CONTRATO MIXTO DE OBRAS DE RENOVACIÓN DE INSTALACIONES DE
ALUMBRADO EXTERIOR MUNICIPAL Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO
- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS
4 Ayuntamiento defl Santovenia de la Valdoncina
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INDICE
A - DISPOSICIONES GENERALES 4
A.1 OBJETO 4
A.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN 4
A.3 REQUISITOS GENERALES 5
A.4 CUMPLIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 5
AS CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN 7
A.6 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL 8
A.8 LEGISLACIÓN Y NORMATIVA A CUMPLIR 8
A.9 DOCUMENTACIÓN DE LAS INSTALACIONES 11
AlO CESION DE USO Y OPERACION DE LA INSTALACION 11
8- PRESTACION 1- 12
8.1 RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL ALUMBRADO EXTERIOR 12
B.2 REQUISITOS TÉCNICOS DE LAS NUEVAS LUMINARIAS, EQUIPOS V OTROS COMPONENTES DE LA
INSTALACIÓN 12
B.3 PLANIFICACION DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO 13
C-PRESTACION2- 14
C.1 GESTIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA INSTALACIÓN 14
C.2 MANTENIMIENTO YCONSERVACION 16
C.2.1 TRABAJOS PREVIOS 16
C.2.2 ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION 17
C.2.3 PLAN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO 18
C.2.4 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN EQUIPOS DE REGULACIÓN Y CONTROL.. 19
C2.5 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN CUADROS DE MANIOBRA 19
C.26 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN LUMINARIAS 19
C.2.7 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN LÍNEAS ELÉCTRICAS 20
C.2.8 INSPECCIONES DE LA INSTALACIÓN 20
C.2.9 VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN REGLAMENTARIA DE LA INSTALACIÓN 21
C.2.1O CENTRO DE MANTENIMIENTO 21
D - GARANTÍA TOTAL.- 23
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E. OTRAS ACTUACIONES 24
E.1 ALUMBRADO FESTIVO V NAVIDEÑO 24
E.2 ROBO DE ELECTRICIDAD, OBRAS AJENAS Y OTRAS 25
E.3 INSTALACIONES FUTURAS 25
E.4 OPERACIONES CASUALES 26
ANEXOSAnexo 1: PresupuestoAnexo II: Plan de mantenimiento preventivo
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A - DISPOSICIONES GENERALES
A.1 OBJETO
El objeto de este Pliego es regular y definir el alcance y condiciones mínimas de las prestaciones que
habrán de regir para la contratación de la obra de “Renovación del alumbrado público en las localidades
de Ribaseca, Quintana de Raneros y Villanueva del Carnero en la provincia de León” y los servicios de
mantenimiento y conservación de las instalaciones de alumbrado exterior pertenecientes al
Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina (en adelante, el Ayuntamiento), en las localidades de
Ribaseca, Quintana de Raneros, Villanueva del Carnero, Santovenia de la Valdoncina y Villacedré
durante un periodo de 10 años.
Los Servicios/Suministros a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones
obligatorias:
Pl - Renovación de las Instalaciones del Alumbrado Exterior.
P2 — Gestión, mantenimiento y conservación.
La Empresa Mantenedora/Instaladora contratada (en adelante, adjudicataria) será responsable de la
ejecución de estas Prestaciones, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de
supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general,
verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de satisfacer sus exigencias.
A.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los trabajos a realizar por la adjudicataria abarcan a todas las instalaciones eléctricas conectadas a la
Red de Alumbrado Exterior que se ubican dentro del término municipal del Ayuntamiento, así como a
todos y cada uno de sus componentes (en adelante, la INSTALACIÓN).
La descripción de la instalación tanto en el presente pliego como en el proyecto de obra, tiene
únicamente valor informativo y en ningún caso la empresa adjudicataria podrá reclamar indemnizaciones
o derechos en el caso de que el inventario de las instalaciones no corresponda exactamente a la
realidad.
Será responsabilidad del futuro adjudicatario establecer en un periodo máximo de tres meses, un
inventario detallado de las instalaciones y de su estado, actualizado.
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A.3 REQUISITOS GENERALES
La adjudicataria aceptará la INSTALACIÓN en las condiciones de la fecha de formalización del contrato,
haciéndose cargo de la misma, a la que prestará el servicio correspondiente de obra de renovación del
alumbrado público, mantenimiento y garantía de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este
respecto la adjudicataria manifiesta que tiene completo conocimiento de:
a) La naturaleza de la Instalación.
b) El estado de todas las instalaciones y equipos de la Instalación cuya explotación le es
encomendada.
c) Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de sus
instalaciones.
Esta aceptación de la Instalación actual, independientemente de su tipo, estado y calidad le obliga a la
adjudicataria a mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo en los
casos especificados en este Pliego, o cuando previamente haya sido autorizada para ello por el
Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina.
Es por tanto necesario que los licitadores realicen el estudio de las instalaciones actualmente existentes
antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para ello pueden solicitar al Ayuntamiento de
Santovenia de la Valdoncina autorización para tener acceso a las mismas siempre que no interfieran en
su funcionamiento.
Para visitar las instalaciones se pondrán en contacto con el responsable del Contrato en el
Ayuntamiento, sellándose el certificado de haberse realizado la visita a las instalaciones por las
licitadoras.
A.4 CUMPLIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de
obligado cumplimiento la Ley 31/1 995, deS de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como toda
la reglamentación y normativa, en el ámbito de esta Prevención, que sea de aplicación.
El Ayuntamiento, será en todo caso, ajeno a las condiciones de trabajo del personal dependiente, directa o
indirectamente, del adjudicatario, así como a las responsabilidades, de cualquier índole que de las mismas,
pueda derivarse.
El adjudicatario, se compromete a cumplir y hacer cumplir, a aquellas empresas o trabajadores autónomos que
le presten cualquier tipo de servicio, las siguientes obligaciones:
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1. Realizar todas aquellas acciones necesarias para garantizar una protección eficaz que evite cualquier
tipo de riesgos, o la sinergia de los mismos, con otros que puedan existir o concurrir, para las personas
o los bienes, tanto pertenecientes al Ayuntamiento como a cualesquiera otras empresas que realicen su
actividad en el entorno de las zonas de trabajo.
