PROCURADURÍAGENERAL D£U HACIW
CONTRATO No. 179 - Q 5 04 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por ANA MARÍA SILVA ESCOBAR,mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 22.585.624 expedida en
Puerto Colombia (Atlántico), quien actúa en calidad de Secretaria General Encargada de la Procuraduría
General de la Nación, según consta en el Decreto No. 3113 del 06 de agosto de 2015 y Acta de Posesión No.
1210 del 03 de septiembre de 2015, debidamente facultada para celebrar contratos según Resolución No. 006
del 08 de enero de 2013, expedida por el Procurador General de la Nación, con fundamento en lo establecido
en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, de una parte, quien en adelante se denominará como LA
PROCURADURÍA, NIT 899.999.119- 7 y de la otra, la sociedad OLIMPIA MANAGEMENT S.A. con NIT900.032.774-4, representada legalmente por el señor RICARDO PARADA MARTÍNEZ, identificado con la
cédula de ciudadanía No. 79.913.043 expedida en Bogotá D.C., en calidad de Segundo Suplente del Gerente,
de conformidad con lo señalado en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara
de Comercio de Bogotá - Sede Salitre el 3 de septiembre de 2015, quien en adelante y para los efectos de este
contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de compraventa,
previas las siguientes consideraciones: 1) Que los dispositivos de almacenamiento, son unidades que forman
parte interna o externa del hardware, los cuales son utilizados para guardar información y lograr que los datos
perduren por largo tiempo. 2) Que en la medida que el desarrollo de aplicaciones ha evolucionado, los
requerimientos de espacio han aumentado a tal dimensión que los equipos para almacenamiento de datos, se
han constituido en "sistemas de almacenamiento masivo", logrando que se construyan máquinas en poco
espacio físico, que alojan grandes cantidades de información. 1 3) Que un sistema de almacenamiento masivoposee esencialmente características como el espacio o tamaño máximo que permiten para el alojamiento de
datos, la velocidad en el procesamiento de datos y la capacidad para almacenar y/o recuperar y/o respaldar de
manera segura la información allí contenida; y se considera masivo, dado que no es configurado para un solo
tipo de datos o un solo sistema de información, sino que permite implementar fragmentos de espacio,
independientes y con propósitos distintos. 4) Que este sistema se encuentra conformado por el hardware o
máquina para almacenamiento y el software que permita administrar, configurar e implementar servicios para
alojar de manera organizada los datos que se requieran. La limitación principal de estas máquinas se encuentra
en la capacidad que posean para el alojamiento de los datos. 5) Que actualmente la Procuraduría General de la
Nación dentro de su plataforma tecnológica cuenta con un sistema de almacenamiento masivo de datos marca
HEWLETT-PACKARD, con su correspondiente software, que conforman una red de almacenamiento de área
privada (SAN - por su acrónimo en inglés referido a: Storage Área Network) destinados a la integración de
servidores de datos, dispositivos de almacenamiento y respaldo con alto desempeño, que cuentan con la
capacidad de crecer en la medida en que las necesidades institucionales así lo ameriten. 6) Que dichos
sistemas fueron adquiridos por la Procuraduría General de la Nación desde el año 2006 con dos finalidades
complementarias entre sí: la primera, la de atender las demandas de espacio para el almacenamiento masivo
de datos y la segunda, para el respaldo de los datos como medida de protección para asegurar la disponibilidad
y la integridad de la información. 7) Que ambos propósitos están en función de la información que procesan y
producen los sistemas de información que constituyen los servicios de Tecnología de la Información (TI) de la
Procuraduría General de la Nación. 8) Que los dispositivos que actualmente conforman la infraestructura de
almacenamiento que está en operación, fueron adquiridos en varias etapas, en el año 2005 a través del
contrato 091 de 2005 con la firma Controles Empresariales Ltda., se adquirió el dispositivo EVA4000 con una
capacidad de almacenamiento cruda de 2 Terabytes aproximadamente y a nivel de red SAN se adquirieron los
primeros dos switches con una disponibilidad de 32 puertos y dos conexiones redundantes a dos host que en
ese momento alojaban los aplicativos de la Entidad, junto con el dispositivo de generación de backups. 9) Que
posteriormente a raíz del crecimiento en los servicios informáticos que entrega la Procuraduría tanto a los
funcionarios como a la ciudadanía, se hizo necesaria la ampliación de la infraestructura para la red SAN, esta
primera ampliación fue realizada en el año 2008 a través del contrato 047 de 2008 con la firma COLSOF S.A.
