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MINISTERIO DE SALUD No 002-2014—SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que el Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA comprende a todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, además de la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos, su calificación, así como la evaluación que corresponda y el pago de derecho de trámite en caso proceda, para cada procedimiento;
Que, el numeral 38.1 de la precitada Ley, dispone que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es aprobado por Decreto Supremo del Sector;
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, y se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo;
Que, a través del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2005-SA, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados, comprendiendo a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA; norma que fue derogada por el artículo 4° del Decreto Supremo N° 013-2009-SA;
Que, a través de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las instituciones administradoras de fondos de-aseguramiento en salud, así como supervisar a las instituciones prestadoras de servicios de salud en el ámbito de su competencia;
Que; mediante Decreto Legislativo N° 1158, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, sustituyéndola por la de Superintendencia Nacional de Salud;
Que, a efecto del adecuado cumplimiento de las funciones establecidas en las normas a las que se ha hecho mención en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Salud, el cual contempla nueve (09) procedimientos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud; el Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; y, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo;
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Salud
Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Salud, el cual consta de nueve (09) procedimientos, y que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2°.- De la aprobación de Formularios Apruébese la relación de los Formularios correspondientes a los procedimientos del
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado en el artículo precedente, que están comprendidos en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 3°.- De la Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y sus correspondientes Formularios, deberán ser publicados en el mismo día en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (http://www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la
Superintendencia Nacional de Salud (www.sunasagob.pe).
Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Salud.
veintiocho Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los días del mes de
año dos mil catorce.
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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1. AUTORIZACIÓN DE INSTITUCIONES 1.1. Autorización de Organización de Instituciones Administradoras de 47.76% 176770 X Treinta OGA - Tramite Intendente de Despacho del
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
ASEGURAMIENTO EN SALUD - lAFAS PRIVADAS
Fondos de Aseguramiento en Salud - 'ARAS Privadas
IAFAS: ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD (EPS) Y ENTIDADES DE SALUD
(SO) dios Documentado le Intendencia
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Autorización , y
StItleallte miente
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Superintendencia
' Ley N° 27414 Ley del Procedimiento Administrativo QUE OFRECEN SERVICIOS DE SALUD PREPAGADOS Formulario Registro - IRAR Nacional do
General, publicada el 11/04/01, Artículos 103° y 113'.
' Ley N' 29060, Ley dei Silencio Administrativo, publicada
el 07/0 //07, Primera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final
1. Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro.
2. Nombre, nacionalidad, estarlo civil y curriculum vitae de cada uno de los
organizadores, o le memoria anual cuando se trate de una persona jurldica.
N ° 0
Formulado
Av Velasco
Astete N°1398
Santiago de
Salud
Plazo para
presentar
' Ley N' 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal 3. Declaración jurada de cada uno de los organizadores de no tener impedimento legal. Id' 02 Surca. Lima 33 15 d'as
en Salud, publicada el 09104/09, Articulo 9"
' Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas
4, Nombre, denominación o Razón Social de la Institución Administradora de Fondos
de Aseguramiento en Salud (IAFAS) que se pretende constituir, adoptando las Plazo para
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación malas correspondientes según su modalidad societaria resolver
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en 5. Proyecto de inmuta de constitución. señalando dentro de su objeto, objetivo o 30 días
Salud, publicado el 06/12/13, Articulas 5', 6° 8° y 17" finalidad, la captación y gestión de /olidos para el aseguramiento de las
' Decieto Supremo N' 00997-SA, Reglamento de la prestaciones de salud.
Ley de Modernización de la Seguridad Social en 6. Descripción de las operaciones y servicios que se propone realizar.
Salud publicado el 09/09/97, Artículos 69', 71°,
75' y 7P
7. Ambito geogrdtico donde desarrollará sus actividades
8 Dirección o domicilio donde funcionará su sede principal
' Decreto Supremo W 008-2010,SA, Reglamento de 9 Estudio de factibilidad económico financiero suscito por economista colegiado. Formulario
la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud con no menos de cinco (05) años de experiencia. N' O
publicado el 03/04/10, Articules 10', Ir y 13' 10. Monto del capital con el que se propone iniciar las operaciones, el cual no podrá
ser inferior al establecido por la Supennlendencia Nacional de Salud como
Capital Minino
Certificado de depósito de garantie emitido por un banco del pais, a la orden de la
Superintendencia Nacional de Salud, por un monto equivalente al 5% del
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Capital Minimo actualizado, el que deberá mantener vigente hasta la
culminación del procedimiento
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12. Copia del ,noticner del Banco de la Nación donde consta el pago de los derechos
fijadseor le Superintendencia Nacional de Salud
13 Acreditar al representante de los organizadores, mediante poder especial de
representación otorgado por todos los organizadores ante Notario Público Colegiado i. mm suriasa gol) Pe
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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ASEGURAMIENTO
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro.
2. Nombre, nacionalidad, astado civil y curriculum vitae de cada uno de loe
organizadores
Formulario
N° 01-A
3. Declaración jurada de cede uno de los organizadores de no tener impedimento legal. Formulario
4. Nombre, denominación o Razón Social de le Institución Administradora de Fondos
de Aseguramiento en Salud (ZAFAS ) que se pretende constituir.
N° 02
5. Proyeclo de minuta de constitución, señalando dentro de su objeto, objetivo o
finalidad, le captación y gestión de fondos para el aseguramiento de las
prestaciones de salud
6. Descripción de las operaciones y servicios que se propone realizar.
7. Ambito geográfico donde desarrollará sus actividades
8. Direccion o domicilio donde funcionará su sede principal.
9. Proyección financiera que acredite equilibrio entre los ingresos constituidos
por los aportes del empleador yfo afiliados, y las prestaciones estimadas
en un periodo no menor de tres (03) años, debidamente firmado por el
representante legal o contador general
10. Certificado de depósito de garanlla emitido por un banco del país, a la orden de la
Superintendencia Nacional de Salud, por un monto equyalente al 5% del
Fondo de Garanlia actualizado, el que deberá mantener vigente hasta la
culminación del procedimiento.
11. Copia del voucher del Banco de la Nación donde consta el pago de los derechos
unbaa 921.222
fijados porte Superintendencia Nacional de Salud.
12 Acreditar el representante de los organizadores, mediante poder especial de
representación otorgado por Iodos los organizadores ante Notario Público Colegiado.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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Autorización de Funcionamiento de Instituciones Administra doras de Fondos
de Aseguramiento en Salud - LAPAS Privadas.
1. Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro, comunicando el cumplimiento de lo exigido en la etapa de organizacion
2- Copia simple de la escritura pública de constitución de la Institución Administradora
de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), inscrita en la Oficina
Registral de la junsdiccion que corresponda, o norma estalutane de su
creación, según corresponda
3. Copra de la publicación del Certificado de Autorización de Organización en el Diario
Oficial "El Peruano'' y en un diario de circulación nacional
4. Reglamento o Manual de Organización y Funcionas.
5. Normas operativas y de delegación de facultades.
6 Reglamento de Atención de Reclamos.
7. Planes de salud que se propone ofrecer. los mismos que deberan estar enmarcados
en la legislación vigente
8. Certificado que acredite el pago del Capital Minimo o Fondo de Garantia Minima
establecido por la Superintendencia Nacional de Salud, según corresponda
Gratuito Gratuito OGA -Tramite
Documentan°
Av. Velasco
Astete N°1398
Santiago de
Surco - Luna 33
Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro-IRAR
Despacho del
superintendente
de la
Superintendencia
Nacional de
Salud
Plazo para
presentar
15 dios
Plazo para
resolver
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2. AUTORIZACI N DE FUSICN DE INSTITUCIONES
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
ASEGURAMIENTO EN SALUD .. ENTIDAD
PRESTADORA DE SALUD (IAFAS ,, EPS)
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11104/01, Arts. 103' y 113°
Ley N' 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada
e l 07/07/07, Pnmera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final.
Ley N° 29314, Ley Marco de Aseguramiento
Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9°
Avo, 51.1113S2 Q0b Pe
1. Solicitud dirigida el Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro.
2. Copia simple, debidamente suscrita por el Gerente General de cada una de las
instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidad
Prestadora de Salud (iAPAS - EPS) participantes en el proceso de fusión, de la
parle pertinente del acta de Junta General de Accionistas que aprueba el proceso
de rusos y, copia del proyecto de fusión aprobado.
3. Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas de las Instituciones
Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidad Prestadora de
Salud (ZARAS - EPS) participantes en el proceso, cerrado el dio anterior del
acuerdo de fusión. .
1 Minuta de Fusión por constilucion de una nueva institución Administradora de Fondos
de Aseguramiento en Salud - Entidad Prestadora de Salud IAFAS - EPS incorporanle
o la de Fusión por Absorción, según sea el caso, debidamente ausenta
Formulario
N' 04
Gratuito Gratuito 14 'frente
(30) dios
OGA - 1 ramito
Documentado
Av. Velasco
Astele N°1398
Santiago de
Surco-Lima 33
Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
Desoac,io del
Superintendente
de la
Superintendencia
Nacional de
Salud
Plazo para
presentar
15 dios
Plazo para
resolver
30 Mas
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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. Decreto Legrslative N° 1158, gue dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado vi 06/12/13. Artículos 5', 6° y 8°
5 Compromiso irrevocable asumido por la Junta General de Accionistas que aprobó
la fusión, suscrito por el representante de la Institución Administradora de Fondos
de Aseguramiento en Salud-Entidad Prestadora de Salud (IAFASEPS) incorporante
o de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidad
Prestadora de Salud CAPAS • EPS) absorbente, según fuere el caso, que asegure
que se procederá, en el plazo de tres (03) meses contado e partir de la fecha de
notificada le Resolución de Autorización de Fusión, a la reposición del capital
social en el caso que este disminuya por el ejercicio del derecho de separación
de los socios disidentes, si éste fuere ejercido.
6. Proyecto del Aviso a ser publicado.
3 ADSCRIPCION A LA LISTA DE CONCILIADORES Y
ÁRBITROS DEL CENTRO DE CONCILIACION Y
ARBITRAJE DE 1-A SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE SALUD
' Ley N' 27444 Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11/04/01, Arts. 103' y 113°
Ley N ° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 01/07107 Primera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final
Ley N' 29344 Ley Marco de Aseguramiento Universal
on Salud, publicada el 09/04109, Articulo 9°
' Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas
destinadas al iortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado e106/12/13, Articules 33° y 31°
' Decreto Supi amo N' 014-2008.JUS, Decreto Supremo
que aprueba el Reglamento da la Ley de Conciliación
modificado por el Decreto Legislativo N° 1070,
publicado el 30100/03, Articulo 32°
- Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que
norma el Arbitraje, publicado el 23106/00
A) Conciliadores.
1. Solicitud dirigida al Secretario General del Centro del Conciliación y Arbitraje.
2. Fleje de vida documentando los títulos profesionales y la experiencia profesional o
académica relacionada con las materias vinculadas a las controversias sometidas
ante el Centro de Conciliación y Arbitraje.
Copia simple de M Resolución de Acreditación como Conciliador vigente,
expedida por la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos
de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
4 Copia simple del Diploma que acredita como Conciliador Extrajudicial
expedido por la Dirección de Conciliación Exlrajudicial y medios Alternativos de
Solución da Conflictos, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
5. Copie simple de Registro en la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT
O) Árbitros.
1. Solicitud dirigida al Secretario General del Centro del Conciliación y Arbitraje
2. Hoja de vida documentando los Mulos profesionales y la experiencia profesional o
académica relacionada con las materias vinculadas a las controversias
sometidas ante el Centro de Conciliación y Arbitraje
3. Copia simple colegiatura profesional - babilitacion.
4 Copia simple de Registro en la Superintendencia Nacional de Adnumstracion
Tributaria - SUNAT
Formulado
N° 05
Formulado
N ° 06
Gratuito
Gratuito
Gratuito
Gratuito
X Diez (10)
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OCA • Trámite
Documenlario
Av. Velasco
Astete N°1393
Santiago de
Surco - Lima 33
Secretario
General del
Centro de
Conciliación y
Arbitraje
Secretario
General del
Centro de
Conciliación v
Arbitraje
Plazo para
presentar
15 días
Plazo para
resolver
30 duis
Director del
Centro de
Conciliación y
Arbitraje de la
Superintendpncla
Nacional de
Salud
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Plazo para
resolver
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE
INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD IIPRESS)
' Ley N' 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11/04/01, Articules 103° y 111'.
' Ley N' 29060 Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final
Ley N' 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal
en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9'
`Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado el 06/12/13, Articules 5°, 7° 8° y 17°
4,N. s u n a s a qob pe
A) Inscripción Virtual
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro. 2/ Ruta electronica litip.11app3 aunase gOb perESi24em/AdicuioLos aspx
2. Última Resolución de Calegonzación de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
3. Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de
Establecimientos de Salud
4. Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se
encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servidor de Salud (en caso
forme parle de una red prestacional)
5. Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante
de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
6 Documento de designación de le máxima autoridad administrativa de le Institución,
Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
7 Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o mandato
legal. No sera exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud
recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
e. indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo
(PEAS complementario, especifico u otro) No será exigible cuando la
Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el
ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
9 Numero de Registro Único de Contribuyentes de le Institución Prestadora de
Servicios de Salud, o de le Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de le
cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Comribuyenles propio)
10. Dirección o domicilio donde ejerce su fundan prestacional
11. Numero de teléfono de la InStitLICIOrl Prestadora de Servicios de Salud (fijo,
móvil, radio u otro)
12 Dirección electrónica para efectos de notificación
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Nacional de
de salud
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Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
Plazo para
presentar
15 dios
Plazo para
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Despacho del
Superintendente
de la
Superintendencia
Nacional de
Salud
Plazo para
presentar
15 dios
Plazo para
resolver
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11.
Inscripción Presencial •
Solicitud dirigida al Intendegte de la Intendencia de Regulación, Autonzacon
y Registro
Última Resoluoion de Ca(egorizaciCr, de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de
Establecimientos de Salud
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se
encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso
forme parte de una red prestacional)
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante
de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Documento de designación de le máxima autoridad administrativa de la Institución,
Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o mandato
legal. No seré exigible cuando la instilucion Prestadora de Servicios de Salud
recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Indicación de los Planes do Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo
(PEAS complementario, especifico u otro). No será ende cuando la
Institución Presladora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el
ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Número de Registro Único de Contribuyentes de la institución Prestadora de
Servicios de Salud, o de le Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la
cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Humero de teléfono de le Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo,
móvil, radio u otro)
Formvlaro
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en Veinte
(20) días
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Intendente de
la Intendencia
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Intendente da
la Intendencia
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AuloriZaCion, y
Registro - IRAR
Plazo para
presentar
15 días
Plazo para
resolver
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Nacional de
Salud
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MODIFICACION DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN (7
CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE
INSTITUCIONES PRESTADORAS CE SERVICIOS DE
L Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y
Registro. Ii Al Ruia electrónica Cltp.napn3 sonsa.gob.pe/ES1246/4/AnicoloCoe aspx
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(20) dios Superintendencia
Nacional de
Salud
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
la Intendencia
de Regulación,
Aulorizacion, y
superintendente
de la
Superintendencia
SALUD (IPRESS). 3 Numero de código con el que se encuentra Inscrita en el Registro Nacional de
EsÓLlecncenlos de Salud
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Registro - IRAR Registro- IRAR Nacional de
Salud
' Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11)04/01 Articules 103° y M3°
' Ley N' 20060, Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final.
4. Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se encuentre
adscrita le Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte
de una red prestacional)
5. Nombre, apellido y documento de identidad del director medico o representante
de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Plazo para
presentar
15 días
Plazo pera
presentar
15 dial
' I.ey N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal
en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9°.
6. Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de la Institución,
Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Plazo pera
resolver
Plazo pera
resolver
' Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación'
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado el 06/12/13, Articulas 5°, 8° y 17°
7. Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en
Salud con las que mantiene vinculo por contrato, convenio o mandato legal. Na
sera exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie
su actividad en el ámbito de! Aseguramiento Universal en Salud
30 d'as 20 días
8. Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo (PEAS
complementario, especifico u otro). No será exigible cuando la Institución
Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del
Aseguramiento Universal en Salud
9 Numero de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de
Servicios de Salud, o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la
cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
10 Dirección o domicilia donde ejerce su función prestacional
www.suna slgtogys
11. Nlúmero de teléfono de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo, móvil,
radio u otro)
12 Dirección electrónica para efectos de notificación
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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intendente de
ReooNsi.
Intendente di:
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Despacho del SUP°1-11,1.11,knt.
de la Superinteruilencie
Nacional de Salud
Plazo para presentar 15 dias
Plazo pero resolver 30 crian
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E) Actualización Presencial
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autonzación y Reglaba. 41
2 Ultima Re5OILIC1ón do CategoriZaCión de Institución Prestadora de Servidos de Salud
3 Numero de código con el q ue se encuentra Inscrita en el Registro Nacional de Establecimientos de Salud
4. Nombre de la Unidad E jecutora, Red Asistencial o Institución ala que se encuentre encuentre adscrita le Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red prestecional)
5 Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
6, Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Reculare o Red Asistencial solicitante
7. Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantiene vinculo por contrato, convenio o mandato legal. No seré exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
8 Indicación de los Planes de Salud q ue atiende acorde con su nivel resolutivo ( PEAS complementario, especifico u otro). No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
9. Número de Registro Único de Contribuyentes de le Institución Prestadora de Servicios de Salud, o de la Unidad E jecutora, Red Asistencial o Institución dele cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
O Dirección o domicilio donde e jerce SU función prestacional Número de teléfono dele InsbluclOn Prestadora de Servicios de Salud ( filo, móvil, radio u otro)
Formulan° N° OB
3% 6 72 Veinte (20) dias General de
Administración / Tramite
Documeniano
Av. Velasco Astete NP1395
Santiago de Surco - Lima 33
le Intendencia de Regulación, Autorización, y Regia Ira • IRAR
la IntendenC1 l de Regulación, Autonzeolón, y Registro • IRAR
Plazo para presentar 15 dias
Plazo pare resolver 30 dias
8
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD (IPRESSI
' Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11/04/01, Artículos 103° y 113°
Ley N' 290E0, Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final.
' Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal
en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9'.
Decreto Legislativo N° 1150, que dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5° 7°, 8° y 17°
va" senasa gob pe
1. 5 licilutl dirigida al nendenie de e Intendencia tle Regulación, Autorización y
nl rancien paucauta da cumplimiento ante le Supennlentlencle Neclone1 de SBbld.
4. Dirección electrónica para efectos tle nolif¢acibn
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(20) ches
Página web de le
Superintendencia
Nacional de
Salud
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Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
Intendente de
la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
Plazo para
presentar
15 dias
Plazo pera
resolver
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Despacho del
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de la
Superintendencia
Nacional de
Salud
Plazo para
presentar
15 dios
Piazo para
resolver
30 dias
DI Retiro Pfesentlal
1 Solicitud dirigida al Inlendenle de la Intendencia de Regulación, Autorización y
Registro,
2. Documentación que acredita el representante de la unidad eieculora, red asistencial
institución (Resolución de nombramiento o Vigencia de Poderes)
3. Declaración Jurada de no mantener procedimiento sancionador en trámite,
ni sanción pendiente de cumplimiento ante la Superintendencia Nacional
de Salud.
Formulario
N° 09
Formulario
N° 09-A
3,56% 131.63 X Veinte
(20) dias
Oficina
General de
Administración /
Trámite
Documeniario
Av. Velasco
Aslete N°1398
Santiago de
Surco - Lima 33
Intendente de
le Intendencia
de Regulación,
Autonzacion, y
Registro -IRAR
Intendente de
le Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro-IRAR
Plazo para
presentar
15 dias
Plazo para
resolver
30 alas
Despacho del
Saiterritendente
de le
Superintendencia
Nacional de
Salud
Plago para
presentar
15 dice
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resolver
30 dias
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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Nacional de
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la Intendencia
de Regulación,
Autorización, y
Registro - IRAR
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A) Renovación Virtual
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro. 2/ Rota electrónica. http //app3 sumisa gob pe/Es/246filiAniculeml 06 aspo
2 Minina Resiclumon de calegerización de la tostuicien Prestadora de Servicios de Salud
3 Numero de código con ot que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de
Establacnnientos de Salud,
4. Nombre dele Unidad Ejecutora, Red Asislenciai o Institución e le que se
encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en casa
forme parle de una red prestacional)
5. Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante
de la atenido de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
6 Documento de designacion de le máxima autoridad administrativa de le Institución,
Unidad Ejecutora o Red ASiStencral solicitante
7. Indicación de las Inslituctones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud con las que mantienen vinculo por contrate, convenio o mandato legal
3. Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo
(PEAS complementarle, especifico u otro).
9 Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de
Servicios de Salud; o de la Unidad Eieculora, Red Asistencial o Institución de la
cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
11 Numero de teinfOn0 de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo,
móvil, radio u otro)
12 Dirección electrónico para electos de notificación
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Intendente de
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Nacional de
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de la
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Nacional de
Salud
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X 7 RENOVACION fTE~FieloiN EN EL REGISTRO
DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD (IPRESS)
" fiey N' 27114 Ley del Procodimienle Administrativo
General, publicada el 11/04/01, Articules 103' y 113°
' Ley N' 29030, Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07/07/07, Primera Disposición franotona,
Complementaria y Final
N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal
en Salud, pubimada el 09/04/09, Articulo r
' Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas
destinadas 4I fortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud, publicado el 06/12/13, Articulas M 7°, 8° y 17'.
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B) Renovación Presencial
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y Registro.
2 ultima flesolucion de calegorización de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
3. Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de
Establecimientos de Salud
4 Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Instttución a la que se
encuentre adScrite la Institución Prestadora da Servicios de Salud (en caso
(arrne parle de una red m'estacional)
5. Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante
de la silencien de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
6 Documento de designacion de la máxima autoridad administrativa de la Institución,
Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Formulario
N ° 10
153% 56.72 X Veinte
(20) Olas
Ofidna
06110001 de
Adounisleadán /
Trámite
Documentan°
Av. Velasco
Adiete N°1399
Santiago da
Surco - Lima 33
Intendente de
la Intendencia
do Regulación,
Autorización. y
Registro-IRAR
Intendente de
la Intendencia
de Regulacier,
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Registro - IRAR
Plazo para
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Plazo para
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7 Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o mandato legal
8 Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo
(PEAS complementario, específico u otro)
9 Numero de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de
Servicios de Salud, o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la
cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
0 Dk eccion o domicilio donde ejerce su función prostacional
1 Número de teléfono de la Instilucidn Prestadora de Servicios de Salud (fijo,
móvil, radie u otro)
6 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA.
• Ley hl' 27494, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11/04/01, Articulas 103° y 113°
' Ley N° 29050, Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07107/07, Primera 0151)051=n Transitoria,
Complementaria y Final
' Decreto Supremo N° 043-2003-PCM Texto Único
Ordenado de le Ley N' 27806, Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Publica publicado el
24/04103 AdJeuloS 10° y 11°
' Decreto Supremo N° 072.2003-PCM Reglamento de
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Publica publicado el 07108/03, Adiculos 10° 12',
13' y 15'
Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, Modifica el
Reglarnento de la Ley de Transparencia y Acceso e la
Infermecion Publica, aprobado por Decreto Supremo
N' 072-2003.PCM, publicado el 07/080013, Articulo 1'.
una gob.23.
1. Solicitud (fingida al Intendente de la Intendencia de Atención a la Ciudadanra y
Protección el Asegurado, responsable de Acceso a la Información Pública
2 Hombres, apellidos completos, número del documento de identificación
domicilio y, opcionalmente, el número de teléfono y correo electrónico.
Tratándose de menores de edad no sera necesario el documento de identificación.
3. En caso que la solicitud se presente en la Unidad de Tramite Documentarlo, la
solicitud debe contener firma del solicitante o huella digital, de no saber firmar
o estar impedido de hacerlo.
4 Expresión concr ele y precisa del pedido de información, asi como cualquier otro
Cato que propicia le localización o facilite la büsoueda de la !nlormacion
soricilada,
5. Opcionalmente, la forma o modalidad en la que prefiere el solicitante que se le
entregue la Información
Para que la información sea puesta a disposición:
Formulario
14' 11
Gratuito
0.005%
0.094%
Gratuito
0.23
3.48
X Siete (7
días
OCA - Trámite
Documentarlo
Av. Velasco
Astero N1398
Santiago de
Surco - t.me 33
Intendente de
la intenoencla
de Atención a la Crudadania y
Protección al
Asegurado -
IACPA
Despacho del
Scumnnteadenro
de la
Sugarn1andedeia
Nacional de
Salud
Plazo oara
presentar
15 Blas
Plazo para
resolver
10 dles S Exhibir recibe de pago por la reproducción de la información solicitada.
Dicho pago se realizará previa liquidación realizada por la autoridad que resuelve
el trámite a fin de proceder e le entrega de !a iNormaaldn.
' Copia simple.
' Disco Compacte
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SELECCION ‘NTE LA ENTIDAD
" Ley N° 2744 , Ley del Procedimiento AdminiStretivo
General, publicada el 11/04701, Articulas 207' y 209°
'Ley N° 2905 ,Ley del Silencio Administrativo, publicada
el 07/07707. Primera Disposición Transitoria,
Complementa a y ginal
' Decreta Legi rahvo N' 1017, Ley de Contrataciones
del Estado, p galicado el 04/06108, Articulo 53°
• Ley N° 2907 , Ley que modifica el Decreto Legislativo
N' 1017 que ' guaba le Ley de Contrataciones dialEstado
publicada el O /05/12
• Decreta SU remo N° 184-2006-EF Reglamento Ole
le Ley de Congelaciones (lel Estado, pubitado
el 01/02109, Articules 104°, 105°, 106', 107', 10%, 109',
110°, 111°. 112', 113° y 114".
' Decreto Sup amo N° 138-2012-EF, que modifica el
Reglamento e, la Ley do Contrataciones del Estado,
publicado el 0008/12
A)
2.
3,
4.
5.
6
7.
O
9.
AdmisIbIlldad
Recurso de Apelación dirigido al Superintendente de la Superintendencia Nacional
de Salud
Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y numero de
documento oficial de identidad, o su denominación o razón social. En caso de
actuación mediante representante, se acompañará le documentación que
acredite tal representación.
Tratándose de consorcios, el representante común debe interponer el recurso
de apelación e nombre de todos las °engomados, acreditando sus facultades de
representación mediante le presentación de copia simple de le promesa
formal de consorcio,
Sefalar como domicilia procesal una dirección electrónica propia,
El petitorio, que comprende le determinación clara y concreta de lo que solicita
Los lundamentos de hecho y derecho que sustenten su petitorio.
Las pruebes instrumentales peninentes.
La garantia 71 que respalda le interposición del recurso de apelación, de conformidad
con el Ad 53° de la Ley, deberá otorgarse e favor de la Superintendencia Nacional
de Salud por una suma equivalente el tres por ciento (3%) del valor referencia'
del proceso de selección impugnado (Adjudicación directa selectiva o Adjudicación,
de menor cuantla).
En los procesos de selección según relación deieale. etapas, tramos, lotes y paquetes
el monto de la garante será equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del
item etapa, tramo, lote o paquete que decida impugnar. En ningún caso, la garantid
será menor al cincuenta por ciento (50%) de la Unidad impositiva
Tributaria (117) vigente.
Firma del impugnante o de su representante. En el caso de consorcios bastará le
firma del representante común señalado como tal en le promesa formal
de consorcio
Copias simples del escrito y sus recaudos para la cera parte al la hubiere,
Gratuito Gralutto X
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1
2
Plazo para la nterposición del recurso.
La apeianon contra el otorgamiento de la Buena Pm O contra los actos dictados
con anienondad a ella debe de interponerse dentro de los cinco (05) días halieles
siguientes de haberse otorgado le Buena Pm
La apelación contra los actos distintos e los indicados en el párrafo anterior debe
interponerse dentro de los cinco (05) Mas habi!es siguientes de haber tomado
conocemento del acto que desea impugnar.
La apelación es resuelta por el Despacho del Superintendente, en tanto se instale el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, creada por el Decreto egislativo N° 1158, que dispone m elidas destinadas al Fortalecimiento y cambio de Denon inacien de la Supe Mendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, Articulo 24'.
2/ La solicitud de una o más Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud debeM ser' ngresada por el Representante a través del sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios d Salud (RIPRESS) que se encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud.
Esta solicitud es un formato "mil' sugerido, que lo proporciona el mismo sistema informático de sopada al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (RIPRESS) y que el Representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá completar la información que allí se solicita. para luego ser enviada, mediante el mismo sistema informático de soporte para su trámite correspondiente.
31 (Me electrónica para trampa( el procedimiento e htte://app3.sonaea.gob.aelE5/246/4/mueulo-106 aspx
41 Solo presentará el requisito de la información a actualizar.
5/ El impugnante deberá asumir que su recurso de apelación ha sido desestimado, operando la denegatoda ficto, cuando la Entidad no resuelva y notifique su resolución dentro del plazo de doce (12) dial !Miles siguientes a la presentación o subsanado') del recurso de apelación a electos de la interposición de la demanda contencioso administrativa
ti En su defecto, a quien delegue por escrito.
V La garantia deberá ser incondicional, !n'evocable y de realización automática en el pais al solo requerimiento de la Entidad, bajo responsabilidad de las empresas que las emiten, las mismas que deberán estar dentro de! ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera calegoria que periódicamente pública el Banco Central de Reserva del Perii.
La garantia podrá consistir en un depósito en una cuenta bancaria de la entidad. Le garantia debe tener un plazo minimo de vigencia de 20 dlas calendarios, debiendo ser renovada hasta el momento que se agote la vis administrativa
Notas para el ciudadano:
Oficina General de Administración • 7r mire Documentado : Dirección Av. Velasco Astele 1398 distrito Santiago de Surco (Telélono Central : 372..3127; 372-7018; 372-6149; 372-13124', 372-7-193; 372-6120; 372-6150; 372-6135; 372-6146).
Forma de pago a) En electivo en caja de la Superintendencia Nacional de Salud. d b) Banco de la Nación Cta, Cte.-SIN N°0000-282995 Recursos Directamenle Recaudados a nombre de Superintendencia Nacional de Salud.
1)
Provincia Departamento
Monto pagado al Mido?
Nombre:
Documento de identidad: N°
RUC del Representante Lena! Organizador: N°
Domicilio Legal:
Teléfono/Fax:
Formulario N° 01
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
DE ORGANIZACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN ADMINISTRADORA DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
1. Datos de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud en Formación
Según se busque constituir una EPS o una Entidad de salud que ofrece servicios de salud Propagados. 2 El monto totalmente pagado y suscrito no puede ser inferior al 5% del capital minimo establecido por la Superintendencia Nacional de Salud.
RUC: N°
Profesión/Ocupación:
Domicilio legal:
Participación en aporte al capital social:
Teléfono/fax:
Documento de Identidad: N°
Nacionalidad:
Ficha N° (otorgando poderes)
Objeto. Socia/
RUC N° Social
Domicilio Legal
Inscripción Registros Públicos* N° Participación en Aporte Patrimonial o Capital :
Documento de Identidad
Nacionalidad
Domicilio Legal
* O en el registro equivalente cuando se trate de personas constituidas en el extranjero
2. Datos de los organizadores de la IAFAS3
Persona Natural
Persona Jurídica
Nombre de Representante Legal
3. Tipo de prestaciones que se propone financiar:
Especificar, en documento aparte, las operaciones o servicios que ofrecerá la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud.
4. Declaración jurada de cada uno de los organizadores de la IAFAS
Llenar y presentar, por cada uno de los organizadores de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud, la Declaración Jurada que se adjunta a la presente solicitud como Formulario NE 2.
.de del
Firma de Organizador Firma de Organizador
Nombres: Nombres: Apellidos: Apellidos:
Se llenarán tantas fichas como organizadores tenga la IAFAS. 4
Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería, según corresponda
rT
EPROPO
Á
S MONTO PAGADO AL INICIO
SI SI..
Nombre: 4."4 7-
,00t Documento de identidad: N°
RUC del Representante Legal Oruanizador: N°
Domicilio legal:
Teléfono/Fax:
Formulario N° 01-A
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
DE ORGANIZACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN ADMINISTRADORA DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
1. Datos de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud en Formación
TAN
Según se busque constituir un Autoseguro. Fondos de salud u otra modalidad de aseguramiento en salud. 2 El monto totalmente pagado no puede ser inferior al 5% del fondo de garantía establecido por la Superintendencia Nacional de Salud.
Documento de Identidad4 :
Nacionalidad:
Ficha N° (otorgando poderes
RUC:
Profesión/Ocupación:
Objeto Social
RUC N° Inscripción Registros Públicos* N°
Domicilio Legal _______
Nombre de Representante Legal
Participación en Aporte Patrimonial o Capital Social
Documento de Identidad
Domicilio Legal
Nacionalidad Teléfono I Fax
* O en el registro equivalente cuando se trate de personas constituidas en el extranjero
2. Datos de los organizadores de la EAFAS3
Persona Natural
Domicilio Legal: Teléfono/fax:
Persona Jurídica
3. Tipo de prestaciones que se propone financiar:
Especificar, en documento aparte, las operaciones o servicios que ofrecerá la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud_
4. Declaración jurada de cada uno de ios organizadores de la IAFAS
Llenar y presentar, por cada uno de los organizadores de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud, la Declaración Jurada que se adjunta a la presente solicitud como Formulario N° 2.
de del..
Firma de Organizador Firma de Organizador
Nombres: Nombres:
Apellidos: Apellidos:
3 Se llenarán tantas fichas como organizadores tenga la IAFAS. 4 Documento Nacional de identidad (DNI) o Carné de Extranjería. según corresponda
Formulado N° 02
DECLARACIÓN JURADA'
Yo, con Documento (Nombre y apellidos de organizador, accionista o asociado de la IAFAS)
de Identidad N° declaro bajo juramento que no me (DNI o Carné de Extranjería)
encuentro comprendido dentro de los impedimentos señalados en el artículo 8° del "Reglamento de Autorización de Organización, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS)" para participar como
....... ....... ................. ................. ......de una IAFAS, el cual establece lo siguiente: (Organizador, accionista o asociado)
"Artículo 8°.- impedimentos para ser Organizadores, Accionistas o Asociados de una lAFAS Las personas naturales que se presenten como organizadores, accionistas o asociados de una IAFAS, deben ser de reconocida idoneidad moral y solvencia económica.
No pueden ser organizadores, accionistas ni asociados de una IAFAS:
a. Los condenados por delitos dolosos; b. Los que, por razón de sus funciones, estén prohibidos de ejercer el comercio, de
conformidad con las normas vigentes; c. Los declarados en proceso de insolvencia, mientras dure el mismo, y los quebrados; d. Los directores, funcionarios o servidores de la Superintendencia Nacional de Salud,
Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos adscritos que norman o supervisan la actividad de las IAFAS;
e. Los directores, gerentes o trabajadores de otras IAFAS de la misma naturaleza; f. Los directores o gerentes de personas jurídicas quebradas o intervenidas por alguna
Superintendencia u otro organismo supervisor, si se les hubiere hallado responsables de los actos de mala gestión.
Declaro también tener conocimiento de la responsabilidad que implica la presente declaración, por cuanto su falsedad está tipificada como delito en el artículo 411° del Código Penal.
Firma
5 Se deberá llenar una declaración jurada por cada organizador, accionista o asociado de la IAFAS.
Formulario N° 03
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD ECONÓMICO FINANCIERO
El estudio de factibilidad económico financiero de una IAFAS deberá contener, cuando menos, la siguiente información:
1. ORGANIZACIÓN Y ANÁLISIS DE GESTIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
a. Planeamiento estratégico: presenta los antecedentes del grupo económico, la filosofía corporativa, los objetivos de la empresa, así como su misión y visión. Asimismo, se incluirá la estrategia general de comercialización y ventas. También se detallarán los planes de salud a ofrecer por modalidad y tipo así como sus respectivas notas técnicas. Además se deberá presentar el plan inicial de apertura de oficinas con que piensa operar durante el primer año.
b. Organización: comprende la estructura organizativa y administrativa, así como los requerimientos de personal. Se deberá adjuntar un organigrama.
c. Convenios o contratos a suscribir con las IPRESS.
d. Descripción del procedimiento de compensación interna de los fondos por las prestaciones y contraprestaciones interinstitucionales por intercambio de servicios u operaciones de compraventa.
e. Descripción de sistemas de información incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informáticos que la IAFAS considera implementar.
f. Localización de la sede principal y oficinas.
g. Descripción de las políticas y procedimientos generales de identificación y administración de riesgos de la empresa, haciendo énfasis en los riesgos de seguros, reaseguros, riesgos en las inversiones elegibles y riesgos de calce.
ti. Políticas y procedimientos generales de control interno y auditoria interna.
í. Políticas y procedimientos generales respecto de los planes de salud que la IAFAS considera ofrecer.
j. Políticas y procedimientos generales para dar cumplimiento de las garantías explícitas en salud respecto de sus respectivos beneficiarios.
k. Políticas de transparencia y de contratación con el público usuario, así como procedimientos de atención de quejas, línea telefónica de 24 horas, e-mail y otros mecanismos de protección al asegurado.
Cronograma de Ejecución.
2. ANÁLISIS DEL MERCADO POTENCIAL
a. Panorama general: visión aeneral del sector donde operará la IAFAS, la situación del mercado en el ámbito geográfico donde pretende operar la IAFAS y 3as oportunidades de mercado que se pretende explotar.
b. Perfil del mercado actual: Identificar la población objetivo por sexo y edad de la IAFAS propuesta, segmentos de mercado y de actividad económica en los que participará la IAFAS, así como la descripción de los planes de aseguramiento en salud a desarrollar.
c. Mercado objetivo de la IAFAS, estimación del tamaño de mercado y participación de la IAFAS en constitución, a partir del mercado potencial (Titulares susceptibles de afiliación y sus derechohabientes, asegurado o afiliado) según tipo de planes.
En función de los siguientes cuantificadores:
a) Pólizas colectivas. b) Autoseg u ros. c) Otras colectivas. d) Potestativos.
En función al Perfil Epidemiológico de los potenciales asegurados y frecuencias de uso de las modalidades de atención:
a) Ambulatoria b) Hospitalizaciones e) Servicios clínicos auxiliares: laboratorio, radiodiagnóstico y otros. d) Intervenciones quirúrgicas. e) Emergencias, etc.
3. ANÁLISIS DE LA OFERTA DE SERVICIOS E INFRAESTRUCTURA PROPIA PARA SERVICIOS DE PRESTACIONES DE SALUD
a. Características de la capacidad instalada para ofrecer los servicios de prestaciones de salud que guarde concordancia con la demanda del mercado objetivo de la IAEA&
b. Modalidad y Cobertura de Prestación de Servicios.
Descripción de las prestaciones a ofrecer a la demanda del mercado objetivo, según corresponda a asegurados (incluidos los derechohabientes):
rd Número de afiliados.
Número de asegurados (Titulares regulares, potestativos y sus derechohabientes).
Prestaciones comprendidas (prevención y promoción, recuperación de la salud, seguro complementario de trabajo de riesgo, otras).
Ubicación geográfica de los establecimientos de salud propios y vinculados y su cobertura potencial estimada.
c. Planes de Salud.
Para el caso de prestaciones de prevención, promoción y recuperación de la salud según:
a) PEAS b) Planes específicos. e) Planes complementarios.
d. Tarifas de los Planes y Modalidades de Pago.
Regulares: Detalle de las tarifas ofrecidas y las modalidades de pago de acuerdo con la procedencia de los recursos, como son las aportaciones de las Entidades Empleadoras, ESSALUD y los copagos de los asegurados.
Potestativos: Detalle de las tarifas ofrecidas, las modalidades de pago y los copagos de los asegurados.
Cuantificación de la Capacidad Máxima de Atención
Se entiende por capacidad máxima de atención el número máximo de asegurados que podrán ser atendidos con los recursos de infraestructura (propia y de terceros) disponibles y en el área geográfica de su cobertura. La capacidad máxima se estimará en función a consultas ambulatorias y egresos hospitalarios. Para la cuantificación respectiva se analizará adicionalmente las condiciones de la demanda.
Otras Actividades Complementarias de la IAFAS
•
Acciones para disminuir los niveles de gastos en prestaciones.
•
Acciones para incrementar la satisfacción de los usuarios.
•
Otras que considere convenientes.
ANÁLISIS DE LA COMPETENCIA
•
Identificar a las IAFAS competidoras y un análisis comparativo de los productos y condiciones (tarifas, aportes promedio, comisiones, etc.) que ofrecería la IAFAS propuesta con relación a dichas IAFAS competidoras (ESSALUD, MINSA, Compañías de Seguros, Otros).
® Estimación del gasto por enfermedad que incurriría una persona' d&no afiliarse a una IAFAS.
Cálculo del beneficio (ahorro, mejor calidad de servicio, otros) que ofrece la IAFAS.
4. ANÁLISIS FINANCIERO Y FACTIBILIDAD DEL PROYECTO
a. Proyecciones financieras para un período de 10 años: se realizarán las proyecciones del Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Flujo de Caja, Punto de equilibrio y de todos los aspectos que contribuyan a demostrar la viabilidad y permanencia del proyecto.
El formato de presentación de los estados financieros proyectados debe corresponder a normas de contabilidad aprobadas por la Superintendencia Nacional de Salud. La información financiera se presentará en moneda nacional.
Adicionalmente a la documentación impresa, se debe presentar el análisis financiero en archivos compatibles con Excel, incorporando las fórmulas utilizadas.
Para el caso de las prestaciones de prevención y promoción, y recuperación de la salud (PEAS, planes específicos, planes complementarios), señalar:
u Aportes esperados.
•
Gastos proyectados en prestaciones.
•
Relación entre gastos proyectados en prestaciones y aportes esperados.
En el caso de ofrecer prestaciones preventivas y de promoción de la salud, o Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR), los aportes y gastos deben estar desagregados por cada una de ellas.
Proyección de indicadores económico-financieros.
Criterios para la evaluación de la viabilidad del proyecto (VAN, TIR, punto de equilibrio, relación costo-beneficio y período de recuperación de la inversión).
Análisis de sensibilidad considerando por lo menos tres escenarios.
b. Supuestos de proyecciones: deberán estar claramente especificados, detallando al menos la siguiente información:
b.1. Variables macro utilizadas: tasa de crecimiento de la economía y del sector dónde operará la IAFAS, tipo de cambio, índice de precios, etc.
b.2. Determinación de los aportes según tipo de planes. b.3. Tamaño promedio de operaciones. b.4. Gastos de afiliación y liquidación, Gastos financieros y gastos de administración. b.4. Proyección de la cartera de clientes por planes de salud. b.5. Proyección de requerimientos de capital e indicadores de solvencia. b.6. Supuestos de tasa de descuento, rentabilidad de las inversiones, etc. b.7. Proyección de venta de planes de salud, siniestralidad y reservas técnicas por
Planes, porcentaje de comisiones, número de intermediarios, tasas de crecimiento de los planes de salud, siniestralidad.
b.8. Fuentes de financiamiento para cubrir los costos y gastos que demande la ejecución de la inversión, la puesta en marcha y la operatividad de la IAFAS.
Formulario N° 04
SOLICITUD DE AUTORIZACION DE FUSION DE LA IAFAS•EPS
de de
Señores Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
con (Razón Social de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud — IAFAS-EPS)
R.U.C. No y con domicilio legal en
debidamente representada por (Dirección,- Distrito y Provincia)
con documento de identidad No. (Nombre de(los) representantes(s) legal(es)
, según poder inscrito en la ficha No. de la (DNI, C.E., Otro)
Oficina Registral de , solicita se autorice la fusión de la IAFAS- (Indicar jurisdicción territorial)
EPS
con la IAFAS-EPS
A fin de proceder a la inscripción Registral de dicha fusión para lo cual se presenta la siguiente documentación:
a) Copia simple, debidamente suscrita por el Gerente General de cada una de las IAFAS-EPS participantes en el proceso de fusión, de la parte pertinente del acta de Junta General de Accionistas que aprueba el proceso de fusión, y, copia del proyecto de fusión aprobado.
b) Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas de las IAFAS-EPS participantes en el proceso, cerrado al día anterior del acuerdo de fusión.
c) Minuta de Fusión por constitución de una nueva IAFAS-EPS incorporante o, la de Fusión por Absorción, según sea el caso, debidamente suscrita.
d) Compromiso irrevocable asumido por la Junta General de Accionistas que aprobó la fusión, suscrito por el representante de la IAFAS-EPS incorporante o de la IAFAS-EPS absorbente, según fuere el caso, que asegure que se procederá, en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de notificada la Resolución de Autorización de Fusión, a la reposición del capital social en el caso que éste disminuya por el ejercicio del derecho de separación de los socios disidentes, si éste fuere ejercido.
e) Proyecto del aviso a ser publicado. O Toda otra información que se considere relevante.
Estando la documentación presentada conforme con los requisitos establecidos en el Reglamento de Fusión y Normas Complementarias de Disolución y Liquidación de IAFAS-EPS, sírvase proceder conforme a las normas legales vigentes.
Firma del(de los) Representante(s) Legal(es)
Formulario N° 05
SOLICITUD DE ADSCRIPCION A LA LISTA DE CONCILIADORES DEL CECONAR
de de
Señor Secretario General Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
(Nombre o Razón Social del solicitante)
con D.N.I. o R.U.C. N° solicita la adscripción en la Lista de
Conciliadores del CECONAR de la Superintendencia Nacional de Salud, para lo cual
presenta la siguiente documentación:
• Hoja de vida documentando los títulos profesionales, y la experiencia profesional o académica relacionada con las controversias sometidas ante el Centro
• Copia simple de la Resolución de Acreditación como Conciliador, expedida por la Dirección de Conciliación y Medios Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia.
• Copia simple del Diploma expedido por la Dirección de Conciliación y Medios Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia.
• Copia simple del registro SUNAT
Estando la documentación presentada conforme con los requisitos establecidos en la Lista de Conciliadores de la Superintendencia Nacional de Salud, sírvase proceder conforme a las normas legales vigentes.
Firma del Solicitante
Formulario N° 06
SOLICITUD DE ADSCRIPCION A LA LISTA DE ÁRBITROS DEL CECONAR
de de
Señor Secretario General Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
(Nombre o Razón Social del solicitante)
con D.N.I. o R.U.C. N° , solicita la adscripción en la Lista de
Árbitros del CECONAR de la Superintendencia Nacional de Salud, para lo cual
presenta la siguiente documentación:
• Hoja de vida documentando los títulos profesionales, y la experiencia profesional o académica relacionada con las controversias sometidas ante el Centro.
e Colegiatura profesional — habilitación e Copia simple registro SUNAT
Estando la documentación presentada conforme con los requisitos establecidos en la Lista de Árbitros de la Superintendencia Nacional de Salud, sírvase proceder conforme a las normas legales vigentes.
Firma del solicitante
FORMULARIO N° 07
Solicitud de Inscripción
Atención: Intendencia de Regulación Autorización y Registro
Señores: Superintendencia Nacional de Salud Presente-
(Nombre del director médico o representante de la atención de salud)1, con documento de identidad N° (DNI o Carné
de Extranjería), solicito se sirvan disponer la inscripción de la(s) siguiente(s) IPRESS en el Registro de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud administrado por la Superintendencia Nacional de
Salud:
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS),
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
Para tal efecto cumplo con acompañar toda la información señalada en el artículo 10° del
"Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud".2
Para la atención excepcional de la presente solicitud, declaro bajo juramento no contar con los
medios informáticos para la utilización del sistema informático de soporte al RIPRESS que se
encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud, sometiéndome a las
acciones de supervisión posterior que se estimen pertinentes para verificar tal hecho.
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tí: 4:41
1 En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá consignar los datos de la m'axioma autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante.
2 En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional.ge,Ageguramiento en Salud" el administrado deberá proporcionar dicha información de modo individual por cada IPRESS que integra su respectiva red prestacional
Firma
FORMULARIO N° 08
Solicitud de Actualización de Datos
Atención: Intendencia de Regulación Autorización y Registro
Señores: Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
(Nombre del director médico o representante de la atención de salud)
con documento de identidad N° solicito se sirvan (DM o Carné de Extranjería),
disponer la actualización de los datos de la(s) siguiente(s) IPRESS en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud administrado por la Superintendencia Nacional de Salud:
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
2.- (Nombre, denominación o razón social de la IPRESS),
con número de registro en el RIPRESS.
3 - (Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
Para tal efecto cumplo con acompañar la documentación que acredita la actualización de la información señalada en el artículo 10° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud".2
Para la atención excepcional de la presente solicitud, declaro bajo juramento no contar con los medios informáticos para la utilización del sistema informático de soporte al RIPRESS que se encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud, sometiéndome a las acciones de supervisión posterior que se estimen pertinentes para verificar tal hecho.
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Firma
En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en salud" el administrado deberá consignar los datos de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante.
2 En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá proporcionar dicha información de modo individual por cada IPRESS que integra su respectiva red prestacional.
FORMULARIO N° 09
Solicitud de Retiro de Registro]
Atención: Intendencia de Regulación Autorización y Registro
Señores: Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
(Nombre del director médico o representante de la atención de salud) 1
con documento de identidad N° , solicito se sirvan (DNI o Carné de Extranjería),
disponer el retiro de la(s) siguiente(s) IPRESS del Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud administrado por la Superintendencia Nacional de Salud, al haber decidido no continuar ejerciendo su función prestacional:
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS...
3.- (Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
Para la atención excepcional de la presente solicitud, declaro bajo juramento no contar con los medios informáticos para la utilización del sistema informático de soporte al RIPRESS que se encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud, sometiéndome a las acciones de supervisión posterior que se estimen pertinentes para verificar tal hecho.
Firma
1 En caso de lo dispuesto en el articulo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en !a Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá consignar los datos de la máxima autoridad administrativa dé !a institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante.
FORMULARIO N° 09-A
DECLARACIÓN JURADA
(Nombre del director médico o representante de la atención de salud)i
con documento de identidad N° , por medio del (DNI o Carné de Extranjería),
presente declaro bajo juramento que la(s) IPRESS cuyo retiro se solicita en el Formulario N° 09, no
mantienen procedimiento sancionador en trámite, ni sanción pendiente de cumplimiento ante la
Superintendencia Nacional de Salud, sometiéndome a las acciones de supervisión posterior que se
estimen pertinentes para verificar tal hecho, así como a las responsabilidades previstas en el artículo
32.3° de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
Firma
En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de ServIcios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá consignar los datos de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante.
FORMULARIO N° 10
[ Solicitud de Renovación
Atención: Intendencia de Regulación Autorización y Registro
Señores: Superintendencia Nacional de Salud Presente.-
(Nombre del director médico o representante de la atención de salud) 1
con documento de identidad N° , solicito se sirvan (DNI o Carné de Extranjería),
disponer la renovación de la inscripción de la(s) siguiente(s) IPRESS en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud administrado por la Superintendencia Nacional de Salud:
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
2.- (Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
3 - (Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
(Nombre, denominación o razón social de la IPRESS);
con número de registro en el RIPRESS
Para tal efecto cumplo con acompañar la documentación que acredita la actualización de la información señalada en el artículo 10° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud"_`
Para la atención excepcional de la presente solicitud, declaro bajo juramento no contar con los medios informáticos para la utilización del sistema informático de soporte al RIPRESS que se encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud, sometiéndome a las acciones de supervisión posterior que se estimen pertinentes para verificar tal hecho.
Firma
En caso de lo dispuesto en el artículo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá consignar los datos de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante.
2 En caso de lo dispuesto en el articulo 5° del "Reglamento para el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud" el administrado deberá proporcionar dicha información de modo individual por cada IPRESS que integra su respectiva red prestacional.
