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SUMARIO
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AO DE LA DIVERSIFICACIN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIN
NORMAS LEGALESDirector (e):
Flix Alberto Paz Quiroz JUEVES13 DEAGOSTODE2015
Ao XXXII - N 13357
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
R.M. N 187-2015-PCM.- Aprueban Lineamientos parala constitucin y funcionamiento del Voluntariado enEmergencias y Rehabilitacin - VER 559126R.M. N 188-2015-PCM.- Aprueban Lineamientos para
la Formulacin y Aprobacin de Planes de Contingencia559126
Res. N 029-2015-PCM/SD.- Disponen inscripcin dela Mancomunidad Municipal San Pablo de Chalaques- Cajamarca, en el Registro de MancomunidadesMunicipales 559127
AGRICULTURA Y RIEGO
R.J. N 210-2015-ANA.- Aprueban estudio denominadoIdentiicacin de Poblaciones Vulnerables por activacinde Quebradas 2015 -2016 559128
AMBIENTE
R.M. N 199-2015-MINAM.- Aprueban Lineamientosde Poltica de Inversin Pblica en materia de DiversidadBiolgica y Servicios Ecosistmicos 2015 - 2021 559129R.M. N 200-2015-MINAM.- Aprueban disposicionescomplementarias al Reglamento Nacional para la Gestiny Manejo de los Residuos de Aparatos Elctricos yElectrnicos 559130R.M. N 201-2015-MINAM.- Designan Coordinador deSeguimiento y Evaluacin del Programa Presupuestal0035 Gestin Sostenible de los Recursos Naturales yde la Diversidad Biolgica del Pliego 005: Ministerio delAmbiente - MINAM 559131
DEFENSA
RR.MM. Ns. 718 y 719-2015-DE/SG.- Autorizan ingresode personal militar de EE.UU. al territorio de la Repblica
559132
ECONOMIA Y FINANZAS
R.D. N 006-2015-EF/63.01.- Aprueban instrumentosmetodolgicos para la aplicacin de herramientasparticipativas en los proyectos de inversin pblica ypara la formulacin de proyectos de inversin pblica en
diversidad biolgica y servicios ecosistmicos 559133
EDUCACION
R.S. N 025-2015-MINEDU.- Autorizan viaje a Canad deintegrantes de la Delegacin Peruana que participar en laCeremonia de Clausura de los V Juegos Parapanamericanosde Toronto 2015 559134R.VM. N 042-2015-MINEDU.- Dan por concluidadesignacin de Vicepresidente de Investigacin de laComisin Organizadora de la Universidad Nacional JosMara Arguedas 559135
ENERGIA Y MINAS
R.S. N 042-2015-EM.- Autorizan viaje de funcionaria dela Direccin General de Formalizacin Minera a la India, encomisin de servicios 559135
PRODUCE
D.S. N 022-2015-PRODUCE.- Aprueban Lista deMercancas comprendidas en las subpartidas nacionalescorrespondientes a actividades extractivas y/omanufactureras respecto de las cuales no podrn instalarse
empresas industriales y agroindustriales en la Zona Francay Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA 559136D.S. N 023-2015-PRODUCE.- Modiican Reglamentopara el otorgamiento de subvenciones para los Centrosde Innovacin Tecnolgica - CITE a travs de Conveniosde Desempeo, aprobado por Decreto Supremo N0072015PRODUCE 559141Res. N 044-2015-INACAL/PE.- Designan Directora dela Direccin de Desarrollo Estratgico de la Calidad delINACAL 559142
RELACIONES EXTERIORES
R.M. N 0712/2015-RE.-Autorizan viaje de funcionarios
diplomticos a Costa Rica, en comisin de servicios559143
SALUD
D.S. N 026-2015-SA.- Decreto Supremo que apruebaReglamento del Procedimiento de Transferencia deFunciones del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual- INDECOPI a la Superintendencia Nacional de Salud -SUSALUD, en el marco del Decreto Legislativo N 1158
559144D.S. N 027-2015-SA.- Aprueban Reglamento de la LeyN 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas
Usuarias de los Servicios de Salud 559146
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559124 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano
R.M. N 480-2015/MINSA.- Designan Ejecutiva AdjuntaII del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud
559152R.M. N 484-2015/MINSA.- Designan Ejecutivo Adjunto
I de la Oicina General de Asesora Jurdica del Ministerio559153
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.D. N 267-2015-MTC/12.- Otorgan a Lionel Air S.A.C.,permiso de operacin de aviacin comercial: transporteareo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
559153R.D. N 3362-2015-MTC/15.- Autorizan a ImigolbePer S.A.C., como Taller de Conversin a Gas NaturalVehicular, actividad que realizar en el local ubicado en el
departamento de Lima 559155
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE PROMOCION DE
LA INVERSION PRIVADA
Res. N 109-2015.- Autorizan viaje de representantede PROINVERSIN a Filipinas, en comisin de servicios
559157
INSTITUTO DE GESTION DE
SERVICIOS DE SALUD
R.J. N 395-2015/IGSS.- Designan profesionales endiversos cargos de la Direccin del Cuidado Integral de laSalud y Redes Integradas del IGSS 559157R.J. N 397-2015/IGSS.- Designan profesionales endiversos cargos del Hospital Nacional Hiplito Unanue
559158R.J. N 400-2015/IGSS.- Designan Director de Red deSalud de la Direccin Ejecutiva de la Direccin de Red de
Salud San Juan de Lurigancho, del IGSS 559159
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Res. N 487-2015/SBN-DGPE-SDDI.- Apruebantransferencia predial interestatal a ttulo gratuito de predioubicado en el departamento de Lima, a favor de SEDAPAL
559159Res. N 503-2015/SBN-DGPE-SDDI.- Apruebantransferencias prediales interestatales a ttulo gratuitoa favor del Ministerio de Vivienda, Construccin ySaneamiento; as como la independizacin y rectiicacin
de reas y linderos 559161RR. Ns. 526, 527, 528, 529, 530, 531, 532, 535, 609,610, 611, 612, 613, 614, 615, 616, 617, 618, 619, 621,622, 623 y 624-2015/SBN-DGPE-SDAPE.- Disponenprimera inscripcin de dominio a favor del Estado delterrenos eriazos ubicados en los departamentos de Ica,Lima, Moquegua, Ancash y Puno 559164RR. Ns. 534, 536, 537, 538, 539 y 541-2015/SBN-DGPE-SDAPE.- Disponen primera inscripcin de dominioa favor del Estado de predios ubicados en el departamentode Lima 559181Res. N 601-2015/SBN-DGPE-SDAPE.- Modiican la Res.N 1992014/SBNDGPESDAPE 559184
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAINVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. N 170-2015-OS/CD.- Desestiman solicitud de laempresa Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. de ijacintarifaria de las celdas 500 kV de la Subestacin San Jos
