Download - Consejo escolar

Transcript
Page 1: Consejo escolar

CONSEJO ESCOLAR

ÓRGANO COLEGIADO DEL CENTRO

Page 2: Consejo escolar

¿QUÉ ES?(ORDEN de 9 de octubre de 1996 y Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre) El Consejo Escolar es un órgano de gobierno del Colegio. Se compone de todos los sectores que conforman la Comunidad Educativa: Titularidad (3 miembros) y Dirección (asumiendo la presidencia)

Profesorado (4 miembros, elegidos/as entre ellos)Alumnado (2 miembros, elegidos/as entre ellos)Padres / madres (4 miembros, elegidos/as entre ellos)Personal no docente (1 miembro, elegido/a entre ellos)

La participación en el Consejo se ejercita en representación cada sector y, por tanto, deben informar a sus representados y atender las propuestas que les presenten.

Page 3: Consejo escolar

COMPETENCIAS (I)a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la Ley Orgánica.b) Evaluar y aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.c) Participar en la selección del Director del Centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del Equipo Directivo. d) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.e) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

f) Aprobar, a propuesta del Titular, el presupuesto del Centro en lo que se refiere tanto a los fondos provenientes de la Administración como a las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.

Page 4: Consejo escolar

COMPETENCIAS (II)g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.i) Aprobar, en su caso, a propuesta del titular, las aportaciones de los padres de los alumnos para la realización de actividades extraescolares y los servicios escolares cuando así lo hayan determinado las Administraciones educativas.j) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.k) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.l) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.


Top Related