SUMARIO
II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON
JUNTA DE CASTILLA Y LEON
III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
AYUNTAMIENTO DE BOECILLO
AYUNTAMIENTO DE BRAHOJOS DE MEDINA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deEconomia. Información pública en expediente AT-32495 relativo asolicitud de aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento deU.P., de una instalación de transporte de energía eléctrica, a 220 kV. Página 4
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deMedio Ambiente. Información pública en expediente VA-VP-17606-O deocupación temporal de terrenos de vía pecuaria en el término municipal deOlmedo, (Valladolid) Página 28
Aprobación definitiva del reglamento regulador del uso y disfrute de loshuertos ecológicos urbanos. Página 29
ÁREA DE GESTIÓN TRIBUTARIA . Gestión Tributaria. Exposiciónpública del padrón de contribuyentes del impuesto de vehículos de tracciónmecánica y de la tasa de vado correspondiente al ejercicio 2018. Página 42
Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2018 Página 44
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AYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOS
AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR
AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE LAS PANADERAS
AYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL
AYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO
AYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO
AYUNTAMIENTO DE VALDENEBRO DE LOS VALLES
IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3
Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2018 Página 45
Aprobación provisional del establecimiento del precio público recital dedanza española centenario nacimiento de mariemma Página 46
AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio de Intervención.Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2018. Página 47
aprobación del plan económico y financiero de los ejercicios 2018/2019 Página 48
Bases y convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a larehabilitación de inmuebles en el término municipal de peñafiel. Año 2018 Página 49
Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria porsuplemento de créditos Página 52
Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria porcréditos extraordinarios Página 53
Aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de de la tasa porla prestación de los servicios de de piscina instalaciones deportivas y otrosservicios análogos. Página 54
Notificación en procedimiento de juicio de delito leve número 457/17 Página 55
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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
OTROS JUZGADOS
Notificación de sentencia. Autos número 672/2017. Página 56
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número30/2018. Página 58
JUZGADO SOCIAL. MADRID. 11. Notificación en procedimiento ordinarionúmero 1068/2017. Página 60
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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-051
II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Economia.
Anuncio, del Servicio Territorial de Economía de Valladolid, por el que se somete ainformación pública la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución y reconocimientode utilidad pública en concreto, de una instalación de transporte de energía eléctrica, a 220kV.
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Leyde 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, el Real Decreto 1955/2000, de 1de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energíaeléctrica, se somete a información pública la solicitud de aprobación del proyecto deejecución denominado: “Proyecto de Ejecución de la línea eléctrica a 220 kV de entrada ysalida en la subestación de Renedo de la línea Mudarra-Palencia” y su reconocimiento deutilidad pública en concreto, cuyas características principales son:
Expte: AT-32.495
Titular: Red Eléctrica de España, S.A.U, Pº Conde de los Gaitanes, nº 117, Alcobendas,28109 Madrid
Objeto: Facilitar la maniobra de la Red de transporte.
Características:
Proyecto de una línea aérea eléctrica de simple circuito a 220 kV, con dos conductorespor fase, para conectar el apoyo 42 de la Línea Mudarra- Palencia, situado en el términomunicipal Ampudia, con la Subestación Eléctrica de Renedo, en el término municipal deValladolid.
La línea discurre por las provincias de Palencia y Valladolid. En la provincia de Valladolid,comprende los apoyos desde el número T16, en el término de Cigales, hasta el númeroT73, en la Subestación de Renedo. La longitud en la provincia de Valladolid es de 24,293kms. El conductor será tipo AL/AW CONDOR, el cable tierra-óptico OPGW-TIPO1-17kA-15.3 y las torres metálicas de celosía.
Ubicación de la instalación: La línea proyectada discurre en la provincia de Valladolid porlos términos municipales de Cigales, Mucientes, Valladolid, Santovenia de Pisuerga yRenedo de Esgueva.
Presupuesto, en la provincia de Valladolid: 7.220.472 €.
Órgano Instructor: Servicio Territorial de Economía de Valladolid.
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Órgano Competente para Resolver: Dirección General de Energía y Minas de la Junta deCastilla y León.
Plazo para Resolver: 6 meses
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS:
T.M. Cigales (Valladolid)
ParcelaProyecto
Propietario Polígono Parcela ServidumbreVuelo (m2)
Zona deseguridad(m2)
Apoyos Sup.Apoyos yanillo detierra (m2)
Sup. Tala(m2)
OcupaciónTemporal(m2)
Accesoal Apoyo
Servidumbrede paso(m2)
0-1 CABEROSANCHOCARLOS
2 179 -
-
-
-
-
-
T-27 1.318
0-2 GONZALEZPANEDASALFREDO
2 191 -
-
-
-
-
-
T-27 127
0-3 GONZALEZPANEDASALFREDO
2 178 -
-
-
-
-
-
T-27 233
1 TOVAR CAMAZONMERCEDES
1 590 5.416
1.657
-
-
-
1.600
-
-
2 TOVARCABALLERO MVICTORIA
1 55 4.349
1.876
T_16 182
-
3.200
T-16 1.153
3 DE GREGORIOFERREROALFREDOGREGORIOFERRERO JAVIER
1 53 4.909
1.257
-
-
-
-
-
-
4 DE GREGORIOFERREROALFREDOGREGORIOFERRERO JAVIER
1 47 37.901
12.499
T_17;T_18;T_19
328
-
5.392
T-17; T-18; T-19
3.341
5 AYUNTAMIENTODE CIGALES
1 9009 249
113
-
-
-
-
-
-
6 ARRIBASBARUQUEFLORENCIO
1 48 1.039
512
-
-
-
-
-
-
7 MALFAZ IGLESIASJOSE
1 45 11.752
3.586
T_20 132
-
1.600
T-20 1.576
8 FERREROMARTIN CECILIA
1 43 359
291
-
-
-
-
-
-
9 CAMAZON SIMONM PURIFICACIONTOVAR CAMAZONMARIA ROSARIO
1 42 2.785
865
-
-
-
-
-
-
10 TOVAR CAMAZON 1 41 - - BO
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LUIS MANUEL 4.208 1.099 - - - -
11 BARRIGONTOVAR MARIALUZ
1 40 4.811
1.422
-
-
-
-
-
-
12 CABALLEROYEBOLES JOSELUIS
1 38 1.805
918
T_21 132
-
1.656
T-21 119
13 AYUNTAMIENTODE CIGALES
1 9017 210
88
-
-
-
-
-
-
14 BARRIGA SALASMARIANO
1 37 498
251
-
-
-
240
-
-
15 DIEZ-QUIJADABARRIGONVICENTE
1 12 153
136
-
-
-
117
-
-
16 MUÑOZ GANADOMATEO
1 593 12.051
2.960
-
-
-
184
-
-
17 CENTENOOLMEDO MJESUS
1 15 5.540
2.124
T_22 132
-
1.601
T-22 121
18 ALCALDEMERINO FELIX
1 16 -
20
-
-
-
-
-
-
19 PEREZ YEBOLESFRANCISCOJAVIER
1 18 4.654
1.337
-
-
-
-
T-22 1.108
20 BRAVOBARRIGON M LUZ
1 33 3.957
1.031
-
-
-
-
-
-
21 AYUNTAMIENTODE CIGALES
1 21 5.471
1.976
T_23 132
-
1.600
T-23 91
22 VELASCO CONDEANDRES
1 20 77
114
-
-
-
-
T-23 411
23 HERNANDEZDIEZ QUIJADAJOSE MARIA
1 22 9.981
2.565
-
-
-
-
-
-
24 GONZALEZMANTECONMARIA
1 23 5.467
1.346
-
-
-
300
-
-
25 PEREZ YEBOLESCECILIA
2 169 519
299
-
-
-
86
-
-
26 AYUNTAMIENTODE CIGALES
1 9016 600
178
-
-
-
-
-
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27 PESCADORALONSO MCARMENPEREZ YEBOLESPILARPESCADORALONSO JOSEANTONIO
2 168 6.031
2.142
T_24 132
-
1.799
T-24 67
28 GARCIA LESMESSANTIAGO
2 171 7.214
2.497
-
-
-
-
-
-
29 GARCIAVALVERDETERESA
2 170 944
219
-
-
-
-
-
-
30 AYUNTAMIENTODE CIGALES
2 9005 133
39
-
-
-
-
-
-
31 LARA BLAS LUISMARTINRODRIGUEZMILAGROS
2 173 6.605
2.522
T_25 99
-
1.600
T-25 365
31-2 VALENTINESCUDEROABUNDIA
2 163 -
-
-
-
-
-
T-25 270
31-3 LOPEZ DEULLIVARRIPEREZ M PILAR
2 167 -
-
-
-
-
-
T-25 960
31-4 AYUNTAMIENTODE CIGALES
2 174 -
-
-
-
-
-
T-25 190
32 VAQUEROBASTARDOTOMAS
2 5010 3.131
1.343
T_26 150
-
1.335
T-26 88
32-1 CAMAZON SIMONFRANCISCOALBERTO
2 175 -
-
-
-
-
-
T-26 741
32-2 ENINVESTIGACION,ARTICULO 47 DELA LEY 33/2003
2 5007 -
-
-
-
-
-
T-26 843
33 VAQUEROPANEDASJACINTO
2 5009 801
645
-
-
-
266
T-26 134
34 BARRIGONHERRERA LUIS
2 5008 1.818
319
-
-
-
-
-
-
35 BARRIGONCENTENO MARIALUISA
2 597 1.504
598
-
-
-
-
-
-
36 CENTENOVAZQUEZANSELMO
2 594 1.957
743
-
-
-
1.600
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37 CENTENOVAZQUEZ ANA
2 595 1.712
738
-
-
-
-
-
-
38 CAMAZONCABALLERO LUISANGEL
2 596 900
535
-
-
-
-
-
-
39 CABALLEROMALGAR MATILDE
2 186 706
514
T_28 208
-
1.600
T-28 2.499
40 CENTENOMALFAZ JOSEANTONIOCENTENOHERRERAANTONIO
2 183 28.861
7.021
T_29 132
46
3.396
T-29 1.566
41 JUNTA DECASTILLA YLEON-SERVICIOSCENTRALES
7 5450 5.403
1.307
-
-
6.709
6.709
-
-
42 CABALLEROCABEZAS JULIO
7 5449 2.947
608
-
-
426
426
-
-
44 BARRIGONBARRIGA JULIAN
7 464 7.182
1.415
-
-
-
-
-
-
45 CONDE MUÑOZJOSE
7 465 5.131
1.740
T_30 99
-
1.600
T-30 1.681
46 JUNTA DECASTILLA YLEON-CONSEJERIAMEDIO AMBIENTE
7 5444 -
28
-
-
-
-
-
-
47 MARTINEZMONTAÑAANDRES
7 467 4.000
1.731
-
-
-
-
-
-
48 CENTENOVAZQUEZANSELMO
7 489 2.048
1.010
T_31 99
41
1.641
T-31 1.793
48-1 JUNTA DECASTILLA YLEON-CONSEJERIAMEDIO AMBIENTE
7 5442 -
-
-
-
-
-
T-31 54
49 CONDE PASTORMERCEDES
7 488 5.787
2.379
-
-
5.163
5.163
-
-
50 RAMIREZ MALFAZANTONIOCONDE PASTORMERCEDES
7 487 2.645
1.122
-
-
-
-
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51 BARRIGONTOVAR PABLO
7 607 1.184
662
T_32 71
-
1.600
T-32 207
52 BARRIGONTOVAR MARIALUZ
7 608 4.250
2.086
T_33 71
-
2.832
T-32; T-33
1.912
53 DIEZ-QUIJADABARRIGONVICENTE
7 494 114
135
-
-
-
44
-
-
54 AYUNTAMIENTODE CIGALES
7 9016 104
56
-
-
-
-
-
-
55 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
7 9008 64
34
-
-
-
77
-
-
56 CABALLEROOVEJEROTEODORO
7 495 1.837
773
-
-
-
30
-
-
57 CABALLEROOVEJEROTEODORO
7 496 1.375
570
-
-
-
-
-
-
58 GALLOFERNANDEZMIGUEL ANGEL
7 5358 268
170
-
-
-
-
-
-
59 BARRIGONBARRIGA JOSE
7 497 23
193
-
-
-
-
-
-
60 LARA ORTEGAEUGENIO
7 5355 652
194
-
-
-
-
-
-
61 GALLOFERNANDEZMIGUEL ANGELMEDINAREGUEROMERCEDES
7 5354 321
178
-
-
-
453
-
-
63 GALLOFERNANDEZMIGUEL ANGELMEDINAREGUEROMERCEDES
7 5353 230
159
T_34 84
-
602
T-34 352
65 MALFAZ IGLESIASSARA
7 5352 584
351
T_34 1
-
547
-
-
66 GALLOFERNANDEZMIGUEL ANGEL
7 5343 550
342
-
-
-
-
-
-
67 MALFAZCAMAZON JULIO
7 5346 1.012
417
-
-
-
-
-
-
68 ALONSOPANEDAS FELIX
7 5345 682
309
-
-
805
805
-
-
69 GALLO CAMARGOGERARDO
7 5344 380
172
-
-
-
-
-
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70 ARRIBASBARUQUEFLORENCIO
7 5342 421
196
-
-
-
-
- -
-
71 GONZALEZMANTECONMARIA
7 5341 893
452
-
-
-
-
-
-
72 SANCHOCAMARGOGERARDO
7 5336 975
665
T_35 30
-
760
-
-
73 SANZ SANZ LUIS 7 5335 109
83
T_35 58
-
359
T-35 41
75 DUEÑASVILLAUMBRALESELIAS
7 5334 303
239
-
-
-
643
-
-
76 AYUNTAMIENTODE CIGALES
7 9009 150
86
-
-
-
-
-
-
77 PRIETO MERINODOLORES
7 5408 327
226
-
-
-
214
-
-
78 OLMEDOVAQUERO PAULAOLMEDOVAQUEROREGINOOLMEDOVAQUERO JULIANOLMEDOESCUDEROGUADALUPEOLMEDOVAQUERO FELIPEOLMEDOVAQUEROPATROCINIOOLMEDOVAQUEROJOSEFA
7 5409 341
179
-
-
-
76
-
-
79 CONDE GARCIAPILARCAMAZONCONDESANTIAGOCAMAZONCONDE M ELENACAMAZONCONDE CARMENMARIA
7 5410 450
219
-
-
-
11
-
-
80 BARRIGONTOVAR PABLO
7 5411 813
299
-
-
-
40
-
-
81 CABALLEROTOVAR ELENAMARIA
7 5413 153
152
-
-
-
-
-
-
82 OTERO PEQUEAMELIA
7 5412 364
162
-
-
-
400
-
-
83 DIPUTACIONPROVINCIAL DEVALLADOLID
7 9025 289
128
-
-
-
42
-
-
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0Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 10
84 OTERO PEQUEAMELIA
8 5299 1.390
560
-
-
-
1.463
-
-
85 GARCIA ALVAREZM ESTHER
8 5298 29
89
-
-
-
80
-
-
86 FERTIUM MAXIMA,S.L.U.FERTIUM MAXIMA,S.L.U.
8 5296 274
206
-
-
-
73
-
-
87 FERTIUM MAXIMA,S.L.U.
8 5297 605
274
-
-
-
150
-
-
88 AYUNTAMIENTODE CIGALES
8 9010 74
46
-
-
-
-
-
-
89 GALLO PRIETOFELIX
8 5351 3.765
1.562
T_36 115
-
1.605
T-36 46
90 PANEDASPRIETOFRANCISCAGOMEZ PANEDASHORTENSIAGOMEZ PANEDASMARCOSGOMEZ PANEDASRAFAELGOMEZ PANEDASM VALLEGOMEZ PANEDASRAULGOMEZ PANEDASAMAYA
8 5395 1.825
457
-
-
-
-
-
-
91 SANTILLANOALONSO JOSE
8 5396 31
39
-
-
-
-
-
-
92 PANEDASPRIETOFRANCISCAGOMEZ PANEDASHORTENSIAGOMEZ PANEDASMARCOSGOMEZ PANEDASRAFAELGOMEZ PANEDASM VALLEGOMEZ PANEDASRAULGOMEZ PANEDASAMAYA
8 5375 -
77
-
-
-
-
-
-
93 LARA PINACHOFELIX
8 5393 189
245
-
-
-
-
-
-
94 LARA PINACHOFELIXESCUDEROPANEDASMERCEDES
8 5394 1.411
-
-
-
-
-
-
-
95 LARA PINACHOFELIX
8 5376 934
452
-
-
-
-
-
-
96 LARA PINACHOFELIX
8 5392 209
100
-
-
-
-
-
-
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Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 11
97 CAMAZONCONDESANTIAGO
8 5391 1.415
107
-
-
-
-
-
-
98 SANZ BRAVOTEODORA
8 5378 446
319
-
-
-
-
-
-
99 MARTIN LOPEZBARAQUISO
8 5387 880
408
-
-
-
-
-
-
100 CAMAZON SIMONFRANCISCOALBERTO
8 5380 25
148
-
-
-
435
T-37 6
101 MARTIN LOPEZBARAQUISO
8 5386 439
124
-
-
-
-
-
-
102 RECA SOTILLOTEODOROFERNANDEZPASTOR PILAR
8 5350 154
63
-
-
-
-
-
-
103 RECA SOTILLOTEODOROFERNANDEZPASTOR PILAR
8 5384 152
64
-
-
-
-
-
-
104 DUBLASCASQUETEPEDRO
8 5383 206
92
-
-
-
-
-
-
105 CENTENO SANJOSE VICTORIA
8 5382 430
323
-
-
-
475
-
-
106 CABALLEROMALFAZGREGORIO
8 5381 581
142
T_37 115
-
696
T-37 96
107 AYUNTAMIENTODE CIGALES
8 9013 226
92
-
-
-
-
-
-
108 GALLO PRIETOFELIX
8 5446 128
149
-
-
-
36
-
-
109 PRIETO MERINODOLORES
8 5445 1.360
376
-
-
-
233
-
-
110 GALLO PRIETOFELIX
8 5447 221
154
-
-
-
33
-
-
111 GONZALEZMANTECONMARIA
8 5498 1.000
449
-
-
-
44
-
-
112 LARA MARTINSERGIO
8 5497 2.804
687
-
-
-
107
-
-
113 MINTEGUISANCHEZJUSTINO
8 5500 39
161
-
-
-
-
-
-
114 PINACHO GOMEZALBERTO
8 5499 796
166
-
-
-
-
-
-
115 LARA MARTINSERGIO
8 5493 1.079
182
-
-
-
-
-
-
116 LARA MARTINSERGIO
8 5492 1.614
164
-
-
-
-
-
-
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117 CAMAZON SIMONM PURIFICACION
8 5465 3
37
-
-
-
-
-
-
118 PINACHO GOMEZALBERTO
8 5489 498
241
-
-
14
14
-
-
119 GARCIA SANJOSEALEJANDRO
8 5491 2.343
634
-
-
42
42
-
-
121 GARCIA SANJOSEALEJANDRO
8 5466 1.715
450
-
-
-
-
-
-
122 DUEÑASVILLAUMBRALESELIAS
8 5467 1.031
454
-
-
-
-
T-38 122
123 BURGOSCAMARGO MLOURDES
8 5468 1.584
839
T_38 99
99
1.636
T-38 422
123-1 MALFAZ GARCIAANDRES
8 5557 -
-
-
-
-
-
T-38 11
123-4 PRIETO VELASCOISAAC
8 5463 -
-
-
-
-
-
T-38 52
123-5 CABALLEROTOVAR ELENAMARIA
8 5464 -
-
-
-
-
-
T-38 95
124 LARA BLAS LUISMARTINRODRIGUEZMILAGROS
8 5469 75
110
-
-
-
-
-
-
125 LARA BLAS LUISMARTINRODRIGUEZMILAGROS
8 5540 2.943
1.125
-
-
-
-
-
-
126 PESCADORDUEÑASLOURDES
8 5538 1.456
495
-
-
-
150
-
-
127 AYUNTAMIENTODE CIGALES
8 9012 143
50
-
-
-
-
-
-
128 TOVARCABALLEROBEATRIZ
8 5577 2.042
757
-
-
-
150
T-39 275
129 ALCALDEMERINO FELIX
8 5583 1.337
639
-
-
-
400
T-39 9
130 ALONSO BRAVOPABLO
8 5584 495
294
T_39 84
-
1.013
T-39 332
131 GONZALEZMERINO TOMAS
8 5585 507
327
-
-
228
416
-
-
132 GALLO CABEZASCANDIDO
8 5582 1.123
316
-
-
1.227
1.227
-
-
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133 CENTENOMALFAZ LUISMIGUEL
8 5587 263
160
-
-
51
51
-
-
134 CAMAZON SIMONLUCIO
8 583 438
206
-
-
-
-
-
-
135 CAMAZON SIMONLUCIO
8 582 8.634
2.065
-
-
-
300
-
-
136 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
8 9002 163
41
-
-
-
-
-
-
137 CONDE SANZLUIS ANGEL
8 590 3.204
906
-
-
-
150
-
-
138 SAT ACOSAN N5825
8 588 2.476
1.191
T_40 99
-
1.750
T-40 1.324
139 CABALLEROCABALLERO LUIS
8 5645 352
178
-
-
-
-
-
-
140 TOVARCABALLEROBEATRIZ
8 5644 2.124
965
-
-
-
-
-
-
141 ALCALDEMERINO FELIX
8 5643 435
231
-
-
-
-
-
-
142 BRAVOBARRIGON LUISMARIANOCABALLEROBARRIGONANGEL MGARCIA MARTINFELISABRAVOBARRIGON M LUZ
8 5642 1.267
421
-
-
-
256
-
-
143 SAN JOSEVELASCO PILAR
8 5675 955
408
-
-
-
882
-
-
144 BURGOS MARTINJOSE LUIS
8 5641 367
276
-
-
-
613
-
-
145 AYUNTAMIENTODE CIGALES
8 9005 87
54
-
-
-
-
-
-
146 DIEZ DIEZ ANAMARIA
9 5015 860
681
T_41 95
-
1.750
T-41 108
147 PEREZ YEBOLESCECILIAPEREZ YEBOLESPILARPEREZ YEBOLESCESARPEREZ YEBOLES
9 5016 1.355
772
-
-
-
2.036
-
-
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ISMAELPEREZ YEBOLESFRANCISCOJAVIER
148 DIPUTACIONPROVINCIAL DEVALLADOLID
10 9007 529
255
-
-
-
131
-
-
149 CONDE PASTORMERCEDES
10 5003 1.014
477
-
-
-
334
-
-
150 GARCIA AMOOSCAR
10 5006 1.337
681
-
-
-
300
-
-
151 MALFAZ IGLESIASSARA
10 5009 715
459
T_42 115
-
1.329
T-42 133
151-3 SALASCABALLEROPURIFICACION
10 5008 -
-
-
-
-
-
T-42 405
152 BARRIGA TOVARFERNANDOBARRIGA TOVARJUAN
10 5010 433
259
-
-
-
272
-
-
153 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5011 1.616
692
-
-
-
-
-
-
154 PRIETO VELASCOFABIAN
10 5012 5.313
1.797
T_43 112
-
1.600
T-43 205
155 PRIETO MERINOBRIGIDO
10 5013 1.563
512
-
-
-
497
-
-
156 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5119 -
6
-
-
-
18
-
-
157 AYUNTAMIENTODE CIGALES
10 9006 145
54
-
-
-
-
T-43; T-44; T-45
43
158 URBANIZAAGENTESURBANIZADORESSL
10 5014 8
55
-
-
-
-
-
-
159 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5133 591
252
-
-
-
198
-
-
160 PEREZ YEBOLESCECILIA
10 5118 432
94
-
-
-
296
-
-
161 LARA PAUNEROFELIX
10 5117 759
268
-
-
-
320
-
-
162 BRAVOCABALLERO PIO
10 5116 442
163
-
-
-
-
-
-
163 LARA POLO MTERESA
10 5115 420
162
-
-
-
-
-
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Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 15
164 CONDE BARRIGAMARIANO
10 5114 1.085
477
-
-
-
-
-
-
165 GALLO CAMARGOALEJANDRO
10 5111 157
151
-
-
-
322
T-44 176
166 TRANSPORTES YSERVICIOS A LACONSTRUCCIONSL
10 5112 610
284
T_44 71
-
1.173
T-44 120
166-2 MALFAZCAMAZON JULIO
10 5110 -
-
-
-
-
-
T-44 172
167 VELASCOFUENTE MIGUEL
10 5109 545
360
-
-
-
106
-
-
168 GONZALEZMANTECONMARIA
10 5108 652
206
-
-
-
-
-
-
169 NIETO MORANTOMASNIETO MORANAURELIO
10 5107 202
161
-
-
-
-
-
-
170 HERNANDEZSANTANDERANTONIO
10 5104 2.468
719
-
-
-
-
-
-
171 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5105 977
329
-
-
-
-
-
-
172 CONDE BARRIGAMARIANO
10 5106 1.485
427
-
-
-
-
-
-
173 CONDE MUÑOZJOSE
10 5098 1.784
610
-
-
-
-
T-45 330
174 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
10 9002 -
13
-
-
-
-
-
-
175 RAMIREZ MALFAZANTONIO
10 5099 2.369
1.198
T_45 115
-
1.600
T-45 447
177 MALFAZ LARAVALERIANO
10 5091 734
388
-
-
-
-
-
-
178 PESCADORDUEÑAS FRANCA
10 5095 798
383
-
-
-
-
-
-
179 BRAVOBARRIGON LUISMARIANOBRAVOBARRIGON M LUZ
10 5138 1.385
617
-
-
-
-
-
-
180 BRAVOBARRIGON LUIS
10 5092 947
380
-
-
-
300
-
-
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Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 16
MARIANOBRAVOBARRIGON M LUZ
181 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5086 192
136
-
-
-
252
-
-
182 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5093 664
510
-
-
-
1.084
-
-
183 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5085 1.236
750
T_46 95
53
2.277
T-46 210
184 GARCIA AMOANASTASIOGARCIA AMO MANTONIA
10 5084 11
49
-
-
-
-
-
-
185 FINAT CALVOLUIS
10 5059 4.147
1.809
-
-
-
1.600
-
-
189 GONZALEZGARCIA ANGELCARLOSGARCIA MARTINGABRIELGARCIA MARTINJOSE MARIAGARCIA ALVAREZM CARMENGARCIA MARTINCELSASANZ GARCIACONSUELOGONZALEZGARCIA M JESUSGONZALEZGARCIA MANUELSANZ GARCIAVICENTEFRANCISCOJAVIERGARCIA DIAZAJESUSGARCIA DIAZAGABRIELGONZALEZGARCIA M PILARSANZ GARCIA MGEMMAGARCIA DIAZAROSA MGARCIA QUEIPODE LLANO MARIADEL CARMENSANZARIZNABARRETAINGESANZARIZNABARRETATALAGARCIAGUTIERREZMARIA DELROCIOGARCIAGUTIERREZ MNURIAGARCIAGUTIERREZ ANACRISTINA
10 5062 7.513
3.436
T_47 182
-
3.975
T-47 673
190 AYUNTAMIENTO 10 9004 - - BO
LETÍ
NO
FIC
IAL
DE
LA P
RO
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CIA
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LLA
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Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 17
DE CIGALES 162 48 - - - -
191 CASTELLANA DEALQUILERES SA
10 5060 58
78
-
-
-
-
-
-
192 CAJA PAGADORACENTRAL DELMINISTERIO DEFOMENTO
10 9008 1.838
580
-
-
-
150
-
-
193 AYUNTAMIENTODE CIGALES
11 9012 157
50
-
-
-
-
-
-
194 TALLERES PARVALLADOLID, SA
11 5125 120
157
-
-
-
108
-
-
195 TALLERES PARVALLADOLID, SA
11 5124 758
65
-
-
-
363
-
-
196 TALLERES PARVALLADOLID, SA
11 5123 509
180
-
-
-
131
-
-
197 TALLERES PARVALLADOLID, SA
11 5122 1
44
-
-
-
-
-
-
198 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
11 5110 1.166
407
-
-
-
398
T-48 105
199 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
11 9009 317
110
-
-
-
-
-
-
200 EXPLOTACIONESAGRICOLASAGUACUENDES.L
11 5108 2.806
1.595
T_48 182
-
3.959
T-48 712
T.M. Mucientes (Valladolid)
ParcelaProyecto
Propietario Polígono Parcela Servidumbre Vuelo (m2)
Zona deseguridad(m2)
Apoyos Sup.Apoyos yanillo detierra(m2)
Sup.Tala(m2)
OcupaciónTemporal(m2)
Accesoal Apoyo
Servidumbrede paso(m2)
NaturalezadelTerreno
1 AYUNTAMIENTODE MUCIENTES
11 5101 2.217
602
-
-
-
-
-
-
Pastos
2 AYUNTAMIENTODE MUCIENTES
11 5034 6.134
793
-
-
-
-
-
-
Pinarpinea o defruto
3 BARRIGONHERRERA MISABEL
11 5103 472
177
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano,Pastos,
BO
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8Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 18
Pinarpinea o defruto
4 PANEDASPAUNEROSILVIO
12 5025 14.838
1.844
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano,arbolado
5 AYUNTAMIENTODE MUCIENTES
12 5038 8.825
2.893
T_27 150
3.775
5.375
T-27 517
Pastos,Pinarpinea o defruto,arbolado
6 GONZALEZPANEDASALFREDOGONZALEZPANEDASARTUROALFONSO
12 5030 3.965
331
-
-
249
249
-
-
Labor oLabradíosecano,arbolado
7 BARRIGONBARRIGON MSOL
12 5032 5.742
595
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano,arbolado
8 HERRERAVAQUEROJULIA
12 5033 10
50
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano
9 VAQUEROPANEDAS MJESUS
12 5036 4.001
407
-
-
134
134
-
-
Labor oLabradíosecano,Pastos,arbolado
10 NUÑEZALONSO JOSEANTONIO
12 5037 3.675
657
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano
T.M. Valladolid (Valladolid)
ParcelaProyecto
Propietario Polígono Parcela ServidumbreVuelo (m2)
Zona deseguridad(m2)
Apoyos Sup.Apoyos yanillo detierra(m2)
Sup.Tala(m2)
OcupaciónTemporal(m2)
Accesoal Apoyo
Servidumbrede paso(m2)
1 INSTITUTOTECNOLOGICOAGRARIO DECASTILLA Y LEON
1 13 3.555
1.493
-
-
-
2.350
-
-
2 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
1 9002 213
78
-
-
-
-
-
-
3 INSTITUTOTECNOLOGICOAGRARIO DECASTILLA Y LEON
1 14 4.900
2.288
T_49 115
72
1.835
T-49 538
4 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
1 9001 336
159
-
-
-
119
-
-
5 LOBO CABREROMARIAPURIFICACIONEXPLOTACIONESAGRICOLAS
1 36 17.297
7.104
T_51 132
-
1.844
T-50; T-51
1.737
BO
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9Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 19
AGUACUENDE S.L
6 SANCHEZ MARTINEZLUISEXPLOTACIONESAGRICOLASAGUACUENDE S.L
1 37 1.283
747
T_50 115
-
1.600
T-50 145
7 EXPLOTACIONESAGRICOLASAGUACUENDE S.L
1 44 11.187
3.349
-
-
-
160
-
-
8 MORENO FERMOSONICANOR
1 45 211
92
-
-
269
269
T-52 59
9 INTERCONTINENTALDE AUTOMOCION SA
1 43 7.021
3.902
T_52;T_53
313
1.236
5.723
T-52; T-53
4.640
10 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
1 9005 759
279
-
-
-
-
-
-
11 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
7 9007 574
251
-
-
-
-
-
-
12 SANZ FUENTECARMELO
7 1 3.345
1.196
-
-
-
-
-
-
13 VERGARAFERNANDEZMIGUEL
7 3 776
232
-
-
-
-
-
-
14 PEREZ FRUTOSADRIANCUBERO MARTINMERCEDES
7 4 2.050
712
-
-
-
165
-
-
15 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
6 9005 498
223
-
-
-
273
-
-
16 CASAS DE REINOSO,SL
6 42 1.106
467
-
-
-
838
-
-
17 MANUEL SAN JOSEE HIJOS SL
6 43 9.074
4.013
T_61 137
-
1.817
T-61 202
18 MANUEL SAN JOSEE HIJOS SL
6 57 13.423
3.072
T_62 210
-
1.727
T-62 112
19 SAN JOSE GALVANMANUELBUILDINGCENTERSAUFERNANDEZ MUÑOZ
6 260 6.277
943
-
-
-
-
-
-
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Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 20
