MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO DE DIRECTOR DE PLANTEL
OFICINA DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
OSEMS-A05A-MP-04
REVISIÓN 2
AGOSTO 2007
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ÍNDICE
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APARTADO PAG.
1. INTRODUCCIÓN. 3
2. MARCO JURÍDICO. 5
3. MISIÓN – VISIÓN. 6
4. OBJETIVO DEL MANUAL. 7
5. PROCEDIMIENTOS. 8
Procedimiento para el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel. (OSEMS-A05A-PO-01)
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CONTROL DE EMISIÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:
Nombre: María Elena Araiza Aviña Carlos E. Santos Ancira Pablo Linares Estudillo Firma:
Fecha: 27 de julio de 2007 31 de julio de 2007 2 de agosto de 2007
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INTRODUCCIÓN
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La Reforma que se impulsa en la educación media superior tiene como propósitos mejorar la calidad y pertinencia del aprendizaje, lograr la ampliación de la cobertura con mayor equidad social y elevar la contribución de la formación profesional que aporta a la competitividad de la economía nacional y a la mejor inserción de los egresados en los mercados de trabajo. Por su complejidad, los cambios que conlleva la Reforma tienen un horizonte de mediano plazo e implican la ardua tarea de orientar, impulsar y coordinar transformaciones coherentes en dos espacios principales de la vida escolar: la práctica docente en el aula y la gestión en el plantel. El plantel constituye la unidad básica de organización y funcionamiento del Sistema Educativo Nacional. Su operación se despliega tanto en la diversidad de contextos socioculturales que caracterizan a los entornos regionales de las escuelas, como en la singularidad de las condiciones materiales y posibilidades de mejora con que éstas cuentan. Por esta razón, en el ámbito de la gestión escolar se impulsa el tránsito de la gestión centrada en la administración escolar a la gestión centrada en la innovación y mejora. Con lo que se busca lograr que la gestión escolar tenga un carácter dinámico marcado por el tiempo y el espacio social en el que se inscribe cada escuela, lo que contrasta con las prácticas que caracterizan a la administración escolar inercial, recurrente. Para alcanzar esta meta es necesario contar con la participación del personal académico con las capacidades necesarias y suficientes para orientar e impulsar el proyecto académico de cada uno de los planteles. Para lo cual resulta importante contar una estrategia que articule los procesos de formación y desarrollo de los recursos humanos indispensables para ello. Forma parte de esta estrategia, la definición de un procedimiento transparente para el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director en los planteles de educación media superior y centros de formación para el trabajo, cuyo objetivo es garantizar la participación del personal docente con el interés, las capacidades y las cualidades necesarias para asumir la responsabilidad de organizar la gestión educativa y llevar a cabo el proyecto de innovación y mejora académica de cada uno de los planteles. En el universo del personal académico de educación media superior y de formación para el trabajo se encuentran hombres y mujeres que se identifican con los propósitos de la Reforma, con trayectorias profesionales intachables en las que han fraguado las capacidades académicas que les permiten postularse, para asumir la responsabilidad de encabezar este proyecto de innovación y mejora académica. A estas consideraciones responde el Manual de Procedimientos para el Registro de Aspirantes a Ocupar el cargo de Director de Plantel.
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INTRODUCCIÓN
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El documento contiene además de la introducción, el objetivo que se pretende alcanzar, el marco legal que sustenta su aplicación, el procedimiento detallando su propósito, alcance, políticas de operación, diagrama y descripción, así como los documentos de referencia que conforman el marco normativo específico, los registros que dan cuenta de la documentación que se genera y los anexos correspondientes. El manual va dirigido al personal responsable de su aplicación, como son las Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico y las Representaciones de la SEMS en las entidades federativas. Con el uso adecuado de este manual, se propiciará la participación del personal docente en el proceso de registro de aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel, en igualdad de oportunidades. Para alcanzar este propósito, el mismo deberá ser revisado y actualizado permanentemente. En la elaboración del manual participó personal de la Subsecretaría de Educación Media Superior, además se contó con la asistencia de la Dirección General de Innovación, Calidad y Organización de la SEP.
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Nombre: María Elena Araiza Aviña Carlos E. Santos Ancira Pablo Linares Estudillo Firma:
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MARCO JURÍDICO
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Ordenamiento
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976.
Título Segundo Capítulo II Artículo 38
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.
Capítulo I. Artículo 6º.
Acuerdo número 351 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2005.
