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2008
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1673
El Observatorio Indígena de Políticas Pú-blicas de Desarrollo y Derechos Étnicos es un espacio intercultural de investigación y de formulación de propuestas políticas, orientado a sistematizar, producir y di-fundir de manera regular y permanente conocimientos pertinentes y especializados sobre las problemáticas políticas, cultura-les, económicas, territoriales y de exigibi-lidad de derechos más relevantes para los pueblos indígenas de Colombia, a la vez que busca generar propuestas de políticas y estrategias para el movimiento indígena sobre dichos aspectos. La divulgación de los resultados del Observatorio se recogen en la revista Etnias & Política y otras publica-ciones tales como boletines, libros y otros.
El Centro de Cooperación al Indígena (Ce-coin) es una ONG indígena adscrita a la Organización Indígena de Antioquia (OIA), que tiene como finalidad primordial de su acción aportar al conjunto del movimien-to indígena colombiano herramientas investigativas y analíticas para la profundi-zación de sus procesos de construcción de autonomía territorial, al tiempo que con-tribuye con el conjunto de la sociedad en la producción de conocimiento cualificado que permita apuntalar los principios de la diversidad étnica y cultural que promulga la Constitución Política colombiana.
7
EN EstE NúmErO
Bolivia, batalla decisiva
7Compañero de lucha: Rafael CoicuéNuestro hermano rafael Coicué ha perdido su
ojo izquierdo a causa de un ataque del Esmad. Lo
pierde como consecuencia de la injusticia y del
abuso que cumplen 516 años causando dolor,
pobreza, sufrimiento y muerte. Lo pierde por-
que pasaba frente a “La Emperatriz” en su moto,
mientras otras y otros Nasa resistían los ataques
de la fuerza pública por exigir “Libertad para la
madre tierra”, lucha de rafa y de todas y todos
los que defendemos la vida.
si no hubiera sido por esta injusticia de siempre,
rafael no habría comenzado su vida tenien-
do que recuperar tierras con su comunidad,
arriesgando la vida sin conocer su infancia, para
escuchar el mandato de Quintín Lame y negarse
a pagar terraje y a ser siervo en la tierra, en la que
recibimos al extranjero para que nos cobrara con
explotación y miseria por dejarlo vivir en nuestra
madre.
si no hubiera sido por la injusticia, rafa no habría
tenido que vivir hasta hoy con el peso en el alma
de haber sobrevivido la masacre de El Nilo en
la que la fuerza pública, los paramilitares y los
narcos asesinaron a su hermano entre las 20 per-
sonas que allí cayeron.
si hubiera justicia, el Estado y los diversos gobier-
nos, en consecuencia con sus obligaciones, desde
diciembre de 1991 habrían entregado las 15.663
hectáreas por las que seguimos luchando hoy en
día. si no gobernara la injusticia, la fuerza pública
estaría liberando tierra con nosotras y nosotros
para cumplir el deber de defender los derechos
de los pueblos y la vida en vez de perseguirnos
para así defender privilegios de terratenientes.
Como no hay justicia, rafael, desde el Cabildo
de Corinto, organizó la Audiencia del 4 de julio
de 2008, porque el ejército de Colombia fusiló
dentro de su humilde vivienda a dos comuneros
de tacueyó y pretendió hacerlos pasar como
guerrilleros muertos en combate y porque desde
Corinto, se levanta la dignidad hoy a reclamar y
construir resistencia y vida ante el proyecto de
muerte que, desde el Plan Colombia II viene a
robarnos el territorio para entregarlo a las corpo-
raciones transnacionales. Cuando recorría las co-
munidades y viajaba a Quilichao para completar
los preparativos de la Audiencia, fue impactado
en su ojo.
Porque debe haber justicia, nosotros, hermano
rafa, amigo, ejemplo, compañero, te reconoce-
mos hoy y desde hace tiempo como lo que eres:
humilde, comprometido, estudioso, sabio, leal
y cercano a nuestras almas y a nuestra tierra. te
honramos rafael, porque has estudiado como
nadie esta realidad, porque conoces como pocos
el proyecto global egoísta y porque te has de-
dicado a aprender para enseñarnos y para tejer
una jigra de unidad y dignidad con otros pueblos
y procesos. Nos honras como Nasa porque tu
vida es ejemplo y por eso nos cuesta trabajo no
dejarnos llevar por la ira y el odio ahora mismo,
mientras pierdes el ojo. No podemos echar atrás
lo sucedido aunque quisiéramos. No podemos
devolverte el ojo, pero sí defender tu mirada
transparente y de futuro. Esa, no te la pueden
quitar porque es de todas y de todos y porque tie-
nes más fuerza, más claridad y más compromiso
que toda la injusticia que te han hecho.
Bolivia batalla decisivate
jido
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ISSN
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contenido
3 editorial
PUntoS de ViStA8 La doctrina Aznar:
claves ideológicas de la desposesión Alejandro Mantilla Quijano
22 Pueblos indígenas, Autonomía y Libre determinaciónAlejandra María García A. carlos Andrés Zapata c.
40 La pluralidad étnica y la nación colombiana: una historia políticaefraín Jaramillo Jaramillo
indÍGenAS de AMÉRicA58 La batalla en Bolivia es decisiva
para los pueblos indígenasHéctor Mondragón
76 Bolivia: grandes oportunidades, grandes peligros. La cuestión civilizatoriaPablo Ariel Regalsky
94 estados plurinacionales y constituyenteBoaventura de Sousa Santos
104 Autonomías indígenas y comunalidad: debates y propuestas para el estudio y la praxis de las autonomías en el estado de oaxacaisis contreras
Mar
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era
Etnias&políticaRevista del observatorio indígena de Políticas Públicas de desarrollo y derechos ÉtnicosiSSn 1900 1673
consejo editorialAbadio Green, Camilo Castellanos, Carlos Andrés Zapata, Héctor Mondragón, José Domingo Caldón, Juan Houghton.
editorHéctor Mondragón
FotografíasCubierta: Marcela Olivera
Archivo Cecoin, Carlos Gómez Ariza, Marcela Olivera, Indymedia, Soldepaz, Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, OIA, Tejido de comunicación ACIN
divulgaciónHernán Molina Echeverri
Revisión de textosMaría José Díaz Granados
diseño y diagramaciónMartha Gómez
Producción editorialMarta Rojas
impresiónEdiciones Antropos
Las opiniones expresadas en esta revista solo comprometen a sus autores.
Se autoriza su reproducción parcial o total citando la fuente. Se agradece enviar copia.
Bogotá, D.C., ColombiaCarrera 10 Nº 24-76 Oficina 706Telefax (57-1) 334 1810Correo electrónico: [email protected]
Esta publicación es posible gracias al auspicio de:
ActUALidAd128 después de la caída
Alejandra Azuero Quijano
138 Los territorios indígenas traslapados con áreas del sistema de parques nacionales naturales en la Amazonia colombiana: situación actual y perspectivasRamón esteban Laborde
152 Uribe incumple reparación integral por masacre y amenaza
¡Llamo a los jóvenes nasa a levantarse! debate en la comisión Segunda del Senado sobre
la situación de los pueblos indígenas del caucaJesús Piñacué Achicue
docUMentoS158 Biodiversidad, cambio climático y derechos
de los pueblos indígenas en colombiaonic
160 Los diez mandamientos para salvar el planetaevo Morales Ayma
ALMÁCIGAGRUPO DE TRABAJO INTERCULTURAL
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Carlos Gómez Ariza
durante 516 años de resistencia en las Américas ha estado planteado el problema de la dominación de los pueblos in-dígenas por los poderes y modelos económicos impuestos mediante las armas y el colonialismo. Ahora, como cuando
Tupac Amaruc se levantó contra los españoles, los pueblos indígenas del continente vuelven a levantar por todos lados alternativas para liberarse de la opresión de siglos, del despojo de sus territorios.
Es el resultado de años de lucha y organización lo que ha permitido una presencia pública y una acción política de los indígenas y de sus propuestas, las cuales han tratado de plasmar en leyes y constitucio-nes nacionales y, finalmente, en la legislación internacional.
Los Convenios 107 y 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) significaron importantes pasos en el establecimiento interna-cional de una nueva normatividad que al fin reconociera los derechos fundamentales de los pueblos indígenas, y que sirviera de marco para las innovaciones constitucionales que en cada país abrían paso a ese reconocimiento, como fue el caso de lo dispuesto por la Consti-tución de 1991 sobre los pueblos indígenas de Colombia.
Pero la reacción del establecimiento y los intereses creados contra el reconocimiento de los derechos indígenas se ha entrelazado con la política del capital transnacional, ansioso de modificar la normativi-dad mundial en un sentido totalmente contrario, para reconocer los “derechos” de los inversionistas, del capital, es decir, de las propias transnacionales.
Una nueva constitución mundial que pone los derechos de las trans-nacionales por encima de los derechos humanos y de los derechos
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colectivos se fragua mediante los llamados tratados “de libre comercio”, las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y mediante numerosas leyes fores-tales, rurales, de tierras, de aguas, de minas, de petróleos, de “seguridad jurídica”, de arbitraje internacional y de propiedad intelectual, leyes que son como contratos de adhesión a manera de formularios a los que simplemente se les llenan algunos datos propios del país dominado en que se van aprobando.
El establecimiento de los “derechos de los inversionistas” significa desde luego, otra vez, desconocer los derechos colectivos de los pueblos indígenas. El capital choca con-tra ellos y quiere despejar el camino. Otra vez una frondosa ideología se levanta para denigrar a los indios. El sociólogo por muchos años asesor del gobierno de Estados Unidos, Samuel Huntington, en su libro ¿Quiénes somos?, asume la cultura anglosajo-na como superior, y la identifica, con el individualismo en la medida que la ve ame-nazada por las culturas que enfatizan en los derechos colectivos. Según Huntington lo indígena, como cuna de los derechos colectivos, sería el fundamento del atraso latinoamericano. El ex presidente español José María Aznar, en su infome “América Latina, una agenda de libertad”, considera que el “indigenismo” es un “camino que se aleja de las sociedades abiertas, libres y prósperas”, porque sustituye el concepto de ciudadano de una república por el de miembro de una comunidad étnica”.
La versión criolla del mismo racismo la sublima el peruano Mario Vargas Llosa ata-cando al supuesto fundamentalismo indígena al que sindica de “Talibán”, para co-locarlo a la altura de los peores enemigos de la civilización, los terroristas. Considera las reivindicaciones indígenas como “utopía arcaica” colectivista y contrapuesta a los derechos individuales. Vargas Llosa presupone la superioridad de la otra cultura, la in-dividualista, quiere imponer el neoliberalismo como bien supremo de la humanidad.
A la nueva catarata ideológica contra la lucha de los pueblos indígenas se suman las iniciativas legislativas, como el Estatuto Rural en Colombia, los estatutos departa-mentales autonómicos en Bolivia, el Decreto Legislativo 1015 en Perú, que facilita la disolución de las comunidades andinas y amazónicas.
Más grave aún son los hechos de fuerza contra los pueblos indígenas: los asesinatos de indígenas en la Amazonia brasilera; el encarcelamiento de mapuches en Chile; la represión en Oaxaca y Chiapas, en México; las masivas agresiones racistas de la Unión Juvenil Cruceñista y otros grupos fascistas en Bolivia, y las humillaciones públicas masivas a los indígenas como la ocurrida en la ciudad de Sucre; los ataques de los terratenientes zulianos contra los indígenas yukpa en Venezuela; el aumento de las violaciones de los derechos humanos de los indígenas durante los últimos años en
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Colombia, y las órdenes del presidente Uribe de pagar recompensas por los indígenas que liberan la madre Tierra y de detener a los senadores partidarios de su causa.
Los indígenas no se amilanan por la contraofensiva racista que quiere garantizar la nueva conquista transnacional. Ellos mantienen la iniciativa.
En Ecuador han logrado su objetivo de años, la convocatoria de la Asamblea Cons-tituyente donde se consagre el carácter plurinacional del Estado, y confrontan en este momento al gobierno para exigir que en la Constitución se plasme el derecho a exigir que solamente se exploten los recursos naturales de sus territorios cuando ello cuente con su consentimiento previo, libre e informado, y no se lesione su integridad. Obviamente, los poderosos intereses de las petroleras quieren trancar la lucha de las nacionalidades indígenas.
En Bolivia la Constituyente ha aprobado un texto que consagra el carácter plurinacio-nal del país, y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y los campesinos. Actualmente en Bolivia se libra una batalla decisiva por lograr que esa Constitución entre en vigencia y se abra el paso a un cambio real en ese país.
En Venezuela, después de años de invisibilización, y tras lograr que la Constitución les reconociera derechos fundamentales, los indígenas luchan por la demarcación de sus territorios, contra los apetitos de las empresas mineras.
El discurso neoliberal y los promotores y extensionistas al servicio de las transnacio-nales tratan de contener las aspiraciones de los pueblos indígenas, asegurándoles que quieren hacerlos partícipes a ellos y a sus territorios de los “beneficios del desa-rrollo económico”. Anuncian el supuesto papel redentor del mercado, la carretera, la explotación forestal, la mina, el pozo petrolero o la agroindustria. Pocas veces los indígenas salen bien librados en su integridad cultural, social y económica, y también los resultados ambientales suelen ser funestos. Durante el proceso, la mayoría son despojados de sus tierras y aguas; convertidos en mano de obra barata o migrantes internacionales. Sólo excepcionalmente un indio se convierte en empresario, y en cambio la mayoría participa en el desarrollo en calidad de empobrecido, despojado, cuyo territorio es desarrollado mediante la inversión.
Objetiva e históricamente enfrentados a la concepción desarrollista los pueblos indí-genas se han manifestado como sujetos del derecho a la diversidad étnica y cultural, como gestores de sus propios planes de vida, que deciden sus prioridades. Exigen reconocer el proyecto de vida propio de cada pueblo indígena, con cosmovisión, es-piritualidad, organización, objetivos, prioridades, decisiones y alternativas propias,
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dispuestos a la interculturalidad, pero en términos simétricos y no asimétricos, opre-sivos; dispuestos a concertar pero a la vez a rechazar cualquier imposición.
La aspiración de los pueblos indígenas a la autonomía se basa en el proyecto de cada pueblo, luego no se pueden someter a una nueva forma de subordinación etnocen-trista que supedite los derechos indígenas al sometimiento a proyectos externos, sino que se trata de que cada pueblo, además de gestionar sus propios asuntos de acuerdo con su cultura y mediante sus autoridades propias, exprese su “consentimiento previo libre e informado” sobre todos y cada uno de los proyectos o planes de desarrollo que tengan que ver directamente con su territorio y su vida.
La principal razón por la que el colombiano fue el único gobierno latinoamericano que no votó a favor de la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas” aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de sep-tiembre de 2007, es lo dispuesto en el numeral 2 de su artículo 32:
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas
interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su
consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus
tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utili-
zación o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
El consentimiento libre e informado de los pueblos indígenas es lo que el gobierno de Álvaro Uribe Vélez no puede tolerar, y es exigido en siete artículos por la declaración, entre ellos el 19 que se refiere a las medidas administrativas o legislativas que los afecten.
¿Quién preguntó a las comunidades directamente afectadas por el Plan Puebla Pa-namá (PPP) o la Integración de la Infraestructura Regional de Suramérica (IIRSA)? Nadie. ¿Quién les ha preguntado si están de acuerdo o no con la expansión de las plantaciones de caña de azúcar y palma aceitera para el negocio de los agrocombus-tibles? ¿Quién les pregunta si les convienen o no, o si aceptan que los aplasten las hi-droeléctricas, los pozos petroleros, las minas y las grandes carreteras? Nadie.
Consideradas las sociedades y los países como multiétnicos y pluriculturales, la di-versidad se asume como una riqueza y como un derecho exigible. Las relaciones de respeto intercultural exigen concertación y consenso. Se trata de sustituir una inter-culturalidad asimétrica, dominadora, por una interculturalidad de consentimientos mutuos y prioridades consensuadas.
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Esta visión no elimina el conflicto, sino que permite resolverlo en términos de cons-trucción social. El conflicto es tan constitutivo del vínculo social como la interdepen-dencia misma,
la erradicación de los conflictos y su disolución en una cálida convivencia no es una meta
alcanzable, ni deseable (…) es preciso, por el contrario, construir un espacio social y legal
en el cual los conflictos puedan manifestarse y desarrollarse, sin que la oposición al otro
conduzca a la supresión al otro, matándolo, reduciéndolo a la impotencia o silenciándolo
(…) una sociedad mejor es una sociedad capaz de tener mejores conflictos. De reconocer-
los y de contenerlos. De vivir no a pesar de ellos, sino productiva e inteligentemente en
ellos. Que sólo un pueblo escéptico sobre la fiesta de la guerra, maduro para el conflicto,
es un pueblo maduro para la paz1.
El sistema jurídico y la práctica de un Estado democrático se sustentan en el carácter efectivamente conflictivo de la sociedad. No hay democracia ni convivencia simétrica y equitativa, cuando la idea de la colaboración obligatoria reemplaza a la de la acep-tación del conflicto y a la concertación institucional de soluciones alternativas. Se trata de construir una nueva interculturalidad, en la cual las diferencias se concierten a través de diálogo de verdades compartidas cuya tensión es una riqueza mantener. El reconocimiento de todos los territorios indígenas como entidades territoriales de la República, la consulta previa y el requisito del consentimiento libre e informado de los pueblos y las comunidades indígenas es el espacio adecuado para comenzar unas nuevas relaciones interculturales. La reciente sentencia C-030 de 2008 de la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional la Ley Forestal por ausencia de consulta previa a los pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas, puede ser un punto de referencia para comenzar.
Bogotá, 20 de junio de 2008
[1] ZULETA Estanislao (1989). “Sobre la guerra, esa borrachera colectiva”. En Elogio a la dificultad y otros ensayos. Cali, Fundación Estanislao Zuleta, 2001, p. 73.
Carlos Gómez Ariza
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StA La doctrina Aznar:
claves ideológicas de la desposesión
Renueva tu clóset: las camisas negras
vuelven a estar de moda En algunas ocasiones,
si queremos entender las
claves de una época no es
preciso acudir a los traba-
jos de reconocidos intelec-
tuales o pensadores, incluso
pueden ignorarse los libros
de filosofía, los trabajos cien-
tíficos o los más innovadores
proyectos artísticos. A veces lo
fundamental puede encontrarse
en las expresiones más pueriles y
banales. Muchos ejemplos pueden
citarse al respecto: Jacques Lacan rela-
cionaba la ética de Kant con las novelas
de Sade; Walter Benjamin procuró
explicar la formación social propia
del siglo XIX analizando los pasajes de
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Alejandro Mantilla QuijanoInvestigador del Centro de Cooperación al Indígena (Cecoin).
París (algo así como los “centros comerciales” de
la época); Naomi Klein ha expuesto los rasgos
del capitalismo contemporáneo utilizando como
pretexto conocidas marcas de prendas deportivas
y bebidas gaseosas.
Así que para empezar evitaremos los libros de
historia y los informes económicos. Mejor revise-
mos las publicaciones más superficiales, leamos
los informes sobre la moda que no usaremos,
acudamos a las páginas donde se reseñan las fies-
tas a las que no nos invitan. En esa tarea podemos
encontrar datos interesantes, como una diciente
columna de Plinio Apuleyo Mendoza. Leamos un
aparte:
Cada que veo una foto de desdentados in-
dígenas bolivianos, con sus típicos ponchos
y sombreros, aclamando furiosamente al
desastroso Evo Morales, pienso: ¡Caram-
ba, qué suerte tenemos los colombianos!
Somos completamente ajenos a enfren-
tamientos que ligan a la lucha política rei-
vindicaciones de razas o de civilizaciones.
Aceptamos los valores de Occidente” (Men-
doza, 2008, p. 18).
A Plinio le puede molestar una de cuatro cosas, o
las cuatro al mismo tiempo: 1) los indígenas boli-
vianos; 2) las preferencias políticas de los indíge-
nas bolivianos; 3) la desaparición de los dientes
de los indígenas bolivianos; o 4) los ponchos y
sombreros de los indígenas bolivianos (si escribe
en una publicación que trata temas ligados a la
moda puede ser muy estricto al respecto). La
cuestión es clara, debemos reflexionar si a Plinio
le molestan los indígenas por ser indígenas, o
si simplemente es alguien muy escrupuloso en
cuestiones dentales y estéticas. No sobra recor-
dar que los dientes no solo desaparecen por no
acudir al cepillo, sino también por deficiencia
de calcio. Los dientes desaparecen también por
desnutrición y por la ausencia de políticas de
promoción y prevención en salud oral. En cuanto
a moda se refiere, es importante señalar que los
ponchos y los sombreros con sus diseños tradi-
cionales pueden ser más cómodos y más baratos
que la mayoría de prendas de las pasarelas euro-
peas (además, las muchachas que las visten sí que
están desnutridas).
Debemos poner atención a la segunda parte del
párrafo citado, donde Plinio asume su adhesión a
los patrones occidentales, por lo que nos permiti-
mos suponer que su preocupación no es estética
sino de otro carácter: Plinio procura defender la
civilización occidental del acoso bárbaro de los
indígenas desdentados, por algo tiene nombre de
romano.
Continuemos con la lectura; en el aparte siguien-
te Plinio afirma:
Nadie entre nosotros quiere volver a los
tiempos de Tisquesusa. Nuestras comu-
nidades indígenas constituyen minorías
marginales que pueden llevar a uno de los
suyos al Congreso, a una alcaldía o de pron-
to a una gobernación departamental sin
que eso sea un problema para nadie (Men-
doza, 2008).
Podemos reconstruir el argumento de Plinio utili-
zando sus frases más inquietantes: “los indígenas
desdentados bolivianos aclaman al desastroso
Evo Morales, qué suerte tenemos los colombia-
nos, nuestras comunidades indígenas constitu-
yen minorías marginales, por eso aceptamos los
valores de Occidente”.
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[ La doctrina Aznar ]
¿No puede notarse cierto desprecio? Puede pen-
sarse que este tipo de afirmaciones son aisladas o
excepcionales, pero si analizamos las preferencias
de algunos centros de investigación, las opiniones
de determinados columnistas, o los discursos de
respetados jefes de gobierno, encontramos nuevas
posiciones racistas revestidas con nuevos trajes y
razonamientos. Este tipo de discursos tiene compo-
nentes que deben ser adecuadamente desvelados,
pues las nuevas formas de racismo no defienden la
simple supremacía “natural” de unos grupos socia-
les sobre otros de acuerdo con prejuicios atávicos. En
nuestro tiempo el racismo se articula con un discur-
so centrado en la defensa de la propiedad individual,
las garantías para la inversión y la promoción de la
democracia liberal. En ese marco puede decirse que
mientras el racista tradicional confiaba en concep-
ciones biológico-raciales que justificaban discursos
de supremacía de un grupo social sobre los demás,
el nuevo racista tiende a ampararse en discursos de
defensa de la civilización occidental y sus valores.
El racista habitual se mostraba como un enemigo
decidido del cambio social, como acérrimo defen-
sor de la tradición y de los órdenes establecidos
por Dios o la naturaleza; por oposición, el nuevo
racista es un convencido partidario del progreso,
de las libertades, de la democracia y la modernidad.
Su racismo se deriva de una concepción que bien
podemos denominar como “modernidad sin eman-
cipación”, pues acepta el legado de Occidente y la
modernidad extrapolando algunos de sus ejes, pero
ignora o combate momentos cruciales de la heren-
cia moderna.
LA CONSIGNA QUE PROCLAMA EL ANSIA
DE TRIUNFO PARA OCCIDENTE IMPLICA
NECESARIAMENTE EL ENFRENTAMIENTO
CONTRA SUS ENEMIGOS
La agenda de libertad de la derecha europea para América Latina Uno de los documentos que merece la pena ana-
lizar lleva por título América Latina. Una agenda de
libertad, editado por la Fundación para el Análisis y
los Estudios Sociales (FAES) (2007). El texto cuenta
con una presentación elaborada por el ex jefe del
gobierno español José María Aznar, y fue coordina-
do por Miguel Ángel Cortés, diputado del derechista
Partido Popular y antiguo secretario de Estado para
la Cooperación Internacional y para Iberoamérica
durante el segundo periodo del gobierno Aznar.
Desde la presentación del documento, el ex jefe
de gobierno español deja muy en claro cuáles son
sus propósitos: “Creemos que Occidente no es un
concepto geográfico sino un sistema de valores uni-
versales. Queremos que Occidente triunfe” (FAES,
2007, p. 7). La consigna que proclama el ansia de
triunfo para Occidente implica necesariamente el
enfrentamiento contra sus enemigos, que tiene
como escenario privilegiado a América Latina:
Ante América Latina se abren dos caminos
opuestos. Uno es el que siguen los países
que tienen éxito: el camino de la apertura al
mundo, de la democracia, del respeto por las
libertades individuales y del fortalecimiento
del Estado de derecho. Un camino que atrae
inversiones, genera crecimiento, incentiva a
los emprendedores, crea empleo y reduce la
pobreza… El otro camino aleja de las sociedades
abiertas, libres y prósperas. Quienes hoy proponen
seguir esta vía se nutren de ideas caducas: del po-
pulismo revolucionario, del neoestatismo, del in-
digenismo racista y del militarismo nacionalista.
Ninguna de ellas es desconocida en Iberoamé-
rica. Constituyen el “socialismo del siglo XXI”,
heredero del que, en el siglo XX, generó miseria
y opresión. Vemos con preocupación que esas
ideas vuelven a renacer, incluso con el aval de
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[ Alejandro Mantilla ]
procesos electorales (FAES, 2007, p. 9) (énfasis
agregado).
El documento de FAES, que bien podríamos denomi-
nar como parte de la “doctrina Aznar”, enfatiza la per-
tenencia de América Latina a la civilización occidental,
ubicando como motores fundamentales de nuestros
pueblos el legado cristiano y la conquista europea.
América Latina es el fruto histórico de esa
expansión que comienza a finales del siglo XV,
cuando los europeos llegan al nuevo continen-
te, y se inicia un proceso de fusión y mestizaje
que no ha tenido parangón en la historia. A lo
largo de más de tres siglos los pueblos origi-
narios del continente se van fundiendo con los
aportes humanos llegados del viejo continen-
te. Pero lo más significativo es la incorporación
de todas esas sociedades a la idea de Occidente,
mediante la extensión del cristianismo, que ac-
túa como elemento transmisor de toda la tra-
dición occidental del momento y como motor
de incorporación de las sociedades americanas
a Occidente (FAES, 2007, pp. 16, 17).
La presentación de Aznar encontrará un cuerpo más
elaborado a lo largo del informe, el cual toma como
base la defensa de los valores de Occidente frente
a los enemigos arriba enumerados: indigenismo,
populismo, neoestatismo y militarismo naciona-
lista. En ese marco, Occidente pareciera reunir dos
grupos de valores:
1. En primer lugar, Occidente es análogo a la suma
de las tradiciones griega, romana y judeo-cris-
tiana. De manera complementaria, Occidente
también es análogo a la democracia liberal, la
tolerancia, el pluralismo, y el pensamiento cientí-
fico y crítico (FAES, 2007, pp. 14-16).
2. En segundo lugar, Occidente es la propiedad pri-
vada, la economía de mercado y la libre iniciativa
para invertir y comerciar (FAES, 2007, p. 16).
En ese sentido, la senda del progreso occidental tien-
de a confundirse con el camino de la acumulación
sin trabas, la liberalización comercial y la garantía de
las inversiones foráneas, pues de manera explícita el
documento plantea que la intervención del Estado
en la economía, el fortalecimiento del mercado
interno o el condicionamiento a los inversores son
medidas que han caído en el descrédito. Por esta vía,
los autores dejan claro que consideran inaplicables
medidas como el proteccionismo económico, la
sustitución de importaciones y el fortalecimiento
del sector público (FAES, 2007, p. 21).
occidente sin modernidad, modernidad sin emancipación Detengámonos entonces en las debilidades de la
doctrina Aznar, pues su razonamiento muestra
agudos problemas. El primer grupo de problemas
se liga con la relación capitalismo/Occidente. El
vincular la herencia filosófica occidental con el
modelo económico liberalizado no resulta tan claro
como imaginan los teóricos de la derecha española.
Sin duda, es confuso creer que el pensamiento de
Platón y Aristóteles tiene tanta importancia como la
reducción de aranceles, o que el método cartesiano
es tan crucial para Occidente como la regulación de
inversiones defendida por la Organización Mundial
del Comercio (OMC). Pero el problema va más allá,
pues el razonamiento no solo está marcado por la
falta de claridad sino por la abierta falsedad.
Giovanni Arrigí, en El largo siglo XX, ha retomado los
argumentos de Ferdinand Braudel para recordarnos
que el nexo entre el capitalismo y Occidente es más
complejo de lo que el sentido común neoliberal pa-
rece aceptar. Para Braudel, anterior a la emergencia
de la empresa capitalista en Occidente puede cons-
tatarse la presencia de mercaderes y comerciantes
provenientes de Japón, Egipto, el Golfo Pérsico,
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[ La doctrina Aznar ]
Bengala, o India (Arrighi, 1999, pp. 24 y ss.). Por lo
anterior, es claro que los intercambios comerciales y
los mercados del inicio de la modernidad no tienen
un origen exclusivo en Occidente, así que no puede
proclamarse una identidad automática entre la
historia del capitalismo y la historia de la civilización
occidental, el proceso es mucho más complejo, his-
tóricamente hablando.
También resulta abiertamente problemático, en
términos históricos, el vínculo entre el modelo eco-
nómico de no intervención y apertura, con los valo-
res de la democracia y los derechos individuales. Los
redactores del informe omiten recordar que el esce-
nario pionero de aplicación del modelo económico
neoliberal fue precisamente un país gobernado por
una dictadura: Chile. Durante el gobierno Pinochet,
el dictador fue asesorado por la CIA en materia de
torturas y desapariciones forzadas, mientras recibía
la asesoría de los economistas de la Universidad de
Chicago en materia de política monetaria y fiscal.
Eran otros tiempos, épocas en las que Henry Kis-
singer, pensando en el gobierno constitucional de
Salvador Allende, podía declarar tranquilamente
que “no veía razón para que a determinado país se le
permitiera ‘hacerse marxista’, simplemente porque
‘su gente es irresponsable’” (Hitchens, 2002, p. 79).
Semejante expresión, que bien indica los límites del
respeto a la democracia de los defensores del merca-
do liberalizado, muestra un correlato matizado en el
informe del FAES, cuando al hacer alusión a las victo-
rias electorales de la izquierda latinoamericana en la
última década se permite afirmar: “Vemos con pre-
ocupación que esas ideas vuelven a renacer, incluso
con el aval de procesos electorales” (FAES, 2007, p. 9).
El lenguaje de Kissinger, prefigurador de golpes de
Estado, muestra un peligroso calco en el pensa-
miento de la derecha Europea. En suma, la democra-
cia y el libre mercado no son principios que tiendan Car
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Pa coincidir en todos los casos, y la historia reciente
nos enseña que cuando ambos principios entran en
conflicto, es la democracia, infortunadamente, la
que tiende a ceder.1
El segundo grupo de problemas se deriva de la
propia lectura del legado occidental. La versión de
Occidente preconizada por la doctrina Aznar resulta
curiosamente recortada, pues no hace ninguna alu-
sión a uno de sus pilares fundamentales: la pregunta
por la ilustración y la emancipación. Desde finales
del siglo XVIII, la pregunta por la ilustración se ha
visto ligada con la lucha por la emancipación. Este
tipo de reflexiones, inauguradas por Kant, parten
de una idea simple y poderosa: “La ilustración es la
liberación del hombre de su culpable incapacidad.
La incapacidad significa la imposibilidad de servirse
de su inteligencia sin la guía de otro” (Kant, 1979,
p. 25). El servirse de la propia inteligencia implica
tanto la posibilidad de librarse de tutores que se
arrogan la posibilidad de pensar por nosotros, como
la posibilidad correlativa de recorrer un camino dis-
tinto al que dicho tutor nos impone. Esa noción de
emancipación fue completada con la diferenciación
entre emancipación política y emancipación huma-
na efectuada por Marx. La emancipación política
consiste en el proceso de secularización que permite
la liberación del Estado de su identidad con la reli-
gión, así como la participación de los individuos en
la esfera pública. La laicización del Estado y el arribo
del ciudadano son los dos procesos que confluyen
para alcanzar la emancipación política. Pero el pro-
yecto de Marx va mucho más allá, pues se plantea
la búsqueda de la emancipación humana, exenta de
[1] No está de más recordar que durante el fracasado golpe de Estado de abril de 2002 en Venezuela, el gobierno de José María Aznar fue uno de los pocos que reconoció diplomáticamente el breve gobierno del golpista Pedro Carmona.
contradicciones, pues ya no parte de la liberación
del Estado sino de la liberación del hombre como
ser genérico, en plena relación con su comunidad, y
liberado de las limitaciones de la sociedad burguesa
(Marx, 1992, pp. 42 y ss.).
Es en ese marco que la versión de Occidente que
muestran los autores del informe FAES resulta tan
recortada. No es casualidad que, sin sonrojarse, afir-
men que el lazo primordial que incluye a América
Latina en Occidente sean el cristianismo y la con-
quista, pues de esta manera no solo justifican el ge-
nocidio contra los pueblos indígenas que sufrieron
la invasión, sino que además anulan la otra cara de
Occidente, el rostro de la Ilustración, la modernidad
y la emancipación. La doctrina Aznar maneja una
versión ultraconservadora de Occidente, ocultando
las facetas que reflejan la historia de la seculariza-
ción, de las luchas por la democratización, contra los
privilegios de las monarquías y contra las injusticias
desatadas por la acumulación de capital.2
contra los pueblos indígenas y los derechos colectivos Como mencionamos, en el informe de la FAES se se-
ñala al indigenismo como un enemigo declarado de
Occidente, pues tiende a negar la raíz europea de las
sociedades americanas (FAES, 2007, p. 22). Para los
autores del informe, el indigenismo es un mal que
se debe conjurar, al igual que el neoestatismo, el na-
[2] De acuerdo con lo anterior encontramos que, una vez más, el filósofo favorito de este tipo de análisis es Karl Popper. De ahí la presunta actualidad de la pregunta por la ciencia y su método, y no por la crítica; por eso se preguntan por la sociedad abierta y no por la emancipación humana; por eso alaban el pluralismo y la tolerancia y no se preguntan por la igualdad sustantiva; reafirman los derechos individuales pero ven en los derechos colectivos un riesgo que se debe conjurar.
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cionalismo, el militarismo y el populismo. Frente a
tal diagnóstico surge una pregunta necesaria, ¿cuál
es el criterio que les permite agrupar fenómenos tan
dispares en un mismo saco? El informe nos entrega
inmediatamente la respuesta:
Esta izquierda prima los supuestos derechos
colectivos frente a los individuales, ignorando
al individuo en beneficio del grupo, sea etnia,
sindicato o clase social. La pertenencia étnica
y la mirada atrás, a una mítica arcadia pre pre-
colombina, colectivista e igualitaria, es una de
las ilusiones de esta izquierda latinoamericana,
sobre todo en los países con un fuerte compo-
nente amerindio en su población (FAES, 2007,
p. 25) (énfasis agregado).
En ese marco, la base del ataque frente al indigenis-
mo es dual, pues se bifurca en una posición política
concreta y en una fundamentación abstracta. La po-
sición política concreta la encontramos al percatar-
nos de la inclusión del proyecto indigenista dentro
de un marco más amplio compuesto por posiciones
de izquierda. En resumen, lo que le molesta a la
derecha española es el despliegue de un proyecto
indigenista incluido en un proyecto más amplio de
transformación social. En suma, estos apartes se di-
rigen primordialmente al gobierno de Evo Morales
en Bolivia, y al movimiento indígena ecuatoriano
que apoya al gobierno de Rafael Correa.
En segundo lugar, el ataque se muestra explícito
frente a la noción de derechos colectivos, pues se-
gún los redactores del informe, los derechos colec-
tivos son contrarios a los derechos individuales. En
ese sentido, el ataque ya no se dirige contra las posi-
ciones políticas de los pueblos indígenas, sino contra
los derechos de los que son titulares.
Al respecto resulta fundamental destacar que la
ofensiva contra los derechos colectivos no solo im-
plica un ataque a los indígenas, sino objetivos más
amplios, como los derechos de los trabajadores o
los derechos asociados a la clase social. El propósito
de esta elaboración es evitar cualquier tipo de po-
lítica pública que tenga como sustento redistribu-
ciones de ingreso o de factores productivos como
la reforma agraria, o determinadas políticas de
bienestar propias de los ya desmantelados Estados
providencia, pues ambas se articulan en dirección a
la pertenencia a una clase social determinada. En ese
sentido, la doctrina Aznar también se muestra como
un cuerpo de ideas con una clara hostilidad antisin-
dical, ya que derechos como la asociación o la huelga
no solo son derechos de titularidad colectiva, sino
que además son el resultado de acciones colectivas.
No obstante, el franco rechazo de los derechos co-
lectivos tiene mayores implicaciones en relación con
los pueblos indígenas, ya que la doctrina Aznar les
dedica varias críticas que hacen prefigurar ofensivas
ideológicas en tales direcciones en el corto plazo:
1. El informe señala que los pueblos indígenas pro-
mueven un falseamiento de la historia, pues al
reivindicar determinados derechos históricos pre-
tenden frenar el libre mercado e impulsar nuevos
rumbos de dirigismo económico (FAES, 2007).
2. En segundo término, la derecha española afirma
que las pretensiones del indigenismo se basan en
un claro ataque al Estado-nación moderno y al
constitucionalismo liberal del siglo XIX, pues so-
cava la unidad nacional al demandar el respeto a
la diversidad étnica y la crítica a las soberanías na-
cionales. En ese sentido, la doctrina Aznar censura
lo que denomina la sustitución del “concepto de
ciudadano de una república por el de miembro
de una comunidad étnica” (FAES, 2007).
3. El tercer ataque muestra una mayor virulencia,
pues asume que el indigenismo (al igual que los
nacionalismos europeos) “subordina principios e
instituciones liberales como la división de pode-
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res, el mérito y capacidad, la igualdad ante la ley
y el respeto por los derechos individuales, al logro
de sus objetivos muy cercanos al totalitarismo”
(FAES, 2007).
Este ataque a los derechos colectivos de los pueblos
indígenas debe analizarse con detalle. Es fundamen-
tal recordar que los derechos indígenas, en especial
aquellos ligados a su cultura y a su territorio, no pue-
den considerarse como la simple suma del conjunto
de los derechos individuales, ni tampoco como su
negación. La garantía plena de los derechos territo-
riales y culturales depende de un ejercicio colectivo
ligado con prácticas comunitarias acordes con visio-
nes ancestrales de mundo. Si los derechos territoria-
les y culturales de los pueblos indígenas perdieran su
carácter colectivo, puede decirse que los indígenas
perderían el goce efectivo de la mayoría de sus dere-
chos (Berche et al., 2006), pues tal especificidad es la
que los constituye como sujetos con derechos en las
normas internacionales y las constituciones de bue-
na parte de las democracias contemporáneas. Los
derechos colectivos también son individuales pues
el goce de aquéllos se materializa en cada individuo;
lo que ocurre es que las nociones de “colectivo”, de
“pueblo” y de “comunidad” que soportan tales de-
rechos no se pueden explicar por la simple suma de
los individuos. Los promotores de la doctrina Aznar,
quienes se muestran como aparentes defensores de
los derechos individuales, en realidad pretenden la
negación de estos derechos para los indígenas.
Por esta razón resulta tan importante para la de-
recha europea insistir en la defensa del constitu-
cionalismo liberal del siglo XIX, ya que le permite
reafirmar su nostalgia por un Estado que no había
reconocido derechos sociales para la clase trabajado-
ra, que no había presenciado revoluciones agrarias o
proletarias, y donde buena parte de las monarquías
gozaban de buena salud. Así que el ataque a los
derechos colectivos de los pueblos indígenas refleja
la continuidad de tal racionalidad conservadora, ya
que solo hasta el siglo XX, con las luchas por la des-
colonización, y el despliegue de revoluciones agra-
ristas como la mexicana de 1917, se empieza a gestar
de manera plena el reconocimiento de estos dere-
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chos colectivos. En ese marco, los únicos derechos
individuales que le interesa defender a la doctrina
Aznar son los del inversionista y del comerciante
que acude al mercado, el resto de derechos son sus-
ceptibles de censura, máxime cuando amenazan el
proyecto de la acumulación de capital.
De manera complementaria, los argumentos restau-
radores que añoran el Estado-nación del siglo XIX, se
complementan con los argumentos modernizadores
que pretenden desconocer la identidad étnica y los
derechos territoriales indígenas sustentados en
realidades previas a la conformación de los Estados
nacionales. Por esta razón, cuando critican la sustitu-
ción del concepto de ciudadano de una república por
el de miembro de una comunidad étnica, incurren en
una aporía, en una sin salida temporal, ya que obje-
tan al mismo tiempo el reconocimiento de derechos
propio del siglo XX, y las realidades precoloniales que
sustentan tal reconocimiento, ya que el origen y la
identidad indígena son anteriores a los procesos de
unificación nacional y de centralización del Estado.
Por lo anterior, puede decirse que a la Fundación
FAES le molesta la continuidad de las identidades
étnicas que tienen un carácter anterior a los Estados,
pero también le molesta el reconocimiento de de-
rechos que son posteriores a los Estados, pero que
limitan sus ámbitos de acción. Es decir, pretenden
reforzar una noción de soberanía nacional que se
muestra emparentada con los súbditos del siglo XIX,
con los aislados individuos consumidores del siglo
XXI, y con los inversionistas ávidos de ocupar los te-
rritorios colectivos indígenas.
el racismo como herramienta ideológica de la desposesión El apellido de la familia francesa Sidos no nos dice
tanto como otras familias célebres provenientes del
país Galo, pero su historia estuvo bastante ligada a
la historia francesa durante buena parte del siglo
XX. El padre de los hermanos Sidos murió fusilado al
final de la Segunda Guerra Mundial acusado de ser
colaboracionista con los nazis durante la ocupación
de Francia. En la década de los sesenta, Jacques Sidos
fue encarcelado por colaborar con la OAS, la organi-
zación paramilitar que rechazaba la independencia
argelina. François Sidos fundó el grupo ultradere-
chista Europa-Acción, mientras su hermano Pierre
fundó el grupo Occidente, organización cuya princi-
pal afición radicaba en desatar enfrentamientos ur-
banos contra los partidarios franceses del Viet-cong
en los años sesenta.
La ultraderecha francesa defendía el colonialismo
en Argelia y Vietnam arrogándose la defensa de la
herencia de Occidente. Este tipo de discursos, que
muchos consideraban superados, han retornado
con nuevos bríos y nuevas categorizaciones. La
historia de la familia Sidos y el grupo Occidente no
es una simple anécdota inocente, por el contrario,
refleja ciertas lógicas que la historia universal ya
ha conocido. En primer lugar, porque la defensa de
un Occidente colonial que niega sus raíces emanci-
patorias ya ha sido una obsesión propia de ciertos
sectores de ultraderecha. Pero sobre todo porque en
épocas de fuerte competencia imperial, el racismo
tiende a presentarse como el respaldo ideológico de
las ambiciones económicas. Esta es la clave para leer
la doctrina Aznar y sus discursos cercanos.
Como bien lo han mostrado autores como Hannah
Arendt (2004), Perry Anderson (2002) y David
Harvey (2004), durante la etapa inmediatamente
anterior a la Primera Guerra Mundial florecieron
GRUPOS DE CAPITAL SON LOS QUE SE VEN
BENEFICIADOS CON LA DESPOSESIóN
DE LOS TERRITORIOS DE INDíGENAS
y AFRODESCENDIENTES
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de manera uniforme por el continente europeo
ideologías racistas y nacionalistas que abogaban por
el despliegue imperialista a lo largo del planeta, y
por la confrontación militar como destino inevita-
ble de los imperios de la época. Durante el periodo
comprendido entre finales de la década de 1860 y el
inicio de la guerra en 1914, la racionalidad europea
sufrió modificaciones sustantivas: de la exaltación
romántica de la nación, propia de mediados del siglo
XIX, se saltó a las justificaciones positivistas de la na-
cionalidad apoyadas en ideologías de superioridad
racial y hostilidad contra otras naciones. En palabras
de Hannah Arendt, “[l]a verdad histórica de la cues-
tión es que el pensamiento racial con sus raíces afir-
madas en el siglo XVIII, emergió simultáneamente
en todos los países occidentales durante el siglo XIX.
El racismo había sido la poderosa ideología de las
políticas imperialistas desde el comienzo de nuestro
siglo [XX]” (2004, p. 221). Habitualmente, este tipo
de doctrinas tenía como pilares el predominio de los
fuertes sobre los débiles, la presunta grandeza de las
naciones basadas en la pureza étnica, y la superio-
ridad de los pueblos conquistadores por sobre los
conquistados.
Tal vez el más recordado de los pensadores de la épo-
ca sea Gobineau, teórico francés del siglo XIX, quien
sostenía que la raza blanca (como si existiese algo así
como la “raza blanca”) era la única que había podido
desarrollar una vida cultural activa, mientras las ra-
zas negra y amarilla (como si existiese algo así como
la “raza negra” o la “raza amarilla”) no mostraban
vida propia o energía alguna. En ese orden, si tales
“razas” mostraban tales caracteres de inferioridad,
debían ser gobernadas por la “raza” blanca, la única
que podía generar el progreso y la historia.3
[3] Para una exposición crítica del pensamiento de Gobineau ver Ernst Cassirer (1996, pp. 264 y ss.).
Este tipo de planteamientos justificaba tres ope-
raciones diferentes y complementarias: 1) la ex-
pansión colonial de los imperios europeos en Asia,
África, Oceanía y el Caribe; 2) la franca hostilidad
contra las potencias competidoras; y 3) la cohesión
nacional-popular y la afinidad de los pueblos con
sus gobernantes, lo que permitía contener las inten-
ciones de voto dirigidas a los partidos socialistas y
comunistas que pregonaban doctrinas internacio-
nalistas contrarias al racismo.
Pero la fortaleza de tales ideologías no radicaba
únicamente en el mensaje que emitían al servicio
de las elites fanáticas de la época; su operación fun-
damental era fungir como catalizador de las lógicas
de acumulación en un contexto donde los intereses
de los Estados tendían a coincidir con sus empresas
nacionales. Como lo ha señalado David Harvey,
durante este periodo se presentó una oleada masiva
de inversión europea alrededor del planeta, apalan-
cada con ocupaciones de territorios por la vía militar
que, o bien protegían las inversiones realizadas, o
bien abrían espacio para aprovechar nuevos flancos
para la acumulación (Harvey, 2004, p. 50). En suma,
durante el periodo de ascenso de los imperialismos
europeos las ideologías chovinistas, racistas y de na-
cionalismo hostil se convirtieron en el revestimiento
ideológico para la expansión de capital, el sustento
del colonialismo, la contención de los movimientos
populares europeos, y la glorificación de la guerra
entre potencias.
Resulta crucial comprender lo ocurrido durante este
periodo histórico para establecer coincidencias y
diferencias entre las viejas formas del racismo y las
doctrinas contemporáneas que sugieren nuevas jus-
tificaciones de la violación de los derechos y la discri-
minación. En ese sentido, dividamos el argumento
en dos momentos. En primer lugar, comparemos el
marco histórico/económico de la etapa anterior a
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[ La doctrina Aznar ]
la Primera Guerra Mundial, con el periodo del que
hoy hacemos parte. En segundo término, debemos
analizar las coincidencias y las diferencias frente a
los dos tipos de discurso.
La competencia entre bloques y la acumulación por desposesiónAl comparar el capitalismo contemporáneo con el
de hace cien años encontramos una situación pa-
radójica; aunque ciertos rasgos de la competencia
capitalista tienden a ser similares, los actores en
competencia tienden a diferir.
En la etapa imperialista comprendida entre 1870 y
1914, al igual que en el periodo que inicia en 1973
y aún no termina, la economía vivía una situación
de crisis de larga duración que obligaba a los capi-
talistas a buscar nuevas fuentes de inversión y acu-
mulación que le permitieran ubicar los excedentes
obtenidos. Tal situación llevaba a tres fenómenos
complementarios: 1) la búsqueda de una “solución
espacial” basada en el despliegue territorial de la
expansión del capital, cuyo propósito primordial era
la explotación de recursos naturales y mano de obra
barata; 2) la búsqueda de una “solución temporal”
basada en la ubicación de inversiones a largo plazo
que permitieran darle continuidad al mantenimien-
to de la acumulación (Harvey, 2007, pp. 332 y ss.;
2004, pp. 97 y ss.); 3) como consecuencia de los dos
primeros: la competencia entre actores capitalistas
por controlar tanto las soluciones espaciales como
las soluciones temporales.
La combinación entre soluciones espaciales y tem-
porales tiene como objetivo la resolución de las crisis
inherentes al capitalismo. El propósito de tales ope-
raciones es encontrar canales para la absorción de
los excedentes de capital y de trabajo. Dentro de tales
canales encontramos el aprovechamiento de nuevas
fuentes de mano de obra barata: traslado de las fá-
bricas a lugares donde los trabajadores muestran un
menor nivel organizativo-sindical, o tienen menos
garantías jurídicas; la producción de espacio por vía
de la desterritorialización: ampliando las fronteras
agrícolas o explotando regiones inexploradas; la ex-
plotación de recursos antes ignorados: encontrando
nuevos yacimientos mineros y petroleros, por ejem-
plo; y por último, la penetración en sociedades que no
se encuentran inmersas en las lógicas del capitalismo
y sus instituciones jurídicas (Harvey, 2004, p. 97).
Es en este ámbito donde entra en escena la llamada
“acumulación por desposesión”, la cual puede defi-
nirse como “la liberación de un conjunto de activos
(incluida la fuerza de trabajo) a un coste muy bajo
(y en algunos casos nulo)” (Harvey, 2004, p. 119). La
desposesión puede entenderse como una recrea-
ción permanente de los procesos de acumulación
originaria analizados por Marx (1998, pp. 891 y ss.).
La clave de estos procesos es la transformación de
determinados modos de producción y subsistencia
ajenos al capitalismo en modos de producción y
subsistencia ligados al capital. Uno de los ejemplos
que Marx destaca es el de la expansión territorial
del capital por la vía del despojo de la tierra de los
campesinos que cultivaban su propia parcela y que
se beneficiaban con el usufructo de la tierra comu-
nal. Marx destaca cómo a través de medios legales
y medios violentos, los campesinos son expulsados
de sus tierras tanto por los señores feudales que
desconocen los títulos jurídicos que acreditaban la
propiedad campesina, como por la legislación que
procura transformar las tierras de labor agrícola en
tierras de pastura de ovejas, operación que permitía
la obtención de lana para las nacientes industrias
textiles inglesas (p. 898).
En ese sentido, la lógica de la desposesión permite
el desarrollo de las soluciones espacio-temporales
que los capitalistas emplean para intentar salir de la
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[ Alejandro Mantilla ]
crisis permanente, pero este tipo de acumulación,
como lo señalábamos, cuenta con la ventaja del bajo
o nulo precio en capital de los activos obtenidos, ya
que el único precio por pagar es la expulsión de los
habitantes de los territorios, o la privación de recur-
sos para quienes usufructuaban aquellos.
En la actualidad estos procedimientos han retoma-
do el impulso, y nuevamente operan mediante una
mezcla de procedimientos legales y mecanismos
violentos. Mientras la lógica de la desposesión an-
terior a la Primera Guerra Mundial pasaba de ma-
nera predominante por la colonización, en nuestro
tiempo observamos una compleja combinación de
mecanismos, como por ejemplo las regulaciones de
la Organización Mundial del Comercio en materia
de propiedad intelectual que permiten patentar
organismos vivos y conocimiento tradicional, las
adjudicaciones de predios baldíos para empresas
transnacionales en legislaciones como el estatuto
rural colombiano, o el desarrollo de guerras dise-
ñadas exclusivamente para la desposesión, como el
caso de la invasión a Irak.
En ese sentido, podemos encontrar variadas co-
incidencias entre los dos periodos históricos, pero
también encontramos diferencias fundamentales,
la más decisiva es aquella ligada a los actores en com-
petencia, ya que en nuestro tiempo no encontramos
empresas nacionales financiando las aventuras
imperiales de sus gobiernos, sino grupos de capital
transnacional asociados con bloques económicos en
competencia (Mondragón, 2007). La competencia
evidente entre bloques económicos como Estados
Unidos, la Unión Europea, China y Rusia, y potencias
emergentes como India o Suráfrica, tiene como te-
lón de fondo a grupos de capital como el Citygroup
y la corporación J. P. Morgan Chase, que cuentan con
inversiones en campos tan diversos como complejos.
Del comercio de armas pasando por los medicamen-Car
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[ La doctrina Aznar ]
tos, de la venta de semillas e insumos agrícolas a los
teléfonos celulares de alta tecnología, de los auto-
móviles a las cadenas de comida rápida. Estos grupos
de capital no tienen las raíces nacionales que tenían
las antiguas empresas capitalistas de hace un siglo,
por el contrario, son conglomerados transnacionales
que pueden asociarse con cualquier gobierno que les
facilite sus actividades de obtención de ganancia.
Estos grupos de capital son los que se ven beneficia-
dos con la desposesión de los territorios de indígenas
y afrodescendientes, pues tales espacios son la cuna
de nuevas plazas de acumulación que se encuentran
por fuera de su alcance, ya que al constituirse como
territorios de propiedad colectiva inalienable e in-
embargable, los capitalistas cuentan con mayores
dificultades para controlarlos. Esta es la razón pri-
mordial para que la doctrina Aznar tome como blan-
co favorito los derechos colectivos, pues éstos son un
obstáculo para la desposesión de los indígenas y la
acumulación de ganancia de los grupos de capital.
el nuevo racismoPor lo anterior, podemos decir que sería un contra-
sentido para las nuevas doctrinas afines a los grupos
de capital proponer nuevos postulados racistas basa-
dos en el nacionalismo para justificar las operaciones
de desposesión, ya que los actores en competencia
en el capitalismo contemporáneo tienden a rebasar
las fronteras nacionales, razón por la cual no pueden
desarrollar una ideología ligada a tales tipos de iden-
tidad. De ahí que el informe FAES pregone al “nacio-
nalismo económico” como un enemigo que se debe
combatir, pues tales paradigmas se han constituido
en un obstáculo puntual para la acumulación.
Pero sin duda, una nueva lógica racista subyace en
estos razonamientos, solo que ya no depende de la
supremacía racial o del chovinismo patriota, sino de
elementos mucho más sutiles.
En su libro Racismo y discurso de las elites, Teun van
Dijk (2003) destaca, entre otros, los siguientes fac-
tores que circundan al racismo contemporáneo, los
cuales son muy diferentes frente a los racismos de
hace un siglo. Cuatro ideas centrales nos interesa
destacar:
1. En primer lugar, para Van Dijk el racismo cotidia-
no ya no se articula con doctrinas de la suprema-
cía racial, ni comprende únicamente a los actos
cotidianos de desprecio frente a determinados
grupos sociales. El racismo es una categoría
más comprensiva que incluye “todos los actos y
concepciones sociales, procesos, estructuras o
instituciones que directa o indirectamente con-
tribuyen al predominio del sector blanco y a la
subordinación de las minorías” (Teun van Dijk,
2003, p. 24).