con el cual se alcanzó una capacidad de almacenamiento efectiva de 10 Terabytes y se integraron más
servidores a la red de almacenamiento, garantizando la disponibilidad e integridad de la información de más
servicios informáticos de la Entidad. 10) Que la última etapa de ampliación de infraestructura de
almacenamiento fue realizada en el año 2009 por medio del contrato 082 de 2009 con la firma Datapoint, en
que la entidad adquirió el equipo de almacenamiento EVA4400 con una capacidad cruda de 10 Terabytes, ésta
adquisición fue realizada para soportar el proyecto de consolidación de servidores basado en virtualización,
dicha configuración con nuevas controladoras fue necesaria dado que el equipo EVA4000 ya no soportaba
expansión adicional en discos. 11) Que es importante mencionar que el fabricante Hewlett Packard por política
de fin de ciclo de vida de sus productos, estableció que no extenderá servicios de soporte y garantía para el
' http://culturacion.com/historia-el-primer-servidor-web-de-la-historia/
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IRÍA
CONTRATO No. 179 - 0 3 J - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
sistema EVA40002 después de diciembre de 2014 así como para el sistema EVA4400 después de diciembre de2016. 12) Que teniendo en cuenta lo anterior y a que los dispositivos de almacenamiento presentan un tiempo
de operación superior a siete años, se concluye que la Entidad está operando con equipos de almacenamiento
en estado de obsolescencia lo cual implica que no sea posible contratar servicios de garantía extendida
después de las fechas establecidas por el fabricante como fin de soporte (EOSL - End Of Service Life), asi
como la dificultad para encontrar en el mercado repuestos de partes que presenten fallas, lo cual compromete
la disponibilidad de los servicios informáticos que se ofrecen a la ciudadanía, por ésta razón es necesario que
éstos equipos sean reemplazados por sistemas de almacenamiento nuevos de tecnología reciente en donde los
modelos no superen los dos años de existencia en el mercado, lo cual es verificable a través de las fechas de
lanzamiento, de ésta forma se puede garantizar un EOSL - End Of Service Life lejano en el tiempo, así como
obtener los últimos avances en tecnología de almacenamiento de las nuevas generaciones de dispositivos. 13)
Que a nivel estatal, existe una estrategia denominada Gobierno en Línea (GEL), del Ministerio de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones quien es responsable de coordinar en la administración pública la
implementación de la Estrategia de Gobierno en línea en el país, la cual tiene por objetivo contribuir a la
construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo, que preste mejores servicios
mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
14) Que dentro del marco de la estrategia de Gobierno En Línea (GEL) y de acuerdo con el decreto 2573 del 12
de diciembre de 2014 título III artículo 10, la Procuraduría como sujeto obligado de orden nacional, debe tener
implementado el componente de "TIC Para servicios" en un 90% para el 2015 y en un 100% para el 2016 tal
como lo describe el Manual de Gobierno en Línea, el cual contempla en su lineamiento LI.INF.04 la gestión de
documentos electrónicos, cuyo ámbito está relacionado con la guía número 1 de la Estrategia de Gobierno en
Línea titulada "Cero Papel en la Administración Pública" con lo cual la entidad avanzaría con las Fases 3 y 4
del modelo de transformación a cero papel planteado en la citada guía; la fase 3 habla de la gestión de
documentos como una combinación de papel con documentos digitalizados y electrónicos, para lo cual las
Entidades se deben apoyar en aplicaciones de tecnología y la fase 4 proyectada a largo plazo donde las
Entidades procesan exclusivamente documentos electrónicos a través de aplicaciones de tecnología,
concretamente una aplicación de Gestión Documental. 15) Que la Procuraduría a través de la Licitación 3 de
2015 cuyo objeto es "CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DEL LICÉNCIAMIENTO Y LOS SERVICIOS PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICO YDE ARCHIVO PARA LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN1 está avanzando en los componentes deplataforma de software y aplicaciones, sin embargo para soportar la cantidad de documentos electrónicos que
se generarán como sustitución del papel a través del Sistema de Gestión Documental, así como el incremento
del acceso de la ciudadanía a los servicios informáticos que ofrece la Entidad como consecuencia de la
implementación y mejoramiento de los mecanismos de interacción que ofrecerá el Sistema de Gestión
Documental, la Entidad requiere de una solución de almacenamiento de última generación como base de
infraestructura para el Sistema de Gestión Documental, así como para soportar la información de las
aplicaciones misionales y administrativas que actualmente tiene la Procuraduría General de la Nación. 16) Que
las características que requiere la solución de almacenamiento (las cuales se describen en la sección de
Análisis Técnico del Estudio Previo) que busca la Entidad satisfacer con la contratación, representan los
siguientes beneficios que se describen a continuación:
• Garantizar la Integridad de la Información, al contar con los datos almacenados de manera completa,
incorrupta, en el momento que se requiere. Esto se obtiene a través de una solución redundante y
tolerante a fallos de última generación. Téngase en cuenta que con el presente proceso de
contratación, la infraestructura de almacenamiento se reemplazará, así que los dispositivos nuevos
deben ofrecer la funcionalidad mejorada de los equipos existentes, y los antiguos se retornarán al grupo
de Almacén e Inventarios por obsolescencia.
• Disponibilidad de los servicios informáticos, debido a la criticidad de los servicios informáticos que se
ofrecen a la ciudadanía y del impacto que tienen las eventuales interrupciones en los sistemas de
información, se hace necesario que el sistema de almacenamiento tenga una arquitectura de alta
disponibilidad (High Availability) de tecnología reciente, ya que entre otras bondades, ésta arquitectura
permite realizar mantenimientos en caliente del sistema, lo cual quiere decir que se pueden apagar los
2 De acuerdo con lo publicado en el catálogo electrónico HP Product Bulletin, el cual se encuentra disponible para descargaen http://h71069.www7.hp.com/quickspecs/overview.html
2
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CONTRATO No. 179 - ' Q ¿ 3 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
equipos de almacenamiento para realizar las labores de mantenimiento, conservando la disponibilidad
del acceso de forma transparente para el usuario. La infraestructura actual no permite hacerlo.
• Mejoramiento de la velocidad de acceso a la información. El patrón de acceso a los datos que registran
los sistemas de información de la Entidad, depende de temporadas o épocas del mes en que se
incrementa la concurrencia de acceso a la información y se requiere por lo tanto una solución que
optimice los recursos asignados a cada aplicación para garantizar las velocidades de acceso que la
ciudadanía y los funcionarios de la Entidad requieren, en las temporadas en que más solicitudes de
información electrónica es demandada.