Artículo Único
Decreto por el que se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2006.
Artículo Único
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MISIÓN - VISIÓN
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MISIÓN La Subsecretaría de Educación Media Superior es un órgano dependiente de la Secretaría de Educación Pública, responsable del establecimiento de normas y políticas para la planeación, organización y evaluación académica y administrativa de la Educación Media Superior en sus diferentes tipos y modalidades, orientada bajo los principios de equidad y calidad, en los ámbitos Federal y Estatal, a fin de ofrecer alternativas de desarrollo educativo congruentes con el entorno económico, político, social, cultural y tecnológico de la nación. VISIÓN A través de la cobertura con equidad alcanzar estándares de calidad internacionales, para contribuir al desarrollo sustentable, la interculturalidad y la descentralización de los servicios educativos federales.
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OBJETIVO DEL MANUAL
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Contar con un instrumento normativo que regule el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director en los planteles de educación media superior y centros de formación para el trabajo y garantice la participación del personal docente en igualdad de oportunidades.
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Nombre: María Elena Araiza Aviña Carlos E. Santos Ancira Pablo Linares Estudillo Firma:
Fecha: 27 de julio de 2007 31 de julio de 2007 2 de agosto de 2007
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PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO
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1. PROPÓSITO 1.1. Convocar al personal docente de las Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de
Educación Media Superior a participar en el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel.
2. ALCANCE 2.1. Este procedimiento es aplicable al personal docente de los planteles federales dependientes de
las Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS). 2.2. Su aplicación es responsabilidad de las unidades administrativas adscritas a la SEMS. 3. POLÍTICAS DE OPERACIÓN 3.1. La invitación a participar en el proceso de registro de aspirantes se llevará a cabo a través de
convocatoria pública dirigida al personal docente de los planteles federales dependientes de la Dirección General correspondiente.
3.2. La convocatoria se publicará en:
• Los planteles federales dependientes de la Dirección General correspondiente y que se localicen en la misma entidad federativa.
• La página web de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) y de la Dirección General correspondiente.
• La oficina de la Coordinación Estatal de la SEMS (CESEMS), en la entidad federativa en la que se localicen los planteles considerados en la convocatoria.
• La Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación (OSFAE), en la entidad federativa en la que se localicen los planteles considerados en la convocatoria.
Además podrá publicarse en:
• Uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad federativa en que se ubique el
plantel. 3.3. La convocatoria señalará: los documentos que deberán presentar los interesados para acreditar
el cumplimiento de los requisitos, las etapas del proceso de registro y el lugar y plazo para la entrega de la documentación solicitada.
3.4. Los interesados en participar en el proceso de registro deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
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Generales • Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar. • No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso. • No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto. • No haber sido acreedor a sanciones administrativas que hayan implicado la separación
temporal del servicio público conforme lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
• No haber sido destituido de algún cargo directivo, en caso de haberlo ocupado con anterioridad, en cualquiera de los planteles dependientes del Sistema Educativo Nacional.
Académicos-Laborales
• Ser personal docente adscrito a los planteles federales de la Dirección General
correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Título profesional de licenciatura. • Experiencia docente de cinco años como mínimo en educación media superior.
Tratándose de planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo.
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS, de tres años como mínimo.
3.5. Los interesados en participar en el proceso tendrán que llenar la solicitud que estará disponible
en la página web de la SEMS y entregar en la CESEMS que corresponda el comprobante de llenado de la solicitud, así como las copias certificadas o simples de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos, los cuales serán los siguientes:
• Acta de nacimiento o forma migratoria FM3 según corresponda. • Identificación oficial. • Comprobante de domicilio. • Clave Única de Registro de Población (CURP). • Constancia que acredite ser personal docente adscrito a los planteles federales de la
Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Constancia que acredite la experiencia docente.
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• Constancia que acredite la experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación,
mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS.
• Documento que acredite el nivel de estudios. • Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa
de libertad por delito doloso, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto, no haber sido acreedor a sanciones administrativas que hayan implicado la separación temporal del servicio público conforme lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, no haber sido destituido de algún cargo directivo en cualquiera de los planteles dependientes del Sistema Educativo Nacional y de que la documentación presentada es auténtica.
• Currículum vítae actualizado. 3.6. La CESEMS recibirá el comprobante de llenado de la solicitud y la documentación requerida y
los remitirá a la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico (COSDAC), conforme se vayan recibiendo y durante el plazo señalado en la convocatoria para la entrega de la documentación.