FELISADELGADOORDOÑEZ ANGEL
20 MANUEL SAN JOSEE HIJOS SL
6 58 12.236
1.882
-
-
-
-
-
-
21 MANUEL SAN JOSEE HIJOS SL
6 59 4.014
969
-
-
-
-
-
-
22 MANUEL SAN JOSEE HIJOS SL
6 60 931
307
-
-
-
-
-
-
23 BUILDINGCENTERSAU
6 64 878
397
-
-
-
121
T-67 123
24 BUILDINGCENTERSAU
6 67 1.253
409
-
-
-
150
-
-
25 BUILDINGCENTERSAU
6 65 1.344
432
-
-
-
-
-
-
26 EN INVESTIGACION,ARTICULO 47 DE LALEY 33/2003
6 66 2.602
487
-
-
-
-
-
-
27 DELGADOORDOÑEZ ANGELALONSO GARCIAJULIAN
6 333 2.974
714
-
-
-
-
-
-
28 BUILDINGCENTERSAU
6 334 6.872
1.706
-
-
-
-
-
-
29 VILLANUEVA OLIVERLUISGONZALEZ PEREZFELISAVILLANUEVA OLIVERJESUS
6 135 4.824
1.931
T_68 150
-
2.249
T-68 885
30 CONSTRUCCIONESARRANZ ACINAS SAAGRIGONSA II SL
6 323 4.429
1.684
-
-
-
2.797
T-68 122
31 HERRERO VEGAFELICISIMA E
6 252 748
340
-
-
-
-
T-68; T-69
1.021
32 ALTUZARRACORRAL ALBERTOENRIQUE
6 309 3.473
1.556
T_69 276
-
3.309
T-69 184
33 MINISTERIO DEFOMENTO CASTILLAY LEON DIRECCIONPROVINCIAL DE
6 9001 4.037
1.146
-
-
-
450
-
-
34 DIPUTACIONPROVINCIAL DEVALLADOLID
8 9004 1.029
277
-
-
-
190
T-69 26
35 El inmueble noexiste.
8 9000 2.206
595
-
-
-
711
-
-
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1Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 21
36 INMOBILIARIAPUENTE MAYOR SA
8 158 658
222
-
-
-
-
-
-
37 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
8 178 5.163
2.214
T_70 276
-
4.404
T-70 382
38 COMUNIDAD DEUSUARIOSCONCESIONARIOSDIRECTOS DELCANAL DEL DU
8 9006 753
250
-
-
353
567
-
-
39 MARCOS ESTEBANANDRESMARTIN MARCOSLUISA
8 20 5.312
1.503
-
-
-
1.734
-
-
40 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
8 9002 319
114
-
-
-
48
-
-
41 GARCIA GIL JESUS 8 58 4.280
1.473
-
-
-
269
-
-
42 ALONSO ALONSOEUGENIOALONSO ALONSOEUGENIO
8 52 6.477
2.189
T_71 132
-
1.192
T-71 99
43 ALONSO MANCHADOJULIO EUGENIO
8 61 3.530
1.179
-
-
-
422
-
-
44 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
8 9003 949
316
-
-
-
-
-
-
45 ASOC DEINVESTIGACIONPARA LA MEJORADEL CULTIVO DE LAREMOLACASOC DEINVESTIGACIONPARA LA MEJORADEL CULTIVO DE LAREMOLAC
8 104 2.026
920
-
-
-
-
-
-
46 AYUNTAMIENTO DEVALLADOLID
8 9007 80
59
-
-
-
-
-
-
47 ARRANZ GONZALEZJULIAN
8 103 3.935
1.813
T_72 115
-
1.793
T-72 902
48 DIPUTACIONPROVINCIAL DEVALLADOLID
10 9005 570
173
-
-
-
258
-
-
49 ARRANZ GONZALEZELVIRA CARMEN
10 15 1.973
400
-
-
-
279
-
-
50 ARRANZ GONZALEZELVIRA CARMEN
10 14 4.399
1.635
-
-
-
1.071
-
-
BO
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2Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 22
51 HERRERO MERINOFELIX
10 17 1.687
931
-
-
-
-
-
-
53 IBERDROLA SAIBERDROLADISTRIBUCIONELECTRICA SA
10 18 261
535
T_73 135
-
1.326
T-73 1.187
T.M. Santovenia de Pisuerga (Valladolid)
ParcelaProyecto
Propietario Polígono Parcela ServidumbreVuelo (m2)
Zona deseguridad(m2)
Apoyos Sup.Apoyos yanillo detierra(m2)
Sup.Tala(m2)
OcupaciónTemporal(m2)
Accesoal Apoyo
Servidumbrede paso(m2)
1 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
1 9004 698
239
-
-
-
-
-
-
2 VERGARAFERNANDEZ MIGUELVERGARA ZAMORA MROSARIOVERGARA ZAMORAMIGUEL
1 5030 1.211
372
-
-
1.314
1.443
-
-
3 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
2 9005 419
127
-
-
-
-
-
-
4 SANZ FUENTECARMELO
2 3 154
77
-
-
-
-
-
-
5 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
2 9006 205
30
-
-
-
-
-
-
6 SANZ FUENTECARMELO
2 1 4.466
1.314
-
-
-
579
-
-
7 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
2 9004 276
93
-
-
-
33
T-54 36
8 SANZ FUENTECARMELOSANZ APARICIOANGELA MARIA
3 10 6.492
2.861
T_54 159
-
5.229
T-54 512
9 ADMINISTRADOR DEINFRAESTRUCTURASFERROVIARIAS
3 9011 945
290
-
-
-
-
-
-
10 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5058 1.554
370
-
-
-
600
-
-
11 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5057 198
146
-
-
-
-
-
-
12 COMPAÑIA 3 5056 - BO
LETÍ
NO
FIC
IAL
DE
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3Boletín oficial de la Provincia de valladolid
Núm. 51 Martes, 13 de marzo de 2018 Pág. 23
LOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
1.277 380 - - - - -
13 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5103 762
234
-
-
-
-
-
-
14 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5055 658
211
-
-
-
-
T-55 104
15 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5054 646
218
-
-
-
-
T-55 594
16 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5053 716
274
-
-
-
760
T-55 130
17 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5051 1.012
566
-
-
-
841
T-55 120
18 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5050 605
243
-
-
-
-
T-55 182
19 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5048 274
244
T_55 182
-
904
T-55 67
20 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5047 363
258
-
-
-
697
-
-
21 COMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SACOMPAÑIALOGISTICA DEHIDROCARBUROSCLH SA
3 5046 3.889
1.448
-
-
-
2.516
-
-
22 CAJA PAGADORACENTRAL DELMINISTERIO DEFOMENTO
3 9017 3.863
1.257
-
-
-
579
-
-
23 DIRECCIONGENERAL DE OBRASHIDRAULICAS-MINISTERIO DEOBRAS PUB
3 9002 532
178
-
-
-
-
-
-
24 CAJA PAGADORACENTRAL DELMINISTERIO DEFOMENTO
4 9027 606
228
-
-
-
148
-
-
25 SINDICATO DERIEGOS COMUNIDADDE REGANTES DELCANAL DEL DUERO
4 9011 430
148
-
-
-
309
T-56 66
26 SANZ FUENTECARMELO
4 2 1.718
835
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1.410
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27 MARTIN MANSILLAESTEBAN
4 1 4.615
2.232
T_56 148
-
5.118
T-56 426
28 PEDROSA LOSADAMAXIMINO
4 5052 3.482
1.539
-
-
-
-
T-57 150
29 CERAMICA NUEVADEL DUERO, SA
4 5051 4.125
2.005
T_57 95
2.032
3.632
T-57 1.008
29-1 DIRECCIONGENERALINFRAESTRUCTURA,MDE
4 5053 -
-
-
-
-
-
T-57 438
30 PEDROSA LOSADAMAXIMINO
4 5066 131
87
-
-
12
12
-
-
31 CERAMICA NUEVADEL DUERO, SA
4 5065 1.277
565
-
-
-
-
-
-
32 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
4 9016 941
215
-
-
-
9
-
-
35 MARTIN MANSILLAESTEBAN
4 11 8.252
3.374
T_58 182
-
1.750
T-58 881
37 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
4 9017 306
74
-
-
-
-
-
-
38 CERAMICA NUEVADEL DUERO, SA
4 5043 -
38
-
-
-
-
-
-
39 AYUNTAMIENTO DESANTOVENIA DEPISUERGA
4 58 2.878
621
-
-
-
150
-
-
40 PARQUE ELSALVADOR SL
4 10 7.478
1.787
-
-
-
262
-
-
41 MINISTERIOAGRICULTURAALIMENTACION YMEDIO AMBIENTE
4 9005 590
135
-
-
-
39
-
-
42 VAZQUEZ ARECESROSA MARIACASTELLANOSFERNANDEZ JULIA
5 6 1.789
961
T_59 132
-
1.802
T-59 102
43 ALVAREZ MORETONJOSE LUIS
5 5 4.145
1.726
-
-
-
-
-
-
44 SANZ MORETON 5 4 - BO
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PEDROSANZ MORETONVALENTINSANZ MORETONLUCIANO
3.490 1.572 - - - - -
45 ESPINILLA MORETONANGELESPINILLA MORETONNATIVIDAD
5 2 1.303
892
T_60 115
-
1.750
T-60 515
T.M. Renedo de Esgueva (Valladolid)
ParcelaProyecto
Propietario Polígono Parcela Servidumbre
Vuelo (m2)
Zona deseguridad(m2)
Apoyos Sup.Apoyos yanillo detierra(m2)
Sup.Tala(m2)
OcupaciónTemporal(m2)
Accesoal Apoyo
Servidumbrede paso(m2)
Naturalezadel Terreno
2 COCALLORENTEJULIAN
1 1 7.764
3.565
T_63 182
-
1.600
T-63 276
Labor oLabradíosecano
3 PEREZ RUEDAESPERANZA
1 2 1.425
850
T_64 99
-
1.660
T-64 1.371
Labor oLabradíosecano,Pastos
4 AYUNTAMIENTODE RENEDO
1 9003 151
77
-
-
-
91
-
-
Vía decomunicaciónde dominiopúblico
5 MARTINMANSILLASALVADOR
1 3 4.385
2.022
-
-
-
449
T-65 809
Labor oLabradíosecano
6 LLORENTELLORENTEMARIA CARMENLLORENTELLORENTEJUANLLORENTELLORENTEMARIANOLLORENTELLORENTEJOSE
1 5 8.449
4.497
T_65;T_66
192
-
4.802
T-65; T-66
1.525
Labor oLabradíosecano
7 LLORENTETORRESFLORENTINO
1 10 -
26
-
-
-
-
-
-
Labor oLabradíosecano
8 DELGADOORDOÑEZANGELALONSOGARCIA JULIAN
1 4 3.908
1.358
-
-
-
1.600
-
-
Labor oLabradíosecano,Labor olabradíoregadío
9 LLORENTETORRESFLORENTINO
1 11 5.616
2.127
T_67 115
-
1.408
T-67 72
Labor oLabradíosecano
10 AYUNTAMIENTODE RENEDO
1 9002 56
95
-
-
-
-
-
-
Vía decomunicaciónde dominiopúblico
Lo que se hace público a los efectos de los artículos 18 de la Ley de ExpropiaciónForzosa, y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, para que cualquierpersona pueda examinar el proyecto, en el Servicio Territorial de Economía de Valladolidasí como en la página web de la Junta de Castilla y León en la sección correspondiente aBO
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Energía y Minería (www.energia.jcyl.es), y formular las alegaciones que considereoportunas ante el Servicio Territorial de Economía de Valladolid, en el plazo de VEINTEDÍAS, contados a partir de la publicación de este anuncio.
El expediente estará expuesto al público en el Servicio Territorial de Economía deValladolid, sito en la Plaza del Milenio, nº 1 – 6ª planta, en días hábiles de lunes a viernes,en horario de 9 a 14 horas.
Valladolid, a 09 de febrero de 2018.-El Jefe del Servicio Territorial .-Fdo.: MarcelianoHerrero Sinovas.
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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Medio Ambiente
Anuncio de información pública en el expediente VA-VP-17606-O de ocupación temporalde terrenos de vía pecuaria en el término municipal de Olmedo, (Valladolid).
En el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid se tramita el expediente deocupación temporal de terrenos de la vía pecuaria denominada “Cañada de Cáceres”, deltérmino municipal de Olmedo, con destino a instalación subterránea de canalización delínea eléctrica, a favor de OVILO 2.000, S.L.
Lo que se hace público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 3/1995,de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, haciendo constar que el referido expediente seencuentra a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formularalegaciones, durante el plazo de UN MES, contado a partir de la fecha de publicación delpresente anuncio, en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (c/ Duque de laVictoria 5, Valladolid) durante el horario de atención al público (9 a 14 horas, de lunes aviernes).
Valladolid a de 27 de febrero de 2018.-La Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambientede Valladolid.- Fdo.: Mª Dolores Luelmo Matesanz.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE APROBACIÓN DEFINITIVADEL REGLAMENTO REGULADOR DEL USO Y DISFRUTE DE LOS HUERTOSECOLÓGICOS URBANOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, quedaautomáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del“Reglamento regulador del uso y disfrute de los huertos ecológicos urbanos delAyuntamiento de Aldeamayor de San Martín”, cuyo texto íntegro se hace público en elanexo, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local:
"Acuerdo del Pleno del 30 de noviembre de 2017. Aprobación del Reglamento reguladordel uso y disfrute de los huertos ecológicos urbanos del Ayuntamiento de Aldeamayor deSan Martín:
“Visto el informe de Secretaría, referido a la tramitación legal para la aprobación deReglamentos u Ordenanzas Municipales según el art. 49 de la Ley 7/85 de 2 de Abril.
Visto el proyecto de Reglamento regulador del uso y disfrute de los huertos ecológicosurbanos del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, elaborado por los ServiciosTécnicos municipales,
El Ayuntamiento Pleno acuerda:
1º) Aprobar inicialmente el Reglamento regulador del uso y disfrute de los huertosecológicos urbanos del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín.
2º) Abrir un periodo de exposición pública de 30 días hábiles, con anuncio en el B.O.P. afin de que los interesados puedan presentar cuantas alegaciones, reclamaciones osugerencias consideren oportunas.
3º) En el caso de que no se presente ninguna reclamación, alegación o sugerencia seentenderá definitivamente adoptado el acuerdo.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante laSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leóncon sede en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a lapublicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Aldeamayor de San Martín, a 1 de marzo de 2018.-El Alcalde.- Fdo.: Fernando de laCal Bueno.
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REGLAMENTO REGULADOR DEL USO Y DISFRUTE DE LOS HUERTOS
ECOLÓGICOS URBANOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN
MARTÍN
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El programa de participación de los “Huertos urbanos ecológicos municipales” constituye
una iniciativa del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín por la que se dota al
municipio de espacios de convivencia social en torno al cultivo individual de pequeñas
parcelas, que permiten obtener una pequeña producción de hortalizas y ornamentales para
autoconsumo, empleando técnicas respetuosas con el medio ambiente.
ARTÍCULO 1.- OBJETO.
El objeto del presente Reglamento es regular las condiciones de utilización de los huertos
ecológicos urbanos, de titularidad municipal, sitos en el municipio de Aldeamayor de San
Martín, exclusivamente para su cultivo agrícola y destinado al consumo privado. Estos
huertos están destinados a personas físicas mayores de edad, que sean residentes y estén
empadronados en el municipio de Aldeamayor de San Martín, preferiblemente en
situación de jubilación y/o desempleo.
En la actualidad, sin perjuicio de que éstas puedan ser incrementadas o reducidas, las
parcelas municipales destinadas a huertos ecológicos urbanos son dos:
Parcela 2873012UL6927S0001TJ (LG SUD-7, polígono 6 parcela 37, de 9.557m2
totales, ocupada parcialmente por los depósitos de agua del núcleo urbano tradicional):
1.050m2 de su extremo noreste. Parcela 2975701UM6927N0001OQ (Calle Camino de
Valladolid, 3, de 19.281m2 totales de superficie, ocupada en su mayor parte por las
piscinas municipales y el Punto Limpio): 1.050m2 del extremo oeste.
En el futuro, estas parcelas podrán ser destinadas a otro uso, eliminándolas del programa,
o podrán incorporarse otras al mismo.
ARTÍCULO 2.- OBJETIVOS.
Los objetivos principales perseguidos con la realización del programa de “Huertos
urbanos ecológicos municipales” de Aldeamayor de San Martín son los siguientes:
Ofrecer un espacio de esparcimiento y actividad para todos aquellos vecinos del
municipio de Aldeamayor de San Martín, preferiblemente en situación de jubilación y/o
desempleo. Fomentar la participación ciudadana y el desarrollo sostenible generando
espacios de biodiversidad. Proporcionar a aquellas personas que lo soliciten, espacios
libres alternativos que les permitan realizar actividades físicas en contacto con la
naturaleza, mejorando su calidad de vida y fomentando una alimentación sana y
saludable. Promover buenas prácticas ambientales de cultivo: gestión de los residuos,
ahorro de agua, agricultura ecológica, recuperación de usos y costumbres de la agricultura
tradicional, etc. Promover una alimentación sana y cambios de hábitos más saludables.
Impulsar un mayor conocimiento y respeto por el medio ambiente. Dotar de un uso
alternativo y poner en valor parcelas, o parte de parcelas, de titularidad municipal,
posibilitando su uso y mejorando su conservación.
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ARTÍCULO 3.- RÉGIMEN JURÍDICO.
De manera genérica, son de aplicación las siguientes normas, además de cualesquiera
otras que correspondan de la legislación sectorial autonómica o estatal:
Ordenanza de Transparencia y Libre Acceso a la Información del Ayuntamiento de
Aldeamayor de san Martín (2016). Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León
(BOCyL nº 220, de 13/11/2015). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de
02/10/2015). Reglamento regulador del servicio de suministro de agua en el término
municipal de Aldeamayor de San Martín (BOP nº 128, de 6/6/2015). Ordenanza
reguladora de la recogida de residuos en Aldeamayor de San Martín (BOP nº 126, de
4/6/2015). Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y Decreto 22/2004,
de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayor de San Martín, modificaciones
puntuales, y planes parciales (2/4/2003).
CONDICIONES PARA EL USO DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS Y
CONDICIONES DE LOS SOLICITANTES
ARTÍCULO 4.- CONDICIONES DE USO.
La autorización del uso de los huertos para su cultivo no supone en ningún caso la
transmisión de la propiedad del terreno.
La autorización de uso es personal e intransferible, y sólo producirá efectos mientras
concurran las condiciones señaladas en los artículos siguientes.
ARTÍCULO 5.- DESTINATARIOS.
Para poder acceder a la autorización de uso de los “Huertos urbanos ecológicos
municipales” se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser persona física y mayor de edad.
b) Estar empadronado/a en el municipio de Aldeamayor de San Martín con un año de
antigüedad anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
Si bien es posible que en el caso de que el número de huertos disponibles no sea cubierto
por las personas empadronadas en el municipio de Aldeamayor de San Martín con un año
de antigüedad en el Padrón, sus destinatarios sean personas empadronadas con antigüedad
inferior a un año a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
c) Encontrarse con capacidad, física y psíquica para la realización de las labores agrícolas
a desarrollar en los huertos.
d) Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias municipales.
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ARTÍCULO 6.- PROHIBICIONES PARA SER DESTINATARIO.
Aunque se reúnan las condiciones recogidas en el apartado anterior, no podrán optar al
uso de Huertos las personas que se encuentren en las siguientes circunstancias:
a) Aquellos destinatarios que convivan con alguna persona a la que se le haya adjudicado
ya un huerto urbano ecológico municipal.
b) Haber sido privado de una parcela, previo expediente sancionador.
c) No haber atendido de manera correcta su parcela durante el último ejercicio, no
superando las inspecciones periódicas de los servicios técnicos municipales.
d) Ser deudor del Ayuntamiento por cualquier concepto.
e) Haber sido objeto de sanción tras la instrucción de expedientes municipales relativos a
residuos, agua, medio ambiente o urbanismo en los últimos tres años.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE LOS HUERTOS
ARTÍCULO 7.- CONVOCATORIA.
Anualmente, entre el 15 de diciembre y el 15 de enero, todos los interesados en
beneficiarse del programa de “Huertos urbanos ecológicos municipales” (tanto antiguos
como nuevos) podrán efectuar su correspondiente solicitud, siendo resuelto el
procedimiento de concesión de licencias antes del 15 de febrero, por Decreto de la
Alcaldía-Presidencia, previo informe de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente.
Se pondrá a disposición de los interesados modelos normalizados de instancias de
solicitud, tanto en el Registro como en la Web municipal.
El procedimiento aplicable al otorgamiento de las autorizaciones que habiliten para la
ocupación de los huertos, y faculten su uso y disfrute, será en régimen de concurrencia,
dado el número limitado de los mismos.
Se priorizarán aquellas personas que, cumpliendo los requisitos indicados en el artículo
5, estén siendo ya beneficiarios de los huertos en la temporada anterior (que mantendrían
el mismo espacio que el año anterior). Para las demás parcelas sin ocupar, se
seleccionarán por sorteo entre todas las restantes solicitudes admitidas.
ARTÍCULO 8.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes (tanto antiguas como nuevas) se presentarán en el Registro General,
presencial o telemático, del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, entre el 15 de
diciembre y el 15 de enero, acompañando la siguiente documentación:
Fotocopia autenticada del D.N.I o documento que legalmente le sustituya. Declaración
jurada de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el presente
Reglamento, con relación a la fecha de expiración del plazo de la presentación de
solicitudes.
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El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento y la residencia efectiva desde
hace un año, la ausencia de infracciones cometidas y el cumplimiento de estar al corriente
de las obligaciones tributarias o de otra índole para con esta entidad.
ARTÍCULO 9.- LISTADOS DE ADMISIÓN.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se expondrá al público la lista
provisional de los admitidos, pudiendo presentarse reclamaciones contra la misma por
espacio de diez días naturales a contar desde el día siguiente a su exposición en el Tablón
de Edictos.
Finalizado dicho plazo y, en su caso, resueltas las reclamaciones, se publicará la lista
definitiva de admitidos al proceso de selección.
ARTÍCULO 10.- ADJUDICACIÓN DE HUERTOS.
Las parcelas se adjudicarán por un plazo de un año, prorrogable anualmente.
El sistema de adjudicación de los huertos se realizará priorizando aquellos solicitantes
que, cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 5, estén siendo ya beneficiarios de
los huertos en la temporada anterior (mantendrían el mismo espacio que el año anterior).
Las demás parcelas sin ocupar se seleccionarán por sorteo entre todas las restantes
solicitudes admitidas dentro del plazo habilitado a tal efecto.
Una vez adjudicadas todas las parcelas previstas, los participantes que no hayan sido
adjudicatarios formarán parte de una lista de espera existente al efecto, donde figurarán
por orden de inscripción, tanto por si causase baja algún usuario como por si se habilitase
alguna parcela nueva.
Una vez adjudicadas las autorizaciones de uso de los huertos, cada adjudicatario (tanto
antiguo como nuevo) deberá constituir una fianza de 50,00 euros antes del 28 de febrero.
La fianza se devolverá, previa solicitud por escrito, al final de la temporada, en el caso de
no desear formar parte del programa al siguiente año, o durante la misma, si se desease
abandonar el mismo (en ambos casos siempre y cuando se abandone el huerto en correctas
condiciones de limpieza y mantenimiento).
Si dentro del plazo de adjudicación, alguno de los usuarios renunciase o dejase libre su
parcela por cualquier causa, se adjudicará la misma al siguiente de la lista de espera. A
esta nueva adjudicación se le aplicará el párrafo primero de este artículo.
Podrá requerirse a los adjudicatarios de los huertos que presenten un informe de salud
que acredite que pueden realizar tareas agrícolas.
Las personas que hayan solicitado voluntariamente la renuncia no se incluirán
nuevamente en la lista de espera.
ARTÍCULO 11.- DURACIÓN.
El tiempo de concesión de utilización del uso del huerto será de un año, prorrogable
anualmente (salvo que el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín requiera de las
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parcelas para cualquier otro uso), siendo los cuatro primeros meses de prueba, contados
a partir de la adjudicación.
Antes del abandono del huerto, y en todo caso antes del 1 de diciembre de cada año, todos
los huertos y las zonas de uso común y accesos de las parcelas destinadas a tal fin deberán
encontrarse perfectamente limpias.
El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín podrá revocar unilateralmente en
cualquier momento, por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización,
cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con
posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización actividades
de mayor interés público o menoscaben el uso general.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ADJUDICATARIOS
ARTÍCULO 12.- DERECHOS.
Los adjudicatarios de los huertos tendrán derecho a trabajar la parcela adjudicada y
disfrutar de sus productos durante el horario de 7:00 a 22:00 horas.
ARTÍCULO 13.- PROHIBICIONES.
Los huertos se dedicarán única y exclusivamente a huerto familiar, cultivándose sólo
especies para el consumo humano, admitiéndose como única excepción el cultivo de
plantas de jardinería. En consecuencia, no podrá ser destinada a otras finalidades,
quedando expresamente prohibido:
a) El cultivo de plantas degradantes de suelo.
b) El cultivo de plantas psicotrópicas y/o prohibidas por la Ley.
c) Modificar la estructura de la parcela.
d) La realización de ningún tipo de obra y en concreto la instalación de ningún tipo de
nuevo cerramiento o separación, barbacoas, tablas fijas o bancos, ni levantar o instalar
espantapájaros, casetas, cobertizos, chabolas, porches o edificaciones de cualquier tipo,
sean con materiales artificiales o naturales (emparrados, etc.). Ni la construcción o
instalación de nuevos elementos o modificación de los existentes, sin autorización del
Ayuntamiento,
e) El cultivo de árboles y arbustos que sobrepasen la altura de 1m.
f) Instalar invernaderos que superen 1m.
g) Utilizar el huerto como depósito de almacén de materiales o mobiliario.
h) La comercialización, por la forma que sea, de los productos obtenidos en el cultivo.
i) La acumulación o abandono de cualquier material ajeno a la función del huerto
susceptible de alterar la estética del lugar.
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j) Alterar los caminos o conducciones de riego del huerto adjudicado.
k) Sobrepasar los límites marcados de cada uno de los huertos; mover mojones y cierres
que delimitan los huertos. El usuario se obliga a ejecutar su trabajo dentro de los límites
del huerto adjudicado, sin extralimitar su actividad más allá de los límites establecidos
del huerto (salvo las obligatorias limpiezas de las zonas comunes y de los accesos a la
parcela).
l) Instalar gallineros y/o jaulas para la cría o tenencia de cualquier animal, así como la
presencia de animales en el huerto.
m) La construcción de pozos.
n) Quemar los restos generados en el huerto o realizar ningún tipo de fuego, salvo que
dispongan de autorización expresa del Ayuntamiento.
o) Lanzar los restos generados en el huerto o restos de desbroces y limpiezas, y no separar
correctamente los residuos generados para su posterior reciclaje.
p) Malgastar el agua. Se prohíbe expresamente el uso de mangueras para inundar
caballones, o el empleo de aspersores, contemplándose sólo riegos por goteo.
q) Circular por el interior del recinto con vehículo de motor, sin perjuicio de la posibilidad
de utilizar herramientas agrícolas de motor.
r) La cesión, préstamo, arrendamiento del huerto a una tercera persona.
s) Dejar el huerto sin trabajar. En caso de imposibilidad temporal, que no podrá alargarse
más de dos meses, el usuario deberá comunicar esta circunstancia al Ayuntamiento. En
su defecto, el Ayuntamiento ejecutará la fianza.
t) Cualquier otro uso, que no estando previsto anteriormente, produzca molestias, malos
olores, limite el uso y satisfacción del resto de usuarios de los huertos o afecte al entorno
del lugar.
ARTÍCULO 14.- OBLIGACIONES.
Los adjudicatarios se comprometen a seguir las indicaciones facilitadas desde el Área de
Medio Ambiente y Servicios del Ayuntamiento, colaborar en la forma asignada en
mantener las instalaciones y el orden, y asegurar el buen funcionamiento de los huertos.
Cada núcleo-parcela municipal en la que se instalen huertos urbanos (dos en la
actualidad), deberá contar con un representante elegido democráticamente, interlocutor
con el Ayuntamiento y canalizador de las comunicaciones con el mismo (preferiblemente
por correo electrónico). Cada parcela de huertos ecológicos contará con un espacio
dedicado al compostaje, a utilizar y mantener de manera comunal. Los adjudicatarios
habrán de mantener el entorno de sus parcelas en perfecto estado, limpio y libre de todo
tipo de hierbas y plantas espontáneas, así como los espacios vacíos y los accesos -éstos
de forma comunal-. Cada adjudicatario deberá traer su propia herramienta manual para el
cultivo del huerto asignado. El Ayuntamiento en ningún caso se hará responsable de las
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roturas, extravío o desaparición de la herramienta propia de cada usuario. Al menos antes
del 1 de diciembre y al finalizar el periodo de cesión de los huertos, cada participante
deberá dejar su huerto y entorno totalmente limpio. Los adjudicatarios se comprometen a
reparar o reponer aquellos bienes o elementos que resulten dañados, destruidos o
extraviados por un uso inadecuado. El Ayuntamiento no se hará responsable de los robos
o actos vandálicos que puedan afectar a los huertos. El usuario en ningún caso podrá
ceder, gravar o disponer a título oneroso o gratuito los derechos que se deriven de la
utilización de uso. Dichos derechos no podrán ser en ningún caso objeto de transmisión
a terceros.
ARTÍCULO 15.- NORMAS AMBIENTALES.
Los adjudicatarios se comprometen a respetar las normas de Agricultura Ecológica,
especialmente las concernientes al ahorro de agua mediante la instalación de riego por
goteo, empleo de fertilizantes orgánicos y uso de productos sanitarios respetuosos con el
medio ambiente.
No se pueden utilizar productos de limpieza u otros que contaminen el terreno.
El cultivo del huerto se hará de manera respetuosa con el medio ambiente, estando
expresamente prohibidos el uso de ciertos productos herbicidas, plaguicidas, y abonos
químicos.
Como enmienda a las tierras solo se podrá utilizar material compostado no fresco.
No se pueden emplear trampas u otros métodos de captura para la fauna o cebos con
sustancias venenosas.
GESTIÓN DE RESIDUOS
ARTÍCULO 16.- GESTIÓN DE RESIDUOS.
Los adjudicatarios deberán gestionar directa y adecuadamente todos los desperdicios que
se produzcan, tanto en los huertos propios como en los espacios libres comunes y en los
accesos, destinando prioritariamente los mismos a compostaje.
No se deben dejar desperdicios tanto orgánicos como inorgánicos fuera de los lugares
asignados a este fin.
RESCISIONES E INCIDENCIAS
ARTÍCULO 17.- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE USUARIO.
La condición de adjudicatario se perderá automáticamente por la práctica de cualquiera
de las prohibiciones reseñadas en el Artículo 13 o del incumplimiento de las obligaciones
recogidas en el Artículo 14, y particularmente por:
a) Renuncia o baja voluntaria, mediante escrito presentado en el Registro General del
Ayuntamiento.
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b) Defunción, enfermedad crónica o incapacidad del usuario para trabajar el huerto. En
estos casos sus herederos o familiares designados estarán autorizados para recoger los
productos hortícolas que hubiese en el huerto.
c) Pérdida de la vecindad en Aldeamayor de San Martín.
d) Falta de cultivo de la parcela durante más de dos meses seguidos.
e) Concurrencia de cualquiera de las incompatibilidades detalladas en este reglamento.
f) Requerimiento del terreno por parte del Ayuntamiento para obras, servicios,
instalaciones o la construcción de infraestructuras o equipamiento de interés social o
general.
g) Concurrencia en la misma persona, o en otra persona residente en el mismo domicilio,
de la adjudicación de dos o más huertos.
h) Falta de respeto a las normas básicas de convivencia, conducta insolidaria, consumo
excesivo de agua o utilizar productos tóxicos o potencialmente tóxicos en dosis no
permitidas por la normativa, así como poner a la venta los productos obtenidos del cultivo
del huerto.
i) Por la imposición de una sanción falta muy grave, cuando se determine expresamente
en la resolución que la imposición de la sanción lleva aparejada la revocación de la
autorización de cesión del huerto.
ARTÍCULO 18.- PROCEDIMIENTO.
La pérdida de la condición de usuario se tramitará por el Ayuntamiento en un
procedimiento para revocar la licencia, en el que se expondrán los hechos al usuario,
otorgando un plazo de 10 días para alegaciones, y se resolverá definitivamente el
expediente. La rescisión de la autorización, por cualquier causa, en ningún momento dará
lugar a derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo.
INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS
ARTÍCULO 19.- DOTACIONES.
En el momento de la adjudicación de la cesión de uso del huerto, los huertos se
encontrarán dotados de toma general de agua, así como de los elementos de riego
existentes en ese momento (las renovaciones-reposiciones-ampliaciones deberán ser
costeadas por los usuarios, debiéndolas dejar en el huerto caso de abandonarlo).
ARTÍCULO 20.- VISITAS.
Los “Huertos urbanos ecológicos municipales” podrán ser objeto de visitas organizadas.
A tales efectos, los usuarios de los huertos vendrán obligados, dentro de los horarios de
apertura de éstos, a permitir la entrada en los mismos de los grupos incluidos en visitas
que se hayan organizado por el Ayuntamiento en colaboración con la Administración
educativa u otras Administraciones públicas.
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HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE DE LOS HUERTOS
ARTÍCULO 21.- HORARIOS.
Los usuarios deben atenerse a los horarios establecidos.
Los horarios de apertura y cierre de los “Huertos urbanos ecológicos municipales” serán
determinados por el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, estableciéndose en
principio un horario de 7:00 a 22:00 horas.
MANTENIMIENTO, OBRAS Y DAÑOS
ARTÍCULO 22.- MANTENIMIENTO.
Los usuarios están obligados a avisar inmediatamente al representante de cada huerto, y/o
al Servicio Técnico de Medio Ambiente y Servicios, en caso de que detecte cualquier
daño y/o desperfecto en el huerto o sus instalaciones.
Éstos deberán colaborar en el mantenimiento ordinario de las instalaciones en los
términos fijados por el Ayuntamiento.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
ARTÍCULO 23.- INFRACCIONES.
Las infracciones de las obligaciones y demás normas de obligado cumplimiento
establecidas en este Reglamento, podrán ser objeto de procedimiento sancionador en los
términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
Las faltas se tipifican como leves, graves o muy graves.
23.1.- Tendrán la consideración de faltas leves:
a) El incumplimiento de algunas de las obligaciones establecidas en este Reglamento por
parte de los usuarios cuando su consecuencia no dé lugar a la calificación de grave o muy
grave.
b) El trato incorrecto a cualquier usuario de los mismos o al personal municipal.
c) Dejar abiertas las puertas del recinto o no cumplir los horarios de uso.
23.2.- Tendrán la consideración de graves:
d) Incumplimiento en el mantenimiento de los huertos que se ceden para el uso, cuando
se hubieren originado perjuicios o deterioros en aquéllos.
e) La realización de obras o modificaciones en la parcela, que no estuviesen previamente
autorizadas por el Ayuntamiento.
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f) Causar molestias a los demás hortelanos que no tuvieran el deber de soportar.
g) La cesión del uso del huerto a terceras personas que no hubieran sido autorizadas para
ello por el Ayuntamiento.
h) Cultivar especies vegetales o plantas que provoquen un deterioro de la tierra, del suelo
o del subsuelo.
i) Realizar un consumo poco racional del agua o no reparar fugas en el riego.
j) La instalación de barbacoas, cobertizos o demás elementos no permitidos.
k) La quema de restos de cultivo de huertos, así como la generación de fuego.
l) La acumulación de dos o más faltas leves en el periodo de un año.
23.3.- Tendrán la consideración de infracciones muy graves:
m) Las lesiones que se causen a los demás hortelanos, por actos propios cometidos por
cualquier usuario o terceras personas que los acompañaren.
n) Provocar una contaminación del suelo.
o) Impedir el normal desarrollo del aprovechamiento y uso de los huertos por los demás
hortelanos.
p) Impedir u obstruir el normal funcionamiento de los huertos.
q) Causar un deterioro grave y relevante a las instalaciones que se ceden y/o a la parcela
en su conjunto.
r) Producción de plantas exóticas o psicotrópicas u otras cuya siembra, cultivo,
recolección o tenencia estuviesen prohibidos.
s) Comercializar los productos obtenidos del cultivo de los huertos.
t) Hurto o manipulación de huertos vecinos.
u) Falsear los datos relativos a la identidad, edad o cualquier otro relevante para la
adjudicación del uso de los huertos, o la suplantación de la identidad.
v) La acumulación de dos o más faltas graves dentro del término de un año.
ARTÍCULO 24.- SANCIONES.
Los incumplimientos leves serán castigados con un apercibimiento por escrito y/o la
pérdida temporal de la condición de usuario por un periodo de 1 a 15 días naturales, así
como con la pérdida de hasta el 50% del importe de la fianza, más el coste de la reparación
de los daños que se hubiesen podido producir.
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Los incumplimientos graves serán castigados con multa de entre 50 y 150 euros, más el
coste de los daños que se hubiesen podido producir, y con la pérdida de la condición de
usuario por un periodo comprendido entre 16 y 30 días si la gravedad del mismo lo hiciera
necesario.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de entre 150 y 300 euros, más
el coste de los daños que se hubiesen podido producir, imponiéndose la privación
definitiva de usar los huertos.
Para la graduación de la sanción a aplicar se tendrán en cuenta las siguientes
circunstancias:
La reiteración de infracciones o reincidencia. La existencia de intencionalidad del
infractor. La transcendencia social de los hechos. La gravedad y naturaleza de los daños
ocasionados.
La imposición de sanciones será compatible con la exigencia al infractor de la reposición
de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la
indemnización de los daños y perjuicios causados.
Cuando se causen daños en bienes de titularidad municipal, los servicios técnicos
municipales determinarán el importe de la reparación, que será comunicado al infractor o
quién deba responder por él para su pago en el plazo que se establezca.
Cuando las actuaciones constitutivas de infracción sean cometidas por varias personas
conjuntamente, responderán todas ellas de forma solidaria. Serán responsables solidarios
de los daños las personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga el deber legal de prevenir
las infracciones administrativas que otros pudieran cometer.
ARTÍCULO 25.- AUTORIDAD COMPETENTE PARA SANCIONAR.
El órgano competente para la imposición de las sanciones es el Alcalde Presidente del
Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, a propuesta y previo informe del Área de
Medio Ambiente y Servicios del Ayuntamiento.
No obstante lo anterior, el Alcalde Presidente podrá delegar en cualquier otro órgano
local, la facultad sancionadora, con arreglo a la Ley de Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 26.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.
La imposición de sanciones a los infractores exigirá la apertura y tramitación de
procedimiento sancionador, con arreglo al régimen previsto en este Reglamento y en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).
DISPOSICIONES ADICIONALES Y FINAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
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En lo no previsto por este Reglamento, se estará a lo dispuesto en la normativa estatal,
autonómica y local que sea de aplicación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
Corresponderá a la Alcaldía-Presidencia la interpretación y desarrollo del presente
Reglamento.
DISPOSICIÓN FINAL.
El presente Reglamento, una vez aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno,
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor en tanto no sea objeto de modificación o derogación expresa.
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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-051
III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BOECILLO
ÁREA DE GESTIÓN TRIBUTARIA
Gestión Tributaria
NOTIFICACIÓN COLECTIVA Y ANUNCIO DE COBRANZA DE LAS LIQUIDACIONES DETRIBUTOS DE COBRO PERIÓDICO POR RECIBO QUE SE CITAN
1.-APROBACIÓN DEL PADRÓN.-
Por resoluciones de la Alcaldía número 2018/51 y 2018/52 de 28 de febrero de 2018 sehan aprobado las liquidaciones correspondientes a los tributos de cobro periódicocorrespondientes a los padrones que se señalan, De acuerdo con el artículo 102,3 de laley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria se pone en conocimiento de losinteresados que se encuentran expuesto al público en este Ayuntamiento las listascobratorias comprensivas de las liquidaciones realizadas referentes a:
TASA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS (VADOS) 2018
IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA 2018
2.-EXPOSICIÓN AL PÚBLICO:
La exposición al público de las listas cobratorias de los referidos tributos será de un mes acontar desde el siguiente hábil a la publicación de este edicto en el Boletín oficial de laProvincia a efectos de que por los interesados se interpongan, en su caso, reclamacionesque estimen oportunas.
3.-PERIODO VOLUNTARIO DE COBRO.-
De acuerdo con el artículo 62 de la Ley General Tributaria el periodo voluntario decobro cobranza será:
IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA: desde el 5 de marzo al 7 demayo de 2018 ambos inclusive
TASA DE VADOS: desde el 5 de junio al 6 de agosto de 2018 ambos inclusive
3.1 RECIBOS NO DOMICILIADOS.-
Los recibos dentro del periodo voluntario se ingresarán en cualquier oficina de la Caixa,Cajamar, Caja España o Banco Santander presentando en dicha entidad los recibos decobro que serán enviados por correo ordinario a su domicilio. No obstante, quienes noreciban en su domicilio dichos documentos 20 días antes del final del periodo voluntario decobro, podrán acudir a las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de Boecillo, de lunes aviernes, de 9 a 14 horas, para proveerse de los mismos.
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3.2 RECIBOS DOMICILIADOS.-
Las deudas, cuyo pago, con arreglo a lo establecido en el art. 38 del vigente ReglamentoGeneral de Recaudación, hayan sido domiciliadas en cuentas abiertas en Entidades dedepósito, se harán efectivas a través de dichas entidades, mediante adeudo en la cuentaque el interesado tenga abierta en las mismas, y que se realizará el último día de cobro enperiodo voluntario. En estos casos, servirán como justificantes del pago, los documentosde adeudo en cuenta emitidos por las entidades de depósito donde se tenga domiciliado elpago. La entrada en vigor de la nueva normativa que regula la zona única de pagos eneuros (SEPA) ha dado lugar a una reducción drástica de la información queproporcionamos al contribuyente por lo que para poder obtener más información sobre losdatos de su domiciliación deberá solicitarla en el Ayuntamiento de Boecillo presencialmenteo mediante correo electrónico en la dirección [email protected]
4.- PERIODO EJECUTIVO DE COBRO
Transcurrido el periodo voluntario y de acuerdo con el artículo 161 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria, se procederá al cobro en vía ejecutiva de apremiocon los recargos e intereses de demora y costas que procedan, pudiéndose solicitar losaplazamientos y fraccionamientos previstos en las normas reguladoras.
5.-RECURSOS:
De acuerdo con el artículo 14 del texto Refundido 2/2004 de 17 de marzo por la que seaprueba la ley reguladora de las Haciendas Locales los interesados pueden interponerrecurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mescontado desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín oficial de laProvincia. Dicho recurso se entenderá desestimado si no recayera resolución expresa en elplazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su presentación, con excepción delos supuestos de letras j y k del citado artículo 14.
Contra la resolución del recurso de reposición, expresa o tácita, los interesados podráninterponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Valladolid, en los plazos señalados en el artículo 46 de la Ley 29/1988,reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Y ello sin perjuicio de que los interesados puedan utilizar cualesquiera otro recurso queestimen pertinentes.
Lo que se hace público para general conocimiento
En Boecillo, a 1 de marzo de 2018.-La Alcaldesa.-Fdo.: María Angeles Rincón Bajo.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BRAHOJOS DE MEDINA
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de febrero de2018 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2018.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
En Brahojos de Medina, a 22 de febrero de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: El Alcalde.-Fdo.:Jaime Martín Martín
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOS
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Leg 2/2004 de 5de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejerciciode 2018, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:
INGRESOS GASTOS
Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:
Capítulo 1º.- Impuestos directos 48.700,00 Capítulo 1.- Remuneraciones del personal 50.700,00
Capítulo 2º.- Impuestos indirectos 1.500,00 Capítulo 2.- Gastos en bienes y servicios 84.520,00
Capítulo 3º.- Tasas P. publicos y otros ingresos 13.030,00 Capítulo 3.- Gastos financieros. 100,00
Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 51.000,00 Capítulo 4.- Transferencias corrientes 60,00
Capítulo 5º.- Ingresos patrimoniales 21.050,00
Total 135.280,00 Total 135.380,00
Operaciones de Capital: Operaciones de Capital:
Capítulo 6º.- Enajenación inversiones Capítulo 6.- Inversiones reales 55.100,00
Capítulo 7º.- Transferencias de capital 39.000,00 Capítulo 7.- Transferencias de capital
Capítulo 8º.- Activos financieros Capítulo 8.- Activos financieros
Capítulo 9º.- Pasivos financieros 18.200,00 Capítulo 9.- Pasivos financieros 2.000,00
Total 57.200,00 Total 57.100,00
TOTAL INGRESOS 192.480,00 TOTAL GASTOS. 192.480,00
Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:
PERSONAL FUNCIONARIO-Denominación del puesto:Un Secretario – Interventor
PERSONAL LABORAL:-Denominación del puesto:Un AlguacilDos Peones
La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Herrin de Campos a 5 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Jose Luis Antón del Rey
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Íscar, en sesión extraordinaria celebradael día 9 de marzo de 2018, acordó la aprobación provisional del establecimiento yOrdenanzas de los precios públicos siguientes:
1.-PRECIO PÚBLICO PARA LA ACTIVIDAD “RECITAL DE DANZA ESPAÑOLACENTENARIO NACIMIENTO MARIEMMA.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente ainformación pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesadospuedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamientoiscar.sedelectronica.es.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Iscar a 9 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Luis María Martín García
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDAServicio de Intervención
El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 9 de marzo de 2018, ha acordadoaprobar inicialmente el Presupuesto General, determinado por el Presupuesto de laEntidad Local y demás documentación que lo integra y los estados de previsión de gastose ingresos de la Sociedad Anónima "El Prado Boyal”, para el ejercicio 2018.
Lo que se hace público por plazo de 15 días a partir de la inserción de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, durante los cuales, se admitirán reclamaciones ysugerencias ante el Pleno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1 del R.D.Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril.
El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no sehubiesen presentado reclamaciones contra el mismo.
En Laguna de Duero, a 12 de marzo de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: Román Rodríguez deCastro.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE LAS PANADERAS
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 1 de marzo de 2018, adoptóacuerdo de aprobación del Plan Económico Financiero de reequilibrio presupuestarioreferido a los ejercicios 2018-2019.
En cumplimiento de lo previsto en los artículo 23.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 deabril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y artículo 26 del RealDecreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento dedesarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, laaprobación acordada se somete a información pública con publicación de edicto en esteBoletín Oficial con finalidad exclusivamente informativa.
También a efectos exclusivamente informativos, una copia del plan económico financiero sehalla a disposición del público desde su aprobación por el Pleno de la corporación local,hasta la finalización de la vigencia del propio plan.
Lo que se hace público para general conocimiento
Moraleja de las Panaderas a 1 de marzo de 2018.-La Alcaldesa.-Fdo.: Lucía HerasGonzález.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL
BDNS (Identif.): 389232
EI Pleno del Ayuntamiento de Peñafiel, en sesión ordinaria de fecha 25 de enero de 2018,aprobó la siguiente:
BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADASA LA REHABILITACIÓN DE INMUEBLES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PEÑAFIEL.AÑO 2018
ARTÍCULO 1º – OBJETO.EI objeto de las presentes bases es regular el otorgamiento de subvenciones, con cargo afondos propios del presupuesto municipal, para su aplicación en la realización de obras derehabilitación de edificios en todo el Término Municipal de Peñafiel.