• Mejoramiento del respaldo de la información. La Procuraduría requiere respaldo de los ambientes
creados en diferentes instantes de tiempo para los sistemas de información existentes, de tal manera,
que se puedan contar con copias consistentes de los datos, en un punto específico en el tiempo, sin
tener que recurrir a restauraciones de respaldos en cinta las cuales demandan un proceso bastante
demorado e ineficiente debido a la limitación del medio magnético donde reside la información.
• Uso eficiente del espacio de almacenamiento disponible. Una de la problemáticas que se presentan en
el día a día en administración del espacio de almacenamiento de la PGN, es el sobre dimensionamiento
de la capacidad asignada a las aplicaciones, en donde se observa que hay sistemas de información que
en algunos volúmenes de datos presentan un uso inferior al 10% del espacio solicitado inicialmente, y
como situación contraria hay sistemas de información que presentan volúmenes con una ocupación
superior al 80%. Ante ésta situación en donde se está desperdiciado espacio que puede ser utilizado
por sistemas de información que si lo necesitan, se requiere que el sistema de almacenamiento tenga
capacidades de Thin Provisioning (aprovisionamiento delgado), permitiendo que aunque se presente a
la aplicación un espacio definido, éste se aprovisiona sobre demanda, es decir se va asignando a
medida que la aplicación o sistema de información lo va requiriendo proporcionando la flexibilidad de
tener espacio libre asignable a otras aplicaciones.
• Gobierno de la información e integridad de los archivos de los funcionarios de la Entidad. Dadas las
limitaciones de espacio de almacenamiento, y la arquitectura de la base de datos de Microsoft
Exchange, se hace necesario que los usuarios descarguen sus correos a las estaciones de trabajo,
desde allí, adicionalmente deben copiar los archivos PST en herramientas portátiles de almacenamiento
tanto para hacer copias de su correo como para respaldar la información. Estas copias portátiles y su
movimiento afectan la seguridad de la información de la Institución por cuanto son copias no seguras
que pueden ser leídas fácilmente por terceras partes sin ningún control Institucional. Por lo anterior es
necesaria la centralización de los contenidos de las comunicaciones electrónicas en una única base de
datos local, optimizada para el almacenamiento duradero así como las posibilidad de definir políticas de
retención, permanencia, gestión y sobre todo borrado de información cuando se cumplen las políticas
de retención. La estructuración de la información es necesaria para garantizar eficiencias de auditoria, y
búsqueda de Información cuando se requiera.
17) Que de esta forma y con el fin de adquirir una solución de almacenamiento apropiada para los
requerimientos de la entidad, es necesario contar con un contratista que adicional a lo anterior, garantice la
prestación de los servicios conexos, durante un periodo de tres años, tal como se describe en el Anexo
Técnico N° 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Con el fin de optimizar el presupuesto oficial, si
producto del ejercicio de la subasta se pueden obtener más meses de garantías de fábrica con servicios
conexos y más capacidad de almacenamiento para la SOLUCIÓN DE ALMACENAMIENTO POR CAPAS EN
ARQUITECTURA DE ALTA DISPONIBILIDAD, PARA LOS DATOS DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE
LA ENTIDAD, SOFTWARE DE ARCHIVADO DE CORREO ELECTRÓNICO, CONECTIVIDAD SAN y
SERVICIOS CONEXOS; la entidad se reservó el derecho de adjudicar el proceso de selección hasta el monto
del presupuesto oficial, de acuerdo con los precios finales obtenidos del ejercicio de subasta. 18) Que de
acuerdo con lo anterior, y con el fin de mejorar la eficacia y el desempeño en él acceso a los datos, la
Procuraduría General de la Nación requiere contratar la adquisición de una SOLUCIÓN DEALMACENAMIENTO POR CAPAS EN ARQUITECTURA DE ALTA DISPONIBILIDAD, PARA LOS DATOS
DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LA ENTIDAD, SOFTWARE DE ARCHIVADO DE CORREOELECTRÓNICO, CONECTIVIDAD SAN Y SERVICIOS CONEXOS. 19) Que por las razones expuestas, la
Procuraduría General de la Nación adelantó el proceso de Selección Abreviada con Subasta Inversa Electrónica
No. 13 de 2015 con el objeto de SELECCIONAR AL OFERENTE QUE ENTREGUE A TÍTULO DECOMPRAVENTA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN UNA SOLUCIÓN DEALMACENAMIENTO POR CAPAS EN ARQUITECTURA DE ALTA DISPONIBILIDAD, PARA LOS DATOS
3
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Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
PROCU!GENERAL DE LA HACtON
CONTRATO No. 179 - ¡i. - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
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DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LA ENTIDAD, SOFTWARE DE ARCHIVADO DE CORREOELECTRÓNICO, CONECTIVIDAD SAN y SERVICIOS CONEXOS. 20) Que con el fin de satisfacer lanecesidad antes manifestada, la Oficina de Sistemas, elaboró los estudios previos de la contratación, de
conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. 21) Que en los estudios
previos se definió como presupuesto oficial para atender la contratación la suma de DOS MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES DOCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO SETENTA PESOS
M/CTE ($ 2.483.280.170), incluido el IVA, amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal No. 33515
del 07 de abril de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la Procuraduría
General de la Nación y previsto en el Plan de Adquisiciones según el Certificado No. 2015 - 040 del 06 de abril
de 2015, expedido por el Administrador del Plan. 22) Que teniendo en cuenta que se trata de bienes de
características técnicas uniformes, ya que son de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de
desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes
homogéneos para su adquisición, la modalidad de selección será la de Selección Abreviada con Subasta
Inversa Electrónica, de acuerdo con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 2, literal a) y el
Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, artículo 2.2.1.2.1.2.1 y siguientes. 23) Que de conformidad con lo
estipulado por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.4., los estudios previos y el proyecto de pliego de
condiciones de la Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 13 de 2015, se publicaron desde el 20 de
agosto de 2015 en el Portal Único de Contratación y en la página web de la Entidad. 24) Que de conformidad
con lo establecido por el artículo 2.2.1.2.2.1.8. del Decreto 1082 de 2015, el 20 de Agosto de 2015 se publicó el
respectivo aviso de convocatoria. 25) Que dentro del término de publicidad del proyecto de pliego de
condiciones de la Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 13 de 2015 se presentaron observaciones a su
contenido, las cuales fueron resueltas mediante documento publicado el 04 de septiembre de 2015 en los
portales del SECOP y de la Entidad. 26) Que de conformidad con lo consagrado en el Decreto No. 1082 de
2015, Artículo 2.2.1.2.4.2.2., la convocatoria no fue susceptible de limitarse a Mipymes, en atención a que el
presupuesto del proceso no se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma. 27) Que de acuerdo con
lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad mediante Resolución 660 del 04
de septiembre de 2015 ordenó la apertura del proceso de selección que se desarrolló a través de la Selección
Abreviada con Subasta Inversa publicándose el pliego de condiciones definitivo. 28) Que durante el proceso de
selección se presentaron observaciones al pliego definitivo, las cuales fueron resueltas en documento de fecha
14 de Septiembre de 2015, publicado en la página web de Entidad y en el Secop el mismo día. 29) Que
producto de esas observaciones se emitió la adenda No. 2 el día 14 de Septiembre de 2015, documento que de
igual manera fue publicado en la página web de la Entidad y del Secop. De manera adicional, fueron emitidas
las siguientes adendas modificando el cronograma del proceso de selección: Adenda No. 1 del 11 de
septiembre de 2015 y Adenda No. 3 del 23 de Septiembre de 2015 publicadas también en la página web de la
Entidad y del Secop. 30) Que el día 16 de septiembre de 2015, a las 10:00 a.m., fecha establecida en el
cronograma del proceso de selección para cerrar el proceso, se dio apertura a la respectiva urna, en la que se
encontraron las siguientes ofertas:
t
tNUMERO OFERENTE
UT REDCOMPUTO LTDA ORIGINT IT S.A.S
MICROHARD S.A.S.
PROCIBERNETICA S.A.
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.|
CONTROLES EMPRESARIALES LTDA
COMPUREDES S.A.
31) Que dentro del término establecido, los miembros del comité presentaron informes de verificación de los
requerimientos habilitantes, arrojando los siguientes resultados en relación con las ofertas presentadas:I r!APAf!inAn I r?APA<"MnAn PihlAkimPDA v I rnunirinuce r»c I cínc/«iri/tA/ti/
OFERENTECAPACIDAD
JURÍDICACAPACIDAD FINANCIERA Y
ORGANIZACIONAL
CONDICIONES
EXPERIENCIA
DE ESPECIFICACIONES
TÉCNICASUT REDCOMPUTO LTDA ORIGINT IT
S.A.S
MICROHARD S.A.S.
CUMPLE CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE (1)
PROCIBERNETICA S.A. CUMPLE CUMPLE CUMPLE NO CUMPLE (2)OLIMPIA MANAGEMENT S.A.| CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLECONTROLES
LTDA
EMPRESARIALESCUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE (3)
COMPUREDES S.A. CUMPLE CUMPLE CUMPLE CUMPLE (4)
32) Que una vez realizadas las verificaciones a las ofertas presentadas en la Selección Abreviada con Subasta
Inversa No. 13 de 2015 por los Comités respectivos, los informes de verificación de las propuestas
permanecieron a disposición de los participantes, en la División Administrativa de la Procuraduría General de la
Nación, los días 18 al 22 de Septiembre de 2015 de las 8:00 a.m. a las 12:00 m. y de la 1:00 p.m. a las 5:00
Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
PROCURADURÍAGENERAL DEUNACKM
CONTRATO No. 179 - ' G 3 0 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
p.m., para que dentro de este término presentaran las observaciones que estimaran pertinentes. De igual forma
los informes fueron publicados en las páginas del Portal Único de Contratación www.contratos.qov.co y de la
entidad www.procuraduria.qov.co por el mismo término. 33) Que vencido el término señalado con antelación, se
recibieron observaciones a los informes de verificación, las cuales fueron resueltas y publicadas en las páginas
del Portal Único de Contratación www.contratos.qov.co y de la entidad www.procuraduria.qov.co. 34) Queconforme a la actualización del concepto técnico rendido por el comité verificador técnico, el consolidado de los
proponentes para participar en la subasta quedó como sigue:
OFERENTE
UT REDCOMPUTO LTDA ORIGINT IT
S.A.S
MICROHARD S.A S.
PROCIBERNETICA S.A.
OLIMPIA MANAGEMENT S A.
CONTROLES EMPRESARIALES
LTDA
COMPUREDES S.A.
CAPACIDAD
JURÍDICA
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CAPACIDAD FINANCIERA Y
ORGANIZACIONAL
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CONDICIONES DE
EXPERIENCIA
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
NO CUMPLE (1)
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE (2)
CUMPLE
35) Que el día previsto para la subasta de acuerdo con lo establecido por el cronograma, esto es, el 25 de
Septiembre de 2015, en observancia a lo consagrado en el numeral 2.15.2 del pliego de condiciones, se
procedió a abrir los sobres que contienen la oferta inicial de precio presentada por los oferentes habilitados, con
el fin que los verificadores económicos determinaran que las mismas fueran presentadas de acuerdo a las
condiciones establecidas en el pliego de condiciones, se realizarán las correcciones aritméticas si era el caso y
se constatará que las mismas no superaban el valor del presupuesto oficial. 36) Que en la misma diligencia se
determinó que el precio de arranque correspondió a la suma de $2.471'929.498.00. 37) Que efectuada la
subasta electrónica conforme al informe presentado por la firma Plataforma Subastas Inversas Electrónicas -
GSE S.A. en diez (10) folios, documento que forma parte integral de la presente acta, se obtuvo el siguiente
resultado:
OFERENTE
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
OFERTA
$2.150'000.000.00
FECHA Y HORA
Fri, 25 Sep 2015 11:29:36 AM
•
38) Que una vez llevada a cabo la subasta, el comité verificado técnico y económico recomendó a la Junta de
Licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, adjudicar el contrato a la firma que ofreció el mejor precio, es decir, a
la propuesta presentada por la empresa OLIMPIA MANAGEMENT S.A. acorde con el resultado de la subasta y
aumentar las cantidades relacionadas en la misma comunicación. 39) Que teniendo en cuenta lo anterior y
fundados en la recomendación emitida por el comité verificador y evaluador, la Junta de Licitaciones y
Adquisiciones manifestó que una vez analizados los informes presentados por los Comités, expertos en cada
una de sus áreas, donde se destaca que el proponente OLIMPIA MANAGEMENT S.A. cumplió con los
requisitos establecidos por la Entidad en la Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 13 de 2015, no tiene
observación alguna, por lo que recomendaron a la ordenadora del gasto adjudicar proceso de selección a la
mencionada firma por el valor de DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS ($2.479.499.044.00) M/CTE
incluido el valor del IVA y demás impuestos. 40) Que la anterior recomendación fue acogida por la ordenadora
del gasto, tal y como consta en el Acta de Adjudicación del proceso. 41) Que el presente contrato se regirá por
la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios, la Ley 1150 de 2007, las demás disposiciones que regulan la
materia y las estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERA- OBJETO DEL CONTRATO:
ENTREGAR A TÍTULO DE COMPRAVENTA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN UNA
SOLUCIÓN DE ALMACENAMIENTO POR CAPAS EN ARQUITECTURA DE ALTA DISPONIBILIDAD, PARALOS DATOS DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LA ENTIDAD, SOFTWARE DE ARCHIVADO DECORREO ELECTRÓNICO, CONECTIVIDAD SAN y SERVICIOS CONEXOS, de conformidad con lascondiciones, características y especificaciones señaladas en la Selección Abreviada con Subasta Inversa
Electrónica No. 13 de 2015, sus anexos, adendas, la propuesta presentada por EL CONTRATISTA el 16 de
septiembre de 2015, el documento de aceptación de aumento de cantidades de almacenamiento para Tier 1,
Tier 2 y Tier 3, de fecha 05 de octubre de 2015, así como todos los documentos que en respuesta a las
solicitudes formuladas por la Entidad allegó EL CONTRATISTA en desarrollo del proceso de selección,
documentos que forman parte integral del presente contrato y serán leídos e interpretados en forma conjunta
con el mismo. SEGUNDA - ALCANCE DEL OBJETO: La solución de almacenamiento por capas en arquitectura
de alta disponibilidad, para los datos de los sistemas informáticos de la entidad, software de archivado de
correo electrónico, conectividad san y servicios conexos deberán cumplir con las necesidades técnicas
5
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PROCUGENERAL DE LA NACIÓN
CONTRATO No. 179 - 0 0 0 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
desglosadas en el anexo técnico, en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA el 16 de septiembre de
2015 y en el documento de aceptación de aumento de cantidades de almacenamiento para Tier 1, Tier 2 y Tier
3, de fecha 05 de octubre de 2015, documentos que forman parte integral del proceso. TERCERA - VALOR
DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales, el valor de este contrato es por la suma de DOS
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
CUARENTA Y CUATRO PESOS ($2.479.499.044.00) M/CTE, incluido el valor del IVA y todos los impuestos y
gastos que se generen, valor correspondiente a 3.848,15 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el
año 2015, el cual se encuentra desagregado de la siguientes manera:
PRODUCTO
Hardware - Consoladoras SAN
Hardware - Cabezas de ÑAS
Almacenamiento TIER 1
Almacenamiento TIER 2
Almacenamiento TIER 3
Swítches SAN
Licénciamiento de software de
acuerdo a paquetes de
funcionalidad y software de
muftipath (si aplica)
Licénciamiento de Software de
Administración
Componente de archiving (hardware
y software)
SERVICIOS DE INSTALACIÓN,
CONFIGURACIÓN. IMPLEMENTACIÓN
SERVICIOS DE SOPORTE Y GARANTÍA A
3 AÑOS Y MANTENIMIENTOS
PAQUETE DE CAPACITACIÓN PARA
MÍNIMO 3 PERSONAS
TOTALES
S
S
s
s
s
s
s
s
s
s
$
OFERTA OLIMPIA FINAL
Valor ski IVA
148.550.790
60.500.000
102.109.914
151.609.914
105.034.483
95.657.801
133.800.000
104.625.000
406.449.750
238.438.000
262.435.000
44.237.625
i.853.448.277
S
S
s
s
s
5
S
s
s
s
s
s
IVA
23.768.126
9.680.000
16.337.586
24.257.586
16.805.517
15.305.248
21.408.000
16.740.000
65.031.960
38.150.080
41.989.600
7.078.020
296.551.723
S
S
s
s
s
s
$
$
$
$
$
s
$
TOTAL
172.318.916
70.180.000
118.447.500
175.867.500
121.840.000
110.963.049
155.208.000
121.365.000
471.481.710
276.588.080
304.424.600
51.315.645
2.150.000.000
T*
Aumento de cantidades de almacenamiento para Tier 1, Tier 2 y Tier 3, según documento de aceptación de
fecha 05 de octubre de 2015:
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JRIA
CONTRATO No. 179 - 0 ü 0, - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
DETALLE
PRODUCTO
Tier 1: Arreglo de Módulos Flash ó Discos
de estado sólido tecnología MLC con
Mínimo 3000 Gigabytes usables en RAID
5, la tecnología de NAND MLC debe
garantizar un Write endurance de mínimo
10000 ciclos, la garantía de los módulos
flash o discos de estado sólido debe cubrir
reemplazo de parte por fallas y por
agotamiento de escrituras. Éstacaracterística debe estar documentada en
la Oferta.
Tier 2: Arreglo de Discos SAS de mínimo
10000 rpm, con mínimo 35 Terabytes
usables en una configuración de RAID5
(4+1), la capacidad máxima de los discos
que conformen el arreglo del Tier 2 será de
900 GB
Tier 3: Arreglo de Discos NL SAS de 7200
rpm, con Mínimo 36 Terabytes usables
en una configuración RAID6 (6+2), la
capacidad máxima de cada uno de los
discos que conformen el arreglo de Tier 3
será de 2 TB
TOTAL
OFERTA ADICIONALES OLIMPIA
VALOR TOTAL EN
OFERTA
$ 118.447.500,00
$ 175.867.500,00
$ 121.840.000,00
Valor Terabyte
$ 39.482.500
$ 5.024.786
$ 3.384.444
Terabytes
Adicionales
4
20
21
Valor total Terabytes
$ 157.930.000
$ 100.495.720
$ 71.073.324
$ 329.499044
•
CUARTA- APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se ampara con el Certificado deDisponibilidad Presupuestal No. 33515 del 07 de abril de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de
Ejecución Presupuestal de la División Financiera de LA PROCURADURÍA. QUINTA- FORMA DE PAGO: La
PROCURADURÍA cancelará el valor del contrato en dos (2) pagos así:
Primer Pago: que corresponderá al 50% del valor del contrato una vez se haya recibido en las instalaciones de
la Procuraduría General de la Nación, lo siguiente:
• Acuerdo de compromiso de confidencialidad e integridad de la información.
• Entrega de todos los componentes de hardware que hacen parte de la solución en las instalaciones de
la Procuraduría.
• Aprobación del plan de trabajo con fechas del proceso de instalación, configuración de la solución de
almacenamiento, migración de datos y plan de implementación del componente de archiving.
Segundo pago: que corresponderá al restante 50% del valor del contrato una vez se cumplan los siguientes
requisitos:
• Cumplimiento con la trasferencia de conocimiento.
• Aprobación del cronograma de visitas de mantenimiento Preventivo por parte del Supervisor del
contrato.
• Documentos expedidos por el fabricante con la relación de elementos cubiertos por los servicios de
soporte y garantía.
• Certificado que garantice capacitación y derecho a certificación con el fabricante si a ello hubiese lugar.
• Acta de recibo a satisfacción de todos los elementos ofertados para el contrato.
• Entrega de la Documentación especificada en el pliego de condiciones e informe escrito al Supervisor
del Contrato, del proceso de instalación y configuración de la solución ofertada en todos sus
componentes, todos los documentos deben estar aprobados por el supervisor del contrato.
Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en la que el interventor
del contrato radique definitivamente la factura en la División Financiera - Grupo de Cuentas de la Procuraduría
General de la Nación, con los respectivos soportes, previa revisión y aprobación de los documentos entregados
por el contratista. El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días
7
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Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
IRÍAGENERAL DÉ UNACtóN
CONTRATO No. 179-0 50 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
hábiles siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión
realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o por
medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. Este documento debe ir acompañado de la
certificación que expida la supervisión del contrato, de la certificación que acredite el pago por parte del
contratista de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del
Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad
(CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes
sobre la materia. En todo caso el pago estará sujeto a la aprobación del PAC (Programación Anual
Mensualizada de Caja). PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos estarán sujetos a las retenciones y deduccionesde ley a que hubiera lugar. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando LA PROCURADURÍA no cancele alCONTRATISTA las sumas pactadas, dentro del término señalado con antelación, ésta reconocerá al
CONTRATISTA como intereses de mora el incremento mensual promedio del índice de Precios al Consumidorcertificado por el DAÑE entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año anterior. SEXTA - PLAZO Y LUGAR DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución es de noventa (90) días calendario, contados a partir dela firma del acta de inicio, la cual debe suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
legalización del contrato. En todo caso el plazo de ejecución no podrá superar el 31 de Diciembre de 2015. El
lugar de ejecución del contrato será la Oficina de Sistemas de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en
la carrera 5a No. 15-80 Piso 5° Torre A y el Data Center ubicado en la torre C ubicado en la Calle 16 # 4-79 la
ciudad de Bogotá, D.C. En todo caso se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
PARÁGRAFO PRIMERO: No se concederán prórrogas salvo causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamentecomprobadas, o cuando LA PROCURADURÍA lo considere necesario. Las circunstancias que impidan la ejecuciónoportuna del objeto del contrato deberán ser comunicadas por escrito y en forma inmediata a LA PROCURADURÍA
- SECRETARIA GENERAL para que se adopte la decisión sobre el particular. A falta de prórroga y ante el
incumplimiento del objeto del contrato, LA PROCURADURÍA procederá a hacer efectivas las sancionesestablecidas en el contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: Siempre que cualquiera de los plazos en días calendariovenza en día inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO
TERCERO: SUSPENSIÓN: El plazo de ejecución no podrá suspenderse, a menos que se presentencircunstancias de fuerza mayor, caso fortuito u otros eventos. SÉPTIMA - VIGENCIA DEL CONTRATO: Lavigencia del presente contrato comprende el plazo de ejecución del mismo y ocho (8) meses más. OCTAVA-
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. En desarrollo de la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA se
obliga a: 1) Cumplir con el objeto del contrato en los términos y condiciones establecidas en este documento,
los pliegos de condiciones y sus anexos, la oferta presentada por EL CONTRATISTA y los términos de
adjudicación. 2) Entregar la solución de almacenamiento por capas en arquitectura de alta disponibilidad, para
los datos de los sistemas informáticos de la entidad, software de archivado de correo electrónico, conectividad
san y servicios conexos, los cuales deberán cumplir con las necesidades técnicas desglosadas en el anexo
técnico, en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA el 16 de septiembre de 2015 y en el documento de
aceptación de aumento de cantidades de almacenamiento para Tier 1, Tier 2 y Tier 3, de fecha 05 de octubre
de 2015. 3) El CONTRATISTA deberá entregar la información que solicite el supervisor del contrato y acatará
sus instrucciones. 4) Sufragar los gastos que legalmente haya lugar para la legalización y ejecución del
contrato. 5) Diligenciar al momento de la suscripción del contrato el formato beneficiario/cuenta, en el cual
indicará el número de cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor
del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del CONTRATISTA. El número de identificación
debe ser el mismo en el contrato, en el formulario beneficiario cuenta, en la certificación del banco y en las
facturas que posteriormente se presenten. 6) Anexar una certificación de la entidad bancaria en la que conste el
nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha
está activa. 7) Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas
de Compensación Familiar, SENA e ICBF), y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE),
conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la
materia, si corresponde. Para el efecto, EL CONTRATISTA debe presentarle a la supervisión del contrato para
el pago del mismo, la certificación expedida por el revisor fiscal que acredite el cumplimiento del pago de estas
obligaciones. 8) Las demás que se encuentren contempladas en los estudios previos, los pliegos de
condiciones y en la oferta presentada por EL CONTRATISTA, así como las que se deriven de la suscripción
del presente contrato. NOVENA - OBLIGACIONES DE LA PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA se obligaa: 1) Efectuar los pagos del contrato dentro del plazo establecido en el presente documento. 2) Prestar toda la
colaboración al CONTRATISTA para que el objeto del contrato se desarrolle de conformidad con los términos
del presente documento. 3) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones pertinentes que EL
8
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t
PROCUVGENERAL DE LA NACIÓN
CONTRATO No. 179 - " 0 : C - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
CONTRATISTA le formule en desarrollo de la ejecución del objeto del contrato. 4) Las demás que se
encuentren contempladas en el pliego de condiciones, así como las que por la naturaleza del contrato deban
cumplirse en atención a las normas que rigen la materia y además las que se deriven de la suscripción del
presente contrato. DÉCIMA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato a personaalguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y escrita de LA PROCURADURÍA. DÉCIMA
PRIMERA - RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA manifiesta que la ejecución del contrato la realizará porsu propia cuenta, por lo que las relaciones laborales que adquiera con el personal que emplee en la ejecución
del contrato, las que adquiera con los subcontratistas y las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de
ningún modo a LA PROCURADURÍA. DÉCIMA SEGUNDA - SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA puedesubcontratar con cualquier tercero la ejecución de las actividades relacionadas con el objeto del presente
contrato; sin embargo, EL CONTRATISTA responde directamente a la Entidad por el cumplimiento del contrato
y la mantendrá indemne de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de
sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. DÉCIMA TERCERA - SUPERVISIÓN YCONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La Dirección, Control y Coordinación del contrato será delJefe de la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA, conforme a lo dispuesto por el manual de contrataciónde la Entidad. La supervisión y control del presente contrato será ejercida por los funcionarios JUAN
BERNARDO URIBE PIEDRAHITA y FABIO HERNÁN PORRAS NIÑO, adscritos a la Oficina de Sistemas de la
Entidad, o quienes hagan sus veces, servidores que tendrán a su cargo las funciones señaladas en la Ley 1474
de 2011 y el Manual de Contratación de la Entidad. PARÁGRAFO: En caso de ausencia temporal o definitivade cualquiera de los supervisores nombrados, no se requerirá designar remplazo siempre y cuando alguno de
los titulares continúe ejerciendo sus funciones. DÉCIMA CUARTA - CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Encaso de presentarse incumplimiento parcial o total del contrato del CONTRATISTA, éste pagará a título de cláusula
penal pecuniaria, una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: Lasuma resultante de la cláusula penal se hará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA, pudiendo acudir para
el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato o a cualquier otro medio para obtener el pago,
incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de
la Ley 1474 de 2011. DÉCIMA QUINTA - MULTAS.- En caso de retardo o mora por parte del CONTRATISTA en el
cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, éste pagará a LA PROCURADURÍA, una sumaequivalente al uno por mil (1X1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la
respectiva obligación, sin que el total de las mismas exceda el treinta por ciento (30%) del valor del Contrato.
PARÁGRAFO: La suma resultante de las multas se hará efectiva directamente por LA PROCURADURÍA,pudiendo acudir para el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a cualquier otro medio para
obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado
en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. DÉCIMA SEXTA - GARANTÍAS: Con el fin de amparar los perjuicios denaturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato que pueda surgir para la administración por
las actuaciones, hechos u omisiones del CONTRATISTA, éste debe presentar a la Oficina Jurídica de LA
PROCURADURÍA, cualquiera de las garantías que de trata el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015,con la siguiente cobertura:
AMPARO
Cumplimiento
Calidad y correcto
funcionamiento de los
bienes.
Pago de Salarios y
Prestaciones Sociales e
Indemnizaciones laborales
PORCENTAJE (%)
SOBRE EL VALOR
TOTAL DEL
CONTRATO
30%
30%
5%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato y seis (6) meses
más, contado a partir de la suscripción del contrato.
Tres (3) años, a partir de la fecha de entrega de los
bienes y recibido a satisfacción.
Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más,
a partir de la fecha de suscripción del mismo.
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PROCUGENERALDELANACKM
CONTRATO No. 179 - ¿ n - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto
reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por LA PROCURADURÍA. Cuando se presente alguno de
los eventos de incumplimiento cubiertos por la garantía, LA PROCURADURÍA procederá a hacerla efectiva dela forma como se consagra en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.19, o las normas que lo modifiquen
o adicionen. De igual maneara, en cualquier evento que se aumente o adicione el valor del contrato o se
prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia,
según sea el caso DÉCIMA SÉPTIMA - CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA INTEGRALDE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES: EL CONTRATISTA deberá cumplir con las
cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones
parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la
Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas
concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita,
mediante certificación suscrita por el representante legal. En el evento que EL CONTRATISTA se encuentre
incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer esta
manifestación en la respectiva certificación. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA debe allegar este documentopara la firma del contrato y es condición indispensable para el trámite de los pagos que se derive de la
ejecución del contrato. Para el efecto EL CONTRATISTA debe presentarle al supervisor del contrato, la
documentación que acredite el cumplimiento del mismo. DÉCIMA OCTAVA - PLAZO PARA ELCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LAS CLÁUSULAS DÉCIMA SEXTA Y DÉCIMASÉPTIMA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos señalados en la cláusula décima ssxta ydécima séptima dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato y los
documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta dentro de este plazo en la OFICINA JURÍDICA
para el trámite correspondiente. DÉCIMA NOVENA - LEGALIZACIÓN: Para todos los efectos legales a quehubiere lugar, se entenderá que el presente contrato se encuentra legalizado con la suscripción por las partes
contratantes y una vez LA PROCURADURÍA efectúe el correspondiente registro presupuestal. VIGÉSIMA -EJECUCIÓN: La ejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y una vez seencuentren constituidas y aprobadas la garantía de cumplimiento presentada por el contratista. VIGÉSIMA
PRIMERA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Representante legal del CONTRATISTA declara
bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni él, ni la
sociedad que representa, se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y
prohibiciones para contratar; al tenor de lo consagrado en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes
sobre la materia. VIGÉSIMA SEGUNDA - INDEMNIDAD: Será obligación del CONTRATISTA mantener libre aLA PROCURADURÍA, de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de
sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. VIGÉSIMA TERCERA - CIERRE DELEXPEDIENTE: El supervisor del contrato, una vez vencidos los términos de la garantía de calidad, deberá dejar
constancia del cierre del expediente del proceso de contratación, en concordancia con lo establecido en el
artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 y el Manual de contratación de la Entidad. VIGÉSIMA CUARTA -
NOTIFICACIONES: Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las partes deban hacer en
desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas solo si se
entregan personalmente o por correo electrónico a la persona y direcciones indicadas a continuación:
t
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Nombre. Ana Maria Silva Escobar
Cargo: Secretaria General Encargada.
Dirección: Carrera 5 No. 15-80 piso 7 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10703
Correo electrónico: [email protected]
Nombre: Juan Bernardo Uribe Piedrahita
Cargo: Supervisor del contrato
Dirección. Carrera 5 No. 15-80 piso 5 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10505
Correo electrónico: ¡[email protected]
Nombre: Fabio Hernán Porras Niño
Cargo: Supervisor del contrato
Dirección. Carrera 5 No. 15-80 piso 5 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10524
Correo electrónico: [email protected]
OLIMPIA MANAGEMENT S.A.
Nombre: Ricardo Parada Martínez
Cargo: Segundo Suplente del Gerente.
Dirección: Av. El Dorado No. 69A - 51
Teléfono: 7425133
Correo electrónico: [email protected]
10
Secretaría General Ext.10796 secretariaqeneral(5>procuraduria.qov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
PROCURADURÍA
CONTRATO No. 179 - 0 0 0 - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD OLIMPIA MANAGEMENTS.A.
VIGÉSIMA QUINTA - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para los efectos legales del presente contrato, las partesacuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente documento en la
LA ENTIDAD CONTRATANTE,
A GENERAL DE LA NACIÓN\ SILVA ESCOBAR
Secretaria General (e)
EL CONTRATISTA,
-r/
OLIMPIA MAMAGEMEN7 S.A.
RICARDO PARADA MARTÍNEZSegundo Suplente del Gerente - Representante Legal
Proyectó. Carlos Mustafá
Revisó. Julieta Riveras G
11
Secretaría General Ext.10796 [email protected]
Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co