3.7. La COSDAC revisará el comprobante de llenado de la solicitud y la documentación entregada
por los interesados y determinará quiénes cumplen con los requisitos. 3.8. La COSDAC podrá solicitar a los interesados que entregaron documentos en copia simple, la
presentación de los originales para su cotejo. Los interesados deberán entregar los documentos originales en un plazo no mayor a 48 horas, contados a partir de la fecha en que se reciba la solicitud.
3.9. La COSDAC informará por escrito a los interesados el resultado de la revisión de los
documentos, en un plazo no mayor a cuatro días hábiles contados a partir de la fecha en que concluya el término señalado en la convocatoria para la entrega de la documentación.
3.10. La COSDAC enviará las notificaciones al domicilio y a la dirección de correo electrónico que los
interesados señalaron en el formato de solicitud. 3.11. La evaluación a los interesados que cumplan con los requisitos comprenderá:
• Examen (conocimientos, capacidades técnicas y gestión educativa). • Propuesta de proyecto académico para el plantel que incluya aspectos de innovación y
mejora continua. • Entrevista estructurada a partir del proyecto presentado y de los fundamentos de la
Reforma Curricular. 3.12. La COSDAC informará por escrito a los interesados que cumplieron con los requisitos el lugar,
la fecha y la hora en que presentarán el examen y la propuesta de proyecto académico.
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3.13. La formulación, aplicación y calificación del examen, así como la calificación de la propuesta de
proyecto académico estarán a cargo de la COSDAC. 3.14. La COSDAC informará por escrito a los interesados las calificaciones obtenidas, en un plazo no
mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que se presentaron el examen y la propuesta de proyecto académico.
3.15. En el caso de los interesados que obtuvieron calificaciones aprobatorias, la COSDAC informará
además el lugar, la fecha y la hora en que se realizará la entrevista. 3.16. La entrevista estará a cargo de la COSDAC y en el desarrollo de la misma participará la
Dirección General que corresponda. 3.17. La COSDAC remitirá al Comité Técnico de Selección y Evaluación (CTSE) los resultados de la
evaluación, a más tardar dos días después de que concluya la entrevista a los interesados. 3.18. El CTSE registrará como aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel al personal docente
que cumplió con los requisitos y aprobó la evaluación. 3.19. La CESEMS llevará a cabo una auscultación para recabar opiniones de los miembros de la
comunidad escolar sobre el proceso de registro y los aspirantes. 3.20. La auscultación se realizará mediante:
• Entrevistas a los miembros de la comunidad escolar. • Buzones para recibir opiniones escritas tanto en el plantel como en las oficinas de la
CESEMS. • Cuenta de correo electrónico para recibir opiniones por Internet.
3.21. Las opiniones que se reciban en los buzones y por Internet tendrán la calidad de confidenciales
y únicamente se tomarán en cuenta cuando contengan los datos que permitan identificar a las personas que las emitieron como miembros de la comunidad escolar.
3.22. La CESEMS remitirá al CTSE los resultados de la auscultación, a más tardar dos días después
de concluida ésta. 3.23. El CTSE analizará los resultados de la evaluación y de la auscultación y emitirá una
recomendación por escrito sobre el o los aspirantes que podrían ocupar el cargo de director de plantel.