2. En segundo lugar, el sistema del racismo cotidiano
no surge espontáneamente, sino que depende de
las elites blancas, “quienes ejecutan, controlan o
condonan muchos de los actos racistas sutiles u
obvios que definen el sistema del racismo coti-
diano” (Teun van Dijk, 2003, p. 25).
3. En tercer lugar, las elites contemporáneas tienden
a rechazar cierto tipo de racismo evidente, ob-
vio o intencional pero “su negación del racismo
presupone una definición que les excluye con-
venientemente, como si no fuera con ellas… [las
nuevas modalidades del racismo] presuponen un
proceso creativo en el cual las elites moderadas
desempeñan un importante papel” (Teun van
Dijk, 2003, p. 28).
4. Por último, las normas de tolerancia y pluralismo
que las elites suelen adoptar en materia étnica se
desvanecen en cuanto se cuestionan sus intereses
(Teun van Dijk, 2003, p. 29).
A partir de estas cuatro proposiciones tomadas de
Teun van Dijk, podemos cerrar el círculo. El retorno
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del racismo contra los pueblos indígenas se explica
por la puesta en riesgo de los intereses de las elites
que pretenden efectuar prácticas de desposesión de
sus territorios, y que encuentran en los derechos co-
lectivos un claro obstáculo para sus objetivos. Ante
tales trabas, no resulta “políticamente correcto”
desarrollar una diatriba basada en el poder de la raza
blanca o la superioridad de los europeos (máxime
cuando muchos de los grandes capitalistas ya no son
de origen europeo). El soporte de su discurso racista
pasa a ser más sutil, destacando la grandeza occiden-
tal y el progreso de la humanidad en su conjunto, es-
tigmatizando a quienes se oponen a la desposesión
como enemigos de Occidente y del progreso.
En ese marco, estos discursos tienen tres pretensio-
nes básicas: la primera es formar cuerpos de opinión
entre las elites de las sociedades de la periferia para
generar un nuevo consenso en favor de las políticas
de desposesión. Este tipo de consensos paulatinos ya
se habían producido en el pasado, cuando Gobineau
glorificaba a la raza blanca, o cuando Friedman y
Hayek afirmaban que los sindicatos impedían el
crecimiento económico. No es casualidad que tras
la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley
Forestal por la violación del derecho de consulta
de indígenas y afros, algunos columnistas hayan
declarado que tal decisión judicial era una afrenta al
progreso nacional, pues era un despropósito el que
unos pocos pueblos minoritarios obstaculizaran los
intereses de la mayoría.
La segunda pretensión es fundamentar políticas pú-
blicas de desposesión contra los pueblos indígenas y
afros. No es casualidad que el texto del Estatuto de
Desarrollo Rural dejara de emplear el término pue-
blos indígenas para hablar de “minorías”, al mismo
tiempo en que tal norma conculcaba los derechos
colectivos de los pueblos indígenas, de los afros, de
los campesinos y los desplazados.
La última operación es la más peligrosa, pues pro-
cura generar versiones domésticas del choque de
etnias y de civilizaciones. Al mostrar a los indígenas
como enemigos de Occidente se incentiva el enfren-
tamiento entre mestizos e indígenas, como bien se
muestra en el caso de la oposición a Evo Morales en
Santacruz, Bolivia.
No obstante, la experiencia histórica nos muestra
que estos discursos tienden a la derrota. Pero nues-
tro peor error sería bajar la guardia.
Referencias ANDERSON, P. (2002). Internacionalismo. Un breviario. Revista
New Left Review, 14, mayo/junio.
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VAN DIJK, T. (2003). Racismo y discurso de las elites. Barcelona: Gedisa.
Pueblos indígenas, Autonomía y Libre
determinación
La entrada en vigencia en 1989 del Convenio 169 de la Organi-
zación Internacional del Trabajo (OIT), comenzó a eviden-
ciar un cambio de concepción sobre los procedimientos
y aplicaciones a favor de los pueblos indígenas en el
sistema internacional de protección de los
derechos humanos. Allí aparece el recono-
cimiento expreso a los derechos territo-
riales, a formas de autogobierno, a la
no discriminación, a la protección
de los derechos civiles y
PUnt
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StA
Carlos Gómez Ariza
Junio
de 2
008políticos, a los DESCA y a la participación activa
en la definición del desarrollo nacional que afecte
los intereses y territorios propios; igualmente, se
reconoce la autodefinición del desarrollo propio.
Sin embargo, los derechos estipulados en el
Convenio han sufrido múltiples restricciones de
los Estados, que bajo enfoques de asimilación o
de reducción de los pueblos, atropellan los dere-
chos colectivos, en tanto que son una amenaza al
modelo de desarrollo, especialmente limitando y
restringiendo el alcance de los derechos colecti-
vos, que contradicen los procesos de concentra-
ción de la riqueza en la economía de mercado.
Esta situación y posición de los Estados podero-
sos contrasta con la Declaración Universal de los
Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por
la Asamblea General de las Naciones Unidas (Re-
solución 61/295, 2007)), que retomó estos te-
mas y discusiones procurando redefinir y ampliar
derechos consagrados en el Convenio 169.
En más de sesenta años de construcción de ins-
trumentos internacionales para la protección
de los pueblos indígenas se nota una evolución
en el contenido de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales. A pesar de la
posición liberal, integracionista y capitalista de
los Estados, muchas de las naciones han venido
transitando en unos reconocimientos impor-
tantes para los pueblos indígenas del mundo. No
podemos decir que el Convenio 169 y la Declara-
ción son la panacea en el reconocimiento de los
derechos, tal como los reivindican los pueblos
indígenas, pero sí constituyen instrumentos
muy importantes para la protección de derechos
colectivos y autonómicos, apartándose cada vez
más del modelo de desarrollo.
Para llegar a la Declaración Universal de los De-
rechos de los Pueblos Indígenas se tomaron más
de veinte años de discusiones, cambios abruptos
en las propuestas de derechos presentadas por
los representantes de los pueblos indígenas, y
a pesar de la desautorización del recién creado
Consejo de Derechos Humanos por parte de la
Asamblea General de las Naciones Unidas, por
fin fue aprobada la Declaración Universal de los
Derechos de los Pueblos Indígenas.
Un recorrido tan difícil como el que atravesó la
Declaración obviamente estuvo cruzado por
fuertes debates de los Estados-nación sobre
soberanía, el estatus autonómico de los pueblos
indígenas, el grado de subordinación de los indí-
genas a los denominados proyectos de desarrollo
nacional o, en otros casos, a la seguridad nacional,
que para los Estados opositores a la Declaración
no era más que la justificación para la defensa
de la integridad territorial de las naciones. Lo
particular es que estos debates son similares a los
presentados en las discusiones para definir los al-
cances de los derechos del Convenio 169 de 1989,
siendo los principales en este escenario: la noción
de pueblo, la autonomía y autodeterminación, la
LOS ESTADOS CELEBRARÁN CONSULTAS y
COOPERARÁN DE BUENA FE CON LOS PUEBLOS
INDíGENAS INTERESADOS POR MEDIO DE
SUS INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS ANTES
DE ADOPTAR y APLICAR MEDIDAS LEGISLATIVAS
y ADMINISTRATIVAS QUE LOS AFECTEN,
PARA OBTENER SU CONSENTIMIENTO LIBRE,
PREVIO E INFORMADO. ART. 19, DECLARACIóN DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDíGENAS,
ASAMBLEA DE NACIONES UNIDAS, SEPTIEMBRE 19 DE 2007
Alejandra María García A.*carlos Andrés Zapata c.**
* Asesora jurídica Organización Indígena de Antioquia (OIA). ** Director ejecutivo del Centro de Cooperación al Indígena (Cecoin).
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos24
[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
propiedad del territorio y los recursos naturales, y el
alcance de la consulta previa.
Estos debates que se han producido en el seno de
las discusiones de los principales instrumentos so-
bre pueblos indígenas y tribales, no hacen más que
evidenciar los enfoques que se han presentado en
la construcción de las políticas indigenistas desde el
siglo XIX. El enfoque de asimilación, y la integración
de las mal llamadas “minorías étnicas” a los proce-
sos políticos, sociales, económicos y culturales de
la sociedad mayoritaria se encuentra plasmado en
el Convenio 107 de la OIT que, ocupándose sobre
temas de tierras, trabajo y educación, somete su de-
sarrollo y el gobierno de su territorio a la suerte que
decidan los dirigentes de la sociedad mayoritaria.
Sostiene un Manual de la OIT sobre el Convenio 169:
“En la época en la que se adoptó el convenio 107 los
pueblos indígenas y tribales eran considerados como
sociedades ‘atrasadas’ y transitorias. Para que pudie-
sen sobrevivir, se creía indispensable fundirlas en la
corriente nacional mayoritaria mediante la integra-
ción y la asimilación” (Manual OIT, 2003, p. 10).
Este enfoque acogido por la mayoría de los Estados
durante casi todo el siglo XX ha promovido inicia-
tivas tan aberrantes como el exterminio físico, la
prohibición de prácticas tradicionales incluyendo la
lengua, la medicina tradicional, el mestizaje indu-
cido y la expropiación de los territorios ancestrales.
Reconociendo el cambio de contexto de los pueblos
indígenas se critica fuertemente este enfoque de in-
tegración y asimilación, y la OIT comienza a revisar
el convenio 107 durante los años 1987 a 1989 hasta
la aprobación del instrumento.
En la septuagésima quinta reunión de la Conferen-
cia Internacional del Trabajo el representante del
Secretario General: “Observó que había un acuerdo
significativo sobre los temas básicos de la revisión.
El enfoque integracionista y el lenguaje paternalista
del Convenio num. 107 se considera actualmente
en gran medida inaceptable y la presión para que se
adopte una óptica que exprese el respeto a las cultu-
ras y tradiciones de dichas poblaciones era algo ge-
neral” (OIT, Actas provisionales No. 32, 1988, p. 1).
El enfoque opuesto ha planteado una emancipación
colectiva de los pueblos indígenas de la sociedad ma-
yoritaria. Bebiendo de corrientes como el etnodesa-
rrollo de las décadas de los setenta y ochenta, las del
pluralismo jurídico, y otras culturalistas como las de
diversidad, multiculturalidad e interculturalidad, se
ha planteado que hay condiciones jurídicas para que
los pueblos indígenas ejerzan su autonomía y auto-
determinación como etnias diferenciadas históri-
camente del ethos de los Estados-nación, que en el
caso americano se ubican como de origen europeo y
derivados del desarrollo positivo de Occidente.
Este ensayo aborda el contenido de algunos dere-
chos colectivos controvertidos por los Estados para
tratar de entender sus posibilidades de exigibilidad.
No desconoce que tanto el Convenio 169 como la
Declaración son complementarios y traen muchos
más derechos para los pueblos indígenas y sus in-
dividuos. Se abordan comparando el contenido del
Convenio 169 y la Declaración desde la evolución de:
la noción de pueblo, de la autonomía a la autodeter-
minación, y de la consulta previa al consentimiento
libre, previo e informado.
A esta reflexión se vincula igualmente el carácter
jurídico del Convenio y la Declaración. Teniendo en
cuenta que algunos Estados como el colombiano
han promovido una política indigenista regresiva
en el contenido de los derechos establecidos a fa-
PARA LLEGAR A LA DECLARACIóN UNIVERSAL
DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDíGENAS SE
TOMARON MÁS DE VEINTE AñOS DE DISCUSIONES
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
vor de los pueblos indígenas, esto se evidencia en
la justificación del gobierno para abstenerse de
votar la Declaración cuestionando los derechos a
la libre determinación contenidos en los artículos
19,1 30,2 32,3 (ver Rey, 2007, pp. 80-81). Por razones
prioritarias de la nación en su agenda de desarrollo,
explotación de recursos naturales, control territorial
y conflicto armado, viene adoptando la tesis de un
sector de la doctrina que considera dicho instru-
mento como no vinculante, y en esta medida pre-
[1] Artículo 19. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado.
[2] Artículo 30. Num 1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una amenaza importante para el interés público pertinente o que se hayan acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado. Num. 2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.
[3] Artículo 32. Num. 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos. Num. 2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo. Num. 3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar sus consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.
tende su inobservancia. Es importante abordar estas
cuestiones para insistir en la necesidad de promover
su aplicación en las Altas Cortes y su observancia
por los Estados dando vida al nuevo contenido de
derechos estipulado en la Declaración Universal de
Derechos de los Pueblos Indígenas.
La definición de pueblo como piedra angular de otros derechosNingún instrumento internacional trae consigo una
definición de pueblo indígena, esto no es un olvido
deliberado, porque desde hace varias décadas los
pueblos indígenas han reivindicado que esta noción
sea igual a la de las demás naciones del mundo. No
obstante, en la doctrina internacional se ha encon-
trado en la definición del informe conocido como
“Martínez Cobo”, un amplio consenso sobre la
noción aquí presentada de pueblo indígena, noción
que tuvo una importante presencia en las discusio-
nes del Convenio 169:
Son comunidades, pueblos y naciones indíge-
nas las que teniendo una continuidad histórica
con las sociedades anteriores a la invasión y
precoloniales que se desarrollaron en sus terri-
torios, se consideran distintos de otros sectores
de la sociedad que ahora prevalecen en esos
territorios o en parte de ellos. Constituyen sec-
tores no dominantes de la sociedad y tienen la
determinación de preservar, desarrollar y trans-
mitir a futuras generaciones sus territorios an-
cestrales y su identidad étnica como base de su
existencia continuada como pueblo, de acuerdo
con sus propios patrones culturales, sus institu-
ciones sociales y sus sistemas legales. 4
[4] Naciones Unidas, Doc. E/CN.4/sub 2/1986/. “Estudio del problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas”.
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
El grueso de esta noción fue adoptado por el Con-
venio 169 pudiéndose sintetizar claramente los
siguientes criterios para la identificación de los pue-
blos indígenas:
Estilos de vida tradicionales;
Cultura y manera de vivir diferentes de las de
otros sectores de la población nacional;
Organización social propia y costumbres y
leyes tradicionales;
Continuidad histórica de vida en una determi-
nada región o antes que otros la hayan invadi-
do (OIT, 2003, p. 7).
Los debates de la Conferencia Internacional de la
OIT en la Comisión para la revisión del Convenio
107 concluyeron en limitar la utilización del térmi-
no pueblo en el sentido consagrado por el derecho
internacional, ya que algunos representantes de
gobiernos consideraron que dicho término podría
implicar derechos como la libre determinación o
el derecho de veto que iban más allá del campo de
aplicación del Convenio 107 (OIT, Actas provisiona-
les, 1988, p. 32/3).
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas plantea un avan-
ce en dicha concepción al afirmar que los pueblos
indígenas son iguales a todos los demás pueblos
del mundo, reconoce su derecho a ser diferentes y
a que ejerzan su derecho a la libre determinación de
conformidad con el derecho internacional, dando la
posibilidad de ampliar el contenido e interpretación
de los derechos consagrados en el Convenio 169
en relación con la autodeterminación, el consenti-
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
miento libre, previo e informado, el control sobre su
desarrollo, su territorio y sus recursos naturales.
Los pueblos indígenas en las discusiones de la onUDespués de 22 años de discusiones promovidas por
el Grupo de Trabajo sobre poblaciones indígenas de
la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y
Protección a las Minorías de la ONU fue aprobada la
Declaración de los Derechos de los Pueblos Indíge-
nas. Esto significa que antes de iniciar la revisión del
Convenio 107 en la OIT, la ONU había comenzado a
discutir sobre esta Declaración. Ahora bien, ¿por qué
discutir durante tantos años el texto de la Declara-
ción, si el Convenio 169 logró ser aprobado en tres
años y los Convenios son tratados que de acuerdo
con el derecho internacional son de obligatorio
cumplimiento para los Estados una vez ratificados
o incorporados al ordenamiento nacional a través
de una norma y tienen mecanismos para su segui-
miento y exigibilidad?
En primer lugar, debates tan importantes como
la definición de pueblo, la libre determinación, el
derecho de veto, el control territorial y de recursos
naturales, entre otros, fueron temas discutidos y de-
fendidos por los representantes de los pueblos indí-
genas y los trabajadores en la revisión del Convenio
107, pero no lograron el reconocimiento esperado.
En segundo, lugar la ONU venía observando con
mucha preocupación la difícil problemática de los
pueblos indígenas generada por su asimilación
forzada a la cultura mayoritaria o su desaparición
en términos de etnocidio, y partiendo del recono-
cimiento de su derecho a ser diferentes y el aporte
indiscutible de estos a la riqueza y diversidad de los
Estados, se comienza a elaborar un instrumento
que puede considerarse como un desarrollo inter-
cultural de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, que busca proteger de acuerdo con sus
particularidades y concepciones diferenciadas de la
sociedad mayoritaria, sus derechos y libertades fun-
damentales, que hacen parte de sus reclamaciones
históricas, como un desarrollo del artículo 55 de la
Carta de la ONU superando las limitaciones que se
encontraban en el seno de la OIT.
Estas determinaciones adoptadas por la ONU para
promover las discusiones, emitir recomendaciones
y dotar de mecanismos de protección a los pueblos
indígenas de forma diferenciada evidencia la im-
portancia otorgada en los últimos veinte años a las
reclamaciones históricas de los pueblos indígenas,
las acciones que se han adoptado buscan disminuir
los efectos nocivos de la integración económica y so-
cial impuesta por los Estados a los pueblos indígenas
en desconocimiento de sus formas organizativas,
su relación con el territorio, su diversidad cultural,
su espiritualidad y su importante contribución a la
sociedad mayoritaria.
Esta situación es abordada nuevamente en la De-
claración y el Programa de Acción de Viena donde
les reconoce la dignidad y su aporte al desarrollo y
al pluralismo de la sociedad, reiterando la determi-
nación de la comunidad internacional de garanti-
zarles el bienestar económico, social y cultural, y el
disfrute de los beneficios de un desarrollo sostenible
(1993, p. 20). Al mismo tiempo, se solicita al Grupo
de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas que comple-
te el proyecto de declaración sobre los derechos de
las poblaciones indígenas, y se pide a la Asamblea
General de la ONU que se proclame un decenio in-
ternacional de las poblaciones indígenas del mundo.
Es así como acogiendo esta solicitud se declara dicho
decenio entre los años 1995 y 2004 (ONU, Asamblea
General, Resolución 48/163, 1995), teniendo como
uno de sus principales objetivos la aprobación de la
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
Declaración de Derechos de los Pueblos. Terminado
este periodo sin lograr dicha aprobación se procla-
ma el Segundo Decenio Internacional de las Pobla-
ciones Indígenas, a partir del 1 de enero de 2005
(ONU, Asamblea General, Resolución 59/174 de
2004), para definir estrategias de cooperación que
contribuyan a superar la difícil problemática que
afrontan los pueblos y culminar con la aprobación
del instrumento internacional, la misma que con-
cluye el 13 de septiembre del 2007 cuando se adopta
la Declaración (ONU, Asamblea General, Resolución
61/295, 2007).
En el marco del primer decenio también se nombra
un Relator Especial sobre la situación de los derechos
humanos y las libertades fundamentales de los indí-
genas (Comisión de Derechos Humanos, Resolución
2001/57, 2001) y se estableció el Foro Permanente
para las Cuestiones Indígenas con el mandato de
examinar temas relativos al desarrollo económico y
social, la cultura, el medioambiente, la educación, la
salud y los derechos humanos (Consejo Económico
y Social, Resolución 2000/22, 2000).
La autonomía y la autodeterminaciónLa autonomía es un principio constitutivo de la or-
ganización indígena, y es un elemento reivindicativo
de cada una de las comunidades originarias en cada
país. La autonomía siempre ha sido una necesidad
para los pueblos indígenas, cuando se cuenta con
identidad, cultura propia y una sociedad muy distin-
ta a los modelos impuestos de desarrollo de la deno-
minada sociedad occidental, cada pueblo posee un
LA AUTONOMíA ES UN PRINCIPIO CONSTITUTIVO
DE LA ORGANIZACIóN INDíGENA, y ES UN
ELEMENTO REIVINDICATIVO DE CADA UNA DE
LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS EN CADA PAíS. Arc
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos29
[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
sentir colectivo de autogobernarse y de administrar
su destino de forma independiente.
Para el movimiento indígena la autonomía se repre-
senta en la capacidad que las comunidades tengan
de definir su desarrollo, administrar sus propios
asuntos y sus territorios. Entonces, la autonomía
empieza por el respeto a sus tierras independientes
y a las autoridades que ejercen el poder sobre ellas.
La autonomía es necesaria para una organización
social que respeta el saber ancestral y que tiene una
visión de la existencia del hombre más allá de él, la
existencia del hombre en armonía con la naturaleza
y con su tierra, preceptos poco comprendidos y que
hasta ahora han venido despertando en algunos
sectores sociales que se levantan frente al desarro-
llo antropocéntrico sin límites, ya que la relación
hombre-tierra-naturaleza es una triada indisoluble,
difícil de gobernar desde miradas libertarias o utili-
tarias. Por eso reclaman autonomía para continuar
haciendo viva la memoria de sus ancestros, para
perpetuar su legado, para preservar su sociedad y su
cultura milenaria.
La autonomía vista desde un gobierno propio impli-
ca una jurisdicción. La capacidad propia para que el
pueblo administre los asuntos públicos de la comu-
nidad, que delegue a una autoridad para que la ad-
ministre, la organice políticamente y ejerza control
social. Pero el control no es sólo sobre las personas
habitantes de la comunidad, el control también se
ejerce sobre el territorio: tierras y todo el ecosistema
que se encuentre dentro de ellas.
La autonomía política y social de una comunidad
indígena es representada en el respeto a la libre
práctica de su cultura, religión y creencias, en el re-
conocimiento de su lengua, de una educación ba-
sada en los valores ancestrales y con posibilidad de
interactuar con las prácticas de la sociedad mayor de
forma horizontal, en las garantías a la independen-
cia de sus autoridades de las del Estado y de la forma
de gobernarse. También es una reivindicación de
respeto a sus instituciones sociales, a sus modos de
producción económica, a la riqueza natural y a la
paternidad de su conocimiento tradicional.
Sobre la autonomía del territorio las comunidades
indígenas pretenden que el Estado reconozca y
garantice la propiedad colectiva y ancestral, per-
mitiendo que la comunidad administre desde su
cosmogonía la relación hombre-naturaleza y los re-
cursos que la tierra posea tanto en el suelo como en
el subsuelo. En otros términos, que las instituciones
de la comunidad sean las autoridades ambientales y
de ordenamiento territorial en el espacio que histó-
ricamente les pertenece, que organicen la forma de
habitar y coexistir en su espacio vital, con todos los
elementos integrales de su cosmogonía.
El Convenio desarrolla el principio de la autodeter-
minación de los pueblos tímidamente y sin men-
cionarlo como tal, con estipulaciones que señalan
derechos expresos que materializan este principio:
en la autonomía de los territorios, el uso y la educa-
ción en la lengua propia, la expresión de su propia
cultura, el autogobierno, la práctica de normas
propias en sus formas organizativas y de control –en
síntesis, jurisdicción propia–, y el derecho a decidir
sobre su propio desarrollo y el de los recursos de su
territorio, a través de la consulta previa de las auto-
ridades estatales sobre medidas legislativas o admi-
nistrativas que los afectan directamente.
“RECONOCIENDO LAS ASPIRACIONES DE ESOS PUEBLOS
A ASUMIR EL CONTROL DE SUS PROPIAS INSTITUCIONES
y FORMAS DE VIDA y DE SU DESARROLLO ECONóMICO
y A MANTENER y FORTALECER SUS IDENTIDADES,
LENGUAS y RELIGIONES, DENTRO DEL MARCO DE LOS
ESTADOS EN QUE VIVEN”.
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
Son varias las disposiciones del Convenio 169 de la
OIT que reconocen la autonomía y la autodetermi-
nación de los pueblos indígenas, como en el preám-
bulo: “Reconociendo las aspiraciones de esos pueblos
a asumir el control de sus propias instituciones y for-
mas de vida y de su desarrollo económico y a mante-
ner y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones,
dentro del marco de los Estados en que viven”.
Pero el propio Convenio 169 trae limitaciones para
entender el principio de la “libre determinación”
en los términos definidos por diferentes pactos y
convenios, por lo menos tal como lo presenta el
artículo 1 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y
el Pidesc.5 En este sentido Lee Swepston señala: “si la
libre determinación significa –por lo menos en una
parte– la autonomía dentro de las fronteras del Es-
tado, entonces el Convenio 169 es consecuente con
todos los grados de autonomía y otras expresiones
de la libre-determinación dentro de los Estados exis-
tentes (citado por Gómez M. 2006).
La reivindicación del derecho a la libre determina-
ción para los pueblos indígenas no va más allá de
solicitar el reconocimiento que tienen todos los
pueblos del mundo desde la propia Carta de las
Naciones Unidas en su artículo 1.2, en virtud de que
el reconocimiento como Pueblo ya se ha estipula-
do tanto en el Convenio como en la Declaración.
Contraria a esta reclamación, el Convenio 169 en su
artículo 1.3 determinó: “La utilización del término
‘pueblos’ en este Convenio no deberá interpretarse
en el sentido de que tenga implicación alguna en lo
que atañe a los derechos que puedan conferirse a
dicho término en el derecho internacional”.
[5] Artículo 1. Todos los pueblos tienen derechos de libre determinación. En virtud de estos derechos establecen su condición política y proveen así mismo su desarrollo económico, social y cultural.
El Convenio aparentemente ofrece una gran con-
tradicción al disponer de derechos y mecanismos
para garantizar la libre determinación a los pueblos
indígenas, como los artículos 6,6 7,7 8.1,8 14,9 1510
[6] Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente…
[7] Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual, y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente…
[8] Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario.
[9] Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes…
[10] 1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. 2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
y 16,11 pero al negar que hay una relación entre el
concepto de pueblo indígena y libre determinación
crea relaciones de subordinación a una sociedad do-
minante que se autodenomina Estado-nación sobre
pueblos que se han resistido a hacer parte de este
proyecto de asimilación, creando una desigualdad
en el derecho internacional que en la práctica legi-
tima unas relaciones coloniales contemporáneas.
La OIT es consciente de que ésta ha sido la reivindi-
cación estructural desde donde emanan los demás
contenidos de los derechos colectivos de los pueblos
indígenas. En los debates que se dieron en la Asam-
blea General de la OIT durante 1988 y 1989, las pos-
turas gubernamentales fueron muy contundentes
en defender la integridad del territorio y la unidad
del Estado-nación; no obstante, en un manual pos-
terior para el entendimiento del Convenio 169 la
OIT manifiesta:
tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.
[11] 1. A reserva de lo dispuesto en los párrafos siguientes de este artículo, los pueblos interesados no deberán ser trasladados de las tierras que ocupan. 2. Cuando excepcionalmente el traslado y la reubicación de esos pueblos se consideren necesarios, sólo deberán efectuarse con su consentimiento, dado libremente y con pleno conocimiento de causa. Cuando no pueda obtenerse su consentimiento, el traslado y la reubicación sólo deberá tener lugar al término de procedimientos adecuados establecidos por la legislación nacional, incluidas encuestas públicas, cuando haya lugar, en que los pueblos interesados tengan la posibilidad de estar efectivamente representados...
Las cuestiones relacionadas con los derechos
económicos y sociales están dentro del manda-
to de la OIT. Por el contrario, la interpretación
del concepto político de autodeterminación
está fuera de su ámbito de competencia. El
Convenio núm. 169, al no establecer ninguna li-
mitación al derecho a la autodeterminación, es
compatible con todo instrumento internacional
que en el futuro pueda establecerlo o definirlo
(Manual de aplicación del Convenio 169).
Sin entrar a polemizar sobre esta consideración
acerca de los límites al mandato de un convenio de
la OIT,12 no podemos desconocer que las discusio-
[12] Los miembros gubernamentales de Canadá y Francia consideraron que la utilización del término pueblos podría implicar derechos como la libre determinación que van más allá del campo de aplicación del Convenio 107.
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nes generadas alrededor de la reforma del Convenio
107 plantearon abiertamente las implicaciones
de la libre determinación como una amenaza al
poder de los Estados-nación, como una negación
al pluralismo jurídico, como la afirmación de un
proyecto etnocentrista de construcción de nación
que discrimina culturalmente a otros pueblos que
coexisten en el mismo territorio del Estado. Como
decíamos, la integridad territorial del Estado y la he-
gemonía cultural del mismo han sido principios que
los representantes gubernamentales enemigos de
la autodeterminación de los pueblos indígenas han
defendido por encima de sus reivindicaciones. Pero
estos argumentos, aunque mezquinos, no dejan de
esconder la realidad de los debates sobre pueblo y
libre determinación de comunidades que no tienen
el control del Estado, por lo menos en Latinoamérica
no existe ningún pueblo indígena que tenga un áni-
mo independentista o separatista, por el contrario,
las organizaciones observan en el Estado a un sujeto
garante de sus derechos individuales y colectivos.
Esta falsa defensa de la unidad del Estado-nación
esconde realmente una intensión de los Estados de
no renunciar a la discrecionalidad de disponer de los
territorios indígenas para su explotación económi-
ca, con o sin el consentimiento de éstos; se solapan
así los intereses individuales capitalistas sobre los
derechos colectivos reclamados ancestralmente
como pueblos, en este sentido:
No cabe duda de que una de las razones más
poderosas se sitúa en la voluntad de no re-
nunciara al control territorial de zonas ricas
en recursos naturales y biodiversidad, espe-
cialmente en un momento de desarrollo del
capitalismo donde la acumulación de capital
se ve amenazada por la insuficiencia de recur-
sos energéticos y el capital financiero necesita
nuevos espacios para la especulación, como los
que acecha en el terreno de las patentes sobre
conocimientos tradicionales y de las biopaten-
tes (Wilhelmi, 2006, p. 418).
Independiente de los debates sobre el ámbito de
aplicación del Convenio 169 en materia de libre
determinación, o de las justificantes ocultas o reales
que poseen los Estados para negarla, algo sí es cla-
ro y es que el Convenio 169 no dirimió la cuestión
pueblo indígena y derecho a la libre determinación.
Por este motivo, durante más de veinte años de
discusión de la Declaración Universal de Derechos
de los Pueblos Indígenas éste fue el punto nodal de
debate para llenar de contenidos dicha declaración.
Pero a diferencia de la Asamblea General de la OIT,
la Asamblea General de la ONU no puede argüir que
estos elementos se escapan al ámbito de su compe-
tencia. Por eso la Declaración es contundente sobre
este asunto, dirimiendo las ambigüedades que al
respecto dejó el Convenio 169.
La claridad de que la libre determinación de los pue-
blos indígenas es un derecho colectivo consagrado
en la Declaración comienza con el artículo primero.
En él la Declaración estipula que “Los indígenas
tienen derecho, como pueblos o como personas, al
disfrute pleno de todos los derechos humanos…” A
diferencia del Convenio 169, la Declaración plantea
no sólo la igualdad de ejercicio de derechos indivi-
duales de los indígenas, sino también la igualdad
en el ejercicio de los derechos colectivos como pue-
blos. y para que no queden dudas, a continuación
el artículo 2 refuerza este ámbito de la igualdad de
derechos entre personas y pueblos al señalar: “Los
pueblos y personas indígenas son libre e iguales a los
demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser
objeto de ningún tipo de discriminación en el ejer-
cicio de sus derechos, en particular la fundada en su
origen o identidad indígenas”.
La Declaración, al no hacer distinción entre pue-
blos indígenas y pueblos que se reclaman como
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
una identidad Estado-nacional, otorga un ejercicio
igualitario de derechos, de esta forma un derecho
invocado por un Estado nacional también puede
ser invocado por un pueblo indígena; así las cosas, la
libre determinación de los pueblos indígenas debe
ser entendida tal como se expresa en los instrumen-
tos internacionales para cualquier nación. Sin dis-
criminación alguna la libre determinación debe ser
entendida para pueblos indígenas tal como aparece
en la Carta de la ONU, el PIDCP, el Pidesc, incluso la
Declaración sobre la concesión de la independen-
cia a los países y pueblos coloniales de 1960. No en
vano, el artículo 3 de la Declaración, que contiene
el derecho a la libre determinación tiene el mismo
texto que el artículo 1 de los instrumentos citados.
Este derecho a su vez queda reforzado en el artículo
4, en donde se estipula que esa libre determinación
va acompañada de la autonomía y el autogobierno,
algo que junto a otros artículos refuerza la soberanía
de las instituciones sociales y políticas de las comu-
nidades, con exclusión de otras autoridades del Es-
tado que traten de imponer sus decisiones sobre el
universo cosmogónico de los pueblos indígenas.
ESTOS CRITERIOS DE CONSENTIMIENTO LIBRE,
PREVIO E INFORMADO BUSCAN PROTEGER EL
DERECHO A LIBRE DETERMINACIóN DE LOS PUEBLOS
INDíGENAS EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
A LA DE CUALQUIER ESTADO-NACIóN.
Nat Nat Iguarán
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
de la consulta previa al consentimiento libre, previo e informadoRespecto a la consulta previa a pueblos indígenas
debemos tener una primera consideración para los
propósitos del presente ensayo, la consulta previa
no garantiza el derecho a la libre determinación
de los pueblos indígenas. Es apenas obvio, si no
hay derecho en consecuencia tampoco existirá un
mecanismo idóneo para garantizarlo. Si bien la con-
sulta previa señala unos requisitos para garantizar
la autonomía de las comunidades, su carácter no
vinculante frente a la decisión de los Estados hace
que la protección de la autonomía no llegue hasta la
autodeterminación, de esta forma la consulta previa
se convierte en un mecanismo de participación es-
pecial sin que las comunidades puedan vetar las ac-
ciones legislativas y administrativas que las afecten.
¿Y el derecho de veto?“El Convenio no otorga a los pueblos indígenas y
tribales el derecho de veto. El Convenio especifica
que no debe tomarse ninguna medida contraria al
deseo de los pueblos indígenas y tribales, pero esto
no significa que en caso de desacuerdo nada puedan
hacer” (OIT, 2003).
Esto no significa que los Estados puedan omitir la
realización de la consulta previa con comunidades
con el pretexto de que ésta no tiene un carácter vin-
culante. Con la ratificación del Convenio todo Estado
se obliga a realizar la Consulta antes de la adopción
de cualquier medida administrativa o legislativa que
afecte a pueblos indígenas. En materia territorial es
esencial para la utilización de los recursos minerales
y en general del subsuelo, en especial en aquellos Es-
tados en donde éstos son propietarios de esos recur-
sos. En materia de recursos naturales renovables, la
consulta se hace más compleja, ya que el Convenio y
la mayoría de las legislaciones nacionales proclaman
la propiedad privada y excluyente de los mismos,
por eso, en estos casos, la consulta previa tiene más
elementos de consenso, o sea la búsqueda del con-
sentimiento de las comunidades en los términos del
artículo 15. En el único caso que el Convenio prevé
un consentimiento libre e informado es cuando se
presente un traslado de una comunidad del terri-
torio que ocupan, aunque este evento también es
matizado con un lenguaje ambiguo ya que plantea
“cuando no pueda obtenerse su consentimiento”,
otorgando alternativas compensatorias que en todo
caso evaden la libre determinación.
La virtud de la consulta previa del Convenio 169
consiste en que si bien no está reglamentada, dis-
pone de una serie de criterios para que el ejercicio
del derecho se dé efectivamente. Un gran número
de acciones judiciales dentro del derecho interno y
otras a la luz del derecho internacional han prospe-
rado a favor de comunidades indígenas por el proce-
dimiento adoptado para la realización de la consulta
o por no realizarla. Con ello se garantiza que la parti-
cipación sea efectiva, con buena información, previa
y reduciendo las posibilidades de engaño por parte
de las entidades públicas o las empresas privadas
que tienen intereses en territorios de pueblos indí-
genas. El artículo 6 del Convenio especifica los crite-
rios para que un procedimiento de consulta respete
los derechos autonómicos de los pueblos indígenas,
estos criterios se pueden sintetizar, según las reco-
mendaciones de OIT, de la siguiente manera:
1. Siente criterios de representatividad.
LOS DERECHOS CONTENIDOS EN ESTE INSTRUMENTO
INTERNACIONAL “CONSTITUyEN NORMAS MíNIMAS
PARA LA sUpERvIvENCIA, LA DIGNIDAD y EL bIENEsTAR
DE LOS PUEBLOS INDíGENAS DEL MUNDO”
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
2. Tome en cuenta –en la medida de lo posible– las
propuestas de los reclamantes en cuanto a las
características que ha de tener una consulta para
ser efectiva.
3. Determine un mecanismo de consulta que se
adecue en el método utilizado con la finalidad de
llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento
acerca de las medidas propuestas, independien-
temente de que esto se logre o no.
4. Tenga en cuenta, al determinar los mecanismos
de consulta, los valores, concepciones, tiempos,
sistemas de referencia e incluso formas de conce-
bir la consulta de los pueblos indígenas (Gómez,
2006, p. 149).
El manual para la interpretación del Convenio 169
publicado por la OIT en el año 2003, complementa
estos criterios planteando que la consulta debe ser
de buena fe, respetado intereses, valores y necesida-
des de los pueblos indígenas. Con las instituciones,
autoridades y espacios que sean representativos
para los pueblos y las comunidades. Con unos pro-
cedimientos adecuados y acordes a las circunstancia
y las características de los individuos a los que va di-
rigida. y reconociendo un verdadero poder de nego-
ciación, entendida como la defensa de los derechos
por parte de las comunidades.
La Declaración Universal de Derechos de los Pue-
blos Indígenas no desconoce estos principios sobre
la consulta, por el contrario, los acoge pero genera
nuevos criterios explícitos que hacen que la consulta
se convierta en un derecho efectivo de veto sobre las
acciones legislativas y administrativas que compro-
metan sus derechos y sus territorios. Estos criterios
de consentimiento libre, previo e informado buscan
proteger el derecho a libre determinación de los
pueblos indígenas en igualdad de oportunidades a
la de cualquier Estado-nación. La diferencia estriba
en que este procedimiento se hace para la protec-
ción de derechos colectivos de pueblos que hacen
parte de un Estado y las relaciones con el mismo son
desiguales.
La consulta del Convenio 169 en principio denota
una pregunta cuyo procedimiento debe ser de
buena fe y transparente, dirigida a las autoridades o
instituciones que por tradición o pacto representan
a los pueblos, pero cuya respuesta puede ser sí o no,
sin condicionar la decisión final. Por el contrario, el
consentimiento implica que la respuesta debe ser
sí, presentándose unanimidad en la decisión, es el
acuerdo que se espera después de una negociación
entre pares. Precisamente este mecanismo busca
generar un escenario de igualdad entre partes cuyas
relaciones de poder son absolutamente asimétricas;
de esta manera, el poder omnipotente del Estado se
reduce a la esfera transparente de la persuasión o
del convencimiento de un beneficio recíproco.
El consentimiento debe ser libre, esto significa que
además de ser de buena fe debe estar exento de
constreñimiento, engaño o cualquier medio de
fuerza que coloque a las comunidades indígenas
en una situación desfavorable para poder negociar
sus puntos de vista de cara al consenso. Debe ser
previo, antes de adoptar las medidas o incluso antes
de iniciar cualquier tipo de proceso preparatorio a
la acción. Por ejemplo, en el caso de medidas sobre
extracción de recursos del subsuelo, el consenti-
miento debe darse mucho antes de la prospección
o exploración, prácticamente en el momento en
que el Estado decida colocar los pies en el territorio
indígena. Debe ser informado, debiéndosele cla-
ramente transmitir a la comunidad a través de los
medios adecuados para que ésta comprenda lo que
se va hacer, cómo se va hacer, en dónde, con quié-
nes, los resultados y las utilidades que se esperan, los
beneficios y beneficiarios, y los impactos que debe
soportar la comunidad.
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
A diferencia del Convenio, la Declaración prevé que
en caso de que no se agote el procedimiento de con-
sentimiento con estos criterios, el Estado se ve en
la obligación de reparar y resarcir los derechos a los
pueblos o comunidades afectadas.
Otro asunto particular que llama la atención de
la Declaración es que señala taxativamente los
derechos que son objeto de consentimiento libre,
previo e informado a lo largo de todo el texto. Estos
son: para ser desplazados de sus tierras o territorios
(art. 10); para privarlos de sus bienes culturales,
intelectuales, religiosos y espirituales (art. 11.2);
para la adopción de decisiones en las cuestiones
que afecten sus derechos y antes de aplicar medidas
legislativas o administrativas que los afecten (arts.
18 y 19); cuando se pretendan almacenar o eliminar
materiales peligrosos en sus territorios (art. 29.2);
antes de desarrollar actividades militares en sus te-
rritorios (art. 30); para aprobar cualquier proyecto
que afecte sus territorios, entre los que se cuentan
los relativos al desarrollo y explotación de recursos
naturales (art. 32)
discusiones frente al carácter vinculante de las declaraciones de la onULas Declaraciones son adoptadas a través de resolu-
ciones de la ONU, y reciben ese nombre para resal-
tar la importancia de su contenido. Pero el hecho de
que se dicten a través de Resoluciones ha propiciado
diversas posiciones de los estudiosos para negar o
aceptar las obligaciones de los Estados de cumplir
dichos preceptos (Ponce, 2001-2002, pp. 253-279),
lo cual tiene relevancia al momento de exigir los de-
rechos ante tribunales nacionales e internacionales,
o buscar la solidaridad de otros Estados para presio-
nar el acatamiento del derecho internacional.
En primer lugar, hay quienes consideran que al tener
las resoluciones un carácter facultativo emanado de
la Carta de Naciones Unidas, sus contenidos serán
principios o sugerencias para los Estados: “es priori-
tariamente un producto ideológico propiciado por
aquellos que pretenden otorgar obligatoriedad a
ciertas resoluciones de la ONU” (Barberis, 1990, p.
495) negando tajantemente su carácter obligatorio
o vinculante.
Otros reconocen la importancia jurídica de las De-
claraciones pero no se pronuncian frente a su carác-
ter vinculante (Roldán, 1996, p. 101). La reconocen
como una ley imperfecta ya que son declaración de
principios que no contempla una sanción a los Esta-
dos que la incumplan (Bernard, 1991, p. 31).
Un tercer grupo le reconoce su obligatoriedad jurí-
dica porque consideran que sus contenidos hacen
parte de la costumbre internacional, o son una
interpretación autorizada de la Carta de la ONU a la
que la comunidad internacional le otorga fuerza vin-
culante, o también pueden ser principios generales
o fundamentales del ordenamiento internacional.
Finalmente, algunos doctrinantes consideran que
las Declaraciones hacen parte del derecho de gentes
o ius cogens, tienen como principal fuente la costum-
bre o el derecho consuetudinario (Sanjosé, 1992,
pp. 19 y 20), y se definen como una norma aceptada
y reconocida por la comunidad internacional de
Estados que no admite acuerdo en contrario y sólo
puede ser modificada por una norma posterior de
derecho internacional general que tenga el mismo
carácter (Convención de Viena, 1993, artículo 53).
La declaración de los Pueblos y el derecho de GentesDe las discusiones recogidas es posible apreciar que
aún no existe una norma internacional que niegue
o reconozca taxativamente el carácter vinculante
de las Declaraciones de la ONU. Partiendo de este
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
postulado adoptaremos las posiciones que conside-
ramos más ajustadas al derecho ihnternacional de
los derechos humanos para analizar su aplicación en
el contexto colombiano.
La Declaración de Derechos de los Pueblos fue apro-
bada luego de 22 años de discusiones permanentes
que lograron el consenso mayoritario en la Asam-
blea General con el voto favorable de 143 países,
solo 4 países en contra y 11 abstenciones, entre los
que se cuenta Colombia como el único país latino-
americano que no votó a favor de la Declaración.
Esta incuestionable mayoría, generada a través de
consensos en el marco de dos decenios de los pue-
blos indígenas, unida a las innumerables discusiones
al respecto y los pronunciamientos de la ONU en
defensa de sus derechos desde una perspectiva di-
ferenciada, dan a entender que su contenido puede
ser el de una “norma aceptada y reconocida por la
comunidad internacional de Estados”. Refuerza
esta posición el hecho de que el ius cogens “surge de
la vivencia de ciertos valores esencialmente huma-
nos y universales, cuyo respeto y vigencia se estima
como algo absolutamente necesario a la vida y
subsistencia de la comunidad” (Gómez, 2003, p. 78).
Es innegable que los derechos contenidos en este
instrumento internacional “constituyen normas mí-
nimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar
de los pueblos indígenas del mundo” (Declaración
Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas,
artículo 43).
En este sentido, la doctrina coincide en reconocer la
libre determinación de los pueblos como uno de los
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[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]
desarrollos más importantes del derecho de gentes
y, como ya dijimos, el artículo 3 de la Declaración
establece el derecho de todos los pueblos indígenas
a la libre determinación para ser ejercido de con-
formidad con el derecho internacional contenido
en instrumentos como la Carta de la ONU, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos,
así como la Declaración y el Programa de Acción
de Viena, a los cuales se les reconoce pleno carácter
vinculante.
En segundo lugar, es importante retomar la tesis de
su obligatoriedad en virtud de ser un desarrollo de
los artículos 55 y 56 de Carta de la ONU, donde los
Estados se comprometen a “promover el respeto
universal de los derechos humanos y de las liberta-
des fundamentales”. Si tenemos en cuenta que tales
derechos vienen siendo consagrados progresiva-
mente en normas internacionales a medida que se
considera pertinente por los Estados, es necesario
considerar que los derechos humanos no son limita-
dos, por el contrario, tienden a aumentar.
El primer instrumento que se considera un desarro-
llo de la Carta de la ONU es la Declaración Universal
de los Derechos Humanos; si bien esta contempla la
igualdad, la dignidad y la no discriminación como
piedras angulares, no hay un desarrollo específico
referente a los derechos de los pueblos indígenas,
por el contrario, sus definiciones y contenidos par-
ten de una construcción occidental. Las discusiones
de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Pueblos permitieron una partici-
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[ Alejandra García, Carlos Zapata ]
pación amplia de representantes de estos pueblos,
reconocieron sus particularidades y los mínimos
que debían establecerse para su pervivencia como
pueblos; puede considerarse entonces que es un
desarrollo diferenciado de la DUDH y del mandato
de la Carta de la ONU.
En este orden de ideas consideramos que la Decla-
ración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de
los Pueblos hace parte del derecho de gentes o ius
cogens, no sólo desde el desarrollo consuetudinario,
es también un desarrollo de la Carta de la ONU sien-
do jurídicamente obligatoria incluso para el Estado
colombiano que se abstuvo de votarla. Será una ta-
rea de los Estados comenzar con su aplicación, de la
ONU promover su cumplimiento, y de los tribunales
nacionales e internacionales garantizar coactiva-
mente su observancia.
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La pluralidad étnica y la nación colombiana: una historia política
Estas notas hacen parte de una permanente búsqueda de nuevos sentidos
y rutas que propicien encuentros y alianzas entre pueblos culturalmente1
diferentes, pero parecidos en la adversidad y unidos por las humillaciones y
vejámenes sufridos. Se quiere con ellas alimentar los debates de la “escuela
de formación interétnica para la resolución de conflictos”, que adelanta Jen-
zera con poblaciones negras, indígenas y campesinas del Pacífico. Ante todo
aspiran a que los excluidos de ayer y de hoy unan sus voluntades, propósitos
y compromisos con un cambio social y cultural que, como decía Saint-Just,
“sólo puede ser frenado cuando se alcance la felicidad”.
El antropólogo Leslie White acostumbraba a decir que las teorías antropoló-
gicas a menudo nos decían más sobre los antropólogos que sobre la materia
objeto de su estudio. Decía también que dependiendo de la teoría del an-
tropólogo, el objeto de estudio cambiaba no sólo de forma, sino también de
esencia a los ojos del observador. De esta manera relativistas, culturalistas,
evolucionistas, funcionalistas, estructuralistas y marxistas, ofrecían diferen-
tes interpretaciones sobre su objeto de estudio. Estas diferencias conceptua-
les, habituales en la antropología, no hubieran tenido un efecto pernicioso en
nuestro medio, si las ideas que llegaban a nuestras tierras hubieran encon-
[1] En este texto la noción de cultura se emplea, en un sentido antropológico, como el conjunto de procesos simbólicos y espirituales, a través de los cuales se comprende, reproduce y se transforma la estructura social. Incluye por tanto todos los procesos de producción de sentido y significación, y las formas de vivir, pensar y percibir la vida cotidiana.
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efraín Jaramillo JaramilloAntropólogo, investigador y analista del Colectivo Jenzerá
trado mentes abiertas y creativas, pero también
ambientes intelectuales críticos, que hubieran
examinado los contextos históricos y sociopolíti-
cos en que fueron concebidas, antes de aplicarlas.
De haber observado esto, no hubiéramos sido
escolásticos ni librecambistas, no compraríamos
modelos de desarrollo, sino que desarrollaríamos
los propios, acordes con nuestra realidad y nece-
sidades.
La frivolidad de muchos antropólogos, y el dog-
matismo de nuestra formación eclesiástica, junto
a una ausencia de categorías críticas que orien-
taran la acción indigenista, abonaron el terreno
para que echaran raíces toda suerte de ideas,
corrientes del pensamiento y teorías sociales, que
una vez tocaban tierras americanas se convertían
en doctrinas que había que defender, difundir y
aplicar. Si la realidad no estaba sintonizada y se
ajustaba a la interpretación, la que llevaba del
bulto era la realidad, que a menudo terminaba
siendo un mero adorno de la teoría. Un ejemplo
de ello lo tenemos en la ya legendaria teoría de
las “nacionalidades indígenas” que nos llegó de
México, un país donde existen pueblos indígenas
preponderantes en varias regiones por su peso
poblacional y sus logros culturales y políticos.
Aquí algunos epígonos colombianos se dieron
a la brega de aplicarla, imaginando este país
dividido en un igual número de naciones, según
las etnias indígenas existentes. Les faltó a estos
antropólogos observadores la lógica pragmática
del economista y matemático León Walras, que
recomendaba que antes de aplicar el teorema de
Pitágoras había que verificar que se tratara de un
triángulo rectángulo. Aplicaron la fórmula mexi-
cana de las nacionalidades, sin mirar el contexto
colombiano y, de paso, creando cismas en el na-
ciente movimiento indígena caucano. En México,
el planteamiento de las “nacionalidades indíge-
nas” surgió como respuesta a las pretensiones del
Estado mexicano de disolver a los pueblos indíge-
nas, asimilándolos e integrándolos a la sociedad
mexicana. Un contexto político muy particular,
diferente al de Colombia, en donde los indígenas,
juntándose al movimiento campesino, comen-
zaban a recuperar las tierras de sus ancestros y
estaban muy lejos de imaginarse que sus luchas
conducían a crear las naciones páez, guambiana,
embera, wayuu, etc.
Cuando los indígenas, los así llamados “objetos
de estudio”, hastiados de ser observados, inter-
pretados y definidos, se “vuelven desobedientes”,
exigen ser tenidos en cuenta, reclaman su propia
definición, y aspiran a ser sujetos de su propio de-
sarrollo, comienza a cambiar el panorama. “Con
la irrupción del otro en la escena” (Humberto
Eco) se renueva el lenguaje y toman cuerpo los
conceptos de “autonomía”, “desarrollo propio”,
“multietnicidad” e “interculturalidad”.
Hasta entonces, la “conciencia posible” (Lucien
Goldmann) para concebir los nuevos Estados que
se estaban formando en América era el Estado-
nación que surgía en Francia con Napoleón, en
Italia con Garibaldi y en Alemania con Bismarck.
El Estado unitario y la nación homogénea fueron
hasta la década de los ochenta el ideal de las re-
públicas latinoamericanas. Ahora las cosas han
cambiado, y la cuestión étnica se ha tornado en
uno de los más importantes y complejos desafíos
socio-políticos para el Estado y para la nación
colombiana.
Pero hasta ese entonces había transcurrido mu-
cha historia.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos42
[ Pluralidad étnica y nación ]
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PoLÍt
icA Los intelectuales más destacados que habían venido
pensando la nación homogénea, habían identifi-
cado en el mestizaje racial la fórmula ideal para su
construcción. El argumento central era que por me-
dio del mestizaje se superarían por un lado las defi-
ciencias de indios y negros –considerados pobres de
juicio y de imaginación– para formar una sociedad y
pensar una nación. De otro lado, se superarían tam-
bién las limitaciones de los europeos –considerados
los más inteligentes y más capaces– para adaptarse
a climas y medios geográficos catalogados como
hostiles. De este mestizaje, que José de Vasconcelos
calificaría de “fecundo”, emergería entonces un
hombre nuevo que superaría las incapacidades y
limitaciones fundadas en el color de la piel, la raza y
el medioambiente geográfico.
Es con Simón Bolívar, hijo de la Ilustración y de la
Revolución Francesa, que la idea del mestizaje como
solución para la nación homogénea pierde vigor
en la llamada Gran Colombia. Aunque Bolívar era
también de la idea de que la nación debía ser ho-
mogénea, aspiraba sin embargo a que se superaran
las diferencias étnicas, construyendo una identidad
nacional, ya no a partir de la asimilación racial, sino
a partir de la adaptación de todos los individuos a
una cultura política “cívica”, más amplia, donde las
lealtades étnicas, culturales y religiosas no fueran
la base de la identidad nacional, pues se estaría
manteniendo abierto el espacio para reventar en
pedazos a la naciente nación. Se trataría entonces
de una especie de patriotismo basado en la noción
de “ciudadano”, que para Bolívar sería la forma ideal
de compaginar la pluralidad étnica y cultural con un
orden social representado en un Estado.”
Según Bolívar, la condición de ciudadano solo la
adquirían los hombres en libertad. Esta idea la tomó
de Rousseau, quien argumentaba que dentro de la
esclavitud, los esclavos pierden todas sus facultades
y llegaban incluso a amar la esclavitud. “El alma de
un siervo [dice Bolívar al referirse al Perú] rara vez
alcanza a apreciar la sana libertad, se enfurece en
los tumultos o se humilla en las cadenas” (Carta de
Jamaica, 1815).
Su ya célebre frase para definir los estamentos de
la sociedad, que recién se independizaba del poder
colonial, es de un significado proverbial. Decía Bolívar
sobre los criollos (hijos de españoles nacidos en Amé-
rica) que, “no somos indios ni europeos, sino una es-
pecie media entre los legítimos propietarios del país y
los usurpadores españoles” (Carta de Jamaica 1815).
Cuando Bolívar define a los españoles como “usur-
padores”, y a los indígenas como “legítimos propie-
tarios”, implícitamente está delineando la tarea que
le corresponde a los criollos que están en medio:
quitarles la tierra a los usurpadores y devolvérsela a
sus legítimos propietarios. Era la única vía para con-
vertir a los indios en ciudadanos. Aquí Bolívar está
enunciando en su propia historia, como criollo que
era, la causa de los aborígenes. Este planteamiento
de Bolívar nos remite al problema central, aún no
resuelto, sobre la formación de nuestra nacionali-
dad: que para hacerla realidad la población indígena
y negra debía adquirir la ciudadanía, es decir, debía
tener la capacidad para ejercer sus derechos.
Si los criollos, una vez culminadas con éxito las
guerras de la independencia, no restablecían estos
derechos, significaba simple y llanamente que se
CUANDO BOLíVAR DEFINE A LOS ESPAñOLES COMO
“USURPADORES”, y A LOS INDíGENAS COMO
“LEGíTIMOS PROPIETARIOS”, IMPLíCITAMENTE ESTÁ
DELINEANDO LA TAREA QUE LE CORRESPONDE A
LOS CRIOLLOS QUE ESTÁN EN MEDIO: QUITARLES
LA TIERRA A LOS USURPADORES y DEVOLVéRSELA
A SUS LEGíTIMOS PROPIETARIOS.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos43
[ Efraín Jaramillo ]
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008
había cambiado de amos y señores, pero persistía el
“derecho de conquista”, impuesto por los españoles.
La apropiación que había hecho Bolívar de la causa
de los negros y de los pueblos originarios no hizo es-
cuela en América, pues eran más fuertes los poderes
de la clase criolla emergente, que se beneficiaba de
las tierras y los bienes arrebatados a los españoles.
Repudiado por los criollos, y después de sobrevivir
a dos atentados, Bolívar marchó al exilio. Murió en
Santa Marta.
Otro prócer americano de la Independencia, José
Gervasio Artigas, buscó refugió en Paraguay, “acom-
pañado sólo por su guardia personal de 250 lance-
ros, hombres y mujeres, todos negros y entre ellos
Ansina, compañero de Artigas, hasta la muerte”
(Rosero, 2003). No le perdonaron los criollos a Arti-
gas que a su paso victorioso fuera liberando esclavos.
Los Camba Cua (cabecitas negras en guaraní) son
hoy sus descendientes. Carlos Rosero nos recuerda
que en una de las acciones para repeler
los muchos intentos por terminar de despo-
jarlos de las últimas tierras que les quedan,
de las que les fueron asignadas en el siglo XIX,
colocaron sus banderas de barras horizontales
azules y blancas sobre sus casas, entonaron el
himno de la República Oriental del Uruguay
y se negaron a ser tratados, en esta tierra a la
que llegaron por leales, distinto a lo que eran:
invitados de honor (Rosero, 2003).
La negación de los derechos y las ideas sobre la desigualdad de los hombres2
La historia de Colombia es, desde sus orígenes, una
historia de negaciones. Los españoles le negaron la
humanidad a los indios: “homúnculos”, como fue-
[2] Para una lectura completa de estas ideas, ver el excelente texto del historiador mexicano Silvio Zavala (1963), texto del cual se extraen la mayor parte de las ideas y citas de este artículo.
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[ Pluralidad étnica y nación ]
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icA ron llamados, no tendrían derechos ni capacidad de
gobierno. Posteriormente, a miles de africanos les
fueron negadas sus vidas y libertades por medio de
la esclavitud. No obstante, había algo común en es-
tas negaciones: eran llevadas a cabo por pueblos que
renegaban de sus orígenes culturales judíos y mozá-
rabes. En estas ideas se fundamentaría la esclavitud
y servidumbre a que fueron condenados aborígenes
y negros. Pero esta negación la extendieron a todo lo
que fuera de América. Por el sólo hecho de nacer en
ella se era ciudadano de segunda clase, y al menos-
precio por sus habitantes se unió el menosprecio por
su flora, su fauna y sus territorios. Con el paso de los
siglos, y de muchas luchas al interior de la Iglesia, se
le reconoció la humanidad a la población aborigen,
y con Alexander von Humboldt se reconoció que la
naturaleza de América, su flora y su fauna no tenían
nada que envidiarle a las europeas. No obstante per-
dura en muchas mentes la idea de que las culturas
y los territorios indígenas no tienen un valor en sí
mismos.
Una Iglesia al servicio de la corona española tam-
bién hizo parte de las corrientes que les negaban
identidades particulares a aquellos que tenían otras
creencias. A finales del siglo XIII, el canonista y santo
católico Gregorio, llamado “El Ostiense”, fijó doc-
trina al afirmar que el Papa, como representante
de Cristo en la Tierra, tenía potestad no solamente
sobre el mundo cristiano, sino sobre el de los infie-
les. Años después, en el siglo XIV, Johann Wycliffe
continuaría desarrollando la doctrina y afirma que
“la falta de gracia del hombre injusto que vive en
pecado mortal, hace que carezca de dominio pro-
pio”. Los derechos de los impíos podían entonces
LAS ELITES CRIOLLAS VIERON A LOS INDIOS y NEGROS
COMO UN OBSTÁCULO PARA EL PROGRESO
y LA CIVILIZACIóN Car
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos45
[ Efraín Jaramillo ]
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008ser trasladados, “en derecho y por justa causa”, a los
cristianos. Esta doctrina que se emplea en la guerra
contra los moros, durante la reconquista española,
es trasladada a América. De esta forma, la condición
religiosa se convierte en el pilar del dominio de los
conquistadores católicos sobre los indios infieles y
fundamenta el “derecho de conquista” de España.
Intentos que se dieron para defender los derechos
de los así llamados infieles, sólo fructificarían mu-
chos años después, cuando una corriente humanis-
ta comenzó a gestarse en el mundo cristiano.3
La Iglesia se uniría siglos después a la cruzada por la
homogeneización de la sociedad: todos somos igua-
les a los ojos de Dios4 Pero para llevar a cabo esta
empresa, y poder realizar la comunión y hermandad
de todos los hombres en Cristo,5 buscaron definir,
como lo haría cualquier antropólogo, su objeto de
estudio. y allí de nuevo fue Troya, pues encontra-
ron con que además de tener alma, los aborígenes
tenían también sus propias creencias y maneras de
entender el mundo, que diferían sustancialmente
de la religión de Cristo.
Pero hay iglesias de iglesias. Las más retardatarias
todavía hablan de paganismo y de superstición de
pueblos sumidos en la oscuridad para referirse a
aquellas culturas que no siguen el Evangelio. Las
más progresistas hablan de que se encuentran en
un proceso de diálogo intercultural, pero pobres son
[3] Uno de los más destacados personajes de la Iglesia, que se abanderó de la causa de los indios, fue fray Bartolomé de las Casas. Decía De las Casas que dentro de los infieles había reyes y señores que por su dignidad recibían de la naturaleza el “Don de Gentes”.
[4] ya San Agustín en el siglo IV habla de la hermandad de todos los hombres, y no únicamente ante Dios (en el sentido abstracto del alma), sino aquí en la tierra.
[5] Todos los hombres estamos llamados a una vida común en Cristo, ante el cual todos somos iguales.
sus ejecutorias, debido a ese arrogante y a la vez pa-
ternalista talante que asumen, pues consideran que
sus creencias son superiores.
La independencia de España no significó que la nue-
va República asumiera su rostro negro o indio. Por el
contrario, las elites criollas vieron a indios y a negros
como rezagos de un pasado que había que superar,
pues eran un obstáculo para el progreso y la civiliza-
ción de Colombia. Abrazando la corriente en boga
del liberalismo económico, y usurpando el término
de “liberal” –que en su sentido histórico significa ser
generoso, humanista, pródigo, altruista y despren-
dido– les negaron a indios y a negros los rasgos étni-
cos distintivos de sus identidades. Paradójicamente
esta negación se hacía en nombre de “la libertad y la
igualdad de todos los hombres”.
La cara bondadosa de la Iglesia, y el sentido igualita-
rio de las doctrinas liberales, no han logrado superar
el racismo manifiesto en la sociedad colombiana.
No hay mejor indicio para ver la inocuidad de sus
acciones en busca de la igualdad que predican, que
los hechos que bien entrado el siglo XX todavía
sucedían en el país: en los Llanos Orientales de Co-
lombia se cazaba a los cuibas, indígenas nómadas
de las llanuras. En aquella región, a esta práctica se la
denominaba “cuibiar”. Aún hay educadores que re-
prenden a niños indígenas por no mostrar una bue-
na disposición para aprender el castellano. y hace
pocos años, un conocido representante del partido
liberal manifestaba que la raíz de todos los males
de los pueblos indígenas era su persistencia en lo
colectivo y comunitario, refiriéndose a las formas
de concebir la tenencia de la tierra, el trabajo y la
distribución de bienes. Decía este personaje, que los
indígenas vivían bajo “sistemas anacrónicos”, en un
mundo donde precisamente los sistemas colectivos
del Este se derrumbaban. Recomendaba, entonces,
para guiar a los indígenas por la senda del progreso,
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos46
[ Pluralidad étnica y nación ]
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icA abolir los resguardos y ponerlos a disposición de la
iniciativa privada.
Para la izquierda tradicional, más doctrinaria, me-
nos marxista, la problemática étnica ha sido cata-
logada como una “contradicción secundaria”. Las
demandas de aquellos pueblos y grupos que recla-
man autonomías, exaltan órdenes comunitarios y
decisiones colectivas, no merecen atención, pues
estos intereses particulares obstaculizan la unidad
del pueblo. Sólo fusionando todas las expresiones
sociales, políticas y culturales se puede converger en
un movimiento para superar el escollo del Estado
capitalista. Semejante a la homogeneidad que nos
plantea la Iglesia al hermanarnos en Cristo, aquí
seríamos todos iguales, hermanos de clase. Existe en
ambas doctrinas una manifiesta discapacidad para
pensar las nuevas realidades de nuestro tiempo, en
especial las que irrumpen en la escena política con
movimientos sociales generados por demandas ét-
nicas y de género.
Estas posiciones a menudo son difíciles de visuali-
zar, debido a la usual retórica de las organizaciones
y los partidos, que incorporan en sus discursos las
demandas de negros e indígenas como una mani-
festación de su solidaridad con estos pueblos, pero
sin asumir (la mayoría de las veces sin entender),
las implicaciones que tienen para su propia práctica
tales manifestaciones de apoyo y solidaridad.
Estos desconocimientos y negaciones que hemos
enunciado aparecerían como actitudes caprichosas,
si no hubieran estado orientadas fundamentalmente
a despojar a estos pueblos de la potestad que tienen
sobre los territorios y los recursos, que es lo que real-
mente les ha interesado a los conquistadores y coloni-
zadores de ayer y de hoy.
Ahora podemos entender por qué indios y negros
tendrían que esperar más de un siglo de vida re-
publicana para que con la Constitución Política de
Colombia de 1991, el Estado buscara conciliar sus
intereses con estos pueblos, al definir el carácter
multiétnico y pluricultural de la nación. También
podemos entender la intransigencia que encontra-
ron en la sociedad cuando comenzaron a plantear
la multietnicidad de la nación: un año antes de la
convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente,
y para prepararse a lo que sería la celebración ofi-
cial de los “quinientos años del descubrimiento de
América”, indígenas y colaboradores de sus luchas
iniciaron lo que se llamó la “Campaña de autodes-
cubrimiento de nuestra América”, precisamente
buscando que se entendiera la multietnicidad y la ri-
queza que esto significaba para el país. No obstante
esta campaña de sensibilización, los candidatos ne-
gros no recibieron el apoyo esperado, y en las elec-
ciones para la Asamblea Nacional Constituyente no
obtuvieron ningún escaño. y los indios, solo debido
al reconocimiento de sus luchas y sus esfuerzos or-
ganizativos lograron dos puestos. Un tercer puesto
lo obtendría el desmovilizado movimiento armado
Quintín Lame.
A partir del V centenario en 1992, la mayoría de los
países latinoamericanos comenzaron a reconocer
constitucionalmente el carácter multiétnico de sus
sociedades. Esto fue un logro de las luchas de los
pueblos indígenas y negros, pero también se debe
a dos hechos coyunturales: después de quinientos
LA HISTORIA DE COLOMBIA ES, DESDE SUS
ORíGENES, UNA HISTORIA DE NEGACIONES. INDIOS
y NEGROS TENDRíAN QUE ESPERAR MÁS DE UN
SIGLO DE VIDA REPUBLICANA PARA QUE EL ESTADO
BUSCARA CONCILIAR SUS INTERESES CON ESTOS
PUEBLOS, AL DEFINIR EL CARÁCTER MULTIéTNICO y
PLURICULTURAL DE LA NACIóN.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos47
[ Efraín Jaramillo ]
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008años los gobiernos no quisieron cargar con la lápida
de haberse opuesto a una renovación de los ordena-
mientos legales en favor de los indígenas, de acuer-
do con las recomendaciones de muchas entidades
nacionales e internacionales que trabajan en el cam-
po de los derechos humanos y de los derechos de los
pueblos indígenas de todo el mundo. El otro hecho
es que a partir de la década de los noventa comien-
zan a desplomarse regímenes centralistas y autori-
tarios, a la vez que surgen aspiraciones étnicas que
se creía eran cosas del pasado. Esta tendencia que
observamos a nivel mundial, influenció a muchos
gobiernos para reconocer, aunque fuera en el papel,
derechos fundamentales a los pueblos indígenas.
A pesar de este reconocimiento general a nivel lati-
noamericano, ningún Estado, con excepción de las
actuales Bolivia y Ecuador, ha mostrado voluntad
política para eliminar las condiciones económicas,
políticas y culturales que excluyen y marginan a los
pueblos indígenas y negros. En algunas regiones de
Colombia (principalmente en el Cauca), pero ante
todo en el sur de México (Chiapas), han sido los
propios pueblos indígenas los que con sus moviliza-
ciones han presionado –con logros limitados– para
que se pongan en práctica los derechos reconocidos
en sus constituciones políticas.
Las luchas por el reconocimiento de los pueblos
indígenas y negros, y la búsqueda de la convivencia
intercultural como fundamento de la nación plurié-
tnica
Plantearse la cuestión de la pluriculturalidad supone
preguntarse por el fundamento de toda convivencia
humana, por los horizontes en que las comunidades
y los individuos se la imaginan, por los elementos
que abarca esa convivencia, por los contenidos que
aceptan de otras culturas, o aquellos de los cuales
tienen que despojarse para hacerla viable, y por la
manera como los pueblos van identificando a otros Car
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos48
[ Pluralidad étnica y nación ]
etniA
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icA pueblos como iguales a pesar de sus diferencias,
desigualdades, inconexiones y uso de símbolos dis-
tintos para expresar problemáticas semejantes.
Lo primero que deducimos del rápido recuento his-
tórico que hemos hecho sobre las formas de conce-
bir la nación y los caminos para hacerla realidad en
países pluriétnicos, es que sin el reconocimiento y la
restitución de derechos históricos usurpados no es
posible hablar de sujetos con capacidad para decidir
sobre sus vidas y pensar su futuro.
Lo segundo es que sin sujetos con derechos resta-
blecidos y sin apremios económicos y sociales que
coarten o restrinjan sus voluntades, no es posible
entablar un diálogo intercultural que conduzca a la
formación de una nación pluriétnica.
En tercer lugar, podemos afirmar que el legado cul-
tural e institucional que heredamos de los pueblos
ibéricos impidió que se desarrollaran corrientes
propias del pensamiento más acordes con nuestras
realidades. El absolutismo, que en América condujo
al caudillismo, negaría cualquier forma de demo-
cracia, y la unión entre Iglesia y Estado conduciría a
formas dogmáticas del ejercicio del poder.
En cuarto lugar podemos concluir que la imagen
de una América mestiza, no obstante haber tenido
tantos seguidores y haber sido el ideal de muchos
políticos, escritores y artistas de la talla de Bolívar,
José Martí, Miguel Ángel Asturias, Pablo Neruda,
los muralistas mexicanos David Alfaro Siqueiros y
Diego Rivera, aquí en Colombia no prosperó, salvo
en algunos murales de Pedro Nel Gómez.
y no prosperó porque las elites colombianas, des-
pués de la muerte de Bolívar y la disgregación de la
Gran Colombia, comenzarían a pensar la nación a
partir del componente blanco europeo, alrededor
del cual debía girar el ideario de la nacionalidad.
Se impuso la idea de que en la diversidad cultural
y regional estaba el principal obstáculo para la in-
dependencia y, por supuesto, la construcción de la
identidad nacional. y se desechó el argumento de
que no es negando la diversidad, sino exactamente
al revés, reconociéndola y afirmándola, donde de-
bemos encontrar las bases para la constitución de la
nación.
ya para finales del siglo XIX las elites, tanto liberales
como conservadoras, no miraban con buenos ojos la
existencia de regiones organizando su vida económi-
ca y política de manera diferenciada, obedeciendo a
particulares patrones sociales, geográficos y cultura-
les, al margen de los lineamientos que para construir
el Estado-nación venían emitiendo los centros de
poder político que se conformaban en el país.
El antropólogo Armando Moreno Sandoval (1998),
en un texto sobre el tema que venimos tratando,
presenta el pensamiento de un ilustre intelectual de
la época:
en 1861 José María Samper (intelectual, po-
lítico y militar colombiano), señalaba en su
“Ensayo sobre las revoluciones” los contrastes
y la diversidad de la sociedad de aquel enton-
ces (...). Colombia a mediados del siglo XIX ya
había logrado consolidar diferentes enclaves
con cierta singularidad regional y étnica, que
le servirían a la elite intelectual y política para
marcar los contrastes entre las diferentes re-
giones y donde los rasgos raciales serían decisi-
vos para definir su componente cultural.
Pero estas regiones que se conformaban a partir
de rasgos étnicos, iban en contravía del poder cen-
tralista que estaban construyendo las elites, ya que
argumentaban que ésta era la forma más expedita
para la desintegración de la naciente República. La
integración de la nación se había erigido como pa-
radigma y objetivo principal de las elites. Es así como
la construcción de una cultura nacional, de una
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos49
[ Efraín Jaramillo ]
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colombianidad, se convierte en el principal proyecto
político de estas elites. Todo lo diferente se ve como
estorbo. Las culturas indígenas son catalogadas
como “rezagos del pasado”, sus defensores como
“apóstoles del regreso”.
De la misma manera, pero profundizando y especi-
ficando cómo debía ser el fundamento de la nacio-
nalidad colombiana, piensa el geógrafo y cartógrafo
Francisco Javier Vergara y Velasco. La geografía fue la
disciplina que empleó para conocer el país, sus ríos,
mares, selvas y montañas. Pero también para iden-
tificar a las poblaciones, sus prácticas agropecuarias,
los sistemas de intercambio comercial entre las regio-
nes y, ante todo, su historia y sus culturas. Este pione-
ro comenzó en 1901 a presentar una nueva geografía
del país y a delinear lo que podría ser “la Patria”.
De él nos dice Moreno Sandoval que:
reflexionando que lo colombiano no podía
representarse en la diversidad étnica y pre-
gonando a la vez su visión integradora, se
preguntaba: ‘¿Será pues raro que en Colombia
no exista aún pueblo colombiano, ni lo haya
todavía en muchos años, si no se combaten las
ideas separatistas y el lugareñismo que domi-
na en las varias zonas naturales del país?’”.
y continuaba:
En Colombia, salvo el barniz de la característica
española, ardiente e impresionante, exagerada
a veces por el clima, o la de indios y negros, no
hay tipo en verdad nacional; pero sí existen ti-
pos locales que tienden a acentuarse divergien-
do más y más, y ¡hay de la patria si todos los
hombres entendidos no ayudan a combatir sin
tregua y con esfuerzo grande tales tendencias!6
Moreno concluye que Vergara y Velasco “al no en-
contrar en el mestizaje su tipo nacional, se quejaba
de que el mestizaje se estaba imponiendo en el país”.
De esta forma, Vergara y Velasco manifiesta la idea
de que lo colombiano debía identificarse con el
componente blanco europeo7 .
Pero al encomio de lo blanco como elemento cons-
titutivo de la nacionalidad, las elites gobernantes
unen las ideas de progreso y desarrollo económico,
sin las cuales no sería posible encauzar un proceso
civilizador que superara los estados de pobreza,
ignorancia y violencia8 . En lo corrido de la mitad
[6] Moreno Sandoval toma estas citas de Jorge Orlando Melo (1990).
[7] Como lo refleja este estribillo de la época: “Los blancos/ somos los buenos,/ los blancos/ ni más ni menos”.
[8] Que estas ideas harían escuela nos lo señala la Ley 114 de diciembre 1922, “sobre inmigración y colonias agrícolas”, que en su artículo 1 dice: “Con el fin de propender al desarrollo económico e intelectual del
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos50
[ Pluralidad étnica y nación ]
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icA del siglo XX estas ideas se intensificaron de forma
especial, generando nuevos prejuicios hacia los
pueblos indígenas y negros, caracterizados como
pertenecientes a “culturas renuentes al progreso”.
El avance de la ciencia y la técnica en los países
centrales del capitalismo había deslumbrado de tal
manera a nuestras elites, que la idea del progreso,
basado en esos adelantos, fue convertida en una
ideología, de acuerdo con la cual todos los pueblos
deberían marchar hacia una meta ideal de la civiliza-
ción. Según Walt Whitman Rostow, lograr esa meta
implicaba haber pasado por diversos estadios de de-
sarrollo, después del “take off” (despegue). Para este
despegue se necesitaría un nivel de acumulación
suficiente que garantizara un desarrollo sostenido.
Siguiendo este orden de ideas, la existencia de siste-
mas económicos colectivistas, que no están orienta-
dos por la ganancia y la acumulación, se convierten
en un “lastre para el desarrollo” y en “obstáculos”
para alcanzar esos ideales de civilización9. Tomas O.
Eastman, ministro de Hacienda de Carlos E. Restre-
po, usualmente soltaba perlas del siguiente tenor:
“Cuando uno de esos liberales te espete un discurso
país y al mejoramiento de sus condiciones étnicas, tanto físicas como morales, el Poder Ejecutivo fomentará la inmigración de individuos y de familias que por sus condiciones personales y raciales no puedan o no deban ser motivo de precauciones respecto del orden social o del fin que acaba de indicarse, y que vengan con el objeto de labrar la tierra, establecer nuevas industrias o mejorar las existentes, introducir y enseñar las ciencias y las artes, y en general, que sean elementos de civilización y progreso”.
[9] Los países centrales del capitalismo se habían convertido en el referente obligado para el progreso y desarrollo económico de nuestros países. Según esta idea, todos los países debían recorrer las mismas etapas para alcanzar el desarrollo. Esta visión no solo niega las singularidades propias de cualquier proceso histórico, sino que se convierte en un fundamento de la expansión del capitalismo.
colectivista, fíjate y notarás en él muy pronto el ojo
oblicuo de las razas inferiores”.
Más usual de lo que creemos, en nuestro país hay
más muestras de dogmatismo que de avidez por la
investigación despojada de prejuicios, y por la explo-
ración de nuevas posibilidades para la convivencia,
como lo muestra la patanería arrogante del señor
Eastman con su mordaz y cínico chiste. y como lo
han mostrado también muchos epígonos colom-
bianos de Herbert Spencer, quien introdujo en las
ciencias sociales el concepto que Charles Darwin
propuso para explicar la evolución de las especies:
la supervivencia biológica del más apto. Con funda-
mento en este concepto, y cabalgando en el presti-
gio de Darwin, se buscó explicar por qué los indios y
negros estarían destinados a desaparecer.
También tuvo adeptos en nuestro país el conde Jose-
ph Arthur Gobineau, escritor y diplomático francés,
que en un ensayo sobre la desigualdad de las razas
humanas, publicado en 1855, presenta su teoría
según la cual la raza aria, en especial los pueblos ger-
mánicos puros, era la que más se había destacado
en todas las artes y las ciencias. Consideraba que el
mestizaje era una forma de degeneración y la ma-
nera más eficaz de eliminar las facultades creadoras
de los pueblos arios. Estas ideas fueron acogidas por
el inglés Houston Steward Chamberlain. Su fama se
regó por todo el mundo, pues en su libro Los funda-
mentos del siglo XIX, “presenta las pruebas” de la su-
perioridad de la raza nórdica. Divulgado el libro en
los Estados Unidos de América, revivió la nostalgia
de los hacendados sureños por la esclavitud, dando
lugar en 1915 al resurgimiento del Ku-Klus-Klan,
secta que había aparecido durante la guerra de sece-
sión en 1865, y que había sido prohibida en 1871.
Estas ideas llegadas de Europa fueron discutidas en
nuestro país con más pasión que objetividad, y se
aceptaban o rechazaban de manera intransigente.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos51
[ Efraín Jaramillo ]
Junio
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008Fue este tono proselitista el que empañó el pensa-
miento colombiano frente al indígena y el negro
durante muchas décadas.
Ocuparía mucho tiempo hacer un barrido por todos
los pensadores que bebieron en estas canteras del
pensamiento racista, pero vale la pena mencionar
los más importantes, quizás más representativos,
que con escuetas y lapidarias entelequias del social-
darwinismo o fundadas en “determinismos geo-
gráficos”, justificaron el racismo hacia los pueblos
indígenas y negros.
Con un concepto tan impreciso como es el de “raza”,
Laureano Gómez (1970), en conferencias dictadas
en 1928, nos habla de los problemas del país.
Sobre la raza:
Nuestra raza proviene de la mezcla de españo-
les, indios y negros. (...) Es en lo que podemos
haber heredado del espíritu español, donde
debemos buscar las líneas directrices del carác-
ter colombiano contemporáneo. Pues lo que
aportan los indígenas y negros a nuestra he-
rencia son estigmas de completa inferioridad.
Sobre el negro:
El negro muestra un espíritu rudimentario e
informe. Permanece en perpetua infantilidad.
La bruma de una eterna ilusión lo envuelve y el
prodigioso don de mentir es la manifestación
de esa imagen de las cosas, de la ofuscación
que le produce el espectáculo del mundo.
Después de esta definición rimbombante sobre el
negro, concluye:
El elemento negro constituye una tara: en los
países en donde él ha desaparecido, como en
la Argentina, Chile y Uruguay, se ha podido es-
tablecer una organización política y económica
con sólidas bases de estabilidad.
Sobre el indio:
...segundo de los elementos bárbaros de nues-
tra civilización, ha transmitido a sus descen-
dientes el pavor de su vencimiento, el rencor
de la derrota, (...) parece haberse refugiado en
el disimulo taciturno y la cazurrería insincera y
maliciosa. Afecta completa indiferencia por las
palpitaciones de la vida nacional. Está narco-
tizado por la tristeza del desierto, embriagado
con la melancolía de sus páramos y bosques.
Sobre el mestizo:
el mestizo primario no constituye un elemento
utilizable para la unidad política y económica
de América, conserva demasiado los defectos
indígenas: es falso, servil, abandonado y repug-
na todo esfuerzo y trabajo.
Sobre mestizos y mulatos:
en los mestizos y mulatos se combinan las
cualidades discordantes de los padres. Las dos
cosas tienen por efecto común (...) que son
fisiológica y psicológicamente inferiores a las
razas componentes.
Sobre los norteamericanos:
ya perdimos el istmo. (...) ya nuestros minera-
les preciosos salieron del patrimonio; el único
petróleo que se explota es el de los norteame-
ricanos. Cada día adquieren algo nuestro los
más capaces, los más ricos, los más fuertes.
Sobre la raza y el clima:
La distribución del calor y la humedad no hace
apto nuestro territorio para el establecimien-
to de una buena organización social. Somos
especie de inmenso invernadero, depósito de
incalculables riquezas naturales, que no hemos
podido disfrutar porque la raza no está acondi-
cionada para hacerlo.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos52
[ Pluralidad étnica y nación ]
etniA
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PoLÍt
icA Estas ideas no eran exclusivas de pensadores ultra
conservadores como Laureano Gómez. También
cohabitaban en el partido liberal y en mentes impor-
tantes como la del destacado político y hombre de
ciencia Luis López de Mesa. Sus escritos más conoci-
dos versan sobre la formación de la nacionalidad co-
lombiana: ¿Cómo se ha formado la nación colombiana?,
y Los problemas de la raza en Colombia. Allí plantea la
necesidad de la modernización de la sociedad colom-
biana y la constitución de la nación. El negro y el indio
son, a juicio del profesor López de Mesa, los factores
del atraso en el cual estaba sumida Colombia. Plan-
tea por tanto la integración de estos dos grupos a una
raza superior, que para él era la blanca europea.
Álvaro Gómez Hurtado, hijo de Laureano, fue uno
de sus grandes seguidores. Solía utilizar, para refe-
rirse a los pueblos indígenas, términos como los de
“decadencia”, “pueblos sin historia”, que tenían una
“concepción fatalista del porvenir”. Sin la religión
estos pueblos seguirían en las tinieblas, pues “la
religión llevó al nuevo mundo el optimismo que se
apoya en la redención del hombre y que faltaba en
las religiones autóctonas”. Recurre al pensamiento
del alemán Oswald Spengler10, para afirmar con
él que “los hechos son más importantes que las
verdades”. De allí que para él la historia de América
empieza con el hecho de la Conquista. y en realidad,
ya para la época en que Gómez (padre) hacía sus
disertaciones sobre la inferioridad de nuestra raza,
de las ideas se pasaba a los hechos: Hitler se alzaba
con el poder en Alemania y preparaba la limpieza
étnica, en Colombia se desataba la violencia contra
indígenas, negros y campesinos mestizos, violencia
que aún no termina. y en Ciénaga (1928) se llevaba
a cabo la masacre de las bananeras (el hecho), para
[10] “Filósofo diletante que le rinde culto a los hechos”, al decir de Jürgen Habermas.
romper la huelga de los trabajadores negros y mes-
tizos por arrancarles mejores condiciones de vida a
sus patrones de la United Fruit Company, “los más
fuertes, los más capaces”.
Aunque hay mucha historia transcurrida, que mar-
caría grandes diferencias con esas ideas, todavía
subyacen prejuicios provenientes de ellas, que han
obstaculizado la construcción de una nación pluri-
cultural.
La búsqueda de la convivencia intercultural como fundamento de la naciónCon el surgimiento de una escuela etnológica en el
país a comienzos de los años cuarenta, comienza a
emerger un discurso que reclama la importancia de
las culturas de los indios y de los negros en el país,
señalando su participación en la historia de Colom-
bia y sus aportes a la formación de una identidad
nacional.
y con el surgimiento del actual movimiento indíge-
na en Colombia, al calor de las luchas campesinas
de los años setenta, se empieza a dar un verdadero
revolcón en el país, en lo que a la idea de la nación
multiétnica se refiere: con estas luchas empezaría
nuestra criolla “ilustración”.
Próximos a celebrar los doscientos años de vida re-
publicana, los indígenas, como también los afroco-
lombianos, los isleños raizales y otros grupos étnicos
y culturales del país, plantean de nuevo, entonces,
la posibilidad de que se establezca una convivencia
pluricultural, solidaria con la construcción de un
proyecto nacional autónomo.
Pero falta mucho camino por andar para que ese
tipo de nación con la cual nos identifiquemos todos
sea una realidad.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos53
[ Efraín Jaramillo ]
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de 2
008
Primero, necesitamos ejercitar la democracia.
Friedrich Nietzsche decía que la democracia era un
asunto para los débiles. Esta idea, en las manos del
avieso Joseph Goebbels, serviría de sustento al pro-
yecto de dominación Nazi. Sin embargo, Nietzsche
tenía razón, pues los débiles necesitan practicar la
democracia si algún día quieren ser fuertes. Ningún
grupo puede entonces imponerles su voluntad a los
otros sin poner en peligro la unidad. Así no se cons-
truye interculturalidad, ni sociedades democráticas.
La democracia es un principio fundamental de la
interculturalidad y la convivencia.
Segundo, aunque después de la Constituyente 1991,
los diferentes pueblos tradicionalmente excluidos
(negros, indígenas y campesinos), han tenido un
notorio acercamiento en términos políticos, son la
competencia por la tierra y sus recursos, factores
significativos que alteran la convivencia. Pero estos
conflictos que se derivan de la competencia por los
recursos territoriales son reconocidos y debatidos
abiertamente por las dirigencias de estos pueblos.
No sucede lo mismo con los conflictos que se derivan
de las diferencias culturales o religiosas. Aquí la diri-
gencia y las organizaciones no aceptan que se deba-
Car
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ómez
Ari
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos54
[ Pluralidad étnica y nación ]
etniA
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icA
tan, pues consideran que estos son asuntos propios
de la cultura, que no admiten intromisión alguna.
Tercero, categorías antinómicas como endógeno/
exógeno y propio/ajeno, son útiles para indagar
grados de aculturación o pérdida de autonomía de
un pueblo. Pero exacerbar el valor de las primeras,
menoscabando la importancia de las segundas, pue-
de conducir a una exagerada autonomía, que cierra
las puertas al otro y, por tanto, a la construcción de
la interculturalidad, cosa que es altamente inconve-
niente en regiones multiétnicas. Allí la intercultura-
lidad es necesaria, no solo como herramienta para
“la construcción social de la región” (Sergio Boisier),
sino porque ningún grupo humano, pueblo o so-
ciedad, ha podido avanzar y reproducirse partiendo
de su propio sustrato. El aislamiento conduce, en el
mejor de los casos, al estancamiento.
Cuarto, la interculturalidad es vida, es práctica.
No sólo saber. Es ante todo proceder. La multi-
culturalidad –existencia de muchas culturas– es
una realidad de nuestro país. La interculturalidad
–convivencia, entendimiento entre las culturas– es
una realidad por construir. Pero construir la inter-
culturalidad no es un camino fácil. Tomando lo que
decía Gaston Bachelard para la educación, que “para
aprender, primero hay que desaprender”, para la in-
terculturalidad, a fin de entender al otro, de convivir
con los otros, con los diferentes, hay que despojarse
de muchos prejuicios aprendidos.
La interculturalidad es diferente al biculturalismo,
o sea, vivir dos mundos al mismo tiempo, como
sucedería a niños negros que habitan en regiones
indígenas, donde el cabildo los obligara a practicar
las costumbres indígenas, además de las propias, o
Car
los G
ómez
Ari
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editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos55
[ Efraín Jaramillo ]
Junio
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008viceversa. Cuando hablamos de interculturalidad,
estamos hablando de una cultura que apropia y se
enriquece con elementos de otras culturas, y que
en aras de construir una convivencia, prescinde de
aquellos elementos circunstanciales y no esenciales
de su cultura, que afecta a los otros.
Para iniciar un proceso intercultural se requiere un
diálogo entre iguales y entre culturas con capacidad
de decisión, sin que medie algún tipo de coacción.
Es decir, no hay interculturalidad sin cimientos (sin
poseer un núcleo sólido de expresiones culturales
propias que le confieran identidad al grupo), como
tampoco se construye interculturalidad si ese grupo
no abre sus ventanas a los demás para permitir la in-
teracción. La divisa sería construir un futuro que sea
propio y a la vez abierto a los vecinos.
No se construye interculturalidad si se tiene una
visión simple del otro, o no se lo acepta como igual.
Los esencialismos conducen a oposiciones que inhi-
ben o bloquean cualquier proceso intercultural.
Quinto, muchos pueblos, debido al desconocimien-
to autoritario que han sufrido por parte de las elites,
responden a menudo con fundamentalismo. El
fundamentalismo es un producto del autoritarismo,
pero también la forma que a menudo se adopta
para responder al autoritarismo. El fundamenta-
lismo no es un buen consejero para establecer un
diálogo intercultural.
En Europa es donde se ha avanzado más en el es-
tudio de la problemática de la interculturalidad
en países multiculturales, debido a la tradición de
coexistencia de distintos pueblos en un mismo te-
rritorio y, recientemente, a los conflictos culturales
con consecuencias violentas. ¿Cuáles han sido las
conclusiones que han sacado los europeos de los
conflictos que se derivan de la multiculturalidad, es
decir, de la existencia de culturas diferentes en un
mismo espacio? Dicho de otra manera: ¿cómo es
que se han imaginado la compaginación de la plura-
lidad cultural con la unidad de un orden social?
Empecemos diciendo que han perfilado su bagaje
conceptual, diferenciando el multiculturalismo de
la pluriculturalidad. Esta última sería la alternativa al
multiculturalismo.
Para entender esto miremos la definición de los dos
conceptos y sus diferencias. El sirio Bassam Tibi, pro-
fesor de relaciones internacionales de la universidad
de Göttingen (Alemania), explica el multicultura-
lismo mostrando las etapas de formación de este
“pensamiento”: en una primera etapa se parte de la
realidad de que existen varias culturas en un mismo
espacio. En una segunda etapa se acepta que estas
culturas requieren un reconocimiento constitucio-
nal. Hasta allí, nos dice Tibi, todo anda bien, hasta
que vemos la tercera etapa del planteamiento del
multiculturalismo, el cual exige que las diferen-
cias culturales se eleven a la categoría de derechos
fundamentales (o naturales). Esta tercera fase del
planteamiento multiculturalista no es del todo
aceptable, ni tiene fundamento político, pues im-
plica que en un mismo país existan varios derechos
fundamentales derivados de valores culturales que
pueden estar en abierta contradicción.
La diferencia entre los dos conceptos es que la plu-
riculturalidad reconoce la diversidad cultural, pero
establece una condición: para garantizar la armonía
y la convivencia entre las diferentes culturas en un
mismo espacio, es decir, para que se desarrolle la
interculturalidad, debe aceptarse un “consenso de
valores” que delimite los derechos que emanan de
una diversidad cultural que en principio no tiene
límites. Los valores que han ganado consenso en
nuestra Colombia multicultural pertenecen todos
aquellos que tienen que ver con la democracia, la
secularidad y los derechos humanos individuales. El
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos56
[ Pluralidad étnica y nación ]
etniA
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PoLÍt
icA planteamiento pluricultural amarraría así la diversi-
dad cultural a un orden de valores, promoviendo la
convivencia, en contraposición de la ideología mul-
ticulturalista que pone barreras y obstruye cualquier
acercamiento intercultural.
La puesta en práctica de las premisas multicultura-
listas (o multiétnicas para hablar en los términos
que habla la Constitución Política de Colombia de
1991), dan como resultado sociedades paralelas,
o conducen a la creación de tantas naciones como
grupos étnicos haya en el país, conduciendo a que
se aleje una vez más la posibilidad de construir la
nación pluricultural y democrática que anhelamos.
y decimos construir una nación, porque hasta
ahora no existe11 . A no ser que coincidamos con el
profesor Bushnell, que con buen sentido del humor
afirma que “la habilidad para ‘arreglarselas’ (el
rebusque) es ciertamente uno de los rasgos (de los
colombianos) para incluir en cualquier modelo con-
fiable del carácter nacional”. En este sentido discre-
pamos de los seguidores de la teoría de la liberación
nacional, pues la nación no es un paraíso secuestra-
do que hay que liberar, sino un espacio en perspecti-
va de construcción, un horizonte por conquistar.
Sin embargo, construir la nación no es un puerto de
llegada. Es un punto de partida para conquistas de
más envergadura como la de “recuperar” el Estado,
[11] “El problema de la imagen de Colombia como nación se complica con las ambivalentes características de los mismos colombianos. Además de su tendencia reciente a ser los primeros en subrayar los aspectos negativos del panorama nacional, los colombianos continúan exhibiendo diferencias fundamentales en cuanto a clase, región y, en algunos casos, raza. Es por lo tanto un lugar común decir (y los colombianos son los primeros en afirmarlo) que el país carece de una verdadera identidad nacional (...) por lo menos si se compara con la mayoría de sus vecinos latinoamericanos” (Bushnell, 2007).
que tradicionalmente ha servido a intereses elitistas
y ha perdido, con la apertura económica neoliberal,
gran parte de su soberanía. Este Estado, para que sea
verdaderamente democrático, no solo debe dirigir
la economía de acuerdo con los intereses de toda la
colectividad y recuperar su soberanía, sino que tiene
que ser reformulado teniendo en cuenta la realidad
sociocultural de la nación, que es multicultural.
Ahora, cuando Colombia se mueve entre la para-
política, la narco-parademocracia, y el clientelismo,
y parece que estuvieran desterradas las posibili-
dades de construir una democracia que parta de
reconocer las particularidades étnicas y regionales,
tenemos que seguir manteniendo viva la idea de la
nación pluriétnica y seguir persistiendo, aun con
más ahínco, con más pedagogía y cercanía a las co-
munidades, en los caminos de la democracia.
Con ese fin surgió la “Escuela de formación inte-
rétnica para la resolución de conflictos”, en la cual
participan indígenas nasa, eperara siapidaara,
wounaan, negros, y campesinos del Pacífico y otras
regiones país. En esta escuela interétnica ha sido
muy importante la participación de los campesinos.
La identificación afectiva de negros e indígenas con
ellos, ha conducido a que haya un inusitado interés
por indagar más sobre la identidad de este grupo.
Cuando en Colombia se habla de “grupos étnicos”
se está haciendo referencia a los pueblos indígenas
y negros, a los gitanos y a los raizales de San Andrés
islas. La escuela considera que es necesario debatir si
este calificativo de pueblos o grupos étnicos debería
extenderse a los campesinos, como sucede en Chia-
pas o Guatemala, donde las luchas han conducido
a que los campesinos sean considerados como un
grupo étnico más, para acortar distancias cultura-
les y derribar fronteras étnicas con el fin de buscar
la unidad para la reconstrucción democrática del
Estado.
editorial P U n t o S d e V i S t A indígenas de América Actualidad documentos57
[ Efraín Jaramillo ]
Junio
de 2
008Aunque en Colombia esta discusión no se ha dado,
la apreciación que tenemos es que en el Cauca, por
sus particularidades de región pluriétnica, y por el
perfil y desarrollo de sus luchas, se dan condiciones
que favorecen una perspectiva política que difumina
las fronteras étnicas. De hecho, la realidad muestra
que en esa región, más que en otras, a las luchas de
los indígenas se han venido uniendo campesinos
blancos, mestizos y negros, no sólo por la necesidad
de la tierra, sino también por una creciente identifi-
cación con las luchas que desarrolló el CRIC.12
Para la región del río Naya y del Bajo río San Juan
son de gran relevancia estos acercamientos y
“mestizajes”13culturales y políticos, pues señalan
caminos para reducir las tensiones y polarizaciones
entre los grupos, que impiden la fusión de esfuerzos
y voluntades para construir un proyecto social y po-
lítico común.
Echar a andar un proceso intercultural de tal enver-
gadura necesita superar dos obstáculos. El primero
de ellos es que las organizaciones requieren, lo deci-
mos con franqueza, renovar sus liderazgos. Lideraz-
gos que sean receptivos a nuevas ideas. Liderazgos
que le impriman a sus movilizaciones un marco más
coherente y más acorde con la realidad que viven
sus pueblos. Los lemas de “unidad”, “territorio”,
“cultura” y “autonomía” son banderas que unieron
[12] ̈ Pareciera que los indígenas del Cauca, al compartir sus espacios organizativos con los campesinos, estuvieran saldando una deuda histórica, pues no hay que olvidar que las exitosas luchas indígenas del Cauca, en esta última etapa de movilización, surgieron con las luchas campesinas por la tierra.
[13] Más que de un “mestizaje” se trata de una identificación con un proyecto político. Algo diametralmente opuesto al proyecto de la elite, que ha visto en la eliminación de la diversidad de identidades una condición para la fundación de la nación.
en un solo haz las luchas indígenas. Empero, son hoy
insuficientes para enfrentar los nuevos poderes ge-
neradores de desigualdad, que tienen que ver con la
transnacionalidad de las decisiones económicas que
impone la globalización neoliberal.
El segundo obstáculo es el miedo a perder la identi-
dad y el determinismo de lo propio y autóctono de
su historia particular, un miedo que impide enten-
der las condiciones de existencia de los otros, sin lo
cual es imposible unirse con los diferentes y com-
partir con ellos proyectos comunes. Para decirlo en
palabras de un amigo de indígenas y negros: “Perder
el miedo a enfrentar la tarea de construir una esta-
bilidad en la inestabilidad, que implica el ejercicio
mimético de los seres humanos de ‘danzar entre la
similitud y la diferencia’” (Michael Taussig).
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Lecturas Dominicales. Bogotá, 1 de diciembre.
GóMEZ, L. (1970). Interrogantes sobre el progreso de Colombia, Colección Popular, 29, Bogotá.
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ZAVALA, S. (1963). La defensa de los derechos del hombre en América Latina. París: Unesco.
La batalla en Bolivia es decisiva para los pueblos indígenas
El 4 de mayo en Cochabamba, con sus chalecos tejidos detalladamente con
hilos de todos los colores y con sus gorros, y las mujeres con sus blusas borda-
das, marcharon miles de indígenas. La multitudinaria manifestación fue una
fiesta de lucha en que 500 mil personas explicaron con su desfile diverso que
no están dispuestas a dejar que se detenga el proceso de cambios ni a permi-
tir que los poderes económicos
de siempre mantengan atada a
Bolivia. Eran indios e indias, pero
además el Sindicato de Obre-
ros Fabriles y otras organizacio-
nes obreras, la Coordinadora
Popular del Agua, los barrios
populares de la ciudad, todos
los campesinos, las miles de
campesinas de la organización
“Bartolina Sisa”.
El mismo día hubo manifes-
taciones gigantes en El Alto,
La Paz, Oruro y Potosí. En
cada uno de los sitios que
escribieron la agenda de
octubre de 2005, las vic-
torias de la guerra del gas,
la guerra de la coca y la guerra del agua. indÍ
GenA
S de
AM
ÉRic
A
Marcela Olivera
Junio
de 2
008
Héctor MondragónInvestigador Cecoin.
Toda la historia que no quiere detenerse frente
a la agenda de la autonomía departamental que
quieren imponer los grandes propietarios de
tierras, los grandes empresarios y las transnacio-
nales de la privatización de las riquezas naturales
y los servicios públicos.
Hay quienes piensan que el partido de gobierno,
el Movimiento al Socialismo (MAS), dejó a la
derecha la bandera de la autonomía (Harneker,
2008; Contreras, 2008). Pero este es un juicio
equivocado. No hay ahora en Bolivia, de ninguna
manera, una lucha entre la autonomía y el cen-
tralismo. Para quienes solamente tienen acceso
a la información propalada por los grandes me-
dios, esta afirmación puede resultar sorpresiva,
pero puede probarse fácilmente.
El texto de Nueva Constitución Política del Estado
(2007), aprobado por la Asamblea Constituyen-
te, y defendido por el gobierno de Evo Morales y
por muchas organizaciones populares, y que será
sometido al voto del pueblo, establece cuatro au-
tonomías: la de los departamentos; la de regiones
que unan a las provincias y municipios; la de los
municipios; y la autonomía de las comunidades
indígenas y campesinas. Para la oligarquía, en
cambio, se trata de la autonomía departamental
por sobre la de las provincias y municipios, y anu-
lando la autonomía indígena y campesina.
La oligarquía no acepta la autonomía específica
para las comunidades rurales, sólo admite “mu-
nicipios indígenas”, pero además pretende que
las cuestiones relativas a la propiedad rural, la
reforma agraria, la demarcación de los territorios
indígenas, los recursos naturales y el régimen
económico y laboral no dependan del poder
central, de manera que se trata de una “autono-
mía” a favor del latifundio, los agronegocios, las
concesiones de recursos naturales a empresas
extranjeras y las privatizaciones. Quieren sustituir
el antiguo centralismo nacional que ya nadie
defiende por la centralización del poder en los
gamonales departamentales, buscan una especie
de descentralización perversa que, lejos de forta-
lecer la democracia autónoma de base, aumenta
el poder de la élite y la capacidad de operación del
gran capital transnacional.
¿Qué es lo que se define?Para concretar cuál es la lucha que se libra en
Bolivia se pueden leer las pretensiones del Pro-
yecto de Estatuto del Departamento Autónomo
de Santa Cruz, que como los similares de Beni,
Pando y Tarija, expresa bien lo que quieren las oli-
garquías capitalinas departamentales.
El artículo 6 de los departamentalistas da com-
petencia legislativa al departamento en lo que se
refiere a tierra, bosques, agricultura y ganadería,
trabajo y relaciones laborales. Es decir, que garan-
tiza a los señores que podrán seguir imponiendo
autónomamente su dominio sobre la propiedad
de la tierra, despojo territorial de los pueblos in-
dígenas y relaciones serviles o esclavistas.
El 13 de abril de 2008, autoridades nacionales
bolivianas, acompañadas por Wilson Changaray,
vicepresidente de la Asamblea del Pueblo Gua-
raní (APG) y otros indígenas, intentaron rescatar
a guaraníes retenidos de por vida para ejecutar
servidumbre en la hacienda Larsen (propiedad de
un norteamericano) y otras fincas de Chaparraci-
to (Camiri). Consejeros departamentales, alcal-
des, terratenientes y vándalos de la Unión Juvenil
Cruceñista impidieron, mediante un violento ata-
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos60
[ La batalla en Bolivia ]
etniA
S &
PoLÍt
icA que que causó varios heridos, que se cumpliera una
inspección en cumplimiento de las leyes 1715 y 3545
de reforma agraria y función social de la propiedad
(APG, 2008). Así entienden los departamentalistas
el ejercicio de la autonomía en los asuntos de tierras
y régimen laboral.
En todo el mundo, la única forma de romper la ar-
bitrariedad latifundista, patronal y racista es lograr
que las leyes de tierras, derechos laborales y contra
la discriminación racial sean centralizadas y apli-
cadas por el Estado central, debido al control local
o departamental que establecen los gamonales
y racistas. Así, fueron las autoridades “federales”
(centrales) las que impusieron en Estados Unidos
las leyes de derechos civiles contra la discriminación
racial. Solamente protegidos por la guardia nacional
estadounidense podían los estudiantes afroameri-
canos entrar a colegios y universidades bloqueados
por gobernadores como George Wallace, alcaldes y
turbas de linchadores racistas.
El artículo 398 del texto de Nueva Constitución
Política del Estado encausa la lucha contra el la-
tifundio, considerado no solamente como tierra
desperdiciada o que no cumple la función social de
la propiedad, sino además como haciendas donde
se somete al trabajador a condiciones serviles, de
semiesclavitud o esclavitud, o cuya extensión supera
un límite de hectáreas en manos de un propietario
(5 mil o 10 mil). Estas dos últimas causales de la cali-
ficación de una finca como latifundio pretenden ser
eliminadas por el artículo 104 del estatuto departa-
mentalista, que además sólo reconoce la propiedad
privada “tanto individual como colectiva”, y elimina
la definición radicalmente diferente del carácter de
la propiedad colectiva como inalienable, inembar-
gable, imprescriptible, indivisible e irreversible que
el artículo 394 III del texto de Nueva Constitución
Política del Estado reconoce a las propiedades colec-
tivas o comunitarias indígenas y campesinas.
Por otra parte, el artículo 6 de los departamen-
talistas también otorga autonomía legislativa al
departamento para definir sobre el ordenamiento
territorial, únicamente en concurrencia con los go-
biernos municipales autónomos, sin atender a los
derechos de los pueblos indígenas, desatendiendo el
régimen de autonomía de Bolivia.
En cambio, el texto de la Nueva Constitución Po-
lítica del Estado establece en el artículo 290, que
“la autonomía indígena originaria campesina es
la expresión del derecho del autogobierno como
ejercicio de la autodeterminación de las naciones y
los pueblos indígenas originarios y las comunidades
campesinas, cuya población comparte territorio,
cultura, historia y lenguas, organización o institu-
ciones jurídicas, políticas, sociales y económicas
propias”. Así, el artículo 292 de este texto reconoce
tres tipos de entidades territoriales indígenas: los
territorios indígenas, los municipios indígenas y las
regiones indígenas.
El estatuto departamentalista no permite que el
territorio indígena como tal sea considerado enti-
dad territorial autónoma, e impone a los indígenas
como única forma posible de autonomía acogerse a
la institución municipal hispana, extraña a su propia
cultura. Tampoco considera la alternativa de que los
territorios o municipios indígenas se asocien en re-
giones indígenas. La diferencia es clara pues la Nue-
va Constitución Política, desde su artículo 1, define
EL ESTATUTO DEPARTAMENTALISTA NO PERMITE
QUE EL TERRITORIO INDíGENA COMO TAL SEA
CONSIDERADO ENTIDAD TERRITORIAL AUTóNOMA,
E IMPONE A LOS INDíGENAS COMO úNICA FORMA
POSIBLE DE AUTONOMíA ACOGERSE A LA INSTITUCIóN
MUNICIPAL HISPANA, EXTRAñA A SU PROPIA CULTURA.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos61
[ Héctor Mondragón ]
Junio
de 2
008a Bolivia como Estado plurinacional, con pluralidad
cultural, en tanto que en el estatuto departamen-
talista se proclama “con orgullo la condición racial
mayoritariamente mestiza” (art. 161), y supedita
a ella la autonomía y cultura de los “cinco” pueblos
indígenas “oriundos” del departamento.
Puede decirse, entonces, con José Carlos Mariáte-
gui, que:
la descentralización actuada sin otro propósito
que el de otorgar a las regiones o a los departa-
mentos una autonomía más o menos amplia,
aumenta el poder del gamonalismo contra
una solución inspirada en el interés de las ma-
sas indígenas (...) ¿Qué clase se opone a la re-
dención del indio? La respuesta no puede ser
sino una y categórica: el gamonalismo. (...) Se
impone el repudio absoluto, el desahucio radi-
cal de un regionalismo que reconoce su origen
en sentimientos e intereses latifundistas y que
por lo tanto, se propone como fin esencial un
acrecentamiento del poder de los gamonales.
(...) La autonomía municipal, el autogobierno
local, la descentralización administrativa,
no pueden ser regateadas ni discutidas en sí
mismas. Pero, desde los puntos de vista de
una integral y radical renovación, tienen que
ser consideradas y apreciadas en sus relacio-
nes con el problema social. Ninguna reforma
que fortalezca al gamonal contra el indio, por
mucho que parezca como una satisfacción de
sentimiento regionalista, puede ser estimada
como una reforma buena y justa. Por encima
de cualquier triunfo formal de la descentraliza-
ción y la autonomía están las reivindicaciones
sustanciales de la causa del indio (Mariátegui,
1928 )
y en este caso se trata además de priorizar los inte-
reses del indio, los del campesino mestizo boliviano,
los del asalariado rural y urbano, los de los poblado-
res de los barrios populares y, especialmente, los de
Bolivia frente a las transnacionales.
Mariátegui también anota que “el gamonalismo es
el aliado y el agente del capital en las regiones”. Así,
el Proyecto de Estatuto del Departamento Autóno-
mo de Santa Cruz consagra no solo los privilegios
de los grandes terratenientes y empresarios agroin-
dustriales, sino los que interesan al capital transna-
cional. Su artículo 2 considera la llamada “seguridad
jurídica” como un derecho fundamental. Este su-
puesto derecho es en realidad una pretensión de los
grandes inversionistas que se encuentra dispuesta
en los llamados Tratados de Libre Comercio (TLC).
La mal llamada “seguridad jurídica” consiste en la
capacidad de las empresas o los inversionistas para
demandar a los gobiernos por perjuicios pecunia-
rios debidos a cualquier modificación legislativa o
administrativa o cualquier acción reguladora que
afectara sus ganancias, pretensión que se hizo ex-
plícita dentro del proyecto de Acuerdo Multilateral
de Inversiones (AMI), preparado por el grupo de
los 29 países integrantes de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE),
y negociado con reserva desde 1995 hasta el fraca-
so de las negociaciones en abril de 1998, debido a
que tras hacerse públicos los textos propuestos se
produjeron intensas protestas, tanto en los medios
académicos, como por parte de los movimientos so-
ciales, especialmente en Europa y Canadá, que agu-
dizaron las contradicciones entre los proponentes y
obligaron a abortar el Acuerdo. El rotundo fracaso
del AMI se explica porque hirió gravemente tanto la
conciencia sociopolítica, como la conciencia jurídica
al intentar supeditar las legislaciones nacionales a
un nuevo corpus jurídico en el que la corporación
transnacional es quien tiene las posibilidades reales
de definir los términos, las características y las mo-
dalidades de la nueva contratación social.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos62
[ La batalla en Bolivia ]
etniA
S &
PoLÍt
icA
La invulnerabilidad del inversionista elimina el
derecho inalienable de cada Estado para regular las
inversiones, y pone los derechos de los inversionis-
tas por sobre los derechos humanos individuales y
colectivos. Por otra parte, la invulnerabilidad del in-
versionista desconoce el carácter cíclico de la tasa de
ganancia del capital invertido, y del carácter mismo
de la inversión de capital como riesgo, pretendiendo
que el Estado garantice el rendimiento de determi-
nadas inversiones privilegiadas, estableciendo una
suerte de capitalismo burocrático.
Es semejante invulnerabilidad del inversionista la
que, tras el fracaso del AMI, las transnacionales han
tratado de imponer, por una parte en las negocia-
ciones de la Organización Mundial del Comercio
(OMC), que a su vez han registrado enormes dificul-
tades y traspiés y, por otra parte, con más éxito en
diferentes tratados de “libre comercio” bilaterales o
multilaterales, o en leyes nacionales, aprovechando
las particularidades de los países y gobiernos, que
los hacen proclives a aceptar el resquebrajamiento
del Estado social de derecho y sustituirlo por el Esta-
do de derecho contratado.
Como dice el economista Pablo Dávalos (2004),
profesor del posgrado de la Universidad Católica del
Ecuador,
es como si estuviésemos atravesando el um-
bral histórico de redefinición del contrato
social con el que se inaugura la modernidad,
en el que la corporación se erige como nueva
figura jurídica-política. En esta nueva contrac-
tualidad, los términos básicos entre el Estado
moderno y el individuo se ven transformados
entre el individuo y la Corporación. El Estado se
convierte en cobertura jurídica de protección y
seguridad a la inversión. No representa aquella
noción de contrato social entre individuos
libres, soberanos y racionales, sino la garantía
de funcionamiento del mercado como nuevo
locus político de regulación social.
Es una monstruosidad jurídica que echa por tierra
toda una evolución en materia de soberanía popular.
Mar
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Oliv
era
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos63
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Otro economista, el español Federico Abizanda Es-
tabén (2004), añade que
la filosofía del AMI es bastante clara: pretende,
ante todo, dejar las manos libres a las empresas
transnacionales, a la vez que ata a los Estados
que se convertirían en sujetos pasivos frente a
las empresas que se instalasen en su territorio.
Estamos entonces haciendo frente a la primera fase
de un “mundo corporativizado”.
La empresa Bechtel demandó a Bolivia porque,
como resultado de la lucha popular en 2000 y 2001,
en la que se conoció como “guerra del agua”, derogó
la privatización del líquido. La Bechtel perdió porque
Bolivia ni había firmado el TLC con Estados Unidos,
ni tenía una ley como la 963 de 2005 de Colombia
que protege a los grandes capitalistas del cambio de
las leyes, ni tenía ningún estatuto como el que pre-
tende la oligarquía de Santa Cruz.
El proyecto de Estatuto del Departamento Autóno-
mo de Santa Cruz pretende un régimen económico
y financiero propio del departamento (art. 40) que
incluya la regulación laboral; la gestión de las tele-
comunicaciones, de manera que puedan evadir la
renacionalización de la empresa Entel, que estaba
en poder de una transnacional italiana, y la gestión
de los recursos naturales, sobre los que no solamen-
te se debate cuántas regalías le corresponden al de-
partamento frente al Estado central, los municipios
y las comunidades indígenas y campesinas en cuyo
territorio se encuentra el recurso, sino se discute si
el departamento tiene facultades legislativas, regla-
mentarias y ejecutivas sobre los recursos no renova-
bles (art. 7 num. 12).
Los departamentalistas pretenden además la com-
petencia ejecutiva en el otorgamiento de la propie-
dad intelectual, tema que ha causado precisamente
la ruptura de la Comunidad Andina con la imposi-
ción de Estados Unidos a Colombia y Perú la patente
de seres vivos, y que resulta especialmente grave
cuando el departamento pretende tener facultades
legislativas sobre la diversidad biológica (art. 6).
etniA
S &
PoLÍt
icA BoLiViA: Por el territorio y las autonomías indígenas, aprobación de la nueva constitución confederación de Pueblos indígenas de Bolivia (cidob)Gran Asamblea nacional Autonómica de los 34 pueblos indígenas del oriente, chaco y Amazonia “Por el territorio y las autonomías indígenas”
conclusiones de la comisión Política orgánica
Ratificamos la unidad de los 34 pueblos indígenas del
Oriente, Chaco y Amazonia boliviana, y nuestra alianza con
los sectores sociales que impulsan el proceso constituyente.
Valoramos y resaltamos la resistencia movilizada de nues-
tras organizaciones, pueblos indígenas, sectores sociales
y pueblo cruceño, demostrada el 4 de mayo de 2008 en
rechazo del referendo y el estatuto logiero y separatista.
Por mandato de la “Gran Asamblea Autonómica de los
34 pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia, por
el territorio y las autonomías indígenas”, se determina la
declaración de la autonomía de los 34 pueblos indígenas
del Oriente, Chaco y Amazonia boliviana, procediéndose
a la socialización y aprobación de los estatutos de las auto-
nomías indígenas.
Se exige al Congreso Nacional que junto al referendo
revocatorio se lleve a cabo el referendo constitucional y
dirimidor.
Se exhorta a participar activa y masivamente en la cam-
paña por la aprobación de la Nueva Constitución Política
del Estado en referendo constitucional. Por la continuidad
del proceso de cambio y el mandato del presidente de la
República en el referendo revocatorio.
Se exhorta a participar activa y masivamente en la cam-
paña por la revocatoria de los mandatos de los prefectos
de los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando, Tarija,
Cochabamba y La Paz, porque sus acciones buscan la divi-
sión, exclusión y negación de los derechos de los pueblos
indígenas.
Rechazamos toda convocatoria a diálogo entre el go-
bierno, las prefecturas y los cívicos sin la participación de
los pueblos indígenas que implique la revisión o modifica-
ción de la Constitución Política del Estado aprobada por la
Asamblea Constituyente.
Convocamos a todas las organizaciones sociales urba-
nas y rurales del país a la oposición, resistencia, desacato,
desobediencia civil y abstención movilizada contra los
estatutos y referendos autonómicos departamentales
convocados ilegalmente.
Desconocemos la validez de los referendos au-
tonómicos de los departamentos de Santa Cruz, Be-
nir, Pando y Tarija por su ilegalidad, y repudiamos el
fraude electoral, los hechos de violencia y la malversa-
ción de recursos públicos en la realización de los refe-
rendos autonómicos departamentales cometidos por
las prefecturas y Cortes Departamentales Electorales.
Exigimos la renovación total de los vocales de las Cortes
Departamentales Electorales de Santa Cruz, Beni, Pando
y Tarija por su manifiesta parcialidad con las prefecturas,
comités cívicos y las logias de esos departamentos.
Reafirmamos la lucha histórica de los pueblos indíge-
nas por la recuperación y consolidación de sus territorios,
exigiendo el saneamiento y la titulación inmediata de
los territorios indígenas (TCO), la aplicación de las leyes
vigentes, debiendo asignarse los recursos económicos su-
ficientes y, en su caso, hacer uso de la fuerza pública para
su cumplimiento.
Respaldamos la demanda del pueblo indígena guaraní
sobre el saneamiento y la titulación de su territorio, y la
liberación de las familias y comunidades cautivas, y repu-
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008
diamos los hechos de violencia cometidos contra este pue-
blo por latifundistas, prefectura y cívicos de Santa Cruz.
Exigimos al Congreso Nacional la elección inmediata de
los miembros del Tribunal Constitucional y vocales de la
Corte Nacional Electoral.
Exigimos al presidente de la República que las políticas
de desarrollo productivo y social del gobierno nacional
sean llevadas a cabo en coordinación y ejecución directa
con las organizaciones indígenas representativas sin inter-
mediación.
La “Gran Asamblea Nacional Autonómica de los 34 pueblos
indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia por el territorio
y las autonomías indígenas”, determina la declaratoria
de estado de emergencia y movilización de los pueblos
indígenas a nivel nacional hasta la conclusión del proceso
constituyente con la aprobación de la Nueva Constitución
Política del Estado y la implementación de las Autonomías
Indígenas.
Es dado En la ciudad dE santa cruz dE la siErra, a los 11 días dEl mEs dE mayo dE 2008 En la casa GrandE dE los PuEBlos indíGEnas dE Bolivia.
cidoB confEdEración dE PuEBlos indíGEnas dE Bolivia
cnamiB confEdEración nacional dE mujErEs indíGEnas dE Bolivia
cPEsc coordinadora dE PuEBlos indíGEnas dE santa cruz
cPEmB cEntral dE PuEBlos Etnicos mojEños dE Bolivia
cPiB cEntral dE PuEBlos indíGEnas dEl BEni
aPG asamBlEa dEl PuEBlo Guarani
ciraBo cEntral indíGEnas dE la rEGión amazónica dE Bolivia
coPnaG cEntral dE orGanizacionEs dE PuEBlos nativos Guarayos
cmiB cEntral dE mujErEs indíGEnas dEl BEni
orcawEta orGanización dE las caPitanías wEEhnayEk taPiEtEs
ciPoaP cEntral indíGEna dE PuEBlos oriGinarios amazónicos dE Pando
cPitco coordinadora dE PuEBlos indíGEnas dEl tróPico dE cochaBamBa
cPilaP cEntral dE PuEBlos indíGEnas dE la Paz
tsimanE El Gran concEjo
cimaP cEntral indíGEna dE mujErEs amazónicas dE Pando
cEam consEjo Educativo multiEtnico amazonico
cEPos consEjos Educativos dE PuEBlos oriGinarios
www.cidoB-Bo.orG
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos66
[ La batalla en Bolivia ]
etniA
S &
PoLÍt
icA También pretenden la competencia ejecutiva sobre
los productos farmacéuticos, lo cual se relaciona
desde luego con su propiedad intelectual. Otro
asunto son los TLC que, al negarse Bolivia a firmar,
las transnacionales quieren pasarlo de contrabando
en los estatutos departamentalistas. Quieren un
neoliberalismo autónomo.
En contraste, el 1° de mayo Evo Morales anunció
un acuerdo entre la COB y el gobierno para enfren-
tar la ofensiva de la derecha, varios decretos para
facilitar los procesos laborales de restauración de
los derechos de los trabajadores, el reintegro de
embarazadas despedidas y el fuero sindical, así
como el decreto de nacionalización de la empresa
de comunicaciones Entel, expropiada administra-
tivamente a la transnacional italiana Euro Telecom
Internacional (ETI).
Anteriormente Evo Morales firmó, con el presidente
de Repsol, el acuerdo por el cual se transfirieron el
51% de las acciones de las explotaciones de hidrocar-
buros de esa compañía a la empresa estatal yPFB, que
pasa a ser operadora de los yacimientos. No se trata
de una nacionalización, como se ha dicho, ni mucho
menos de socialismo, sino de un “nuevo trato” a las
transnacionales, que contrasta con el que ha adop-
tado Colombia, donde la empresa estatal Ecopetrol
pasó de tener derecho al 50% de toda explotación
(sin ser la operadora), a tener el 30% bajo Andrés
Pastrana y el 0%, en los nuevos contratos a partir del
primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Lo aconteci-
do en este campo en Bolivia muestra que es falso que
las transnacionales se van si se les imponen nuevas
condiciones. El negocio es fabuloso y ellas protestan
pero nunca se van. Pero el autonomismo se opone a
este “nuevo trato”, y quiere mantenerse dentro de las
más rígidas pautas del capitalismo salvaje.
Un aspecto importante para destacar, en el que poco
se ha recalcado, es en el trabajo de la empresa estatal
boliviana que fomenta la producción agropecuaria
y, en especial, de alimentos, la Emapa. Esta empresa
ha logrado, por ejemplo, aumentar la producción
anual de arroz, trigo y maíz. Es decir, que Bolivia ha
podido así amortiguar (no evitar del todo pero sí
suavizar) el alza de precios mundiales de los cereales
y enfrentar el hambre, al contrario de nuestro país y
otros. El alza del aceite se enfrentó prohibiendo las
exportaciones y combatiendo el ocultamiento espe-
Marcela Olivera
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos67
[ Héctor Mondragón ]
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008culativo del producto, lo que es más conocido por el
conflicto con los agronegocios del oriente por este
tema. Aunque más tímidamente de lo que quisieran
sectores revolucionarios, no me cabe duda que Bo-
livia se encuentra en un proceso de revocatoria del
neoliberalismo en todos los terrenos, y que el objeti-
vo de la oligarquía y del gobierno de Estados Unidos
es detener ese proceso y mantener el neoliberalismo
y el latifundio en el país. En eso consiste la división
de Bolivia y el enfrentamiento que se acrecentará.
¿división? Las gigantescas manifestaciones en Cochabamaba y
otras ciudades contra la ofensiva de la derecha y en
defensa de la unidad de Bolivia, mostraron una gran
disposición de las masas para enfrentar la ofensiva
de la oligarquía, expresada en el referendo de auto-
nomía departamental inconstitucional que se cum-
plió en Santa Cruz el 4 de mayo.
Además, en los barrios populares del Plan Tres Mil
en la ciudad de Santa Cruz, y en múltiples zonas
rurales de Santa Cruz y otros departamentos del
oriente y sur, también se cumplieron actos contra
los planes oligárquicos en torno a las autonomías
departamentales.
Si Bolivia está dividida (Contreras, 2008), el depar-
tamento de Santa Cruz también está dividido: los
indígenas de Camiri (territorio guaraní) y los cam-
pesinos de San Julián yapacaní, Cuatro Cañadas, El
Torno, Montero, Ichilo, San Germán y otros lugares
se levantaron contra el referendo oligárquico, y en
apoyo al proceso de cambio y la reforma agraria, y
por otra parte, en Lagunillas se proclamó que toda
la provincia de Cordillera rechazaba tanto a Santa
Cruz como al Estado central. Muy importante es
la coordinación que se desarrolla entre las organi-
zaciones indígenas (de cada etnia: OICH, Cypim,
Canob; departamental: Cepesc; y del oriente: Ci-
dob), campesinas (FSUTCAT, MST, Confederación
de Colonizadores), juntas vecinales (Fejuve), la
Central de Trabajadores Asalariados del Campo y la
COB en Santa Cruz. Estas organizaciones se han pro-
nunciado unidas y actuado juntas contra los planes
de la oligarquía, por la reforma agraria y contra las
transnacionales. Igual han hecho las organizaciones
indígenas y localidades campesinas en Beni, Pando y
Tarija. En Chuquisaca el antagonismo entre campo
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos68
[ La batalla en Bolivia ]
etniA
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icA y ciudad de Sucre es total y las provincias del Chaco
quieren separarse para conformar un nuevo depar-
tamento con las similares del Chaco que se separa-
rían de Santa Cruz.
Esta situación muestra efectivamente una división
del país. Pero en primer lugar hay que negar que es
una división principalmente racial. Afirmación que
también puede sorprender, porque aunque la oli-
garquía se manifiesta cínica y virulentamente racis-
ta y anti-indígena, no predomina en respuesta a ella
un indigenismo rancio, aunque pueda manifestarse
por algunos líderes y bases indias como resultado
de siglos de opresión y explotación. La mayoría de
los indígenas bolivianos, de sus organizaciones y
dirigentes actúa en aras de una gran solidaridad con
el campesinado mestizo, con las comunidades afro
de Los yungas, con las mujeres y con los obreros,
muchos de los cuales son también indígenas y mu-
chos mestizos. En Sucre los racistas de la ciudad no
han vacilado en elegir como prefecta a una indígena
mientras sometían a la humillación pública escan-
dalosa y a tratos inhumanos y degradantes a los
campesinos indígenas.
Al contrario de lo que sucede en Colombia, donde
una mayoría blanca o mestiza reconoció el derecho
a la propiedad colectiva de la tierra a los indígenas
y afros pero no lo reconoció a millones de campe-
sinos, el texto de Constitución aprobado en Bolivia
por la Constituyente, por una mayoría indígena, sí le
reconoce plenos derechos a la tierra a las comunida-
des campesinas (mestizas).
Los términos usados en Bolivia son diferentes a los
de Colombia: aquí hablamos de indígenas sin dis-
tinguir si viven en el campo (70%) o la ciudad (30%).
En Bolivia, la población indígena urbana y obrera es
muy alta, por lo que se usa decir “indígenas origina-
rios campesinos” para designar a las comunidades o
pueblos indígenas que viven en su propio territorio, Mar
cela
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editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos69
[ Héctor Mondragón ]
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008en el campo o en la selva, mientras se designa como
“comunidades campesinas” a las comunidades rura-
les mestizas de campesinos, a quienes el texto de la
nueva Constitución reconoce el derecho a la propie-
dad colectiva inalienable, inembargable e impres-
criptible (art. 394 III), y a la autonomía (art. 290). La
propiedad colectiva se convierte en una opción para
las comunidades campesinas mestizas, colonizado-
ras o interculturales originarias, sin que sea obliga-
toria para los campesinos que pueden optar por su
pequeña propiedad individual (art. 394 I).
Como quedó expuesto, tampoco es exacto decir que
la división es entre departamentos: en el oriente y
en Tarija y Chuquisaca, indios y campesinos están
a favor del gobierno y contra la autonomía depar-
tamental de la oligarquía. En Santa Cruz sucede
otro tanto, pero además hay una COB activa contra
la oligarquía. Así mismo, los grupos oligárquicos
y monopolistas en La Paz y Cochabamba son muy
activos. El 11 de febrero de 2007 se dio en Cocha-
bamba un choque inmenso entre “hijos de papi”,
masas de clase media alta, burgueses y aristócratas,
contra el resto del pueblo, tras un ataque racista en
la zona norte de altos ingresos. Hubo un muerto de
cada lado, los oligarcas dispararon armas de fuego
y, finalmente, ante la gigantesca movilización de la
población urbana y rural, la ciudad quedó en manos
del pueblo el 12 de febrero y la oligarquía está reple-
gada. Al salir de la manifestación del 1° de mayo un
“hijo de papi” en moto se abalanzó sobre los dirigen-
tes del sindicato fabril lanzando ofensas, ninguno de
ellos es indígena, era puro odio de clase, no racial.
Los grupos fascistas de los barrios de ricos en toda
Bolivia se organizan con motocicletas de alto cilin-
draje, varillas y garrotes para ir a linchar indios, pero
también sindicalistas y gente activista mestiza de los
barrios populares.
Se estimulan los enfrentamientos de todo tipo, pero
de todos ellos lo central para la derecha es la aproba-
ción de estatutos departamentales en contravía con
la nueva Constitución, de manera que se imponga la
fragmentación del país. La división regional es una
estrategia que las transnacionales quieren aplicar
tanto en Bolivia como en otros países que no se
han sujetado a los TLC. Así, el alcalde de Guayaquil
(Ecuador), el derechista Jaime Nebot, participa, jun-
to con dirigentes de derecha de Zulia (Venezuela) y
el prefecto de Santa Cruz, Carlos Dabdoud y otros lí-
deres de la oligarquía del oriente boliviano, en la lla-
mada Confederación Internacional por la Libertad
y la Autonomía Regional (Confilar), financiada por
entidades del gobierno de Estados Unidos. La tesis
de Mariátegui sobre el carácter de las autonomías
departamentales parece confirmarse también para
los casos de Ecuador y Venezuela, y tiene anteceden-
tes muy antiguos, por ejemplo, en el intento de la
élite de Guayaquil de declararse independiente de la
República de Colombia (ahora conocida como Gran
Colombia). Al respecto Simón Bolívar (1822)anotó:
“No pienso que el voto [aislado] de una provincia
debe ser consultado para establecer la soberanía na-
cional. (...) No son las partes sino el todo del pueblo
el que delibera en las asambleas generales reunidas
libre y legalmente (...)”.
Que el capital transnacional utiliza el secesionismo
en América Latina y la multiplicación de republique-
tas para impedir nuestra liberación y para imponer
sus intereses y proyectos, no es desconocido para los
colombianos, que sufrimos la separación de Pana-
má para que Estados Unidos tuviera en sus manos el
Canal. El novelista Joseph Conrad (1904), autor de la
LOS GRUPOS FASCISTAS DE LOS BARRIOS DE RICOS SE
ORGANIZAN CON MOTOCICLETAS DE ALTO CILINDRAJE,
VARILLAS y GARROTES PARA IR A LINCHAR INDIOS,
PERO TAMBIéN SINDICALISTAS y GENTE ACTIVISTA
MESTIZA DE LOS BARRIOS POPULARES.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos70
[ La batalla en Bolivia ]
etniA
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PoLÍt
icA novela Nostromo, inspirada en este episodio, cambió
los nombres: Costaguana por Colombia, Sulaco por
Panamá y mina de plata por Canal. Escribió:
el rey de la plata y el acero había entrado en
los asuntos de Costaguana con una especie
de pasión. Costaguana se había convertido en
una necesidad para su existencia; en la mina
de Santo Tomé había encontrado la satisfac-
ción (...) Estaba obligado a apoyar la rebelión
provincial como único medio de situar los
enormes intereses materiales en Sulaco, “la
provincia que valía más en riqueza e influencia
que todo el resto del territorio de la República”
(...) No les hubiera merecido luchar por Sulaco
sin la concesión, para ellos Sulaco sin la conce-
sión no era nada. (...) En la demostración naval
internacional, que puso fin a la guerra entre
Costaguana y Sulaco, fue el crucero de Estados
Unidos, el powhattan, la bandera (...) de Sulaco.
El motivo puede ser la plata, el oro, el guano, un
megaproyecto como el Canal de Panamá, la Integra-
ción de la Infraestructura Regional de Suramérica
(IIRSA), o el petróleo y el gas; pueden cambiar las
circunstancias, pero la estrategia es la fragmenta-
ción para tomar la tajada, el departamento transito-
riamente más rico del país.
La embajada de Estados Unidos está en manos de
Philip Goldberg, un experto que fue funcionario en
la embajada en la ex yugoslavia, clave en el proceso
de fragmentar al extremo ese Estado. No hay duda
de que se aplica una estrategia de disuasión discrimi-
nada para exacerbar cualquier contradicción hasta
hacerla antagónica y conducir a Bolivia a ser una
Bosnia, llena de islotes territoriales, pero además de
todo tipo de enfrentamientos raciales, regionales y
sectoriales (entre obreros cooperativistas y obreros
del Estado, por ejemplo).
La estrategia de disuasión discriminada solamente
podrá enfrentarse con la movilización y lucha de un
frente único que agrupe a las organizaciones obre-
ras, vecinales, campesinas e indígenas, indepen-
dientemente de si apoyan o no al gobierno, con un
programa que no solamente destaque los antis, sino
los pros, unas medidas como la reforma agraria,
fortalecimiento de la producción de alimentos, los
derechos de los indígenas del oriente, y las naciona-
lizaciones. La clase media ha sido captada en un 60%
por la derecha (Montero, 2008), y en mayor pro-
porción en Santa Cruz y Sucre, pero su posición no
es homogénea, y en Cochabamba gran parte apoya
el proceso de cambio. Frente a los temas centrales
señalados será desde luego muy importante, y el
tratamiento que los sectores populares puedan dar
a ella, o mejor a sus diferentes capas, va a ser muy
importante para el resultado final de la lucha; pero
nada será más decisivo que la capacidad de movili-
zar al 80% de la población, es decir, a los sectores de
menores ingresos.
Sorpresivamente se aprobó para el 10 de agosto
un referendo revocatorio del presidente de Bolivia
Evo Morales, y además de los prefectos departa-
mentales (casi todos de derecha). Tal vez sea la
última oportunidad para una solución pacífica y
democrática de la división, aunque el prefecto de
Cochabamba, Manfred Reyes, ha declarado que no
aceptará el resultado. Al principio parece someter se
el futuro a un “cara y sello”, pero por lo menos habrá
campo para una confrontación política y de masas
civil, en la cual se va a jugar no sólo el destino de Bo-
livia, sino tal vez el de los procesos de toda América
Latina. Evo mantiene la simpatía de la mayoría de la
población, especialmente de los pobres (Montero,
2008). Las organizaciones sociales populares se
posicionan ante estos acontecimientos. Las inter-
venciones de los dirigentes campesinos indígenas y
del secretario general de la Central Obrera (COB),
Pedro Montes, el 1° de mayo, se centraron en la
necesidad de enfrentar la ofensiva de la derecha y el
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos71
[ Héctor Mondragón ]
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008chantaje separatista de la oligarquía de Santa Cruz
y otros departamentos. La COB llamó a una huelga
general para defender la “agenda de octubre” de
lucha popular, sin conciliaciones con la oligarquía y las
transnacionales. En contraprestación, la oligarquía de
Santa Cruz decretó un “alza de salarios” para tratar
de captar a los asalariados del departamento con un
argumento economicista, mientras se realiza la vo-
tación de agosto. Los partidos políticos han iniciado
un diálogo nacional apoyado por la Iglesia Católica.
La principal exigencia de la derecha para “concertar”
es que no se vote la política del Estado aprobada por
la Asamblea Constituyente, sino que se desconozca
y se incluyan las propuestas del texto de la minoría
derrotado en la Asamblea. Al tiempo los patronos
despiden sindicalistas, como en la empresa Manaco
de Cochabamba donde los fabriles han protestado
con una huelga de hambre en las oficinas del Minis-
terio de Trabajo.
La Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia
(Cidob), y la Asamblea de los 34 Pueblos Indígenas
del Oriente, Chaco y Amazonia, que tanto tiempo y
con tantas movilizaciones lucharon para que se rea-
lizara la Asamblea Constituyente, con sabiduría han
exigido que en la misma votación del referendo re-
vocatorio presidencial y de prefectos se vote la con-
sulta popular para decir sí a la Nueva Constitución
Política del Estado. Está claro que en esa elección se
refleja con claridad cuál es la lucha actual.
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etniA
S &
PoLÍt
icA Bolivia. Fascismo racista en Sucre
alEx contrEras BasPinEiro1
la fuerza y organización de los grupos de jóvenes que
estaban armados no sólo de palos y piedras, sino de gases
lacrimógenos y dinamita, ocasionaron los atropellos a los
derechos humanos.
Las imágenes de violencia registradas en diferentes barrios
de Sucre sencillamente fueron desgarradoras: los jóvenes,
varios en estado de ebriedad, arremetieron con palos y
piedras contra la integridad de campesinos que caían al
suelo. No se salvaron mujeres campesinas ni niños.
Reportes médicos aseguran que 35 personas resultaron
heridas, pero además los campesinos sufrieron el robo de
sus documentos, relojes, y el poco dinero que tenían.
Un golpe a la libertad de expresión“Me empujaban, sentía golpes, patadas, puñetes, jalones
y me rociaron con alcohol. Me acerqué a una ambulancia
pidiéndoles que me sacaran de ahí. Las piedras entraron
al auto, porque la ventana estaba abierta y no dejaban que
saliera, se pararon al frente”, fue el relato de la periodista
Marianela Paco Durán, de radio Aclo-Sucre, miembro de
la red Erbol, quien también fue golpeada e insultada por
los grupos de choque.
Esta periodista se encontraba realizando sus actividades
periodísticas y, en el momento de la agresión, relataba en
vivo el ataque a un grupo de campesinos.
“Fui a cubrir a la zona de Atabi (zona rural), me imagino
que alguien logró identificarme como trabajadora de Aclo
y empezaron a señalarme. Escuché insultos muy fuertes y
vi una turba que se me vino encima. Alguien, que no iden-
tifiqué, fue a sacarme de ahí, después la gente empujó a
quien me estaba ayudando”, relató la periodista agredida.
“De rodillas indios de mierda, griten viva la capitalidad”,
“Sucre se respeta carajo”, “Llamas, pidan disculpas”, fueron
las consignas impuestas por un grupo de jóvenes chu-
quisaqueños que mediante patadas y puñetes obligaron
a cerca de cincuenta campesinos quechuas a quitarse las
camisas, ponerse de rodillas y quemar la bandera del MAS
y la wiphala (símbolo de las naciones originarias) en pleno
frontis de la Casa de la Libertad ubicada en la plaza princi-
pal de Sucre.
Hace 199 años, un 25 de mayo, en ese mismo lugar, se
protagonizaba el primer grito libertario del continente y,
en 2008, contradictoriamente, se produjo un grito lleno
de racismo, odio y discriminación contra representantes
de las mayorías nacionales, justo contra quienes liberaron
a esta patria del yugo español.
“Hay que matar a ese indio decían ellos, todo esto sucedió
en presencia del presidente del Concejo Municipal de Su-
cre, Fidel Herrera, y la alcaldesa Aidée Nava; ellos aplaudían
todo lo que nos hacían esos grupos violentos”, denunció
el alcalde de Mojocoya, Ángel Vallejos, quien también fue
golpeado brutalmente y obligado a andar de rodillas.
El 24 de mayo, el presidente de la República, Evo Morales
Ayma, debería arribar a Sucre para entregar una serie de
proyectos y dos ambulancias a cada uno de los municipios
del departamento de Chuquisaca; sin embargo, grupos de
choque violentos frenaron esa actividad.
A pesar de la intervención policial y militar, cuyos com-
ponentes son también en su mayoría de raíz indígena,
[1] Periodista boliviano. Publicado en Internet por alainet.org
Junio
de 2
008En un comunicado público, Educación Radiofónica de
Bolivia (Erbol) responsabilizó de este hecho “a Aydée
Nava, Tommy Durán, Jaime Barrón y Fidel Herrera por
haber convocado a grupos violentos con el fin de agredir
y destilar odio contra personas que no comparten su línea
ideológica”.
Las personas sindicadas, junto a Jhon Cava, son los repre-
sentantes del Comité Interinstitucional de Chuquisaca que
bajo la demanda de la “capitalidad plena” intentó hacer
fracasar las actividades de la Asamblea Constituyente y
ahora pretende llevar adelante la autonomía departa-
mental para ese departamento.
El atentado que sufrió la periodista de Acción Cultural
Loyola (Aclo) no es el único que se registró en este proceso
chuquisaqueño que data desde hace exactamente un año,
y que lamentablemente hasta ahora no tiene ningún pro-
cesado, menos sancionado.
La otrora ciudad de los cuatro nombres: Charcas, La Plata,
Sucre y Chuquisaca, la “ciudad culta” quedó sólo para el
recuerdo.
el que no salta es llamaDe acuerdo con los datos del último censo de población y
vivienda, en Bolivia el 63,3 por ciento es considerado como
indígena.
Sin embargo, esta realidad no es aceptada por los pe-
queños grupos que detentaron el poder en los últimos
gobiernos neoliberales, y que se beneficiaron a través de la
corrupción y los negociados.
Los vejámenes y las humillaciones de los últimos días no son nuevosDurante las sesiones de la Asamblea Constituyente los
representantes indígenas que son el rostro de la Bolivia
pluricultural y multilingüe fueron agredidos e insultados
en varias oportunidades.
“El que no salta es llama”, “Fuera de aquí, collas de mierda”,
“Cruce de llamas con adobes” y otros adjetivos acompa-
ñados de agresiones físicas son parte de la historia, pero
también de la impunidad.
Así como quedó en la impunidad la muerte de tres chuqui-
saqueños, ocurrida en noviembre de 2007.
Lamentablemente, desde el año pasado a la fecha, ningún
ciudadano o autoridad fue sancionada por la justicia bo-
liviana, aunque de acuerdo con imágenes, testimonios y
denuncias se puede identificar a los responsables directos
y también a los autores intelectuales.
Más allá del tradicional: “está en proceso de investigación”
o “actuaremos con la ley en la mano”, de algunos repre-
sentantes del gobierno, no se hizo nada concreto.
El enfrentamiento entre el campo y la ciudad, los blancos y
los indios, los k’aras y los t’aras, los oligarcas y los indígenas
se acrecienta cada día más, aunque tanto autoridades del
gobierno como departamentales niegan su autoría.
El presidente del Comité Interinstitucional de Chuquisaca,
Jaime Barrón, no descartó que hubiera infiltrados entre los
sucrenses que tomaron como rehenes a los campesinos
y los obligaron a despojarse de sus camisas y arrodillarse
frente a la Casa de la Libertad.
“No debió haberse producido ese hecho. Los hermanos
campesinos merecen todo nuestro respeto. Cuando los vi
arrodillados los hice levantarse de inmediato, los llevé has-
ta la alcaldía y los llevé hasta la salida a Tarabuco, porque
estaban completamente asustados”, dijo.
Según la candidata a prefecta de ACI-MPC (Alianza del
Comité Interinstitucional-Movimiento Poder Ciudadano),
Sabina Cuéllar, los indígenas fueron obligados a trasladar-
se a Sucre para recibir al presidente de la República bajo
amenaza de ser multados con 100 bolivianos.
La Federación de Campesinos de Chuquisaca, al tiempo
de solicitar la expulsión de los representantes del Comité
Interinstitucional, amenazó con cerrar las válvulas en la
localidad de Turupampa y Villa Fernández que conecta con
la ciudad capital.
Desde Cobija, el jefe de Estado se refirió al tema pidiendo
a “algunos jóvenes” de “algunas universidades” recupe-
rar el respeto, la ética y la moral para con los indígenas,
campesinos y los más pobres. “Qué clase de universitarios
tenemos, no son todos ni en todas las universidades. Es im-
portante mejorar esa ética, esa moral de un joven solidario
etniA
S &
PoLÍt
icA
y respetuoso, que siempre esté atento a los problemas
sociales”, manifestó.
impunidad peligrosaMás allá de las declaraciones no existe ninguna acción
concreta para frenar esta serie de atropellos. El gobierno
debe actuar amparado en las leyes.
En enero de 2007, en Cochabamba se produjeron violen-
tos enfrentamientos entre grupos de choque organizados
por la Prefectura y el Comité Cívico contra campesinos e
indígenas, pero no se castigó a ninguno.
existen evidencias de la participación de ciudadanos y autoridadesEn Santa Cruz, el vicepresidente del Comité Cívico cruce-
ño, Luis Núñez, pidió a los sectores contrarios a las autono-
mías “abandonar Santa Cruz o, de lo contrario, atenerse a
las consecuencias”.
En ese discurso racista además agregó: “Ellos [los bolivianos
del Occidente] han venido aquí. Adáptense a nuestra forma
de vida que es paz, trabajo y tranquilidad, pero no nos sigan
provocando, insultando, denigrando como lo han hecho
ayer o aténganse a las consecuencias”, advirtió el cívico.
Marcela Olivera
Junio
de 2
008Miembros de la Unión Juvenil Cruceñista en reiteradas
ocasiones agredieron a varias personas en Santa Cruz. La
violencia física también estuvo acompañada de atentados
dinamiteros, amenazas, persecuciones y otras acciones
contrarias a los derechos humanos, pero nadie hizo nada.
En los últimos días en Sucre, el diputado Wilber Flores fue
agredido, lo mismo ocurrió con los parlamentarios poto-
sinos Carmen Flores y César Navarro, o con la senadora
cochabambina Leonilda Zurita.
Si en Sucre ocurren esos hechos de violencia, en poblacio-
nes rurales de Santa Cruz la situación es igual o peor.
Días después del referendo autonómico en San Ignacio de
Velasco, representantes cívicos y el principal dirigente indí-
gena chiquitano agredieron al sacerdote Adalid Vega Vei-
zaga a quien acusaron de ser militante del MAS y contrario
al proceso de las autonomías. Al religioso le exigieron que
abandonara la región, y ninguna autoridad impuso la ley.
Las agresiones no sólo fueron para campesinos, indígenas
o gente común, sino también para ministros y el propio
presidente y vicepresidente de la República que virtual-
mente no tienen pisada en algunas regiones del país.
¡Basta ya!En este país para nadie es desconocido que la “justicia” bo-
liviana está manejada por representantes del viejo modelo
neoliberal. El aparato de la justicia que fue “loteado” por
los partidos neoliberales está manejado por gente ligada al
anterior régimen de Gonzalo Sánchez de Lozada.
Aunque la Fiscalía del Distrito de Chuquisaca anticipó que
existiendo una denuncia interpuesta sobre los hechos del
pasado sábado, éstos serán investigados, no existe ningu-
na confianza.
La fiscal de Distrito de Chuquisaca, Ana María Lía, afirmó
que el Ministerio Público procederá a investigar conforme
establecen las leyes.
El defensor del Pueblo, Waldo Albarracín, pidió que una
fiscalía de Distrito que no sea Chuquisaca investigue los
violentos hechos contra campesinos en Sucre, porque
considera que la justicia chuquisaqueña perdió imparciali-
dad al estar sometida a sectores cívicos.
“Estos hechos no sólo se tienen que censurar, sino deben
ser sancionados. [Pero] la Fiscalía de Distrito de Chuqui-
saca no tiene las condiciones para desarrollar una inves-
tigación parcial, ni siquiera sus tribunales, porque en los
últimos meses demostraron su absoluta subordinación a
la instancia cívica”, manifestó.
Ante las acciones fascistas y racistas, desde diferentes pun-
tos del territorio nacional salió el clamor popular de decir
¡basta! También se demanda gobernabilidad.
En el proceso de la revolución democrática y cultural es
hora de hacer un alto a la violencia y al racismo, es hora
de buscar el diálogo y el consenso, es hora de consolidar el
cambio y la unidad.
Bolivia: grandes oportunidades, grandes peligrosLa cuestión civilizatoria1
El texto aprobado por la Asamblea Constituyente en
Oruro el 9 de diciembre de 2007 es un triunfo impor-
tante para los movimientos indígenas, que excede el
plano puramente discursivo y de “papel mojado” al
que quedan generalmente reducidas las constitucio-
nes en América Latina.
Por un lado, lo que plantea el texto del proyecto de
Constitución tiene importancia. El texto pone en
cuestión el sistema liberal de control estatal sobre los
pueblos oprimidos.
Pone nuevamente en el tablero, no sólo en el ámbito nacio-
nal, sino mundial, la cuestión del reconocimiento de los derechos colectivos,
el derecho a la autodeterminación de los pueblos oprimidos, y pone en
cuestión el sistema opresivo y homogeneizante del Estado-nación.
Además de esto, establece de la forma más taxativa posible, un conjunto de
derechos individuales que parecen colocar a Bolivia –al menos en el plano
de la teoría– en el puesto más avanzado de la civilización humana actual.
Por otro lado, la circunstancia de este triunfo, independientemente del valor
mismo del texto, ha vuelto a colocar a la llamada “derecha” a la defensiva.
[1] Este artículo apareció inicialmente en la revista Herramienta, 2008.
Marcela Olivera
Junio
de 2
008
Pablo Ariel RegalskyAntropólogo, Secretario General del Centro de Comunicación y Desarrollo Andino (Cenda), de Bolivia.
indígena y ya no estarán superpuestas, porque
los territorios estarán delimitados en función del
principio de autodeterminación de cada pueblo.
Cada pueblo tiene el derecho a autodefinirse como
población indígena, originaria campesina o como
población intercultural. Esto por supuesto es una
oportunidad y, a la vez, implica un gran peligro.
¿Qué significa el pluralismo jurídico? Que cada
pueblo indígena tiene derecho a gobernarse en
su territorio en el marco de sus propias normas
y a elegir sus gobernantes de la forma que éstas
establezcan.
En los hechos significa el desconocimiento del
principio liberal que establece “un individuo-un
voto” y el “derecho” al voto secreto. Desconoce
el principio democrático burgués de que todos
los ciudadanos son iguales ante la ley, y que hay
una sola ley para todo ciudadano. Establece la
igualdad del derecho colectivo frente al derecho
individual.
En la generalidad de los pueblos indígenas, al
igual que en las asambleas obreras, se toman las
decisiones –en ejercicio de la democracia popu-
lar– en asamblea pública, levantando la mano.
Muchas veces se realiza de forma nominal: allí
donde están reunidas muchas comunidades, por
ejemplo en un congreso provincial de sindicatos
agrarios o en un cabildo o asamblea de ayllus,
cada comunidad delibera aparte y emite su voto
a través de su representante en público.
En otros casos las votaciones por mayoría no son
determinantes sino que se subordinan al derecho
a la participación equitativa, rigiendo el turno de
rotación: aunque la autoridad se elije pública-
mente, en realidad rige un acuerdo de larga du-
ración por el que ésta sale necesariamente de un
En este artículo, además de introducir algunos
elementos para apreciar los avances del texto
constitucional, y de establecer lo que esto signi-
ficó en términos de expresión y a la vez refuerzo a
las luchas indígenas, campesinas y obreras, inten-
taremos dar un breve vistazo a las relaciones de
fuerza entre las clases (y los sistemas sociales) en
términos de larga duración.
¿Es un triunfo de los movimientos sociales? Afir-
mativo, es una derrota política de una burguesía
que se declara en retirada. ¿Es una transforma-
ción del Estado? Negativo, no lo es. ¡Es un pro-
grama para la acción! y es, a la vez, una proclama
civilizacional.
El texto constitucional aprobado en la Asamblea,
desde el punto de vista leguleyo, podría conside-
rarse contradictorio, incluso inaplicable.
Bajo un mismo Estado existirían dos doctrinas
jurídicas diferentes que quedarían territorializa-
das; una que continúa la tradición constitucional
liberal vigente y cuyo principio fundamental es
el respeto irrestricto a la propiedad privada, la
otra –de inspiración indígena– que no desconoce
la existencia de esta última pero no permite el
ejercicio irrestricto de los derechos de propiedad
privada. Dependiendo de qué territorio se trate,
se aplicaría una u otra doctrina.
Este es un planteamiento de reconocimiento
pleno del pluralismo jurídico. Las dos realidades
jurídicas han existido desde siempre en Bolivia,
existen en la práctica dos jurisdicciones super-
puestas, la estatal-liberal y la indígena-campe-
sina, que se ejercitan a través de dos sistemas de
autoridad paralelas.
El cambio es que hoy el texto constitucional plan-
tea el reconocimiento abierto de la autoridad
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos78
[ La cuestión civilizatoria ]
etniA
S &
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icA
determinado sector según un turno establecido (lo
mismo hace la Unión Europea con su presidencia).
Todas estas normas tienen la finalidad de establecer
el derecho de la mayoría a hacer respetar sus deci-
siones dentro de un equilibrio general.
La autoridad indígena originaria campesina ejerce
la atribución de aplicar las normas comunales en
su jurisdicción de una manera amplia. Una norma
fundamental de la jurisdicción campesina originaria
indígena es la que marca los límites al ejercicio de la
propiedad privada.
El derecho a la posesión de la tierra por parte de una
familia que sí tiene derechos de herencia sobre ella
no implica –desde la normativa consuetudinaria
indígena– el derecho a disponer libremente de la
misma, no se la puede vender libremente, no se la
puede cultivar o usar de cualquier forma, sino sola-
mente en función de decisiones comunales especí-
ficas y que pueden modificarse de año en año. Para
las empresas capitalistas, lo mismo que para quienes
se manejan con una lógica de acumulación privada,
estas normas significan un problema.
No es que se impida la acumulación, como tampoco
se excluye al capital, solamente se lo restringe de una
manera que dificulta el proceso de diferenciación
social y la acumulación del poder en pocas manos.
La autoridad indígena, a diferencia de la autoridad del
Estado-nación, resume en si la capacidad de juzgar así
como la capacidad de gobernar. Esto supone que dis-
tintas autoridades, en territorios contiguos, podrían
tener criterios diferentes para juzgar un mismo he-
cho. La justicia ordinaria, según el texto aprobado, no
puede revisar los fallos de la autoridad indígena.
El tribunal constitucional deberá considerar la
jurisdicción indígena en igual jerarquía que la juris-
dicción ordinaria. El tribunal constitucional mismo
deberá estar conformado por igual número de
miembros que representan ambas jurisdicciones.
Por supuesto que se plantean preguntas, ¿es esto
viable en un país sometido a la esfera de influencia
global del capitalismo, un país donde el capital
financiero y el capital petrolero siguen siendo los
que tienen las de ganar en el momento de poner las
reglas de juego?
Mar
cela
Oliv
era
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos79
[ Pablo Ariel Regalsky ]
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Junio
de 2
008Esta es una somera explicación de ciertas partes del
texto constitucional aprobado en la Asamblea Cons-
tituyente. Se trata de un triunfo hasta el momento
retórico, es un texto aún sin valor legal alguno.
Hay muchas piedras en el camino: por un lado el
gobierno (al momento de escribir este texto) está
negociando con los gobiernos departamentales en
poder de la derecha un posible cambio (que sería
completamente ilegal).
El texto aprobado por la Asamblea debe ponerse a con-
sideración del pueblo en un referendo (por voto uni-
versal y secreto, o sea muy influenciable por los medios
de comunicación dominados por la burguesía).
A pesar de esto, se trata de un triunfo político pues el
texto constitucional se constituye en un programa
de acción para los movimientos indígenas origi-
narios. y no sólo para los movimientos indígenas
campesinos.
El movimiento indígena debe mucho de este triunfo
a la posición adoptada por sectores avanzados del
movimiento obrero, en particular a los mineros de
Huanuni, que tuvieron una actuación decisiva en
diciembre. Más adelante veremos la intervención
minera en este proceso.
Sin embargo, es importante notar que el movimien-
to obrero no consiguió avances en el texto respecto
al texto vigente, a más de los consabidos derechos
retóricos al trabajo.
Por el contrario, el cooperativismo minero, que es
una amenaza no sólo para la única mina nacionali-
zada subsistente que es Huanuni, sino también para
las mismas comunidades indígenas, ha obtenido
dentro del texto garantías de intocabilidad sobre sus
concesiones de explotación de recursos mineros tal
como exigía.
ésta es una de las incoherencias que inquietan den-
tro del texto porque contradicen abiertamente el
derecho ya establecido desde 1990 cuando Bolivia
se adhiere al Convenio 169 de la OIT que reconoce el
derecho a la consulta previa para el caso de explota-
ción de recursos naturales en territorios indígenas.
La situación es incierta aún Cuando la Asamblea Constituyente aprueba el texto
la situación era muy fluida. El Consejo Nacional de
Defensa de la Democracia (Conade), conformado
por los prefectos de la llamada Media Luna del
oriente boliviano, más los de Cochabamba y Sucre,
y cívicos de cinco departamentos, se habían reunido
en Sucre en diciembre 2007, poco después de los
disturbios que ocasionaron que los constituyentes
debieran abandonar la ciudad en noviembre. Allí el
Conade definió declarar la aplicación inmediata de
las autonomías departamentales a partir del 14 de
diciembre, lanzamiento de los “estatutos autonómi-
cos”, y el desacato a la Constitución oficialista.
Esa fecha era precisamente el día que la Asamblea
Constituyente debía celebrar su última sesión en la
que ratificaba el proyecto de Constitución, después
que una comisión redactora “corrigiera” los posibles
defectos del mismo. Además, la desobediencia civil
apuntaba a desconocer el decreto que redujo la par-
ticipación de los departamentos petroleros en la dis-
tribución del impuesto especial a los hidrocarburos.
Los comités cívicos cuentan con el respaldo político
y económico de la empresa privada de todo el país,
y no solo de Santa Cruz, en particular de la Asocia-
ción de Bancos (Asoban), la Cámara Agropecuaria
del Oriente (CAO), la Cámara de Exportadores y la
Cámara de Hidrocarburos de Bolivia, todos estos
organismos activos dentro del Comité Cívico.
El Conade, con el apoyo de estos sectores, pretendió
entonces constituirse en un gobierno paralelo al de
Evo Morales, comandando cinco de los nueve de-
partamento del país.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos80
[ La cuestión civilizatoria ]
etniA
S &
PoLÍt
icA Sin embargo esos prefectos, unidos al mayor partido
de la oposición, Podemos, encabezado por el ex pre-
sidente Tuto Quiroga, cometieron un grave error de
cálculo al momento en que el periodo de sesiones de
la Asamblea Constituyente estaba a punto de finali-
zar, y aún no había podido avanzar en el proceso de
aprobación del texto final.
Después que el Congreso Nacional aprobara la pró-
rroga del periodo de sesiones de la Constituyente
hasta el 14 de diciembre (según la convocatoria, el
periodo de vigencia del Constituyente finalizaba el
6 de agosto de 2007), el gobierno decidió convocar
a una comisión suprapartidaria, conformada por
los partidos con representación en la Constituyente
a fin de llegar a un acuerdo sobre el texto que se iba
a aprobar.
En esa comisión, dirigida por el vicepresidente Gar-
cía Linera, se llegó a ciertos acuerdos que, en reali-
dad, permitían a la derecha y a los comités cívicos
conseguir prácticamente todos sus objetivos.
Esto significaba que el gobierno de Evo Morales, a
título de garantizar la gobernabilidad de su admi-
nistración, apostaba a un texto que beneficiaba a la
burguesía retrocediendo en ciertos aspectos, incluso
en referencia a la actual constitución liberal todavía
en vigencia.
La “estrategia” fundamental que el gobierno –a tra-
vés de la figura de García Linera– ha ensayado desde
el principio de la administración de Evo Morales es
“déjennos gobernar y hacemos lo que ustedes re-
quieran”, eso es lo que se les dice a las empresas y a
sus voceros, los cívicos.
ya Evo lo había dicho incluso pocos días antes de asu-
mir el gobierno, mientras realizaba su gira mundial
donde puso de moda la famosa “chompa de alpaca”:
“He comprendido que para ser un buen presidente
tengo que lograr buenos negocios para los empre-
sarios”. Se refería a los soyeros, agroexportadores y
otras empresas beneficiarias del latifundismo.
Pero la miopía de esa burguesía “esmirriada” no le
ayuda: en parte lo explica su racismo, a tal punto
no puede tolerar estar siendo gobernada por quien
califican como “indio”, que no advierte que es el
gobierno de Evo Morales el que le está garantizando
sus intereses estratégicos, su propia viabilidad como
clase propietaria, y que sólo en la medida que facilite
la gobernabilidad de la administración de Evo, hará
viable una salida favorable a los intereses capitalis-
tas a mediano plazo.
Bueno, ese ha sido su error: ese grupo de necios
representantes de los comités cívicos y de Podemos
siguió presionando al gobierno y negándose a fir-
mar el acuerdo que les proponía García Linera, pese
a que les estaba ofreciendo el oro y el moro. Al final,
no le dejó salida al MAS.
Los propios constituyentes se vieron acorralados
entre esta derecha torpe y los movimientos sociales
–en ese momento encabezados por los mineros de
Huanuni y la Central Obrera de Oruro– que empe-
zaban a impacientarse con la cobardía política del
vicepresidente, de manera que el gobierno no tuvo
más alternativa que dejarle la vía libre a su propia
bancada para que aprobara “su” texto.
Este texto, el único que había sido propuesto de
forma coherente en el curso de la Asamblea, era el
que había diseñado el Pacto de Unidad de las orga-
nizaciones indígenas, originarias y campesinas, de
colonizadores y afrobolivianos, junto a un pequeño y
eficiente equipo de asesores técnicos y de ONG alia-
das que venían trabajando desde principios de 2005.
Así es como se aprobó, inesperadamente para
todos, un texto que avanza de manera audaz en el
campo de los derechos humanos tanto colectivos
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos81
[ Pablo Ariel Regalsky ]
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Junio
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008como individuales, y que es probablemente el texto
constitucional más avanzado desde el punto de vista
democrático en el planeta.
Lo interesante del caso es que frente a un texto tal,
la clase media, que había sido aterrorizada por la
prensa y por rumores de que este texto aseguraría
la perpetuación del gobierno de Evo, además de la
confiscación de sus casitas y sus terrenitos, quedó
más bien encantada ante un texto que en lo funda-
mental está bien elaborado y tiene consistencia.
Ahora bien, pese a que esa votación ponía a la de-
recha ante un hecho consumado, y ahora ya no le
quedaba más salida que enfrentarlo en el terreno
del referéndum por realizarse en los próximos me-
ses, no contaba con la ayuda inesperada, otra vez,
del propio gobierno.
El gobierno, en vez de sacar partido del hecho de que
la población urbana se había rendido a la evidencia
de que este texto era un avance de los derechos en
todo sentido, se esfuerza por dar marcha atrás en la
situación. A principios de enero Evo Morales convo-
ca al diálogo a los prefectos bajo una agenda que no
termina de definirse.
Mientras que al principio la agenda parecía no
contemplar el tema de la Constitución, un tema
ya cerrado, el mismo día que se realiza la reunión
resulta que éste sí aparece. ¿Es falta de visión estra-
tégica y política de este gobierno? ¿Se puede hablar
de cobardía política? La derecha no termina de
precipitarse en la derrota por sus propios errores,
cuando viene el gobierno a rescatarla. No parece ser
cobardía.
Parecería que el gobierno, instintivamente, entiende
que su viabilidad está unida a la existencia de una
derecha con capacidad de presión. De lo contrario
el gobierno quedaría preso de su propia base social,
los movimientos sociales. Este es un gobierno-
árbitro, que lo que más teme no es que la derecha
esté en condiciones de imponerle sus términos. Por
el contrario, pareciera que su instinto (pues no hay
evidencia de una clara estrategia en el gobierno en
su conjunto) lo empuja a favorecer que la derecha
crezca lo suficiente como para colocar en vereda a
los movimientos sociales a fin de que no puedan
crecer en sus demandas.
De esta manera el gobierno no quedaría preso del
programa radical con el que los movimientos socia-
les lo llevaron al “poder”: la llamada “Agenda de Oc-
tubre”. Por el contrario, podría intentar resolver la
crisis de Estado, la crisis del capitalismo “esmirriado”
boliviano, tal como lo calificara Zavaleta, reforzando
el actual estado (neocolonial).
Quien parecería empujar con más firmeza esta es-
trategia del gobierno de convertirse en la expresión
de la burguesía es su vicepresidente García Linera:
su planteo desde un principio ha sido reforzar el Es-
tado-nación, hacerlo nuevamente viable, intentado
ganar como base de sustentación a una burguesía
que vea en esta administración al garante de sus
mejores negocios en muchas décadas.
La situación real está definida, por un lado, por la
determinación de esta burguesía inviable y racista
que, dado que no puede sacar al “indio” del Palacio
Quemado porque se lo impiden el apoyo que el
gobierno recibe tanto de la OEA –e implícitamente
del gobierno de Estados Unidos–, como de Brasil y
Chile, por lo menos de convertirlo en su rehén. Pero
por la otra, la situación también está signada por la
SE TRATA DE UN TRIUNFO POLíTICO PUES
EL TEXTO CONSTITUCIONAL SE CONSTITUyE
EN UN PROGRAMA DE ACCIóN PARA LOS
MOVIMIENTOS INDíGENAS ORIGINARIOS.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos82
[ La cuestión civilizatoria ]
etniA
S &
PoLÍt
icA esperanza y seguridad de parte de la gran mayoría
de los movimientos sociales de que este gobierno
es “suyo” y, por tanto, se le puede exigir que cum-
pla con la Agenda de Octubre (el momento de la
insurrección que derribó al gobierno de Sánchez de
Lozada). Hasta aquí hemos visto, a través del triunfo
que logran los movimientos indígenas y populares
en la Asamblea Constituyente, que la relación de
fuerzas establecida por el movimiento semi-insu-
rreccional de octubre pareciera no haberse modifi-
cado sustancialmente. Sin embargo, estamos en un
momento de inflexión.
En primer lugar, examinemos las relaciones de fuerza
estructurales. Está claro que el Estado boliviano no ha
modificado su naturaleza colonial. La actual admi-
nistración, aunque esté dirigida por un movimiento
político surgido de un proceso de levantamiento de
las masas indígenas, no tiene la capacidad y tampoco
la intención de modificar ese carácter colonial.
Por el contrario, existen fuertes sectores no solo
dentro del Estado (las fuerzas armadas, la policía,
la Iglesia, el poder judicial, una amplia mayoría del
poder legislativo, toda la burocracia de la adminis-
tración del poder ejecutivo, los ministerios, ni que
hablar de las prefecturas y los municipios) que resis-
ten cualquier intento de mínima modificación de la
actual estructura. De hecho, una mayoría del apara-
to político que conforma el MAS, constituido por al-
caldes, concejales, diputados, senadores, ministros,
viceministros, y cientos de pequeños burócratas.
Muchos de ellos son provenientes de los partidos
de la burguesía como el MNR, ADN, UCS, MBL, etc.,
que se han pasado al carro del MAS. Con el actual
gobierno se agregan los cuadros del MAS que pasan
a formar parte del aparato administrativo del Esta-
do. Parte de ese fenómeno es la incorporación de
buena cantidad de dirigentes de las organizaciones
indígenas y campesinas que se han asimilado a la
vieja y esclerosada estructura burocrática del Estado
y adoptan cotidianamente el antiguo ceremonial y
protocolo de comportamiento burocrático.
Al incorporarse, asumen una actitud de defensa no
solo de sus nuevos pequeños intereses como buró-
cratas que reciben un sueldo del Estado, sino de la
misma estructura jerárquica y burocrática a la cual
se han asimilado, y que les permite gozar de esas pe-
queñas, a veces pequeñísimas, prebendas. También
se puede encontrar ahora dentro de los ministerios
y organismos administrativos del Estado a una pe-
queña nube de profesionales pseudos izquierdistas
del PC y otros grupos, incluso ex militantes del POR
que no tienen empacho en servir de consultores a los
gobiernos neoliberales, y ahora no saben hacer otra
cosa que dar continuidad a las mismas propuestas y
políticas que habían desarrollado en estos gobiernos.
La reconstrucción de este aparato burocrático actúa
como una pesada losa que parece inmovilizar a los
movimientos sociales, y es un proceso que ocurre a
diario, pero a la vez es un proceso totalmente caóti-
co, cada subsecretario toma sus propias iniciativas y
a veces en una misma reunión se escuchan posicio-
nes completamente diferentes, pero dentro de un
caos armonioso.
Las consignas burocráticas, las mismas realidades de
un Estado colonial y anticampesino, ahora se las re-
viste de una ideología pseudo-andina, bajo un man-
to de supuesta reciprocidad y redistribución, que
sirve de nuevo manto ideológico a la paz burocrática
neoburguesa vestida de ropaje indígena.
Esta situación se verifica en el caso de la problemática
de la tierra. La aprobación de las últimas modificacio-
nes a la ley INRA como resultado de movilizaciones
campesinas e indígenas, que debería permitir ahora
la reversión de los latifundios improductivos que no
cumplen función económico-social, no ha servido
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos83
[ Pablo Ariel Regalsky ]
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para recuperar hasta ahora ni un metro cuadrado de
tierra ilegalmente apropiada por los latifundistas.
Primero con la excusa de las inundaciones a prin-
cipios de 2007, y ahora sin necesidad de ninguna
excusa, la “revolución agraria” se limita por el mo-
mento a prometer la mecanización de la agricultura
campesina, una política totalmente inadecuada
para los suelos andinos, y que sólo promete agravar
la depredación y la caída de la productividad.
En noviembre de 2007 se aprueba el Decreto 29215
que determina la expropiación con pago a precios de
mercado de 180.000 hectáreas en el Chaco chuqui-
saqueño para entregar a las comunidades cautivas
guaraníes.
La marcha de indígenas por la tierra Hace un año los guaraníes y otros indígenas llegaron
hasta la sede de gobierno para demandar la aproba-
ción de las reformas a la ley INRA.
La política del MAS, como explica Mayorga, un
analista muy apreciado por los medios de comu-
nicación, “está caracterizada por incertidumbre
estratégica y flexibilidad táctica por ausencia de un
proyecto político elaborado de manera programá-
tica, lo que explicaría la postura cambiante respecto
al referéndum sobre las autonomías departamen-
tales, así como los vaivenes respecto a la reforma
educativa. Su capacidad de acción se traduce en una
enorme flexibilidad táctica que se asienta en esa
elasticidad programática”.
El manejo de una retórica radical (por parte del go-
bierno) neutraliza la izquierda y las moderadas deci-
siones de gobierno desbaratan los cuestionamientos
desde la derecha, lo que le permite ocupar una am-
plia franja del centro político. Mayorga se felicita de
esta característica del MAS, porque permitiría recu-
perar la gobernabilidad del Estado que se perdió en el
periodo desde 2000 a 2005 como efecto de la movili-
zación incontrolable de los movimientos sociales.
Efectivamente, mientras se mantiene una retórica
de nacionalización, tanto de los yacimientos de gas
como de los recursos naturales en general, por el
otro lado, el gobierno se enorgullece en publicitar
las inversiones extranjeras en proyectos gigantes en
minería, como el caso San Cristóbal o el Mutún, y en
haber dado las garantías suficientes a las empresas
petroleras como para que reanuden este año las
inversiones en la exploración de hidrocarburos. La
re-nacionalización del sistema de pensiones parece
Marcela Olivera
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos84
[ La cuestión civilizatoria ]
etniA
S &
PoLÍt
icA haber quedado sepultada, y en cambio los fondos
privados de pensiones se harán cargo del pago del
nuevo bono Dignidad destinado a todos los ancia-
nos, proveniente de la redistribución del ingreso
impositivo a la producción de gas.
Mientras tanto, de parte de las comunidades cam-
pesinas ni siquiera es posible reclamar contra la total
contaminación e inutilización de sus tierras agríco-
las por parte de las multinacionales mineras y, peor
aún, de las cooperativas mineras. La COD de Oruro
(2007), en cambio, considera que no existe espacio
para esa política de conciliación:
El gobierno de Evo Morales surgido como con-
secuencia de las luchas sangrientas del pueblo
contra la oligarquía, tiene como base de su
política la concertación y la convivencia con el
enemigo de clase, compuesto por los pocos ri-
cos de este país, culpables de la pobreza, atraso
y desempleo en nuestro país…
En ese sentido, su política de pactos con la
derecha que terminaron en acuerdos de claro
retroceso para el pueblo como se puede ad-
vertir en la Ley de convocatoria a la Asamblea
Constituyente y los acuerdos de la suprapar-
tidaria, entre otras, nunca conformarán a la
clase capitalista, detentadora del poder y de
los gobiernos durante la casi totalidad del pe-
riodo republicano, así como también no serán
solución definitiva a los problemas de nuestro
pueblo empobrecido aunque mayoritario.
La emergencia de la COD de Oruro y de una fuerte
dirección clasista en Huanuni, que se han puesto
claramente del lado de las organizaciones y pueblos
indígenas campesinos, de alguna manera ha dismi-
nuido el margen de maniobra del gobierno y le ha
obligado a inclinarse un poco más hacia la izquierda,
a fin de evitar que la dirección obrera en emergencia
le gane las espaldas.
Eso explica que estos últimos días el gobierno cada
vez hable de forma más pesimista sobre la posibili-
dad de un acuerdo con los prefectos derechistas. La
estrategia del gobierno de establecer un acuerdo
político con los empresarios que de alguna manera
convierta al MAS en su propia expresión política
no es hueca. La bonanza de los altos precios de las
materias primas, que ha permitido cuadruplicar
los ingresos por exportaciones lo permitiría. Lo
demuestran también las cifras de las entidades
financieras. Las reservas internacionales del Banco
Central se han duplicado en un año.
Los depósitos en moneda nacional en la banca se
han incrementado de la misma manera y la cartera
de préstamos también ha crecido en 60%. ¿Por qué,
en tal situación de bonanza aún es difícil un acuerdo
y cuál parecería ser el proyecto estratégico del em-
presariado boliviano y la derecha que lo representa?
La lucha por la hegemonía y el traslado del eje geopolítico bolivianoDesde octubre de 2003, cuando Sánchez de Lozada y
su gabinete, poco antes de huir del país, especularon
con la posibilidad de trasladar su gobierno –y por lo
tanto la sede de gobierno– a Santa Cruz, cobró nuevo
impulso a lo que se dio en llamar las luchas regionales.
Desde que se impone la Agenda de Octubre, cuando
Carlos Mesa inesperadamente para todos, acepta
como parte de su programa de gobierno la convoca-
toria a una Asamblea Constituyente, empieza en serio
el intento de trasladar la capital fuera de La Paz.
LOS GUARANíES y OTROS INDíGENAS
LLEGARON HASTA LA SEDE DE GOBIERNO
PARA DEMANDAR LA APROBACIóN
DE LAS REFORMAS A LA LEy INRA.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos85
[ Pablo Ariel Regalsky ]
Junio
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Junio
de 2
008Es un hecho que el cerco de los movimientos sociales
indígenas a La Paz, establecido en octubre de 2003, y
que luego se repite en mayo-junio de 2005, no fue
hasta ahora derrotado. Es más, está pendiente aún
sobre las cabezas del sistema político como una es-
pada de Damocles. Tanto en octubre de 2003 como
en mayo-junio de 2005, con el antecedente de la
crisis de febrero de 2003 que llevó al enfrentamien-
to armado entre policías y militares, el Estado está
en una crisis que se debe, en buena medida, al cerco
que han establecido los movimientos sociales sobre
el gobierno y sobre su sede geográfica.
El levantamiento social paralizó entonces al gobier-
no y al aparato estatal en su conjunto. La subida al
gobierno de Evo Morales –un logro que es el resul-
tado directo de las luchas populares pero en gran
medida hay que atribuir a la estrategia de la Iglesia
para neutralizar esas luchas– parece haber logrado
un cuarto intermedio en las luchas sociales. La gente
tiene cierta esperanza en que este gobierno “arre-
gle” las cosas, aunque mantiene su vigilancia.
Dado que los sectores claves del aparato productivo
nacional (la energía, la minería, las telecomunica-
ciones, la tierra, los bosques, los bancos, la prensa y
la televisión), están en manos de multinacionales o
de sus socios –los sectores empresariales, latifundis-
tas o lumpen burguesía boliviana–, es poco lo que se
presume que el gobierno pueda hacer, a más de sa-
near las finanzas del Estado elevando la recaudación
impositiva.
Esto último se lograría a través de la llamada “nacio-
nalización de los recursos naturales” que modifica
los contratos petroleros existentes –que nunca fue-
ron anulados– de manera que el Estado perciba ma-
yores ingresos por la explotación del gas. Se suponía
que la Asamblea Constituyente era el escenario para
cambiar radicalmente la situación generada por
la privatización de las empresas y los recursos del
país, pero el propio gobierno se encargó de trabar al
máximo esa posibilidad acordando con la derecha
una ley de convocatoria que transformaba lo que
debía ser un espacio de poder político fundacional y
soberano en un ente ineficaz para hacer las transfor-
maciones necesarias, subordinado al aparato políti-
co, judicial y administrativo establecido del Estado.
Así mismo, el gobierno ha permitido que la dere-
cha ponga como condición para la realización de la
Asamblea Constituyente, la previa realización de un
referendo autonómico vinculante.
Este referendo determinó que cualquier departa-
mento donde haya sido aprobada la pregunta sobre
autonomía departamental con una mayoría simple,
se transforma en autónomo, una vez que se promul-
gue la nueva Constitución. Los constituyentes, tanto
por la ley de Convocatoria a la Asamblea, como por
el texto de la ley de referendo, están obligados a ava-
lar el resultado positivo de esa votación en un depar-
tamento, aunque la opinión nacional mayoritaria se
demuestre en contra.
¿A qué apunta ese proyecto autonomista? ¿Acaso
apunta a la disgregación nacional? Lo mismo se
decía cuando se estaba librando la Guerra Federal
que tuvo lugar en Bolivia en 1899. Sin embargo, el
triunfo de los federalistas no derivó en el estableci-
miento de un sistema federal, sino en el traslado de
la sede de gobierno a La Paz, y el establecimiento de
un sistema de gobierno centralista. El interés actual
del empresariado que respalda esta propuesta auto-
nomista se expresaría en dos posibles salidas:
a) La salida política mínima a que aspiran, consiste
en que efectivamente no logran derrotar a los
movimientos sociales durante todo o parte del
gobierno de Evo Morales, y se ven entonces en
la necesidad de atrincherarse temporalmente en
la sede de Santa Cruz, pero con prerrogativas y
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos86
[ La cuestión civilizatoria ]
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S &
PoLÍt
icA competencias que les permitan manejar la parte
más jugosa del presupuesto nacional, aspirando
también a manejar de la forma más directa po-
sible –según las relaciones de fuerza que logren
para la Asamblea Constituyente– los recursos
naturales que ya sabemos: la tierra, el agua, los
bosques, los recursos del subsuelo.
b) La máxima consiste en lograr derrotar o confun-
dir lo suficiente a los movimientos sociales para
comenzar a trasladar, de hecho o de derecho, la
sede de gobierno a Santa Cruz. Ese proceso puede
comenzar bajo una apariencia de descentralización,
o de traslado de organismos autárquicos o semiau-
tárquicos, como por ejemplo yPFB, u otras entida-
des de gran peso económico a Santa Cruz. Aunque
lograran solamente la autonomía, ya se estaría
empezando a aplicar de hecho el traslado paulatino
de la sede del gobierno nacional a Santa Cruz.
Pero si la derecha lograra dividir y desmoralizar lo
suficiente a los movimientos sociales, es posible un
cambio rápido de escenario geopolítico. Esto puede
hacerse efectivo si acorralan y reducen a la impoten-
cia al gobierno de Evo Morales, y lo obligan a servir
simplemente de administrador eficiente de un mo-
delo neoliberal maquillado de populismo, sin nin-
guna transformación de fondo. Por ejemplo, sin que
se logre la reversión de una porción significativa de
los 50 millones de hectáreas de tierras ilegalmente
distribuidas desde la Reforma Agraria de 1953 entre
la nueva oligarquía.
En la medida que el gobierno –para sostenerse en el
sillón– deba acudir a la desmovilización y a la división
de las organizaciones que lo apuntalaron para ganar
las elecciones de 2005 y 2006, el mismo gobierno
serviría como instrumento para lograr ese fin. La
deslegitimación del gobierno lo volvería cada vez
más débil y vulnerable a las presiones de las camari-
llas empresariales y mafiosas, hasta que lo obliguen a
rendirse y aceptar, él mismo, cambiarse de sede. Ese
sería el proyecto estratégico del empresariado lati-
fundista y sus aliados mafiosos y petroleros.
Por supuesto, no apuntamos a que la “burguesía
esmirriada” y sus mafiosos se salgan con la suya y
logren establecer este escenario político que descri-
bimos arriba; por el contrario, estamos seguros de
que los movimientos sociales sabrán derrotarlos a
tiempo. Pero nuestro análisis pretende alertar con-
tra sus verdaderas intenciones, que no se quedan
en la autonomía departamental. Hay una forma
para que los movimientos sociales, acompañados
por aquellos que desde el gobierno están de su lado,
puedan neutralizar esa estrategia y ganarles la bata-
lla actual. Esa forma es, dicho de forma llana, revertir
los latifundios.
Las implicaciones “civilizatorias” del proceso actualLa crisis de Estado que se presenta en Bolivia nos
obliga a utilizar un término un poco desgastado:
aquello de “el eslabón más débil”. Efectivamente
Bolivia es, quizás, uno de los eslabones débiles del
sistema hegemónico establecido por la civilización
occidental capitalista en todo el planeta. Un sistema
que ha establecido como pivote de su dominación
política a los Estados-nación.
No hay duda de que estamos ante un periodo de
declinación hegemónica, pero ¿de qué tipo es esa
declinación hegemónica? Nadie, ni siquiera en el gi-
gante imperialista, se atreve a dudar de que los Esta-
dos Unidos hoy atraviesan una crisis de hegemonía,
pero hay poco acuerdo sobre el significado de esa
crisis. Otros gigantes imperiales han caído antes.
Recordemos cómo el imperio inglés se desmoronó
en la Segunda Guerra Mundial, pero ya hoy las ca-
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos87
[ Pablo Ariel Regalsky ]
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Junio
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008racterísticas de la declinación hegemónica han cam-
biado fundamentalmente. En ningún momento,
durante el proceso de relocalización del eje geo-he-
gemónico mundial que se traslada desde Inglaterra
hacia Estados Unidos, se había puesto en duda el
sistema civilizatorio occidental mismo. Por el con-
trario, la reconstrucción de Europa, pero sobre todo
el movimiento anticolonial y nacionalista de la pos-
guerra, comenzando por la independencia de India y
siguiendo por la descolonización de África, se llevó a
cabo siguiendo el modelo de “modernización”.
En estos últimos casos, conducidos por las burgue-
sías nacionales del Tercer Mundo, proponían un
desarrollo capitalista basado en la “sustitución de
importaciones”, hasta ahí no más llegaban. También
fue en ese periodo de transición inter-imperialista
que se generó un vacío temporal de poder o, más
bien, un periodo en el que las burocracias estatales
mantuvieron su lealtad a los antiguos jefes impe-
riales, y así surgieron los movimientos naciona-
listas en Latinoamérica, con fuerte arraigo en las
burocracias militares, y a los cuales se adhirió un
sector importante de la clase obrera. Recordemos el
peronismo, el APRA en Perú, Vargas en Brasil, MNR
en Bolivia, etc., todos del mismo periodo de finales
de la Segunda Guerra Mundial, teñidos de discurso
anti-americano pero, al menos en algunos casos,
muy sospechosos de conducta pro inglesa, y que
finalmente debieron ceder sin pena ni gloria ante el
avance de los capitales americanos.
Así, los años cincuenta se caracterizan porque llega
a su mayor auge el ciclo de expansión civilizatoria
de la modernidad capitalista occidental: todos los
países quedan integrados en la red de los Estados-
nación que forman el mercado mundial capitalista.
Es probable que incluso los países de la llamada
esfera socialista, después de la Segunda Guerra, ha-
yan quedado también semi-integrados en esa red, a
consecuencia del propio proceso de regresión buro-
crática en que estaban sumidos.
La lucha nacionalista revolucionaria entonces se
entendía, paradójicamente, como la construcción
de “verdaderos” Estados-nación, es decir, se acudía
a la utopía de naciones “independientes” y “desarro-
lladas” según el mismo modelo que planteaba el im-
perialismo. El actual periodo se caracteriza no solo
por una creciente competencia interimperialista,
existiendo de hecho ya tres grandes bloques que se
disputan esferas de influencia económica, sino por
una declinación civilizacional.
El capitalismo a escala mundial ha sufrido una re-
gresión que la clase obrera vive en carne propia: se
ha vuelto al capitalismo salvaje, primitivo, al capi-
talismo basado en el trabajo a domicilio y otras for-
mas utilizadas ahora, no por el pequeño capitalista
emergente, sino por el gran capital transnacional
consolidado a escala global. Como consecuencia
de esa regresión histórica, la clase obrera se ve en
disgregación física y políticamente, y no se avizora el
camino para su recuperación.
Si bien hay grandes huelgas en los últimos tiempos,
las realizan básicamente los obreros estatales, como
es el caso de los sindicatos del transporte en Francia,
Alemania y Hungría, porque la industria misma
se ha vuelto transhumante. Pero en el nudo de la
declinación se encuentra el problema de la crisis de
legitimidad del Estado-nación.
SÁNCHEZ DE LOZADA y SU GABINETE,
POCO ANTES DE HUIR DEL PAíS, ESPECULARON
CON LA POSIBILIDAD DE TRASLADAR
SU GOBIERNO –y POR LO TANTO
LA SEDE DE GOBIERNO– A SANTA CRUZ.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos88
[ La cuestión civilizatoria ]
etniA
S &
PoLÍt
icA Desde el mismo momento que la civilización capita-
lista global basada en la red de Estados-nación se ex-
tendió por todo el planeta y dominó todo el mundo,
comenzó su declinación. El Estado-nación, por otra
parte, dejó de ser garante del nivel de vida de la po-
blación, y se convirtió en el garante de la expansión
del capital, exclusivamente.
y entonces sucede algo aparentemente contradic-
torio. La gran amenaza que desafía a Occidente
pareciera que ya no es el fantasma del comunismo,
ahora es retratada como el fantasma del “funda-
mentalismo” y el “terrorismo” islámico. El desafío
que plantea el islamismo propone un tipo de civiliza-
ción que ataca las bases del individualismo burgués
que domina nuestra cultura. Aquí me incluyo, como
incluyo a la mayoría (¿la totalidad?) de los marxistas
occidentales que hasta ahora no han sabido dar una
mínima respuesta a este nuevo proceso global, por
más que ya lleva cerca de treinta años en expansión,
desde la revolución iraní.
Lo paradójico es que a la crisis del capitalismo como
civilización también le sucede la crisis del “comu-
nismo real”, de los socialismos en un solo país,
construidos sobre el modelo de la industrialización
forzada. Entonces, al desafío islamista contra esa
civilización liberal individualista que nos ha penetra-
do hasta los huesos, se suma la emergencia indígena
que recorre Latinoamérica.
Hasta ahora esa emergencia ha dado pasos tibios y a
tropezones, sin encontrar un camino independiente.
Cuando se ha encontrado en posición dominante,
como ocurrió en octubre de 2003, la corriente que
supuestamente representaba los intereses de cam-
pesinos indígenas ha rehuido ese propio camino,
ha vuelto a asumir la ruta de los derrotados, en este
caso de los neoliberales que estaban en plena huida.
Para peor, se disfrazan de nacionalistas y llegan al
extremo de reivindicar el éstado-nación colonial y
su soberanía, es decir, los supuestos representantes
del movimiento indígena terminan negándose a sí
mismos.
Hasta ahora no ha surgido una corriente indígena
latinoamericana con el suficiente coraje como para
plantarse y asumirse como alternativa civilizatoria y
reclamar la devolución total de la soberanía al pue-
blo, a los pueblos. Sin embargo, cuando los pueblos
indígenas se sientan a deliberar surgen espléndidas
ideas como las que dieron contenido a la propuesta
de Constitución que elaboró el Pacto de Unidad de
las organizaciones indígenas originarias campesinas
de Bolivia.
Esa experiencia nos demuestra que es posible una
respuesta a la crisis civilizatoria. Es la hora ya de
crear un frente indígena y obrero que recupere esa
extraordinaria experiencia y se plantee desterrar de
una vez la corrupta cultura liberal capitalista, inclui-
da su versión seudo-nacionalista.
Referencias CENTRAL OBRERA DEPARTAMENTAL DE ORURO, COD DE
ORURO (2007). "La posición de la clase trabajadora en el momento actual". 20 de diciembre.
MAyORGA, F. (2007). Encrucijadas: ensayos sobre democracia y reforma estatal en bolivia. Cochabamba: CESU-UMSS. Gente Común.
UDAPE (2006). Economía y política económica. La Paz: Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas.
ZAVALETA M. R. (1987). El poder dual. Cochabamba: Los amigos del libro.
Junio
de 2
008carta de Óscar olivera
a la empresa canadiense Bataen huelga de hambre por abusos de su filial Manaco
le paga el beneficio del sobretiempo, que consiste en el
pago doble por hora extra de trabajo, tal como señalan
las leyes bolivianas. En cambio, a los obreros, quienes son
parte del Sindicato y que ganan salarios mucho menores
a los de los empleados, no se les paga este beneficio.
4. Un acoso laboral que consiste en la intervención de la
Policía en la revisión de casilleros de los obreros como si
fueran delincuentes, algo que es absolutamente ilegal.
5. Toma de fotografías a los obreros que reciben informa-
ción de dirigentes de nuestras organizaciones, a quiene
se les obliga a brindar información sobre estos hechos, y
luego son convocados para llamarles la atención, lo que
en la práctica es amenazarlos.
6. Existe una evidente intromisión de algunos personeros
de la empresa en las actividades del Sindicato, lo que
también está prohibido por ley, así como por los Conve-
nios de la OIT.
Desde esta huelga de hambre, los 10 trabajadores y ex tra-
bajadores de Manaco le decimos que estas actitudes dañan
la imagen de BATA, contradicen la filosofía del Sr. Tomas
Bata y olvidan que en el pasado las relaciones entre obreros
y administradores se tejieron con base en esfuerzos con-
juntos para construir bienestar en nuestras familias. Desde
hace un tiempo atrás, desde la gestión de Arturo Blanco,
estas condiciones de trabajo han desmejorado considera-
blemente.
Por eso los invitamos a que nos escuchen, a que algún ejecu-
tivo superior de Bata venga a Cochabamba, Bolivia, a ver en
el terreno lo que pasa, para que sepan que no les estamos
mintiendo y que los que dañan la imagen de esta empresa
transnacional son algunos de los que hoy están a cargo de
Manaco.
Atentamente,
Óscar Olivera FOrOnda
Cochabamba, Bolivia,
julio 7 de 2008
señorasOnja BataBatatoronto-canadá
Sra. Bata:
Le escribe un obrero de nombre óscar Olivera, trabajador
regular de la empresa Manaco desde el 12 de marzo de
1979, quien el año 2003 fue privado de sus salarios en se-
ñal de represalia a raíz de una serie de denuncias contra la
administración de Manaco que en ese entonces ejercía el
Sr. Arturo Blanco. Usted recordará que mi persona, junto a
varios trabajadores, le mandamos una carta en ese enton-
ces. Esas denuncias, que eran ciertas, seguramente fueron
luego comprobadas por la compañía, ya que supimos que el
Sr. Blanco fue retirado de la firma Bata.
Hoy, 21 trabajadores de diferentes fábricas en Bolivia nos
encontramos en una huelga de hambre, uno de ellos es Ale-
jandro Saravia, trabajador de 55 años, 28 de los cuales los
pasó trabajando en Manaco, y quien fue retirado de la em-
presa, desde nuestra perspectiva, de manera injusta e ilegal.
Este retiro ha visibilizado varias cosas que ocurren en esta
fábrica y que enumero a continuación:
1. Contratos de trabajo con los obreros nuevos donde se
les induce a presentar datos falsos, como por ejemplo, el
lugar donde viven para evitar el pago del transporte del
obrero.
2. En estos contratos se obliga a los trabajadores a RENUN-
CIAR A SUS DERECHOS conseguidos por acuerdo de
partes desde hace más de 60 años entre la Empresa y el
Sindicato de trabajadores.
3. Una discriminación laboral donde sólo a un sector, el de
los empleados (que no forman parte del Sindicato), se
Marcela Olivera
e&P: ¿qué deja para nuestros pueblos la experiencia de ustedes en la Coordinadora del Agua de Bolivia?
oo: creo que básicamente deja la experiencia de
que sólo con la movilización de los trabajadores,
del pueblo, de la gente del campo y la ciudad, va a
ser posible la recuperación de nuestra propia voz, y
como dicen los zapatistas “echar a andar la palabra”.
Esta movilización de “recuperación de la Voz” nos ha
permitido recuperar nuestra capacidad de decidir,
que creo que es lo que exactamente queremos como
democracia, no delegada, no representativa, sino una
democracia donde la gente en grandes asambleas
óscar Olivera es dirigente del sindicato de obreros fabriles de Cochabamba y ha desempeñado un importante papel en la Coordinadora del agua de esa ciudad, que en abril de 2000 derrotó la privatización del agua y expulsó a la transnacional Bechtel.
y grandes cabildos tenga la capacidad de deliberar
y tomar decisiones para construir su presente y su
futuro.
e&P: ¿crees que esa experiencia tan importante va a seguir repercutiendo en la historia de Bolivia, en los acontecimientos próximos a ocurrir?
oo: yo creo que sí, creo que lo que no ha podido
hacer el neoliberalismo aquí en nuestro pueblo, en
nuestro país, es porque, primero, nuestro pueblo
nunca ha perdido la memoria, y segundo nunca
nos hemos quedado callados frente a la injusticia,
a la imposición, frente al racismo y la exclusión. Así Mar
cela
Oliv
era
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de articulación para poder recuperar nuestras
capacidades de indignarnos frente a la injusticia, la
solidaridad, la igualdad, la fraternidad y a la capacidad
de encontrar los objetivos comunes, nos podemos
unir como pueblo, porque los enemigos son comunes,
son enemigos de todos los pueblos. Los enemigos
que existen aquí en Bolivia son exactamente los
enemigos que existen en Colombia o en Sudáfrica, o
en Sudán o en Irán o Irak, es el capital transnacional,
son los partidos políticos de derecha, son los grandes
reinos financieros internacionales, son todos los que
quieren destruir la humanidad. y al tener enemigos
comunes, las luchas son comunes y las victorias que
hemos alcanzado hasta ahora y las que vamos a seguir
alcanzando, son victorias de toda la humanidad.
e&P: en Colombia estamos trabajando para convocar un referendo sobre el derecho al agua, ¿crees que esto es importante? ¿Qué puedes decirle a nuestra gente sobre esta tarea?
oo: yo tuve el privilegio de pisar territorio
colombiano y tuve el privilegio de compartir varios
días con las hermanas y hermanos de Colombia,
tanto del campo como de la ciudad, profesionales,
campesinos, obreros, indígenas, y me sentí como
nunca me había sentido en otro pueblo, como si
estuviera en mi propia casa, y he aprendido dos
cosas de los hermanos colombianos: una vez se me
acercó un campesino y me dijo, “óscar , compañero,
nosotros solamente somos visibles cuando nos
movilizamos, si no, no existimos para el poder”. Eso
me dejó muy marcado, y qué sabiduría la de este
hermano. Otra frase que me impresionó mucho
fue que me dijo, “en Colombia hemos comenzado a
perder el miedo cuando hablamos del agua porque
hablar del agua es hablar de la vida”. Creo que luchar
por el agua en Colombia, como hemos luchado
por el agua en Bolivia, es luchar por la vida y no se
trata de una disputa simplemente por la gestión del
agua, por una gestión comunitaria, pública, social y
participativa o de expulsar a una u otra transnacional
de la gestión de un bien público, creo que al luchar
por el derecho al agua ante todo se trata de luchar por
la gestión de la vida.
hayan logrado privatizar todo en Bolivia antes del
2000, lo que no han podido privatizar son nuestros
sueños, y mientras eso no ocurra tenemos la enorme
responsabilidad de seguir luchando por nuestros
derechos y sueños mientras sigamos estando vivos.
e&P: ¿cuál crees que sea el futuro desenvolvimiento de la actual ofensiva que tiene la derecha en Bolivia?
oo: creo que, como lo dijimos hace unos días en el
libro que presentamos, Nosotros somos la Coordinadora,
el pueblo es la Coordinadora, el pueblo ha sentido en
la vida drástica y concreta, que solo con su capacidad
Desde el 30 de junio Óscar Olivera, con otros trabajadores fabriles, está en huelga de hambre en las oficinas del Ministerio de Trabajo de Bolivia para protestar por el despido de un obrero y otros abusos de calzado Manaco, filial de la empresa canadiense Bata.
e&P: ¿desde cuando comenzaste a relacionarte con los movimientos sociales?
aG: desde que comencé a trabajar a muy temprana
edad, desde 1978, fui dirigente sindical, obrero fabril,
textilero, primero de base, luego departamental
de todos los sectores asalariados, y luego nacional
de la COM. Luego me relacioné con organizaciones
indígenas y campesinas a raíz del golpe de Estado
de Alberto Natusch Busch y Luis García Mesa, en
1981. Los golpistas mataron a varios dirigentes
e intervinieron a la Central Obrera Boliviana, la
máxima representación de los trabajadores; ahí
mataron al líder del Partido Socialista 1, Marcelo
Santacruz, uno de los hombres rescatables de
la historia del país. últimamente también me
he relacionado con las organizaciones obrera y
populares de otros países, y he tenido oportunidad
de ir a la Cumbre Social de Río.
Alex Gálvezentrevista con
e&P: ¿eres indígena?
aG: sí, soy de ascendencia aymara. En las ciudades de
Bolivia viven muchos indígenas que se han trasladado
desde el campo por la falta de tierras y recursos. Es
así como gran parte de los obreros y de la dirigencia
sindical somos indígenas.
e&P: ¿qué significa para los indígenas el actual gobierno de Bolivia?
aG: mucho. Nos da la esperanza de encontrar un
equilibrio de justicia en vivienda, educación, salud. Si el
gobierno atiende más a la educación propia, podemos
descolonizarnos en lo personal y en lo social.
e&P: ¿por qué se dio una Asamblea Constituyente en Bolivia?
aG: muchos sectores, fundamentalmente los
Ex ministro de Trabajo de Bolivia
Junio
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indígenas, hemos sido marginados desde la creación
de la República de Bolivia. La mayoría de la población
es indígena, pero en las muchas reformas durante
la vida republicana siempre dejaron al margen.
Ahora que elegimos un presidente indígena, y por las
exigencias de varios sectores sociales, especialmente
los indígenas, y hay que mencionar a los pueblos
indígenas de las tierras bajas, del oriente, que
levantaron la lucha por la constituyente. Pero no
han sido sólo los indígenas sino todos los sectores
populares los que han participado y han logrado una
votación acorde con la participación popular.
e&P: en el texto de nueva constitución que aprobó ya la Constituyente y va a ser sometido a la consideración del pueblo boliviano ¿qué aspectos te parecen más importantes?
aG: se está jugando la vida y la muerte que es la
distribución de tierras. Los grandes ganaderos y
grandes empresarios agroindustriales tienen fincas
de hasta aproximadamente 250 mil hectáreas, pero
en esas mismas zonas los originarios, que nacieron
allí, no tienen ni una hectárea. Entonces en la
Asamblea Constituyente se ha puesto un parámetro,
que el máximo de tierra debe ser 10 mil hectáreas.
Será parte de la consulta el tope por imponer a los
latifundios. La nueva Constitución es entonces un
golpe muy importante al latifundio, con el cual se
juega el destino del país.
e&P: y frente a los recursos naturales como el petróleo, el gas, las minas...
aG: consideramos que estos recursos son para
resolver necesidades prioritarias de nuestro país.
Solamente se puede aceptar una explotación
equilibrada. El gobierno del presidente Evo
Morales, desde los primeros meses, ha tomado
medidas para revertir la privatización y avanzar
hacia la nacionalización, y ha logrado una mejora
considerable en los ingresos recibidos por Bolivia.
Anteriormente el Estado recibía unos 280 millones
de dólares anuales, y en el primer año de Evo se llegó
a más de 1.600 millones, y en el 2007 sobrepasó los 2
mil millones de dólares. Esto es una buena señal hacia
el futuro, porque además los ingresos percibidos
están apuntando hacia la salud, la educación y
la producción de alimentos. Como una parte
importante se distribuye en forma descentralizada,
es esencial que los gobiernos departamentales y
los alcaldes también dirijan adecuadamente estos
recursos económicos.
e&P: y en cuanto a la protección de los ecosistemas, la biodiversidad, la naturaleza...
aG: dentro del nuevo texto constitucional se
establece la necesidad de un equilibrio entre
los hombres y el resto de la naturaleza, con la
Pacha mama. Somos muy respetuosos con el
medioambiente porque sabemos que con una
explotación hay muchos riesgos, por ejemplo, se
pueden romper los conductos y también se producen
otras contaminaciones, entonces hay que mantener
un equilibrio entre la necesidad de los ingresos y la
protección integral de la naturaleza.
e&P: ¿por qué los líderes políticos de Santa Cruz han llamado a un referéndum para obtener una autonomía aparte de la Constitución?
aG: es precisamente allí donde se encuentran
los grandes propietarios que poseen las mayores
extensiones de tierras. Allí están también los
grandes empresarios de agronegocios, para cuyas
empresas se importa diésel. Ellos alegremente
quieren defender sus privilegios, el favoritismo del
que han disfrutado, y mantener el dominio de la
vida del Estado. No es como ellos dicen que quieren
beneficiar a Santa Cruz, quieren beneficiarse ellos,
impedir que se apliquen en Santa Cruz las normas
de tierras y también las normas laborales y las que
ordenan que dejen de tener esclavizados a nuestros
hermanos guaraníes.
e&P: ¿crees que van a tratar de independizarse de Bolivia?
aG: sus intenciones son esas. Su texto autonómico
apunta a separarse del país. Eso lo trabaja el pueblo
con mucho cuidado. La gente pobre de la misma
ciudad y los pueblos indígenas de Santa Cruz están en
contra de ese Estatuto y han hecho cabildos en que
han quemado el texto “autonómico” y proclamado
que lo hacen porque solamente favorece a unos
pocos empresarios y latifundistas.Ale
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Sold
epaz
estados plurinacionales
y constituyente1
Ecuador, en el momento actual, se caracteriza por el hecho de que las
fuerzas progresistas asumieron la bandera planteada por el movimien-
to indígena en la década de los noventa para la elaboración de una nueva
Constitución que reconozca la diversidad de una manera profunda a través
de la plurinacionalidad. Los avances en los últimos veinte años han permitido
pasar de la invisibilidad a la visibilidad, de la resistencia a la propuesta,
y ahora, de la interculturalidad a la plurinacionalidad. Es importante
tener en cuenta esto para analizar el actual proceso constituyente.
La Constitución es simplemente un papel que ha sido fuente de frustra-
ción durante mucho tiempo. Varios derechos han sido incluidos pero
los pueblos continúan siendo excluidos, empobrecidos, invisibilizados y
oprimidos. Estamos ante un nuevo tipo de constitucionalismo que im-
plica un proyecto político de país diferente, otra forma de cultura, de
convivencia, de territorialidad, de institucionalidad del Estado.
Se trata de un periodo nuevo, interesante pero muy difícil, ya que
existen muchos enemigos internos y externos que están muy bien or-
ganizados. Lamentablemente, las fuerzas progresistas no se organizan
tan bien como sus opositores. El actual modelo de Estado es homoge-
[ 1] Intervención magistral realizada en el Encuentro Internacional “Pueblos indígenas, Estados plurinacionales y derecho al agua”, Quito, 12-14 de marzo de 2008 (editado por Lina Cahuasquí), Alainet.in
dÍGe
nAS
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MÉR
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Archivo Cecoin
Junio
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008
Boaventura de Sousa Santos Profesor de la Universidad de Coimbra (Portugal).
neizante porque implica una sola nación, cultura,
derecho, ejército y religión. Esta idea de homoge-
neidad predomina en las cabezas de las élites, de
la cultura, y hasta en las fuerzas progresistas que
son o pueden ser aliadas de este proceso. De allí
la importancia de defender otro tipo de unidad
en la diversidad que no sea simplemente acep-
tada sino celebrada. La unidad no tiene por qué
ser homogénea y tampoco la diversidad tiene
que ser desintegración. Estos son los retos que
debe enfrentar la nueva Constitución para que
efectivamente el actual proceso político implique
una importante ruptura con el colonialismo que
no terminó con las independencias. Las diversas
iniciativas políticas que están emergiendo en el
continente solo pueden ser entendidas recono-
ciendo la existencia de un profundo racismo en la
sociedad. Por ejemplo, no podemos entender los
conflictos en Bolivia sin antes recordar que para
sus élites un indio es solo un indio y no conciben
que haya llegado a ser presidente, porque según
ellos no es competente. Si revisamos la historia
recordaremos que en la Colonia creían que los in-
dios no tenían alma y fue un papa, en 1537, quien
tuvo que reconocer que sí la tenían. Han tenido
que pasar quinientos años, un proceso histórico
muy largo, para que un indio sea elegido demo-
cráticamente.
En Venezuela también existe racismo, basta
observar muchas de las críticas lanzadas contra
el presidente Hugo Chávez que lo tildan de ma-
caco y de no pertenecer a las élites blancas de la
sociedad dominante. De allí la importancia del
reconocimiento de la continuidad del colonialis-
mo, y de que en el proceso constitucional, la plu-
rinacionalidad es un acto de poscolonialidad que
rompe con la herencia colonial. La independencia
fue dada, concebida, conquistada por los descen-
dientes de los colonizadores no por lo pueblos
originarios; es decir, no fue realmente descolo-
nizadora. En África sucedió todo lo contrario, las
independencias se dieron por los territorios, por
los países a los pueblos originarios con excepción
de Sudáfrica que conquistó su independencia a
mediados de los años noventa.
Este nuevo tipo de constitucionalismo es impor-
tante pero no es exclusivo de América Latina. En
el mundo existen varios países como Canadá,
Suiza, Bélgica y España que se reconocen como
plurinacionales. No se entiende entonces por qué
el drama, el enfrentamiento y las dudas. En una
reunión de la Secretaría Nacional de Planificación
y Desarrollo (Senplades) a la cual fui invitado les
preocupó que la plurinacionalidad desintegre y
destruya el país, como también a un periódico
de gran circulación en el Ecuador, y les expliqué
por qué no deben tener miedo. Primero, la plu-
rinacionalidad tiene como objetivo descolonizar
el país debido a esa profunda herencia colonial.
Segundo, exige otra concepción del territorio y
del manejo de los recursos naturales. Es allí don-
de surgen los temores respecto a la propiedad
de la tierra, el manejo de los beneficios y las
ganancias que producen los recursos naturales.
Este proceso político significa una nueva visión
de país, una refundación del Estado ecuatoriano.
Bolivia y Ecuador están inventando otro tipo de
LA UNIDAD NO TIENE POR QUé SER
HOMOGéNEA y TAMPOCO LA DIVERSIDAD
TIENE QUE SER DESINTEGRACIóN.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos96
[ Estados plurinacionales ]
etniA
S &
PoLÍt
icA Estado, uno moderno que amerita nuevas institu-
ciones y nuevos territorios con un marco político di-
ferente que permita pasar del discurso a la práctica,
y que los cambios se reflejen de una manera visible.
La plurinacionalidad es un acto fundacional o de re-
fundación del Estado, y todos los actos fundacionales
son transicionales. Pasar de las viejas estructuras
a la construcción de nuevos Estados es un proceso
de transición que no es únicamente político sino
cultural, y que puede provocar enfrentamientos
como está sucediendo en Ecuador y Bolivia. Son
choques sobre la memoria entre aquellos que no
pueden olvidar y los que no quieren recordar. Esta
confrontación, que no es solo política sino también
cultural, exige construir otro tipo de memoria.
El nuevo modelo de Estado implica una nueva insti-
tucionalidad, otra territorialidad pero también otro
modelo de desarrollo. De allí la importancia de las
concepciones indígenas que están ganando terreno
porque van más allá de las reivindicaciones pura-
mente étnicas. Hoy en día el punto de vista de los
pueblos indígenas es importante en el continente, y
no solamente para ellos sino para todo el país porque
el actual modelo de desarrollo está destruyendo los
recursos naturales, el medioambiente, contaminan-
do el agua, particularmente en Ecuador, como es el
caso de la Texaco que durante treinta años causó po-
breza, destrucción ambiental y contaminó las aguas.
Este es un viejo modelo y posiblemente las palabras
“de desarrollo” no sean las más adecuadas. Por qué
entonces no utilizar la palabra “revivir” que tiene una
connotación mucho más profunda y que da cuenta
de una relación diferente con la Pacha Mama. El
concepto de naturaleza es muy pobre comparado
con el de Pacha Mama, que es más profundo y rico
porque implica armonía y cosmovisión. Los indíge-
nas colombianos suelen decir “El petróleo es la san-
gre de la tierra, es nuestra sangre, nuestra vitalidad,
si nos sacan la sangre nos matan”. Esta concepción, Arc
hivo
OIA
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos97
[ Boaventura de Sousa Santos ]
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Junio
de 2
008que para los pueblos indígenas resulta muy natural,
empieza a tener otra aceptación. No solamente está
en juego una crisis del capitalismo sino la super-
vivencia de la humanidad si se mantiene el actual
modelo de desarrollo.
Este acto refundacional tiene una enorme poten-
cialidad para el establecimiento de relaciones más
amplias y el movimiento indígena tiene que estar
preparado para la construcción de nuevas alianzas.
Se trata también de otro modelo de democracia
porque la actual es muy excluyente dado que ha
marginado a las grandes mayorías de la mesa de
las negociaciones y de las decisiones. Por tanto, es
necesario democratizar la democracia con nuevas
formas de participación más incluyentes que bien
pueden ser de origen occidental como la democra-
cia participativa o de origen comunitario como las
formas indígenas. La Constitución boliviana, por
ejemplo, distingue entre democracia represen-
tativa, y, democracia participativa y comunitaria.
La democratización de la democracia va acompa-
ñada de otro proceso interesante que es el de la
“ciudadanización” de la ciudadanía, es decir, la am-
pliación de la ciudadanía a formas de ciudadanía in-
tercultural con diferentes maneras de pertenencia.
Cuando me preguntan si la plurinacionalidad puede
poner en peligro la unidad del país yo respondo
rotundamente que no porque esa ha sido mi larga
experiencia con los movimientos indígenas de este
continente, que básicamente muestran dos cosas.
Los pueblos indígenas son originariamente transna-
cionales como es el caso de los aymaras, quechuas,
mapuches que fueron divididos en varios países y
ahora son chilenos, argentinos, peruanos, ecuato-
rianos o bolivianos. Se reconocen simultáneamente
con su identidad nacional indígena y también con la
ciudadanía de su país. Han guardado además lealtad
a sus países en guerras fronterizas participando con
mucha valentía en los ejércitos nacionales. Un ejem-
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos98
[ Estados plurinacionales ]
etniA
S &
PoLÍt
icA plo de esta doble pertenencia lo podemos observar
en Canadá, en donde no es lo mismo ser canadiense
para un blanco que para un indígena, sin embargo,
todos son canadienses de una manera muy distinta.
Existen varias formas de pertenencia y, por tanto, de
convivencia. La unidad en la diversidad es una nueva
solidaridad social que puede tener un impacto muy
fuerte en los territorios y recursos naturales. Pueden
producirse enfrentamientos pero en las rupturas
también existen continuidades. Por ello, es impor-
tante que estos conflictos sean manejados dentro
de un marco pacífico y democrático.
Pasar de la interculturalidad a la plurinacionalidad
es un salto muy largo pero también en esto se da
una continuidad. La actual Constitución Política del
Ecuador establece las circunscripciones indígenas
pero lamentablemente no fueron reglamentadas.
Cuando me insisten en el riesgo de que la plurina-
cionalidad pudiera resquebrajar la unidad nacional,
me pregunto, ¿dónde están las pruebas, los resul-
tados de estos fenómenos? Por el contrario, los
agronegocios y grandes latifundistas de Santa Cruz
de la Sierra en Bolivia que plantean el separatismo,
ellos sí constituyen un grave peligro para la unidad
del Estado. Por tanto, la desintegración no viene de
los pueblos indígenas.
El objetivo de la plurinacionalidad no es solamente
la idea del consenso sino del reconocimiento de las
diferencias, de otra forma de cooperación nacional
con unidad en la diversidad. Es un acto de justicia
histórica que no puede ser resuelto como un tema
LOS PUEBLOS INDíGENAS RECLAMAN
PARTICIPACIóN EN LOS PROCESOS DE DECISIóN
NO PARA ADUEñARSE DE LOS RECURSOS
NATURALES SINO PARA DEVELAR
OTRO TIPO DE SOLIDARIDAD NACIONAL.
de geometría de la democracia representativa. ¿Cuál
es el porcentaje de indígenas en Ecuador, 30, 20, 7
mil personas? Cuanto más pequeña es la cantidad
demuestra el nivel de exterminio y, por tanto, la plu-
rinacionalidad tiene que ser más profunda. Un reto
para la institucionalidad es compatibilizar la igual-
dad con la diferencia. Es difícil pero no imposible.
Los pueblos indígenas son los defensores de la
soberanía nacional en el actual periodo del neoli-
beralismo, en el que Estados Unidos, a través de la
diplomacia y la estrategia militar han garantizado
por años a sus multinacionales el libre acceso a
los recursos naturales. Son para estos sectores
que los pueblos indígenas constituyen una ame-
naza por sus concepciones de territorio, cosmo-
visiones y la propuesta de la plurinacionalidad.
La arrogancia imperial no tiene límites al incluir
los territorios indígenas y los recursos naturales
como parte de su estrategia de seguridad nacio-
nal. Por ello, es importante analizar estos prin-
cipios en Ecuador y Bolivia como procesos más
amplios que deben enfrentar grandes desafíos.
Varios son los retos que tiene el movimiento indí-
gena, tales como el de articular identidad cultural
con interculturalidad igualitaria, formas propias de
gobierno con participación política en parlamentos,
instituciones y otras formas organizativas que no
sean indígenas, sin perder su integridad, autono-
mía y la característica propia de pueblos indígenas.
Otro, superar las divisiones internas, que de hecho
existen, y analizar profundamente los errores come-
tidos en el pasado reciente. Transformar las energías
milenarias en conquistas políticas. La gente no pue-
de continuar siendo humillada. Este proceso consti-
tucional puede tener retrocesos pero es irreversible.
La idea de la plurinacionalidad se traduce en una
nueva institucionalidad, el concepto que nos pro-
pone es el de una asimetría constitucional. Las
diferencias exigen instituciones apropiadas, y las
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos99
[ Boaventura de Sousa Santos ]
Junio
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Junio
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008convergencias exigen instituciones compartidas
como la democracia representativa que permite la
votación electoral. Por tanto, tiene que haber com-
patibilización entre éstas y las formas propias de
autogobierno indígena.
El pluralismo jurídico es otra área que exige el reco-
nocimiento de la jurisdicción como una institución
con derecho propio, autónomo, que existe y coexiste
con el derecho nacional. Las incompatibilidades se
pueden resolver siempre y cuando los pueblos indí-
genas se sienten en la misma mesa de negociaciones
y toma de decisiones para crear instituciones apro-
piadas o compatibles, como por ejemplo el Tribunal
Constitucional Plurinacional propuesto en Bolivia.
Ciertamente que no es fácil articular las viejas for-
mas con la nueva institucionalidad de culturas, terri-
torios, lenguas, cosmovisiones, pero es plenamente
posible si asumimos que éste es un proceso transi-
cional y, por tanto, un Estado experimental.
La lucha empieza cuando termina la Constitución,
no al revés. En este Estado experimental, la gente
tiene temores y es necesario reconocer esos miedos
para encontrar soluciones. En Bolivia hice una pro-
puesta que lamentablemente no se pudo aplicar,
quizás las condiciones en Ecuador sean diferentes.
Consiste en la generación de un proceso global de
participación popular que permita evaluar al cabo
de cinco años los aspectos positivos, negativos o los
fracasos de la nueva Constitución. Erróneamente se
cree que la Constitución es algo permanente, pero
no es así. Este proceso de experimentalismo puede
disminuir los enfrentamientos, como en el caso de
Bolivia en donde cada vez se agudiza el conflicto.
La nueva territorialidad también implica el manejo
de los recursos naturales, y el miedo de la derecha –e
incluso de sectores progresistas– es que los pueblos
indígenas se apropien del agua y de todos los recursos
naturales. Esto refleja el nivel de racismo existente.
Los pueblos indígenas reclaman participación en
los procesos de decisión no para adueñarse de los
recursos naturales sino para develar otro tipo de
solidaridad nacional, de reparto de los beneficios,
de un manejo distinto que no destruya la tierra o
contamine el agua, de una visión para el conjunto de
la sociedad y no simplemente para ellos. Una con-
cepción que permita vivir bien y no ponga en riesgo
la supervivencia de los pueblos. Esta tarea no es fácil
porque los medios de comunicación están en contra
y el movimiento indígena no ha podido comunicar
bien su visión de país, y tampoco ha logrado tejer
alianzas con fuerzas progresistas e incluso aliados
blancos que son actores importantes en este pro-
ceso. Los ecologistas son uno de ellos porque están
luchando por entender mejor lo que es la Pacha
Mama, una concepción absolutamente evidente
para los indígenas que conciben los recursos natu-
rales como parte de su cosmovisión, de su cultura,
a diferencia de la cultura eurocéntrica que separa la
naturaleza del resto.
El movimiento feminista es otro potencial aliado
que ha colocado la lucha de la mujer indígena contra
el sexismo indígena en la sociedad blanca. Por tanto,
es una alianza que se puede ampliar.
Finalmente, Ecuador está en condiciones muy favo-
rables para crear avances importantes en un marco
de profundización democrática. Los ojos del mundo,
y particularmente del continente, están puestos en
él. Es una oportunidad histórica que no puede des-
perdiciar.
PASAR DE LA INTERCULTURALIDAD
A LA PLURINACIONALIDAD ES UN SALTO
MUy LARGO PERO TAMBIéN EN ESTO
SE DA UNA CONTINUIDAD.
Luis Macasentrevista con
Ex presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador
(Conaie), y ex ministro de Agricultura de Ecuador .
e&P: ¿nos puedes contar por qué hay una Asamblea Constituyente en Ecuador?
lm: es una propuesta del movimiento indígena desde
1990, cuando hubo el levantamiento, una movilización
nacional con alrededor de medio millón o seiscientos
mil gentes, en las carreteras, en las plazas. Nuestra
primera intención era hacernos visibles en la sociedad
y ante el Estado, porque cinco años atrás habían
divulgado una estadística dirigida a la evaluación
del sistema de educación intercultural bilingüe que
habíamos arrancado en nuestras comunidades.
Entonces los datos decían que solamente los indígenas
estábamos presentes en cinco provincias y en el resto
ya no existíamos. Según ellos, por ejemplo, en mi
propia provincia, en Loja, no había indígenas, y en la
provincia del Azuay tampoco. Esa era una forma de
ocultar lo que pasaba en nuestro país.
En cuanto a la cuestión de la tierra, tras la llamada
reforma agraria de 1964, y luego tras la reforma de
1973 las cosas no se habían resuelto, sino más bien se
habían agravado. Se produjeron luchas locales, puedo
enumerar Guamote en la provincia de Chimborazo;
Cayambe en la provincia de Pichincha, cerca de Quito;
Quigua en la provincia de Cotopaxi; fueron luchas
que movieron cielo y tierra desde las provincias, y
ello afectaba a los gobiernos de turno. Pensaban que
había que aplastarnos y la forma era decir que no
había indios. Cuando se entregaron algunas tierras,
la mayoría no eran tierras buenas, cultivables, sino
que se entregaron lo que se llama allá los huasipungos,
lo que el mismo hacendado entregaba al indio que
trabajaba para él, no para que fuera propietario de
la tierra, sino como un agregado, que cultivaba una
parcela para tener algo de comer, y trabajaba para el
hacendado. Entregaron entonces esos pedacitos de
tierra. Eso nunca resolvió el problema de la tenencia
de la tierra.
La educación bilingüe había empezado como una
experiencia clandestina. Una vieja luchadora, una
Mama nuestra, en 1936 empezó trabajando con la
educación en lengua indígena. y esta experiencia siguió
creciendo poquito a poco. Luego llegó a los Shuar en
la Amazonia. En la década de los setenta, dirigentes y
organizaciones la fortalecieron y esto de que surjan
organizaciones, luchas por la tierra, movilizaciones
locales, querían taparlo todo diciendo que no
existíamos.
Entonces sucede que se dio este levantamiento,
esta gran movilización, y los políticos y los medios de
comunicación dijeron “¿de dónde salieron? ¿Acaso hay
tanto indio en este país?”, porque eran miles y miles
de gentes, empezando por el límite con Colombia,
Carchi, Imabura, Cotopaxi. Era muchedumbre
de gentes, no eran cosas pequeñas. Se tomaron
los estadios, llenaron los estadios. Entonces un
Junio
de 2
008
propósito era que nos vieran, que ahí estábamos,
que la discriminación no nos dejaba ver y había que
terminar la invisibilidad.
Además, como habíamos entendido lo que es el
Estado, dijimos que no estábamos de acuerdo con
ese Estado y queríamos una asamblea constituyente,
no pedíamos nada más. No fuimos a pedir que
nos dieran herramientitas, no. Hemos planteado
al presidente de ese entonces, Rodrigo Borja, la
constituyente. Me acuerdo que el ministro de
Gobierno de entonces, que ahora está prófugo por
corrupción, nos preguntó ¿asamblea constituyente?
¿Ustedes entienden qué quiere decir asamblea
constituyente? Porque así nos tratan, como gente
que no supiéramos absolutamente nada. Nosotros
le contestamos “lo que queremos es acabar con este
Estado”. y tomaron el término exactamente y algunos
dijeron “qué les pasa, ustedes vienen a subvertir el
orden”. El ministro dijo “les entiendo, pero la gente no
les va entender, ojalá les entiendan dentro de treinta
o cuarenta años y entonces podrán lograr algo”. y
parece cierto, pero fue un poco antes.
ésta se convirtió en una lucha de los trabajadores,
de los campesinos, de los pobladores urbanos por la
asamblea constituyente. Porque lo que se logró es
consensuar con la base de la sociedad durante estos
tiempos, obviamente no con los políticos, sino con
las alianzas de base que hemos ido estableciendo. Se
entendió y ha sido claro que la insistencia del pueblo
ha sido “asamblea constituyente”.
En 1998 se dio una asamblea constituyente pero
abortada porque, si bien es cierto nos reconocieron
algunos derechos como la propiedad colectiva y las
circunscripciones territoriales, nos goliaron cuando
dijeron que se privatizaría el agua y se dijo que la
forma de hacer reforma agraria era expandir
la frontera agrícola hacia los páramos y la
selva. y luego se atrevieron a decir que habían
consensuado con los indígenas que no había
reforma agraria.
Quiero decir que la constituyente es una
lucha de todos los sectores populares de
nuestro país, que si bien es cierto fue puesta
en la mesa del debate por el movimiento
indígena, ahora es un sentir popular.
Creo que el punto fundamental de
la constituyente ha estado en nuestra
agenda siempre, cuando se dio la
fracasada alianza con Lucio Gutiérrez
era un punto básico, pero él nunca la
convocó. En el primer viaje que fue a Sold
epaz
Luis Macasentrevista con
Estados Unidos se entregó, se declaró aliado de Bush y
ahí se terminó la alianza.
El presidente Correa sí fue lo suficientemente
inteligente para interpretar y catalizar todo esto, y
no sólo la asamblea sino otros postulados. En toda su
campaña electoral dijo que la asamblea constituyente
era el objetivo y uno de los primeros puntos de su
agenda. y a los dos meses de gobierno la convocó,
primero con una consulta popular que ganó con
una votación abrumadora, el 82% respondió que sí
queríamos la asamblea.
Al instalarse la asamblea constituyente se generó una
expectativa muy grande. La gente está esperando
los cambios y está siguiendo a través de los medios
de comunicación qué temas se van discutiendo. Hay
una preocupación; lo que nos preocupa es que el
gobierno aunque tiene 80 asambleístas, no son un
grupo homogéneo, políticamente hablando, sino un
grupo muy heterogéneo. Hace pocas semanas fui a
la asamblea con Boaventura de Souza, que nos visitó,
y pude constatar que hay asambleístas de la propia
coalición de gobierno que no están de acuerdo con
los cambios ni con el reconocimiento de los derechos
de las nacionalidades indígenas.
e&P: ¿los indígenas tienen una propuesta?
lm: tenemos una propuesta de constitución
elaborada. Un proyecto completo e integral. No
simplemente una constitución para los pueblos
indígenas, sino una constitución para todo el Ecuador,
legislando sobre los derechos fundamentales, el tema
ambiental, la economía. La propuesta está ahí pero
tenemos temor de que se pueda lograr apenas un 10
o 15 por ciento.
e&P: una de las luchas importantes de la Conaie ha sido frente a las compañías petroleras y mineras. ¿Qué cambios ha habido o puede en Ecuador haber con respecto a este tema?
lm: justamente es otro punto crítico. Las concesiones
y los contratos hechos con las compañías petroleras
extranjeras en los gobiernos anteriores no han
variado; siguen los mismos contratos y concesiones
y siguen las transnacionales como si nada. No ha
habido nada por parte del gobierno para cuestionar,
por ejemplo, la participación del 80 por ciento que
se llevan las compañías, mientras que sólo el 20 por
ciento queda para la parte nacional, algo totalmente
inequitativo, totalmente injusto. Además, la política
de explotación no ha variado, esa vieja forma sigue
presente: una política de explotación depredadora,
extraccionista. Ese es el punto de crisis en nuestras
relaciones con el gobierno.
e&P: la declaración de derechos de los pueblos indígenas aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre pasado dice que se debe obtener el consentimiento previo informado del respectivo pueblo indígena para adelantar una explotación petrolera en un territorio indígena ¿se cumple ya esto en Ecuador?
lm: desde antes el Convenio 169 de la OIT exigía una
consulta previa, pero eso está escrito en el papel y no
ha pasado de ahí. Ninguno de los pueblos afectado
por la explotación petrolera ha sido consultado, y
ninguna de las concesiones ha cumplido con este
requisito, que es fundamental, no ha habido consulta
previa jamás, ni para las concesiones petroleras, ni
para las concesiones mineras, y este es un asunto que
en el país va a reventar y es uno de los problemas que
podría enfrentar el presidente Correa.
El 95 por ciento de las áreas concesionadas son
territorios indígenas. No quiero ser pesimista, pero si
las cosas siguen como están, yo creo que la gente se
va a levantar.
Estas son las señales de que las cosas en nuestro
país lastimosamente no han cambiado aún. No han
cambiado para nada.
Otra de las propuestas que está en nuestro proyecto
de Constitución es dejar de depender del petróleo y
reactivar la producción, especialmente la producción
de alimentos. Porque del petróleo y la minería no
vamos a vivir siempre. Son recursos que se acaban y
Junio
de 2
008
Luis Macasentrevista con
producen daño ambiental. Además, desde antes el
modelo económico produjo un gran desempleo y
muchísima gente se ha ido del país a buscar trabajo
e ingresos. Nos hemos vuelto importadores de
alimentos; hasta la papa ya se importa de Estados
Unidos. Un objetivo fundamental es recuperar la
soberanía alimentaria y para lograrlo hay que hacer
reforma agraria, que no solamente no se ha aplicado,
sino que se ha concentrado la propiedad territorial
en un 9 por ciento de los propietarios, que tienen el
63 por ciento de la tierra cultivable. Eso quiere decir
que hay que resolver un problema estructural e ir a la
reforma agraria, pero tampoco esto se ha dado.
e&P: ustedes lograron parar la firma del TLC, ¿cree que van a lograr cambiar la política petrolera y minera, reactivar la producción y defender la soberanía alimentaria?
lm: seríamos demasiado irresponsables para que
esto no lo pudiéramos hacer en el país. Vamos ha
hacer todo lo posible y vamos a jugarnos el todo por
el todo. Ahora mismo está trabajando un equipo de
gente para responder a quienes nos han dicho que
ese proyecto de constitución se tiene que explicar
en su complejidad. Vamos a ir hasta las últimas
consecuencias, pues si no se incorporan en la
constitución nueva estos cambios fundamentales no
hemos hecho nada. y entonces la gente va a tener que
movilizarse otra vez, no hay duda.
e&P: ¿qué opinan ustedes de la situación que vivimos en Colombia y del Plan Colombia?
lm: siempre hemos estado en una posición única:
ese no es un diseño de los colombianos, sino un
diseño que viene del Norte, que tiene un aliado en
el gobierno de Colombia, pero que no es un diseño
para Colombia, sino un diseño regional. Creo que
ahí se está jugando esa política que siempre ha
jugado Estados Unidos para un área, una geopolítica
en términos regionales. Por eso hemos dicho
desde mucho antes de los acontecimientos críticos
que recientemente han pasado: no queremos
involucrarnos en estos problemas. No es nada
conveniente ni aconsejable que el Ecuador esté
secundando estas cosas. Pero sucedió que el
entonces presidente Mahuad, sin siquiera pedir
consentimiento al Congreso, consintió y firmó el
acuerdo para establecer la base de Manta y ahí están
los gringos norteamericanos. Hemos rechazado esta
política de los gobiernos anteriores.
Además, hay documentos públicos en que
le hemos dicho al presidente Correa que hay que
reclamar indemnización para las poblaciones del
norte, para la gente que se está muriendo de cáncer
o que tiene enfermedades, para la gente que se
está muriendo de hambre porque le destruyeron
los sembrados de alimentos por las fumigaciones
aéreas con glifosato. Pero el presidente Correa dijo
que iba a hacer que pidan las disculpas y con eso
bastaba. Ahora hay una guerra verbal terrible, pero
yo sí creo que somos los pueblos los que pagamos
los platos rotos en toda la frontera, por ejemplo el
pueblo Awá, cuyo territorio está a ambos lados de la
frontera, estamos sufriendo los impactos; en Carchi,
en Sucumbiós, que son pueblos indígenas y también
colonos.
La crisis ha llegado por no ser más frontal el
gobierno ecuatoriano contra el Plan Colombia; por
no decir y hacer todo lo que tiene que decir y hacer,
y mantener una doblez, ahora nos cayeron con ese
bombardeo dentro del territorio ecuatoriano, porque
antes no se actuó de acuerdo con las exigencias de la
población asentada en la frontera. Se sabía que hay
que exigir que se indemnice a esa población, pero no
se había hecho esta exigencia antes.
Mientras dure el conflicto interno de Colombia
habrá problemas en la frontera. No se trata de poner
allí más militares sino de fortalecer las fronteras vivas
que son las comunidades, que están abandonadas
desde hace mucho.
Siendo un problema regional, hay que ver las
intenciones de desbaratar todo el aire nuevo que
hay en América Latina, quieren que esa euforia del
pueblo por vivir una época de transición y de cambios
en la región, sea desmantelada a través del gobierno
colombiano, pero eso viene de arriba, del norte que
ha armado esto.
Entrevistó Héctor Mondragón, Cecoin, para Etnias & Política, en abril de 2008.
Autonomías indígenas y comunalidad:
debates y propuestas para el estudio y la praxis de las autonomías en el estado de oaxaca
introducciónEl estado de Oaxaca está ubicado en la parte sureste del país, colinda al norte
con Veracruz y Puebla, al sur con el Pacífico, al oeste con Guerrero y al este
con Chiapas, con una variedad impresionante de
climas, recursos, flora y fauna. Oaxaca es atrave-
sada por la Sierra Madre Oriental y por la Sierra
Madre del Sur. En Oaxaca se desarrollan 15
grupos etnolingüísticos1 reconocidos oficial-
mente: amuzgos, mixtecos, ixcatecos,
chochos, triquis, chatinos, nahuas,
chontales, zapotecos, cuicatecos,
mazatecos, chinantecos, huaves,
zoques y mixes. Algunos de ellos
son minoritarios, no rebasan los
indÍ
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[1] Sin embargo, existe una gran diversidad que supera los 15 grupos reconocidos; tan solo para el caso de los zapotecos se reconoce una gran variedad tanto lingüística como cultural.
Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.
Junio
de 2
00810.000 habitantes; otros, como los zapotecos, los
mixtecos o los mazatecos superan los 100.000. El
total de la población indígena según estimaciones
del Instituto Nacional de Estadística, Geografía
e Informática (Inegi) en el Censo del 2000, es de
1’684.426 indígenas, de una población total de
3’438.765 para el 2000.2 Administrativamente el
estado cuenta con 570 municipios.
El estado de Oaxaca es uno de los más pobres del
país, junto con los estados de Guerrero y Chiapas,
en los cuales además se presenta un grado alto
de población indígena. Tan solo para el caso de
Oaxaca se reconoce que el 94,9% de los muni-
cipios considerados como indígenas viven bajo
condiciones de marginalidad muy alta, alta o
media, condición que comparte con los estados
antes mencionados.
Bajo esta lógica, este estado tan complejo ha
adoptado como una de las formas concretas de
autodeterminación la demanda de autonomía,
demanda que además se visualiza como una
forma ancestral y propia de organización, sin la
cual no se entendería la amplia resistencia que
los pueblos han mostrado a lo largo de cientos
de años. Se señala a lo largo y ancho de estas
comunidades que no existen términos propios o
en lenguas locales para referirse a este concepto,
sin embargo, la coincidencia se presenta en este
punto: las autonomías de facto, las cuales se vi-
ven y se practican en pueblos y comunidades en
convivencia no equitativa con formas nacionales.
Este camino ha llevado a pueblos y comunidades
a transitar por un sin fin de acontecimientos
[2] Indicadores socioeconómicos de los pueblos indígenas de México, 2002. Según datos de INI-Conapo e Inegi.
en los cuales la voz y el pensamiento indígena
han quedado plasmados, tal es el caso del movi-
miento amplio desarrollado durante el 2006 y
2007, cuya demanda principal giró en torno a la
destitución del gobernador de este estado Ulises
Ruiz, y dio pie a la conformación de la Asamblea
Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO),3 que si
bien cayó en varios vicios políticos y una sofoca-
ción violenta, es reflejo del poder de esta palabra
y de estas visiones que se desarrollan constante-
mente en pueblos y comunidades indígenas de
este estado.
En este sentido, este trabajo pretende mostrar
una serie de debates que se desarrollan en estos
pueblos, así como una interpretación desde una
visión antropológica, teniendo como eje la de-
manda actual de autonomía.
Antecedentes de la demanda de autonomía en el estado de oaxacaLas autonomías indígenas en México, como una
de las tendencias de la libre determinación, son
relativamente una nueva estrategia política de
pueblos y comunidades indígenas frente a los
Estados-nación en los cuales se desarrollan, y
han sido abordadas desde el ámbito intelectual
y político desde diversas posturas. Estos debates
se han dado con un constante enriquecimiento
y debate desde diversas experiencias a lo largo de
varios pueblos y comunidades indígenas. Para el
caso de América Latina esta demanda ha sido de
[3] Para mayor información consultar las páginas: http://mexico.indymedia.org/Oaxaca, http://www.oaxacalibre.org/oaxlibre/index.php y http://maldeojotv.net/
isis contrerasAntropóloga, Universidad Autónoma Metropolitana.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos106
[ Autonomías indígenas y comunalidad ]
etniA
S &
PoLÍt
icA igual forma un camino transitado, con un recorrido
importante en países como Bolivia, Brasil, Nicaragua
y Ecuador.
Estas demandas, para el caso de México, se encuen-
tran mayormente ancladas en debates y en proble-
máticas incluso violentas, a pesar de la existencia de
un ámbito en el cual se están desarrollando de facto.
En este sentido, en México, las autonomías conti-
núan siendo un reto en el marco del reconocimiento
jurídico abogando por reconocer lo que de hecho
existe. Pero esta problemática es aún más compleja,
puesto que tales demandas, a pesar de ser legiti-
madas política y jurídicamente en espacios amplios
como el estatal para el caso de Oaxaca, continúan
siendo paradójicamente violentadas.
Dentro del panorama nacional son los estados de
Guerrero, Oaxaca y Chiapas con mayor presen-
cia de población indígena, en donde se observan
condiciones e índices más altos de pobreza a nivel
nacional.4 De igual forma, llama la atención que es
precisamente en estos estados que ha florecido y se
ha impulsado de manera importante la práctica de
las autonomías, en ese sentido se visualiza a estas
como una estrategia de sobrevivencia y reproduc-
ción frente a los Estados-nación5 en los cuales se
desenvuelven.
Un recuento breve del camino de las autonomías
lleva a plantearlas dentro de un marco histórico de
resistencias, luchas o rebeliones, en una serie de
movilizaciones tan antiguas como la historia de las
[4] Más adelante presento datos estadísticos al respecto, sin embargo, estos análisis estadísticos dejan fuera otros elementos como lo han demandado pueblos y comunidades indígenas, por ejemplo, valores humanos, o conocimientos ancestrales, visualizados como una riqueza humana.
[5] La nación es una comunidad humana estable, surgida históricamente como la forma de establecer hegemonía burguesa; esto es, su predominio político, económico, social y cultural sobre un territorio que reclama como el ámbito de su producción y como su mercado interior de mercancías y fuerza de trabajo; estableciendo así mismo, una imposición lingüística y cultural sobre poblaciones generalmente heterogéneas en su composición étnico-nacional (Castellanos y Rivas, 1992).A
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editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos107
[ Isis Contreras ]
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008
Junio
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008movilizaciones étnicas frente a los “otros” coloniza-
dores, e incluso a las disputas precoloniales en que
se encontraban los diversos grupos en el estado de
Oaxaca. Posteriormente, estas pugnas continuarán
con el establecimiento de la figura del estado y de
la conformación de pequeños poblados que darán
origen al municipio.
Así por ejemplo, para el caso de la Mixteca oaxaque-
ña Francisco Barcenas, originario de esta región, de-
sarrolla esta visión en la cual observa rebeliones de
autonomía remontándose a conflictos entre grupos
mixtecos y grupos mexicas, lo cual después se vivirá
en rebeliones frente a la dominación española, con-
tinuando con rebeliones importantes porque aun
después de la conformación del Estado-nación las
comunidades continuarán bajo una colonización
interna: “Durante el siglo XIX y principios del XX los
pueblos mixtecos sostuvieron diversas rebeliones
en contra de las fuerzas políticas ajenas que trataban
de dominarlos para imponerles sus intereses, con lo
cual violentaban sus derechos históricos, políticos,
económicos y culturales” (Bárcenas, 2007).
La historia de estas rebeliones, con diversas deman-
das y tintes, que se pueden observar en prácticas
cotidianas, marcará la historia de estas reivindica-
ciones, en donde las resistencias además se dan en
todos los ámbitos de la vida social y cultural. Pos-
teriormente, ya durante el siglo XX, emanarán
movimientos amplios en donde la condicionante
no será la etnicidad, sino un movimiento amplio: el
campesino, que durante las décadas de los sesenta
y setenta será el sujeto político que reivindicará
demandas propias del sector agrícola en el sentido
marxista como clase social y clase explotada, es de-
cir, como proletariado agrícola; esta visión, y el auge
de otros movimientos como el estudiantil, llevan a
visualizar la importancia de alianzas entre “los secto-
res oprimidos”; bajo estas lógicas se da, por ejemplo,
la conformación de la Coalición Obrero Campesino
Estudiantil de Oaxaca y la Coalición Obrera Campe-
sino Estudiantil del Istmo (Cocei).
Posteriormente, el movimiento campesino dará
paso al movimiento etnopolítico, en donde se co-
mienzan a visualizar ciertas especificidades de este
sector:
Después del movimiento campesino, en los se-
tenta comenzaron a formarse organizaciones
que englobaron sus demandas en un discurso
de reivindicación étnica. Esas organizaciones
ya no se orientaron solamente a la defensa y a
la lucha por la tierra, sino que delinearon estra-
tegias vinculadas a la lucha por el poder local y
en contra de cacicazgos, por la apropiación del
proceso productivo, por la defensa cultural, de
procuración de justicia y derechos humanos,
así como de revaloración de las instituciones
políticas tradicionales, posteriormente con-
quistada en el marco del derecho internacional
(Sánchez, 1999).
Pero será hasta la década de los ochenta cuando en
Oaxaca el movimiento étnico-político acrecentará
su fuerza y sus demandas como grupo:
Las primeras organizaciones etnopolíticas
en Oaxaca se constituyeron a principios de la
década de los ochenta. Estas organizaciones
surgieron como resultado del trabajo organi-
zativo y pastoral de varios sectores, como el
magisterio y la Iglesia católica, así como de la
experiencia de lucha campesina de la década
DUN RECUENTO BREVE DEL CAMINO
DE LAS AUTONOMíAS LLEVA A PLANTEARLAS
DENTRO DE UN MARCO HISTóRICO
DE RESISTENCIAS.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos108
[ Autonomías indígenas y comunalidad ]
etniA
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PoLÍt
icA anterior … son dos las principales condiciones
que confluyeron para dar vida a estas organiza-
ciones regionales con demandas y propuestas
claramente étnicas: la lucha local contra caci-
quismo y explotación, y el surgimiento de inte-
lectuales indios (Maldonado, 2003, p. 17).
Es a través de estas organizaciones que la demanda
de autodeterminación comienza a aparecer en el
espacio público y privado, principalmente entre la
Organización de Defensa de Recursos Naturales y
Desarrollo Social de la Sierra Juárez A C (Odrenasij),
el Comité de Defensa de los Recursos Naturales y
Humanos Mixes (Codremi), y el Comité Organiza-
dor y de Consulta para la Unión de los Pueblos de la
Sierra Norte de Oaxaca (Codeco), como demanda y
como una condición antigua de pueblos y comuni-
dades: “la libertad o autodeterminación comunitaria
era entendida como herencia ancestral, tradicional,
que era necesario no conquistar, sino conservar y
defender frente a las amenazas externas y el sistema
de poder opresivo nacional” (Sánchez,1999).
En este sentido se comienza a vislumbrar la con-
dición comunitaria de las demandas de autode-
terminación, que darán pie a la comunalidad y a la
reivindicación de una autonomía comunitaria.6
Así, las nuevas dinámicas del movimiento étnico
en este Estado se encontrarán con la organización y
rebelión de grupos indígenas del estado vecino de
Chiapas, que bajo condiciones semejantes de mar-
ginación, exclusión, pobreza, cacicazgo, entre otras,
[6] Para el caso de los mixes o ayuujk, este comunitarismo y la demanda por una autodeterminación comunitaria se verán fuertemente influidos por la historia caciquil que privó hasta esta década de los ochenta con una fuerte violencia y sojuzgamiento de todas las comunidades mixes a una sola, la comunidad de Zacatepec en manos de una sola persona, el cacique Luis Rodríguez, en donde posteriormente se instalaría el Distrito Mixe.
darán fuerza al movimiento étnico en el estado de
Oaxaca, que poco tiempo después, al igual que el
movimiento Neo-Zapatista del Ejército Zapatista de
Liberación Nacional (EZLN), hará suya la reivindica-
ción de autonomía.
derecho indígena y constitución de 1995En esta investigación el concepto de campo es útil
para la comprensión de las luchas de poder, las di-
námicas de las autonomías en el marco de campos y
arenas en donde unos y otros echan a andar estrate-
gias por el control. Para el caso de Oaxaca, y tras el sur-
gimiento de la demanda de autonomía, comienzan a
generarse procesos encaminados a conseguir este fin.
Así, el ámbito jurídico será el campo en el cual los in-
telectuales indígenas tendrán avances importantes.
En este sentido, el derecho indígena se ha regido
como “un conjunto de arenas de disputa en las que
confluyen diversos aspectos culturales como lo
político, lo cultural, lo social y lo económico, y es un
punto de partida para comprender las dinámicas
internas de las comunidades indígenas y su relación
con el Estado mexicano” (Cruz, 2007, p. 23).
De esta manera, el estado de Oaxaca se erige como
el estado con mayores avances en materia de legis-
lación indígena, y la más sobresaliente corresponde
a la de 1998 con la modificación del artículo 16 de la
Constitución de este estado, en donde formalmente
se reconoce el derecho de los pueblos y las comuni-
dades a regirse por sus usos y costumbres, además
de reconocerse la capacidad de autonomía:
El derecho a la libre determinación de los pue-
blos y comunidades indígenas se expresa como
autonomía, en tanto partes integrantes del es-
tado de Oaxaca, en el marco del orden jurídico;
por tanto dichos pueblos y comunidades tie-
nen personalidad jurídica de derecho público y
gozan de derechos sociales.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos109
[ Isis Contreras ]
Junio
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008
Junio
de 2
008Así mismo, el estado reconoce a los pueblos
y comunidades indígenas sus formas de or-
ganización social, política y de gobierno, sus
sistemas normativos internos, la jurisdicción
que tendrán en sus territorios, su participación
en el quehacer educativo y en los planes y pro-
gramas de desarrollo, sus formas de expresión
religiosa y artística, la protección de las mismas
y de su acervo cultural y en general para todos
sus elementos que configuran su identidad.
En la Ley Indígena de este estado, promulgada el mis-
mo año, además se reconocen las autoridades locales
y los usos y costumbres como un sistema válido para
impartir justicia, en el artículo 29 se menciona: “el
Estado de Oaxaca reconoce la validez de las normas
internas de los pueblos y comunidades indígenas …
siempre y cuando no contravengan la Constitución
política del estado, las leyes estatales vigentes, ni vul-
neren derechos humanos ni de terceros”.
Sin embargo, y a pesar de estos logros, el sistema
Oaxaqueño y las comunidades enfrentan toda una
serie de contradicciones en la aplicación y uso de
estas normas, además de una serie de irregularida-
des importantes en materia de violación de dere-
chos humanos y de la autonomía reconocida de los
pueblos indígenas. En este sentido, Kraemer (2008)
reconoce el valor simbólico de estas propuestas, au-
nadas a una serie de modificaciones en materia de
educación intercultural e indígena que desarrollaré
más adelante, sin embargo, aboga por reparar en
el carácter de sistemas en conflicto, en cuanto a la
relación del derecho universal o constitucional y el
derecho indígena o consuetudinario, en este sentido
observa que en realidad no se da una articulación
entre ambos sistemas, como se proponía , ya que
“una auténtica articulación supone que los sistemas
en contacto se enriquecen y fortalecen mutuamen-
te”, sino que más bien “lo que prevalece es un fun-
cionamiento paralelo de sistemas distintos y el uso
estratégico de las alternativas abiertas”.
En este nivel la influencia del EZLN con la propuesta
de los Acuerdos de San Andrés, en donde se da la
aparente negociación entre el gobierno federal y
este movimiento Indígena, y la posterior negación
y rechazo de esta por parte del mismo gobierno
federal, llevará a varias organizaciones indígenas del
estado de Oaxaca a replantear los niveles y alcances
mediante este nivel jurídico:
Indy
med
ia
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos110
[ Autonomías indígenas y comunalidad ]
etniA
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icA Con la ausencia de mecanismos constituciona-
les que hagan posible la libre determinación y
la autonomía, los derechos indígenas estarán
quedando prácticamente mutilados. Con el
desconocimiento constitucional de la comu-
nidad y del municipio indígena, así como de las
posibilidades de asociación de los mismos –tal
como lo plantea la iniciativa de la Cocopa– la
reconstitución el desarrollo de los pueblos
indígenas, seguirá estando solo en discursos,
pero no en el terreno de la construcción prác-
tica” (Resoluciones del Foro estatal Indígena
de Oaxaca, mayo del 2001, documento pre-
sentado ante la LVII legislatura del estado de
Oaxaca).
Después de este recorrido el panorama de pugnas
dentro de este campo continúa siendo una arena
importante de disputa, ya que la “reivindicación del
derecho indígena y reforma constitucional y legal del
estado (es)… uno de los ejes en los cuales se concen-
tra actualmente la tensión de la relación entre los
pueblos indígenas y los estados” (Iturralde, 1997).
Dentro del ámbito de estas disputas del derecho, en
el plano internacional también se han marcado ten-
siones y contradicciones:
uno de los preceptos más importantes que
establece el Convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) –y del cual
México es firmante– es el reconocimiento
de que las sociedades indígenas constituyen
“pueblos”, es decir, colectividades que poseen
su propia especificidad histórica y cultural [sin
embargo]… inconformó a los pueblos indíge-
nas: reconoció las nociones de “autodetermi-
nación externa” y “autodeterminación interna”
(reconociendo a las comunidades indígenas
como pueblos pero) solo reconoce a aquellas
su derecho a la autodeterminación interna
(Hernández, 2006).
Visión comunalista de las autonomíasLa propuesta oaxaqueña en torno a las autonomías
se ha desarrollado principalmente a través de la
visión comunalista de las mismas, visión que nace
y se genera desde la realidad oaxaqueña en donde
coexisten 570 pueblos constituidos jurídicamente
desde el estado en municipios, integrado por 9.826
comunidades, dentro de las cuales conviven 15 gru-
pos etnolingüísticos reconocidos y afromestizos de
la costa oaxaqueña.
Esta visión comunalista surge dentro de la visión
antropológica de indígenas mixes y zapotecos, en un
intento de entablar un diálogo entre la antropología,
la praxis política y la visión emic o desde adentro. Sien-
do el comunalismo una forma de entender el colec-
tivismo que se vive y práctica en las comunidades de
Oaxaca. “Tal es en síntesis la idea de la comunalidad:
cuatro elementos centrales (territorio, trabajo, poder
y fiesta comunales)7 que son atravesados por los
demás elementos de la cultura (lengua, cosmovisión,
religiosidad, conocimientos, tecnologías, etcétera) en
un proceso cíclico permanente” (Maldonado, 2003).
Para Floriberto Díaz ayuujk8 de Tlahuitoltepec el
debate de las autonomías parten de la vida en co-
munidad:
…no se entiende una comunidad indígena so-
lamente como un conjunto de casas con per-
sonas, sino de personas con historia, pasada,
[7] Básicamente, estos cuatro elementos son los que visualizaran y plasmaran los ideólogos de la comunalidad, como propios de las comunidades oaxaqueñas. Los principales teóricos de esta postura son: Juan José Rendón, Floriberto Díaz, Benjamín Maldonado, Joel Aquino, Jaime Luna, Adelfo Regino y Gustavo Esteva.
[8] Autoadscripción del grupo mixe, con ciertas variaciones dependiendo de la variante lingüística.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos111
[ Isis Contreras ]
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Junio
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008presente y futura, que no sólo se pueden definir
concretamente, físicamente, sino también espi-
ritualmente en relación con la naturaleza toda.
Pero lo que podemos apreciar de la comunidad,
es lo más visible, lo tangible, lo fenoménico. En
una comunidad9 se establece una serie de rela-
ciones, primero entre la gente y el espacio, y en
segundo término, entre las personas. Para estas
relaciones existen reglas, interpretadas a partir
de la propia naturaleza y definidas con las expe-
riencias de las generaciones (Díaz, 2004).
Floriberto Díaz observa la relación complementaria
e indisociable del pueblo y del territorio:
En la variante tlahuitoltepecana de ayuujk,
la comunidad se describe como algo físico,
aparentemente, con las palabras de näjx, käjp
(näjx: tierra; käjp: pueblo). Interpretando, näjx
hace posible la existencia de käjp pero käjp le
da sentido a näjx (Díaz, 2004).
Para Maldonado, la comunalidad se presenta como
parte indisociable de la resistencia india:10
[9] Para Juan José Rendón, comunalista zapoteco, la comunidad india como la denomina, “es un núcleo que subsiste con base en el cultivo de la milpa, se organiza y resiste apoyado en un modo de vida comunal y se mantiene unido a través de una red de relaciones de parentesco y con una identidad que gira en torno a símbolos culturales y el conocimiento más o menos objetivo, de la historia y del territorio, base de su asentamiento” (Rendón, 2003).
[10] Miguel Bartolomé desarrolla el concepto de “cultura de resistencia”, para referirse no a la resistencia cultural sino a “El mantenimiento durante siglos de lenguas, tradiciones y específicos procesos de producción de significados, aún en el marco de las compulsiones coloniales sugiere la presencia de lo que podríamos denominar, un espacio interior de las sociedades colonizadas. Espacio que han tratado de mantener al margen de la presencia del dominador y dentro del cual se reproducen tradiciones milenarias … No se trata de una sufrida adaptación pasiva, sino de una lucha activa
Si la comunidad es la esencia del ser indio y los
indios han seguido siéndolo porque han resis-
tido a la dominación, entonces la comunalidad
es también el cimiento de la resistencia y por
tanto la incubadora de la liberación (Maldona-
do, 2003).
Así, las autonomías planteadas desde una visión
de resistencia, en el marco del ámbito territorio-
naturaleza, lleva a esta propuesta a plantear una
autonomía comunitaria:
autonomía significa el derecho a conservar,
desarrollar y defender la posesión comunal de
nuestras tierras…; el derecho a organizarnos de
acuerdo a nuestra propia decisión comunitaria,
tanto a nivel local, como a nivel regional y más
allá de nuestras regiones…11 (Díaz, 2003).
Las críticas más fuertes ante esta visión comunitaria
han girado en torno a encerrar a las comunidades
en sí mismas, es decir, dentro de un comunitarismo
cerrado, sin embargo, varios ideólogos de esta pos-
tura aseguran que esta visión prevé fortalecer desde
las comunidades estos procesos para enmarcarlos
en ámbitos más amplios; así por ejemplo, esto se
–a veces silenciosa y cotidiana–. Desarrollada durante siglos, y que pretende lograr la conservación de matrices culturales e ideológicas consideradas fundamentales para la reproducción de la filiación étnica” (Bartolomé, 1997, p. 80, citado en Maldonado, 2003).
[11] En general Floriberto Díaz visualizaba una autodeterminación en los diversos campos de la vida en comunidad, en este mismo texto continúa preguntándose y preocupándose por la autodeterminación económica, ya que menciona tener sus dudas acerca de ésta, no siendo la misma condición para el resto de los campos. Para Alicia Castellanos el aporte de esta visión de autodeterminación económica será enriquecedora para la comprensión y la puesta en práctica de procesos de autonomía. Plática informal con Alicia Castellanos, marzo del 2005.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos112
[ Autonomías indígenas y comunalidad ]
etniA
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PoLÍt
icA discutía ya a un año del levantamiento zapatista,
en donde pueblos indígenas, campesinos y negros
declaraban:
Autonomía es la capacidad de decidir no solo
sobre nuestro destino, sino también sobre las
cuestiones y acciones más inmediatas y dia-
rias en las comunidades, con una identidad y
conciencia propia, y con la suficiente capacidad
de apertura para comunicarse con los demás
ciudadanos del país y del mundo.12
En este sentido, la comunidad se erige como una
categoría teórica y política, y la comunalidad como
[12] V Foro estatal sobre la realidad indígena, campesina y negra, 1995.
la “ideología que destaca los valores colectivos sobre
los individuales… ” (Medina, 1996).
Algunos datos estadísticos sobre la condición de los grupos indígenas en oaxacaEn el estado de Oaxaca existen 570 municipios, inte-
grados por 9.826 comunidades. Los municipios a su
vez están agrupados dentro de un nivel más amplio:
el distrito, cuyas facultades quedan como jurisdic-
ción territorial y administrativa entre los municipios
y el estado, siendo Oaxaca el único estado en el cual
se da la existencia de esta figura, 30 distritos lo con-
forman y, dentro de estos se desarrollan y conviven
alrededor de 17 diferentes grupos etnolingüísticos
Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos113
[ Isis Contreras ]
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Según los indicadores socioeconómicos de los pue-
blos indígenas de México, del 2002, de la Comisión
Nacional para los Derechos Indígenas (CDI), dentro
del territorio nacional mexicano la población indíge-
na llega a un total de 10’253.627, es decir el 10,5% de
la población total. De los 2.443 municipios de la na-
ción mexicana, 871 presentan en mayor o menor me-
dida población indígena, y de las 199.369 localidades
del país, 17.436 presentan más del 70% de población
indígena. En donde 295 municipios considerados
como indígenas según la representación proporcio-
nal, con alto número de población indígena, presen-
tan un índice muy alto de marginación, es decir, el
33,9% del total de municipios indígenas, aunándose
otros 363 municipios que representan el 46,5% del
total de municipios considerados como indígenas
con alto grado de marginación, es decir, un total de
658 municipios indígenas que viven bajo condiciones
de marginalidad extremas, lo cual representaría un
total del 80,4% de los municipios indígenas, sumán-
dose los que según la CDI viven bajo un índice de
“marginación baja”, 45 municipios, ósea el 5,2%, y los
que viven bajo “muy bajo” índice de miseria, que ven-
drían a ser 81 municipios que representan el 9,3%.
Por lo que tenemos 784 municipios, de los 871, o sea el 94,9% de los municipios considerados como indígenas
viviendo bajo condiciones de marginalidad.
Esto traducido para el estado Oaxaqueño, según
estudios oficiales del gobierno federal a través de
su institución del CDI, en su Informe sobre Desa-
rrollo Humano de los pueblos Indígenas 2006, las
condiciones de marginalidad del estado de Oaxaca
que existen desde tiempos prehispánicos.13 Dichas
divisiones jurídicas datan en muchas ocasiones,
pero no únicamente, de la época colonial, pero estas
no correspondientes en muchas ocasiones al mismo
grupo etnolingüístico.
Dentro de los 95.000 km cuadrados del territorio
de Oaxaca, viven alrededor de 1’518.410 indígenas
de los 10’189.514 calculados a nivel nacional, y
de los 3’506.821 habitantes totales del estado de
Oaxaca, es decir, casi el 50% de la población total
del estado.
También en el estado de Oaxaca 411 de los 570
municipios mantienen la elección por usos y cos-
tumbres, es decir, las autoridades son electas por
sistemas propios de elección de representantes
frente al estado, sin embargo, este sistema convive
con el nacional, acatándose a tiempos y registro de
los mismos (Barabás et ál, 2003).
[13] La historia de los grupos indígenas de Oaxaca se remonta a unos 10.000 años a. C., con la llegada de los primeros grupos nómadas a los valles centrales de Oaxaca. Los indicios más antiguos que documentan la domesticación del maíz en el valle de Oaxaca datan del año 5.000 a. C. y los del frijol, entre 4.000 y 3.000 a. C.; dando así inicio a la transición definitiva entre la vida nómada y seminómada a la sedentaria. Se cree que desde el año 4.000 a. C. comienza el proceso de diversificación lingüística del tronco otomangue, y que hacia 1.500 a. C. se separan nueve familias, cuatro de ellas en Oaxaca: las familias zapotecana, mixtecana, popolocana y chinantecana. A partir de entonces se empiezan a diferenciar, creándose paulatinamente las lenguas asociadas a ellas: zapotecana (zapoteco y chatino), mixtecana (mixteco, cuicateco, amuzgo y triqui), popolocana (mazateco, popoloca, chocho e ixcateco) y chinantecana. También se supone que sucedió algo similar con el tronco mixe-zoqueano, del que se derivan las familias mixeana y zoqueana, formadoras de las lenguas mixe y zoque. Perfil indígena del estado de Oaxaca. Ciesas: http://pacificosur.ciesas.edu.mx/diagnosticoestatal.html.
PARA EL CASO DE OAXACA,
y TRAS EL SURGIMIENTO DE LA DEMANDA
DE AUTONOMíA, COMIENZAN A GENERARSE
PROCESOS ENCAMINADOS
A CONSEGUIR ESTE FIN.
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icA son bastante altas y son similares a las condiciones
presentadas en las entidades en donde se concentra
mayor número de población indígena como son
Chiapas y Guerrero, textualmente el informe ejecu-
tivo se presenta así:
Oaxaca, en donde el desarrollo de la población
indígena es 13,7% inferior al de la no indígena
(0,6677 para indígenas, 0,7733 para no indíge-
nas, 0,7183 para la entidad), y Chiapas son las
dos entidades que de manera individual con-
centran los mayores volúmenes de población
indígena del país y son los que presentan los
niveles de desarrollo humano más bajos para el
conjunto de su población.
En Oaxaca, Guerrero y Chiapas los índices de
alfabetismo continúan siendo inferiores a
0,8. En gran medida debido a ello, estos tres
estados ocupan los últimos lugares en el índice
educativo, alcanzando valores inferiores a 0,8
(en un rango que va de 0,7760 a 0,7414).
…cinco de los once municipios declarados por la
CDI, como de desarrollo humano bajo en Méxi-
co se encuentran en Oaxaca, en los cuales se es-
tima poco más del 98% de población indígena.
Al considerar la ubicación de los municipios con más
bajo desarrollo humano por entidad federativa, ob-
servamos que cincuenta y nueve de estos municipios
se localizan en Oaxaca, veinte en Chiapas, diecisiete
en Puebla, once en Guerrero, nueve en Veracruz, tres
en Chihuahua, y uno en cada uno de los estados de
Hidalgo, Nayarit y San Luis Potosí.
Para concluir esta condición de pobreza y margina-
lidad se encuentra presente no solo para el caso de
Oaxaca o México, pues es una condición que al pare-
cer se extiende con diversas dinámicas y panoramas
dependiendo de la política nacional en la cual se in-
sertan y sus características internas,
Se estima que entre 5.000 y 8.000 pueblos in-
dígenas…, se encuentran oprimidos por algún
Estado-nación etnocrático… la tesis de que a
cada nación corresponde un Estado y que un
Estado es expresión de una sola nación ha lle-
vado a que solo un puñado de 200 Estados se
asuma como representante de 8.000 pueblos
(Olguín, 1998).
Tan solo para el caso de América Latina se calculan al-
rededor de 40 millones de indígenas, los cuales viven
en los Estados-nación latinoamericanos, que “han
desarrollado en su gran mayoría practicas encamina-
das al etnocidio” , es decir, la desaparición de los gru-
pos, tal es el caso de los grupos amazónicos en Brasil
o mayas en Guatemala y México (López, 2002).
De acuerdo con la Primera Encuesta Nacional sobre
Discriminación, realizada por la Secretaría de De-
sarrollo Social y el Consejo Nacional para Prevenir
la Discriminación (mayo 2005), “La democracia
tan sacralizada no puede existir en un país donde
el 34% de los entrevistados expresa, por ejemplo,
que para que los indígenas salgan de la pobreza ‘lo
único que tienen que hacer es no comportarse como
indígenas’”. O donde el 43% opina que “los indígenas
tendrán siempre una limitación social por sus carac-
terísticas raciales”. y menos cuando “un doloroso
40% de mexicanos estarían dispuestos a organizarse
para impedir que un grupo de indígenas se establez-
ca a vivir cerca de su casa” (Rodríguez, 2006).
La Coordinadora Asturiana de Organizaciones No
Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD de
Asturias)14 señalan que existen en el planeta más de
5.000 comunidades indígenas, que siendo apenas el
5% del total de la población mundial, conforman el
10% de la población más empobrecida.
[14] http://www.congdasturias.org
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de la utonomía y el sujeto autónomoHablar de autonomías para el caso de los pueblos y
comunidades indígenas es hablar de un arduo cami-
no por la supervivencia, reproducción y continuidad
de estas dentro de los Estados-nación. El debate de
igual forma se presenta de una manera extendida y
diversificada, y se enmarca desde aquellas posturas
de total rechazo a esta demanda autonómica, hasta
aquellas posturas que bajo una visión alejada de las
múltiples realidades de los diversos grupos étnicos,
pretenden instaurar regímenes de autonomías con-
trapuestos a la idea central de las mismas.
El caso sin duda múltiples veces citado es el de los
zapatistas chiapanecos, quienes a raíz de una serie
Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.
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de demandas que surgen debido a la marginalidad
y violencia extrema en la cual viven, finalmente con-
cretan una demanda por la autonomía, causando
un eco impresionante a lo largo y ancho de pueblos
y comunidades indígenas del país, cuyo proceso irá,
desde la toma de las armas, hasta la actual vivencia y
recreación de formas de gobierno impulsadas en lo
que se ha llamado las Juntas de Buen Gobierno.
Sin embargo, desde sus inicios esta demanda de
autonomía se ha ido redefiniendo, tanto concep-
tualmente como en las prácticas de sistemas auto-
nómicos.
Así, la lucha por las autonomías en un ámbito polí-
tico se plantea como una redefinición del poder y de
las concepciones sobre el mismo, en el ámbito de la
cuestión étnico-nacional. En este sentido retomo al
filósofo latinoamericanista Enrique Dussel, quien
propone dos formas de comprender el poder:
Una afirmativa, que describe en primer lugar
al poder como la expresión de la voluntad, que
es el querer del viviente que se afirma como
el que lucha por permanecer y aumentar la
vida, al “poder-poner” los medios (entre ellas
las instituciones) para dicha reproducción.
Este primer sentido del “poder” no se puede
“tomar”, como cuando se dice “tomar el po-
der”. El “poder” es un momento de la plenitud
de la voluntad y la vida, se tiene como una
facultad necesaria en la afirmación de la vida.
El poder puede negarse en otro, pero no pue-
de extinguirse jamás, mientras alguien viva.
Mientras viva el viviente que quiere vivir, como
voluntad, tendrá siempre poder, aunque sea
potencialmente. No “lo toma” sino que “lo es”
(es su misma voluntad como afirmación de
vida que intenta sobrevivir). … En este sentido
el oprimido (negado) sigue teniendo siempre,
mientras viva, voluntad de vivir (que cuando se
pierde, se pierde todo), y por lo tanto luchará
para poder ejercer (no tomar) el poder-poner
los medios para su plena sobrevivencia que el
dominador le niega (Dussel, 2004).
Esta concepción del poder expresado como la afir-
mación de la vida y su reproducción, y la capacidad
de poder poner los medios para la plena supervi-
vencia del oprimido o negado, nos lleva al mismo
entramado de la construcción individual y colectiva
de las autonomías, ya que este proceso supone la
toma de conciencia para sí,15 es decir “se pasa a la
conformación del sujeto autónomo, activo, participa-
tivo, forjador de sus propias decisiones, elaborador
de sus propias estrategias en la lucha por sus dere-
chos” (López y Rivas, 2003, p. 35).
[15] Recordando a Karl Marx, en donde el proletariado pasa de la conciencia en sí a la conciencia para sí, proceso que supone la toma de conciencia de un proceso de organización mayor.
Indymedia
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008La segunda forma bajo la cual podemos entender “el
poder”, sería “como ‘voluntad de poder’ (Wille zur
Macht nietzscheano) es voluntad sobre los otros, y
por lo tanto el ‘poder-poner’ del dominador niega el
poder de los dominados. … Pero al final, en su sen-
tido negativo y defectivo, aquí el poder es “poder-
sobre” (en el sentido de Holloway)” (Dussel, 2004).
Por tanto hay a) un poder negativo que es el “poder-
sobre” los otros, y b) un poder creador positivo que
es el “poder-anterior-y-por-sobre-el poder-sobre”
(Dussel, 2004).
Así, mediante esta concepción del poder como una
forma de construcción de posibilidades y “de otros
mundos posibles”, que además es anterior, es decir,
existe y además se impone sobre el “poder sobre”, es
que encontramos a las reivindicaciones de los pue-
blos y comunidades indígenas, con base en concep-
ciones, utopías y acciones comunes que sirven de eje
y de postulado o posicionamiento político frente al
sistema dominante en el sentido del poder negativo,
“poder sobre”, de Dussel.
Bajo esta lógica además,
De lo que se trata es de la “trans-formación”
(veraenderung, decía Marx) de las instituciones
cuando de mediaciones para la vida se han
transformado en instrumentos de muerte, de
impedimento de vida, que se observa empíri-
camente en el grito de dolor de los oprimidos,
que son los que sufren las instituciones (Dus-
sel, 2004).
Por tanto, las autonomías reconocidas jurídicamen-
te se pueden presentar como esa trans-formación
necesaria; sin embargo, no se darán sin la transfor-
mación de una serie de dinámicas ya que el fenóme-
no es mucho más complejo puesto que dinámicas,
tanto al interior como al exterior de las comunida-
des indígenas, sugieren una serie de fenómenos que
tienden a mirar el poder desde ambas vertientes y
reproducir dinámicas de dominación, aun cuando
el sujeto autonómico ha tomado conciencia de un
proceso autonómico.16
En este sentido López y Rivas menciona:
…es necesario aclarar de manera reiterada
que las etnias se encuentran firmemente rela-
cionadas con la estructura socioeconómica y
política en que se insertan. De ahí que las agru-
paciones étnicas no son entidades “armónicas”
o “equilibradas”, como pretenden presentarlas
los etnicistas, ya que en ellas repercuten los
antagonismos que caracterizan el conjunto
nacional del que forman parte (López y Rivas,
2005, p. 41).
Es así que la situación en la que se encuentran las co-
munidades y los pueblos indígenas no puede quedar
aislada del complejo sistema nacional en el cual se
desarrollan; así la relación Estado/nación-pueblos
y comunidades indígenas no puede mirarse desde
una perspectiva unidireccional (e incluso no solo
bidireccional); los pueblos y comunidades indígenas
también construyen y proponen visiones y acciones
encaminadas a esta redefinición del poder, al interior
e incluso hacia el exterior de ellas, en una relación
dialéctica, que sin embargo no se da en términos
equitativos.17
[16] Este entramado complejo además se ve inmerso en dinámicas antiguas de colonización y neocolonización, de racismos y de un juego de poder de diversas instituciones y actores que vuelven particular cada caso.
[17] Si bien esta “no armonía” bajo esta incorporación en el sistema más amplio es una certeza, se introduce también aquí el papel de las comunidades para revertir de la mejor forma estas problemáticas, así también la discusión frente al conflicto surgido en comunidades a raíz no solo de esta inserción; sin embargo, a mi parecer
editorial Puntos de vista i n d Í G e n A S d e A M É R i c A Actualidad documentos118
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icA Ahora bien, sería erróneo considerar solamente
el ámbito político de las autonomías, ya que és-
tas se insertan en un marco integral que abarca
varios campos, como lo ha propuesto el proyecto
Latautonomy,18 cuya hipótesis central es: “Autono-
mías multiculturales en América Latina: una condi-
ción necesaria para el desarrollo sostenible”; lo cual
nos lleva al planteamiento, por un lado de las auto-
nomías en un marco integral y, por otro, a visualizar
estas como una condición indispensable para el de-
sarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.19
Este proyecto parte de una visión de las autonomías
multiculturales que enfoca “el tema de la autono-
mía desde un ángulo político-intercultural” (Gabriel
y López, 2005). En donde se propone una mirada
más elaborada de las autonomías al interpelar a una
interculturalidad en las autonomías, lo cual supon-
dría la superación de ciertos conflictos internos en
lo que se refiere a la relación entre grupos culturales,
por ejemplo entre zapotecos y mixes, sin perder
de vista particularidades, pero sin dejar de lado la
resultaría difícil delimitar los orígenes de este entre el afuera y el adentro, y aún más sería hacerlo sin desatar esencialismos de las culturas indígenas.
[18] Latautonomy es un proyecto que abarca el trabajo en doce regiones latinoamericanas diferentes, bajo el marco de los procesos autonómicos; dicho proyecto se llevó a cabo durante tres años, del 2003 al 2005. Para el caso de México hubo un importante acercamiento a los casos de Chiapas con el EZLN, a Oaxaca con los mixes, y la ciudad de México con el caso de los pueblos de Tlalpan, en donde además del rescate valioso de las experiencias se ha desarrollado, con la participación conjunta de intelectuales indígenas o bilingües, e intelectuales latinoamericanos y europeos con años de experiencia al respecto, un marco teórico interesante para adentrarnos al estudio y trabajo con las autonomías indígenas latinoamericanas.
[19] Ver página del proyecto Latautonomy: http://www.latautonomy.org/
condición de pueblos étnicos,20 indígenas, indios, o
afromestizos.21
De igual forma, bajo la dirección de este proyecto en
México, Alicia Castellanos propone una definición
que me parece acertada, ya que rescata una postu-
ra integral de las autonomías desde donde poder
analizarlas, pero además esta visión permite actuar
desde las comunidades en los diferentes campos
que integran la vida en comunidad, con miras a una
autonomía multicultural como proyecto comunita-
rio indígena:
Se propone definir la autonomía como una
realidad no solo jurídica, si no cultural, social,
política y económica, para lo cual es necesario
reconocer al sujeto autonómico, abordando
[20] Esta visión más amplia no se encuentra tan alejada en ámbitos como encuentros de discusión de estas temáticas, foros, mesas de discusión, encuentros políticos, etc., ya que se hace alusión a términos como “hermanos” y “hermanas”, y se reafirma una condición semejante en los retos que enfrentan las comunidades. Sin embargo, dinámicas interculturales se ven cruzadas con diversos procesos, en donde en varias ocasiones esta “hermandad” no se visualiza y, por el contrario, se rivaliza, siendo para el caso de Oaxaca un elemento importante de pugnas la lucha por la tierra, es decir, los conflictos agrarios. Talvez en algunos casos esta “hermandad” obedezca a un plano estratégico, y en otros más aún no se encuentren formas precisas para erradicar los conflictos interétnicos.
[21] El debate en torno a los términos que se deben emplear para referirse a esta colectividad es una discusión bastante amplia que desde la antropología no se ha resuelto, sin embargo, para este trabajo me parece más acertado el término de pueblos etnolingüísticos propuesto por Miguel Bartolomé haciendo referencia a un grupo cultural en donde se rebasan fronteras territoriales y se apuesta por la consolidación de alianzas entre grupos de iguales. Para casos particulares me inclino por llamar a cada pueblo como se autodenominan, en este caso son el pueblo de los ayuujk jaay.
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008las formas sociales de subsistencia y actividad
económica, las formas sociales y políticas de
organización colectiva del grupo (que com-
prende relaciones de parentesco, comunita-
rias, intercomunitarias, entre pueblos y Estado
y con el exterior) y las formas culturales de la
identidad (que comprenden el campo de las
representaciones y el sistema religioso) (Cas-
tellanos, 2004, p. 2).22
Por otro lado, menciona Alicia Castellanos:
...la autonomía concebida como… instrumen-
to y estrategia del movimiento indígena repre-
senta una alternativa (para el caso mexicano)
a la articulación corporativa que el gobierno
impone a las comunidades indígenas, tanto
a través de los organismos indigenistas del
estado, como por medio de las redes de suje-
ción política del partido oficial... (Castellanos y
López, 1997).
Por lo que las autonomías instauradas en una na-
ción, menciona el equipo Latautonomy:
son procesos de resistencia mediante los cuales
pueblos o etnias soterradas y negadas recu-
peran o fortalecen su identidad, a través de
la reivindicación de su cultura, el ejercicio de
derechos colectivos y el establecimiento de es-
tructuras político-administrativos con diversas
competencias, ámbitos o niveles de aplicación
y una base material propia (Castellanos, 1997).
Así las cosas, las autonomías como procesos de
resistencia, nos llevan a tener otra mirada más: “La
resistencia india no es eterna, por que no es un fin,
[22] Alicia Castellanos, Latautonomy. Informe Nacional México. http://www.latautonomy.org/InformeNacional_Mexico.pdf.
sino sólo un medio para lograr su objetivo étnico,
que es la liberación” (Maldonado, 1998).
Así también dentro de este marco, López y Rivas
menciona un replanteamiento de la naturaleza del
Estado-nación:
el debate en torno a la cuestión nacional, en su
aspecto de sectores hegemónicos y excluidos,
pone en el centro de la pregunta respecto de
que nación estamos hablando y que nación
queremos construir. El debate habrá de resol-
ver, como lo han formulado los pueblos indios,
cuál es el papel o el lugar que en ella habrán de
tener las etnias (López, 2003, p. 37).
Es así como se presenta una constante tensión entre
dos formas de concebir la nación mexicana, puesto
que este queda “…fundamentado en concepciones
basadas en una ‘nación de ciudadanos’ y excluyente
de la ‘nación de pueblos’” (López, 2003, p. 8).
Por otro lado, bajo el proyecto Latautonomy el sujeto
autonómico es entendido “como una red de comu-
nidades basada en una identidad étnica o cultural
que está luchando en determinadas regiones por
el establecimiento o la conservación de un espacio
vital común y autodeterminado” (López, 2003, p. 8).
Sin embargo, como lo planteo más adelante, la con-
formación y constitución de regiones autónomas,
como el caso de los ayuujk, continúa siendo un eje
de acción y de visión a futuro en el cual se ha venido
trabajando con altibajos, pero que sigue siendo un
reto en sí mismo, partiendo del hecho de que “Cada
grupo etnolingüístico de Oaxaca posee las caracte-
rísticas que definen a un pueblo: tienen una historia
de siglos, identidad común, cultura compartida y
diferenciada y gobierno de los territorios habitados.
Solo falta que consoliden un proyecto común. Esa es
la tarea en la que están empeñados” (Barabás et ál.,
2003).
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Estos procesos de discusión, a la par de los procesos
autonómicos de facto que se viven en los pueblos y las
comunidades indígenas de la región mixe de Oaxaca
nos llevan a cuestionar cuidadosamente aquellas
propuestas que a la par han generado visiones aleja-
das de las pretensiones y visiones de las comunida-
des, “instaurando modelos alejados a los de nuestras
comunidades”,23 parafraseando a Floriberto Díaz
la discusión de las autonomías no puede pro-
venir solamente de disertaciones teóricas sino,
y sobre todo, de la reflexión de las realidades
concretas en las cuales se matizan ciertas prác-
ticas autonómicas…” (Díaz, 2004).
Igualmente, es fundamental señalar que los actuales
movimientos indígenas reivindicativos de autono-
mías, al menos para el caso del estado de Oaxaca,
han planteado la creación de instituciones, o de
niveles de gobierno, pero a su vez se presenta la idea
de la recreación o la reconstitución de instituciones
indígenas antiguas, así lo señala el siguiente artículo,
con referencia al pueblo Triqui de San Juan Copala,
que desde los primeros días de enero del 2007 se
declara autónomo, regido bajo el sistema de usos y
costumbres:
Como en otras partes de la República, la creación del
municipio autónomo de San Juan Copala represen-
ta una respuesta pacífica de los pueblos indígenas
[23] Plática informal con comunero de Totontepec mixes Oaxaca. Diario de campo, 2005.
…NO SE ENTIENDE UNA COMUNIDAD
INDíGENA SOLAMENTE COMO UN CONJUNTO
DE CASAS CON PERSONAS,
SINO DE PERSONAS CON HISTORIA.
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008por encontrar espacios de participación y represen-
tación política, atendiendo a sus condiciones econó-
micas, políticas y culturales concretas. Para lograrlo
crean o recrean viejas instituciones,24 adaptándolas
a sus propias necesidades. Por eso cada que lo hacen
apelan a su derecho a la libre determinación en su
versión de autonomía y la encajonan en la figura del
municipio, que es la base de la organización política
del país y no se levantan en armas para destruir el
Estado, como sucede en algunos países de Europa.25
experiencias autonómicas en el estado de oaxacaHablar de la reivindicación actual de autonomía
indígena para el estado de Oaxaca es hablar de
una historia cargada de hostilidades, marginación,
racismo, políticas de exterminio, cacicazgos, asesi-
natos de líderes indígenas y campesinos, primacía
del PRI sobre las decisiones en las comunidades,
etc.; pero también es hablar de una organización
comunitaria más o menos sólida, una memoria
histórica y oral bastante fuerte, prácticas encami-
nadas a la consolidación de proyectos comunitarios
e intercomunitarios, una lucha y organización ma-
gisterial, estudiantil, campesina y social que an-
tecedió a la actual demanda de autonomía para
pueblos y comunidades indígenas, como “un reco-
nocimiento a lo que de por sí se practica en nuestras
comunidades”.26 Es decir, la demanda de autono-
mía en Oaxaca hoy responde a la cristalización de
toda una serie de demandas en diversos ámbitos y
[24] La recreación y la revitalización de formas ancestrales de organización es un discurso más o menos generalizado entre varios líderes indígenas oaxaqueños.
[25] Francisco López Barcenas, periódico La Jornada, 10 de enero del 2007.
[26] Plática informal con comunero zapoteco.
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prácticas de la vida comunitaria. De tal forma que se
podría hablar de una propuesta concreta de auto-
nomía para el Estado de Oaxaca, compuesta por los
antecedentes de organización y lucha de diferentes
actores dentro y fuera de sus comunidades, la visión
del derecho indígena plasmada en la modificación
de la constitución del estado en 1998, y la ley indíge-
na de este mismo año, la propuesta comunalista de
las autonomías, generada por intelectuales indíge-
nas principalmente zapotecos y mixes.
En este proceso las propuestas regionales también
enriquecen el panorama, aunque estos valiosos
intentos aun no consolidados en muchas de ellas
brindan toda una gama de experiencias. Aquí se
destaca el caso de los Pueblos Mancomunados27
de la Sierra Juárez, que son ocho localidades (Llano
Grande, Nevaría, Cuajimoloyas, Benito Juárez, La-
tuvi, Amatlan, Lachatao y yavesia; dispersas en tres
municipios que abarcan 29.430 ha de bosque en la
Sierra Juárez) quienes tras un largo proceso de lucha
por la defensa de sus recursos naturales y territorio
han conformado empresas comunitarias más o me-
nos sólidas.28
[27] El Mancomun está reconocido como región autónoma por el Registro Agrario Nacional de La Reforma Agraria.
[28] Desde la década de los ochenta pueblos mancomunados de la Sierra apostaron su capital al cuidado de sus bosques, hoy este trabajo comienza a brindar frutos. Para Hermilo Hernández, representante comunal de Santiago Textitlán, “hoy desde la Sierra sur
Otra propuesta interesante en el estado de Oaxaca
se presentó en comunidades Triquis de San Juan Co-
pala, declaradas autónomas en enero del 2007, sin
embargo, esta declaración y su posterior desarrollo
nos remite a las condiciones y dinámicas a las que
se enfrentan los municipios indígenas del estado de
Oaxaca:
Para nadie que conozca la región es una no-
vedad que San Juan Copala y las comuni-
dades que se aglutinan en torno a ella han
permanecido aisladas por siglos, abandonadas
a su suerte por los municipios a los que formal-
mente pertenecen desde 1948, cuando la 60
Legislatura del estado le arrebató la categoría
de municipio libre que tenía desde 1826. Junto
con ello persiste una brutal explotación de la
mano de obra triqui y un irracional saqueo
de sus recursos naturales (López Bárcenas,
2007).29
La disputa territorial en la cual se ven enfrascados
cientos de pueblos y comunidades en territorio
oaxaqueño ha llevado a fortalecer pugnas internas
entre municipios y agencias o localidades munici-
pales por el acceso a recursos económicos principal-
mente, situación que desarrolló más adelante, y por
ende esto también genera visiones encaminadas a
una autonomía comunitaria en donde cada comu-
hasta la sierra norte nos unimos después de décadas en las cuales las comunidades forestales han venido revisando alternativas para poder unirse”. Periódico Noticias de Oaxaca (22/09/06).Corresponsal Francisco Ramírez.
[29] Recientemente, en abril del 2008, este proceso autonómico sufre un revés cuando dos locutoras de la radiodifusora local comunitaria La voz que rompe el silencio fueron asesinadas cuando viajaban a bordo de un automóvil particular en la región mixteca al poniente de la ciudad de Oaxaca.
HABLAR DE AUTONOMíAS
PARA EL CASO DE LOS PUEBLOS
y COMUNIDADES INDíGENAS ES HABLAR
DE UN ARDUO CAMINO POR LA SUPERVIVENCIA.
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008nidad apuesta por los márgenes de autodetermina-
ción sobre sus territorios y dinámicas.
El caso de Oaxaca frente a las autonomías no queda
exento del tejido social amplio en el cual se desen-
vuelve, de tal forma que la política de confrontación
por parte del Estado-nación hacia las comunidades
indígenas que se organizan por las autonomías es
la constante como lo han advertido organizaciones
sociales, indígenas, intelectuales, etc.30 Por consi-
guiente, una constante ha sido la deslegitimación
de este tipo de demandas siendo una estrategia
actual el uso de comparaciones con términos como
terrorismo o delincuencia organizada, prevalecien-
do toda una serie de prejuicios y racismos que se
echan a andar para referirse a estas experiencias y
[30] Sin ser totalmente representativo, el caso que presento a continuación me parece interesante, en el sentido de las demandas a las cuales hace alusión un indígena zapoteco de la comunidad de Xanica Oaxaca, en entrevista con la Haine declara, días después de su liberación: “Los delitos de homicidio calificado y tentativa de homicidio, ¿a qué se referían?” Esos delitos se refieren a los hechos ocurridos en el 2005, cuando a algo más de un mes de llegar Ulises Ruiz al gobierno, manda a masacrar a nuestra organización por estar exigiendo el respeto, la justicia y la democracia y sobre todo la autonomía de una comunidad indígena como es xanica. Dos patrullas balacearon a los compañeros, tres de ellos gravemente heridos (Abraham Ramírez Vázquez, Juventino García Cruz y Noel García Cruz) quienes hasta hoy se encuentran encarcelados injustamente. Para justificar esto el gobierno del estado siembra una muerte de un policía (¿) y varios heridos, de lo cual también se me acusaba a mí. “Porque vosotros estáis luchando por la instauración de un gobierno basado en los usos y costumbres ... Así es”. Un gobierno que sea elegido por el pueblo, que tenga autoridad moral por haber servido según las leyes de nuestro pueblo. y esto al gobierno no le conviene porque son leyes basadas en la autonomía que nos ha regido desde siempre, opuesta a los partidos políticos, y que no permite la introducción del Estado. De ahí que no le convenga al gobierno. (www.lahaine.org . Corresponsal: Sergio de Castro Sánchez).
frenar a los grupos indígenas organizados bajo esta
demanda.
Por otra parte, el aporte de migrantes y actores po-
líticos que migran a las ciudades ha jugado un papel
importante dentro de esta valoración estratégica
de las autonomías indígenas para sus pueblos y co-
munidades de origen. Así por ejemplo, se encuentra
la experiencia del Frente Indígena Binacional (FIB)
originado por migrantes mixtecos31, o el caso de la
Asamblea de Migrantes de la ciudad de México en la
ciudad capital, que desde su condición de migrantes
siguen en constante vinculación y apoyo de sus co-
munidades trasladando sistemas de organización
comunitarios a su organización interna y en las
ciudades como el caso del Centro de Apoyo al estu-
diante Kutääy (Cae-k) en la ciudad de Oaxaca, ade-
más apoyando en la construcción, la revalorización
y el reconocimiento de sus comunidades de origen
como comunidades autónomas.
Es notable actualmente el uso extendido de la
demanda de autonomía en diferentes pueblos y
comunidades indígenas del estado, este reclamo de
[31] Producto de esta fluida migración a Estados Unidos ha sido la constitución, en 1991, del Frente Binacional Mixteco-Zapoteco, que ha buscado el apoyo del gobierno mexicano y de las agencias internacionales para demandar el respeto a sus derechos humanos y laborales. Este frente, al incorporar a otros grupos indígenas de Oaxaca, como mixes, triques y chatinos, se transformó en el Frente Indígena Oaxaqueño Binacional. Esto ha significado la transnacionalización de la problemática indígena, introduciéndola en la agenda política de México y Estados Unidos (Perfil Indígena del estado de Oaxaca, Ciesas).
ESTE PROyECTO PARTE DE UNA VISIóN
DE LAS AUTONOMíAS MULTICULTURALES QUE
ENFOCA “EL TEMA DE LA AUTONOMíA DESDE
UN ÁNGULO POLíTICO-INTERCULTURAL”.
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[ Autonomías indígenas y comunalidad ]
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PoLÍt
icA autonomía se encuentra en estrecha relación con la
defensa frente a la intromisión partidista en las co-
munidades, en este sentido, por ejemplo, el siguien-
te caso de una comunidad Mazateca:
…Claudio Betanzos, actual presidente munici-
pal, ha permitido la intromisión de los partidos
políticos y las autoridades estatales y federales
en la vida de nuestras comunidades, y ello ha
traído la división y los problemas, además de
que no cumplió con su palabra y el compromi-
so de defender los usos y costumbres y la auto-
nomía del pueblo de Eloxochitlán, sino que ha
hecho todo lo opuesto.32
Por otro lado, las autonomías de facto entendidas
como aquel ejercicio que de antemano se da en pue-
blos y comunidades indígenas en el marco de la libre
determinación, y ante el fuerte comunitarismo pre-
valeciente en Oaxaca me llevan a pensar que hablar
de autonomías en Oaxaca implica hablar de auto-
nomías de facto en mayor o menor medida, con al-
gunos casos en donde se ha llevado a la declaración
abierta de municipios autónomos, y en donde como
en el caso de los pueblos mancomunados se vienen
desarrollando experiencias de autogestión aunadas
a los procesos de autonomía de facto, con aportes
y con retos por vencer en cada comunidad. Junto
con estos retos se enfrentan los de generar espacios
más amplios de discusión y de unidad dentro y entre
pueblos etnolingüísticos.
Por otra parte, dinámicas internas a las comunida-
des indígenas llevan a observar dentro de las formas
de organización la prevaleciente visión comunal,
la cual no podría ser entendida sin la base del ser
indígena: la comunidad, en la cual se desarrollan
[32] Comunicado de Prensa, del 5 de octubre de 2001. Comité Civil de Solidaridad con las Comunidades Indígenas Mazatecas.
pensamientos y formas locales de organización,
en este sentido la comunidad indígena se instaura
como pilar para estas autonomías de facto, y como
pilar para una organización más amplia que invo-
lucre a varias comunidades para las autonomías re-
conocidas, lo cual supone superar la fragmentación
y la hostilidad prevaleciente entre grupos diversos
conviviendo en regiones, como el caso de munici-
pios en donde conviven “mestizos” y grupos indí-
genas, en donde en muchas ocasiones se presenta
la dominación de municipios “mestizos” frente a
sus agencias “indígenas”. Así las cosas, la alteridad
presente en el multiculturalismo propio del estado
de Oaxaca se presenta como un reto en el sentido
político-social de convivencia, y como marco para la
praxis de las autonomías comunitarias, municipales
y regionales.
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www.lahaine.org . Corresponsal: Sergio de Castro Sánchez.
e&P: ¿cómo se originó la lucha de la Asamblea Popular de los Pueblos?
lc: se originó a partir de que se evidenciaron cuáles
son los agravios contra el pueblo de Oaxaca. Se violan
los derechos humanos en el estado; se agrede a las
diferentes fuerzas organizadas y a la población al
quererle imponer, por ejemplo, la pertenencia a partidos
políticos a las comunidades que tienen indígenas que
se rigen por sus usos y costumbres; se arremete contra
el patrimonio cultural que es muy importante para
nuestro pueblo, como ocurrió con el centro histórico
de Oaxaca y con la privatización de la fiesta de la yexta.
Pero además, el movimiento oaxaqueño se da porque
hay unas circunstancias de marginación y pobreza que
vienen desde hace muchos años en Oaxaca, que tiene un
porcentaje de población indígena alto, son 16 pueblos
indígenas, con el idioma y variantes de cada uno, pueblos
a los que les ha pegado directamente el endurecimiento
de las políticas neoliberales y el endurecimiento de la
represión. Por eso surge la APPO, con todos los principios
a partir de las formas organizativas propias de los
pueblos indígenas.
e&P: qué quiere decir eso de “privatizar una fiesta”.
lc: en Oaxaca se realiza una fiesta a la que se le llama
la Guelaguetza, que en los pueblos significa el dar a los
demás, el apoyar, el compartir. Entonces cuando los
pueblos bajaban con sus diferentes trajes a compartir su
propia cultura, a compartir sus bailes, es decir una fiesta
popular, y cuando una fiesta así está tan profundamente
arraigada del pueblo cuyo principio es el dar y el
compartir, se le pone precio para que la gente pueda
asistir, pues es privatizar la cultura.
e&P: ¿qué pueblos indígenas viven en Oaxaca?
lc: viven los amusgos, los mixtecos, los triquis, los
tacuates, los mixes, los mazatecos, zapotecos, son 16.
e&P: ¿cuál es la participación indígena en la lucha de la Asamblea?
lc: es fundamental. Se retoma la manera asamblearia
en la cual las comunidades se organizan, participan de las
asambleas, en las tomas de decisiones, y eso permite que
haya una participación directa de las comunidades en la
lucha política que se está dando en el estado de Oaxaca.
e&P: ¿qué derechos de los indígenas están siendo violados?
lc: pues en primer lugar el que tiene que ver con
autodeterminación y el respeto a sus usos y costumbres.
Cuando, por ejemplo, en una comunidad que elige a sus
representantes en la asamblea, que discute cuál ha sido
el trabajo y la trayectoria de las personas que van a ser
elegidas, y en vez de eso se impone el uso de partidos
políticos, ésa es una violación. Cuando se discrimina y no
se da la educación en el idioma propio de la gente y se le
impone el castellano como un idioma en el que a fuerza
se tiene que educar la gente en esa lengua y no en la suya,
materna, originaria.
e&P: ¿hay presencia de transnacionales y megaproyectos en Oaxaca?
lc: ¡claro! y eso viene agudizando toda la situación
de pobreza y de marginación, como ocurre con el Plan
Puebla-Panamá, donde las transnacionales le tienen
puesto el ojo a la región, porque ahí está el que se llama
el istmo de Tehuantepec, además en este istmo lo que
se prevé va a ser el corredor económico para permitir
el paso de lo que saquen de América Latina. Además,
Oaxaca tiene yacimientos de petróleo, de hierro,
leyla centeno castro, del comité de defensa de los derechos del Pueblo de oaxaca, méxico, forma parte de la asamblea Popular de los Pueblos de oaxaca (aPPo).
EntrEvistó héctor mondraGón, cEcoin
Leyla centenoentrevista con
Soldepaz
Junio
de 2
008
de uranio, es rico mineralmente hablando. Por otro
lado, tiene mucho agua, es una zona rica en madera
y rica en mano de obra que quieren explotar barata,
aprovechándose de la ignorancia en que supuestamente
está sumergida la población, “supuestamente”, porque
el gobierno siempre piensa que los pueblos indígenas
somos tontos, sin embargo vemos que se está dando una
resistencia.
e&P: ¿qué aspectos positivos quedan de la lucha que realizó el año pasado la Asamblea?
lc: positivos quedan muchos. Primero, que la
experiencia de la asamblea popular se repite, es un
gran referente; ahora en México se está tomando en
cuenta esa experiencia, no para copiarla de manera
mecánica sino para analizar y ver qué elementos fueron
los que permitieron que los sectores populares que no
estaban organizados, que no habían hecho presencia
en la lucha, se sumaran. Queda toda una población
que está receptiva, que se está organizando, que está
construyendo de sus comunidades una forma diferente
de vivir. Queda lo que la gente llama el poder del pueblo,
“el poder popular”, eso es lo más positivo, y un proceso
enorme de organización en las comunidades y en los
pueblos, del cual se va posteriormente a construir el
cambio; y además, algo que entendió la población en su
gran generalidad, es que no puede estar desorganizada,
que el hecho de organizarse constantemente les
va a permitir defender sus territorios, su dignidad,
y defenderse de la represión que se venga encima,
entonces eso es algo fundamental que quedó, que se
permea en toda la población.
e&P: ¿cómo fue la represión?
lc: fue algo que sí marcó a la sociedad oaxaqueña
porque nunca se reprimió de tal manera, porque fue
una represión masiva, porque se reprimió a millones de
gentes que salieron a defender sus derechos, a resistir
de manera pacífica, porque el pueblo no utilizó armas,
el pueblo resistió con poner barricadas, tomar las
instalaciones de radiodifusuón, de televisión, tomando
en sus manos el protagonismo para impedir que los
siguieran agrediendo. Entonces la represión se dio de
muchas maneras, tanto selectiva, como abierta y masiva,
y hubo muchos compañeros asesinados por grupos
paramilitares, y además grupos que utilizaban porras
y los mismos policías, a quienes no les importaba abrir
fuego de manera directa en contra de la población.
Hubo desaparecidos, exiliados por amenazas de muerte.
La represión sigue porque ahora buscan, después de
golpear de manera abierta a la población, desarticular
lo que hay en las comunidades, en el sentido de que hay
esfuerzos que ya están más consolidados, como también
las organizaciones sociales que llevamos años de trabajo
en las comunidades. El gobierno del estado y el gobierno
federal ven un riesgo demasiado grande en que estas
organizaciones sigan ahí y entonces ahora viene esa
represión en contra de las organizaciones sociales, y
están utilizando a los grupos paramilitares, al ejército
para la represión, y usando ciertos proyectos económicos
para fomentar la cooptación y la división interna de
las comunidades, queriendo marearlas para tratar de
sacarlas del proceso organizativo.
e&P: ¿el ejército ha participado en la represión?
lc: ¡sí! El 25 de noviembre el ejército mexicano participó
en la masacre que se le hizo al pueblo de Oaxaca, pero
al ejército lo vistieron de policía federal, pero esos eran
efectivos del ejército; lo decimos porque hay fotos en las
cuales se ve cómo cambian de uniformes de los efectivos
militares por los uniformes de la policía.
e&P: ¿y la organización de la asamblea continúa?
lc: sí sigue. Pero hay que señalar que la asamblea
popular tiene una composición muy diversa y hay ciertos
grupos que fueron sólo por una prebenda económica,
utilizando la Asamblea Popular para escalar a puestos
del gobierno, pero el gran movimiento de base se sigue
dando, sigue vivo y se está recomponiendo, porque no
pudieron aniquilarlo con toda la represión que se vivió.
La asamblea sigue reivindicando su sistema asambleario
y su experiencia que es histórica. No podemos dejar
que la APPO desaparezca, porque tenemos caídos cuyos
asesinos no han sido procesados por la justicia, porque
tenemos presos políticos y perseguidos, y porque Ulises
Ruiz sigue en el estado de Oaxaca, y mientras él siga es
una acusación viva de todos crímenes y asesinatos que
cometió en contra del pueblo de Oaxaca. y porque una
experiencia como la de la APPO no puede quedar ni va a
quedar en el baúl del olvido.
Leyla centenoentrevista con
ActU
ALid
Ad después de la caída
El 23 de enero de 2008 pasará a la historia como una fecha
trascendental para la consolidación de los derechos funda-
mentales de las comunidades indígenas y afrocolombianas
de nuestro país. Ese día la Corte Constitucional –mediante la
sentencia C-030 de 2008– declaró inexequible en su totalidad
la Ley 1021 de 2006 o Ley General Forestal, por el hecho de no
haber sido consultada previamente con las comunidades étnicas y
tribales de Colombia, tal y como lo establecen el artículo 330 de la
Constitución Política y el Convenio 169 de la OIT. Esta decisión, que es
el resultado de una acción pública de inconstitucionalidad redactada y
presentada por el Grupo de Derecho de Interés Público de la Universidad
de los Andes (G-DIP), condujo a que la Corte ampliara su precedente en
materia de consulta previa. Específicamente, dicha ampliación del pre-
cedente se tradujo en el reconocimiento explícito por parte del tribunal,
de la existencia del deber de consulta en cabeza del Estado colombiano,
siempre que se pretenda adoptar una medida legislativa susceptible de
afectar directa y específicamente a las minorías culturales que habitan el
territorio nacional.
Dada la importancia que tiene el contenido de esta sentencia para los
miembros de las comunidades afro e indígenas, así como también para
las organizaciones que los representan, y de manera más amplia, para
los defensores de derechos humanos y la opinión pública colombiana,
este artículo propone un análisis detallado de los argumentos esgrimi-
dos por la Corte en la sentencia C-030 de 2008. Desde esta perspectiva,
el propósito del texto es proporcionar al lector una mirada comprensiva
frente a la declaratoria de inconstitucionalidad la Ley Forestal, que incor-
pora tanto elementos jurídicos como políticos al análisis permitiendo
Car
los G
ómez
Ari
za
Junio
de 2
008
Alejandra Azuero QuijanoAsesora Jurídica del Grupo de Derecho de Interés Público de la Universidad de los Andes (G-DIP). http://gdip.uniandes.edu.co
estudiar la decisión judicial como parte de un
proceso que se inicia con la construcción de la
estrategia de litigio que condujo a la redacción de
la demanda.
El artículo se divide en tres partes. En la primera
parte se abordan los aspectos centrales relacio-
nados con el diseño e implementación de la es-
trategia de litigio. En la segunda parte, se analiza
el contenido de la sentencia C-030 de 2008, se
resalta la importancia de los argumentos esgrimi-
dos por la Corte, y su importancia para la conso-
lidación y el desarrollo del contenido del derecho
fundamental a la consulta previa. Por último, en la
tercera parte se plantea una reflexión en relación
con los retos y las perspectivas de acción que sur-
gen en relación con la consulta previa para medi-
das legislativas tras la caída de la Ley Forestal.
diseño e implementación de la estrategia de litigioEl proceso que condujo a la redacción y presenta-
ción de la acción pública de inconstitucionalidad
en contra de la Ley Forestal se inició en 2006 gra-
cias a la iniciativa conjunta de la Asociación Inte-
ramericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)
y el G-DIP. En ese momento se concluyó acerca de
la necesidad de estudiar la Ley General Forestal
y las implicaciones constitucionales de su conte-
nido, así como las condiciones bajo las cuales se
había dado trámite legislativo a dicha norma. El
G-DIP asumió la tarea de diseñar e implementar
la estrategia jurídico-política, la cual se centró en
la redacción de dos acciones públicas de incons-
titucionalidad que serían presentadas indepen-
dientemente teniendo en cuenta que se trataba
de dos temas distintos. En la primera de ellas se
argumentó que con la expedición de la norma
demandada se violó el derecho fundamental a
la consulta previa de las comunidades étnicas
del país, mientras que en la segunda demanda se
argumentó que la Ley Forestal violaba el derecho
de todos los colombianos a gozar de un ambiente
sano al igual que el deber de garantizar el desa-
rrollo sostenible del país.
Finalmente, el 18 de mayo de 2007 fue radicada
ante la Corte Constitucional la demanda por el
cargo de consulta previa.1 El proceso contó con
la participación de un importante número de or-
ganizaciones y actores de la sociedad civil colom-
biana, entre los cuales se encuentran la Comisión
Colombiana de Juristas, la Universidad Nacional
de Colombia, la Universidad del Rosario, el Proce-
so de Comunidades Negras (PCN), la Asociación
de Autoridades del Consejo Regional Indígena del
Medio Amazonas (CRIMA), la Red Latinoameri-
cana Contra los Monocultivos de Árboles (Reco-
[1] Posteriormente, en julio de ese mismo año fue radicada la segunda demanda ante la Corte Constitucional. Sin embargo, dado que el tribunal declaró inexequible en su totalidad la Ley Forestal al examinar el cargo relativo al derecho fundamental a la consulta previa, la Corte concluyó improcedente analizar los cargos por violación al derecho a un ambiente sano y el deber de garantizar el del desarrollo sostenible en el país, y por ende, decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C-030 de 2008.
LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA
ERA CONSECUENCIA DEL DESCONOCIMIENTO
POR PARTE DEL ESTADO DE LAS OBLIGACIONES
DERIVADAS DEL ARTíCULO 6
DEL CONVENIO 169 DE 1989 DE LA OIT.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos130
[ Después de la caída ]
etniA
S &
PoLÍt
icA ma), la Organización Indígena de Colombia (ONIC),
Censat Agua Viva, el Grupo Semillas y el Centro de
Cooperación al Indígena (Cecoin), así como tam-
bién varios miembros de resguardos indígenas del
país. A través de la presentación de intervenciones
ciudadanas, estas personas y organizaciones contri-
buyeron de manera notable al éxito de la estrategia
de litigio, al fortalecer los argumentos de la deman-
da, los cuales apuntaban a demostrar que la Ley Fo-
restal no había sido consultada, y que dicha omisión
acarreaba la inconstitucionalidad de la norma.
Dicha demanda fue articulada alrededor de cuatro
argumentos centrales.2 En primer lugar, se argu-
mentó que la inconstitucionalidad de la norma era
consecuencia del desconocimiento por parte del
Estado de las obligaciones derivadas del artículo 6
del Convenio 169 de 1989 de la OIT, el cual hace par-
te del bloque de constitucionalidad colombiano en
sentido estricto. En segundo lugar, se sostuvo que la
incorporación del artículo 6 del Convenio 169 de la
OIT al ordenamiento jurídico colombiano se tradujo
en la ampliación del ámbito de protección del dere-
cho a la consulta previa3, por un lado, al reconocer
también como titulares del mismo a las comunida-
des afrocolombianas, y por el otro, al incluir el deber
de consulta para medidas legislativas susceptibles de
afectar directamente a los pueblos tribales.4
[2] El texto de la acción pública de inconstitucionalidad puede ser consultado en http://gdip.uniandes.edu.co
[3] Usualmente se había interpretado el derecho a la consulta previa como exclusivo de las comunidades indígenas, y aplicable solamente a medidas que previeran la explotación de recursos naturales en sus territorios.
[4] El Convenio 169 de la OIT amplía el derecho a la consulta previa en dos áreas: sus titulares y el objeto de la obligación estatal. En primer lugar, el Convenio reconoce como titulares de este derecho a todas las comunidades tribales. Por tanto, en el caso colombiano, este tratado
En consecuencia, en tercer lugar se arguyó que la Ley
Forestal era inconstitucional, pues al no haber sido
consultados sobre dicha medida legislativa los in-
dígenas y afrocolombianos culturalmente diversos
no pudieron manifestar sus puntos de vista sobre
la misma, en particular, sobre la manera como esta
norma jurídica podría afectar su entorno natural,
y por ende, su integridad y existencia en tanto que
minorías étnicas. En cuarto lugar, se demostró que
en el proceso de creación de la Ley General Fores-
tal no se realizó la consulta previa en los términos
establecidos por la jurisprudencia de la Corte Cons-
titucional, violando así un derecho fundamental de
las comunidades étnicas y tribales del país. y por
último, se argumentó que la no realización de la
consulta previa condujo también a la violación de
otros derechos de rango constitucional establecidos
en los artículos 1 (participación y pluralismo), 3
(democracia directa y participativa), 7 (diversidad
étnica y cultural), 9 (reconocimiento de principios
de derecho internacional aceptados por Colombia),
13 (protección a grupos discriminados) y 93 (bloque
de constitucionalidad) de la Constitución.
Esta línea argumentativa condujo a que la Corte
Constitucional se pronunciara favorablemente frente
a las pretensiones de los accionantes, al concluir que
la Ley 1021 de 2006 era inconstitucional en su totali-
dad por el hecho de no haber sido consultada previa-
mente con las comunidades afro e indígenas del país.
internacional declara como titulares del derecho a la consulta previa tanto a los afrodescendientes como a las comunidades indígenas. En segundo lugar, este Convenio, además de ordenar la realización de una consulta previa cuando quiera que se vaya a adelantar un proyecto de explotación de recursos naturales en territorios indígenas (art. 330 de la Constitución Política de Colombia), la ordena cuando se vaya a tramitar cualquier medida legislativa que pueda afectar directamente a los pueblos tribales.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos131
[ Alejandra Azuero ]
Junio
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008
Junio
de 2
008el contenido de la decisión
de la corte constitucionalEl contenido de la decisión de la Corte Constitucional
puede ser sintetizado en dos puntos clave. En primer
lugar, el tribunal reconoció que –tal y como fue
sostenido por los demandantes– la consulta previa
es un mecanismo de participación que, en virtud de
lo establecido por el artículo 6 del Convenio 169 de
la OIT, también es aplicable a medidas legislativas. y
en segundo lugar, la Corte también coincidió con los
demandantes en que la Ley Forestal era susceptible
de consulta debido a que se trataba de una medida
legislativa que afectaba de manera directa a las co-
munidades indígenas y tribales del país. Estos dos ar-
gumentos fueron desarrollados por el tribunal en la
sentencia C-030 de 2008, la cual se divide en tres par-
tes. En la primera parte, la Corte estudió la naturaleza
del vicio de inconstitucionalidad, en la segunda,
desarrolló el marco jurídico del derecho a la consulta
previa en el ordenamiento nacional, y por último, es-
tudió la ausencia de consulta en el caso concreto.
naturaleza del vicio de inconstitucionalidadEn su intervención dentro del proceso, tanto el Mi-
nisterio de Agricultura como el de Medio Ambiente
instaron a la Corte para que profiriera un fallo in-
hibitorio. Esto, bajo el entendido de que: “El cargo
formulado se reduce a la configuración de un vicio
de trámite por la ausencia de consulta previa en el
proceso de expedición de la Ley General Forestal, de
suerte que la demanda formulada está sometida al
término de caducidad de un año consagrada en el
artículo 242 de la Carta Política”.5
[5] Corte Constitucional, sentencia C-030 de 2008. Concepto rendido por los ministerios de Agricultura y Medio Ambiente dentro del proceso a solicitud de la Corte Constitucional. C
arlo
s Góm
ez A
riza
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos132
[ Después de la caída ]
etniA
S &
PoLÍt
icA Sin embargo, la Corte no acogió el argumento de
los intervinientes, según el cual el cargo de incons-
titucionalidad por consulta previa debía tramitarse
como un vicio de procedimiento, y por tanto, ser
sometido a los términos de caducidad previstos por
la Constitución para este tipo de casos.6 Al contrario,
la Corte concluyó que –de acuerdo con su propia
jurisprudencia– ante la ausencia de reglas jurídicas
procedimentales aplicables a la consulta previa de
medidas legislativas, no es posible tramitar el cargo
como un vicio de procedimiento. En ese caso –dijo
la Corte– se debe concluir forzosamente que la omi-
sión de consulta “afecta la materialidad misma de la
ley”.7 Aún así, el tribunal instó al Estado para que re-
solviera la ausencia de regulación del procedimiento
para surtir la consulta de medidas legislativas. Dijo
la Corte:
En desarrollo de los compromisos adquiridos
en el ámbito del Convenio 169 de la OIT, el
Estado colombiano debe legislar sobre la ma-
nera de hacer efectivo el derecho de consulta
a los pueblos indígenas y tribales frente a las
medidas legislativas que sean susceptibles de
afectarles directamente. Sería, entonces, la ley
orgánica, en armonía con la Constitución y
sin desnaturalizar el alcance del compromiso
adquirido por virtud de lo dispuesto en el ar-
tículo 6º del Convenio 169, la que establecería
los casos en los que procede la consulta, la
oportunidad y los procedimientos para llevarla
a cabo. Se configuraría así, un procedimiento
legislativo especial, aplicable, desde la fase de
la iniciativa legislativa, en el evento de medidas
[6] La Constitución prevé que las acciones de inconstitucionalidad por vicios de procedimiento solamente podrán ser presentadas dentro del año siguiente a la promulgación de la norma que se pretende demandar.
[7] Id.
legislativas que sean susceptibles de afectar
de manera directa a los pueblos indígenas y
tribales y cuyo incumplimiento daría lugar a
un vicio de procedimiento en la formación de
la ley. El procedimiento especial previsto para
adelantar la consulta se convertiría así en una
garantía institucional del derecho que tienen
las comunidades a que la misma se haga efec-
tiva.
Así, la Corte concluyó que la omisión de consulta
previa en el caso de la Ley General Forestal, exigía un
pronunciamiento de fondo sobre las pretensiones
de la demanda.
Marco jurídico del derecho a la consulta previaLa Corte define el marco jurídico del derecho fun-
damental a la consulta previa, reconociendo que la
Constitución otorga especial protección al derecho
de participación de los grupos étnicos en las decisio-
nes que los afectan, protección que se traduce “en
el deber de adelantar procesos de consulta con las
comunidades indígenas y tribales”.8 Para el tribu-
nal, esta obligación surge a partir de uno de los dos
grandes compromisos adquiridos por el Estado co-
lombiano tras la ratificación del Convenio 169 de la
OIT.9 Este compromiso tiene como elementos cen-
[8] Id., párrafo 4.1.
[9] Id., parráfo 4.2. Según la Corte, el segundo gran compromiso que surge para el Estado colombiano en virtud del Convenio 169 tiene que ver con “las medidas que deben impulsar para obtener los fines propios del convenio en los distintos aspectos que son objeto del mismo, que, como se ha dicho, de una manera amplia, se orienta a promover las condiciones que permitan el desarrollo de los pueblos indígenas y tribales de un modo que respete la diversidad étnica y cultural, asegure los espacios de autonomía requeridos para ello y se desenvuelva en un marco de igualdad, y que específicamente se refiere a su relación con las tierras
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos133
[ Alejandra Azuero ]
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Junio
de 2
008trales la participación y el respeto por la diversidad y
autonomía de las comunidades étnicas y tribales, y
alude a la manera como deben adoptarse y ponerse
en ejecución las medidas legislativas y administrati-
vas susceptibles de afectarlas. En ese orden de ideas,
ha dicho la Corte acerca del carácter fundamental
del derecho a la consulta previa:
El mismo es consecuencia directa del derecho
que les asiste a las comunidades nativas de de-
cidir las prioridades en su proceso de desarro-
llo y preservación de la cultura y que, cuando
procede ese deber de consulta, surge para las
comunidades un derecho fundamental sus-
ceptible de protección por la vía de la acción
de tutela, en razón a la importancia política del
mismo, a su significación para la defensa de la
identidad e integridad cultural y a su condición
de mecanismo de participación.10
Seguidamente, el fallo plantea un avance en torno al
alcance y contenido del deber de consulta de medi-
das legislativas susceptibles de afectar directamente
a las comunidades indígenas, aun cuando éstas no
estén circunscritas a: 1) la explotación de recursos
naturales en sus territorios, o 2) a la delimitación
de los mismos. En ese orden de ideas, la Corte se
o territorios; a las condiciones de trabajo; a aspectos relacionados con la formación profesional, la artesanía y las industrias rurales; a salud y seguridad social; a educación y medios de comunicación y a contactos y cooperación a través de las fronteras…”
[10] Id., párrafo 4.2.2. En los párrafos siguientes de la sentencia, la Corte lleva a cabo un pormenorizado recuento jurisprudencial de los pronunciamientos que han tenido por objeto delimitar el contenido del derecho a la consulta previa en relación con medidas legislativas. Las sentencias a las que hace alusión la Corte son las siguientes: C-169 de 2001, C-418 de 2002, C-891 de 2002, C-620 de 2003, C-208 de 2007, C-620 de 2003, T-737 de 2005, SU-383 de 2003, T-382 de 2006.
plantea tres problemas jurídicos que resuelve de la
siguiente manera.
1. ¿Cuándo es obligatoria la consulta previa de una
medida legislativa de acuerdo con el artículo 6
literal a) del Convenio 169?
La Corte concluye que, en virtud del Convenio 169,
la consulta previa de una medida legislativa es obli-
gatoria cuando afecta de manera directa y específica a las comunidades indígenas o tribales, sin importar
que dicha afectación sea positiva o negativa. En
cuanto al primer requisito, el tribunal precisó que
“hay una afectación directa cuando la ley altera el es-
tatus de la persona o de la comunidad, bien sea por-
que le impone restricciones o gravámenes, o, por el
contrario, le confiere beneficios”.11 Adicionalmente,
la Corte exige que la afectación sea específica, es de-
cir, que la medida debe estar dirigida concretamente
a las comunidades en su calidad de tales. Es decir, se
trata de una norma que está “orientada a regular de
manera específica la situación de esos pueblos”12,
o que, aun cuando ha sido concebida con alcance
general, repercute sobre las comunidades. En ese
orden de ideas, la Corte concluye:
En cada caso concreto sería necesario esta-
blecer si opera el deber de consulta, bien sea
porque se esté ante la perspectiva de adoptar
una medida legislativa que de manera directa
[11] Id., párrafo 4.2.2.2.1.
[12] Id.
LA CONSULTA PREVIA DE UNA MEDIDA
LEGISLATIVA ES OBLIGATORIA CUANDO AFECTA
DE MANERA DIRECTA y ESPECíFICA
A LAS COMUNIDADES INDíGENAS.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos134
[ Después de la caída ]
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y específica regula situaciones que repercuten
en las comunidades indígenas y tribales, o
porque del contenido material de la medida se
desprende una posible afectación de tales co-
munidades en ámbitos que les son propios.13
2. ¿En qué condiciones de tiempo, modo y lugar
debe producirse esa consulta?
Dado que el Convenio 169 no establece reglas de
procedimiento, y hasta tanto el legislador no re-
gule la materia a nivel interno, las condiciones de
tiempo, modo y lugar deben atender al mandato de
flexibilidad contenido en el Convenio. Aún así, para
la Corte es claro que este mandato no deja la consul-
ta sometida por completo a la discrecionalidad de
los Estados. Los principios de buena fe, efectividad,
conducencia, utilidad y oportunidad deben ser
aplicados al momento de definir las condiciones
en que se realizará la consulta. Así mismo, la Corte
estableció que los requisitos desarrollados en la sen-
tencia SU-039 de 1997 son aplicables a la consulta
previa de medidas legislativas. Dichos requisitos
son: a) el conocimiento pleno de la medida por par-
te de las comunidades; b) una suficiente ilustración
sobre posible afectación que esta pueda acarrear
para la comunidad; c) la oportunidad para valorar
las ventajas y desventajas de la medida libremente
y sin interferencias; d) que la consulta involucre a
[13] Id.
las organizaciones/instituciones genuinamente
representativas de la comunidad; e) que la comu-
nidad se manifieste mediante sus representantes
autorizados; f) que ante la imposibilidad de acuerdo
o concertación la decisión estatal sea proporcional.
Por último, la Corte reafirmó que no tiene el valor
de consulta la mera información o notificación
sobre la medida, y juzgó necesario especificar que
corresponde al gobierno promover la consulta tanto
de los proyectos de ley que son de su iniciativa, como
de aquellos que no los son.
3. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de la omisión
frente al deber de consulta?
Según la Corte, existen tres consecuencias jurídicas
posibles frente a la omisión del deber de consulta
LA CORTE ENCONTRó QUE EL CONTENIDO DE
LA LEy GENERAL FORESTAL AFECTABA
DE MANERA PARTICULAR A AQUELLOS SECTORES
QUE TIENEN UNA RELACIóN MÁS ESTRECHA
CON LOS BOSQUES y CON LA ACTIVIDAD
FORESTAL, ENTRE QUIENES SE ENCUENTRAN
LAS COMUNIDADES AFRO E INDíGENAS.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos135
[ Alejandra Azuero ]
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previa.14 La primera consecuencia posible es la in-
constitucionalidad de la norma en su conjunto. La
segunda y tercera opción operarían cuando se trata
de una ley que de manera general concierne a los
pueblos indígenas y tribales y los afecta directamen-
te. En ese caso, la Corte podría: optar por resolver
la omisión mediante la exclusión de las comuni-
dades afectadas del ámbito de aplicación de la ley.
O también podría declarar una omisión legislativa
derivada de la falta de previsión de medidas especí-
ficamente orientadas a las comunidades indígenas
y tribales, de forma tal que la ley se conserve en el
ordenamiento y se adopten las medidas necesarias
para subsanar la omisión.
[14] Id., párrafo 4.2.2.2.3.
Ausencia de consulta previa en el caso concretoFinalmente, en la tercera parte de la demanda la
Corte estudió un último problema jurídico. En efec-
to, analizó si a la luz de los criterios desarrollados en
el fallo era necesario o no llevar a cabo la consulta
previa en el caso de la Ley General Forestal, y de ser
así, cuáles serían los argumentos que permitirían
concluir que la consulta no se surtió. En cuanto a
la necesidad de consultar la medida legislativa, la
Corte encontró que el contenido de la Ley General
Forestal afectaba de manera particular a aquellos
sectores que tienen una relación más estrecha con
los bosques y con la actividad forestal, entre quienes
se encuentran las comunidades afro e indígenas. Por
tanto, concluye que la consulta sí era necesaria a la
luz de la Constitución y el Convenio 169 de la OIT,
toda vez que la norma demandada era susceptible
de afectar directa y específicamente a tales comuni-
dades. Al respecto señaló la Corte:
En la medida en que establece políticas ge-
nerales, definiciones, pautas y criterios, que
en cuanto que de aplicación general, pueden
afectar las áreas en las que se encuentran asen-
tadas las comunidades, lo cual, a su vez, puede
repercutir sobre sus formas de vida y sobre la
relación tan estrecha que mantienen con el
bosque (…) la adopción de la ley debió haberse
consultado con esas comunidades.15
Ahora bien, una vez reconocido el deber de consulta
en el caso concreto, la Corte entró a estudiar si se ha-
bía cumplió adecuadamente con dicha obligación. En
ese orden de ideas, el tribunal observó que la medida
legislativa que se buscaba promover en el Congreso
no fue puesta en conocimiento de las comunidades
[15] Id., párrafo 5.3.
Car
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editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos136
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por intermedio de instancias suficientemente re-
presentativas. Así mismo, la Corte constató que las
comunidades afectadas por las medidas tampoco
fueron ilustradas debidamente sobre el alcance y la
manera en que se produciría dicha afectación. Por
último, la Corte verificó que dichos grupos tampoco
tuvieron una oportunidad efectiva para pronunciar-
se frente a la medida que se tramitó posteriormente
ante el Congreso. Por tanto, en virtud de estos argu-
mentos la Corte Concluyó que, si bien en el trámite
del proyecto de ley se cumplió de manera general
con el proceso participativo previsto en la Constitu-
ción y la ley, lo cierto es que la consulta no se surtió
en los términos previstos por la jurisprudencia cons-
titucional y, por tanto, la norma debía ser declarada
inexequible. Así lo expresó la Corte:
Dado que la ley versa sobre una materia que se
relaciona profundamente con la cosmovisión
de esas comunidades y su relación con la tierra,
y que, por acción o por omisión, es susceptible
Carlos Gómez Ariza
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos137
[ Alejandra Azuero ]
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Junio
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008de afectarlas de manera directa y específica,
no hay alternativa distinta a la de declarar la
inexequibilidad de la ley.16
después de la Ley ForestalLa declaratoria de inexequibilidad de la Ley Forestal
es un triunfo innegable para el desarrollo del dere-
cho a la consulta previa de las comunidades étnicas
y tribales en Colombia. y en esa medida, es también
una decisión judicial que contribuye notablemente
al fortalecimiento de la democracia participativa en
nuestro país. Sin embargo, como suele suceder con
las grandes decisiones judiciales tanto en Colombia
como en el extranjero, éstas también ayudan a evi-
denciar los retos a los que se enfrentan las organi-
zaciones y los ciudadanos al acudir al derecho como
herramienta de transformación social.
Tras la “caída” de la Ley Forestal son innumerables
los frentes en los cuales se hace palpable la nece-
sidad de seguir trabajando en defensa del derecho
fundamental a la consulta previa. Algunos ejemplos
permiten ilustrar de qué manera abogados, activis-
tas y academia tienen el reto de seguir articulando
estrategias jurídicas, políticas y sociales que permi-
tan afianzar los logros alcanzados con la sentencia
C-030 de 2008.
Por un lado, se puede mencionar la importancia
que tendrá en los días por venir la tarea de cabildeo
y seguimiento al nuevo proyecto de ley que fue
presentado por el Ministerio de Agricultura ante
el Congreso, por medio del cual se pretende regla-
mentar la actividad de las plantaciones forestales
comerciales a nivel nacional. y por el otro, también
será vital la intervención de las organizaciones ante
la Corte Constitucional, como coadyuvantes de
[16] Id.
la acción pública de inconstitucionalidad que fue
presentada recientemente en contra del Estatuto de
Desarrollo Rural por ausencia de consulta previa.17
Esta decisión, precedida por las sentencias C-030 de
2008 y C-416 de 2008,18 será de vital importancia
para la consolidación del precedente que durante el
último año ha desarrollado la Corte en materia de
consulta previa.
Sin embargo, los esfuerzos de las comunidades y or-
ganizaciones en favor de la materialización del dere-
cho fundamental a la consulta previa son necesarios
mas no suficientes. Corresponde al legislativo y al
ejecutivo la responsabilidad de llevar a cabo la con-
sulta previa siempre que las comunidades afro e in-
dígenas sean susceptibles de verse afectadas por una
medida legislativa. Es claro que de estos dos órganos
del poder público también depende que la “caída”
de la Ley Forestal no se convierta en letra muerta.
[17] Número de radicación: D-7308. Acción pública de inconstitucionalidad presentada el 15 de mayo de 2008 por la Comisión Colombiana de Juristas y suscrita por la Corporación Grupo Semillas, la Corporación Colectivo José Alvear Restrepo, la Fundación Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, Unidad y Reconstrucción (ANUC-UR), y la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos de Colombia (ANUC).
[18] En esta última sentencia la Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de la Ley 1151 de 2007 –por medio de la cual se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo– de manera que hasta tanto se realice dicha consulta, se suspenden los proyectos, programas y presupuestos plurianuales que puedan incidir directa y específicamente sobre pueblos indígenas o comunidades étnicas afrodescendientes.
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Los territorios indígenas traslapados con áreas del Sistema de Parques nacionales naturales en la Amazonia colombiana:
Situación actual y perspectivas1
En la región amazónica un alto porcentaje de las áreas del Sistema de Parques
Nacionales Naturales (SPNN) se encuentran superpuestas con extensos
territorios reconocidos en propiedad a favor de los pueblos indígenas. Las
nuevas consagraciones constitucionales privilegiaron notablemente el esta-
tus jurídico de los parques naturales y de los territorios indígenas, a tal punto
que actualmente se hace imperativo propender por articular y armonizar en
mutuo beneficio los intereses representados en estas figuras jurídicas, más
aún cuando las condiciones del ambiente adquieren una situación crítica re-
conocida a nivel global.
El Sistema de Parques Nacionales Naturales se encuentra estructurado le-
galmente bajo la concepción de incompatibilidad con la habitación humana
permanente y la explotación de los recursos naturales. En efecto, el régimen
general dispuesto en la normatividad vigente para estas áreas establece un
estricto y restrictivo control sobre el uso, manejo y aprovechamiento de los
recursos naturales, que impide el desarrollo de actividades agrícolas, fores-
tales, pesqueras, de caza, mineras o de hidrocarburos. Adicionalmente, dicho
régimen opera de manera prevalente sobre las competencias de protección y
[1] El presente artículo corresponde al Documento de Políticas Públicas No. 23 del Foro Nacional Ambiental de diciembre de 2007, en prensa.
Junio
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008conservación de la biodiversidad biológica reco-
nocidas a las restantes autoridades ambientales
del nivel regional o local.
Los territorios indígenas se encuentran reconoci-
dos como un derecho fundamental constitucional
a favor de los pueblos indígenas, el cual opera prin-
cipalmente en dos aspectos: en primer lugar se re-
fiere a la propiedad colectiva de las tierras y de los
recursos naturales,2 y en segundo lugar en lo que
se refiere al ejercicio del derecho de autonomía y
autogobierno a nivel local, el cual se materializa
en un sistema jurídico propio en lo administrativo,
judicial y legislativo que debe ser armónico con las
normas del sistema jurídico nacional.3
[2] Corte Constitucional T – 188 de 1993: “El derecho de propiedad colectiva ejercido sobre los territorios indígenas reviste una importancia esencial para las culturas y valores espirituales de los pueblos aborígenes. Se resalta la especial relación de las comunidades indígenas con los territorios que ocupan, no sólo por ser éstos su principal medio de subsistencia sino además porque constituyen un elemento integrante de la cosmovisión y la religiosidad de los pueblos aborígenes. El derecho fundamental a la propiedad colectiva de los grupos étnicos lleva implícito, dada la protección constitucional del principio de diversidad étnica y cultural, un derecho a la constitución de resguardos en cabeza de las comunidades indígenas. El derecho fundamental de petición es aquí un medio o presupuesto indispensable para la realización de aquellos derechos.” (negrillas fuera del texto)
[3] Corte Constitucional, sentencia T-979 de 2006: “Los criterios señalados en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, enmarcan, y al mismo tiempo refuerzan, el derecho al auto-gobierno de las comunidades indígenas, que el Constituyente de 1991 puso de presente en varias disposiciones constitucionales. De otra parte, tales principios y criterios encajan claramente dentro del entorno
Variados y extensos estudios jurídicos se han rea-
lizado en busca de definir los aspectos que harían
o no compatibles dichas figuras superpuestas. En
principio se asume de manera generalizada que
la ocupación y el aprovechamiento de las áreas
del Sistema de Parques Nacionales Naturales
por parte de los pueblos indígenas no comporta
amenaza o riesgo para la conservación de los
ecosistemas estratégicos que se busca proteger,
a diferencia de lo que podría ocurrir con otras
poblaciones rurales.
Los aspectos sobre los cuales ha recaído el análisis
jurídico y que en adelante se desarrollarán son los
siguientes:
La propiedad y administración de la tierra y de
sus recursos naturales renovables en las áreas
traslapadas.
de un Estado social de derecho (art. 1° de la Constitución Política), respetuoso y protector de la diversidad étnica y cultural (art. 7° ibídem). De allí que, en desarrollo de las obligaciones resultantes de su participación en este convenio, al Estado colombiano le corresponda desarrollar una labor activa encaminada a promover el respeto y la prevalencia de la autonomía y los demás derechos de las comunidades indígenas. Ahora, si al Estado y sus autoridades les corresponde promover y defender el derecho fundamental de las comunidades indígenas a gobernarse por autoridades propias, se entiende que a fortiori, les compete el deber de abstenerse de interferir de cualquier manera en la toma de las decisiones que en desarrollo de su autonomía corresponde adoptar a los integrantes de las comunidades indígenas. Siendo sin duda una de tales decisiones, e incluso una de las más importantes, la referente a la elección de las autoridades que de conformidad con sus propias tradiciones, usos y costumbres, habrán de gobernar a la comunidad indígena en cuestión, dentro del ámbito de sus competencias reconocidas por la Constitución de 1991”.
Ramón esteban LabordeAbogado, asesor de organizaciones indígenas de la Amazonia.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos140
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
etniA
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PoLÍt
icA La afectación o restricción sobre el uso, manejo
y aprovechamiento de los recursos naturales por
parte de los pueblos indígenas. Particularmente
se evidencia una tensión en relación con el apro-
vechamiento para fines comerciales de los recur-
sos naturales por parte de los pueblos indígenas
en situación de traslape.
La articulación de los sistemas jurídicos nacional e
indígena: la coordinación o coadministración te-
rritorial entre autoridades ambientales naciona-
les, y las instituciones de gobierno local indígena.
Aprovechamiento económico y concesiones de
servicios ambientales y turísticos en los territo-
rios indígenas traslapados, por parte del Estado y
terceros.
Instrumentos de planificación: régimen especial
de manejo, planes de ordenamiento territorial,
planes de vida indígena o planes de manejo de las
áreas del SPNN.
Necesidad de adecuación normativa para estas
áreas traslapadas.
La propiedad y administración de la tierra y de sus recursos naturales renovables en las áreas traslapadasEn los análisis jurídicos sobre este tema, uno de los
principales cuestionamientos que se han realizado
es acerca de quién es el titular del derecho de do-
minio sobre la tierra y los recursos naturales en las
áreas traspaladas del SPNN y los territorios indíge-
nas; este cuestionamiento se genera a partir de la in-
terpretación realizada por el Ministerio de Ambiente
según la cual la nación es propietaria de los recursos
naturales y en particular de las áreas del SPNN, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y
332 de la Constitución. En estas normas se establece
que los bienes de uso público, los parques naturales Car
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editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos141
[ Ramón Esteban Laborde ]
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Junio
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008y los territorios indígenas, entre otros bienes, son
inalienables, imprescriptibles e inembargables y que
el Estado es propietario de los recursos naturales.
Efectivamente, de una parte, las autoridades am-
bientales entendieron que las áreas del SPNN eran
propiedad de la nación y en consecuencia proce-
dieron a autorreconocer la propiedad y a inscribirse
como propietarios en el registro público,4 mientras
que las autoridades del sector agrario reconocían
la propiedad de los pueblos indígenas sobre los
territorios tradicionalmente ocupados por éstos y
procedían a su registro, en razón de lo cual existen
actualmente títulos y registros superpuestos sobre
una misma área territorial, con diferentes titulares.
