FAM AMERICA LATINA MAQUINARIAS LIMITADA
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
AREA / PROCESO: NOMBRE:
GERENCIA GENERAL
PROCEDIMIENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA
ANTE EMERGENCIAS REVISION FECHA APROBACIÓN CODIGO:
Rev. 5 14/01/2020 PIG-011
ELABORADO: REVISADO: APROBADO:
NOMBRE Y CARGO
JORGE FARIAS C
SUB GERENTE HSEC
NOMBRE Y CARGO
JAVIER BUSTOS W
GERENTE DE ABASTECIMIENTO Y FABRICACIÓN
NOMBRE Y CARGO
HERNÁN VEGA M
GERENTE GENERAL
FIRMA:
FIRMA:
FIRMA:
FECHA:14/01/2020 FECHA: 14/01/2020 FECHA: 14/01/2020
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PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIAS
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INDICE
1 OBJETIVO 3
2 ALCANCE 3
3 RESPONSABILIDADES 3
4 DEFINICIONES 4
5 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD 5
6 EQUIPOS, HERRAMIENTAS MATERIALES 15
7 REGISTROS 15
8 REFERENCIAS 15
9 ANEXOS 15
10 BITÁCORA DE MODIFICACIONES 15
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1.- OBJETIVO
Este procedimiento tiene como objetivo principal establecer las directrices para que cada
contrato, servicio e instalaciones desarrollen su propio plan de Emergencia con la finalidad
de entregar instrucciones claras y precisas al personal en caso de producirse una
emergencia, estableciendo pautas que permitan responder y mitigar las pérdidas y/o
impactos, considerando los recursos adecuados para controlar la situación. El presente
procedimiento normaliza las comunicaciones que debe realizar cualquier persona que
enfrenta una emergencia.
2.- ALCANCE
Debe aplicarse en todos sus contratos, servicios e instalaciones, considerando al personal
propio y de las empresas de servicios.
3.- RESPONSABILIDADES
Gerente General y Gerentes de Área:
Aprobar y someter a revisión cada 2 años o cuando la situación lo amerite el Procedimiento
de preparación y respuestas ante Emergencias PIG-011.
Emiten las directrices que componen el objeto, alcance y atribuciones del Procedimiento.
Aprueba los recursos necesarios para implementar, implantar y mantener el Procedimiento
de preparación y respuestas ante Emergencias PIG-011.
Solicitan informes del estado funcional y operativo del Procedimiento, a través de los
Administradores de contrato.
Se informan de la implementación e implantación de medidas preventivas y de control de
riesgos orientadas a evitar la ocurrencia de emergencias.
Participan en los ejercicios y simulacros operativos.
Administradores de contrato:
Asegurar la difusión y capacitación del procedimiento a todo el personal bajo su
dependencia.
Asegurar recursos para implementación del presente procedimiento.
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Auditar el cumplimiento del procedimiento periódicamente en terreno.
Asegurar que los incidentes que ocurran bajo este procedimiento sean investigados y se
adopten medidas correctivas adecuadas.
Jefe Depto. de Prevención y Asesor en Prevención de Riesgos: Deberá asesorar y
capacitar a las personas sobre el procedimiento, considerando todos los conceptos, métodos
y técnicas para comunicar las emergencias.
Verificar en terreno el buen entendimiento del procedimiento.
Controlar en terreno la aplicación de medidas preventivas que eviten la ocurrencia de
emergencias.
Líder General y Supervisor: Serán responsables de verificar en terreno la correcta y
permanente aplicación del procedimiento de emergencias.
Deberá instruir regularmente a sus trabajadores respecto a los procedimientos de trabajo y
dejar registro de esto, con el fin de evitar la ocurrencia de emergencia.
Liderar las comunicaciones y decisiones de las emergencias, hasta que lo traspase hacia un
personal competente.
Trabajadores: Serán responsabilidad del trabajador cumplir cabalmente lo dispuesto en el
procedimiento de emergencias y además deberá realizar lo siguiente:
Verificar la condición y funcionamiento de equipos de emergencia, en su lugar de
trabajo.
Informar de inmediato a su supervisor directo cuando se detecten condiciones o
acciones de riesgo que puedan provocar una emergencia.