2. Realizar las actuaciones necesarias para la eliminación o el control de cualquier riesgo, inherente o
derivado, que proceda de la actividad del adjudicatario o de las empresas contratistas, subcontratistas o
de los trabajadores autónomos que desarrollen, para el adjudicatario, cualquier prestación y que se
ejecuten en la misma zona de trabajo.
3. El adjudicatario deberá informar y formar adecuadamente, a los trabajadores que de él dependan, de
los riesgos posibles específicos de su actividad, así como de los riesgos derivados de la concurrencia
de actividades empresariales, informándoles de las instrucciones en esta materia y de las medidas de
protección y prevención, y velar para que se dé traslado de la citada información a los trabajadores de
sus contratistas y subcontratistas y de los de las empresas de trabajo temporal o los trabajadores
autónomos que, para el adjudicatario, trabajen en la prestación de servicio del presente contrato.
Asimismo, el adjudicatario deberá:
1. Aportar previo a la tase de instalación un plan de seguridad y salud de los trabajos de obra; para la tase
de mantenimiento se entregará una evaluación de riesgos.
2. Aportar los documentos necesarios que acrediten la correcta formación de los trabajadores, sobre los
equipos de trabajo y exámenes de salud de los trabajadores, ya sean propios o de empresa
subcontratadas. La adjudicataria deberá entregar al Ayuntamiento, si así lo considera necesario, las
autorizaciones de usos de equipos de trabajo y recibís de entrega de equipos de protección individual.
3. Informar a todas las empresas y trabajadores autónomos que pudieran verse afectados, existan o no
relaciones jurídicas entre ellos, sobre los riesgos específicos iníciales y/o sobrevenidos que, en su caso,
su actividad, pueda originar, y en particular sobre aquellos que puedan verse agravados o modificados
por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades empresariales, así como de las medidas
de protección y prevención para evitarlos y/o minimizarlos. Esta información, que se facilitará por escrito
cuando la actividad del adjudicatario genere riesgos calificados como graves o muy graves, deberá ser
suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio
en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido
una situación de emergencia.
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4. Informar al Ayuntamiento y a las empresas y trabajadores autónomos, de los accidentes que se
produzcan como consecuencia de los riesgos de las actividades concurrentes.
5. Comunicar puntualmente al Ayuntamiento cualquier incidente o accidente que se haya producido o
situación que ponga de manifiesto un deterioro de las condiciones de seguridad respecto de terceros.
Esta comunicación se efectuará, de forma inmediata, en el caso de riesgo grave e inminente.
6. Cumplir, en lo que le competa, las instrucciones que, en materia de coordinación de actividades
empresariales, sean impartidas por el Ayuntamiento.
7. Proporcionar cualquier información, que pueda considerarse relevante, para la prevención y protección
en materia de riesgos laborales.
8. Asignar los recursos preventivos que fueran necesarios, con presencia en el centro de trabajo,
cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos y, en todo caso, cuando los
riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la
concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan
preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo y cuando se realicen actividades o
procesos considerados como peligrosos o con riesgos especiales.
9. Participar en cuantas reuniones u otros actos a los que, en materia de prevención de riesgos laborales,
fuesen convocados.
10. Señalización de los trabajos. Todas las áreas de actuación deberán estar perfectamente delimitadas,
tanto frontal como longitudinalmente, mediante vallas u otros elementos análogos de características
adecuadas, de forma que cierren totalmente las zonas de trabajo. Deberá protegerse del modo
indicado, cualquier obstáculo en aceras o calzadas, para la libre y segura circulación de peatones y
vehículos, tales como pavimento, zanjas abiertas, maquinaria y otros elementos. Cuando sea
necesario, se colocarán los discos indicadores reglamentarios.
A.S CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de
obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigentes que puedan ser de
aplicación por las características las instalaciones y las prestaciones asumidas con el presente Contrato.
Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja
Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, especialmente la ITC-BT 09 que se refiere a
instalaciones de alumbrado exterior con prescripciones especificas para la seguridad de las mismas, el
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Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y sus instrucciones
técnicas complementarias ITC-EA-Ola ITC-EA-07, las normas particulares vigentes de la empresa
suministradora de energía aprobadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de las lineas de
distribución eléctrica que pueda afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas y el Plan
General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina junto con sus Ordenanzas
Municipales.
La adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de
mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de
Santovenia de la Valdoncina.
La adjudicataria, en cumplimiento del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos, tendrá suscrito un Convenio del que aportará certificación oportuna, para el Sistema
Integrado de Gestión de Residuos de Aparatos de Alumbrado (fuentes de luz, luminarias y equipos auxiliares)
incluidos en la categoría S del Anejo 1 del citado Real Decreto.
Igualmente, la adjudicataria acreditará de forma fehaciente que las lámparas y/o luminarias retiradas, y que el
Ayuntamiento haya decidido desechar y no almacenadas, sean enviadas a una instalación de reciclado
autorizada para realizar dichas operaciones. En el caso de las lámparas, se justificará que el traslado a dicha
instalación se hará mediante Gestor Autorizado de Residuos Peligrosos con código LER 200121 y tanto para
las lámparas como para las luminarias deberá presentar, además, certificado de la entrada de los residuos en
la planta de reciclado.
A.6 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL
El contratista está obligado a la retirada de los componentes obsoletos no aprovechables y a su tratamiento
como residuos en un centro de valorización de inertes, plásticos, vidrios y metales. El contratista deberá
disponer y guardar los certificados y ponerlos a disposición del Ayuntamiento si fueran solicitados.
A.8 LEGISLACIÓN Y NORMATIVA A CUMPLIR
Todos los productos incluidos en este ámbito están sometidos obligatoriamente al marcado CE, que
indica que todo elemento o componente que exhibe dicho marcado cumple con la siguiente legislación
y cualquier otra asociada que en cada momento sea de aplicación.
La modificación de una luminaria ya instalada y equipada con lámpara de descarga o de otra
tecnología, adaptándola a diferentes soluciones con fuentes de luz tipo LED (ya sea mediante
“lámparas de reemplazo”, “sustitución del sistema óptico” o “sistema LED Retrof it”) implica operaciones
técnicas, mecánicas y/o eléctricas (por ejemplo, desconectar o puentear el equipo existente), que
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comprometen la seguridad y características de la luminaria original y pueden originar diferentes
problemas en el ámbito de seguridad, funcionamiento, compatibilidad electromagnética, marcado legal,
consideraciones medioambientales, distribución fotométrica, características de disipación térmica, flujo,
eficiencia de la luminaria, consumo, vida útil y garantía.
En estos casos, el producto resultante de las modificaciones anteriormente mencionadas se convierte
en una nueva luminaria; por tanto, quien efectúa dichas modificaciones pasa a convertirse en
fabricante de la misma, siéndole aplicable la totalidad de la Legislación y Normativa, así como la
responsabilidad sobre el producto, sobre su correcto funcionamiento, sobre la seguridad eléctrica y
mecánica tanto del producto como de la instalación eléctrica asociada.
En cualquier caso esta transformación deberá cumplir las prescripciones incluidas en los diferentes
apartados de este documento.
En la actualidad, las luminarias de alumbrado exterior, y en concreto aquellas que incorporan
tecnología LED, están sometidas a la siguiente Legislación:
• Directiva de Baja Tensión- 2006/95/CEE. Relativa a la aproximación de las Legislaciones de los
estados miembros sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados limites de
tensión.
• Directiva de Compatibilidad Electromagnética- 2004/1 08/CEE. Relativa a la aproximación de las
Legislaciones de los estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética y por la
que se deroga la directiva 89/336/CE.
• Directiva ROHS 201 1/65/UE. Relativa a las restricciones a la utilización de determinadas
sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
• Directiva de Ecodiseño 2009/125/CE. Por la que se instaura un marco para el establecimiento
de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía.
• Reglamento N° 1194/2012 de la por el que se aplica la Directiva de Ecodiseño 2009/125/CE a
las lámparas direccionales, lámparas LED y sus equipos.
• Real Decreto 154/1 995, por el que se modifica el Real Decreto 7/1 988, de 8 de enero, sobre
exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados limites
de tensión y su Guía de Interpretación.
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• Real Decreto 1890/2008, que aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones
de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 y su Guía
de Interpretación.
• Real Decreto 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y
sus instrucciones Técnicas Complementarias ITC-BT-01 a ITC-BT- 51.
• Reglamento CE n° 245/2009, de la Comisión de 18 de marzo por el que se aplica la Directiva
2005/32/CE del Parlamento Europeo relativo a los requisitos de diseño ecológico, para
lámparas, balastos y luminarias.
• Reglamento 874/2012 DE LA COMISIÓN de 12 de julio de 2012 por
Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en
energético de las lámparas eléctricas y las luminarias.
el que se complementa la
lo relativo al etiquetado
• CtE 206:2014. “The effect of spectral power distribution on lighting for urban and pedestrian
areas”.
• Reglamento 874/2012 DE LA COMISIÓN de 12 de julio de 2012 por
Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en
energético de las lámparas eléctricas y las luminarias.
el que se complementa la
lo relativo al etiquetado
Normativa aplicable
a) Requisitos de Seguridad:
• UNE EN 60598-1 Luminarias. Requisitos generales y ensayos
• UNE EN 60598-2-3 Luminarias. Requisitos particulares. Luminarias de alumbrado Público.
• UNE EN 60598-2-5 Luminarias. Requisitos particulares. Proyectores.
• UNE EN 62471 -2009 Seguridad totobiológica de lámparas y aparatos que utilizan Lámparas.
• UNE EN 62504:2015 Iluminación general. Productos de diodos electroluminiscentes (LED) y
equipos relacionados. Términos y definiciones.
b) Compatibilidad Electromagnética:
• UNE-EN 61 000-3-2. Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 3-2: Límites. Limites para
las emisiones de corriente armónica (equipos con corriente de entrada 16A por fase).
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UNE-EN 61000-3-3. Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 3: Limites. Sección 3.
Limitación de las variaciones de tensión, fluctuaciones de tensión y flicker en las redes públicas
de suministro de baja tensión para equipos con corriente de entrada 16A por fase y no sujetos
a una conexión condicional.
• UNE-EN 61547. Equipos para alumbrada de uso general. Requisitos de inmunidad CEM.
• UNE-EN 55015. Límites y métodos de medida de las características relativas a la perturbación
radioeléctrica de los equipos de iluminación y similares.
c) Componentes de las luminarias: UNE-EN 62031. Módulos LED para alumbrado general. Requisitos
de seguridad.
• UNE-EN 61347-2-13. Dispositivos de control de lámpara. Parte 2-13: Requisitos particulares
para dispositivos de control electrónicos alimentados con corriente continua o corriente alterna
para módulos LED.
• UNE-EN 62384. Dispositivos de control electrónicos alimentados en corriente continua o
corriente alterna para módulos LED. Requisitos de funcionamiento.
• IEC 6271 7:2201 4. Módulos LED para iluminación general. Requisitos de funcionamiento.
• IEC 62722-1:2014 Características de funcionamiento de luminarias. Parte 1: Requisitos
generales.
• IEC 62722-2-1:2014. Características de funcionamiento de luminarias. Pate 2: Requisitos
particulares para luminarias LED
A.9 DOCUMENTACIÓN DE MS INSTALACIONES
La adjudicataria deberá conservar toda la documentación perteneciente al municipio que se vaya generando a
lo largo del tiempo de duración del contrato y se la entregará al Ayuntamiento a la finalización del mismo, en
formato digital. No obstante, irá entregando copias puntuales de los informes que se vayan realizando, de las
certificaciones y otros documentos que se generen.
A.1O CESION DE USO Y OPERA ClON DE LA (NSTALACION.
La adjudicataria, desde el momento de la firma del Contrato, será la única responsable de operar dicha
INSTALACIÓN con la diligencia y cuidado que su destino exija, coordinadamente con el Ayuntamiento o quien
éste designe, y con los Servicios municipales, constituyéndose así la adjudicataria en la única y exclusiva
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responsable de cualesquiera daños que pudieran ocasionarse en la prestación de este Servicio Público como
consecuencia de la omisión o negligencia en la realización de tales tareas.
La INSTALACION sólo podrá ser dedicada al uso previsto en el presente contrato.
La transformación, modificación, supresión, retirada y/o alteración de cualesquiera partes o elementos
componentes de la INSTALACION no podrá ser llevada a cabo durante la vigencia del presente contrato sin la
previa y expresa autorización del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento.
B - PRESTACION 1:
8.1 RENO VA CIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL ALUMBRADO EXTERIOR.
La obra de instalación queda definida con el ‘Proyecto de renovación del alumbrado público en las localidades
de Ribaseca, Quintana de Raneros, Villanueva del Carnero, Santovenia de la Valdoncina y Villacedré en la
provincia de León” de marzo 2016.
8.2 REQUISITOS TÉCNICOS DE MS NUEVAS LUMINARIAS, EQUIPOS Y OTROS COMPONENTES DE LA INSTALACIÓN
Los requerimientos exigibles para las luminarias a instalar, así como el resto de los equipos, vienen
definidos en la Memoria y Pliego del proyecto citado.
No obstante, se reitera que las nuevas luminarias y equipos, cumplirán las exigencias del Reglamento
Electrotécnico de Baja Tensión, las Instrucciones Complementarias del mismo Ml - ST, Hojas de
Interpretación del Ministerio de Industria y Energía, las Normas UNE, Normas Internacionales 150 y
del Comité Español de Iluminación CEI, muy especialmente, haciendo hincapié al documento de
“Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LEO de alumbrado exterio?’.
No se admitirán las luminarias que no cumplan la normativa exigida, y que no aporten los certificados y
ensayos requeridos por el Comité Internacional de Iluminación, y que se definen en el Anexo III de la
memoria del Proyecto.
Además, os fabricantes e instaladores de productos con tecnología LED, deberán facilítar a la
propiedad, la siguiente documentación:
Datos de la empresa fabricante de la luminaria LED:
o Nombre de la empresa fabricante de la solución LED y, en su caso, del distribuidor.
o Actividad social.
o Código de identificación fiscal.
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o Dirección postal.
o Dirección de correo electrónico.
o Página web.
o Número de teléfono.
o Número de fax.
o Persona de contacto.
• Certificado ISO 9001 de la empresa fabricante.
• Certificado de acuerdo con la norma UNE-EN 150 14001, que acredite que la empresa
fabricante se encuentra adherido a un sistema de gestión integral de residuos.
• Catálogo o información técnica publicados con especificaciones de sus productos.
Además, se requerirá a la empresa instaladora, la presentación en su oferta de las “Tablas de
verificación de documentación general de las empresas” y la “Tabla de verificación de documentación
técnica” emitidas por el CEI en el documento “Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con
tecnología LED de alumbrado exterior”, y recogidas en el Anexo III de la Memoria del proyecto de
instalación, donde se incluye la información antes citada acerca de los datos del fabricante LED.
B.3 PMNIFICACION DE MS OBRAS DE RENO VA CIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO
La adjudicataria gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de la nueva
Instalación de acuerdo con el calendario incluido en la oferta, y con un plazo de ejecución de 4 meses.
La adjudicataria inspeccionará y supervisará las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de
la nueva Instalación y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se
pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran
causarse en el proceso de renovación de la Instalación por ella misma o sus Proveedores.
El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo
entre la adjudicataria y el Ayuntamiento, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o
surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados.
La aceptación de la nueva Instalación por parte del Ayuntamiento tendrá lugar una vez se hubiere
verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas
para cada equipo y para el conjunto de la instalación. Dichas pruebas serán realizadas bajo la
responsabilidad de la adjudicataria y de sus Proveedores en presencia del Responsable Municipal
del Contrato del Ayuntamiento. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos en el
Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior.
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No tendrá lugar la aceptación de la nueva Instalación cuando, durante la realización de las pruebas de
funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos
y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que
conforman la nueva Instalación, montaje, puesta en marcha o mediciones Iuminotécnicas de la misma.
Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento, suscribirá conjuntamente
con la adjudicataria y por duplicado ejemplar, un Certificado de Aceptación de la nueva Instalación, por
el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso del primero de
haber recibido ésta a su entera satisfacción.
Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la adjudicataria asume las responsabilidades de
gestión, mantenimiento y garantía de la nueva INSTALACION en las mismas condiciones
contempladas en el Contrato.
En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y
componentes adquiridos por la adjudicataria para la nueva INSTALACION, serán propiedad del
Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina. Consecuentemente, la adjudicataria no podrá contraer
préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento,
o la INSTALACION en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de cumplimiento de las
mismas.
C - PRESTACION 2:
Ci GESTIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA INSTALACIÓN
La gestión de la INSTALACIÓN contemplada en la Prestación, comprenderá su mantenimiento, vigilancia y
control; la reposición de los materiales, lámparas y otros componentes que se deterioren, y la reparación de
sus averías; todas las operaciones que exija el correcto funcionamiento de la misma y el suministro de la
energía requerida para el funcionamiento de la misma.
La adjudicataria realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes:
• El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior.
• Las regulaciones necesarias.
• El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de
verificación del correcto funcionamiento de los equipos.
• La vigilancia general de las instalaciones.
• Las rondas e inspecciones corrientes.
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• Detección y desconexión de instalaciones conectadas de forma fraudulenta.
• Queda fuera del objeto de esta contratación cualquier cambio o mejora de tarifas eléctricas.
