Download - Cap 1C Nociones Sobre Tributación Peruana
1Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre tributación Peruana
•La tributación en el PerúLa tributación en el Perú•Código TributarioCódigo Tributario•Impuestos del Gobierno CentralImpuestos del Gobierno Central
•IGVIGV•Impuesto a la RentaImpuesto a la Renta
•Contribuciones Sociales y PrevisionalesContribuciones Sociales y Previsionales•Impuestos de Gobiernos LocalesImpuestos de Gobiernos Locales
2Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
El Sistema Tributario en el PerúEl Sistema Tributario en el Perú
3Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
La Tributación en el PerúLa Tributación en el PerúLa Tributación en el Perú se rige por 4 principios fundamentales:
1. Reserva de la ley2. Igualdad3. Respeto de los derechos fundamentales de la persona4. La no confiscatoriedad.
La reserva de la ley:La reserva de la ley: Consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa, etc.
El principio de igualdad:El principio de igualdad: Consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
4Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
La Tributación en el PerúLa Tributación en el PerúLa Tributación en el Perú se rige por 4 principios fundamentales:
1. Reserva de la ley2. Igualdad3. Respeto de los derechos fundamentales de la persona4. La no confiscatoriedad.
El respeto a los derechos fundamentales:El respeto a los derechos fundamentales: Es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que ésta sea legítima.
La no confiscatoriedad:La no confiscatoriedad: Consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente
5Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
El Decreto Legislativo No. 771, vigente desde enero de 1994, es denominado como la “Ley Marco del Sistema Tributario Nacional”.
Esta norma regula la estructura del sistema tributario peruano, y comprende: • El Código Tributario• Cuatro grandes grupos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados:
I. Los Tributos del Gobierno Central 1.Impuesto a la Renta.2.Impuesto General a las Ventas.3.Impuesto Selectivo al Consumo.4.Impuesto a la Venta del Arroz Pilado.5.Régimen Único Simplificado.6.Derechos Arancelarios.7.Tasas por prestación de Servicios Públicos.
Además se han creado temporalmente dos impuestos adicionales:8.Impuesto a las Transacciones Financieras-ITF (*) = 0.005%9.Impuesto Temporal a los Activos Netos (*)= 0.4% (+S/.1millon activos netos)
El Sistema Tributario en el PerúEl Sistema Tributario en el Perú
(*) Mediante Leyes Nº 28194 y Nº 28424 se crearon el ITF y el ITAN.
6Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
II. Los Tributos para los Gobiernos regionales.
III. Los Tributos para los Gobiernos Locales: 1. Impuesto de Alcabala2. Impuesto Predial3. Impuesto al Patrimonio Vehicular.4. Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos.5. Impuesto a los Juegos.6. Impuesto a las Apuestas.7. Arbitrios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Relleno Sanitario.8. Contribución Especial de Obras Públicas.9. Tasas municipales.
El Estado ha creado otros tributos a favor de las Municipalidades que son::Impuesto de Promoción Municipal (se cobra con el IGV = 2%).Impuesto al Rodaje.Impuesto a las Embarcaciones de recreo.
El Sistema Tributario en el PerúEl Sistema Tributario en el Perú
7Prof. Roberto Escobar-Espino
IV. Los Tributos que existen para otros fines son:1. Contribuciones a la Seguridad Social.2. Contribución al Sistema Nacional de Pensiones.3. Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Trabajo Industrial ( SENATI).4. Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción (SENCICO).
Además se tiene el régimen contributivo previsional administrado por las AFP´s (régimen encargado de sistema privado de jubilación – TUO Ley Sistema privado de Pensiones – DS 054-97-EF) )
El Sistema Tributario en el PerúEl Sistema Tributario en el Perú
Contribuciones y aportes que gravan a las Planillas de remuneraciones
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
8Prof. Roberto Escobar-Espino
El Código TributarioEl Código Tributario
Concepto:Es el conjunto orgánico y sistemático de disposiciones que regulan la materia
tributaria en general.
Características:1- Sus disposiciones son aplicables a todos los tributos, así como a las relaciones
jurídicas originadas por los tributos.
2. Desarrolla y contiene los principios e institutos jurídico – tributarios; los elementos y conceptos esenciales y comunes de las relaciones derivadas de los tributos y las normas tributarias; las reglas básicas sobre los procedimientos administrativo-tributarios; así como también contiene la tipificación de las infracciones y sanciones.
BASE LEGAL: TEXTO UNICO ORDENADO DEL CODIGO TRIBUTARIO DECRETO SUPREMO N° 135-99-EF
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
9Prof. Roberto Escobar-Espino
Impuesto a la RentaImpuesto a la Renta
El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual que grava las rentas que provienen del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores siempre que tengan una fuente durable y capaz de generar ingresos periódicos.
RENTA = UTILIDAD GENERADA POR CAPITALES Ó POR TRABAJO Ó AMBOSRENTA = UTILIDAD GENERADA POR CAPITALES Ó POR TRABAJO Ó AMBOS
ES DE LIQUIDACION ANUALES DE LIQUIDACION ANUAL
Quienes está sujetos: La totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las personas jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora de la renta.
BASE LEGAL: TEXTO UNICO ORDENADO LEY IMPUESTO A LA RENTA DECRETO SUPREMO N° 179-2004-EF
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
10Prof. Roberto Escobar-Espino
Según la ley del Impuesto a la Renta, las rentas se clasifican en cinco categorías:
Impuesto a la Renta – Clasificación de las RentasImpuesto a la Renta – Clasificación de las Rentas
Primera categoría: son las producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes muebles o inmuebles.
Segunda categoría: son las producidas por las otras rentas de capital, como los intereses por préstamos, regalías, patentes, dividendos y ganancias de capital.
Tercera categoría: son las rentas del comercio, industria y servicios provenientes de la actividad empresarial.
Cuarta categoría: son las rentas del trabajo independiente (honorarios profesionales)
Quinta categoría: son las rentas del trabajo dependiente (remuneraciones en planilla).
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
11Prof. Roberto Escobar-Espino
Impuesto a la Impuesto a la Renta – Tasas Renta – Tasas 20142014
Categoría TasaPrimera 5.00%
Segunda 6.25%4.1% (dividendos)
Tercera 30%
Cuarta según tablaQuinta
Tabla: TASAHasta 27 UIT 15%
Por el exceso de 27 UIT y hasta 54 UIT 21%
Por el exceso de 54 UIT 30%
UIT2014 = S/.3,800
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
12Prof. Roberto Escobar-Espino
CAP. 1C: Nociones de Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones de Tributación Peruana
Impuesto a la Impuesto a la Renta – TasasRenta – Tasas
UIT2015 = S/.3,850
Tabla:Tramo TASA (%)
0 - 5UIT 8%5UIT - 20UIT 14%20UIT - 35UIT 17%35UIT - 45UIT 20%mas de 45 UIT 30%
IR de 4ta y 5ta
Año TASA (%)2014 30%2015 28%2016 28%2017 27%2018 27%2019 26%
IR de 3ra
DIVIDENDOS:Año TASA (%)2014 4.1%2015 6.8%2016 6.8%2017 8.0%2018 8.0%2019 9.3%
IR de 2da
13Prof. Roberto Escobar-Espino
Liquidación del Impuesto a la RentaLiquidación del Impuesto a la Renta(Tercera categoría)(Tercera categoría)
INGRESOS (Ventas + otros ingresos) RENTA BRUTA
Costos y Gastos
UTILIDAD CONTABLE
-
=
-Gastos deducibles
=RENTA NETA
X 30 %
Impuesto x pagar=
(no son iguales)
(Ingresos gravados)
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
14Prof. Roberto Escobar-Espino
Liquidación del Impuesto a la RentaLiquidación del Impuesto a la Renta(Tercera categoría)(Tercera categoría)
UTILIDAD CONTABLE
+
=
-
Gastos no deducibles
RENTA NETAX 30 %
Impuesto x pagar=
Liquidando el impuesto a partir de la utilidad contable (conciliación tributaria)
Ingresos exonerados/inafectos
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
15Prof. Roberto Escobar-Espino
Liquidación del Impuesto a la RentaLiquidación del Impuesto a la Renta(Cuarta y Quinta categoría)(Cuarta y Quinta categoría)
RB = Renta bruta = Total Ingresos UIT 2015 = S/.3 850
(1) Hasta el limite de 24 UIT (S/.92,400) aplicable sólo para las rentas señaladas en el inciso a) del artículo 33 de la Ley.
(2) De las rentas de cuarta y quinta categorías se podrá deducir anualmente un monto fijo equivalente a 7 UIT (S/. 26,950). Los contribuyentes que obtengan rentas de ambas categorías sólo podrán deducir el monto fijo por una vez.
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
16Prof. Roberto Escobar-Espino
Pagos a cuenta Pagos a cuenta y y RetencionesRetenciones en el Impuesto en el Impuesto a la Rentaa la Renta
Dado que el IR es un impuesto anual, la norma establece que durante el año se debe efectuar pagos a cuenta ó retenciones:
3ra Categoría: Se hace pagos a cuenta cada mes, hay dos métodos:•Pago mínimo de 1.5% de los ingresos brutos del mes•Coeficiente x ingresos brutos del mes (coef= IR año ant/Ing brutos año ant.)
4ta Categoría: Se hace una retención del 10% del importe del Recibo Honorario siempre este último sea mayor a S/.1,500 por mes.
5ta Categoría: Se hace retención mensual sobre la base de alícuota determinada sobre renta anual proyectada y el impuesto anual proyectado pertinente.
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
17Prof. Roberto Escobar-Espino
Impuesto General a las Ventas (IGV)Impuesto General a las Ventas (IGV)
El Impuesto General a las Ventas es un impuesto que grava el valor agregado en cada transacción realizada en las distintas etapas del ciclo económico.
VALOR AGREGADO = Ingreso por ventas – compras necesarias para generarlas
ES DE LIQUIDACION MENSUAL
La tasa general del impuesto es del 16 % a la cual se le agrega el 2%, que corresponde al Impuesto de Promoción Municipal y que se aplica simultáneamente en todas las operaciones gravadas con el IGV.
BASE LEGAL: TEXTO UNICO ORDENADO LEY DEL IGV E ISC DECRETO SUPREMO N° 055-99-EF
Internacionalmente se le conoce como IVA
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
18Prof. Roberto Escobar-Espino
Determinación y liquidación - IGVDeterminación y liquidación - IGV
VENTAS GRAVADAS x 18% = DEBITO FISCAL IGV
COMPRAS GRAVADAS x 18% = CREDITO FISCAL IGV
-
=IGV X PAGAR
Valor agregado
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
19Prof. Roberto Escobar-Espino
El impuesto bruto correspondiente a cada operación gravada es el monto resultante de aplicar la tasa del impuesto sobre la base imponible, constituida por el valor de venta en la venta de bienes, el total de la retribución en la prestación o utilización de servicios, el valor de la construcción en los contratos de construcción, el ingreso percibido en la venta de inmuebles excluido el valor del terreno, y el valor de Aduana más los derechos e impuestos que afecten esta operación en las importaciones .
Para liquidar el impuesto que corresponde a un período tributario, del impuesto bruto se resta el crédito fiscal, que está constituido por el impuesto general a las ventas consignado separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
Cuando en algún mes determinado, el monto del crédito fiscal es mayor que el monto del impuesto bruto, el exceso constituye saldo a favor del sujeto del impuesto. Este saldo se aplicará como crédito fiscal en los meses siguientes hasta agotarlo
Determinación y liquidación - IGVDeterminación y liquidación - IGV
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
20Prof. Roberto Escobar-Espino
Contribuciones y aportes sobre planillasContribuciones y aportes sobre planillas
Ejemplo:
Resumen: Tributos x pagar
Aporte previsional x pagar
Remun x pagar
ONP 481.00
AFP 1,245.48
IR 5ta 730.00
Pago planilla 10,943.52
Salida de caja
+Devengo mensual de Beneficios Sociales=COSTO INTEGRAL DE LA MANO DE OBRA
PLANILLA (importes expresados en US.$.)
Mes: Junio 2011
Remuneración Remuneración
Concepto Bruta AFP (*) ONP IR 5ta categ Neta ESSALUD SENATI Total
S/. 12.84% 13% S/. 9% 0.75% Aportes
Operarios:
Operario XX 1,200.00 156.00 0.00 1,044.00 108.00 9.00 117.00
Operario YY 2,500.00 325.00 150.00 2,025.00 225.00 18.75 243.75Empleados:
Empleado AA 3,200.00 410.88 190.00 2,599.12 288.00 24.00 312.00
Empleado BB 3,000.00 385.20 180.00 2,434.80 270.00 22.50 292.50
Empleado CC 3,500.00 449.40 210.00 2,840.60 315.00 26.25 341.25Totales 13,400.00 1,245.48 481.00 730.00 10,943.52 1,206.00 100.50 1,306.50
(*) Incluye: Aporte obligatorio: 10%
Conisión AFP: 1.75% Costo total de MO 14,706.50
Seguro Invalidez y Sobrevivencia: 1.09%
Retenciones al trabajador Aportes del empleador
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
21Prof. Roberto Escobar-Espino
Retenciones sobre las remuneracionesRetenciones sobre las remuneraciones
CAP. 1C: Nociones sobre Tributación PeruanaCAP. 1C: Nociones sobre Tributación Peruana
En relación al Sistema de Pensiones ó Jubilación para la retención se tiene dos opciones:
ONP (Sistema público de pensiones) para:•Trabajadores dependientes - 5ta categ = 13% de la remuneración•Trabajadores independientes - 4ta categoría (*) = 5% del importe del recibo (irá creciendo gradualmente ---> 2015: 7.5%, 2016: 10%, 2017= 13%
AFP (Sistema privado de pensiones) para:•Trabajadores dependientes - 5ta categ = 10%+2.8%(comisión+seguro) de la remuneración•Trabajadores independientes - 4ta categoría (*) = 2.5% del importe del recibo (irá creciendo gradualmente - -> 2015: 5%, 2016: 7.5%, 2017: 10% más: comisión (0.35% sobre recibo) y seguro (1.23% del recibo) ------ > AFP Habitat
(*) = Según Ley 29903 y reglamento vigente a partir del 01 Agosto 2014 y aplicable para personas menores de 40 años (nacidas después del 01 Ago 1973) -- Recientemente ha sido derogado, el Poder ejecutivo está revisando nuevamente esta norma.