Superintendencia Nacional de Salud Formulario N° 11
SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
(Texto Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM)
NE DE REGISTRO
. FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN
II. DATOS DEL SOLICITANTE
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
DNI/ CE / OTRO
DOMICILIO AV. / CALLE / PSJ. N° / DPTO. / INT. DISTRITO 1 URBANIZACION
PROVINCIA DEPARTAMENTO CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO
III. INFORMACION SOLICITADA
IV. DEPENDENCIA DE LA CUAL SE REQUIERE LA INFORMACIÓN
V.FORMA DE ENTREGA DE LA INFORMACION (Marcar con un "X")
COPIA SIMPLE:
CD:
CORREO ELECTRÓNICO:
OTRO:
FECHA Y HORA DE RECEPCION
APELLIDOS Y NOMBRES
FIRMA
OBSERVACIONES
Titular de la Of. Gral de Asesoria Jurídica
Abogado Débora Urquieta Jaime Directora General
"FORMATO DE SUSTENTACIÓN LEGAL Y TÉCNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
CONTENIDOS EN EL TUPA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
SECCIÓN 1 INFORMACIÓN GENERAL
Fecha
11/02/2014
Nombre dé la Entidad: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
2. Adscrita a: Ministerio de Salud - MINSA 3. Sector: Salud
4. Tipo de Entidad : 111 Nacional a Regional ■ Local O Otro
5. Norma aprobatoria del TUPA de la Entidad D.S.017-2005-SA; R.M.814-2007/MINSA; R.M.921-2007/MINSA y D.S. 004-2010,5A
Diario y fecha de publicación: El Peruano 30.08.2005; El Peruano 01.10.2007; El Peruano 6 06.11.2007; El Peruano 26.02.10
7. No publicado 0
SECCIÓN II. FIRMA DE FUNCIONARIOS DE LAS OFICINAS COMPETENTES
1 Número de Procedimientos Administrativos (indicar el número) 9 2. Detallados en 28 Folios (indicar el número)
Titular de la Of. Gral de Planeamiento y 7; Presupuesto
C141" P “:17/11/ ;R:11 11/111d47
ing. María Helena Sarávia Benavides Directora General
Titular de la Of. Gral de "Administración
1111 orrAani.",./ _aa4111a ---
Lic. Pedr Marcelino Herrera Montero Director General
1/ Los funcionaria-indicados deberán asimismo visar cada uno de los folios indicados para su validación
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1 Denominación: 1. AUTORIZACIÓN DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD (IAFAS) PRIVADAS
1.1. AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD (IAFAS) PRIVADAS
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio) Una (01)
3 De Aprobación Automática U 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo li Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención: Treinta (30) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av, VelasceAstete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113°, numeral 4. * Ley N" 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. ' Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 6° y 8°, * Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículos 69° y 71°, * Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículos 10° y 12°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley N° 29344 - Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 12° "C..) Corresponde a la SUNASA, establecer el arancel o derechos correspondientes para su inscripción y solicitar toda información que de manera previa y general se requiera".
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 de 5
IAFAS: ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD (EPS) Y ENT DADES DE SALUD QUE OFRECEN SERVICIOS DE SALUD PREPAGADOS
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
' Decreto Supremo N° 008-2010-SA,
Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Articulo 12°.
Decreto Supremo N° 009-97-SA,
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09197, Artículos 69° y 71°.
2
Nombre, nacionalidad, estado civil y curriculum vitae de cada uno de los organizadores, o la memoria anual cuando se trate de una persona
jurídica.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Artículo 69°, literal a) y Articulo 71°, literal a).
3 Declaración jurada de cada uno de los organizadores de no tener impedimento legal
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Artículo 71°, literal b).
4
Nombre, denominación o Razón Social de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) Privada que se pretende constituir, adoptando las siglas
correspondientes según su modalidad societaria.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97. Artículo 69°, literal b)
5
Proyecto de minuta de constitución, señalando
dentro de su objeto, objetivo o finalidad la captación y gestión de fondos para el aseguramiento de las prestaciones de salud_
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad
Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Articulo 71°, literal c).
6 Descripción de las operaciones y servicios que
se propone realizar.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal c).
7 Ámbito geográfico donde desarrollará sus
actividades.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal cl).
8 Dirección o domicilio donde funcionará su sede principal.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal d).
9 Estudio de factibilidad económico financiera
Decreto Supremo N° 009-97-SA,
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 71°, literal d).
10
Monto del capital con el que se propone iniciar las operaciones, el cual no podrá ser inferior al
establecido por la Superintendencia Nacional de Salud como Capital Mínima
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Articulo 69°, literal e).
2 de 5
14
Certificado de depósito de garantía emitido por un banco del país, a la orden de la
i a '
Superintendencia Nacional de Salud, por un manto equivalente al 5% del Capital Mínimo áckfalizado, el que deberá mantener vigente hasta lá culminación del procedimiento.
Decreto Supremo N' 008-2010-5A, Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 12°.
, Decreto Supremo N" 009-97-$A, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09(09/97, Artículo 71°, literal e).
12 Copia de voucher del Banco de La Nación donde conste el pago de los derechos fijados por la Superintendencia Nacional de Salud.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad
Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Articulo 71° literal f) .
13
Acreditar al representante de los organizadores, mediante poder especial de representación otorgado por todos los organizadores ante Notario Público Colegiado.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal f).
IAFAS: AUTOSEGUROS, FONDOS DE SALUD U OTRA MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
* Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 12°.
* Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículos 69° y 71°.
2 Nombre, nacionalidad, estado civil y curriculum vitae de cada uno de los organizadores.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal a) y Artículo 71°, literal a).
3 Declaración jurada de cada uno de los organizadores de no tener impedimento legal.
Decreto Suprema N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Sodial en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 71°, literal b).
4
Nombre, denominación o Razón Social de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (ZARAS ) Privada que se pretende constituir.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Articulo 69°, literal b).
5
Proyecto de minuta de constitución, señalando dentro de su objeto, objetivo o finalidad, la captación y gestión de fondos para el aseguramiento de las prestaciones de salud.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Articulo 71°, literal c).
6 Descripción de las operaciones y servicios que se propone realizar.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artícuip-19%.5tItai4„.
?;,c.::',:^,
3 de 5
7 Ámbito geográfico donde desarrollará sus
actividades.
Decreto Supremo N' 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 69°, literal d).
a Dirección o domicilio donde funcionará su sede
principal.
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad
Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Articulo 69°, literal d).
9
Proyección financiera que acredite equilibrio entre los ingresos constituidos por los aportes del empleador y/o afiliados, y las prestaciones estimadas en un periodo no menor de tres (03)
años, debidamente firmado por el
representante legal o contador general.
. . „
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamentó de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Articulo 69°, literal B.
10
Certificado de depósito de garantía emitido
o
por
un banco del país, a le orden de la
Superintendencia Nacional de Salud, por un monto equivalente al 5% del Fondo de Garantía actualizado, el que deberá mantener vigente hasta la culminación del procedimiento.
* Decreto Supremo N' 003-2010-SA, Reulamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado
el 03/04/10, Articulo 12°.
* Decreto Supremo NI° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Articulo 71°, literal e).
11
Copia del voucher del Banco de la Nación donde consta el pago de los derechos fijados por la Superintendencia Nacional de Salud_
Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento
de la Ley de Modernización de la Seguridad
Social en
Salud, I ni publicado el 09/09/97,
Artículo 71°, literal f).
12
Acreditar al representante de los
organizadores, mediante poder - especial de
representación otorgado por todos los
organizadores ante Notario Público Colegiado.
Decreto Supremo N 009-97-SA, Reglamento
de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97,
Articulo 69°, literal f).
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final
de la Ley N° 29060,
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el articulo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica.
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según ios supuestos considerados en la primera disposición
transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
Se aplica el silencio administrativo negativo, en razón de tratarse de la primera etapa de un procedimiento el cual culminará en la autorización
de funcionamiento a instituciones que captarán y gestionarán fondos para el aseguramiento de prestaciones de salud en atención a lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, lo que afecta significativamente el interés público, así como en algunos casos la salud de las personas y en otros podría afectar el sistema de seguros (aseguramiento en salud).
I I
4 de 5
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos estableCidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (*)
prestación (SO
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 803.57
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 1,79
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 8.66
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 70.63
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 75.87
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 116.06
Anexo 7 FIJOS 691.12
COSTO TOTAL 1,767.70
5 de 5
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Denominación:
1. AUTORIZACIÓN INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD (IAFAS) PRIVADAS
1.2. AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD (IAFAS) PRIVADAS
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el ano (en promedio) Una (DI)
3 De Aprobación Automática 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo I Silencio Negativo II
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Treinta (30) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103 y artículo 113 numeral 4. Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y
Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 6° y 8°. " Decreto Supremo N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículos.75° y 77°. * Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículos 10° y 13°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
1 de
Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto,
Oldui ¡aura)
T Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización
y
Registro, comunicando el cumplimiento de lo exigido en la etapa de organización.
* Decreto Supremo N° 008-2010-SA,
Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/
, Artículo rticulo 13°.
„ Decreto Supremo N° 009-97-SA,
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 77°.
2
Copia simple de la escritura pública de constitución de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IREAS), inscrita en la Oficina Registral de la jurisdicción que corresponda, o norma estatutaria de su creación, según corresponda.
Decreto Supremo N° 008-2010-SA,
Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en . Salud, publicado el 03/04/10, Articulo 13°, literal at
3
Copia de la publicación del Certificado de
Autorización de Organización en el Diario Oficial "El Peruano" y en uno de circulación nacional.
* Decreto Supremo N° . 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 13°, literal b).
„ Decreto Supremo N° 009-97-SA,
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 75°, literal a).
4 Reglamento o Manual de Organización y
Funciones.
Decreto Supremo N° 008-2010-SA,
Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 13°, literal c)i
5 Normas operativas y de delegación de
facultades.
• Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Articulo 13°, literal dy
6 Reglamento de Atención de Reclamos.
Decreto Supremo N° 008-2010-SA,
Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Articulo 13°, literal e).
7
Planes de salud que se propone ofrecer, los mismos que deberán estar enmarcados en la legislación vigente y otorgar una cobertura adecuada
* Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud, publicado el 03/04/10, Artículo 13°, literal f).
„ Decreto Supremo N° 009-97-SA,
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicado el 09/09/97, Artículo 77°, literal h).
8
Certificado que acredite el pago del Capital Mínimo o Fondo de Garantía Mínima
establecido por la Superintendencia Nacional de Salud, según corresponda.
Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Sabe:, publicado 0E3/04/19, Artículo 13°, litera! g).
__..._
2 de 3
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
Se aplica el silencio administrativo negativo, en razón de tratarse de la autorización de funcionamiento a instituciones que captarán y gestionarán fondos para el aseguramiento de prestaciones de salud en atención a b dispuesto en el artículo 10° del Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, lo que afecta significativamente el interés público, así como en algunos casos afectada a la salud de las personas y en otros podría afectar el sistema de seguros (aseguramiento en salud).
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo:
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S.064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en los Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de costo Costo por
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 785.64
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 1.83
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 11.25
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 51.39
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 64.72
Anexo 7 FIJOS 523.34
COSTO TOTAL 1,442.50
3 de 2
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Denominación:
2. AUTORIZACIÓN DE FUSIÓN DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD - ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD (IAFAS - EPS)
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio) Una (1)
3 De Aprobación Automática ¡ l 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo 1 ¡Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención i 30 días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal: Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y Artículo 113°, numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 6° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
1 de 4
Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el I UPA
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso ). .
1
-
Solicitud dirigida al Intendente de la
Intendencia de Regulación, Autorización y
Registro
" Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103° y Artículo 113°,
numeral 4.
*Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06112/13, Articulo 8°, numeral 6.
Como en toda actividad económica que se
emprende, siempre existe la posibilidad del
crecimiento, expansión o quiebra o retiro del
mercado. Ante dichas circunstancias, ya ocurrida
en años anteriores, la Superintendencia Nacional
de Salud norma dicho procedimiento con la
finalidad de resguardar los derechos de los
asegurados; estando las Instituciones
Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud - Entidades Prestadoras de Salud
(IAFAS - EPS) obligadas a acogerse a dicho procedimiento, que se inicia con la presentación
de una solicitud dirigida al Intendente de la
Intendencia de Regulación, Autorización y
Registro - IRAR.
2
Copia simple, debidamente suscrita por el
Gerente General de cada una de las
Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud - Entidades
Prestadoras de Salud (IAFAS - EPS)
participantes en el proceso de fusión, de la parte pertinente del acta de Junta General de Accionistas que aprueba el proceso de fusión
y, copia del proyecto de fusión aprobado.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numeral 6.
Contar con el respaldo legal del acuerdo
adoptado por las partes de fusionar ambas
personas jurídicas.
3
Balance General y Estado de Ganancias y
Pérdidas de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud -
Entidades Prestadoras de Salud (IAFAS -
EPS) participantes en el proceso, cerrado al
día anterior del acuerdo de fusión
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numeral 6.
Estados financieros que permite valuar los
activos y pasivos que se integran a la nueva
sociedad por conformarse.
4
Minuta de Fusión por constitución de una
nueva Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidad Prestadora de Salud (IAFAS - EPS) incorporante o, la de Fusión por Absorción, según sea el caso,
debidamente suscrita.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo r, numeral 6.
. Evaluar las condiciones en que se esi..
desarrollando el proceso de fusión.
2 de 4
Compromiso irrevocable asumido por la Junta General de Accionistas que aprobó la fusión, suscrito por el representante de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidad Prestadora de Salud (IAFAS - EPS) incorporante o de la Institución Decreto Legislativo N° 1158, que dispone Verificar las condiciones pactadas y el Administradora de Fondos de Aseguramiento medidas destinadas al Fortalecimiento y compromiso asumidos, en respaldo de los
c en Salud - Entidad Prestadora de Salud Cambio de Denominación de la derechos de los afiliados a las Instituciones (IAFAS - EPS) absorbente, según fuere el Superintendencia Nacional de Administradoras de Fondos de Aseguramiento caso, que asegure que se procederá, en el Aseguramiento en Salud, publicado el en Salud - Entidades Prestadoras de Salud plazo de tres meses contados a partir de la fecha de notificada la Resolución de
06/12/13, Articulo 8°, numeral 6. (IAFAS - EPS) recurrentes.
Autorización de Fusión, a la reposición del capital social en el caso que éste disminuya
por el ejercicio del derecho de separación de los socios disidentes, si éste fuere ejercido.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
• Verificar los acuerdos que se harán de 6 Proyecto del Aviso a ser publicado
Cambio de Denominación de la conocimiento público de conformidad con la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el legislación vigente.
06/12/13, Artículo 8°, numeral 6.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060: No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, 07/07/07:
Se aplica el silencio administrativo negativo, según lo dispuesto en la primera disposición transitoria complementaria de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, 07/07/07, en razón a que, de otorgarse la autorización de Fusión de IAFAS - EPS sin la respectiva evaluación de sus requisitos, se afectaría el interés público y la salud.
1
3 de 4
O. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
3
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo:
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N' 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, 05/06/10.
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S.064-2010-PCM
Anexo 1 Costo por
Clasificación por Elemento de costo prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 797.38
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 1A2
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 16.93
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 31B5
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 56.73
Anexo 7 FIJOS 837.82
COSTO TOTAL 1,745.66
4 de 4
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Denominación:
3. ADSCRIPCIÓN A LA LISTA DE CONCILIADORES Y ÁRBITROS DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE - CECONAR, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio) Quince (15)
3 De Aprobación Automática I l 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo I Silencio Negativo 111 4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención Diez (10) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Centro de Conciliación y Arbitraje - CECONAR, de la Superintendencia Nacional de Salud
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Centro de Conciliación y Arbitraje - CECONAR, de la Superintendencia Nacional de Salud
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y Artículo 113°, numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 30° y 31°. * Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo N° 1070, publicado el 30/08/08, Artículos 32° y 33°. * Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje, publicado 28/06/08.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades dis ntales):
de 4
Requisitos del Trámite: enumeración de
requisitos corno se señala en el TUPA
6. Fundamento legal especifico
de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza )
7. Fundamento Técnico - científico
(de ser el caso )
A Requisitos de Conciliadores
1 Solicitud dirigida al Secretario General del
Centro. adjuntando lo siguiente:
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103° y Artículo 113°,
numeral 4.
*Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo 31', numeral 1.
Necesidad de contar con un documento básico
de petición del postulante interesado en
adscribirse a la Lista
2
Hoja de vida, documentando los títulos
profesionales y la experiencia profesional o
académica relacionada con las materias vinculadas a las controversias sometidas ante el Centro.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
Acreditar la especialización mínima requerida al postulante para incorporarse como conciliad('
del Centro
3
Copia simple de la Resolución de Acreditación
como Conciliador, expedida por la Dirección de Conciliación y Medios Alternativos de Solución de Controversias del Ministerio de Justicia.
* Decreto Supremo N° 014-2008-JUS,
Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento de la Ley de Conciliación,
32° y 33° . A
*Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
4
Copia simple del Diploma expedido por la Dirección de Conciliación y Medios Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia
" Decreto Supremo N° 014-2008-JUS,
Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo N° 1070, publicado el 30/08/08, Artículos 32° y 33°.
*Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
5 Copia simple registro SUNAT.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
Exigencia planteada por el Órgano de Control Institucional
•
B . Requisitos de Árbitros -:' 77-----'"> -:-., - ---5-C. . ,-- ---
2 de 4
Solicitud dirigida al Secretario General del Centro; adjuntando
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 31°, numeral 1.
Necesidad de contar con un documento básico
de petición del postulante interesado en adscribirse a la Lista
2
Hoja de vida, documentando los títulos profesionales y la experiencia profesional o académica relacionada con las materias vinculadas a las controversias sometidas ante el Centro
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo 31°, numeral 1.
Acreditar la especialización mínima requerida a postulante para incorporarse como conciliador del Centro
3 Copia simple de la colegiatura profesional - habilitación
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y
Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
Exigencia planteada por el Órgano de Control Institucional
4 Copia simple registro SUNAT
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 31°, numeral 1.
Exigencia planteada por el Órgano de Control institucional
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060: No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, 07/07/07:
Se aplica el silencio administrativo negativo dado que al adscribirse a una persona no idónea en el listado de conciliadores y árbitros podría afectar el interés público y derechos de salud de terceros.
1
3 de 4
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo:
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM , que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral-44.6 del artículo 44° de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, 05/06/10.
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S.064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en los Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de costo Costo por
prestación /SO
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 434.48
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE o.62
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 8.66
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 4.22
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 7.02
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 15.55
Anexo 7 FIJOS 128.19
COSTO TOTAL DEL PROCED. ADMINISTRATIVO 598.74
4 de 4
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Denominación: 4. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
A) Inscripción Virtual
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 1,950
3 De Aprobación Automática n 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (V Instancia) intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del
procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y articulo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Filial. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicaddel 06/12/13, Articulo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico , de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro 1/
" Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103° y articulo 113' numeral 4.
* Decreto Legislativo W 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
Le solicitud de una o más Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá ser ingresada por el Representante a través del sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentra disponible en el portal web de la Supedntendencia Nacional de Salud. Esta solicitud es un formato "pdt"
sugerido, que lo proporciona el mismo sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y que el Representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá completar la información que alli se solidas, para luego ser enviada, mediante el mismo sistema informático de soporte para su trámite
correspondiente.
1 de 4
2 Última Resolución de Categorización de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo W 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y rt
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12113, Artículo 8°, numerales 7 y Ft
3
Número de código con el que se encuent ra inscrita en el Registro Nacional de Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al fortalecimiento y rt
cambio te
denominación de la de Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12113, Artículo r, numerales 7, 8 y 9
4
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red prestacional)
Decreto Legislativo N° 11513, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio
te denominación de la
e de
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo 8', numerales 7, 8 y 9.
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7, 8 y 9.
6 Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de le Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo W 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio te
denominación de lae
de Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
7
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vínculo por contrato, convenio o
mandato legal. No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al fortalecimiento y cambio
te denominación de la
e de
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numerales 7, 8 y 9_
8
Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo (PEAS complementario, especifico u otro). No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio tendencia Nacional de denominación de la de
Superintendencia
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numerales 7, 8 y 9.
9
Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de Servicios de Salud; o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el . 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7, 8 y 9_
-:---;T:,----- ,--z-.
2 de 4
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7, 8 y 9
l
11 Número de teléfono de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7, 8 y 9.
12 Dirección electrónica para efectos de notificación
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7, 3 y 9.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo U1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el articulo 1° de la Ley N° 29060: No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
De conformidad con el Artículo 7° Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06112/13, "Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) son aquellos establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, públicos, privados o mixtos, creados o por crearse, que realizan atención de salud con fines de prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación; asi como aquellos servicios complementarios o auxiliares de la atención médica, que tienen por finalidad coadyuvar en la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación de la salud.
En adición al cumplimiento de las normas de carácter general del Ministerio de Salud, para brindar servicios de salud deberán encontrarse registradas en la Superintendencia Nacional de Salud". Dicho registro, requiere de una evaluación previa toda vez que, de conformidad con la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060, afectaría significativamente el interés público, así como en algunos casos la salud de las personas.
3 de 4
:ORME) GENERAL
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N' 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (')
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 55.40
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 049
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 0.00
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 001
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 003
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN o:os
Anexo 7 FIJOS 0.73
COSTO TOTAL 56.72
4 de 4
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Denominación: 4. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
E) Inscripción Presencial
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 40
3 De Aprobación Automática fl 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo 0 Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
o Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
*Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico . (de ser el caso )
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
' Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Articulo 103° y articulo 113' numeral 4.
,Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06712/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
2 Última Resolución de Categorizan& de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7/0,-:,
1 de 3
3 Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8_
é
• Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red prestacional)
Decreto Legislativo ce 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
s Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
7
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vínculo por contrato, convenio o mandato legal. No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
.•
e
Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo (PEAS complementario, específico u otro). No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios•ge Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
9
Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de Servicios de Salud; o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
Decreto Legislativo W 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
li) Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
2 de 3
Anexo Costo por (*)
prestación (30 Clasificación por Elemento de Costo
3 de 3
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 75.40
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.57
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 3.84
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 4.99
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 7.90
Anexo 7 FIJOS 64_03
COSTO TOTAL 161.05
Número de teléfono de la Institución Prestadora
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la 1
de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro) Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12113, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
Sustento de la aplicación del Sfierrs/ti Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y fina de la Ley N° 29060.
1 Aplicación del Silencio Administrativo Positivo U1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar e! supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
De conformidad con el Artículo 7° Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de
le Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, "Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
(IPRESS) son aquellos establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, públicos, privados o mixtos, creados o por crearse, que realizan
atención de salud con fines de prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación; asi como aquellos servicios complementarios o auxiliares de la atención médica, que tienen por finalidad coadyuvar en la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación de la salud.
En adición al cumplimiento de las normas de carácter general del Ministerio de Salud, para brindar servicios de salud deberán encontrarse registradas en la Superintendencia Nacional de Salud". Dicho registro, requiere de una evaluación previa toda vez que, de conformidad con la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060, afectaría significativamente el interés público, así como en algunos
casos la salud de las personas.
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
2/ Solo presentará el requ to de la información a actualizar
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1 Denominación:
5. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN O
CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD.
A) Actualización Virtual
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 39
3 De Aprobación Automática I 1 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo I i Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1' Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
*Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo T. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos T y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades dist tales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico , de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro 1/ 2/
Ley N' 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Articulo 103° y articulo 113' numeral 4.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
1/ La solicitud de una o más Instituciones Prestadcras de Servicios de Salud deberá ser ingresada por el Representante a través del sistema informático de soporte el Registro de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentra disponible en el portal ateo de la Supenntendencia Nacional de Salud_ Esta solicitud es un formato "pdf-
sugeddo, que lo proporciona el mismo sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y que el Representante de las Instituciones
Prestadoras de servicios de Salud deberá completar le información que allí se solicita, para luego ser enviada, mediante el mismo sistema informático para su trámite
correspondiente
1 de 4
2 Última Resolución de Categorización de la
Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone rt
medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la
. Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 'y 8.
3
Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de
Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio te denominación de lae
de Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
4
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red
Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servidos
de Salud (en caso forme parte de una red prestacional)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio te denominación de la de
Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención de salud de la Institución Prestadora de
Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicadgel 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8. - -
6
Documento de designación de la máxima
autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
7
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o mandato legal. No será exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
8
Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo (PEAS
complementario, específica u otro). No será
exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en
Salud
Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
2 de 4
9
Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de Servicios de Salud; o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06112/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función cambio de denominación de la prestacional Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
11 Número de teléfono de la Institución Prestadora cambio de denominación de la de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro) Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
"Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo, Articulo 20.4.
Dirección electrónica para efectos de 'Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
12 notificación
medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7, 8 y 9.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060,
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo n 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el articulo 1° de la Ley N' 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición
La actualización de la Información de las IPRESS, es el procedimiento mediante el cual la IPRESS mantiene la información vigente relacionada con la institución y la prestación del servicio de salud. Las modificaciones en Razón Social, Domicilio o Categorización pueden afectar la normal provisión de los servicios de salud a los asegurados, por lo que requiere su evaluación y pronunciamiento.
3 de 4
vio -NI- ,R; oENERAL ml
°'
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a.seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
' - Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (-)
prestación (SL)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 5540
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.49
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 0.00
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 0.01
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 0.03
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 0.06
Anexo 7 FIJOS 0.73
COSTO TOTAL 56.72
4 de 4
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 1 Denominación:
5. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN O CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD.
B) Actualización Presencial
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 10
3 De Aprobación Automática 1 I 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo Li Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud.
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1` Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Articulo 103° y articulo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.
'Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. l Fundamento legal específico ífi de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro I/
Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4.
Decreto Legislativo N° 11513, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
1/ salo presentará el requisito de la información a actualizar
1 de 3
2 Última Institución
Resolución de Categorización de la
Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N" 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
3 inscrita
Número de código con el que se encuentra
en el Registro Nacional de
Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
4
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red
Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita le Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red
prestacional)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8_
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención
de salud de la Institución Prestadora de
Servicios de Salud
Decreto legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
6
Documento de designación de la máxima
autoridad administrativa de la Institución,
Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
7
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o
mandato legal. No será exigible cuando la
Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en el ámbito del Aseguramiento Universal en Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
8
Indicación de los Planes de Salud que atiende
acorde con su nivel resolutivo (PEAS
complementario, específico u otro). No será
exigible cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud recién inicie su actividad en
el ámbito del Aseguramiento Universal en
Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
9
Número de Registro Único de Contribuyentes
de la Institución Prestadora de Servidos de
Salud; o de la Unidad Ejecutora, Red
Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de
Contribuyentes propio)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone
medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y E
2 de 3
Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (")
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 73.19
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.60
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 3.84
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 4.98
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 8.21
Anexo 7 FIJOS 63.94
COSTO TOTAL 159.09
3 de 3
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8', numerales 7 y 8.
1 Número de teléfono de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8", numerales 7 y 8.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060 1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final
de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo
1.2 Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición
La actualización de la Información de las IPRESS, es el procedimiento mediante el cual la IPRESS mantiene la información vigente relacionada con la institución y la prestación del servicio de salud. Las modificaciones en Razón Social, Domicilio o Categorización pueden afectar la normal provisión de los servicios de salud a los asegurados, por lo que requiere su evaluación y pronunciamiento.
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 1.
Denominación: 6. RETIRO DEL REGISTRO EINSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
A) Retiro Virtual
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 9
3 De Aprobación Automática • 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo ri Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4. " Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9°. " Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro 1/
'Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Articulo 103' y articulo 113' numeral 4.
'Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06112/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
La solicitud de una o más Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá ser ingresada por el Representante a través del sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentra disponible en el portal web de la Superintendencia Nacional de Salud. Esta solicitud es un formato "pdf' sugerido, que lo proporciona el mismo sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y que el Representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá completar la información que allí se solicita, para luego ser egybartzuínyerdiante el mismo sistema informático de soporte al Registro de Institucione __s 3Itera de Servicios de Salud
1 de3
2
Documentación que acredita al representante de la unidad ejecutora, red asistencial o
institución (Resolución de nombramiento o Vigencia de Poderes escaneado)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
La solicitud de este documento es para asegurar
que el que solicita el retiro cuente con las
facultades suficientes de representación de la entidad privada (Vigencia de Poderes) o pública (Resolución de nombramiento).
3
Declaración Jurada de no mantener
procedimiento sancionador en trámite, ni
sanción pendiente de cumplimiento ante la Superintendencia Nacional de Salud.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
4 Dirección electrónica para efectos de
notificación
Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo, Artículo 20.4.
Dado que se trata de un procedimiento de trámite virtual, ésta información es solicitada por el
aplicativo RIPRESS (Registro de IPRESS) a efectos de las comunicaciones y notificaciones
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060 1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final
de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 9 1.2 Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
Se aplica el silencio administrativo negativo, para asegurar la continuidad de la provisión de las prestaciones de salud y el cumplimiento de los
compromisos de aseguramiento en salud, así como verificar que, la IPRESS, que solicita el retiro del proceso de Aseguramiento Universal en
Salud, no tenga procedimiento sancionador en trámite o sanción pendiente de cumplimiento ante la Superintendencia Nacional de Salud.
2 de 3
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodologia a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el a S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (-)
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 12889
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.85
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 0.00
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 005
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 0.08
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 0.13
Anexo 7 FIJOS 1.65
COSTO TOTAL 131.63
3 de 3
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Denominación:
6. RETIRO DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
B) Retiro Presencial
•2 Número dé veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 1
3 De Aprobación Automática I i 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo n Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av, Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
' Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.
* Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo T. * Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8°
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
* Ley N' 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103' y artículo 113" numeral 4.
' Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8', numerales 7 y 8
2
Documentación que acredita al representante de la unidad ejecutora, red asistencial o institución (Resolución de nombramiento o Vigencia de Poderes
4—CS 4-1:"-
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numeratesrIlty48.„
La solicitud de este documento es para asegurar que el que solicita el retiro cuente con las facultades suficientes de representación de la entidadprivada (Vigencia de Poderes) o pública Resolución de nombramiento).
1 de 2
3
Declaración Jurada de no mantener
procedimiento sancionador en trámite, ni
sanción pendiente de cumplimiento ante la
Superintendencia Nacional de Salud.
Decreto Legislativo N1 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo BY numerales 7 y 8.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LE'? N° 29660
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final
de la Ley . N° 29360.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo U 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
22 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición
Se aplica el silencio administrativo negativo, para asegurar la continuidad de la provisión de las prestaciones de salud y el cumplimiento de los compromisos de aseguramiento en salud, así como verificar que, la IPRESS, que solicita el retiro del proceso de Aseguramiento Universal en Salud, no tenga procedimiento sancionador en trámite o sanción pendiente de cumplimiento ante la Superintendencia Nacional de Salud_
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (1
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 142.28
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.85
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 335
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 4.43
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 7.13
Anexo 7 FIJOS 5578
COITO TOTAL . .
218_14
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Denominación:
7. RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
A) Renovación Virtual
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio): 19
3 De Aprobación Automática 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo Silencio Negativo
4.1. Indicar Plázo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal : Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del
procedimiento
" Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y articulo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07107, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Artículo 9". " Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - cienlifico (de ser el caso )
1
Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro 1/
* Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el
11/04/01, Artículo 103° y articulo 113° numeral 4.
* Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y B.
La solicitud de una o más losStuciones Prestadoras de Servidos de Salud deberá ser Ingresada por el Representa tea través dei sistema informático de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentra disponible en el portal weo de la Superintendencia Nacional de Salud. Esta solicitud es un formato "pdr' sugerido, que lo proporciona el mismo sistema infornálico de soporte al Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y que el Representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberá completar le información que allí se solicita, para luego ser enviada, mediante el mismo sistema informático de ffilrytia al Registro de Instituciones Administradora de Servicios de Salud
1 de 3
2 Última Resolución de Categorización de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N' 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y &
3 Número de código con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
4
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red prestacional)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de le atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
6 Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
7
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vínculo por contrato, convenio o mandato legal.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
8 Indicación de los Planes de Salud que atiende acorde con su nivel resolutivo (PEAS complementario, especifico u otro).
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
g
Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de Servidos de Salud; o de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8. Contribuyentes propio)
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
. ...osegutamiento en. Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
.---_.
2 de 3
IvERAL
11 Número de teléfono de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro)
Decreto Legislativo N° 1156, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
12 Dirección electrónica para efectos de notificación
' Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo, Artículo 20.4.
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7, 8 y 9.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementhria y
final de b Ley N° 29060.
1 Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición
La inscripción de las 'PRESS en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, caduca a los tres (03) años. En consecuencia, Pfira que la 'PRESS pueda seguir operando en el proceso de Aseguramiento Universal en Salud, es necesario que pase por todo el proceso de evaluación a efectos de asegurar que ésta reúne las condiciones para que continúe con la provisión de las prestaciones de salud.
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (•)
prestación (SI.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 55.40
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.49
Anexo 3 SERViCIOS DIRECTOS 0.00
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 0.ce
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 0.03
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 0.06
Anexo 7 FIJOS 0.73
COSTO TOTAL ,—, 56.72
3 de 3
SECCIÓN HL LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1 Denominación: 7. RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS
DE SALUD
B) Renovación Presencial
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio):
3 De Aprobación Automática D 4. De Evaluación Previa: Silencio Positivo Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Veinte (20) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del
procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículo 103° y artículo 113° numeral 4. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaría y Final. * Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, publicada el 09/04/09, Articulo 9°,
* Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículos 5°, 7° y 8°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio de Denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades d tales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal específico , decreto, de cada requisito (Ley, decreto
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
- Ley N° 27444, Ley de Procedimiento
Administrativo General, publicada el 11/04/01, Articulo 103° y artículo 113'
numeral 4.
* Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas el fortalecimiento y
cambio de denominación de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 08/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8,
2 Última Resolución de Categorización de la
Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el
06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
1 de 3
3 Número de código ,,con el que se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Establecimientos de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
4
Nombre de la Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución a la que se encuentre adscrita la Institución Prestadora de Servicios de Salud (en caso forme parte de una red prestacional)
Decreto Legislativo N° 1158; que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
5
Nombre, apellido y documento de identidad del director médico o representante de la atención de salud de la Institución Prestadora de Servicios de Salud
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8', numerales 7 y 81
6 Documento de designación de la máxima autoridad administrativa de la Institución, Unidad Ejecutora o Red Asistencial solicitante
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
Indicación de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud con las que mantienen vinculo por contrato, convenio o mandato legal.
Decreto Legislativo N° 1156, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
8
Indicación de los Planes de Salud que atiende
acorde con su nivel resolutivo (PEAS complementario, especifico u otro).
-
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06112/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
9
Número de Registro Único de Contribuyentes de la Institución Prestadora de Servicios de Salud; o de M Unidad Ejecutora, Red Asistencial o Institución de la cual dependa (en caso no cuente con Registro Único de Contribuyentes propio)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8.
10 Dirección o domicilio donde ejerce su función prestacional
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
- cambio de denominación de la 11103 intendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Artículo 8°, numerales 7 y 8_
11 Número de teléfono de la Institución Prestadora de Servicios de Salud (fijo, móvil, radio u otro)
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y
cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13, Articulo 8°, numerales 7 y 8.
- 2 de 3
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060 1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima posición transitoria, complementaria y fina
de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo fl1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición
La inscripción de las IPRESS en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, caduca a los tres (03) años. En consecuencia, para que la IPRESS pueda seguir operando en el proceso de Aseguramiento Universal en Salud, es necesario que pase por todo el proceso de evaluación a efectos de asegurar que ésta reúne las condiciones para que continúe con la provisión de las prestaciones de salud.
a COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodológica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S. 064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de Costo Costo por (°)
prestación (SO
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 75.40
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.57
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 4.33
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 3.84
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 4.99
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 8.22
Anexo 7 FIJOS 64.03
COSTO TOTAL 161.37
3 de 3
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Denominación:
8. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
2 Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio) Cincuenta y un (51)
3 De Aprobación Automática 4 De Evaluación Previa: Silencio Positivo 1 l Silencio Negativo mi 4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención : Siete (7) días
5 Órgano rector o competente en la materia: Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección del Asegurado - IACPA
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección del Asegurado - IACPA
9 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
1 Fundamento legal Indicar base legal que brinda a la entidad la potestad para emitir el procedimiento y la base legal del procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/01, Artículos 36° y 37°. * Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. * Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado el 24/04/03, Artículos 10° y 11°. * Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicadol el 07/08/03, Artículos 10°, 12°, 13° y 15°. * Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, Modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, publicado el 07/08/2013, Artículo 1°.
2 Norma con rango de ley que faculta el cobro de la tasa o derecho :
Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública, publicado el 24/04/03, Artículo 20°.
3 Norma que aprueba la tasa:
4 Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de municipalidades distritales):
5 Requisitos del Trámite: enumeración de requisitos como se señala en el TUPA
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto,
ordenanza)
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 Solicitud dirigida al Intendente de la Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado.
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Articulo 10°, modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM.
2 Nombres, apellidos completos, número del documento de identificación que corresponda y domicilio. Tratándose de menores de edad no será necesario; de ser el caso número de telétiono y/o correo electrónico
....--__-..:7,-><,,,.,. ,‘,„
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Artículo 10°, literales a) y b), modificado por el Decreto Supremo N° 079 2013-PCM.
1 de 3
3 En caso que la solicitud se presente en la Unidad de Trámite Documentado, la solicitud debe contener firma del solicitante o huella digital, de no saber firmar o estar impedido de hacerlo.
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Artículo 10°, literal c), modificado por el Decreto Supremo N° 070- 2013-PCM.
4 Expresión concreta y precisa del pedido de información, así como cualquier otro dató que propicie la localización o facilite la búsqueda de la información solicitada.
Decreto Supremo W 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Articulo 10°, literal d), modificado por el Decreto Supremo N° 070- 2013-PCM.
5 Opcionalmente, la forma o modalidad en la que prefiere el solicitante que se le entregue la información
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Artículo 12° y Artículo 10°, literal f), modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM.
6
Para que la información sea puesta a disposición:
Exhibir recibo de pago por la reproducción de la información solicitada.
Dicho pago se realizará previa liquidación realizada por la autoridad que resuelve el trámite a fin de proceder a la entrega de la información. " Copia simple. * Disco Compacto
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado el 07/08/03, Artículos 13° y 15°.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final
de la Ley N° 29060.
1.1, Aplicación del Silencio Administrativo Positivo 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
2.1 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el articulo 1° de la Ley N° 29060:
No aplica
2.2 Silencio Administrativo Negativo.- breve explicación según los supuestos considerados en la primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
Se aplica el silencio administrativo negativo, en razón de tratarse de un procedimiento en el cual se ve involucrada la documentación relacionada al registro, autorización, supervisión y regulación de las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, así como, la documentación referida a la supervisión de las instituciones prestadoras de servicios de salud, a que tiene acceso la Superintendencia Nacional de Salud en virtud de las competencias conferidas en el Artículo 8° y 9° del Decreto Legislativo N° 1158, que
dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado el 06/12/13. Cabe señalar que el uso indebido de dicha documentación podría afectar el interés público, en algunos casos, la salud,
y en otros, el sistema de seguros de salud_
2 de 3
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo
Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y su guía metodoiógica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S.064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en los Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de costo Costo por prestación (Sr.)
COSTOS IDENTIFICABLES
Anexo 1 PERSONAL 110.51 I
Anexo 2 MATERIAL FUNGIBLE 0.69
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 1.30
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 2.34
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 3.89
Anexo 7 FIJOS 26.22
COSTO TOTAL 145.04
3 de 3
SECCIÓN III. LISTADO DETALLE DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ENTIDAD
A. INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1.
2
Denominación:
9. RECURSO DE APELACIÓN EN PROCESOS DE SELECCIÓN
Número de veces que es demandado a la Entidad en el año (en promedio) Tres (03) veces
3 De Aprobación kifornálica n _4. De Evaluación Pthyim Silencio Positivo Silencio Negativo
4.1. Indicar Plazo Máximo de Atención Doce (12) días
5 Órgano rector o competente en la materia Superintendencia Nacional de Salud
6 Dependencia a cargo del procedimiento: Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud
7 Órgano que resuelve definitivamente el trámite (1° Instancia) Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de
Salud
8 Lugares de atención del Trámite: Av. Velasco Astete 1398 Santiago de Surco, Lima 33
B. SUSTENTO LEGAL y TÉCNICO
2
3
4
5
A
1
2
Fundamento legal : Indicar base legal que procedimiento
* Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo * Ley N' 29060, Ley del Silencio Administrativo, * Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones * Ley N° 29873, Ley que modifica el Decreto 01/06/12. " Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento 105°, 106°, 107°, 108°, 109°, 110', 111°, Decreto Supremo N' 138-2012-EF, que modifica
Norma con rango de ley que faculta el cobro
Decreto Legislativo N° 1158, que dispone Nacional de Aseguramiento en Salud, publicado
Norma que aprueba la tasa:
Norma que ratifica la tasa (sólo en el caso de
Requisitos del Trámite: enumeración de
requisitos como se señala en el TUPA
Requisitos de admisibilidad
Recurso de Apelación dirigida al Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud.
Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad, o su denominación o razón social, En caso de actuación mediante representante, se acompañará la
tal documentación que
acredite'e', representación. Tratándose de consorcios, el representante común debe interponer el recurso de apelación a nombre de todos los consorcios, acreditando sus facultades de representación mediante la presentación de copia simple de la promesa formal de copsareprz-..
-----Z/n.FN
brinda a la entidad la potestad para emitir
General, publicada el 11/04/01, Artículo publicada el 07/07/07, Primera Disposición
del Estado, publicado el 04/06/08, Legislativo N° 1017 que aprueba la Ley de
de la Ley de Contrataciones del Estado, 112', 113° y 114'.
el Reglamento de la Ley de Contrataciones
de la tasa o derecho :
medidas destinadas al Fortalecimiento y Cambio el 06/12/13, Artículo 17°, literal b).
municipalidades distritales):
6. Fundamento legal especifico de cada requisito (Ley, decreto, ordenanza)
" Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 04/06/06, Articulo 53°.
„ Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Articulo 104, Articulo 109°, numeral 1.
Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09,
_el], , , AM ro 109
,, , numeral 2.
el procedimiento y la base legal del
207°, literal b) y artículo 209°. Transitoria, Complementaria y Final.
Artículo 53°. Contrataciones del Estado, publicada el
publicado el 01/02/09, Artículos 104', *
del Estado, publicado el 07/08/12.
de Denominación de la Superintendencia
7. Fundamento Técnico - científico (de ser el caso )
1 de 3
Señalar como domicilio procesal una dirección electrónica propia
Decreto Supremo W 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01109, Articulo 109', numeral 3.
4 El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Articulo 109°, numeral 4_
Los fundamentos de hecho y derecho que sustenten su petitorio
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Articulo 109', numeral 5.
6 Las pruebas instrumentales pertinentes
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Articulo 109°, numeral 6.
7
La garantía por interposición del recurso de apelación, de conformidad con el Art.93° de la Ley, otorgada a favor de la Superintendencia Nacional de Salud por una suma equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección impugnado (Adjudicación directa selectiva o Adjudicación de menor cuantia). En los procesos de' selección según relación de ítems, etapas, tramos, lotes y paquetes el monto de la garantía será equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del respectivo ítem, etapa, tramo, lote o paquete. En ningún caso, la garantía será menor al cincuenta por ciento (50%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.
• Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, publicada el 04106/8, Articulo 53°, modificado por la Ley N° 29873.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Artículo 109°, numeral 7 y Artículos 104° y 117, modificados por el Decreto Supremo NI° 138-2012-EF.
8
Firma del impugnante o de su representante. En el caso de consorcios bastará la firma del representante común señalado como tal en la promesa formal de consorcio
Decreto Supremo W 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Artículo 109°, numeral 8.
9 Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte si la hubiera
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, publicado el 01/01/09, Artículo 109', numeral 9.
C. CALIFICACIÓN DE SILENCIO ADMINISTRMWO QUE CORRESPONDE SEGÚN LA LEY N° 29060
1 Sustento de la aplicación del Silencio Administrativo conforme a la séptima disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060.
1.1. Aplicación del Silencio Administrativo Positivo I 1.2.Aplicación del Silencio Administrativo Negativo
21 Silencio Administrativo Positivo.- indicar el supuesto que corresponde según el artículo 1° de la Ley N° 29060: No aplica
22 Silencio Administrativo Negativa- breve explicación según los supuestos considerados en !a primera disposición transitoria, complementaria y final de la Ley N° 29060:
Se aplica el silencio administrativo negativo, en atención a lo dispuesto en la primera disposición transitoria complementaria y" final de la Ley N°29060, a fin de garantizar la evaluación respectiva de los argumentos del recurso y la valoración de las pruebas presentadas y determinar o no la procedencia de generar obligación del dar o hacer del Estado
2 de 3
1 Metodología a seguir para la determinación del costo del Procedimiento Administrativo: Se seguirán los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N" 064-2010-PCM y su guía metodoiógica
2 Declaración de la Entidad: Se declara haber seguido los pasos establecidos en el D.S.064-2010-PCM
3 Registro de los costos del Procedimiento Administrativo que se sustentan en los Anexos 1 al 7
Anexo Clasificación por Elemento de costo Costo por . - . . prestátvan (Si.)
COSTOS.
Anexo 1 PERSONAL 85474
Anexo 2 MATERIAL. FUNGIBLE . 1.56
Anexo 3 SERVICIOS DIRECTOS 8.66
COSTOS NO IDENTIFICABLES
Anexo 4 MATERIAL NO FUNGIBLE 47.03
Anexo 5 SERVICIOS DE TERCEROS 28.01
Anexo 6 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN 35.14
Anexo 7 FIJOS 385.67
COSTO TOTAL DEL PROSEO. ADMINISTRATIVO 1,360.80
D. COSTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD
3 de 3
Superintendencia Nacional de Salud 1. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Autorización de IAFAS Privadas
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 1.1: AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE IAFAS PRIVADAS PÁGINA 01 DE 01
USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN -OCA INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO. MAR
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COMUNICACIONES- OGIIC
TÉCNICO EN TRAMITE DOCUMENTARIO
ESPECIALISTA EN TESORERIA ESPECIALISTA EN REGISTRO ESPECIALISTA EN
REGULACION ECONÓMICA- CONTABLE
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Reciza y fosar aviso
Aviso para Presentar objeciones a ser
Adamado por usuario — ÷ Remitir aviso a organizadores
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Autodzación de Organización —
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(1 En el plazo de quince ( 5) días calendarios despees de la última publicación, se debe verificar si se he presentan objeciones
Superintendencia Nacional de Salud 1. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Autorización de IAFAS Privadas
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 2. AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE IAFAS PRIVADAS PÁGINA 01 DE 01
USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION s OCA INTENDENCIA DE REGULACION, AUTORIZACION Y REGISTRO. ERAR OFICINA GENERAL DE. IMAGEN
INSTITUCIONAL Y COMUNICACIONES ..00110
TÉCNICO EN TRAMITE DOCUSIENTARIG
ESPECIALISTA EN TESORERÍA ESPECIALISTA EN REGISTRO ESPECIALISTA EN
REGULACIÓN ECONÓMICA. CONTABLE
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Superintendencia Nacional de Salud 2. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Autorización de Fusión de IAFAS-EPS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN DE FUSIÓN DE IAFAS-EPS PÁGINA 01 DE 01
USUARIO
OFICINA GENERAL DE •
ADMINISTRAC ON -OCA. INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO. IRAK
O ICINA GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y
COMUNICACIONES. OGIIC
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARIO
ESPECIALISTA EN REGISTRO ESPECIALISTA EN
REGULACIÓN ECONÓMICA. CONTABLE
ESPECIALISTA LEGAL (CAS)
INTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN
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(')En el plazo de cinco (00) dios calendarios s'espires de la ü tima publicación, se debe verifico sise presentan objeciones
Superintendencia Nacional
de Salud 4. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Inscripción en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 4-A. INSORIPOION EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD— INSCRIPCIÓN VIRTUAL j PÁGINA 01 DE 03
USUARIO INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO • IRAR
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
AUTORIZACIÓN INTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN (CAS)
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Superintendencia Nacional de Salud
4. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Inscripción en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 4-8. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD—INSCRIPCIÓN PRESENCIAL PÁGINA 02 1:7E 03
USUARIO
OFICINA GENERAL DE _ ADMINISTRÁCIONCOGA
INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO - EFIAR
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARLO
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
AUTORIZACIÓN INTENDENTE
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Superintendencia Nacional de Salud 4. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Inscripción en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: -8 I SCRIPCION EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD—INSCRIPCIÓN PRESENCIAL PÁGINA 03 DE 03
USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - OGA INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO IRAR
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARLO
ASISTENTE DE GESTIÓN (CAS) ASISTENTE TÉCNICO EN REGISTRO INTENDENTE
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Superintendencia Nacional de Salud
5. Diagrama de Flujo del Procedimiento de Actualización de Información (Registro de Modificación de Razón Social, Dirección y/o Categorización) en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 5-A: ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y/0 CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - ACTUALIZACIÓN VIRTUAL
PÁGINA 01 DE 03
USUARIO
INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN -
Y REGISTRO - IRAR
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
AUTORIZACIÓN INTENDENTE
ASISTENTE DE GESTIÓN (CAS)
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Superintendencia Nacional de Salud
5. Diagrama de Flujo del Procedimiento de Actualización de Información (Registro de Modificación de Razón Social, Dirección y/o Categorización) en el Registro de IPRESS
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NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 5-E ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y/0 CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO
DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD —ACTUALIZACIÓN ACTUALIZACIÓN PRESENCIAL PÁGINA 02 DE 03
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USUARIO
OFICINAGENERAL. DE , ADMINISTRACIÓN • OGA
INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REG
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARIO
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
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Superintendencia Nacional de Salud
5. Diagrama de Flujo del Procedimiento de Actualización de información (Registro de Modificación de Razón Social, Dirección y/o Categorización) en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 5(B: ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y/0 CATEGÓRIZACION) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD — ACTUALIZACIÓN PRESENCIAL PÁGINA 03 DE 03
USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - OGA INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REG STRO- IRAR
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARLO
ASISTENTE DE GESTIÓN (CAS) ASISTENTE TÉCNICO EN REGISTRO INTENDENTE
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Superintendencia Nacional de Salud 6. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Retiro del Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 6-A: RETIRO DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD — RETIRO VIRTUAL PAGINA 01 DE 04
USUARIO
REGULINATCEICI,EANUCTIORDIEzACK5 OFICINA GENERAL DE ADM ISTRACION - OGA OFICINA GENERAL
DE ASEEDELICjURIDIDA - INTENDENCIA DE SUPERVISIÓN DE IPRESS
ESPECIALISTA EN REGISTRO
TESORERO DIRECTOR GENERAL ESPECIALISTA LEGAL DIRECTOR GENERAL ESPECIALISTA
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Superintendencia Nacional de Salud 6. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Retiro del Registro de IPRESS
NOMBRE [ NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 6-A. RETIRO DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD— RETIRO VIRTUAL PÁGINA 02 DE 04
USUARIO ,ADNIINISTRACION - OGA
OFICINA GENERAL DE INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO - IRAN
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARIO
COORDINADOR DE REGISTRO Y AUTORIZACIÓN
INTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN
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Superintendencia Nacional de Salud
6. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Retiro del Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 6-8: RETIRO DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - RETIRO PRESENCIAL PÁGINA 04 DE 04
USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - OGA
iNTENDENCINDE REGULACIÓN, AUTORIZACION I Y REGISTRO - IRAS . , , ,
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARIO
COORDINADOR DE REGISTROY AUTORIZACION
INTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN
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Superintendencia Nacional
de Salud 7. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Renovación de Inscripción en el Registro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 7-A: RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD — RENOVACIÓN VIRTUAL PÁGINA 01 DE 03
USUARIO
INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO. IRAR
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
AUTORIZACIÓN INTENDENTE
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Superintendencia Nacional de Salud
7. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Renovación de Inscripción en el Re istro de IPRESS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 7-6 RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD — RENOVACIÓN PRESENCIAL
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USUARIO
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN , OCA
, INTENDENCIA DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REGISTRO IRAR
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARIO
ESPECIALISTA EN REGISTRO COORDINADOR DE REGISTRO Y
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Superintendencia Nacional de Salud 7. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Renovación de Inscripción en el
Registro de IPRESS NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: 7-13: RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD — RENOVACIÓN
PRESENCIAL. PÁGINA 03 DE 03
USUARIO ADM
OFICINANSTRACIu
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DE REGULACIÓN, AUTORIZACIÓN Y REG STRO' RAR.
TÉCNICO EN TRÁMITE DOCUMENTARLO
ASISTENTE DE GESTIÓN (CAS) ASISTENTE TÉCNICO EN REGISTRÓ• INTENDENTE
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Superintendencia Nacional de Salud 8. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Acceso a la Información Pública
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PÁGINA 01 DE 01
USUARIO
OFICINA GENERAL DE AD ENES TRAGICN DCA INTENDENCIA DE ATENCION A LA CIUDADANÍA Y PROT?CCIÓN DEL ASEGURADO IACPA
TECNICO EN TRAMITE DOCUMENTARIO TESORERO COORDINADOR DE ATENDIDA A LA CIUDADANÍA INTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN
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Superintendencia Nacional de Salud 9. Diagrama de Bloques del Procedimiento de Recurso de Apelación en Procesos de
Selección NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: RECURSO DE APELACIÓN EN PROCESOS DE SELECCIÓN PÁGINA 01 DE 01
USUARIO
OFICINA GENES DE DMINISTRACIÓN -OEA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA - AJ DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
TECNICO EN TRAMITE DOCUMLNTARIG DIRECTOR GENERAL DIRECTOR GENERAL SUPERINTENDENTE ASISTENTE DE GESTIÓN
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Analizar °licitud, proy ciar
comunicaclon a peS reS
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Visor y disponer envio de
corriunicaCine 39. Rent lir compnfcaziión
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p e a I 'I d d Hierre cira:
legal. Proyectar resolución
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Emitir resolución, disponer distribución
Resolución
Disponer registre en
devolución de ga Asti y Ejecucion de ReSOIlletári
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
IsitocEmmikNtó rik Ainomacióm op egoANeAcióN v OpiCiONAMIENTO DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS-DE !FONDOS DE ASEGURAMIENTO • ' -' - . - TABLA ASIVIE-VIII: 1.1: Procedimiento de Autorización do Organización de ZAFAS Privadas
Secuencias de Actividades Contador de Recursos
EN SALUD PRIVADAS se E3 RAPAS)
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Identificador de recursos
ngi.1111L. 11~£111.116Mr
Tipo de
Tipo de valor actividad
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Actividad / Ares
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Oficina General de
Administración OCA
Intendencia de Regulación, Autorización y Registro - IRAR
Oficina General de Imagen
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Comunicaciones -
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Ingresar soliolud y disponer cuslodia de Certificado de Depósito Je Gacetilla
Oficina General de Administración
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III 1111
2' Verificar requisitos tos
Intendencia de Regulaclon,
Autorización y Registro-IRAR
60 1 60
Determinar viabilidad técnica-economice
Intendencia de Regulación,
AL110112aCIÓI1 y Registro - IRAR
240 1 240 3 v v v Y r Ye
Determinar viabilidad legal
Intendencia de
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Registro - IRAR
240 40 3
5
Ana'izar y consolidar expediente, proyectar aviso de objeción de terceros
Intendencia de Regulación,
Autorización y Registro-IRAR
280 230 5
5 Revisar y visar aviso
Oficina General de Imagen
Institucional y Comunicaciones -
OGIIC
10 1 10
Remitir aviso a organizadores
OPcina General oe Administración
- OCA
Intendencia de Regulación,
Autorización y Registro-IRAR
Intendencia de Regulación,
Autorización y R sistro -IRAR
Intendencia de Regulación,
Autorización y
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III
IIIII 11 11
III
111 .
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Verificar objeciones y proyectar Resolución y Certificado de Autorización de Organización
II . Visar proyecto de Resolución y Certificado
10
Autorizar medrante Resolución y emitir Certificado de Autorización de Cr ankadon
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"I, organizadores
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
PROCEPIMIENy0 pe AuToRízAcIóni DE-oReme ációN y FuNciroz:Aplfol:eNcjimO irlenEtolNdSeTAITnUtoTz atoSnÁdDeM1101SieraDOi RA DD FONDO S DE ASEDDRADIEDTO IN,D4DDDIWASi DDIVA DÁD
Identificador de recursos
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Secuencias de Actividades Contador de Recursos
Tipo de aclividad
Tipo de valor
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Recursos Identificables Recursos no identificables
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Administración Intendencia de Regulación, Autorización y Regist o - IRAR
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Analizar y consolidar expediente, proyectar
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6 Revisar y visar Proyecto de Resolución e Y Certificado
lIntendencia de
Regulación, Autorizacion y
R (ro - IRAR
60
7
Autorizar mediante Resolución y emitir Certificado de Autorización de Funcionamiento
Intendencia de Regulación,
Autorización y Regtstro - IRAR
170
Registrar y asignar Código Único de Registro
Intendencia de Regulación,
Autorización y Re•istro IRAR
0 30
7 240
9
Notificar autorización de f u ncionamiento y devolver Gert.ficado de Depósito de Garantia endosado
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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Documentado
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Administiadón - OGA
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2 Verificar requisitos.
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3 Elaborar Int ornie Técnico
Intendencia de Regulación.
Autenzación y Re I IRAR
240 1 240
1 Proyectar diseño de aviso
Intendencia de Regulación,
Autorizadas y
Re stro - IRAR
20 1 20 1 3 v y iv • v v v
5 Visar texto de aviso
Oficina General de Imagen
Institucional y Comunicaciones .
OGIIC
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7 Notificar aviso 1 20 Y Y
8
Verifica)' objeciones y proyectar resolución
Intendencia de Regulación,
Autorización y Re.istro - IRAR
00 1 100
9 Analizar y visar resolución
Intendencia de
RelleCión, Autorización y
Re estro - IRAR
20
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Integrar expediente y emitir informe
Intendencia de Regulación,
Autorización y Registro - IRAR
225 225
Emitir resolución y disponer notificación
Intendencia de Regulación,
Autorización y Enretro - IRAR
240 240 1
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Intendencia de Regulación,
Autorización y stro - IRAR
20 20 1
054 2 59 435 240 20 260 20 20 7 0 2 2 0 1 0 11E1E1 D lel 10 0 1:, 4 -( '
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
TABLA ASiOSAFIVI:,3...BRoOlOie Orlo DE ADSCRIPCIÓN A LA usTA PE CONCILIADORES Y ÁRBITROS DEI CECONAR - ' --- R FREcUE ISR5FA7 r 15
Secuencias de Actividades Contador de Recursos Identificador de recursos
Tipo de actividad
Tipo de valor
Pasos Actividad Centro de
Actividad / Área Tiempo
(min)
Recursos Identificables Recursos no identificables
Personal Directo Material FI ngible Servicio Directo
Material no fungible Activo Fijo Costos Fijos Servicios indirectos
Oficina General de
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Documentad
Centro de Conciliación y Arbitraje-CECONAR
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1 Ingresar solicitud
Oficina General de
Administración -
OGA
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2 Verificar requisitos
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Arbitraje - CECONAR
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3 Evaluar Floja de Vida
Centro de Conciliación y
Arbitraje - COCONAR
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V V J v y v
4 Citar candidato
Centro de Conciliación y
Arbitraje - CECONAR
5 Entrevistar candidato
Centro de
Conciliación y Arbitraje -
CECONAR
60 1 60 2 5 V V V V v J V y
6 Elaborar resultado, disponer notificación y registro
Centro de
Conciliación y Arbitraje -
CECONAR
60 1 60 1 1 1
7 Notificar resultado, adscribir a Lista de Conciliadores o Árbitros
Centro de Conciliación y
Arbitraje - CEDONAR
30 30 1 1 1 I
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Sckueotto de Actividades
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Contador de Recursos
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1mliricador de recursos
11::.'YERSION: FRECUENCIA
Tlpo de actividad
V,....... 1,960777
Tipo de valor
Aclividatl Centro de Tiemp
Recursos Itlenlificables Recursos no idenlifmables
Personal Directo Material Fungible Servicio Dir cto
Material no fungible Activo Fije Costos Fijos Servicios de
Terceros
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Registro - IRAR
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5 Ingresar Resolución pare
Intendencia de Regulación,
Registro - IRAR
10 1 10
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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Secuencia de Ad idad
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Personal Directo Material Fu agible Servido Directo Material no fungible Activo Ffi Costos Fijos
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Técnico en Tramite
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Registro - IRAR
30 1 30 1 1 1
3 Emitir informe técnico
Intendencia de
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Intendencia de Regulaon,
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Regulo-IRA
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5 Ingresar información
I ntendencia de Regulacton,
Autorización y
Registro-IRAS
30 30 J J J J ,/
Notificar resolución
Intendencia de Regulación,
Autodzación y
Registro - IRAR
O 10 i
1 Remitir resolución Oficina General
de Administrador; - OCA
5 1 5 1 1 1 11
TOTALL,_O sS,, A 145 1 35 1 -15 30 1 10 1 10 1 3 8 1 1 0 5 o 0 0 0
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
TABLA flibiliZettS001i$:ÁtlitnPROt. Ck Ernit i‘iiNtO DE otylltli-blItli,12AeileiN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN SERVICIOS DE SAL$D
S cuencia de Ae17uitodes Contador de Recursos
pERAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN • Actualización Virtual
V/0 CATEGORIZACIÓN) EN EL. ' ,
Identificador de recursos
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Tipo de actividad
N 5A
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Paso Actividad Centro de
Actividad / Area Momo o (Fin)
Recursos Identificables Recursos no itlenlificabIes
Personal Directo Material Fungible Screieel iee Material no fungible Activo Fijo Costos Fijos Sendos de
Terceros
Intendencia de Regulaciót , Autorización y Registro - IRAR
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
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3 Emitir informe técnico
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Otorgar resolución de enovación
Intendencia de Regulación,
Autorización y Registro-IRAR
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Ingresar información
Intendencia de Regulación,
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3 Solicitar información a proporcionar
Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección del Asegurado - IACPA
4 Preparar respuesta
Intendencia de Atención a la Ciudadania y Protección del Asegurado - IACPA
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Oficina General de Administración - OGA
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6 Disponer entrega de Información
Intendencia de Atención a la ciudadania y
Protección del Asegurado - IACPA
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Actividad / Área Tiempo
(min)
Recursos Identificables Recursos no identificables ,
Personal Directo Material Fungible Servicio Directo
Materialno fungible Activo Fijo Costos Fijos Servicios indirectos
Oficina General de Admrnrstracan - OG A
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General de
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36
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Técnico en Tramite Documentara)
°preciar General
Director General
a 0
Superinten- denle
Asistente de Gestión
', P., In 'n1" rZn7 7:1"Ilir Ca C'm C'nt C'n ant "nt eznr.
1 Ingresar solicitud
Oficina General de
39 Administración -
OGÁ
39 v E 2 Medrar expediente
Oficina General de
30 Administración -
OGA
30
3 Tomar conocimiento, solicitar opinión legal
Despacho del 30 Superintendente
180
30
1
1
1
3 Y V Y Y
v Y
Y Y Y V
V■I Y
irdi
4 Analiza; solicitud, proyectar comunicación pos tores involucrados
Oficina General de Asesoría 180
Juncirca - OGAJ
5 Visar y disponer envio de comunicación
Despacho del 20
Superintendente 1 20
1 120
20 1
2
V
;Y VY Y Y Y 'M'Y
Y ■111■1■1■I
Y VY ■MIY111
II E 111 ■IVJV
6 Remitir comunicación Despacho del a up
b erintendente
7
Analizar expediente, Procesar solicitad de i nforme oral
Despacho del Superintendente
120
8 Elaborar informe legal, proyectar resolución
Oficina General ,
de Asesor ía 240 Jurídica - OGAJ
240 Y Y V Y ‘INIVY V ■I Y
9 Emitir resolución, disponer distrib ución
Despacho del nn Superintendente —
30
0 60 1 420
60
0 230 20 8
1
18 2 0 2 0
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10
Disponer registro en SEACE, devolución de garantía Y Ejecución de Resaluden
ii
oficina General
de 30o.., 3° o
(4114 Di ,,,tá3
--7>
is9,7 44 ,) sf )2 1) 7 39 r TOTAL 1 99 171 5,i , , : 4 yo
CODIGO NOMBRE CANT.
PRESTACIONES PERSONAL
MATERIAL
FUNGIBLE
SERVICIO
IDENTIFICABLE
MATERIAL NO
FUNGIBLE
SERVICIO DE
TERCERO
DEPRECIACION Y
AMORTIZACION COSTO FIJO
COSTO
UNITARIO
000001 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE IAFAS PRIVADAS - PROCEDIMIENTO DE
AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE IAFAS PRIVADAS 1 803.574 1.788 8.660 70.633 75.866 116.062 691.116 1,767.699
000002 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE IAFAS PRIVADAS - PROCEDIMIENTO DE
AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE IAFAS PRIVADAS 1 785.642 1.834 4.330 11.250 51.387 64.721 523.335 1,442.499
000003 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE FUSIÓN DE INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE
FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD IAFAS EPS 1 797.384 1.416 4.330 16.931 31.049 56.729 837.816 1,745.655
003009 PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 51 110.612 0.686 - 1.300 2.336 3.887 26.220 145,041
000005 PROCEDIMIENTO DE ADSCRIPCIÓN A LA LISTA DE CONCILIADORES Y ÁRBITROS DEL
CECONAR 15 434.479 0.617 8.660 4.217 7.021 15.551 128.190 598.735
00000] PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD-INSCRIPCIÓN VIRTUAL 1960 55.395 D.490 0.012 0.032 0.056 D.731 56.715
000008 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD- INSCRIPCION PRESENCIAL 40 75.398 0.573 4.330 3.836 4.987 7.895 64.027 161.04
000009
PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE
RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y/0 CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES •
PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - ACTUALIZACIÓN VIRTUAL 39 55.395 0.490 0.012 0.032 0.056 0.731 56.716
00010
PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN (REGISTRO DE MODIFICACIÓN DE
RAZÓN SOCIAL, DIRECCIÓN Y/0 CATEGORIZACIÓN) EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES
PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - ACTUALIZACIÓN PRESENCIAL 10 73.193 0.595 4.330 3.836 4.983 8.213 63.935 159.085
000013 PRODEDIMIENTO DE RETIRO DEL REGISTRO DE INSTEFUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD E RETIRO VIRTUAL 9 128.889 0.845 0.049 0.075 0.131 1.645 131.634
000014 PROCEDIMIENTO DE RETIRO DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD - RETIRO PRESENCIAL 142.277 0.849 4.330 3.350 4.430 7.127 55.777 218.140
000011 PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE INSTITUCIONES
PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - RENOVACIÓN VIRTUAL 19 55.395 0.490 0.012 0.032 0.056 0.731 56.716
0[0012 PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE INSTITUCIONES
PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD- RENOVACIÓN PRESENCIAL 1 75.398 0.573 4.330 3.836 4.987 8.220 64.027 161.371
000006 PROCEDIMIENTO DE RECURSOS DE APELACIÓN EN PROCESOS DE SELECCIÓN 3 854.742 1.556 8.660 47.027 28.010 35.136 385.671 1,360.802
, - Trabajadores
Costo ,
Unitario
Servicio de Mensa ería 56,733.13 13,099 4.33
COSTO.SERVICIO IDENTIFICABLE Costo Anual
ANEXO 1
COSTO DE LOS SERVICIOS
COSTO FIJO Costo Anual Cantidad Nr Trabajadores
Costo
Mensual
Servicios de Luz 122,339.73 121 10,194.98
Servicio de limpieza 66,761.19 121 5,563.43
Servicio de seguridad 184,200 00 121 15,350 00
Servicio de Internet 236,976.00 121 19,748.00
Servicio de agua 8,978 86 121 748.24
COSTO DE SERVICIO DE TERCEROS Costo Anual Cantidad N° 7.
Trabajadores
Costo Mensual
Mantenimiento de Computadoras 31,000.00 80 121 2,583 33
Mantenimiento de Fotocopiadoras 20,333 66 15 121 2,559 30
Mantenimiento de Impresoras 2,600 00 31 121 216.67
CANTIDAD DE PERSONAL
SUPER 13
OCI 4
OGPP 8
OGAJ
OGTI 13
OGA 16
OGIIC 4
IRAR 10
ISIAFAS 10
CECONAR 9
ISIPRESS 15
IACPA 6
I EGIC 8
TOTAL 121
ANEXO 2
CALCULO DEL COSTO DE PERSONAL DIRECTO
CARGO AREA SUELDO
COSTO
ANUAL
.COSTO
MENSUAL
1 SUPERINTENDENTE SUPER 15 600 00 254 056.00 21,171.33
2 SUPERINTENDENTE ADJUNTO SUPER 15,275.00 247,958.50 20,663.21
3 SECRETARIO GENERAL SUPER 15,000-00 244,300.00 20,358.33
4 ASISTENTE DE GESTIÓN SUPER 3,500.00 57,310.00 4,775.83
5 ASESOR SUPER 10,000.00 163,000.00 13,58333
O ASESOR SUPER 9,925.00 161,780.50 13,48131
7 ASESOR SUPER 10,000.00 163,000.00 13,583.33
8 ASESOR SUPER 10,000.00 163,000.00 13,583.33
9 TÉCNICO EN SEGURIDAD SUPER 2475.00 56,903.50 4,741.96
10 TÉCNICO EN SEGURIDAD SUPER 3,350.00 54,871.00 4,572.58
11 DIRECTOR DELCENTRO CECONAR 13 965.50 Z27,479.03 18,956.59
12 SECRETARIO GENERAL DEL CENTRO CECONAR 11,000.00 179,260.00 14,938.33
13 ASISTENTE DE GESTIÓN CECONAR 3,475.00 56,903.50 4,741.96
14 ESPECIALISTA SUPERVISOR EN AUDITORIA INTERNA OCI 6,540.50 106,748.53 8,895.71
15 DIRECTOR GEN RAL OGIIC 11,040.50 179,918.53 14,993.21
16 DIRECTOR GENERAL OGAJ 10,965.50 178,699.03 14,891.59
17 ASISTENTE DE GESTIÓN OGA1 3,475.00 56,903.50 4,741.96
18 ESPECIALISTA LEGAL OGAI 6,560.00 107,065.60 8,922.13
19 DIRECTOR GENERAL OGPP 11,000.00 179,260.00 14,938.33
20 ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO OGPP 6,872.00 112,138.72 9,344.89
21 ESPECIALISTA EN PLANEAMIENTO OGPP 6,800.00 110,968.00 9,247.33
22 ESPECIALISTA EN RACIONALIZACIÓN ADMINISTRATIVA OGPP 6,541.00 106,756.66 8,896.39
23 ASISTENTE DE GESTIÓN OGPP 3,550.00 58,123.00 4,843.58
24 DIRECTOR GENERAL OGA 11,040.50 179,918.53 14,993.21
25 CONTADOR GENERAL OGA 8,890.00 144,951.40 12,079.28
26 COORDINADOR EN GESTIÓN LOGÍSTICA OGA 8,780.00 143,162.30 11,930.23
27 COORDINADOR EN GESTION DE LAS PERSONAS OGA 7,953.00 129,715.78 10,809.65
28 ESPECIALISTA E N TESORERÍA OGA 7,965.50 121,789.03 10,149.09
29 TESORERO OGA 6,800.00 0,968.00.. ,9,247.33
30 TÉCNICO EN TRAMITE DOCUMENTARLO OGA 4,040.50 66 098.53 5,508.21
31 ASISTENTE DE GESTIÓN OGA 3,550.00 58,123.00 4,843.58
32 DIRECTOR GENERAL OGTI 10,965.50 178,699.03 14,891.59
33 ESPECIALISTA EN GESTIÓN DE TI OGTI 6,8 9.00 111,602.14 9,300.18
34 ESPECIALISTA EN GESTIÓN DE TI 0611 6,800.00 110,968.00 9,247.33
35 ASISTENTE DE GESTIÓN OGTI 4,040.50 66,098.53 5,508.21
36 INTENDENTE IACPA 14,000.00 228,040.00 19,003.33
37 ASISTENTE DE GESTIÓN IACPA 3,500.00 57,310.00 4,775.83
38 INTENDENTE IEGIC 14,000.00 228,040.00 19,003.33
39 ESPECIALISTA EN SALUD PÚBLICA IEGIC 6,540.50 106,748.53 8,895.71
40 ESPECIALISTA EN ECONOMÍA DE LA SALUD IEGIC 6,540.50 106,748.53 8,895.71
41 ESPECIALISTA EN EPIDEMIOLOGÍA IEGIC 6,350.00 103,651.00 8,637.58
42 ASISTENTE DE GESTIÓN IEGIC 3,550.00 58,123.00 4,843.58
43 INTENDENTE IRAR 14,000.00 228,040.00 19,003.33
44 COORDINADOR DE REGULACIÓN IRAR 9,000.00 146,740.00 12,228.33
45 ESPECIALISTA DE REGULACIÓN EN SALUD IRAR 6,540.50 106 748.53 8,895.71
46 ESPECIALISTA EN REGULACIÓN ECONOMICA
CONTABLE IRAR 6,470.00
105,602.20 8,800.18
47 ESPECIALISTA EN REGISTRO IRAR 6,465.50. 05 529.03 8,794.09
43 INTENDENTE IAFAS 14,000.00 228,040.00 19,003.33
49 COORDINADOR EN SUPERVISIÓN ASISTENCIAL,
ADMINISTRATIVA Y DE ASEGURAMIENTO IAFAS 9,000.00
146,740.00 12,228.33
.50 ESPECIALISTA EN SUPERVISIÓN ECONÓMICA ESPECIALISTA
FINANCIERA
6,372.00 112,138.72 9,344.89
51 ESPECIALISTA EN SUPERVISIÓN ECONÓMICA
FINANCIERA 6,872.00
112,138.72 9,344.89
52 ESPECIALISTA EN SUPERVISIÓN ECONÓMICA
FINANCIERA 6,872.90
112,138.72 9,344.89
53 ESPECIALISTA EN PLANES DE SALUD ZAFAS 6,540.50 106,748.53 8,895.71
S4 ESPECIALISTA LEGAL IAFAS 6,465.50 105,529.03 8,794.09
55 NTENDENTE IPRESS 14,000.00 228,040.00 19,003.33
56 ESPECIALISTA EN SLIPERVISION ASISTENCIAL IPRESS 6,866.00 112,041.16 9,336.76
57 ESPECIALISTA EN SUPERVISIÓN ASISTENCIAL IPRE55 6,324.00 111,358.24 9,279.85
58 ESPECIALISTA EN SUPERVISION ASISTENCIAL 110,968.00 9,247.33
591COORDINADOR DE REGISTRO Y AUTORIZACIÓN IRAR 9,000.00 146,740.00 12,228.33
60 ASISTENTE DE GESTIÓN IRAR 2,800.00 34,200.00 2,850.00
ANEXO 3
CANTIDAD DE BIENES POR ÁREAS
UUOO PC IMPRESORAS -ESCRITORIO SILLAS
SUP 5 3 12 10
SA 4 2 4 3
SG . 7 0 0 0
CCA 11 3 16 11
OGPP 8 2 3 12
OGAJ : 7 1 4 8
oci, 6 1 8 6
OGIIC -- 6 3 6 5 .,
IACPA 9 1 9 8
IRÁR- 10 2 5 11
IEGIC 11 0 8 10
151A:EAS 17 2 4 18
ISIPRESS - 16 1 7 17
OGA , 23 9 36 36
°GT' 13 1 21 22
153 31 143 177
ANEXO 4
CANTIDAD DE BIENES CONSUMIDOS POR A'REA
TOTAL SUNASA CANTIDAD MONTO
5/. DEPENDENCIA
USUARIA CANTIDAD UTILIZADA
PRESENTACION PRECIO UNITARIO
TOTAL S/.
1 HOJA DÉ ENVIO TRAMITE GENERAL SUPERINTENDENCIA 105 81.0CK X 100 7.98 837.90 OCA 100 BLOCK X 100 7.98 798.00 IRAR 33 BLOCK X 100 . 7.98 263.34 ISIPRESS 44 BLOCK X 100 7.98 351.12 IACPA 8 BLOCK X 100 1 7.98 63.84 OGIIC 5 BLOCK X 100 7.98 47.88 OGAJ 11 BLOCK X 100 7.98 87.78
415 3,311.70 TOTAL ITEM 1 307 7.98 2,449.86 GRAPAS 2 /6 X 500
SUPERINTENDENCIA 12 CAJA X 5000 1.8674 22.4088 OGA 22 CALA 1.8674 41.0828 IRAR 4 CAJA 1.8674 7.4696 ISIPRESS 6 CAJA 1.8674 11.2044 IACPA 1 CAJA 1.8674 1.3674 OGIIC 2 CAJA 1.8674 3.7348 00/11 2 CAJA 18674 3.7348
72 134.45 TOTAL ITEM 2 49 1.8674 5026
CLIP DE METAL Nd 1 X100 SUPERINTENDENCIA 46 CAJA 0.5468 25.1528 OCA 54 CAJA 0.5468 29.5272 IRAR O CAJA 0.5468 0 ISIPRESS 49 CAJA 0.5468 26.7932 IACPA 4 CAJA 0.5468 2.1872 OGIIC O CAJA 0.5468 O OGAJ 7 CAJA 0.5468 3.8276
183 100.06 TOTAL ITEM 3 160 0.5468 87.488 &PAPEL BOND 75 GR T A4 SUPERINTENDENCIA 307 RESMA 11.3974 3 499 00 OGA 515 RESMA 11.3974 5 869 66 IRAR 63 RESMA 11.3974 718.04 ISIPRESS 134 RESMA 11.3974 1,527.25 IACPA 48 RESMA 11.3974 547.08 OGIIC 78 RESMA 11.3974 889.00 OGAJ 73 RESMA 11.3974 832.01
1863 21,233.36 TOTAL ITEM 4 1218 11.3974 13,882.03 5 PAPEL BOND.120GR, A4 - RESOLUCION
SUPERINTENDENCIA 300 UNIDAD 0.2832 84.96 OGA 50 UNIDAD 0.2832 14.16 IRAR 1400 UNIDAD 0.2832 396.48 ISIPRESS O UNIDAD 0.2632 IACPA O UNIDAD 0.2832 OGIIC 13 UNIDAD 0.2832 OCA) O UNIDAD 0.2832 -
1950 552.24 TOTAL ITEM 5 1750 0.2832 495.60 6. FOLDER MANILA A4
SUPERINTENDENCIA 398 UNIDAD 0.1894 75.38 OGA 2,975 UNIDAD 0.1894 563.47 IRAR 450 UNIDAD 0.1894 85.23 ISIPRESS 1,000 UNIDAD 0.1894 189.40 IACPA 600 UNIDAD 0.1894 113.64 OGIIC 200 UNIDAD 0.1894 37.88 OGAJ 200 UNIDAD 0.1894 37.88
7588 1,437.17 TOTAL ITEM 6 5823 0.1894 1,102.88 . . 7 BOLÍGRAFOS '
SUPERINTENDENCIA 163 UNIDAD 0.870 141.81 OGA Ir
203 44
UNIDAD 0.870 180.96 UNIDAD 0.870 38.28
ISIPRESS 7 01 UNIDAD 0.870 174.87 IACPA 24 UNIDAD 0.870 20.88 OGIIC 42 UNIDAD J
0.870 36.54
0.8701 58.29 OGAJ 67 UNIDAD 1190 ,035.30 TOTAL ITEM 7 749 0.8701 651.63
15 10 TRODAT SUPERINTENDENCIA 2 UNIDAD 30.00 60.00 OCA r 2 UNIDAD 30.00 60.00 IRAR 2 UNIDAD 30.00 60.00 ISIPRESS 2 UNIDAD 30.00 60.00 IACPA 2 UNIDAD 30.00 60.00 OGIIC 2 UNIDAD 30.00 60.00 OGAJ 2 UNIDAD 30.00 60.00
75 2,250.00 TOTAL ITEM 8
9.TINTATRODAT SUPERINTENDENCIA 1 UNIDAD 5.57 5.57 OGA 1 UNIDAD 11.14 !RAP, 3 UNIDAD 5.57 16.71 ISIPRESS 2 UNIDAD 5.57 11.14 IACPA 1 UNIDAD 5.57 5.57 OGIIC 1 UNIDAD 5 57 5.57 OGAJ 1 UNIDAD 5.57 557
10 55.70 TOTAL ITEM 9 10 5.57 55.7
1,6
ANEXO 4
CANTIDAD DE BIENES CONSUMIDOS POR ÁREA
TOTAL SUNASA CANTIDAD 1 MONTO
5/. DEPENDENCIA
USUARIA CANTIDAD UTILIZADA
PRESENTACION PRECIO 1 UNITARIO
TOTAL 5/.
0.SELLO ECUADOR (NUMERADOR AUTOMÁTICO) SUPERINTENDENCIA 1 UNIDAD 39.00 34.00 OGA 19 UNIDAD 34.00 646.00 IRAR 2 UNIDAD 34.00 63.00 ISIPRESS 1 UNIDAD IACPA 1 UNIDAD
34.001 34.00
34.00 34.00 OGIIC 1 UNIDAD 34.00 34.00 OGAI 1 UNIDAD 34.00 39.00
27 918.00 TOTAL ITEM 10 26 34.00 884.00 11.TINTA PARA SELLO (TINTA PARA TAMPON) SUPERINTENDENCIA 1 UNIDAD 2.08 2.08 OGA 10 UNIDAD 2.08 20.8 IRAR 4 UNIDAD 2.08 8.32 ISIPRESS 1 UNIDAD 2.08 2.08 IACPA 1 UNIDAD 2.08 2.08 OGIIC 1 UNIDAD 2.08 2.08 OGAI 1 UNIDAD 2.08 2.08
30 62.40 TOTAL ITEM 11 19 2.08 39.52 1/TONER PARA IMPRESORA/COPIADORA SUPERINTENDENCIA 30 UNIDAD 192.92 5,787.60 06A 12 UNIDAD 261.56 3,138.72 IRAR 2 UNIDAD 406.03 812.06 ISIPRESS 6 UNIDAD 442.80 2,656.80 IACPA 1 UNIDAD 762.34 762.34 OGIIC 5 UNIDAD 179.82 899.10 OGAI 3 UNIDAD 381.64 1,144.92
73 18,808.45 TOTAL ITEM 12 59 257.65 15,201.54
13.ENGRAPADOR SUPERINTENDENCIA 4 UNIDAD 20.42 81.68 OGA 10 UNIDAD 20.42 204.2 IRAR 1 UNIDAD 20.42 20.42 ISIPRESS 1 UNIDAD 20.42 20.42 IACPA 2 UNIDAD 20.42 40.84 OGIIC 3 UNIDAD 20.42 61.26 OGAI 3 UNIDAD 20.42 61.26
39 796.38 TOTAL ITEM 13 24 20.42 490.08 14.SILLA` SUPERINTENDENCIA 4 UNIDAD 261.00 1,044.00 OGA 16 UNIDAD 261.00 4,17E00 IRAR 10 UNIDAD 261.00 2,610.00 ISIPRESS 15 UNIDAD 261.00 3,915.00 IACPA 1 UNIDAD 261.00 261.00 OGIIC 1 UNIDAD 261.00 261.00 OGAI 5 UNIDAD 261.00 1,305.00
121 31,581.00 TOTAL ITEM 14 52 261.00 13,572.00 15: ESCRITORIO SUPERINTENDENCIA 1 UNIDAD 600.00 600.00 OGA 16 UNIDAD 650.00 10,900.00 IRAR 10 UNIDAD 650.00 6,500.00 ISIPRESS 15 UNIDAD 650.00 9,750.00 IACPA 1 UNIDAD 650.00 650.00 OGIIC 1 UNIDAD 650.00 650.00 06AI 5 UNIDAD 650.00 3,250.00
121 78,529.00 TOTAL ITEM 15 49 649.00 31,800.00 ItESTANTGARCHIVADOR SUPERINTENDENCIA 1 UNIDAD 680.00 680.00 OGA 12 UNIDAD 680.00 8,160.00 IRAR 8 UNIDAD 680.00 E940.00 ISIPRESS 1 12 UNIDAD 680.00 8,160.00 IACPA 11 UNIDAD 680.00
680.00 680.00 680.00 F-- OGIIC 1 UNIDAD
OGAI 4 UNIDAD 680.00 2,720.00 98 66,640.00 TOTAL 1TEM 16 39 680.00 25,840.00
'SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD TO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - T
• •-• •
Den rrilnació Procedimiento e eri nc á t:true á
e et o de,na ita id n ,Tioyiéelafte nt , s qcieu a aprobación aetotnátlea ,
a: sPIrl de\dP a ballg ei v°
si
o Riine,
. Actual -,Anterior F I Anterior' ' Anterior te I
Autorización de Entidades Prestadoras de Salud Autorización de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS Privadas
IRAR A. Autorización de Organización 11.. Autorización de Organización de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS Privadas
50 % UIT 47.78 % UIT No No No No
E Autorización de Funcionamiento 1.2. Autorización de Funcionamiento de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS Privada
Gratis Gratis No No No No
2 Autorización de Fusión Autorización de Fusión de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - Entidades Prestadoras de Salud (IAFAS - EPS)
IRAR Gratis Gratis No No No No
3 Inscripción en el Registro de Conciliadores y Árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje de la SEPS
Adscripción a la Lista de Conciliadores y Árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud
CECONAR Gratis Gratis No No No No
4 Inscripción en el Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los Planes de Salud de las EPS
Inscripción en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IRAR
A) Inscripción Virtual Persona
IRAR Natural 2% UIT
Persona Jurídica 5%
UIT
1.53% UIT
No
No
No
No
B) inscripción Presencial IRAR 1.53% UIT No No
5
Actualización y/o Modificación de la Información proporcionada para efectos de la Inscripción en el Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de la EPS
...
t 1" S P. .4......
Lo., 't,
Actualización de información (registro de modificación de razón social, dirección o categorización) en el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.
IRAR
A) Actualización Virtual IRAR
1% UIT
1 53% UIT
No
No No
8) Actualización Presencial IRAR 1.53% UIT No
Si
No
Página 1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD TO ÚNICO DE;PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS T
CUADRO COMPARATIVO
eno lh álón del P 0 IM10 O. I,rí .)
ondOno glnlóa
. Derecho Tramitación
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PrOCallattlento altota a silencio acittlinlwativo polloo
ii Oil° ,Actuat Anterior' . ,Adtual. Anterior rió) Actual Ant flor
ri'
Actual tia
Cancelación de la Inscripción en el Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud, e pedido
de parte.
Retiro del registro de Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud (IPRESS)
IRAR
A) Retiro Virtual
13) Retiro Presencial
IRAR
IRAR
3.56% UIT No Si
No ---
No Gratuito
3.55% UIT
No
No
7 Renovación de la Inscripción
Renovación de Inscripción en el Registro de Instituciones
Prestadoras de Servicios de . Salud (IPRESS) IRAR
A) Renovación Virtual IRAR
Persona
Natural 1.5% UIT
Persona Juridica
2.5% UIT
1,53% UIT
No
No
No
No
1.53% UIT No No B) Renovación Presencial IRAR
Acceso a la Información Pública IACPA Gratis
Copia simple.
0,006% UIT Disco
competo. 0.094% UIT
No No No No
8 Acceso a la Información Pública
9 Recurso de Apelación en Procesos de Selección Recurso de Apelación en Procesos de Selección OGA Gratis Gratis No No No No
Autorización de Ampliación de Capacidad de
Afiliación y/o Operación de un nuevo ámbito
geográfico de las EPS
NOTA.- La norma está en proceso de ser derogada
IRAFt = Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
'AGFA = Intendencia de Atención a la Ciudadanía y Protección al Asegurado
CECONAR = Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud
OGA = Oficina General de Adrninistracion
Página 2