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FundamentosFundamentos constitucionales del modelo
procesal acusatorio y jurisprudencia constitucionaljurisprudencia constitucional
en materia penal py procesal penal
Camilo Suárez López de Castilla
Esquema de la exposición q pIntroducción¿Fundamentos Constitucionales o¿Fundamentos Constitucionales o
modelo constitucional de proceso? Primera PartePrimera Parte
Apuntes constitucionales sobre las principales características del modeloprincipales características del modelo acusatorio
S d P tSegunda ParteJurisprudencia constitucional en
t i l l lmateria penal y procesal penal
Introducción
Constitución y Derecho Penal
Introducción
Constitución y Derecho Penal
Constitucionalización delConstitucionalización del ordenamiento
Garantía de la Constitución
IntroducciónIntroducción
P i idPermitidoObligado
Prohibido
Primera PartePrimera ParteApuntes constitucionales sobre
l i i l t í ti d llas principales características del modelo acusatorio
MP Titular de la acciónpenal
-Constitución Artículo 159 Inciso 4: Conducir la investigaciónInciso 4: Conducir la investigaciónInciso 5: Titular de la acción penal
MP Titular de la acciónpenal
- No puede haber juicio ni condena sin acusaciónacusación Exp. Nº 2005-2006-HCExp. Nº 2735-2007-HCExcepción:Excepción: Exp. Nº 4620-2009-PHC/TC
Distingue actividadinvestigadora de juzgamiento
- Distinción entre actos de investigación y actos de pruebainvestigación y actos de prueba
Exp. Nº 8811-2005-HCExp. Nº 0186-2006-HCExp. N 0186 2006 HC
Oralidad y motivación escritade las resoluciones
-Exp. Nº 3037-2006-PHC/TCMotivación escrita de resoluciones yMotivación escrita de resoluciones y libertad personal
-Lectura de sentencia (art. 396)Lectura de sentencia (art. 396) -Prisión preventiva es oral
S d P tSegunda ParteJurisprudencia constitucional en materia penal y procesal penal
PrecedentesExp Nº 6423 2007 HC (Alí Guillermo Ruiz
Precedentes-Exp. Nº 6423-2007-HC (Alí Guillermo Ruiz Dianderas)E Nº 3771 2004 HC (C li Sá h-Exp. Nº 3771-2004-HC (Cornelio SánchezCalderón)
-Exp. Nº 2496-2005-HC (Eva RosarioValencia Gutiérrez)
-Exp. Nº 1257-2005-HC (EnriqueBenavides Morales))
1.Plazo razonable de Prisión
Primer precedente vinculantePreventiva Primer precedente vinculante
Exp. Nº 3771-2004 (Cornelio Sánchez)Establece criterios para evaluar razonabilidad del plazo de la detención a) Complejidad del asuntob) Actividad procesal órgano ) p g
jurisdiccionalc) Conducta procesal del imputado ) p p
1.Plazo razonable de la Prisión
Duplicidad y prolongación del plazoPreventiva Duplicidad y prolongación del plazo de la detenciónArtículo 137 CPP:
1º párrafo: procesos complejos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, espionaje y otros de naturaleza compleja el plazo límite de detención se duplicará. 2º párrafo: prolongación por un plazo igualmediante auto. Circunstancias que importen una especial dificultad o una especialuna especial dificultad o una especial prolongación de la investigación.
1.Plazo razonable de la Prisión
Duplicidad y prolongación del plazo Preventiva
up c dad y p o o gac ó de p a ode la detención
(Exp 0330-2002-HC/TC) entiende que se(Exp. 0330 2002 HC/TC) entiende que se trata de conceptos distintos
- Duplicidad: automática en diversosDuplicidad: automática, en diversos - Prolongación: mediante auto (motivado)
En consecuencia: Detención en procesosEn consecuencia: Detención en procesos complejos 36 meses. ¿P l ió i d li id d?¿Prolongación sucesiva o duplicidad?
1.Plazo razonable de la Prisión
Duplicidad y prolongación del plazo Preventiva
de la detenciónExp. N.º 290-2002-HC/TC (Calmell p / (del Solar) Luego de operada duplicidad podría prolongarseduplicidad podría prolongarseExp. N.º 2196-2002-HC/TC (Saldaña Saldaña) Introduce elemento deSaldaña) Introduce elemento de plazo razonable
í- 50 meses sería excesivo
1.Plazo razonable de la Prisión P ti
Interpretación restrictiva de la Preventiva
pprolongación del plazo
Exp Nº 2915 2004 (Tiberio Berrocal-Exp. Nº 2915-2004 (Tiberio Berrocal Prudencio)Establece criterios para evaluarEstablece criterios para evaluar razonabilidad del plazo de la detención a) Complejidad del asuntoa) Complejidad del asuntob) Actividad procesal órgano
jurisdiccionaljurisdiccionalc) Conducta procesal del imputado
1.Plazo razonable de la Prisión
Interpretación restrictiva de la Preventiva
pprolongación del plazo
(Exp Nº 2915-2004-HC) ( p 9 5 00 C)Interpreta el artículo 137º del CódigoProcesal PenalProcesal Penal.Sólo procederá la prórroga más allá de 36 meses en caso de que la demora en36 meses en caso de que la demora en el proceso sea imputable al procesado.
1.Plazo razonable de la Prisión
Interpretación restrictiva de la Preventiva
prolongación del plazoExp. Nº 3771-2004 (Cornelio Sánchez)Establece criterios para evaluar razonabilidad del plazo de la detención a) Complejidad del asuntob) Actividad procesal órgano ) p gjurisdiccionalc) Conducta procesal del imputado ) p p
1.Plazo razonable de la Prisión
Supuesto de dilación atribuible a Preventiva
pprocesado
(E Nº 1257 2005 PHC)(Exp Nº 1257-2005-PHC) Cuando procesado fuga del país:p g pLo que obliga al órganojurisdiccional a acudir a proceso dejurisdiccional a acudir a proceso deextradición.
1.Plazo razonable de la Prisión
ó
Preventiva
Excepción a la reglaExp. 7624-2005-PHC/TC (Buitrón p / (Rodríguez)- Permite ampliar el plazo de la p pdetención más allá de los 36 meses si se trata de un caso de red internacional d d ddedicada TID Exp. 1680-2009-PHC/TC (Humala T )Tasso)
2 Detención policial2. Detención policial
Exp. Nº 6423-2007-HC (Ali Guillermo Ruiz Dianderas)Fundamentos: la libertad es la regla, la restricción es la excepción: Las prestricciones solo pueden darse en la medida de lo necesario (proporcionalidad)
2.Detención policial2.Detención policial
Exp. Nº6423-2007-HC (Ali Guillermo Ruiz Dianderas))
1) Se vulnera libertad personal cuando se ha utilizado mas del plazoha utilizado mas del plazo estrictamente necesario.
2) Juez o fiscal hacen control de pazo ex2) Juez o fiscal hacen control de pazo ex post.
2.1 Otras medidas: detención
º 3 200 / ó
domiciliaria Exp. Nº 731-2004-HC/TC: Detención domiciliaria sujeta a subsidiariedad, provisionalidad proporcinalidadprovisionalidad, proporcinalidad. Exp. Nº 019-2005-PI/TC: Detención domiciliaria no puede ser equiparadadomiciliaria no puede ser equiparada con detención a razón de 1x1. Exp Nº 6201 2007 PHC/TC: Exceso enExp.Nº 6201-2007-PHC/TC: Exceso en el plazo de la detención domiciliaria.
3.Plazo razonablefi l
Objeto de control:fiscal
Objeto de control: -investigación preliminar
-Investigación preparatoria
3.Plazo razonablefi l
investigación preliminar/ preparatoriafiscal
investigación preliminar/ preparatoria - ¿puede una ley ser parámetro de constitucionalidad?constitucionalidad?-Dos procesos con naturaleza distinta
-Comparar STC Nº 6079-2008-HC (Abanto V á t i) Nº 2748 2010 HCVerástegui) con Nº 2748-2010-HC (Mosquera Izquierdo).
4. Plazo razonable (restitución
M d d l i l ió d l d h
del derecho) Modo de reparar la violación del derecho:
Exp. Nº 2748-2010-HC (Mosquera Izquierdo)reparación in natura fiscal debe archivar oacusar (el juez constitucional no disponeexclusión de la investigación).Resoluciones posteriores con el mismopcriterio: 3987-2010-HC/TC; 3245-2010-HC/TC/5350-2009-HC (Salazar Monroe).
4. Plazo razonable (restitución del derecho)
Modo de reparar la violación del derecho:Exp. Nº 0024-2010-PIart. 6,2 del DL 1097: Inconstitucionalidad desobreseimiento de proceso por exceso del l l d óplazo legal de instrucción.
4. Plazo razonable (restitución del derecho) Exp. Nº 4632-2011-PHC/TC (Salazar Monroe)Exp. Nº 4144-2011-PHC/TC (Camet)
- Aunque violación al plazo razonable se comete enprimera instancia, TC conmina al órgano queconoce el proceso en segunda instancia a que
l fi d h t iresuelva recurso a fin de que haya sentenciadefinitiva.
4. Plazo razonable (restitución del derecho) Otros supuestos:
Exp. Nº 2440-2011-PHC/TC (Investigaciónpreliminar)
Exp. Nº 2466-2011-PHC/TC (Investigaciónpreparatoria)
PrecedentesExp Nº 6423 2007 HC (Alí Guillermo Ruiz
Precedentes-Exp. Nº 6423-2007-HC (Alí Guillermo Ruiz Dianderas)E Nº 3771 2004 HC (C li Sá h-Exp. Nº 3771-2004-HC (Cornelio SánchezCalderón)
-Exp. Nº 2496-2005-HC (Eva Rosariovalencia Gutiérrez)
-Exp. Nº 1257-2005-HC (EnriqueBenavides Morales))
ContinuaciónContinuaciónEl Proceso Penal a la luz de la
j i d i d l T ib ljurisprudencia del Tribunal Constitucional
Fines y justificación
Fi tidel derecho penal
Fines preventivos
Derecho Penal
Fi ti t
Derecho Penal
Fines garantistas
Fines y justificación
Fi idel derecho penal
Fines preventivos: Exp. Nº 019-2005-PI/TC p /-seguridad personal/deber estatal de protección de derechosprotección de derechosExp. Nº 4053-2007-PHC/TC
fi ti l d l- fines preventivo generales de la pena gozan de relevancia constitucional
Fines y justificación
Fi idel derecho penal
Fines garantistas: Reducción de la violencia
-LegalidadLegalidad -CulpabilidadP i lid d-Proporcionalidad
-Lesividad
P incipio de LegalidadPrincipio de Legalidad penal pe a
Legalidad penal
Lex scripta
Legalidad penal
Lex scripta“Nadie será procesado ni
d d i iócondenado por acto u omisiónque al tiempo de cometerse noq pesté previamente calificado enla ley..”la ley..
Legalidad penal
¿Ley formal?
Legalidad penal
¿Ley formal?¿Legislación delegada?¿Decretos leyes?¿otras normas con rango de¿otras normas con rango deley?
Legalidad penal
Decretos leyes
Legalidad penal
Decretos leyesExp. Nº 010-2002-AIDecretos leyes mantiene suvigencia; ello no impidevigencia; ello no impidecontrol constitucional
Legalidad penal
Otras normas con rango de ley
Legalidad penal
Otras normas con rango de leyExp. Nº 57-1998-AA:Igualdad exige que laregulacion del ejercicio de laregulacion del ejercicio de lalibertad de información seaa traves de normas generalesa traves de normas generales(ley , decreto legslativo)
Legalidad penal
Otras normas con rango
Legalidad penal
Otras normas con rangoinferior a la ley (remisiones
ti )normativas)Exp. Nº 2022-2008-HCpExp. Nº 3753-2008-HC
Legalidad penal
Lex certa
Legalidad penal
Lex certaObligación del legisladorg g“...calificado en la ley demanera expresa emanera expresa einequívoca”
Legalidad penal
Claridad y precisión no
Legalidad penal
Claridad y precisión nopuede ser absolutapSe exige que el tipo penalcontenga un núcleocontenga un núcleofundamental en materia deprohibición
Legalidad penal
Lex previa
Legalidad penal
Lex previa“...que al tiempo deq p
cometerse no estépreviamente calificado porpreviamente calificado porley...”
Legalidad penal
Lex previa
Legalidad penal
Lex previaEn remisiones normativas:Exp. Nº 3753-2008-HC las
normas de remisión tambiénnormas de remisión tambiéndeben estar vigentes almomento de la comisión delmomento de la comisión delilícito.
Legalidad penal
Lex previa
Legalidad penal
Lex previaDelitos permanentes
(Exp. Nº 2488-2002-HC; 442-2007-HC)2007 HC)Constitucionalizapermanencia del delito depermanencia del delito dedesaparición forzada
Legalidad penal
Lex previa
Legalidad penal
Lex previaprescripción de la acciónpenal(Exp. Nº 0024-2010-AI)(Exp. N 0024 2010 AI)Fund 56 : lex previa no seextiende a la norma deextiende a la norma deprescripción vigente cuando
tió l d litse cometió el delito
Aplicación en el tiempo de laAplicación en el tiempo de la norma procesal
Artículo 103 de la Constitución: aplicación inmediata de las normas pSe aplica la Ley vigente ¿Al momento de cometerse el delito?¿Al momento de cometerse el delito? ¿Al momento de iniciarse el proceso?¿Al momento e que se lleva a cabo el acto procesal?
Aplicación en el tiempo de laAplicación en el tiempo de la norma procesal penal
Exp. Nº 1300-2002-HC/TC(Hugo Eyzaguirre Maguiña)Eyzaguirre Maguiña)
- Código Procesal Civil, 1º Disposición Final:establece aplicación supletoria
- Código Procesal Civil, 2º Disposición Final :normas procesales son de aplicacióninmediata incluso al proceso en trámite Sininmediata, incluso al proceso en trámite. Sinembargo, continuarán rigiéndose por lanorma anterior: (...) los plazos que hubieran( )empezado.
Aplicación en el tiempo de la norma procesal penal
Exp. N.º 2196-2002-HC/TC (Carlos Saldaña Saldaña)
En el derecho procesal penal rige el principio tempus regit actum: La ley procesal aplicable en el tiempo es la que se encuentratiempo es la que se encuentra vigente al momento de resolverse el acto.el acto.
Aplicación en el tiempo de la norma penitenciaria
Exp. N.º 2196-2002-HC/TC (Carlos Saldaña Saldaña)E Nº 1593 2003 HC/TC (Ll jExp. Nº 1593-2003-HC/TC (Llajaruna Sare)
Tempus regit actum- Tempus regit actum- Morigerado por derecho al
procedimiento preestablecido(Norma vigente al momento en que ( g qse inicia el trámite)
P incipio dePrincipio de Proporcionalidad opo c o a dad
Proporcionalidad
Código Procesal Penal
opo o
Código Procesal PenalArtículo 2532. La restricción de un derecho fundamental . a es cc ó de u de ec o u da e arequiere expresa autorización legal, y seimpondrá con respeto al principio deimpondrá con respeto al principio de proporcionalidad y siempre que, en la
did i i i i tmedida y exigencia necesaria, existan suficientes elementos de convicción.
Proporcionalidad
Art 226 (apertura de correspondencia)
opo o
Art. 226 (apertura de correspondencia)2.La orden judicial se instará cuando su b ió i i l d bidobtención sea indispensable para el debido
esclarecimiento de los hechos investigados.Art. 230 (Intervención de comunicaciones)“…la intervención sea absolutamente … e ve c ó se bso u e enecesaria para proseguir las investigaciones”investigaciones
Proporcionalidadopo o
Art. 235 (Secreto bancario)“cuando sea necesario y pertinente para elcuando sea necesario y pertinente para el esclarecimiento del caso investigado”.
Art. 237 (clausura de locales)d f i di bl lcuando fuere indispensable para la
investigación de un delito sancionado con pena superior a cuatro años de privación de libertad
ProporcionalidadI. Presupuestos para la aplicación del principio de proporcionalidad
opo o
principio de proporcionalidad:- Intervención en un bien con relevancia constitucionalconstitucional- Protección de un fin constitucionalmente legítimolegítimo
II.Subprincipios de la proporcionalidad:Idoneidad-Idoneidad
-Necesidad-Proporcionalidad en sentido estricto-Proporcionalidad en sentido estricto
Proporcionalidad
Idoneidad
opo o
Fin mediato Idoneidad
medio Fin inmediatomedio Fin inmediato(Nexo fáctico)
Proporcionalidad
Necesidad
opo o
Exige comparación entre medida adoptada yotros medios alternativos menos lesivos queotros medios alternativos menos lesivos quepuedan ser igualmente idóneos.
Idoneidad: Medio Fin
Necesidad: Medio Medio
Proporcionalidad
Id tifi l i t i
opo o
Identificar la existencia de medios alternativos
Determinar si tienen la misma idoneidadmisma idoneidad
Determinar si resultan menos lesivos al derecho fundamental objeto de intervenciónintervención
Proporcionalidadopo o
Fragmentariedad
• El Derecho Penal no debe proteger a los bienes jurídico frente a cualquier tipo j q pde ataque, sino frente a aquellos que resulten más graves o peligrosos g p g
Proporcionalidadopo o
b idi i d dsubsidiariedad• Exigencia de optar por el medio menos g p p
lesivo para alcanzar los fines de protección perseguidos. p p g
Proporcionalidad
Proporcionalidad en sentido estricto
opo o
Proporcionalidad en sentido estricto (ponderación)
Se debe comparar:Se debe comparar:Si el grado de afectación de los bienesrestringidos se compensa con lasatisfacción de los bienes que se pretendesatisfacción de los bienes que se pretendeproteger:
óLey de ponderación: “Cuanto mayor es el grado de la nosatisfacción o de afectación de uno de losprincipios, tanto mayor debe ser laimportancia de la satisfacción del otro”
Proporcionalidadopo o
Derecho fundamentalfundamental restringido
Principio que sePrincipio que se pretende proteger
Muchas gracias