• Cualquier otra modificación de los parámetros de funcionamiento de la instalación.
El control del encendido y apagado de la Instalación se realizará por la adjudicataria, según se define en el Plan
de Mantenimiento, en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común
acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en
menos).
La adjudicataria realizará la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se
indiquen por parte del Ayuntamiento.
El horario propuesto por el Ayuntamiento podrá ser revisado por la adjudicataria con el objetivo de conseguir
una optimización energética. Para ello, y como mejora, podrá presentar un nuevo horario que sin desatender
las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el
Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento.
Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 5Q% del valor del
servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de
personas o vehículos justifique su modificación.
Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra deI 50% podrán ser establecidas y negociadas por las
partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros
que justificaran esas reducciones.
En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la adjudicataria,
sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de
presencia, movimiento, velocidad...etc.). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso,
según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento. En
todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en
cuestión, será propuesta por la adjudicataria, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato
Ayuntamiento.
Para la gestión de las instalaciones, la empresa adjudicataria contará con un sistema informático, que
permitirá gestionar o realizar las siguientes operaciones:
Debe tener una base de datos que contenga el inventario de las instalaciones del alumbrado
público. Esta plataforma tendrá que ser capaz de emitir los listados e informes siguientes:
Avda. de León, 3,24391 Santovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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• Ubicación, descripción e imágenes de los puntos de luz y cuadros de
maniobra.
• Codificación de los cuadros y puntos de luz
• Trabajos pendientes: Averías detectadas pendientes de reparar y procesos de
mantenimiento preventivo y correctivo pendientes de ejecutar.
• Fbhas de cada punto de luz con su historial de averías.
Fichas de cada cuadro de maniobra con su historial.
• Gamas de mantenimiento preventivo.
Mostrar la información sobre un plano digitalizado del Municipio donde se encuentren graficadas
las instalaciones de alumbrado (cuadros de mando, puntos de luz y circuitos) y todos los datos del
inventario que será compatible con el utilizado por el Excmo. Ayuntamiento. También debe quedar
indicada el área donde se ubica la infraestructura para planificar correctamente posteriores
actuaciones, e indicar sobre plano la ubicación de las incidencias generadas previamente.
El sistema debe permitir introducir nuevas instalaciones, verificando el cumplimiento con las
Normativas de aplicación y generando informes de subsanación en el caso que no se cumplan, con el
objetivo de recepcionar adecuadamente instalaciones nuevas.
C2 MANTENIMIENTO Y CONSERVACI’ON
C.2.1TRABftJOS PREVIOS
Durante los tres primeros meses de contrato, la adjudicataria realizará los planos de todas las
instalaciones de alumbrado público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos:
• Numeración y codificación de todos los puntos de luz.
• Datos de los distintos puntos de luz: numeración, emplazamiento, características y marca de
las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las
lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados
y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta.
• Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y
maniobra instalados con tipos y marcas, número de lineas y circuitos.
• Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada,
luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos.
Los planos y el inventario se entregarán al Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina, en formato
electrónico y en formato papel, al finalizar los tres primeros meses de contrato.
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). Tlf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
Ayuntamiento de4 Santovenia de la Valdoncina
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Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen
los datos anteriores, la adjudicataria actualizará los planos, datos, esquemas e inventario,
poniéndolos a disposición del Ayuntamiento.
Los licitadores explicarán en su oferta de forma detallada el sistema informático que proponen
utilizar, sus características de funcionamiento y los datos que permiten almacenar y gestionar.
C.2.2 ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION
Durante el periodo de validez del contrato de servicios, la adjudicataria será la responsable del mantenimiento
y conservación de las instalaciones de alumbrado público. Las labores de mantenimiento y las inspecciones
de la Instalación serán ejecutadas por la adjudicataria de acuerdo con las prescripciones de la normativa
vigente, y comprenderán:
• Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y
electrónicos.
• Conservación y mantenimiento de cuadros de mando, debiendo además actualizar los datos de los
mismos cuando se produzcan modificaciones durante la vigencia del contrato.
• Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de
empalme, cajas de fusibles, etc.
• Conservación y limpieza de arquetas con sus tapas, que deberán estar perfectamente atornilladas y
enrasadas.
• La reposición de portezuelas, retirada y sustitución de báculos, columnas, brazos, y otros elementos que
por accidente u otras cusas resulten dañados.
• Conservación de luminarias, lámparas y faroles, sobre soporte o fachada, así como las de todos los
elementos para su correcto funcionamiento, tales como inclinación de la luminaria, fijación y sujeción de
la misma, adecuado apriete de tornillos, tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y
estado de la junta en las cerradas, cierres, reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas,
instalación eléctrica y elementos originarios que puedan faltar, aunque sólo tengan una función estética.
• Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de alumbrado público.
• Cualquier otro elemento o equipo perteneciente a las instalaciones de alumbrado público exterior que no
estuviera recogido entre los anteriores.
Trimestralmente, como resultado de las labores de mantenimiento, la adjudicataria emitirá informes
sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan,
que entregará al Ayuntamiento.
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). Tlf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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Además, con carácter más amplio, se emitirá una memoria anual con el resumen de todas las
actuaciones realizadas en el año, operaciones pendientes y todo aquello relevante en cuanto a la
instalación de alumbrado público en su totalidad. Además, se incluirán las mediciones realizadas de
los niveles de iluminación y su calificación energética.
En cumplimiento al Plan de Mantenimiento definido por la contrata y aprobado por el Ayuntamiento, la
adjudicataria llevará un registro trimestral de los consumos de cada cuadro de mando, que mantendrá
durante el tiempo de duración del contrato y que reflejará al Ayuntamiento a la conclusión de dicho
contrato.
Así mismo, la adjudicataria (levará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia
energética y del resplandor luminoso de la Instalación, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo
al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), cuyos
resultados se incluirán en la memoria anual de mantenimiento.
La adjudicataria mantendrá el factor de potencia de las instalaciones de alumbrado público exterior, sin
variar las características de las mismas, en el valor de 0,9, como mínimo a nivel de centros de mando
y control.
C.2.3 PLAN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
La adjudicataria deberá presentar durante el primer mes, desde el inicio del contrato, al
Ayuntamiento, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la Instalación apoyándose
en la normativa vigente, y más concretamente con el Reglamento de Eficiencia Energética en las
Instalaciones de Alumbrado Exterior (REIAE), con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión
(REBT), con el resto de normativa vigente que sea de aplicación.
En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada
sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.
Se emitirán partes de trabajo para las labores de mantenimiento preventivo, según el Plan de
Mantenimiento presentado por la adjudicataria. Además, principalmente como resultado de las
revisiones preventivas, se realizarán partes de trabajo de mantenimiento correctivo para subsanar
anomalías detectadas en estas revisiones, así como para el caso de las averías, que también se
emitirá el parte de trabajo correspondiente.
Tanto los trabajos de mantenimiento preventivo como correctivo, así como las averías, vendrán
acompañadas de un parte de trabajo con los siguientes datos como mínimo:
Fecha de realización
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• Datos del técnico que realiza el trabajo
• Equipo sobre el que se actúa
• Operaciones realizadas y sus resultados
• Material empleado
• Tiempo de ejecución
• Observaciones y breve descripción
• Firma del técnico
• Visto bueno del Ayuntamiento
Una vez finalizadas las tareas de mantenimiento y conservación, se cerrarán los partes de trabajo,
firmando por el técnico responsable del trabajo, y que se presentarán al Ayuntamiento para su visto
bueno.
C.2.4 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN EUUIPOS DE REGULACIÓN Y CONTROL
Trimestralmente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y anotación del
funcionamiento y de los parámetros fundamentales (verificación del tarado, regulación,
accionamientos) de los relojes astronómicos ubicados en los cuadros de maniobra y sistemas de
encendido y apagado.
C25 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN CUADROS DE MANIOBRA
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros
de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas
disparadas).
Además, cada trimestre se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los
parámetros fundamentales como son la medición de consumos.
Anualmente se llevará a cabo una revisión general de todos sus elementos, una limpieza, reapriete
de bornas, revisión termográfica...
Anualmente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, y se
comprobarán los aislamientos (reapretado de bornes, comprobación y medidas de puestas a
tierra) el equilibrado de fases y la instalación eléctrica.
C.2.6 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN LUMINARIAS
Mensualmente, se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada
zona, corrigiendo aquéllos que se encuentren fuera de servicio.
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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Cada cinco años, como mínimo, se llevará a cabo una limpieza, que comprenderá la limpieza
de la carcasa, el interior del reflector y los cierres. La limpieza de las luminarias abiertas, de
los faroles y de los globos afectará a todos sus componentes y elementos.
C.2.7 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MÍNIMO EN LÍNEAS ELÉCTRICAS
Anualmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado y parámetros de
funcionamiento (puntos de empalme, canalizaciones y revisión termográfica general).
C.2.S INSPECCIONES DE LA INSTALACIÓN
La adjudicataria, dentro del plan de mantenimiento, presentará las Inspecciones tanto
nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la Instalación como el
estado de la totalidad de los soportes, cuadros, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y
en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público.
Así mismo, la adjudicataria estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados
por el arbolado o vegetación o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden
notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo.
Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la adjudicataria, que
deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación,
mantenimiento y conservación de la Instalación. A tales efectos, el Ayuntamiento se obliga a
facilitar a la adjudicataria el acceso a la Instalación y a poner a su disposición los medios
necesarios tanto materiales como humanos.
La adjudicataria será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar
las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción,
siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del
Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de
los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o
que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica.
La adjudicataria se obliga a comunicar al Ayuntamiento dentro de un plazo de 24 horas,
cualquier deterioro, avería o destrucción de la Instalación, así como todo accidente causado por
o con aquélla.
Avda. de León, 3.24391 5antovenia de la valdoncína (León), TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: infocpaytosantoveniadelavaldoncina,es
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Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas
serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.
C.2.9 VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN REGLAMENTARIA DE LA INSTALACIÓN
En virtud del articulo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de
Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las
disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que
serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento
Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y
por organismos de control autorizados para este campo reglamentario.
El calendario será el que se indica a continuación:
• Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones.
• Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de
potencia instalada.
• VerificaciDnes cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada.
• Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
C2.1O CENTRO DE MANTENIMIENTO
La adjudicataria dispondrá de un Centro de Mantenimiento compuesto por el personal y medios
contemplados en su oferta. Se entiende por Centro de Mantenimiento el conjunto de medios
humanos y materiales de la adjudicataria que estará más en contacto con los técnicos
municipales, y a través del cual se cursarán las órdenes de trabajo, notas de servicio, informes,
etc., sirviendo de nexo de unión entre la adjudicataria y el Ayuntamiento.
La adjudicataria deberá contar con los medios suficientes para resolver de forma urgente y
eficaz las incidencias que puedan suponer un riesgo para las personas o instalaciones de
terceros, disponiendo de un teléfono 24 horas para poder dar los avisos de averías urgentes,
cuya atención deberá ser atendida por la adjudicataria en un plazo no mayor a 2 horas.
No se permitirá a la adjudicataria, que por falta de medios, estas incidencias puedan alargarse
en el tiempo.
Deberán resolverse las averías producidas de acuerdo con el procedimiento siguiente que las
clasifica en atención a su gravedad:
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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U GRAVE: avería que por su naturaleza pueda suponer un riesgo potencial para las
personas o medios materiales ajenos a las instalaciones de alumbrado público. También se
entiende como avería GRAVE a aquellas que impliquen un fallo grave en el servicio de
alumbrado (por ejemplo, un centro de mando fuera de servicio). Tiempo de respuesta:
Desplazamiento de la persona en horario de oficina o retén, incluso en fin de semana o
festivo al punto de incidencia en menos de DOS horas. Reparación provisional o definitiva
en menos de 24 horas salvo por el tiempo necesario para el pedido y recepción de
materiales que no se contemple como stock mínimo del mantenimiento.