Utilizar en todo momento los elementos de protección personal dispuestos por la
empresa para el desarrollo de las diferentes actividades.
No exponerse a condiciones de riesgos incontrolados.
4.- DEFINICIONES.
Accidente: Acontecimiento, suceso o evento no deseado, que lesiona a las personas y causa
daños a la propiedad, al medio ambiente o la combinación de estos factores.
Accidente del trabajo con consecuencia fatal: Es aquel accidente que provoca la muerte
del trabajador en forma inmediata o como consecuencia directa del accidente.
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Accidente grave del trabajo: Es aquel accidente que genera una lesión, a causa o con
ocasión del trabajo, y que:
Provoca en forma inmediata (en el lugar del accidente) la amputación o pérdida de
cualquier parte del cuerpo.
Se incluyen aquellos casos que produzcan, además, la pérdida de un ojo; la pérdida total o
parcial del pabellón auricular; la pérdida de parte de la nariz, con o sin compromiso óseo;
la pérdida de cuero cabelludo y el desforramiento de dedos o extremidades, con y sin
compromiso óseo.
Obliga a realizar maniobras de reanimación
Debe entenderse por éstas, el conjunto de acciones encaminadas a revertir un paro
cardiorespiratorio, con la finalidad de recuperar o mantener las constantes vitales del
organismo. Estas pueden ser básicas (no se requiere de medios especiales y las realiza
cualquier persona debidamente capacitada); o avanzadas (se requiere de medios especiales
y las realizan profesionales de la salud debidamente entrenados).
Obliga a realizar maniobras de rescate
Son aquellas destinadas a retirar al trabajador lesionado cuando éste se encuentre
impedido de salir por sus propios medios o que tengan por finalidad la búsqueda de un
trabajador desaparecido.
Ocurra por caída de altura de más de 1.8 metros
Para este efecto la altura debe medirse tomando como referencia el nivel más bajo. Se
incluyen las caídas libres y/o con deslizamiento, caídas a hoyos o ductos, aquellas con
obstáculos que disminuyan la altura de la caída y las caídas detenidas por equipo de
protección personal u otros elementos en el caso de que se produzcan lesiones
Ocurra en condiciones hiperbáricas
Como por ejemplo aquellas que ocurren a trabajadores que realizan labores de buceo u
operan desde el interior de cámaras hiperbáricas.
Involucra un número tal de trabajadores que afecten el desarrollo normal de las faenas.
Apoyo Logístico: Disposición de equipos e instalaciones especiales para facilitar el trabajo
de control y mitigación de una emergencia, proporcionado por áreas externas a la afectada.
Protocolo de Ayuda Mutua: Acuerdo convenido entre dos o más entidades para proveer,
compartir o utilizar recursos apropiados para controlar o mitigar una emergencia.
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Alarma: Aviso o percepción de ocurrencia de un evento adverso o destructivo que advierte
sobre una condición de riesgo, dado a viva voz por una persona o un dispositivo que avisa
mediante luces o sonidos.
Alerta: Estado de vigilancia para la prevención, mitigación o alistamiento para operaciones
de respuesta oportunas.
Brigada de Emergencia: Equipo multidisciplinario compuesto por personal cuyo perfil,
aptitud, conocimientos y entrenamiento responden a requerimiento específicos y necesarios
para responder, controlar y/o mitigar las emergencias.
Continuidad del Negocio: Proceso determinado y gestionado por el nivel superior de la
Empresa que permite establecer acciones operativas y financieras dependiendo del nivel de
pérdidas, tiempos de recuperación y otras variables generadas por una emergencia.
Contingencia: Estado generado en una o varias partes de una cadena de procesos, cuya
normalidad se ve afectada por un proceso de entrada y/o salida, que obliga a tomar acciones
sobre su capacidad productiva, reduciendo o paralizando de forma parcial o total sus
operaciones. Las contingencias, bajo circunstancias especiales, podrían posibilitar la
activación de una emergencia.
Control: Acción técnica operativa que permite eliminar y/o limitar el desarrollo de un
evento de emergencia, evitando o minimizando sus consecuencias.
Crisis: Situación caracterizada por un cambio significativo en el desarrollo de un proceso,
en este caso una emergencia.
Desastre: Suceso que provoca daños de grandes magnitudes, que pueden afectar a las
personas, los equipos, las instalaciones, el medio ambiente o la combinación de éstos
factores.
Emergencia: Estado provocado por un suceso o incidente imprevisto que quebranta un
proceso definido y aceptado como normal.
Evacuación: Desalojo del personal de una zona (recinto, planta, edificio, etc.), de forma
parcial o general, hacia los puntos de reunión establecidos, ante una situación de
emergencia.
Incidente: Acontecimiento, suceso o evento no deseado que causa pérdidas.
Líder de Emergencia: Persona con competencias técnicas y facultades para administrar
recursos en un estado de emergencia.
Mitigación: Acción desarrollada durante y/o después de una emergencia, orientada a
moderar, disminuir los riesgos o impactos de una situación dada.
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Peligro: Fuente con un potencial para causar lesiones y deterioro de la salud.
Punto de Encuentro en Emergencia (PEE): Lugar establecido y señalizado, ubicado en
espacios y superficie adecuada para contener un número determinado de personas
provenientes de la zona afectada por una emergencia.
Prevención: Acciones destinadas a evitar la ocurrencia de emergencias.
Riesgo: Un efecto es una desviación de lo esperado — positiva o negativa, con frecuencia
el riesgo se caracteriza por referencia a “eventos” potenciales y “consecuencias” o una
Combinación de éstos.
Respuesta a las Emergencias: Acciones definidas y/o tomadas en el lugar de ocurrencia
de un evento no deseado, orientadas a controlar y/o mitigar sus efectos. Las acciones
corresponden a las ejecutadas por parte o toda la estructura organizacional del sistema de
emergencia.
Rescate: Acción operativa especializada, ejecutada por personal competente que permite
una evacuación asistida de personas lesionadas, atrapadas o impedidas de salir por sus
propios medios de una zona o lugar cuyas condiciones agravarían su estado de salud y/o
integridad física.
Reconstrucción: Acciones destinadas a la reparación y/o reemplazo de las infraestructura
dañada.
Rehabilitación: Acciones de recuperación, en el corto plazo, de las condiciones básicas de
vida de las personas y zonas afectadas.
Víctima: Persona que ha sufrido lesiones que afectan su salud y/o integridad física, como
consecuencia de evento no deseado.
5.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD.
5.1.- Identificación de la Emergencias.
Cada contrato, servicio e instalación debe identificar sus posibles Emergencias a través del
Anexo 3: R-HSEC-0076 (Matriz de identificación de Emergencias), una vez identificadas
deben elaborar un procedimiento especifico de control y/o mitigación de la emergencia, en
el deben establecer la descripción de área, y sus entornos, el método de identificación y
evaluación de los riesgos, categorización y activación de las emergencias según impacto y
consecuencias, determinar funciones y responsabilidades.
6.- EQUIPOS Y MATERIALES.
Equipo medidor de gases.
Conos y Cadenas en caso de ser necesario.
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7.- REGISTROS.
No aplica.
8.- REFERENCIAS.
No aplica
9.- ANEXOS.
Anexo 1: Flujogramas de Emergencia.
Anexo 2: Guía Rápida de Respuesta a las Emergencias.
Anexo 3: R-HSEC-0076 (Matriz de identificación de Emergencias)
Anexo 4: Relación telefónica FAM
10.- BITACORA DE MODIFICACIONES.
Nº Revisión Fecha Descripción del cambio
0 17/04/2012 Creación de Procedimiento.
1 17/05/2012 Modificación de formato de procedimiento.
2 10/06/2013 Revisión anual del procedimiento.
3 28/08/2019 Cambio en elaborador del procedimiento, cambio en
los objetivos, alcance, descripción de la actividad.
4 27/09/2019 Cambio de Gerente General
5 14/01/2020 Cambio de Definición de Peligro y Riesgo
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Anexo 1: Flujogramas de Emergencia.
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Anexo 2: Guía rápida de Emergencia
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Anexo 3: Matriz de Identificación de Emergencias