecho del ciudadano, y por lo tanto es sensible no al agente (estatal o no) sino a la
función que desempeña”. P. 147
“no se trata de que cuando el Estado provee el régimen es público y la función es
pública; es precisamente al revés: cuando se trata de servir una función pública, debe ser
bajo un régimen público, y el agente del cual se puede exigir hoy que actúe en un
régimen público es el Estado”. P. 150
“El que acusaba de dogmatismo al que sostenía que solo el Estado podía atender
necesidades públicas, tení razón: es posible que individuos particulares también lo
hagan. Pero él reemplazó ese dogmatismo por otro, porque mantuvo la idea de que lo
que determinaba el régimen era el agente, y esta idea es tan dogmática como la idea en
contra de la cual él se alzó. Para reconstruir la relación debemos dar el paso que él no
dio: es verdad que iniciativas privadas pueden satisfacer funciones públicas, pero para
hacerlo deben actuar sujetos al régimen de lo público”. P. 151
“El régimen de lo público no se aplica a un agente dada su característica (estatal o no)
sino dada la función que se espera de él. El neoliberalismo se manifiesta no en el
reclamo de desvinculación del agente y la función (es decir, el reclamo de que la
función es neutral al agente: «soluciones privadas a problemas públicos»), sino en su
incoherente retención de la relación entre agente y régimen: el neoliberal cree que
cuando los privados desempeñan funciones públicas deben hacerlo sujetos al régimen
del derecho privado, porque el régimen es determinado por el agente. Esto es lo que
debe ser corregido (…) lo dominante es la función, que entonces determina el régimen,
o sea, si la función es pública, el régimen debe ser público, sea privado o estatal el
agente que la desempeña”. P. 151
“El Estado se define por desempeñar funciones públicas, por lo que la presencia del
Estado es garantía de que habrá al menos un agente dispuesto a desempeñar la función
pública, y por eso el que la función pública sea desempeñada no depende de la
contingencia de que haya privados dispuestos”. P. 151
Reformulación del principio de subsidiaredad: “cuando un bien se provee a través del
mercado, la cuestión de si cada uno podrá obtener lo que quiere es una cuestión privada;
cuando la provisión se hace conforme al régimen de lo público, esa provisión satisface
un derecho social. La idea de que el Estado no debe participar de una actividad, en
particular, respecto de la provisión de derechos sociales cuando haya particulares
dispuestos a hacerlo con fines de lucro, no es el principio de subsidiariedad, ya que
existiendo un derecho no satisfecho, mal se podría decir que tal principio se aplica. Lo
que hay es puro y simple neoliberalismo”. P. 153
“la idea de lo público no es un sucedáneo del mercado cuando este no funciona, sino
una esfera que funciona con una lógica opuesta a la del mercado. Esa lógica es la de la
ciudadanía. Entender lo público como un sucedáneo del mercado, es decir, entender que
lo que define lo público no es la lógica de la ciudadanía sino la misma lógica del
mercado, es precisamente vaciar de contenido esta idea”. P. 171
“lo público no se define por el fracaso de lo privado y lo privado no es condición
suficiente de la libertad. Lo público es la esfera en la que nuestros intereses se nos
parecen como comunes, donde recibimos porque tenemos derecho a recibir, donde
proveemos todos colectivamente porque es nuestro interés común proveernos. Es la
esfera caracterizada por los derechos sociales. Este espacio de responsabilidad mutua es
el que finalmente genera condiciones para una libertad más plena para todos los
ciudadanos”. P. 174
“lo público, ahora, no es per se el espacio donde fracasa el mercado, necesitando por eso
un complemento estatal en la forma de regulación, y el sentido de la acción del Estado
no es dar la solución más parecida a la que daría el mercado. Es al contrario: lo público
es un espacio informado por la lógica contraria a la del mercado, en que se trata de
atender a la necesidad del que necesita, y no a la utilidad del que provee. En sociedades
avanzadas, lo público y el mercado coexisten y se complementan mutuamente”. P. 175
“la razón para excluir al mercado en tanto espacio de libertad no es fundamental sino
derivada: lo importante para los derechos sociales puros es excluir al mercado como
criterio de distribución. Si para excluir al mercado como criterio de distribución es
necesario excluir toda oferta privada, eso sería consecuencia no de la incompatibilidad
entre oferta privada y derechos sociales, sino de la imposibilidad de distinguir las dos
dimensiones del mercado que estamos separando”. P. 178-179
“el hecho, como hemos mencionado varias veces, de que las ideas neoliberales son
actualmente tan unilateralmente dominantes, implica que ellas constituyen el sentido
común no solo de sus partidarios, sino también de quienes se entienden como sus
adversarios. Esto ha afectado a los derechos sociales, transformándolos en conceptos
que, pese a que se oponen en un nivel superficial al neoliberalismo y a la comprensión
de lo público como una falla del mercado, lo hacen aceptando su trasfondo. Su sentido
político ha sido, de esta manera, neutralizado. En particular, los derechos sociales dejan
de ser pensados como derechos que descansan en la idea de responsabilidad recíproca y
ciertos bienes (como educación y salud) se transforman en derechos individuales, que
en tanto derechos individuales tienen la misma forma que otros derechos. El sentido de
los derechos entonces es garantizar al individuo una provisión mínima de un
determinado bien, y la marca de «seriedad» con la que son tratados esos derechos es la
efectividad de los mecanismos jurisdiccionales de aseguramiento de esa provisión.”. P.