U LEVE: avería que no supone ningún tipo de riesgo para las personas u otras
instalaciones (por ejemplo avería en un punto de luz). También se incluye el mantenimiento
preventivo como avería LEVE. Tiempo de respuesta: Diagnóstico del problema dentro de
las 24-72 horas siguientes a la recepción de la incidencia, según sea día laborable o fin de
semana o festivo. Según el alcance y tipo el aviso deberá ser reparado dentro de los 10
días siguientes. Este plazo podrá ampliarse por mutuo acuerdo entre la adjudicataria y la
Sociedad en caso de existir una sobrecarga por trabajos programados o debido a los
plazos de entrega de material no contemplados como stock mínimo.
La adjudicataria queda obligada a facilitar al Ayuntamiento cuanta información sea requerida
sobre cualquier aspecto relacionado con el servicio.
La adjudicataria, deberá establecer un sistema de registro de trabajos realizados, el registro
contendrá, al menos, la siguiente información:
1. Orden de trabajo o número de referencia del trabajo.
2. Origen del aviso (inspección, preventivo,...).
3. Fecha de recepción.
4. Breve descripción de la orden de trabajo.
5. Estado de la incidencia (Pendiente / En curso / Cerrada).
6. Fecha de cierre de la orden de trabajo.
7. Breve descripción de los trabajos realizados.
8. Código de clasificación o familia.
Avda. de León, 3. Z439lSantovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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Mensualmente, la adjudicataria entregará al Ayuntamiento el registro de los trabajos realizados
incluyendo aquellos pendientes o en curso, así como una estadística de órdenes de trabajo en
función de su clasificación y la medición de materiales utilizados.
D - GARANTÍA TOTAL.-
La empresa mantenedora conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material
y los componentes de la INSTALACIÓN, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean
necesarias, con la mayor brevedad, cualquiera que sea la causa que lo motivó.
Es por ello que la empresa mantenedora queda obligada a la localización y reparación de todas las
averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato.
En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las que afecten a
centros de mando de forma inmediata, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio.
Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se
informará de ello al Responsable Municipal del Contrato del ayuntamiento.
Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminoso sea inferior al mínimo correspondiente al final de
su vida, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o, en aquellos casos en los que por su
importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen
nuevos sistemas de control de las mismas, la empresa mantenedora quedará obligada a aceptar la
conservación de los mismos.
La reposición de los diversos elementos se efectuará con materiales de las mismas características y
calidades que los primitivos, los cuales serán comprobados por los técnicos del Ayuntamiento, quienes
podrán rechazar los materiales que no cumplan estas condiciones.
Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la
estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.
En el caso de que el Ayuntamiento considere que el material que debe reponerse es de características
anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la empresa mantenedora
que los sustituya por productos ajustados a la actual tecnología.
Para la prestación de los servicios de conservación de las instalaciones y reparación de averías, la
empresa mantenedora establecerá un “servicio de guardia” integrado por al menos un equipo
disponible las 24 horas del día. El equipo dispondrá de un vehículo provisto de escalera hidráulica para
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una altura de trabajo de mínimo 10 metros, sistema de comunicación y dispositivo GPS para optimizar
y minimizar los desplazamientos, y estará dotado del personal, medios técnicos y repuestos que lo
capaciten para resolver inmediatamente cualquier incidencia, o tomar las medidas necesarias para
evitar el posible peligro de los usuarios de la vía pública o deterioro de la instalación.
La empresa mantenedora propondrá al Ayuntamiento la organización del servicio de guardia y el
número de equipos necesarios en función de las características del municipio. El Ayuntamiento deberá
dar su visto bueno por el Responsable Municipal del Contrato.
Igualmente existirá un servicio telefónico de guardia de la empresa mantenedora a lo largo de las 24
horas del día que reciba los avisos y reclamaciones.
A partir de las llamadas recibidas, la empresa mantenedora creará un registro electrónico donde se
reflejará la fecha y la hora de cada llamada, el aviso recibido y las acciones realizadas para subsanar
la posible avería. Este registro estará permanentemente actualizado y a disposición del Ayuntamiento.
Estos servicios se prestarán todos los días del año en idénticas condiciones.
La empresa mantenedora deberá disponer del correspondiente detector de averías subterráneas de
forma que facilite la rápida determinación del punto donde se encuentra y que evite tener que descubrir
canalizaciones de una longitud superior a los tres metros.
La empresa mantenedora tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas
Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento,
siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el
incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.
Cuando una avería afecte, por sus características, a tres o más puntos de luz consecutivos, y se
precise de un tiempo de reparación que superase las 48 horas, la empresa mantenedora estará
obligada a realizar a su cargo una instalación provisional, con tendido de cables, sustitución de
componentes, etc., que permita al menos una restitución cuantitativa y cualitativa del 50% de la
iluminación normal.
E. OTRAS ACTUACIONES
El ALUMBRADO FESTIVO Y NAVIDEÑO
En la celebración de actos festivos, deportivos, culturales o de cualquier otra naturaleza que el
Ayuntamiento considere de interés general, la adjudicataria será responsable del perfecto
Avda. de León, 3. 2439lSantovenia de la Valdoncina (León). Tlf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
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funcionamiento de las instalaciones de su alumbrado ornamental durante el desarrollo de los mismos
en la zona que oportunamente se indique y por el tiempo que se determine.
El Ayuntamiento facilitará a la adjudicataria los elementos y componentes de las instalaciones del
alumbrado ornamental, y la adjudicataria se encargará de la adecuación, montaje y desmontaje de las
instalaciones de las mismas.
Esto podrá incluir, dependiendo de las características de cada evento, la inspección previa de la
instalación y la subsanación de las deficiencias detectadas, variaciones en el horario de
funcionamiento, el apagado parcial o total de la instalación y el montaje y/o desmontaje de
determinados elementos.
