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DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD
• Sabadell, 23 de Noviembre de 2009.
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ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO
• * Estado Democrático:• - Elecciones libres.periódicas por sufragio universal.• - Democracia directa.
• * Estado Social :• - Garantizar al ciudadano un mínimo de bienestar.• - Sistema tributario justo y progresivo.
• * Estado de Derecho:• - División de poderes.• - Reconocimiento y protección de los Derechos Fundamentales.• - Justiciabilidad de la Administración.
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La punición penal según el tipo de Estado.
• Delitos que se persiguen en cualquier Estado:
• Delitos propios del Estado Democrático.• - Delitos electorales.• * Votar sin capacidad o más de una vez.• Delitos propios del Estado Social.• - Delitos contra la Hacienda Pública.• - Delitos contra los derechos de los trabajadores.
• Delitos propios del Estado de Derecho:• - Todo delito es ataque a un bien jurídico protegido.• - Delitos cometidos por el Estado y sus agentes.
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TÍTULO X: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD, EL
DERECHO A LA PROPIA IMAGEN Y LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
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Art. 18 (C.E.):Artículo 18 de la Constitución:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o
resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en
especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y
el pleno ejercicio de sus derechos
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Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional
•La intimidad personal es un derecho fundamental vinculado a la propia personalidad,
derivado de la dignidad de la persona, que implica la existencia de un ámbito propio y reservado frente a la acción de los demás,
necesario para mantener una calidad mínima de vida humana.
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Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
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Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
![Page 9: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/9.jpg)
Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
![Page 10: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/10.jpg)
Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
![Page 11: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/11.jpg)
Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
![Page 12: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/12.jpg)
Art. 197.1 CP:1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o
intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o
reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las
penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
![Page 13: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/13.jpg)
Art. 197.2 CP:2. Las mismas penas se impondrán al que, sin
estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de
carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro
tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los
mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
![Page 14: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/14.jpg)
Art. 197.2 CP:2. Las mismas penas se impondrán al que, sin
estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de
carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro
tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los
mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
![Page 15: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/15.jpg)
Art. 197.2 CP:2. Las mismas penas se impondrán al que, sin
estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de
carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro
tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los
mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
![Page 16: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/16.jpg)
Art. 197.2 CP:2. Las mismas penas se impondrán al que, sin
estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de
carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro
tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los
mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
![Page 17: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/17.jpg)
EL ITER CRIMINIS
– ¿Cabe la tentativa?– TS: Delito de intención, mutilado en dos
actos:– Apoderamiento, interceptación, utilización.
– Efectivo descubrimiento de secretos o vulneración de la intimidad.
– Difusión: tipo agravado.
![Page 18: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/18.jpg)
Art. 197.3 CP:3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes
captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin
haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo
anterior
![Page 19: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/19.jpg)
Art. 197.3 CP:3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes
captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin
haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo
anterior
![Page 20: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/20.jpg)
Art. 197.3 CP:3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes
captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin
haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo
anterior
![Page 21: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/21.jpg)
Art. 197.3 CP:3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes
captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin
haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo
anterior
![Page 22: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/22.jpg)
Art. 197.4 CP:
4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros,
soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden,
ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
![Page 23: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/23.jpg)
Art. 197.4 CP:
4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros,
soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden,
ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
![Page 24: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/24.jpg)
Art. 197.4 CP:
4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros,
soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden,
ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
![Page 25: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/25.jpg)
Art. 197.4 CP:
4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros,
soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden,
ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
![Page 26: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/26.jpg)
Art. 197.5 CP:
5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología,
religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su
mitad superior.
![Page 27: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/27.jpg)
Art. 197.6 CP:
6. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente
previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado 5, la pena a
imponer será la de prisión de cuatro a siete años.
![Page 28: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/28.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 29: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/29.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 30: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/30.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 31: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/31.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 32: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/32.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 33: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/33.jpg)
Art. 198 CP:
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa
legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las
penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de
inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años
![Page 34: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/34.jpg)
TÍTULO XX: Delitos contra la Constitución.
• CAPÍTULO V. • DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
• SECCIÓN 2. DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DOMICILIARIA Y DEMÁS GARANTÍAS DE LA INTIMIDAD
![Page 35: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/35.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 36: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/36.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 37: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/37.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 38: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/38.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 39: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/39.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 40: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/40.jpg)
Art. 535 CP:La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de
correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación
especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgara o revelara la información obtenida, se impondrá la pena de inhabilitación especial, en su mitad superior, y, además, la de multa de
seis a dieciocho meses
![Page 41: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/41.jpg)
¿Cuándo media causa legal por delito?
– Resolución judicial ( Diligencias urgentes o previas, auto de PA, procesamiento).
– ¿Diligencias de investigación del MF?.
– ¿Atestado policial?.
![Page 42: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/42.jpg)
Art. 536 CP:La autoridad, funcionario público o agente de éstos que,
mediando causa por delito, interceptare las telecomunicaciones o utilizare artificios técnicos de
escuchas, transmisión, grabación o reproducción del sonido, de la imagen o de cualquier otra señal de
comunicación, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgare o revelare la información obtenida, se impondrán las penas de inhabilitación especial, en su
mitad superior y, además, la de multa de seis a dieciocho meses.
![Page 43: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/43.jpg)
Art. 536 CP:La autoridad, funcionario público o agente de éstos que,
mediando causa por delito, interceptare las telecomunicaciones o utilizare artificios técnicos de
escuchas, transmisión, grabación o reproducción del sonido, de la imagen o de cualquier otra señal de
comunicación, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años.
Si divulgare o revelare la información obtenida, se impondrán las penas de inhabilitación especial, en su
mitad superior y, además, la de multa de seis a dieciocho meses.