559185Res. N 171-2015-OS/CD.- Disponen publicar elproyecto de resolucin que modiica el Procedimientode Liquidacin para el Clculo del Factor de Ajuste porAplicacin del Mecanismo de Promocin para ConexionesResidenciales en la pgina web de OSINERGMIN 559187
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION ENINFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Res. N 106-2015-GG-OSITRAN.- Aprueban suscripcinde convenio entre OSITRAN y UNOPS para el encargo delproceso de seleccin para la contratacin de serviciosde Supervisin de obras obligatorias del Contrato deConcesin del Tramo Vial Desvo Quilca - Desvo Arequipa(Reparticin) - Desvo Matarani - Desvo Moquegua - DesvoIlo - Tacna - La Concordia 559188Res. N 109-2015-GG-OSITRAN.- Aprueban suscripcinde convenio entre OSITRAN y UNOPS para el encargo delproceso de seleccin para la Contratacin de una EmpresaConsultora para la Supervisin de la Construccin de la
Segunda Calzada de la Carretera Puno - Juliaca del Tramo 5del Corredor Vial Interocenico Sur, Per - Brasil 559189
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION
PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Res. N 0882015CD/OSIPTEL.- Aprueban el mandatode interconexin entre Amrica Mvil Per S.A.C. yAmericatel Per S.A., que modiica aspectos especicos delmandato de interconexin aprobado mediante la Res. N0772010CD/OSIPTEL 559191
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y
CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Res. N 095-2015-COSUSINEACE/CDAH-P.- Oicializanel Acuerdo N 1302015CDAH, mediante el cual se otorgla acreditacin al Programa de Doctorado de Economa delos Recursos Naturales y el Desarrollo Sustentable de laUniversidad Nacional Agraria La Molina 559192Res. N 096-2015-COSUSINEACE/CDAH-P.- Oicializanel Acuerdo N 1312015CDAH, mediante el cual se otorgla acreditacin a la carrera de Medicina Veterinaria yZootecnia de la Universidad Peruana Cayetano Heredia
559193
ORGANISMO DE EVALUACION Y
FISCALIZACION AMBIENTAL
Res. N 034-2015-OEFA/CD.- Determinan que el OEFAasume diversas funciones respecto de las actividadesmanufactureras previstas en la Divisin 27: 2710 Industriasbsicas de hierro y acero, 2731 Fundicin de hierro yacero y 2732 Fundicin de metales no ferrosos 559194
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559125NORMAS LEGALESJueves 13 de agosto de 2015
El Peruano
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE MIGRACIONES
Res. N 00000205-2015-MIGRACIONES.- Dejan sinefecto la Directiva Interna N 0052014MIGRACIONESAJ,sobre Normas y Procedimientos para la Aplicacin deSanciones Migratorias a los Extranjeros que infringen la Leyde Extranjera 559194
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. N 399-2015-P-CSJLI/PJ.- Designan jueces
provisional y supernumerarios en diversos juzgados de laCorte Superior de Justicia de Lima 559195Res. Adm. N 422-2015-P-CSJCL/PJ.- DesignanJuez del 1 Juzgado Penal Unipersonal Permanentede la Corte Superior de Justicia del Callao, y dan porconcluida designacin de juez supernumerario 559195Res. Adm. N 410-2015-P-CSJLE/PJ.- Incorporan alJefe de la Oicina de Administracin Distrital a la ComisinPermanente de Seleccin de Personal bajo el RgimenEspecial de Contratacin Administrativa de Servicios - CAS,de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el ao
judicial 2015 559196
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Res. N 0955.- Aprueban expedicin de duplicado dediploma de Grado Acadmico de Bachiller en Ciencias de laUniversidad Nacional de Ingeniera 559197
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N 0182-2015-JNE.- Declaran nulo acto denotiicacin a la juramentacin de ciudadano al cargode regidor de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa,provincia de Ayabaca, departamento de Piura 559197Res. N 0183-2015-JNE.- Convocan a ciudadana paraque asuma el cargo de regidora del Concejo Distritalde Cochabamba, provincia de Chota, departamento deCajamarca 559198Res. N 0212-2015-JNE.- Declaran conformacin dediversos Jurados Electorales Especiales correspondientesa las Elecciones Municipales 2015 559199
MINISTERIO PUBLICO
RR. Ns. 3845, 3846, 3847, 3848, 3849, 3850, 3851,3852, 3853, 3854, 3855, 3856 y 3857-2015-MP-FN.-Aceptan renuncias, dan por concluidos nombramientos ydesignaciones, nombran y designan iscales en diversosDistritos Fiscales 559200RR. Ns. 3910, 3911, 3912, 3913, 3914, 3915, 3916,3917, 3918 y 3920-2015-MP-FN.- Dan por concluidasdesignaciones y nombramientos, y designan iscales endiversos Distritos Fiscales 559204Res. N 3921-2015-MP-FN.- Disponen que procesospenales a que se reieren las RR.Adms. Ns. 1472015CEPJy 2992015CSJLIPJ, sigan siendo de conocimiento de lasFiscalas Superiores Penales originarias de Lima que losremitieron 559208
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N 4197-2015.- Autorizan al Banco de Crdito delPer la apertura de oicina especial temporal y agencia enlos departamentos de Lima y Pasco 559208
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Ordenanza N 372 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.- Aprueban lujogramas para el registro de HechosVitales del Nacido Vivo y de Defuncin, para la obtencindel DNI en la Regin Amazonas 559209
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Ordenanza N 005-2015-GRA/CR.- Autorizan iniciodel Proceso de Planeamiento Estratgico en la ReginAyacucho 559212Decreto N 004-2015-GRA/GR.- Aprueban laConvocatoria de la Primera Audiencia Pblica RegionalDescentralizada del Gobierno Regional de Ayacucho del
ao 2015 559212
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Ordenanza N 013-2014-GRU-CR.- Crean el SistemaRegional de Atencin Integral de la Primera Infancia
559213Ordenanza N 024-2014-GRU/CR.- Declaran de intersprioritario la conservacin de la Laguna Encantada y surea de inluencia, en el distrito de Raymondi, provincia deAtalaya, en la Regin Ucayali 559215
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N 1898.- Modiican el Plano de Zoniicacindel distrito de Cieneguilla 559216
MUNICIPALIDAD
DE LURN
Acuerdo N 045-2015-ML.- Rechazan el Acuerdo deConcejo N 0142015MDP/C 559217
SEPARATA ESPECIAL