Los importes económicos de los consumos de energía eléctrica de este servicio serán asumidos
anualmente por el Ayuntamiento.
E.2 ROBO DE ELECTRICIDAD, OBRAS AJENAS Y OTRAS
La adjudicataria deberá desconectar de inmediato las instalaciones ajenas a la red de la
INSTALACIÓN que pudieran estar conectadas a la misma de forma fraudulenta, y comunicarlo al
Ayuntamiento.
La adjudicataria está obligada a detectar y comprobar la realización de cualquier trabajo ajeno a la
Red de Alumbrado Público, realizado por otras empresas y que puedan afectar a la misma, poniendo
diariamente en conocimiento del Ayuntamiento las incidencias que por estos motivos se produzcan.
En ningún caso el Ayuntamiento será responsable de los daños que se puedan ocasionar por estos
trabajos, debiendo la adjudicataria hacer frente a la reparación y costo de los citados daños, pudiendo
hacer uso en cualquier momento de las reclamaciones a terceros que hubiera lugar.
La adjudicataria revisará las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros antes de su
recepción por el Ayuntamiento a quien informará de la calidad de la ejecución de las mismas o de las
deficiencias apreciadas.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la adjudicataria dará parte de las
incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa ysingularizada.
E.3 INSTALACIONES FUTURAS
Durante la vigencia de este Contrato, la adjudicataria se hará cargo de todas las instalaciones de
alumbrado público que el Ayuntamiento realice o reciba de terceros, debiéndose prestar el servicio
correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente Contrato.
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175, E-mail: [email protected]
Ayuntamiento de* Santovenia de la Valdoncina
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Todos los materiales que se utilicen, tanto en las instalaciones definitivas como en las provisionales,
deberán estar de acuerdo con las condiciones técnicas generales que se establezcan, respetando
cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.
La adjudicataria revisará a su cargo las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros
antes de su recepción por el Ayuntamiento, a quien informará de la bondad de la ejecución de las
mismas o de las deficiencias apreciadas. Si la instalación no cumple lo dispuesto en el Pliego de
Condiciones Técnicas generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras
municipales, la adjudicataria deberá hacerlo constar con vistas a la realización de tas obras para su
adecuación por parte de los responsables.
La cuantía del abono por el Ayuntamiento a la adjudicataria por la conducción y conservación de
estas nuevas instalaciones será la cantidad resultante de promediar los costes del contrato a la
ampliación prevista.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la adjudicataria dará parte de las
incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa y singularizada.
E.4 OPERACIONES CASUALES
La adjudicataria estará a disposición del Ayuntamiento para cuantas reuniones sean necesarias para
colaborar en obras y proyectos del Ayuntamiento que puedan afectar a la Red de Alumbrado Público
Exterior.
Igualmente colaborará en las conexiones, desconexiones, aportación de material y mano de obra y
adaptaciones del Alumbrado Público Exterior que pudiera requerir el Ayuntamiento a consecuencia de
obras municipales que pudieran afectarle. Todas estas tareas y materiales serán a cuenta de la
adjudicataria.
En Santovenia de la Valdoncina a, 9 de mayo de 2016
L LDE
onzález Fernández
Avda. de León, 3. 243915an;ovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175. E-mail: [email protected]
Ayuntamiento defl Santovenia de la ValdoncinaSS www.aytosantoveniadelavaldoncina.es
Diligencia.- La extiendo Yo, la Secretaria, para hacer constar que el presente Pliego ha sidoaprobado por el Pleno de la Corporación en su sesión de i tt ‘tCU tE 25ZV0quedando incorporado al expediente de su razón. DOY FE.
Santovenia de la VaId JH de
_________________________
de 20 L(o
Patricia Canedo Alvarez
Avda. de León, 3.24391 Santovenia de la Valdoncina (León). TIf: 987280111. Fax: 987280175, E-mail: [email protected]
PRESUPUESTO MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DEL ALUMBRADO PÚBLICO AYT
SANTOVENIA DE LA VALDONCINA
MANTENIMIENTO PREVENTIVO MENSUAL
TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL
BENEFICIO INDUSTRIAL 6%
GASTOS GENERALES 13 %
TOTAL
IVA 21%
TOTAL PRESUPUESTO GENERAL
31.657,60€
1.899,46€
4.115,49€
37.672,54€
7.911,23 €
45.583,78€
CANTIDAD OESCRIPCION PRECIO TOTAL
4 [Ir. Mano de obra peán. 15,35 61,40
TOTAL 61,40
MANTENIMIENTO PREVENTIVO TRIMESTRN
CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO TOTAL
5 [Ir. Mano de obra peán, 15,35 75,75
5 [Ir. Mano de obra oficial Ii electricista. 2460 123,00
TOTAL 199,75
MANTENIMIENTO PREVENTIVO SEMESTRAL
CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO TOTAL
8 Hr. Mano de obra peón. 15,35 122,80
8 Hr. Mano de obra oficial 1! electricista. 24,60 196,80
TOTAL 319,60
JITENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL -.
CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO TOTAL
8 [Ir. Mano de obra peán. 15,35 122,80
8 [Ir. Mano de obra oficial 1! electricista. 24,6a 196,80
TOTAL 319,60
MANTENIMIENTO PREVENTIVO QUINQUENAL
CANTIDAD DESCRIPCION PRECIO TOTAL
84 Hr. Mano de obra peón. 15,35 1.289,40
84 [Ir. Mano de obra oficial 2 electricista. 24,60 2.066,40
68 Hr. de camión grúa o camión con cesta de 10 metros. 35,50 2.414,00
TOTAL 3.355,80
TOTAL PRESUPUESTO PRESTACION DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
120 MANTENIMIENTO PREVENTIVO MENSUAL 7.368,00€
40 MANTENIMIENTO PREVENTIVO TRIMESTRAL 7.990,00€
20 MANTENIMIENTO PREVENTIVO SEMESTRAL 6.392,00€
10 MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL 3.196,00€
2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO QUINQUENAL 6.711,60€
PRESUPUESTO MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN