LABORATORIO COMERCIAL I
P r i m e ro m e d i o ( A , B ; C )
Liceo Bicentenario “Instituto de Administración y Comercio Estado de Israel” Coquimbo
Profesora: Jenny Alfaro Gallardo
22
Aprendizaje esperado
• Confecciona la documentación mercantil de compraventa y comunicaciones laborales.
Objetivo
• Identificar y reconocer la letra de cambio como documentos mercantiles negociables, para aplicarlo en la práctica educativa.
HABILIDADES
• Describir, resumir, identificar, clasificar, diferenciar, seleccionar.
33
Situación Problema
• ¿Qué documento mercantil negociable para reemplazar el dinero?
Lluvia de Ideas
• Piensa…..
Desarrollo
• Leer y escuchar toda la información entregada.
• Realiza un esquema o borrador de la información entregada en ppt.
• Realiza Actividad contenida en diapositivas N° 13
¿Qué documento mercantil
negociable para reemplazar el
dinero?
Cheque
Letra de Cambio
Pagaré
Cierre: Al finalizar reflexiona las preguntas que se encuentran el la última diapositiva.
INICIO: E n l a c l a s e a n t e r i o r . . . .
4
Documentos Mercantiles
Ahora bien, nos enfocaremos en la Letra de Cambio como
segundo documento negociable.
El cheque se utiliza como medio de pago, de forma suplementaria al efectivo o
tarjetas.
El cheque es, un título a través del
cual se autoriza a un tercero a retirar dinero de una
cuenta, sin necesidad de que este sujeto sea el titular de dicha
cuenta.
Estos cuatro tipos son:
Cheque al portador
Cheque a la orden
Cheque nominativo
Cheque cruzado
INICIO:
5
¿Cuáles son los documentos mercantiles negociables utilizados en el proceso de compraventa de las empresas?
¿Qué documento mercantil negociable para reemplazar el dinero?
2.- LETRA DE CAMBIO ¿ Q u é e s u n a l e t r a d e c a m b i o ?
6
La letra de cambio es un título de crédito o documento que
contiene una orden no sujeta a condición dada por el librador
al librado, para que este paga una cantidad determinada o
determinable de dinero, a la persona señalada en el
documento o a su orden, en la época o fecha convenida o a su
presentación.
• La letra de cambio es un documento o título que se
encuentra reglamentado en la Ley Nº 18.092 del año
1982, que es la Ley sobre Letras de Cambio y Pagaré.
Desarrollo:
Documentos mercantiles Negociables
Por lo general se usanpara cancelar una Deuda, para garantizar unaobligación . Su redacciónestá sujeta a ciertasformalidades legales.
Ahora bien, nos enfocaremos en La Letra de Cambio .
• Librador. Persona que emite o gira la letra y
emite la orden de pago.
• Librado. Persona a quien se le da la orden, es el
deudor de la letra.
• Beneficiario. Es a quien debe pagarse la cantidad
señalada (Acreedor). Puede ser el mismo librador.
• Aceptante. Es el librado desde el momento en
que acepta o admite la orden estampando su firma
en el documento.
• Endosante. Es la persona que entrega una letra a
la orden endosándola a un tercero.
• Endosatario. Es la persona que recibe el
documento por endoso.
P e r s o n a s q u ei n t e r v i e n e n .
7
8
La letra de Cambio
LETRA DE CAMBIO
LETRA DE CAMBIO N º Vence
Por $de Año
Al de Año Servirá Ud. mandar pagar por esta
Letra de Cambio a la orden de
La cantidad de
AC
EP
TA
DA
A
DOMICILIO
CIUDAD
COMUNA RUT
Pesos.
FACT N º
VALOR
$
1 6 30.04.2020
30 marzo 2020 150.000.-
30 abril 2013
JOMICHA S.A.
Ciento cincuenta mil
May-ling Chang Vega
Manuel Montt # 1864
Coquimbo
Coquimbo 10.998.869-6 Girador
150.000
1050
May-ling
Chang V.
Jomicha S.A
2
3
4
5
6
78
9
10
1.- Número del total de las letras2.- Fecha de vencimiento3.- Lugar y fecha de emisión
4.- El importe de la letra en números5.- El vencimiento de la letra
6.- El nombre completo del tomador7.- El importe de la letra (con letras)8.- El nombre, domicilio del librado9.- Firma del librador
10.- La aceptación de la letra
1
GIRO O EMISIÓN DE LA LETRA DE CAMBIO
9
• La Letra de cambio debe ser girada consignando en ella
determinadas cláusulas o menciones, bajo sanción de que si no se
cumplen, el documento no vale como letra de cambio. Según la
ley, la letra de cambio debe contener las siguientes menciones:
• La indicación de ser letra de cambio,
• El lugar y fecha de emisión.
• La orden no sujeta a condición de pagar una cantidad
determinada o determinable de dinero,
• El nombre de la persona a quien debe hacerse el pago o a
cuya orden este debe efectuarse (beneficiario),
• El nombre, apellido y domicilio del librado (deudor).
• El lugar y época de pago. Si no se indicare lugar de pago este
deberá efectuarse en el domicilio del librado señalado en la letra.
Si no indicare época de pago, se considerará pagadera a la vista o
presentación, y La firma del librador.
