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AUD.I.007-2015
Informe sobre la evaluación y verificación del cumplimiento de los convenios suscritos
entre el CONAPAM y la Asociación de Atención Integral de Ancianos San Juan de Dios de
Desamparados, asociado con la modalidad: Centro Diurno. Año 2014
1. INTRODUCCION
1.1 Origen del estudio
El estudio al que se refiere el presente informe se efectuó en cumplimiento del Plan Anual de
Trabajo de la Auditoría Interna del año 2015, específicamente la atención de denuncias; y en
atención a lo dispuesto en el articulo N°22, inciso a) de la Ley General de Control Interno,
N°8292.
1.2 Objetivo general
Evaluar el Control Interno asociado con la aprobación, suscripción y cumplimiento de convenios
de cooperación con sujetos privados, respecto de los recursos transferidos a la Asociación de
Atención Integral de Ancianos San Juan de Dios de Desamparados: Centro Diurno Socorro
Chacón, asociado con la modalidad: Centro Diurno.
1.3 Objetivos específicos
a. Fiscalizar el cumplimiento de la normativa técnica, legal y administrativa en el manejo de
los fondos transferidos por el CONAPAM.
b. Evaluar la suficiencia, validez y el cumplimiento de los controles establecidos para la
formulación, aprobación y giro de recursos.
c. Evaluar el cumplimiento de los derechos fundamentales de los adultos mayores de contar
con un lugar digno y apto de permanencia temporal, garantizándoles entornos seguros y
adaptables.
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d. Evaluar el cumplimiento de los derechos de los usuarios de establecimientos privados,
según el artículo 5 de la Ley 7935, ley Integral para la Persona Adulta Mayor.
1.4 Alcance del estudio
Este estudio se centra en la evaluación de la administración y ejecución de los recursos
transferidos por el CONAPAM a la Asociación de Atención Integral de Ancianos San Juan de
Dios de Desamparados, Centro Diurno Socorro Chacón; recursos provenientes de la Ley 8783,
Reforma de la ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, N.º 5662, y la Ley 7972, ley
de cargas tributarias sobre cigarrillos y licores, para la atención del programa en la modalidad
Centro Diurno.
El estudio abarca el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2014,
debiendo extenderse en los casos en que se consideró necesario.
1.5 Metodología
Dicho estudio se realizó por medio de la evaluación de los procedimientos, trámites y
documentación relacionada con el tema, así mismo se realizaron consultas y entrevistas para
aquellos aspectos sobre los cuales no se tuvo prueba documental, utilizando las técnicas, prácticas
e instrumentos de Auditoría necesarias, así como la normativa técnica aplicable.
1.6. Declaración de cumplimiento
Esta auditoría fue realizada de conformidad con las Normas Generales de Auditoría para el
Sector Público, dictadas por la Contraloría General de la República, considerando además el
cumplimiento de la Ley 7935 que da origen a la función del CONAPAM y por ende a todas sus
unidades organizacionales.
Además se consideró de manera especial el cumplimiento de la Ley 7972 y la Ley 8783 que dan
origen a los fondos administrados por el CONAPAM, y la ley 9188 , Ley de Fortalecimiento del
Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).
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2. RESULTADOS
2.1 Entrevista a la coordinadora del Centro Diurno
De conformidad con el Programa de Auditoría definido para la evaluación del control interno
aplicado al programa de atención y cuido en la modalidad Centro Diurno, se procedió a realizar la
entrevista a la coordinadora del Centro Diurno Socorro Chacón, la señora Shirley Ortega Retana
quien señaló lo siguiente:
Aspectos Generales
Mensualmente se han administrado los recursos provenientes de la ley 8783 para cubrir los
gastos de alimentación y limpieza de la institución; y los recursos provenientes de la ley
7972 para cubrir los gastos por salarios de los funcionarios de atención directa y
eventualmente para la adquisición de algún activo. Estos recursos se originan de los
convenios de transferencia de recursos suscritos entre el CONAPAM y la Asociación de
Atención Integral de Ancianos San Juan de Dios de Desamparados cuyos números son el
085-2014 y el 215-2014, respectivamente; ambos por necesidades básicas.
Al mes de agosto 2015, el Centro Diurno atiende a 29 adultos mayores, (21 mujeres y 8
hombres); del total 13 PAM son auspiciados con recursos administrados por el CONAPAM.
Mensualmente se han emitido informes de tesorería a la Junta Directiva de la Asociación,
respaldados por la contabilidad que se mantiene al día.
Anualmente se han administrado alrededor de ¢13.000.000 según los Convenios firmados
con el CONAPAM; aproximadamente ¢50 millones anuales incluyendo ingresos de la Junta
de Protección Social y los recursos propios.
Los servicios brindados a la población adulta mayor en el Centro Diurno Socorro Chacón
son: transporte privado de los PAM desde su casa al Centro Diurno y viceversa; servicio de
Emergencias Médicas, 4 turnos de alimentación (desayuno, merienda, almuerzo, café),
servicio de atención médica y psicológica, terapias física y ocupacional, tres paseos al año y
celebración de cumpleaños.
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Por parte del CONAPAM se ha recibido capacitación sobre los convenios y algunos talleres
de implementación en relación a los programas que ejecuta el Centro Diurno; sin embargo
existe la necesidad de capacitarse en relación a temas relacionados con la distribución de los
recursos, calificaciones para los cargos desempeñados, manejo de personal, trato a los
adultos mayores, manejo de los sistemas electrónicos, calificación de las coordinadoras de
los centros diurnos para que sean aptas para el cargo ya que requiere mucho compromiso y
responsabilidad; y capacitar a la Junta Directiva en temas específicos.
Ninguno de los miembros de la Junta Directiva percibe ingresos. Cada uno de ellos tiene la
posibilidad de cambiarse cada dos años, y al cabo del primer año de gestión se hace una
rendición de cuentas. Se cuenta con pocos asociados, alrededor de 45 personas, por tanto se
hace más difícil la escogencia de gente nueva para ocupar los puestos y asumir la
responsabilidad de la Junta ya que nadie está interesado en este trabajo, por tanto se debe
acudir a la reelección y se busca que al menos roten sus puestos. El actual presidente lleva
dos períodos consecutivos, pero ya antes había ocupado otros puestos dentro de la Junta.
Shirley Ortega indicó que además de sus funciones como coordinadora del Centro Diurno,
cumple funciones de secretaria de la Junta Directiva, supervisada por el Fiscal y el Presidente
quien visita a diario el CD.
