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Escuela Moderna del Derecho Natural
El “Fundador de la Escuela del derecho natural” como es conocido mezcla los
términos modernos, o bien los de origen estoico renovados por el humanismo del
renacimiento, con el fondo tradicional de la escolástica.Los fundadores de la Escuela del Derecho Natural, a diferencia de Hobbes y de
Spinoza, no son luminarias de primera magnitud dentro de la filosofía. Es en la
obra de Hobbes que creemos encontrar, derivado del nominalismo, del
voluntarismo, del individualismo occamista, un tipo de ideal del pensamiento
jurídico moderno: la rigurosa aplicación de una filosofía moderna al ámbito del
derecho. En su sistema ya no queda casi nada del derecho natural objetivo de la
tradición antigua y clásica, fundada sobre la idea general de una armonía universal
que se descubre en las cosas. El camino de Hobbes sigue una dirección inversa
a la que Platón, Aristóteles y Sto. Tomás habían practicado; parte de ideas
simples y claras, surgidas de un trabajo de análisis , especialmente de la noción
primera de individuo , y de la libertad natural del individuo o derecho subjetivo
natural. Sobre esta base será reconstruido un derecho objetivo, producto artificial
del hombre, puesto por el hombre (positivismo jurídico en el primer sentido del
término) que debe ser conforme a las exigencias de la lógica del espíritu
humano sistemático , axiomático, que se esfuerza por adquirir la forma de una
construcción geométrica. No menos radicalmente moderna es la doctrina de
Spinoza, la que diversas obras recientes y la traducción francesa de la edición de
la Pleiade han puesto a la orden del día. Ella se presenta absolutamente pura de
toda secuela escolástica, rompe con la tradición aristotélica, como así también contoda la teología cristiana ortodoxa. Preanunciando ya la manera cómo los
sociólogos tratarán el mundo moral, aborda la ciencia del derecho con la misma
científica objetividad que se considera a las cosas físicas. En esta perspectiva, (y
el método analítico del racionalismo moderno la observará) la noción primera es el
derecho subjetivo del individuo, asimilado con realismo al poder que él detenta.
Pero, luego, los hombres se han reunido para ser más fuertes y como
consecuencia de ello aparecerán los derechos o poderes de los grupos; de su
potestad superior surgirán para el individuo las normas de lo justo y de lo injusto,
las normas del derecho objetivo. El derecho es el mandato del grupo o del jefe que
representa a ese grupo; el derecho surge de la voluntad, de la potestad pública.Como se ve ya, esta filosofía es portadora del más imperioso de los positivismos
jurídicos.
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