![Page 44: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/44.jpg)
TÍTULO XIX: Delitos contra la Administración Pública
• CAPÍTULO IV.
• De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos.
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Art. 417 CP:1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su
oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para
empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara
grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o
cargo público por tiempo de tres a cinco años.2. Si se tratara de secretos de un particular, las penas serán las
de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de
uno a tres años
![Page 46: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/46.jpg)
Art. 417 CP:1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su
oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para
empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara
grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o
cargo público por tiempo de tres a cinco años.2. Si se tratara de secretos de un particular, las penas serán las
de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de
uno a tres años
![Page 47: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/47.jpg)
¿Cómo diferenciar los articulos 417.2 y 198?
– El 198 tipifica el ACCESO INDEBIDO.
– El 417.2 presupone ACCESO DEBIDO, y posterior EMPLEO INDEBIDO.
– La diferencia con el 197.4 estriba en la “necesidad del procedimiento”.
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Tribunal Supremo:
•En ambos casos se vulnera el deber funcionarial de secreto, pero en el art. 197.2, el funcionario infringe además otro deber, pues se apodera
ilegalmente, abusando de su cargo, de datos que no debería conocer por razón de este.
![Page 49: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/49.jpg)
Art. 199.1 CP:
1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a
doce meses.
![Page 50: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/50.jpg)
Art. 199.1 CP:
1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a
doce meses.
![Page 51: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/51.jpg)
Art. 199.1 CP:
1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a
doce meses.
![Page 52: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/52.jpg)
Art. 199.1 CP:
1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a
doce meses.
![Page 53: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/53.jpg)
Art. 199.2 CP:
2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los
secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de
doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos
a seis años
![Page 54: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/54.jpg)
Art. 199.2 CP:
2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los
secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de
doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos
a seis años
![Page 55: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/55.jpg)
Art. 199.2 CP:
2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los
secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de
doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos
a seis años
![Page 56: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/56.jpg)
Art. 199.2 CP:
2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los
secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de
doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos
a seis años
![Page 57: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/57.jpg)
Art. 200 CP:
Lo dispuesto en este Capítulo será aplicable al que descubriere, revelare o cediere datos reservados de personas jurídicas, sin el
consentimiento de sus representantes, salvo lo dispuesto en otros preceptos de este Código
![Page 58: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/58.jpg)
Art. 200 CP:
Lo dispuesto en este Capítulo será aplicable al que descubriere, revelare o cediere datos reservados de personas jurídicas, sin el
consentimiento de sus representantes, salvo lo dispuesto en otros preceptos de este Código
![Page 59: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/59.jpg)
Art. 200 CP:
Lo dispuesto en este Capítulo será aplicable al que descubriere, revelare o cediere datos reservados de personas jurídicas, sin el
consentimiento de sus representantes, salvo lo dispuesto en otros preceptos de este Código
![Page 60: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/60.jpg)
Art. 200 CP:
Lo dispuesto en este Capítulo será aplicable al que descubriere, revelare o cediere datos reservados de personas jurídicas, sin el
consentimiento de sus representantes, salvo lo dispuesto en otros preceptos de este Código
![Page 61: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/61.jpg)
Art. 201 CP:1. Para proceder por los delitos previstos en este Capítulo será
necesaria denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Cuando aquélla sea menor de edad,
incapaz o una persona desvalida, también podrá denunciar el Ministerio Fiscal.
2. No será precisa la denuncia exigida en el apartado anterior para proceder por los hechos descritos en el artículo 198 de
este Código, ni cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas.
3. El perdón del ofendido o de su representante legal, en su caso, extingue la acción penal o la pena impuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 4. del artículo
130.
![Page 62: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/62.jpg)
CASO PRÁCTICO 1
•La esposa abre la carta dirigida al marido y descubre que cobra una mayor pensión,
utilizándola contra este en un proceso civil de alimentos en beneficio propio
![Page 63: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/63.jpg)
CASO PRÁCTICO 1
Tribunal Supremo:•La invocada dimensión familiar de la intimidad
no autoriza en modo alguno a uno de los cónyuges a violar el derecho fundamental a la
intimidad que, como persona, tiene el otro cónyuge, ni a vulnerar el secreto de las
comunicaciones que a toda persona otorga el art. 18 de la CE, tanto en el ámbito individual como
en el familiar de su existencia.
![Page 64: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/64.jpg)
CASO PRÁCTICO 2:
•Un funcionario público, utilizando las claves de acceso de otros compañeros, obtiene 40 hojas
del padrón con los datos personales y familiares referentes a diversas personas, cuyo destino final
se ignora
![Page 65: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/65.jpg)
CASO PRÁCTICO 2:
Tribunal Supremo:•El sujeto activo desveló datos o secretos
reservados, a los que no tenía acceso, poniendo al descubierto aspectos personales del sujeto
afectado sin su consentimiento, y con daño de su derecho a mantenerlos ocultos.
![Page 66: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/66.jpg)
CASO PRÁCTICO 3:
•Un funcionario público del INEM facilita a una empresa privada el lugar de trabajo de
determinada persona, contenido en los archivos de la Seguridad Social.
![Page 67: DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD Sabadell, 23 de Noviembre de 2009](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022062312/5528bde2497959977d8f9163/html5/thumbnails/67.jpg)
CASO PRÁCTICO 4:
Un médico residente, médico residente de un hospital dependiente de la Administración, es
requerida para prestar servicios profesionales de asistencia neurológica a una persona a la que
conocía, por ser de la misma localidad. Al examinar su historial clínico, comprueba que
tiene, como antecedente quirúrgico, la existencia de dos interrupciones voluntarias del embarazo. El médico se lo cuenta a su madre, y esta, en la primera ocasión lo comunica a un familiar de la
paciente.