Excluir la cláusula antielusión para proteger
la seguridad jurídica de los contribuyentes.
Facilitar los criterios contables para los contri-
buyentes.
Mantener la opción del ÚĜÏƋ±ĵåĹ�ĀŸÏ±Ĭ�a partir
de ingresos de 100 mdp.
�ĜĵŞĬĜĀϱų�ĬŅŸ�Ƌų´ĵĜƋåŸ de los contribuyentes
fomentando su integración a la formalidad.
Modernizar y agilizar� åĬ� āƚģŅ� Úå� ĜĹüŅųĵ±ÏĜņĹ�entre la autoridad y los usuarios a través del
uso de nuevas tecnologías (Buzón tributario).
Limitar la responsabilidad solidaria de los
accionistas para que éste sólo aplique cuando
exista un control efectivo de la sociedad.
Sancionar a quienes expidan o adquieran
ÏŅĵŞųŅƱĹƋåŸ�ĀŸÏ±ĬåŸ�ŸĜĵƚĬ±ÚŅŸţ
Incentivar la participación del contribuyente
en la entrega de información correcta.
%ĜƴåųŸĜĀϱų�Ĭ±Ÿ�üŅųĵ±Ÿ�Úå�ޱčŅ de las contri-
buciones, incorporando tarjetas de crédito y
de débito.
Permitir que los requerimientos para la devolu-
ción se realicen por medio de Internet.
Obligar a quienes tengan una cuenta a su
ĹŅĵÆųå�åĹ�Ĭ±Ÿ�åĹƋĜÚ±ÚåŸ�ĀűĹÏĜåų±Ÿ�Ņ�ŸŅÏĜå-
dades cooperativas de ahorro y préstamo, a
estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Señalar que las personas físicas o morales
que quieran contratar adquisiciones, arrenda-
mientos, servicios u obra pública con el
Estado deberán estar al corriente con sus ŅÆĬĜč±ÏĜŅĹåŸ�ĀŸÏ±ĬåŸţ
Propiciar que el Servicio de Administración
�ųĜÆƚƋ±ųĜ±�Š�e�š�ĵåģŅųå�ŸƚŸ�Şų´ÏƋĜϱŸ�Úå�ƴåųĜĀ-
cación de cumplimiento de las obligaciones
ĀŸÏ±ĬåŸ
FĵŞŅĹåų�ĜĹüų±ÏÏĜŅĹåŸ�Ƽ�Ÿ±ĹÏĜŅĹåŸ a quienes
pretendan realizar deducciones de forma
indebida sobre donativos.
Establecer las reglas de operación para
efectuar los embargos.
X±�ųåüŅųĵ±�±Ĭ��ņÚĜčŅ�8ĜŸÏ±Ĭ�Úå�Ĭ±�8åÚåų±ÏĜņĹ�ŧƚå�ĬÄŸ�ÚĜŞƚƋ±ÚÄŸ�{�F�±ŞųŅƱĵŅŸØ�ŸĜĵŞĬĜĀϱ�åĬ�ޱčŅ�Úå�ĜĵŞƚåŸƋŅŸ�ÏŅĹ�åĬ�
ƚŸŅ�Úå�Ĺƚåƴ±Ÿ�ƋåÏĹŅĬŅčĝ±ŸØ�ÆƚŸÏ±�ÏŅĵƱƋĜų�Ĭ±�åƴ±ŸĜņĹ�ĀŸÏ±ĬØ�åŸƋ±ÆĬåÏå�ųåčĬ±Ÿ�claras y preserva la seguridad jurídica de los contribuyentes.
CON ESTA REFORMA SE CONSIGUE: