DERECHO CIVIL IDERECHO CIVIL I
DERECHOS DE LAS PERSONAS
CURSO: PROFESOR: WALTER RIVERA VILCHEZ
ESTUDIO @ RIVERA-VILCHEZ . COM
Características Derechos de las Personas
• Debemos advertir que los derechos de la persona no se circunscriben sólo al Derecho Civil, puesto que rebasan sus linderos hasta comprender al derecho privado e incluso al Derecho Público.
Características Derechos de las Personas
• Los derechos de las persona son los más trascendentales que posee el ordenamiento jurídico por cuanto están presentes en todas y cada una de las instituciones de la ciencia del Derecho.
Características Derechos de las Personas
• 1.- Originarios o innatos: Inherentes al ser humano, incluso antes de nacer; una vez nacido; individualmente considerado o agrupado
• 2.- Son derechos únicos: No es admisible la pluralidad del mismo atributo a un mismo sujeto de derecho.
• 3.- Son derechos absolutos: Se hace valer frente a todos, sin más restricción que el interés social (erga omnes)
Características Derechos de las Personas
• 4.- Derechos extrapatrimoniales: No tienen valoración económica. Esto no significa la imposibilidad de reclamar una indemnización por daño a uno o varios de los derechos de la persona
• 5.- Son irreductibles: No se puede pactar o convenir la creación, regulación, ni modificación o extinción de los derechos de las personas
Características Derechos de las Personas
6.- Son imprescriptibles: El transcurso del tiempo no produce la extinción de la pretensión que corresponde a la tutela del mismo derecho.
7.- Son inembargables: No les afecta medida cautelar alguna
8.- Son irrenunciables: No cabe la renuncia a estos derechos
Características Derechos de las Personas
• El art. 5º del CC peruano es nuevo en relación al texto del Código Civil derogado.
• Su redacción puede ser mejorada pero es claro cuando de manera general establece las características generales de los derechos de las personas
Características Derechos de las Personas