186
“Así, el derecho a la educación deja de ser un derecho que descansa en la idea de que,
en lo que se refiere a educación escolar y prebásica, todos tenemos derecho a recibir una
educación igual, y se transforma en el derecho a no ser discriminado por un
establecimiento educacional; el derecho a la salud no es un derecho cuyo contenido
principal sea la configuración de un régimen común para todos en tanto ciudadanos de
protección de la salud («no puede haber dos clases distintas de medicina, una para los
obreros y otra para los empleados»), sino un derecho a obtener una determinada
prestación de un proveedor reacio o a que la isapre respectiva no suba los planes”. P.
186-187
“El reconocimiento de derechos sociales es la condición para que el principio de
responsabilidad sea un principio fundamental de una sociedad libre, y no una mera
cobertura formal para el autointerés de los afortunados que pueden comprar todo lo que
necesitan en el mercado (…) precisamente porque ciertas dimensiones especialmente
fundamentales para la vida no dependen de lo que cada uno haga, es que en el resto
puede regir sin restricciones el principio de responsabilidad”. P. 190 ….CITAR EN LA
PARTE DE HABERMAS!!!
“Como la desigualdad surge después de que hemos satisfecho nuestros deberes de
justicia, esa desigualdad no puede ser calificada de injusta. Y esa es una consecuencia
clara del modelo vigente: la desigualdad es políticamente irrelevante, solo es relevante
la situación de los que están peor situados. El sistema educacional o de salud o de
pensiones, entre otros, no pretende asegurar o tender a la igualdad, sino evitar la
pobreza”. P. 213
la ciudadanía como aprendizaje: “Un sistema estructurado por el régimen de lo público
crea las condiciones para la comunidad de intereses. Para que yo vea que el interés del
otro es que su hijo reciba buena educación, que es el mismo interés que el mío; o que su
interés en recibir un servicio médico adecuado es el mismo interés mío.
¿Qué razón hay para pensar que es posible este aprendizaje, la emergencia de intereses
comunes? La razón tiene que ver con el hecho de que los seres humanos vivimos en
comunidad, y es a través de las relaciones que ella implica que entendemos al otro. En
esta perspectiva, los bajos índices de confianza intersubjetiva existentes en Chile no se
explican por razones morales sino por la exacerbación de la lógica de mercado como
forma normal y habitual de relación Caveat emptor. Todo chileno debe estar siempre en
guardia; la experiencia del abuso entre nosotros muestra el riesgo al que se expone en
caso contrario”. P. 217
la comunidad de intereses: “la comunidad de intereses surge de la experiencia de ver a
otro con quien me identifico sufrir un problema. Mi identificación con quien lo sufre me
permite entender el problema y por lo tanto buscar una solución, como si fuera mío”. P .