El presupuesto lo maneja ella junto a su asistente Marianela Herrera Castro, quien labora
desde enero 2015 por medio tiempo.
En el Centro Diurno no se manejan cuentas por pagar; siempre se mantiene un remanente en
la cuenta de fondos propios ya que durante enero y febrero no se reciben fondos. Además se
trabaja mucho con actividades extra curriculares porque no pueden atenerse únicamente a los
recursos que reciben.
En general, el dinero se mantiene en cuentas separadas, para cada fondo recibido.
Aspectos de Control Interno
En cuanto a la planilla de colaboradores del Centro Diurno, cada funcionario cuenta con su
expediente en el cual están las acciones de personal, el comprobante de pago, el contrato y su
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currículum, vacaciones, etc. En algunos casos el expediente tiene un apartado para el informe
de labores que cada uno emite, en el caso del Psicólogo, el médico, las terapeutas, la cocinera
y la coordinadora, como un medio de supervisión por parte de la Junta Directiva.
Respecto la emisión de cheques, la autorización para la firma se encuentra en los estatutos y
actas de asamblea iniciales.
El manejo y control de las bodegas de la cocina y la de artículos de limpieza, se realiza
mediante un conteo físico cada dos meses, revisando no solo el estado de los inventarios sino
también sus vencimientos.
2.2 Revisión de libros de Actas de Asamblea y Junta Directiva de la Asociación
Actas de Asamblea
Se observó que la última Asamblea General se realizó mediante sesión ordinaria número 27 del 6
de setiembre del 2014, y con vista en el libro de asociados se contó con la presencia de 45
asociados, los cuales, según indicó la señora Shirley Ortega, pueden ser los únicos aspirantes para
ocupar puestos en la Junta Directiva. Anteriormente para ser asociado se cobraba una
colaboración de ¢500 colones mensuales, según los estatutos de constitución de la Asociación;
sin embargo, a falta de pago de muchos de ellos, se tomó un acuerdo de Junta Directiva para no
cobrar más ese dinero hasta que se reformen los estatutos, los cuales son muy antiguos.
Actas de Junta Directiva
En la revisión se determinó que el libro #4 es el libro de Actas de Junta Directiva que se
encuentra actualmente en uso, y se seleccionaron algunas actas para su análisis y se determinó lo
siguiente:
En general se observa una adecuada formulación de las actas en cuanto a su estructura
formal, que incluye la descripción del quórum, la lectura y aprobación del acta anterior y las
correcciones que le correspondan a la misma; sin embargo no queda clara ni evidenciada la
votación de los miembros de Junta Directiva para cada uno de los acuerdos enunciados.
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Se evidencia la rendición de cuentas de la Tesorería.
Se dan a conocer las donaciones recibidas, tanto en dinero como en especie.
Se observan las diferentes decisiones que se atienden, como aumentos salariales, ingreso de
adultos mayores nuevos al Centro Diurno, mejoras de infraestructura al Centro Diurno,
proyectos futuros y otras actividades concretas.
Todas las actas de la muestra contaban con la respectiva firma de puño y letra del presidente
y secretario de Junta Directiva.
2.3 Contratos
En la revisión de los contratos suscritos a nombre de la Asociación, se observó la existencia de un
documento denominado “Contrato de Transporte de los Adultos Mayores del Centro Diurno
Socorro Chacón”, estableciendo el servicio de lunes a viernes a las 8 a.m. y a las 3 p.m, como
horas máximas para llegar al Centro, a dejar y/o recoger a los adultos mayores, respectivamente.
Se conoció otro documento denominado “Contrato de Trabajo por Tiempo Determinado” el cual
suscriben para la contratación del señor Luis Alberto Salas Valverde por servicios profesionales
en Psicología y del señor Javier Agüero Hernández por servicios profesionales en Medicina; cuya
jornada de trabajo definida es dos días semanales, cuatro horas diarias, para el psicólogo, y un
día semanal, tres horas diarias, para el médico. Todos los contratos anteriores tienen una vigencia
de un año con vencimiento al 31 de diciembre 2015; no se indica nada respecto a la posible
prórroga del mismo.
Se conoció además el “Contrato por Servicios Contables” con la empresa Asesores de
Organizaciones de Bienestar Social S.A. (ASEOBS), representada por la señora Mariela Vega
Vega, por un plazo de un año, sin definir un horario ni relación laboral; este contrato sí incluye
una cláusula de posibilidad de prórroga.
Finalmente se conoció el “Formulario para voluntariado”, que a la fecha de esta revisión no se
contaba con ningún servicio al respecto.
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2.4 Reglamentos y Procedimientos de la OBS
Dentro de los manuales, reglamentos y procedimientos se identificaron los siguientes:
Menús de alimentación semanal (4 semanas). Está vigente y contempla cuatro horarios de
comida que son el desayuno a las 8 a.m., la merienda a las 10 a.m., el almuerzo a las 11:40
a.m. y la merienda de la tarde a las 2 p.m.
Reglamento de admisión y permanencia de las PAM. Este documento se mantiene vigente
y fue aprobado en la Sesión n°112 de Junta Directiva, celebrada el 13 de enero del 2011.
Reglamento de voluntariado, se encuentra vigente.
Control de medicamentos, es una tabla de control del tipo de medicamento y horario que le
corresponde a 8 señoras adultas mayores beneficiarias del servicio del Centro Diurno.
Manual de puestos. Este documento contempla temas como objetivos, horario,
capacitación, actividades, alimentación, feriados, funciones, voluntariado, Junta Directiva,
planta física y mobiliario. Este Manual se encuentra vigente y sustituyó al documento
“Reglamento Interno de Trabajo”.
Anexo al Manual de Puestos. En este documento se encuentra una descripción más
detallada de la naturaleza de los puestos de la Coordinadora del Centro Diurno, de la
Cocinera, de la Miscelánea, de la Asistente de Cocina, del Terapeuta Ocupacional, del
Terapeuta Físico y del Guarda; en relación a las tareas de cada puesto, las condiciones
organizacionales y ambientales, características personales y requisitos.
Reglamento Interno de Trabajo. Según lo indicó la señora Shirley Ortega, el documento en
su totalidad fue sustituido por el Manual de Puestos que se encuentra vigente, sin embargo
durante su vigencia nunca fue remitido al Ministerio de Trabajo para su aval. Llama la
atención de esta Auditoría, que al comparar ambos documentos, a excepción del artículo
n°17 del Reglamento que fue eliminado del Manual actual, los demás artículos son iguales,
modificados parcialmente en cuanto al responsable de ciertas acciones y algunas diferencias
de funciones y horarios; en general es el mismo documento. En el recorrido por los artículos
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del Manual de Puestos, constantemente se utiliza el término “Reglamento” para referirse al
“Manual”, lo que evidencia la adaptación del documento anterior al nuevo.