La aceptación de la Letra
La aceptación es el acto jurídico unilateral porel cual el librado admite la orden de pagar quele hace en la letra de cambio a la persona quesea su portador legítimo el día de suvencimiento, esta se manifiesta con la firmadel librado la cual debe estamparse en elanverso de la letra, junto a las palabras“acepto”, “aceptada” u otra equivalente.
CIRCULACIÓN DE LA LETRA DE CAMBIO
10
• Vencimiento y pago de la Letra de Cambio.
La Letra de Cambio puede emitirsenominativamente o a la orden, nunca alportador.Lo anterior significa que, si la letra se emitenominativamente sólo puede circularmediante el mecanismo de cesión decréditos, que consiste en la entrega deldocumento que efectúa el cedente alcesionario y la notificación posterior aldeudor. Si la Letra se emite a la ordenpuede circular mediante endoso.
El vencimiento de la Letra depende de la formaen que ella se emita. La Letra puede girarse decuatro formas distintas: a) a la vista, en cuyocaso es pagadera al día de su presentación, b) aun plazo de la vista, caso en el cual el plazocorrerá desde el día de su aceptación, c) A unplazo de la fecha de giro, en cuyo caso el plazode vencimiento correrá desde el día de laemisión y d) a un día fijo y determinado, casoen el cual la letra será pagadera el díadesignado.
VENCIMIENTO Y PAGO DE LA LETRA DE
CAMBIO.
11
• El protesto de la Letra de Cambio.
Llegado el día de su vencimiento, elbeneficiario o portador puede requerir elpago de la Letra, y si el librador o deudorpaga, el librado puede exigir la restitucióndel documento con la constancia de habersido pagada.
Si se trataba de una letra a la orden yquien la presenta a cobro no fuere elbeneficiario señalado en el documento, ellibrado debe pagarla a quien la presenteverificando previamente que la letra hayasido endosada (firmada al dorso), quienpaga no esta obligado a cerciorarse de laautenticidad de los endosos, pero debeverificar la identidad de la persona que lapresenta a cobro.
Si la letra no fuere pagada a su vencimiento, y
la firma del librado no fue autorizada ante
Notario u Oficial Civil ( en aquellas Comunas
que no sean asiento de Notario) al momento de
aceptarla, para ejercer las acciones legales de
cobro, el beneficiario o portador de la letra
debe proceder a protestarla.
El protesto es un acto solemne por
el cual se deja constancia de la falta de pago
de la Letra de Cambio.
El protesto sólo puede requerirse a
partir del día hábil siguiente al vencimiento de la
Letra.
El protesto debe
practicarse por un
Ministro de fe
(notario Público u
Oficial de Registro
Civil), para
proceder a efectuarel protesto
UNA VEZ PROTESTADA LA LETRA, EL BENEFICIARIO PODRÁ EJERCER LAS ACCIONES
JUDICIALES DE COBRO:
12
•
La notificación judicial del protesto. Es una
solicitud que se dirige al Juez de letras en
que se solicita que el protesto se notifique
al deudor. Esta diligencia se practica a
través de receptor Judicial
O Una vez notificado, el deudor dispone de tres
días hábiles para pagar la Letra o tachar de
falsa su firma.
Si no hace lo anterior, el acreedor queda
facultado para interponer la demanda ejecutiva
de cobro, procediendo a trabar embargo de
bienes al demandado.
El beneficiario debe ejercer su acción entablando la
demanda ejecutiva dentro del plazo de un año contado
desde la fecha del vencimiento de la Letra, de lo contrario
se produce la prescripción (extinción) de su acción.
ACTIVIDAD: D e s a r r o l l a e n t u
c u a d e r n o
13
1.- Realiza un esquema o borrador (resumen) de la información entregada en ppt, puedes apoyarte con el siguiente link :https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=29517http://www.abogadosencurico.cl/cobro-letras-de-cambio/https://www.youtube.com/watch?v=Cc0WNKtqfSw
La letra de cambio es un título de crédito o do
La letra de cambio es un título de crédito o documento que
contiene una orden no sujeta a condición dada por el librador al
librado, para que este paga una cantidad determinada o
determinable de dinero, a la persona señalada en el documento o a
su orden, en la época o fecha convenida o a su presentación.e
contiene una orden no sujeta a condición dada por el librador al
librado, para que este paga una cantidad determinada o
determinable de dinero, a la persona señalada en el documento o a
su orden, en la época o fecha convenida o a su presentación.
Resumen
14
La letra de Cambio
a la vista,
a un plazo de la vista
A un plazo de la fecha de giro
a un día fijo y determinado
1.-Número del total de las letras
2.- Fecha de vencimiento
Datos que debe tener
3.- Lugar y fecha de emisión
4.- El importe de la letra en números
5.- El vencimiento de la letra
6.- El nombre completo del tomador
7.- El importe de la letra (con letras)
8.- El nombre, domicilio del librado9.- Firma del librador
10.- La aceptación de la letra
OBJETIVO: Identificar y reconocer la letra de cambio como documento mercantil negociable, para aplicarlo en la práctica educativa.
Re f l ex i ó n d e l a c l a s e :
1.- ¿Dudas al inicio de
la actividad?
2.- ¿Qué ha resultado
más difícil en la
actividad?
3.- ¿Lograron el objetivo,
qué aprendiste?
4.- En qué ocasiones podrías
utilizar los que has aprendido?