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Electricaribe a liquidación: SSPD

E l pasado 14 de marzo, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), José Miguel Mendoza Daza anunció al país la li-quidación de Electricaribe, argumentando la

deficiente prestación del servicio de energía eléctrica que por años la empresa hizo en los siete departamen-tos de la Costa Caribe: Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdo-ba, La Guajira, Magdalena y Sucre.

La intervención de Electricaribe, bajo el control Gas Natural Fenosa, ha sido catalogada como la más grande de la historia del país, que hoy tiene más de 2,5 millo-nes de usuarios y enfrenta deudas por una suma supe-rior a los $1,7 billones.

Luego de dos meses de auditorías e informes sobre el estado de los bienes de la compañía, el Superintendente José Miguel Mendoza manifestó que la infraestructura de distribución de energía se encuentra en un estado crítico y que se requerirá de una gran inversión para garantizar, a mediano y largo plazo, la continuidad y calidad del servicio en la Costa Caribe.

En entrevista con ACIEM, el funcionario explicó las razo-nes de la liquidación de Electricaribe y cuál será el papel del Fondo Empresarial de la Superintendencia para re-cuperar su orientación técnica y combatir la corrupción.

ACIEM: ¿Por qué se adopta la decisión de liquidar Electricaribe?José Miguel Mendoza (J.M.M.): Dimos un paso definitivo para remediar los problemas estructurales que han deterio-rado el servicio de energía en la Costa Caribe. Se ordenó la liquidación de Electricaribe porque la empresa no está en condiciones de hacer las inversiones necesarias para prestar el servicio con la calidad y continuidad debida.

A esta conclusión llegamos luego de conocer las pro-yecciones del equipo técnico de la Superintenden-cia. Aunque se garantizará la prestación del servicio, ahora se iniciará la venta de activos para cumplir con las obligaciones de la empresa que hoy ascienden a los $2.4 billones. De este monto $1.8 billones corres-ponde a deudas con los bancos. Existe también un pasivo pensional que se está tasando con precisión con el apoyo de expertos.

Los activos de la compañía que están compuestos, principalmente por redes de distribución y unas cuentas por cobrar serán tasados también en las la-bores que corresponden al proceso de liquidación.

ACIEM: ¿Cómo se adelantará el proceso de liquidación?J.M.M.: Luego de tomar la decisión de liquidación, se acordó entrar en un proceso de subasta para encon-trar el nuevo operador del servicio de energía eléctri-ca en la región.

En diálogo con ACIEM, José Miguel Mendoza Daza, Superintendente de Servicios Pú-blicos Domiciliarios (SSPD), explicó las razones por las cuales ordenó la liquidación de Electricaribe así como la metodología que se adelantará para encontrar el nuevo opera-dor que garantice el servicio de energía eléctrica en la Costa Caribe.

JOSÉ MIGUEL MENDOZA, SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS (SSPD).

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Se buscará estructurar un proceso de selección públi-co en el que se escoja el mejor operador para la Costa, mediante mecanismos de mercado con el concurso de bancas de inversión internacionales y firmas de aboga-dos expertas en esta materia.

Dentro de ese proceso se analizará la capacidad admi-nistrativa técnica y operativa de los oferentes, así como el músculo financiero que requieren para garantizar la prestación del servicio.

ACIEM: ¿Qué afectó la calidad del servicio de energía en la Costa Caribe?J.M.M.: El Informe de Situación Electricaribe que en-tregó el Agente Especial de la compañía indicó que el incremento de la demanda de energía eléctrica de la Re-gión Caribe, respecto al promedio nacional, sumado al rezago en materia de inversiones, afectó la frecuencia de las interrupciones y los niveles de calidad de potencia. Lo anterior indica que existe un subdimensionamiento de la infraestructura existente y la necesidad de reponer dicha infraestructura para garantizar en condiciones de confiabilidad y continuidad la nueva demanda.

ACIEM: ¿Cuáles fueron las bases jurídicas para la pose-sión y liquidación de Electricaribe?J.M.M.: Electricaribe no estaba en condiciones de supe-

rar las causales de toma de posesión contempladas en los numerales 1° y 7° del artículo 59 de la Ley 142 de 1994 , ni de cumplir con su objeto social conforme a las leyes que lo rigen.

Adicionalmente, lo expresado por la Corte Consti-tucional en sentencia C-805 de 2012, indica que las intervenciones de las empresas de servicios públi-cos pueden surtirse bajo la modalidad denominada “toma de posesión con fines liquidatorios”.

Según la Corte Constitucional, en esta modalidad se pueden adoptar medidas tales como: “La administra-ción temporal, la solución empresarial, la reestruc-turación, vinculación de un gestor, de un operador especializado, o de capital”.

ACIEM: ¿Cómo será el proceso de subasta?J.M.M.: El proceso es sencillo. Empezará por poner en marcha un cuarto de datos con la información que podría requerir un posible comprador de los activos de propiedad de Electricaribe. Luego sigue una etapa de debida diligencia en la que los oferentes potencia-les podrán consultar la información que reposa en el cuarto de datos, y finalmente, organizaremos una subasta pública y competitiva para escoger al nuevo operador de energía para la Costa Caribe.

RECLAMO DE GAS NATURAL

En días anteriores se estableció que el Grupo Gas Natural Fenosa, propietaria del 85% de Electricari-be, reclamará a Colombia una indemnización cer-cana a los US 1.630 millones (más del doble de su valor contable: US 505 millones).

Dicha indemnización se tramitaría ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), puesto que la empresa espa-ñola consideró que esta actuación “es contraria al proceso de diálogo abierto en los últimos meses con Colombia y “al espíritu de profundización de las re-laciones comerciales entre la Unión Europea y Co-lombia” según lo indicó en comunicado de prensa.

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ACIEM: A pesar de la intervención de Electricaribe, los usuarios siguen quejándose del servicio, ¿cuándo mejorará?J.M.M.: El servicio de energía en la Costa Caribe mejo-rará cuando se realicen las inversiones necesarias para recuperar la deteriorada infraestructura de distribución de la compañía. Como lo hemos dicho desde noviem-bre de 2016, la intervención por sí sola no es una solu-ción mágica a los problemas de Electricaribe.

ACIEM: ¿Qué papel tendrá el Fondo Empresarial crea-do por la SSPD en la intervención de Electricaribe?J.M.M.: Hemos diseñado un novedoso esquema de ga-rantías alternativas para que el Fondo Empresarial de la Superintendencia supla los servicios que la banca pri-vada no le está prestando actualmente a Electricaribe. De esta manera, podemos estabilizar las finanzas de la compañía sin girarle recursos públicos a la intervención.

ACIEM: Tras siete meses al frente de la SSPD, ¿cuál ha sido su principal objetivo institucional?J.M.M.: En años recientes, la Superservicios anduvo un poco desorientada, golpeada inicialmente por la pérdida de sus funciones en materia de telecomunica-ciones y avasallada luego por un incremento exponen-cial en el número de quejas de los usuarios.

Estas circunstancias desfiguraron la misión de la enti-dad. La Superintendencia terminó convertida en una

enorme oficina de quejas y reclamos. Es por ello que desde agosto de 2016 pusimos en marcha un ambi-cioso proyecto para recuperar la orientación técnica de la Superintendencia.

Como primera medida, se redujo el personal dis-puesto para la atención de reclamaciones, con el ob-jeto de fortalecer el capital humano en las divisiones técnicas y de investigación de las delegaturas.

También hemos querido reproducir experiencias exitosas de otras entidades, tales como el laborato-rio forense de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y las técnicas de supervisión de los reguladores británicos de energía y agua.

ACIEM: ¿Cuál es la capacidad sancionatoria de la Su-perservicios para las empresas de servicios públicos?J.M.M.: La Ley del Plan Nacional de Desarrollo del año 2015 aumentó la potestad sancionatoria de la Superintendencia y las multas que hoy podemos im-poner ascienden a $73.771 millones que equivalen a 100.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigen-tes (SMLMV). Antes sólo podíamos imponer multas que llegaban a los 2.000 SMLMV.

El Decreto 281 de 2017 reglamentó nuestras faculta-des conforme a las técnicas más modernas de dosi-metría sancionatoria.

ACIEM: ¿Cómo está combatiendo la SSPD los temas de corrupción?J.M.M.: La Superservicios no solo propende por el comportamiento ético y transparente de sus vigila-dos sino también de las actividades realizadas por todo su equipo de trabajo.

En ese sentido, acabamos de lanzar una estrategia anticorrupción para el 2017 que centrará sus es-fuerzos en luchar en actividades preventivas, in-vestigativas e institucionales mediante cinco com-ponentes: gestión del riesgo, racionalización de trámites, rendición de cuentas, mejora en la aten-ción al ciudadano y mecanismos para la transparen-cia y acceso a la información.

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