219
«La historia no se repite, pero rima» Mark Twain P. 250
visión no compartida: “En efecto, en la dimension de reducción de la pobreza, en la de
fortalecimiento del Estado y su recaudación tributaria, de ampliación sucesiva de los
derechos sociales, el modelo parecía estar funcionando. Y muy bien. La interpretación
que uno puede hacer a la luz de la tesis de North es que las ganancias percibidas por el
mundo político y fruto del modelo tal como estaba siendo desarrollado era consistente
con sus creencias iniciales. Esta consistencia entre realidad y creencias, sin embargo, se
ha ido deteriorando en el tiempo producto fundamentalmente de la incapacidad para
reducir las desigualdades y reformar el sistema político”. P. 255
“El régimen de lo público es un régimen que, aplicado a los derechos sociales, crea
condiciones para la emergencia de esa comunidad de intereses”. P. 219
afirmación bajo Sospecha: “La prioridad que le asignamos al desafío de enfrentar
decididamente este problema en Chile es que el reclamo de la sociedad chilena por
mayor inclusión y menor desigualdad hay que canalizarlo por mecanismos democráticos
e institucionales”. P. 259
caracterización del sistema tributario chileno 261-263 IMPORTANTE LO DEL FUT
“Es claro que no hay necesariamente una relación de causalidad entre la carga tributaria
y las mejoras en los niveles de bienestar. Pero sí existe una clara explicación: cuando el
Estado cobra más impuestos y los gasta, dicho gasto provee ciertos bienes públicos y
también satisface derechos sociales que, en promedio, aumentan el bienestar de sus
pueblos, ya que no serían provistos de no ser porque los ofrece el Estado”. P. 264
los tres pilares del modelo chileno: “el modelo económico chileno descansa sobre tres
pilares: responsabilidad macroeconómica, apertura al exterior y una estrategia no
intervencionista de desarrollo. A nuestro juicio, el problema del modelo vigente no está
en los dos primeros pilares, que deben ser mantenidos, sino en el tercero. Respecto de
este, el enfoque dominante ha sido uno en el que el rol del Estado en la asignación de
recursos es mínimo (…) La asignación de recursos en Chile la resuelve el mercado a
través del mecanismo de precios”. P. 276
modificación del tercer pilar de no intervencionismo estatal en el desarrollo: “La
estrategia para desarrollar un nuevo rol para el Estado tiene dos dimensiones:
(a) Un nuevo marco jurídico para la actividad privada en aquellos ámbitos donde se
espera de la iniciativa privada que satisfaga intereses públicos en el sentido de
derechos sociales, sin transformarlos en bienes de consumo. Como ya hemos
discutido con detención, esto no implica necesariamente que los proveedores
privados de educación, salud y pensiones dejen de hacerlo, sino que se sometan
a un marco jurídico distinto del que rige la actividad comercial pura (que hemos
llamado el régimen de lo público).
(b) Una nueva política de fomento del sector productivo que reconozca las
limitaciones de las políticas neutras y la necesidad de impulsar nuevos
mecanismos de fomento, innovación e incrementos en la productividad de largo
plazo.” P. 289-290
«estabilidad macroeconómica»: “la estabilidad macroeconómica se puede definir en
forma amplia como la situación en que las políticas económicas –en el plano fiscal,
monetario, financiero y cambiario- son sostenibles”. P. 333
“El neoliberalismo al que nos enfrentamos fue durante treinta y cinco años un cuerpo de
ideas coherente muy influyente en la vida de los chilenos de ayer y de hoy. Tan
influyente que –entendido como una ideología que redefinió duraderamente el interés
general- se transformó en una verdadera cultura. Si se hizo cultura, puede entonces
entenderse que durante años buena parte de las conductas económicas y políticas
eludieran la pregunta acerca de las especificidades de lo público y de las áreas de la
existencia que nos debiesen interesar a todos, ciñendo el interés general a la mera suma
de preferencias individuales. Durante mucho tiempo hemos asumido como natural y
evidente una forma de pensar y habitar el mundo que de obvio no tiene nada. Si esta
naturalización fue posible, no se debe a una supuesta superioridad de dichas ideas. Se
explica también y sobre todo porque la cultura y los reflejos neoliberales estuvieron –y
siguen estando- amparados por un dispositivo constitucional especialmente diseñado
para preservar el modelo político, social y económico, introducido por el régimen
militar que buscó explícitamente bloquear la voluntad democrática mediante una serie
de trampas, lo cual, más allá de los triunfos electorales de la centroizquierda, hacen casi
imposible la transformación sustantiva del modelo chileno”. P. 351-352
ejemplos de privatización de lo público: TVN, Transporte público (Transantiago)
“¿Qué razones de peso justificaron que cuando se diseñó e implementó el Transantiago
esta solución respaldada por el sentido común y la experiencia de prácticamente todas
las ciudades de tamaño comparable a Santiago fuera desechada? ¿Qué tenía de especial
la ciudad de Santiago, o los usuarios chilenos, que justificó una solución radicalmente
opuesta a la que es normal? La respuesta es que no se trata de que se hayan sopesado las
razones a favor y en contra de un sistema público u otro de concesiones a privados, y
que algún criterio técnico haya justificado preferir la segunda opción; es que en Chile la
primera opción nunca fue considerada realista. En Chile, la solución sugerida por el
sentido común y la experiencia de prácticamente todo el resto del mundo fue
considerada ideológica e irrealizable”. P. 358
“en chile vivimos bajo un modelo de desarrollo y una comprensión de lo público que es
exagerada, unilateral y extremista en su neoliberalismo. Es hora de que la tratemos
como eso: una forma utópica de pensar la organización de la sociedad que ha sido
influyente entre nosotros porque ha tenido algunos éxitos, porque está protegida por un
sistema político diseñado para impedir que cambie y porque finalmente el tiempo y la
discusión dentro de los términos políticos de «lo posible» han terminado por
naturalizarla cómo lógica”. P. 368