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Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretara General de Gobierno.Estados Unidos Mexicanos.Carlos Rivera Aceves Gobernador Sustituto del Estado !ibre " Soberano de Jalisco a los #abitantesdel mismo #ago saber:$ue %or la Secretara del &. 'ongreso del Estado se me #a comunicado el siguiente:DECRETONUMERO 15776.- EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:CODIGO CIIL DEL ESTADO DE !ALISCO LI"RO #RIMERODis$osicio%es #reli&i%aresAr'(c)lo1*.(!a!e"dar)tratoigual alas%ersonasenel reconocimientodesusderec#os"cum%limiento de sus obligaciones.En los actos " #ec#os civiles los jueces tomar)n en consideraci*n las circunstancias de inca%acidadsenectud cultura " condici*n social de las %ersonas " en todos los casos %rocurar)n la equidad entrelas %artes. Ar'(c)lo +*.( !as dis%osiciones de este c*digo ser)n le" su%letoria de toda la !egislaci*n Estatal.'uandoenestec*digooenotrasle"esdel Estadoseuseel gen+ricomasculino%or e,ectogramatical seentender)quelasnormassona%licablestantoal var*ncomoalamujer salvodis%osici*n ex%resa en contrario.!as dis%osiciones de este c*digo se deber)n de entender de una manera generali-ada cuando %oralguna circunstancia " siem%re que sea de manera accidental ,altare dic#a generali-aci*n se #ar) asconstar es%ecialmente %ara que el acto jurdico surta sus e,ectos.'uandose#agare,erenciaaalg.nartculoseentender)queesdeestemismoc*digosalvose/alamiento en contrario.'uando se #able de salario mnimo general se entender) que es el que rija en la ca%ital del Estado.Ar'(c)lo ,*.( En las relaciones sociales las dis%osiciones de este c*digo se deber)n de entender bajolos %rinci%ios de reci%rocidad " equidad entre los a,ectados. Ar'(c)lo -*.( 'uando #a"a con,licto de derec#os a ,alta de le" que sea a%licable la controversia sedecidir) en ,avor de quien trate de evitarse %erjuicios " no en ,avor delque %retenda obtener unlucro. Ar'(c)lo 5*.( El derec#o %ersonal es el vnculo jurdico %atrimonial entre dos %ersonas. Ar'(c)lo 6*.( El derec#o %ersonalsimo es la %otestad individual in#erente a la %ersona #umana conmotivo de sus relaciones sociales. Es irrenunciable intrans,erible e indelegable. Ar'(c)lo 7*.(Elderec#o reales el%oder jurdico que tiene su titular sobre un bien. Es %re,erente%erseguible " o%onible ,rente a terceros. Ar'(c)lo .*.( !a voluntad de los %articulares no %uede eximir de la observancia de la le" ni alterarla omodi,icarla. S*lo %ueden renunciarse los derec#os %rivados que no a,ecten directamente al inter+s%.blico " siem%re que la renuncia no %erjudique derec#os de tercero.Ar'(c)lo/*.(!arenunciaautori-adaenel artculoanterior s*lo%roducir)e,ectosi se#aceent+rminos claros " %recisos de tal suerte que no quede duda del derec#o que se renuncia. Ar'(c)lo 10.(!os actos ejecutados contra el tenor de las le"es %ro#ibitivas o de inter+s %.blico notendr)n valor exce%to en los casos en que la le" dis%onga lo contrario. Ar'(c)lo 11.(!ale" s*lo quedaabrogadao derogada%or otra %osterior queas lo declareex%resamente o que contenga dis%osiciones total o %arcialmente incom%atibles con la le" anterior. Ar'(c)lo 1+.('ontra la observancia de la le" no %uede alegarse ignorancia desuso costumbre o%r)ctica en contrario. Ar'(c)lo 1,.( !a costumbre se debe de tomar en consideraci*n %ara la inter%retaci*n de las le"es delas convenciones o contratos " nunca %ara sustituirlos. Ar'(c)lo 1-.(!as le"es que establecen exce%ci*n a las reglas generales no son a%licables a casoalguno que no est+ ex%resamente es%eci,icado en las mismas le"es. Ar'(c)lo 15.( !a determinaci*n del derec#o a%licable se #ar) con,orme a las siguientes reglas: 0. El estadocivil "laca%acidaddelas%ersonas,sicasserige%orel derec#odel lugardesudomicilio100. !os e,ectos jurdicos de actos " contratos celebrados ,uera del Estado " que deban ser ejecutadosdentro de su territorio se regir)n %or las dis%osiciones de este c*digo1000. !a %ro%iedad " la administraci*n de bienes ubicados en elterritorio delEstado adquiridos %orconsortes domiciliados o no dentro delmismo %ero cu"o matrimonio se celebr* ,uera de +l bajoca%itulaciones matrimoniales ex%resas u otro r+gimen econ*mico matrimonial se regir)n %or lo quese estable-ca en las ca%itulaciones o en las dis%osiciones que rijan dic#as relacionesecon*mico(%atrimoniales102. !a ,orma de los actos jurdicos se regir) %or la legislaci*n del lugar en que se celebren %ero las%artes involucradasen ellosresidentes,uera delEstado quedanen libertad %ara sujetarse a las,ormas%rescritas%orestec*digocuandoel actova"aatenerejecuci*ndentrodel territoriodelmismo12. !osbienesinmueblesubicadosenel EstadodeJalisco"losbienesmueblesqueen+l seencuentren se regir)n %or las dis%osiciones de este c*digo120. !as dis%osiciones de este c*digo en todo lo relativo a los derec#os sobre alimentos1 derec#os de,amiliaoderec#osucesorio sea%licar)n,ueradel Estadocuandoesasrelacionesjurdicasse#ubieren originado dentro del mismo1 "200. El 3erec#o extranjero ser) a%licable en el Estado en casos de reci%rocidad siem%re " cuandocon su a%licaci*n no se in,rinjan normas %ro#ibitivas o de inter+s %.blico vigentes en Jalisco. Artculo 45.( !os #abitantes del Estado de Jalisco quienes en +l se encuentren de manera accidental" las %ersonas jurdicas tienen obligaci*n de ejercer sus actividades " de usar " dis%oner de susbienes en ,orma que no %erjudique a la colectividad bajo las sanciones establecidas en este c*digo "en las le"es relativas. Artculo 46.( !os servidores %.blicos teniendo en cuenta la ,alta de instrucci*n de algunas %ersonassucon,ormaci*n cultural su%ertenencia aun %ueblo indgena suaccesoalos medios decomunicaci*n o su extrema %obre-a %odr)n eximirlos de las sanciones en que #ubieren incurrido %orla ,alta de cum%limiento de la le" que ignoraron o de ser %osible concederles un %la-o %ara que lacum%lan siem%re que no se trate de le"es que a,ecten directamente el inter+s %.blico ni se lesionenderec#os de tercero. 7rat)ndose de %ersonas %ertenecientes a los %ueblos o comunidades indgenas en todos los juicios "%rocedimientosenquesean%arte individual ocolectivamente sedeber)ntomarencuentasuscostumbres " es%eci,icidades culturales res%etando los %rece%tos establecidos en la 'onstituci*n delEstado.LI"RO SEGUNDODe las #erso%as 1 2e las I%s'i')cio%es 2e 3a&iliaT4TULO #RIMERODe las #erso%as 3(sicasCA#4TULO IDis$osicio%es Ge%eralesAr'(c)lo 1..( Persona ,sica es todo ser #umano. Ar'(c)lo 1/.( !a %ersonalidad jurdica es uno de los atributos de la %ersona ,sica se adquiere %or elnacimiento viable " se extingue %or la muerte %ero desde elmomento en que elser #umano esconcebido entra bajo la %rotecci*n de la le" " se le tiene %or nacido %ara los e,ectos legales quese/ala este '*digo. Ar'(c)lo +0.( S*lo a la le" le corres%onde regular la ca%acidad e inca%acidad de las %ersonas tantode goce como de ejercicio:0. &a" ca%acidad de goce cuando se tiene la a%titud %ara adquirir derec#os " contraer obligaciones1 "00. &a" ca%acidad de ejercicio cuando se tiene a%titud %ara ejercitar derec#os " cum%lir obligaciones. Ar'(c)lo +1.!a ca%acidad jurdica es la regla" la inca%acidad %uedeser naturalo legalenlost+rminos que dicte le". Ar'(c)lo++.!aminora deedad"el estadodeinterdicci*n sonrestriccionesalaca%acidaddeejercicio.Ar'(c)lo +,. 3erogado. CA#4TULO IIDe los Derec5os 2e #erso%ali2a2Ar'(c)lo +-.(!os derec#os de %ersonalidad tutelan " %rotegen el dis,rute que tiene el ser #umanocomo integrante de un contexto social en sus distintos atributos esencia " cualidades con motivo desus interrelaciones con otras %ersonas " ,rente al Estado. Por lo que se re,iere a las %ersonas jurdicas les ser)n a%licables las dis%osiciones de este ca%tulo enlo conducente. Ar'(c)lo +5.( !os derec#os de %ersonalidad %or su origen naturale-a " ,in no tienen m)s limitaci*nque los derec#os de tercerosla moral"lasbuenas costumbres.'omoconsecuenciadebenserres%etados %or las autoridades " %articulares. Ar'(c)lo +6.( !os derec#os de %ersonalidad son:0. Esenciales en cuanto que garanti-an el desarrollo individual " social as como la existencia digna" reconocida del ser #umano100. Personalsimos en cuanto que %or ellos alcan-a su %lena individualidad la %ersona #umana1000. 8riginarios "a que se dan %or el s*lo nacimiento de la %ersona sin im%ortar el estatuto jurdicoque des%u+s %ueda corres%onder a la misma102. 0nnatos "a que su existencia no requiere de reconocimiento jurdico alguno12. Sin contenido %atrimonial en cuanto no son sujetos de valori-aci*n %ecuniaria1 20. Absolutos%orquenoesadmisiblebajoning.nconce%tosudisminuci*nni sucon,rontaci*n"valen ,rente a todas las %ersonas1200. 0nalienables %orque no %ueden ser objetos de enajenaci*n12000. 0ntransmisibles %orque son exclusivos de su titular " se extinguen con la muerte109. 0m%rescri%tibles %orque no se %ierden %or el transcurso del tiem%o1 e9. 0rrenunciables %orque ni siquiera la voluntad de su titular basta %ara %rivar su e,icacia. Ar'(c)lo+7.(ElEstado " la sociedadres%etar)nlas costumbres monumentos %rocedimientos"tradiciones culturales de las sociedades " gru%os as como de las %ersonas ,amilias " comunidadesde los %ueblos indgenas que las integran. Se considera a la democracia no s*lo como una estructura jurdica " un r+gimen %oltico sino como unsistema de vida ,undado en la ca%acidad de decisi*n res%onsable de las %ersonas que %ermita sudesarrollo " el constante mejoramiento econ*mico social cultural " ,amiliar. Ar'(c)lo +..( 7oda %ersona tiene derec#o a que se res%ete:0. Su vida100. Su integridad ,sica " %squica1000. Sus a,ectos sentimientos " creencias102. Su#onorore%utaci*n "ensucaso el ttulo%ro,esional arte o,iciouocu%aci*nque#a"aalcan-ado. :o ser) objeto de demostraci*n o mani,estaci*n que cause des#onra des%recio " o,ensaque le conlleve descr+dito12. Su nombre " en su caso seud*nimo1 20. Su %resencia ,sica1200. El secreto e%istolar tele,*nico %ro,esional de comunicaci*n teleim%resa " el secretotestamentario1 "2000. Su vida %rivada " ,amiliar.Ar'(c)lo +/.(!ascartas%articulares no%uedenser %ublicadassinconsentimiento deamboscorres%onsales o de sus #erederos1 a exce%ci*n del caso en que la %ublicaci*n sea necesaria %ara la%rueba o de,ensa de alg.n derec#o o cuando lo exijan el inter+s %.blico o el adelanto de las ciencias. Ar'(c)lo ,0.( Sin consentimiento de una %ersona no %ueden revelarse los secretos de +sta a menosque la revelaci*n #a"a de reali-arse %or un inter+s legtimo de quien la #aga o en cum%limiento de undeber legal. !a le" determinar) qui+nes tienen el deber de revelar un secreto. Ar'(c)lo ,1.( !a ex#ibici*n o re%roducci*n %or cualquier medio de la imagen1 de la vo- o de ambasde una %ersona sin consentimiento de +sta " sin un ,in lcito con,orme a lo dis%uesto %or los Artculos5; " 6; de la 'onstituci*n Poltica de los Estado Unidos Mexicanos es violatoria de los derec#os de%ersonalidad.Ar'(c)lo ,+.( :o se consideran com%rendidos dentro egistro 'ivil.:ing.n otro documento nimedio de %rueba es admisible %ara com%robar elestadocivil salvo en los casos ex%resamente se/alados en la le". Ar'(c)lo .+.( 'uando no #a"an existido registros se #ubieren %erdido estuvieren ilegibles o ,altarenlas #ojas o ,ormas en que se %ueda su%oner se encontraba el acta se %odr) recibir %rueba del acto%or instrumentos o testigos. Ar'(c)lo.,.(Paraestablecerel estadocivil adquirido%orlosmexicanos,ueradela%asser)nbastantes las constancias que los interesados %resenten de los actos relativos siem%re que se #a"aninscrito en la o,icina res%ectiva del >egistro 'ivil en el estado de Jalisco o de cualquiera otra entidad,ederal. Ar'(c)lo .-.(!as relaciones de ,iliaci*n %ueden establecerse tambi+n mediante escritura otorgadaante notario %.blico %or testamento o %or con,esi*n judicial directa " ex%resa. Una ve- e,ectuada no%odr) revocarse salvo error o violencia. Ar'(c)lo.5.('uandoel reconocimientode#ijose#agaenuntestamento surtir)e,ectosdeinmediato. Ar'(c)lo .6.( Para acreditar la %osesi*n de estado civilse deber) atender el trato " com%ortamientoen el seno de la ,amilia res%ectiva la ,ama que sobre el %articular tenga la %ersona en sus relacionessociales " de ,amilia as mismo se deber) tomar en consideraci*n el nombre %ro%io que utilice quien%osea un estado civil. T4TULO SEGUNDODe los A)se%'es 1 2esa$areci2os e I8%ora2osCA#4TULO IDis$osicio%es Ge%eralesAr'(c)lo .7.-El que se #ubiere ausentado del lugar de su residencia ordinaria " tuviere a%oderadoconstituido antes o des%u+s de su %artida se tendr) como %resente %ara todos los e,ectos civiles "sus negocios se %odr)n tratar con el a%oderado #asta donde alcance el %oder. Ar'(c)lo ...( El re%resentante " los %oseedores %rovisionales " de,initivos en sus res%ectivos casostienen la legtima %rocuraci*n del ausente en juicio " ,uera de +l. Ar'(c)lo ./.( Por causa de ausencia no se sus%enden los t+rminos que ,ija la le" %ara la usuca%i*n "%rescri%ci*n. Ar'(c)lo /0.(El Agente de la Procuradura Social velar) %or los intereses del ausente ser) odo entodoslosjuiciosquetenganrelaci*ncon+l "enlasdeclaracionesdeausencia"%resunci*ndemuerte. CA#4TULO IIDe las Me2i2as #rovisio%ales e% caso 2e A)se%ciaAr'(c)lo/1.('uandouna%ersona#a"a desa%arecido"seignorequienlare%resenteel jue- a%etici*n de %arte o de o,icio nombrar) un re%resentante " de%ositario de sus bienes la citar) %oredicto%ublicado%or unave-enun%eri*dicodeam%liacirculaci*nenel estadodesu.ltimodomiciliose/al)ndole %ara que se %resente en un t+rmino no menor de treinta das nima"or desesenta das1 adem)s dis%ondr) su b.squeda %or medio de la %olica en aquellos lugares en donde se%resuma se encuentre " dictar) las %rovidencias necesarias %ara asegurar los bienes. Ar'(c)lo /+.( Al %ublicarse los edictos remitir) co%ia a los c*nsules mexicanos de aquellos lugaresdel extranjero en que se %uede %resumir que se encuentre el ausente o que se tengan noticias de +l. Ar'(c)lo/,.(Si el ausentetiene#ijosmenoresqueest+nbajosu%atria%otestad "no#a"ascendientes que deban ejercerla con,orme a la le" ni tutor testamentario ni legtimo se les nombrar)tutor en los t+rminos %revistos %ara la designaci*n del tutor dativo. Ar'(c)lo/-.(!asobligaciones" ,acultadesdel de%ositarioser)nlasquelale" asignaalosde%ositarios judiciales. Ar'(c)lo /5.( Se nombrar) re%resentante" de%ositario en orden de %re,erencia:0. Al c*n"uge %resente ma"or de edad no se%arado legalmente o de #ec#o antes de la desa%arici*n100. A uno delos#ijosma"oresdeedadqueresidaen el lugar. Si #ubiere varios el jue-elegir)discrecionalmente a cualesquiera de ellos %re,iriendo a quien #ubiere convivido con el ausente antesde su se%araci*n1000. Al ascendiente m)s %r*ximo en grado de menos edad de una u otra lnea1 "02. A ,alta de los anteriores o cuando sea inconveniente que +stos %or su notoria mala conducta o %orsuine%titud seannombradosre%resentantes%rovisionales" de%ositarios el jue- nombrar)al#eredero %resuntivo " si #ubiere varios se %re,erir) al que tenga m)s inter+s en la %reservaci*n delos bienes. Ar'(c)lo/6.(Si cum%lidoel t+rminodel llamamiento el citadonocom%areciere%or s ni %ora%oderado legtimoni%or medio del tutor o de %ariente que %ueda re%resentarlo se %roceder) alnombramiento de re%resentante. Ar'(c)lo /7.( !o mismo se #ar) cuando en iguales circunstancias caduque el %oder con,erido %or elausente o sea insu,iciente %ara el caso. Ar'(c)lo /..( 7iene acci*n %ara %edir el nombramiento de re%resentante " de%ositario quien %ueda%edir la declaratoria de ausencia. Ar'(c)lo //.( Se deroga. Ar'(c)lo 100.( Si el c*n"uge ausente ,uere casado en segundas o ulteriores nu%cias " #ubiere #ijosdel matrimonio o matrimonios anteriores el jue- dis%ondr) que el c*n"uge %resente " los #ijos delmatrimonio o matrimonios anteriores o sus legtimos re%resentantes en su caso nombren de com.nacuerdo al de%ositario re%resentante1 si no estuvieren con,ormes el jue- lo nombrar) libremente. Ar'(c)lo 101.( El re%resentante del ausente es el legtimo administrador de los bienes de +ste " tieneres%ecto de ellos las mismas obligaciones ,acultades " restricciones que los tutores.:o entrar) a la administraci*n de los bienes sin que %reviamente ,orme inventario " aval.o de ellos1 "si dentrodel t+rmino deunmes no%resentala cauci*nque,ije el jue- senombrar)otrore%resentante. !as %ersonas a que se re,ieren las ,racciones 0 00 " 000 del Artculo AB de este c*digoquedan relevadas del otorgamiento de garanta. Ar'(c)lo 10+.(El re%resentante del ausente tendr) la misma retribuci*n que a los tutorescorres%onda seg.n las reglas se/aladas %ara ello. Ar'(c)lo 10,.( :o %ueden ser re%resentantes de un ausente los que est+n im%edidos %ara ser tutores. Ar'(c)lo 10-.( 3eben excusarse los que %uedan #acerlo de la tutela. Ar'(c)lo 105.( Ser) removido del cargo de re%resentante el que deba serlo de tutor. Ar'(c)lo 106.( El cargo de re%resentante termina:0. 'on el regreso del ausente100. 'on la %resentaci*n del a%oderado legtimo1000. 'on la muerte del ausente1 "02. 'on la %osesi*n %rovisional.Ar'(c)lo 107.( Se derogaAr'(c)lo 10..( Se derogaAr'(c)lo 10/.( Se deroga CA#4TULO IIIDe la Declaraci7% 2e A)se%ciaAr'(c)lo 110.( Pasando tres meses desde el da en que #a"a sido nombrado el re%resentante #abr)acci*n %ara %edir la declaraci*n de ausencia. Ar'(c)lo111.(Encasodequeel ausente#a"adejadoonombradoa%oderadogeneral %aralaadministraci*n de sus bienes no %odr) %edirse la declaraci*n de ausencia sino %asados seis mesesquesecontar)ndesdeladesa%arici*ndel ausente si eneste%erodonosetuvierenningunasnoticias su"as o desde la ,ec#a en que se #a"an tenido las .ltimas. Ar'(c)lo11+.(!odis%uestoenel artculoanterior seobservar)auncuandoel %oder se#a"acon,erido %or m)s de tres a/os. Ar'(c)lo11,.(Pasadodosmesesdesdeque#ubieredesa%arecidoel ausente el AgentedelaProcuradura Social" quien tenga ,acultades %ara %edir la declaraci*n de ausencia %uede solicitarque el a%oderado garantice su gesti*n de la misma manera que deba #acerlo el re%resentante. Ar'(c)lo 11-.( Si el a%oderado dentro del t+rmino que se le ,ije no quiere o no %uede dar la garantase tendr) %or terminado el %oder " se %roceder) al nombramiento de re%resentante. Ar'(c)lo 115.( Pueden %edir la declaraci*n de ausencia:0.!os %resuntos legtimos #erederos del ausente100. !os #erederos instituidos en testamento %.blico abierto1 "000. El Agente de la Procuradura Social. Ar'(c)lo 116.( Si el jue- encuentra ,undada la demanda dis%ondr) que se %ublique un extracto de lamismaunave- enel Peri*dico8,icial quecorres%onda"enunodelosPrinci%alesdel .ltimodomicilio del ausente1 " en su casode considerarlo %ertinente la remitir) a los consulados. Ar'(c)lo117.(Pasadosquincedasdesdela,ec#adela%ublicaci*naquesere,iereel artculoanterior si no #ubiere noticias del ausente ni o%osici*n de alg.n interesado el jue- declarar) en ,ormala ausencia. Ar'(c)lo11..(Si #ubierealgunanoticiauo%osici*n el jue-nodeclarar)laausenciasinque%reviamente se %ublique el edicto %or una ve- m)s " se #aga la averiguaci*n %or los medios que elo%onente %ro%onga " %or los que el mismo jue- crea o%ortunos. Ar'(c)lo 11/.( !a declaraci*n de ausencia se %ublicar) dos veces en los %eri*dicos mencionados conintervalos de siete das remiti+ndose en su caso a los c*nsules como est) se/alado res%ecto de losedictos.Ar'(c)lo 1+0.( !a resoluci*n que se %ronuncie sobre declaraci*n de ausencia %odr) ser im%ugnadamediante los recursos que el '*digo de Procedimientos 'iviles se/ale %ara los juicios ordinarios. CA#4TULO IDe los E6ec'os 2e la Declaraci7% 2e A)se%ciaAr'(c)lo 1+1.(3eclarada la ausencia si #ubiere testamento %.blico u ol*gra,o la %ersona en cu"o%oder se encuentre lo %resentar) al jue- dentro de quince das contados desde la .ltima %ublicaci*nen que se cite al ausente %ara %resentarse ante el jue-. Ar'(c)lo 1++.( El jue- de o,icio o a instancia de cualquiera que se crea interesado en el testamento%.blico cerrado u ol*gra,o abrir) +ste en %resencia del re%resentante del ausente con citaci*n de losque%romovieronladeclaraci*ndeausencia"conlasdem)ssolemnidades%rescritas%aralaa%ertura de esta clase de testamento. Ar'(c)lo 1+,.(!os %resuntos #erederos testamentarios " en su de,ecto los que ,ueren legtimos altiem%o de la desa%arici*n de un ausente o al momento en que se #a"an recibido las .ltimas noticiassi tienen ca%acidad legal%ara administrar ser)n %uestos en la %osesi*n %rovisionalde los bienesotorgando garanta que asegure las resultas de la administraci*n. Si estuvieren bajo la %atria %otestado tutela se %roceder) con,orme a derec#o. Ar'(c)lo 1+-.(Sison varios %resuntos #erederos " los bienes admiten c*moda divisi*n cada unoadministrar) la %arte que le corres%onda. Ar'(c)lo1+5.(Si losbienesnoadmitenc*modadivisi*n los#erederoselegir)ndeentreellosmismos un administrador general1 " si no se %usieren de acuerdo el jue- lo nombrar) escogi+ndolode entre los mismos %resuntos #erederos. Ar'(c)lo 1+6.( Si una %arte de los bienes ,uere c*modamente divisible " otra no res%ecto de +sta senombrar) al administrador general. Ar'(c)lo1+7.(!os%resuntos#erederosquenoadministren %odr)nnombraruninterventor quetendr) las ,acultades " obligaciones se/aladas a los curadores. Su #onorario ser) el que le ,ijen losque le nombraron " se %agar) %or +stos. Ar'(c)lo 1+..(El que entre en la %osesi*n %rovisional tendr) res%ecto de los bienes las mismasobligaciones ,acultades " restricciones que los tutores. Ar'(c)lo 1+/.('uando los bienes admitan c*moda divisi*n o sean divisibles sin menoscabo de suvalor cada #eredero dar) la garanta que corres%onda a la %arte de bienes que administre. Ar'(c)lo 1,0.(En el caso de que no admitan c*moda divisi*n los bienes el administrador generalser) el que d+ la garanta legal. Ar'(c)lo 1,1.( !os %resuntos legatarios " donatarios as como todos los que tengan sobre los bienesdel ausente derec#os que de%endan de la muerte o %resencia de +ste %odr)n ejercitarlos dando lagaranta en la misma ,orma " t+rminos que corres%onda si se tratare de la que est)n obligados aotorgar los tutores. Ar'(c)lo 1,+.( !os que tengan con relaci*n al ausente obligaciones que deban cesar a la muerte de+ste %odr)n tambi+n sus%ender su cum%limiento bajo la misma garanta. Ar'(c)lo 1,,.( Si no %udiere darse la garanta exigida en los cinco artculos anteriores el jue- seg.nlascircunstanciasdela%ersona"delosbienes"concediendoel %la-odequincedas %odr)disminuir el im%orte de aqu+lla de tal manera que no sea menor a la tercera %arte de los valores de lagaranta que deben otorgar los tutores %ara el desem%e/o del cargo. Ar'(c)lo 1,-.(Mientras no se d+ la ex%resada garanta no cesar) la administraci*n delre%resentante. Ar'(c)lo 1,5.( :o est)n obligados a dar garanta:0.El c*n"uge los descendientes " los ascendientes que como #erederos entren en la %osesi*n de losbienes del ausente %or la %arte que de ellos les corres%onda1 "00. El ascendiente que en ejercicio de la %atria %otestad administre bienes que corres%ondan a susdescendientes como #erederos del ausente. Si #ubiere %resuntos legatarios el c*n"uge los descendientes " ascendientes dar)n la garanta legal%orla%artedebienesquecorres%ondanaloslegatarios si no#ubieredivisi*nni administradorgeneral. Ar'(c)lo1,6.(!osqueentrenenla%osesi*n%rovisional tienenderec#ode%edir cuentasalre%resentantedel ausente +steentregar)losbienes"dar)lascuentasenlost+rminosaqu%revenidos %ara los tutores " curadores. El %la-o %ara rendir cuentas ser) de treinta das " se contar) desde el da en que el #eredero #a"asido declarado con derec#o a la re,erida %osesi*n. Ar'(c)lo1,7.(Si #ec#aladeclaraci*ndeausencianose%resentaren#erederosdel ausente elAgente de la Procuradura Social %edir) la continuaci*n del re%resentante o la elecci*n de otro queen nombre de la bene,icencia %.blica entre en la %osesi*n %rovisional con,orme a los artculos queanteceden. Ar'(c)lo 1,..( Muerto el que #a"a obtenido la %osesi*n %rovisional le suceder)n sus #erederos en la%arte que le #a"a corres%ondido bajo las mismas condiciones " con derec#o a la re,erida %osesi*n. Ar'(c)lo 1,/.(Si el ausente se %resenta o se %rueba su existencia antes de que sea declarada la%resunci*n de muerte recobrar) sus bienes. !os que #an tenido la %osesi*n %rovisional #acen su"ostodos los ,rutos industriales que #a"an #ec#o %roducir a esos bienes " la mitad de los ,rutos naturales" civiles. CA#4TULO De la A2&i%is'raci7% 2e los "ie%es 2el A)se%'e Casa2oAr'(c)lo 1-0.( !a declaraci*n de ausencia interrum%e la sociedad %atrimonial surgida del matrimoniosi +stese#ubierecelebradobajosociedadlegal osociedadcon"ugal amenosdequeenlasca%itulaciones matrimoniales se #a"a esti%ulado que contin.e. Ar'(c)lo1-1.(3eclarada laausenciase%roceder)concitaci*ndelos#erederos%resuntivos alinventario de los bienes " a la se%araci*n de los que deben corres%onder al c*n"uge ausente. Ar'(c)lo 1-+.( El c*n"uge %resente recibir) desde luego los bienes que le corres%ondan #asta el daenquela declaraci*n deausencia #a"acausadoejecutoria. 3eesosbienes%odr)dis%onerlibremente. Ar'(c)lo 1-,.( !os bienes del ausente se entregar)n a sus #erederos en los t+rminos se/alados en elca%tulo anterior.Ar'(c)lo1--.(Enel casoenqueel c*n"uge%resenteentrecomo #erederoenla %osesi*n%rovisional #ar) su"os todos los ,rutos " las rentas de los bienes que #a"a administrado. Ar'(c)lo1-5.(Si el c*n"ugeausenteregresaose%robaresuexistencia quedar)restauradalasociedad legal o la sociedad con"ugal bajo la que se #ubiere celebrado su matrimonio. CA#4TULO IDe la #res)%ci7% 2e M)er'e 2el A)se%'eAr'(c)lo 1-6.('uando #a"an transcurrido seis meses desde la declaraci*n de ausencia el jue- ainstancia de %arte interesada declarar) la %resunci*n de muerte.'uando la desa%arici*n sea consecuencia de incendio ex%losi*n inundaci*n terremoto o cat)stro,ea+rea ,erroviaria o de automotores u otro siniestro semejante " exista ,undada %resunci*n de que eldesa%arecido se encontraba en el lugar del siniestro o cat)stro,e o a bordo de las naves " ve#culosaccidentados bastar) el transcurso de tres meses contados a %artir del acontecimiento %ara que eljue- declare la %resunci*n de muerte. En estos casos la autoridad judicial acordar) la %ublicaci*n delasolicituddedeclaraci*nde%resunci*ndemuerteenun%eri*dicodeam%liacirculaci*nenelEstado %or dos veces con un intervalo de siete das. 7ambi+nser)na%licablescuandolaausenciaseaconsecuenciadeun#ec#orelacionadoconla%rivaci*n ilegal de la libertad secuestro o desa%arici*n ,or-ada de %ersonas en esos casos el t+rmino%ara decretar la %resunci*n de muerte ser) de tres meses a %artir de que se #a"a denunciado ante laautoridad com%etente el acto ilcito corres%ondiente " no exista ning.n indicio de que %udiera segurcon vida. El Ministerio P.blico in,ormar) de inmediato al jue- que cono-ca el asunto de cualquier datoo#ec#oque%udieraconsiderarseindiciodequela%ersona%rivadailegalmentedesulibertadcontinua con vida lo cual interrum%ir) el %la-o es%ecial se/alado. Ar'(c)lo 1-7.( 3eclarada la %resunci*n de muerte si lo #ubiere se abrir) el testamento del ausenteenel casodequenoestuviere"a%ublicado1 los%oseedores%rovisionalesdar)ncuentadesuadministraci*n " los #erederos " dem)s interesados entrar)n en la %osesi*n de,initiva de los bienessin garanta alguna. !a que seg.n la le" se #ubiere dado quedar) cancelada. 3e igual ,orma los #erederos " bene,iciarios tendr)n todas las acciones %ara declarar los bene,icios aque tengan derec#o. Ar'(c)lo 1-..(Si se llega a %robar la muerte del ausente la #erencia se de,iere a los que debieran#eredar al tiem%o de ella %ero el %oseedor o %oseedores de los bienes #ereditarios al restituirlos sereservar)n los ,rutos corres%ondientes a la +%oca de la %osesi*n %rovisional desde que obtuvieron la%osesi*n de,initiva. Ar'(c)lo1-/.(Si el ausentese%resentareose%robaresuexistenciades%u+sdeotorgadala%osesi*n de,initivarecobrar) de inmediato sus bienes en el estado en que se #allen as como el%reciodelosenajenados olosquese#ubierenadquiridoconel mismo%recio1 %erono%odr)reclamar ,rutos ni rentas. Ar'(c)lo 150.( 'uando #ec#a la declaraci*n de ausencia o la %resunci*n de muerte de una %ersonase#ubierena%licadosusbienesalosque%ortestamentoosin+l setuvieren%or#erederos"des%u+s se %resentaren otros %retendiendo que ellos deben ser %re,eridos en la #erencia " as sedeclare %or sentencia que cause ejecutoria la entrega de los bienes se #ar) en los mismos t+rminosen que debiera #acerse al ausente si se %resentara. Ar'(c)lo 151.( !os %oseedores de,initivos dar)n cuenta al ausente " a sus #erederos. El %la-o legalcorrer) desde el da en que el %rimero se %resente %or s o %or a%oderado legtimo o desde aqu+l enque %or sentencia que cause ejecutoria se #a"a de,erido la #erencia. Ar'(c)lo 15+.( !a %osesi*n de,initiva termina:0.'on el regreso del ausente100. 'on la noticia cierta de su existencia1000. 'on la certidumbre de su muerte1 "02. 'on la sentencia que cause ejecutoria en el caso de que se %robare la muerte del ausente. Ar'(c)lo15,.(Enel casodelodis%uestoenla,racci*n00 del artculoanterior los%oseedoresde,initivos ser)n considerados como %rovisionales desde el da en que se tenga noticia cierta de laexistencia del ausente. Ar'(c)lo 15-.( !a sentencia que declare la %resunci*n de muerte de un ausente casado %one t+rminoa la comunidad de bienes. Ar'(c)lo 155.( En el caso en que el c*n"uge del ausente no resultare #eredero tendr) derec#o a losalimentos en los t+rminos de lo establecido en el !ibro Sexto de este c*digo en el ttulo relativo a lascargas alimentarias. CA#4TULO IIDe los E6ec'os 2e la A)se%ciares$ec'o 2e los Derec5os Eve%')ales 2el A)se%'eAr'(c)lo 156.($uien reclame un derec#o re,erente a una %ersona cu"a existencia no est+reconocida deber) %robar que esta %ersona viva en el tiem%o en que era necesaria su existencia%ara adquirir aqu+l derec#o. Ar'(c)lo 157.(Sise de,iere una #erencia a la que sea llamado un individuo declarado ausente ores%ecto del cual se #a"a #ec#o la declaraci*n de %resunci*n de muerte entrar)n s*lo en ella los quedeban ser co#erederos de aqu+l o suceder %or su ,alta1 %ero deber)n #acer inventario en ,orma delos bienes que reciban. Ar'(c)lo15..(Enestecaso losco#erederososucesoresseconsiderar)ncomo %oseedores%rovisionales o de,initivos de los bienes que %or la #erencia deban corres%onder al ausente seg.n la+%oca en que la #erencia se de,iera. Ar'(c)lo15/.(!odis%uestoenlosdos Artculosanteriores debeentendersesin%erjuiciodelasacciones de %etici*n de #erencia " de otros derec#os que %odr)n ejercitar el ausente susre%resentantes acreedores o legatarios" que no se extinguir)n sino %orel transcursodeltiem%o,ijado %ara la %rescri%ci*n. Ar'(c)lo 160.( !os que #a"an entrado en la #erencia #ar)n su"os los ,rutos %ercibidos de buena ,e1mientras el ausente no com%are-ca sus acciones no sean ejercidas %or sus re%resentantes o %or losque %or contrato o cualquiera otra causa tengan con +l relaciones jurdicas.T4TULO TERCERODe las #erso%as !)r(2icasCA#4TULO IDis$osicio%es Ge%eralesAr'(c)lo 161.( Son %ersonas jurdicas:0.El Gobierno @ederal las %artes integrantes de la @ederaci*n " los munici%ios100. !as cor%oraciones de car)cter %.blico reconocidas %or la le"1000. !os organismos descentrali-ados102. !os %artidos %olticos reconocidos con,orme a la legislaci*n electoral12. !os sindicatos laborales " %atronales120. !as sociedades coo%erativas " mutualistas1200. !os ejidos las comunidades indgenas las uniones de ejidos " dem)s entidades reguladas %orlas le"es agrarias12000. !as sociedades civiles o mercantiles109. !as asociaciones civiles19. !as ,undaciones190. !as asociaciones " *rdenes religiosas1900. !os condominios19000. !as %ersonas jurdicas extranjeras con autori-aci*n ex%resa %ara o%erar dentro del territorio delEstado1 "902. !asdem)sinstitucionesuorganismosconstituidos"reconocidoscomo%ersonasjurdicascon,orme a las le"es. Ar'(c)lo 16+.( !as %ersonas jurdicas %ueden ejercitar todos los derec#os que no sean incom%atiblescon el objeto de su instituci*n " en general todos aquellos que no les est+n %ro#ibidos %or la le". Ar'(c)lo16,.(!as%ersonasjurdicasseregir)n%orlasle"escorres%ondientes %orsuescrituraconstitutiva %or sus estatutos " se obligan %or medio de los *rganos que las re%resentenlegtimamente. Ar'(c)lo 16-.( !a denominaci*n de las %ersonas jurdicas se determina:0.Por la le" que las #a"a creado o reconocido o que las rija directamente100. Por acuerdo de quienes ex%resamente las constitu"an1 " 000. Por los usos " tradiciones que les resulten.Ar'(c)lo165.(!a%rotecci*nquelale"daal nombredelas%ersonas,sicas seextiendealadenominaci*n que corres%onda a las %ersonas jurdicas. Ar'(c)lo 166.( El domicilio de las %ersonas jurdicas se determina:0.Por la le" que las #a"a creado o reconocido o las rija directamente100. Por su escritura constitutiva o sus estatutos sociales1 "000. 'uando no #a"a se/alamiento ex%reso del domicilio se tendr) %or tal el lugar en que ejer-an sus,unciones %rinci%ales o en el que se #a"a establecido su re%resentaci*n legal. Ar'(c)lo 167.( !as %ersonas jurdicas %or su origen " ,ormaci*n se clasi,ican en %.blicas " %rivadas. Ar'(c)lo16..(Son%ersonasjurdicas%.blicas aqu+llasquesoncreadas%or unadis%osici*nlegislativa o %or un acto administrativo de gobierno. Ar'(c)lo 16/.( Son %ersonas jurdicas %rivadas aqu+llas que tienen como origen un acto de car)cter%articular. Ar'(c)lo 170.( !as %ersonas jurdicas %rivadas que tengan su domicilio ,uera del Estado que reali-anregularmente actos o #ec#os jurdicos dentro del territorio de Jalisco se tendr)n como domiciliadasen el lugar donde +stos #ubieren sido ejecutados %ara todo lo relativo a los derec#os " obligacionesque les com%etan. Ar'(c)lo 171.( !as %ersonas jurdicas %ueden %actar el establecimiento de domicilios convencionalesdentro " ,uera del Estado %ara el ejercicio de sus derec#os " cum%limiento de obligaciones as comola renuncia en el as%ecto judicial a la jurisdicci*n de su domicilio.

CA#4TULO IIDe las Asociacio%esAr'(c)lo 17+.('uando varias %ersonas convienen en reunirse de manera que no sea enteramentetransitoria %arareali-ar un,incom.nquenoest+%ro#ibido%orlale""quenotengacar)cter%re%onderantemente econ*mico constitu"en una asociaci*n. Ar'(c)lo 17,.(Elacto jurdico %or elque se constitu"a una asociaci*n debe constar en escritura%.blica otorgada ante notario que tenga su adscri%ci*n en el domicilio de la asociaci*n. 7rat)ndosedeasociacionesquetengancomoobjetoas%ectosrelacionadoegistro P.blico de la Pro%iedad " se adquieren %or los integrantes de los *rganos de administraci*nore%resentaci*nobligaciones,renteaterceros laasociaci*nser)consideradacomoirregularquedando obligados en ,orma solidaria quienes a nombre de la misma #ubieren contratado. Ar'(c)lo 176.(!a ,alta de registro da derec#o a cualesquiera de los integrantes de la asociaci*n areclamar bien sea su disoluci*n o su regulari-aci*n %or medio de la inscri%ci*n en el >egistro P.blicode la Pro%iedad. Ar'(c)lo 177.(!as asociaciones ser)n re%resentadas %or un director generalo %or un consejo dedirectores o las denominaciones que se/alen los estatutos quienes tendr)n las ,acultades que se lescon,ieran en los mismos. Ar'(c)lo17..('uandosenombreconsejodedirectoresu*rganoequivalente el n.merodelosmismos deber) ser im%ar. En todo caso el %residente del consejo tendr) voto de calidad %ara la tomade decisiones. Ar'(c)lo17/.('uando%orcualquier causano#a"adirector nombrado o#abi+ndolose#ubiereausentado del domicilio de la asociaci*n quien tenga inter+s en que se #aga la designaci*n %odr)solicitar al jue- que tenga jurisdicci*n en el domicilio de la asociaci*n que convoque a asamblea %arareali-ar el nombramiento res%ectivo1 en caso de suma urgencia el jue- %odr) #acerla subsistiendo ladesignaci*n #asta en tanto no sea #ec#a %or los asociados. Ar'(c)lo1.0.(!aasambleageneralsereunir)en la+%oca,ijadaenlosestatutosocuando seaconvocada %or la direcci*n. Esta deber) citar a asamblea cuando %ara ello ,uere requerida %or lomenos %or el cinco %or ciento de los asociados o si no lo #iciere en su lugar lo #ar) el jue- de lo civila %etici*n de dic#os asociados. Ar'(c)lo 1.1.( !a asamblea general resolver):0. Sobre la admisi*n " exclusi*n de asociados100. Sobre la disoluci*n antici%ada de la asociaci*n o sobre su %r*rroga %or m)s tiem%o del ,ijado enlos estatutos1000. Sobre el nombramiento de director o directores cuando no #a"an sido nombrados en la escrituraconstitutiva102. Sobre la revocaci*n de los nombramientos #ec#os1 "2. Sobre los dem)s asuntos que le encomienden los estatutos. Ar'(c)lo 1.+.(!os acuerdos tomados en las asambleas generales son obligatorios %ara todos losasociados aun cuando se #ubiere votado en contra de los mismos. El asociado que reclame la irregularidad en la citaci*n o noti,icaci*n %ara concurrir a la asamblea oque +sta se #ubiere ocu%ado de asuntos no contenidos en la convocatoria %odr) reclamar ante eljue- deldomicilio de la asociaci*n la ina%licabilidad a su %ersona de los acuerdos tomados en lamisma. !a resoluci*n que en +ste caso se dicte s*lo a,ectar) a quien lo %romovi*1 %ero cuando se #ubiereconvenido sobre la constituci*n de gravamen o enajenaci*n de los activos ,ijos de la asociaci*n desu disoluci*n antici%ada de su ,usi*n con otras asociaciones o de su escisi*n %odr) demandarse lanulidad de dic#os acuerdos.$uienreclamelanulidaddelosacuerdosdeunaasamblea %odr)%ediral jue-quedemanera%rovisional ordene la sus%ensi*n de los mismos siem%re que se otorgue %or el demandante garantasu,iciente %ara res%onder %or los da/os " %erjuicios que se causen %or tal medida si es que no tienela resoluci*n ,avorable a sus %retensiones. !a garanta se/alada %odr) aumentarse o disminuirse sivaran las condiciones que se tomaron en consideraci*n %ara ,ijarla. Ar'(c)lo 1.,.( 'ada asociado go-ar) de un voto en las asambleas generales. Ar'(c)lo 1.-.(!os miembros de la asociaci*n tendr)n derec#o de se%ararse de ella %revio avisodado con dos meses de antici%aci*n. Ar'(c)lo 1.5.( !os asociados s*lo %odr)n ser excluidos de la asociaci*n %or las causas que se/alenlos estatutos seg.n acuerdo de la asamblea general en la que deber)n ser odos. Ar'(c)lo1.6.(!osasociadostienenderec#ode vigilarquelascuotasse dediquenal ,inquese%ro%one la asociaci*n " con ese objeto %ueden examinar los libros de contabilidad " dem)s %a%elesde +sta. Ar'(c)lo 1.7.( !a calidad de asociado es intrans,erible. Ar'(c)lo 1...( !as asociaciones adem)s de las causas %revistas en los estatutos se extinguen:0.Por consentimiento de la asamblea general1 00. Por #aber concluido el t+rmino ,ijado %ara su duraci*n o %or #aber conseguido totalmente el objetode su constituci*n1000. Por #aberse vuelto inca%aces de reali-ar el ,in %ara que ,ueron constituidas1 "02. Por resoluci*n dictada %or autoridad com%etente. Ar'(c)lo 1./.(En caso de disoluci*n los bienes de la asociaci*n se a%licar)n con,orme a lo quedeterminenlosestatutos"a,altadedis%osici*ndeestos seg.nloquedeterminelaasambleageneral. CA#4TULO IIIDe las 3)%2acio%esAr'(c)lo 1/0.( !a ,undaci*n tiene %or objeto a,ectar determinados bienes de %ro%iedad %articular al,omento de actividades cient,icas culturales asistenciales o de%ortivas1 sin que %or ning.n motivo%uedan considerarse esos ,ines ni directa ni indirectamente objeto de es%eculaci*n. Ar'(c)lo 1/1.(!as ,undaciones %ueden constituirse %or acto entre vivos o %or dis%osici*ntestamentaria. Ar'(c)lo 1/+.( !as ,undaciones que se constitu"an %or acto entre vivos %ueden #acerse %or voluntadde una o de varias %ersonas ,ormali-)ndose la misma mediante escritura %.blica " cuando tengancomoobjetoas%ectosrelacionadosconlaasistenciasocial deber)ncontarconlaanuencia%orescrito del 0nstituto Jalisciense de Asistencia Social misma que tendr) que %resentarse ante el notario%.blico %revio a su constituci*n. Ar'(c)lo 1/,.('uando se #aga %or dis%osici*n testamentaria se tendr) como tal el contenido del%ro%io testamento co%ia del acta de de,unci*n de quien sea su ,undador " de la resoluci*n que #a"adeclaradolavalide-deladis%osici*ntestamentaria. 3ic#adis%osici*ndebe%rotocoli-arseantenotario %.blico.Ar'(c)lo 1/-.(En elcaso de los dos artculos que %receden la ,undaci*n tendr) e,icacia jurdicadesde el momento en que se inscriba en el >egistro P.blico de la Pro%iedad. Ar'(c)lo 1/5.(!a inscri%ci*n en el>egistro P.blico de la Pro%iedad de las ,undaciones es ttulosu,iciente %ara que los directores o encargados de la misma o,icina anoten como %ro%iedad de la,undaci*n los bienes destinados a ella. Ar'(c)lo1/6.(Paraque%rocedalainscri%ci*nenel >egistroP.blicodelaPro%iedaddeuna,undaci*n se requiere que la Secretara General de Gobierno emita dictamen sobre la viabilidad dela misma. Ar'(c)lo 1/7.(!a emisi*n deldictamen a que se re,iere elartculo anterior obliga " ,aculta a suemisor a la vigilancia sobre el ,uncionamiento de dic#as ,undaciones. En las ,undaciones constituidasmortis causa o %or acto entre vivos cuando el o los ,undadores #ubieren dejado de existir la ,acultadde vigilancia a que se re,iere este Artculo tendr) inclusive el alcance de designar de una manera%rovisional a los integrantes del %atronato.Ar'(c)lo 1/..( $uienes constitu"an una ,undaci*n %odr)n emitir las bases constitutivas de la misma "en caso de omisi*n o de de,ecto se deber)n anotar las bases que regulen el ,uncionamiento de lasasociaciones civiles. Ar'(c)lo1//.(El %atronatodelas,undacionesser)el *rganodegobiernodelasmismas"susdecisiones se tomar)n %or ma"ora de votos de sus integrantes " en caso de em%ate el %residentedel %atronato tendr) voto de calidad. Ar'(c)lo +00.(El %residente del %atronato es el encargado de cum%lir los acuerdos que se ado%ten%orel %atronato"ser) asuve- el re%resentantelegal delamisma contodaslas,acultadesderec#os " %rerrogativas que corres%ondan salvo las de gravar " enajenar o trasmitir %or cualquierttulo los bienes que constitu"an el %atrimonio de la ,undaci*n. 'uando se considere necesario gravarenajenar o trasmitir bienes inmuebles que sean %arte del%atrimonio de la ,undaci*n se requerir)acuerdo de los integrantes del%atronato tomado %or ma"ora de votos " con la a%robaci*n de laautoridad que emiti* el dictamen de viabilidad. Ar'(c)lo +01.(!os integrantes del %atronato sus c*n"uges ascendientes descendientes osociedades en las que tengan una %artici%aci*n %re%onderante no %odr)n tener ninguna relaci*n deti%o econ*mico con la ,undaci*n exce%to en mani,iesto bene,icio de la misma. Ar'(c)lo+0+.('uandola,undaci*ntengacomoorigenunactoentrevivos su,undador est),acultado %ara nombrar " remover a los miembros del %atronato. Ar'(c)lo +0,.('uando la ,undaci*n tenga como origen una dis%osici*n testamentaria su ,undadortiene derec#o de designar al %residente del %atronato. Ar'(c)lo +0-.(En los casos de los artculos que %receden el ,undador tiene derec#o a se/alar lasbases %ara la integraci*n del %atronato as como de que un descendiente del mismo sea siem%reintegrante de dic#o %atronato. Ar'(c)lo +05.( El %atronato tiene las siguientes ,acultades:0.'um%lir " #acer que se cum%la la voluntad del ,undador100. 'onservar " mejorar los bienes de la ,undaci*n1000. Ejercitar %or conducto de su %residente las acciones " de,ensas que corres%ondan a la ,undaci*n102. Acatar la voluntad del ,undador en lo relativo al nombramiento de em%leados " ,uncionarios de la,undaci*n12. Exigir garanta a los ,uncionarios " em%leados de la ,undaci*n que manejen ,ondos quienes no%odr)n entrar al ejercicio de sus cargos si %reviamente no otorgan aqu+lla120. Enajenar o gravarlos bienes de la ,undaci*n cuando+sto sea de evidente utilidad o absolutanecesidad1200. Arrendarlosinmueblesdelainstituci*n%reviaautori-aci*ndel *rganoadministrativoestatalcorres%ondiente cuando el arrendamiento exceda de cinco a/os o cuando se trate de recibir rentasantici%adas %or m)s de dos12000. Elaborar " a%robar en elmes de diciembre de cada a/o los %lanes de trabajo as como los%resu%uestos de ingresos " egresos de la ,undaci*n %ara el a/o siguiente109. >endir en el mes de ,ebrero de cada a/o un in,orme sobre las actividades reali-adas en el a/oinmediato anterior as como el de la situaci*n %atrimonial que tenga la ,undaci*n1 "9. !as dem)s que se le asignen en el documento constitutivo o en la le". Ar'(c)lo +06.( !a ,undaci*n se extingue:0. Por ex%irar el %la-o ,ijado %ara su ,uncionamiento100. Por el cum%limiento o reali-aci*n de sus ,ines1 "000. Por la im%osibilidad ,inanciera de seguir o%erando.Artculo CD6.( 'uando sea im%osible el ,uncionamiento de las ,undaciones a instancias del ,undadoro en su de,ecto de quien com%eta su vigilancia o del Agente de la Procuradura Social en su caso setramitar) sudisoluci*n debiendo%asar susbienesenlost+rminosquedis%ongansusbasesconstitutivaso ensude,ecto al %atrimoniode,undacionesquetenganobjetosimilar al su"o "cuando no existan +stas a la bene,icencia %.blica. CA#4TULO IDe las Socie2a2esAr'(c)lo +0..( En las sociedades los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o suses,uer-os %ara la reali-aci*n de un ,in com.n de car)cter %re%onderantemente econ*mico %ero queno constitu"a una es%eculaci*n comercial. Ar'(c)lo +0/.( !a a%ortaci*n de los socios %uede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes oen su industria. !a a%ortaci*n de bienes im%lica la transmisi*n de su dominio a la sociedad salvo queex%resamente se %acte otra cosa.Ar'(c)lo+10.(El actojurdico%orel queseconstitu"aunasociedad debeconstarenescritura%.blica otorgada ante notario que tenga su adscri%ci*n en el domicilio de la sociedad. Ar'(c)lo +11.(Eltestimonio que ex%ida elnotario deber) ser inscrito en el>egistro P.blico de laPro%iedadquecorres%ondaal domicilio delasociedad "desdeese momentotiene%ersonalidadjurdica %ro%ia. Ar'(c)lo +1+.( Si la sociedad no consta en escritura %.blica o no se #a inscrito en el >egistro P.blicode la Pro%iedad " se adquieren %or los integrantes de los *rganos de administraci*n o re%resentaci*nobligaciones ,rente a terceros1 la sociedad ser) considerada como irregular quedando obligados en,orma solidaria quienes a nombre de la misma #ubieren contratado. Ar'(c)lo +1,.(!a ,alta de registro da derec#o a cualesquiera de los integrantes de la sociedad areclamar bien sea su disoluci*n o su regulari-aci*n %or medio de la inscri%ci*n en el >egistro P.blicode la Pro%iedad. Ar'(c)lo +1-.( !a ,alta de ,orma %rescrita %ara la sociedad s*lo %roduce el e,ecto de que los socios%uedan %edir en cualquier tiem%o que se #aga la liquidaci*n de la misma con,orme a lo convenido "a ,alta de convenio con,orme al 'a%tulo 2 de esta Secci*n1 %ero mientras que esa liquidaci*n no se%ida el contrato %roduce todos sus e,ectos entre los socios " +stos no %ueden o%oner a terceros que#a"an contratado con la sociedad la ,alta de ,orma. Ar'(c)lo +15.(:o se %ermitir) la ,ormaci*n de sociedades %ara un objeto ilcito1 si no obstante seviolare esta %ro#ibici*n a solicitud de cualquiera de los socios de un tercero interesado o del Agentede la Procuradura Social se declarar) la nulidad de la sociedad la cual se %ondr) en liquidaci*n.Ar'(c)lo +16.( El instrumento mediante el cual se constitu"e la sociedad deber) ex%resar:0. El nombre a%ellido domicilio " ca%acidad de los otorgantes100. !a ra-*n social1000. El objeto de la sociedad102. !a duraci*n de la sociedad12. El im%orte del ca%ital social " la a%ortaci*n con que cada socio debe contribuir1 "20. !as ,acultades de los socios administradores " la ,orma de designarlos.Ar'(c)lo +17.(Ser) nula la sociedad en que se esti%ule que los %rovec#os %ertene-canexclusivamente a alguno o algunos de los socios " todas las %+rdidas a otro u otros. Ar'(c)lo +1..(:o %uede esti%ularse que a los socios ca%italistas se les restitu"a su a%orte con unacantidad adicional #a"a o no ganancias. Ar'(c)lo+1/.(!osestatutossocialesno%uedenmodi,icarsesino%orconsentimientodelasdosterceras %artes de los socios. CA#4TULO De los SociosAr'(c)lo ++0.('ada socio estar) obligado al saneamiento %ara el caso de evicci*n de los bienesque a%orte a la sociedad como corres%onde a toda enajenaci*n1 " a indemni-ar %or los de,ectos deesosbienes comoloest)el vendedor res%ectodel com%rador. Massi loque%rometi*,ueela%rovec#amiento de bienes determinados res%onder)%or ellosseg.n los %rinci%ios que rigen lasobligaciones entre el arrendador " el arrendatario. Ar'(c)lo++1.(A menosquese#a"a %actado en losestatutos sociales no %uedeobligarsea lossocios a #acer una nueva a%ortaci*n %ara incrementar los negocios sociales. 'uando el aumento delca%ital social sea acordado %or la ma"ora los socios que no est+n con,ormes %ueden se%ararse de lasociedad. Ar'(c)lo +++.( !os socios no %ueden ceder sus derec#os sin el consentimiento %revio " un)nime delosdem)scoasociados1"sin+l tam%oco%uedenadmitirseotrosnuevossocios salvo%actoencontrario en uno " en otro caso. Ar'(c)lo ++,.( !os socios go-ar)n del derec#o del tanto. Si varios socios quieren #acer uso del tantoles com%eter) +ste en la %ro%orci*n que re%resenten. El t+rmino %ara #acer uso del derec#o del tantoser) de oc#o das contados desde que reciban aviso del que %retende enajenar.Ar'(c)lo ++-.( :ing.n socio %uede ser excluido de la sociedad sino %or el acuerdo de las dos terceras%artes de los dem)s socios " %or causa grave %revista en los estatutos. Ar'(c)lo ++5.( El socio excluido es res%onsable de la %arte de %+rdidas que le corres%onda " los otrossocios%uedenretener la%artedel ca%ital "utilidadesdeaqu+l #astaconcluir laso%eraciones%endientes al tiem%o de la declaraci*n debiendo #acerse #asta entonces la liquidaci*ncorres%ondiente. CA#4TULO IDe la A2&i%is'raci7% 2e la Socie2a2Ar'(c)lo++6.(!aadministraci*ndelasociedad%uedecon,erirseaunoom)ssocios.&abiendosocios es%ecialmente encargados de la administraci*n los dem)s no %odr)n contrariar ni entor%ecerlas gestiones de aqu+llos ni im%edir sus e,ectos. Ar'(c)lo ++7.('uandola sociedadest+administrada en,orma colegiada el n.mero delosintegrantes del consejo de administraci*n deber) ser im%ar. En todo caso el %residente del consejotendr) voto de calidad %ara la toma de decisiones. Ar'(c)lo++..(El nombramientodelossociosadministradores no%rivaalosdem)ssociosdelderec#o de examinar elestado de los negocios sociales " de exigir a este ,in la %resentaci*n delibros documentos " %a%eles con el objeto de que %uedan #acerse las reclamaciones que estimenconvenientes. :o es v)lida la renuncia del derec#o consignado en este Artculo. Ar'(c)lo ++/.( El nombramiento de los socios administradores #ec#o en la escritura de sociedad no%odr) revocarse sin el consentimiento de todos los socios a no ser judicialmente %or dolo cul%a oin#abilidad. Elnombramiento de administradores #ec#o des%u+s de constituida la sociedad es revocable %orma"ora de votos. 7oda revocaci*n o nombramiento deber) anotarse en el>egistro P.blico de laPro%iedad. Ar'(c)lo +,0.(!os socios administradores ejercer)n las ,acultades que ,ueren necesarias algiro "desarrollo de los negocios que ,ormen el objeto de la sociedad1 %ero salvo convenio en contrarionecesitan autori-aci*n ex%resa de los otros socios:0. Para enajenar los bienes de la sociedad si +sta no se #a constituido con ese objeto100. Para %ignorarlos #i%otecarlos o gravarlos con cualquier otro derec#o real1 "000. Para tomar ca%itales %restados.Ar'(c)lo +,1.( !as ,acultades que no se #a"an concedido a los administradores ser)n ejercitadas %ortodoslossocios resolvi+ndoselosasuntos%orma"oradevotos. !ama"orasecom%utar)%orcantidades %ero cuando una sola %ersona re%resente el ma"or inter+s " se trate de sociedades dem)s de tres socios se necesita %or lo menos el voto que cubra la tercera %arte de los socios. Ar'(c)lo +,+.(Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administraci*n sindeclaraci*n de que deber)n %roceder de acuerdo %odr) cada uno de ellos %racticar se%aradamentelos actos administrativos que crea o%ortunos. Ar'(c)lo +,,.(!oscom%romisoscontrados%or los sociosadministradores ennombredelasociedad excedi+ndose de sus ,acultades si no son rati,icados %or +sta s*lo obligan a la sociedad enra-*n del bene,icio recibido. Ar'(c)lo +,-.(!as obligaciones que se contraigan %or la ma"ora de los socios encargados de laadministraci*n sin conocimiento de la minora o contra su voluntad ex%resa ser)n v)lidas1 %ero losque las #a"an contrado ser)n %ersonalmente res%onsables a la sociedad de los %erjuicios que %orellas se causen. Ar'(c)lo +,5.( El socio o socios administradores est)n obligados a rendir cuentas siem%re que lo %idala ma"ora de los socios aun cuando no sea la +%oca ,ijada en el contrato de sociedad. Ar'(c)lo +,6.( 'uando la administraci*n no se #ubiere limitado a alguno de los socios todos tendr)nderec#o a concurrir a la direcci*n " manejo de los negocios comunes. !as decisiones ser)n tomadas%or ma"ora.Siem%re que #a"a varios administradores los terceros %odr)n em%la-ar a cualesquiera de ellos %araexigir el cum%limiento de las obligaciones sociales. Ar'(c)lo+,7.(El administradormientrasnotome%osici*negistro 'ivil#aber recibidoel curso%rematrimonial quenoser)menor dedos#oras cu"ocontenidoversar)sobrelosderec#os " obligaciones que se contraen con el vnculo del matrimonio de acuerdo a los ca%tuloscorres%ondientesdeestec*digo el cual deber)contener una%artadosobrelaigualdad"laequidaddeg+nero as comode%revenci*n detecci*n atenci*n sanci*n"erradicaci*ndeviolenciaintra,amiliar. 3ic#ocursoser)dise/adoeim%artido%or el SistemaEstatal %arael3esarrollo 0ntegral de la @amilia.Ar'(c)lo +6..( Son im%edimentos %ara celebrar el matrimonio:0. !a ,alta de edad requerida %or la le"100. El %arentescodeconsanguinidad legtimoonatural sinlimitaci*ndegradoenlalnearectaascendente o descendente. En la lnea colateral igual el im%edimento se extiende a los #ermanosmedios #ermanos " %rimos. En la colateral desigual el im%edimento se extiende solamente a los tos" sobrinos1000. El %arentesco de a,inidad en lnea recta sin limitaci*n alguna102. El matrimonio subsistente12. !a ,alta de consentimiento cuando es necesario del que o los que ejer-an la %atria %otestad deltutor del 'onsejo de @amilia en sus res%ectivos casos120. El atentado contra la vida de alguno de los casados %ara contraer matrimonio con el que quedelibre1200. !as en,ermedades cr*nicas e incurables que sean adem)s contagiosas " que %ongan en %eligrola vida o #ereditarias1 " cualesquiera otra en,ermedad o con,ormaci*n es%ecial que sean contrarias alos ,ines del matrimonio bien %orque im%idan las ,unciones relativas o bien %orque cient,icamente#agan %rever alg.n %erjuicio grave o degeneraci*n %ara los descendientes1 la im%otencia incurable%aralac*%ulasalvocuandoexista%orcausadelaedadocuando%orotradiversacausaseaconocida %or ambos contra"entes12000. El estado de interdicci*n que se lo im%ida1 09.!a ,uer-a o miedo graves1 "9. :o acreditar ante el 8,icial del >egistro 'ivil que los interesados recibieron el curso%rematrimonial a que se #ace re,erencia en el artculo anterior.3e estos im%edimentos s*lo son dis%ensables la ,alta de edad " el %arentesco de consanguinidad enlnea colateral en el tercero " cuarto grados.Ar'(c)lo +6/.( El ado%tante no %uede contraer matrimonio con el ado%tado o sus descendientes. Ar'(c)lo +70.(!a mujer no %uede contraer nuevo matrimonio sino #asta %asados trescientos dasdes%u+s de la disoluci*n del anterior a menos que dentro de ese %la-o diere a lu- o acredite ante en'onsejo de @amilia de su domicilio " mediante el in,orme de un m+dico de instituci*n %.blica de saludsobre su estado de ingravide- quedando mediante la resoluci*n que se %ronuncie libre de contraermatrimonio antes de transcurrir el %la-o citado. En los casos de invalide- matrimonial o de divorciose a%licar) este mismo criterio contabili-)ndose el tiem%o desde que se interrum%i* la co#abitaci*n. Ar'(c)lo +71.(El tutor no %uede contraer matrimonio con la %ersona que #a estado o est) bajo suguarda a no ser que obtenga dis%ensa la que no se le conceder) sino cuando #a"an sido a%robadaslas cuentas de la tutela. Esta %ro#ibici*n com%rende tambi+n al curador " a los descendientes de +ste" del tutor. Ar'(c)lo +7+.( Si el matrimonio se celebrare en contravenci*n de lo dis%uesto en el artculo anterioreljue- nombrar) inmediatamente un tutor interino que reciba los bienes " los administre mientrasrevisa las cuentas de la tutela " el convenio matrimonial. CA#4TULO IIIDe los De>eres 1 Derec5os egistro 'ivil donde se celebr* el matrimonio %ara quemarginalmente " %revia solicitud rati,icada ante su %resencia se #aga la anotaci*n corres%ondiente. Ar'(c)lo +/7.(El dominio " %osesi*n de los bienes comunes reside en ambos c*n"uges mientrassubsista la sociedad1 " las acciones en contra de +sta o sobre los bienes sociales ser)n dirigidascontra ambos c*n"uges. Ar'(c)lo +/..(El marido o la mujer %ueden enajenar " obligar a ttulo oneroso los bienes mueblescomunes de los cuales sean titulares. Ar'(c)lo +//.( !os bienes inmuebles " los derec#os reales %ertenecientes al ,ondo social no %uedenser obligados ni enajenados de modo alguno %or un c*n"uge sin consentimiento del otro1 %ero el jue-%uede su%lir ese consentimiento %revia audiencia del o%ositor.

