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AÑO CXAÑO CX
LA PLATA > MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2019
Nº 28480Nº 28480
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Duarte de Perón-Ley 15104-
BOLETÍNOFICIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
GobernadoraLic. María Eugenia VidalLic. María Eugenia Vidal
Secretario Legal y TécnicoDr. José María GrippoDr. José María Grippo
Subsecretario TécnicoDr. Nicolás Galvagni PardoDr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el díade su publicación en el Boletín Oficial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 1313
ResolucionesFirmaConjunta
pág. 1414
Disposiciones pág. 1616
Licitaciones pág. 1818
Varios pág. 2727
Colegiaciones pág. 5050
Transferencias pág. 5050
Convocatorias pág. 5252
Sociedades pág. 5757
Sociedades PorAccionesSimplificadas
pág. 6565
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIALDecretos
DECRETO N° 108-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-23230024-GDEBA-DSTYADCIC de la Comisión de Investigaciones Científicas, por el cual se propiciadesignar a José Eduardo FERNANDEZ en un cargo de la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente, y CONSIDERANDO:Que por el presente se propicia designar a José Eduardo FERNÁNDEZ, en un cargo de la planta temporaria, personal degabinete del Presidente, a partir del 1° de octubre de 2018, quien reúne las condiciones de idoneidad necesarias paradesempeñar debidamente la función;Que por Decreto Nº 1278/16 se aprobó el régimen modular para el personal de gabinete, en virtud del cual a los fines deestipular la remuneración, se le asigna una cantidad de módulos mensuales de acuerdo al nivel jerárquico del funcionarioal que asista;Que el Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas propicia asignarle a José Eduardo FERNÁNDEZ lacantidad de tres mil (3.000) módulos mensuales, y en el orden 16 da cuenta de la existencia de cupo disponible a talefecto;Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincialde Relaciones Laborales;Que la situación se ajusta a lo previsto en los artículos 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por DecretoNº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y por el Decreto Nº 1278/16;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.2.25, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - Ministerio de Ciencia, Tecnología eInnovación, Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 1º de octubre de 2018, a José Eduardo FERNÁNDEZ (DNINº 13.111.224 - Clase 1959), en un cargo de la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente, con unaretribución mensual equivalente a tres mil (3.000) módulos, de conformidad con los artículos 111 inciso a) y 113 de la LeyNº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y el Decreto Nº 1278/16.ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia,Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Jorge Román Elustondo, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 109-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-19764517-GDEBA-DSTYADCIC de la Comisión de Investigaciones Científicas, por el cual se propiciadesignar en un cargo en la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente, y CONSIDERANDO:Que con motivo de la renuncia del Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 17 de agosto de2018, dispuesta por Decreto N° 1075/18, corresponde dejar establecido el cese de Emanuel Norberto CASTILLO en uncargo de la planta temporaria, personal de gabinete, en el que había sido designado por Decreto N° 218/18;Que por el presente se propicia la designación de Emanuel Norberto CASTILLO, en el ámbito de la Comisión deInvestigaciones Científicas, en el mismo cargo, a partir del 1° de septiembre de 2018;Que el agente propuesto reúne las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar debidamente la función;Que por Decreto Nº 1278/16 se aprobó el régimen modular para el personal de gabinete, en virtud del cual a los fines deestipular la remuneración, se le asigna una cantidad de módulos mensuales de acuerdo al nivel jerárquico del funcionario
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 3
al que asista;Que el Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas propicia asignarle a Emanuel Norberto CASTILLO lacantidad de un mil ochocientos (1.800) módulos mensuales, y en el orden 19 da cuenta de la existencia de cupo disponiblea tal efecto;Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincialde Relaciones Laborales;Que la situación se ajusta a lo previsto en los artículos 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por DecretoNº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y por el Decreto Nº 1278/16;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA
ARTÍCULO 1°. Dejar establecido el cese en la Jurisdicción 1.1.2.25, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33, - Ministerio deCiencia, Tecnología e Innovación, Comisión de Investigaciones Científicas, de Emanuel Norberto CASTILLO (DNI Nº30.958.209 – Clase 1984), a partir del 17 de agosto de 2018, en un cargo de la planta temporaria, personal de gabinete delPresidente, en el que había sido designado por Decreto N° 218/18, de conformidad con el artículo 113 de la Ley Nº 10.430(texto ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.2.25, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - Ministerio de Ciencia, Tecnología eInnovación, Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 1° de septiembre de 2018, a Emanuel Norberto CASTILLO(DNI Nº 30.958.209 – Clase 1984), en un cargo de la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente, con unaretribución mensual equivalente a un mil ochocientos (1.800) módulos, de conformidad con los artículos 111 inciso a) y 113de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y por el Decreto Nº 1278/16.ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia,Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Jorge Román Elustondo, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 110-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-31690360-GDEBA-DSTYADCIC, por el cual se propicia la cobertura de un cargo en la plantatemporaria, personal de gabinete del Presidente, y CONSIDERANDO:Que por el presente se propicia la designación, a partir del 1° de diciembre de 2018, de Sebastián Oscar MATEO en uncargo de la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas;Que el agente propuesto reúne las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar debidamente la función;Que por Decreto Nº 1278/16 se aprobó el régimen modular para el personal de gabinete, en virtud del cual a los fines deestipular la remuneración, se le asigna una cantidad de módulos mensuales de acuerdo al nivel jerárquico del funcionarioal que asista;Que el Presidente de la Comisión de Investigaciones Científicas propicia asignarle a Sebastián Oscar MATEO la cantidadde dos mil quinientos (2.500) módulos mensuales, y en el orden 7 da cuenta de la existencia de cupo disponible a talefecto;Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincialde Relaciones Laborales;Que la situación se ajusta a lo previsto en los artículos 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por DecretoNº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y por el Decreto Nº 1278/16;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.2.25, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - Ministerio de Ciencia, Tecnología eInnovación, Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 1° de diciembre de 2018, a Sebastián Oscar MATEO (DNINº 22.598.599 - Clase 1972), en un cargo de la planta temporaria, personal de gabinete del Presidente, con una cantidadasignada de dos mil quinientos (2.500) módulos, de conformidad con los artículos 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº 10.430(texto ordenado por Decreto Nº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815) y por el Decreto Nº 1278/16.ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia,Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Jorge Román Elustondo, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 4
DECRETO N° 113-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el expediente EX-2018-06960779-GDEBA-IPLYCMJGM, por el cual tramita el cese por incapacidad del agenteJuan José AROSTEGUI, a fin de obtener el beneficio jubilatorio por invalidez, y CONSIDERANDO:Que el 3 de mayo de 2017 Juan José AROSTEGUI comenzó a usufructuar una licencia para la atención de una afección delargo tratamiento, prevista en el artículo 10 inciso c) del régimen de licencias para el personal de casinos - Decreto NacionalN° 3413/79;Que el Departamento de Juntas Médicas de la Dirección de Salud Ocupacional dictaminó que, al 1° de septiembre de 2017,el porcentaje de incapacidad alcanzado por el causante era del ochenta y siete con dieciocho por ciento (87.18%) (orden nº4);Que por su parte, la Dirección de Planificación y Control de Gestión del Instituto de Previsión Social, dictaminó que al 13 demarzo de 2018 el porcentaje de incapacidad alcanzado era del setenta por ciento (70%) (orden nº 4);Que por tal motivo corresponde cursar la baja al cargo del mencionado, atento a lo previsto en el artículo 49 inciso d) delrégimen aprobado por la Ley Nacional Nº 22.140 -equivalente al artículo 42 inciso e) de la Ley N° 25.164;Que se notifica fehacientemente al agente respecto a lo dictaminado por el Instituto de Previsión Social, como así tambiénsobre el inicio del trámite de baja por incapacidad (orden nº 6);Que el interesado solicita le sea abonado el anticipo del haber jubilatorio previsto en la Ley Nº 12.950 y Decreto Nº2887/02 reglamentario de la misma;Que el titular de la dependencia de origen emitió su opinión favorable, no existiendo a la fecha causal para dejar lamencionada baja en suspenso, conforme lo establecido en el artículo 24 del mencionado cuerpo normativo;Que el interesado revista en la categoría 16 del agrupamiento personal casinos;Que el Área Legal de la Dirección de Casinos informa que el agente AROSTEGUI no registra sumario administrativovigente;Que han tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales delMinisterio de Jefatura de gabinete de Ministros;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio– de la Constitución dela Provincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA
ARTÍCULO 1°. Disponer en Jurisdicción 11407 - Entidad 20 – Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros – INSTITUTOPROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS el cese para acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad, a partir del 14 demarzo de 2018, de Juan José AROSTEGUI (D.N.I. Nº 17132032 - clase 1964 - Legajo Nº 47217) quien revista en lacategoría 16 del agrupamiento juego, en la función de pagador de carteado, dentro de los alcances previstos en el artículo49 inciso d) del régimen aprobado por la Ley Nacional Nº 22.140 -equivalente al artículo 42 inciso e) de la Ley N° 25.164.ARTÍCULO 2°. Dar por otorgado a Juan José AROSTEGUI (D.N.I. Nº 17132032 - clase 1964 - Legajo Nº 47217) elbeneficio legal establecido por la Ley N° 14.070 en el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2017 (fecha deJunta Médica de Medicina Ocupacional) y el 13 de marzo de 2018 (fecha de Junta Médica del IPS).ARTÍCULO 3°. Autorizar a la Dirección Provincial de Administración y Finanzas a abonar mensualmente al agente citado, apartir de su baja, el importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, como adelanto de sujubilación, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional, conforme lo establecido en la Ley Nº 12.950modificada por la Ley Nº 13.547 y su Decreto Reglamentario Nº 2887/02.ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinetede Ministros. ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 114-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX 2017-03609113-GDEBA-SDAMGGP, en cuyas actuaciones la agente de la Dirección Provincial del Registrode las Personas, Graciela Beatriz CERAGIOLI, solicita se le conceda licencia política, y CONSIDERANDO: Que la causante revista en la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental, Dirección Provincial del Registro de lasPersonas, Dirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 18, Delegación San Vicente, en uncargo del Agrupamiento Jerárquico, Categoría 24, Oficial Principal 1º, Delegado sin estabilidad con remuneraciónequivalente a Subdirector, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor; Que lo solicitado se fundamenta en que dicha agente fue postulada como candidata en las elecciones llevadas a cabo eldía 22 de octubre de 2017, a Concejal Titular en segundo término, en representación del partido Corriente de Pensamiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 5
Bonaerense (CO.PE.BO.), por el distrito San Vicente, tal como surge del certificado de la Junta Electoral de la provincia deBuenos Aires, obrante en el orden Nº 3; Que en el orden Nº 7 la entonces Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano delMinisterio de Gobierno, informa que la agente CERAGIOLI usufructuó licencia, por vía de lo establecido en el artículo 58 dela Ley Nº 10.430 (T.O. Decreto Nº 1869/96) y su modificatoria Ley Nº 13.967, a partir del 10 de octubre de 2017 y por eltérmino de doce (12) días; Que en el orden Nº 44 ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio-de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA
ARTÍCULO 1°. Dar por concedida, en la Jurisdicción 11119 MINISTERIO DE GOBIERNO, Subsecretaría de CoordinaciónGubernamental, Dirección Provincial del Registro de las Personas, licencia política, a partir del 10 de octubre de 2017 y porel término de doce (12) días, a Ia agente Graciela Beatriz CERAGIOLI (DNI Nº 13.058.563, Clase 1959), quien revista en laDirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 18, Delegación San Vicente, en un cargo delAgrupamiento Jerárquico, Categoría 24, Oficial Principal 1º, Delegado sin estabilidad con remuneración equivalente aSubdirector, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 58de la Ley Nº 10.430 (T. O. Decreto Nº 1869/96) y su modificatoria Ley Nº 13.967, por los motivos expuestos en los considerandos del presenteacto administrativo. ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido archivar. De La Torre Joaquin, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora.
DECRETO N° 115-GPBA-19LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX 2018-00627971-GDEBA-SDAMGGP, en cuyas actuaciones la agente de la Dirección Provincial del Registrode las Personas Miriam del Valle VASQUEZ, solicita se le conceda licencia política, y CONSIDERANDO: Que la causante revista en la Subsecretaría de Gestión Gubernamental, Dirección Provincial del Registro de lasPersonas, Dirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 14, Delegación Santa María, en uncargo del Agrupamiento Servicio, Categoría 9, Código 1-0037-VII-2, Ordenanza “C”, con un régimen de cuarenta (40)horas semanales de labor; Que lo solicitado se fundamenta en que dicha agente fue postulada como candidata en las elecciones llevadas a caboel día 22 de octubre de 2017, a concejal titular en décimo término, en representación del partido Unidad Ciudadana, porel distrito San Miguel, tal como surge del certificado de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires, obrante enel orden Nº 3; Que en el orden Nº 4 la Dirección Provincial del Registro de las Personas, ha tomado la intervención de su competencia; Que en el orden Nº 8 el Departamento Control de Asistencia de la Delegación de la Dirección Provincial deRelaciones Laborales del Ministerio de Gobierno, opina que el pedido debería resolverse por aplicación del artículo 58 de laLey Nº 10.430 (T.O. Decreto Nº 1869/96) y su modificatoria Ley Nº 13.967, a partir del 9 de octubre de 2017 y por eltérmino de trece (13) días; Que en el orden Nº 19 interviene favorablemente la Dirección Provincial de Relaciones Laborales; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144-proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA
ARTÍCULO 1°. Dar por concedida, en la Jurisdicción 11119 MINISTERIO DE GOBIERNO, Subsecretaría deGestión Gubernamental, Dirección Provincial del Registro de las Personas, licencia política, a partir del 9 de octubre de2017 y por el término de trece (13) días, a Ia agente Miriam del Valle VASQUEZ (DNI Nº 14.146.701, Clase 1958),quien revista en la Dirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 14, Delegación SantaMaría, en un cargo del Agrupamiento Servicio, Categoría 9, Código 1-0037-VII-2, Ordenanza “C”, con un régimen decuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 10.430 (T. O. Decreto Nº1869/96) y su modificatoria Ley Nº 13.967, por los motivos expuestos en los considerandos del presenteacto administrativo. ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido archivar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 6
De La Torre Joaquín, Ministro; Salvai Carlos Federico, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL; Gobernadora.
DECRETO N° 118-GPBA-19LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Marzo de 2019 VISTO el EX-2018-13885961-GDEBA-HIGDJPMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubre de2018, de Carlos Bernardo MICHLIG en el Hospital Interzonal General “Dr. José Penna” de Bahía Blanca, dependiente de laDirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y CONSIDERANDO: Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante creada por el cese de Haydée Isabel SUÁREZ, concretado medianteResolución N° 1071/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio2019 - Ley Nº 15.078; Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528; Que en autos se informa que el agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario; Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E; Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471; Que han tomado intervención Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de Relaciones Laborales,dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la DirecciónProvincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal General “Dr. José Penna” de BahíaBlanca, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas,como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a CarlosBernardo MICHLIG (D.N.I. 28.450.475 – Clase 1980) en un cargo de médico – especialidad: clínica médica, con un régimende treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471). ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471. ARTÍCULO 3°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a laJurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD -Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0009 –Subprograma: 001 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 56 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 -Fuente deFinanciamiento 1.1 -Inciso 1 -Partida Principal 1 – Parcial 0 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la CarreraProfesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078. ARTÍCULO 4º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Scarsi, Andrés Roberto, Ministro; Salvai Carlos Federico, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL; Gobernadora.
DECRETO N° 119-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-21820046-GDEBA-HIGDOAMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubrede 2018, de Laura Roxana HERRERA en el Hospital Interzonal General de Agudos “Dr. Oscar Eduardo Alende” de Mar delPlata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y CONSIDERANDO:Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Alejandro Damián GARCIK, concretado porResolución N° 93/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio 2019 -Ley Nº 15.078;Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 7
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10471;Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E;Que asimismo es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad deaplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad requeridapor la profesional, con relación al cargo que posee en la Fuerza Aérea Argentina;Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría deCapital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público,dependiente del Ministerio de Economía;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal General de Agudos “Dr. Oscar EduardoAlende” de Mar del Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Saludde las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácterinterino, a Laura Roxana HERRERA (D.N.I. 32.624.892 – Clase 1988), para desempeñarse como médica – especialidad:clínica médica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471).ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación delDecreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad requerida por laprofesional que se menciona en el artículo 1° del presente, con relación al cargo que posee en la Fuerza Aérea Argentina.ARTÍCULO 4º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0016 –Subprograma: 002 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 357 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente deFinanciamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora.
DECRETO N° 120-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-17464195-GDEBA-HIEACDAKMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubrede 2018, de Soledad Celeste NAN en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico de Agudos y Crónicos "Dr.Alejandro Korn" de José Melchor Romero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría deAtención de la Salud de las Personas, y CONSIDERANDO: Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de María Gladys CETTOUR, concretado porResolución N° 299/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio 2019- Ley Nº 15.078; Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528; Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario; Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471; Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E; Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que elpersonal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneraciónque perciba; Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, Soledad Celeste NANdebe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior; Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de CapitalHumano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 8
del Ministerio de Economía; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA.
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico deAgudos y Crónicos "Dr. Alejandro Korn" de José Melchor Romero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales dela Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesionalhospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Soledad Celeste NAN (D.N.I. 30.139.927 – Clase 1983) en uncargo de abogada, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N°10.471, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 10.678). ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471. ARTÍCULO 3º. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud que, a partir del 8 de octubre de 2018,Soledad Celeste NAN (D.N.I. 30.139.927 – Clase 1983), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16%sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto -Ley N°9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por DecretoN° 2868/02. ARTÍCULO 4º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a laJurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0019 –Subprograma: 018 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 441 Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente deFinanciamiento 1.1 –Inciso 1- Partida Principal 1 – Parcial 0 -Régimen Estatutario 09 -Personal comprendido en la CarreraProfesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078. ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora.
DECRETO N° 121-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES Miércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-13886802-GDEBA-HICDCMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubre de2018 de a María Pía LABADO en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred” deOpen Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de lasPersonas, y CONSIDERANDO: Que para propiciar dicho trámite se afectó una vacante producida por el cese de Eduardo Luis RUGGIERI, concretadomediante Resolución N° 1362/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto generalejercicio 2019 - Ley Nº 15.078; Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528; Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario; Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E; Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471; Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que elpersonal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneraciónque perciba; Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, María Pía LABADO debeefectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior; Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de CapitalHumano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependientedel Ministerio de Economía; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 9
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal Especializado Neuropsiquiátrico“Colonia Dr. Domingo Cabred” de Open Door, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría deAtención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado deasistente, con carácter interino, a María Pía LABADO (D.N.I. 35.330.813 – Clase 1990), para desempeñarsecomo licenciada en terapia ocupacional, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de laLey N° 10.471, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 10.678). ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471. ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud que, a partir del 8 de octubre de 2018,María Pía LABADO (D.N.I. 35.330.813 – Clase 1990), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16%sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto -Ley N°9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por DecretoN° 2868/02. ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a laJurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD -Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0015 –Subprograma: 007 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 497 Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente deFinanciamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 -Régimen Estatutario 09 -Personal comprendido en la CarreraProfesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078. ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 122-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-15765070-GDEBA-DPHMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubre de2018, de Analía Verónica ÁLVAREZ en el Hospital Zonal General de Agudos "Gobernador Domingo Mercante" de José C.Paz, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y CONSIDERANDO:Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Juan Carlos ROME, concretado porResolución N° 1915/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio2019 - Ley Nº 15.078;Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E;Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud del Ministerio de Salud, debecontrolar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;Que resulta procedente otorgar a la causante, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad,equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales delHospital Zonal General de Agudos "Gobernador Domingo Mercante" de José C. Paz, de acuerdo con el Decreto Nº3169/08;Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de laSubsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial dePresupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Zonal General de Agudos "Gobernador DomingoMercante" de José C. Paz, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de laSalud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, concarácter interino, a Analía Verónica ÁLVAREZ (D.N.I. 31.648.840 – Clase 1985) como licenciada en kinesiología yfisioterapia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado porel artículo 2° de la Ley N° 10.678).ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
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Salud del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y6° de la Ley N° 10.471.ARTÍCULO 3°. Otorgar a Analía Verónica ÁLVAREZ (D.N.I. 31.648.840 – Clase 1985), a partir del 8 de octubre de 2018,una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico,en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Zonal General de Agudos "Gobernador DomingoMercante" de José C. Paz, de acuerdo con el Decreto Nº 3169/08.ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0013 –Subprograma: 001 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 412 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente deFinanciamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro, MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 123-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-11972749-GDEBA-HSEMIAGMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubrede 2018, de Ana Marcela FERREIRA GARAYGORTA en el Hospital Subzonal Especializado Materno Infantil “Ana Goitía”de Avellaneda, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de lasPersonas, y CONSIDERANDO:Que para propiciar dicho trámite se afectó una vacante producida por el cese de Mariel IDIGORAS, concretado porResolución N° 1091/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio2019 - Ley Nº 15.078;Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E;Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que elpersonal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneraciónque perciba;Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, Ana Marcela FERREIRAGARAYGORTA debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de CapitalHumano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependientedel Ministerio de Economía;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Subzonal Especializado Materno Infantil “AnaGoitía” de Avellaneda, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud delas Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácterinterino, a Ana Marcela FERREIRA GARAYGORTA (D.N.I. 22.731.208 – Clase 1972) en un cargo de bioquímica, con unrégimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado por el artículo 2° de laLey N° 10.678).ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, que a partir del 8 de octubre de 2018, AnaMarcela FERREIRA GARAYGORTA (D.N.I. 22.731.208 – Clase 1972), debe efectuar un aporte previsional mensualobligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) delDecreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01,ampliado por Decreto N° 2868/02.ARTÍCULO 4º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 11
Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0014 –Subprograma: 002 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 35 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente deFinanciamiento 1.1 –Inciso 1- Partida Principal 1 – Parcial0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 6 º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 124-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMiércoles 6 de Marzo de 2019
VISTO el EX-2018-14870438-GDEBA-HIAEPSSMLMSALGP, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 deoctubre de 2018, de René Omar BERTOLA en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría "Superiora SorMaría Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de laSalud de las Personas, y CONSIDERANDO:Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de María Ana RIPOLL, concretado porResolución N° 1030/18 del Sr. Ministro de Salud, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio2019 - Ley Nº 15.078;Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471,sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;Que en autos se informa que el agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimientohospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que seencuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del DecretoNº 272/17 E;Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que elpersonal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneraciónque perciba;Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, René Omar BERTOLAdebe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de CapitalHumano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependientedel Ministerio de Economía;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESDECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 delDecreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la LeyN° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría"Superiora Sor María Ludovica" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría deAtención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado deasistente, con carácter interino, a René Omar BERTOLA (D.N.I. 33.442.754 – Clase 1987) para desempeñarse comolicenciado en bioquímica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471).ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, que a partir del 8 de octubre de 2018, René Omar BERTOLA (D.N.I. 33.442.754 – Clase 1987), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatoriodel 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - LeyN° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado porDecreto N° 2868/02.ARTÍCULO 4º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputacióna la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0019– Subprograma: 007 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 441 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente deFinanciamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros.ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 12
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 125-GPBA-19La Plata, Buenos Aires
Miercoles 6 de Marzo de 2019 VISTO el EX-2018-21279292-GDEBA-HZGASFMSALGP, por el cual se gestiona la designación de cinco personas endiversos establecimientos, dependientes de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de laSalud de las Personas, y CONSIDERANDO: Que en la reunión de paritarias celebrada el 25 de octubre de 2016, entre los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud y elentonces Coordinación y Gestión Pública, y en la Mesa Técnica celebrada el 3 de noviembre de 2016 se acordó medianteActas N° 41 y N° 38, respectivamente, el pase a planta permanente de aproximadamente cinco mil (5000) becariospertenecientes a esa jurisdicción; Que los ingresos se harán en etapas y por orden de antigüedad; Que con el transcurso del tiempo las problemáticas en materia de salud pública, como así también las soluciones a lasmismas se han complejizado y acrecentado, lo que conlleva a la apertura de nuevos servicios y/o ampliación de los queactualmente funcionan, requiriendo mayor cantidad y calidad de personal en áreas especializadas y en servicios de apoyo; Que para propiciar dicho trámite se afectaron vacantes producidas por diferentes tipos de ceses de personal de plantapermanente, las cuales se encuentran todas vigentes en el presupuesto general ejercicio 2019 Ley Nº 15.078; Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que seencuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96),reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la notificación de cada uno de los interesados; Que la jurisdicción citada cuenta con los créditos específicos para la atención del gasto que insumirá la medida; Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de CapitalHumano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependientedel Ministerio de Economía; Que los nombramientos propuestos encuadran en los artículos 5°, 6° y concordantes de la Ley N° 10.430; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires; Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 -Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, enla planta permanente de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96,a las personas que se mencionan en el anexo único (IF2018-29286559-GDEBA-DPTEYPBMSALGP), que forma parteintegrante del presente, en las condiciones que se indican en el mismo. ARTÍCULO 2°. Las designaciones concretadas en el artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidadtranscurridos seis (6) meses a partir de la fecha de toma de posesión de los cargos, de conformidad con lo establecido porel artículo 6° de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96. ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio deSalud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10.430 (textoordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la notificación de cada uno delos interesados. ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a laJurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD -Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 – Programas: 0012 y 0013 –Subprogramas: 003 y 004 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 763 y 805 -Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 –Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1– Partida Principal 1 – Parcial 0 – Régimen Estatutario 01 – Agrupamientos 1, 3 y 4.Personal de Servicio, Administrativo y Técnico - Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078. ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARIA EUGENIA VIDAL, GOBERNADORA.
ANEXO/S
ANEXO 1 d0ddb5bc9d96d2745021468bb10da71eb823eafab5efca09333a661d7922b2d4 Ver
Resoluciones
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NOTA: El contenido de la publicación de las Resoluciones extractadas, es transcripción literal del instrumento recibidooportunamente de cada Jurisdicción, conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones dispuestas por nota del 19/10/12de la Dirección Provincial de Coordinación Institucional y Planificación de la Secretaría Legal y Técnica.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESOLUCIÓN 55-MDSGP-19 Declarar Interés Provincial el 46° aniversario del Centro Jubilados y Pensionados “La Placita” de la ciudad de Castelar,partido de Morón, conmemorado el día 15 de octubre del año 2018.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESOLUCIÓN 351-MDSGP-19 Declarar Interés Provincial al festival “La Semana de la Juventud” desarrollado en la localidad de Santa Lucía, partido deSan Pedro, provincia de Buenos Aires.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESOLUCIÓN N° 367-MDSGP-19 Declarar de Interés Provincial el evento deportivo “Buenos Aires Corre”, que se llevará a cabo el día 10 de marzo delcorriente año, en la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón.
Resoluciones FirmaConjunta
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 48-MSALGP-19
LA PLATA, BUENOS AIRESMartes 5 de Marzo de 2019
VISTO la Ley Nº 14.815, Ley N° 15.022, los Decretos Nº 592/16, N° 337/18 y el expediente N° EX-2019- 3975342-GDEBA-BDMSALGP, y CONSIDERANDO:Que por presentes actuaciones tramita el llamado a Compra Superior N° 2/19 para la adquisición de medicamentosoncológicos con destino al Banco de Drogas perteneciente a este Ministerio, en el marco de la Ley de EmergenciaAdministrativa y Tecnológica N° 14.815 y su Decreto reglamentario N° 592/16;Que por Ley Nº 14.815 se declaró la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la provincia de Buenos Aires,estableciendo entre sus objetivos, dotar a los organismos estatales de los instrumentos que permitan la contratación deobras, servicios y adquisición de bienes que resultan necesarios para e cumplimiento de las metas de la administraciónprovincial, tornando los procesos de selección de mayor celeridad, tecnicismo y transparencia;Que, en virtud de lo normado por el artículo 2° de la citada Ley, se autoriza a “…todos los Ministerios, Secretarías yentidades autárquicas, en el marco de sus competencias, a ejecutar las obras y contratarla provisión de bienes y serviciosque resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, cualquiera sea la modalidad de lacontratación, incluidos los convenios de colaboración con organismos de la Provincia o de la Nación, Municipios,Consorcios de gestión y desarrollo y Cooperativas”;Que mediante la Ley N° 15.022 se prorrogó, a partir de su vencimiento y por el término de un (1) año, la emergenciaadministrativa y tecnológica en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, declarada por la Ley 14.815 y modificatoria, quefuera prorrogada por el Decreto N° 53/17 E;Que la presente contratación se efectúa a requerimiento de la Coordinadora General del Banco de Drogas, a orden N° 3, laque indica su “…fundamento en la necesidad de paliar el grave déficit en materia administrativa y tecnológica por el queaún atraviesa la Administración Publica Provincial, que repercute de manera directa en la concreción de las funcionescorrespondientes a la repartición destinataria de la adquisición…”;Que asimismo manifiesta que “…la necesidad de contar con los insumos deviene de extrema necesidad y urgencia enmiras de permitir garantizar a los habitantes el ejercicio del derecho a la salud acorde a los lineamientos actuales de la gestión…”;Que conforme el requerimiento mencionado, la referida contratación demandará una suma estimada de pesosCUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA YCUATRO CON 66/100 ($ 441.554.564,66);
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Que en virtud del monto estimado por el área requirente, corresponde el encuadre en el procedimiento de Compra Superiorde conformidad con lo establecido en el artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 592/16;Que, a orden N° 20, luce incorporada la correspondiente Solicitud de Gastos realizada mediante el Sistema Integrado deGestión y Administración Financiera (SIGAF);Que de acuerdo lo indica el área requirente la comisión de preadjudicación estará compuesta por los agentes Ana MaríaVacca, Analia González y Omar Alberto Pertusatti;Que la fecha de apertura de ofertas se prevé para el día 20 de marzo de 2019 a las 10:00 hs;Que conforme lo indica la Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares procede autorizar el llamado delprocedimiento licitatorio y aprobar las Bases de Contratación, las Especificaciones Técnicas, y la Planilla de Cotización, queregirán la contratación como documento PLIEG-2019-04971262-GDEBA- BDMSALGP;Que, a orden N° 9, ha tomado intervención de su competencia la Subsecretaría de Atención de la Salud de las personasprestando su conformidad;Que en las presentes ha dictaminado la Dirección Técnico Legal;Que ha prestado su conformidad la Dirección General de Administración;Que suscribe la presente en forma conjunta la Subsecretaria Administrativa de conformidad con la atribuciones conferidaspor el Anexo II del Decreto N° 337/18;Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 592/16 que establece que el Ministro,“Aprueba Bases de Contratación. Aprueba conformación de la CPr, Deja sin efecto y declara desierto, procedimientos deCompra Superior, a partir de 1.500.000 U.C.”, equivalente a la suma de pesos setenta y cinco millones con 00/100 ($75.000.000,00), en virtud del valor de la Unidad de Contratación previsto en la suma de pesos cincuenta ($ 50) por elartículo 1° de Resolución N° RESOL- 2019-12-GDEBA-CGP;Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD Y LA SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVAEN FORMA CONJUNTA
RESUELVEN ARTÍCULO 1°. Aprobar las Bases de Contratación, las Especificaciones Técnicas, y la Planilla de Cotización - PLIEG-2019-04971262-GDEBA-BDMSALGP - que como Anexo I pasa a formar parte de la presente y autorizar el llamado a CompraSuperior Nº 2/19 para la adquisición de medicamento oncológicos con destino al Banco de Drogas perteneciente a este Ministerio, por una suma estimada de pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 66/100 ($441.554.564,66), con posibilidad de ampliar un 100% y disminuir hasta un 50% del monto total del contrato, en el marco dela Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica N° 14.815 y su Decreto reglamentario N° 592/16.ARTÍCULO 2°. Fijar la fecha, el horario y el lugar de apertura del presente llamado para el día 20 de marzo de 2019 alas 10:00 hs. en la Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - Planta Baja - EdificioNuevo - La Plata.ARTÍCULO 3°. Se deja establecido que la Comisión de Preadjudicación quedará conformada por los agentes Ana MaríaVacca, Analia González y Omar Alberto Pertusatti.ARTÍCULO 4°. El gasto previsto en el artículo 1° se atenderá con cargo a la Solicitud realizada mediante el SistemaIntegrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) asignada a tal fin para el ejercicio 2019.ARTÍCULO 5°. Establecer que las Bases de Contratación se podrán obtener de la página www.gba.gov.ar.ARTÍCULO 6°. Autorizar a la Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares a realizar las publicacionesestablecidas en el artículo 10 del Anexo I del Decreto N° 592/16.ARTÍCULO 7°. Comunicar, publicar al Boletín Oficial y pasar a la Dirección de Compras, Contrataciones y ServiciosAuxiliares, a sus efectos. Cumplido, archivar. Romina Rodriguez, Subsecretaria; Andrés Roberto Scarsi, Ministro.
ANEXO/S
ANEXO 1 8692b018ef067727b88f6a671f68e8f43ab40413a5d7979350fa91133b06ff58 Ver
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N°1-ASUNUNVPSO-19
BAHIA BLANCA, BUENOS AIRESViernes 8 de marzo de 2019
VISTO el texto de la Resolución RESFC-2018-2-GDEBA-ASUNUNVPSO mediante la cual se aprobaron diversas reformasal Estatuto de la Universidad Provincial del Sudoeste; y CONSIDERANDOQue por un error involuntario, en el artículo CUARTO de la parte resolutiva se consignó erróneamente el número del Anexocorrespondiente al texto ordenado, colocándose el número 32025136 en lugar de 32025135;Que corresponde por tanto enmendar dicho error material;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el 48° y concordantesde EstatutoAcadémico;Por ello,
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LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR ELESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE,
RESUELVE Artículo 1º. Rectificar el texto del artículo 4° de la RESFC-2018-2-GDEBA-ASUNUNVPS, el que quedará redactado de lasiguiente manera:“Artículo 4°. Aprobar el Texto Ordenado del Estatuto Universitario que como ANEXO IF-2018-32025135- GDEBA-ASUNUNVPSO forma parte integrante de la presente.”.Artículo 2°. Registrar. Notificar de lo resuelto al Sr. Rector para su publicación y demás efectos. Cumplido, archivar. Daniel Horacio De La Iglesia, Secretario; Adriana Pezzutti, Presidente.
ANEXO/S
Anexo 43934cbbc4fad59401716aaa3ae738e0ede7d7cf1ee44f213308cf0fc92052e4 Ver
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 2-ASUNUNVPSO-18
BAHÍA BLANCA, BUENOS AIRESMiércoles 26 de diciembre de 2018
VISTO: el Asunto AU 07/13, fs. 313 a 327 inclusive, por el que se tramitan reformas al Estatuto de la Universidad Provincialdel Sudoeste; y CONSIDERANDO:Que mediante Decreto n° 239/2014 del PEP se modificó el artículo 40° del estatuto de la UPSO, facultando a la AsambleaUniversitaria a modificarlo total o parcialmente;Que el Asunto VISTO fue elevado por un número de asambleístas superior al 20% del total del Cuerpo, en cumplimiento delo estipulado por el inciso “a” del artículo 36° del Reglamente de Funcionamiento;Que las reformas propuestas tienen en cuenta la Ley n° 15.034, que introdujo modificaciones a la Ley de creación de laUPSO, n° 11.465 modificada por Ley n° 11.523, y en particular sus artículos 6° y 8° que alcanzan al Estatuto;Que incluyen una nueva definición para la Subsede, en línea con la denominación de la Sede;Que agrega la facultad del Rector de delegar total o parcialmente su atribución de otorgar licencias en los Decanos, para elcaso de las licencias docentes;Que introducen las modificaciones aprobadas por la Resolución CSU n° 324/17 a la tabla III del anexo 1d Régimen delDocente de la Universidad Provincial del Sudoeste, y la autorización al CSU de ampliar el límite de incompatibilidad decargos, empleos y funciones por acumulación de horas, solos en casos de excepción y en forma temporaria;Que por último se reordenan los artículos 35° a 49° y se agrega el capítulo V, de las tablas de remuneraciones,correspondiente al título IX del citado régimen, para un mejor ordenamiento y lectura;Por Ello:
LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO(A)
DEL ARTÍCULO 40 DEL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE,RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar los artículos que se detallan tal como quedarán redactados en el ANEXO IF- 2018-31930514-GDEBA-ASUNUNVPSO, correspondientes al cuerpo principal del Estatuto de la Universidad Provincial del Sudoeste y alANEXO 1d del Estatuto Régimen del Docente, aprobados por Resolución AU 9/14 y su modificatoria Resolución AU 12/15.ARTÍCULO 2°. Suprimir los artículos 78° a 80° inclusive, del Estatuto de la Universidad Provincial del SudoesteARTÍCULO 3° Renumerar los artículos 81° a 86° del Estatuto de la Universidad Provincial del Sudoeste, que pasarán a serlos artículos 78° a 83° respectivamente.ARTÍCULO 4°. Aprobar el Texto Ordenado del Estatuto Universitario que como ANEXO IF-2018- 32025136-GDEBA-ASUNUNVPSO forma parte integrante de la presente.ARTÍCULO 5°. Registrar. Notificar de lo resuelto al Sr. Rector para su publicación y demás efectos. Cumplido, archivar. Daniel Horacio De La Iglesia, Secretario; Adriana Pezzutti, Presidente. NOTA: El Anexo podrá consultarse en la Universidad Provincial del Sudoeste.
DisposicionesDISPOSICIÓN N° 229-DPRDLPMGGP-18
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LA PLATA, BUENOS AIRESMartes 30 de Octubre de 2018
VISTO la Ley N° 14.989, la Ley N° 14.078 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario N° 2.047/11 y el DECTO-2018-169-GDEBA-GPBA, el Decreto N° 1.454/06, modificado por el Decreto N° 3.787/06 y la Disposición RPP N° 628/16, y CONSIDERANDO:Que la Ley Nº 14.989 estableció un nuevo marco institucional, a fin de optimizar la organización de la AdministraciónPública Provincial, con el objeto de contribuir al logro de una mayor eficiencia en la gestión, detallando en el artículo 20que: “Le corresponde al Ministerio de Gobierno asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias que se enuncian acontinuación:.... El Registro de las Personas.”;Que el DECTO-2018-169-GDEBA-GPBA, establece la nueva estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno,especificando entre las acciones de la Dirección Provincial del Registro de las Personas: “Proponer, elaborar y coordinar losanteproyectos normativos o reglamentarios relativos a la organización y el funcionamiento ordenado del registro de hechos,actos vitales, estado civil, capacidad, identificación, domicilio de las personas y estadística demográfica, fomentando elinterés público por la inscripción de los hechos vitales y la identificación personal y coordinando pautas y acciones conorganismos provinciales, nacionales e internacionales.”Que la Ley Nº 14.078, dispone en su artículo 3: “La registración del estado civil y la capacidad comprenderá todos los actosy hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas. A tal efecto corresponde alRegistro de las Personas, proporcionar los datos necesarios para que se elaboren las estadísticas vitales, correspondientesa nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, filiaciones y adopciones”;Que el artículo 26 in fine de la Ley N° 14.078 determina: “Respecto de las partidas y certificados de nacimiento, matrimonioy defunción, se adoptarán las medidas necesarias que impidan su adulteración. La inviolabilidad de los mismos deberágarantizarse por las medidas de seguridad que se establezcan en la reglamentación.”Que, en el mismo sentido, el artículo 26 del Decreto N° 2.047/11 Reglamentario de la Ley N° 14.078, establece: “Lasmedidas de seguridad consistirán en obleas, numeración correlativa de formularios u otras que la Dirección Provincialdetermine para la confección de los mismos.”Que la normativa citada en el párrafo anterior prevé en su artículo 37, punto II, inciso e), la posibilidad de anular las obleasde seguridad extraviadas, destruidas o hurtadas: “Los establecimientos médico asistenciales deberán informar de manerainmediata al Ministerio de Salud y éste al Registro Provincial de las Personas la desaparición, extravío, destrucción o hurtode las obleas de seguridad que pudiese producirse.”Que el Decreto N° 1.454/06, modificado por el Decreto N° 3.787/06, aprueba el sistema de seguridad para los formulariosde constatación de parto, certificados y testimonios de partidas emitidas por el Registro de las Personas;Que en este sentido, el artículo 11 de la normativa citada en el párrafo anterior establece: “Los hospitales públicos deberáninformar de manera inmediata al Ministerio de Salud y éste al Registro Provincial de las Personas la desaparición, extravío,destrucción o hurto de las obleas de seguridad que pudiese producirse. Las mismas serán declaradas nulas por disposicióndel Director Provincial del Registro de las Personas y el acto será publicado en el Boletín Oficial e informado por circular atodas las Delegaciones de dicho organismo.”, especificando el artículo 14 que: “Establécese como requisito esencial deforma para los certificados de nacimiento, matrimonio y defunción, así como para la totalidad de los testimonios de lasinscripciones registrales, la oblea de seguridad. La falta de la misma no implica la invalidez del documento ni la falta deveracidad de su contenido, pero el mismo no será admitido como tal a ningún efecto hasta la comprobación de suautenticidad, que estará a cargo del interesado en hacer valer el mismo.”;Que por aplicación analógica de las normas precitadas y atendiendo a estrictas razones de seguridad jurídica, losCertificado Médico de Defunción y Certificado Médico de Defunción Fetal, ante los supuestos de desaparición, extravío,destrucción, anulación, hurto o robo serán declarados nulos por acto administrativo del Director Provincial o de quién éstedelegue la firma del acto;Que dada la cantidad de casos en que los órganos competentes informan el extravío, deterioro, destrucción o hurto de lasobleas de seguridad, como así también solicitan la anulación de Constataciones de parto o defunción por haberse incurridoen error al momento de su confección y dada la necesidad de actuar con eficiencia y celeridad para otorgar seguridadjurídica a los trámites de anulación de los mismos, deviene imperativo delegar la firma del Director Provincial;Que la Disposición RPP N° 628/16 delegó la firma de los actos administrativos que dispongan la anulación y/o destrucciónde constataciones de parto, obleas de seguridad original y duplicada, constataciones de parto con oblea de seguridadoriginal y duplicada y certificado médico de defunción con su oblea de seguridad, en la Dirección de Planeamiento y Estadística.Que por Decreto DECTO-2018-169-GDEBA-GPBA, se modificó la estructura organizativa de con sus misiones y funcionesen el ámbito de este Registro Provincial correspondiendo a la Dirección de Modernización y Auditoria Interna la tarea supradescripta;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 14.078 y el DECTO- 2018-169-GDEBA-GPBA;Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONASDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DISPONE: ARTÍCULO 1º.- Delegar la firma de los actos administrativos que dispongan la anulación y/o destrucción de Constatacionesde Parto, obleas de seguridad original y duplicada, constataciones de parto con oblea de seguridad original y/o duplicada,Certificados Médico de Defunción con o sin obleas de seguridad, en la Dirección de Modernización y Auditoría Internadependiente de la Dirección Provincial del Registro de las Personas.ARTÍCULO 2º.- Derogar a partir de la presente la Disposición RPP N° 628/16, por los motivos expuestos en losconsiderandos de la presente.
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ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar a la Dirección de Modernización y Auditoría Interna, publicar, dar al Boletín Oficial y alSINBA. Cumplido, archivar. José Francisco Etchart Mandon, Director Provincial
LicitacionesMINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN Licitación Pública N° 451-0005-LPU19 POR 10 DÍAS - N° de Expediente: EX-2019-12266895- -APN-DCTYAOPT#MTRObjeto: Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de Aceras y de la Red Pluvial y Refugios de Transporte Público en la RegiónMetropolitana de Buenos Aires (RMBA)Plazo de Ejecución de Obra: Quince (15) MesesSitio de Ejecución: Provincia de Buenos AiresPresupuesto Oficial Total: Pesos Cinco Mil Ciento Noventa y Siete Millones Doscientos Ochenta y Siete Mil TrescientosTreinta y Nueve con Ochenta y Cinco Centavos ($ 5.197.287.339,85)Garantía de Oferta: 1% del valor del Presupuesto Oficial de la/s zona/s a cotizar.Retiro de Pliegos: Se podrán obtener los pliegos y toda documentación licitatoria a través del sitio CONTRAT.AR desde lapágina https://contratar.gob.ar por medio del cual funciona el Sistema Electrónico de Contratación de Obras Públicas,conforme el Decreto N°1336/2016.Asimismo, a través del sitio oficial del Ministerio de Transporte, sección “Licitaciones” desde la página web:www.argentina.gob.ar/transporte.Aclaraciones / Consultas al Pliego: Se podrán realizar consultas a través del sitio CONTRAT.AR desde la páginahttps://contratar.gob.ar por medio del cual funciona el Sistema Electrónico de Contratación de Obras Públicas, conforme elDecreto N°1336/2016, hasta las 19 hs. del 26 de Marzo de 2019.Presentación de Ofertas: Los oferentes deberán presentar la totalidad de su propuesta de acuerdo al procedimientoestipulado en el sistema CONTRAT.AR y en la forma indicada en el P.C.G. La oferta económica que integra dichapropuesta, únicamente podrá ser incorporada a través de la funcionalidad denominada “Proyecto De Obra” del mencionadosistema CONTRAT.AR. (Deberá completarse UN (1) proyecto de obra por cada una de las zonas a cotizar).A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente hasta la fecha límitedeterminada en esta convocatoria, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conformelo normado con el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios del sistema CONTRAT.AR.La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla y/o su confirmación en elsistema por parte del oferente, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esacircunstancia. Las ofertas que no sean ingresadas y conformadas en el portal CONTRAT.AR hasta las 14.30 hs. del 04 deAbril de 2019 se tendrán como no válidas, sin excepción.Acto de Apertura: El acto de apertura se celebrará el día 04 de Abril de 2019 a las 14.30 hs. a través del sitio CONTRAT.AR desde la página https://contratar.gob.ar por medio del cual funciona el Sistema Electrónico de Contratación de ObrasPúblicas, conforme el Decreto N°1336/2016.Garantía de Mantenimiento de Oferta: Los oferentes estarán obligados a mantener sus propuestas por un plazo NOVENTA(90) días contados a partir de la fecha de apertura, y será renovable de conformidad con lo dispuesto en el P.C.G.Para cotizar en la presente licitación es obligatorio presentar la garantía de mantenimiento de la propuesta del UNO PORCIENTO (1%) del Presupuesto Oficial de la/s zona/s a ofertar.La falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta por el monto indicado precedentemente será causal dedesestimación de la oferta.
mar. 6 v. mar. 19
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATASECRETARÍA DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS Licitación Pública N° 3/19 POR 15 DÍAS - La Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios a través de la DGCM llama a Licitación Pública lasiguiente obra: Objeto: "Nueva Impermeabilización sobre Terraza" - Facultad de Informática.Apertura: Dirección General de Construcciones y Mantenimiento, calle 48 Nº 575 “Edificio Sergio Karakachoff” 6to Piso - LaPlata, el día 11 de abril de 2019 a las 9.00 horas.Ubicación: Calle 50 y 119 – La Plata.Presupuesto Oficial: Pesos dos millones setecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres con 00/100.- ($2.769.493,00).Plazo de Ejecución: Sesenta (60) días corridos.Consulta de Legajos: Dirección General de Construcciones y Mantenimiento, calle 48 Nº 575 “Edificio Sergio Karakachoff“6to Piso, de lunes a viernes de 8 a 12 hs. hasta el 28 de Marzo de 2019.
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Compra de Legajos: Administración de Presidencia - Tesorería, calle 7 Nº 776 -La Plata de lunes a viernes de 7.30 a 13 hs.hasta el 28 de marzo de 2019.Precio del Legajo: Pesos dos mil setecientos setenta con 00/100.- ($ 2.770,00).
mar. 6 v. mar. 26
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOSDIRECCIÓN DE VIALIDAD Licitación Pública Nº 7/19 POR 5 DÍAS - Expediente 2019-05074564-GDEBA-DVMIYSPGP- Llámase a Licitación Pública para contratar la Obra:Zona 11 Lote 1, Pavimentación, repavimentación y obras complementarias en rutas provinciales, caminos secundariosurbanos de la provincia de Buenos Aires, en jurisdicción del partido de Bahía Blanca; pudiéndose consultar el Pliego deBases y Condiciones en la División Licitaciones y Contratos (Avenida 122 Nº 825 e/ 48 y 49, La Plata).Valor del Pliego: $0,00; el Pliego se entrega sin cargo de 8.00 a 15.00 hs. en el lugar ya indicado, hasta el día 28 de marzodel corriente, debiendo el interesado al momento del retiro del mismo presentar Poder para ejercer dicho acto y unaconstitución de domicilio, todo en carácter de Declaración Jurada.Presupuesto oficial: $142.814.271,54.Apertura de las propuestas: 04 de abril de 2.019, a las 10.00 hs., en la D.V.B.A., Av. 122 N° 825, La Plata. Contactos por consultas: [email protected] ó [email protected], Tel. (0221) 422- 7526 (directo) ó(0221) 421-1161/64 (conmutador) int. 362 (Licitaciones y Contratos).
mar. 11 v. mar. 15
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOSDIRECCIÓN DE VIALIDAD Licitación Pública Nº 8/19 POR 5 DÍAS - Expediente 2019-05319661. Llámase a Licitación Pública para contratar la Obra: Zona 13 Lote 2,Pavimentación, Repavimentación y Obras Complementarias en Rutas Provinciales, Caminos Secundarios y Urbanos de laProvincia de Buenos Aires, en Jurisdiccion del Partido de Olavarría; pudiéndose consultar el Pliego de Bases y Condicionesen la División Licitaciones y Contratos (Avenida 122 nº 825 e/48 y 49, La Plata). Valor del Pliego: $ 0,00; el Pliego seentrega Sin Cargo de 8.00 a 15.00 hs. en el lugar ya indicado, hasta el día 28 de marzo del corriente, debiendo elinteresado al momento del retiro del mismo presentar Poder para ejercer dicho acto y una constitución de domicilio, todo encarácter de Declaración Jurada. Presupuesto Oficial: $ 49.843.595,54. Apertura de las Propuestas: 4 de abril de 2.019, alas 10.00 hs., en la D.V.B.A., Av. 122 N° 825, La Plata. Contactos por Consultas: [email protected] ó[email protected], Tel. (0221) 422- 7526 (directo) ó (0221) 421-1161/64 (conmutador) int. 362 (Licitaciones yContratos).
mar. 11 v. mar. 15
MUNICIPALIDAD DE PILA Licitación Pública Nº 2/19 POR 3 DÍAS - Llámese a Licitación Pública N° 2/19 para la Contratación de Mano de Obra y Materiales destinados a larealización de la primera etapa de pavimentación en circunvalación, Partido de Pila.Apertura: 27 de marzo de 2019 a las 10.00 Hs en el Palacio Municipal, sito en calle Máxima P. de Casco Nº 150 de laciudad de Pila.Valor del Pliego: $ 9.000.Compra del Pliego: Oficina de Compras de la Municipalidad de Pila, sita en la calle Máxima P. de Casco Nº 150 – Pila.Presupuesto Oficial: $ 9.981.624,94.
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN Licitación Pública Nº 12/19 POR 3 DÍAS - Llámese a Licitacion Publica Nº 12/19 – Expte. Nº 4059-864/2019.Objeto: “Provisión de materiales, mano de obra y maquinarias para la construcción de cordón cuneta, base estabilizada,vigas de hormigón y carpeta asfáltica en Barrio Los Almendros”.Presupuesto Oficial: Pesos: Siete millones quinientos noventa mil doscientos noventa con 00/100 cvos. ($ 7.590.290,00).Consulta y Venta de Pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones, se encontrarán a disposición de los interesados para suconsulta y/o adquisición, a partir del día Once (11) de marzo de 2019 y hasta el día Veintidos (22) de marzo de 2019inclusive, en horario administrativo, en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Junín, Avda. Rivadavia Nº 80 -2doPiso.- Junín (B) - Tel./Fax: (0236) 4631600/6 INT. 323.-Valor del Pliego: Pesos: dos mil con 00/100 ctvos.($ 2.000,00).Plazo de Obra: Sesenta (60) días corridos.Apertura de las Propuestas: La apertura de las Propuestas, se realizará el día veinticinco (25) de marzo de 2019, a las diezhoras (10:00), en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Junín, sita en Avda. Rivadavia Nº 80 -2do. Piso- Junín, Bs.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 19
As.Importante: Las firmas adquirentes de Pliegos, al momento de formalizar la compra del mismo, deberán fijar en formafehaciente, Domicilio Legal en la ciudad de Junín (B).-
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ITUZAINGÓ SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS Licitación Pública Nº 18/18Segundo Llamado POR 2 DÍAS - Llámese a Licitación Pública N° 18/18.Objeto: “Encarpetado en Concreto Asfáltico Circuito Aeróbico Leloir”.Presupuesto Oficial: $ 22.712.000, (pesos veintidós millones setecientos doce mil).Valor del Pliego: $ 22.712,00, (pesos veintidós mil setecientos doce).Consulta y/o Compra del Pliego: Lunes a viernes de 8 a 15 hs., hasta el 27 de marzo de 2019, (Dirección de Compras).Apertura de las Ofertas: 28 de marzo de 2019– 12 (doce) horas, Dirección de Compras, Peatonal Eva Peron 848 -1er piso -Ituzaingó.Tel /fax 5068-9327/[email protected] Oferentes deberán estar inscriptos o haber iniciado el trámite correspondiente en el Registro de ProveedoresConsultores Expertos en Evaluación y Dirección de Proyectos de Inversión y Licitadores de la Municipalidad de Ituzaingó.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ITUZAINGOSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS Licitación Pública Nº 8/19 POR 2 DÍAS - Objeto: Alquiler de 1 (uno) Camión con Batea y 2 (dos) Camiones Volcadores.Presupuesto Oficial: $ 6.930.000,00, (pesos seis millones novecientos treinta mil).Valor del Pliego: $ 6.930,00 (pesos seis mil novecientos treinta).Consulta y/o Compra del Pliego: Lunes a viernes de 08 a 15 hs., hasta el 1° de abril de 2019, (Dirección de Compras).Apertura de las Ofertas: 4 de abril del 2019 a las –12 (doce) horas.Dirección de Compras Peatonal Eva Peron 848 -1er piso - Ituzaingó.Tel /fax 5068-9327/[email protected] Oferentes deberán estar inscriptos o haber iniciado el trámite correspondiente en el Registro de ProveedoresConsultores Expertos en Evaluación y Dirección de Proyectos de Inversión y Licitadores de la Municipales de Ituzaingó.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ADOLFO GONZALES CHAVES Licitación Pública Nº 1/19 POR 2 DÍAS - Llámese a Licitación Pública Nº 1/19, expediente nº 4055-70-2019, Decreto de llamado Nº 159/2019, cuyoobjeto es la obra denominada: “Adquisición de 2 (dos) combis o kilómetro y 1 (un) mini bus 0 kilómetro”. PresupuestoOficial: Pesos cinco millones ochocientos noventa y siete mil ($ 5.897.000). Fecha y horario: 29 de marzo de 2019 a las 10:00 hs.Lugar de Apertura: Dependencias de la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves, sita en calle Bartolomé Mitre esquinaJuan Elicagaray.Valor del Pliego: Pesos cinco mil ochocientos noventa y siete ($ 5.897).Consulta y Venta de Pliegos: Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Oficina de Contrataciones de la Municipalidad deAdolfo Gonzales Chaves, sita en calle Bartolomé Mitre esquina Juan Elicagaray, en el horario de 8:00 a 12:00 hasta el día22 de marzo de 2019.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE SUIPACHASECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Licitación Pública N° 1/19 POR 2 DÍAS - Objeto: Provisión de Materiales, Mano de Obra, Maquinarias y Equipos para la Construcción de Pavimentode Hormigón Simple de calle Rivadavia entre de los Inmigrantes y Héroes de Malvinas de esta ciudad.Presupuesto Oficial: $ 2.920.536,50.Valor del Pliego: $ 5.841,- (Pesos cinco mil ochocientos cuarenta y uno).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 20
Venta de Pliegos: En la Oficina de Compras en el horario de 8 a 12, de lunes a viernes hasta el día 26 de Marzo de 2019.Consultas: Hasta el día 27 de marzo de 2019 [email protected] de Ofertas: En la Oficina de Compras y Suministros de la Municipalidad de Suipacha hasta el día 29 de Marzode 2019 a la hora 10:30.Apertura de Ofertas: 29 de marzo de 2019 a la hora 11:00, en Oficina de Compras y Suministros de la Municipalidad.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE LOBOS Licitación Pública Nº 3/19 POR 2 DÍAS - Llámase a Licitación Pública N° 3/19 para la Contratación de Mano de Obra, Materiales y Maquinarias parala Construcción de 12.377 m2 de Pavimento en la Ciudad de Lobos, Provincia de Buenos Aires. Apertura de Propuestas: día 29 de Marzo del 2019, las 10:00 horas.Lugar de Apertura: Despacho de la Oficina de Compras de la Municipalidad de Lobos.Los Pliegos respectivos podrán adquirirse en la Municipalidad de Lobos Oficina de Compras, sita en la calle Salgado OesteNº 40, de la Ciudad de Lobos, hasta el mismo día y hora de la apertura de las ofertas, en el horario de 8:00 a 13:00 horas.Presupuesto Oficial: Pesos veintidós millones trescientos setenta y tres mil seiscientos cuarenta y cinco con catorcecentavos ($ 22.373.645,14).Valor del Pliego: Pesos once mil doscientos ($11.200,00).Lugar de presentación de ofertas: Mesa de Entradas del Palacio Municipal, hasta el día y hora de Apertura.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ Licitación Pública Nº 8/19 POR 2 DÍAS - La Municipalidad de Benito Juárez mediante Decreto Nº 314/19, llama a Licitación Pública 8/19, a fin deContratar la Elaboración, Provisión y Colocación de carpeta de rodamiento de concreto asfáltico en caliente, en distintossectores de las localidades de Villa Cacique Barker y Benito Juárez, pertenecientes a Provincia de Buenos Aires. Presupuesto Oficial: $ 47.000.000,00 (cuarenta y siete millones).Valor del Pliego: $ 4.700,00 (cuatro mil setecientos).Plazo de Entrega: 150 (ciento cincuenta) días.Venta de Pliegos: Hasta 30 minutos antes de la hora propuesta para la apertura en la Tesorería Municipal, o mediantedeposito en Cuenta Nº 50123/7 suc. 6361 Bco. Provincia de Bs. As.Fecha de Apertura de Propuestas: 9 de abril de 2019, 11 hs. en la Dirección de Compras de la Municipalidad.Consultas: Se evacuarán en la Oficina de la Secretaria de Infraestructura Vivienda y Servicios Públicos, en días hábiles de8 a 14 hs., o telefónicamente al 02292-451924.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO Licitación Pública Nº 11/19 POR 2 DÍAS - Llámase a Licitación Pública N° 11/19 para la “Renovación, Obra y Mantenimiento del Alumbrado Público enruta 8 y calles aledañas” Presupuesto Oficial: $ 8.645.253,00 (pesos ocho millones seiscientos cuarenta y cinco mildoscientos cincuenta y tres).Valor del Pliego: $ 4.400,00 (pesos cuatro mil cuatrocientos). Fecha de apertura: 1° de abril de 2019, a las 12 horas.Venta de Pliego: Dirección de Contrataciones, entrepiso del Edificio Municipal, Alberdi 4840, Caseros, en el horario de 8 a13 horas y hasta dos días hábiles anteriores a la fecha de apertura.Expediente: 4117.50374.2019.0Decreto Nº: 174/19.Tel: 4750-0960 www.tresdefebrero.gov.ar.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTÍNSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Licitación Pública Nº 13/19 POR 2 DÍAS - Expediente: Nº 1261-S-2019. Objeto: “puesta en valor túnel Juarez”.Fecha y hora de Apertura: 08 de abril de 2019 – 10.00 hs.Valor del Pliego: $ 3.331,93 (Pesos Tres Mil Trescientos Treinta y Uno con 93/100).-Presupuesto Oficial: $ 3.331.936,20 (Pesos Tres Millones Trescientos Treinta Y Un Mil Novecientos Treinta Y Seis Con20/100).Plazo de Ejecución: 240 (doscientos cuarenta) días corridos.Consulta y Vista de Pliegos: Dirección de Compras – 2º piso – Edificio Municipal – Belgrano 3747, General San Martín,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 21
Pcia. de Buenos Aires.Venta de Pliegos: A partir de su publicación y hasta 5 (Cinco) días hábiles en horario de 9:00 horas a 15:00 horas.-Lugar de Apertura: Sala de Licitaciones – Secretaría de Economía y Hacienda.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE LANÚS Licitación Pública Nº 21/19 POR 2 DÍAS - Llamado a Licitación Pública. Decreto Nº 671/2019. Apertura: 04/04/2019, a las 12:00 hs.Solicitud de Pedido N° 3-601-12/2019.Referente a la Adquisición de: “Determinaciones”, solicitado por las Secretaría de Salud, según característicasdeterminadas en la Solicitud de Pedido, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.871.694,00 (Pesos TresMillones Ochocientos Setenta Y Un Mil Seiscientos Noventa Y Cuatro).Pliegos e Informes: Por la Dirección General de Compras, invítase a las casas especializadas a concurrir a la Licitacióndispuesta, dejándose constancia de haber cumplido con ese requisito.Las propuestas deberán ser presentadas en la Dirección General de Compras – Av. Hipólito Yrigoyen Nº 3863 - 3º Piso - deLanús Oeste, bajo sobre cerrado, que serán abiertos en el día y hora indicados.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE LA PLATASECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Licitación Pública Nº 32/19 POR 2 DÍAS - Expediente Nº: 4061- 1105756/2019. Llámese a Licitación Pública para la Adquisición de MaterialesDeportivos como pelotas de fútbol, vóley, cestoball, sogas, infladores, rollers, tanteador de mesa, bolso porta materiales,aros y bastones, conos, redes, pisos encastrables, gazebos, carpas, bolsas de dormir, etc, según especificaciones en elPliego de Bases y Condiciones.Lugar De Apertura: Dirección General de Compras y Suministros.Palacio Municipal: Calle 12 e/ 51 y 53 Planta Baja.Fecha de Apertura: 05 de abril de 2019.Hora: 10.00.Presentacion de Sobres de Oferta: Hasta treinta (30) minutos antes de la hora fijada para el acto de apertura (09:30 hs).Pasado dicho plazo, no se recibirá propuesta alguna.La Garantía de Oferta será del 5% del monto ofertado.Valor del Pliego: Pesos Diez Mil ($ 10.000.00).Retiro y Consulta del Pliego: Consulta: Podrá ser consultado en forma gratuita en la página web www.laplata.gov.ar,solicitarlo a la dirección de mail [email protected] o bien retirarse en la Dirección General de Compras ySuministros, calle 12 e/ 51 y 53.Retiro: El mismo, deberá retirarse por la Dirección General de Compras y Suministros en horario de 8 a 13:30 hs hasta 5(cinco) días hábiles anteriores a la fecha de apertura - 26 de marzo de 2019 inclusive.Importante: Las cotizaciones deberán hacerse en formulario oficial de la Municipalidad de la ciudad de La Plata “Pedido deCotización expedido mediante sistema RAFAM” que forma parte del pliego, sin el cual no serán válidas las ofertas apresentarse.Horario: De 08:00 a 13:30 hs.
mar. 12 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Licitación Pública Nº 48/19 POR 2 DÍAS - Llámese a Licitación Pública N° 48/19. Objeto: Obra: “Conservatorio Julián Aguirre: Construcción de aulas”.Presupuesto Oficial: $ 16.265.432,70.- (Pesos Dieciséis Millones Doscientos Sesenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta yDos con 70/100)Adquisición de Pliegos: A partir del 19 de marzo de 2019 y hasta el 21 de marzo de 2019 en la Dirección Municipal deCompras - Manuel Castro 220 – 3er. PisoValor del Pliego: $ 17.000,00 (pesos diecisiete mil con 00/100).Consultas: A partir 19 de marzo de 2019 y hasta el 26 de marzo de 2019 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos –Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Recepción de Ofertas: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) hasta el 03 de abril de 2019 a las 11.00hs.Acto de Apertura: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) el día 3 de abril de 2019 a las 11.30 hs.
mar. 12 v. mar. 13
MINISTERIO DE SALUD
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 22
Compra Superior N° 2/19 POR 1 DÍA - Organismo: Ministerio de Salud.Compra Superior Nº 2/2019.Expediente Nº EX-2019-03975342-GDEBA-BDMSALGP.Repartición: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares.Objeto: Adquisición de medicamentos, con destino al Banco de Drogas perteneciente al Ministerio de Salud de la Provinciade Buenos Aires.Presupuesto Estimado: Pesos cuatrocientos cuarenta y un millones quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta ycuatro con sesenta y seis centavos ($ 441.554.564,66).Valor de las Bases: Sin costo.Lugar de Consulta de las Bases: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - PlantaBaja - Edificio Nuevo - La Plata.Sitio web: http://sistemas.gba.gov.ar/consulta/contrataciones.Lugar y fecha de adquisición de Bases de Contratación: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle51 N° 1120 - Planta Baja - Edificio Nuevo - La Plata hasta el día 19 de marzo de 2019 hasta las 13:00 hs o descargarse delos sitios: http://sistemas.gba.gov.ar/consulta/contrataciones/ o http://www.ms.gba.gov.ar/.Lugar de Presentación de Ofertas: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - PlantaBaja - Edificio Nuevo - La Plata hasta el día 20 de marzo de 2019 a las 10:00 hs.Lugar de Apertura de ofertas: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - Planta Baja -Edificio Nuevo.Fecha de Apertura de Ofertas: 20 de marzo de 2019 a las 10:00 hs.
HONORABLE CÁMARA DE SENADORESDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Licitación Privada Nº 1/19 POR 1 DÍA - Expediente Nº 1205 – 55/19. Objeto: Contratación de los servicios del Sistema Integral de Telecomunicacionespara el H. Senado, consistentes en la provisión, instalación y puesta en marcha de un Servicio de Internet por Fibra Ópticay de los Servicios de Enlace de Datos, para las dependencias del Palacio Legislativo, los Anexos de calle 49 y calle 48, y laResidencia del Señor Vicegobernador, por un período de doce (12) meses (autorizada por Decreto N° 80/19 emanado de laPresidencia del H. Senado).Consulta del Pliego: En el sitio web del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires (http://www.senado-ba.gov.ar),o en la Dirección de Contrataciones, sita en calle 48 Nº 692 entre 8 y 9, Segundo Piso, de la Ciudad de La Plata (teléfono:(0221) 429-1314), los días hábiles de 09:00 a 18:00 horas.Retiro del Pliego: Hasta con veinticuatro (24) horas de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las Ofertas, enla Dirección de Contrataciones del H. Senado, calle 48 Nº 692 – 2° Piso de la Ciudad de La Plata, los días hábiles de 09:00a 18:00 horas.No se aceptarán propuestas cuyo Pliego de Bases y Condiciones presentado haya sido obtenido de la página web del H.Senado y por ende no esté debidamente rubricado por la autoridad competente del H. Senado.Visita a Instalaciones Obligatoria: A los efectos de presentar oferta los interesados deberán efectuar previamente y en formaobligatoria una visita a los lugares donde se realizarán los trabajos necesarios para la prestación del servicio. La visita serealizará el día 19 de marzo de 2019 a las 11:00 horas. En tal sentido, los interesados deberán presentarse en elDepartamento de Infraestructura Tecnológica dependiente de la Dirección de Informática y Comunicaciones, sito en elEdificio Anexo de la Dirección General de Administración del H. Senado de la Provincia de Buenos Aires, calle 48 N° 692,entre 8 y 9 – Sexto Piso de la Ciudad de La Plata – Teléfono de contacto: (0221) 429-1329, Correo Electrónico:[email protected]. De resultar el día fijado feriado o asueto administrativo, la visita se realizará elprimer día hábil siguiente a la misma hora.Presentación de Ofertas: Hasta el día 26 de marzo de 2019, a las 15:00 horas, en la Dirección de Contrataciones de laH.C.S, calle 48 Nº 692 entre 8 y 9, Segundo Piso, Ciudad de La Plata. Pasada la hora fijada no se aceptarán propuestas.Apertura de Ofertas: Día 26 de marzo de 2019, a las 15:00 horas, en la Dirección de Contrataciones de la H.C.S, calle 48Nº 692 entre 8 y 9, Segundo Piso, Ciudad de La Plata.
MINISTERIO DE SALUDH.A.C. EN RED EL CRUCE (S.A.M.I.C) Licitación Pública Nº 24/19 POR 1 DÍA - Corresponde al expte. Nº 2915-9516/2019. Llámese a Licitación Pública Nº 24/19, Contratación del Serviciode Seguridad y Vigilancia. Apertura de Propuestas: Día 27 de marzo de 2019 a las 09:00 hs., en la Oficina de Compras delHospital El Cruce, sito en Avenida Calchaquí 5401 de Florencio Varela, donde deberán retirar el Pliego de Bases yCondiciones en el horario de 9:00 a 16:00 de lunes a viernes hasta el día anterior al acto de apertura inclusive. El valor delmismo es de $ 50.000,00.
MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 23
Licitación Pública Nº 33/19 POR 2 DÍAS - Expte. Nº 1564/19 Decreto Nº 622/19Llámese a Licitación Pública Nº 33/19 por el cual se Solicita la Compra de Artefactos de Tecnología LED que serándestinados en la renovación del parque de alumbrado público del partido del Pilar, a pedido de la Secretaría de ServiciosPúblicos del partido Del Pilar.Apertura: 11/04/2019Hora: 13:00 horasPresupuesto Oficial: $ 5.700.000,00 (pesos cinco millones setecientos mil con 00/100).Valor del Pliego: $ 5.700,00 (pesos cinco mil setecientos con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 - Pilar.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Licitación Pública Nº 34/19 POR 2 DÍAS - Expte. Nº 1458/19 Decreto Nº 623/19Llámese a Licitación Pública Nº 34/19 por el cual se Solicita la Puesta en Valor del Centro Local de Pilar Centro calleRivadavia, del Partido de Pilar, de conformidad a las especificaciones que se detallan en el pliego, bases y condicionesparticulares y a pedido de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad del Pilar.Apertura: 11/04/2019Hora: 10:00 horasPresupuesto Oficial: $ 39.490.631,84 (pesos treinta y nueve millones cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y unocon 84/100).Valor Del Pliego: $ 39.500,00 (pesos treinta y nueve mil quinientos con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 - Pilar.Consultas: Secretaria de Obras Públicas, sita en la calle 11 de septiembre 715, 2º piso, Pilar, de Lunes a Viernes de 8:00 a15:00 horas.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Licitación Pública Nº 35/19 POR 2 DÍAS- Expte. Nº 1211/19 Decreto Nº 624/19Llámese a Licitación Pública Nº 35/2019 iniciado por la Subsecretaría de Educación por el cual se solicita la “Contratacióndel Servicio Alimentario Escolar – SAE” con la finalidad de garantizar una prestación alimentaria adecuada a todos losniños y jóvenes escolarizados con necesidades nutricionales y/o de situación de riesgo social del distrito en el periodocomprendido entre el 02 de mayo de 2019 y el 29 de febrero de 2020.Apertura: 09/04/2019Hora: 13:00 horasPresupuesto Oficial: $ 126.200.025,80.- (pesos ciento veintiséis millones doscientos mil veinticinco con 80/100).-Valor del Pliego: $ 40.000,00 (pesos cuarenta mil con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 - Pilar.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Licitación Pública Nº 36/19 POR 2 DÍAS - Expte. Nº 906/19 Decreto Nº 625/19Llámese a Licitación Pública Nº 36/19 por el cual se Solicita la Puesta en Valor del Centro Local de Villa Rosa, del Partidode Pilar, de conformidad a las especificaciones que se detallan en el pliego, bases y condiciones particulares y a pedido dela Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad del Pilar.Apertura: 11/04/2019Hora: 12:00 horasPresupuesto Oficial: $ 6.868.302,58 (pesos seis millones ochocientos sesenta y ocho mil trescientos dos con 58/100).Valor del Pliego: $ 6.900,00 (pesos seis mil novecientos con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 - Pilar.Consultas: Secretaría de Obras Públicas, sita en la calle 11 de septiembre 715, 2º piso, Pilar, de Lunes a Viernes de 8:00 a15:00 horas.
mas. 13 v. mar. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 24
MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Licitación Pública Nº 37/19 POR 2 DÍAS - Expte. Nº 1957/19 Decreto Nº 626/19Llámese a Licitación Pública Nº 1957/19 por el cual se Solicita la Contratación de Trabajos de Estabilización de Suelos encalles del Partido del Pilar, según especificaciones del pliego de bases y condiciones del llamado y a pedido de laSecretaría de Servicios Públicos del partido Del Pilar.Apertura: 11/04/2019Hora: 11:00 horasPresupuesto Oficial: $ 135.000.000,00 (pesos ciento treinta y cinco millones con 00/100).Valor del Pliego: $ 135,000 (pesos ciento treinta y cinco mil con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 - Pilar.
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MUNICIPALIDAD DEL PILARSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Licitación Pública Nº 38/19 POR 2 DÍAS - EXpte. Nº 905/19 Decreto Nº 627/19Llámese a Licitación Pública Nº 38/19 por el cual se Solicita la Puesta en Valor del Centro Local de Presidente Derqui, delPartido de Pilar, de conformidad a las especificaciones que se detallan en el pliego, bases y condiciones particulares y apedido de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad del Pilar.Apertura: 11/04/2019Hora: 14:00 horasPresupuesto Oficial: $ 13.238.056,11 (pesos trece millones doscientos treinta y ocho mil cincuenta y seis con 11/100).Valor del Pliego: $ 13.200,00 (pesos trece mil doscientos con 00/100)Lugar de Apertura y Compra: Municipalidad del Pilar - Dirección de Compras - Rivadavia 660 – Pilar.Consultas: SecretarÍa de Obras Públicas, sita en la calle 11 de septiembre 715, 2º piso, Pilar, de Lunes a Viernes de 8:00 a15:00 horas
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Licitación Pública Nº 52/19 POR 2 DÍAS - Objeto: Obra: “Bacheo en Pavimentos de Hormigón en el partido de Lomas de Zamora”.Presupuesto Oficial: $ 120.000.000,00.- (Pesos Ciento Veinte Millones con 00/100).Adquisición de Pliegos: A partir del 25 de marzo de 2019 y hasta el 27 de marzo de 2019 en la Dirección Municipal deCompras - Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Valor del Pliego: $ 91.000,00 (Pesos Noventa y Un Mil).Consultas: A partir 25 de marzo de 2019 y hasta el 29 de marzo de 2019 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos –Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Recepción de ofertas: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) hasta el 04 de Abril de 2019 a las 11.00hs.Acto de apertura: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) el día 04 de Abril de 2019 a las 11.30 hs.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Licitación Pública Nº 53/19 POR 2 DÍAS - Objeto: Obra: “Seguridad Vial en Camino Pte. Perón”.Presupuesto Oficial: $ 25.000.000,00.- (Pesos Veinticinco Millones con 00/100).Adquisición de Pliegos: A partir del 25 de marzo de 2019 y hasta el 27 de marzo de 2019 en la Dirección Municipal deCompras - Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Valor del Pliego: $ 28.000,00 (Pesos Veintiocho Mil).Consultas: A partir 25 de marzo de 2019 y hasta el 29 de marzo de 2019 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos –Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Recepción de ofertas: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) hasta el 04 de abril de 2019 a las 09.00hs.Acto de apertura: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) el día 04 de abril de 2019 a las 09.30 hs.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Licitación Pública Nº 54/19
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SECCIÓN OFICIAL > página 25
POR 2 DÍAS - Objeto Obra: “Pavimentación calle Raul Llobera entre Juan Manuel De Rosas y Camino de la Ribera”.Presupuesto Oficial: $ 72.000.000,00.- (Pesos Setenta y Dos Millones con 00/100).Adquisición de Pliegos: A partir del 26 de marzo de 2019 y hasta el 28 de marzo de 2019 en la Dirección Municipal deCompras - Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Valor del Pliego: $ 60.000,00 (Pesos Sesenta Mil).Consultas: A partir 26 de marzo de 2019 y hasta el 29 de marzo de 2019 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos –Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Recepción de ofertas: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) hasta el 05 de Abril de 2019 a las 09.00 hs.Acto de apertura: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) el día 05 de Abril de 2019 a las 09.30 hs.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA Licitación Pública Nº 55/19 POR 2 DÍAS - Objeto: Obra: “Pavimentacion de calzadas en hormigón en el partido de Lomas de Zamora”.Presupuesto Oficial: $ 78.000.000,00.- (Pesos Setenta y Ocho Millones con 00/100).Adquisición de pliegos: A partir del 26 de marzo de 2019 y hasta el 28 de marzo de 2019 en la Dirección Municipal deCompras - Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Valor del pliego: $ 65.000,00 (Pesos Sesenta y Cinco Mil).Consultas: A partir 26 de marzo de 2019 y hasta el 29 de marzo de 2019 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos –Manuel Castro 220 – 3er. Piso.Recepción de ofertas: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) hasta el 05 de Abril de 2019 a las 11.00hs.Acto de apertura: En la Dirección Municipal de Compras (Manuel Castro 220) el día 05 de abril de 2019 a las 11.30 hs.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LUJÁN Licitación Pública Nº 4/19 POR 2 DÍAS – Expediente Nº 4069-000973/2019.Llámese a Licitación Pública Nº 4/19, para la Contratación de Mano de Obra y Materiales para la Consolidado en calles detierra en barrios Lanusse, San Fermín, San Jorge, Santa Marta y San Pedro.Presupuesto Oficial: Se fija en la suma total de pesos doce millones trescientos sesenta y ocho mil con 00/100 ($12.368.000,00) I.V.A. incluido.La Apertura de las propuestas se realizará el día 1° de abril de 2019, a las 14:00 horas en la Municipalidad de Luján, sita enla calle San Martín Nº 550, de la Ciudad de Luján.Consultas: Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, PB Palacio Municipal, San Martín N° 550, de laCiudad de Luján, en el horario de 8:15 a 15:00 horas.Pliego de Consulta en formato digital: Solicitarlo a [email protected]ón de Pliegos: Los pliegos podrán adquirirse hasta el día 27 de marzo de 2019, en la Tesorería de la Municipalidadde Luján, en el horario de 7:15 a 13:15 horas, por la suma total de pesos diez mil ($ 10.000,00).
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE MAR CHIQUITA Licitación Pública Nº 5/19 POR 2 DÍAS - “Contratación de servicio de control, ordenamiento de tránsito y seguridad vial”.Apertura: La apertura de ofertas se realizará el día 9 de abril de 2019 a las 12:00 horas, en el Palacio Municipal ubicado enBeltrami Nº 50 de Coronel Vidal.Pliego: El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado y descargado en la página web del Municipio,www.marchiquita.gob.ar/licitaciones, o en el Palacio Municipal de Coronel Vidal, Secretaria de Gobierno, todos los díashábiles de 07:30 hs a 13:30 hs.
mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE CAMPANA Licitación Pública Nº 15/18 POR 2 DÍAS - Objeto del Llamado: “Construcción del Anexo U.H.S.J” – Centro de Salud Mental.Fecha de Apertura de las Ofertas: 15 de marzo de 2019, a las 13.00 hs., en la Dirección de Compras, ubicada en Avda. Int.Jorge Ruben Varela Nº 750, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires.Valor del Pliego: Pesos Treinta Mil ($ 30.000.-), pagadero en la Tesorería Municipal, sito en Avda, Int. Jorge Rubén VarelaNº 750, de la Ciudad de Campana, de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 hs.Presupuesto Oficial: pesos cinco millones cien mil ($ 5.100.000.-).Periodo de Consulta y Venta: Hasta el día 12 de marzo de 2019.-
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Expediente: 4016-6631-0-2018.mar. 13 v. mar. 14
MUNICIPALIDAD DE LANÚS Licitación Pública Nº 22/19 POR 2 DÍAS - Aviso Oficial – Decreto Nº 700/19. Llamado a Licitación Pública Nº 22/19.Apertura: 05/04/2019, a las 12:00 hs.Solicitud de Pedido N° 3-601-24/2019Referente a la adquisición de: “Descartables”, solicitado por las Secretaría de Salud, según características determinadas enla Solicitud de Pedido, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.947.722,90 (pesos tres millones novecientoscuarenta y siete mil setecientos veintidós con 90/100 ctvs).Pliegos e informes: Por la Dirección General de Compras, invitase a las casas especializadas a concurrir a la Licitacióndispuesta, dejándose constancia de haber cumplido con ese requisito.Las propuestas deberán ser presentadas en la Dirección General de Compras – Av. Hipólito Yrigoyen Nº 3863 - 3º Piso - deLanús Oeste, bajo sobre cerrado, que serán abiertos en el día y hora indicados.
mar. 13 v. mar. 14
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Licitación Privada Nº 11.922 POR 1 DÍA - Expediente n° 66.613.Tipología: Etapa Única.Modalidad: Orden de Compra Cerrada.Objeto: Adquisición de Digitalizador Microfilm.Fecha de la Apertura: 21/03/2019 a las 11:30 horas.Valor del Pliego: Sin cargo.Fecha tope para efectuar consultas: 15/03/2019.Fecha tope para adquisición del pliego a través del sitio web: 20/03/2019 (https://www.bancoprovincia.com.ar/web -Compras y Licitaciones).Nota: La documentación correspondiente deberá ser descargada a través del sitio web del Banco(https://www.bancoprovincia.com.ar/web - Compras y Licitaciones) y podrá ser consultada telefónicamente al 4126-2872 o,en forma presencial, en la Oficina de Licitaciones de Bienes, en el horario de 10:00 a 15:00 horas.Se deberá remitir constancia que acredite la descarga de la documentación a través de la página web indefectiblemente,informando fecha de la descarga, razón social y N° de CUIT de su empresa, al siguiente correo electró[email protected] apertura se realizará en la Sala de Aperturas de Gerencia de Administración, sita en Guanahani 580 - Nivel 3 - NúcleoA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
VariosPODER JUDICIALTribunal de Trabajo N° 2 Departamento Judicial de Bahía Blanca Destrucción de Expedientes POR 3 DÍAS - El Tribunal de Trabajo Nro. Dos de Bahía Blanca, hace saber por tres días, que con fecha 30 de abril de2019, se procederá a la destrucción y posterior donación del material resultante, de los expedientes laborales terminados yparalizados con una antigüedad superior a los diez años a la fecha, cuya lista puede ser consultada por los interesados enla Mesa de Entradas del mismo Tribunal y a efectos allí previstos (arts 119 y 120 de la Acordada 3397), asistiéndoles a losmismos el derecho a oponerse dentro del plazo de veinte días”. Bahía Blanca, 6 de marzo de 2019. SebastianSuch, Secretario.
mar. 11 v. mar. 13
ORGANIZACIÓN MÉDICA ATLÁNTICA S.A. POR 3 DÍAS - Se invita a los accionistas, de acuerdo con el Art. 194 LGS a hacer uso del derecho de suscripciónpreferente en función al aumento de capital y emisión de nuevas acciones decidido en el Acta de Asamblea GeneralOrdinaria de fecha 28/02/2019 debidamente convocada. Jorge Luis Orozco, C.P.N.
mar. 11 v. mar. 13
CONTADURÍA GENERAL
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SECCIÓN OFICIAL > página 27
DIRECCIÓN DE SUMARIOS POR 5 DÍAS - Por el presente se notifica al Sr. CLAUDIO JAVIER ANTONIO (DNI N° 37.750.049), que en el expedienteNº 21100-683747/15, por el cual tramita sumario administrativo de responsabilidad por perjuicio al Fisco, ordenado por elseñor Contador General de la Provincia mediante Resolución- -2018-7-E-GDEBA-CGP, con motivo del faltante de un armareglamentaria, marca Bersa, modelo Thunder, número de serie 13-E62534 y un uniforme completo de Policía, que en laspresentes se ha dictado auto de imputación, el que a continuación se transcribe … Corresponde Expediente Nº 21100-683747/15 y agreg. La Plata, 23 de enero de 2019. Autos y Vistos. Y Considerando: I) Que tratan las presentes actuacionesdel faltante de una pistola marca Bersa, modelo Thunder, calibre 9 mm, Nº de serie 13-E62534, y de un uniforme completode Policía provistos por el Ministerio de Seguridad al Oficial Claudio Javier Antonio, legajo Nº 471.757. Que de losantecedentes obrantes en autos surge que, desde el día 18 de octubre de 2015, el agente prenombrado se ausentó de suservicio por más de setenta y dos (72) hs. sin causa justificada, siendo que el mismo fue debidamente notificado, a losefectos de su presentación a servicio o a justificar sus inasistencias. El agente prenombrado no hizo entrega del armaanteriormente descripta ni de su uniforme, manifestando que los había extraviado (ver declaración testimonial obrante a fs.178). Que a fs. 188/190 obra copia certificada de la Resolución Nº 03905/16, mediante la cual el señor Auditor General deAsuntos Internos resolvió imponerle al agente de marras la sanción de cesantía, por hallarlo responsable de las faltasprevistas en el Artículo 198 incisos “a” y “o” del Decreto 1050/09 (Art. 1º), ordenando dar de baja el arma reglamentariaanteriormente descripta de los registros patrimoniales de la Institución (Art. 3). Que a fs. 231 se consignó el valor dereposición del uniforme de Policía extraviado, ascendiendo el mismo a la suma de pesos seiscientos cincuenta ($ 650,00)una bombacha; pesos quinientos cincuenta ($ 550,00) una camisa; pesos cuatrocientos noventa y nueve ($ 499,00) uncorreaje completo; pesos mil doscientos cincuenta ($ 1.250,00) un par de borceguíes tácticos; pesos trescientos veinte ($320,00) una boina; y de pesos ciento sesenta ($ 160,00) un par de paletas de jerarquías. Que a fs. 234 se consignó el valorde reposición del armamento faltante a la fecha del hecho, el cual asciende, con un cargador, a la suma de pesos cuatromil sesenta ($ 4.060,00), de un cargador adicional de pesos doscientos cuarenta ($ 240,00), y de las municiones calibre 9mm, por unidad, de pesos seis ($ 6,00). Que analizadas las actuaciones la Dirección de Sumarios estima que el presentecaso amerita la apertura del sumario patrimonial que permita establecer o no la atribución de responsabilidad por elperjuicio fiscal del cual se da cuenta en estas actuaciones. En ese marco, el señor Contador General de la Provincia dictóla Resolución arriba referida, ordenando el pertinente sumario de responsabilidad por perjuicio fiscal en el marco de loprevisto en los arts. 119 y 104 inc. p) de la Ley 13.767, reglamentada por Decreto Nº 3260/08, delegando en la firmante laInstrucción del sumario. II) Abierta la etapa de prueba de cargo la instrucción hace propia la que fuera acumulada en laInvestigación Sumarial Administrativa ordenada por el mismo hecho, disponiendo la citación para indagatoria al agenteClaudio Javier Antonio. Que como primera medida de prueba se libró oficio a fin de citar al agente a prestar declaraciónindagatoria; que sin perjuicio de estar debidamente notificado, no compareció a ninguna de las audiencias. En ese estado,la firmante entendió pertinente cerrar la etapa. III) Que es menester señalar que la portación, tenencia y asignación dearma reglamentaria importa para los agentes policiales, un derecho especialmente determinado (art. 10, inc. C) de la Ley13.982) y al mismo tiempo un deber específicamente previsto en la norma (art. 11, incs. b) y k) mismo cuerpo normativo),dotados ambos de características particulares, en virtud del rol que la función policial significa. El decreto 1050/08determina que la pérdida del armamento por negligencia es una falta grave (art. 198, incisos. e, f y h). Así es que laasignación de los elementos por la Institución Policial, determina obligaciones que exceden el marco de la simple tenenciay custodia de elementos del Estado –art. 114, Ley 13.767- , ya que el bien no solo resulta el instrumental propio de la tareaen desarrollo, sino que sus características definen el ejercicio del servicio de seguridad que la actividad policial importa. Enese contexto, es indudable que para los agentes a quienes se les han asignado armas u otro elemento policial rige laresponsabilidad objetiva, aquella que determina las consecuencias por los resultados sin tener en cuenta -“prima facie”- lasubjetividad de la conducta. Y ya dentro del análisis del presente, cabe destacar que las causas eximentes argüidas noresultan suficientes para que el responsable del arma no deba responder. Las circunstancias del caso, enunciadas en lasactuaciones disciplinarias originales y que derivasen en la sanción arriba descripta, no desvirtúan el principio original, por loque las consecuencias dañosas deben imputarse a aquel a quien se le ha encargado el uso y tenencia de la cosa, cuyadesaparición ha originado un daño al Estado. Que habida cuenta de lo expuesto, es aquella asignación y la imposibilidadde determinación de situaciones eximentes, lo que constituye el presupuesto fáctico configurativo y generador del perjuiciofiscal que motiva estas actuaciones, resultando de ello la responsabilidad personal y directa del agente Claudio JavierAntonio a tenor de lo prescripto por los artículos 112, 113 y 114 de la Ley de Administración Financiera nro. 13767. Que elmonto del perjuicio fiscal a la fecha de los hechos, se eleva a la suma de pesos siete mil quinientos noventa y uno ($ 7591),resultante de la operatoria matemática sostenida en lo que fuera informado por la institución oportunamente. Por loexpuesto, y en virtud a las prescripciones de los arts. 112 y 114 de la Ley de Administración Financiera nro. 13767, y deacuerdo al art. 19 del Apéndice del Decreto Reglamentario N° 3260/08, corresponde imputar responsabilidad directa ypersonal al señor Claudio Javier Antonio (DNI 37.750.049) por el perjuicio fiscal señalado, al 18 de octubre de 2015. PorEllo La Instrucción Resuelve: Artículo 1°: Determinar el perjuicio fiscal generado con motivo de la pistola marca Bersa,modelo Thunder, calibre 9 mm, Nº de serie 13-E62534, y de un uniforme completo de Policía provistos por el Ministerio deSeguridad al Oficial Claudio Javier Antonio, legajo Nº 471.757, (DNI 37.750.049), en la suma de pesos siete mil quinientosnoventa y uno ($ 7591), al 18 de octubre de 2015. Artículo 2°: Imputar responsabilidad pecuniaria en forma personal ydirecta, por el perjuicio definido en el artículo anterior y en los términos de los artículos 112, 113 y 114 de la Ley 13.767, alseñor Claudio Javier Antonio (DNI 37.750.049) por las razones enunciadas en los considerandos del presente. Artículo 3º:Notificar el presente al imputado, confiriéndole vista de las actuaciones de conformidad a lo prescripto por el art. 20.1 delApéndice del Decreto 3260/08, reglamentario de la Ley 13.767, para que en el plazo de cinco días (5) hábilesadministrativos, contados a partir de la fecha de notificación del presente, ejercite el derecho de presentarse a formulardescargo y a ofrecer la prueba que estime corresponder, por sí o por medio de apoderado, haciéndole saber que losactuados se encuentran en el Departamento Instrucción de la Dirección de Sumarios de la Contaduría General de laProvincia, calle 46 entre 7 y 8 - 1° Piso, Oficina 144, de La Plata. Artículo 4º: De forma. María A. Rafaghelli, InstructoraSumariante.
mar. 11 v. mar. 15
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SECCIÓN OFICIAL > página 28
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MINISTERIO DE SEGURIDADDIRECCIÓN PROVINCIAL PARA LA GESTIÓNDE LA SEGURIDAD PRIVADA UNIDAD POLICIAL DE INSTRUCCIÓNDE SUMARIOS CONTRAVENCIONALES POR 5 DÍAS – La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de SumariosContravencionales, cita y emplaza por el término de (5) días, en causa contravencional Nro 7777, Registro Institucional Nro21.100-176.490/18, al Sr. GREGORIO ROMANO MAMANI, titular del D.N.I. Nro 18.906.262, a formular descargo y ofrecerprueba que haga a su defensa, bajo apercibimiento de tenerlo por decaído.
mar. 11 v. mar. 15
MINISTERIO DE SEGURIDADDIRECCIÓN PROVINCIAL PARA LA GESTIÓNDE LA SEGURIDAD PRIVADA UNIDAD POLICIAL DE INSTRUCCIÓNDE SUMARIOS CONTRAVENCIONALES POR 5 DÍAS – La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de SumariosContravencionales, cita y emplaza por el término de (5) días, en causa contravencional Nro 6978, Registro Institucional Nro21.100-035.671/16, al Socio Gerente, Jefe de Seguridad y/o Representante Legal de la firma SHAQ AGENCIA DESEGURIDAD E INVESTIGACIONES PRIVADAS S.R.L. a formular descargo y ofrecer prueba que haga a su defensa, bajoapercibimiento de tenerlo por decaído.
mar. 11 v. mar. 15
MINISTERIO DE SEGURIDADDIRECCIÓN PROVINCIAL PARA LA GESTIÓNDE LA SEGURIDAD PRIVADA UNIDAD POLICIAL DE INSTRUCCIÓNDE SUMARIOS CONTRAVENCIONALES POR 5 DÍAS – La Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, Unidad Policial de Instrucción de SumariosContravencionales, cita y emplaza por el término de (5) días, en causa contravencional Nro 6889, Registro Institucional Nro21.100-012.407/16, al Sr. Socio Gerente, Apoderado y/o Representante Legal de SEGURIDAD DEL OESTE S.R.L., aformular descargo y ofrecer prueba que haga a su defensa, bajo apercibimiento de tenerlo por decaído.
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HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a los señores ISMAEL VEGA, HERNÁN OSCAR USABARRENA, NATALIA SOLEDAD SARCHIONE,GABRIELA NOEMÍ SANTORO, ESTELA ROSA DEL CARMEN SANCHEZ, MARCELO CÉSAR HORACIO SACHINO,SONIA RITA RASMUSSEN HAUN, LUCIANA GISELA QUAIN, BELLA VALENTINA PEREYRA, CARLOS ENRIQUEPARGA, FACUNDO ENRIQUE MARROCO, BELLA KAROLA MACEDO FLORES, JORGE GASTÓN JARA y GUSTAVOCARLOS JALUF, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3,4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de laProvincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales:Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-061.0-2017,relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de La Plata por el Ejercicio 2017. La Plata, 01 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a la señora ANABELA CARLOTA BRAMAJO, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 ymodificatorias, que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de BuenosAires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguienteforma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez yAriel Héctor Pietronave. Expediente Nº 3-004.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Avellaneda porel Ejercicio 2017. La Plata, 01 de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
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SECCIÓN OFICIAL > página 29
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a los señores CEFERINO JUAN JORGE BARRIONUEVO y SERGIO OMAR VILLORDO, a los efectos delartículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el BoletínOficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires haquedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, JuanPablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-095.0-2017, relativo a la rendición decuentas de Municipalidad de Quilmes por el Ejercicio 2017. La Plata, 06 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27 “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término decinco (5) días al señor GABRIEL HEREÑU, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por losDecretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H.Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: EduardoBenjamín Grinberg; Vocales: Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez y Ariel Héctor Pietronave.Expediente Nº 3-068.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Lomas de Zamora por el Ejercicio2017. La Plata, 01 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a los señores MATÍAS JOSÉ ARMISEN, SILVANA NATALIA ARIAS, CLAUDIO GABRIEL BAIGORRIA,ADRIAN GABRIEL BARRIENTOS, ROCÍO MURIEL BRANDARIZ, CECILIA CASTELLANI, MARTÍN RODRIGO CASTRO,HORACIO ALFREDO CUTRI, MARÍA PAZ DE CICCO, MARCELO ADRIAN DIMOLA, MARÍA LUJAN ENRIQUE, DIEGOESTEBAN FERELLA, JULIETA LORENA GIANGRASSO, DIEGO GONZALEZ, FRANCO RODOLFO GUSTAVOGONZALEZ, LUCILA VANINA GONZALEZ, OSMAR ALFREDO GAUNA, HÉCTOR PABLO RUSSO, IVANNA VARGAS,LAURA ROMINA VERON, GABRIEL ALEJANDRO VILLOLDO, YAMIL ULISES YAKZAN, MARIANA BEATRIZ ZABALA yMÁXIMO ZITTI, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de laProvincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales:Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-061.0-2017,relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de La Plata por el Ejercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artículo 27º in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorJONATHAN EZEQUIEL FIGUEREDO que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providenciade autos para resolver en el expediente N° 21100-94523-2014-0-1, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 26 de febrero de2019. Autos para resolver (articulo treinta ley 10.869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez.Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Al mismotiempo, se le hace saber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. La Plata, 26de febrero de 2019.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a la señora NATALIA BETIANA ALVAREZ, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias,que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma:Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave yGustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-037.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de FlorencioVarela por el Ejercicio 2017. La Plata, 26 de febrero de 2019.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
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SECCIÓN OFICIAL > página 30
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días al señor HORACIO ALFREDO CURTI, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10.869 y modificatorias, quepor los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma:Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave yGustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-033.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Ensenada porel Ejercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorROBERTO CARLOS NIEVAS, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10.869 y modificatorias, que por los DecretosProvinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunalde Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. ExpedienteNº 4-061.3-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de La Plata – Mercado Regional de La Plata por elEjercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorRICARDO ESTEBAN ROSIERE, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por los DecretosProvinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunalde Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. ExpedienteNº 4-045.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de General Paz por el Ejercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber a la señoraMARTA BARBARINA VISMARA, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10.869 y modificatorias, que por los DecretosProvinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunalde Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. ExpedienteNº 4-061.7-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de La Plata – Ente Municipal de La Plata por elEjercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 11 v. mar. 15
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorNAHUEL VILLANUEVA, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por los Decretos Provincialesnro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentasde la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg;Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-011.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Berazategui por el Ejercicio 2017.Ricardo César Patat, Director General.
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MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: PÉREZ, PABLO ISMAEL – SIXTO DE PÉREZ,CARMEN MELANIA y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble de calle Cuba 1322, de la localidad de ElJagüel del Partido de Esteban Echeverría, cuyos datos catastrales: Circ. II, Secc. A, Mza. 155, Parcela 17, Pda. 105769,Matricula. 78025 que en el plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expedienteNº 4035: 777/2015, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Lasoposiciones deberán realizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en lacalle Sofía Terrero de Santamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
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SECCIÓN OFICIAL > página 31
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: RODAS, ANTONIO y/o quienes se consideren conderecho sobre el inmueble de la calle San Carlos 279, de la Localidad de Monte Grande del Partido de EstebanEcheverría, cuyos datos catastrales son: Circ. VI, Secc. J, Mza. 52, Parcela 31, Matricula 1521, Pda. 127035 para que en elplazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 2099/2015, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: CAPRIO RUBÉN - CAPRIO MARCELO GABRIEL –CAPRIO MARÍA DORA y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble de la calle Ricardo Rojas 19, de laLocalidad de Monte Grande del Partido de Esteban Echeverría, cuyos datos catastrales son: Circ. VI, Secc. J, Mza. 79,Parcela 28, Matricula 9766, Pda. 127803 para que en el plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominialpretendida en el expediente Nº 4035: 5041/2015, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en lasreferidas actuaciones. Las oposiciones deberán realizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría deTierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero de Santamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernesde 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: TORTOSA, JOSÉ y/o quienes se consideren conderecho sobre el inmueble de calle Tilcara 1158 de la localidad El Jagüel del Partido de Esteban Echeverría, cuyos datoscatastrales: Circ. II, Secc. G, Mza. 191, Parcela 16, Pda. 64673, Matricula. 62267 que en el plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 8356/2015, bajo apercibimiento de resolverconforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberán realizarse debidamente fundadasy por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero de Santamarina 432 de la localidad deMonte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: RONISKI, VERÓNICA y/o quienes se consideren conderecho sobre el inmueble de la calle Castex 2841, de la Localidad de 9 de Abril, del Partido de Esteban Echeverría, cuyosdatos catastrales son: Circ. VI, Secc. G, Mza. 166, Parcela 16, Matricula 118514, Pda. 124680 para que en el plazo de 30días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035:8358/2015, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: MEJIAS PEDRO TORIBIO y/o quienes se considerencon derecho sobre el inmueble de calle E. Santamarina 2991, de la localidad de El Jagüel del Partido de EstebanEcheverría, cuyos datos catastrales: Circ. II, Secc. G, Mza. 186, Parcela 9b, Pda. 65932, Matrícula. 71110 que en el plazode 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 8969/2015, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA
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SECCIÓN OFICIAL > página 32
POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: SÁNCHEZ, AURELIO BERNARDO y/o quienes seconsideren con derecho sobre el inmueble de la calle E. Santamarina 679, de la Localidad de Monte Grande del Partido deEsteban Echeverría, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. B, Quinta: 60, Mza. 60b, Parcela 22, Matrícula 113925, Pda.7718 para que en el plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº4035:10508/2016, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Lasoposiciones deberán realizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en lacalle Sofía Terrero de Santamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de Lunes a Viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: PINI, HERMENEGILDO y/o quienes se consideren conderecho sobre el inmueble de la calle Isla Martín Garcia 919, de la Localidad El Jagüel del Partido de Esteban Echeverría,cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. F, Mza. 27b, Parcela 19, Matricula 115523, Pda. 104997 para que en el plazo de30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035:9696/2015, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario.
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: FERNÁNDEZ COSTA, ÁNGEL y/o quienes seconsideren con derecho sobre el inmueble de calle T.A. Edison 1564, de la localidad de El Jagüel del Partido de EstebanEcheverría, cuyos datos catastrales: Circ. II, Secc. G, Mza. 29, Parcela 21, Pda. 43535, Matrícula. 86580 que en el plazo de30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 13037/2016, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario.
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRIA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: EL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIALCOMERCIAL Y FINANCIERA – POLIRUEDAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – MEDEL, RESTITUTO –BARREIRO DE MEDEL, FELISA y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble de calle Aristóteles 1916,Sócrates 1887, 1917 y 1937, de la localidad de 9 de abril del Partido de Esteban Echeverría, cuyos datos catastrales: Circ.VI, Secc. A, Qta. 9, Mz: 9, Parcelas 7, 18, 19 y 20 Pda. 105769, Matriculas. 85402, 131015, 111578, 111579 que en elplazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 32686/2018, bajoapercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
mar. 11 v. mar. 13
MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: LAURITO, LEONARDO CARLOS y/o quienes seconsideren con derecho sobre el inmueble de la calle Bvard. Fair 1456 de la localidad El Jagüel del Partido de EstebanEcheverría, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. F, Mza. 22, Parcela 11C, Pda. 52893, Matricula: 69988 para que enel plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº 4035: 45964/2014,bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Las oposiciones deberánrealizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en la calle Sofía Terrero deSantamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario
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MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRÍA POR 3 DÍAS - El Municipio de Esteban Echeverría cita y emplaza a: POYO DE ESPERANTE, CLOTILDE y/o quienes seconsideren con derecho sobre el inmueble de la calle Tte.J.M.Castex 592, de la Localidad de Monte Grande del Partido deEsteban Echeverría, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. C, Ch. 24, Mza. 24M, Parcela 1, Matricula 56348, Pda.
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SECCIÓN OFICIAL > página 33
45833 para que en el plazo de 30 días deduzcan oposiciones a la regularización dominial pretendida en el expediente Nº4035:50460/2014, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias obrantes en las referidas actuaciones. Lasoposiciones deberán realizarse debidamente fundadas y por escrito en la Subsecretaría de Tierras y Viviendas, sita en lacalle Sofía Terrero de Santamarina 432 de la localidad de Monte Grande, de lunes a viernes de 08 a 14 Hs.Gustavo Fernando Cañete, Subsecretario.
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CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA DISPOSICIÓN N° 12
Puerto La Plata, 22 de febrero de 2019 POR 5 DÍAS - VISTO El Expediente Ex–2019-00001525-PLP-CME#GAYF Publicidad de Espacios Libres CGPLP y; CONSIDERANDO:QUE el Reglamento de Concesiones y Permisos de Uso de los Espacios Portuarios del Consorcio de Gestión del Puerto LaPlata en su art. 10 establece la obligación de publicar anualmente los espacios disponibles y también los espacios cuyosperiodos de otorgamientos se encuentren próximos a vencer;QUE el art. 10 del reglamento dispone que la publicación anual de dichos predios se deberá efectuar en el Boletín Oficialde la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco (5) días y en la página web del Puerto La Plata;QUE se hace necesario intimar a los permisionarios cuyos permisos fueron otorgados por las autoridades Nacionales oProvinciales con renovación periódica para que den cumplimiento a los establecido en el art. 10 de la Reglamentaciónvigente;QUE de conformidad con lo estatuido en el art. 26 inc. “a” y “b” del Estatuto aprobado por el Decreto 1596/99, le confiere alPresidente del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata facultades suficientes para el dictado de la presente disposición.Por todo ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATADISPONE:
ARTÍCULO 1: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en la página web del Puerto La Plata por eltermino de cinco (5) días de acuerdo al art. 10 del Reglamento de Concesiones y Permisos de Uso de los EspaciosPortuarios del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata aprobado en Reunión de Directorio del día 11 de Diciembre de2012 bajo Resolución 19/12, el llamado para promover la presentación de propuestas tendientes a ocupar los prediosdisponibles en sectores operativos y comerciales del Puerto La Plata, aptos para actividades afines a la operativa portuariay los espacios cuyo periodo se encuentren próximos a vencer. Asimismo intimar a los permisionarios cuyos permisos fueronotorgados por las autoridades Nacionales o Provinciales con renovación periódica para que den cumplimiento a loestablecido en el art. 10 de la Reglamentación vigente.ARTÍCULO 2: Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese. José María Dodds, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15 CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA
POR 5 DÍAS – SE INVITA A LOS INTERESADOS A PRESENTAR PROPUESTAS TENDIENTES A OCUPAR, DEACUERDO A LA NORMATIVA VIGENTE, LOS SIGUIENTES ESPACIOS TERRESTRES Y ACUÁTICOS DISPONIBLESEN JURISDICCIÓN DEL PUERTO LA PLATA: Polígono 1 3.481,45 m² Zona Comercial Urbana Berisso; Polígono 2 16.200m² Zona Comercial Urbana Berisso; Polígono 3 11.375 m² Zona Comercial Urbana Berisso; Polígono 4 18.236 m² ZonaComercial Urbana Berisso; Polígono 5 6.420,03 m² Zona Comercial Industrial Berisso; Polígono 6 42.980 m² ZonaComercial Industrial Berisso; Polígono 7 10.000 m² Zona Comercial Portuaria Berisso; Polígono 8 740,00 m² ZonaComercial Urbana Berisso; Polígono 9 4.320,00m² Zona Comercial Urbana Ensenada; Polígono 10 4.932,00 m² ZonaComercial Urbana Ensenada; Polígono 11 37.252 m² Zona Comercial Portuaria Ensenada; Polígono 12 215.000 m² ZonaComercial Portuaria Ensenada; Polígono 13 170.056,95 m² Zona Comercial Portuaria Ensenada; Polígono 14 220.000 m²Zona Rural Berisso; Polígono 15 8.974.108 m² Espejo de Agua (Punto P1 Sur 34° 46´ 15,985409´´ Oeste 57° 51´43,666448´´); Polígono 16 3.081.977 m² Espejo de Agua (Punto P2 Sur 34° 46´ 35,553386´´ Oeste 57° 50´ 47,021843´´) yPolígono 17 tierras en Isla Paulino. ASIMISMO SE INFORMA, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 10 Y 11 DEL REGLAMENTO DE CONCESIONES YPERMISOS DE USO DEL CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA (RES. 19/12 CGPLP), LOS PREDIOSCUYO PERMISO O CONCESIÓN DE USO SE ENCUENTRA PRÓXIMO A VENCER EN EL PERÍODO 2019/2020: Aballay, María Rosa: calle 5 nº 4690 Berisso (sup. 302,50 m²); Anifled Construcciones S.R.L.: calle 122 y 53 Berisso (sup.1.685,60 m²); Aranguren, Oscar y Ricardo: lote 74 Isla Santiago Este, Berisso (sup. 27.000 m²); Babán, Luis Esteban: calle4 nº 4076 e/ 162 y 163 Berisso (sup. 153,47 m²); Club Deportivo Berisso: Avenida del Petróleo (Ruta 10) e/ 143 y 144Berisso (7.788,70 m²); Dirección Nacional de Migraciones: Playa de Estacionamiento del Consorcio de Gestión del PuertoLa Plata (sup. 19,25 m²); ECOM S.A.: Avenida Montevideo nº 356 Berisso (sup. 4.790,50 m²); Fernández, Yemina Rocío:calle Garay e/ Falucho y Alsina nº 871 Ensenada (sup. 455,00 m²); Gas Electric Americana S.R.L.: calle Baradero nº 776Berisso (sup. 1.066,00 m²); G.L.C. S.A.: calle Baradero nº 666 Berisso (sup. 8.432,29 m²); Rivas, Mauricio: Isla SantiagoOeste, Parcela 3583c parte (sup. 150 m²); Simile, Genara: calle 168 Norte nº 462 Berisso (sup. 184,50 m²); Soto, Jorge
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Antonio: Garay e/ Alsina y Cabral nº 913 Ensenada (sup. 295 m²); Viegas, Noemí: Lotes 79, 84 y 85 Isla Santiago Este,Berisso (sup. 156.170 m²); Villanueva, Gustavo Alberto: Lote L Bañados de Berisso (sup. 247 m²). POR OTRA PARTE, SE INTIMA A LOS SIGUIENTES PERMISIONARIOS, CUYOS PERMISOS DE USO FUERONOTORGADOS CON RENOVACIÓN TÁCITA POR ADMINISTRACIONES ANTERIORES, A QUE REGULARICEN SUPERMISO DE OCUPACIÓN DANDO CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVA VIGENTE: YPF S.A. Ampliación Playa deEstacionamiento: Lote 20 (sup. 50.080,80 m²); YPF S.A. Lote 19 Fuera de Muros (sup. 16.048,20 m²); YPF S.A. Playa deAcopio Carbón: Lote 22 (sup. 20.062,90 m²); YPF S.A. Instalaciones Industriales: Lotes 21 y 21 Bis Fuera de Muros (sup.65.271,52 m²); YPF S.A. Pasadera: Lote 16 c/ parte del Lote 21 “A”, “B” y “C” (sup. 50.929,49 m²); Universidad TecnológicaNacional: Parte Lote 8 “A” y “B” s/ calle 60 y 124 (sup. 77.623,13 m²); Echalar Miguel: Lotes 89 y 90 Isla Santiago Este –Berisso (sup. 81.600 m²); Consejo Escolar Ensenada EGB Nº 15 sector Río Santiago: calle G. Gaggino y Santa Fe (sup.1.500 m²); Junta Parroquial y Acción Católica: Galpón Nº 10, Río Santiago Este, calle G. Gaggino e/ Santa Fe y Córdoba(sup. 200 m²); Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires: calle Baradero y Canal de Desagüe, Berisso (sup. 94,20m²). FINALMENTE, SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE CUALQUIER INTERESADO LA LISTA COMPLETA DE PREDIOSDISPONIBLES EN LA ISLA SANTIAGO ESTE (PAULINO), DEBIENDO PRESENTAR PROYECTOS BAJO LAMODALIDAD DE ECOTURISMO Y BAJO CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE.A TODO EFECTO DEBERÁNPRESENTARSE EN EL CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA, SITO EN CALLE G. GAGGINO ESQUINAITALIA S/Nº DE LA CIUDAD DE ENSENADA, EN EL HORARIO DE 8 A 16 HORAS. José María Dodds, Presidente.
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2918-31127-93 a los derechohabientes de PEREYRA EMILIO BIENVENIDO la Resolución N° 842.327 de fecha 23/06/2016debiendo proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en su defecto celebrar convenio de pago dentro delmismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente Nº 2918-31127-93 correspondiente a PEREYRA Emilio Bienvenido s/ Suc, en el cual resulta un cargodeudor, y CONSIDERANDO,Que con fecha 28/05/2010, se procedió a dar el Alta transitoria de pago del beneficio de Pensión solicitado por PachecoMaría Teresa en base al 28 del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero- categoría 8-Clase 111- 30 hs.,desempeñado por el causante en la Municipalidad de Necochea;Que por Resolución Nº 811570 de fecha 22 de abril de 2015 se denegó el beneficio de Pensión a la Sra. PACHECO MaríaTeresa, asimismo en su art. 3º declara legitimo el cargo de deudor por haberes percibidos indebidamente desde el28/05/2010 hasta el 28/02/2012;Que el Sector Gestión y Recupero de Deudas procedió a calcular cargo deudor por haberes indebidamente percibidos porel titular de autos por el, período que va desde el 28/05/2010 hasta el 28/02/2012;Que la citada deuda asciende a la suma de pesos veintitrés mil quinientos setenta con 57/100 centavos ($23.570,57),encontrando su origen en haberes percibidos indebidamente por parte de la titular, atento el Alta transitoria de pagooportunamente efectuada y la denegatoria de su beneficio;Que, se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, en virtud del error incurrido que faculta a este IPS a repetirlo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneficiaria, lo queconlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación (conforme artículos 726, 766, 868, 1796, 1798 y concordantesdel Código Civil y Comercial);Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, así como elprocedimiento dispuesto para su cancelación la cual se realiza en el contexto de las facultades discrecionales conferidas aeste Organismo, cuya forma de cancelación debe adecuarse a los lineamientos establecidos en la Resolución Nº 8/12 Y consustento en el presente acto administrativo;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE ARTÍCULO 1°: Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos el cual asciende a la suma de pesos veintitrés milquinientos setenta con 57/100 centavos ($23.570,57) por haberes indebidamente percibidos por la Sra, PACHECO MaríaTeresa por el periodo comprendido desde el 28/05/2010 hasta el 28/02/2012 de conformidad a lo dispuesto en el artículo61 del Decreto- Ley 9650/80, a los lineamientos establecidos en la Resolución Nº 8/12 y argumentos vertidosprecedentemente.ARTÍCULO 2°: Intimar de pago a la titular de autos, para que en el plazo de 15 días de notificada el acto administrativo,proponga forma de pago del cargo deudor impuesto, para el supuesto de cancelar en un solosolo pago, se deberádepositar el importe en la cuenta de este IPS Nº 50046/3 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Casa Matriz de LaPlata y acompañar e! correspondiente cornprobante de pago.ARTÍCULO 3°: Para el supuesto de no recepcionarse propuesta acorde, la Dirección de Planificacion y Control de Gestión-Sector Gestión y Recupero de Deudas- deberá confeccionar el pertinente titulo ejecutivo para proceder al recupero de la
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deuda impuesta por haberes percibidos indebidamente descripto en el art.1º de la presente.ARTICULO 4°: Registrar. Notificar. Hecho, siga su trámite como por derecho corresponda. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2803-035189-87 a los derechohabientes de SILVERIO PEDRO SALLABERRY la Resolución N° 863.162 de fecha 19/04/2017debiendo en el plazo de 10 días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en su defecto celebrar conveniode pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicialde apremio. VISTO, el expediente N° 2803-035189-87 iniciado por quien en vida fuera Silverio Pedro SALLABERRY, en virtud de loactuado con posterioridad al dictado del acto obrante a foja 158, y CONSIDERANDO,Que por Resolución N° 310444 obrante a fs. 64, de fecha 15 de Junio de 1989, se concedió beneficio de JubilaciónOrdinaria al titular de autos Silverio Pedro SALLABERRY a liquidarse a partir del 21/03/87 y en base al 70% del sueldo ybonificaciones asignadas al cargo de Intendente desempeñando en la Municipalidad de Luján y en case a Categoría B y Dde Caja de Autónomos;Que por Resolución de fecha 24 de Febrero de 2005 aprobada por Acta N° 2758 se dispuso rechazar el reajuste delbeneficio pretendido por el titular y se declaró legítimo el cargo deudor practicado por haberes percibidos indebidamentedurante el lapso comprendido entre el 10/12/91 y el 10/12/195 por la suma de Pesos Quinientos Setenta y Tres Mil cientonoventa y uno con treinta y nueve centavos ($ 573.191,39), ordenándose asimismo la afectación del haber mensual hastala cancelación total;Que el titular interpone Recurso de Revocatoria, el cual se recepta favorablemente por Resolución N° 834128 de fecha 25de Febrero de 2016, aprobada por Acta N° 3297 ordenándose se computen los servicios desempeñados como Concejal porel titular y se deja sin efecto el cargo deudor practicado;Que dicho acto administrativo no pudo ser notificado al titular, atento que se produjo su deceso con fecha 26/04/2015,conforme fojas 255;Que siendo ello así, corresponde sanear la situación en virtud de lo normado por el art.114 del Decreto Ley N° 7647/70;Que a fojas 256 toma intervención la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 19 de Abril de 2017, según consta en elActa Nº 3355;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Revocar la Resolución N° 834128 de fecha 25 de Febrero de 2016, aprobada por Acta N° 3297 en orden a lonormado por el art. 114 del Decreto-Ley N°7647/70.ARTÍCULO 2. Declarar procedente el Recurso de Revocatoria interpuesto y dejar sin efecto el cargo deudor practicado.-ARTÍCULO 3. Declarar el derecho que le asistió al titular a la regulación de la prestación jubilatoria conforme correlación ycómputo de fojas 239/240 y 244 desde el día siguiente al cese y hasta su fallecimiento.-ARTÍCULO 4. Dejar establecido que el cargo deudor practicado por el lapso comprendido entre el 10/12/97 al 10/05/98 hasido determinado de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución obrante a fojas 125, debiéndose verificar la afectación y elrecupero del mismo.-ARTÍCULO 5. Registrar. Pasar al Sector Gestión y Recupero de Deudas. Cumplido. Oportunamente, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente .
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2918-42661-70 a los derechohabientes de ELSA ESTHER FISCHNALLER la Resolución N° 909.850 de fecha 21/02/2019debiendo proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en su defecto celebrar convenio de pago dentro delmismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremiodo en elplazo de 10 días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada. VISTO, el expediente N° 2918-42661-70 iniciado en vida por Elsa Esther FISCHNALLER, atento el recurso de revocatoriainterpuesto por la causante de autos contra la Resolución N° 713807 que declara procedente la imposición de un cargodeudor, y CONSIDERANDO,Que desde el punto de vista formal, deviene procedente el tratamiento del recurso de revocatoria, toda vez que el mismo
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fue interpuesto en tiempo útil y suficientemente fundado (conf. art. 86, 89 y concs. del Decreto-Ley N° 7647/70 y art. 74 delDecreto-Ley N° 9650/80 T. O. 600/94);Que en cuanto al aspecto sustancial o de fondo la recurrente se agravia de lo resuelto en autos, argumentando que nuncase desempeñó ni residió en el Municipio de Balcarce; Que por Resolución N° 144807 de fecha 03/06/1970 se acuerda beneficio jubilatorio a la causante en base a serviciosdesempeñados en el ex Ministerio de Educación;Que si bien en la Resolución N° 713807 se hace mención a los agentes que se desempeñaran en el Municipio deBalcarce, lo real y concreto resulta ser que la deuda impuesta a la causante de autos deriva de la incorrecta liquidación dela Bonificación por Función durante el período 01/04/2011 al 30/08/2011;Que dicha deuda tuvo su origen en una incorrecta liquidación de los haberes de los beneficiarios cuya prestación seregula en base a cargos docentes provinciales y municipales adheridos al cálculo provincial, en razón de haberse abonadola Bonificación por Función Exclusiva para los cargos de inspectores a otros cargos equiparados salarialmente sonaquellos, cuando dicha bonificación es solo aplicable a los primeros;Que de lo informado a fojas 61/64 surge que la causante de autos (quien ha fallecido con fecha 07/05/2016),efectivamente percibió la Bonificación por Función en forma indebida durante el lapso 01/04/2011 al 30/08/2011, por loque corresponde rechazar el recurso de revocatoria incoado;Que atento que ha acaecido el deceso de la Sra. FISCHNALLER, corresponde intimar de pago a los derechohabientes;Que a foja 72 la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal dictaminó, en coincidencia con la intervención de foja 70y 71 de Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado, que corresponde rechazar el recurso impetrado;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 21/02/2019, según consta en el ActaN°3450;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Rechazar el recurso de revocatoria incoado por Elsa Esther FISCHNALLER contra la Resolución N° 713807de fecha 9 de noviembre de 2011, aprobada por Acta N° 3075, conforme argumentos vertidos en la parte considerativa delpresente acto y mantener firme los términos del acto administrativo atacado, por resultar ajustado a derecho.- ARTÍCULO 2. Intimar a los derechohabientes de Elsa Esther FISCHNALLER, atento su fallecimiento, para que realicenpropuesta de pago de lo adeudado a este IPS, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derechocorrespondan.-ARTÍCULO 3. Dar intervención al Departamento Técnico Administrativo -Área Edictos- para que por su intermedio senotifique a los derechohabientes de la causante de autos.-ARTÍCULO 4. Establecer que en caso de transcurrir el plazo de quince (15) días desde la última publicación de edictos, sinhaberse efectuado propuesta de pago, se deberá dar curso a la confección del pertinente Título Ejecutivo.-ARTÍCULO 5. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento Técnico Administrativo -Área Edictos- para que por suintermedio se notifique a los derecho-habientes del causante de autos. Hecho seguir su trámite como por derechocorresponda. Cumplido, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2918-32068-78 a los derechohabientes de TERESA ANTONIA PASCUAL la resolución N° 873.165 de fecha 24/08/2017 debiendoen el plazo de 10 días procedan a abonar a este organismo la suma adeudada o en su defecto celebrar convenio de pagodentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial deapremio. VISTO, el expediente N° 2803-072171-90 iniciado en vida por Teresa Antonia PASCUAL, a fin de dilucidar la situaciónprevisional de Angel Alberto MELLADO y CONSIDERANDO,Que por Resolución N° 366211 de fecha 1 de Septiembre de 1994 se concedió beneficio de pensión a Angel AlbertoMELLADO en su carácter de hijo incapacitado en coparticipación con su madre, Teresa Antonia PASCUAL;Que producido el deceso de Teresa Antonia PASCUAL el día 17 de diciembre de 2003, Angel Alberto MELLADO comienzaa percibir el 100% del haber pensionario derivado del fallecimiento de su padre;Que a su vez por Resolución N° 551263 dictada con fecha 13 de Octubre de 2005 se concedió beneficio de pensión a Angel Alberto MELLADO en su carácter de hijo incapacitado de su madre, la causante, Teresa Antonia PASCUAL, aliquidarse a partir del 18 de diciembre de 2003, día siguiente al fallecimiento;Que de conformidad con los términos del art.55 inciso b del Decreto Ley N° 9650/80 cabe destacar que no existe obstáculopara la percepción por parte de Angel Alberto MELLADO de ambos beneficios, dado su carácter de hijo incapacitado;Que sin perjuicio de ello de lo actuado por las áreas técnicas a fojas 154/155 y 161 se deduce que ha existido liquidaciónerrónea en el beneficio pensionario derivado del deceso de Angel MELLADO;Que ello es así toda vez que debía liquidarse en base a lo dispuesto por Resolución N° 366211 y al producirse el alta enplanillas de pago no se hizo en base al modo allí establecido;Que por ello corresponde practicar cargo deudor por haberes percibidos indebidamente por parte de los beneficiarios dedicha pensión, con respecto a Angel Alberto MELLADO se deberá practicar cargo deudor por la percepción indebida del
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50% del haber durante el lapso comprendido entre el 26/05/93 al 17/12/2003 y por la percepción indebida del 100% delhaber durante el lapso comprendido entre el 18/12/03 y el 30/08/15;Que con respecto a la percepción indebida por parte de Teresa Antonia PASCUAL se deberá practicar cargo deudor por la percepción indebida del 50% del haber durante el lapso comprendido entre el 26/05/93 al 17/12/2003;Que formulados los cargos deudores cabe señalar que el que le corresponde a Angel Alberto MELLADO, el mismo luce afoja 159 y asciende a la suma de $316.183,39, el correspondiente a Teresa Antonia PASCUAL luce a fojas 158 y asciendea la suma de $ 98.383,83;Que a foja 167/168 la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal dictaminó, en coincidencia con la intervención defoja 163 y 166 de Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 21/08/2017, según consta en el Acta N°873.165;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE ARTÍCULO 1. Establecer que no existe impedimento para la percepción por parte de Angel Alberto MELLADO de ambosbeneficios, dado su carácter de hijo incapacitado, de acuerdo con normado por el art.55 inciso b del Decreto Ley N°9650/80.ARTÍCULO 2. Declarar legítimo el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente por Angel Alberto MELLADO en el50% del haber durante el lapso comprendido entre el 26/05/93 al 17/12/2003 y por la percepción indebida del 100% delhaber durante el lapso comprendido entre el 18/12/03 y el 30/08/15, que asciende a la suma de $ 316.183,39.ARTÍCULO 3. Afectar el 20% de los haberes pensionarios mensuales que percibe Angel Alberto MELLADO hasta lacancelación total de lo adeudado.-ARTÍCULO 4. Declarar legítimo el cargo deudor practicado por la percepción indebida del 50% del haber por parte deTeresa Antonia PASCUAL durante el lapso comprendido entre el 26/05/93 al 17/12/2003, que asciende a la suma de $98.383,83.-ARTÍCULO 5. Dar intervención al Sector Gestión y Recupero de Deudas a efectos de accionar contra el sucesorio y/oconfeccionar título ejecutivo a los fines del recupero de las sumas adeudadas.ARTÍCULO 6. Notificar a los interesados que contra las Resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso deRevocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificadas (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80, T. O. 1994).ARTÍCULO 7. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento Notificaciones. Hecho seguir el trámite como por derechocorresponda. Cumplido, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N°21557-61027-07 a los derechohabientes de ZULEMA MARÍA AMBROSSI la resolución N° 899.385 de fecha 12/09/2018debiendo en el plazo de improrrogable de diez (10) días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en sudefecto celebrar convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumasadeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente N° 21557-061027-07 iniciado por los derechohabientes de Zulema María AMBROSSI, a fin de evaluarla prórroga del beneficio pensionario y CONSIDERANDO,Que por Resolución Nº 594320 dictada con fecha 28 de Noviembre de 2008 se concedió beneficio pensionario a MaríaLibertad AYRE en su carácter de hija de la causante de autos, a liquidarse a partir del 29 de Enero de 2006 y en lostérminos del art. 34 del Decreto Ley N° 9650/80;Que con fecha 23 de Abril de 2003 la pensionada cumplió 18 años de edad, correspondiendo evaluar la prórroga del beneficio en los términos del art. 37 del Decreto Ley N° 9650/80;Que la interesada acompaña certificados de estudios y las respectivas declaraciones juradas, correspondientes a los cicloslectivos 2003 a 2009, con los ha quedado debidamente acreditada la regularidad en estudios exigida por el art.37 delDecreto Ley Nº 9650/80 TO 600/94;Que se advierte que ha habido percepción indebida de haberes durante el lapso comprendido entre el 23/03/09 (fecha delúltimo certificado de estudios) y el 30/03/10, motivo por el cual se practica cargo deudor a fojas 80 que asciende a las suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL DIECISIETE CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 88.017,74), deacuerdo con lo normado por el art. 61 del Decreto Ley N° 9650/80;Que la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal dictaminó a fojas 88;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 12/09/2018, según consta en el Acta N°3428;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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RESUELVE ARTÍCULO 1. Convalidar la prórroga del beneficio pensión de María Libertad AYRE, por los ciclos lectivos 2003 a 2009atento haber acreditado la regularidad en estudios exigida por el art.37 del Decreto Ley Nº 9650/80 TO 600/94, conformelos argumentos vertidos “ut supra”.-ARTÍCULO 2. Establecer la caducidad de la prestación de María Libertad AYRE al 23 de Marzo de 2009 atento no poderacreditar la continuidad en estudios, extremo exigido por la normativa aplicable.-ARTÍCULO 3. Declarar legítimo el cargo deudor practicado por haberes percibidos indebidamente por María LibertadAYRE durante el lapso comprendido entre el 23/03/09 (fecha del último certificado de estudios) y el 30/03/10, motivo por elcual se practica cargo deudor a fojas 80 que asciende a las suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL DIECISIETE CONSETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 88.017,74), de acuerdo con lo normado por el art. 61 del Decreto Ley N° 9650/80. ARTÍCULO 4. Intimar a María Libertad AYRE para que en plazo de 10 días de notificada proponga forma de pago de loadeudado, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales tendientes a su recupero.-ARTÍCULO 5. Notificar a los interesados que contras las Resoluciones de este Instituto se podrá interponer Recurso deRevocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados, conforme lo normado por el art.74 del Decreto Ley Nº9650/80 TO 600/94.-ARTÍCULO 6.Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Gestión y Recupero de Deudas a fin que tome la intervención desu competencia. Oportunamente, archivar.- Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
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INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2803-48247-88 a los derechohabientes de MABEL ANTONIA GALLEGO ARANO la Resolución N° 754.870 de fecha 01/08/2013debiendo en el plazo de improrrogable de diez (10) días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en sudefecto celebrar convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumasadeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente N° 2803-48247/88 iniciado por Mabel Antonia GALLEGO ARANO, por el cual se solicitara revisión delhaber previsional y bonificación Arba, y CONSIDERANDO,Que por Resolución N° 323.967 de fecha 27/06/91 se acordó beneficio de Jubilación por Invalidez a la titular, regulándoseel haber en base al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Categoría 15 40 hs., con 24 añosdesempeñados en el Ministerio de Economía;Que a foja 46 introduce el planteo argumentando que se está liquidando erróneamente su haber jubilatorio;Que respecto a la bonificación “Arba”, no habiéndose la titular desempeñado en dicha dependencia -creada en el año2008- ni pertenecido alas estructuras de personal y presupuestarias que le son propias, reconocer dicho adicionalimplicaría un supuesto de carrera en pasividad, por lo que se adelanta que debería desestimarse su incorporación al haberprevisional.Que así, toda vez que operó el alta en el haber con el adicional “Arba”, es que corresponde adecuar el haber previsional dela titular, y practicar cargo deudor desde la incorporación al haber previsional;Que asimismo surge de lo actuado que a resultas del reclamo se advierte que la beneficiaria percibe incorrectamente sushaberes jubilatorios desde el comienzo de la prestación, por un error que se plasmara en un doble código, por lo que se haformulado el pertinente cargo deudor a fojas 53/59 por el período 03/03/89 al 30/09/11, fecha en que se saneara lasituación;Que a fojas 62 y 63 lucen dictámenes de los Organismos de asesoramiento y Control y de la Comisión de Prestaciones eInterpretación Legal;Que a foja 71 la Comisión de Prestaciones e Interpretación legal dictaminó reajustar el haber previsional que percibe latitular;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 07/08/2013, según consta en el ActaN° 3164;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE ARTÍCULO 1. Denegar el pago de la Bonificación “Arba” a Mabel Antonia GALLEGO ARANO, en virtud d ellos argumentosplanteados con anterioridad debiéndose adecuar el haber y formularse cargo deudor, por haberes percibidosindebidamente desde la fecha de alta del adicional aludido, hasta que se de la baja del mismo.ARTÍCULO 2. Declarar legítimo el cargo deudor practicado a fojas 53/59, por haberes percibidos indebidamente desde03/03/89 al 30/09/11 el que asciende a la suma de $ 411.327,22 por la errónea codificación.ARTÍCULO 3. Afectar el 20% del haber de la titular, hasta la cancelación total de la deuda liquidada.ARTÍCULO 4. Registrar. Pasar las actuaciones a la Dirección de Planificación y Control de Gestión –Sector Gestión yRecupero de Deudas- para que liquide una de las deudas y afecte el haber por la otra. Seguir su trámite como por derechocorresponda. Cumplido archivar.
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Christian Alejandro Gribaudo, Presidente. mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2803-48247-88 a los derechohabientes de MABEL ANTONIA GALLEGO ARANO la resolución N° 816.409 de fecha 24/06/2015debiendo en el plazo de improrrogable de diez (10) días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en sudefecto celebrar convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumasadeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente N° 2803-48247-88 iniciado por Mabel Antonia GALLEGO ARANO en el cual se solicita el ajuste delhaber, lo normado por el art.114 del Decreto-Ley N°7647/70, y CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 754870 de fecha 7/08/13 que deniega el pago del adicional ARBA ordenando adecuar el haberprevisional de Mabel Antonia GALLEGO ARANO y formular cargo deudor por haberes percibidos indebidamente;Que en tal sentido corresponde revocar a contario imperio de lo normado por el art.114 del Decreto-Ley N°7647/70, laResolución antes citada en su parte pertinente y habiéndose incurrido en un error que lo torna ilegítimo;Que respecto al adicional previsto por el Decreto N° 954/08 (adicional “ARBA”) y considerando que está regulado en elart.27 de dicho Decreto se establece para todo el personal, no exige para su percepción contraprestación especial por partede los agentes y se abono en forma regular, habitual a la totalidad del personal; corresponde su traslado a la pasividad-,Que a mayor abundamiento cabe destacar que por Ley Nº 13.776 se creó la Agencia de Recaudación de la Provincia deBuenos Aires (ARBA) como entidad autárquica de derecho público, fusionándose en el ámbito de la misma las funciones ycompetencias de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, la Dirección Provincial de Rentas, la Dirección Provincial deCatastro Territorial, la Dirección Provincial de Defensa del Contribuyente, la Dirección de Servicios Informáticos, laDirección de Auditoría y la dirección de Investigaciones Forenses;Que por Decreto Nº 954/08 se incorporó al ARBA como Organismo descentralizado dentro del Presupuesto General delEjercicio 2008 y se le transfirieron las Plantas de Personal, créditos presupuestarios, recursos económicos y financieroscorrespondientes;Que por su lado la Resolución Nº 156/08 dispone que la bonificación remunerativa no bonificable creada por Decreto Nº954/08 se denominará Adicional ARBA, se liquidará a partir del 1/08/08 a todos los agentes en actividad en la Agencia deRecaudación de la Provincia de Buenos Aires, exceptuándose aquellos alcanzados por el art.29 del Decreto Nº 954/08 ydefine parámetros para su cálculo y pago;Que del análisis de la normativa cable concluir que no existiría obstáculo para su traslado a la pasividad, sin perjuicio de nohaber revistado en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, por ser su desempeño anterior a lacreación de la misma, habida cuenta que es inherente a las categorías alcanzadas y de haber continuado en actividad sehubiera visto alcanzado por la fusión operada por Ley Nº 13.776 y hubiera percibido el adicional en estudio, de acuerdocon el principio de movilidad de las prestaciones consagrado en el art.50 del Decreto Ley Nº 9650/80 TO 600/94;Que ello así toda vez que habiendo prestado servicios en alguna de las Direcciones fusionadas al crearse la Agencia deRecaudación de la Provincia de Buenos Aires, de haber continuado su desempeño y no haber cesado hubiera sido acreedor del adicional ARBA, no constituyendo tal circunstancia el supuesto de hacer carrera en pasividad;Que a foja 73/74 dictaminó la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Organismo en fecha 24/06/2015, según consta en el ActaN° 3262;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE ARTÍCULO 1. Revocar, en orden a lo expuesto, el art.1 de la Resolución N°754870 obrante a foja 66, de fecha 7 de agostode 2013, aprobada por Acta N° 3164, en orden a lo normado por el art. 114 del Decreto-Ley N°7647/70, el cual quedaredactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 1. Ajustar el haber previsional de Mabel Antonia GALLEGO ARANO en baseal adicional ARBA en base a las argumentaciones precedentes y convalidar lo actuado por el área técnica.”ARTÍCULO 2. Ratificar, por su justeza, lo demás decidido en el citado acto administrativo.ARTÍCULO 3. Dejar constancia que se ha dictado el Decreto N° 1131 del Poder Ejecutivo Provincial en el cual se rechazala observación oportunamente deducida por el Señor Fiscal de Estado en los autos “GIAMBELLUCA, Serafín Roberto”sobre idéntica temática.ARTÍCULO 4. Notificar a la interesada que contra las Resoluciones de este Instituto se podrá interponer Recurso deRevocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificados, conforme lo normado por el art.74 del Decreto Ley Nº9650/80 TO 600/94.ARTÍCULO 5. Registrar. Pasar a Fiscalía de Estado. Cumplido, girar al Departamento Notificaciones. Hecho, seguir con eltrámite como por derecho corresponda. Oportunamente, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2803-
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
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28414-86 a los derechohabientes de NÉLIDA DOLORES SAMBRANA la resolución N° 718.751 de fecha 14/03/2012debiendo en el plazo de improrrogable de diez (10) días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada o en sudefecto celebrar convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumasadeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente N° 2803-28414-86 iniciado por Nélida Dolores SAMBRANA donde se analiza el caso a la luz de sureingreso a la actividad y; CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 298.671 de fecha 2-7-1987 se acordó beneficio de jubilación ordinaria a la titular por los serviciosprestados en la Dirección General de Escuelas;Que a fs 2/5 del Alcance de foja 34 se presenta trayendo al cómputo servicios como Personal Administrativo Temporario(períodos 1-3-91 al 31-12-91; del 23-11-92 al 31-12-93 y del 16-5-94 al 31-12-94) . Se advierte que la requirente no haefectuado la debida denuncia conforme lo exige el art. 60 del Decreto Ley N° 9650/80 y, por tanto, no sólo pierde elderecho a reajustar su haber con tales servicios comunes sino que procede la formulación del cargo deudor;Que así, conforme surge de fs. 41/42 se practicó cargo deudor por los haberes indebidamente percibidos atento lasnormas de incompatibilidad vigentes al momento en el cual la titular reingresa; cargo que asciende a la suma de $146.553,17 el que debe declararse legítimo en esta instancia (continuidad en tareas en relación de dependencia nodocentes con posterioridad a la fecha en que fuera acordado el beneficio previsional);Que corrido el trámite a fs. 1/3 del Alcance de foja 44, propone pagar el cargo deudor con la afectación del 10% de sushaberes mensuales el que se estima insuficiente;Que en esta dirección y por imperio del art. 61 del Decreto Ley N° 9650/80 corresponde afectar el 20% y denegar así lapropuesta de pago ofrecida;Que a fs. 39 y 44/45 obran dictámenes expedidos por la Fiscalía de Estado y Comisión de Prestaciones e InterpretaciónLegal;Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Organismo en fecha 14-03-2012, según consta en el ActaN° 3093;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,RESUELVE
ARTÍCULO 1. Declarar legítimo, en orden a los argumentos vertidos precedentemente, el cargo deudor impuesto a NélidaDolores SAMBRANA por los períodos 1-3-91 al 31-12-91; del 23-11-92 al 31-12-93 y del 16-5-94 al 31-12-94; por haberpercibido indebidamente haberes previsionales por la suma de $ 146.553,17.ARTÍCULO 2. Denegar el derecho a computar los servicios de reingreso para cualquier reajuste o transformación (art. 60Decreto Ley N° 9650/80).ARTÍCULO 3 . Rechazar la propuesta de pago ofrecida y afectar el 20% de sus haberes mensuales hasta la cancelacióntotal de lo debido ($ 146.553,17). Dejar establecido que deberá tomar intervención el Sector Gestión y Recupero deDeudas dependiente de la Dirección de Recaudación y Fiscalización a los efectos de que tome registro de la deuda y lamodalidad de su recupero.ARTÍCULO 4. Registrar. Pasar al Sector Gestión y Recupero de Deudas dependiente de la Dirección de Recaudación yFiscalización para que tome la intervención que hace a su competencia. Hecho, seguir con el trámite como por derechocorresponda. Cumplido, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el expediente N° 2350-80105-00 a los derechohabientes de NÉSTOR MENDEZ la Resolución N° 899.395 de fecha 12/09/2018 debiendo en elplazo de 10 días procedan a abonar a este organismo la suma adeudada o en su defecto celebrar convenio de pago dentrodel mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio. VISTO, el expediente N° 2350-80105-00 iniciado por el fallecido jubilado Néstor MENDEZ atento la deuda practicada enautos y; CONSIDERANDO,Que surge de las presentes actuaciones que con fecha 1-7-2016 se procedió a incluir en planillas de pago transitorio aRosa Etelvina MONTEDORO tal como surge a foja 54/58 y, posteriormente, se acuerda pensión a la misma por Resoluciónde foja 64. Posteriormente a foja 68 el área técnica practica cargo deudor por haberes percibidos indebidamente porhaberse liquidado en forma incorrecta la Bonificación Directa que se calcula sobre el sueldo básico (Municipio de LaMatanza);Que a fojas 70/71 luce el período 1-7-2016 al 30-4-2017 que MONTEDORO cobrara en demasía por la cantidad de $4559,66 ( conf. Art. 61 Decreto Ley 9650/80) el que debe declararse legítimo. Asimismo atento el alta de fecha 1-7-2016 yhaberse acordado beneficio el 16-04-2016, corresponde declarar de legítimo abono la cantidad de $ 25.197,86;Que asimismo, con el mensual del mes de noviembre de 2017, se procedió a descontar la deuda de $ 4559,66correspondiendo dar por cancelada la misma;
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 41
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 12/09/2019 según consta en el Acta N°3428;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N° 8587;Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Declarar legítima la deuda período 1-7-2016 al 30-4-2017 que Rosa Etelvina MONTEDORO cobrara endemasía por la cantidad de $ 4559,66 ( conf. Art. 61 Decreto Ley 9650/80) y dar por cancelada la misma atento habersedescontado en su totalidad con el mensual de noviembre de 2017.ARTÍCULO 2. Notificar a los interesados que contra las resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso deRevocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificadas (artículo 74 del Decreto-Ley N° 9650/80, T. O. 1994).ARTÍCULO 3. Registrar. Pasar al Sector Gestión y Recupero de Deudas de la Dirección de Planificación y Control deGestión para que tome la intervención que hace a su competencia. Cumplido, en su oportunidad, archivar. Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término perentorio de 5 días, enlos expedientes que seguidamente se detallan, a toda persona que se considere con derecho al beneficio pensionario y/ogastos de sepelio y/o subsidio por fallecimiento y/o mejor derecho; ello bajo apercibimiento de continuar el trámite yresolverse los autos con las partes presentadas y con las pruebas aportadas (Artículo 66 del Decreto-Ley N° 7647/70). 1.- EXPEDIENTE Nº 21557-482198-19, VILLALBA ZUNILDA S/Suc.2.- EXPEDIENTE Nº 21557-326052-15, LOPEZ MARIA ELENA S/Suc.3.- EXPEDIENTE Nº 21557-392960-17 MARTINEZ CARLOS ALBERTO S/Suc.4.- EXPEDIENTE Nº 21557-472266-18, LIPPERT CASIMIRO S/Suc.5.- EXPEDIENTE Nº 21557-470224-18, ROMERO YOLANDA MAGDALENA S/Suc.6.- EXPEDIENTE Nº 21557-287243-14, ORTELLADO SIMEON S/Suc. Celina Sandoval, Departamento Técnico Administrativo, Sector Edictos.
mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por el término de 5 días, que en losexpedientes que seguidamente se detallan, el registro de la propiedad inmueble ha procedido a inscribir inhibición generalde bienes en relación a sus beneficiarios (Artículo 66 del Decreto-Ley N° 7647/70) y con con sustento en lo dispuesto en elArt. 16 del Decreto-Ley Nº 7543/69 T.O. Por Decreto 969/87, modificada por las Leyes 9140, 9331, 11401, 12214 yResolución Nº 1215/84. 1.- Expediente Nº 21557-212027-12 FISCHER WALTER MARIA ESTER, LC 1.027.886. Número de Inscripción 01-0865646/6. Fecha 21/09/2018 Sec. 001.- María Evangelina Fortier, Subdirectora.
mar. 11 v. mar. 15
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, intima a los derechohabientes de los titularescitados seguidamente a iniciar sucesorio dentro de los treinta (30) días de notificados y denunciar su radicación en elplazo de diez (10) días a este organismo previsional; Ello bajo apercibimiento de proceder la Fiscalía de Estado conforme lonormado en el art. 729 del CPCC. Todo ello por imposición de lo normado por el articulo 66 del decreto-ley N° 7647/70. 1.- Expediente Nº 2918-32068-78 PASCUAL TERESA ANTONIA S/Suc. .-2.- Expediente Nº 21557-243761-13 GAUNA JOSÉ LUIS S/Suc.-3.- Expediente Nº 21557-360552-16 PIÑERO JUAN JOSE S/Suc.-4.- Expediente Nº 2803-28414-86, SAMBRANA NELIDA DOLORES S/Suc.-5.- Expediente Nº 2803-48247-88, GALLEGO ARANO MABEL ANTONIA S/Suc.-6.- Expediente Nº 21557-190187-11, PEREZ ELSA NOEMI S/Suc.-7.- Expediente Nº 2918-79151-76, RUSSO RAQUELA SUSANA S/Suc.-8.- Expediente Nº 2918-31127-93, PACHECO MARIA TERESA S/Suc.- Celina Sandoval, Departamento Técnico Administrativo
mar. 11 v. mar. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 42
COSUTTI S.A. Asamblea General Ordinaria y ExtraordinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los señores accionistas a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria para el día 12 de abrilde 2019 a las 08:00 hs. en primera convocatoria y a las 09:00 en segunda convocatoria en el domicilio legal sito enUrquiza Nº 1448 Depto 15 de la localidad de San Miguel para considerar el siguienteORDEN DEL DÍA1º)Elección de dos accionistas para firmar el acta.2º) Consideración de la documentación según artículo 234 de la Ley 19550, correspondiente al ejercicio finalizado el 30de Noviembre de 2018. El Directorio .Lorena Gisela Levit, Contadora Pública.
mar. 12 v. mar. 18
SUPREMA CORTE DE JUSTICIADEPARTAMENTO JUDICIAL LA PLATA Destrucción de Expedientes POR 3 DÍAS - El Archivo Civil y Comercial de La Plata, hace saber que el día 23 de mayo de 2019, se hará efectiva laDestrucción de Expedientes tramitado ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1,2,4,5,7,12,17 y23, iniciados entre los años 1970 y 2004.Los interesados podrán manifestar su oposición o solicitar desgloses dentro de los 20 días, siguientes a ésta publicación. Lanómina de expedientes separados para la destrucción, se encuentran a disposición de los interesados en estadependencia, sita en calle 13 e/47 y 48 de ésta ciudad.Augusto Cieri, Jefe de Despacho.
mar. 12 v. mar. 14
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días a los señores SERGIO HUGO ALONSO y MARCELA ALVAREZ, a los efectos del artículo 10 de la Ley10869 y modificatorias, que por los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia deBuenos Aires del 03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de lasiguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel HéctorPietronave y Gustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-037.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad deFlorencio Varela por el Ejercicio 2017. La Plata, 06 de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General.
mar. 12 v. mar. 18
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días al señor DIEGO PABLO GORGAL, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que porlos Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, elH. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: EduardoBenjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez.Expediente Nº 4-308.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Del Pilar por el Ejercicio 2017. La Plata,06 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 12 v. mar. 18
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días al señor DIEGO DOS SANTOS VAZ, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, quepor los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma:Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave yGustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-226.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de San Miguel porel Ejercicio 2017. La Plata, 06 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 12 v. mar. 18
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27º “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el términode cinco (5) días al señor JOSÉ LUIS ACHAVAL, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, que por losDecretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 03/01/2019, el H.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 43
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: EduardoBenjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo Ariel Héctor Pietronave y Gustavo Eduardo Diez.Expediente Nº 4-043.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de General La Madrid por el Ejercicio2017. La Plata, 07 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General.
mar. 12 v. mar. 18
CONTADURÍA GENERAL DIRECCIÓN DE SUMARIOS POR 5 DÍAS - Por el presente se notifica al señor ACOSTA ARMANDO GABRIEL legajo n° 152.392 que en el expedienteN° 21100-947574/10 y agrs. por el cual tramita sumario administrativo de responsabilidad por perjuicio al Fisco, ordenadopor el Señor Contador General de la Provincia mediante Resolución N° 852/16, con motivo del faltante de una pistola marcaAstra, modelo A-100, calibre 9 mm, N° de serie Z6446, que fuera provista por la Institución al agente Acosta ArmandoGabriel que se ha resuelto: La Plata, 27 de Noviembre de 2018: VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales sesustancia sumario administrativo de responsabilidad patrimonial con motivo del faltante de una pistola calibre 9 mm marcaAstra, modelo A-100, N° de serie Z 6446, que fuera provista por la Instrucción al Sargento Armando Gabriel Acosta, LegajoN° 152.392, y CONSIDERANDO: Que de los antecedentes obrantes en autos surge que con fecha 17 de Julio de 2010, enhoras de la tarde el citado agente recorría la jurisdicción junto al Oficial de Policía David Padula, cuando fueron requeridospara brindar apoyo al personal de la Comisaría 5ta. de Florencio Varela, quienes estaban en persecución de tres personasque habían intentado sustraer cinco equinos. Luego de aprehenderlos el oficial Acosta advirtió que el broche de la pistolerase encontraba dañado y que había extraviado el arma descripta, por lo que comenzó su búsqueda junto a los efectivos dela Comisaría 5ta y Defensa Civil sin poder hallarla. Que a fs. 125/128 obra copia certificada de la Resolución N° 19288/11mediante la cual el señor Auditor General de Asuntos Internos concluyó el sumario disciplinario y a fs. 211 obra copia de laResolución n° 1915/15 por la cual se rectificó el artículo 1° de la Resolución N° 639/14 (obrante a fs. 202) disponiendo labaja del armamento faltante de los registros patrimoniales de la Institución, Que a fs. 228 se consignó el valor de la pistolareferida con un cargador ascendiendo el mismo a la suma de pesos tres mil ciento cuarenta y dos (3.142,00), señalándoseasimismo el valor de un cargador adicional, de pesos trescientos treinta y seis ($336,00) y el valor de los cartuchos porunidad de pesos seis ($ 6,00); Que mediante la Resolución N° 852/16 se ordenó instruir el presente sumario, designando atal fin al Dr. Marcelo Adrián Ochotorena quien, previa aceptación del cargo, procedió a llevar adelante su cometido,realizando las pertinentes diligencias de prueba (ver fs. 236 vta. y ss); Que en la etapa de acumulación de la prueba decargo la Instrucción dispuso la citación para prestar declaración indagatoria al agente nombrado. Sin embargo, no obstanteencontrarse debidamente notificado, el mismo no compareció a la primera audiencia citada ni a su supletoria (ver fs. 243);Que así las cosas a fs. 245 la Instrucción procedió a cerrar la etapa de prueba de cargo y a fs. 245/246 dicta auto deimputación responsabilizando patrimonialmente al agente por la suma de pesos tres mil quinientos ochenta ( 3.580,00), a lafecha 17 de julio del 201; Que la Instrucción actuante entendió que el agente prenombrado no obró con la diligencia que lascircunstancias requerían respecto al cuidado y custodia del arma reglamentaria que se le asignase y dicha irregularidadcomprobada constituyó el presupuesto configurativo del perjuicio fiscal del cual resultó responsable; que conferida la vistapertinente, el imputado, pese a que fue debidamente notificado no presentó descargo ni ofreció prueba alguna; queremitidas las actuaciones la Dirección de Sumarios se expidió con referencia al caso entendiendo que el agente queguarde o custodie bienes o pertenencias del Estado está obligado a rendir cuenta documentada comprobable de suutlización o destino, por lo que el agente Acosta debe ser declarado patrimonialmente responsable en los términos de losArts 112, 113, 114 y ccs de la ley 13767, reglamentada por Decreto 3260/08; Que por lo expuesto y considerándosecumplimentadas las instancias procedimentales pertinentes, corresponde a la Contaduría General expedirse sobre elpresente caso; Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 13757, el Contador General hainstruido mediante Nota 2017-03789998-GDEBA-CGP, que la firma de las resoluciones vinculadas al ejercicio de lascompetencias atribuidas por el artículo 104 inc p) y concordantes de la Ley N° 13767 y su Decreto Reglamentario N°3260/08 sea asumida indistintamente con el Subcontador General de la Provincia; Poe ello, EL SUBCONTADORGENERAL DE LA PROVINCIA RESUELVE ARTICULO 1°Determinar el perjuicio fiscal ocasionado en la suma de tres milquinientos ochenta ($ 3.580,00) importe referido al 17 de julio del 2010,resultando responsable del mismo el SargentoArmando Gabriel Acosta, Legajo N° 152.392, por infracción a lo dispuesto por los artículos 112, 113, 114 y concordantes dela Ley N° 13767 reglamentada por Decreto N° 3260/08: ARTICULO 2°. Comunicar al inculpado. Cumplido, los presentesactuados serán remitidos al Honorable Tribunal de Cuentas conforme lo establecen los artículos 122 de la Ley N° 13767 yartículo 23 del Apéndice del Apéndice del Decreto N° 3260/08.ARTICULO 3°. Registrar. Comunicar con copia al SeñorMinistro de Seguridad y a la Dirección de Sumarios de este Organismo. Fdo.Dra Graciela Beatriz Olaechea - Abogada-Dirección de Sumarios. Contaduría General de la Provincia. Queda Usted Notificado.Graciela Beatriz Olaechea, Jefe Departamento
mar. 12 v. mar. 18
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27 “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término decinco (5) días al señor DAVID IVAN WALDEMAR ORTIZ, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, quepor los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma:Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo, Ariel Héctor Pietronave yGustavo Eduardo Diez. Expediente Nº 4-078.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Moreno por elEjercicio 2017. La Plata, 08 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
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mar. 13 v. mar. 19
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artículo 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorDOMINGO ALBERTO RODRÍGUEZ que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providenciade Autos para Resolver en el Expediente N° 21100-464545-2012-01, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 12 de febrero de2019. Autos para Resolver (articulo treinta Ley 10.869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez.Firmado: Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Almismo tiempo, se le hace saber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: EduardoBenjamín Grinberg; Vocales: Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. LaPlata, 06 de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General.
mar. 13 v. mar. 19
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artículo 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorSEBASTIÁN DE FELIPE que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providencia de Autospara Resolver en el Expediente N° 21100-601560-2012-0-1, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 12 de febrero de 2019.Autos para Resolver (Articulo treinta Ley 10869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez. Firmado:Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Al mismotiempo, se le hace saber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. La Plata, 06de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General.
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HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artículo 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señor JUANADOLFO IRIGOITI que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providencia de Autos paraResolver en el Expediente N° 21100-601560-2012-0-1, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 12 de febrero de 2019. Autospara Resolver (Articulo treinta Ley 10869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez. Firmado:Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Al mismotiempo, se le hace saber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo BenjamínGrinberg; Vocales: Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. La Plata, 06de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General.
mar. 13 v. mar. 19
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artícu lo 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señorPATRICIO MIGUEL MASANA que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providencia deAutos para Resolver en el Expediente N° 21100-419638-2015-0-1, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 12 de febrero de2019. Autos para Resolver (Artículo treinta Ley 10869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez.Firmado: Eduardo Benjamín Grinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Almismo tiempo, se le hace saber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: EduardoBenjamín Grinberg; Vocales: Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. LaPlata, 06 de marzo de 2019. Ricardo Cesar Patat, Director General
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HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR 5 DÍAS - De acuerdo con el Artículo 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber al señor JULIÁNURSINI que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado providencia de Autos para Resolver en elExpediente N° 21100-272510-2014-0-1, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 12 de febrero de 2019. Autos para Resolver(Artículo treinta Ley 10869). Pasen estas actuaciones al señor Vocal Gustavo Eduardo Diez. Firmado: Eduardo BenjamínGrinberg (Presidente); Marta Silvina Novello (Secretaría de Actuaciones y Procedimiento)". Al mismo tiempo, se le hacesaber que el H. Tribunal ha quedado constituido de la siguiente forma: Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales:Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo y Daniel Carlos Chillo. La Plata, 06 de marzo de 2019.Ricardo César Patat, Director General
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HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
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POR 5 DÍAS - De Acuerdo con el Artículo 27 “in fine” de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término deCINCO (5) días a la señora ELISA JUANA MASSOCCO, a los efectos del artículo 10 de la Ley 10869 y modificatorias, quepor los Decretos Provinciales nro. 2, 3, 4 y 5, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del03/01/2019, el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha quedado constituido de la siguiente forma:Presidente: Eduardo Benjamín Grinberg; Vocales: Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez y ArielHéctor Pietronave. Expediente Nº 3-116.0-2017, relativo a la rendición de cuentas de Municipalidad de Tigre por el Ejercicio2017. La Plata, 08 de marzo de 2019. Ricardo César Patat, Director General.
mar. 13 v. mar. 19
REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL N° 1Del Partido de Junín POR 3 DÍAS - El encargado del R.N.R.D. N°1 del partido de Junín, a cargo del Esc. Blasi Enrique, colaboradora Esc.Fernanda Vaccareza, según Resolución N° 33/2012 de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, cita yemplaza al/los titulares de dominio, y/o a quién/es se consideren con derechos sobre los inmuebles que se individualizan acontinuación, para que en el plazo de 30 días, deduzcan oposición a la regularización dominial (ley 24.374, art. 6, incs.”e”,“f”, “g”), la que deberá presentarse debidamente fundada, en el domicilio de la calle Gandini 92, en el horario de 8:30 a13:30 horas. Se deja constancia que el presente edicto es sin cargo (Ley 24374 Regularización Dominial). 1) N°-EXPEDIENTE 2147-054-1-3/2019PARTIDO: JUNÍNNOMENCLATURA CATASTRAL Circ. I - Sec C – Mz. 5 - Parc. 23 – PDA. Nº 21238UBICACIÓN: MATHEU 1081TITULAR: TELLECHEA HUGO ROGELIOBENEFICIARIO: GARRIDO ISMAEL RAFAEL Y ROMERO VILMA ESTER
mar. 13 v. mar. 15
REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL N° 1Del Partido de Junín POR 3 DÍAS - El encargado del R.N.R.D. N°1 del partido de JUNIN, a cargo del Esc. Blasi Enrique, colaboradora Esc.Fernanda Vaccareza, según Resolución N° 33/2012 de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, cita yemplaza al/los titulares de dominio, y/o a quién/es se consideren con derechos sobre los inmuebles que se individualizan acontinuación, para que en el plazo de 30 días, deduzcan oposición a la regularización dominial (ley 24.374, art. 6, incs.”e”,“f”, “g”), la que deberá presentarse debidamente fundada, en el domicilio de la calle Gandini 92, en el horario de 8:30 a13:30 horas.- Se deja constancia que el presente edicto es sin cargo (Ley 24374 Regularización Dominial). 1) N°-EXPEDIENTE 2147-054-1-8/2017PARTIDO: JUNÍNNOMENCLATURA CATASTRAL Circ. I - Sec N – Mz. 52 - Parc. 20Ubicación: Chile 1295TITULAR: Arce Estirles HerminioBeneficiario: Sosa Marina Angélica
mar. 13 v. mar. 15
REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL N° 1Del Partido de Junín POR 3 DÍAS - El encargado del R.N.R.D. N°1 del partido de Junín, a cargo del Esc. Blasi Enrique y como Esc.Colaboradora Natalia Blasi según Resolución N° 33/2012 de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, citay emplaza al/los titulares de dominio, y/o a quién/es se consideren con derechos sobre los inmuebles que se individualizana continuación, para que en el plazo de 30 días, deduzcan oposición a la regularización dominial (ley 24.374, art. 6, incs.”e”,“f”, “g”), la que deberá presentarse debidamente fundada, en el domicilio de la calle Gandini 92, en el horario de 8:30 a13:30 horas. Se deja constancia que el presente edicto es sin cargo (Ley 24374 Regularización Dominial). 1) N°-EXPEDIENTE 2147-054-1-3/2018PARTIDO: JUNINNOMENCLATURA CATASTRAL Circ. I – Secc. E - Mz. 125 - Pc. 24Ubicación: LUGONES 118 - JUNÍNTITULAR: JUPITER COMPAÑÍA DE SEGUROSBeneficiario: CLAVELLINO RUBEN DARIO
mar. 13 v. mar. 15
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Agente Fiscal para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil examen del día 6 de diciembre de2018. Quienes hubieran rendido y no consten en el listado que se transcribe no han superado la evaluación y en
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consecuencia no mantienen su calidad de postulantes (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de la presente publicación.Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificaciones a que se refiere el artículo 21 del Reglamento del Consejode la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2 de la presente- habrán de efectuarse mediante lapublicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires de la nómina de postulantes que mantienen lacondición de tales por haber superado la prueba de oposición en el concurso del que participan, señalándose que quieneshubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que se trate y no consten en la referida nómina no hansuperado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes. La notificación se tendrá por operada alos cinco días hábiles de cumplirse la publicación supra indicada. Postulantes para el concurso de Agente Fiscal paraactuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil examen del día 6 de diciembre de 2018, que mantuvieron lacalidad de tales (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 006965 HUMAN, CARLOS ESTEBAN 005912 LAZARTE, ELISA JULIETA Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Agente Fiscal examen del día 20 de noviembre de 2018. Quienes hubieran rendido y no consten en el listadoque se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá por operada a loscinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificaciones a que serefiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2 de lapresente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires dela nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposición en el concurso delque participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que se trate y noconsten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes.La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse la publicación supra indicada. Postulantes parael concurso de Agente Fiscal examen del día 20 de noviembre de 2018, que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 008932 AFFATATI, FEDERICO ANDRES 009110 ALBAREDA, MAURICIO NICOLAS 005799 ARGIBAY MOLINA, IGNACIO HECTOR 006770 BAIONI, IVANA 007066 CASTRONOVO, NATALIA INES 007638 CIAPPONI, DANIEL ALFREDO 007846 CLOZ, GRACIELA ELENA 006979 GALLEGOS, JUAN IGNACIO 009188 JAIME GARCIA, IGNACIO 009189 MINESTRELLI, SANTIAGO 009226 MONA, BRUNO EMILIANO 009200 SAVOIA, JUAN MANUEL 005598 TELLO, PABLO SEBASTIAN Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Agente Fiscal examen del día 13 de noviembre de 2018. Quienes hubieran rendido y no consten en el listadoque se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá por operada a loscinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificaciones a que serefiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2 de lapresente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires dela nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposición en el concurso delque participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que se trate y noconsten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes.La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse la publicación supra indicada. Postulantes parael concurso de Agente Fiscal examen del día 13 de noviembre de 2018, que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 008443 ALEGRE, HUGO ANTONINO 008282 CEDOLA, SOFIA SOLEDAD
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007167 CIVITARESE, HERNAN AUGUSTO 006289 CRISPIANI, CAROLINA 007472 CHIESA, MARIA EUGENIA 008689 D'ONOFRIO, JUAN PABLO 008910 REYNOSO, JOSE MIGUEL 009200 SAVOIA, JUAN MANUEL 009072 SIFRE, PAOLA VANESA 009170 USTARROZ, JUAN CARLOS Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Agente Fiscal examen del día 27 de noviembre de 2018. Quienes hubieran rendido y no consten en el listadoque se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá por operada a loscinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificaciones a que serefiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2 de lapresente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires dela nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposición en el concurso delque participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que se trate y noconsten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes.La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse la publicación supra indicada. Postulantes parael concurso de Agente Fiscal examen del día 27 de noviembre de 2018, que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 delReglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 009110 ALBAREDA, MAURICIO NICOLAS 008265 AVILA, PABLO NICOLAS 008185 FEDULLO, SEBASTIAN MARIA 007152 IDOYAGA, MARIA FLORENCIA 008067 PETTOELLO, GERMAN EMANUEL 008955 RICCI, PAMELA SUSANA 008156 TELIZ, ANA LAURA 009170 USTARROZ, JUAN CARLOS 009327 VILLANI, PAMELA SOLEDAD 003026 VIUDIS, PATRICIA TERESA Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Juez de Juzgado de Garantías del Joven exámen del día 4 de octubre de 2018. Quienes hubieran rendido y noconsten en el listado que se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad depostulantes (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación setendrá por operada a los cinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que lasnotificaciones a que se refiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que estableceel artículo 2 de la presente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia deBuenos Aires de la nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposiciónen el concurso del que participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso deque se trate y no consten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienensu calidad de postulantes. La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse la publicación supraindicada. Postulantes para el concurso de Juez de Juzgado de Garantías del Joven exámen del día 4 de octubre de 2018,que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 006089 AMBROSIS, ROBERTO MARCIAL 009202 BERRIOLO, LEANDRO 007195 CORNELI, DIEGO 004856 DE FILIPPIS, GRISELDA DOLORES 005150 DEL RIEGO, MIGUEL ANGEL 007822 FORNASA, JUAN PABLO 005030 GIORGIS, MARCELO MARTIN 004644 GUERRINI, MANUEL 006453 LARRIGANDIERE, CAROLINA 009197 NIEVAS, JUAN PEDRO 008715 NOGUEIRA, MARIA LAURA 007126 PAMPARANA, FLORENCIA
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007266 PEREA, CLAUDIA FERNANDA 009072 SIFRE, PAOLA VANESA 004530 SORIA, GABRIELA ELIZABETH 006490 VILLEGAS, JOSE LUIS Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Juez de Juzgado de Familia examen del día 6 de noviembre de 2018. Quienes hubieran rendido y no constenen el listado que se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes(art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá poroperada a los cinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificacionesa que se refiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2de la presente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de BuenosAires de la nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposición en elconcurso del que participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que setrate y no consten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuenciano mantienen su calidad de postulantes. La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse lapublicación supra indicada. Postulantes para el concurso de Juez de Juzgado de Familia examen del día 6 de noviembre de2018, que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 007614 BUCETA, LUCIANA EMILCE 009160 CARDOSO, MARCELO DARIO 008417 DI PERNA, CYNTHIA IRINA 003810 DOPAZO, NANCY MERCEDES 009133 DOWLING, MARIA ROSARIO 009100 GARCIA, VALERIA ALEJANDRA 009161 HERRAN, MAITE 007378 REMEDI, MARIA FLORENCIA 008116 SANTILLAN, CESAR HUGO 009351 TABACMAN, CLAUDIA GABRIELA 007979 VIVIANO HIDALGO, MARINA Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA POR 1 DÍA - Se publica la nómina de postulantes que rindieron la prueba de oposición y mantienen su calidad de tales en elconcurso de Juez de Tribunal en lo Criminal examen del día 18 de octubre de 2018. Quienes hubieran rendido y no constenen el listado que se transcribe no han superado la evaluación y en consecuencia no mantienen su calidad de postulantes(art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. del 15/9/97 y del 17/10/00. La notificación se tendrá poroperada a los cinco días hábiles de la presente publicación. Resolución 404/03 Artículo 1: Establecer que las notificacionesa que se refiere el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura -con la excepción que establece el artículo 2de la presente- habrán de efectuarse mediante la publicación, por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de BuenosAires de la nómina de postulantes que mantienen la condición de tales por haber superado la prueba de oposición en elconcurso del que participan, señalándose que quienes hubieran rendido las pruebas de oposición del concurso de que setrate y no consten en la referida nómina no han superado la evaluación y en consecuenciano mantienen su calidad de postulantes. La notificación se tendrá por operada a los cinco días hábiles de cumplirse lapublicación supra indicada. Postulantes para el concurso de Juez de Tribunal en lo Criminal examen del día 18 de octubrede 2018, que mantuvieron la calidad de tales (art. 18 del Reglamento del Consejo de la Magistratura B.O. 15-9-97 y 17-10-00): NROPOS APELLIDOS Y NOMBRES 009110 ALBAREDA, MAURICIO NICOLAS 008754 BAGINI, RODRIGO GABRIEL 002338 MARTINEZ, JAVIER GUSTAVO 008407 SALDIAS, JULIAN FRANCISCO 007418 TRAMONTANA, INES 009139 ZARATE, WALTER OSCAR Osvaldo F. Marcozzi, Secretario
REMIS R-121 POR 5 DÍAS - Bahía Blanca. La señora MARITZA ISABEL AGESTA, D.N.I. 6.431.076, domiciliada en B.Bca, transfiere elRegistro de Remis R-121, a la Cooperativa de trabajo “Centro Coop” Ltda. C.U.I.T. 30-70905971-4,domiciliado en Chile 669de B.Bca.- Escribano Leandro Larribite, Adscripto registro nº14, domiciliado en Palau 79,p.6, de B. Bca.-Se cita y emplaza a
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todos los acreedores del titular del registro de remis a que formulen sus oposiciones y reclamen sus créditos en el domiciliodel Escribano citado, en un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la última publicación.- B.Bca. 1 de marzode 2019.Leandro Larribite. Notario.
mar. 13. v. mar. 19
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 6 DE LA PLATADestrucción de Expedientes POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 6 de La Plata, hace saber que el día 12° de abril de 2019, se llevará a cabola destrucción autorizada por resolución 2049/12 de la SCBA a través del Juzgado de 1564 expedientes, iniciados entre losaños 1984 hasta 2008, cuya última actuación data de más de 10 años o 5 años en el caso de los procesos de apremios.(Conforme art 1 de la Res. 2049/12 SCBA y art. 115 Ac. 3397). Asimismo se hace saber que la nómina de expedientes adestruir (art 118 y 119 del Ac. 3397/08) se encuentra en el presente Juzgado, sito en calle 13 e/ 47 y 48 -entre piso- LaPlata, según establece el art 120 del Ac. 3397/08, los interesados pueden plantear por escrito ante el Juzgado dentro de losveinte (20) días corridos desde la publicación de edictos o desde la recepción del oficio -según fuere el caso- a que serefiere el art. 119 del ac. 3397/08, oposiciones, solicitar desgloses, ser designado depositario voluntario del expediente enlos términos del art. 2188 y sig. del Código Civil y/o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique unsupuesto de conservación prolongada regido por el art. 116 del Ac. 3397/08. Déjase debida constancia que la presente escon carácter gratuito. La Plata 26 de febrero de 2019.María F. Pelusso, Secretaria.
mar. 13 v. mar. 15
FISCALIA DE ESTADO POR 1 DÍA - El Fiscal de Estado Adjunto de la Provincia de Buenos Aires hace saber que en virtud de lo establecido por elartículo 32 del Decreto Ley 7543/69 (T.O. 1987, y modificatorias), los martilleros oficiales de Fiscalía de Estado subastaránEL DÍA 29 DE MARZO DE 2019, A LAS 10:00 HORAS en el Depósito de Gorina, los automotores y motovehiculos que seindican en la resolución, que se encuentra a disposición de los interesados para su consulta en la calle 1 esquina 60, 5to.piso Dirección General. Seña: 10% Honorarios: 10% Aporte de Ley: 6% sobre Honorarios en el acto de subasta y a lafirma del acta de subasta y recibo de pago. Fiscalía de Estado, La Plata, marzo de 2019. Guillermo C. Spacapan, Fiscal.
ColegiacionesCOLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOSDepartamento Judicial San MartínLEY 10.973. POR 1 DÍA - MONICA PATRICIA CHIARAMONTE, D.N.I. Nº 14.431.235 con domicilio en Lincoln Nº 4011 de la Localidadde San Martín, Partido de San Martín, solicita colegiación en el Colegio de Martilleros y Corredores Publ. del Depto. Jud. deGral. San Martin. Oposiciones dentro de los quince días corridos en la calle 93 nº 1836 de San Martín. Jose María Sacco(Presidente).
COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOSDepartamento Judicial San MartínLEY 10.973. POR 1 DÍA - FRANCISCO EMILIO MOLE, D.N.I. Nº 18.058.342 con domicilio en Witcomb Nº 2302 de la Localidad de VillaBallester, Partido de San Martín, solicita colegiación en el Colegio de Martilleros y Corredores Publ. del Depto. Jud. de Gral.San Martín. Oposiciones dentro de los quince dias corridos en la calle 93 nº 1836 de San Martín. José María Sacco(Presidente).
TransferenciasPOR 5 DÍAS - Se Informa el Cambio de Titularidad del Comercio Rubro Venta de Indumentaria sito en calle Justa Lima566/570 del Sr FELDMAN SAMUEL DNI 00712407 a la Sra Feldman Beatriz DNI 12945540. Reclamos de ley en el mismodomicilio.
mar. 7 v. mar. 13
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLa Plata > miércoles 13 de marzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 50
POR 5 DÍAS - Castelar – NICOLÁS PAREDES DNI 33546165 Vende Cede y Transfiere el Fondo de Comercio cuyaActividad Cafetería y Bar, sito en la calle Carlos Casares 997 de la Localidad y Partido de Castelar, Pcia de Bs. As. a MaríaCandela Guarino, DNI 28867057. Reclamos de ley en el mismo domicilio.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - Ituzaingó. ROBERTO PERCASSI DNI 8.376.378 transfiere fondo de comercio cuya actividad Salón de fiestasito en la calle José María Paz 1628 de la ciudad y Partido de Ituzaingó, Pcia. Buenos Aires a Janos Group S.R.L CUIT 30-71581420-6. Reclamos de ley en el mismo.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - Villa Gesell. NAHUEL MARCO DADONE, DNI 23.090.514, vende cede y transfiere la Unidad TurísticaFiscal 48SVG ubicado en paseo 148 y Playa, de la Localidad Villa Gesell, al Pablo Agustin Simiele, DNI 20.671.052.Reclamos de ley 28 de febrero de 2019. Reclamo de ley en el mismo.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - Pilar. En cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la Ley 11867, “La Razón Social TINTORI MARIAJOSE CUIT: 27-18064745-2, Anuncia transferencia de fondo de comercio y/o titularidad de habilitación comercial, del rubroPet Shop sito en la calle Panamericana km 50 - Torres Del Sol - local 19, localidad de Pilar a favor de la Razón SocialAnnuluk SRL, CUIT: 30-71127100-3, bajo el expediente de habilitación N. 11931/2016. Reclamo de ley en el mismoestablecimiento comercial dentro del término legal.
mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Del Viso. En cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la Ley 11867, "La Razón Social PABLOGABRIEL PEREZ, CUIT: 20-28176425-0, Anuncia transferencia de fondo de comercio y/o titularidad de habilitacióncomercial, del rubro bar y cafetería sito en la calle Avenida Madero 1375, localidad de Del Viso a favor de la Razón SocialGladys Beatriz Otero, CUIT: 27-22282621-2, bajo el expediente de habilitación N° 7552/2018 Reclamo de ley en el mismoestablecimiento comercial dentro del término legal".
mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Escobar. PEREYRA SONIA ANALIA G., CUIT 27-20882379-0, transfiere a Ruth Martínez Rodríguez, CUIT27-94131989-6 el fondo de comercio de Bazar, sito en Eugenia Tapia de Cruz 319, Escobar. Reclamo de ley en el mismodomicilio.
mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - San Carlos de Bolívar. Transferencia de fondo de comercio sección comercio, industria y entidades civiles(Art 2º Ley 11.867). Se hace saber que la Sra. MABEL ROLI VIDARTE, CUIT 27-03774656-3, D.N.I. nº 3.774.656, condomicilio real en Av. Lavalle nº 300 de la Localidad de San Carlos de Bolívar, Partido de Bolívar, ha transferido el 100% delFondo de Comercio de su propiedad del rubro autoservicio, que gira ba el nombre “La Rusita” sito en Avenida Lavalle Nº300, Habilitación Municipal Nº 4013-162/03, Art. 23 Ficha V-119 a, Familia Gyda Comercio S.A., CUIT 30-71629969-0, condomicilio en la calle Sargento Cabral Nº 130, piso uno de la Localidad de San Carlos de Bolívar, Partido de Bolívar.Reclamos por el plazo de ley en Escribanía del Notario Osmar Ariel Pacho, con domicilio en calle calle Las Heras 391 deSan Carlos de Bolívar. Bolívar 24 de enero de 2019. Osmar Ariel Pacho, Escribano.
mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Monte Grande. Se comunica al comercio que BUFANO CARLOS A. y REPETTO STELLA MARIS S.H.CUIT 30-70935350-7, transfiere su fondo de comercio del rubro taller artesanal de armado y diseño de circuitoselectrónicos, ubicado en Máximo Paz 386 de la ciudad de Monte Grande, Buenos Aires, a favor de la firma Protovolt SRLCUIT 33-71536748-9. Reclamos de ley en dirección antes citada.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Burzaco. Transferencia de Fondo de Comercio Aviso: Que el Sr. BAOLI ZHANG, con DNI 94.776.517, condomicilio en la calle Venezuela 3955 CABA, transfiere fondo de comercio rubro autoservicio minorista con nombre deFantasía “Gonzalez”, sito en la calle J. V. González 2086 Burzaco Partido de Alte Brown, al Sr. Guohui Shi, con DNI95.196.772, con domicilio en la calle Av. San Martín 3317 R. Calzada. - Reclamos de ley en el mismo domicilio del referidonegocio dentro del termino legal .
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Loma Verde. JORGE HUGO GILL CUIT 20-14249146-0, transfiere a “El 54 de Siempre SRL” CUIT 30-71620718-4 el fondo de comercio de accesorios del automotor sito en Ruta 9 Panamericana Km. 54- Loma Verde -1628 -Bs. As. Reclamos de ley en el mismo domicilio.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - San Martín. JARA NORMA ESTELA trasfiere a Tortorella Ruben Osvaldo el comercio rubro ferretería,pinturería, bazar y materiales eléctricos, sito en la calle Estrada (48) Nº 2101, Villa Maipú, San Martín. Reclamos de ley enel mismo.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Florencio Varela. El Sr. KLEINER RICARDO LUIS, con DNI Nº 8542431, transfiere el fondo de comerciodel Negocio del ramo de Taller Electromecánico, denominado “Taller Copiovi“, ubicado en la calle Camino General
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SECCIÓN OFICIAL > página 51
Belgrano Nº 6248 ( ex 250 ) entre Las Américas y Finocchietto, de la localidad de Florencio Varela, partido de FlorencioVarela; al Sr. Rodriguez Néstor Ariel, con DNI N27203748 ڎReclamos de ley en el mismo domicilio.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - San Miguel. GRIJNIEWICZ JORGE, CUIT 20-07375037-8, transfiere a El Quesero S.R.L., CUIT 30-71004644-4, un comercio Rubro, “Venta mayorista y minorista de fiambres – quesos y golosinas” en Pte. Perón 2975,Reclamo de Ley en el mismo.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - San Martín. El SANATORIO MODELO DE CASEROS S.A., C.U.I.T. Nº 30-51938929-7 cede la explotacióncomercial de los consultorios externos sito en 25 de Mayo 2068 en el partido de General San Martín de la Pcia de Bs. As aAsistencia Sanitaria Integral S.A. CUIT N° 33-70913614-9. Reclamos de ley en el mismo domicilio.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Moreno. EZEQUIEL DAMIAN MASSA, con DNI 25802789 y CUIT20.25802789-3, con domicilio en Zapiola3535 C.A.B.A. código postal C 1429 transfiere fondo de comercio del rubro Granja de Criadero de aves, expediente número4078-1616/F/64 cuenta de comercio Nº 776 domicilio Cnel. Suarez 901 de Francisco Álvarez, partido de Moreno Códigopostal 1746 Provincia de Buenos Aires. Comprador Carlos Alberto Rodríguez Vaz con DNI. 20427631 y CUIT 20.20427631-6 domicilio en Arce 570 C.A.B.A. Código postal 1426.
mar. 11 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Del Viso. En cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la Ley 11.867, la Razón Social: S.H RUMIFERNANDO, RUMI FRANCO y PAEZ JAVIER CUIT: 30-71180900-3 anuncia la transferencia de fondo de comercio y/otitularidad de habilitación comercial, del rubro: “venta de repuesto de automóviles, motos, baterías, lubricantes, y venta deproductos de cerrajería, sito en Avenida Madero N° 941, localidad de Del Viso, a favor de Rumi Franco y Rumi FernandoCUIT: 30-71634415-7, bajo el expediente de habilitación Nº 7135/2011. Reclamo de ley en el mismo establecimientocomercial dentro del término legal.
mar. 12 v. mar. 18
POR 5 DÍAS - San Martín. CLAUDIO HUGO DIP DNI 13.433.732 y GASTON ALFREDO ANDRIOLI DNI 24.323.466 avisaque transfieren fondo de comercio, rubro lavadero de autos sito en J. M. Campos N°1630 esquina Mendoza, Villa Zagala,San Martín, a Jose Luis Rodriguez Ariza, DNI N° 13.490.744, libre de deuda y o gravamen. Reclamos de ley en el mismodomicilio. Habilitado cuenta 100374/8.
mar. 12 v. mar. 18
POR 5 DÍAS - Pilar. En cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la Ley 11867, “La Razón Social AILAN JUANALBERTO y TABORDA RAMON BERNA SH CUIT: 30-71019256-8. anuncia trasferencia de fondo de comercio y/otitularidad de habilitación comercial, del rubro venta de golosinas, cigarrillos, sandwiches, fotocopias, librería y dos cabinastelefónicas sitio en la calle Rivadavia 670, localidad de Pilar a favor de la Razón Social Taborda Ramon Bernardo, CUIT: 20-05539708-3, bajo el expediente de habilitación N° 9436/2007 Reclamo de Ley en el mismo establecimiento comercialdentro del término legal.
mar. 12 v. mar. 18
POR 5 DÍAS - Bragado. Transferencia de Fondo de Comercio (Art. 2°, Ley 11867).- Se hace saber que el Sr. EDUARDOANTONIO BRACCO, DNI N° 13.562.616, con domicilio en Las Canarias N° 235 de Bragado (Bs As), ha transferido el 100%del Fondo de Comercio de su propiedad del rubro Empresa Categoría Viajes y Turismo, que gira bajo el nombre "EABTurismo", sito en calle Pellegrini N° 1637 de Bragado, Habilitación Municipal N° 9654, Legajo en Secretaría de Turismo dela Nación bajo el N° 12360, a la Sra. Gimena Navarro, DNI N° 36.259.434, domiciliada en la calle Lamadrid 166 de Bragado(Bs As).- El Vendedor renuncia a todos los derechos y acciones que posee sobre dicho fondo de comercio.- El Vendedorrealiza la presente transferencia libre de empleados, impuestos y/o gastos.- Reclamos por el plazo de ley en calle PellegriniN° 1637 de Bragado, provincia de Buenos Aires, en el horario de 9 a 12 hs. y de 17 a 20 hs. Bragado, 12 de octubre de2018. Darío Andrés Raffo, Abogado.- T° XLI F° 475 C.A.L.P. Bragado, 12 octubre de 2018.
mar. 13 v. mar. 19
POR 5 DÍAS - San Martín. MATÍAS EZEQUIEL RIDOLFO vende cede y transfiere el fondo de comercio cuya actividad esgeriátrico, sito en la calle Bolivia 3410 de la Localidad de San Andrés, Partido de San Martín, Pcia de Bs. As. a la sra.Romina Paola García , DNI 34852127. Reclamos de ley en el mismo domicilio.
mar. 13 v. mar. 19
ConvocatoriasGALVYLAM S.A. Asamblea General Extraordinaria y Ordinaria
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SECCIÓN OFICIAL > página 52
CONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a Asamblea General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 25 de marzo de2019 a las 11:00 en la sede social de la sociedad sita en Marcelo Torcuato de Alvear número 4383 de la ciudad de Caseros,partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, para tratar el siguiente:ORDEN DEL DIA:Asamblea Extraordinaria: 1. Designación de dos accionistas para firmar el acta. 2. Ratificación de lo actuado por elDirectorio. Asamblea Ordinaria: 3. Consideración de los documentos indicados en el Art. 234, inc. 1ro. de la Ley General deSociedades, por el ejercicio finalizado el 30/11/2018. 4. Consideración y Aprobación de la gestión del Directorio. 5.Remuneraciones del Directorio. 6. Afectación de resultados del ejercicio finalizado el 30 de noviembre de 2018. 7. Elecciónde Directores y distribución de cargos. Nota: Se recuerda a los accionistas que deberán observar los recaudos para laasistencia a Asamblea - Depósito de acciones o certificado de las mismas, o en su caso comunicación para que se losinscriba. Sociedad no comprendida en el Art. 299 Ley Nº 19.550. Graciela B. Clouet. Abogada.
mar. 7 v. mar. 13
RICARDO RABBIONE Y COMPAÑÍA Sociedad en Comandita por Acciones Asamblea General ExtraordinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS- Convócase a Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día 25 de marzo de 2019 a las 11:00 horas enSarmiento 141 Bahía Blanca, Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, que si bien no es la sede inscripta, serealiza dentro del radio de jurisdicción de la sede social (art. 233 LGS) a fin de tratar el siguiente:ORDEN DEL DÍA:1-Disolución de la sociedad.2- Nombramiento de Liquidador.3- Rúbrica de Libros.4- Determinación del trámite a seguir para la inscripción del Liquidador.Firmado. Leandro Patricio Furlong, Notario.
mar. 7 v. mar. 13
INVERLEASE S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIA POR 5 DÍAS - Convócase a los Sres. Accionistas a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el 28 de marzo de2019, a las 11 horas en primera convocatoria y 12 horas en segunda convocatoria, en la sede social, para tratar elsiguiente:ORDEN DEL DIA:1) Designación de dos accionistas para firmar el acta;2) Consideración de las renuncias presentadas por los directores titulares Ronald Martin Hall, Edward Farah y CristianLacoste y de los directores suplentes Gustavo Guillermo Quesada, Nicolás José Repila y Juan Cornejo;3) Consideración de la gestión y remuneración de los directores renunciantes;4) Designación de directores titulares y suplentes en reemplazo de los renunciantes para completar el plazo de vigencia dela designación;5) Otorgamiento de las autorizaciones necesarias para la inscripción de las renuncias y designaciones precedentes.Nota: Para intervenir en la Asamblea, los accionistas deberán cumplir con lo establecido por el Art. 238 de la Ley 19.550.Sociedad no comprendida en el art. 299 de la Ley 19.550. Dante Daniel Seva, Presidente.
mar. 7 v. mar. 13
TERMINAL QUEQUEN S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Se convoca a los Sres. Accionistas a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 1° de abril de 2019 alas 16.00 horas, en la sede social sita en Av. Juan de Garay s/n, Puerto Quequén, Quequén, Partido de Necochea,Provincia de Buenos Aires, para considerar el siguienteORDEN DEL DÍA:1. Designación de dos Accionistas para firmar el acta.2. Consideración de los documentos enumerados por el art. 234, inc. 1º de la Ley 19.550, correspondientes al ejerciciocerrado el 30 de noviembre de 2018.3. Consideración de la gestión del Directorio y la Sindicatura.4. Remuneración del Directorio (art. 261 in fine, Ley 19.550) y de la Sindicatura.5. Destino de las utilidades.6. Elección de tres Directores titulares y fijación del número de Directores Suplentes y elección de los mismos, todos loscuales durarán un ejercicio en sus funciones.7. Elección de tres Síndicos Titulares y tres Suplentes. Para poder concurrir a la Asamblea, los Accionistas deberán cursara la sociedad, con no menos de tres días de anticipación a la celebración del acto, la comunicación prevista en el 2º párrafodel art. 238 de la Ley 19.550, para que se los inscriba en el libro de Asistencia. Sociedad no comprendida en el art. 299L.G.S.19.550. Pablo R. Gonzalez De Las Gradillas, Abogado.
mar. 8 v. mar. 14
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SECCIÓN OFICIAL > página 53
SUNLAND S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los señores accionistas a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse en la sede social deSunland S.A. sita en Independencia 564 Belén de Escobar partido de Escobar Pcia. de Bs. As., el día 28 de marzo de 2019a las 18 hs. en Primera Convocatoria y a las 19 hs en Segunda Convocatoria, para considerar el siguienteORDEN DEL DÍA 1. Designación de dos asambleístas para firmar el acta.2. Consideración de la ratificación de todo lo deliberado y resuelto en las Asambleas Generales Ordinarias de fecha 25-4-2014, 28-4-2015, 25-4-2016, 29-4-2017 y 16-4-2018.3. Consideración de la ratificación de la aprobación de los estados contables cerrados el 31-12-2013, 31-12-2014, 31-12-2015, 31-12-2016 y 31-12-2017. Sociedad no incluida en el art. 299 LGS. El Directorio. P. Mc Inerny, Abogado.
mar. 8 v. mar. 14
ACUAR S.A. Asamblea General Ordinaria y ExtraordinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Se convoca a los Sres. accionistas de ACUAR S.A. a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria el día16/04/2019, a las 17:30 horas, en primera convocatoria, y a las 18:30 horas en segunda convocatoria, en calle 54 nº 2302de La Plata.ORDEN DEL DÍA:Designación de dos accionistas para firmar el acta.Consideración de la convocatoria fuera de término. Consideración de los ejercicios 2016/2017 y 2017/2018.Gestión del Directorio.Ratificación del convenio de finiquito de litigios con la Asociación Cultural Armenia.Dr. Jorge Raúl Oyhenart – Presidente. Sociedad no comprendida en el art. 299.
mar. 11 v. mar. 15
COOPERATIVA TELEFÓNICA Y OTROS SERVICIOS DE VILLA GESELL COTEL LTDA. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 3 DÍAS - En cumplimiento con lo dispuesto en nuestro Estatuto, el Consejo de Administración de la CooperativaTelefónica y Otros Servicios de Villa Gesell “COTEL” Ltda., tiene el honor de invitar a los señores asociados a la AsambleaGeneral Ordinaria a realizarse el día 30 de marzo de 2019 a las 08.00 horas en la sede del Centro de Estudios COTEL, sitoen Boulevard y Paseo 121 de Villa Gesell, para tratar el siguiente:ORDEN DEL DÍA1º) Designación de dos Asociados para que junto con el Presidente y el Secretario, aprueben y firmen el acta.2º) Razones de la realización de la Convocatoria fuera de término.3º) Consideración y en su caso aprobación del Informe del Presidente, del Síndico y del Auditor, Memoria, BalanceGeneral, estado de resultados, cuadro de distribución de excedentes y demás cuadros anexos del ejercicio Nº 54, cerradoel 30 de setiembre de 2018.Disposiciones Legales:Art. 33 Estatutos: “Las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentesuna hora después de fijada la convocatoria si antes no se hubiere reunido la mitad más uno de los asociados”.Art. 35Estatutos: “Cada asociado deberá solicitar previamente a la Administración el certificado de las cuotas sociales, que leservirá de entrada a la Asamblea, o bien si así lo resolviera el Consejo, una tarjeta credencial en la cual constará sunombre. El certificado o la credencial se expedirán también durante la celebración de la Asamblea. Antes de tomar parte enlas deliberaciones, el asociado deberá firmar el libro de asistencia. Tendrán voz y voto los asociados que se encuentren aldía con sus obligaciones, de cualquier naturaleza con la Cooperativa, a la fecha de la Asamblea. Cada asociado tendrá unsolo voto cualquiera fuera el número de sus cuotas sociales”.Padrones y documentación a considerar a disposición de losseñores Asociados en la Oficina Comercial de COTEL LTDA. en Avda. 3 y Paseo 113 de Villa Gesell.Fernando Noya, Secretario. Antonio S. V. Roncoroni. Presidente
mar. 11 v. mar. 13
EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los Sres. Accionistas de Empresas Prestadoras de Servicios de Salud S.A. a la AsamsbleaGeneral Ordinaria a llevarse a cabo en el salón auditorium de calle Lebensohn Nº29 de Junín (B)para el dia 1 de abril de2019 a las 21 hs en primera convocatoria y para las 22hs del mismo día y lugar en segunda convocatoria para tratar elsiguienteORDEN DEL DÍA:1) Designación de dos accionistas para actuar de escrutadores y firmar el acta de asamblea.2) Consideración de los documentos del art. 234 inc.1 de la ley 19.550 (LGS) correspondiente al 9º ejercicio cerrado al31/12/2018.3) Consideración de la gestión de los Directores y Síndico.
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SECCIÓN OFICIAL > página 54
4) Consideración de la remuneración del Directorio y Sindicatura.5) Autorización a recibir por el Directorio honorarios por adelantado al 10º ejercicio que vence el 31/12/2019.6) Designación del nuevo Directorio y del Síndico Titular y Síndico Suplente de acuerdo se establece en el estatuto social.7) Determinación del valor unitario de las acciones de acuerdo a lo establecido por el estatuto social.Sociedad no comprendida en el art.299 LGS19550.El Directorio.-M. Silvina Lamelza. Abogada.
mar. 11 v. mar. 15
ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO CHACRAS LA PRUDENCIA S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Se convoca para el 26 de marzo de 2019 a las 9 horas, en la sede social de la calle Manny 1372, Escobar,PBA, con el siguiente:ORDEN DEL DÍA:Designación de dos accionistas para firmar el acta.Ratificar lo resuelto en las Asambleas del 31-5-2017 y del 28-4-2018.Dejar claro que el desistimiento por los socios del proyecto de tendido eléctrico subterráneo, y sustitución por solicitudesindividuales de provisión eléctrica mediante tendido aéreo o el que la Empresa prestadora realice, desvincula a laAsociación del compromiso de gestionar el proyecto subterráneo.Aprobar lo actuado hasta el presente por el Directorio.Consideración de los documentos que establece el Art. 234 Inc. 1 de la Ley 19.550, por el ejercicio cerrado el 31/12/2018.Se recuerda a los Señores Accionistas la obligación del Art. 238 de la Ley 19.550, sobre comunicación de su decisión deasistir con por lo menos tres días hábiles de anticipación a la fecha fijada, a fin de ser inscriptos en el Libro de Asistencia aAsambleas. Sociedad no comprendida en el Art. 299. Nicolás Benjamín Soto, Presidente. Nicolás B. Soto, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15
HOTEL LIBERTADOR S.A. Asamblea OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los Señores Accionistas ce Hotel Libertador S.A., en primera y segunda convocatoria, aAsamblea Ordinaria a celebrarse el día 28 de marzo de 2019 a las 19,00 horas, en a sede social de Mitre 545 de la Ciudadde Tandil, para tratar el siguiente:ORDEN DEL DÍA1) Motivos por los que la asamblea se realiza fuera de término. 2) Consideración de la documentación mencionada en el inc.1) del Art. 234 de la Ley 19550, correspondiente al ejerciciofinalizado el 31 de diciembre de 20173) Aprobación de la gestión del Directorio y la Sindicatura.4) Remuneración al Directorio en exceso a lo establecido en el Art.261 de la Ley 19550 por el ejercicio finalizado el31/12/2017 y autorización de asignación para dicho ejercicio y el ejercicio en curso.5) Firma del Acta. Sociedad no comprendida en el artículo 299 de la LGS Tandil, 1° de marzo de 2019.El Directorio. Luis María Cerone, Presidente.
mar. 11 v. mar. 15
COLEGIO DE TRADUCTORES PÚBLICOS E INTÉRPRETESDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES REGIONAL SAN ISIDRO Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 3 DÍAS - Según lo dispuesto por el Reglamento Interno Provincial en su Título X, el Consejo Directivo convoca a losseñores matriculados a Asamblea General Ordinaria para el día lunes 25 de marzo de 2019 a las 18 hs. en el Instituto deEnseñanza Superior de SCUOLE CCI, Tres de Febrero 387, San Isidro, para tratar el siguienteORDEN DEL DÍA:1) Designación del Presidente de la Asamblea;2) Designación de 2 (dos) asambleístas para firmar juntamente con el Presidente y el Secretario, el Acta de la Asamblea;3) Consideración de Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos;4) Presupuesto anual de gastos y recursos para el próximo ejercicio. Los documentos correspondientes al punto 3 estarána disposición de los matriculados en nuestra sede a partir del 11 de marzo de 2019 y además se enviarán por correoelectrónico. Consejo Directivo, San Isidro, marzo de 2019.Myriam C. Hess, Secretaria.
mar. 11 v. mar. 13
DUNLOP ARGENTINA S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los señores accionistas de Dunlop Argentina S.A. a la Asamblea General Ordinaria deAccionistas a celebrarse el día 28 de marzo de 2019,a las 10:30 horas, en la calle Chubut 1136, Bella Vista, Partido de San
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SECCIÓN OFICIAL > página 55
Miguel, Provincia de Buenos Aires, para tratar el siguiente:ORDEN DEL DÍA:1- Designación de dos accionistas para firmar el acta;2- Consideración dela documentación prescripta por los Art. 234,inciso 1 y294, inciso 5 de la Ley de SociedadesComerciales correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre del 2018.3- Consideración del resultado del ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre del 2018;4- Consideración de la gestión desarrollada por el Directorio durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre del 2018;5- Consideración de los honorarios del Directorio;6- Fijación del número de Directores. Elección de Directores Titulares y Suplentes;7- Consideración de la gestión desarrollada por la Sindicatura durante el ejercicio finalizado el 31de diciembre del 2018;8- Consideración de los honorarios del Síndico;9- Elección del Síndico Titular y el Síndico Suplente.Nota: Para participar de la Asamblea, los señores accionistas deberán comunicar a la sociedad su asistencia mediante lacomunicación escrita prevista en el Art. 238 de la Ley 19.550o depositar sus títulos en Chubut 1136, Bella Vista,Partidode San Miguel, Provincia de Buenos Aires, en horario de 15 a 17 horas hasta el día 22 de marzo de 2019. Firmado. Pedro Ricardo Dell´Isola, Contador Público.
mar. 11 v. mar. 15
ASOCIACIÓN CIVIL COMPLEJO RESIDENCIAL EL PALMAR S.A. Asamblea General Ordinaria y ExtraordinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias se convoca a los Sres. accionistas, a la AsambleaGeneral Ordinaria y Extraordinaria, que tendrá lugar en el SUM del Edificio Insignia, del Complejo Residencial El Palmar,Nordelta, Tigre, Pcia. de Buenos Aires, el día 1° de abril de 2019, a las 17.30 horas en primera convocatoria y a las 18.30hrs. en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA1. Designación de dos accionistas para firmar el acta correspondiente.2. Consideración de la Memoria y Balance General correspondientes al Ejercicio Económico Nº 7 cerrado el 31/12/2018.3. Aprobación de la gestión del Directorio.4. Aprobación de la gestión de la Sindicatura. 5. Designación de tres miembros titulares y tres suplentes para integrar el Tribunal de Disciplina por vencimiento de losactuales mandatos.6. Plan de inversión en seguridad y espacios recreativos. Financiación. El Directorio Nota: Para poder participar de laAsamblea, de acuerdo con el art. 238 de la Ley 19.550 modificada por la Ley 22.903, los titulares de acciones escrituralesdeberán cursar comunicación fehaciente a la sociedad, con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la fechafijada para la Asamblea. La comunicación deberá efectuarse a la siguiente dirección: Av. De los Fundadores 265, Localidadde Nordelta, Partido de Tigre, Pcia. de Bs. As., a fin de que se los inscriba en el Libro de Asistencia a Asambleas.Conformeal art. 10° del Estatuto Social, los accionistas podrán hacerse representar para la Asamblea por terceras personas, según lodispuesto en el art. 239 de la Ley 19.550, siendo suficiente el otorgamiento del mandato en instrumento privado, con lafirma certificada en forma judicial, notarial o bancaria.Los asistentes deberán acreditar que no registran deudas pendientescon la Asociación.Copia de la Memoria y Balance General al 31/12/2018 podrá ser retirada en la Administración a partir del15 de marzo en horario de 9:00 a 13.00 y 14.30 a 18.00. Sociedad no comprendida en el art. 299 L.S.
mar. 12 v. mar. 18
EL ARENAL DEL CARMEN S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Se hace saber que el día 1° de abril de 2019, a las 10 horas, se llevará a cabo la Asamblea GeneralOrdinaria, en su sede social ubicada en la calle Chile 32, Torre 2, piso 12 A, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, Rep.Argentina, a fin de tratar el siguienteORDEN DEL DÍA:1) Considerar la documentación prescripta por el artículo 234, inciso 1 de la Ley 19.550, correspondiente al trigésimocuarto ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre de 2018.2) Determinación del destino de las utilidades acumuladas.3) Aprobación de la gestión del directorio.4) Fijación de la remuneración de los directores en exceso de los límites fijados por el artículo 261 de la Ley de SociedadesComerciales.5) Determinación del número de Directores y elección de los mismos.6) Designación de dos accionistas para firmar el acta. Se cita a segunda convocatoria a las 11 hs. del mismo día. s. Nota:se recuerda la obligatoriedad de cursar la comunicación de asistencia, de conformidad al Art. 238 de la Ley 19550. MariaConsuelo Canepa. Presidente.
mar. 12 v. mar. 18
LA MONETA CAMBIO S.A. Asamblea General OrdinariaCONVOCATORIAPOR 5 DÍAS - Convócase a los Sres. Accionistas de La Moneta Cambio S.A., Matrícula N° 57611, Legajo 105395, a
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SECCIÓN OFICIAL > página 56
Asamblea General Ordinaria a celebrarse en las oficinas de la firma sita en Rivadavia 2623 de la ciudad de Mar del Plata,partido de Gral. Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, para el día 9 de abril de 2019 a las 13 hs. para tratar el siguienteORDEN DEL DÍA:1) Consideración del Balance General cerrado el 31/12/2018 y demás documentación del art. 234 Inc. 1º Ley Nº 19.550.2) Tratamiento del resultado del ejercicio.3) Aprobación de la gestión del Directorio, del Síndico y sus honorarios.4) Designación de un Sindico Titular y un Sindico Suplente, ambos por un ejercicio.5) Designación de dos accionistas para firmar el acta.
mar. 13 v. mar. 19
TRAUMATÓLOGOS ASOCIADOS S.A. Asamblea General ExtraordinariaConvocatoriaPOR 5 DÍAS - Convócase a los Sres. Accionistas de Traumatólogos Asociados S.A. a Asamblea General Ordinaria arealizarse el día 10 de abril de 2019 en el domicilio social de Dorrego 1811 ciudad de Mar del Plata, Provincia de BuenosAires, a las 21 horas, para tratar el siguiente:ORDEN DEL DÍA:1) Designación de dos accionistas para firmar el acta.2) Tratamiento de la modificación delReglamento Interno de la Sociedad.3) Tratamiento de la propuesta de transferencia y venta del paquete accionario del Dr. Carlos Antonio Vottola. Firmado: Dr.Oscar E. Arina. Presidente Directorio.
mar. 13 v. mar. 19
SociedadesATLÁNTICA URBANIZACIONES S.R.L. POR 1 DÍA - Constitución por Instrumento Público al 02 del mes de mayo del 2018, ante Notario titular Pablo AlejandroBuscaglia, Registro Nº 90 del Partido de Gral. Pueyrredón. 1) Socios: Carlos Alberto Lalli, argentino, Documento Nacionalde Identidad número 11.134.173, CUIT 20-11134173-8, nacido el dos de septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro,empresario, domiciliado en Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos 1167 décimo tercer piso Departamento A de estaciudad; Adriana Inés Torres, argentina, Documento Nacional de Identidad número 16.023.740, CUIL 27-16023740-1, nacidael veinte de octubre de mil novecientos sesenta y dos, empresaria, domiciliada en la calle Córdoba 1231 segundo Pisodepartamento “B” de esta ciudad; ambos divorciados de sus primeras nupcias entre sí, según sentencia de fecha 27 dediciembre de 2010, dictada en autos caratulados “Torres Adriana Inés y Lalli Carlos Alberto s/Divorcio (art. 214 inc. 2 C.Civil)” Expediente Nº 40.912 de trámite por ante el Tribunal de Familia No. 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, quehe tenido a la vista y en fotocopia obra incorporada al folio 272 del protocolo del año 2011 de este mismo Registro al queme remito, conste; Eduardo César Agüero, argentino, Documento Nacional de Identidad número 16.779.611, CUIT 20-16779611-8, nacido el doce de diciembre de mil novecientos sesenta y tres, casado en segundas nupcias con María SolUzquiano, arquitecto, domiciliado en Diagonal Pueyrredón 3115 de esta ciudad; Martín Guillermo Marcenaro, argentino,Documento Nacional de Identidad número 21.909.469, CUIT 20-21909469-9, nacido el cuatro de mayo de mil novecientossetenta y uno, casado en primeras nupcias con Mariana Brenda Berardo, arquitecto, domiciliado en calle General Paz 3045de esta ciudad; y Marcelo Gabriel Dorzi, argentino, Documento Nacional de Identidad número 17.179.112, CUIT 20-17179112-0, nacido el trece de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, soltero, hijo de Antonio José Dorzi y de LidiaSusana Barletta, arquitecto, domiciliado en Avenida Independencia 1176 Decimo Primer Piso Departamento “B” de estaciudad 2) Denominación: Atlantica Urbanizaciones S.R.L. 3) Domicilio Legal: Localidad Mar del Plata, calle Catamarca 20761er Piso oficina A, Partido de Gral. Pueyrredón, Prov. de Buenos Aires. 4) Objeto Social: 1) Inmobiliaria 2) Constructora 3)Fabricación y comercio al por mayor y menor. 4) Importación y exportación 5) Mandatos y servicios 6) Financieras 5)Duración: 99 años 6) Capital Social: de pesos seis millones seiscientos mil ($ 6.600.000.-) dividido en cien (100) cuotas depesos sesenta y seis mil ($ 66.000.-) de valor nominal cada cuota y de un voto por cuota. 7) Administración Social yRepresentación Legal: estará a cargo del Socio-Gerente Sr. Lalli Carlos Alberto sin término de duración en el cargo. 8)Cierre de Ejercicio: 30 de abril de cada año. CPN Carlos F. Armeri.
SIJAM Sociedad Anónima POR 1 DÍA - Se hace saber que por acta de asamblea general ordinaria n*4 de fecha 22 de noviembre de 2016 losaccionistas de la firma "Sijam Sociedad Anónima", CUIT 30-71420184-7, con domicilio social en la provincia de BuenosAires y sede social en calle Lavalle número 573 de esta ciudad y partido de San Nicolás de los Arroyos, provincia deBuenos Aires, por unanimidad resolvieron designar los miembros de su Directorio que queda integrado de la siguientemanera: Presidente: José Luis Andrin, Documento Nacional de Identidad número 24.210.956, CUIL 20-24210956-3, nacidoel 15 de enero de 1975, casado en primeras nupcias con Julieta Brigati, con domicilio especial en calle Lavalle número 573de esta ciudad.- Director suplente: Andrés Eduardo Andrin, Documento Nacional de Identidad número 26.125.925, CUIL 20-
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26125925-8, nacido el 2 de agosto de 1977, casado en primeras nupcias con María Eugenia López, con domicilio especialen calle Lavalle número 573 de esta ciudad.- Juan Mauricio Chapuis. Escribano. Registro de Escrituras Públicas número 15del Partido de San Nicolás.
SIJAM Sociedad Anónima POR 1 DÍA - Se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria n*6 de fecha 12 de noviembre de 2018 losaccionistas de la firma "Sijam Sociedad Anonima", CUIT 30-71420184-7, con domicilio social en la provincia de BuenosAires y sede social en calle Lavalle número 573 de esta ciudad y partido de San Nicolás de los Arroyos, provincia deBuenos Aires, por unanimidad resolvieron trasladar su sede social a Avenida Falcón número 579 de esta ciudad y partidode San Nicolás de los Arroyos, provincia de Buenos Aires.- Juan Mauricio Chapuis. Escribano. Registro de EscriturasPúblicas número 15 del Partido de San Nicolás.
VIA URBANA S.R.L. POR 1 DÍA - Por Reunión de socios del 29/11/18 cambió el domicilio a Prov. BsAs y se reformó art.1º del estatuto. Se fijasede social Domingo Sarmiento 3625 San Fernando Ptdo. de San Fernando. Jorge Alberto Estrin. Abogado.
AUSTRAL MEDICA S.A. POR 1 DÍA - El día 23 de enero de 2019 en la Ciudad de Bahia Blanca, Provincia de Buenos Aires por Asamblea Ordinariase procedió a la elección y aceptación de un nuevo Directorio, quedando compuesto por dos miembros: Marcelo MartinNavarro Martínez (Presidente) y Agostina Maria Deniz (Director Suplente).
ARGRENOVA S.A. POR 1 DÍA - Por Esc.168. F° 379 del 23/07/2018 y modif. Esc.49 F°110 del 25/01/2019 Ante Notaria Florencia Squirru.Reg. 1 Azul, se constituyó "Argrenova S.A". Duración 99 años.- Florencia Squirru. Notaria. Registro numero Uno de Azul.
ESTANCIAS BUSQUET S.A. POR 1 DÍA - Legajo: 54575 – Matrícula: 29653. Designación de Autoridades. Por Asamblea General Ordinaria N° 38 del30/01/2019 se designaron y distribuyeron, las autoridades que componen el Directorio de “Estancias Busquet S.A.”,quedando integrado de la siguiente manera: Directores Titulares: Presidente: Santiago Hutter, D.N.I.: 33.362.240, C.U.I.T.:20-33362240-9; Director Suplente: Vicepresidente: Nicolás Alberto Busquet, D.N.I.: 24.227.369, C.U.I.T.: 23-24227369-9;todos por tres ejercicios, hasta el 31/12/2021, constituyendo domicilio especial en Establecimiento La Nicolasa sin número,ciudad de Hale, partido de Bolívar, provincia de Buenos Aires. Todos ellos, aceptan los mandatos para los que fuerondesignados, y expresan que no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nómina de Funciones de PersonasExpuestas Políticamente”, aprobada por la UIF; y que no se encuentran alcanzados por incompatibilidades e inhabilidadeslegales y/o reglamentarias para ocupar cargos. Santiago Hutter - Presidente.
LA QUINTA SERVICIOS HORTICOLAS S.R.L. POR 1 DÍA - Constitución de sociedad 1) Socios: José Ignacio Intagliata, arg, nac. 30/03/1983, solt., ing. agrónomo, dom.calle 485 Nº 1983, La Plata, Pdo. La Plata, Prov. Bs. As, DNI 30.140.238,cuit. 20-30140238-5; Juan Horario Quintela, arg,nac. 22/12/82, periodista, solt., dom: Arana Nº 874, Villa Elisa, Pdo. La Plata, Prov. Bs.As., DNI 29.957.945, Cuit: 20-29957945-0; 2) Instrumento priv. del 27/02/2019. 3) Denom: La quinta servicios hortícolas S.R.L. 4) Dom.: calle 485 Nº1983, La Plata, Pdo. La Plata, Prov. Bs.As. 5) Objeto: explot. agropecuarias, veterinarias, produc. alimenticios, minimercado, producto de granja, bodegas y viñedos, tambo e ind. láctea, frigoríficos, apicultura,asesoramiento, estibajes,barracas de lanas, cueros y curtiembres,forestación, máq. agrícolas, transp. de cargas, constructora,operaciones inmob.,financieras, patentes y marcas, material informático 6) Durac: 99 años a partir de su inscrip.7) Capital: $100.000.-, 1.000cuotas de $100.- v/n c/u y 1 voto. aport. efect.8) Adminis: ejercida por 1 o más socios o un tercero indist., por eltérmino dedurac.de la soc. 9) Cierre ej.: 31/10 de cada año. Iglesias Sebastián Miguel. Contador público.
SELPRO Sociedad Anónima POR 1 DÍA - “Selpro Sociedad Anónima” Matricula DPPJ 19502-Designacion de directores- Por acta de asamblea GeneralOrdinaria N° 41 de fecha 14 de septiembre de 2018 y acta de Directorio N° 195 de la misma fecha se determinó el número,elección y distribución de directores, determinando por unanimidad quedando el directorio compuesto de lasiguientemanera: Presidente: Manuel Del Curto, Argentino, D.N.I.39.387.151, CUIL/CUIT 20-39387151-3, Moreno 933,azul, Bs As; Vicepresidente: Gustavo José María Del Curto, Argentino, D.N.I. 12.515.950, CUIL/CUIT 20-12515950-9,Domicilio RNA N° 3 KM 300.5, Azul, BsAs; Director Titular : Santiago Del Curto, Argentino, D.N.I. 41.197.967, CUIL/CUIT23-41197967-3, domicilio Moreno 933, Azul Bs As; Directores suplentes: Delia Beatriz Owen, Argentina, D.N.I. 21.132.461, CUIL/CUIT 27-21132461-4 domicilio Moreno 933, Azul, Bs As; María Inés Martinez, Argentina, DNI 17.208.261, CUIL/CUIT27-17208261-6, domicilio Av. Perón 732, Azul, Bs As; Claudio Adolfo Fernandez, Argentino, D.N.I. 17.459.374,CUIL/CUIT, 20-17459374-5, domicilio Arenales Norte 416, Azul, Bs As.- Florencia Squirru. Notaria. Registro N° 1 de azul,Provincia de Buenos Aires.
LOS AVESTRUCES S.A.
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POR 1 DÍA - Se hace saber que “ Los Avestruces S.A.”, CUIT 30-61652611-8, por acta de asamblea ordinaria N° 46 defecha 29/10/2018, se procedió a: 1) Cambiar el domicilio legal siendo el nuevo domicilio en Las Azucenas N° 181 de De laGarma, Partido de González Chávez, modificando el artículo Primero del E.S, quedando redactado: “ Articulo primero:Denominación – Domicilio: bajo la denominación social de “Los Avestruces Sociedad Anonima”, queda constituida unasociedad anónima, con domicilio social en el partido de González Chávez, Provincia de Buenos Aires. Podrá instalaragencias, sucursales, establecimientos o cualquier otro tipo de representación dentro y fuera del país.- 2) Renovar eldirectorio, quedando compuesto: Director Titular Liliana Elcira Vazquez, CUIT 27-10860213-4, domiciliada en av. 25 deMayo 692 Piso 9 de Azul; y Director Suplente Horacio María Saint Andre, cuit 20-10860294-6, domiciliado en Alvear 698 deAzul. Ricardo J. Scabuzzo. Notario.
FRAFEBAS S.A. POR 1 DÍA - Por Esc. 59 .F°130 del 27/02/2019 Ante Notaria Florencia Squirru. Reg. 1 Azul, se constituyó “Frafebas SA”;Socios: Emanuel Barrenache, arg. Comerciante, DNI 32.634.681, CUIT/CUIL 20-32634681-1, nac. 11/12/1986, soltero,dom. Falucho 772, Tandil, Bs As; Eduardo Matías Spacech, arg. Comerciante, DNI 30.680.186, CUIL/CUIT 20-30680186-5,nac. el 18/02/1984, soltero, dom. Lobería 423. 9A, Tandil, Bs As y Daniel Alejandro Pinat, arg. Comerciante, DNI27.339.668,CUIL/CUIT 23-27339668-3, nac. 3/06/ 1979, casado domicilio Beiro 750, Tandil, Bs As.- Objeto: a) La venta depasajes para el transporte de colectivo de pasajeros y cargas automotor, por recorridos actualmente autorizados y/o que enel futuro autoricen las autoridades comunales, provinciales y /o nacionales, pudiendo operar en las categorías servicioregular de línea, contemplada y/o que en futuro contemplen las ordenanzas municipales, las leyes y decretos provinciales yleyes y decretos nacionales vigentes en la materia. Gestionar y realizar transporte internacional de pasajeros y cargas.Operar como Agencia de Viajes y Turismo y establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional. b) Explotaciónpor cuenta propia o de terceros del transporte de mercaderías generales, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes y sudistribución, almacenamiento, deposito, embalaje y guardamuebles, y dentro de esa actividad, la de comisionistas yrepresentantes; realizar el transporte de productos agropecuarios por cuenta propia o de terceros en camiones de lasociedad o de terceros. c) Explotar todo lo concerniente al transporte terrestre de pasajeros y cargas en todo el territorionacional y, en general, lo vinculado con la actividad del transporte; explotar concesiones, licencias o permisos otorgadospor poderes públicos para el transporte de pasajeros y cargas. d) Transporte terrestre en general y en especial, transportepúblico de pasajeros y carga mediante explotación de vehículos propios o de terceros e) Compra, venta, arriendo osubarriendo de colectivos, ómnibus y automotores en general, chasis, carrocería y sus implementos y accesorios; compra,cuenta y/o permuta y/o consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores,combustibles, lubricantes, así como productos y subproductos y mercaderías industrializados o no, y en general cualquierotro artículo para vehículos automotores, sin restricción ni limitación alguna, su importación y exportación, y la reparaciónde vehículos propios y ajenos. f) Industrial: fabricación y elaboración de productos y subproductos metalúrgico, químicos,plásticos, autopartes para vehículos automotores y accesorios, carrocerías para automotores, y en especial fabricación dechasis, motores, sus repuestos y accesorios, carrocerías para automotores, baterías, acumuladores de energía, neumáticosnuevos y reacondicionados. g) Organización, asesoramiento, y atención industrial, administrativo, publicitario, comercial,técnico, deportivo, artístico, de informática y computación. h) Instalación, explotación y administración de supermercados,despensas; importación, compraventa, representación, consignación, mandatos y comisiones de productos alimenticios,carnes, productos cárnicos, artículos para el confort del hogar, artículos de limpieza, bebidas con y sin alcohol, gaseosas,jugos frutales, verduras, hortalizas y frutas. i) Administradora fiduciaria.-Se excluyen las operaciones comprendidas en laley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público. -Domicilio social: Tandil, pcia. BS AS.Bereterbide 214.- Capital Social: $100.000,00; 100 acciones ordinarias nominativas no endosables $1.000,00) de valornominal cada una y con derecho a un voto por acción- Administración: un mínimo de uno y un máximo de cinco directorestitulares y un mínimo de uno y un máximo de cinco número de suplentes, por tres ejercicios. Directorio: Presidente: EduardoMatías Spacech director suplente: Emanuel Barreneche; Fiscalización: art. 55 LGS.- Cierre de ejercicio: 30/09 de cada año.Florencia Squirru. Notaria. Registro numero Uno de Azul.
COBEC S.A. POR 1 DÍA - Por asamblea del 27/4/18 cambió el domicilio a CABA y se reformó art.1º del estatuto. Se fija sede social enCorrientes 545 piso 10 contrafrente CABA. Jorge Alberto Estrin. Abogado
BRUNO Y ASOCIADOS MONITOREO PRIVADO S.R.L POR 1 DÍA - Por instrumento privado de fecha 22/02/2019 se constituye la sociedad Bruno y Asociados Monitoreo PrivadoS.R.L. Socios: Augusto Bruno, argentino, DNI 37.055.243, CUIL N° 20-37055243-7, nacido el 18/10/1992, comerciante,soltero, domiciliado en Dorrego Nº 478, San Carlos de Bolívar, Bolívar, Bs.As; Olga Mariana Curutchet, argentina, DNI13.745.221, CUIL N° 27-13745221-4, nacida el 10/04/1960, empleada, casada, domiciliada en Dorrego Nº 478, San Carlosde Bolívar, Bolívar, Bs.As; Denominación: Bruno y Asociados Monitoreo Privado S.R.L.; Sede: Dorrego Nº 478, San Carlosde Bolívar, Bolívar, Bs.As; Objeto: realizar por cuenta propia, por terceros o asociada a terceros Servicios de SeguridadPrivada comprendidos en la Ley Provincial 12.297 y sus modificatorias y en especial las siguientes actividades: a)Vigilancia y protección de bienes, b) Escolta y protección de personas, c) Transporte, custodia y protección de cualquierobjeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales, d) Vigilancia y protección de personas y bienes enespectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas, e) Obtención de evidencias en cuestionesciviles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la justiciapor la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal, f) Monitoreopor sistema de alarma y cámaras de vigilancia de bienes muebles e inmuebles; Duración: 99 años; Capital Social: $ 50.000dividido en 500 cuotas de $ 100 valor nominal; Administración y Representación: 1 a 3 gerentes. A cargo de: AugustoBruno, mandato todo el tiempo de duración de la sociedad; Fiscalización: a cargo de los socios no gerentes; Cierre del
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Ejercicio: 31/12. Franco Canepare. Abogado.
GRUPO T y G S.A. POR 1 DÍA - Se hace saber que por Escritura Nº 9 –complementaria- de GRUPO T y G S.A. del 30 de enero de 2019 semodifica el artículo primero del Acta Constitutiva y Artículo Primero del estatuto social, aclarándose que la sociedadanónima se consitituye por subsanación de la Sociedad de Hecho de Teplitz Néstor Julio y Gaveglio Roberto. RicardoFichman. Contador Püblico.
GRUPO CONVERGENCIA S.R.L. POR 1 DÍA – Edicto complementario. 10) Cierre de Ejercicio: 31 de marzo de cada año. Pedro R. Valori. Contador.Público.
P&O RUBBER TECHNOLOGY S.R.L. POR 1 DÍA - Por Acta de reunión de socios del 05/02/19, se reforma art. 5 del estatuto: Adm.: a cargo de uno o más gtes.en forma indiv. e indistinta, socios o no por tiempo indeterminado. Juan A. Gallardo. Contador Público.
ZINGUERIA MOYA S.R.L. POR 1 DÍA – Cesión de cuotas sociales. Por instrumentos privados de fecha 28/02/2019, Gabriel Francisco Moya, 50, arg.,nac. 01/06/1968, solt., DNI 20.045.505, CUIT 20-20045505-4; dom. Piedra Buena 275, Monte Hermoso, cede y transfiere latotalidad de las cuotas, 1) Cincuenta y cuatro a favor de Leandro Manuel Moya, 42, divorciado, arg., nac. 22/06/1976, D.N.l.25.215.336, CUIT 20-25215336-6, dom. Patricios 1262, Ba. Bca. 2) Seis a Maria Jose Pereyra, 37, solt., arg., nac.22/01/1982, D.N.l. 29.300.602, CUIL 23-29300602-4, dom: Bravard 1785, Ba. Bca. Las cuotas sociales de la sociedadquedan repartidas de la siguiente forma: Leandro Manuel Moya 95 % y María José Pereyra 5 % del total.Carlos G.Vitale Contador Público.
GRUPO D.F.L. S.A. POR 1 DÍA - Por Acta de Asamblea General Ordinaria del 31/10/2018 se designan Presidente: Martin Esteban Martino yDirector Suplente: Isabel Alvarez. Damian Máximo Jakim. Abogado.
KIWI DE ARGENTINA S.A . POR 1 DÍA – Por acta de Asamblea Ordinaria del 19/10/18 se resolvió por unanimidad elección de Directores por un nuevoperíodo de un ejercicio. Por Acta de Directorio de misma fecha se distribuyeron los cargos: Presidente: Mabel Inés DePaola, DNI 10.258.815, 28/09/51, CUIT 27-10258815-6, argentina, casada, Alvarado 1368 – Mar del Plata, Pdo, GralPueyrredón; Director Suplente: Mariano Martínez Saez, DNI 26.902.087, 28/11/78, CUIT 20-26902087-4, argentino,casado, Laprida 818, Mar del Plata, Pdo. Gral. Pueyrredón. Rubén Martínez Madariaga. Contador Público.
MILITA ESTÉTICA S.R.L. POR 1 DÍA - Constitución, Milita Estética S.R.L. 1. Clement Angel Daniel ,14/11/1981, DNI 29.139.235, CUIT:20-29139235-1 Divorciado y San Martin Yesica Beatriz, 01/03/1985, DNI 31.476.226 CUIT 27-31476226-1 Divorciada, ambos argentinosy comerciantes ambos domiciliados en calle Garay 1575, Mar del Plata, Gral. Pueyrredon 2. 04/10/2018 3. Milita EsteticaS.R.L. 4. Garay 1575, Mar del Plata, Gral. Pueyrredón 5. Objeto: Estética y Salud, nutrición, modelación Corporal Cirugíaestética a través de profesionales, consultorios, compraventa de productos relacionados con la estética corporal. b)Inmobiliaria: Compra venta y administración de bienes relacionados con su objeto. c) Comercio al por Mayor y menormercaderías. d)Transporte, por cuenta propia o de terceros. e) Mandataria: representaciones relacionadas con su objeto. 6.Duración 99 años 7. Capital $400.000. 8. Administración, un gerente socio o no en forma individual por toda la duración; 9.Gerencia, Representación legal y uso de la firma social: Clement Ángel Daniel. 10 Órgano Fiscalizaciónpor socio nogerente 11. Cierre Ejercicio 30/09. Julian Gomez. Contador Público.
ENG ENERGY SOLUTIONS S.A. POR 1 DÍA - 1) Débora Marina Benavidez, arg., DNI 34.586.802, CUIL 27-34586802-5, nacida 17/2/1989, empresaria,casada en primeras nupcias con Walter Oscar Argentino, domiciliada en Parravicini 1015, Villa Lynch, Partido de GeneralSan Martín, Prov. de Buenos Aires; Leandro Gabriel Racciatti, arg., DNI 31.315.173, CUIL 20-31315173-6, nacido el14/12/1984, empresario, soltero, hijo de Juan Carlos Racciatti y Nelida Cristina Aducho, domicliado en Jose Ingenieros 407,Beccar, San Isidro, Prov. de Buenos Aires; y José Rodrigo Sebastián Pardo, arg., DNI 31.000.176, CUIL 20-31000176-8,nacido el 3/8/1984, empresario, soltero, hijo de José Luis Pardo y María Marcela Engler, domiciliado en Balcarce 6244,Loma Hermosa, Partido de General San Martín, Prov. de Buenos Aires. 2) 27/2/2019. 3) ENG Energy Solutions S.A. 4)Parravicini 1015, Villa Lynch, partido de General San Martin, Provincia de Buenos Aires, 5) La sociedad tiene por objetorealizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la república o del extranjero lassiguientes actividades: instalación, ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas, electromecánicas y electrónicas; fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica y fabricación de motores, generadores ytransformadores eléctricos y aparatos de distribución y control de la energía eléctrica. A tales fines la sociedad podrá actuaren mandatos, comisiones, representaciones y todo otro contrato afín. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para
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adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos, que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. 6) 99años desde fecha acto constitutivo.7)$ 100.000.8) Administración: Directorio compuesto: entre 1 y 3 titulares y 1 y 3Suplentes. Prescinde de sindicatura, fiscaliz. Art. 55 y 284 L.S. Presidente: Leandro Gabriel Racciatti y Director suplente:Débora Marina Benavidez, ambos fijan domicilio en sede social Duración: 3 ejercicios.9) Representación: presidente.10)Cierre ejercicio: 30/06. Damian M. Jakim. Abogado.
JULCARIO HNOS. S.R.L. POR 1 DÍA - Inst. Priv. 19/02/19. Dom. Ent, Pérez Quintana 3567, Ituzaingó, Bs As. Soc.: Rio Julio Daniel, arg. cas. DNI14408321, nac. 10/01/61, comerc., dom. Cerrito 2365, Ituzaingó, Bs. As., Río Carlos Alberto, arg. cas. DNI 11994994, nac.27/11/56, comerc., dom. Pérez Quintana 3567, Ituzaingó, Bs.As. Obj: a- Compraventa y/o distribuc. de: materiales deconstr., art. de cerámica blanca y/o roja, esmaltadas o no y/o revest. cerámicos p/interiores y/o exteriores, pisos cerámicos,porcelanatos o de cualquier otra índole, elem. p/ la construc. premoldeados y/o prefabricados de cualquier tipo, c/sin lasinstalac. de revestim. y/o c/sin instalac. complementarias; materiales directamente afectados a la construc. de cualquiertipo y/o modelo de viviendas individ., colectivas, por sistemas tradic. y otros modernos prefabricados en existencia o acrearse; revest. internos o externos para piletas y/o instalac. industriales y/o comerc. y de viviendas habitacionales y/o deaplicación comunit. o de bien común; artefactos sanitarios y/o sus complem. y/o elementos p/su instal.; gritería y/o susanexos; artículos para la calefacción refriger. y/o sus anexos; amueblamientos de cocina y baños, alacenas, peinadores,bañeras de fibra, bañeras Bagnara de acrílico + ABs +Greensir, hidromasajes, saunas, perfiles de acero inoxidable, bachasde todo tipo, piletas para lavaderos, espejos, implementos y utensilios p/ confort del hogar, artefactos eléctricos y/o suscomplementos para su instalación.- b- Aparatos y suministros eléctricos: comerc. de aparatos, accesorios y suministroseléctricos, tales como cables y alambres con aislamiento; acumuladores y pilas eléctricas, lámparas y tubos p/ilumin.,artefactos p/ilumin. eléctrica y sus partes, tomacorrientes, interruptores, conectores y otros dispositivos portadores decorriente; aisladores eléctricos y otros accesorios de uso eléctrico.- c- Productos e insumos de ferretería: repuestos ,mercadería de ferreterías industr. o no; útiles y herramientas de ferretería. herramientas y equipos de soldadura,herramientas y artículos de ferretería industrial, textiles, metalúrgicas, sus accesorios y repuestos; pinturas en general,solventes, pinceles, papeles pintados, revest.y alfombras y todo otro material vinculado directa o indirectamente a ladecoración. ap.: $100000. Adm.: Por Gte. soc c/firma ind.e indis. Gte.. Río Julio Daniel, Río Carlos Alberto, p/térm. soc.Fisc: art. 55 L 19550. Cierre Ej: 30/09. Plazo 99 años. C.P. Belascuain C.
ESTACIÓN DEPORTIVA QUILMES S.R.L. POR 1 DÍA - "Estación Deportiva Quilmes S.R.L." CUIT. 30-71441937-0, sede social Martín Rodriguez sin número entreSan Luis y San Juan-Cdad y Pdo.Quilmes, inscripta DPPJ. Matrícula 115.050, Legajo 200961 el 7/06/ 2013; por Acta deReunión de Socios Nº 5 de fecha 13/04/2017, protocolizada por Esc. Nº 591 31/12/2018-Esc. Quilmes, M.A. Borelli;renuncio gerente Demián Nahuel Viglietti, nombraron reemplazante Marcelo Román García Cambeiro, argentino,empresario, nacido 27/09/1960, DNI. 13.890.767, CUIT. 20-13890767-9, divorciado, domicilio Ipiranga 117-Cdad.Bernal,Pdo.Quilmes.- Aceptó cargo,constituyó domicilio especial Ipiranga 117-Bernal-Quilmes.- M.A. Borelli-Escribana.
MARJAL REFRIGERACIÓN S.R.L. POR 1 DÍA - 1) Maria Elena Casares, argentina, fecha nac. 27/02/64, DNI. 16.729.165, casada en primeras nupcias conOscar Alfredo González DNI 14.393.369 ,comerciante, CUIT, 27-16729165-7, domicilio Quintana 4980, MdP, de la Ciudadde Mar del Plata, Part. de General Pueyrredón, Bs.As.; Joaquín Elián González, argentino, fecha nac.14/07/2000, DNI42.882.165, Soltero, comerciante, CUIT 20-42882165-4, domicilio Quintana 4980, MdP, Part. de General Pueyrredón,Bs.As., y Mariano Alan González, argentino, fecha nac. 26/06/89, DNI 34.552.329, Soltero, comerciante, CUIT, 20-34552329-4, domicilio Quintana 4980, MdP, Part. de General Pueyrredón, Bs.As.y Lucas Oscar González, argentino, fechanac. 4/06/85, DNI 31.638.972, casado en primeras nupcias con María José Diéguez DNI 33.273.945, comerciante, CUIT,20-31638972-5, domicilio Italia 3895, MdP, Part. de General Pueyrredón, Bs.As.; 2) 25/02/2019; 3) Marjal RefrigeracionSociedad De Responsabilidad Limitada; 4) Quintana 4980 ,MdP, Part.de General Pueyrredón, Bs.As.; 5) a) Venta pormayor y menor, online, distribución, representación, corretaje, intermediación de equipos, repuestos, partes e insumospara refrigeración, climatización, aire acondicionado del automotor, electrodomésticos, herramientas manuales y eléctricas,artículos de ferretería; b) Importación definitiva de art. de refrigeración, climatización, aire acondicionado del automotor,electrodomésticos, herramientas manuales y eléctricas , artículos de ferretería; 6) 99 años; 7) Trescientos mil pesos($300.000); 8) La Adm. social será ejercida por él o los socios o tercero designado a tal efecto, quienes representaran a lasociedad en el supuesto de ser más de uno en forma indistinta. Socio gerente María Elena Casares duración del cargo 2ejercicios; 9) La fiscalización de la sociedad la realizaran los socios no gerentes en los términos del artículo 55 de la ley19.550;10) 30/09.
MANUELA Sociedad de Responsabilidad Limitada POR 1 DÍA – Cambio de Sede Social. Fecha de Resolución 19/02/2019, acta Nº 43. Cambio de Sede Social: anterior: calle29 Nº 1315, de la localidad de Miramar, partido de General Alvarado, provincia de Buenos Aires. Actual: calle 38 Nº 825, dela localidad de Miramar, partido de General Alvarado, provincia de Buenos Aires. Santiago Dalponte, Contador.
VAMAR COMERCIAL S.A. POR 1 DÍA – 1) Constitución por escritura del 12/02/2019. 2) Domicilio: Tres Arroyos Nº 924 de la Loc. de Mar del Plata,Ptdo. Gral. Pueyrredón, provincia de Buenos Aires.3) Por escritura del 26/02/2019 complementaria se elimina del objetosocial las operaciones inmobiliarias relativas a clubes de campo.(Art. 3 inc.d).Emiliano Cambre, Cdor. Público.
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ESCOLLERA NORTE MDQ S.R.L. POR 1 DÍA - Por instrumento privado certificado del 01/03/2019. 1) Luis Fernando Gallardo, argentino, DNI 43.160.300,CUIT 20-43160300-5, 20/12/2000, comerciante, soltero, domicilio Alberti 7863, Mar del Plata y Luis Alejandro Gallardo,argentino, DNI 25.027.839, CUIL 20-25027839-0, 19/02/1976, soldador, soltero, domicilio Alberti 7863, Mar del Plata, 2)Escollera Norte MDQ S.R.L. 3) 99 años. 4) Armadora: alistar y/o reparar artefactos flotantes. Pesquera: explotar la pesca entodas sus formas. Industrial:. Procesamiento de pescados y derivados. Operar en frigoríficos. Comercial: comercializar,importar y/o exportar productos de su objeto industrial y maquinaria, repuestos, materia prima, materiales. Mandataria:ejercer representaciones, comisiones, gestiones, consignaciones, mandatos y administración. Servicios: servicios deagencia, aprovisionamiento a busques, remolques. Consultora: asesoramiento técnico. Financiera: financiación de lasoperaciones mencionadas en los objetos. La sociedad no realizará las actividades contempladas en la Ley de EntidadesFinancieras Nº 21.526 5) $ 20.000. 6) 28/02. 7) Gerente: Luis Fernando Gallardo, 3 años, domicilio especial en la sedesocial. 8) Fiscalización: socios no gerentes. 9) Alberti 7863 Mar del Plata, Prov. Bs. As. Autorizado según instrumentoprivado Contrato de S.R.L. de fecha 01/03/2019. Natalia Carolina Nava T 130 F 16 Leg. 33520-7 C.P.C.E.P.B.A.
RB BAHÍA BLANCA S.R.L. POR 1 DÍA - Cambio sede social a calle Los Tulipaneros N°2547, Francisco Álvarez, partido Moreno, prov. BsAs. GustavoAntonio Forneris - Contador Público.
EL RECUERDO S.R.L. POR 1 DÍA - Complementario. El capital social lo constituye la suma de 1 peso, dividido en 10.000 cuotas de 0.0001 pesocada una y de un voto por cuota. Gustavo Antonio Forneris - Contador Público.
CUCULLU S.A. POR 1 DÍA - AGO del 14/2/19 se desig. nvo. directorio: Direc. Tit-Pte: Manuel Santiago Otero y Direc. Supl.: María SilviaRosa Magnasco. Dra. Mercedes Conforti.
UNAMEAT CAMPANA S.A. POR 1 DÍA - 1) Los cónyuges: Adriana Graciela Antonelli arg, 9/10/1961, DNI 14.260.863, CUIT 23-14260863-4,empresaria, y Jorge Joaquín Unanue, arg 22/01/1963, DNI 14.932.687, CUIT 20-14932687-2, empresario, ambos dom.calle Luis Costa nº 1564 de Campana, Pcia. Bs. As. 2) Esc. Pca. Nº 23 del 12/02/2019 3) Unameat Campana S.A. 4) CalleLuis Costa Nº 1.564, Cdad y Pdo de Campana, Pcia Buenos Aires. 5) Comercial: Compra y venta de productos alimenticiosen general, ventas al por mayor y menor de carnes frescas, embutidos, salazones y otros productos. Inmobiliaria: Por mediode la compra, venta, arrendamiento, locación, comodato, construcción de inmuebles urbanos o rurales. Frigorífico:Elaboración de chacinados, salazones, y productos derivados de la chacinería y afines. Matarife de vacunos, porcinos yaves. Agropecuaria: Adquisición, explotación y administración de campos, bosques y chacras. Transporte: transporte noregular terrestre, fluvial, marítimo o aéreo de personas, equipajes, carga y correo bajo cualquier modalidad. Financiera sinrecurrir al concurso público ni realizando operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, 21.526.Constructora:Realizar de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, por cuenta propia o de terceros o asociada a tercerosnegocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras. Importación y Exportación: realizar actividades deimportación y exportación de elementos, aparatos, artefactos de tecnología vinculadas al área de su especialidad 6) 99años d/ inscr. 7) $ 120.000 8) y 9) Directorio mín UNO y máx CINCO igual o menor núm de suplentes. Mandatos 3ejercicios. Rep. Legal: Pte, Jorge Joaquín Unanue Dir. Supl., Adriana Graciela Antonelli, Fiscalización: Presc. Sind. Art. 55.10) 31/07 Guillermo Pache. Abogado.
EL GRAN BETO S.A. POR 1 DÍA - Por Instr. Publ. nº 41 del 28/02/2019 ante Esc. Mario German Bordenave. Mariano Javier Garcia, solt., DNI26.209.196, CUIT 20-26209196-2, nac. 10/11/77, arg., abog., dom. 44 nº 370 loc. y part. La Plata, PBA. y LucianoHumberto Garcia, cas., DNI 24.086.147, CUIL 20-24086147-0, nac.15/07/74, arg., comerc., dom. calle 32 nº 874, loc. y part.la plata, pba, constit. “El Gran Beto S.A.”, dom. soc.: calle larrea Nº 750, loc. y pdo. Gral. Belgrano, P.B.A.; capit.: $100.000 (1000 acc. de $ 100 c/u y 5 votos c/u); Durac. 99 años desde inscr.; Objeto: realiz. en cualq. pte. de la rep. o delext., por cta. prop. o de terc. o asoc., las sig. activ.: gastron.: panad.: fabric. y elab. de todo tipo de prod. de panif. en todossus estad., tales como pan de todos los tipos, conoc. o que surgier. en el fut., como pan inglés, lactal, francés, baguette, etc.podrá elab. todo tipo de espec. en confit. y pastel. en cualq. de sus formas. establecim. gastron., la explot. de bar, parrilla,restaurant, pub, pizzería, café y toda activ. relac. con la gastron. alimentos y bebidas, elab., compra, venta, frac., consign.import., export. y distrib. de bebidas con o sin alcohol y toda clase de prod. comest. Construct.: constr. y ref. de edif.,estruct. metál. o de hormig., obras civ. y todo tipo de obras de ingen. y arquit. de caráct. públ. o priv. constr. y venta de inm.y edif. sujetos al rég. de prop. horiz. inmobil.: adquis., venta, perm., explot., construc., arrend. y administr. de inmuebles urb.y rur., incluidas todas las operac. compr. en las leyes y reglam. sobre prop. horiz. agropec.: explot. dir. o indir., por sí o porterc., de establecim. rur. ganad., agríc., frutíc., hortíc., forest., granjas, criad.; desarr. de activ. de cría, mestiz. y cruza deganados y haciendas de todo tipo, tambo, feed lot, forest. y reforest. industr.: acondicion., fraccionam., elabor. e industrializ.de prod. deriv. de cualquier clase de explot. agrop., gastron. y de la constr., y, en gral., de todo tipo de prod. aliment.Financ.: financ. de las oper. soc., otorgam. de créd., actuación como acreed. prend. en los térm. del art. 5º de la Ley 12962,constit., cesión, descuento y transfer. de hipot. y demás der. reales, y realiz. de todas las oper. neces. de carácter financ.,permit. por la legisl. vig. No realiz. las activ. comprend. en la Ley 21526, o cualq. otra que se dicte en lo suces. en su
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reempl. o que requier. de la intermed. en el ahorro públ. para el cumplim. de su obj. La soc. tiene plena capac. juríd. paraadquir. der. y contraer oblig., inclus. aquellos que req. pod. espec. en el contr. de mand., pud. efect. contr. y conv. conpartic. o con el est. munic., prov. y/o nac., partic. en licitac., conc. de precios y/o contrat. priv. de cualq. índole, siempre queestén relac.con el desenvolv. el objeto social. durac.tres ejerc. Pres .mariano Javier Garcia, Vicepr. Luciano HumbertoGarcia.: Fisc. Art. 55 y 268. Cierre Ejerc. 31/12 c/año. Escr. Mario German Bordenave.
CERVECERIA BENOIT 2019 S.A. POR 1 DÍA - Mauro Damian Denappole, DNI 24.771.685, Calle 141 n° 474 La Plata,10/9/75, empleado, divorciado; RamonScopel Labernia, DNI 36.691.816, 485 N° 1411 La Plata, 26/12/94, comerciante, soltero; Diego Alberto Bastourre, DNI25.952.759, 58 N° 867 depto D La Plata, 27/3/77, licenciado en economia, divorciado; Pablo Gaston Pastrana, DNI25.606,361, Independencia N° 935 Ensenada, 6/11/77, empleado, soltero; todos argentinos. 2) Inst. Público del 27/2/2019Esc. Maria Soledad Bonanni. 3) Cervecería Benoit 2019 S.A. 4) Calle 60 N° 1597 Ciudad y Partido La Plata. 5) explotaciónde locales gastronómicos, salones de fiestas, despacho de bebidas alcohólicas y sin alcohol, organización de eventosempresariales con o sin prestación de catering, elaboración de viandas, prestación de servicios de catering Producción ycomercialización helados, servicios de explotación de espectáculos públicos, o privados; mandatos y servicios, mandatos yrepresentaciones, agencias, concesiones privadas, distribuciones; 6) 99 años. 7) $500000. 8) Presidente Mauro DamianDenappole y Dtor. Suplente Ramon Scopel Labernia por tres ejerc. 9) Adm. de 1 a 5 tit e igual o menor suplentes. Fizcal.Art. 55 LGS 10)31/1. Fdo. María Soledad Bonanni, Escribana.
SPORT 7 BUSINESS S.R.L. POR 1 DÍA - En la ciudad de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, a los 01/02/2019, se extiende el presente Contratode cesión a título oneroso entre el Sr. Jara José Luis DNI 14.483.530, argentino, con domicilio en calle Magallanes 2656,localidad Quilmes Oeste, de la Ciudad de Quilmes, profesión empresario, estado civil casado en primeras nupcias con laSra. Pérez Silvia Mabel DNI 16748918, por una parte llamada en adelante La Cedente, el Sr. Galván Rubén Gastón,argentino, DNI 25.824.854, con domicilio en calle San Martín n° 322, Piso 5, Departamento A, de la Ciudad y partido deQuilmes, profesión empresario, de estado casado en primeras nupcias con la Sra. Cayaube Mirta Susana, por la otra parte,en adelante llamados El Cesionario, de común acuerdo convienen celebrar el presente contrato de cesión onerosa sujeto alas siguientes clausulas y condiciones. Primera: La cedente cede, vende y trasnfiere a El Cesionario la totalidad de suparticipación en la empresa Sport 7 Business S.R.L., CUIT 30-71613684-8, radicada en la provincia de Buenos Aires,República Argentina, Inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas en Matrícula 138238, Legajo 232141, (en adelanteSport 7 Business), correspondiente a la cantidad de doscientas cincuenta (250) cuotas sociales, que conforman elVeinticinco Porcientos (25 %) del capital social, de las que es propietaria, con un valor nominal de Pesos Cient ($100) cadauna, serán cedidas a título oneroso al Sr. Galván Rubén Gastón. Segunda: La Cedente declara que esta cesión onerosaincluye todos los derechos correspondientes a sus cuotas sociales, como así también todo el mobiliario, computadoras ydemás enseres correspondientes a su participación en Sport 7 Business. Renuncia a todos sus derechos y declara que notiene reclamo alguno que formular desde la firma del presente, quedando totalmente desvinculada de la empresa Sport 7Business; De igual manera, La Cedente y El Cesionario, declaran que, a través de los estados contables, comprobantes ydocumentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situaciónpatrimonial, económica y financiera de Sport 7 Business, la cual aceptan y ratifican totalmente. El Cesionario interesado enadquirir el total de las cuotas sociales de las cuales el Cedente es titular, tiene total conocimiento que tanto en el activocomo en el pasivo se registran créditos y deudas que el Cesionario acepta y desea adquirir , por lo que El Cedente Cede ,vende y transfiere a El Cesionario y este acepta en plena conformidad , el 25 % de las cuotas sociales , subrogándolos enconsecuencia todos los derechos y obligaciones que El Cedente tiene en la misma. Tercera: La cesión onerosa de laparticipación de El Cedente, Sr. Jara José Luis, en la empresa Sport 7 Business se realiza por el precio total de PesosVeinticinco Mil ($ 25.000), acordando las partes que El Cesionario la abonara de la siguiente manera; en este acto paga lasuma de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000), efectuándose el pago contra recibo por escrito. Cuarta: La Cedente declara queno esta inhabilitada para disponer de sus bienes; Quinta: La Sra. Pérez Silvia Mabel, cónyuge de El Cedente, Sr. Jara JoséLuis; Así como también Sra. Cayaube Mirta Susana, cónyuge de El Cesionario, Sr. Galván Rubén Gastón, prestan laconformidad a la cesión de cuotas efectuadas en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 470 del Código Civil y Comercial dela Nación Cametho Gustavo R., Contador Público.
BIGOGA S.R.L. POR 1 DÍA -Const.: Inst. Priv. del 08/02/2019. Socios: Fabio Ruben Gómez Fernández, arg, DNI 16219729, nac.15/07/1963, ingeniero, dom. 11 de Septiembre 335 de Tandil; Gisela Sandra Vera, arg, DNI 16923189, nac. 10/03/1964,comerciante, dom 11 de Septiembre 335 de Tandil; Lucila Fernández, arg, DNI 30880579, nac. 19/03/1984, comerciante,dom Domínguez 1597 de Tandil, y Hernán Andrés Pino Vera, arg, DNI 27432215, nac. 04/02/1980, comerciante, domDomínguez 1597 de Tandil. Durac.: 99 años. Obj. Soc.: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o deterceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, creando filiales, sucursales o cualquier otra forma derepresentación comercial o en carácter de fiduciario, las siguientes actividades: a) Explotación comercial de negocios delramo restaurante, bar, confitería, pizzería, cafetería, venta y delivery de toda clase de productos alimenticios y despacho debebidas con o sin alcohol, cualquier rubro gastronómico y toda clase de artículos y productos preelaborados y elaborados.b) Podrá, además, realizar sin limitación toda otra actividad anexa, derivada o análoga que directamente se vincule con eseobjeto, cualquier otro rubro de la rama gastronómica y toda clase de artículos y productos alimenticios, salón de fiestas yeventos. c) Explotación de franquicias nacionales e internacionales de restaurantes, pizzerías, cafetería, cervecería,sandwichería, rotisería; compraventa de artículos de despensa y/o distribución y/o consignación de comestibles, bebidas,carnicería, tanto al por mayor como al por menor. La organización de eventos sociales, deportivos, culturales, musicales,comedores comerciales, industriales y estudiantiles. Para todo ello podrá realizar todas las gestiones, los mandatos,consignaciones, compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones,
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importación y exportación y todo otro acto contractual autorizado por la legislación, para el cumplimiento de su objeto. d)Financiera: Relacionada con las actividades precedentes, podrá realizar aportes de capital, financiaciones de créditos engeneral, con o sin garantía, compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda clase de valores mobiliarios y papelesde crédito, se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra querequiera el concurso del ahorro público.-Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica paraadquirir derechos y contraer obligaciones. e) Licitaciones: Intervención en concursos de precios y licitaciones públicas oprivadas para la prestación de servicios relacionados con el objeto social.- Capital Social: $ 100000 representado porcuotas sociales de $100 valor nominal c/u. Prescinde de Sindicatura. Fiscalización del art. 55 de la Ley 19.550. Dirección yAdministración: Socio Gerente con mandato por todo término de sociedad. Cierre ejercicio: 31/01 cada año. Gerente: LucilaFernández. Julio Sebastián Ugalde, Escribano.
OCTAN WIN 1 S.A. POR 1 DÍA - Se hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 23 de Agosto de 2018 se designó elnuevo Directorio por el término de 3 (tres) años a partir del 23 de Agosto de 2018 compuesto por los siguientes cargos:Presidente: Carlos Horacio Garat, DNI 14.488.639; Director Suplente: Juan Carlos Canto, DNI 21.822.833. Fabian LlullAndreu, Contador Público Nacional.
CARNES DON ESTEBAN S.R.L. POR 1 DÍA - Rectificación del edicto publicado el 16-1-19. Fecha de cierre de ejercicio 30/09 de cada año, aprobado porinstrumento privado el día 4/12/18 Autorizado por Escribano Corina Ozafrain, notaria adscripta del registro nº 140 delpartido de La Plata con fecha 12/12/18. María Julia Desocio, Abogada.
QUÍMICA TRUE S.A. POR 1 DÍA - Por Acta de Asamblea Nº 66 del 13.12.17 que resuelve (i) modificar el valor nominal de las acciones yactualizarlo a la suma de $ 1, aumentar el capital social a $ 100. Y aumentarlo nuevamente a $ 1.064.350 y reformar el Art.4º del Estatuto. Por Acta de Asamblea nº 67 de fecha 7.2.2018 que resuelve aumentar el capital a la suma de $ 2.064.350 yreformar el Artículo 4 del Estatuto social. Rosario Albina, Abogada.
GRUPO ROSALES 744 S.R.L. POR 1 DÍA - Rectificatorio. Ampliatorio. 1- Carlos Alberto Silva nacido el 3/01/58; 4) Provincia de Buenos Aires 5)Constructora: la administración y ejecución de proyectos y obras civiles, Mandatos: ejercer representaciones y mandatos,Financieras: aportar y/o invertir capitales propios. La sociedad no realizará las actividades comprendidas en la Ley 21526.Agropecuaria: explotación de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas y forestales. Importación yExportación: realizar operaciones de exportación e importación de bienes y servicios. Inmobiliarias: la compra, venta,permuta, administración en general de toda clase de inmuebles. Comercial: de toda clase de materiales para laconstrucción y el transporte de los mismos. Eduardo Molinelli, Notario.
TREVISIOL HERMANOS S.A. POR 1 DÍA - CUIT: 30-56971163-7. En Asamblea del 10/03/2017 y reunión de Directorio del 10/03/2017, se designó elsiguiente Directorio: Presidente Tomás Rómulo Trevisiol, Director Suplente Ana Edith Trevisiol. Martin Balatti, ContadorPúblico.
BEMBELLA & CO S.R.L. POR 1 DÍA - Reunión de socios del 26/11/18: 1)Renuncia del Gerente Claudia Da Bella Prandi. 2) Designan Gerentes enforma indistinta a Melisa Coral Pane y Roxana Elizabeth Manzano, domicilio especial Av. Mariano Castex 1257 local 220,Canning, Pdo. Ezeiza, Pcia. Bs.As. Ezeqiel Pinto, Abogado.
CORVIN NEUQUEN Sociedad Anónima POR 1 DÍA - Asamblea del 01/03/2019 reforma Art. 1, cambio de sede a calle 119 nº 2469 de ciudad y partido La Plata.Diego César Orengo, Notario.
NEUMÁTICOS VILLEGAS S.A. POR 1 DÍA - De Acuerdo Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria de fecha 12/02/2019 se resuelve por unanimidad reformarel Artículo Segundo del Estatuto Social: quedará redactado de la siguiente forma La Sociedad tendra una duración decincuenta (50) años a contar desde la fecha de Inscripción Registral. Esc. Estela J. Gallo.
HIBISCUS BLUE S.A. POR 1 DÍA - Por Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 30/11/2018. El Sr. Luciano David Barbieri CUIT20-30939566-3 renunció a su cargo de Presidente de la empresa Hibiscus Blue S.A., resultando electa como nuevaPresidente la Sra. María Pilar Rossi CUIT 27-33745645-1. Yoni Saire, Contadora Pública.
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MOSCONI S.R.L. POR 1 DÍA -Se hace saber que por escritura pública 2748 del 18/12/2018, ante el escribano Aníbal Ulises Solana, Reg. 269de C.A.B.A. se aprobó en forma unánime la modificación de los Artículos 5º y 6°. Art. 5°: Capital Social: $ 20.000.- divididoen 20.000 cuotas sociales de $1.- c/u. con derecho a un voto por cuota. Art.6°: Administración: La dirección yadministración social será ejercida indistintamente por cualquiera de los socios gerentes Ezequiel Armando Rey y/o MiguelGonzález quienes revestirán el cargo de Gerente por todo el plazo de duración de la sociedad en forma indistinta. Podráelegirse Gerente suplente en caso de vacancia. En el mismo acto se aceptó la renuncia del anterior gerente Sr. HoracioRomero y se designó a los citados Ezequiel Armando Rey, DNI N° 22.765.400 y Miguel González, DNI N°29.780.306, comogerentes titulares, quienes aceptaron el cargo. María Alejandra Sobredo, Contador Público.
MY CASH CAÑUELAS S.A. POR 1 DÍA - Ivan Oscar Romero, DNI 17299511, Gral Alvarado 1063 Cañuelas, 11/4/65, empleado, soltero; y DanielaGisele Behrens, DNI 33807435, calle 12 de octubre N° 49 Cañuelas, 28/10/88, soltera, comerciante; ambos argentinos. 2)Inst. Público del 27/2/2019 Esc. Maria Soledad Bonanni. 3) My Cash Cañuelas S.A. 4) Alem N° 135 Ciudad y PartidoCañuelas. 5) Mandatos y representaciones, agencias, concesiones privadas, distribuciones, servicios de cobranzas,financiera sin realizar actividades de la Ley 21526; 6) 99 años. 7) $100000. 8) Presidente Daniela Guisele Behrens y Dtor.Suplente Ivan Oscar Romero por tres ejerc. 9) Adm. de 1 a 5 tit e igual o menor suplentes. Fizcal. Art 55 LGS. 10)31/1. Fdo.María Soledad Bonanni, Escribana.
SLAIR S.A. POR 1 DÍA - Por AGE del 30.6.18 designó Presidente: Miguel Leopoldo Greco. Director Suplente: Héctor Angel Greco.Aumentó el capital y reformó el artículo 5º: $1.272.000. Federico Alconada, Abogado.
BINGO ADROGUE S.A. POR 1 DÍA - A.G.O 1/11/18 2) designa: Presidente: Eugenio Sangregorio, Vicepresidente: Valeria Cynthia Sangregorio,Dtor. Titular: Hemilse Raquel Sirio y Dtor. Suplente: Beatriz Helena Nobo todos con Domic especial en sede social. MarioCortes Stefani, Abogado.
Sociedades Por AccionesSimplificadas
TITO BARATITO S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 04/02/2019. 1.- Ruben Dario Di Tella, 03/05/1967, Soltero/a, Argentina, Servicios de Mudanza,137 N° 678, piso LA Plata, San Carlos, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 18.333.367, CUIL/CUIT/CDI N°20183333675, Alberto Alejandro Di Tella, 23/06/1961, Casado/a, Argentina, Servicios de Asesoramiento, Dirección yGestión Empresarial realizados por integrantes de los órganos de administración y/o fiscalización en Sociedades Anónimas,calle 137 e/ 44 y 45 N° 611, piso La Plata, San Carlos, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 14.796.759 , CUIL/CUIT/CDI N°20147967595. 2.- “Tito Baratito S.A.S.”. 3.- 44 esquina 137 N° 2102, La Plata Sudeste calle 50 ambas veredas, partido deLa Plata, provincia deBuenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2 de la Disposición D.P.P.J. N° 131/2017.5.- 99 años. 6.- $ 300000 representado por acciones nominativas no endosables de $1 v/n y de un voto. 7.- Administradortitular: Ruben Dario Di Tella con domicilio especial en 44 esquina 137 N° 2102, CPA 1900, La Plata Sudeste calle 50 ambasveredas, partido de La Plata, Buenos Aires, Argentina. Administrador suplente: Alberto Alejandro Di Tella, con domicilioespecial en 44 esquina 137 N° 2102, CPA 1900, La Plata Sudeste calle 50 ambas veredas, partido de La Plata, BuenosAires, Argentina; todos por plazo indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de diciembre de cada año. Tramitación a Distancia, Dirección de Legitimación y Registro, Ministerio de Justicia.
HV SERVICIOS TCI S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 13/02/2019. 1.- Hugo Gerardo Nuñez Varela, 21/11/1982, Casado/a,Argentina, servicios deasesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de cuerpos de dirección en sociedadesexcepto las anónimas, Tucuman N° 296, piso Florencio Varela, Villa Vatteone, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 30.459.990,CUIL/CUIT/CDI N° 20-30459990-2. 2.- “HV Servicios TCI SAS”. 3.- Tucuman N° 296, Villa Vatteone, partido deFlorencio Varela, provincia de Buenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2 de la Disposición D.P.P.J. N°131/2017. 5.- 99 años. 6.- $ 22600 representado por acciones nominativas no endosables de $1v/n y de un voto. 7.-Administrador titular: Hugo Gerardo Nuñez Varela con domicilio especial en Tucuman N° 296, CPA 1888, Villa Vatteone,partido de Florencio Varela, Buenos Aires, Argentina. Administrador suplente: Elena Elizabet Carballo, con domicilio
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especial en Tucuman N° 296, CPA 1888, Villa Vatteone, partido de Florencio Varela, Buenos Aires, Argentina; todos porplazo indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de octubre de cada año. Tramitación a Distancia., Dirección de Legitimación y Registro. Ministerio de Justicia.
SP CARE HOME BAHIA S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 25/02/2019. 1.- IDA GARGIULO, 16/10/1961, Viudo/a, Argentina, Servicios Personales N.C.P.,Hipolito Irigoyen N° 1385, Bahía Blanca, Bahía Blanca, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 14.780.479, CUIL/CUIT/CDI N° 27-14780479-8. - 2.- “SP Care Home Bahia S.A.S.”. 3.- Vespucio N° 293, Bahía Blanca, partido de Bahía Blanca, provincia deBuenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2 de la Disposición D.P.P.J. N° 131/2017. 5.- 99 años. 6.- $22600 representado por acciones nominativas no endosables de $1 v/n y de un voto. 7.- Administrador titular: Ida Gargiulocon domicilio especial en Vespucio N° 293, CPA 8000, Bahía Blanca, partido de Bahía Blanca, Buenos Aires, Argentina.Administrador suplente: Sebastian Fernando Marconi, con domicilio especial en Vespucio N° 293, CPA 8000, Bahía Blanca,partido de Bahía Blanca, Buenos Aires, Argentina; todos por plazo indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización.9.- 31 de marzo de cada año. Tramitación a Distancia. Dirección de Legitimación y Registro. Ministerio de Justicia.
SIAL LA MEMORIA S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 12/02/2019. 1.- Alfredo Uranga, 17/09/1953, Casado/a, Argentina, Servicios Relacionados con laSalud Humana N.C.P., 15 N° 485, piso La Plata, La Plata, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 10.915.743, CUIL/CUIT/CDI N°20109157431, Silvia Mercedes Castagnet, 11/02/1956, Casado/a, Argentina, Servicios Inmobiliarios Realizados por CuentaPropia, con Bienes Urbanos Propios o Arrendados N.C.P., 15 e/ 41 y 42 N° 485, piso La Plata, La Plata, Buenos Aires,Argentina, DNI N° 11.607.484, CUIL/CUIT/CDI N° 27116074848, Magdalena Uranga, 29/12/1987, Soltero/a, Argentina,Servicios de Tratamiento, 15 e/ 41 y 42 N° 485, piso La Plata, La Plata, Buenos Aires, Argentina, DNI N°33.459.755, CUIL/CUIT/CDI N° 27334597550, Rocio Uranga, 29/12/1987, Soltero/a, Argentina, Servicios Odontológicos, 15e/ 41 y 42 N° 485, piso La Plata, sin informar, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 33.459.754, CUIL/CUIT/CDI N°27334597542, Victoria Uranga, 29/12/1987, Soltero/a, Argentina, Docente, calle 15 e/ 41 y 42 N° 485, piso La Plata, LaPlata, Buenos Aires, Argentina, DNI N° 33.459.753, CUIL/CUIT/CDI N° 27334597534, Santiago Uranga, 30/11/1985,Casado/a, Argentina, Servicios de Consulta Médica, calle 32 e/ 1 y 2 N° N° 312, piso Torre 1 Depto 2 La Plata, La Plata,Buenos Aires, Argentina, DNI N° 31.940.671, CUIL/CUIT/CDI N° 23319406719, Mercedes Uranga, 11/07/1984, Casado/a,Argentina, Servicios de Consulta Médica, 32 e/ 1 y 2 N° 312, piso 12 Torre II La Plata, La Plata, Buenos Aires, Argentina,DNI N° 30.958.881, CUIL/CUIT/CDI N° 27309588814. 2.- “Sial La Memoria S.A.S.”. 3.- 15 N° 485, La Plata Noroeste calle50, partido de La Plata, provincia de Buenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2 de la Disposición D.P.P.J.N° 131/2017. 5.- 99 años. 6.- $ 22600 representado por acciones nominativas no endosables de $1 v/n y de un voto. 7.-Administrador titular: Alfredo Uranga con domicilio especial en 15 N° 485, CPA 1900, La Plata Noroeste calle 50, partido deLa Plata, Buenos Aires, Argentina. Administrador suplente: Silvia Mercedes Castagnet, con domicilio especial en 15 N° 485,CPA 1900, La Plata Noroeste calle 50, partido de La Plata, Buenos Aires, Argentina ; todos por plazo indeterminado. 8.-Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de octubre de cada año. Tramitación a Distancia, Dirección de Legitimación y Registro, Ministerio de Justicia.
VERITEK S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 22/02/2019. 1.- Xiaomei He, 25/07/1981, Casado/a, China, servicios deasesoramiento, direccióny gestión empresarial realizados por integrantes de cuerpos de dirección en sociedades excepto las anónimas, OlazabalN° 1673, piso C.A.B.A., Belgrano, C.A.B.A., Argentina, DNI N° 18.887.509, CUIL/CUIT/CDI N° 27188875098, Wei Yu,03/02/1974, Casado/a, China, servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo, Malabia N° 541, piso 2 C.A.B.A., VillaCrespo, C.A.B.A., Argentina, DNI N° 92.552.843, CUIL/CUIT/CDI N° 23925528439. 2.- “Veritek S.A.S.”. 3.- Ruta 58 km 10S/N N° 0, Canning, partido de Esteban Echeverria, provincia de Buenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2de la Disposición D.P.P.J. N° 131/2017. 5.- 99 años. 6.- $ 22600 representado por acciones nominativas no endosables de$1 v/n y de un voto. 7.- Administrador titular: Xiaomei He con domicilio especial en Ruta 58 Km 10 S/N N° 0, CPA 1804,Canning, partido de Esteban Echeverría, Buenos Aires, Argentina. Administrador suplente: Wei Yu, con domicilio especialen Ruta 58 KM 10 S/N N° 0, CPA 1804, Canning, partido de Esteban Echeverría, Buenos Aires, Argentina; todos por plazoindeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de diciembre de cada año. Tramitación a Distancia, Dirección de Legitimación y Registro, Ministerio de Justicia.
JM VIAL S.A.S. POR 1 DÍA - Constitución: 21/02/2019. 1.- Vanina Esther Inverardi, 30/05/1982, Casado/a, Argentina, venta al por menor deprendas y accesorios de vestir N.C.P., Fidel Lopez N° 3058, piso Marcos Paz, Marcos Paz, Buenos Aires, Argentina, DNIN° 29.456.133, CUIL/CUIT/CDI N° 27294561337, 2.- “Jm Vial S.A.S.”. 3.- Fidel López N° 3058, Marcos Paz, partido deMarcos Paz, provincia de Buenos Aires. 4.- Tiene por objeto el previsto en el Anexo 2 de la Disposición D.P.P.J. N°131/2017. 5.- 99 años. 6.- $ 22600 representado por acciones nominativas no endosables de $1 v/n y de un voto. 7.-Administrador titular: Vanina Esther Inverardi con domicilio especial en Fidel López N° 3058, CPA 1727, Marcos Paz,partido de Marcos Paz, Buenos Aires, Argentina. Administrador suplente: Yamila Giselle Olmedo, con domicilio especial enFidel López N° 3058, CPA 1727, Marcos Paz, partido de Marcos Paz, Buenos Aires, Argentina; todos por plazo
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indeterminado. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de diciembre de cada año. Tramitación a Distancia, Dirección de Legitimación y Registro, Ministerio de Justicia.
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ESTATUTO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE
Texto Ordenado según Resolución AU nº 18/2018
TÍTULO I: ASPECTOS GENERALES
CAPÍTULO 1: Principios y atribuciones
ARTÍCULO 1°) La Universidad Provincial del Sudoeste (UPSO) está creada por Ley
Provincial N° 11465 y su modificatoria (Ley Provincial N° 11523) y puesta en marcha
por el Decreto Provincial N° 3173/00. La Universidad desarrolla su acción dentro del
régimen de autonomía y autarquía que le concede la legislación vigente. En tales
condiciones, está facultada para establecer sus propias normas, disponer de su
patrimonio y administrarlo, confeccionar y ejecutar su presupuesto en el marco de las
leyes de la Provincia de Buenos Aires, definir y organizar sus actividades de
enseñanza e investigación, otorgar títulos habilitantes para el ejercicio profesional,
relacionarse con otras instituciones, elegir sus autoridades, designar, contratar y
remover a sus profesores y personal de todos los órdenes y jerarquías, con arreglo al
presente estatuto y a sus reglamentaciones.
ARTÍCULO 2°) Además de las funciones que le son propias por definición como casa
de altos estudios, y de las que le encomienda la normativa vigente, la Universidad
orienta su actividad a crear, preservar y transmitir conocimientos técnicos,
socioculturales y económico-productivos, y a seleccionar, formular, gestionar, incubar,
implementar y gerenciar proyectos, propios o asociados, con el fin de contribuir al
desarrollo armónico de su región de influencia. Son atribuciones de la Universidad:
Evaluar, promover y/o generar proyectos sociales, productivos o de servicios, que
en la medida de lo posible tengan puertas abiertas a la educación.
Concebir, planificar, gestionar, evaluar, implementar y/o explotar iniciativas que
contribuyan al desarrollo socioeconómico de su región de influencia.
Generar proyectos de extensión universitaria que conduzcan a acciones culturales
y sociales dirigidas a la comunidad.
Promover, generar, e implementar convenios con otras instituciones para
desarrollar en forma conjunta proyectos educativos, de investigación o de
extensión.
Prestar asesoramiento técnico a instituciones privadas y del Estado.
Promover la participación de los alumnos y graduados en proyectos institucionales
o privados.
Otorgar pasantías o becas de estudios a sus alumnos, y pasantías o becas de
posgrado a sus graduados para el desarrollo de proyectos, siempre que existan
fondos disponibles para tal fin.
Crear y dictar carreras que respondan a las necesidades actuales del medio o a
los proyectos futuros.
Otorgar títulos de grado y posgrado, y certificados de competencia.
Implementar un régimen curricular ágil, que permita la rotación de las carreras en
las sedes, la cancelación temporaria o definitiva del dictado de determinada
carrera cuando se juzguen cubiertas las necesidades de la Provincia y la región, o
la modificación parcial o total de los planes de estudio, cuando esto sea necesario.
Planificar y desarrollar la enseñanza y la investigación en áreas de interés
provincial directo, a partir de la propia realidad provincial y regional.
ARTÍCULO 3°) La Universidad Provincial del Sudoeste debe ser una institución abierta
a las exigencias y necesidades de su tiempo y región, contribuir al desarrollo
socioeconómico de su zona de influencia, y propender a la conservación, transmisión y
acrecentamiento del patrimonio cultural.
CAPÍTULO 2: Fines y objetivos
ARTÍCULO 4°) La Universidad tiene como fines:
Contribuir al desarrollo de su región de influencia, a través de la educación
universitaria, la investigación, la extensión y la incubación de proyectos y
emprendimientos.
Propender a la solución de los problemas, anhelos y necesidades de los habitantes
de la región.
Investigar e implementar nuevas formas asociativas con otras Universidades o
centros de desarrollo o investigación, con el fin de llevar a cabo sus actividades
optimizando el uso de los recursos del Estado.
ARTÍCULO 5°) Para cumplir con sus fines, la Universidad se propone los siguientes
objetivos:
Formar jóvenes en distintas áreas de conocimiento, llevando la educación a sus
lugares de origen y desarrollando sus aptitudes emprendedoras, a fin de evitar el
desarraigo.
Facilitar a sus alumnos avanzados y graduados la realización de proyectos y/o
emprendimientos.
Impulsar trabajos de investigación básica o aplicada vinculados con el desarrollo
regional y local, y con la generación de capacidades emprendedoras.
Impulsar una carrera docente orientada a la capacitación profesional, científica,
cultural y didáctica del docente, enfatizando el continuo ejercicio y formación en la
educación emprendedora y en el desarrollo de sus propias aptitudes
emprendedoras.
Incubar, participar y/o gerenciar proyectos y emprendimientos de perfil educativo,
con o sin fines económicos, ideando, desarrollando y aplicando herramientas que
faciliten su ejecución.
Desarrollar una activa política de extensión en la región.
Trabajar en forma conjunta con otras Universidades, optimizando el uso de los
recursos para mejorar la calidad y minimizar el costo de las actividades
académicas.
TÍTULO 2: ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD
CAPÍTULO 1: Localización
ARTÍCULO 6°) La Universidad tiene su Sede Central en la ciudad de Pigüé, partido de
Saavedra, provincia de Buenos Aires, y Sedes Académicas, Subsedes Académicas,
Delegaciones Administrativas o Unidades Productivas en distintas localidades de la
Provincia, en un todo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
ARTÍCULO 7º) Se entenderá como Sede Académica a todos los ámbitos donde la
Universidad dicte o contribuya al dictado de carreras completas, en los distritos
establecidos en el artículo 3, inciso d, del Decreto N°3173/00. Subsede Académica es
todo ámbito donde la universidad dicte o contribuya al dictado de carreras completas,
en distritos no incluidos en el decreto mencionado. Delegación Administrativa se
denomina a las localizaciones de la Universidad donde resulte necesario realizar
prioritariamente sólo actividades organizativas o administrativas. Se entiende como
Unidad Productiva a todo ámbito donde se estén desarrollando proyectos o
emprendimientos con participación de la Universidad.
CAPÍTULO 2: Estructura
ARTÍCULO 8º) La Universidad se organiza académicamente en Facultades.
ARTÍCULO 9º) Los Facultades son las unidades fundamentales de la enseñanza
universitaria y ejercen su función mediante la docencia, la investigación y la
participación en la incubación de proyectos. Se constituyen sobre la base de
disciplinas afines. Todas las carreras de la Universidad dependerán en forma directa
de una Facultad.
TÍTULO 3: MIEMBROS DE LA UNIVERSIDAD
CAPÍTULO 1: Integración
ARTÍCULO 10º) La Universidad se integra con sus docentes, alumnos, graduados,
personal no docente, y representantes de la región.
CAPÍTULO 2: Del personal docente
ARTÍCULO 11º) La función del personal docente de la Universidad Provincial del
Sudoeste estará reglamentada en el Estatuto del Docente Universitario Provincial, que
se presenta como anexo del presente Estatuto.
ARTÍCULO 12º) El personal docente tendrá a su cargo la transmisión de
conocimientos, la investigación, la extensión y la supervisión de proyectos. La
transmisión de conocimiento se hará, en lo posible, en forma directa e inmediata,
procurando establecer la mayor comunión entre docentes y alumnos.
ARTÍCULO 13º) La docencia y la investigación se ejercerán orientados hacia una
dinámica armonía entre la generación de conocimientos y su transmisión, todo con el
fin de contribuir al desarrollo, a la solución de problemas y a la satisfacción de las
necesidades de los habitantes de la región.
ARTÍCULO 14º) Los docentes pueden ser ordinarios o extraordinarios. Los docentes
ordinarios serán designados por concurso y son aquellos especificados en el artículo
15°. Los docentes de carácter extraordinario son aquellos especificados en el artículo
17º.
ARTÍCULO 15º) El cuerpo docente formado por los docentes ordinarios,
desempeñarán sus funciones en las siguientes categorías: profesores y docentes
auxiliares. A su vez, cada una de ellas en los siguientes grados:
Profesores:
a) Profesor titular.
b) Profesor asociado.
c) Profesor adjunto.
Docentes auxiliares:
a) Jefe de Trabajos Prácticos.
b) Ayudante.
Cada cargo podrá ser desempeñado con dedicación completa, semicompleta o simple.
ARTÍCULO 16°) Los docentes de todas las categorías deberán poseer título
universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia, requisito
que sólo se podrá obviar con carácter estrictamente excepcional cuando se acrediten
méritos sobresalientes, con la excepción de los ayudantes alumnos.
ARTÍCULO 17º) Los docentes extraordinarios pertenecen a una de las siguientes
categorías:
a) Profesor honorario: personalidades nacionales o extranjeras de relevantes
méritos a quienes la Universidad otorga especial distinción.
b) Profesor emérito: Son aquellos Profesores titulares que, habiéndose
retirado de la docencia, hayan mostrado contribuciones sobresalientes en
el campo de la docencia, la investigación y la extensión en temas de
interés de la Universidad. Tal designación importa un reconocimiento
académico en los campos ya mencionados, pero no implica derecho a
remuneración alguna, salvo la que surgiera de la realización de actividades
académicas dentro de la Universidad. Los profesores eméritos integran el
claustro de profesores de la Universidad.
c) Profesor consulto: Son aquellos profesores titulares, que habiendo
alcanzado la edad jubilatoria, poseen antecedentes reconocidos que
sirvan a los fines y objetivos planteados en los artículos 4° y 5°.
d) Profesor visitante: profesores de otras universidades nacionales o
extranjeras o a personalidades destacadas, que vengan a la Universidad a
desarrollar actividades académicas de carácter temporario.
e) Docentes invitados: son los pertenecientes a otras universidades del país o
del exterior, o profesionales con preparación académica comprobada, a
quienes se invita por un tiempo determinado para desempeñar tareas
académicas, de docencia, investigación y extensión, de especial interés.
Los requisitos específicos que deben reunir para revistar en cada una de ellas serán
reglamentados por el Consejo Superior Universitario.
ARTÍCULO 18º) Los cargos docentes ordinarios serán provistos por concurso público
y abierto de antecedentes y oposición, o excepcionalmente podrán ser cubiertos en
forma interina (docentes interinos) mientras se sustancie el correspondiente concurso.
La Facultad deberá conformar el jurado para cada concurso. Para integrar el jurado se
deberá ser profesor por concurso, excepcionalmente podrá integrarse por personas de
idoneidad indiscutible aunque no reúnan esa condición, que garanticen la mayor
imparcialidad y el máximo rigor académico, a criterio de la Facultad. Los jurados
convocados al efecto establecerán en cada caso el orden de méritos de los
concursantes, siguiendo estrictamente los lineamientos que defina el Consejo Superior
Universitario a través del Régimen de Concursos, y el Rector deberá designar al de
mayores méritos. La participación en proyectos o emprendimientos y las actividades
en desarrollo regional o local deberán ser especialmente consideradas entre los
antecedentes de los postulantes.
ARTÍCULO 19º) Los profesores concursados de todos los grados durarán cinco años
en el desempeño de sus funciones, excepto si fuera su primera designación como
profesor que durará tres años. Los auxiliares durarán tres años, salvo que sea su
primera designación como auxiliar que durará un año.
ARTÍCULO 20º) Los docentes jubilados podrán ser contratados excepcionalmente por
el Rector, a propuesta de las Facultades, en forma interina.
CAPÍTULO 3: De los Tribunales Universitarios
ARTÍCULO 21º) El Tribunal Universitario tiene la facultad de sustanciar juicios
académicos, y entender en toda cuestión ético-disciplinaria en la que estuviere
involucrado personal docente. El Rector constituirá un Tribunal Universitario
compuesto por tres (3) miembros profesores que serán sorteados de una lista de
profesores eméritos o consultos, o por profesores titulares por concurso, que tengan
una antigüedad en la docencia de por lo menos diez años. La lista será confeccionada
por el Consejo Superior Universitario y en ella no podrán figurar miembros del mismo
ni de los Consejos Directivos.
CAPÍTULO 4: De los alumnos
ARTÍCULO 22º) Será considerado alumno regular todo aquél que apruebe por lo
menos dos asignaturas por año, en cualquiera de las sedes o subsedes académicas
de la Universidad, salvo que el plan de estudios prevea menos de cuatro asignaturas
por año, en cuyo caso deberá aprobar una como mínimo.
ARTÍCULO 23º) Las condiciones de ingreso en calidad de alumno regular a la
Universidad Provincial del Sudoeste son las que prescribe la legislación nacional y
provincial vigente. El Consejo Superior Universitario, a propuesta de la Facultad
respectiva, podrá establecer otras condiciones adicionales de ingreso a las diversas
carreras, cuando ello lo amerite.
ARTÍCULO 24º) Para acceder a la formación de posgrado se requiere contar con título
universitario de grado.
ARTÍCULO 25º) Para conformar o ser integrante de cualquiera de los órganos de
gobierno de la UPSO, se requiere que el estudiante sea alumno regular (según el
artículo 22 del presente texto) y que tenga aprobado por lo menos el treinta por ciento
(30%) del total de asignaturas de la carrera que cursa.
ARTÍCULO 26º) Es deber del alumno dedicarse en la forma más intensa posible a su
misión universitaria, tanto en el orden de adquirir conocimientos como en el de su
formación integral.
CAPÍTULO 5: Del personal No Docente
ARTÍCULO 27º) Se considerará miembro del personal no docente a todo empleado
que reviste en forma permanente, cumpla servicio efectivo en las funciones para las
que ha sido designado, y cuyo ingreso se ajuste a lo determinado en la ley que
reglamenta la actividad del personal de la administración pública de la provincia.
ARTÍCULO 28º) Los cargos permanentes del personal no docente se proveerán por
concurso, cuyas bases reglamentará el Consejo Superior Universitario, en el marco de
la legislación vigente.
CAPÍTULO 6: Del Régimen Disciplinario
ARTÍCULO 29º) A los miembros de la Universidad se les podrán aplicar sanciones
disciplinarias de orden correctivo o expulsivo. El Consejo Superior Universitario dictará
la reglamentación respectiva en el marco de la legislación vigente y del presente
Estatuto.
ARTÍCULO 30º) Ningún miembro de la Universidad podrá ser privado de tal condición
sin sumario administrativo o juicio académico previo.
TÍTULO 4: GOBIERNO
CAPÍTULO 1: Del Gobierno de la Universidad
ARTÍCULO 31º) El gobierno de la UPSO será ejercido con la participación de:
a) Asamblea Universitaria.
b) Rector y Vicerrector.
c) Consejo Superior Universitario.
d) Consejos Directivos.
e) Consejo Social.
ARTÍCULO 32º) El quórum mínimo para todas las sesiones de los Cuerpos Colegiados
de Gobierno de la Universidad es la mayoría absoluta del Cuerpo durante todo su
transcurso.
ARTÍCULO 33º) Las decisiones adoptadas por los Cuerpos podrán aprobarse por las
siguientes mayorías:
a) Mayoría absoluta: cuando aprueben la decisión más de la mitad del total de
los miembros que integran el Cuerpo.
b) Mayoría simple: cuando lo hagan más de la mitad de los miembros
presentes.
c) Simple pluralidad de votos: cuando el número de miembros que se
expresen por aprobarla supere al número de quienes se expresen por no
aprobarla, sin considerar al número de quienes se abstengan.
d) Mayoría de dos tercios: cuando el número de miembros que se expresen
por aprobarla sea al menos dos tercios del total que integran el Cuerpo.
e) Otras mayorías especiales: las que expresamente se definan en este
Estatuto o en los Reglamentos de Funcionamiento de los Cuerpos.
ARTÍCULO 34º) Cuando no se haya previsto una mayoría en el presente Estatuto, el
Órgano de que se trate decidirá por mayoría simple.
CAPÍTULO 2: De la Asamblea Universitaria
ARTÍCULO 35º) La Asamblea Universitaria es el órgano superior de la Universidad y
sus miembros llevarán a cabo la función ad-honorem, sin excepción.
ARTÍCULO 36º) Componen la Asamblea Universitaria en carácter de miembros
titulares:
a) Los Profesores Decanos de las Facultades.
b) Veinte (20) representantes de los profesores más un (1) profesor adicional
por cada Facultad.
c) Tres (3) representantes de los docentes auxiliares.
d) Un (1) representante de los alumnos por cada distrito con Sede Académica.
e) Un (1) representante del personal no docente.
f) Un (1) representante de cada uno de los distritos con Sede Académica.
ARTÍCULO 37º) Tienen derecho a elegir a sus representantes:
a. Los profesores por concurso en todos sus grados y los que habiendo
ganado concurso en su grado, estén en situación de prórroga de su
designación por haberse vencido el período para el cual concursaron.
b. Los docentes auxiliares por concurso y los que habiendo ganado concurso
en su grado, estén en situación de prórroga de su designación por haberse
vencido el período para el cual concursaron.
c. Los alumnos regulares según lo establecido en el artículo 22º.
d. Los empleados no docentes con una antigüedad en el servicio no menor a
los dos años.
e. Los Departamentos Ejecutivos de los respectivos distritos (a los miembros
indicados en el artículo 36º, inciso f).
ARTÍCULO 38º) Tienen derecho a ser elegidos:
a) Los profesores por concurso en todos sus grados y los que habiendo
ganado concurso en su grado, estén en situación de prórroga de su
designación por haberse vencido el período para el cual concursaron.
b) Los docentes auxiliares por concurso y los que habiendo ganado concurso
en su grado, estén en situación de prórroga de su designación por haberse
vencido el período para el cual concursaron.
c) Los alumnos regulares según lo establecido en el artículo 22º, que además
hayan aprobado por lo menos el treinta por ciento de las asignaturas de su
carrera.
d) Los empleados no docentes con una antigüedad en el servicio efectivo no
menor a cuatro años.
ARTÍCULO 39º) La elección de los asambleístas se hará de acuerdo con listas
oficializadas ante el Consejo Superior Universitario, y tendrá lugar por lo menos quince
días antes de la fecha fijada para la reunión ordinaria de ese año de la Asamblea
Universitaria. La representación de cada grupo se ajustará al sistema D´Hont, excepto
para los asambleístas representantes de los distritos (artículo 36º), inciso f, que será
elegido por el Departamento Ejecutivo Municipal correspondiente a cada Sede
Académica.
ARTÍCULO 40º) En la oportunidad de elegirse a los asambleístas titulares, se
procederá a la elección de un número de suplentes a determinar por el Consejo
Superior Universitario, quienes se incorporarán a la misma por orden de lista y en los
siguientes casos:
a) Muerte o renuncia del titular.
b) Licencia solicitada por el titular.
ARTÍCULO 41º) Los asambleístas serán renovados cada cuatro años, excepto los
asambleístas alumnos que lo serán cada dos, en oportunidad establecida en el artículo
39º. En el año en que coincidan con las elecciones generales, se celebrarán en forma
conjunta. Los asambleístas representantes de los distritos permanecerán en sus
mandatos hasta tanto los respectivos Departamentos Ejecutivos no dispongan su
reemplazo.
ARTÍCULO 42º) La Asamblea Universitaria es presidida por el Profesor Decano que
designe la Asamblea por mayoría simple.
ARTÍCULO 43º) La Asamblea Universitaria podrá ser convocada por el Rector a
reunión ordinaria con una anticipación no menor de quince días, para un día hábil
antes del 15 de diciembre. Si por cualquier razón no pudiera concretarse la
convocatoria, la Asamblea quedará automáticamente citada para el primer día hábil
siguiente.
ARTÍCULO 44º) La Asamblea Universitaria podrá ser convocada por el Rector a
reunión extraordinaria, mediando decisión del Consejo Superior Universitario adoptada
por mayoría simple, o cuando lo solicite un número de asambleístas titulares no
inferior al treinta por ciento del total. En uno u otro caso se expresará el motivo de la
convocatoria y la citación respectiva deberá efectuarse con no menos de siete días de
anticipación, a menos que exista voluntad expresa de más de dos tercios de los
miembros titulares de acortar ese plazo.
ARTÍCULO 45º) La Asamblea Universitaria, tanto en reunión ordinaria como
extraordinaria, deberá tratar solamente los asuntos para cuya consideración ha sido
convocada. Si resolviera considerar otra cuestión, sólo podrá hacerlo después de siete
días de haberlo hecho conocer a sus miembros.
ARTÍCULO 46º) En el caso de no haber quórum, la Asamblea se convocará
automáticamente para siete días después, o en caso de ser feriado para el día hábil
siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar. En esta segunda convocatoria podrá
sesionar con al menos el 30 por ciento de sus miembros.
ARTÍCULO 47º) Los Vicedecanos son también suplentes de la Asamblea, y se
incorporarán en reemplazo de sus respectivos Profesores Decanos sólo en los
siguientes casos:
a) Muerte o renuncia del titular.
b) Licencia solicitada por el titular.
CAPÍTULO 3: Atribuciones de la Asamblea Universitaria.
ARTÍCULO 48º) Son atribuciones de la Asamblea Universitaria:
a) Aprobar y modificar total o parcialmente el presente Estatuto, para lo cual
se necesitará mayoría absoluta.
b) Aprobar y modificar su propio reglamento de funcionamiento, por mayoría
absoluta.
c) Elegir y remover al Rector y al Vicerrector, y resolver sobre sus
renuncias. Para la remoción se requerirá mayoría dos tercios.
d) Considerar la gestión anual del Consejo Superior Universitario.
e) Resolver la remoción de los Consejeros Superiores, que requerirá
mayoría de dos tercios.
f) Crear o suprimir Facultades, a propuesta y por iniciativa del Consejo
Superior Universitario, que requerirá mayoría de dos tercios.
CAPÍTULO 4: Del Consejo Superior Universitario
ARTÍCULO 49º) El Consejo Superior Universitario ejerce el Gobierno directo de la
Universidad. Sus miembros deberán estar disponibles para las reuniones de comisión
y plenarias, y no recibirán remuneración alguna por desempeñar tal función.
ARTÍCULO 50º) Integran el Consejo Superior Universitario
a) El Rector.
b) Los Consejos Directivos de las Facultades.
c) Un Consejero no docente.
d) El Representante de los municipios que integran el Consejo Social
.
ARTÍCULO 51º) Son suplentes del Consejo Superior Universitario, quien desempeñe
las funciones de Vicerrector, los Vicedecanos, los Consejeros Directivos Suplentes, un
no docente y un miembro del Consejo Social, electo a tal fin, y se incorporarán en
reemplazo de sus respectivos titulares en los siguientes casos:
a) Muerte, renuncia o destitución del titular.
b) Licencia solicitada por el titular.
ARTÍCULO 52º) La elección del Consejero no docente se ajustará a lo dispuesto en
los artículos 37º), 38º) y 39º), en los incisos correspondientes. Durará cuatro años en
su mandato.
ARTÍCULO 53º) Es incompatible el cargo de Asambleísta con el de Consejero
Superior, excepto en el caso de los Profesores Decanos.
CAPÍTULO 5: Atribuciones del Consejo Superior Universitario
ARTÍCULO 54º) Son atribuciones del Consejo Superior Universitario:
a) Aprobar y modificar su propio Reglamento de Funcionamiento, por mayoría
absoluta
b) Dictar resoluciones y/u ordenanzas atinentes al buen gobierno de la
Universidad.
c) Autorizar la creación de centros e institutos de Investigación y Extensión,
que promuevan los objetivos estatutarios, y reglamentar su
funcionamiento.
d) Incorporar subsedes académicas, con acuerdo del Consejo Social, y en
tanto exista disponibilidad presupuestaria.
e) Suprimir sedes o subsedes académicas, con el acuerdo del Consejo
Social.
f) Oficializar las listas de candidatos a integrar los consejos directivos, y
determinar en qué Facultades votan los alumnos de cada carrera.
g) Proponer a la Asamblea Universitaria la creación o supresión de
Facultades.
h) Definir en qué localidad se dictará cada carrera, en acuerdo con el Consejo
Social.
i) Crear o suprimir carreras universitarias o títulos, y aprobar los planes de
estudio.
j) Establecer las condiciones de ingreso a la Universidad.
k) Definir el Régimen de Concursos de profesores, auxiliares y no docentes.
l) Considerar y resolver sobre los pedidos de impugnación o los casos
observados relativos a concursos de profesores, auxiliares de docencia y
no docentes.
m) Decidir la destitución de los Profesores Decanos y Vicedecanos, a
propuesta de los respectivos Consejos Directivos, que requerirá mayoría
de dos tercios.
n) Reglamentar los juicios académicos y los tribunales universitarios que
actuarán en los mismos y en toda cuestión ético-disciplinaria en que
estuviere involucrado personal docente.
o) Considerar las peticiones de licencia del Rector, Vicerrector y Profesores
Decanos.
p) Aprobar, de acuerdo con las normas vigentes, el proyecto de presupuesto
anual de la Universidad, propuesto para ser elevado al Ministerio de
Economía de la Provincia de Buenos Aires.
q) Reglamentar aquellos artículos que le confiere el presente Estatuto
r) Dar su acuerdo para la aceptación de herencias, donaciones y legados,
para que sean incorporados al patrimonio de la Universidad.
s) Dar su acuerdo para la firma de Convenios que no comprometan el
patrimonio de la Universidad.
t) Proponer a la Asamblea Universitaria modificaciones al presente Estatuto.
u) A propuesta del Rector, considerar y resolver sobre programas de incentivos
al personal de la universidad.
CAPÍTULO 6: Del Rector y Vicerrector
ARTÍCULO 55º) El Rector ejerce la representación de la Universidad.
ARTÍCULO 56º) Para ser elegido Rector o Vicerrector se requiere:
- Poseer título universitario.
- Ser o haber sido profesor por concurso de una Universidad Nacional o
Provincial.
ARTÍCULO 57º) El Rector y el Vicerrector serán elegidos por fórmula por la Asamblea
Universitaria, por mayoría absoluta. Si efectuadas dos votaciones no se obtuviere
mayoría absoluta, se procederá a una tercera limitada a los dos más votados,
requiriéndose entonces mayoría simple. La votación en todos los casos será nominal.
ARTÍCULO 58º) El cargo de Rector implica dedicación a la Universidad con exclusión
de cualquier otra actividad pública o privada, salvo el ejercicio de la docencia, la
investigación o la participación en proyectos de la Universidad.
ARTÍCULO 59º) El Rector y el Vicerrector durarán en sus funciones el término de
cuatro años y podrán ser reelegidos en el mismo cargo por un solo período
consecutivo. El Rector, en caso de haber sido electo por dos mandatos sucesivos, no
podrá luego postularse por otro adicional ni como Rector ni como Vicerrector durante
un período igual al que fue electo.
ARTÍCULO 60º) Son atribuciones y deberes del Rector:
a) Dirigir la gestión administrativa, económica y financiera de la Universidad,
de conformidad con el presupuesto aprobado y de acuerdo a las
normativas establecidas en las leyes que rigen la contabilidad provincial.
Además, deberá tener en cuenta las normas, resoluciones y/u
ordenanzas de la Asamblea Universitaria y el Consejo Superior
Universitario, que se establezcan en forma complementaria.
b) Presidir el Consejo Superior Universitario, con voz, y voto en caso de
empate.
c) Convocar a la Asamblea Universitaria.
d) Promover las actividades de extensión universitaria y de incubación de
proyectos.
e) Promover las actividades de investigación a través de convenios o
creación de Centros o Institutos dedicados a dicha temática.
f) Encargarse de las relaciones institucionales de la Universidad.
g) Designar los cargos del Personal No Docente permanente de acuerdo con
lo establecido en los artículos 27º y 28º.
h) Designar, a propuesta de los Consejos Directivos, el Personal Docente de
acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto y demás
reglamentaciones vigentes.
i) Designar a todos los funcionarios y personal jerárquico que lo acompañen
en su gestión.
j) Designar al Personal Contratado.
k) Disponer los ceses del personal.
l) Acordar las licencias, con y sin goce de haberes, del Personal de la UPSO,
según las reglamentaciones vigentes para cada caso, pudiendo delegar
esta atribución total o parcialmente en los Decanos para el caso de las
licencias docentes.
m) Autorizar comisiones de servicios al personal.
n) Autorizar la utilización de automóviles particulares cuando las
circunstancias sean de extrema necesidad, utilizando en este caso la
normativa vigente al respecto.
o) Aceptar herencias, donaciones y legados, con acuerdo del Consejo
Superior Universitario.
p) Suscribir convenios que no comprometan el patrimonio de la UPSO con el
acuerdo del Consejo Superior Universitario.
ARTÍCULO 61º) El Vicerrector sustituirá al Rector en caso de ausencia, enfermedad,
licencia, renuncia, destitución o muerte. En caso de acefalía total, el Consejo Superior
Universitario elegirá a un Consejero Superior titular por los profesores, que se hará
cargo de las funciones del Rector, y en el mismo acto convocará a la Asamblea
Universitaria para que elija nueva fórmula de Rector y Vicerrector dentro de un período
de seis meses.
CAPÍTULO 7: De los Consejos Directivos de las Facultades
ARTÍCULO 62º) Los Consejos Directivos, presididos por los Profesores Decanos, son
las autoridades máximas de las respectivas Facultades. Les corresponde la
orientación y coordinación de las actividades de docencia e investigación.
ARTÍCULO 63º) Integran cada Consejo Directivo:
a) El Profesor Decano de la Facultad.
b) 3 Consejeros profesores de la Facultad.
c) 1 Consejero docente auxiliar de la Facultad.
d) 1 Consejero alumno de la Facultad.
ARTÍCULO 64º) Los Consejeros profesores, el Consejero docente auxiliar y el
Consejero alumno son elegidos por el voto directo de los integrantes de los
respectivos claustros de la Facultad. La elección se hará de acuerdo con lo que
establecen los artículos 38º y 39º, y durarán dos (2) años en sus funciones. Las listas
deberán incluir suplentes en las condiciones establecidas en el artículo 40º.
ARTÍCULO 65º) El Profesor Decano y el Vicedecano serán elegidos por el Consejo
Directivo de la Facultad en sesión especial, presidida por el Profesor Decano saliente,
con voz y sin voto, por mayoría absoluta. El Profesor Decano dura cuatro años en el
cargo, y podrá ser reelegido para el mismo cargo por un sólo período consecutivo. El
Vicedecano será un Consejero Profesor, se desempeñará ad-honorem excepto
durante los períodos en que deba sustituir al Decano, y durará dos (2) años en sus
funciones.
CAPÍTULO 8: Atribuciones de los Consejos Directivos:
ARTÍCULO 66º) Son atribuciones de los Consejos Directivos:
a) Aprobar y modificar su propio Reglamento de Funcionamiento, por
mayoría absoluta.
b) Disponer el llamado a concurso para la provisión de cargos de profesores y
auxiliares de docencia, siempre y cuando medie autorización explícita del
rectorado sobre la disponibilidad de los cargos objeto del concurso.
c) Proponer al Rector la contratación de docentes.
d) Definir el plantel docente a cargo de cada cátedra.
e) Elegir al Profesor Decano y al Vicedecano de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 65º.
f) Solicitar al Consejo Superior Universitario la destitución del Profesor
Decano o del Vicedecano, por mayoría de dos tercios del total de sus
miembros.
g) Reglamentar y autorizar los cursos para alumnos y graduados.
h) Aprobar con la debida anticipación los programas que servirán de base al
desarrollo de los cursos lectivos.
i) Proponer al Rector las licencias del personal docente según la
reglamentación respectiva.
CAPÍTULO 9: Del Profesor Decano, del Vicedecano y del Secretario Académico
ARTÍCULO 67º) El Profesor Decano ejerce la dirección académica de la Facultad.
Debe ser o haber sido profesor universitario con una antigüedad mínima de cinco (5)
años y poseer título universitario.
ARTÍCULO 68º) Para que un profesor que no pertenece al plantel docente de la
Universidad pueda ser elegido Profesor Decano deberá poseer comprobados
antecedentes de participación en proyectos y/o emprendimientos, actividades de
desarrollo regional o local, y/o capacitación específica en aspectos relacionados a la
motivación y desarrollo de aptitudes emprendedoras.
ARTÍCULO 69º) El Vicedecano deberá cumplir con los mismos requisitos
especificados para el Profesor Decano en el artículo 67º. Sustituirá al Profesor Decano
en caso de ausencia, enfermedad, licencia, renuncia, destitución o muerte, por un
período no mayor de seis meses consecutivos. Pasado ese lapso, se deberá elegir
otro Profesor Decano, en los términos del artículo 65º), el que completará el período.
ARTÍCULO 70º) Cada Facultad contará con un Secretario Académico que será
propuesto por el Profesor Decano de la Facultad con el acuerdo de su Consejo
Directivo, y será designado por el Rector hasta la finalización del periodo de mandato
del Decano. El Secretario Académico asesorará y colaborará con el Profesor Decano,
entendiendo en los asuntos que este le encomiende.
ARTÍCULO 71º) Podrá ser Secretario Académico el que sea docente de la Universidad
con una antigüedad mínima de 2 años y posea título universitario.
CAPÍTULO 10: Atribuciones de los Profesores Decanos
ARTÍCULO 72º) Son atribuciones de los Profesores Decanos:
a) Integrar como miembros natos el Consejo Superior Universitario.
b) Presidir el Consejo Directivo de acuerdo con su reglamento.
c) Ejecutar y hacer ejecutar en la Facultad las resoluciones y/u ordenanzas
del Consejo Superior Universitario, del Rector y del Consejo Directivo,
según las disposiciones del Estatuto de la Universidad y sus
reglamentaciones.
d) Convocar al Consejo Directivo.
e) Ejercer la representación de la Facultad.
f) Supervisar en forma inmediata las actividades del personal docente y no
docente que esté a su cargo, de acuerdo con la reglamentación respectiva.
g) Resolver sobre cualquier cuestión urgente o grave, debiendo dar cuenta al
Consejo Directivo o al Consejo Superior Universitario.
CAPÍTULO 11: Del Consejo Social.
ARTÍCULO 73º) El Consejo Social está formado por representantes de la región, uno
por cada Sede Académica. Funcionará como órgano de asesoramiento y consulta de
Rectorado.
ARTÍCULO 74º) Cada distrito donde funcione una Sede Académica, propondrá un
miembro titular y uno suplente al Consejo Social. Serán designados por el
Departamento Ejecutivo municipal. Los miembros suplentes se incorporarán en
reemplazo de sus respectivos titulares en los siguientes casos:
a) Muerte o renuncia del titular.
b) Licencia solicitada por el titular.
ARTÍCULO 75º) El Consejo Social será coordinado y convocado por el Representante
de los municipios elegido de acuerdo a lo dispuesto en el art. 77. También puede auto
convocarse cuando así lo decida la mayoría absoluta.
ARTÍCULO 76º) Son atribuciones del Consejo Social:
a) Dictar su propio reglamento.
b) Elegir un (1) Representante de los municipios de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 77º.
c) Disponer la remoción del Representante de los municipios
d) Tendrá atribuciones en los incisos d), e) y h) del artículo 54º, y en cualquier
otro tema que el Consejo Superior Universitario decida requerir su acuerdo.
e) Enviar un representante, con voz y sin voto, a las sesiones de los Consejos
Directivos de las Facultades.
ARTÍCULO 77º) El Representante de los municipios será elegido por el Consejo
Social, por mayoría simple.
TÍTULO 5: REGIMEN ECONOMICO-FINANCIERO
ARTÍCULO 78º) La Universidad Provincial del Sudoeste es autárquica en lo financiero
y patrimonial.
ARTÍCULO 79º) La Universidad conducirá la administración de los recursos asignados
por el presupuesto provincial y aquellos incorporados como recursos propios, en un
todo de acuerdo con las leyes de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 80º) Además de los fondos asignados por el presupuesto provincial, de los
que afecten los municipios intervinientes y de los que forman su patrimonio propio, la
Universidad podrá generar recursos adicionales.
ARTÍCULO 81º) La Universidad estará en permanente actuación ante los poderes
públicos para obtener los recursos necesarios para su adecuado desenvolvimiento.
TÍTULO 6: DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 82º) El Tribunal Universitario estará compuesto por profesores ordinarios o
interinos, hasta que la Universidad cuente con los profesores que cumplan con los
requisitos indicados en el artículo 21° del Estatuto.
ARTÍCULO 83º) La coordinación de las actividades que se desarrollen en los ámbitos
de Centros o Institutos de Investigación estarán a cargo de Rectorado de la
Universidad, hasta tanto estén resueltas las designaciones correspondientes.
Anexos del presente Estatuto:
- ANEXO 1a: Organigrama de la Universidad Provincial del Sudoeste
- ANEXO 1b: Personal Jerárquico y sus equivalencias
- ANEXO 1c: Misiones y funciones de las Secretarías, Direcciones y demás
dependencias de la estructura de la Universidad.
- ANEXO 1d: Régimen del Docente de la Universidad Provincial del Sudoeste
ANEXO 1a
ORGANIGRAMA DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE
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ANEXO 1b
PERSONAL JERÁRQUICO EQUIVALENCIAS
Cargo UPSO Equivalencias
Rector Subsecretario de estado
Vicerrector Subsecretario de estado
Secretario General Académico Director Provincial
Secretario General Administrativo Director Provincial
Secretario General de Planeamiento y Bienestar Universitario
Director Provincial
Secretario General de Relaciones Institucionales y Comunicación
Director Provincial
Director de Coordinación Educativa Director
Director de Planificación y Mejoramiento de la Enseñanza
Director
Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares Director
Director de RRHH y Asuntos Legales Director
Director de Planeamiento Director
Director de Bienestar Universitario y Extensión Cultural
Director
Director de Relaciones Institucionales Director
Director de Comunicación Director
ANEXO 1c
MISIONES Y FUNCIONES DE LAS SECRETARÍAS, DIRECCIONES Y DEMÁS
DEPENDENCIAS DE LA ESTRUCTURA DE LA UNIVERSIDAD
SECRETARIA GENERAL ACADÉMICA
Acciones
1. Coordinar, administrar y supervisar las actividades educativas de la Universidad en
todos los niveles, facilitando desde lo organizativo la implementación de las
políticas definidas por la Universidad.
2. Coordinar la vinculación entre Rectorado y las Unidades Académicas de la
Universidad.
3. Planificar y supervisar el dictado de las carreras en las distintas sedes académicas.
4. Organizar la gestión de ingreso, registro y control de la actividad estudiantil.
5. Instrumentar los medios para la supervisión de los planes de estudio curriculares,
de acuerdo a las normas y reglamentaciones vigentes.
6. Gestionar e implementar convenios con distintos organismos provinciales,
nacionales e internacionales, a fin de lograr un servicio académico eficiente.
7. Colaborar con las Unidades Académicas en todo trámite inherente a la creación de
carreras, respecto a la verificación de las reglamentaciones vigentes para dicho
trámite y supervisión de códigos y nomenclaturas de las asignaturas
correspondientes.
8. Organizar y controlar los trámites inherentes al otorgamiento de los diplomas y
certificados.
9. Implementar los mecanismos de evaluación de docentes aprobados por la
Universidad, como servicio común a las Unidades Académicas.
10. Gestionar e Implementar la sistematización de los procesos académicos-
administrativos necesarios para aumentar su eficiencia.
11. Elevar anualmente el proyecto de calendario académico.
12. Elevar al Consejo Superior Universitario la Propuesta Académica Anual para su
aprobación.
13. Proponer capacitaciones y actualizaciones docentes.
14. Llevar adelante la vinculación de la Universidad con los organismos provinciales
y/o nacionales por cuestiones académicas.
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN EDUCATIVA
Acciones:
1. Contribuir desde la gestión al adecuado y eficiente funcionamiento de las
actividades académicas y a todo lo inherente a la asistencia y al control de los
alumnos de la Universidad.
2. Controlar el adecuado dictado de las carreras en las distintas Sedes y Subsedes
Académicas.
3. Coordinar el ingreso, registro y control de la actividad estudiantil.
4. Supervisar que los planes de estudio de las distintas carreras estén registrados y
actualizados.
5. Mantener registro actualizado de los convenios vigentes.
6. Supervisar la adecuada realización de los trámites vinculados con la creación o
modificación de carreras u otorgamiento de títulos o certificados.
7. Supervisar el desarrollo de las distintas encuestas docentes en las distintas sedes
académicas.
8. Coordinar el registro de asistencia de docentes en las sedes académicas.
DEPARTAMENTO DE ALUMNOS E INGRESOS
Acciones:
1. Llevar registro actualizado de los planes de estudio de cada carrera.
2. Confeccionar el proyecto de calendario académico.
3. Atender y asesorar al alumno respecto a las carreras que se dictan y a las
reglamentaciones vigentes.
4. Atender la recepción de solicitudes de ingreso en las fechas establecidas por el
calendario académico.
5. Registrar los datos de los alumnos de la Universidad y completar sus legajos.
6. Centralizar el registro y control de las actividades académicas de los alumnos de
todas las carreras, a fin de asegurar el cumplimiento de los distintos planes de
estudios.
7. Recibir y registrar la inscripción de los alumnos en las materias.
8. Confeccionar los certificados de estudios, analíticos y fichas personales de cada
alumno.
9. Controlar correlatividades, cambios de plan, cursados paralelos, reincorporación y
pases de carreras.
10. Mantener el archivo de las actas de cursado, promoción y exámenes finales y toda
otra documentación académica.
11. Controlar los requisitos para mantener la regularidad de los alumnos y
confeccionar listados por bajas por inactividad.
12. Citar a los alumnos por cuestiones vinculadas con inscripción en materias,
sanciones disciplinarias y comunicaciones en general.
13. Entender en los trámites relacionados con materias no curriculares a cursar por
alumnos regulares.
14. Recibir y tramitar notas de alumnos con pedidos de excepciones.
15. Atender solicitudes de pase de otras (o a otras) Universidades, y equivalencias de
materias.
16. Entender en lo relacionado con las estadísticas de alumnos.
17. Confeccionar guías de información para ingresantes, debidamente actualizadas.
DEPARTAMENTO DE TITULOS Y EGRESADOS
Acciones:
1. Realizar las tareas de control que garanticen el legítimo otorgamiento de títulos, así
como el resguardo de toda la información del sector.
2. Colaborar con los Unidades Académicas en la verificación del real cumplimiento de
los requisitos de las asignaturas establecidas en los planes de estudio, previo a la
confección del informe final para el otorgamiento del título.
3. Tramitar la confección y el otorgamiento a los graduados de sus respectivos
diplomas. Participar en la gestión de reválida de títulos.
4. Tramitar la legalización de diplomas y certificados.
5. Confeccionar certificados de los diferentes cursos dictados.
DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DOCENTE
Acciones:
1. Planificar en coordinación con las Unidades Académicas las actividades educativas
de cada ciclo lectivo, en lo que respecta a la cantidad de cursos, de docentes, etc.
2. Colaborar en la coordinación del dictado de las materias, compatibilizando intereses
y cronogramas de las distintas Unidades Académicas con el fin de dar eficiencia
al uso de los recursos.
3. Brindar a las Unidades Académicas el servicio de control del cumplimiento de las
asignaturas establecidas en los planes de estudio.
4. Coordinar la logística para el dictado de las carreras en las distintas sedes
académicas, respecto a instrumentar y organizar los medios de trasporte
necesarios para el traslado de los docentes a las distintas sedes académicas,
sobre todo cuando no se dispone de servicios públicos de transporte en los
horarios requeridos. Disponer de los sistemas de registro de asistencia en cada
sede, de los sistemas de encuestas correspondientes de alumnos a docentes,
coordinación de horarios para eficientizar el sistema de traslado cuando no es
público y de acuerdo a las disponibilidades áulicas de cada sede.
5. Realizar el seguimiento del desarrollo de las actividades académicas bajo las
modalidades y cronogramas establecidos.
6. Organizar y coordinar los traslados de los docentes hacia y desde las distintas
Sedes Académicas.
7. Colaborar con la Secretaría Administrativa en la presupuestación y control de los
gastos vinculados con la actividad docente en todos los niveles.
8. Coordinar e implementar encuestas académicas, y toda otra herramienta de
evaluación docente que la Universidad delegue a la Secretaría.
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN EDUCATIVA Y MEJORAMIENTO DE
LA ENSEÑANZA
Acciones:
1. Analizar la oferta académica más adecuada que contribuya al desarrollo armónico
de la región y, propender al mejoramiento de la educación universitaria en todos
sus aspectos.
2. Apoyar a las Facultades en la creación de nuevas carreras, brindándoles las
reglamentaciones vigentes para la creación de las mismas y colaborando en la
definición de perfiles del graduado y alcances de las carreras.
3. Evaluar la propuesta académica anual que propone el Departamento de
Planificación, para elevarla a la Secretaria Académica.
4. Evaluar y proponer las mejoras a la enseñanza universitaria en las distintas Sedes
Académicas.
5. Atender y gestionar la concreción de las necesidades que surjan desde las Sedes
de la Universidad que se vinculen con las actividades académicas.
6. Proponer distintas técnicas o estrategias pedagógicas que propendan al
mejoramiento de la enseñanza.
7. Evaluar y proponer convenios con distintos organismos provinciales, nacionales e
internacionales, a fin de lograr un servicio académico eficiente.
8. Evaluar y gestionar los programas de mejoramiento de la enseñanza disponibles
desde los distintos organismos públicos.
9. Dirigir y organizar la biblioteca de la Universidad y proponer la sistematización más
adecuada para la Institución.
10. Evaluar junto con las Unidades Académicas de la Universidad las encuestas de
alumnos realizadas a los docentes con el fin de proponer medidas de
mejoramiento si fuera necesario.
11. Proponer las sistematizaciones de procesos académicos-administrativos
necesarios para aumentar la eficiencia en el desarrollo de los mismos.
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN EDUCATIVA
Acciones:
1. Instrumentar los medios para concretar las necesidades vinculadas a las
actividades académicas que surjan de las sedes académicas de la UPSO,
respecto a actualización de gabinetes de computación, incorporación de
equipamiento, mobiliario o laboratorios, hasta el momento inexistente, necesario
para el dictado de alguna carrera o materia particular, mejoras o ampliación de
espacios edilicios, incorporación o mejora del servicios de internet, entre otros.
2. Proponer la oferta académica anual a la Dirección de Planificación Educativa y
Mejoramiento de la Enseñanza, para su evaluación.
3. Implementar las estrategias pedagógicas necesarias para el mejoramiento de la
enseñanza.
4. Mantener las condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades
académicas en las distintas sedes de la universidad.
5. Gestionar y disponer del equipamiento didáctico necesario para cada carrera.
6. Diseñar propuestas de carreras nuevas con el fin de contribuir al desarrollo
armónico de la región.
7. Coordinar e implementar el Sistema de Gestión de Biblioteca de la Universidad.
8. Mantener actualizada la Biblioteca de la Universidad y su sistema de gestión.
9. Atender las necesidades de las Unidades Académicas de la Universidad respecto a
cuestiones que tiendan al mejoramiento de la enseñanza, específicamente
mejoramiento del campus virtual de la universidad que permita otras herramientas
académicas, incorporación de salas de teleconferencias que permitirían igualdad
de condiciones para todas las sedes, capacitaciones especificas a docentes,
incorporaciones de nuevas metodologías de enseñanza en general, bibliotecas
virtuales, entre otros.
10. Implementar los programas de mejoramiento de la enseñanza que se decidan
desde la Universidad, que se deriven del ítem anterior.
11. Participar de la implementación y operación de los sistemas informáticos
aplicados a la actividad docente, a fin de eficientizar los procesos de planificación
y control, y brindar información rápida y precisa relacionada con dichas
actividades.
SECRETARIA GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y
COMUNICACIÓN
Acciones:
1. Establecer la estrategia de vinculación institucional.
2. Llevar adelante la vinculación entre la Universidad y los organismos locales,
provinciales, nacionales e internacionales, con el objeto de colaborar en el logro
de los objetivos institucionales. Difundir y comunicar las actividades universitarias
hacia adentro y hacia afuera de la institución.
3. Atender las relaciones entre la UPSO y otras instituciones gubernamentales y
sociales.
4. Instrumentar convenios y acuerdos entre la Universidad y los distintos organismos
locales, regionales, nacionales e internacionales en línea con los objetivos
institucionales.
5. Diseñar los procesos necesarios para facilitar el cumplimiento de la Ley 23.877 de
Vinculación Tecnológica, atendiendo a la relación entre la Universidad y sus
Unidades de Vinculación Tecnológica.
6. Llevar adelante las actividades de Cooperación Internacional.
7. Gestionar Convenios Internacionales para llevar adelante tareas de intercambio
académico y/o de Investigación.
8. Establecer y facilitar la estrategia comunicacional de las actividades universitarias y
coordinar la participación de las áreas en su implementación.
9. Proponer nuevas estrategias de comunicación y/o de difusión.
DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES
Misiones:
1. Contribuir en el diseño de las políticas y las herramientas para facilitar la vinculación
entre la Universidad y los organismos locales, provinciales, nacionales e
internacionales, instituciones de la sociedad civil y del sector productivo.
2. Diseñar y proponer estrategias de vinculación institucional con actores públicos y
privados del orden nacional, provincial y municipal.
3. Implementar las acciones requeridas para instrumentar programas o proyectos de
la cooperación internacional con universidades, organismos de ciencia y
tecnología, entre otros.
4. Implementar las acciones requeridas para dar cumplimiento a los convenios en los
cuales participa la Universidad y una Unidad de Vinculación Tecnológica.
5. Diseñar y proponer los procesos internos que garanticen la correcta articulación de
las áreas de la Universidad que requieran acuerdos con organismos externos o
gobiernos municipales, provinciales o nacional.
6. Realizar las tareas necesarias para la implementación de actividades de
intercambio de docentes, alumnos e investigadores con otras Instituciones
educativas.
DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
Acciones:
1. Implementar la estrategia de vinculación institucional.
2. Elaborar los instrumentos formales adecuados que permitan la realización de
acuerdos de colaboración con organismos multilaterales, públicos y privados de
interés para la Universidad.
3. Implementar los Convenios en los que participa la Universidad y una Unidad de
Vinculación Tecnológica, atendiendo al cumplimiento interno de los cronogramas
de actividades propuestos en relación con terceros.
4. Ejecutar y apoyar, junto a otras áreas de la Universidad, la realización de
programas y proyectos de cooperación internacional.
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
Acciones:
1. Contribuir a la supervisión de las actividades de comunicación y difusión, y
garantizar la articulación con otras áreas de la Universidad para facilitar el
cumplimiento de las actividades previstas.
2. Diseñar el Plan Anual de Difusión.
3. Coordinar la articulación entre las Secretarías y Unidades Académicas para la
difusión de la propuesta curricular anual.
4. Diseñar la estrategia comunicacional y de relaciones públicas y privadas, internas y
externas, vinculadas con la actividad de la Universidad.
5. Diligenciar auspicios y declaraciones de interés universitario de distintos eventos
académicos o culturales
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN
Acciones:
1. Determinar las necesidades de material impreso de acuerdo a la oferta académica
aprobada.
2. Articular con otras áreas de la Universidad para disponer anualmente de dicho
material.
3. Mantener los medios de comunicación e información actualizados (página Web y
redes sociales).
4. Proponer medios audiovisuales útiles para la difusión y comunicación de la
Universidad.
5. Proponer mejoras de diseño, promoción, difusión y/o comunicación.
6. Difundir las actividades de extensión y transferencia que la Universidad realice.
SECRETARIA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y BIENESTAR
UNIVERSITARIO
Acciones:
1. Coordinar actividades de diagnóstico, evaluación y planeamiento institucional.
Entender en todos los asuntos relativos al bienestar de toda la comunidad
universitaria y, en particular la atención de los estudiantes.
2. Arbitrar los medios para contar con Información Institucional clara y precisa.
3. Elaborar informes que posibiliten la toma de decisiones, la evaluación y acreditación
institucional y la elaboración de planes estratégicos.
4. Generar programas orientados a mejorar la eficiencia en el uso de los recursos
disponibles.
5. Planificar actividades sociales, deportivas y recreativas para los miembros de la
comunidad universitaria, en particular, los estudiantes.
6. Coordinar y organizar la atención sanitaria del personal de la Universidad y de sus
alumnos.
7. Atender cuestiones de salud preventiva orientadas a la comunidad universitaria
8. Diseñar todas las cuestiones relacionadas con subsidios, becas y pasantías para
los alumnos.
DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO
Acciones:
1. Planificar actividades de diagnóstico, evaluación y planeamiento institucional.
2. Promover la elaboración de estadísticas, diagnósticos e información periódica de la
universidad.
3. Establecer las actividades de evaluación y acreditación institucional.
4. Diseñar programas orientados a la funcionalización y optimización de la gestión
institucional.
5. Propiciar la generación de programas de desarrollo y planes estratégicos de la
universidad.
6. Analizar cuali y cuantitativamente las modificaciones o creaciones de las
estructuras en el ámbito de la Universidad, así como sus misiones y funciones, en
interacción con la Dirección de RRHH y Asuntos Legales.
DEPARTAMENTO DE REDES Y COMUNICACIONES
Acciones:
1. Diseñar, operar y mantener sistemas informáticos tendientes a optimizar los planes
y programas de gestión llevados a cabo por las diferentes áreas y sedes del
Organismo, mediante el uso de hardware, software y recursos humanos
adecuados, de conformidad con los lineamientos emanados por el Organismos
Provincial rector en la materia.
2. Coordinar y garantizar el correcto funcionamiento de los gabinetes de computación
y del servicio de Internet en cada una de las sedes de la UPSO.
3. Brindar información tanto a las autoridades de la Universidad como a los alumnos,
según sus requerimientos, mediante sistemas informáticos.
4. Realizar el mantenimiento y control de la interconexión de los distintos servicios de
la Universidad y de estos con las redes externas e Internet.
5. Supervisar y administrar el estado del enlace a Internet provisto por la Provincia.
6. Gestionar la red de telefonía interna de la Universidad y verificar el funcionamiento
de su central telefónica, requiriendo su actualización cuando fuere necesaria.
DIRECCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Y EXTENSIÓN CULTURAL
Acciones:
1. Entender en todos los asuntos relativos al bienestar de toda la comunidad
universitaria y, en particular, la atención de los estudiantes.
2. Promover y organizar actividades sociales, deportivas y recreativas para los
miembros de la comunidad universitaria.
3. Atender y canalizar las propuestas y solicitudes de los estudiantes.
4. Promover políticas de prevención relacionadas a la salud de la comunidad
universitaria.
5. Implementar las políticas de otorgamiento de becas y pasantías a alumnos y
graduados.
6. Supervisar los trámites inherentes a las becas y pasantías de alumnos y graduados.
7. Desarrollar actividades que permitan mejorar la calidad de vida de los miembros de
la comunidad universitaria, tales como gestión de beneficios y descuentos.
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
Acciones:
1. Coordinar la revisación médica de alumnos en las sedes, como requisito necesario
para el ingreso.
2. Instrumentar actividades deportivas, artísticas, sociales, recreativas y relacionadas
a la salud, con el objeto de generar pautas de comportamiento que posibiliten
mejorar la calidad de vida de los integrantes de la Universidad.
3. Establecer las condiciones para generar intercambio entre los integrantes de las
distintas sedes y subsedes de la Universidad, como experiencia enriquecedora.
4. Implementación de las políticas de salud preventiva para la comunidad universitaria.
5. Confeccionar y remitir mensualmente a la Dirección de Administración la nómina de
alumnos y graduados a quienes debe efectuarse la liquidación de subsidios,
becas y pasantías.
DEPARTAMENTO DE EXTENSIÓN CULTURAL
Acciones:
1. Desarrollar programas de extensión cultural en diversas disciplinas, y organizar y
coordinar eventos artísticos y culturales.
2. Administrar la utilización de los espacios universitarios vinculados a la cultura, la
extensión, la comunicación social y los eventos científicos.
3. Fomentar la realización de cursos de extensión para la comunidad.
SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA
Acciones:
1. Planificar, organizar y controlar las acciones administrativas tendientes a brindar el
apoyo necesario para el cumplimiento de los objetivos específicos de cada una de
ellas.
2. Asistir al Rector en todo lo relacionado con la gestión administrativa de la
Universidad.
3. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la Universidad.
4. Implementar y fiscalizar la prestación de las operaciones administrativas, contables
y auxiliares.
5. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión
administrativa, contable, económica y financiera de la Universidad.
6. Organizar las tramitaciones administrativas de su competencia coordinando los
servicios de Contabilidad y Personal aunando criterios comunes para la aplicación
de las normas vigentes en materia Contable y de Recursos Humanos.
7. Organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones y
actos licitatorios, y ejercer su debido seguimiento a fin de satisfacer los
requerimientos de la entidad, de acuerdo a la normativa vigente.
8. Coordinar, organizar y controlar las acciones relacionadas con el registro
patrimonial de los bienes muebles e inmuebles según las normas vigentes.
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
Acciones:
1. Desarrollar y coordinar de manera conjunta con los Departamentos a cargo, el
aprovechamiento de los recursos presupuestarios del ejercicio para el óptimo
funcionamiento de la Universidad.
2. Organizar y coordinar la implementación de todos los actos administrativo-contables
necesarios para la gestión económico-financiera de la Jurisdicción, como así
también la elaboración y control del Presupuesto.
3. Organizar y supervisar las operaciones contables, financieras, impositivas y de
inversión efectuadas en la Jurisdicción.
4. Organizar las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos
de fondos y valores asignados a la Jurisdicción por la Ley de Presupuesto,
Cuentas de Terceros (de corresponder) y otras formas, disponiendo la registración
de su movimiento y la rendición de cuentas documentada y comprobable a los
Organismos de Control de la Provincia, con detalle de la percepción y aplicación
de dichos fondos y valores conforme a las normas vigentes.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
Acciones:
1. Registrar dentro del sistema de Contabilidad Presupuestaria el movimiento de las
distintas partidas del presupuesto asignado.
2. Elaborar estados mensuales de ejecución presupuestaria solicitados por el
Organismo de Control.
3. Determinar la imputación de las erogaciones y controlar el cierre del ejercicio
económico. Realizar el control de la documentación entregada al Departamento
Tesorería y Rendición de Cuentas y la contabilidad de fondos y valores,
conciliaciones bancarias y registro de deudores varios.
4. Cumplimentar las etapas de registración del gasto, contabilizando las erogaciones
del Organismo, controlando los cupos otorgados y realizando las comunicaciones
presupuestarias a los Organismos de Control.
5. Determinar y fiscalizar los movimientos de fondos producidos.
6. Realizar las reasignaciones de créditos en función del presupuesto definitivo y su
distribución en los distintos programas y/o actividades específicas.
7. Controlar los registros bancarios y del sistema de movimiento de fondos, con las
respectivas boletas de depósito y cartillas bancarias.
8. Mantener actualizados los saldos disponibles de las Cuentas, para atender el flujo
de activos y pasivos mensuales del Organismo. Confeccionar las planillas de
sueldos del personal, liquidación de viáticos, servicios extraordinarios y todo otro
adicional del personal, controlando las órdenes de pago y la rendición de las
mismas.
9. Organizar, disponer y controlar las liquidaciones de sueldos y complementos para el
personal de plantas aprobadas, cargos superiores y mensualizados, practicando
retenciones impuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes, efectuando las
modificaciones que se produjeran según las incidencias de las novedades
comunicadas por el Departamento de Personal.
10. Proyectar las disposiciones, resoluciones, y otros actos referidos a la gestión
contable.
11. Emitir órdenes de pago directas destinadas al pago de proveedores en un todo de
acuerdo con las estipulaciones que fija la Ley de Administración Financiera y
demás normas complementarias vigentes.
DEPARTAMENTO TESORERIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Acciones:
1. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos.
2. Efectuar los pagos a proveedores, servicios y otros, con sujeción a las normas
legales vigentes en el marco de la Ley de Administración Financiera y normas
complementarias vigentes.
3. Llevar el control e intervención de las cuentas fiscales y conciliaciones bancarias.
4. Elaborar el cierre del ejercicio financiero.
5. Practicar las retenciones impositivas correspondientes.
6. Recibir, ordenar, clasificar, controlar y preparar la documentación según su
concepto para su rendición ante los Organismos Superiores.
7. Confeccionar los legajos de rendiciones con los correspondientes balances de
pago, planillas demostrativas y notas de evaluación.
8. Confeccionar periódicamente balances de pago, con documentación recibida y
existente, a efectos de controlar lo pagado con los Departamentos de Contable y
Tesorería. Efectuar las registraciones correspondientes en el libro de Cargos y
Descargos, como así también archivar los duplicados de las rendiciones para su
consulta posterior, por reclamo de los agentes y/o proveedores.
DEPARTAMENTO COMPRAS, CONTRATACIONES Y PATRIMONIO
Acciones:
1. Analizar y liquidar la documentación correspondiente a los servicios públicos con
que cuenta el Organismo.
2. Coordinar la recepción y el control de los pedidos de adquisición y su remisión a
contabilidad para su compromiso, realizando los pliegos acorde a las
disposiciones de la Ley de Administración Financiera y demás normas
complementarias vigentes.
3. Controlar las preadjudicaciones y confeccionar las adjudicaciones y órdenes de
compra originadas en diversos actos licitatorios y contrataciones directas.
4. Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de las estipulaciones contractuales y
diligenciar y controlar las facturaciones.
5. Atender las necesidades de compras para caja chica y realizar las compras
urgentes y menores.
6. Mantener el control sobre el ingreso y egreso de mercadería.
7. Solicitar los servicios de mantenimiento de ascensores, teléfonos, servicios
públicos, etc., conformando los gastos por dichos servicios.
8. Organizar y efectuar la registración de los bienes muebles e inmuebles y las
valorizaciones patrimoniales, confeccionar las planillas periódicas y el balance
para su posterior remisión al órgano de contralor, ejerciendo la superintendencia
de los registros patrimoniales de la Dependencia.
9. Proyectar las Disposiciones, Resoluciones y otros actos referidos a la gestión
patrimonial.
10. Realizar la marcación física de los, bienes de uso y los inventarios selectivos y
realizar inspecciones periódicas a las diversas Reparticiones.
11. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la jurisdicción,
evaluando las necesidades reales de uso.
12. Atender la centralización y control de la información remitida por las áreas y
dependencias y realizar las gestiones pertinentes para los bienes declarados fuera
de uso y/o en condición de rezago. Controlar y fiscalizar los depósitos.
13. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones
ingresadas y sus movimientos internos, suministrando la información que
requieran sobre el destino de las mismas, tanto a las reparticiones del área como
a organismos externos.
14. Caratular los expedientes necesarios al trámite, llevando un registro numérico y
temático de los mismos, confeccionar los sistemas de fichado y movimiento
requeridos para el buen orden de dichas actuaciones.
15. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de la gestoría y correos para todas
las dependencias, realizar las actividades necesarias para la entrega en tiempo y
forma de expedientes, actuaciones y correspondencia al lugar de destino.
DEPARTAMENTO SERVICIOS GENERALES
Acciones:
1. Organizar, coordinar y controlar el funcionamiento general del edificio, recibiendo
las solicitudes y requerimientos, analizando su viabilidad y ejecución, informando
al Departamento Compras y Contrataciones, la necesidad de insumos para su
mantenimiento.
2. Organizar, programar, y efectuar la distribución del parque automotor de acuerdo a
las necesidades.
3. Llevar de registro del mantenimiento de los vehículos.
4. Llevar registro y control de modificaciones edilicias que deban readecuarse a los
efectos de optimizar el uso de espacios.
5. Verificar periódicamente los sistemas antiincendios y matafuegos.
6. Realizar y supervisar el mantenimiento de los edificios e instalaciones efectuando
arreglos menores.
7. Supervisar la limpieza integral de bienes muebles e inmuebles correspondientes a
la Sedes de la Universidad, como asimismo, controlar la seguridad de los edificios
públicos.
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ASUNTOS LEGALES
Acciones:
1. Verificar el cumplimiento de las reglamentaciones, disposiciones y demás normativa
en materia de recursos humanos, de acuerdo a los lineamientos emanados por el
Órgano Rector en cuestiones de personal.
2. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos
humanos asignados a la Jurisdicción, de acuerdo a las normativas,
reglamentaciones y disposiciones determinadas por el sector y en un todo de
acuerdo con las pautas emanadas del Órgano Rector en la materia.
3. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el efectivo
cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia,
puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los agentes,
tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y pedidos de
licencias previstos por los textos legales vigentes.
4. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los planteles
básicos, movimiento y asignación del personal, carrera administrativa,
capacitación, concursos y anteproyectos de estructuras de acuerdo a las pautas
fijadas y concertando criterios con los organismos rectores en la materia.
5. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del
personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar las
certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los
beneficios jubilatorios.
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
Acciones:
1. Coordinar, proyectar, proponer y tramitar los actos administrativos necesarios a los
ingresos y egresos del personal, como así también de la vinculación laboral de los
agentes hasta que se produce su cese, atender el trámite de todas las
actuaciones relacionadas con los derechos, deberes y prohibiciones de los
mismos de acuerdo con los regímenes y normativas vigentes, y aquellas
vinculadas con toda modificación en su situación de revista.
2. Realizar las notificaciones de los actos administrativos manteniendo un registro de
las mismas.
3. Confeccionar anteproyectos de decretos, resoluciones y disposiciones relacionadas
al Departamento de Personal.
4. Redactar notas, memorandos, providencias y todo cuanto sea necesario para la
atención del despacho de la Universidad.
5. Registrar, comunicar y archivar actuaciones, circulares, disposiciones,
publicaciones, correspondencia y todo acto administrativo que ingrese o se origine
en la repartición.
6. Controlar el cumplimiento de las normas vigentes en lo referente a: régimen horario,
asistencia, licencias y obligaciones del personal.
7. Verificar y tomar intervención en todo permiso de salida previsto por la norma legal
vigente, comisiones y licencias especiales, decenales, por descanso anual de los
agentes.
8. Informar al Departamento Contable y Liquidaciones de Haberes y Otras
Erogaciones, la cantidad de horas extras que realizan los diversos agentes de
esta Jurisdicción como así también, descuentos, cambios de destinos, etc.
9. Elaborar informes estadísticos de ausentismo y presentismo.
10. Actuar juntamente con el organismo de contralor médico en la tramitación de las
licencias por enfermedad, juntas médicas, y temas inherentes del área.
11. Informar los sumarios de abandono de servicio por reiteradas inasistencias a la
Dirección de Sumarios, comunicar a las distintas áreas de la Universidad de las
obligaciones, derechos y deberes del personal de acuerdo con las normativas
vigentes.
12. Proceder a la registración de los antecedentes personales y de la carrera
administrativa de todo agente de la Universidad.
13. Registrar, ordenar y conservar los legajos personales de los agentes de la
Universidad.
14. Tramitar las Declaraciones Juradas de subsidios y salarios familiares,
comunicándolas a la oficina liquidadora, así como los ceses, tomas de posesión
en el cargo u otra información que afecte total o parcialmente los haberes de los
agentes.
15. Mantener permanentemente contacto con el Instituto de Obra Médico Asistencial a
los efectos de brindar al personal toda la información relacionada con el beneficio
que ese organismo presta, como así también la certificación para la gestión de los
correspondientes carnets que los acredite como beneficiarios del mismo.
16. Organizar y mantener actualizado el archivo y registro de normas, regímenes y
estatutos a aplicar en los temas de su competencia.
17. Organizar y mantener actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas y
reglamentaciones sobre estructuras organizativas, escalafones y carrera
administrativas a ser aplicados en la Jurisdicción.
18. Elaborar y proponer los anteproyectos y proyectos de modificación de estructuras
organizativas, aplicando las normativas y disposiciones vigentes y coordinando
pautas y criterios con el organismo repartición rector en la materia.
19. Divulgar y notificar al personal sobre coberturas de vacantes por concurso,
promociones y demás actividades vinculadas con su progreso en la
Administración Pública Provincial.
20. Tramitar, asesorar, capacitar y brindar todo tipo de asistencia en materia de
accidentes de trabajo, seguros de todo tipo y jubilaciones referentes al personal
de la Universidad, de acuerdo a las normas legales vigentes.
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES
Acciones:
1. Confeccionar anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas,
convenios, y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto
cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Asistir técnicamente a las dependencias de la Universidad sobre la aplicación de la
normativa vigente y que rige para la Administración Publica Provincial.
3. Tramitar, asesorar, capacitar y brindar todo tipo de asistencia legal en materia de
accidentes de trabajo, seguros de todo tipo y diferentes opciones referentes al
personal de la Universidad, de acuerdo a las normas legales vigentes.
4. Organizar y llevar a cabo la protocolización de los actos legales.
5. Tomar intervención en los concursos docentes cuando de ellos se desprenda
alguna impugnación.
RECTORADO
DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO
Acciones:
1. Coordinar la elaboración de una política científico-tecnológica de la Universidad.
2. Coordinar acciones con los organismos del sistema científico y tecnológico nacional
y provincial.
3. Articular con el/los institutos de investigación y/o extensión que dependen de la
UPSO.
4. Coordinar las actividades de evaluación, financiamiento, administración y control de
ejecución de los proyectos de investigación.
5. Propiciar la formulación y ejecución de proyectos de investigación y desarrollo con
pertinencia local y regional.
6. Desarrollar programas de becas y de formación de recursos humanos.
7. Coordinar las tareas de vinculación tecnológica, transferencia y asistencia técnica.
8. Entender en todo lo relativo a las carreras y cursos de posgrado académicos.
9. Colaborar en la promoción del desarrollo de actividades de posgrados académicos
y profesionales.
10. Fomentar la realización de cursos de actualización y capacitación profesional.
FACULTAD DE DESARROLLO LOCAL Y REGIONAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Acciones:
1. Realizar todas las gestiones administrativas relacionadas a los llamados a
concursos.
2. Gestionar la actualización de los programas de las asignaturas correspondientes a
las carreras de la cuales es cabecera la Unidad Académica.
3. Mantener actualizados los datos de los docentes de la Unidad Académica en las
bases de datos utilizadas para ello.
4. Confeccionar los expedientes necesarios para las asignaciones de cargos docentes
y designaciones de funciones docentes.
5. Organizar y preparar la documentación necesaria para el ingreso y tratamiento de
los temas de la Unidad Académica para las reuniones de Consejo Directivo.
6. Registrar la actividad docente en las distintas sedes académicas en coordinación
con la Secretaria Académica.
7. Instrumentar los pedidos de equivalencias de alumnos.
8. Organizar las mesas de exámenes con los docentes.
9. Confeccionar las notas involucradas en las actividades de la Unidad Académica.
10. Recibir y administrar la documentación que ingresa y sale de la Unidad
Académica.
FACULTAD DE MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Acciones:
1. Realizar todas las gestiones administrativas relacionadas a los llamados a
concursos.
2. Gestionar la actualización de los programas de las asignaturas correspondientes a
las carreras de la cuales es cabecera la Unidad Académica.
3. Mantener actualizados los datos de los docentes de la Unidad Académica en las
bases de datos utilizadas para ello.
4. Confeccionar los expedientes necesarios para las asignaciones de cargos docentes
y designaciones de funciones docentes.
5. Organizar y preparar la documentación necesaria para el ingreso y tratamiento de
los temas de la Unidad Académica para las reuniones de Consejo Directivo.
6. Registrar la actividad docente en las distintas sedes académicas en coordinación
con la Secretaria Académica.
7. Instrumentar los pedidos de equivalencias de alumnos.
8. Organizar las mesas de exámenes con los docentes.
9. Confeccionar las notas involucradas en las actividades de la Unidad Académica.
10. Recibir y administrar la documentación que ingresa y sale de la Unidad
Académica.
ANEXO 1d
RÉGIMEN DEL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE
La Universidad Provincial del Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires (UPSO), se ha
propuesto como objetivo contribuir al desarrollo de su región de influencia. Para ello
brinda educación universitaria con orientación emprendedora en distintas localidades
que no sean sedes de una Universidad. Esta orientación busca que, frente a la
pequeña oferta laboral para profesionales que se registra en esas ciudades, el
graduado tenga la alternativa de iniciar su propio emprendimiento. Es el camino del
autoempleo, que al mismo tiempo genera empleo para otros, convirtiendo al graduado
en un motor de desarrollo local.
En este marco y para el dictado de las materias específicas, es necesario que la
UPSO conforme un plantel docente propio, con capacidades emprendedoras, recurso
no disponible actualmente en otras Universidades. Las materias específicas son
aquellas asignaturas relacionadas con los temas relevantes para el emprendedor,
tanto en el aspecto motivacional como en el empírico, y con áreas vinculadas con el
desarrollo regional o local. También se considerará entre las materias específicas, por
la natural componente emprendedora, al Proyecto Final de Carrera, presente en el
programa de la mayoría de las Carreras que se dictan en el ámbito de la UPSO.
La deslocalización de las Sedes Académicas de la UPSO, obliga a desplazamientos
permanentes de los docentes, y a su permanencia en lugares distantes del de su
residencia. Algunas de las Sedes Académicas son de difícil acceso para los docentes,
ya que para llegar a ellas deben emplear más de un medio de transporte público, y los
servicios son muy restringidos.
TÍTULO I. De la Actividad Docente
Artículo 1º: La actividad docente es la que se realiza en cumplimiento de los planes de
estudio estructurados por las Facultades en relación con las carreras establecidas en
la Universidad, y deberá ajustarse a los principios consagrados en el Estatuto de la
UPSO, tratando permanentemente de fomentar la vocación emprendedora de los
alumnos e inducirlos a implementar actividades que contribuyan al desarrollo
socioeconómico de su región. Estará a cargo de Profesores y Docentes Auxiliares en
los grados y formas que se fijen en el presente estatuto.
Artículo 2°: La realización de los concursos del personal docente deberá contar con
autorización previa del Rectorado, que asegure la disponibilidad de los cargos a
concursar. Los concursos se efectuarán preferentemente con relación a un área de
materias afines y no con destino exclusivo a una de las asignaturas en las que por
razones pedagógicas pudieron haberse dividido en el programa de una dada carrera.
Incumbe a las autoridades de las Facultades establecer la extensión y contenido de
cada área, según las particularidades y naturaleza de las distintas disciplinas y las
necesidades de la docencia.
Artículo 3°: El personal docente que fuese designado, circunstancialmente, en forma
interina en un cargo de mayor Jerarquía y/o dedicación en esta Universidad, podrá
retener su cargo ordinario sin goce de haberes con el acuerdo del respectivo Consejo
Directivo de la Facultad. Esta situación deberá quedar establecida en la designación
transitoria, la cual no podrá exceder la fecha de finalización de la designación
ordinaria.
TÍTULO II. De los Docentes
CAPÍTULO I: Disposiciones generales
Artículo 4°: Para revistar como docente de la UPSO, además de capacidad e
idoneidad se requiere poseer condiciones éticas que lo hagan apto para tal función.
Artículo 5°: Los funcionarios y autoridades de la UPSO designados por el Rector,
además de la retribución fijada en las respectivas reglamentaciones, podrán tener un
cargo docente en la Universidad con una dedicación igual o equivalente a la
establecida como Dedicación Simple en el artículo 25º.
Artículo 6°: Los docentes deberán atender personalmente el dictado de los cursos a su
cargo y cumplir con las obligaciones que establece el pertinente reglamento de la
Universidad.
Artículo 7°: Sin perjuicio de las reglamentaciones complementarias que dicten las
autoridades de las Facultades, son obligaciones inherentes a la función docente:
a) Asesorar a los estudiantes y orientar sus trabajos de acuerdo con las exigencias
y naturaleza de la disciplina respectiva;
b) Inducir a los alumnos a implementar actividades que contribuyan con el
desarrollo socio-económico de la región;
c) Examinar a los alumnos de su asignatura, integrar Comisiones y Juntas
Examinadoras;
d) Dirigir y controlar, bajo su responsabilidad directa, la actividad de los docentes
auxiliares, procurando que éstos acrecienten sus conocimientos académicos y
aptitudes pedagógicas;
e) Mantener actualizados sus conocimientos;
f) Colaborar con las publicaciones de la Universidad;
g) Colaborar o participar en Trabajos Finales de Carrera;
h) Ejecutar las comisiones culturales, científicas, docentes o de tutoría que se le
encomienden, vinculadas con su especialidad;
i) Participar en la elaboración o ejecución de proyectos y emprendimientos de la
Universidad;
j) Capacitarse en los temas relevantes para el emprendedor, tanto los relacionados
a la motivación como a la práctica; Mantener contacto permanente con sus
estudiantes y auxiliares, aunque esto le implique permanecer más tiempo del
requerido para el dictado de clases, o realizar viajes adicionales a la Sede
Académica donde desarrolle sus actividades docentes.
Artículo 8°: Son obligaciones inherentes a la condición docente:
a) Desempeñar las funciones electivas concernientes al gobierno de la
Universidad;
b) Cumplir con las obligaciones electorales;
c) Integrar jurados, juntas o comisiones, etc. para las que fuere designado por las
autoridades respectivas. Solamente se admitirán las siguientes causales de
excusación:
I) incompatibilidad
II) enfermedad
III) que la actividad asignada requiera una dedicación superior que aquella
con la que revista en la Universidad
TÍTULO III. De los Profesores
CAPÍTULO I: Del Profesor Decano de Facultad
Artículo 9°: El Profesor Decano es la máxima jerarquía docente dentro de cada
Facultad.
Artículo 10º: Toda interacción entre Rectorado y las Facultades se hará a través del
correspondiente Profesor Decano. Tiene las atribuciones y deberes establecidos en el
Estatuto de la Universidad y en la reglamentación establecida por la Universidad.
CAPÍTULO II: De Los Profesores Ordinarios de la Universidad
Artículo 11°: El Profesor Titular ejerce la jefatura de los cursos de la materia o área de
materias para las que ha sido designado. Propone al Consejo Directivo de la Facultad
la distribución de las tareas que correspondan al resto del personal docente y docente
auxiliar, cuya dirección inmediata desempeña. Coordina los programas de las distintas
asignaturas de su área, atendiendo a que el contenido de los mismos se ajuste a la
unidad del plan de estudios de la carrera.
Artículo 12°: El Profesor Asociado, además del dictado de los cursos, siguiendo la
orientación del Profesor Titular de la materia o área de materias respectivas y de
conformidad con lo que establezca la reglamentación de la Facultad, deberá coordinar
las comisiones que lleven a cabo los Profesores Adjuntos, correspondientes a la
asignatura que tiene a su cargo.
Artículo 13º: Profesor Adjunto cumple sus funciones en cuanto al dictado de cursos,
siguiendo las orientaciones del Profesor Asociado de la materia o área de materias
respectivas y de conformidad con lo que establezca la reglamentación de la Facultad.
Las autoridades de las Facultades podrán encomendarle el dictado de cursos
regulares completos, o la coordinación o tutoría de Trabajos Finales de Carrera.
Artículo 14º: Si la enseñanza de un área o materia específica fuere encomendada a
profesores de distintos grados académicos, el de mayor jerarquía tendrá a su cargo la
orientación de los cursos y coordinará la labor docente. Si se trata de profesores de
igual grado académico, las autoridades de las Facultades designarán a quien deba
desempeñar tal función. En ausencia del JTP, el Profesor a cargo encomendará a un
docente del curso la coordinación de la enseñanza práctica.
Artículo 15º: El Profesor Asociado o Adjunto al igual que el Profesor Titular, gozará de
plena libertad en el dictado de los cursos a su cargo, sin perjuicio de la coordinación a
que se refiere el artículo11°.
TÍTULO IV. De los Docentes Auxiliares
CAPÍTULO I: Disposiciones Generales
Artículo 16º: Los Docentes Auxiliares deberán cumplir con las siguientes obligaciones,
además de las que establezcan las reglamentaciones de las Facultades:
a) cumplir con los horarios que se fijen;
b) asesorar a los alumnos;
c) mantener contacto permanente con los profesores del área o asignatura
respectiva, respetar su orientación y acatar sus instrucciones;
d) mantener actualizados los conocimientos relacionados con su actividad;
e) asistir a los Seminarios y Cursos de Perfeccionamiento referentes a su
disciplina y/o a temas relevantes para un emprendedor, tanto en los aspectos
motivacionales como empíricos, que se dictaren en la Universidad;
f) Colaborar, cuando se lo requiera en actividades de extensión cultural,
universitaria o de proyectos y emprendimientos.
Artículo 17º: Corresponde a las autoridades de las Facultades determinar el régimen
de obligaciones y trabajos a que estará sometido el personal docente auxiliar. Dicho
régimen deberá contemplar como mínimo un horario de tareas en dependencias de la
Universidad y otro en contacto directo con los alumnos, igual al correspondiente al
docente a cuyo cargo se encuentre el curso. Además de sus actividades en el
semestre en que se dicta la asignatura para la que ha sido designado, deberá durante
el otro semestre desempeñar las funciones que le competen en una materia afín,
colaborar en o coordinar la realización de los trabajos experimentales de la cátedra, o
participar en proyectos o emprendimientos.
Artículo 18°: La actividad de los docentes auxiliares se cumplirá tendiendo a
perfeccionar su capacidad científica, docente, y a desarrollar y transferir sus propias
aptitudes emprendedoras.
CAPÍTULO II: Del Jefe de Trabajos Prácticos (JTP)
Artículo 19°: El JTP se ocupará de la coordinación y atención de los Trabajos Prácticos
del curso en el que ha sido asignado. Además podrá desempeñar las siguientes
funciones:
a) Dictado de algunas clases teóricas;
b) Colaboración en Trabajos Finales de Carrera;
En cada caso cumplirá sus tareas bajo la dirección inmediata de un profesor. Como
excepción, con razones debidamente fundadas, el Consejo Directivo podrá proponer la
asignación de un JTP a cargo de un curso.
Artículo 20º: Para ser JTP se requiere:
a) Poseer título universitario;
b) Haberse desempeñado durante un mínimo de dos (2) años como Ayudante de
Docencia;
c) Cumplir con las exigencias del concurso respectivo.
CAPÍTULO III: Del Ayudante de Docencia
Artículo 21°: El Ayudante de Docencia cumple funciones de apoyo a la enseñanza
práctica. Actúa bajo la dirección inmediata del JTP y/o del Profesor a cargo del curso.
Sujetará su labor a las disposiciones que dicte la autoridad de la Facultad y a la
orientación del Profesor. Por excepción, al Ayudante A, podrá encomendársele que se
haga cargo de las tareas inherentes al JTP.
Artículo 22°: Podrán ser Ayudantes de Docencia:
a) Los egresados de una Carrera Universitaria, denominados Ayudantes A;
b) Los alumnos que tengan un mínimo de tres (3) materias aprobadas, una de las
cuales debe ser la materia objeto del concurso o equivalente o del área afín,
denominados Ayudantes B. Las Facultades establecerán las materias del área
que consideren que los aspirantes deben tener aprobadas para poder
desempeñar adecuadamente el cargo que se concursa, y podrán fijar un
número de materias totales aprobadas para aspirar a cada cargo, siempre
respetando el mínimo indicado.
TÍTULO V. De la dedicación de los docentes
Artículo 23º: La actividad docente en la UPSO podrá cumplirse con:
a) dedicación completa (DC)
b) dedicación semicompleta (DSC)
c) dedicación simple (DS)
Artículo 24°: Las DC y DSC implican una carga horaria de 35 (treinta y cinco) y 20
(veinte) horas semanales de 60 minutos, respectivamente.
Artículo 25°: La DS implica 10 (diez) horas, de 60 minutos, por semana durante todo el
período de actividad docente, distribuidas según las necesidades del curso por el
Profesor a cargo.
Artículo 26°: Los docentes deberán presentar una planilla de declaración jurada de
cargos y actividades que desempeñen, de acuerdo con la reglamentación
correspondiente.
Artículo 27°: Los Ayudantes B sólo podrán desempeñar sus funciones con DS.
TÍTULO VI. De las Compatibilidades e Incompatibilidades del Personal Docente
Artículo 28°: Es incompatible el desempeño de cargos, empleos, funciones u otras
actividades docentes o no docentes pertenecientes a la Universidad o ajenos a la
misma, públicos o privados, cuando:
a) exhiban coincidencia horaria total o parcial, incluyendo los tiempos de traslado;
b) la acumulación de los mismos implique una dedicación superior a las 55 (cincuenta
y cinco) horas semanales. Las horas cátedra se computarán como horas reloj (de
60 minutos). En casos excepcionales, cuando existan razones suficientes que así
lo justifiquen y mediante resolución fundada, el Consejo Superior Universitario
puede prestar conformidad para que el Rector designe al docente que con dicha
designación excede el límite de horas referido, por un período de tiempo
determinado.
Artículo 29°: La DC es compatible con las siguientes actividades, que podrán ser
realizadas con autorización del Rector a propuesta del Consejo Directivo de la
Facultad:
a) el desempeño en carreras o programas de investigación, bajo las condiciones
establecidas en esos regímenes;
b) con un cargo docente con DS o con dedicación equivalente a ésta, en una
Universidad Pública o Privada
c) el usufructo de becas para:
- realizar investigación
- obtener grados académicos
- realizar cursos profesionales
- realizar otras actividades afines a la especialidad del docente bajo las
condiciones establecidas en los regímenes correspondientes;
d) la participación en proyectos y/o emprendimientos, la realización de tareas
docentes, de investigación, de gestión o de extensión, de carácter
extraordinario, en el ámbito de la Universidad;
e) el dictado de cursos, seminarios y conferencias, y la realización de control
académico, patrocinados por instituciones ajenas a la Universidad, siempre que
sean eventuales y sin vínculo de empleo;
f) la prestación de consultorías a entes o empresas, siempre que sean eventuales
y sin vínculo de empleo.
Artículo 30°: La Universidad no supervisará, ni controlará, ni se hace responsable,
por presuntas violaciones a regímenes de incompatibilidades de otros organismos,
entes, Universidades, etc. Las mismas son de exclusiva responsabilidad del
agente autor de la declaración jurada y su verificación correrá por cuenta de esas
Instituciones.
TÍTULO VII. De las sanciones
Artículo 31°: El personal docente sólo podrá ser removido en sus cargos en los
siguientes casos:
a) notoria mala conducta pública o privada;
b) manifiesta incapacidad pedagógica o científica;
c) abandono de sus funciones sin motivo justificado;
d) inasistencia injustificada a más de diez por ciento (10%) de las clases
correspondientes a un semestre;
e) reiteradas faltas de puntualidad;
f) inconducta universitaria o hechos graves incompatibles con la dignidad y decoro
de la cátedra;
g) incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo.
Artículo 32°: El Consejo Superior Universitario y/o el Tribunal Universitario, según el
correspondiente ámbito de competencia, podrá solicitar al Rector la remoción del
personal docente. En el caso que intervenga el CSU la decisión será por mayoría
absoluta de votos, y si fuera el Tribunal Universitario lo hará con la mayoría que
establezca el mismo, en ambos casos requerirá previa instrucción de sumario que
deberá asegurar plenamente el derecho de defensa. El trámite se ajustará a las
disposiciones de carácter general que se establezcan. La decisión del Consejo
Superior Universitario y/o el Tribunal Universitario sólo será recurrible por vía de
reconsideración dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado el interesado. El
recurso deberá ser fundado.
TÍTULO VIII. De las licencias
Artículo 33º: El presente TÍTULO establece las pautas que serán reglamentadas por el
Consejo Superior Universitario, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo
siguiente.
Artículo 34º: El personal docente tiene derecho a licencias por las siguientes causales:
a) Por enfermedad o accidente de trabajo.
b) Por asuntos particulares sin goce de haberes.
c) Por asuntos particulares con goce de haberes, en los siguientes casos:
1. Por examen médico prematrimonial.
2. Por matrimonio.
3. Por maternidad o adopción.
4. Por nacimiento de hijo.
5. Por atención de familiar enfermo.
6. Por donación de sangre.
7. Por unidad familiar o cuidado de familiar a cargo.
8. Por duelo familiar.
9. Por día previo a examen o día de examen.
10. Por citación de autoridad competente.
11. Por donación de órganos.
c`) Por otros asuntos particulares no incluidos en el inciso c).
d) Por vacación anual.
e) Por estudios avanzados e investigación.
f) Por integración de jurados y mesas examinadoras.
g) Por desempeño de cargos de mayor jerarquía.
h) Por desempeño de cargos electivos.
TÍTULO IX. De las remuneraciones
CAPÍTULO I: Del Personal Docente Ordinario
Artículo 35º: La remuneración del personal docente, ya sea porque el cargo haya sido
concursado, o excepcionalmente haya sido cubierto en forma interina, estará integrada
por:
a) la asignación mensual por el cargo y la dedicación que desempeñe;
b) la bonificación por antigüedad;
c) la bonificación no remunerativa cuando el desempeño de funciones se realice
en una localidad distante a más de 25 km. de su residencia.
d) Otras bonificaciones aprobadas por el CSU o por la autoridad competente.
El docente recibirá una bonificación no remunerativa, vinculada al lucro cesante
correspondiente al tiempo que le insume el traslado y la permanencia en la Sede
Académica para el desempeño adecuado de las funciones docentes para la cual fue
asignado.
El docente percibirá, además, los subsidios por matrimonio, prenatalidad, natalidad,
escolaridad y carga de familia, y cualquier otra bonificación que eventualmente el
Estado fije para todos sus agentes de acuerdo a las normas que rigen la materia.
Artículo 36º: La asignación a que se refiere el artículo 35 inciso a), se abonará a partir
del régimen vigente de horas-cátedra, de acuerdo a la reglamentación provincial. El
valor de la hora-cátedra a emplear corresponderá al módulo de 60 minutos. Las
remuneraciones de los cargos docentes del personal ordinario quedarán fijadas de
acuerdo a la escala especificada en el artículo 50° inciso a) Tabla I.
Artículo 37º: La bonificación por antigüedad mencionada en el artículo 35° inciso b), se
hará utilizando la reglamentación vigente para el docente provincial. Cuando el
docente desempeñe más de un cargo esta bonificación se le abonará en cada uno de
ellos, teniendo en cuenta la mayor antigüedad que acredite.
Artículo 38º: La bonificación por antigüedad del docente será ajustada teniendo en
cuenta su antigüedad total en la docencia. Para ello se acumularán todos los servicios
no simultáneos de carácter docente, fehacientemente acreditados y prestados en
jurisdicción nacional, provincial o municipal, o en establecimientos incorporados a la
enseñanza oficial. No se computarán los servicios mediante los cuales se haya
obtenido beneficio jubilatorio alguno, salvo que se renuncie al mismo. El reajuste de la
antigüedad regirá a partir del mes siguiente en que se cumplen los términos fijados
para cada período.
Artículo 39°: La bonificación no remunerativa mensual a la que se refiere el Artículo
35º inciso c), será abonada a los docentes que deben viajar a una Sede Académica de
la Universidad distante de su lugar habitual de residencia, para desempeñar las
funciones docentes para las que fueron asignados. Esta bonificación será establecida
teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) la ubicación geográfica de y las dificultades de acceso a la Sede Académica de
destino;
b) la distancia entre el lugar de residencia habitual del docente y la Sede
Académica a la cual debe desplazarse.
Artículo 40º: Fijase los valores máximos en horas-cátedra de 60 minutos, para la
bonificación definida en el artículo 39º, que se indican en el artículo 50° inciso c) Tabla
III. El Rector establecerá en cada caso, de acuerdo con la reglamentación que al
respecto dicte el Consejo Superior Universitario, los valores a asignar a cada docente,
los que no podrán superar los topes indicados en la Tabla III. El Rector podrá solicitar
los reajustes de estos valores a las autoridades competentes.
CAPÍTULO II: Del Personal docente extraordinario
Artículo 41º: El Docente Extraordinario será designado por el Rector a propuesta de la
Facultad y/o CSU. Las condiciones que deberán cumplir los docentes extraordinarios
serán objeto de reglamentación específica por el CSU además de las establecidas en
el art. 17º del presente estatuto.
Artículo 42º: La remuneración del personal extraordinario, en caso que corresponda, y
de acuerdo a la reglamentación establecida, estará integrada por los incisos a) y c) del
artículo 35º. El docente percibirá, además, los subsidios por matrimonio, prenatalidad,
natalidad, escolaridad y carga de familia, y cualquier otra bonificación que
eventualmente el Estado fije para todos sus agentes de acuerdo a las normas que
rigen la materia.
Artículo 43º: La asignación a que se refiere el artículo 35º en el inciso a), se abonará a
partir del régimen vigente de horas-cátedra, de acuerdo a la reglamentación provincial.
El valor de la hora-cátedra a emplear corresponderá al módulo de 60 minutos. Las
asignaciones mensuales de los cargos docentes del personal extraordinario quedarán
fijadas de acuerdo a la escala correspondiente especificada en el artículo 50° inciso b)
Tabla II.
CAPÍTULO III: Del Profesor Decano y del Vicedecano
Artículo 44º: La remuneración total del Profesor Decano estará compuesta por:
a) el sueldo básico
b) una asignación mensual remunerativa y bonificable, en concepto de Gastos de
Representación.
Artículo 45º: El Profesor Decano percibirá en todos los casos, mientras dure su
mandato, la asignación mensual remunerativa y bonificable a la que se refiere el
Artículo 44º inciso b), en conceptos de Gastos de Representación. Esta asignación
mensual remunerativa y bonificable es equivalente a veintisiete (27) horas cátedra.
Artículo 46º: Si el Vicedecano debiera reemplazar al Profesor Decano por alguna de
las razones establecidas en el artículo 69° del Estatuto, por un período superior a los
10 días hábiles recibirá una remuneración mensual de acuerdo a lo especificado para
el Profesor Decano en el artículo 44° del presente Régimen.
Artículo 47º: En caso de ser designado Profesor Decano un profesor de la UPSO con
dedicación completa o semicompleta, su sueldo con su antigüedad y demás
bonificaciones constituirá el monto referido como inciso a) del artículo 45º. En el caso
que el elegido para cumplir con dicha función sea profesor con dedicación simple de la
UPSO, o no pertenecer a la Universidad, su remuneración será equivalente a la de un
Profesor Adjunto con dedicación semicompleta, con más la antigüedad docente y las
bonificaciones que le correspondieran. Las remuneraciones a las que se refieren en
este artículo corresponden a las establecidas en la planilla de Asignación mensual por
cargo y categoría.
CAPÍTULO IV: Del Secretario Académico de la Facultad
Artículo 48º: La remuneración total del Secretario Académico estará compuesta según
lo indica el artículo 44º.
Artículo 49º: El Secretario Académico percibirá en todos los casos, mientras dure su
designación, la asignación mensual remunerativa y bonificable a la que se refiere el
Artículo 44º inciso b), en conceptos de Gastos de Representación. Esta asignación
mensual remunerativa y bonificable es equivalente a dieciséis (16) horas cátedra.
CAPÍTULO V: De las tablas de remuneraciones
Artículo 50°: Las remuneraciones docentes estarán ajustadas según los valores
indicados en las siguientes tablas:
a) Tabla I: asignación mensual por cargo y categoría del personal docente
ordinario. Valor base= M.G. Módulo 60 minutos= 1/8
b) Tabla II: Asignación mensual del personal docente extraordinario
Dedicación equivalente cantidad de horas cátedra
SEMICOMPLETA Hasta 25,50
SIMPLE Hasta 17,00
DEDICACIÓN COMPLETA equivalente cantidad de horas cátedra
Profesor Titular 31,50
Profesor Asociado 29,50
Profesor Adjunto 25,50
Jefe de Trabajos Prácticos 22,00
Ayudante A 20,00
DEDICACIÓN SEMICOMPLETA equivalente cantidad de horas cátedra
Profesor Titular 15,00
Profesor Asociado 14,00
Profesor Adjunto 11,50
Jefe de Trabajos Prácticos 9,50
Ayudante A 8,50
DEDICACIÓN SIMPLE equivalente cantidad de horas cátedra
Profesor Titular 6,50
Profesor Asociado 6,00
Profesor Adjunto 5,00
Jefe de Trabajos Prácticos 4,50
Ayudante A 4,00
Ayudante B 3,50
c) Tabla III: Valores máximos de la bonificación no remunerativa
Artículo 51º: El Consejo Superior Universitario puede reajustar los valores
correspondientes a las Tablas I, II y III sin necesidad de modificar el Estatuto de la
Universidad Provincial del Sudoeste, siempre que represente una mejora en la
situación de los docentes.
Artículo 52º: Los reajustes que realice el CSU serán incorporados al presente Régimen
al momento de la reunión de Asamblea más próxima
Rango en Kilómetros Equivalente en
Cantidad de Horas cátedra
025-050 3,48
050-150 5,58
150-250 6,62
Más de 250 7,32
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S.
Hoja Adicional de FirmasAnexo
Número:
Referencia: ANEXO T.O. ESTATUTO 2018
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 65 pagina/s.
EX-2019- 03975342-GDEBA-BDMSALGP
1
BASES DE LA CONTRATACION Carátula
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires
Compra Superior Nº 2/19 – Ley Nº 14.815 – Decreto Nº 592/16,
prorrogada por Ley 15022- Decreto 344/18
Objeto: Adquisición de medicamentos, con destino al Banco de Drogas dependiente del Plan Provincial de Control de Cáncer de este Ministerio de Salud.
Monto Estimado: $ 441.554.564,66.-
Precio de las Bases de la Contratación: Sin Costo
Presentación de las Propuestas: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - Planta Baja - Edificio Nuevo - La Plata
Límite para la presentación de propuestas: 20 de Marzo de 2019 a las 10:00hs.
Apertura de las Propuestas: Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 51 N° 1120 - Planta Baja - Edificio Nuevo - La Plata
DÍA: 20 de Marzo de 2019 a las 10:00hs.
OBSERVACIONES: El presente llamado se rige por la Ley Nº 14.815/16
de Emergencia Administrativa y Tecnológica y su Decreto Reglamentario Nº 592/16, prorrogada mediante ley 15.022-Decreto 344/18.
EX-2019- 03975342-GDEBA-BDMSALGP
2
BASES DE CONTRATACION
1.- OBJETO:
Adquisición de medicamentos, con destino al Banco de Drogas dependiente del Plan
Provincial de Control de Cáncer de este Ministerio de Salud, según anexo de detalle de renglones
que forman parte de las presentes bases.-
2.- DOCUMENTACIÓN GENERAL:
El sobre de presentación de la oferta deberá contener la documentación que se detalla a
continuación y deberá presentarse en el mismo orden establecido para facilitar su revisión en el
acto de apertura de las propuestas:
a) Oferta económica, indicando precio unitario, libre de todo gasto e impuesto, y total
general de la propuesta.
b) Copia del domicilio de notificaciones, conforme lo determinado por la Resolución Nº
22/2016 del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública.
c) Declaraciones juradas de no tener juicio contra la Provincia y de no utilización de mano
de obra infantil.
d) Certificado libre de deuda registrada expedido por el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos.
e) Situación ante el Registro de Proveedores de la Provincia.
3.- DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ANTECEDENTES ECONÓMICO-FINANCIEROS A PRESENTAR:
a) Estatutos Sociales y sus modificaciones y Actas de designación de autoridades en
vigencia.
b) Dos últimos balances con dictamen de Contador Público certificado por el Consejo
Profesional respectivo, exhibiendo los siguientes índices:
i. Promedio ventas brutas de los últimos dos (2) años.-
ii. Promedio de índices de situación financiera de los dos (2) últimos años:
i. Índice de Liquidez: relación entre el Activo Corriente y el Pasivo
Corriente demostrativa de su liquidez: Activo Corriente / Pasivo
Corriente= > 1
iii. Endeudamiento:
i. Relación entre la Deuda Total y el Activo Total demostrativa de un
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endeudamiento que permita el cumplimiento del contrato Deuda Total
/ Activo Total = <1
c) Deberá dar cumplimiento, previo a la adjudicación, con la Resolución General 4164.
E/2017. AFIP. Sector Público. Proveedores. Incumplimientos Fiscales.
d) Indicar el Número de Inscripción o número del Certificado de Inscripción en Trámite
correspondiente al Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia.
e) Deberá dar cumplimiento a las obligaciones fiscales (formulario electrónico A-404 W),
según lo establecido en la Resolución Normativa Nº 50/11 de la Agencia de
Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
4.- PLAZOS:
A) Plazo de Entrega: El plazo de entrega constará de dos entregas, 50% en forma inmediata y
50% a los 30 días, todos los plazos a partir del perfeccionamiento del Contrato.-
B) Plazo de mantenimiento de oferta: los oferentes deben mantener sus ofertas, por el término de
Veinte (20) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La misma quedara
prorrogada automáticamente por igual plazo, si el oferente no manifestara de manera fehaciente,
diez (10) días antes de su vencimiento, la voluntad de no renovar su oferta.
5.- LUGAR DE ENTREGA:
Los insumos se entregarán en el depósito del Correo Argentino, sito en calle Estados Unidos 4850
– Tortuguitas (Partido de Malvinas Argentina). La solicitud de turno debe realizarse con 72 horas
de anticipación a:
-Rodas, Debora [email protected] con copia a
- Ludueña, Vanesa [email protected].
El flete, acarreo y descarga deberá correr por cuenta del adjudicatario.
6.- INSTANCIA COMPETENTE:
El Banco de Drogas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires o quien este
designe será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su
cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que las
presentes Bases de Contratación establecen.
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7.- GARANTÍAS A PRESENTAR POR EL OFERENTE.
La garantía a presentar será conforme lo dispuesto por el Artículo 21º y 22º del Decreto
Reglamentario Nº 592/16 – Ley Nº 14.815, por un importe que seguidamente se detalla de
acuerdo al Anexo “D” del mentado Decreto:
* Sin constitución de garantía hasta $ 5.000.000.-
* del 3 % del total de la oferta, hasta los $ 25.000.000.-
* del 5 % del total de la oferta, hasta los $ 50.000.000.-
* del 7 % del total de la oferta, desde los $ 50.000.001.-
La forma de constitución de dicha garantía podrá ser Seguro de Caución (Póliza) o
Depósito Bancario en la cuenta asignada a tal fin por la Tesorería General de la Provincia.
Para el adjudicatario deberá reemplazarse la garantía de oferta por la determinada en el
Anexo I (Procedimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios) en sus artículos 21° y 22° y del
Anexo D – Cuadro de Cálculo del Monto de Garantía – del Decreto Nº 592/16.
8.- PLANILLA DE COTIZACIÓN:
La planilla de cotización deberá indicar la siguiente información, la que se adjunta a las
presentes bases:
a) Ítem/renglón
b) Cantidad
c) Descripción/Nombre
d) Precio unitario
e) Precio total del Ítem/renglón
f) Precio total de la oferta.
TIPO DE COTIZACIÓN: el oferente deberá cotizar la cantidad total para cada renglón.
TIPO DE ADJUDICACIÓN: Cada renglón será adjudicado en forma total.
CANTIDAD DE OFERTAS: De prestarse ofertas alternativas estas serán consideradas en
función de su equivalencia farmacológica y clínica y su precio.
9.- FORMA DE PAGO:
Deberá ajustarse a las Resoluciones de la Tesorería General de la Provincia N° 49/06 y
188/10 o las que en un futuro las reemplacen.
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10.- PENALIDADES:
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes, preadjudicatarios o
adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades que a continuación se indican:
a) A los proponentes: Por desistimiento parcial o total de la oferta dentro del plazo del
mantenimiento: Pérdida proporcional o total de la garantía, estando además a su cargo las
diferencias de precio entre su propuesta y las que se adjudiquen en la misma contratación.
b) A los preadjudicatarios: Por desistimiento parcial o total de su propuesta: Pérdida
proporcional o total de la garantía; estando además a su cargo las diferencias de precios entre su
propuesta y la que se adjudique en el mismo acto licitatorio, siempre que hubiere otras ofertas
válidas para su adjudicación, o las que surjan de una nueva contratación a realizar con un tercero.
c) A los adjudicatarios:
1) Por entrega fuera de término: multa por mora, que resultará de aplicar sobre el valor de
los elementos entregados o cumplidos fuera de término, el doble del promedio de la Tasa de
Interés Nominal Anual Adelantado para Operaciones de Descuento a treinta (30) días del Banco de
la Provincia de Buenos Aires, vigente en el período de mora y proyectado para el tiempo en que
subsista el incumplimiento. En ningún caso esta penalidad podrá superar el 100% del valor
contractual convenido y actualizado.
2) Por incumplimiento parcial o total del contrato o por no afianzar el contrato: pérdida
proporcional o total de la garantía y diferencia de precio a su cargo por la ejecución del contrato
por un tercero; en todos los casos la nueva contratación será efectuada inmediatamente – en la
forma más rápida posible. Asegurando una contratación conveniente, sin sujetarse a que se
encontrare firme en la instancia administrativa el acto que resuelve el contrato primitivo, quedando
la situación del primer adjudicatario a la decisión que se adopte en el acto a dictar. La diferencia
de precios se calculará actualizando la propuesta desistida hasta la fecha de la nueva cotización
mediante la fórmula de ajuste prevista en la licitación primitiva.
3) Cuando el contrato consista en la provisión periódica de elementos: multa del 5% sobre
lo que dejare de proveer y diferencia de precios a su cargo por la provisión por un tercero, la cual
se efectuará de acuerdo a lo establecido en el apartado anterior. La reincidencia en el período de
ejecución del contrato producirá su rescisión.
4) Por transferencia del contrato sin conocimiento de la autoridad componente: pérdida de
la garantía sin perjuicios de las demás acciones a que hubiere lugar. Para el supuesto que la
autoridad contratante acepte la transferencia sin que se origine perjuicio fiscal, se le aplicará
apercibimiento.
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Eximición de responsabilidad por incumplimiento: Las penalidades antes establecidas no serán de
aplicación cuando el incumplimiento de la obligación obedezca a caso fortuito o fuerza mayor
debidamente comprobada y aceptada por la autoridad que aprobó la contratación. El caso fortuito
o fuerza mayor deberán ser puestos en conocimiento del organismo contratante dentro del
término de diez (10) días hábiles de producidos. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la
obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación referida deberá efectuarse antes de las
veinticuatro (24) horas de dicho vencimiento. La documentación probatoria de los hechos que se
aleguen deberá presentarse al organismo contratante dentro del término de diez (10) días
hábiles a partir de la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza
mayor. El mismo organismo, cuando el impedimento haya sido o sea de su conocimiento, podrá
eximir al proveedor de esta obligación. Transcurridos los términos mencionados caducará todo
derecho al respecto.
Mora automática: La mora se considerará producida por el simple vencimiento del plazo
contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. Las multas serán de aplicación
automática, sin necesidad de pronunciamiento expreso. Artículo Imputación del pago de las multas
o cargos. Las multas o cargos afectarán por su orden, a las facturas emergentes del contrato u
otras que estén al cobro o en trámite y luego a la garantía.
11.- MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN Y MONEDA DE PAGO:
Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Un Millones Quinientos Cincuenta y Cuatro Mil Quinientos
Sesenta y Cuatro con Sesenta y Seis Centavos ($ 441.554.564,66).
12.- LUGAR, FECHA Y HORA LÍMITE PARA PRESENTAR LAS PROPUESTAS:
Las ofertas se presentarán en un sobre común, con o sin membrete del oferente, o en
cajas o paquetes perfectamente cerrados en Original y con una copia de la Planilla de Cotización
solamente) y rotularse en la forma que se indica seguidamente:
a) Ministerio de Salud - Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares
b) Dirección: 51 N° 1120 - La Plata
c) Expediente Nº EX-2019-03975342-GDEBA-BDMSALGP
d) Tipo y Nº de Licitación: Compra Superior Nº 2/19 – Ley Nº 14.815
e) Fecha de Apertura y hora: 20 de Marzo de 2019, 10:00 horas.
IMPORTANTE: la totalidad de la documentación que conforma la propuesta deberá
ser presentada adicionalmente en soporte magnético (CD O Pen Drive).
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Las Ofertas deben presentarse hasta la fecha y hora límite y en el lugar indicado en la carátula
de las presentes Bases de Contratación. Pasada dicha hora no se admitirán nuevas propuestas,
aun cuando no hubiera comenzado la apertura de los sobres.
La presentación de ofertas y/o cotizaciones implica el conocimiento y aceptación de las Bases
de Contratación, y el sometimiento a todas sus disposiciones, a las de la Ley N° 14.815, del
Decreto Nº 592/16 y las de la Resolución Nº 22/16 del Ministerio de Coordinación y Gestión
Pública.
Las propuestas se presentarán en forma impresa y cada hoja será firmada por el proponente o
persona con poder legal suficiente para obligarla.
Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta, deben ser debidamente
salvadas.
13.- COMPETENCIA:
En caso de controversia las partes se someterán a la competencia de los tribunales
contencioso Administrativos de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en el Departamento
Judicial La Plata.
14.- PRECIO DE LAS BASES DE LA CONTRATACIÓN:
Sin costo.
15.- REQUISITOS EN FUNCIÓN DE LA ESPECIFICIDAD DE LA CONTRATACIÓN
15.1.- RETIRO DE BASES DE CONTRATACIÓN
Las bases de contratación podrán retirarse en la Dirección de Compras, Contrataciones y
Servicios Auxiliares - Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires - 51 N° 1120 - La Plata -
Bs. As., hasta el día hábil administrativo anterior, en el horario de 9:00 a 13:00 horas o
descargarse de los sitios: http://sistemas.gba.gov.ar/consulta/contrataciones/ o
http://www.ms.gba.gov.ar/.
15.2.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los Interesados podrán formular consultas aclaratorias por escrito, hasta las 13:00 hs del
día hábil administrativo anterior a la fecha de apertura, ante la oficina indicada en el Punto
15 - Retiro de Bases de Contratación, las que serán respondidas a los domicilios de notificaciones,
las que serán respondidas a los domicilios electrónicos de notificaciones, hasta una hora antes de
la fijada para la apertura de sobres.
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15.3.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
La provisión podrá ser incrementada hasta en un cien por ciento (100%) o reducida hasta
en un cincuenta por ciento (50%) del total adjudicado, aplicándose las pautas y previsiones
contenidas en el artículo 7 inciso b del Anexo 1 del Decreto N° 59/19 y conforme a lo establecido
en el artículo 9 del Decreto N° 592/16.
Renglón Número
Cantidad
1 278
2 445
3 640
4 344
5 500
6 240
7 59
8 2145
9 79
10 377
11 472
12 143
13 647
14 400
15 368
16 1035
17 493
18 325
19 500
Domicilio: Denominación:
ABATACEPT 250 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 250 MG - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
ACIDO FOLICO 5MG - por 30 COMPRIMIDOS
ACIDO URSODESOXICOLICO 300 MG - por 30 COMPRIMIDOS
MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESCalle 51 N° 1120, La Plata, Provincia de Buenos Aires.
ACIDO ZOLEDRONICO 4 MG / 5 ML + - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 MG + ampolla de disolvente por 5ml. - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
ADALIMUMAB 40 MG / 0,8 ML - 2 JERINGA PRELLENADA por 8 ML - SOLUCION INYECTABLE
AMILASA 18000 U PH EUR + LIPASA 25000 U PH EUR + PROTEASA 1000 U PH EUR - por 100 CAPSULAS
AMIODARONA CLORHIDRATO 200 MG - por 20 COMPRIMIDOS
ANASTROZOL 1 MG - por 28 COMPRIMIDOS
APREPITANT 80 MG + APREPITANT 125 MG - BLISTER por 3 UNIDADES ( 2 CAPSULAS por 80 MG + 1 CAPSULA por 125 MG) - CAPSULA DURA
ASPARAGINASA 10000 UI - 1 FRASCO AMPOLLA por 10000 UI
AZACITIDINA 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
BENDAMUSTINA CLORHIDRATO 100 MG - 1 FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
BEVACIZUMAB 25 MG / ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 100 MG/ 4 ML - SOLUCION INYECTABLE
BEVACIZUMAB 25 MG / ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 400 MG/ 16 ML - SOLUCION INYECTABLE
BICALUTAMIDA 50 MG - por 28 COMPRIMIDOS
BLEOMICINA CLORHIDRATO 15 U + - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML + 1 FRASCO AMPOLLA SOLVENTE - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
BORTEZOMIB 3,5 MG - 1 FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
CALCIO CARBONATO 1250 MG por 60 COMPRIMIDOS
CAPECITABINA 500 MG - por 120 COMPRIMIDOS
Descripción
Tipo: Compra SuperiorNúmero: 02/19Ejercicio: 2019Expediente Nº: EX-2019- 03975342-GEDEBA-BDMSALGP
Datos del Procedimiento Contractual
Datos del Organismo Contratante
20 2130
21 396
22 53
23 244
24 300
25 153
26 130
27 109
28 40
29 1594
30 1618
31 246
32 127
33 1438
34 722
35 862
36 103
37 120
38 77
39 35
40 445
41 21
42 122
43 210
44 590
45 315
CARBOPLATINO 150 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 150 MG
CARBOPLATINO 450 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 450 MG
CARBOPLATINO 50 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 50 MG - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
CARVEDILOL 6,25 MG - por 28 COMPRIMIDO
CETUXIMAB 5 MG/ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 100 ML (500 MG) - SOLUCION PARA INFUSION
CETUXIMAB 5 MG/ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 20 ML (100 MG.) - SOLUCION PARA INFUSION
CICLOFOSFAMIDA 200 MG - POR 5 FRASCOS AMPOLLAS - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
CICLOSPORINA 100 MG - por 50 CAPSULAS
CICLOSPORINA 25 MG - por 50 CAPSULAS
CITARABINA 100 MG / FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
CITARABINA 1000 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 1000 MG - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
CLORHIDRATO DE DOXORUBICINA LIPOSOMAL PEGILADO 20 MG / 10 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML - INYECTABLE PARA PERFUSION
CLORURO DE SODIO 7 G / 100 ML - ENVASE por 60 AMPOLLA por 4 ML - SOLUCION PARA INHALAR
COLISTINA 100 MG / 2 ML - FRASCO AMPOLLA - INYECTABLE PARA PERFUSION
DACARBAZINA 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
DACARBAZINA 200 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
DACTINOMICINA 0,5 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVOLIOFILIZADO PARA INYECTABLE
DASATINIB 100 MG - por 30 COMPRIMIDOS
DASATINIB 50 MG - por 60 COMPRIMIDOS
DASATINIB 70 MG - por 60 COMPRIMIDOS
DAUNORUBICINA 20 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
DEFERASIROX 180 MG por 30 COMPRIMIDOS
DEFERASIROX 360 MG por 30 COMPRIMIDOS
DEXAMETASONA 4 MG - por 20 COMPRIMIDOS
DEXAMETASONA 8 MG - AMPOLLA por 2 ML - INYECTABLE PARA PERFUSION
DEXAMETASONA 8 MG por 20 COMPRIMIDOS
46 200
47 133
48 884
49 228
50 2625
51 37
52 101
53 3
54 63
55 2734
56 28
57 85
58 1312
59 637
60 139
61 83
62 1413
63 647
64 174
65 718
66 170
67 642
68 208
DICLOFENACO SODICO 50 MG por 30 COMPRIMIDOS
DOCETAXEL 20 MG FRASCO AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE PARA INFUSION
DOCETAXEL 80 MG FRASCO AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE PARA INFUSION
DOXORUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
DOXORUBICINA CLORHIDRATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
EPIRUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
EPIRUBICINA CLORHIDRATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
ERLOTINIB 100 MG por 30 COMPRIMIDOS
ETANERCEPT 25 MG - ENVASE x 4 JERINGAS PRELLENADAS
ETOPOSIDO 100 MG / 5 ML AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE
EVEROLIMUS 10 MG por 30 COMPRIMIDOS
EXEMESTANO 25 MG por 30 COMPRIMIDOS
FILGRASTIM 300 MCG FRASCO AMPOLLA por 1 ML - SOLUCION INYECTABLE
FILGRASTIM 300 MCG - ENVASE por 5 FRASCOS AMPOLLAS - SOLUCION INYECTABLE
FLUDARABINA FOSFATO 50 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
FULVESTRANT 250 MG/ML - ENVASE por 2 JERINGAS PRELLENADAS O FRASCO AMPOLLA
GEMCITABINA (COMO CLORHIDRATO) 1000 MG - 1 FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
GENOTROPIN 5,3 MG x 1 CART + 1 AMP SOLVENTE 1 ML (SOMATOTROPINA 16ui (5,3 MG)) - 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1 AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
HHT 16 UI x 1 FCO AMP + 1 AMP SOLVENTE x 1 ML (SOMATOTROPINA 16 UI (5,3 MG)) - 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1 AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
HHT 4 UI x 1 FCO AMP + 1 JGA. PRELLENADA CON SOLVENTE x 1 ML (SOMATOTROPINA 4 UI (1,33 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 UI / FRASCO
AMPOLLA Cada blister contiene 1 frasco ampolla, una jeringa prellenada y dos agujas. - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
HIDROCORTISONA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS
HIDROXICLOROQUINA SULFATO 200 MG - por 60 COMPRIMIDOS
HIDROXIUREA 500 MG por 100 CAPSULAS
69 300
70 350
71 1630
72 60
73 423
74 10
75 405
76 163
77 1050
78 54
79 50
80 38
81 20
82 16
83 55
84 104
85 535
86 3094
87 40
88 800
89 29
90 32
91 292
92 12
93 144
HUTROPE 18 UI CART. (6 MG) x 1 + JGA. PRELLENADA CON DILUYENTE 3 ML (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) - 1 CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA
CON DILUYENTE por 3 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
IDARUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
IFOSFAMIDA 1 G - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
IMATINIB MESILATO 100 MG por 180 COMPRIMIDOS
IMATINIB MESILATO 400 MG por 30 COMPRIMIDOS
INDOMETACINA 75 MG por 50 CAPSULAS
INFLIXIMAB 100 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
INTERFERON ALFA 2B HUMANO 3000000 UI / AMP - FRASCO AMPOLLA INYECTABLE
IRINOTECAN CLORHIDRATO TRIHIDRATO 100 MG / 5 ML - FRASCO AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE
ISOSORBIDE MONONITRATO 20 MG por 50 COMPRIMIDOS
IXABEPILONA 15 MG / 8 ML - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
IXABEPILONA 45 MG / 23,5 ML - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
LAPATINIB 250 MG por 140 COMPRIMIDOS
LATANOPROST 50 MCG / ML - FRASCO por 2,5 ML - SOLUCION OFTALMICA
LENALIDOMIDA 10 MG por 21 CAPSULAS
LENALIDOMIDA 25 MG por 21 CAPSULAS
LETROZOL 2,5 MG por 30 COMPRIMIDOS
LEUCOVORINA CALCICA 50 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
LEUPROLIDA ACETATO 22,5 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
LEUPROLIDE ACETATO 7,5 MG FRASCO AMPOLLA + 1 AMPOLLA DE SOLVENTE - INYECTABLE LIOFILIZADO
LEVODOPA 100 MG + CARBIDOPA 25 MG - por 30 COMPRIMIDOS
LEVODOPA 200 MG + BENSERAZIDA 50 MG - por 50 COMPRIMIDOS
LEVOTIROXINA SODICA 100 MCG por 50 COMPRIMIDO RANURADO DIVIDOSIS
LEVOTIROXINA SODICA 125 MCG por 50 COMPRIMIDOS
LEVOTIROXINA SODICA 50 MCG por 50 COMPRIMIDOS
94 22
95 850
96 468
97 68
98 509
99 367
100 1125
101 1476
102 163
103 18
104 784
105 70
106 143
107 195
108 650
109 71
110 100
111 1013
112 280
113 185
114 837
115 1378
116 621
117 132
118 46
119 107
MALEATO DE SUNITINIB 25 MG por 28 CAPSULAS
MERCAPTOPURINA 50 MG por 25COMPRIMIDOS
MESALAZINA 1 G - por 30 SOBRES GRANULADO
MESALAZINA 1000 MG - por 28 SUPOSITORIOS
METOTREXATO 10 MG - por 10 COMPRIMIDOS
METOTREXATO 15 MG - por 4 COMPRIMIDOS
METOTREXATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
METOTREXATO 500 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
METOTREXATO 7,5 MG - por 10 COMPRIMIDOS
MICOFENOLATO MOFETILO 250 MG - por 100 COMPRIMIDOS
MICOFENOLATO MOFETILO 500 MG - por 50 COMPRIMIDOS
MITOMICINA 20 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
NILOTINIB 200 MG por 120 CAPSULAS
NORDITROPIN FLEXPRO 15MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 45 UI )
NORDITROPIN FLEXPRO 5MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 15 UI )
OCTREOTIDA 20 MG - FRASCO AMPOLLA - SUSPENSION INYECTABLE
OCTREOTIDA 30 MG - FRASCO AMPOLLA - SUSPENSION INYECTABLE
OMEPRAZOL 20 MG por 30 CAPSULAS
OMNITROPE 3,3 MG/ML (5 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 15 UI (5 MG)) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE
OMNITROPE 6,7 MG/ML (10 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 30 UI (10 MG)) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE
ONDANSETRON 8 MG por 10 COMPRIMIDOS
OXALIPLATINO 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
PAMIDRONATO DISODICO 90 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
PANTOPRAZOL SODICO SESQUIHIDRATADO 20 MG por 30 COMPRIMIDOS
PAZOPANIB 200 MG - por 30 COMPRIMIDOS
PAZOPANIB 400 MG - por 30 COMPRIMIDOS
120 101
121 395
122 250
123 181
124 343
125 39
126 24
127 360
128 331
129 300
130 157
131 420
132 500
133 200
134 233
135 35
136 109
137 112
138 66
139 43
140 118
141 3041
142 200
143 32
144 83
PEG ASPARAGINASA 3750 UI - 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML - SOLUCION INYECTABLE
PEMETREXED DISODICO HEMIPENTAHIDRATO 500 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
PERTUZUMAB 420 MG FRASCO AMPOLLA por 14 ML - CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION
POLIVITAMINICO CON MINERALES por 30 COMPRIMIDOS
PREDNISONA 5 MG por 30 COMPRIMIDOS
PROPRANOLOL CLORHIDRATO 40 MG por 50 COMPRIMIDOS
RANITIDINA CLORHIDRATO 300 MG por 30 COMPRIMIDOS
RH DNASA 1 MG / ML - ENVASE por 6 AMPOLLAS por 2,5 ML CADA UNA - SOLUCION PARA NEBULIZACION
RITUXIMAB 100 MG - ENVASE POR 2 FRASCOS AMPOLLAS por 100 MG - SOLUCION INYECTABLE PARA INFUSION
RITUXIMAB 500 MG - FRASCO AMPOLLA SOLUCION INYECTABLE PARA INFUSION
ROSUVASTATINA CALCICA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS
SAIZEN 12 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 36 UI (12 MG)) - 1 CARTUCHO por 12 MG - SOLUCION INYECTABLE
SAIZEN 6 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) - 1 CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA CON DILUYENTE por 3 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
SALBUTAMOL ,5 G / 100 ML- FRASCO por 20 ML - SOLUCION PARA NEBULIZACION
SALBUTAMOL 100 MCG/DOSIS - AEROSOL POR 200 DOSIS CON APLICADOR
SALBUTAMOL SULFATO 120 MCG / PULSACION + BROMURO DE IPRATROPIO MONOHIDRATO 21 MCG / PULSACION - POR 250 DOSIS - AEROSOL PARA INHALACION
BUCAL CON ACCION BRONQUIAL
SALMETEROL (COMO HIDROXINAFTOATO) 25 MCG/DOSIS + FLUTICASONA PROPINATO 250 MCG/DOSIS - AEROSOL por 120 DOSIS
SALMETEROL 50 MCG + FLUTICASONA PROPINATO 250 MCG -BLISTER por 60 UNIDADES con aplicador - CAPSULA CON POLVO PARA INHALAR
SIMVASTATINA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS
SORAFENIB 200 MG - por 112 COMPRIMIDOS
SULFASALAZINA 500 MG por 60 COMPRIMIDOS
TAMOXIFENO CITRATO 20 MG por 30 COMPRIMIDOS
TEMOZOLOMIDA 100 MG por 5 CAPSULAS
TIOGUANINA 40 MG por 25 COMPRIMIDOS
TOCILIZUMAB 200 MG / 10 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML - CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION
145 118
146 93
147 300
148 300
149 88
150 47
151 458
152 86
153 60
154 501
155 1.474
156 91
157 83
158 80
159 6
160 179
161 77
162 120
163 147
164 196
TOCILIZUMAB 400 MG / 20 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 20 ML - CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION
TOCILIZUMAB 80 MG / 4 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 ML - CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION
TRASTUZUMAB 440 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 440 MG + 1 FRASCO AMPOLLA CON SOLVENTE por 20 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
VINORELBINE 50 MG 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML - SOLUCION INYECTABLE
VITAMINA B12 5000 MCG + TIAMINA 125 MG + PIRIDOXINA 140 MG por 30 COMPRIMIDOS
TRASTUZUMAB 600 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML - SOLUCION INYECTABLE
TRETINOINA 10 MG por 100 CAPSULAS
TRIPTORELINA PAMOATO 11,25 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 11,25 MG + 1 AMPOLLA de SOLVENTE + 1 JERINGA ESTERIL VACIA DE 5 ml - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE
TRIPTORELINA PAMOATO 3,75 MG / 2 ML + 1 FRASCO AMPOLLA por 3,75 MG + 1 AMPOLLA de SOLVENTE + 1 JERINGA ESTERIL VACIA de 5ml - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE
VALSARTAN 80 MG por 28 COMPRIMIDOS
VEMURAFENIB 240 MG por 56 UNIDADES COMPRIMIDOS
VITAMINA D3 200 UI + CALCIO CITRATO 1500 MG por 30 COMPRIMIDOS
VITAMINA D3 400 UI + CITRATO DE CALCIO 1500 MG por 60 COMPRIMIDOS
VITAMINA E 200 MG por 60 CAPSULAS
ZOMACTON 10 MG x 1 FCO AMP (SOMATOTROPINA 30 UI (10 MG) ) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE
ZOMACTON 4 MG x 1 FCO AMP + AMP CON SOLVENTE (SOMATOTROPINA 12 UI (4 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por 12 UI + 1 AMPOLLA CON SOLVENTE por 3,2 ML -
POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
VINBLASTINA SULFATO 10 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 MG - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
VINCRISTINA SULFATO 1 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 1 MG - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
VINORELBINE 20 MG (COMO VINORELBINE DITARTRATO 27,7 MG) por 1 CAPSULA
VINORELBINE 30 MG (COMO VINORELBINE DITARTRATO 41,55 MG) por 1 CAPSULA
REF: EX-2019- 03975342-GDEBA-BDMSALGP
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
COMPRA SUPERIOR 2/19
Para cada renglón deberá indicarse la marca comercial ofrecida. Podrán ofrecerse marcas
múltiples para un mismo renglón, caso en que el oferente deberá cotizar un solo precio por cada
renglón.
Las entregas deberán efectuarse en la Empresa Correo Argentino que tiene encomendado por el
Ministerio de Salud de la Provincia LA RECEPCION, ALMACENAMIENTO,
CONSERVACION, PREPARACION Y DISTRIBUCION DE LOS MEDICAMENTOS
OBTENIDOS POR EL BANCO DE DROGAS (OPERADOR LOGÍSTICO-OL), en el deposito
ubicado en Estados Unidos 4850. TORTUGUITAS.
La persona responsable encargada de recibir los medicamentos en el depósito quedará facultada
para el rechazo del pedido entregado que no cumpla las condiciones establecidas o que presente
envase deteriorado, adulterado, no tenga correcto embalaje, no cumpla con los requisitos de
cadena de frio, estén prontos a vencer, etc. Dejará constancia de dicha situación en el remito
correspondiente y labrará el acta de recepción provisoria juntamente con el representante del
adjudicatario. El adjudicatario deberá reemplazar la medicación rechazada en un plazo máximo de
2 (dos) días hábiles contados a partir de la fecha del rechazo.
El adjudicatario realizará la entrega presentando remito o nota de Entrega (por duplicado y/o
triplicado) debidamente numerado, con la descripción de las monodrogas, nombre genérico y
comercial, presentación, lote, vencimiento, cantidad en unidades, y por presentación, número de la
orden de compra.
El OL, por su parte, devolverá al Adjudicatario el remito debidamente conformado (con sello,
nombre y aclaración del responsable en recibir la medicación, etc).
El adjudicatario deberá proveer todos los insumos necesarios para la correcta entrega de los
medicamentos, ya sean estos con o sin cadena de frio.
PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS
No se aceptarán presentaciones en envases hospitalarios. Las presentaciones deberán ajustarse a lo
indicado para los renglones licitados. El BD de la Provincia de Buenos Aires independientemente
realizará auditorías en sede de la adjudicataria sin previo aviso, para verificar y controlar aspectos
técnicos y administrativos relacionados con la prestación.
Asimismo, la adjudicataria deberá permitir la realización de inspecciones, sin previo aviso, siendo
derecho del inspector retirar muestras de medicamentos para control en cado de así considerarlo,
dejando constancia en un Acta.
VENCIMIENTO DE LOS MEDICAMENTOS
El vencimiento de los productos deberá ser de dieciocho (18) meses a partir de su entrega efectiva,
debiendo presentar compromiso de cambio en aquellas drogas que por su naturaleza no estén
autorizadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
(ANMAT) con periodos de vencimientos superiores a dieciocho (18) meses.
TRAZABILIDAD
Los oferentes deberán acreditar un sistema de trazabilidad de los medicamentos de acuerdo a la
Resolución 435/2011 del Ministerio de Salud de la Nación y la Disposiciones 3683/2011,
1831/2012, 247/2013 y 963/2015 de la ANMAT a las que adhiere la Provincia de Buenos Aires a
través de las Resoluciones 3827/2012 y 4452/2015 del Ministerio de Salud de la Provincia y las
leyes provinciales 10606 (con sus modificaciones a través de las leyes 11328 y 13054) y 11405
(con modificaciones introducidas por leyes 12895 y 13292)
Para ello se deberá presentar junto con la oferta el certificado GS1 de trazabilidad.
TRANSPORTE
El transporte de los medicamentos incorporados en esta Licitación desde la planta de producción o
deposito laboratorio o droguería deberá ser realizado por empresas habilitadas por operadores
logísticos de insumos médicos que estén registrados ante la Autoridad Sanitaria Nacional para
efectuar transacciones comerciales interjurisdiccionales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Nacional N° 1299/97 y sus modificatorias, de corresponder.
Dichos transportistas deberán cumplimentar lo indicado en la Disposición N° 7439/99 de la
ANMAT y sus modificatorias, o su equivalente en la Provincia de Buenos Aires. La totalidad de
las unidades de transporte deberán ser cerradas y adecuadas para el transporte de medicamentos.
En ningún caso los medicamentos podrán compartir bodegas con otras cargas que puedan
considerarse contaminantes o peligrosas.
Se deberá indicar mediante nota, junto con la oferta, a cargo de quien estará la logística del
traslado de los insumos adjudicados. Para lo cual, si el oferente cuenta con logística propia deberá
indicarlo mediante nota adjuntando los certificados correspondientes. En el caso de terciarizar la
logística deberá adjuntarse certificado de habilitación de la empresa que traslade los insumos y el
certificado de trazabilidad correspondiente.
INFORME Y AVANCE DE SEGUIMIENTO
El adjudicatario informara el estado de situación de toda la operatoria que comprende la logística y
el cumplimiento de las entregas al Ministerio.
ACLARACIONES:
Para los renglones listados a continuación se requiere garantizar la marca comercial. Estos
renglones se refieren a diferentes presentaciones de hormonas de crecimiento para pacientes
pediátricos y adolescentes. Cada marca comercial tiene un sistema inyector y dosificador propio.
Los pacientes y sus familias son entrenados durante semanas en la operación de un inyector
definido y cambiarles la marca implica la necesidad de reentrenarlos.
Por otra parte, los médicos endocrinólogos a cargo del tratamiento son reacios a los cambios de
marca por el riesgo de errores en la administración por parte de los niños y sus padres.
Los renglones solicitados por marca son:
ACLARACIONES:
Para los renglones listados a continuación se requiere garantizar la marca comercial. Estos
renglones se
refieren a diferentes presentaciones de hormonas de crecimiento para pacientes pediátricos y
adolescentes.
Cada marca comercial tiene un sistema inyector y dosificador propio. Los pacientes y sus familias
son
entrenados durante semanas en la operación de un inyector definido y cambiarles la marca implica
la
necesidad de reentrenarlos. Por otra parte, los médicos endocrinólogos a cargo del tratamiento son
reacios a
los cambios de marca por el riesgo de errores en la administración por parte de los niños y sus
padres.
Los renglones solicitados por marca son:
RENGLON DESCRIPCION
63
GENOTROPIN 5,3 MG x 1 CART+1 AMP SOLVENTE 1 ML
(SOMATOTROPINA 16 UI (5,3 MG)) - 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1
AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML – POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
64
HHT 16 UI x 1 FCO AMP + 1 AMP SOLVENTE x 1 ML
(SOMATOTROPINA 16 UI (5,3 MG)) – 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1
AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
65
HHT 4 UI x 1 FCO AMP + 1 JGA. PRELLENADA CON SOLVENTE x 1
ML (SOMATOTROPINA 4 UI (1,33 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por
4 UI / FRASCO AMPOLLA. Cada blister contiene 1 frasco ampolla, una
jeringa prellenada y dos agujas. - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
69
HUTROPE 18 UI CART. (6 MG) x 1 + JGA. PRELLENADA CON
DILUYENTE 3 ML (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) – 1
CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA CON
DILUYENTE por 3 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
107 NORDITROPIN FLEXPRO 15MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE
LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 45 UI )
108 NORDITROPIN FLEXPRO 5 MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE
LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 15 UI )
112 OMNITROPE 3,3 MG/ML (5 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 15 UI (5
MG)) – 1 CARTUCHO por 1,5 ML – SOLUCION INYECTABLE
113 OMNITROPE 6,7 MG/ML (10 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 30 UI
(10 MG)) - 1CARTUCHO por 1,5 ML – SOLUCION INYECTABLE
131 SAIZEN 12 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 36 UI (12 MG)) - 1
CARTUCHO por 12 MG - SOLUCION INYECTABLE
132
SAIZEN 6 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) - 1
CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA CON
DILUYENTE por 3 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
163 ZOMACTON 10 MG x 1 FCO AMP (SOMATOTROPINA 30 UI (10 MG)
) – 1 CARTUCHO por 1,5 ML – SOLUCION INYECTABLE
164
ZOMACTON 4 MG x 1 FCO AMP + AMP CON SOLVENTE
(SOMATOTROPINA 12 UI (4 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por 12 UI
+ 1 AMPOLLA CON SOLVENTE por 3,2 ML – POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE
Datos del Organismo Contratante
Denominación:
Domicilio:
Datos del Oferente
Nombre o Razón Social:
C.U.I.T:
Nº Proveedor del Estado:
Domicilio Comercial:
Domicilio Legal:
MARCA COMERCIAL $ Unitario $ Total
Número: Ejercicio: 2019Expediente: EX-2019-03975342- -GDEBA-BDMSALGP
ACIDO URSODESOXICOLICO 300 MG - por 30 COMPRIMIDOS3
APREPITANT 80 MG + APREPITANT 125 MG - BLISTER por 3 UNIDADES ( 2 CAPSULAS por 80 MG + 1 CAPSULA por 125 MG) -
CAPSULA DURA
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires
51 N° 1120 - La Plata
ACIDO ZOLEDRONICO 4 MG / 5 ML + - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 MG + ampolla de disolvente por 5ml. - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
Bases de la Contratacion
CantidadDescripción
640
R
11AZACITIDINA 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE472
1ABATACEPT 250 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 250 MG - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE278
4 344
79
12BENDAMUSTINA CLORHIDRATO 100 MG - 1 FRASCO AMPOLLA -
POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE143
15 BICALUTAMIDA 50 MG - por 28 COMPRIMIDOS 368
2 ACIDO FOLICO 5MG - por 30 COMPRIMIDOS 445
5ADALIMUMAB 40 MG / 0,8 ML - 2 JERINGA PRELLENADA por 8 ML -
SOLUCION INYECTABLE500
6AMILASA 18000 U PH EUR + LIPASA 25000 U PH EUR + PROTEASA
1000 U PH EUR - por 100 CAPSULAS240
7 AMIODARONA CLORHIDRATO 200 MG - por 20 COMPRIMIDOS 59
8 ANASTROZOL 1 MG - por 28 COMPRIMIDOS 2145
10 ASPARAGINASA 10000 UI - 1 FRASCO AMPOLLA por 10000 UI 377
9
13BEVACIZUMAB 25 MG / ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 100 MG/ 4
ML - SOLUCION INYECTABLE647
14BEVACIZUMAB 25 MG / ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 400 MG/ 16
ML - SOLUCION INYECTABLE400
16BLEOMICINA CLORHIDRATO 15 U + - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML + 1 FRASCO AMPOLLA SOLVENTE - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE1035
PLANILLA DE COTIZACION
1594
1618
127
1438
19 CAPECITABINA 500 MG - por 120 COMPRIMIDOS 500
27 CICLOSPORINA 100 MG - por 50 CAPSULAS 109
28
23 CARVEDILOL 6,25 MG - por 28 COMPRIMIDO 244
24CETUXIMAB 5 MG/ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 100 ML (500 MG) -
SOLUCION PARA INFUSION300
29CITARABINA 100 MG / FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE
30CITARABINA 1000 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 1000 MG - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
32CLORURO DE SODIO 7 G / 100 ML - ENVASE por 60 AMPOLLA por 4
ML - SOLUCION PARA INHALAR
34DACARBAZINA 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE722
35DACARBAZINA 200 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE862
18 CALCIO CARBONATO 1250 MG por 60 COMPRIMIDOS 325
17BORTEZOMIB 3,5 MG - 1 FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE493
20 CARBOPLATINO 150 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 150 MG 2130
21 CARBOPLATINO 450 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 450 MG 396
22CARBOPLATINO 50 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 50 MG - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE53
26CICLOFOSFAMIDA 200 MG - POR 5 FRASCOS AMPOLLAS - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE130
25CETUXIMAB 5 MG/ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 20 ML (100 MG.) -
SOLUCION PARA INFUSION153
CICLOSPORINA 25 MG - por 50 CAPSULAS 40
31CLORHIDRATO DE DOXORUBICINA LIPOSOMAL PEGILADO 20 MG /
10 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML - INYECTABLE PARA PERFUSION
246
36DACTINOMICINA 0,5 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVOLIOFILIZADO
PARA INYECTABLE103
33COLISTINA 100 MG / 2 ML - FRASCO AMPOLLA - INYECTABLE PARA
PERFUSION
37 DASATINIB 100 MG - por 30 COMPRIMIDOS 120
38 DASATINIB 50 MG - por 60 COMPRIMIDOS 77
39 DASATINIB 70 MG - por 60 COMPRIMIDOS 35
40DAUNORUBICINA 20 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE445
41 DEFERASIROX 180 MG por 30 COMPRIMIDOS 21
42 DEFERASIROX 360 MG por 30 COMPRIMIDOS 122
43 DEXAMETASONA 4 MG - por 20 COMPRIMIDOS 210
44DEXAMETASONA 8 MG - AMPOLLA por 2 ML - INYECTABLE PARA
PERFUSION590
45 DEXAMETASONA 8 MG por 20 COMPRIMIDOS 315
46 DICLOFENACO SODICO 50 MG por 30 COMPRIMIDOS 200
47DOCETAXEL 20 MG FRASCO AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE
PARA INFUSION133
49DOXORUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE228
48DOCETAXEL 80 MG FRASCO AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE
PARA INFUSION884
ETOPOSIDO 100 MG / 5 ML AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE 2734
56
51EPIRUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE37
53 ERLOTINIB 100 MG por 30 COMPRIMIDOS 3
EVEROLIMUS 10 MG por 30 COMPRIMIDOS
62GEMCITABINA (COMO CLORHIDRATO) 1000 MG - 1 FRASCO
AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE1413
54 ETANERCEPT 25 MG - ENVASE x 4 JERINGAS PRELLENADAS 63
57 EXEMESTANO 25 MG por 30 COMPRIMIDOS 85
55
64
HHT 16 UI x 1 FCO AMP + 1 AMP SOLVENTE x 1 ML (SOMATOTROPINA 16 UI (5,3 MG)) - 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1
AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
174
65
HHT 4 UI x 1 FCO AMP + 1 JGA. PRELLENADA CON SOLVENTE x 1 ML (SOMATOTROPINA 4 UI (1,33 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 UI /
FRASCO AMPOLLA Cada blister contiene 1 frasco ampolla, una jeringa prellenada y dos agujas. - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
718
66
50DOXORUBICINA CLORHIDRATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE2625
EPIRUBICINA CLORHIDRATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
10152
28
58FILGRASTIM 300 MCG FRASCO AMPOLLA por 1 ML - SOLUCION
INYECTABLE1312
59FILGRASTIM 300 MCG - ENVASE por 5 FRASCOS AMPOLLAS -
SOLUCION INYECTABLE
60FLUDARABINA FOSFATO 50 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
637
139
63
GENOTROPIN 5,3 MG x 1 CART + 1 AMP SOLVENTE 1 ML (SOMATOTROPINA 16ui (5,3 MG)) - 1 CARTUCHO por 5,3 MG + 1
AMPOLLA DE SOLVENTE por 1 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
647
61FULVESTRANT 250 MG/ML - ENVASE por 2 JERINGAS PRELLENADAS
O FRASCO AMPOLLA83
HIDROCORTISONA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS 170
67 HIDROXICLOROQUINA SULFATO 200 MG - por 60 COMPRIMIDOS 642
69
HUTROPE 18 UI CART. (6 MG) x 1 + JGA. PRELLENADA CON DILUYENTE 3 ML (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) - 1 CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA CON DILUYENTE por 3 ML -
POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
300
70IDARUBICINA CLORHIDRATO 10 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE350
71IFOSFAMIDA 1 G - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE1630
72 IMATINIB MESILATO 100 MG por 180 COMPRIMIDOS 60
76INTERFERON ALFA 2B HUMANO 3000000 UI / AMP - FRASCO
AMPOLLA INYECTABLE163
73 IMATINIB MESILATO 400 MG por 30 COMPRIMIDOS 423
74
77IRINOTECAN CLORHIDRATO TRIHIDRATO 100 MG / 5 ML - FRASCO
AMPOLLA - SOLUCION INYECTABLE1050
79IXABEPILONA 15 MG / 8 ML - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE50
78 ISOSORBIDE MONONITRATO 20 MG por 50 COMPRIMIDOS 54
85 LETROZOL 2,5 MG por 30 COMPRIMIDOS 535
86 3094
LEVOTIROXINA SODICA 50 MCG por 50 COMPRIMIDOS 144
68 HIDROXIUREA 500 MG por 100 CAPSULAS 208
INDOMETACINA 75 MG por 50 CAPSULAS 10
75INFLIXIMAB 100 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE405
88LEUPROLIDE ACETATO 7,5 MG FRASCO AMPOLLA + 1 AMPOLLA DE
SOLVENTE - INYECTABLE LIOFILIZADO800
80IXABEPILONA 45 MG / 23,5 ML - FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE38
81 LAPATINIB 250 MG por 140 COMPRIMIDOS 20
82LATANOPROST 50 MCG / ML - FRASCO por 2,5 ML - SOLUCION
OFTALMICA16
93
84 LENALIDOMIDA 25 MG por 21 CAPSULAS 104
87LEUPROLIDA ACETATO 22,5 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE40
LEUCOVORINA CALCICA 50 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
91LEVOTIROXINA SODICA 100 MCG por 50 COMPRIMIDO RANURADO
DIVIDOSIS
83 LENALIDOMIDA 10 MG por 21 CAPSULAS 55
292
92 LEVOTIROXINA SODICA 125 MCG por 50 COMPRIMIDOS 12
LEVODOPA 200 MG + BENSERAZIDA 50 MG - por 50 COMPRIMIDOS
29
32
89 LEVODOPA 100 MG + CARBIDOPA 25 MG - por 30 COMPRIMIDOS
90
MALEATO DE SUNITINIB 25 MG por 28 CAPSULAS
509
MESALAZINA 1 G - por 30 SOBRES GRANULADO
94
METOTREXATO 15 MG - por 4 COMPRIMIDOS 367
100METOTREXATO 50 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE1125
97 MESALAZINA 1000 MG - por 28 SUPOSITORIOS 68
98 METOTREXATO 10 MG - por 10 COMPRIMIDOS
106
101METOTREXATO 500 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE1476
102 METOTREXATO 7,5 MG - por 10 COMPRIMIDOS 163
104 MICOFENOLATO MOFETILO 500 MG - por 50 COMPRIMIDOS 784
105MITOMICINA 20 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE70
100
112OMNITROPE 3,3 MG/ML (5 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 15 UI
(5 MG)) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE280
107NORDITROPIN FLEXPRO 15MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE
LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 45 UI )195
108NORDITROPIN FLEXPRO 5MG/1,5 ML SOLUCION INYECTABLE
LAPICERA PARA INYECCION (SOMATOTROPINA 15 UI )650
113OMNITROPE 6,7 MG/ML (10 MG/ 1,5 ML) (SOMATOTROPINA 30 UI
(10 MG)) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE185
115OXALIPLATINO 100 MG - FRASCO AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO
PARA INYECTABLE1378
114 ONDANSETRON 8 MG por 10 COMPRIMIDOS 837
116PAMIDRONATO DISODICO 90 MG FRASCO AMPOLLA - POLVO
LIOFILIZADO PARA INYECTABLE621
119 PAZOPANIB 400 MG - por 30 COMPRIMIDOS 107
117PANTOPRAZOL SODICO SESQUIHIDRATADO 20 MG por 30
COMPRIMIDOS132
118
22
95MERCAPTOPURINA 50 MG por 25
COMPRIMIDOS850
103 MICOFENOLATO MOFETILO 250 MG - por 100 COMPRIMIDOS 18
96 468
99
NILOTINIB 200 MG por 120 CAPSULAS 143
109OCTREOTIDA 20 MG - FRASCO AMPOLLA - SUSPENSION
INYECTABLE71
111 OMEPRAZOL 20 MG por 30 CAPSULAS 1013
110OCTREOTIDA 30 MG - FRASCO AMPOLLA - SUSPENSION
INYECTABLE
PAZOPANIB 200 MG - por 30 COMPRIMIDOS 46
129RITUXIMAB 500 MG - FRASCO AMPOLLA SOLUCION INYECTABLE
PARA INFUSION300
130
120PEG ASPARAGINASA 3750 UI - 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML -
SOLUCION INYECTABLE101
121PEMETREXED DISODICO HEMIPENTAHIDRATO 500 MG - FRASCO
AMPOLLA - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE395
133SALBUTAMOL ,5 G / 100 ML- FRASCO por 20 ML - SOLUCION PARA
NEBULIZACION200
134SALBUTAMOL 100 MCG/DOSIS - AEROSOL POR 200 DOSIS CON
APLICADOR233
135
SALBUTAMOL SULFATO 120 MCG / PULSACION + BROMURO DE IPRATROPIO MONOHIDRATO 21 MCG / PULSACION - POR 250
DOSIS - AEROSOL PARA INHALACION BUCAL CON ACCION BRONQUIAL
35
136SALMETEROL (COMO HIDROXINAFTOATO) 25 MCG/DOSIS +
FLUTICASONA PROPINATO 250 MCG/DOSIS - AEROSOL por 120 DOSIS
109
137SALMETEROL 50 MCG + FLUTICASONA PROPINATO 250 MCG -
BLISTER por 60 UNIDADES con aplicador - CAPSULA CON POLVO PARA INHALAR
112
138 SIMVASTATINA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS 66
139 SORAFENIB 200 MG - por 112 COMPRIMIDOS 43
122PERTUZUMAB 420 MG FRASCO AMPOLLA por 14 ML -
CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION250
123 POLIVITAMINICO CON MINERALES por 30 COMPRIMIDOS 181
124 PREDNISONA 5 MG por 30 COMPRIMIDOS 343
125 PROPRANOLOL CLORHIDRATO 40 MG por 50 COMPRIMIDOS 39
126 RANITIDINA CLORHIDRATO 300 MG por 30 COMPRIMIDOS 24
128RITUXIMAB 100 MG - ENVASE POR 2 FRASCOS AMPOLLAS por 100
MG - SOLUCION INYECTABLE PARA INFUSION331
127RH DNASA 1 MG / ML - ENVASE por 6 AMPOLLAS por 2,5 ML CADA
UNA - SOLUCION PARA NEBULIZACION360
ROSUVASTATINA CALCICA 10 MG por 30 COMPRIMIDOS 157
131SAIZEN 12 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 36 UI (12 MG)) - 1
CARTUCHO por 12 MG - SOLUCION INYECTABLE420
132SAIZEN 6 MG x 1 CART. (SOMATOTROPINA 18 UI (6 MG)) - 1
CARTUCHO por 18 UI + 1 JERINGA PRELLENADA CON DILUYENTE por 3 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
500
140 SULFASALAZINA 500 MG por 60 COMPRIMIDOS 118
141 TAMOXIFENO CITRATO 20 MG por 30 COMPRIMIDOS 3041
142 TEMOZOLOMIDA 100 MG por 5 CAPSULAS 200
143 TIOGUANINA 40 MG por 25 COMPRIMIDOS 32
144TOCILIZUMAB 200 MG / 10 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 ML -
CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION83
145TOCILIZUMAB 400 MG / 20 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 20 ML -
CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION118
Firma y aclaración
IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA (EN NÚMEROS Y LETRAS):
150
152 VALSARTAN 80 MG por 28 COMPRIMIDOS 86
149 TRETINOINA 10 MG por 100 CAPSULAS 88
TRIPTORELINA PAMOATO 11,25 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 11,25 MG + 1 AMPOLLA de SOLVENTE + 1 JERINGA ESTERIL VACIA
DE 5 ml - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE 47
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
TIPO:
IMPORTE TOTAL GARANTÍA:
148TRASTUZUMAB 600 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML -
SOLUCION INYECTABLE300
151TRIPTORELINA PAMOATO 3,75 MG / 2 ML + 1 FRASCO AMPOLLA
por 3,75 MG + 1 AMPOLLA de SOLVENTE + 1 JERINGA ESTERIL VACIA de 5ml - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
458
146TOCILIZUMAB 80 MG / 4 ML - 1 FRASCO AMPOLLA por 4 ML -
CONCENTRADO PARA SOLUCION PARA PERFUSION93
147TRASTUZUMAB 440 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 440 MG + 1
FRASCO AMPOLLA CON SOLVENTE por 20 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE
300
153 VEMURAFENIB 240 MG por 56 UNIDADES COMPRIMIDOS 60
154VINBLASTINA SULFATO 10 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 10 MG -
POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE501
155VINCRISTINA SULFATO 1 MG - 1 FRASCO AMPOLLA por 1 MG -
POLVO LIOFILIZADO PARA INYECTABLE1.474
156VINORELBINE 20 MG (COMO VINORELBINE DITARTRATO 27,7 MG)
por 1 CAPSULA91
157VINORELBINE 30 MG (COMO VINORELBINE DITARTRATO 41,55 MG)
por 1 CAPSULA83
158VINORELBINE 50 MG 1 FRASCO AMPOLLA por 5 ML - SOLUCION
INYECTABLE80
159VITAMINA B12 5000 MCG + TIAMINA 125 MG + PIRIDOXINA 140
MG por 30 COMPRIMIDOS6
160VITAMINA D3 200 UI + CALCIO CITRATO 1500 MG por 30
COMPRIMIDOS179
161VITAMINA D3 400 UI + CITRATO DE CALCIO 1500 MG por 60
COMPRIMIDOS77
162 VITAMINA E 200 MG por 60 CAPSULAS 120
163ZOMACTON 10 MG x 1 FCO AMP (SOMATOTROPINA 30 UI (10 MG)
) - 1 CARTUCHO por 1,5 ML - SOLUCION INYECTABLE147
164
ZOMACTON 4 MG x 1 FCO AMP + AMP CON SOLVENTE (SOMATOTROPINA 12 UI (4 MG) ) - 1 FRASCO AMPOLLA por 12 UI + 1 AMPOLLA CON SOLVENTE por 3,2 ML - POLVO LIOFILIZADO PARA
INYECTABLE
196
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Duarte de Perón
Hoja Adicional de FirmasPliego
Número:
Referencia: Bases completas CS 02-19
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SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS ANEXO ÚNICO
HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "SAN FELIPE" DE SAN NICOLAS - UNIDAD EJECUTORA 103 - PRG 0012 - SUBPRG 003 - ACT 01
DOCUMENTOTIPO NUMERO
1 PIEDRABUENA Romina Rosalia D.N.I 37.894.568 21/09/1993 Técnico Enfermera 4-0000-XIV-4 5 48 Hs.Resolución 11112 N° 1368/15 RODRIGUEZ Graciela Aurora
2 SILVA Florencia Rocio D.N.I 36.572.116 04/05/1992 Técnico Enfermera 4-0000-XIV-4 5 48 Hs.Resolución 11112 N° 1148/14
BERDUN Alicia
3 ESCOBAR Luciana Ivana D.N.I 28.578.917 25/03/1981 TécnicoInstrumentadora
Quirurgica 4-0000-XIV-4 5 48 Hs.Resolución 11112 N° 277/15 RAFFAELLI Teresa Esther
4 GOMEZ Romina Antonela D.N.I 37.076.154 05/12/1992 Administrativo Administrativa Ayudante 3-0000-XIII-4 5 48 Hs.Resolución 11112 N° 3390/11
GRASIANI Nélida Emilce
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
HOSPITAL ZONAL GENERAL DE AGUDOS "MAGDALENA V. DE MARTINEZ" DE GENERAL PACHECO - UNIDAD EJECUTORA 103 - PRG 0013 - SUBPRG 004 - ACT 01
DOCUMENTOTIPO NUMERO
1 SERVIN Martin Ariel D.N.I 23.442.154 23/11/1973 Servicio Cocina Peon “D” 1-0010-XI-3 5 48 Hs.RESOL-2018-2156-GDEBA-MSALGP
DIAZ Cintia Yanel
VACANTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
Nº APELLIDO Y NOMBRES FECHA DE NACIMIENTO AGRUPAMIENTO CARGO CODIGO CAT. REG.
HORARIO
CAT. REG. HORARIO VACANTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
Nº APELLIDO Y NOMBRES FECHA DE NACIMIENTO AGRUPAMIENTO CARGO CODIGO
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S.
Hoja Adicional de FirmasAnexo
Número:
Referencia: EX-2018-21279292-GDEBA-HZGASFMSALGP - Designación en Planta Permanente -PIEDRABUENA y otros
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