ARTÍCULO 2º – ÁMBITO DE APLICACIÓN.Las ayudas económicas se aplicarán exclusivamente a actuaciones informadasfavorablemente en edificios en los que se efectúen las obras de rehabilitación.En ningún caso se otorgarán ayudas a edificios calificados como fuera de ordenación porel Plan General vigente, según el artículo 185 del Reglamento de Urbanismo de Castilla yLeón.Las ayudas son compatibles con cualesquiera otras que puedan recibir los interesados. Noobstante de acuerdo con el artículo 19 de la Ley General de Subvenciones, el importe delas mismas no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada.
ARTÍCULO 3º – RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES.Los recursos totales aplicables al conjunto de ayudas económicas previstas en estasBases serán los que figuren en el Presupuesto Municipal para el ejercicio del año 2018.Una vez agotado el crédito presupuestario existente para atender estas ayudas, seprocederá a denegar las subvenciones que no puedan ser atendidas por falta dedisponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4.º– SUJETOS BENEFICIARIOS.Podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas propietarias de los inmueblesen los que se realicen las obras de rehabilitación, así como los promotores de dichasobras.
ARTÍCULO 5.º– ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.Serán subvencionables las obras de rehabilitación que contando con la preceptiva licenciade obras en vigor ( declaración responsable o licencia urbanística) , se finalicen en el año2018.
ARTÍCULO 6.º– SOLICITUDES.Las solicitudes deberán ir dirigidas al Sr. Alcalde de la Corporación y se presentarán através del Registro General del Ayuntamiento de Peñafiel o por cualquiera de los mediosregulados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento
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Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ARTÍCULO 7.º– DOCUMENTACIÓN.La solicitud de subvención, según modelo que se facilitará en el Registro General delAyuntamiento, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:a)-Fotocopia del D.N.I.b)-Licencia urbanística municipal.c)-Justificante de estar al corriente de pago respecto al cumplimiento de las obligacionestributarias con respecto al Ayuntamiento de Peñafiel.
ARTÍCULO 8.º– CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES.EI criterio para el otorgamiento de la subvención será el número de Registro de Entrada dela solicitud hasta agotado el crédito presupuestario.
ARTÍCULO 9.º– PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN.Presentada la solicitud, se examinará para ver si reúne los requisitos exigidos y si seacompaña de la preceptiva documentación, requiriendo en caso contrario al solicitantepara que en el plazo de DIEZ DÍAS subsane y/o complemente los documentos que debenpresentarse, advirtiéndole que si así no lo hiciera, se Ié tendrá por desistido de su peticióny se procederá a su archivo sin más trámite, previa resolución que deberá ser dictada enlos términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.La Junta de Gobierno Local resolverá la concesión de la subvención, previa valoración delas solicitudes por los técnicos municipales, en el plazo máximo de TRES MESES a contardesde la presentación de las solicitudes y documentación complementaria.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procederá a lanotificación de la resolución a los interesados, sin perjuicio de que se proceda a lapublicación en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónicahttp://penafiel.sedelectronica.esLas subvenciones podrán percibirse por el propietario del edificio rehabilitado o por elpromotor de la actuación.La subvención se percibirá una vez finalizadas las obras de rehabilitación previacertificación final de obra suscrita por el facultativo o persona que las hubiera ejecutado, ofactura, sin perjuicio que el Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar cuantascomprobaciones estime oportunas.
ARTÍCULO 11.– RÉGIMEN DE RECURSOS.Contra las resoluciones adoptadas en relación con las ayudas previstas en las presentesBases los interesados podrán interponer recurso de reposición potestativo en el plazo deun mes, ante el mismo órgano que lo dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazode dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.
ARTÍCULO 12.– CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.La cuantía a percibir por los beneficiarios de la actuación objeto de las bases, será elimporte de la licencia municipal de obras que autorice exclusivamente las obras derehabilitación.
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ARTÍCULO 13.– OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.EI beneficiario de la subvención estará obligado a la ejecución de las obras derehabilitación solicitadas conforme a la licencia concedida por el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 14.– REINTEGRO DE LAS CANTIDADES PERCIBIDAS.EI incumplimiento de las obligaciones y compromisos contraídos por el beneficiarioobligará a reintegrar el importe de la subvención. La no devolución de la misma facilitará alAyuntamiento para adoptar las medidas oportunas de acuerdo con la legislación aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL.Las presentes bases entrarán en vigor una vez se publique su texto íntegro en el BoletínOficial de la Provincia y en la Base Nacional de Subvenciones.
Peñafiel, 9 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo. Roberto Diez González
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO
Aprobado definitivamente el expediente de modificación al presupuesto de gastos porsuplementos de crédito, se hace público el contenido de la modificación tal y como acontinuación se indica:
-Partidas del Presupuesto donde se crea crédito:
Aplicación Explicación Consignac. actual Incremento Consignac. final
326-130 Personal laboral. Guardería 9.072,24 182,52 9.208,92
920-130 Personal Laboral. Alguacil 22.764,70 85,71 22.850,41
3321-130 Personal Laboral. Cultura 8.232,36 165,48 8.397,84
920-151 Gratificaciones 1.500,00 2.303,61 3.803,61
164-212 Edific. y otras construcc. Cementerio 2.000,00 1.500,00 3.500,00
342-212 Edific. y otras construcc. Piscina 2.000,00 2.300,00 4.300,00
920-227 Trabajos otras empresas 3.000,00 200,00 3.200,00
011-911 Amortización préstamos 21.384,00 74.310,76 95.694,76
SUMAN ………… 81.084,08
-Financiación del Suplemento de Crédito:
Explicación Importe
Remanente Líquido de Tesorería 76.700,08
Bajas por anulación 4.384,00
Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que puedainterponersecualquier otro recurso que se considere conveniente.
Pesquera de Duero, 7 de marzo de 2018.- El Alcalde.-Fdo.:José Luis Martínez Lubiano.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PESQUERA DE DUERO
Aprobado definitivamente el expediente de modificación al Presupuesto de Gastos porCréditos extraordinarios se hace público el contenido de la modificación tal y como acontinuación se indica:
-Partidas del Presupuesto donde se crea crédito:
Aplicación Explicación Importe
241-131 Personal laboral temporal 16.500,00
338-227 Trabajos realizados por otras empresas 15.000,00
TOTAL …………………….. 31.500,00
-Financiación del Crédito Extraordinario:
Aplicación Explicación Importe
870 Remanente Líquido de Tesorería 31.500,00
Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla yLeón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que seconsidere conveniente.
Pesquera de Duero, 7 de marzo de 2018.- El Alcalde.-Fdo.:José Luis Martínez Lubiano
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALDENEBRO DE LOS VALLES
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de febrero de2018, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la prestación de los servicios de piscina, instalacionesdeportivas y otros servicios análogos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta díasa contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamientohttps://valdenebrodelosvalles.sedelectronica.es Si transcurrido dicho plazo no se hubiesenpresentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Valdenebro de los Valles a 5 de marzo de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: José MarioGutiérrez Vaquero.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3
N.I.G.: 47186 43 2 2016 0017167 SOBRE DELITOS LEVES Nº 0000457 /2017Delito/falta: LESIONESE D I C T O
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente secita a JULIO ALBERTO OLIVEIRA FIDALGO MACEDO, HENRIQUE MANUEL MARTINSy a GEORGI NIKOLAEV EFTIMOV, a fin de que COMPAREZCAN A LA CELEBRACIÓNDEL JUICIO ORAL, SEÑALADO EL PRÓXIMO DÍA 13/03/2018, A LAS 09:30 HORAS, ENLA SALA DE VISTAS NÚM. 5, PLANTA BAJA C/ ANGUSTIAS 40-44 DE VALLADOLID, encalidad de DENUNCIANTES-DENUNCIADOS, pudiendo comparecer asistido de abogado ycon los medios de prueba y testigos de que intente valerse y bajo apercibimiento de ley.
En Valladolid, a 5 de marzo de 2018.- La Secretaria Judicial.-Fdo.: María Ángeles MurielBernal.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000672 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª PATRICIA RIOJA ROBLEDO contra laempresa EL ABUELO MIGA S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por Dª PATRICIA RIOJA ROBLEDOfrente a la empresa “EL ABUELO MIGA, S.L”, con intervención del FOGASA, DECLAROLA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, y EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL entre laspartes con fecha de efectos de la presente Sentencia, y CONDENO a la empresademandada a abonar a la actora una indemnización de MIL CIENTO OCHENTA Y SEISEUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (1.186,62 EUROS), más los salarios dejadosde percibir desde la fecha del despido (31/07/17) hasta la fecha de extinción del contrato(23/02/18), a razón de 17,26 euros diarios, así como al pago de la suma deNOVECIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (967,31 €),por conceptos salariales, cantidad ésta que habrá de incrementarse en el 10% de interéspor mora.
El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponerRecurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes al de la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación de laparte o de su Abogado o representante en el momento en que se le practique lanotificación.
Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o causahabiente suyo obeneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de trescientos euros en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander con el nº ES55 0049 3569 920005001274 y en observaciones 4627 0000 65 067217, acreditando ante la Secretaría deeste Juzgado mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la citada cuenta, lacantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso.
En todo caso, el recurrente deberá designar Abogado para la tramitación del recurso, al
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momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EL ABUELO MIGA S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintiocho de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de laAdministración de Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 30/2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª ANA ISABEL HENAO ALVAREZ contra laempresa SBELTYC CLINICA S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVADispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, ANAISABEL HENAO ALVAREZ, frente a SBELTYC CLINICA S.L., parte ejecutada, porimporte de 3.275,34 euros en concepto de principal, más otros 652 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante laejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
PARTE DISPOSITIVAEn orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
-Requerir de pago a SBELTYC CLINICA S.L., por la cantidad reclamada en concepto deprincipal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si nopagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente pararesponder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta.
-Requerir a SBELTYC CLINICA S.L., a fin de que en el plazo de cinco días, manifiesterelacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, conexpresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, siestán ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en casode no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en casode que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos,
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excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenesque sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
-Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes yderechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de SBELTYC CLINICA S.L.,despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
-Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienesdel ejecutado.
-En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y consignaciones abierta por esteJuzgado en el Banco Santander, nº cuenta ES55 0049 3569 92 0005001274 y enobservaciones 4627 0000 64 003018.
Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que lacorrespondiente entidad financiera actuara como depositario o mero intermediario, hastacubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese lasoportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, parala retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objetode apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrirquienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte desus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893 C.Comercio), e indicándosele que debecontestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde sunotificación, bajo los apercibimientos legales.
-Para dar cumplimiento de los arts. 27, 23, y 274 de la LPL., dése traslado del escritopresentado y de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán lassucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las acciones para lasque este legitimado debiendo en un plazo máximo de QUINCE DIAS, instar lo que a suderecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SBELTYC CLINICA S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a uno de marzo de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración deJusticia.BO
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS
JUZGADO SOCIAL. MADRID. 11
E D I C T OCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIOORGANO QUE ORDENA CITARJUZGADO DE LO SOCIAL Nº 11 DE Madrid.ASUNTO EN QUE SE ACUERDAJUICIO Nº 1068/2017 PROMOVIDO POR D./Dña. NOLBERTO GIRALDO CALLE SOBRE Reclamación de Cantidad.PERSONA QUE SE CITAFACOMAR XXI SL EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D. NOLBERTO GIRALDOCALLE SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE ELTRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3 , Planta 3 - 28008 , SALA DEVISTAS Nº FI1 , UBICADA EN LA PLANTA EL DÍA 28/05/2018 , A LAS 10:45 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES
1.-Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sinnecesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.-Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (Art. 82.2LJS).
3.-Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procuradoro Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de losdos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4.-Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS),ademas de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (articulo 304 y292.4 LEC).;
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5.-La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada quese encuentra en ignorado paradero.
En Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil dieciocho.-La Letrado de la Administración deJusticia.-Fdo.: Encarnación Gutiérrez Guío
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