Ar'(c)lo ,00.(:inguna enajenaci*n que de los bienes gananciales #aga un consorte encontravenci*n de la le" o en ,raude del otro c*n"uge %erjudicar) a +ste ni a sus #erederos.Ar'(c)lo ,01.(Pueden los c*n"uges %agar con los gananciales los gastos ordinarios de la ,amiliaseg.n sus circunstancias sin %erjuicio de la obligaci*n com.n de ambos c*n"uges " con la %arte quele corres%onda en el ,ondo social. Secci7% Se8)%2aDe los "ie%es #ro$ios 1 2e los Co&)%esAr'(c)lo ,0+.(:inguno de los c*n"uges %uede considerarse como tercero res%ecto de la sociedad%or lo que ve a obligaciones a cargo de +sta que a,ecten los bienes sociales. Ar'(c)lo ,0,.( Son %ro%ios de cada c*n"uge los bienes de que era due/o al tiem%o de celebrarse elmatrimonio"losque%oseaantesde +steaunqueno ,ueradue/o deellos si losadquiere%orusuca%i*n durante la sociedad. Ar'(c)lo ,0-.( !o son tambi+n los que durante la sociedad adquiere cada c*n"uge %or donaci*n decualquier es%ecie %or #erencia o %or legado constituido a ,avor de uno solo de ellos. Ar'(c)lo ,05.( Si los legados o las donaciones ,ueren onerosos las cargas de aqu+llos se deducir)ndelosbienes%ro%iosdel consorteencu"o,avor se#ubierenotorgado. Si ,uerencubiertososo%ortados %or la sociedad +sta re%resentar) en el legado o donaci*n la %arte %ro%orcional con que#ubiere contribuido. Ar'(c)lo ,06.( Son %ro%ios de cada consorte los bienes adquiridos %or resoluci*n de contrato u otrottulo%ro%io queseaanterioral matrimonio aunquela%restaci*nse#a"a#ec#odes%u+sdelacelebraci*n de +l. Ar'(c)lo ,07.(!os gastos que se #ubieren causado %ara #acer e,ectivo el ttulo ser)n a cargo deldue/o de +ste. Ar'(c)lo ,0..( 0gualmente corres%onden a cada c*n"uge los bienes adquiridos %or com%ra o %ermutade los races que le %ertene-can %ara adquirir otros tambi+n races que se sustitu"an %or venta o%ermuta. Ar'(c)lo ,0/.( 'uando se vendan los bienes inmuebles %ro%ios de uno de los c*n"uges " su %recio nose invierta en com%rar otros inmuebles el %recio adquirido se considerar) como %ro%io del c*n"ugedue/o de bienes vendidos si estos entraron a la sociedad con"ugalsin ser estimados1 %ero si seestimaronal celebrarseel matrimoniooal otorgarselasca%itulacionesmatrimoniales ser)de%ro%iedad del due/o el %recio en que ,ueron estimados re%ut)ndose como ganancias o %+rdidas dela sociedad el aumento o disminuci*n que #a"an tenido al ser enajenados. Ar'(c)lo ,10.( Es %ro%io de cada c*n"uge lo que adquiere %or la consolidaci*n de la %ro%iedad " elusu,ructo as como son de su cargo los gastos que se #ubieren #ec#o. Ar'(c)lo ,11.( Si alguno de los c*n"uges tuviere derec#o a una %restaci*n exigible en %la-os que notenga el car)cter de usu,ructo las cantidades cobradas %or los %la-os vencidos durante elmatrimonio no ser)n gananciales sino %ro%ias de cada c*n"uge. Ar'(c)lo ,1+.( !o adquirido %or ra-*n de usu,ructo con cargo a bienes comunes %ertenece al ,ondosocial. Ar'(c)lo ,1,.(:o %ueden renunciarse los gananciales durante elmatrimonio1 %ero disuelto +ste odecretada la se%araci*n de bienes %ueden renunciarse los adquiridos a condici*n de que se ,ormaliceen escritura %.blica. Ar'(c)lo ,1-.(7odos los bienes que existen en %oder de cualesquiera de los c*n"uges al #acer lase%araci*n de ellos se %resumen gananciales mientras no se %ruebe lo contrario. Ar'(c)lo ,15.( :i la declaraci*n de uno de los c*n"uges que a,irma ser su"a una cosa ni la con,esi*ndel otro ni ambas juntas se estimar)n %ruebas su,icientes aunque sean judiciales. Ar'(c)lo ,16.( El c*n"uge que legalmente ,uere ,iador o aval res%onder) con los bienes que tuviere%ro%ios1 s*lo con la %arte que le corres%onda en el ,ondo social. Ar'(c)lo ,17.(!as deudas contradas durante el matrimonio %or ambos c*n"uges %or eladministrador o %or el otro socio con autori-aci*n de aqu+l o en su ausencia o %or su im%edimentoson carga de la sociedad sin %erjuicio de la res%onsabilidad del c*n"uge directamente obligado que%uede #acerse e,ectiva sobre sus bienes %ro%ios. Alliquidarse la sociedad el c*n"uge que #ubiere%agado con bienes %ro%ios deudas a cargo de la sociedad ser) acreedor de +sta %or el im%orte deaqu+llas. Ar'(c)lo ,1..( Se exce%t.an de lo dis%uesto en el artculo anterior:0. !as deudas que %rovengan de delito de alguno de los c*n"uges o de alg.n #ec#o moralmentere%robado aunque no sea %unible %or la le"1 "00. !as deudas que graven los bienes %ro%ios de los c*n"uges no siendo %or %ensiones cu"o im%orte#a"a entrado al ,ondo social. Ar'(c)lo ,1/.( El im%orte de deudas de uno de los c*n"uges anteriores al matrimonio " %agadas %orla sociedad se cargar)n al c*n"uge deudor al liquidarse +sta salvo el caso de que el otro c*n"ugeestuviere tambi+n %ersonalmente obligado a que las deudas de que se trata #ubieren sidoa%rovec#adas en com.n. Se com%renden entre las deudas a que se re,iere el %resente artculo lasque %rovengan de cualquier #ec#o de los consortes anterior al matrimonio aun cuando la obligaci*nse #aga e,ectiva durante la sociedad. Ar'(c)lo ,+0.( !os d+bitos anteriores al matrimonio en el caso de que el c*n"uge obligado no tengacon qu+ satis,acerlos solo %odr)n ser %agados con los gananciales que le corres%ondan des%u+s dedisuelta la sociedad. Ar'(c)lo ,+1.( Son carga de la sociedad los atrasos de las %ensiones o r+ditos devengados duranteel matrimonio de las obligaciones a que estuvieren a,ectos tanto los bienes %ro%ios de los c*n"ugescomo los que ,orman el ,ondo social. Ar'(c)lo,++.(7ambi+nsoncargadelasociedad losgastosquese#aganenlasre%osicionesindis%ensables %ara la conservaci*n de los bienes %ro%ios de cada c*n"uge. !os que no ,ueren deesta clase se im%utar)n al #aber del due/o. Ar'(c)lo ,+,.( 7odos los gastos que se #icieren %ara la conservaci*n de los bienes del ,ondo socialson carga de la sociedad. Ar'(c)lo ,+-.(!o son igualmente el mantenimiento de la ,amilia la educaci*n e instrucci*n de los#ijos comunes " la de los #ijos %ro%ios de uno de los c*n"uges que vivan en el domicilio con"ugal "sean menores de edad. Ar'(c)lo,+5.(7ambi+nescargadelasociedad el im%ortedelodadoo%rometido%orambosconsortes a los #ijos %ara su colocaci*n cuando no #a"an %actado que se satis,aga de los bienes%ro%ios de uno de ellos en todo o en %arte. Si la donaci*n o la %romesa se #ubiere #ec#o %or s*lo unode los consortes ser) %agada de sus bienes individuales. Ar'(c)lo,+6.(Sonigualmentecargasdelasociedadlosgastos deinventarios"dem)squesecausen en la liquidaci*n " en la entrega de los bienes que ,ormaron el ,ondo social. Secci7% TerceraDe la Liegistro 'ivil del Estado100. El matrimonio celebrado sin que #a"an transcurrido los t+rminos ,ijados en los Artculos C6D C64" ECD1 "000. 'uando se contrajoestando %endiente la decisi*n de un im%edimento que sea susce%tible dedis%ensa.Ar'(c)lo ,/-.( !a ilicitud que se ,unde en la ,alta de ,ormalidades esenciales en el matrimonio %uedealegarse%orlosc*n"ugeso%orcualquieraquetengainter+sen%robarqueno#a"matrimonio.7ambi+n %odr) declararse esa ilicitud a instancia del Agente de la Procuradura Social. Ar'(c)lo ,/5.( :o se admitir) demanda de ilicitud %or ,alta de solemnidades en el acta de matrimoniocelebrado ante el8,icialdel>egistro 'ivilcuando a la existencia del acta se una la %osesi*n deestado matrimonial.Secci7% ?)i%'aDe los E6ec'os 2e la Declaraci7% 2e Ile8i'i&i2a2 2el Ma'ri&o%ioAr'(c)lo ,/6.( Ejecutoriada la sentencia que declare ilegtimo el matrimonio "a sea %or ine,icacia o%orinvalide- el tribunal deo,icio enviar)co%iacerti,icadadeella %ortri%licado al 3irectordel>egistro 'ivil quien conservar) una en el arc#ivo estatal " las dos restantes las remitir)res%ectivamente al 8,icialdel >egistro 'ivilque autori-* el matrimonio ilegtimo "ala 3irecci*nGeneral del >egistro :acional de Poblaci*n. Ar'(c)lo ,/7.( !os servidores del >egistro 'ivil a que se re,iere el artculo anterior al margen del actadematrimonio %ondr)nunanotacircunstanciadaenqueconstenlos%untosresolutivosdelasentencia su ,ec#a el tribunal que la %ronunci* " el n.mero con que se marque la co%ia que ser)de%ositada en el arc#ivo. Ar'(c)lo ,/..(El matrimonio contrado de buena ,e aunque sea declarado ilegtimo %or invalide-%roduce todos sus e,ectos civiles en ,avor de los c*n"uges mientras dure1 " en todo tiem%o en ,avorde los #ijos nacidos antes de la celebraci*n del matrimonio durante +l " trescientos das des%u+s dela declaraci*n de ilegitimidad si no se #ubieren se%arado los consortes o desde su se%araci*n encaso contrario. Ar'(c)lo ,//.(Si #a #abido buena ,e de %arte de uno solo de los c*n"uges el matrimonio %roducee,ectos civiles .nicamente res%ecto de +l " de los #ijos. Si #a #abido mala ,e de ambos consortes el matrimonio %roduce e,ectos civiles solamente res%ectode los #ijos. Ar'(c)lo -00.(!uego que la sentencia de ilegitimidad cause ejecutoria se resolver) lo relativo a lasituaci*n de los #ijos siendo a%licables las siguientes dis%osiciones: 0.!os %adres %odr)n convenir lo que consideren m)s adecuado sobre el cuidado " custodia de ellosla %ro%orci*n que les corres%onda %agar de los alimentos de los #ijos " la manera de garanti-ar su%ago100. !a autoridad judiciala%robar) o no el convenio seg.n estime conveniente %ara el inter+s de los#ijos1000. En caso de que los %adres no llegaren a ning.n acuerdo o la autoridad judicialdesa%ruebe elconvenio +sta dictar) las medidas que estime %rocedentes tomando en consideraci*n el orden de%re,erencia establecido en este libro en el ttulo s+%timo102. Puede la autoridad judicial ordenar que los #ijos queden al cuidado del ascendiente oascendientes %aternos o maternos seg.n ju-gue m)s conveniente atendiendo siem%re al inter+s delos #ijos1 "2. !a autoridad judicialen todo tiem%o %odr) modi,icar las determinaciones que dicte ,undado eneste artculo seg.n las nuevas circunstancias de los #ijos " siem%re que el inter+s de +stos requieraesa modi,icaci*n. Ar'(c)lo -01.(3eclarada la ilegitimidad del matrimonio se observar)n res%ecto de las donacionesantenu%ciales las reglas siguientes:0.!as #ec#as %or un tercero a uno de los c*n"uges o a los dos quedar)n en bene,icio de los #ijos100. !as que #i-o el c*n"uge inocente al cul%able quedar)n sin e,ecto " los bienes que ,ueron objetode ellas se devolver)n al donante con todos sus %roductos1000. Subsistir)n las #ec#as al inocente %or el c*n"uge que obr* de mala ,e1 "02. Silos dos c*n"uges %rocedieron de mala ,e las donaciones que se #a"an #ec#o quedar)n en,avor de sus #ijos1 si no los tienen no %odr)n #acer los donantes reclamaci*n alguna con motivo de laliberalidad. Ar'(c)lo -0+.( Si al declararse la ilegitimidad la mujer est) embara-ada se tomar)n las %recaucionesque este c*digo se/ala en materia de sucesiones %ara cuando la viuda quede encinta.CA#4TULO :IIDel DivorcioAr'(c)lo -0,.( El divorcio disuelve el vnculo matrimonial " deja a los que ,ueron c*n"uges en a%titudde contraer otro. Ar'(c)lo -0-.( Son causas de divorcio:0.!a in,idelidad sexual100. El #ec#o de que alguno de los c*n"uges tenga un #ijo durante el matrimonio concebido antesde celebrarse +ste con %ersona diversa a su consorte. Para que %roceda la acci*n en el caso de lamujer es necesario que lo anterior sea declarado judicialmente1 " trat)ndose del c*n"uge var*n serequiere que este sea condenado en juicio de reconocimiento de %aternidad1000. !a %ro%uesta de un c*n"uge %ara %rostituir a su consorte sea que lo #a"a #ec#o directamente oconsienta en ello %or cualquier causa102. !a incitaci*n o la violencia #ec#a %or un c*n"uge al otro %ara cometer alg.n delito12. !os actos inmorales ejecutados %or el marido o la mujer con el ,in de corrom%er a los #ijos tantolos de matrimonio como los de uno solo de los c*n"uges as como la tolerancia en su corru%ci*n. !atolerancia debe ser de actos %ositivos " no %or omisi*n120. Padecer alguna en,ermedad cr*nica o incurable que sea adem)s contagiosa o #ereditaria que%onga en %eligro la vida del otro c*n"uge " que se %rolongue %or m)s de dos a/os1200. Padecer enajenaci*n %squica incurable declarada judicialmente12000. !a se%araci*n del #ogar con"ugal %or m)s de seis meses sin causa justi,icada109. !a se%araci*n del #ogar con"ugal %or m)s de un a/o sin el consentimiento del otro consorte.El %la-o se/aladoenesta,racci*n em%e-ar) acontar a%artir dela inter%elaci*n judicial oextrajudicial ante notario que se #aga al c*n"uge se%arado %ara su reintegraci*n al #ogar con"ugal19.!adeclaraci*ndeausencialegalmente#ec#aolade%resunci*ndemuerte enloscasosdeexce%ci*n en que no se necesita %ara que se #aga +sta que %roceda la declaraci*n de ausencia190. !aviolenciaintra,amiliar entendida+stacomoel maltrato,sicoo%sicol*gicoquein,ieraunc*n"ugeaotroocontrasusdescendientes conlaintenci*ndeda/ar #umillar odes%reciar alo,endido1900. !a incom%atibilidad de caracteres que #aga im%osible la vida con"ugal que s*lo %odr) invocarsedes%u+s de %asado un a/o de celebrado el matrimonio19000. !a negativa injusti,icada a dar alimentos al otro c*n"uge " a los #ijos sin necesidad de que existarequerimiento ni sentencia judicial relativa a la reclamaci*n de los mismos1902. !a acusaci*n calumniosa #ec#a %or un c*n"uge contra elotro %or delito que mere-ca %enama"or de dos a/os de %risi*n192. &aber cometido uno de los c*n"uges un delito que no sea %oltico " que sea in,amante %or elcual tenga que su,rir una %ena de %risi*n ma"or de dos a/os1920. !os #)bitos de juego o de embriague- o el uso indebido " %ersistente de drogas enervantes con,inesnotera%+uticos cuandoamenacencausarlaruinadela,amiliaoconstitu"anuncontinuomotivo de desavenencia con"ugal19200. 'ometer un c*n"uge contra la otra %ersona o los bienes delotro un delito declarado %orsentencia ejecutoria o bien un acto que sera %unible si se tratara de %ersona extra/a siem%reque tal acto tenga se/alada en la !e" una %ena que exceda de un a/o de %risi*n192000. El mutuo consentimiento1 "909.!a se%araci*n ininterrum%idadelosc*n"uges %or m)sdedos a/os sin causa justi,icadacu"o la%so em%ie-a a correr al momento mismo de la se%araci*n.Estacausal %odr)serinvocada%or cualquieradelosc*n"uges si transcurridosdosa/osdese%arados quien teniendo el derec#o de acci*n %ara invocar el divorcio %or las causales %revistasen las ,racciones 2000 " 09 de este mismo artculo no lo #a #ec#o.Ar'(c)lo -05.( 'uando un c*n"uge demande el divorcio o la ilegitimidad del matrimonio %or causasque no justi,ique o que #a"an resultado insu,icientes el demandado tiene a su ve- el derec#o de %edireldivorcio%ero no %odr) #acerlo sino %asados tres meses de la noti,icaci*n de la sentencia quecause estado o de la resoluci*n que decrete la caducidad de la instancia. 3urante esos tres meseslos c*n"uges no est)n obligados a vivir juntos.Ar'(c)lo-05"is.( El divorcio administrativo %rocedecuandoambosc*n"ugesconvenganendivorciarse sean ma"ores de edad no tengan #ijos vivos o concebidos dentro de matrimonio decom.nacuerdo#ubierenliquidadola sociedadcon"ugal olegal enlost+rminosdel %resentedocumento " tengan m)s de un a/o de casados.Se %resentar)n %ersonalmente al 8,icial del >egistro 'ivil del lugar de su domicilio com%robar)n conlas co%ias certi,icadas res%ectivas que son casados ma"ores de edad que #an liquidado su sociedadlegal o con"ugal si ,uera el caso la ingravide- de la c*n"uge " mani,estar)n bajo %rotesta de decirverdad que los #ec#os declarados son ciertos " de manera terminante " ex%lcitasu voluntad dedivorciarse.El 8,icialdel >egistro 'ivil%revia identi,icaci*n de los c*n"uges levantar) un acta en la que #ar)constar la solicitud de divorcio " citar) a los c*n"uges transcurridos treinta das naturales %ara que larati,iquen%ersonalmente. 3uranteesela%so lossolicitantesdeber)nacudir al Sistema%arael3esarrollo 0ntegral de la @amilia estatal o munici%al con %ersonal de trabajo social con ca%acitaci*nen tera%ia de %areja o a cualquier otra instituci*n acreditada quienes %rocurar)n avenirlos " se lesextender)unaconstanciaquedeber)entregar al 8,icial del >egistro'ivil enlaaudienciaderati,icaci*n. >ati,icada la solicitud el 8,icialdel >egistro 'ivillos declarar) divorciados levantar) elacta de divorcio " #ar) las anotaciones corres%ondientes.!as %ersonas as divorciadas %odr)n volver a contraer matrimonio civil transcurrido un a/o de que se#a"a levantado el acta de divorcio.Si se com%rueba que los c*n"uges no cum%len con los su%uestos exigidos el divorcio as obtenido nosurtir) e,ectos legales inde%endientemente de las sanciones %revistas en las le"es.Ar'(c)lo -05-Ter.( El tr)mite %revisto en el artculo anterior se %odr) llevar a cabo mediante m+todoalterno con,orme a la !e" de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco.Ar'(c)lo-06.('uandoambosc*n"ugesconvenganendivorciarse"tenganm)sdeuna/odecasados%resentar)nal ju-gadocerti,icado ex%edido%orlaSecretaradeSaludenel quesed+cuenta sobre la gravide- o ingravide- de la c*n"uge con un tiem%o de ex%edici*n no ma"or a FD dasnaturales a la ,ec#a de %resentaci*n de la solicitud " un convenio en donde ,ijen los siguientes %untos:0. 3esignaci*ndel c*n"ugeaquienseacon,iadalaguarda"custodiatem%oral delos#ijosdematrimonio durante el %rocedimiento " %ro%oner la guardia " custodia de,initiva des%u+sdeejecutoriado el divorcio100. El modo de subvenir a las necesidades de los #ijos " en su caso las del alumbramiento tantodurante el %rocedimiento como des%u+s de ejecutoriado el divorcio as como la ,orma de asegurar su%ago " los incrementos res%ectivos %or conce%to de alimentaci*n1000. !os t+rminos en que los c*n"uges %ro%ondr)n al Jue- el r+gimen de visitas " convivencia con sus#ijos102. !a casa que servir) de #abitaci*n a los c*n"uges durante el %rocedimiento12. !a cantidad que a ttulo de alimentos un c*n"uge debe %agar a otro durante el %rocedimiento odes%u+s de ejecutoriada la sentencia1 la ,orma de #acer el %ago " la garanta que debe darse %araasegurarlo obienlamani,estaci*nex%resadequeambosc*n"ugesquedar)nexentosdetodaobligaci*n a este res%ecto en caso de que as se convenga1 20. !a manera de administrar los bienes de la sociedad con"ugal o legal durante el %rocedimiento " lade liquidar dic#a sociedad des%u+s de ejecutoriado el divorcio as como la designaci*n deliquidadores. A ese e,ecto se acom%a/ar) un inventario " el %ro"ecto de %artici*n de todos los bienesde la sociedad1 "200. En el caso de que los c*n"uges #a"an celebrado el matrimonio bajo el r+gimen de se%araci*n debienesdeber)se/alarsela com%ensaci*n aquetendr) derec#oel c*n"uge que duranteelmatrimonio se #a"a dedicado %re%onderantemente al desem%e/o del trabajo del #ogar " en su casoal cuidado de los #ijos la cual no %odr) ser su%erior al cuarenta %or ciento del valor de los bienes que#ubierenadquiridoduranteel matrimonio considerandolasreglasestablecidasenestec*digores%ecto de los bienes %ro%ios " los comunes.El Jue- resolver) atendiendo a las circunstancias es%eciales de cada caso.Ar'(c)lo -07.( Mientras que se decreta el divorcio el jue- autori-ar) la se%araci*n de los c*n"uges deuna manera %rovisional " dictar) las medidas necesarias %ara asegurar la subsistencia de los #ijos aquienes #a"a obligaci*n de dar alimentos. En los casos en que exista violencia o %eligro %ara los integrantes de la ,amilia el jue- dictar) lasmedidas adicionales necesarias que garanticen su seguridad integral. Ar'(c)lo-0..(!osc*n"ugesque#a"ansolicitadoel divorcio%or mutuoconsentimiento %odr)nreunirse de com.n acuerdo en cualquier tiem%o con tal de que el divorcio no #ubiese sido decretado.:o %odr)n volver a solicitar el divorcio %or mutuo consentimiento sino %asados tres meses a %artir del.ltimo ocurso %resentado al ju-gado que conoci* de la solicitud del divorcio. Ar'(c)lo -0/.( El c*n"uge que no quiera %edir el divorcio ,undado en las causas enumeradas en las,racciones 20 " 200 del artculo EDE %odr) sin embargo solicitar que se sus%enda su obligaci*n deco#abitarconsuconsorte1" eljue- con conocimiento decausa%odr)decretaresasus%ensi*nquedando subsistentes las dem)s obligaciones creadas %or el matrimonio. Ar'(c)lo -10.( El divorcio s*lo %uede ser demandado %or el c*n"uge que no #a"a dado causa a +l "dentro de los seis meses siguientes al da en que #a"an llegado a su conocimiento los #ec#os en quese ,unde la demanda salvo que se ,unde en causales de tracto sucesivo. 7rat)ndose de las causales %revistas en las ,racciones 200 900 " 909 del artculo EDE el divorcio%odr) ser demandado %or cualquiera de los c*n"uges. Ar'(c)lo -11.(:inguna de las causas enumeradas en el artculo EDE %uede alegarse %ara %edir eldivorcio cuando #a"a mediado %erd*n ex%reso o t)cito. Ar'(c)lo-1+.(!areconciliaci*ndelosc*n"uges%onet+rminoal juiciodedivorcioencualquierestado en que se encuentre si a.n no #ubiere sentencia ejecutoria. En este caso los interesadosdeber)n in,ormar su reconciliaci*n al jue- sin que su omisi*n destru"a los e,ectos %roducidos %or lareconciliaci*n. Ar'(c)lo -1,.( El c*n"uge que no #a"a dado causa al divorcio %uede antes de que se %ronuncie lasentencia que %onga ,in al litigio desistirse de la acci*n de divorcio " ex#ortar al otro a reunirse con+l1 en este caso no %uede %edir de nuevo el divorcio %or los mismos #ec#os que motivaron el juicioanterior %ero s %or otros nuevos aunque sean de la misma es%ecie. Ar'(c)lo -1-. !a demanda de divorcio o ilegitimidad matrimonial %roduce los siguientes e,ectos:0. 'esar la %resunci*n de convivencia con"ugal100.>evocarlos%oderesquecualesquieradelosc*n"uges #ubieseotorgadoal otrosin que +stadis%osici*n a,ecte derec#os de terceros. 3entro de esta revocaci*n se entiende cualquierautori-aci*n %ara dis%oner debienes%ertenecientesalos c*n"ugesoalos desusociedadmatrimonial1 "000. Se%arar a los c*n"uges del domicilio con"ugal.El Jue- resolver) qui+n #abitar) el domicilio con"ugal " asimismo %revio inventario los bienes quecontinuar)n en +ste " los que se #a de llevar el otro c*n"ugeAr'(c)lo -1- >is. Mientras se decreta el divorcio el Jue- de la causa dictar) las medidas necesariasquegaranticenlosderec#os"obligacionesrec%rocasentrelosc*n"uges"lasderivadasdela%aternidad " la ,iliaci*n %ara tal e,ecto el Jue-:0. 3ictar) en su caso las medidas %recautorias que corres%ondan cuando la mujer quede encinta100. Asegurar) el cum%limiento de la obligaci*n de dar alimentos en ,unci*n a la %osibilidad econ*micade ambos %adres1000. 