2.5 Entrevistas al Personal
De conformidad con el Plan de Auditoría para este estudio se realizó una entrevista a cuatro
funcionarios del Centro Diurno con el fin de conocer acerca del funcionamiento de la Institución,
conocer qué servicios prestan a los adultos mayores, saber cómo identifican la necesidad de un
trato diferenciado a los adultos mayores, cómo administran los medicamentos y la atención
médica, y las funciones específicas del puesto del entrevistado. A continuación los resultados:
La institución ofrece cuatro tiempos de alimentación a saber: desayuno, merienda, almuerzo y
merienda de la tarde; además ofrece actividades de entrenamiento individual y en grupo a nivel
cognitivo, psicosocial, de adaptación social y auditivo. Reciben acondicionamiento físico y
ocupacional; terapia psicológica individual y a nivel del grupo familiar; además terapia
recreativa. El ciclo de evaluación psicológica es de aproximadamente un año y se les da
continuidad.
Se trabaja muy ordenado, con mucho compañerismo y compromiso.
La revisión médica se les da a todos los adultos mayores, pero el suministro de medicamentos
únicamente por prescripción del médico de cabecera, y/o según instrucciones de la familia. En
ausencia del médico las personas capacitadas para suministrar inyectables son las funcionarias de
terapia, física y ocupacional.
La diferenciación entre los adultos mayores se da de acuerdo a sus necesidades de atención, de
alimentación y sus padecimientos. Por ejemplo, las bebidas del almuerzo se separan por color del
vaso, según si tienen o no azúcar. Algunos adultos mayores comen de unas cosas y otros no, ya se
conocen los gustos y diferencias. En la atención psicológica se diferencian según su capacidad
cognitiva y su estabilidad emocional; tomando en cuenta los aspectos de socialización.
A nivel institucional se hacen reuniones mensuales entre el personal administrativo y el clínico.
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2.6 Revisión de Expedientes de los adultos mayores beneficiarios del servicio
Expedientes Administrativos
Se definió una muestra de 10 expedientes administrativos para su revisión; de dicha revisión se
desprende lo siguiente:
A excepción de uno de los expedientes, todos los demás cuentan con una “valoración social”
que contempla aspectos como los padecimientos actuales del adulto mayor en estudio, y un
resumen puntual de su situación.
Únicamente en dos de los expedientes revisados no se localizó evidencia respecto al
conocimiento del adulto mayor en relación al “Reglamento de Admisión y Permanencia”.
En todos los expedientes revisados se determinó la existencia de la cédula de identidad de los
adultos mayores, certificación de pensión en 7 de 10 expedientes y la Ficha de Presentación.
En la mayoría de los casos se determinó la existencia de algún documento relacionado con la
solicitud de ingreso al Centro Diurno.
Expedientes clínicos y otros
Para cada adulto mayor se tiene un expediente clínico y además, tanto la terapeuta
ocupacional como la terapeuta física, tienen su propio expediente con el seguimiento y
control de las terapias que cada uno de ellos recibe.
Asimismo, el psicólogo tiene sus expedientes para cada adulto mayor que recibe terapia y
seguimiento durante el año, incluyendo los trabajos que realiza a nivel de la familia del
beneficiario del programa.
2.7 Entrevistas a las personas adultas mayores beneficiarias del servicio
Para evaluar el cumplimiento del Artículo 1°, Incisos a) y f), de La Ley 7935 Ley Integral para la
Persona Adulta Mayor, se aplicó una entrevista a una muestra de 10 beneficiarios de las cuales se
obtuvo la siguiente información:
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Dentro de los problemas de salud que esta población beneficiaria del Centro Diurno indicó
padecer, están los derrames cerebrales, diabetes, hipertensión arterial, padecimientos de la
próstata, cataratas, problemas gástricos, problemas de equilibrio, insomnio y fracturas anteriores.
Los adultos mayores entrevistados han sido valorados por sus médicos en el Hospital Blanco
Cervantes, en el EBAIS y / o por el médico del Centro Diurno.
La mayoría de los adultos mayores indicaron que sus medicamentos los toman en su casa y los
recibe puntualmente; otros los reciben durante su estancia en el Centro Diurno.
La percepción de la mayoría de los adultos mayores acerca de la alimentación que reciben en el
Centro Diurno es muy buena, apuntaron que reciben variedad de frutas y comidas.
El trato que perciben los adultos mayores por parte de los funcionarios del Centro es excelente,
muy bueno y especial.
Dentro de las actividades que realizan durante el día, los adultos mayores señalan los ejercicios,
el bingo de los viernes, actividades manuales, paseos, terapia ocupacional y participación del
grupo de baile.
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Siete de los entrevistados poseen un ingreso por
pensión del régimen no contributivo y del régimen de
invalidez, vejez y muerte.
La mitad de los entrevistados tienen su casa propia y
la comparten con alguien; los demás viven solos o con
algún familiar en un bien inmueble arrendado o del
familiar.
2.8 Recorrido por las instalaciones del Centro Diurno (fotografías)
La Asociación de Atención Integral del Anciano San Juan de Dios de Desamparados, Centro
Diurno Socorro Chacón, cuenta con rotulación suficiente en todas las áreas frecuentadas por los
adultos mayores beneficiarios del servicio, tales como rotulación de las diferentes zonas,
extintores contra incendio, y casilleros personales.
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El Centro Diurno cuenta con áreas definidas para Comedor, Cocina, Servicios Sanitarios, Área de
Casilleros, Área de descanso, Capilla, Sala de Terapia Psicológica, Área de Terapia Ocupacional,
Área de Terapia Física, Consultorio Médico, Salas de Rehabilitación, Huerta y Bodegas.
Área de Comedor Área de descanso
Capilla Sala de TV y descanso
Área de Terapia Física Área de Terapia Ocupacional
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Terapia Ocupacional Área de Huerta e Hidroponía
Consultorio de Terapia Psicológica
Consultorio de Médico
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2.9 Revisión de ingresos y egresos durante el año 2014
2.9.1 Revisión de Ingresos
Los recursos otorgados a la Asociación de Atención Integral del Anciano San Juan de Dios de
Desamparados provienen de la Ley 7972, Ley de Cargas tributarias a Cigarrillos y Licores, y Ley
8783, Ley de FODESAF.
El Presupuesto disponible para la atención de los adultos mayores del Centro Diurno Socorro
Chacón durante el año 2014, se resume a continuación:
Cuadro N° 1
PRESUPUESTO 2014 CENTRO DIURNO SOCORRO CHACÓN
LEY origen de recursos
7972 % 8783 %
Remanente 2013 ¢92.168,55 2% ¢1.445.139,92 14%
Presupuesto 2014 ¢4.877.994,00 98% ¢8.803.652,00 86%
Recursos disponibles 2014
¢4.970.162,55 100% ¢10.248.791,92 100%
Fuente: Liquidaciones de gastos 2014. AAIA San Juan de Dios Desamparados.
2.9.1.1 Ley 7972
En cuanto a los ingresos disponibles para la Asociación en el 2014 se tiene lo siguiente:
Los recursos se administraron en una cuenta corriente del Banco Nacional de Costa Rica.
Para el ejercicio económico del año 2014, la Asociación suscribió con el CONAPAM el
Convenio n° 215-2014 por Necesidades Básicas, por un monto de ¢5.079.564 colones.
Producto de este Convenio, durante el año 2014, la Asociación recibió en total ¢4.877.994,
de recursos provenientes de la Ley 7972; y adicionado los ¢92.168,55 de saldo al
31/12/2013, tuvo un total de recursos disponibles de ¢4.970.162,55
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2.9.1.2 Ley 8783
Los recursos provenientes de la Ley 8783 se administraron en una cuenta corriente número
del Banco Nacional de Costa Rica.
Para el ejercicio económico del año 2014, la Asociación suscribió con el CONAPAM el
Convenio n° 085-2014 por Necesidades Básicas, por un monto de ¢8.865.216.
Producto de este Convenio, durante el año 2014, la Asociación recibió ¢8.803.652, de
recursos provenientes de esta Ley; y adicionado ¢1.445.139,92 de saldo al 31/12/2013, contó
con un total de recursos disponibles de ¢10.248.791,92
2.9.1.3 Otros ingresos
Durante la revisión al Centro Diurno Socorro Chacón, se determinaron dos fuentes de ingreso de
recursos, tanto en especie como en dinero en efectivo, que a continuación se detallan:
Donaciones
Se determinó que el Centro Diurno convalida las
horas de trabajo comunal de estudiantes de colegio
y algunas universidades a cambio de artículos
como:
suministros para manualidades tales como
pintura acrílica para country, goma, papeles de
colores y cartulinas;
juegos de desarrollo psicomotor;
rompecabezas; artículos para abastecer la sala
de terapia ocupacional y física tales como ligas
de estiramiento y pedales; entre otros.
Donaciones por TCU
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Por esta modalidad también se obtuvo el equipo de internet inalámbrico actualmente en uso,
y parte del equipo de audio.
Cabe mencionar lo que indica el Programa de Servicio Comunal Estudiantil (SCE), que para el
año 2015 emitió el Ministerio de Educación Pública (MEP):
1. El SCE es un requisito de graduación del Ciclo Diversificado, que deberán cumplir
todos y todas las estudiantes de instituciones diurnas, matriculados en los niveles de
décimo año en Colegios de Educación Académica y de undécimo en Educación
Técnica, mediante la realización de un proyecto con una duración mínima de 30 horas.
2. Como su nombre lo indica SE TRATA DE UN SERVICIO NO DE UN TRABAJO.
Los proyectos que se ejecuten como SCE deben reflejar los intereses y necesidades de
la población estudiantil y en ninguna forma deben sustituir las obligaciones inherentes
a otras entidades. Por ejemplo labores de construcción, remodelación, financiamiento
o sustitución de servicios en el centro educativo u otros.
Además el Decreto 30226-MEP en sus artículos n° 1 y n° 2, indica lo siguiente acerca de la
naturaleza del servicio comunal estudiantil:
Artículo 1.—Se establece el Servicio Comunal Estudiantil SCE como el requisito para
los estudiantes de colegios académicos o técnicos diurnos. Los estudiantes de colegios
académicos diurnos cumplirán con esta obligación en X año y en los colegios
Técnicos lo harán en undécimo año.
Artículo 2º—Se entiende por Servicio Comunal Estudiantil la participación de los
estudiantes de la educación diversificada en: programas, proyectos y actividades que
favorezcan el desarrollo personal y social del estudiante y contribuyan a la solución de
problemas Institucionales y Comunales.
Este tipo de donaciones surge de la necesidad del estudiante de cumplir con un requisito
académico, y la necesidad del Centro Diurno de cubrir carencias concretas de material y equipo
para ofrecer un mejor servicio a la comunidad de adultos mayores que acuden al Centro; es una
relación directa de costo-beneficio de forma bilateral.
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Pese a que la imagen que podría proyectar el Centro Diurno con esta práctica pondría en riesgo su
reputación y credibilidad ante las instituciones educativas a las cuales, en buena teoría, les
permite ejecutar sus proyectos del Programa de Servicio Comunal, esto no sucedería si existiera
una supervisión de parte del centro educativo. No obstante, sí se está involucrando en alguna
medida al estudiante, para dar solución a problemas institucionales a nivel de comunidad
(problemas de material y equipo), tal y como lo señala el artículo 2do del Decreto 30226-MEP,
antes mencionado.
Claro está, el fin no justificaría los medios; pero hasta el momento no se está violentando ninguna
prohibición por parte del Ministerio de Educación, ni de los órganos concedentes de recursos
públicos que en este caso no tenemos ninguna injerencia en el tema.
Al respecto, la coordinadora indicó que en cuanto al TCU, la primera opción que siempre ha
tenido el estudiante es “cumplir las horas de servicio”. La otra opción, si ya trabajan, es que ellos
hagan una donación en especie al Centro Diurno.
El otro tipo de donaciones son donaciones en efectivo por parte de algún tercero, o abarrotes u
otros enceres para actividades específicas; según se pudo constatar en el reporte de donaciones en
las actas de Junta Directiva que fueron revisadas.
Hace algunos años, por medio de una Jueza en el Juzgado de Desamparados, hija de una
miembro de Junta Directiva en ejercicio en ese entonces, y con fundamento en el artículo n° 53
del Código Penal, el cual obliga al condenado a pagar a la institución que la ley designe, dentro
de un plazo, una suma de dinero fijada en días multa, el Centro Diurno Socorro Chacón ha
formado parte de esa lista de instituciones destinatarias de dichos recursos; por lo tanto, hasta la
fecha ha recibido en una cuenta bancaria específica el depósito por parte del Juzgado, el cual es
independiente de que haya o no alguna persona cumpliendo horas de Trabajo Comunal.
Este ingreso se considera como “donación” de recursos provenientes del Juzgado, sin embargo no
se confecciona recibo por dinero ya que el respaldo del ingreso es el propio movimiento en los
Estados de Cuenta.
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Actividades extra curriculares
Como parte del autofinanciamiento, el Centro
Diurno organiza una vez al mes un “baile del
pueblo”, el cual ya los vecinos esperan. Esta
actividad tiene alrededor de 10 años de
realizarse exitosamente, a tal punto que han
invertido cerca de 3 millones de colones de
recursos propios en la compra de mesas y sillas
para esta actividad, además se reservan la
posibilidad de alquilarlas junto al salón para
actividades especiales.
Una debilidad al respecto es que la Asociación
no cuenta con la autorización de la
Municipalidad local, con fundamento en la Ley
6844, que establece un impuesto del cinco por ciento (5%) a favor de las municipalidades, que
pesará sobre el valor de cada boleta, tiquete o entrada individual a todos los espectáculos públicos
y de diversión no gratuitos. En el caso de la Municipalidad de Desamparados existe una “Boleta
de solicitud para la realización de espectáculos públicos, concierto, baile, feria, turnos y
concentraciones masivas”, el cual establece una serie de requisitos con el fin de regular este tipo
de actividades.
Tal y como lo indica el artículo n° 3 de la Ley
9047, Ley de Regulación y Comercialización de
Bebidas Alcohólicas, la comercialización al
detalle de bebidas con contenido alcohólico
requiere licencia de la municipalidad del cantón
donde se ubique el negocio. Actualmente la
Asociación cuenta únicamente con un permiso
del Ministerio de Salud para la venta de comidas.
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Cabe señalar que esta actividad surge como una necesidad de unir al pueblo mediante actividades
comunales con un carácter recreativo, que además, le permite al Centro Diurno recaudar recursos
para atender los servicios que brinda a los adultos mayores.
Sin embargo, no ajustarse a las disposiciones legales y administrativas vigentes, tanto en la
organización de espectáculos públicos como en la venta de bebidas con contenido alcohólico, no
solo puede traer consecuencias de índole penal, sino que pone en riesgo la integridad del Centro
Diurno, y por ende, el bienestar de los adultos mayores que encuentran en esta institución su
actividad principal diaria y la oportunidad para alimentarse, acondicionarse física y mentalmente,
y compartir con otros adultos mayores; entre otras actividades y beneficios.
En ambos casos, donaciones y actividades extra curriculares, esta Auditoría tuvo conocimiento de
los resultados positivos para el autofinanciamiento en pro de la supervivencia del Centro Diurno,
pero no se incluyen cifras detalladas en este estudio ya que se trata de fondos privados, fuera de
la supervisión de esta Dirección de Auditoría.
2.9.2 Revisión de Egresos
De acuerdo a la revisión de las liquidaciones de recursos emitidas por la Asociación de Atención
Integral del Anciano San Juan de Dios de Desamparados se determinó lo siguiente:
2.9.2.1 Ley 7972
De los recursos disponibles provenientes de la Ley 7972 en el 2014, se gastaron ¢4.870.202,
es decir, un 98% de los recursos; quedando un saldo de ¢99.960 al 31/12/2014.
Por concepto de pago de salarios, incluyendo cargas sociales, se gastó un total de
¢3.111.480.
El detalle se presenta a continuación:
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Cuadro N° 2
Pagos de Planilla con recursos de la Ley 7972
Año 2014
Nombre Cargo Fecha Monto
Flory Gamboa Campos Cocinera 13/02/2014 ¢135.395,00
Shirley Ortega Retana Coordinadora CD 13/02/2014 ¢174.444,00
CCSS cargas sociales - 11/03/2014 ¢544.946,00
Grace Salas Traña Cocinera 28/05/2014 ¢135.244,00
Verny Chacón Mora Guarda 28/05/2014 ¢135.526,00
Grace Salas Traña Cocinera 04/06/2014 ¢135.244,00
Verny Chacón Mora Guarda 09/06/2014 ¢135.526,00
CCSS cargas sociales - 08/08/2014 ¢616.537,00
Verny Chacón Mora Guarda 10/09/2014 ¢133.659,00
Javier Agüero Hernández Médico 26/09/2014 ¢150.000,00
Elizabeth Montoya Mena Terapeuta 11/11/2014 ¢102.756,00
Shirley Ortega Retana Coordinadora CD 11/11/2014 ¢178.544,00
Verny Chacón Mora Guarda 11/11/2014 ¢133.659,00
Luis A. Salas Valverde Psicólogo 01/12/2014 ¢200.000,00
Luis A. Salas Valverde Psicólogo 18/12/2014 ¢200.000,00
TOTAL ¢3.111.480,00
Fuente: Liquidaciones de gastos 2014. AAIA San Juan de Dios Desamparados.
Lo anterior, representa el 63% de los recursos disponibles 2014; provenientes de esta Ley.
En la revisión de cheques de esta cuenta se constataron pagos por servicios profesionales del
Médico y el Psicólogo.
Por concepto de servicios públicos se gastaron ¢638.722 colones.
Por concepto de transporte de los adultos mayores se gastaron ¢1.050.000
Por concepto de gas para la cocina se gastaron ¢70.000 colones
2.9.2.2 Ley 8783
De los recursos disponibles provenientes de la Ley 8783 en el 2014, se gastaron
¢10.061.416,81, es decir, un 98% de los recursos; quedando un saldo de ¢187.375 al
31/12/2014.
(aguinaldo)
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Por concepto de salarios, se gastó un total de ¢1.132.345 de los siguientes funcionarios:
Cuadro N° 3
Pagos de Planilla con recursos de la Ley 8783
Año 2014
Nombre Cargo Fecha Monto Tipo de pago
Mirna Picado Muñoz Miscelánea 25/08/2014 ¢276.567,00 Mensual
Grace Salas Traña Cocinera 12/08/2014 ¢138.422,00 Una quincena
Verny Chacón Mora Guarda 12/08/2014 ¢133.659,00 Una quincena
Grace Salas Traña Cocinera 10/09/2014 ¢138.422,00 Una quincena
Elizabeth Montoya Mena Terapeuta 12 y 25 Agosto ¢205.512,00 Dos quincenas / hrs
Ayleen Chávez Ureña Terapeuta 25/08/2014 ¢137.007,00 Una quincena / hrs
Elizabeth Montoya Mena Terapeuta 10/09/2014 ¢102.756,00 Una quincena / hrs
TOTAL
¢1.132.345,00
Nota: El monto de los salarios es neto, ya fueron rebajadas las cargas sociales.
Lo anterior, representa el 11% de los recursos de esta Ley; disponibles en el año 2014.
Al respecto cabe recordar lo que estipula el inciso d) del Artículo n° 3 de la Ley 8783, Ley de
FODESAF, reformado mediante el artículo n° 3 de la ley 9188, Ley de Fortalecimiento al
CONAPAM:
Artículo 3:
Con recursos del Fodesaf se pagarán de la siguiente manera programas y
servicios a las instituciones del Estado y a otras expresamente autorizadas en
esta Ley, que tienen a su cargo aportes complementarios al ingreso de las
familias y la ejecución de programas de desarrollo social. Para ello, se
procederá de la siguiente manera: (…)
d) (…) De los recursos que el Conapam destinará para la atención de personas
adultas mayores internadas en establecimientos públicos o privados, diurnos y
permanentes, se autoriza hasta un cincuenta por ciento (50%) de los costos de
la planilla del personal especial encargado de atender a las personas adultas
mayores internadas en establecimientos para su cuido y atención. Los centros
privados deberán comprobar su idoneidad, ante el Ministerio de Salud, estar
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acreditados de conformidad con la Ley General de Salud, y sus reformas, lo
estipulado en el reglamento de esta ley, y deberán tener el carácter de bienestar
social vigente otorgado por el IMAS. (…)
Además, en el oficio AJ-DESAF-N-174-01 del 6 de noviembre 2001se indica:
(…) todo gasto que se justifique en la consecución directa de ese Servicio
Público, tendrá el reconocimiento legal para ser asumido por el FODESAF.
Pues debe quedar claro que al ser los Programas y Servicios Sociales que
financia el FODESAF, la herramienta fundamental para satisfacer el interés
Público referido, su efectiva elaboración conlleva a gastos fundamentales, que
de no ser asumidos se imposibilita materialmente el desarrollo de la obra. (…)
Tomando en cuenta lo anterior, en primera instancia esta Auditoría considera que las labores de
la miscelánea no constituyen atención directa a los adultos mayores; sin embargo, se podría
considerar también, que si sus labores no se llevan a cabo, se imposibilitaría directamente el
servicio que se presta a los adultos mayores beneficiarios del Centro, en un ambiente adecuado de
limpieza y sanidad ambiental; aunado a lo anterior, según lo manifestó la coordinadora del Centro
Diurno, la señora Shirley Ortega, aunque la señora Mirna Picado Muñoz se destaca en el puesto
de miscelánea, también cumple funciones de auxiliar en la cocina durante los tiempos de
alimentación de los adultos mayores. No obstante, dichas funciones no están descritas en el
correspondiente Anexo al Manual de Puestos de la Institución.
En el caso del oficial de seguridad, el señor Verny Chacón, únicamente labora en horas de la
noche, es decir, mientras el Centro Diurno se encuentra cerrado, por lo tanto no se justifica el
pago de salarios con estos recursos públicos ya que su servicio no constituye atención directa a
los adultos mayores.
Por concepto de actividades recreativas se gastaron ¢738.000 desglosados de la siguiente
manera: a- el 7/05/2014 un pago de ¢558.000 por concepto de entrada al Balneario Termal
Orosi, alimentación (desayuno, almuerzo y café de la tarde) y uso de las instalaciones; b- el
13/06/2014 un pago de ¢30.000 por concepto de servicio de Karaoke Bailable para la fiesta
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del Día del Padre; y c- el 12/08/2014 un pago de ¢150.000 por concepto de confección de
estolas como obsequio a las adultas mayores en la celebración del Día de la Madre.
En alimentación se gastaron ¢6.501.108, lo que equivale a un poco más del 63% de los
recursos disponibles provenientes de esta Ley.
El gasto de ¢1.689.963,31 fue justificado como compra de artículos de aseo personal. Al
revisar algunas facturas al respecto, se determinó que estos artículos son de uso personal y de
higiene tal como toallas de manos, papel higiénico, jabón para manos y servilletas.
A continuación se resume la ejecución del presupuesto por parte de la Asociación:
Cuadro N° 4
EJECUCIÓN DE PRESUPUESTO CENTRO DIURNO SOCORRO CHACON
LEY origen de recursos
RUBRO
7972 % 9188 (8783) %
Salarios ¢3.111.480,00 63% ¢1.132.345,00 11%
Servicios Públicos ¢638.722,00 13% 0,00 0%
Transporte ¢1.050.000,00 21% 0,00 0%
Gas cocina ¢70.000,00 1% 0,00 0%
Actividades recreativas 0,00 0% ¢738.000,00 7%
Alimentación 0,00 0% ¢6.501.108,50 63%
Uso personal e higiene 0,00 0% ¢1.689.963,31 16%
TOTAL DE GASTOS ¢4.870.202,00 98% ¢10.061.416,81 98%
Diferencia ¢99.960,55 2% ¢187.375,11 2%
Fuente: Liquidaciones de gastos 2014. AAIA San Juan de Dios Desamparados.
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2.10 Pago de planillas
En el apartado anterior se hizo referencia al pago de planillas con recursos provenientes de ambas
leyes, sin embargo es importante acotar las siguientes observaciones:
De los nueve funcionarios que conformaron las planillas de enero a diciembre del año 2014,
se observó que en la mayoría de los casos el pago registrado por la administración concuerda
con el pago reportado a la C.C.S.S.
Se observó que se respetó e inclusive se superó, el salario mínimo de Ley de cada semestre,
según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la mayoría de los casos; sin embargo,
se determinaron algunas inconsistencias:
Durante el primer semestre 2014, el salario del señor Verny Chacón Mora, destacado como
guarda nocturno del Centro Diurno, superó el mínimo de Ley; sin embargo se determinó una
diferencia entre lo que se pagó (¢294.306), según la administración y lo que se reportó a la
C.C.S.S. (¢287.548), siendo este último el menor.
Durante el segundo semestre 2014, nuevamente se determinó una diferencia en el salario del
señor Verny Chacón Mora, entre lo que se le pagó (¢298.418), según la administración y lo
que se reportó a la C.C.S.S. (¢294.306), siendo este último el menor; además, en esta ocasión
el salario estuvo por debajo del mínimo de Ley.
Durante el primer y segundo semestre 2014, el salario de la señora Shirley Ortega Retana y
la señora Ayleen Chaves Ureña, coordinadora y terapeuta del Centro respectivamente, se
encontró por debajo del salario mínimo de Ley según el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social.
También se determinó una diferencia en el salario de la señora Mirna Picado Muñoz, entre lo
que se le pagó (¢304.489), según la administración y lo que se reportó a la C.C.S.S.
(¢299.025), siendo este último el menor.
A continuación un cuadro que resumen las comparaciones anteriores:
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Cuadro N° 5
Nombre CargoJornada laboral
(días / horas-día)Pagado Rep. CCSS Minimo de Ley Proporcional Diferencia de + Pagado Rep. CCSS Minimo de Ley Proporcional Diferencia de +
Elizabeth Montoya Mena Terapeuta 3d / 5h 221.064,00 221.064,00 583.633,64 157.945,85 63.118,15 226.259,00 226.259,00 597.349,00 161.657,57 64.601,43
Flory Gamboa Campos Cocinera 5d / 8h 297.793,00 297.793,00 214.909,37 214.909,37 82.883,63 0,00 0,00 - - -
Shirley Ortega Retana Coordinadora 5d / 8h 384.111,00 384.111,00 397.010,24 397.010,24 -12.899,24 393.138,00 393.138,00 406.339,98 406.339,98 -13.201,98
Grace Salas Traña Cocinera 5d / 8h 297.796,00 297.796,00 214.909,37 214.909,37 82.886,63 304.794,00 304.794,00 223.505,94 223.505,94 81.288,06
Verny Chacón Mora Guarda 6d / 12h 294.306,00 287.548,00 287.547,21 287.547,21 6.758,79 298.418,00 294.306,00 299.307,90 299.307,90 -889,90
Mirna Picado Muñoz Miscelánea 5d / 8h 292.160,00 292.160,00 266.942,69 266.942,69 25.217,31 304.489,00 299.025,00 278.207,70 278.207,70 26.281,30
Ayleen Chaves Ureña Fisioterapeuta 3d / 6h 147.376,00 147.376,00 583.633,64 189.535,02 -42.159,02 150.839,00 150.839,00 597.349,00 193.989,09 -43.150,09
Natalia Rodríguez Salazar Terapeuta 3d / 6h 0,00 0,00 - - - 0,00 0,00 - - -
Marianela Herrera Castro Oficinista 5d / 4h 0,00 0,00 - - - 149.654,00 n.r. 149.654,00 299.307,90 108.000,27 41.653,73
Salarios 2014
PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE
PLANILLA C.D. SOCORRO CHACÓN, AÑO 2014
Cuadro comparativo, salario mínimo de Ley, reporte en planilla de la C.C.S.S y registro de pagos del Centro Diurno.
Fuente: Planillas de la CCSS y comprobantes de pago del Centro Diurno; Decretos MTSS Salarios Mínimos 2014.
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Finalmente se determinó que la funcionaria Marianela Herrera Castro cumple funciones de
oficinista a partir de noviembre del 2014 en un período de prueba laboral, cuyo salario ha
sido cancelado con recursos propios, según lo reportado por la Administración del Centro
Diurno, pero hasta octubre 2015 no ha formado parte de las planillas reportadas a la C.C.S.S.
2.11 Revisión de activos
En la revisión de activos adquiridos con fondos provenientes de los Convenios de Transferencia
de Recursos suscritos entre la Asociación y el CONAPAM, únicamente se determinó un tanque
para agua caliente en mal estado, el cual ya ha sido
sustituido en dos ocasiones antes que se hiciera la
solicitud de baja del inventario al CONAPAM; y un
detector de humo que fue declarado como robado.
Mediante Acta n° 240 de reunión ordinaria de Junta
Directiva celebrada el miércoles 27 de agosto 2015, se
toma el acuerdo en firme n°567-2015 para sacar del
inventario de activos el Calentador de Agua Marca
Apolo (placa B-026) y el detector de Humo robado
(placa B-034).
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3. CONCLUSIONES
3.1 Mediante entrevista realizada a la coordinadora del Centro Diurno Socorro Chacón, se
determinó la necesidad de implementar programas de capacitación enfocados al desarrollo de
destrezas para el manejo de personal y la relación con los adultos mayores, dirigidos para los
coordinadores y asistentes de los centros de atención diurna y permanente de adultos mayores.
3.2 Las actas de Junta Directiva de la Asociación, carecen de claridad a la hora de expresar los
acuerdos adoptados, ya que no consta la unanimidad o parcialidad del voto, con las aclaraciones
pertinentes del porqué se abstendrían de emitir el voto.
3.3 La Asociación de Atención Integral de Ancianos San Juan de Dios de Desamparados
cuenta con algunos reglamentos y procedimientos acordes a su actividad; sin embargo, se
determinó la existencia de un Manual de Puestos que sustituyó al Reglamento Interno de Trabajo,
el cual por su contenido se evidenció que se trata del mismo documento anterior con algunas
excepciones, no obstante ninguno de los dos documentos cuenta con la aprobación del Ministerio
de Trabajo.
3.4 Mediante entrevista realizada a algunos de los funcionarios, entre otras cosas se determinó
la calidad del servicio que se les brinda a los adultos mayores, el excelente trabajo en equipo
desempeñado por todos los funcionarios, las actividades que realizan con los adultos mayores y la
diferenciación entre los adultos mayores para un mejor servicio personalizado. También se
evidenció el seguimiento a cada funcionario por parte de la Administración.
3.5 De acuerdo a los resultados de la revisión de los expedientes administrativos de los adultos
mayores, destacó la necesidad de dejar evidencia en todos los expedientes, acerca del
conocimiento que tiene el adulto mayor y sus familiares del “Reglamento de admisión y
permanencia”, e incluir la solicitud formal del servicio, ya que en algunos expedientes no se
encontró esa información.
3.6 Según lo expresado por los adultos mayores beneficiarios del Centro Diurno y de acuerdo a
lo observado durante la permanencia de esta Auditoría en el Centro, el cumplimiento de los
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derechos fundamentales de los adultos mayores de contar con un lugar digno y apto para la
permanencia temporal, es satisfactorio. No solamente se observaron las actividades que realizan
sino también ellos externaron su testimonio de ello. Se conoció además, su percepción acerca del
servicio y atención que reciben, las actividades de terapia y recreativas que realizan durante el
día, sus padecimientos, y el acceso a los servicios de atención en salud y suministro de
medicamentos, tanto dentro del Centro Diurno como fuera de él.
3.7 Durante el recorrido por la Institución se determinó la calidad de las instalaciones, áreas de
descanso, de alimentación, de terapia y atención médica, así como de otras actividades como la
huerta y la capilla; lo cual evidencia el servicio con que cuentan los adultos mayores.
3.8 Es evidente el esfuerzo por parte de la Asociación para su auto financiamiento, para cubrir
todas sus necesidades y cumplir cabalmente con el servicio que los adultos mayores requieren;
sin embargo, en el caso de las donaciones a través de los programas de servicio comunal
estudiantil, se determinó la carencia de un programa de trabajo con una oferta de temas y
proyectos a desarrollar directamente en el Centro Diurno, donde se evidencien las opciones por
las que pueden optar los estudiantes; y en el caso de las actividades extra curriculares,
específicamente de los bailes, se determinó el incumplimiento de los trámites legales y
administrativos que corresponden según la legislación vigente para la realización de este tipo de
actividades.
3.9 De conformidad con el estudio realizado, el cumplimiento de la normativa técnica, legal y
administrativa, en el manejo de los fondos públicos transferidos por el CONAPAM por parte de
la Asociación, ha sido medianamente satisfactorio, ya que se determinó el pago de algunas
planillas de funcionarios del Centro Diurno con recursos de la Ley 8783, sin ser personal de
atención directa de los adultos mayores, tal y como lo exige esta ley. Además, se determinaron
algunas diferencias en salarios pagados por debajo del salario mínimo, y reportes a la Caja
Costarricense de Seguro Social inferiores a lo que indican algunos comprobantes de pago; la
justificación de lo anterior no fue sustentada por la Administración del Centro Diurno.
Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor Tel.: (506) 2223-8283 Ext.130. Fax: (506) 2223-9281 / 2221-8191 www.conapam.go.cr / [email protected]
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San José, Costa Rica. Bº González Lahman. Del Ministerio de Ambiente y Energía. 100 metros norte. Apartado: 639-2010 Zapote
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3.10 La ejecución de los recursos recibidos por la Asociación a través de los Convenios de
transferencia con el CONAPAM, ha sido satisfactoria ya que tanto los recursos provenientes de la
Ley 7972 como de la Ley 8783, han sido ejecutados en un 98%.
4. RECOMENDACIONES
A LA JUNTA RECTORA DEL CONAPAM
4.1 Girar las instrucciones que correspondan y disponer las medidas que estime pertinentes,
con el propósito de que las recomendaciones que se detallan a continuación sean
debidamente implementadas, estableciendo el plazo de cumplimiento de conformidad con
lo que establece el artículo No.37 de la Ley General de Control Interno, Ley 8292, que a
continuación se transcribe, con el propósito de fortalecer los sistemas de control interno y
atender de manera apropiada las responsabilidades establecidas en esta Ley.
“Artículo 37.- Informes dirigidos al jerarca. Cuando el informe de auditoría esté
dirigido al jerarca, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en un
plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el
informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones,
dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas que motivadamente
disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al
titular subordinado correspondiente”.
A LA DIRECCION EJECUTIVA
4.2 Comunicar a la Asociación de Atención Integral de Ancianos San Juan de Dios de
Desamparados, Centro Diurno Socorro Chacón, el resultado y recomendaciones del
presente informe, sin perjuicio de una fiscalización posterior.
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4.3 Analizar la necesidad de capacitación que externan las organizaciones de bienestar social
que ejecutan programas administrados por el CONAPAM, con el fin de buscar
alternativas para el desarrollo de destrezas en el manejo de personal y mejorar la relación
y atención de los adultos mayores; tanto para los coordinadores y sus asistentes, como el
resto del personal involucrado en la atención en centros diurnos y permanentes.
A LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOC. DE ATENCIÓN INTEGRAL DE ANCIANOS
SAN JUAN DE DIOS DE DESAMPARADOS
4.4 Incluir en las actas de Junta Directiva, el alcance de cada acuerdo y sus limitaciones, si las
hubiese, indicando si existe voto en contra, en cuyo caso debe estar indicado el nombre de
los miembros que se oponen. Además, debe constar en el acuerdo el medio por el cual
deberá divulgarse el mismo, cuando éste deba ser de conocimiento de algún área
específica del Centro Diurno.
4.5 Analizar la pertinencia de gestionar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el
aval al Reglamento Interno de Trabajo, a la luz del artículo n° 67 del Código de Trabajo.
4.6 Cumplir con el deber legal dispuesto en los Convenios suscritos por la Asociación,
respecto al mantenimiento y actualización de los expedientes de los adultos mayores
beneficiarios de los programas administrados por el CONAPAM.
4.7 Considerar la realización de un programa de trabajo para el servicio comunal estudiantil
con una oferta de temas y proyectos a desarrollar directamente en el Centro Diurno,
analizando los costos y requerimiento de tiempo de los estudiantes; en procura de guardar
la imagen de la Institución desde el punto de vista de transparencia y organización.
4.8 Considerar la gestión de los trámites que correspondan, ante las autoridades competentes,
en cumplimiento de la Ley n° 6844, que establece un impuesto a todos los espectáculos
públicos y de diversión no gratuitos, y de la Ley n° 9047, Ley de Regulación y
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Comercialización de Bebidas Alcohólicas; en procura de mantener una actividad que une
al pueblo y genera recursos para la Institución en un marco de legalidad y buena imagen
de la Institución.
A LA DIRECCIÓN TÉCNICA
4.9 Solicitar a la Unidad de Fiscalización Operativa la revisión de los pagos efectuados por
concepto de planilla de los funcionarios señalados en el numeral 2.9.2.2., considerando la
pertinencia del pago con recursos públicos, y el apartado 2.10 de este Informe,
considerando las diferencias determinadas en pagos efectuados por debajo de los salarios
mínimos y/o reportes inconsistentes a la C.C.S.S.; y la emisión de un informe con el
resultado de esa revisión y las medidas respecto a la posible solicitud de devolución de
dinero a la Asociación, por los recursos públicos utilizados para dichos pagos.
El presente informe fue presentado en su versión preliminar a la Administración del Consejo
Nacional de la Persona Adulta Mayor, estando presentes la Dirección Ejecutiva, tres funcionarios
de la Dirección Técnica y la Asesoría Legal, conforme el acta de conferencia final extendida el
día lunes 9 de noviembre a las 10:30 horas; las observaciones fueron atendidas pero no existieron
documentos adicionales a adjuntar a dicho informe.
Lic. Adrián Montoya Arias
Colaborador Auditoría
Licda. Kattia Alfaro Espinoza
Auditora General
Noviembre, 2015
Revisión 07/12/2015
Original
Firmado Lic. Adrián Montoya Arias Original
Firmado Licda. Kattia Alfaro Espinoza