Las autoridades ambientales en el acto de auto-
rreconocimiento de la propiedad de las áreas del
SPNN fundamentan su decisión en lo dispuesto en
el artículo 42 del Código Nacional de los Recursos
Naturales Renovables, según este artículo “Perte-
necen a la Nación los recursos naturales renovables
y demás elementos ambientales regulados por este
código que se encuentren dentro del territorio na-
cional”. Dentro de éstos se encuentra el género de
las áreas de manejo especial donde se incluyen las
pertenecientes al Sistema de Parques Nacionales,
entendiendo por tales “el conjunto de áreas con va-
lores excepcionales para el patrimonio nacional que,
en beneficio de los habitantes de la Nación y debido a
sus características naturales, culturales o históricas,
[4] Resolución 2394 del 24 de octubre de 1995 del Inderena “Por la cual se solicita cambio de titular de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales”, el cambio de titular que se solicitó e inscribió efectivamente fue del Inderena a la Nación-Ministerio de Medio Ambiente, por ejemplo, en la oficina de registro de Leticia (Amazonas) se encuentra registrada la propiedad de la nación sobre el Parque Nacional Natural Amacayacu (Folio de matrícula inmobiliaria No. 400-0001038) y el PNN Cahuinari (Folio de matrícula inmobiliaria No. 400-0002262).
se reserva y declara comprendida en cualquiera
de las categorías que adelante se enumeran”.5 Fi-
nalmente, la Ley 99 de 1993 le asigna la función al
Ministerio de Ambiente para reservar, alinderar y
administrar las áreas del SPNN, reglamentando su
uso y funcionamiento.6
Los pueblos indígenas obtienen el reconocimiento
de la propiedad sobre sus territorios y de los re-
cursos naturales de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 329 de la Carta, así como lo establecido en
el artículo 15 del Convenio 169 de la OIT, entre otras
normas. En efecto, el derecho de dominio de los
territorios indígenas se establece en beneficio de los
miembros de determinado grupo étnico o de varios
de ellos, nunca en beneficio de la nación. Esta pro-
piedad colectiva se asimila a la propiedad privada, y
en consecuencia les corresponderá a sus titulares la
administración y, adicionalmente, en ejercicio de las
facultades de autogobierno local les correspondería
determinar lo referente al uso del suelo, incluida la
preservación de los recursos naturales renovables.7
El régimen legal vigente para las áreas del SPNN se
aplica plenamente a los propietarios particulares.
Frente a ellos se entiende y justifica que el Estado
adquiera la propiedad de los predios incluidos en el
[5] Decreto-ley 2811 de 1974, artículo 327 (énfasis agregado).
[6] Ley 99 de 1993, artículo 5 numerales 18 y 19.
[7] Artículo 330 Constitución Política.
EL DERECHO DE DOMINIO DE LOS TERRITORIOS
INDíGENAS SE ESTABLECE EN BENEFICIO
DE LOS MIEMBROS DE DETERMINADO GRUPO
éTNICO O DE VARIOS DE ELLOS,
NUNCA EN BENEFICIO DE LA NACIóN.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos142
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
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icA
sistema, aún de manera forzada. Así mismo, se en-
cuentra establecido el beneficio general para todos
los habitantes del territorio nacional de usar los PNN
con fines recreativos, educativos, investigativos, etc.
En este caso, la propiedad privada no adquiere la
connotación de ser un derecho fundamental consti-
tucional, no existe una relación espiritual, cultural e
histórica con el territorio, la relación es simplemente
económica o patrimonial, por lo que puede incluso
ser expropiado, previa indemnización.
El régimen legal vigente para las áreas del SPNN no
es aplicable para los pueblos indígenas, pues su pro-
piedad territorial no puede ser objeto de adquisición
voluntaria o forzosa, ya que constitucionalmente ha
adquirido el carácter de inalienable y en consecuen-
cia es inalienable su administración. Por ser éste un
atributo esencial al derecho de dominio, es decir, que
sin ésta se desnaturaliza el derecho de propiedad, lo
cual no es procedente para los territorios indígenas.
Sin discusión se acepta que la propiedad de la tierra
y los recursos naturales se encuentra radicada en los
pueblos indígenas; sin embargo, como se ha estable-
cido, formalmente la nación-Ministerio de Ambien-
te, Vivienda y Desarrollo Territorial tiene inscritas en
las oficinas de instrumentos públicos la propiedad
de la totalidad de las áreas que componen el SPNN,
incluidos los titulados y registrados a nombre de los
pueblos indígenas. Esta situación debe ser corre-
gida, pues no son aceptables estas ambigüedades
por parte del Estado. La obligación de reconocer la
plena propiedad de los territorios ancestralmente
utilizados por los Pueblos Indígenas por parte del
Estado se encuentra establecida en el Convenio 107
de la OIT (Ley 31 de 1967) y reiterado en el Convenio
169 de la OIT (Ley 21 de 1991), normas que hacen
parte del bloque de constitucionalidad en estricto
sentido.8 Por tanto, se debe revocar la Resolución
2394 de 1995 del Inderena, y ordenar la cancelación
de los folios de matrícula inmobiliaria de las áreas
del SPNN traslapadas parcial o totalmente con terri-
torios indígenas.
La afectación o restricción sobre el uso, manejo y aprovechamiento de los recursos naturalesLos territorios indígenas, al igual que todas las pro-
piedades, se encuentran sometidas al cumplimiento
de la función ecológica: lo que habría que determi-
nar son las limitaciones adicionales al uso, manejo y
aprovechamiento a las cuales tendrían que sujetarse
los pueblos indígenas cuando sus territorios se en-
cuentren superpuestos con áreas del SPNN.
La jurisprudencia constitucional ha dicho al paso
(obiter dicta)9:
Dentro de las zonas delimitadas y, por con-
siguiente, reservadas o destinadas a parques
naturales, no sólo se comprenden terrenos de
propiedad estatal, sino de propiedad privada.
Si bien en estos casos subsiste la propiedad
privada, que es enajenable, ella esta afectada
a la finalidad de interés público o social propia
del sistema de parques nacionales, afectación
que implica la imposición de ciertas limita-
[8] Ver Corte Constitucional, sentencia C-401 de 2005.
[9] Parte no vinculante u obligatoria de las sentencias judiciales, solo tienen valor pedagógico o de ilustración. Ver Corte Constitucional, sentencia SU-047 de 1999.
SIN DISCUSIóN SE ACEPTA
QUE LA PROPIEDAD DE LA TIERRA
y LOS RECURSOS NATURALES SE ENCUENTRA
RADICADA EN LOS PUEBLOS INDíGENAS.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos143
[ Ramón Esteban Laborde ]
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008ciones o cargas al ejercicio de dicho derecho,
acordes con dicha finalidad. No obstante, debe
aclararse, que en cuanto se afecte el núcleo
esencial del derecho de propiedad con la refe-
rida afectación el respectivo inmueble debe ser
adquirido mediante compra o expropiación
(sentencia C-649 de 1997).
En el caso de los territorios indígenas, siguiendo esta
cita tendríamos que considerar que la afectación a
su propiedad sobre la tierra y los recursos naturales
renovables no puede llegar a la imposición de limi-
taciones o cargas que afecten el núcleo esencial de
tales derechos, pues como se sabe éstos no podrían
ser objeto de adquisición por parte del Estado debi-
do a su carácter de derecho fundamental inaliena-
ble. Convenido lo anterior tendríamos que reiterar
que en los territorios indígenas comprendidos en
unas de las áreas del SPNN no se aplica el régimen
general de dicho sistema; recordemos que en éste
se encuentran prohibidas las actividades de tumba,
quema y siembra, caza, pesca, forestales, agrope-
cuarias, industriales, mineras, petroleras, hoteleras,
etc.10, o cualquier otra actividad que vaya en contra
de los objetivos de conservación del área.
En principio no habría inconveniente en aceptar
que de las anteriores actividades no permitidas en
las áreas del SPNN, las que se refieren a las propias
de la subsistencia de las comunidades indígenas
no pueden ser objeto de limitación. Es claro que de
éstas depende su supervivencia física, de igual modo
ocurre con las que se requieran para su bienestar
espiritual, en general no se les podrá limitar o regla-
mentar, ni será necesario formalizar acuerdos sobre
el uso, manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales que adelanten de manera tradicional. De
igual manera, no será admisible que en estas áreas
[10] Artículo 30 del Decreto 622 de 1977.
traslapadas el Estado pueda autorizar exploración
y explotación de los recursos del subsuelo, pues
frente a sí mismo operan las limitaciones que hacen
incompatible las actividades mineras o petroleras
en áreas de especial importancia ecológica. La
cuestión que habrá de resolverse es el desarrollo
de actividades de carácter industrial o comercial
que no puedan considerarse como de subsistencia
o tradicionales, en efecto, la siembra extensa de
monocultivos, la explotación forestal a gran escala,
la caza o pesca con fines comerciales, el montaje de
industrias, la hotelería y turismo, entre otras, serán
las actividades sobre las cuales deberá alcanzarse un
acuerdo entre el Estado y las comunidades indígenas
que se encuentran en áreas del SPNN.
Dentro de estas actividades que hemos denomina-
do de carácter industrial o comercial existen algunas
que tampoco representan una amenaza para los ob-
jetivos de conservación de las áreas del SPNN. Parti-
cularmente la hotelería y el turismo son realizada y
promovidas por el mismo Estado en otras áreas del
SPNN, por lo cual no parece haber justificación para
que las mismas comunidades puedan adelantarlas
dentro de sus territorios, determinando previamen-
te la capacidad de carga y demás condiciones reque-
ridas en la zona donde se adelantará.
Sobre las otras actividades de carácter industrial
o comercial plantearemos algunos principios por
considerar:
Derecho de los pueblos indígenas a definir sus
prioridades en lo que atañe a su proceso de de-
sarrollo económico, cultural y social. Artículo 7
del Convenio 169 de la OIT: para las comunidades
indígenas que han manejado sosteniblemente
sus recursos naturales, no resulta prioritario el
interés de la nación por la conservación in situ,
sus intereses prioritarios se dirigen a aspectos
culturales, sociales y económicos, por lo cual no Car
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editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos144
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
etniA
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icA resulta justo ni proporcionado imponerles unas
prioridades externas. No puede ocultarse que los
pueblos indígenas en la actualidad y cada vez con
más fuerza, vienen adoptando y requiriendo de
bienes y servicios propios del sistema de la eco-
nomía de mercado, lo cual genera consecuente-
mente la necesidad de obtener mayores ingresos
para satisfacer estos nuevos requerimientos y, en
principio, podrían buscar alternativas produc-
tivas o económicas en sus territorios, pudiendo
optar por la utilización sostenible de sus recursos
naturales renovables.
En caso extremo, es decir, cuando el desarrollo de una actividad industrial o comercial pueda gene-
rar una verdadera amenaza para los objetivos de conservación del área del SPNN, el Estado podrá resolver motivadamente prohibir dicha activi-dad en aras del interés general, esto sin perjuicio del daño especial que se cause a la comunidad indígena11y la responsabilidad patrimonial del
Estado.
[11] De acuerdo con la doctrina vigente se produciría un daño especial que conlleva una indemnización de perjuicios independientemente de que se ajuste a la ley la prohibición de adelantar determinada actividad industrial o comercial por parte de los pueblos indígenas, se trata de un caso de responsabilidad objetiva del Estado según lo disponen el artículo 90 de la Carta y la jurisprudencia del Consejo de Estado.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos145
[ Ramón Esteban Laborde ]
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Carlos Gómez Ariza
El aprovechamiento industrial o comercial de los
recursos naturales por parte de los pueblos indí-
genas en las áreas del SPNN deberá ser realizado
con tecnologías compatibles con la conservación
del área superpuesta, y debe ser sostenible am-
bientalmente, estando el Estado en la obligación
de aportar los requerimientos técnicos y finan-
cieros para este propósito.
La resolución de los conflictos que puedan surgir
entre las prioridades del Estado y los pueblos
indígenas deben ser resueltos a partir de los ele-
mentos que proporcione cada caso en particular
(casuística), atendiendo al nivel de conservación
de los recursos naturales y de la cultura de la res-
pectiva comunidad indígena, y deben ponderarse
los intereses en conflicto en concreto. No se puede
generalizar o resolver en abstracto y de antemano
soluciones a dichos conflictos, así lo ha señalado
la Corte Constitucional para este tipo de casos.
El interés de la conservación in situ no puede
erigirse como un nuevo instrumento de domi-
nación estatal en relación con los pueblos indí-
genas, cualquier forma de colonialismo interno
se encuentra proscrito de nuestro ordenamiento
jurídico, por tanto la relación debe estructurarse
horizontalmente en igualdad de condiciones,
libre de cualquier arbitrariedad o con abuso de la
posición dominante.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos146
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
etniA
S &
PoLÍt
icA La articulación y coordinación de los sistemas jurídicos: nacional e indígena, en la función de las áreas traslapadasLos pueblos indígenas obtuvieron con la Consti-
tución de 1991 y las normas internacionales espe-
cialmente referidas a estos el reconocimiento a su
autonomía política y jurídica a nivel local, lo cual se
traduce en la posibilidad de ejercer funciones admi-
nistrativas, legislativas y judiciales
dentro de su ámbito territorial, en armonía con las
normas nacionales. Esta circunstancia determina
una diferencia sustancial con relación a las autori-
dades regionales, departamentales o municipales,
estas últimas en lo administrativo se encuentran
sometidas a las políticas, planes y programas dis-
puestos por el nivel central de la administración
pública, adicionalmente carecen totalmente de fun-
ciones legislativas o judiciales. Sin llegar a extremos,
se puede señalar que esta condición les permite a los
pueblos indígenas, por lo menos, obtener un trato
horizontal por parte del Estado, es decir, no jerar-
quizado o de dominación y, en consecuencia, surge
la necesidad de alcanzar un consenso y articulación
para el manejo de las áreas traslapadas.
Los pueblos indígenas amazónicos, entre otros,
mantienen sofisticados y complejos sistemas de
manejo de su territorio y de sus recursos naturales
los cuales bien pueden ser entendidos en su conjun-
to como un cuerpo normativo completo, suficiente
y eficiente para garantizar el interés de la nación en
la conservación in situ. No obstante, ante las nuevas
realidades económicas y sociales requieren de la
colaboración de las autoridades ambientales para
garantizar definitivamente dicho interés nacional,
de tal manera que los dos sistemas jurídicos deben
articularse y armonizarse de manera complementa-
ria o subsidiaria.
En principio, debe darse aplicación plena al sistema
de regulación dispuesto por las autoridades indíge-
nas y en relación con sus miembros, y de manera
subsidiaria y complementaria debe operar la autori-
dad y normatividad nacional en relación con las per-
sonas que no están bajo la jurisdicción y autoridad
indígena. De lo contrario se presentaría una confu-
sión al no tenerse claridad acerca de la autoridad y la
normatividad que rige determinada área traslapada,
sería esta la única manera de realizar la articulación
entre los diversos sistemas jurídicos indígenas y el
nacional, particularmente en lo que se refiere a las
concepciones y regulaciones sobre el uso, manejo
y aprovechamiento de los recursos naturales. En
el caso del PNN Cahuinari se pudo comprobar el
error de pretender fusionar los diferentes sistemas
normativos y las actuaciones de las autoridades
indígenas con las del SPNN en una sola “masa”, pues
se terminan desnaturalizando el cuerpo normativo
y ejecutivo de cada una de las partes, la cuestión es
mantener la diversidad dentro de la unidad sin pre-
tender generar un sincretismo.
La coordinación territorial entre las autoridades am-
bientales nacionales y las autoridades e instituciones
de gobierno local indígena no puede materializarse
con el esquema centralizado y hegemónico que de
manera general opera en las áreas del Sistema de
Parques Nacionales Naturales. En estos casos, la
función de conservación de la diversidad biológica
requiere del reconocimiento de un esquema des-
DEBE DARSE APLICACIóN PLENA
AL SISTEMA DE REGULACIóN DISPUESTO
POR LAS AUTORIDADES INDíGENAS
y EN RELACIóN CON SUS MIEMBROS.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos147
[ Ramón Esteban Laborde ]
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Carlos Gómez Ariza
centralizado y pluralista donde la autoridad indíge-
na mantenga su autonomía política y jurídica, y las
autoridades ambientales nacionales actúen por de-
fecto a nivel interno y de manera complementaria
frente a los particulares externos a las comunidades
indígenas; considero que este planteamiento no
solo responde a una situación jurídica indudable,
sino a una realidad práctica.
Las limitaciones o cargas que se requieren implan-
tar en un área de conservación traslapada con un
territorio indígena deben operar frente a diversos
destinatarios, de una parte a los miembros de las co-
munidades indígenas que comprenden y responden
a los postulados de su propio sistema normativo,
y de otra parte, a los miembros de la sociedad na-
cional que comprenden y responden a sus propios
postulados normativos; entonces, para lograr de
manera eficiente el fin propuesto cada cual debe
atender sus responsabilidades de acuerdo con sus
normas, articulándose y actuando conjuntamente
cuando se requiera en los casos donde se presente
la intersección de los sistemas normativos o cuando
simplemente las necesidades lo requieran.
necesidad de adecuación normativa para estas áreas traslapadasLa UAESPNN viene promoviendo la discusión y con-
sulta previa de un proyecto de decreto que introdu-
ciría reformas al Decreto 622 de 1977 reglamentario
de la normatividad referida al SPNN contenida en el
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos148
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
etniA
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PoLÍt
icA Código Nacional de los Recursos Naturales Renova-
bles con el cual se pretende actualizar, entre otras, lo
referente a los territorios indígenas.
Como se ha expuesto, el régimen general del SPNN
no tiene aplicabilidad dentro de los territorios
indígenas, salvo para el caso de la autorización de
exploración y explotación de recursos del subsuelo
de propiedad del Estado o de permisos de explota-
ción comercial o industrial de recursos naturales
renovables. Es decir, que los miembros de las comu-
nidades indígenas en áreas traslapadas de manera
ininterrumpida y pacífica han venido realizando
el manejo, uso y aprovechamiento de sus recursos
naturales, sin que hubieren operado las limitaciones
dispuestas en dicho régimen.
Entre otras razones, dicho régimen no se ha aplica-
do debido a que no se contemplan allí normas que
actualmente se destinen a los pueblos indígenas. En
su momento estuvo vigente el artículo 7 del Decreto
622 de 1977, en el que se disponía la compatibilidad
entre las áreas del SPNN y las reservas indígenas, y
la necesidad de establecer un régimen especial en
beneficio de esta población, con lo que respetaría
su permanencia en el área y el derecho al aprove-
chamiento económico de los recursos naturales
con tecnologías compatibles con los objetivos del
sistema. Esta norma perdió su fuerza de ejecutoría12
[12] De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 66 del CCA, los actos administrativos pierden su fuerza de ejecutoria cuando desaparezcan sus fundamentos de derecho y en el presente caso la figura de las reservas indígenas desaparecieron del ordenamiento jurídico al ser derogado el Decreto 2117 de 1969, por el Decreto 2001 del 28 de septiembre de 1988 en el que se dispuso la conversión de las reservas indígenas en resguardos indígenas, debiéndose aclarar que esta última figura reconoce la plena propiedad de los territorios indígenas, mientras que las reservas otorgan un derecho de usufructo. Adicionalmente, debe considerarse que las reservas y los resguardos no son
pues desde el 28 de septiembre de 1988 desapare-
cieron los fundamentos de derecho en los cuales
se sustentaba sin que se hubiera aplicado en algún
caso, es decir, no se constituyó ningún PNN sobre
alguna reserva indígena, ni se estableció un régimen
especial sobre alguna reserva indígena.
Se cuestiona la viabilidad de realizar la actualización
normativa del SPNN en relación con los pueblos
indígenas a través de una reforma a la norma re-
glamentaria, sin reformar el Código Nacional de
los Recursos Naturales Renovables. Tenemos que
considerar que la limitación para compatibilizar la
presencia humana permanente se encuentra en este
último, y que un decreto reglamentario no puede
utilizarse para modificar la normatividad en que se
sustenta, el objeto de un acto reglamentario no pue-
de comprender la reforma de la norma superior a la
cual se encuentra sujeta, en palabras más simples,
las normas de menor jerarquía no pueden reformar
o desconocer las de superior jerarquía, cuando esto
ocurre se genera la nulidad del acto irregular.
Las normas del SPNN contenidas en el mencionado
código disponen que la finalidad principal de dicho
sistema es conservar sin deterioro los recursos natu-
rales reservados y declarados bajo algunas de las ca-
tegorías allí contenidas, los cuales estarán sometidos
o regulados en un régimen especial de manejo.13
Ninguna de las categorías aludidas contempla o per-
mite la presencia humana, como tampoco ninguna
de sus zonas internas, ya que desde el principio se
acogió el modelo de parques sin gente, aunque por
otra parte, se constata que existe desde el principio
figuras iguales; cuando se promulgó el Decreto 622 de 1977 existían jurídica y fácticamente los resguardos, sin embargo, no se dispuso su compatibilidad con las áreas del SPNN.
[13] Decreto 2811 de 1974, artículos 327 y 328.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos149
[ Ramón Esteban Laborde ]
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Junio
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008los pueblos indígenas pueden habitar permanente-
mente las áreas del SPNN. No es el modelo o sistema
de manejo, uso y aprovechamiento de los recursos
naturales el que determina la posibilidad de per-
manencia de las personas en las áreas del SPNN,
el derecho de permanencia allí se determina con
fundamento en prejuicios raciales, lo cual resulta
inaceptable dentro del marco constitucional.
Para el caso de los pueblos indígenas, en el proyecto
de reforma al Decreto 622 de 1977 se propone lo
siguiente:
Declarar la compatibilidad de las áreas del SPNN
con los resguardos indígenas o territorios indíge-
nas no titulados.
La declaración de un área del SPNN sobre terri-
torios indígenas se hará previa consulta con los
pueblos interesados.
Se reglamenta el proceso de consulta previa para
declarar áreas del SPNN con comunidades indí-
genas, si no se logra acuerdo la decisión final la
adopta el gobierno.
Las competencias constitucionales y legales de
las entidades territoriales para elaborar y adoptar
los POT se pierden totalmente sobre las áreas del
SPNN.
Se incluye una zona denominada de superposi-
ción con resguardo indígena, la cual funcionará
bajo un régimen especial de manejo, y que podrá
de dichas comunidades que son compatibles con la naturaleza, objetivos y funciones del área de que se trate. Para tal efecto, la entidad administradora del Sistema de Parques Nacionales promoverá mecanismos de consulta y participación con estas comunidades. Si las personas a que se refiere el presente artículo no se allanan a cumplir el plan de manejo expedido por la entidad, se convendrá con ellas y con el Incora su reubicación a otros sectores en los cuales se pueda practicar la titulación colectiva”.
presencia humana permanente en casi la totalidad
de las áreas del SPNN, situación que incluso llevó a la
administración a implementar la política institucio-
nal de parques con la gente.
En la actualidad, el régimen jurídico se encuentra
estructurado bajo el modelo sin gente, y la política
institucional bajo el modelo con gente, resultando
que los funcionarios y habitantes de las áreas del
SPNN se ven en la disyuntiva de cumplir el régimen e
incumplir la política o viceversa.
El régimen jurídico opera de acuerdo con la cali-
dad racial o étnica que se tenga: a) las personas
pertenecientes a la sociedad nacional no pueden
habitar permanentemente las áreas del SPNN, las
que se encuentran en éstas deben ser reubicados
en su exterior; b) las personas pertenecientes a las
comunidades negras14 en principio no pueden
habitar permanentemente las áreas del SPNN, el
reconocimiento territorial no puede comprender
áreas de dicho sistema; excepcionalmente, si se
han establecido con anterioridad a la declaratoria
del área del SPNN podrán permanecer mientras
cumplan con el plan de manejo dispuesto por la
autoridad ambiental, en caso contrario se procederá
a su reubicación,15 y c) las personas pertenecientes a
[14] De acuerdo con la Ley 70 de 1993 se entiende por: “Comunidad negra. Es el conjunto de familias de ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones y costumbres dentro de la relación campo-poblado, que revelan y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos”.
[15] Ley 70 de 1993, “Artículo 22. Cuando en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales ubicados en las zonas se encuentren familias o personas de comunidades negras que se hubieran establecido en ellas antes de la declaratoria del área-parque, el Inderena o la entidad que haga sus veces definirá, en el plan de manejo que se debe expedir, las prácticas tradicionales
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos150
[ Territorios indígenas en la Amazonia ]
etniA
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PoLÍt
icA tener una zonificación interna establecida con-
juntamente entre las autoridades ambientales y
las autoridades indígenas.
El Régimen Especial de Manejo garantizará el
ejercicio del conjunto de derechos constituciona-
les y legales de los pueblos indígenas, en especial
los territoriales, de uso y aprovechamiento soste-
nible de los recursos naturales renovables.
El Régimen Especial de Manejo será el marco téc-
nico y de gestión del área superpuesta, y se elabo-
rará teniendo como insumos el plan de manejo
del área y el plan de vida de las comunidades.
El Régimen Especial de Manejo contiene el con-
junto de reglas y procedimientos de planeación,
implementación y seguimiento de las acciones
coordinadas de las autoridades ambientales y las
autoridades indígenas.
Se establece que en ningún caso la articulación
y coordinación de acciones implica traslado, re-
nuncia o desprendimiento de las funciones de la
UAESPNN.
Cuando las comunidades carezcan de título se les
consultará el Plan de Manejo del área.
Las actividades de control y vigilancia en las áreas
superpuestas se realizará de manera conjunta o
coordinada con las autoridades indígenas, según
lo dispuesto en el Régimen Especial de Manejo.
Los Regímenes Especiales de Manejo estable-
cidos con anterioridad a la vigencia del decreto
deberán ser ajustados a éste en un término no
superior a tres (3) años.
En relación con las anteriores propuestas se realiza-
rán algunos análisis o críticas generales.
La compatibilidad de los resguardos indígenas
y las áreas del SPNN. Puede existir acuerdo con
la consagración positiva de la compatibilidad de
estas figuras. Sin embargo, ésta no ésta al alcance
de un decreto reglamentario, en la actualidad
ninguna de las categorías ni zonas del SPNN con-
templa la presencia humana, lo cual no puede
realizarse sino a través de la reforma del código,
además porque en el caso de los resguardos
indígenas, por tratarse de la regulación de un de-
recho fundamental constitucional, tiene reserva
de ley estatutaria.16 Finalmente, debería referirse
integralmente a los territorios indígenas, es decir,
tanto al resguardo (propiedad) como a la Entidad
Territorial Indígena (autogobierno) más cuando
adelante se establece un sistema articulado y
conjunto de administración del área superpuesta
entre las autoridades ambientales y las autorida-
des indígenas. En estas últimas solo tienen razón
en el marco del ejercicio de las funciones consti-
tucionales contenidas en los artículos 246 y 330,
más aún cuando se contempla la pérdida de las
competencias constitucionales de las entidades
territoriales en relación con el uso del suelo y la
protección del patrimonio ecológico local (POT)
en las áreas del SPNN;17 no se menciona a las ETI,
pero no se excluyen tampoco de su aplicación
cuando podrían estar en igual condición.
La consulta previa y su reglamentación. La con-
sulta previa es un derecho fundamental cons-
titucional que algunos casos no tiene efectos
vinculantes para el Estado, es decir, que agotado
el proceso el gobierno podrá adoptar la decisión
que considere sin arbitrariedad. En el caso de la
declaración de un área del SPNN, habría que acla-
[16] De acuerdo con el literal a) del artículo 152 de la Constitución, mediante las leyes estatutarias el Congreso deberá regular los derechos y deberes fundamentales de las personas, los procedimientos y recursos para su protección
[17] Ver artículo 17 del Proyecto de Decreto elaborado por la UAESPNN.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos151
[ Ramón Esteban Laborde ]
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Junio
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008rar si la consulta es vinculante o no; si el área tiene
exclusivamente como objetivo la conservación
de la diversidad biológica podría pensarse que el
Estado podría afectar o limitar el derecho de los
pueblos indígenas, y aún habría que tener mayor
precisión sobre el alcance de la afectación en con-
creto, mientras que los objetivos de recreación,
investigación, educación, cultura, que pueden
implicar el ingreso público de particulares a una
propiedad colectiva-privada no pueden ser re-
sueltos por las autoridades ambientales con pres-
cindencia de la voluntad de los pueblos indígenas.
Igualmente, la calidad de derecho fundamental
constitucional imposibilita la reglamentación a
través de un acto administrativo, pues como se
explicó, tiene reserva de ley estatutaria.
Concesiones comerciales de servicios en los terri-
torios indígenas traslapados. Se omite cualquier
referencia al tema de las concesiones de bienes
y servicios de hotelería y turismo en las áreas del
SPNN a favor de particulares; debe atenderse
a la circunstancia de que la conservación de la
biodiversidad es la que permite el ejercicio de las
prerrogativas estatales en las áreas del Sistema de
Parques Nacionales Naturales, pero no el mono-
polio en la explotación económica en las mismas
áreas a través de terceros; de igual manera, nada
se establece en relación con los beneficios eco-
nómicos provenientes de la venta de servicios
ambientales en las áreas superpuestas, las cuales
pueden establecerse a favor de los pueblos indí-
genas, aún con exclusión del gobierno nacional,
atendiendo a su condición indiscutible de propie-
tarios de los recursos naturales.
Instrumentos de planificación: régimen especial
de manejo, planes de ordenamiento territorial
o planes de vida indígena, y planes de manejo
de las áreas protegidas del sistema. El carácter
alcanzado por los territorios indígenas como
entes territoriales no permite que el instrumen-
to de planificación de su territorio se enmarque
exclusivamente dentro de un Régimen Especial
de Manejo o de un Acuerdo sobre el Uso, Manejo
y Aprovechamiento de los Recursos Naturales,
cuando lo que se trata de regular desborda el
ámbito de la conservación de la diversidad bio-
lógica. En el territorio indígena se debe además
incluir la planificación de desarrollo económico,
social, cultural y ambiental, lo cual se ha venido
realizando por parte de los pueblos indígenas a
través de planes de ordenamiento territorial o
planes de vida.
EL RéGIMEN ESPECIAL DE MANEJO
GARANTIZARÁ EL EJERCICIO DEL CONJUNTO
DE DERECHOS CONSTITUCIONALES y LEGALES
DE LOS PUEBLOS INDíGENAS
Uribe incumple reparación
integral por masacre
y amenaza
El gobierno ha tardado 17 años en cum-
plirle al pueblo Nasa con la reparación
integral por la masacre de El Nilo. ya
en reiteradas ocasiones se ha hecho
denuncia pública por el incumplimien-
to a los acuerdos establecidos entre el
gobierno y los pueblos indígenas del de-
partamento del Cauca, y de las sistemá-
ticas violaciones por parte del gobierno,
incluso asesinatos.
Lorenzo Largo Dagua, alguacil del ca-
bildo de Tacueyó, fue abaleado en la
hacienda La Emperatriz el 29 de no-
viembre de 2007, cuando participaba
en los rituales de liberación de la Madre
Tierra para reclamar el cumplimiento
gubernamental, y murió como con-
secuencia de las heridas, mártir por su
pueblo, el 14 de diciembre siguiente.
Archivo CRIC
ActU
ALid
Ad
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008La respuesta de Uribe en consejo con los lati-
fundistas en Popayán, el 15 de abril de 2008, fue
ofrecer recompensas por los dirigentes indígenas
y llamarlos delincuentes. Pero antes ir alguien
a declarar contra los líderes indígenas, fue en
cambio yidis Medina quien acudió a denunciar a
los delincuentes que compraron la reelección de
Álvaro Uribe.
El 21 de mayo de 2008, en la hacienda La Empe-
ratriz, cerca de 500 personas que reclamaban su
derecho a la tierra y a la reparación integral por la
masacre de El Nilo fueron atacadas por el ESMAD
de la policía Nacional con bombas explosivas y
armas de fuego, ocasionando heridas de grave-
dad en ocho indígenas nasa, entre ellos Eulogio
Dagua Cuetia, Luis Enrique Ramos, Alex Méndez
y Luis Eduardo Ramos, comuneros de los resguar-
dos indígenas de Jambaló, San Francisco, Huellas
y Toribío.
En el consejo comunitario realizado en el munici-
pio de Florida, Valle, el pasado 24 de mayo, el pre-
sidente de la República, en un acto inadmisible e
impropio de la investidura del jefe del Estado, or-
denó a un general de la República detener a “esos
congresistas que estimulan, tras bambalinas, la
violencia de los invasores”. Pretende el señor Uri-
be Vélez amedrentar a quienes se atrevan a so-
lidarizarse con los pueblos indígenas en la lucha
por sus derechos. Hay que decirlo con claridad: lo
que hizo Uribe es característico de una dictadura:
el presidente juzga, condena y ordena la judiciali-
zación y el arresto de dos senadores en un Conse-
jo Comunitario. Los senadores Alexander López y
Jesús Piñacué han respondido enérgicamente la
orden inconstitucional de Uribe. A continuación
las intervenciones de este último en el Senado:
Senador. Alianza Social Indígena.
¡Llamo a los jóvenes nasa a levantarse!
Fragmento del discurso del senador Jesús Piñacué en el Senado en respuesta al presidente de la República
mayo de 2008
La esperanza de una sociedad como la nuestra es el
motor de las culturas que creen en las leyes, y la pa-
ciencia es la fuerza heroica que se presenta en una co-
munidad como la nuestra no obstante la adversidad y
la amenaza.
Nos cansamos de tal tragedia, y desde 1991 estamos
luchando por nuestro territorio. Es muy tonta la
pretensión esa de alegar que como América es el te-
rritorio ancestral de los indios, entonces vamos a pre-
tender recuperar toda América. Ilusa conclusión en la
pretensión de combatir nuestras pretensiones.
La Emperatriz, El Japio, como las fincas aledañas a es-
tos predios hacen parte de nuestro territorio. Hoy cité
al ministro de Defensa para que como un hombre de
política confronte con nosotros a la luz de la verdad y
de los argumentos, pero eso de que anden ministricos
por ahí, ilustrados por falsas expectativas, diciendo
que por ejemplo Villacarola es de los reasentados
a quienes parece que el gobierno les ha comprado,
está cometiendo un error grave, lo que no ha dicho es
que está comprando esos predios en los resguardos
indígenas.
Mentirosos, tontos. Incapaces de resolver los proble-
mas que está viviendo esta sociedad, y como parami-
litares, narcotraficantes recurren desde el gobierno a
matar indios, a dispararles, y después como cobardes
a decir que nosotros estamos utilizando bombas,
armas de fuego para hacerle daño a la fuerza pública,
fuerza pública que entre otras cosas infiltrada por pa-
ramilitares asesinó a buena parte de nuestra gente, y
hoy quieren hacer lo mismo a la luz de un imperio del
que estamos viviendo.
Jesús Piñacué
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos154
[ Uribe incumple reparación integral por masacre y amenaza ]
etniA
S &
PoLÍt
icA Claro, en Florida tuvo que haber dicho el presidente seme-
jante arbitrariedad porque lo hizo antes en el Cauca dicien-
do que había que pagar recompensas para capturar indios.
yo sí le quiero preguntar al senador Salazar a cuál senador
se refiere el presidente de la República para que sea sujeto
de la captura. Esto no es nada raro, ya ha pasado.
Pero llamo desde este atril a los jóvenes indígenas paeces:
levántense tómense esas tierras; he buscado la manera de
dialogar, de discutir, de concitar el interés del gobierno y no
hay posibilidad de que nos escuchen.
No vamos a morir de rodillas, preferimos morir en la con-
dición en que nos están condenando, antes que guardar
silencio y paciencia como lo guardamos durante tantos
siglos. 1971 nos levantamos, llevamos treinta años prepa-
rándonos.
Creo que no habrá fuerza capaz de destruirnos si somos
capaces de levantarnos con la fuerza de la conciencia y de
la historia que nos da la razón ante una sociedad incapaz de
legislar en función de la convivencia. La propiedad privada
claro que hay que respetarla, pero ella tiene una función
social, por ella han habido guerras, y hoy en el Cauca se
está dando la posibilidad de una guerra atroz, miserable,
inconveniente. Esos policías ni siquiera la investidura de
este senador respetan, porque me han gritado y me han
insultado, y si no me han dado patadas o bolillos o disparos
es porque les da miedo aún, pero no tienen miedo de dis-
pararle a gente moribunda de hambre y de necesidades, así
que doctor Salazar es bueno medir el lenguaje, los términos
con que se dirigen las situaciones como la que estamos
viviendo, simplemente no hay una actitud de diálogo, y
ante ella la situación es evidente: de guerra, de sangre atroz,
horrible lo que estamos viviendo, pero no retrocederemos.
debate en la comisión Segunda del Senado sobre la situación de los pueblos indígenas del caucaJesús Piñacué Achicue
La razón única, la que explica y justifica la decisión de
las autoridades indígenas de respaldar las acciones de
liberación del territorio que las comunidades indígenas
en el Cauca han escogido como opción para poner en
el ámbito público sus demandas, y que tanto cuestiona
el gobierno, está en el incumplimiento de las respon-
sabilidades constitucionales y el incumplimiento de los
compromisos acordados entre las autoridades indígenas
y el gobierno nacional.
Jamás se podrá tomar como juicio serio el que se nos
señale como que renunciamos a la concertación y al diá-
logo, pues, la verdad es que desde 1971 hemos tomado
la decisión de hacer valer la autonomía y, en tal sentido,
ante el agobio de las urgencias sociales nos hemos pues-
to de acuerdo en la priorización de las soluciones. Uno
de los aspectos que rigurosamente se evalúa es la rela-
ción de los pueblos indígenas y el Estado.
Con esperanza y paciencia esperamos la intervención
del Estado, pero nos cansamos y entonces las vías de
hecho se han constituido en nuestro único instrumento
eficiente. Recordemos que los acuerdos y convenios fir-
mados, y que constituyen importantes avances, se han
dado cuando hemos acudido a estas vías, no por volun-
tad espontanea del Estado:
Miremos algunos de ellos:
Acuerdo de Totoró y el Incora en 1986, suscrito direc-
tamente por los totoró.
Acuerdo de La Salvajina en 1987: se planteó la exigibi-
lidad, entre indígenas de Morales, sector campesino
de Suárez y otros municipios, para la reparación por
los perjuicios causados por la construcción de la re-
presa de La Salvajina.
Acuerdo de Paz del Quintín Lame en 1991: se suscribe
”LLAMO DESDE ESTE ATRIO A LOS JóVENES
INDíGENAS NASA ¡LEVANTENSE, TóMENSE ESAS
TIERRAS!... EN 1971 NOS LEVANTAMOS,
LLEVAMOS 37 AñOS PREPARÁNDONOS, CREO
QUE NO HABRÁ FUERZA CAPAZ DE DESTRUIRNOS,
PORQUE SOMOS CAPACES DE LEVANTARNOS CON
LA FUERZA DE LA CONCIENCIA y DE LA HISTORIA.”
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos155
[ Jesús Piñacué ]
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Archivo CRIC
este acuerdo entre el movimiento Quintín Lame y el go-
bierno nacional, que recoge el proceso de reinserción de
los combatientes y las necesidades de las comunidades
indígenas.
Acuerdo por la masacre en la Hacienda El Nilo en 1991,
a raíz de la masacre de veinte indígenas, el cual com-
prende: indemnización por los hechos ocurridos en la
masacre, reparación y adquisición de 15.663 hectáreas
para las comunidades indígenas. La indemnización se
haría durante los años 1992, 1993, 1994.
Acuerdo por sustitución voluntaria de los cultivos ilíci-
tos, conocido como el convenio de Jambaló, firmado en
1992.
Acuerdo de las minas de azufre de 1993.
Acuerdo de la avalancha del río Páez de 1994.
Acuerdo para la construcción de una planta procelulosa
en Caldono.
Todos estos acuerdos fueron llevados a un acuerdo único
que se firma como convenio de la María-Piendamó, que
recoje el estado de incumplimientos de todos los acuerdos
puntuales que presentaban proyecciones, se trataba de
implementar los acuerdos en un convenio para ser más
vinculantes en términos jurídicos y políticos, complemen-
tario al Acta de Novirao. Posteriormente, para conseguir
una mayor vinculación y compromiso del gobierno, fueron
recogidos en el decreto 982 de 1999.
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos156
[ Uribe incumple reparación integral por masacre y amenaza ]
etniA
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PoLÍt
icA En dicho decreto se crea un mecanismo de interlocución di-
recto entre representantes indígenas del departamento del
Cauca y una comisión gubernamental del nivel nacional
para tratar de darle solución a todos los acuerdos, pero a la
fecha continúa el incumplimiento.
Otro ejemplo es lo relacionado con la masacre de El Nilo:
ante la impunidad evidente e indiscutible del Estado co-
lombiano las víctimas se ven en la necesidad de acudir a
instancias internacionales como es la Comisión Interameri-
cana de Derechos Humanos, ante la cual el Estado reconoce
su responsabilidad y muestra un interés conciliatorio (caso
11.101). En la conciliación, entre otros aspectos muy impor-
tantes se compromete a entregar 15.663 hectáreas de tierra
como reparación colectiva a la comunidad indígena Páez, la
cual adquiriría en los años 1992, 1993, 1994.
Según el informe 114 de 1999 la CDIH, entre otras, expresó:
la comisión no puede sino concluir que después de 8
años el éstado no ha investigado, juzgado y sanciona-
do de manera adecuada y eficaz a sus agentes por la
responsabilidad penal que les cabe en la masacre de
caloto. (…) La protección judicial debida por el Estado
incluye también el deber de reparar a las víctimas o
sus familiares (…) conforme a la información recabada
por las partes y aquella obtenida durante el proceso de
solución amistosa se arribó a una serie de conciliaciones
en los procesos contenciosos-administrativos cuya eje-
cución aún no se ha hecho efectiva.
Ante el evidente incumplimiento, la Comisión hace una
serie de recomendaciones entre las que en forma clara la
número tres señala: “el Estado debe adoptar las medidas
necesarias para cumplir con los compromisos relativos a
la reparación social a favor de la comunidad indígena Páez
del Norte del Cauca”, y la recomendación cuatro señala
que: “debe adoptar las medidas necesarias para que en el
futuro se produzcan hechos similares, con forme al deber
de prevención y garantía de los derechos fundamentales
reconocidos en la Convención Americana”.
Teniendo en cuenta que el incumplimiento continúa, la
CDIH emite el informe 36 de 2000 en el que ratifica las
recomendaciones, entre ellas las recomendaciones tres y
cuatro citadas anteriormente, y “lamenta que la solución
amistosa de este proceso haya fracasado en su etapa final”.
En septiembre de 2005 se firma un nuevo compromiso que
ofrece dar cumplimiento a la obligación de reparación del
Archivo CRIC
editorial Puntos de vista indígenas de América A c t U A L i d A d documentos157
[ Jesús Piñacué ]
Junio
de 2
008
Junio
de 2
008Estado entre el Ministerio del Interior y las comunidades
indígenas, que tampoco se cumple, por lo que la ACIN emi-
te un comunicado informando que:
Hoy cerca de 18 años después de la masacre no se ha
cumplido con la indemnización de los familiares de
las víctimas, no se ha terminado de adquirir las 15.663
hectáreas, y no ha iniciado el apoyo del plan de vida que
permita resolver las NBI en el marco de autodetermi-
nación, según artículos constitucionales y convenios
internacionales. Lo más grave es que no se ha judiciali-
zado y se protege a los responsables de la masacre”. y en
lo que tiene que ver con los aspectos de la prevención de
nuevas violaciones la misma ACIN señala: “Lo que ha su-
cedido es todo lo contrario de lo acordado. Por ejemplo:
la masacre del Naya con más de 100 víctimas en el año
2001, la masacre de 13 indígenas en la vereda Gualan-
day municipio de Corinto en el año 2001, la masacre de
7 indígenas en la vereda San Pedro en el municipio de
Santander de Quilichao en el 2001. Han sido asesina-
dos 3 indígenas a partir de la firma del último acuerdo
durante acciones de la fuerza pública para reprimir las
movilizaciones reclamando el cumplimiento de sus
acuerdos. Ha ocurrido un gran número de desaparicio-
nes forzadas, asesinatos selectivos, desplazamientos.
Todos estos hechos criminales han ocurrido dentro del
área donde debía realizarse la reparación integral del
pueblo nasa del norte del departamento del Cauca”.
Referencias COMISIóN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
Masacre “Caloto” vs. Colombia, Caso 11.101, informes 114 de 1999, 036 de 2000.
Comunicado: El gobierno incumple acuerdos frente a la masacre de El Nilo, emitido por la Junta Directiva de Autoridades Tradicionales de la ACIN, mayo 20 de 2008.
EL ESTADO DEBE ADOPTAR LAS MEDIDAS
NECESARIAS PARA CUMPLIR CON LOS
COMPROMISOS RELATIVOS A LA REPARACIóN
SOCIAL A FAVOR DE LA COMUNIDAD INDíGENA
PÁEZ DEL NORTE DEL CAUCA
etniA
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[ Biodiversidad, cambio climático y derecho de los indios en Colombia ]
Biodiversidad, cambio climático y derechos de los pueblos indígenas en colombia
Pueblos indígenas de colombia presentes en el foro permanente para las cuestiones indígenas En Colombia, la Madre Tierra manifiesta su dolor. El volcán del Huila está
empezando a hacer erupción, y el Estado no quiere verlo como señal de la
emergencia climática en que estamos, ni quiere responder para proteger a los
pueblos nasa y guambianos que viven alrededor del volcán.
En la discusión sobre alternativas para la generación de energía debemos ir
con precaución y seguridad. En Colombia se implementó un parque eólico en
territorio wayúu, que ha sido presentado por el gobierno y otros organismos
como un ejemplo exitoso de energía alternativa. Sin embargo, para el pueblo
wayúu ha significado la llegada del paramilitarismo a su territorio, como
respaldo a los grupos económicos con interés en la obra; se hacen amenazas y
atentados, secuestro, límites a la libre circulación y al pastoreo que es tradicio-
nal para el Pueblo wayúu, así como el desconocimiento de la espiritualidad
de este pueblo, ya que el parque desconoce lo sagrado de sus cementerios.
Por tanto, solicitamos en nombre de los pueblos indígenas de Colombia que
el Foro recomiende:
Al sistema de las Naciones Unidas para que reoriente la discusión sobre el
cambio climático en lo referente a los pueblos indígenas y no se siga plan-
docU
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[ Biodiversidad, cambio climático y derecho de los indios en Colombia ]editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad d o c u m e n t o s
159
[ ONIC ]
teando que los indígenas nos debemos adaptar a la destrucción de nuestro
planeta, sino que los gobiernos deben asumir la responsabilidad de trans-
formar sus prácticas industriales, y sobre todo sus posturas políticas, para
así caminar hacia la reversión de los efectos climáticos y salvar la Madre
Naturaleza.
A los gobiernos, organismos de las Naciones Unidas y otros actores, para
que garanticen que los pueblos indígenas estemos presentes activamente
en la toma de decisiones sobre protocolos y convenios que conciernen al
tema del calentamiento global y a la biodiversidad a nivel global y regional.
A los gobiernos que se niegan a firmar pactos y protocolos internacionales
sobre los cambios climáticos, como es el caso del Protocolo de Kyoto, a que
se responsabilicen por los efectos nocivos del cambio climático.
A los gobiernos, los organismos y las agencias de financiación, para que en
el caso de la implementación de energías renovables como plantas solares
y energía eólica, no atropellen la integralidad de sus territorios y consulten
a los pueblos involucrados, en los términos del Convenio 169 de la OIT y de
la Declaración de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de la ONU.
autoridad nacional dE GoBiErno ProPio, onic
orGanización dE PuEBlos indíGEnas
dE la amazonia colomBiana, oPiac
cEntro dE cooPEración al indíGEna, cEcoin
fuErza dE mujErEs wayúu, sürsüin jiyEyu wayúu
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vii foro PErmanEntE dE los PuEBlos indíGEnas dE la orGanización dE las nacionEs unidas (onu), nuEva york, 21 dE aBril dE 2008
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editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad d o c u m e n t o s160
[ Los diez mandamientos para salvar el planeta ]
Los diez mandamientos para salvar el planeta
evo Morales Ayma
1. Si se quiere salvar el planeta, hay que erradicar al modelo capitalista y lo-
grar que el norte pague la deuda ecológica en vez de que los países del sur
y de todo el mundo paguen la deuda externa.
2. Denunciar y acabar con las guerras, que solo traen ganancias para los im-
perios, las transnacionales y un grupo de familias, pero no a los pueblos.
Los millones y millones de dólares destinados a las guerras deberían ser
invertidos en la tierra, herida por el maltrato y la sobreexplotación.
3. Desarrollar relaciones de coexistencia y no de sometimiento entre los
países en un mundo sin imperialismo ni colonialismo. Son importantes
las relaciones bilaterales y multilaterales porque somos de la cultura del
diálogo y de la convivencia social, pero esas relaciones no deben ser de so-
metimiento de un país a otro.
4. El agua es un derecho humano y para todos los seres vivientes del planeta.
No es posible que haya políticas que permitan privatizar el agua.
5. Desarrollo de energías limpias y amigables con la naturaleza, acabar con el
derroche de energía. En cien años estamos acabando con la energía fósil
que ha sido creada en millones de años. Evitar que se promuevan los agro-
combustibles. No se puede entender que algunos gobiernos y modelos de
desarrollo económico puedan reservar tierras para hacer funcionar au-
tomóviles de lujo y no para alimentos del ser humano. Promover debates
con los gobiernos y crear conciencia para que la tierra beneficie a los seres
humanos y no sea usada para producir combustibles.
6. Respeto a la Madre Tierra. Aprender con las escenas históricas de los pue-
blos nativos e indígenas sobre el respeto a la Madre Tierra. Se debe generar
editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad d o c u m e n t o s161
[ Evo Morales Ayma ]
ener
o de 2
008una conciencia social, colectiva, de todos los sectores de la sociedad, de que
la tierra es nuestra madre.
7. Los servicios básicos, como agua, luz, educación, salud, comunicación y
transportes colectivos deben ser tomados en cuenta como un derecho hu-
mano, no puede ser un negocio privado, sino de servicio público.
8. Consumir lo necesario, priorizar lo que producimos y consumir lo local,
acabar con el consumismo, el derroche y el lujo. No es entendible que al-
gunas familias solo busquen el lujo, a cambio de que millones y millones
de personas no tengan posibilidades de vivir bien.
9. Promover la diversidad de culturas y economías. Somos tan diversos, y esa
es nuestra naturaleza. Un Estado plurinacional, donde todos convivamos,
blancos, morenos, negros, rubios.
10. Queremos que todos puedan vivir bien, que no es vivir mejor a costa del
otro. Debemos construir un socialismo comunitario y en armonía con la
Madre Tierra.
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dE la orGanización dE las nacionEs unidas
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El Observatorio Indígena de Políticas Pú-blicas de Desarrollo y Derechos Étnicos es un espacio intercultural de investigación y de formulación de propuestas políticas, orientado a sistematizar, producir y di-fundir de manera regular y permanente conocimientos pertinentes y especializados sobre las problemáticas políticas, cultura-les, económicas, territoriales y de exigibi-lidad de derechos más relevantes para los pueblos indígenas de Colombia, a la vez que busca generar propuestas de políticas y estrategias para el movimiento indígena sobre dichos aspectos. La divulgación de los resultados del Observatorio se recogen en la revista Etnias & Política y otras publica-ciones tales como boletines, libros y otros.
El Centro de Cooperación al Indígena (Ce-coin) es una ONG indígena adscrita a la Organización Indígena de Antioquia (OIA), que tiene como finalidad primordial de su acción aportar al conjunto del movimien-to indígena colombiano herramientas investigativas y analíticas para la profundi-zación de sus procesos de construcción de autonomía territorial, al tiempo que con-tribuye con el conjunto de la sociedad en la producción de conocimiento cualificado que permita apuntalar los principios de la diversidad étnica y cultural que promulga la Constitución Política colombiana.
7
EN EstE NúmErO
Bolivia, batalla decisiva7Compañero de lucha:
Rafael CoicuéNuestro hermano rafael Coicué ha perdido su
ojo izquierdo a causa de un ataque del Esmad. Lo
pierde como consecuencia de la injusticia y del
abuso que cumplen 516 años causando dolor,
pobreza, sufrimiento y muerte. Lo pierde por-
que pasaba frente a “La Emperatriz” en su moto,
mientras otras y otros Nasa resistían los ataques
de la fuerza pública por exigir “Libertad para la
madre tierra”, lucha de rafa y de todas y todos
los que defendemos la vida.
si no hubiera sido por esta injusticia de siempre,
rafael no habría comenzado su vida tenien-
do que recuperar tierras con su comunidad,
arriesgando la vida sin conocer su infancia, para
escuchar el mandato de Quintín Lame y negarse
a pagar terraje y a ser siervo en la tierra, en la que
recibimos al extranjero para que nos cobrara con
explotación y miseria por dejarlo vivir en nuestra
madre.
si no hubiera sido por la injusticia, rafa no habría
tenido que vivir hasta hoy con el peso en el alma
de haber sobrevivido la masacre de El Nilo en
la que la fuerza pública, los paramilitares y los
narcos asesinaron a su hermano entre las 20 per-
sonas que allí cayeron.
si hubiera justicia, el Estado y los diversos gobier-
nos, en consecuencia con sus obligaciones, desde
diciembre de 1991 habrían entregado las 15.663
hectáreas por las que seguimos luchando hoy en
día. si no gobernara la injusticia, la fuerza pública
estaría liberando tierra con nosotras y nosotros
para cumplir el deber de defender los derechos
de los pueblos y la vida en vez de perseguirnos
para así defender privilegios de terratenientes.
Como no hay justicia, rafael, desde el Cabildo
de Corinto, organizó la Audiencia del 4 de julio
de 2008, porque el ejército de Colombia fusiló
dentro de su humilde vivienda a dos comuneros
de tacueyó y pretendió hacerlos pasar como
guerrilleros muertos en combate y porque desde
Corinto, se levanta la dignidad hoy a reclamar y
construir resistencia y vida ante el proyecto de
muerte que, desde el Plan Colombia II viene a
robarnos el territorio para entregarlo a las corpo-
raciones transnacionales. Cuando recorría las co-
munidades y viajaba a Quilichao para completar
los preparativos de la Audiencia, fue impactado
en su ojo.
Porque debe haber justicia, nosotros, hermano
rafa, amigo, ejemplo, compañero, te reconoce-
mos hoy y desde hace tiempo como lo que eres:
humilde, comprometido, estudioso, sabio, leal
y cercano a nuestras almas y a nuestra tierra. te
honramos rafael, porque has estudiado como
nadie esta realidad, porque conoces como pocos
el proyecto global egoísta y porque te has de-
dicado a aprender para enseñarnos y para tejer
una jigra de unidad y dignidad con otros pueblos
y procesos. Nos honras como Nasa porque tu
vida es ejemplo y por eso nos cuesta trabajo no
dejarnos llevar por la ira y el odio ahora mismo,
mientras pierdes el ojo. No podemos echar atrás
lo sucedido aunque quisiéramos. No podemos
devolverte el ojo, pero sí defender tu mirada
transparente y de futuro. Esa, no te la pueden
quitar porque es de todas y de todos y porque tie-
nes más fuerza, más claridad y más compromiso
que toda la injusticia que te han hecho.
Bolivia batalla decisivate
jido
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