'on,iar) la guarda " custodia tem%oral de los #ijos durante el %rocedimiento de divorcio1 " 02. 3ecretar) el r+gimen de visitas " convivencia durante el %rocedimiento de divorcio. En caso de que se #ubiere acreditado la comisi*n de delitos o conductas nocivas en contra de los#ijos el Jue-dictar)lasmedidasnecesarias%ara%rotegerlaintegridaddela%ersonaa,ectadamediante la restricci*n o sus%ensi*n a las visitas " convivencia.Ar'(c)lo -15. !a sentencia de divorcio ,ijar) la situaci*n de los #ijos con,orme a las reglas siguientes:0.>es%ecto a la %atria %otestad se estar) a lo establecido en el ca%tulo relativo de este c*digo100. >es%ecto de la guarda " custodia de,initiva:a= Por regla general ser) com%artida salvo que los c*n"uges convengan qui+n la tendr) de maneraexclusiva1 b= A ,alta de convenio cuando los %adres no %uedan ejercer la guarda " custodia se resolver) en lost+rminos %revistos %or el artculo B6C de este c*digo1c= Se deroga.000. >es%ecto al r+gimen de visitas " convivencia de,initiva:a= >egular) el r+gimen de visitas " convivencia de los #ijos con ambos %adres salvaguardando quese e,ect.e en condiciones donde no se %ierdan los vnculos a,ectivos que nacen de toda relaci*n%aterno ,ilial " dictar) las medidas necesarias %ara la %rotecci*n " acceso %leno a este derec#o1 "b= 'uando se #ubiere acreditado la comisi*n de delitos o conductas nocivas en contra de los #ijos sedictar)nlasmedidasnecesarias%ara%roteger laintegridaddela%ersonaa,ectadamediantelarestricci*n o sus%ensi*n a las visitas " convivencia1 02. >es%ecto de los alimentos:a= !os determinados con,orme a las reglas se/aladas en este c*digo1b= Establecer) la ,orma de asegurar su %ago " los incrementos res%ectivos1c= Se/alar) el o los deudores alimentarios. En todo caso el Jue- atender) el inter+s su%erior de la ni/e- " tomar) en cuenta la o%ini*n de los#ijos en ,unci*n de su edad " madure-.Ar'(c)lo -16.( Antes de que se %rovea de,initivamente sobre la %atria %otestad o tutela de los #ijos elJue- %odr) resolver a %etici*n de los abuelos tos o #ermanos ma"ores cualquier %rovidencia que seconsidere ben+,ica a las %ersonas menores de edad " atender) a lo %revisto %or este c*digo.Ar'(c)lo -17.(Elc*n"uge que diere causa aldivorcio%erder) todo lo que se le #ubiese dado o%rometido %or su consorte o %or otra %ersona en consideraci*n a +ste recu%erando eldonante losbienesdonados1 el c*n"ugeinocenteconservar)lorecibido"%odr)reclamar lo%actadoensu%rovec#o. Ar'(c)lo -17-"is.(Si el matrimonio #ubiese estado bajo el r+gimen de se%araci*n de bienes " uno delos c*n"uges se #ubiere dedicado %re%onderantemente a las labores no remuneradas del #ogar " ensu caso al cuidado de los #ijos durante el tiem%o que #a"a durado el matrimonio o que la ma"or%arte de sus ingresos los #ubiese invertido en el mantenimiento del #ogar " la ,amilia " %or esto noadquiri*bienes tendr)derec#o a unacom%ensaci*n%or %arte de su c*n"uge queno %odr)sersu%erior al cuarenta %or ciento del valor de los bienes que ambos c*n"uges juntos o %or se%arado#ubierenadquiridoduranteel matrimonio considerandolasreglasestablecidasenestec*digores%ectodelosbienes%ro%ios"loscomunes. Enestecasoel Jue-determinar)el montoquecorres%onda en base a la relaci*n de bienes declarada %or cada c*n"uge " al aval.o %ericial de losmismos. Para el c)lculo de la com%ensaci*n el Jue- deber) considerar la situaci*n socioecon*micaque el matrimonio #ubiere tenido " su evoluci*n as como de manera gen+rica la clase " cantidad detrabajo del #ogar reali-ado.En elcaso del%)rra,o anterior "una ve-llevada a cabola liquidaci*nlos c*n"uges notendr)nderec#o a exigirse alimentos. En el caso de existir deudores alimentarios ambos c*n"ugescontribuir)n equitativamente al %ago de alimentos. Ar'(c)lo -1..( Ejecutoriado el divorcio se %roceder) desde luego a la divisi*n de los bienes comunes" se tomar)n las %recauciones necesarias %ara asegurar elcum%limiento de lasobligaciones quequeden %endientes entre los c*n"uges o con relaci*n a los #ijos. !os consortes divorciados tendr)nobligaci*n de contribuir en %ro%orci*n a sus bienes a la subsistencia " educaci*n de los #ijos #astaque lleguen a la ma"or edad o contraigan matrimonio. Ar'(c)lo -1/.( En los casos de divorcio el c*n"uge inocente tendr) derec#o a alimentos mientras nocontraiganuevasnu%cias"viva#onestamente1 sinembargo %arasu,ijaci*n sedeber)ntomarsiem%re en cuenta las circunstancias del caso as como la %ro%orci*n en la %osibilidad del que debedarlos " la necesidad del que debe recibirlos. Adem)s cuando %or eldivorcio se originen da/os o%erjuicios a los intereses delc*n"uge inocente elcul%able res%onder) de ellos como autor de un#ec#o ilcito.En el divorcio %or mutuo consentimiento salvo %acto en contrario los c*n"uges no tienen derec#o a%ensi*n alimenticia ni a la indemni-aci*n que concede este Artculo. Ar'(c)lo-+0.(Envirtuddel divorcio losc*n"ugesrecobrar)n su entera ca%acidad%aracontraernuevo matrimonio.El c*n"uge que #a"a dado causa al divorcio no %odr) volver a casarse sino des%u+s de dos a/os acontar desde que se decret* el divorcio.Para que los c*n"uges que se divorcien voluntariamente %uedan volvera contraer matrimonio esindis%ensable que #a"a transcurrido un a/o desde que obtuvieron el divorcio. Ar'(c)lo -+1.(!a muerte de uno de los c*n"uges %one ,in al juicio de divorcio " los #erederos delmuerto tienen los mismos derec#os " obligaciones que tendran si no #ubiera existido dic#o juicio. Ar'(c)lo -++.( Ejecutoriada una sentencia de divorcio el Jue- de Primera 0nstancia remitir) co%ia deella a la 3irecci*n del >egistro 'ivil " al 8,icial del >egistro 'ivil ante quien se celebr* el matrimonio%araquelevanteel actacorres%ondiente"adem)s %araque%ubliquela%arteresolutivadelasentencia durante quince das en los estrados destinados al e,ecto. T4TULO ?UINTODel #are%'esco 1 2e los Ali&e%'osCA#4TULO IDel #are%'escoAr'(c)lo -+,.( !a le" no reconoce m)s %arentesco que los de consanguinidad a,inidad " el civil. Ar'(c)lo -+-.( El %arentesco de consanguinidad es el que existe entre %ersonas que descienden unasde otras de un mismo %rogenitor o tronco com.n. Ar'(c)lo -+5.( El %arentesco de a,inidad es el que se contrae %or el matrimonio entre el var*n " los%arientes de la mujer " entre la mujer " los %arientes del var*n. Ar'(c)lo -+6.( El %arentesco civiles el que nace de la ado%ci*n " s*lo existe entre el ado%tante " elado%tado en los casos de ado%ci*n sim%le " cuando se #ubiese o%tado %or la ado%ci*n %lena lasrelaciones de %arentesco se establecen adem)s entre el ado%tado " la ,amilia o ,amilias del ado%tanteo ado%tantes. Ar'(c)lo-+7.('adageneraci*n,orma ungrado " la seriedegradosconstitu"elalneade%arentesco. Ar'(c)lo -+..(!a lnea de %arentesco es recta o transversal1la recta se com%one de la serie degrados entre %ersonas que descienden unas de otras1 la transversal se com%one de la serie de gradosentre %ersonas que sin descender unas de otras %roceden de un %rogenitor o tronco com.n. Ar'(c)lo -+/.( !a lnea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una %ersonacon su %rogenitor o tronco del que %rocede1 descendente es la que liga al %rogenitor con los que de +l%roceden. Ar'(c)lo -,0.( En la lnea recta los grados se cuentan %or el n.mero de generaciones o %or el de las%ersonas exclu"endo al %rogenitor. Ar'(c)lo-,1.(Enlalneatransversal losgradossecuentan%or el n.merodegeneracionessubiendo %or una de las lneas " descendiendo %or la otra1 o %or el n.mero de %ersonas que #a" deuno a otro de los extremos que se consideran exclu"endo la del %rogenitor o tronco com.n. CA#4TULO IIDe los Ali&e%'osAr'(c)lo -,+.(El deber " la obligaci*n de %ro%orcionar los alimentos son rec%rocos1 el que los datiene a su ve- elderec#o de recibirlos. Este deber " esta obligaci*n alimentaria son %ersonales eintransmisibles. Ar'(c)lo -,,.( !os c*n"uges deben darse alimentos. Ar'(c)lo-,-.(!os%adresest)nobligadosadaralimentosasus#ijos #astaquealcancenlama"ora de edad o llegando a ella sean inca%aces la cual se extiende #asta una edad m)xima deveinticinco a/os cuando se encuentren estudiando en %lanteles del sistema educativo nacional. A,alta o %or im%osibilidad de los %adres la obligaci*n recae en los dem)s ascendientes %or ambaslneas que estuvieren m)s %r*ximos en grado. Ar'(c)lo -,5.(!os #ijos est)n obligados a dar alimentos a los %adres cuando estos #an alcan-adouna edad senil o %or im%osibilidad de trabajo o ingreso. A ,alta o %or im%osibilidad de los ascendienteso descendientes la obligaci*n recae en los #ermanos. Ar'(c)lo-,6.('uandonoexistaotroa%o"o los#ermanosma"orestienenlaobligaci*ndedaralimentos a los menores o a los ma"ores inca%aces. Ar'(c)lo -,7.( El ado%tante " el ado%tado tienen obligaci*n de darse alimentos en los casos en quela tienen el %adre " los #ijos. Ar'(c)lo-,..(7oda%ersonaque#ubiererecibidoalimentosdeunainstituci*n"asea%.blicadescentrali-adao%rivada como%uedenser#os%icios or,elinatoscasasdecuna"otrasa,inestienen la obligaci*n a su ve- de %ro%orcionar alimentos a otro interno de esas instituciones " en casode que "a #ubieren desa%arecido a otra similar. El 'onsejo de @amilia o el Agente de la ProcuraduraSocial indistintamente %odr)n ejercitar tal reclamaci*n. Ar'(c)lo -,/.(!osalimentos com%rendenel recibir los elementos desubsistencia material "educativa comoson:comidavestido #abitaci*nla asistenciaen casos de en,ermedad" en sucaso los gastos de embara-o " %arto. >es%ecto de los menores los alimentos com%renden adem)slosgastos%aralaeducaci*nde%reescolar %rimaria secundaria"mediasu%erior del acreedoralimentario " %ara %ro%orcionarle alg.n o,icio arte o %ro,esi*n #onestos" adecuadosa susca%acidades %otencialidades " circunstancias %ersonales. 7ambi+n com%renden las atenciones a las necesidades %squica a,ectiva " de sano es%arcimiento "en su caso los gastos de ,unerales. 3e,inida la %aternidad con,orme lo establece este '*digo toda mujer tiene derec#o a exigir al %adredel menor los gastos de embara-o " del %arto.Ar'(c)lo --0.( El obligado a dar alimentos cum%le la obligaci*n asignando una %ensi*n adecuada alacreedor alimentariooincor%or)ndoloala,amilia. Si el acreedor seo%oneaser incor%oradocom%ete al jue- seg.n las circunstancias ,ijar la manera de ministrar los alimentos. Ar'(c)lo --1.( El deudor alimentista no %odr) %edir que se incor%ore a su ,amilia el que debe recibirlosalimentos cuandosetratedeundivorciadoquerecibaalimentosdel otro"cuando#a"ainconveniente legal %ara #acer esa incor%oraci*n. Ar'(c)lo --+.(!os alimentos #an de ser %ro%orcionales a la %osibilidad del que debe darlos " a lanecesidad del que debe recibirlos.Ar'(c)lo --,.(Si,ueren varios los que debendar los alimentos " todostuvieren %osibilidad %ara#acerlo el jue- re%artir) el im%orte entre ellos en %ro%orci*n a sus #aberes. Ar'(c)lo ---.( Si s*lo algunos tuvieren %osibilidad entre ellos se re%artir) el im%orte de los alimentos1" si uno s*lo la tuviere +l cum%lir) .nicamente la obligaci*n. Ar'(c)lo --5.( !a obligaci*n de dar alimentos no com%rende la de %roveer de ca%ital a los acreedoresalimentarios %ara ejercer el o,ic


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