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4. DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y
ADMINISTRACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MEDIA SUPERIOR
COORDINACIÓN ESTATAL DE LA
SUBSECRETARÍA
COORDINACIÓN SECTORIAL DE DESARROLLO ACADÉMICO
COMITÉ TÉCNICO DE SELECCIÓN Y
EVALUACIÓN
Elaboración de convocatoria
Solicitud de publicación de convocatoria
Publicación de convocatoria
Revisión de documentos
Evaluación de los
interesados
Auscultación sobre el proceso
Emisión de
recomendación
3 4 5
7 6
9
Término
1
2
Inicio
Registro de aspirantes
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Entrega de documenta-
ción
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5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE 1. Elaboración de convocatoria
1.1. Remite a la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración información de los planteles que no cuentan con director 1.2. Recibe e integra la información remitida por las Direcciones Generales 1.3. Valida la información con la CESEMS que corresponda 1.4. Elabora la convocatoria para el registro de aspirantes
Dirección General que corresponda Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
2. Solicitud de publicación de convocatoria
2.1. Solicita por escrito a la CESEMS que corresponda provea lo necesario para que la convocatoria sea expuesta en todos los planteles que se ubiquen en el estado y que dependan de la misma Dirección General, así como en la oficina de la CESEMS y en la OSFAE 2.2. Solicita por escrito al responsable de comunicación social de la SEMS gestione la publicación de la convocatoria en la página web de la SEMS y, en su caso, en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad federativa 2.3. Solicita a la Dirección General que corresponda publique la convocatoria en la página web
Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
3. Publicación de convocatoria
3.1. Provee lo necesario para que la convocatoria sea expuesta en todos los planteles que se ubiquen en el estado y que dependan de la misma Dirección General, así como en la oficina de la CESEMS y en la OSFAE 3.2. Gestiona la publicación de la convocatoria en la página web de la SEMS y, en su caso, en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad federativa 3.3. Publica la convocatoria en la página web de la Dirección General
Coordinador Estatal de la SEMS Responsable de comunicación social de la SEMS Dirección General que corresponda
4. Entrega de solicitudes y recepción de sobres
4.1. Recibe el comprobante de llenado de la solicitud y la documentación señalada en la convocatoria de parte de los participantes 4.2. Entrega a los participantes el acuse
Coordinador Estatal de la SEMS
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SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE de recibo correspondiente
4.3. Envía el comprobante de llenado de la solicitud y la documentación a la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
5. Revisión de documentos
5.1. Recibe el comprobante de llenado de la solicitud y la documentación presentada por los interesados 5.2. Revisa el formato de solicitud y la documentación presentada por los interesados 5.3. Determina quiénes cumplen con los requisitos 5.4. Informa a los interesados, por escrito y por correo electrónico, el resultado de la revisión de documentos 5.5. Informa a los interesados que cumplieron con los requisitos el lugar, fecha y hora en que presentarán el examen y la propuesta de proyecto académico
Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
6. Evaluación de los interesados
6.1. Elabora el examen que se aplicará a los interesados 6.2. Aplica el examen 6.3. Recibe las propuestas de proyectos académicos 6.4. Califica los exámenes y las propuestas presentadas 6.5. Informa a los interesados, por escrito y por correo electrónico, las calificaciones obtenidas 6.6. Informa a los interesados que obtuvieron calificaciones aprobatorias, así como a la Dirección General que corresponda, el lugar, la fecha y la hora en que se realizará la entrevista 6.7. Entrevista a los interesados que obtuvieron calificaciones aprobatorias 6.8. Remite al Comité Técnico de Selección y Evaluación los resultados de la evaluación
Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
7. Registro de aspirantes 7.1. Recibe los resultados de la evaluación 7.2. Registra como aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel a quiénes aprobaron la evaluación
Comité Técnico de Selección y Evaluación
8. Auscultación sobre el 8.1. Solicita por escrito a la CESEMS lleve Coordinación Sectorial de
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SECUENCIA DE ETAPAS ACTIVIDAD RESPONSABLE proceso a cabo la auscultación
8.2. Solicita por escrito al responsable de comunicación social de la SEMS habilite una cuenta de correo electrónico para recibir opiniones por Internet 8.3. Entrevista a los miembros de la comunidad escolar 8.4. Provee lo necesario para que se instalen buzones en los planteles y en las oficinas de la CESEMS para recibir opiniones escritas 8.5. Revisa que las opiniones depositadas en los buzones contengan los datos que permitan identificar a las personas que las emitieron como miembros de la comunidad escolar 8.6. Remite al Comité Técnico de Selección y Evaluación los resultados de la auscultación 8.7. Habilita una cuenta de correo electrónico para recibir opiniones por Internet y la hace del conocimiento de la comunidad escolar 8.8. Remite las opiniones recibidas por Internet al Comité Técnico de Selección y Evaluación
Planeación y Administración Coordinador Estatal de la SEMS Responsable de comunicación social de la SEMS
9. Formulación de recomendación
9.1. Recibe los resultados de la auscultación 9.2. Analiza los resultados de la evaluación de aspirantes y de la auscultación 9.3. Formula recomendación sobre el o los candidatos para ocupar el cargo 9.4. Entrega la recomendación al Subsecretario
Comité Técnico de Selección y Evaluación
6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
DOCUMENTO CÓDIGO Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976.
N/A
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005
N/A
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DOCUMENTO CÓDIGO Acuerdo número 351 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2005
N/A
Decreto por el que se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2006
N/A
7. REGISTROS
Registros
Tiempo de conservación
Responsable de conservarlo
Código de registro o identificación única
Convocatoria 5 años Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
N/A
Formato de Solicitud
5 años Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
N/A
Documentos entregados por los aspirantes
5 años Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
N/A
Resultados de la evaluación
5 años Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
N/A
Resultados de la auscultación
5 años Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
N/A
Registro de aspirantes 5 años Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
N/A
Recomendación 5 años Coordinación Sectorial de Planeación y Administración
N/A
8. GLOSARIO 8.1. Auscultación: Mecanismo a través del cual se recaban opiniones de la comunidad escolar sobre
el proceso de registro de aspirantes. 8.2. Comunidad escolar: alumnos, padres de familia, personal docente y administrativo de un
determinado plantel.
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8.3. CTSE: Comité Técnico de Selección y Evaluación. Se integra con personal de mando de la
Subsecretaría. 8.4. OSFAE: Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en la entidad federativa en
que se localiza el plantel. 8.5. CESEMS: Coordinación de la Subsecretaría de Educación Media Superior en la entidad
federativa en que se localiza el plantel. 8.6. COSDAC: Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico. 8.7. Subsecretaría o SEMS: Subsecretaría de Educación Media Superior. 9. ANEXOS 9.1. Convocatoria. 9.2. Formato de solicitud. 9.3. Elementos para la elaboración del proyecto académico. 9.4. Reglas de funcionamiento del Comité Técnico de Selección y Evaluación. 10. CAMBIOS DE ESTA VERSIÓN
Número de versión
Fecha de la actualización
Descripción del cambio
2 Agosto 2007 Políticas de Operación, numerales del 3.1. al 3.9., para precisar aspectos sobre los destinatarios de la convocatoria y su publicación, así como incluir el llenado de la solicitud en línea y considerar el cambio de denominación del COSNET
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Convocatoria
La Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública convoca al personal docente que labora en los planteles adscritos a la Dirección General de
___________________________________ a participar en el proceso de registro de aspirantes para ocupar el cargo de Director en el plantel ___________________________
Los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos académico-laborales:
• Ser personal docente adscrito a los planteles federales de la Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Título profesional de licenciatura. • Experiencia docente de cinco años como mínimo en educación media superior. Tratándose de
planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo.
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS, de tres años como mínimo.
Documentos requeridos (copia certificada o simple):
• Acta de nacimiento o forma migratoria FM3 según corresponda. • Identificación oficial. • Comprobante de domicilio. • Clave Única de Registro de Población (CURP). • Currículum Vítae. • Documento que acredite el nivel estudios. • Constancia que acredite ser personal docente adscrito a los planteles federales de la
Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Constancia que acredite la experiencia docente. • Constancia que acredite la experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de
la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS.
• Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto, no haber sido acreedor a sanciones administrativas que hayan implicado la separación temporal del servicio público conforme lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, no haber sido destituido de algún cargo directivo en cualquiera de los planteles dependientes del Sistema Educativo Nacional y de que la documentación presentada es auténtica.
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Etapas del proceso de registro de aspirantes:
Etapa 1: Llenado de solicitudes en línea y recepción de documentos: durante 10 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. El formato de solicitud estará disponible en la página electrónica www.sems.gob.mx/aspirantesdirectores. El comprobante de llenado de la solicitud y los documentos deberán ser entregados en la oficina de la Coordinación de la SEMS en el estado, ubicada en ______________ ______________________. Etapa 2: Posterior a la revisión de la documentación, los participantes en el proceso de registro que cumplan con los requisitos serán informados de la fecha, hora y lugar para presentar el examen y el proyecto académico. Etapa 3: Los participantes que aprueben el examen y el proyecto académico serán informados de la fecha y hora en que se realizará su entrevista personal. Etapa 4: Consistirá en llevar a cabo la auscultación y consulta a la comunidad escolar del plantel, para recabar opiniones sobre el proceso de registro y los aspirantes.
Periodo en el cargo:
El periodo para ejercer el cargo de Director de plantel será de 4 años, sujeto a un proceso de evaluación anual de resultados.
Solicitud de información:
Para mayor información se podrá acudir a la oficina de la Coordinación de la SEMS en el estado de __________________, en los teléfonos ______________ y _________________ y el correo electrónico _________________. El horario de atención será de _______ a _______ horas, de lunes a viernes
El proceso de registro de aspirantes se desarrollará en estricto apego a los principios de igualdad de oportunidades, reconocimiento al mérito, confidencialidad, objetividad y transparencia, establecidos en el manual de operación OSEMS-A05A-MP-04, disponible en la página www.sep.gob.mx/aspirantesdirectores.
México, D.F., __________________
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Secretaría de Educación Pública Subsecretaría de Educación Media Superior
Registro de Aspirantes a Ocupar el Cargo de Director de Plantel
Solicitud para Participar
No. de Convocatoria:
Plantel de interés: Nombre Localidad Municipio
Nombre completo: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)
Clave: Categoría:
Fecha de nacimiento: Estado civil:
Día Mes Año Nacionalidad:
Domicilio particular: Calle Num. Ext. Num. Int.
Colonia Municipio o Delegación
Código Postal:
Teléfono: Teléfono Celular:
Correo Electrónico:
Dirección General de Adscripción:
Plantel en que presta
sus servicios:
Nombre Localidad Municipio
Fecha de ingreso a la SEP: Día Mes Año
Fecha de ingreso a la SEMS: Día Mes Año Firma
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Elementos para la elaboración del proyecto académico 1. El proyecto académico deberá abordar los siguientes aspectos:
a. Diagnóstico. Que caracterice los problemas más importantes del plantel de referencia. En el caso del Bachillerato Tecnológico se hará énfasis en los problemas que comporta la operación de la Reforma.
b. Plan de mejora continua. Que establezca los fundamentos para resolver los problemas referidos en el inciso anterior, el contenido de las acciones correspondientes y los indicadores que permitan apreciar los efectos de éstas.
c. Propuesta para el fortalecimiento de la vinculación. Que establezca, de acuerdo con las condiciones del plantel, las acciones viables y pertinentes para ampliar y fortalecer los lazos que ligan a éste con el entorno cultural, social y productivo en el que se inscribe.
2. El proyecto académico deberá desarrollar una propuesta de mejoramiento viable, de acuerdo con las condiciones del plantel, relativa a uno de los siguientes tres aspectos.
a. El desempeño académico de los estudiantes. b. Las actividades culturales y deportivas.
c. El servicio social.
3. El proyecto académico se presentará en un texto con una extensión no mayor a cinco cuartillas, en letra Arial 11.
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REGLAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN 1. El Comité Técnico de Selección y Evaluación (CTSE) constituye el órgano de apoyo,
consulta y asesoría de la Subsecretaría de Educación Media Superior, cuyo propósito es emitir recomendaciones sobre los aspirantes a ocupar el cargo de director en los planteles federales de educación media superior y de formación para el trabajo, con base en los elementos objetivos derivados del proceso de registro.
2. El CTSE tendrá las funciones siguientes:
• Analizar la información relativa a los planteles sin director y, en su caso, proponer la fecha de emisión de la correspondiente convocatoria
• Realizar el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel. • Analizar los antecedentes curriculares, así como los resultados de la evaluación
y de la auscultación llevadas a cabo durante el proceso de registro de aspirantes. • Emitir recomendaciones sobre el o los aspirantes a ocupar el cargo de director
de plantel. • Resolver sobre las cuestiones no previstas en el Procedimiento para el registro
de aspirantes a ocupar el cargo de director de plantel. 3. El CTSE estará integrado por los servidores públicos que a continuación se mencionan:
• Un representante del Subsecretario de Educación Media Superior, quien lo presidirá.
• El Coordinador Sectorial de Desarrollo Académico, quien se desempeñará como Secretario Técnico.
• El Coordinador Sectorial de Planeación y Administración. • Los titulares de las Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de
Educación Media Superior. 4. Para que el CTSE sesione se requerirá la presencia del Presidente y de la mayoría de los
miembros. En caso de no reunirse el quórum, se convocará por segunda ocasión a la sesión, y estarán obligados a asistir, invariablemente, el Presidente y la mayoría de los miembros.
5. Cada miembro del CTSE tendrá derecho a voz y voto. 6. Los acuerdos del CTSE se tomarán por mayoría de votos de los asistentes y, en caso de
empate, el Presidente del Comité tendrá voto de calidad. 7. El CTSE sesionará el número de veces que considere conveniente para el mejor
desempeño de sus funciones. 8. Para la celebración de las sesiones del CTSE, el Secretario Técnico enviará a sus
miembros, la convocatoria y el orden del día correspondiente, con una anticipación de tres días hábiles, indicando la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la sesión.
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9. De cada sesión que celebre el CTSE se levantará una minuta que contendrá el orden del
día, el nombre y el cargo de los asistentes a la sesión, un resumen de los asuntos tratados y de los acuerdos tomados por el CTSE. La minuta deberá ser firmada por los asistentes.
10. En caso de que no se puedan atender todos los puntos del orden del día, el CTSE podrá
acordar continuar la sesión en otro día y hora sin necesidad de nueva convocatoria. 11. El Presidente del CTSE tendrá las siguientes funciones:
• Instruir al Secretario Técnico para que convoque a las sesiones del CTSE. • Aprobar el orden del día • Instalar y presidir las sesiones del CTSE. • Proporcionar los apoyos logísticos requeridos para el buen funcionamiento del
CTSE. • Presentar a los miembros del CTSE los resultados de la evaluación de
aspirantes y de la auscultación. • Emitir voto de calidad, en caso de empate en las votaciones.
12. El Secretario Técnico tendrá las siguientes funciones:
• Convocar, por instrucciones del Presidente, a la celebración de las sesiones del CTSE.
• Preparar el orden del día de los asuntos a tratar en las sesiones del CTSE y someterlo a consideración del Presidente.
• Integrar la documentación requerida para la realización de las sesiones del CTSE.
• Elaborar el proyecto de recomendación sobre el o los candidatos a ocupar el cargo de director de plantel y someterlo a consideración del CTSE.
• Elaborar las minutas correspondientes a cada sesión del CTSE, así como recabar la firma de los asistentes a la sesión.
• Dar seguimiento a los acuerdos tomados en cada sesión. • Las demás que el Presidente del CTSE le encomiende.
13. Son obligaciones y atribuciones de los miembros del CTSE:
• Asistir a las sesiones del CTSE. • Emitir su opinión sobre los asuntos que se sometan a su consideración. • Participar activamente en los trabajos específicos que se determinen dentro del
seno del CTSE. • Firmar las minutas del CTSE.
Tarjeta Informativa Oficialía Mayor. Dirección General de Innovación, Calidad y Organización. Dirección General Adjunta de Organización y Desarrollo.
Mtro. Vicente Fregoso Regla. Director General de Innovación, Calidad y Organización. Presente. México, D. F. 20 de agosto de 2007. Con Oficio No CSPA/899/VIII/2007, la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, adscrita a la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), remitió al C. Oficial Mayor, el Manual de Procedimientos para el Registro de Aspirantes a Ocupar el Cargo de Director de Plantel, con el fin de ser autorizado y registrado, del cual me permito informarle lo siguiente: Antecedentes: La Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, adscrita a la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), presentó el 23 de marzo de este año, el Manual de Procedimientos para el Registro de Aspirantes a Ocupar el Cargo de Director de Plantel, mismo que fue: dictaminado por esta Dirección General de Innovación, Calidad y Organización; autorizado por el C. Oficial Mayor, expedido por la C. Secretaria de Educación Pública, con el Oficio No. 304/07 del 11 de junio del este año y registrado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos con el número 8980 en el libro I de fecha 07 de julio del presente año. Situación Actual: Como resultado de la operación del manual del procedimiento se detectaron acciones de mejora y actualización de la forma siguiente:
Antes Ahora
Secretaría Ejecutiva del Consejo del Sistema Nacional de Educación Tecnológica
Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico
2.1 Este procedimiento es aplicable al personal docente de los planteles dependientes de las Direcciones Generales…
2.1 Este procedimiento es aplicable al personal docente de los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales
…/2.
Tarjeta Informativa Oficialía Mayor. Dirección General de Innovación, Calidad y Organización. Dirección General Adjunta de Organización y Desarrollo.
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Antes Ahora
3.2 La convocatoria se publicará en:
• Uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad federativa en que se ubique el plantel.
• La página web de la SEMS y de la Dirección General que corresponda.
• La oficina de la Coordinación Estatal de la SEMS (CESEMS).
• La Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación (OSFAE).
• Los planteles dependientes de la Dirección General que corresponda y que se localicen en la misma entidad federativa.
3.2 La convocatoria se publicará en:
• Los planteles federales dependientes de la Dirección General correspondiente y que se localicen en la misma entidad federativa.
• La página web de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) y de la Dirección General correspondiente.
• La oficina de la Coordinación Estatal de la SEMS (CESEMS), en la entidad federativa en la que se localicen los planteles considerados en la convocatoria.
• La Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación (OSFAE), en la entidad federativa en la que se localicen los planteles considerados en la convocatoria.
Además podrá publicarse en:
• Uno de los periódicos de mayor circulación en
la entidad federativa en que se ubique el plantel.
3.3 La convocatoria señalará: los requisitos que
deberán cumplir los interesados, así como los documentos que deberán presentar para acreditar su cumplimiento, las etapas del proceso de registro y el lugar y plazo para la entrega de la documentación solicitada.
3.3 La convocatoria señalará: los documentos que deberán presentar los interesados para acreditar el cumplimiento de los requisitos, las etapas del proceso de registro y el lugar y plazo para la
…/3.
Tarjeta Informativa Oficialía Mayor. Dirección General de Innovación, Calidad y Organización. Dirección General Adjunta de Organización y Desarrollo.
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Académicos • Título de licenciatura. • Experiencia docente de cinco años como mínimo
en educación media superior. Tratándose de planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo.
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles de educación media superior dependientes de la SEMS de tres años como mínimo.
Académicos-Laborales • Ser personal docente adscrito a los planteles
federales de la Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Título profesional de licenciatura. • Experiencia docente de cinco años como mínimo
en educación media superior. Tratándose de planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo.
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS, de tres años como mínimo.
3.5 Los interesados en participar en el proceso tendrán que llenar y firmar el formato de solicitud que estará disponible en las oficinas de la CESEMS y en la página electrónica de la SEMS.
3.5 Los interesados en participar en el proceso tendrán que llenar la solicitud que estará disponible en la página web de la SEMS y entregar en la CESEMS que corresponda el comprobante de llenado de la solicitud, así como las copias certificadas o simples de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos, los cuales serán los siguientes:
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• Acta de nacimiento o forma migratoria FM3 según corresponda.
• Identificación oficial. • Comprobante de domicilio. • Clave Única de Registro de Población (CURP). • Constancia que acredite ser personal docente
adscrito a los planteles federales de la Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
• Constancia que acredite la experiencia docente.
3.17 En el caso de los interesados que obtuvieron calificaciones aprobatorias, la SE-COSNET informará además el lugar, la fecha y la hora en que se realizará la entrevista.
3.17 a COSDAC remitirá al Comité Técnico de Selección y Evaluación (CTSE) los resultados de la evaluación, a más tardar dos días después de que concluya la entrevista a los interesados.
Los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos: Generales: • Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar
• No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso
Los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos académico-laborales: • Ser personal docente adscrito a los planteles
federales de la Dirección General correspondiente, con motivo de movimiento 10 (alta definitiva) y 95 (alta provisional sin titular) y un mínimo de seis meses de labores ininterrumpidas en la SEMS o en cualquiera de las unidades administrativas adscritas a la misma al momento de llenar la solicitud.
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Tarjeta Informativa Oficialía Mayor. Dirección General de Innovación, Calidad y Organización. Dirección General Adjunta de Organización y Desarrollo.
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• No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto
• No haber sido acreedor a sanciones administrativas que hayan implicado la separación temporal del servicio público conforme lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
• No haber sido destituido de algún cargo directivo, en caso de haberlo ocupado con anterioridad, en cualquiera de los planteles dependientes del Sistema Educativo Nacional
Académicos: • Título profesional de licenciatura • Experiencia docente de cinco años como mínimo
en educación media superior. Tratándose de planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles de educación media superior dependientes de la SEMS de tres años como mínimo
• Título profesional de licenciatura. • Experiencia docente de cinco años como mínimo
en educación media superior. Tratándose de planteles dependientes de la Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo, la experiencia docente podrá ser en formación para el trabajo.
• Experiencia en el desarrollo de proyectos de innovación, mejora de la educación o formación docente; o en actividades directivas en los planteles federales dependientes de las Direcciones Generales adscritas a la SEMS, de tres años como mínimo.
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Tarjeta Informativa Oficialía Mayor. Dirección General de Innovación, Calidad y Organización. Dirección General Adjunta de Organización y Desarrollo.
- 6 - Opinión Técnica: Revisamos las modificaciones entre la representante de la SEMS (Lic. Araiza) y esta Dirección General, se le sugirió algunas recomendaciones y observaciones, mismas que integro al manual por lo que las adecuaciones del presente manual se considera aceptables, por lo que se concluye que: el manual es operativa y funcionalmente viable, por lo que se sugiere proceder a su autorización y registro con las áreas correspondientes. Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo. Atentamente. El Director de Área. Jorge López Espejel. JGFB
Folio No. 07 01769-0