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Ordenanza N 0003-2015-GORE-ICA.- OrdenanzaRegional que modiica el Reglamento de Organizacin yFunciones - ROF del Gobierno Regional de Ica 559088
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559126 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Aprueban Lineamientos para laconstitucin y funcionamiento delVoluntariado en Emergencias yRehabilitacin - VER
RESOLUCIN MINISTERIALN 187-2015-PCM
Lima, 11 de agosto de 2015
VISTOS:
El Oficio N 1556-2015-INDECI/5.0 de la Jefatura delInstituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el InformeTcnico N 006-2015-INDECI/12.0 de la Direccin dePolticas, Planes y Evaluacin del Instituto Nacional deDefensa Civil - INDECI y el Informe N 021-2015-SGRD-PCM de la Secretara de Gestin del Riesgo de Desastresde la Presidencia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N 29664 - Ley que crea el SistemaNacional de Gestin del Riesgo de Desastres(SINAGERD), establece en el artculo 4, como uno de los
principios generales que rigen la Gestin del Riesgo deDesastres, el Principio de Participacin, que se sustentaen la capacidad inmediata de concentrar recursoshumanos y materiales que sean indispensables pararesolver las demandas en una zona afectada;
Que, asimismo, de acuerdo al artculo 4 de la Ley N29664, en atencin al Principio de Participacin, durantelas actividades, las entidades competentes velan ypromueven los canales y procedimientos de participacindel sector productivo privado y de la sociedad civil;intervencin que se realiza de forma organizada ydemocrtica;
Que, de conformidad con lo dispuesto en losliterales e) y f) del artculo 8 de la Ley N 29664, sonobjetivos del Sistema Nacional de Gestin del Riesgo deDesastres (SINAGERD), entre otros, la promocin de laparticipacin de diferentes actores locales, de la sociedadcivil y del sector privado en general, en la identificacinde prioridades y el desarrollo de acciones subsidiariaspertinentes; as como la articulacin de la Poltica Nacionalde Gestin del Riesgo de Desastres con otras polticas dedesarrollo a escala nacional e internacional;
Que, de acuerdo a los numerales 18.2 y 18.4 delartculo 18 de la Ley N 29664, todas las personasnaturales o jurdicas se encuentran facultadas paraorganizarse a nivel de organizaciones sociales y devoluntariado a fin de optimizar el cumplimiento desus actividades vinculadas a la Gestin del Riesgode Desastres; organizaciones que constituyen la basesocial de organismos tales como la Cruz Roja Peruana,
juntas vecinales, comits parroquiales, de instituciones
educativas y empresariales;Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) delartculo 13 de la Ley N 29664, y en los artculos 8y 9 del Reglamento de la Ley N 29664 que crea elSistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N048-2011-PCM, corresponde al Instituto Nacional deDefensa Civil INDECI, entre otras funciones, elaborarlos lineamientos para el desarrollo de los instrumentostcnicos que las entidades pblicas puedan utilizar parala planificacin, organizacin, ejecucin y seguimiento delas acciones de preparacin, respuesta y rehabilitacin;
Que, la Ley N 28238, Ley General del Voluntariado,en su artculo 2 define el voluntariado, como la labor oactividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita
y sin vnculos ni responsabilidades contractuales, quecomprende actividades de inters general para lapoblacin;
Que, de acuerdo a las disposiciones de la Ley N 29664y su Reglamento, el voluntariado en situacin de emergenciay rehabilitacin, es un mecanismo de la Gestin Reactiva delRiesgo de Desastres, cuyas actividades estn vinculadas alos procesos de Preparacin, Respuesta y Rehabilitacin,en las instancias del sector pblico, privado, sociedad civil y
organizaciones nacionales e internacionales;Que, asimismo, segn lo dispone el artculo 56 delReglamento de la Ley N 29664, el Instituto Nacionalde Defensa Civil INDECI, establecer el mecanismode voluntariado en emergencias y rehabilitacin, elcual incluir la incorporacin de criterios e indicadoresmnimos y organizacin de brigadistas para la gestin yactualizacin del voluntariado;
Que, en el marco de sus competencias y funciones, elInstituto Nacional de Defensa Civil INDECI, ha promovidola aprobacin de los Lineamientos para la constituciny funcionamiento del Voluntariado en Emergencias yRehabilitacin - VER, definiendo las caractersticas,organizacin y estructura del Voluntariado en Emergenciasy Rehabilitacin - VER, con el fin de establecer su
funcionamiento en los tres niveles de gobierno, teniendocomo base la propuesta del Comit Tcnico de dicha entidad;Estando a lo propuesto, y con la opinin favorable de
la Secretara de Gestin del Riesgo de Desastres;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,
Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 29664, Leyque crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo deDesastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobadomediante Decreto Supremo N 048-2011-PCM; y,el Reglamento de Organizacin y Funciones de laPresidencia del Consejo de Ministros, aprobado medianteDecreto Supremo N 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Aprobar los Lineamientos para laconstitucin y funcionamiento del Voluntariado enEmergencias y Rehabilitacin VER, que en Anexoforman parte de la presente resolucin ministerial.
Ar tculo 2.- El Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, es la entidad encargada de conducir, orientar ysupervisar el cumplimiento de los lineamientos aprobadospor la presente resolucin ministerial, as como absolverconsultas sobre los aspectos no contemplados, en elmbito de su competencia.
Ar tculo 3.- Disponer la publicacin de la presenteresolucin ministerial en el Diario Oficial El Peruano;adicionalmente, los Lineamientos para la constituciny funcionamiento del Voluntariado en Emergenciasy Rehabilitacin VER y su Exposicin de Motivos,sern publicados en los Portales Institucionales de la
Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), de la Secretara de Gestin del Riesgo de Desastres(sgrd.pcm.gob.pe) y del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI (www.indeci.gob.pe), el mismo da de lapublicacin de la presente resolucin en el Diario OficialEl Peruano.
Regstrese, comunquese y publquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros
1273500-1
Aprueban Lineamientos para la Formulaciny Aprobacin de Planes de Contingencia
RESOLUCIN MINISTERIALN 188-2015-PCM
Lima, 11 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 37.1 del artculo 37 del Reglamento dela Ley N 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestindel Riesgo de Desastres, aprobado por D.S. N 048-2011-PCM, dispone que el Plan Nacional de Gestin delRiesgo de Desastres tiene por objeto establecer las lneas
estratgicas, los objetivos y las acciones, de carcterplurianual necesarios para concretar lo establecido enla Ley y la Poltica Nacional de Gestin del Riesgo de
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559127NORMAS LEGALESJueves 13 de agosto de 2015
El Peruano
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Desastres; dicho Plan se articula con los instrumentos deplanificacin sectorial, regional y local, siendo alguno deellos los planes previstos en el artculo 39, numeral 39.1del citado Reglamento, entre los que se encuentran losPlanes de Contingencia;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.16
del artculo 2 del mencionado Reglamento, los Planesde Contingencia son los procedimientos especficospreestablecidos de coordinacin, alerta, movilizacin yrespuesta ante la ocurrencia o inminencia de un eventoparticular para el cual se tiene escenarios definidos, elmismo que se emite a nivel nacional, regional y local;
Que, el artculo 14 del Reglamento aprobado porDecreto Supremo N 048-2011-PCM prev que losMinistros, los Presidentes de Gobiernos Regionales y losAlcaldes, aseguran el desarrollo de adecuados canales decomunicacin y construyen sus herramientas de gestinpara que los lineamientos de poltica sectorial y las accionesoperativas en materia de Gestin de Riesgo de Desastres, seejecuten oportuna y coherentemente; sus responsabilidades,competencias y actividades se materializan conforme a sus
respectivos Planes de Contingencia, entre otros planessectoriales; dicha obligacin alcanza a las empresas delEstado, a los operadores de concesiones pblicas, a losorganismos reguladores, a las Fuerzas Armadas y PolicaNacional del Per, segn lo previsto en el numeral 34.3 delartculo 34, y el numeral 39.1 del artculo 39 del mencionadoReglamento y el numeral 17.3 del artculo 17 de la Ley N29664, respectivamente;
Que, conforme a lo establecido en el inciso e) del artculo13 de la Ley N 29664, Ley que crea el Sistema Nacionalde Gestin del Riesgo de Desastres (SINAGERD), elInstituto Nacional de Defensa Civil - INDECI tiene entresus funciones, elaborar los lineamientos para el desarrollode los instrumentos tcnicos que las entidades pblicaspuedan utilizar para la planificacin, organizacin,ejecucin y seguimiento de las acciones de preparacin,respuesta y rehabilitacin;
Que, el INDECI, dando cumplimiento a lo normado enel numeral 9.1 del artculo 9 del Reglamento aprobadopor Decreto Supremo N 048-2011-PCM, ha propuestola normativa necesaria con el fin de fortalecer lapreparacin de los integrantes del SINAGERD, a travsde Lineamientos que permitan formular y aprobar losPlanes de Contingencia a nivel nacional, regional y local;en tal sentido, con la finalidad de regular eficientementesus contenidos, resulta necesario aprobarla;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) delartculo 125 de la Constitucin Poltica del Per y el artculo19 de la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo;la Ley N 29664, Ley que crea el Sistema Nacional deGestin del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organizacin y Funciones de laPresidencia del Consejo de Ministros, aprobado medianteDecreto Supremo N 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Aprobar los Lineamientos para laFormulacin y Aprobacin de Planes de Contingencia,que en Anexo forman parte integrante de la presenteResolucin Ministerial.
Artculo 2.-El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI),es la entidad encargada de promover, seguir y supervisar elcumplimiento de los Lineamientos aprobados por la presenteResolucin, as como absolver consultas sobre los aspectos
no contemplados, en el mbito de su competencia.Ar tculo 3.- Disponer la publicacin de la presenteResolucin Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.Adicionalmente, los Lineamientos para la Formulacin yAprobacin de Planes de Contingencia, sern publicadosen el portal de la Presidencia del Consejo de Ministros(www.pcm.gob.pe) y en el portal del Instituto Nacionalde Defensa Civil -INDECI (www.indeci.gob.pe) el mismoda de la publicacin de la presente resolucin en elDiario Oficial El Peruano, conforme a lo establecido en laResolucin Ministerial N 153-2015-PCM.
Regstrese, comunquese y publquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros1273500-2
Disponen inscripcin de la MancomunidadMunicipal San Pablo de Chalaques- Cajamarca, en el Registro deMancomunidades Municipales
RESOLUCIN DE SECRETARA DEDESCENTRALIZACIN
N 029-2015-PCM/SD
Lima, 10 de agosto de 2015
VISTOS:
Los oficios N 002-2015-MMSPCH-PD y N004-2015-MMSPCH-PD; el Informe Tcnico de Viabilidad;la Ordenanza Municipal N 003-2015-A/MDSB de laMunicipalidad Distrital de San Bernardino; la OrdenanzaMunicipal N 001-2015-A/MPSP de la MunicipalidadProvincial de San Pablo; el Acta de Constitucin y el
Estatuto de la Mancomunidad Municipal San Pablo deChalaques - Cajamarca; el Oficio N 1016-2015-PCM/SD y los Informes N 075-2015PCM/SD-OGI-MIRA y N019-2015PCM/SD-OGI-IJTY; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N 29029, Ley de la MancomunidadMunicipal, modificada por la Ley N 29341, en el artculo2, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdovoluntario de dos (2) o ms municipalidades, colindanteso no, que se unen para la prestacin conjunta de serviciosy la ejecucin de obras, promoviendo el desarrollo local,la participacin ciudadana y el mejoramiento de la calidadde servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artculo 5, seala quela inscripcin en el Registro de MancomunidadesMunicipales otorga personera jurdica de derecho pblicoa la mancomunidad municipal;
Que, el artculo 11 del Reglamento de la Ley de laMancomunidad Municipal, aprobado mediante DecretoSupremo N 046-2010-PCM, establece el procedimientode constitucin de la mancomunidad municipal;
Que, mediante Resolucin de Secretara deDescentralizacin N 228-2010-PCM/SD se dispusoadecuar el Registro de Mancomunidades Municipalesa lo previsto en la Ley N 29341 y en el Reglamento dela Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobndose elnuevo Reglamento del Registro de MancomunidadesMunicipales;
Que, mediante el Oficio N 002-2015-MMSPCH-PD, elseor alcalde de la Municipalidad Provincial de San Pabloy presidente de la Mancomunidad Municipal San Pablode Chalaques - Cajamarca solicita la inscripcin de sta,en el Registro de Mancomunidades Municipales. EstaMancomunidad Municipal la integran la MunicipalidadProvincial de San Pablo y la Municipalidad Distrital deSan Bernardino de la Provincia de San Pablo, en elDepartamento de Cajamarca;
Que, por Oficio N 1016-2015-PCM/SD la Secretarade Descentralizacin remite el Informe N 075-2015-PCM/SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al trmitede inscripcin de la Mancomunidad Municipal San Pablode Chalaques - Cajamarca;
Que, mediante el Oficio N 004-2015-MMSPCH-PD,el alcalde de la Municipalidad Provincial de San Pablo y
presidente de la Mancomunidad Municipal San Pablo deChalaques - Cajamarca presenta los documentos parasubsanar las observaciones al trmite de inscripcin deconstitucin;
Que, el Informe Tcnico de Viabilidad de Vistoscontiene informacin sobre: Diagnstico: institucional,social y demogrfico; Gestin estratgica: visin,misin, valores, mbito territorial, objeto, objetivos yhorizonte de planeamiento; Gestin descentralizada:estructura orgnica, competencias y funciones, provisinde personal y desarrollo de capacidades, recursos, yrelaciones de coordinacin, cooperacin y colaboracin;y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento yconsolidacin institucional, desarrollo econmico local,capacidad de gestin y evaluacin;
Que, el Estatuto seala como objeto de laMancomunidad Municipal: a) Mejoramiento y rehabilitacinde infraestructura vial, b) Mejoramiento o ampliacin de
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servicios educativos, c) Fomento del turismo, la inversinprivada y la competitividad productiva y d) Construccin,mejoramiento o ampliacin de sistemas de riego;
Que, en el mbito de las funciones, el Estatutoestablece como delegacin de funciones especficasexclusivas: a) Concertar con instituciones del sector
pblico y privado de su jurisdiccin sobre la elaboraciny ejecucin de programas y proyectos que favorezcanel desarrollo econmico del distrito; b) Promoverlas condiciones favorables para la productividad ycompetitividad de las zonas urbanas y rurales deldistrito, c) Fortalecer y desarrollar cadenas productivasy conglomerados, de conformidad a lo establecido enla Ley N 28846 y d) Ejecutar iniciativas de apoyo a lacompetitividad productiva, de acuerdo a lo sealado enla Ley N 29337, y su Reglamento, aprobado medianteDecreto Supremo N 103-2012-EF. Adicionalmente, comodelegacin de funciones especficas compartidas: a)Ejecutar directamente o proveer la ejecucin de proyectos,de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento delobjeto de la mancomunidad municipal, en coordinacin
con la municipalidad provincial respectiva, y organismosregionales y nacionales competentes, b) Mejorar,rehabilitar y equipar obras de infraestructura hidrulicaque tengan por objeto lograr la reduccin de prdidasvolumtricas de agua, el aprovechamiento eficiente y laconservacin de los recursos hdricos en la infraestructurahidrulica pblica, c) Fomentar el turismo sostenible yregular los servicios destinados a ese fin, en cooperacincon las entidades competentes y d) Construir, equipar ymantener la infraestructura de los locales educativos desu jurisdiccin de acuerdo al Plan de Desarrollo RegionalConcertado y al presupuesto que se le asigne;
Que, finalmente, el Estatuto de la MancomunidadMunicipal San Pablo de Chalaques - Cajamarca,contiene informacin sobre domicilio, mbito territorial,rganos directivos, recursos, plazo de duracinindefinida, disposiciones para garantizar la participacinciudadana, condiciones para la adhesin y separacinde municipalidades, requisitos para su modificacin, y lasreglas para la disposicin de bienes en caso de disolucin;
Que, mediante el Acta de Vistos, se acord laconstitucin de la Mancomunidad Municipal San Pablode Chalaques - Cajamarca, la aprobacin de su Estatutoy la designacin del Presidente del Consejo Directivo y delGerente General;
Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, laMunicipalidad Provincial de San Pablo y la MunicipalidadDistrital de San Bernardino aprueban la constitucin dela Mancomunidad Municipal San Pablo de Chalaques- Cajamarca; ratificando el contenido del Acta deConstitucin y el Estatuto, y la designacin del Presidente
del Consejo Directivo y del Gerente General;Que, acorde con el Informe N 019-2015PCM/
SD-OGI-IJTY, se concluye que se han subsanado lasobservaciones al trmite de inscripcin y que en laelaboracin de los documentos presentados para lainscripcin del acto constitutivo se ha cumplido con elprocedimiento establecido en el artculo 11 del Reglamentode la Ley y en el artculo 6 del Reglamento del Registro;debiendo procederse a la emisin de la Resolucinde Secretara de Descentralizacin, que dispone lainscripcin de la constitucin de la MancomunidadMunicipal San Pablo de Chalaques-Cajamarca, en elRegistro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N 29029,Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley
N 29341; el Reglamento de la Ley de la MancomunidadMunicipal aprobado por Decreto Supremo N 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de MancomunidadesMunicipales aprobado por Resolucin de Secretarade Descentralizacin N 228-2010-PCM/SD; y en usode las atribuciones dispuestas por el Reglamento deOrganizacin y Funciones de la Presidencia del Consejode Ministros, aprobado por Decreto Supremo N 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Formal izac in de Inscr ipcin de laMancomunidad Municipal
Inscribir en el Registro de Mancomunidades
Municipales a la Mancomunidad Municipal San Pablo deChalaques - Cajamarca; integrada por la MunicipalidadProvincial de San Pablo y la Municipalidad Distrital de
San Bernardino de la Provincia de San Pablo, en elDepartamento de Cajamarca; reconocindosele, a partirde dicho acto, la condicin de persona jurdica de derechopblico, como entidad pblica.
Ar tculo 2.- Reconoc imiento del Consejo Direct ivo
Reconocer al Consejo Directivo de la MancomunidadMunicipal San Pablo de Chalaques - Cajamarca, comosigue:
- Presidente: Leonardo Cabanillas Merlo, alcalde de laMunicipalidad Provincial de San Pablo,
- Director: Wilmer Vargas Pompa, alcalde de laMunicipalidad Distrital de San Bernardino.
Ar tculo 3.- Regis tro de AnexosInscribir el Informe Tcnico de Viabilidad, el Estatuto,
el Acta de Constitucin y las Ordenanzas Municipales queaprueban la Constitucin de la Mancomunidad MunicipalSan Pablo de Chalaques - Cajamarca, en el Registro deMancomunidades Municipales.
Ar tculo 4.- Publ icacinDisponer la publicacin de la presente Resolucin
de Secretara de Descentralizacin en el Diario OficialEl Peruano, y en la pgina web de la Presidencia delConsejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.
Ar tculo 5.- VigenciaLa presente Resolucin rige a partir del da siguiente
de su publicacin en el Diario Oficial El Peruano.
Regstrese, comunquese y publquese.
MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINISecretaria de Descentralizacin
1273438-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban estudio denominadoIdentiicacin de Poblaciones Vulnerablespor activacin de Quebradas 2015 -2016
RESOLUCIN JEFATURALN 210 -2015-ANA
Lima, 11 de agosto de 2015
VISTO
El Informe N 005-2015-ANA-DEPHM-JSQR, defecha 07 de agosto de 2015, y el estudio Identificacinde poblaciones vulnerables por activacin de quebradas2015 - 2016, ambos del Director (e) de Estudios deProyectos Multisectoriales Hidrulicos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artculo 14 de la Ley N 29338, Ley de RecursosHdricos establece que la Autoridad Nacional del Agua, esel ente rector y la mxima autoridad tcnico-normativa delSistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos;
Que, conforme al artculo 119 de la precitada ley,la Autoridad Nacional del Agua fomenta programasintegrales de control de avenidas, desastres naturaleso artificiales y prevencin de daos por inundacioneso por otros impactos del agua y sus bienes asociados,promoviendo la coordinacin de acciones estructurales,institucionales y operativas necesarias;
Que, bajo este contexto, la Direccin de Estudios yProyectos Hidrulicos Multisectoriales de la AutoridadNacional del Agua, elabor el estudio del Visto, quetiene por objetivo identificar poblaciones vulnerablesante la activacin de quebradas en poca de lluviasextremas, la cual pretende ser un instrumento de gestinpara los gobiernos regionales, locales y dems sectorespara la reduccin de riesgos por eventos extremos
hidrometeorolgicos;Que, el citado estudio comprende 21 departamentos,seala que las regiones de Tumbes, Piura, Lima,
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El Peruano
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Arequipa y Apurmac concentran la mayor poblacinen alto riesgo por activacin de quebradas. En total haidentificado 563 centros poblados altamente vulnerablesy 22,691 personas en riesgo de sufrir daos personalesy materiales de manera directa cuyas viviendas (53,220)se encuentran en alto riesgo ante la presencia de eventos
extremos hidrometeorolgicos;Que, asimismo, mediante el Informe del Visto, elDirector (e) de Estudios de Proyectos MultisectorialesHidrulicos, recomienda entre otras acciones, realizartrabajos de limpieza y descolmatacin en los cauces;sensibilizar e implementar sistemas de alerta temprana;ubicar rutas de escape y lugares de refugio; ejecutarestructuras temporales de proteccin en los lugares demayor riesgo, trabajos que deben ser prioridad de losgobiernos regionales y locales;
Que, debido a la posibilidad de la presencia delFenmeno El Nio o lluvias extremas para el periodo2015 2016, es importante tomar acciones inmediataspara reducir los efectos negativos de estos eventos enla poblacin asentada en las riberas y cauces de las
quebradas, por lo que resulta necesario aprobar el estudioIdentificacin de poblaciones vulnerables por activacinde quebradas 2015 - 2016 como instrumento quepromueve y orienta las acciones de prevencin a cargode los gobiernos regionales y locales;
Con la Conformidad de la Direccin de Estudios yProyectos Hidrulicos Multisectoriales, los vistos de laOficina de Asesora Jurdica y Secretara General y enuso de las facultades conferidas por el artculo 11 delReglamento de Organizacin y Funciones de la AutoridadNacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N 06-2010.AG.
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Aprobacin.Aprobar el estudio denominado Identificacin de
Poblaciones Vulnerables por activacin de Quebradas2015 2016, como instrumento de gestin servir paraorientar las acciones de los gobiernos regionales, localesy dems entidades del Sistema Nacional de Gestinde Recursos Hdricos, para la reduccin de riesgos poreventos extremos hidrometeorolgicos.
Ar tculo 2.- Difus in.Encargar a las Direcciones de Estudios de Proyectos
Hidrulicos Multisectoriales y de Gestin del Conocimientoy Coordinacin Interinstitucional la difusin del estudioque es materia de aprobacin.
Ar tculo 3.- Publ icacin.
Disponer la Publicacin del estudio Identifi
cacinde poblaciones vulnerables por activacin de quebradas2015 - 2016 en la pgina web de la Autoridad Nacionaldel Agua.
Regstrese, comunquese y publquese
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTERJefeAutoridad Nacional del Agua
1273427-1
AMBIENTE
Aprueban Lineamientos de Poltica deInversin Pblica en materia de DiversidadBiolgica y Servicios Ecosistmicos 2015 -2021
RESOLUCIN MINISTERIALN 199-2015-MINAM
Lima, 11 de agosto de 2015
Visto; los Memorandos N 438 y 439-2015/MINAM/DVMDERN de 20 de julio de 2015, del Viceministerio
de Desarrollo Estratgico de los Recursos Naturales; elInforme N 178-2015-MINAM/DVMDERN/DGDB de 16de julio de 2015, de la Direccin General de Diversidad
Biolgica; el Informe N 072-2015-MINAM/DVMDERN/DGEVFPN de 16 de julio de 2015, de la Direccin Generalde Evaluacin, Valoracin y Financiamiento del PatrimonioNatural; el Memorando N 588-2015-MINAM/SG/OPPde 31 de julio de 2015, de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto; y dems antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artculo 68 de la Constitucin Poltica delPer establece que es obligacin del Estado promoverla conservacin de la diversidad biolgica y de las reasnaturales protegidas;
Que, mediante Decreto Legislativo N 1013 seaprob la Ley de Creacin, Organizacin y Funcionesdel Ministerio del Ambiente MINAM , cuyo objetivo es laconservacin del ambiente, de modo tal que se propicie yasegure el uso sostenible, responsable, racional y tico delos recursos naturales y del medio que los sustenta, quepermita contribuir al desarrollo integral social, econmicoy cultural de la persona humana, en permanente armona
con su entorno y as asegurar a las presentes y futurasgeneraciones el derecho a gozar de un ambienteequilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida;
Que, el literal a) del numeral 6.2 del artculo 6 delprecitado Decreto Legislativo N 1013, establece quees funcin tcnico-normativa del Ministerio del Ambienteaprobar las disposiciones normativas de su competencia;
Que, en ese mismo sentido, el Reglamento deOrganizacin y Funciones del Ministerio del Ambiente,aprobado por Decreto Supremo N 007-2008-MINAM,prev en su artculo 3 numeral 3.2 literal a), que elMinisterio del Ambiente tiene entre sus funciones tcnico-normativas, formular propuestas y aprobar lineamientos,normas, directivas, planes, programas, proyectos,estrategias e instrumentos de gestin ambiental en lasmaterias de su competencia;
Que, la Poltica Nacional del Ambiente, aprobada porDecreto Supremo N 012-2009-MINAM, establece comoObjetivos 1 y 9 del Eje de Poltica 1 sobre la Conservaciny aprovechamiento sostenible de los recursos naturalesy de la diversidad biolgica, conservar y aprovecharsosteniblemente la diversidad biolgica, los recursosnaturales renovables y no renovables del pas, as comolograr la implementacin de instrumentos de evaluacin,valoracin y financiamiento para la conservacin delos recursos naturales, diversidad biolgica y serviciosambientales en el pas;
Que, la Ley N 30215, Ley de Mecanismos deRetribucin por Servicios Ecosistmicos estableceen el literal b) de su artculo 3 que los serviciosecosistmicos constituyen patrimonio de la nacin;
siendo responsabilidad del Estado, promover la inversinpblica y privada en la conservacin, recuperacin y usosostenible de las fuentes de los mismos, de conformidadcon lo que seala el literal a) del artculo 11 de la acotadaLey;
Que, la Estrategia Nacional de Diversidad Biolgicaal 2021 y su Plan de Accin 2014-2018, aprobados porDecreto Supremo N 009-2014-MINAM, han identificadoseis (06) Objetivos Estratgicos orientados a laconservacin y uso sostenible de la diversidad biolgica,estableciendo como Objetivos Estratgicos 1 y 3: mejorarel estado de la biodiversidad y mantener la integridad delos servicios ecosistmicos que brinda, as como reducir lapresiones directas e indirectas para la diversidad biolgicay sus procesos ecosistmicos, respectivamente, cuyas
metas requieren de financiamiento e inversin pblica;Que, en el Per los recursos de la diversidad biolgicaconstituyen uno de los recursos estratgicos para eldesarrollo del pas, sin embargo, actualmente enfrentamosdiversas causas de prdida de diversidad biolgica comola deforestacin, explotacin de especies, degradacinde ecosistemas y los impactos del cambio climtico,por lo que es necesario mejorar la conservacin y usosostenible de la diversidad biolgica y de los serviciosecosistmicos, promoviendo el desarrollo de instrumentosde financiamiento e inversin que coadyuven a logrardicho objetivo;
Que, en este contexto, el Viceministerio de DesarrolloEstratgico de los Recursos Naturales, a travs de lasDirecciones Generales de Diversidad Biolgica y de
Evaluacin, Valoracin y Financiamiento del PatrimonioNatural, en coordinacin con la Oficina de Planeamientoy Presupuesto, han formulado una propuesta de
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Lineamientos de Poltica de Inversin Pblica en materiade Diversidad Biolgica y Servicios Ecosistmicos 2015-2021, la misma que cuenta con la conformidad de laDireccin General de Inversin Pblica del Ministerio deEconoma y Finanzas, conforme se advierte del Oficio N2647-2015-EF/63.01 de 17 de junio de 2015;
Que, los referidos lineamientos tienen porobjetivo general promover la inversin pblica para laconservacin y uso sostenible de la diversidad biolgica yde los servicios ecosistmicos a fin de alcanzar el mayorbienestar social del pas;
Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el actoresolutivo que apruebe los Lineamientos de Poltica deInversin Pblica en materia de Diversidad Biolgica yServicios Ecosistmicos 2015-2021;
Con el visado del Viceministerio de DesarrolloEstratgico de los Recursos Naturales, de la SecretaraGeneral, de la Direccin General de Diversidad Biolgica,de la Direccin General de Evaluacin, Valoracin yFinanciamiento del Patrimonio Natural, de la Oficina dePlaneamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesora
Jurdica; y,De conformidad con lo establecido en el DecretoLegislativo N 1013, Ley de Creacin, Organizacin yFunciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N 30215,Ley de Mecanismos de Retribucin por ServiciosEcosistmicos; el Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio del Ambiente, aprobado porDecreto Supremo N 007-2008-MINAM; la PolticaNacional del Ambiente aprobada por Decreto SupremoN 012-2009-MINAM; y la Estrategia Nacional deDiversidad Biolgica al 2021 y su Plan de Accin2014-2018, aprobados por Decreto Supremo N009-2014-MINAM;
SE RESUELVE:
Artculo 1.- Aprobar los Lineamientos de Poltica deInversin Pblica en materia de Diversidad Biolgica yServicios Ecosistmicos 2015-2021, que como Anexoforma parte integrante de la presente resolucin.
Ar tculo 2.- La presente resolucin ser publicadaen el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se hacereferencia en el artculo precedente ser publicado enel Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente(www.minam.gob.pe) y en el Portal del Estado del EstadoPeruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha depublicacin de la presente resolucin en el Diario OficialEl Peruano.
Regstrese, comunquese y publquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORAMinistro del Ambiente
1273395-1
Aprueban disposiciones complementariasal Reglamento Nacional para la Gestiny Manejo de los Residuos de AparatosElctricos y Electrnicos
RESOLUCIN MINISTERIALN 200-2015-MINAM
Lima, 11 de agosto de 2015
Visto, el Memorando N 290-2015-MINAM/VMGAdel Viceministerio de Gestin Ambiental; as como elInforme Tcnico N 227-2015-MINAM/VMGA/DGCAde la Direccin General de Calidad Ambiental, y demsantecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del artculo 4 de la Ley N 27314,Ley General de Residuos Slidos, modificado por DecretoLegislativo N 1065, establece como un lineamientode poltica para la gestin de los residuos slidos, elestablecimiento de un sistema de responsabilidadcompartida y de manejo integral de los residuos slidos,desde su generacin hasta su disposicin final, a fin de
evitar situaciones de riesgo e impactos negativos en lasalud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidastcnicamente necesarias para el manejo adecuadode los residuos slidos peligrosos. Este sistemacomprender, entre otros, la responsabilidad extendidade las empresas que producen, importan y comercializan
bienes de consumo masivo y que, consecuentemente,contribuyen a la generacin de residuos en una cantidadimportante o con caractersticas de peligrosidad;
Que, el Decreto Legislativo N 1013, que aprueba laLey de Creacin, Organizacin y Funciones del Ministeriodel Ambiente seala como su funcin general el disear,establecer, ejecutar y supervisar la poltica nacional ysectorial ambiental, asumiendo la rectora con respectoa ella;
Asimismo, segn el literal k) del artculo 7 delmencionado Decreto Legislativo, tiene como una de susfunciones especficas, promover y coordinar la adecuadagestin de los residuos slidos, la proteccin de la calidaddel aire y el control del ruido y de las radiaciones noionizantes;
Que, mediante Decreto Supremo N 001-2012-MINAM,se aprob el Reglamento Nacional para la Gestiny Manejo de los Residuos de Aparatos Elctricos yElectrnicos, teniendo en consideracin que los aparatoselctricos y electrnicos son bienes de consumo masivoen el pas, con tendencia a un crecimiento significativo,lo que implica la generacin de residuos de aparatoselctricos y electrnicos (RAEE) cuyo manejo no siemprees el adecuado, constituyndose en un riesgo para lasalud de las personas y para el ambiente;
Que, la Quinta Disposicin Complementaria Finaly Transitoria del citado reglamento, determina que elMinisterio del Ambiente queda facultado para dictar lasdisposiciones complementarias que sean necesarias para
su mejor aplicacin;Que, en ese sentido, la Direccin General de CalidadAmbiental ha propuesto un conjunto de disposicionesque regulan la meta anual de manejo de RAEE contenidaen los planes de manejo, la presentacin de planes demanejo de RAEE para categoras adicionales de aparatoselctricos y electrnicos (AEE), y la temporalidad para lapresentacin de la declaracin anual de productores deAEE y operadores de RAEE;
Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamentosobre Transparencia, Acceso a la Informacin PblicaAmbiental y Participacin y Consulta Ciudadana enAsuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N002-2009-MINAM, la propuesta normativa fue sometidaa consulta, recibiendo aportes y comentarios; por lo que,
corresponde emitir el presente acto resolutivo;Con el visado del Viceministerio de Gestin Ambiental,la Secretara General, la Direccin General de CalidadAmbiental y la Oficina de Asesora Jurdica;
De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo N 1013, Ley de Creacin, Organizacin yFunciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto SupremoN 001-2012-MINAM, que aprueba el ReglamentoNacional para la Gestin y Manejo de los Residuos deAparatos Elctricos y Electrnicos; y el Decreto SupremoN 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento deOrganizacin y Funciones del Ministerio del Ambiente.
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Aprobac in de DisposicionesComplementarias
Aprobar las disposiciones complementarias alReglamento Nacional para la Gestin y Manejo delos Residuos de Aparatos Elctricos y Electrnicos,emitido por Decreto Supremo N 001-2012-MINAM,especficamente en lo que respecta a la presentacinde planes de manejo de RAEE, a la meta anual demanejo de RAEE contenida en los planes de manejo y latemporalidad para la presentacin de la declaracin anualde productores de AEE y operadores de RAEE.
Ar tculo 2.- Presentac in de Planes de Manejo deRAEE
2.1 Los productores de los AEE correspondientes alas categoras grandes electrodomsticos, pequeos
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El Peruano
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electrodomsticos, aparatos de alumbrado,herramientas elctricas y electrnicas, jugueteso equipos deportivos y de tiempo libre, aparatosmdicos (excepto todos los productos implantadose infectados), instrumentos de vigilancia y controly mquinas expendedoras, sealados en el Anexo
2 del Reglamento Nacional para la Gestin y Manejode los Residuos de Aparatos Elctricos y Electrnicos,debern presentar ante el Ministerio de la Produccinel Plan de Manejo de RAEE, en un plazo no mayor dedoce (12) meses contados a partir de la aprobacin dela presente norma.
2.2 El Ministerio de la Produccin podr solicitar, deser el caso, la opinin tcnica previa de otra autoridadcompetente, la misma que se tendr en consideracinpara la evaluacin del Plan de Manejo de RAEE.
Ar tculo 3.- Meta Anual de Manejo de RAEE
3.1 La meta anual de manejo de RAEE para lascategoras equipos de informtica y telecomunicacionesy aparatos electrnicos de consumo, sealadas enel Anexo 2 del Reglamento Nacional para la Gestiny Manejo de los Residuos de Aparatos Elctricos yElectrnicos, para el primer ao de implementacin delplan de manejo, ser un porcentaje no menor al 4% dela cantidad de AEE establecida como lnea base (enunidades de peso).
La meta anual de manejo de RAEE para los aossiguientes ser un porcentaje de la cantidad de AEEestablecida como lnea base, segn el siguiente detalle:7% el segundo ao, 10% el tercer ao, 13% el cuarto ao,16% el quinto ao.
Los planes de manejo de las citadas categoras,que fueron presentados a la autoridad competente
respectiva, debern ser actualizados considerandolos porcentajes antes sealados. La mencionadaactualizacin deber ser presentada en un plazono mayor de seis (06) meses contados a partir de laaprobacin de la presente norma.
3.2 La meta anual de manejo de RAEE para las demscategoras sealadas en el Anexo 2 del ReglamentoNacional para la Gestin y Manejo de los Residuos deAparatos Elctricos y Electrnicos, para el primer ao deimplementacin del plan de manejo, ser un porcentajede valor voluntario de la cantidad de AEE establecidacomo lnea base (en unidades de peso).
3.3 La lnea base es el promedio anual fabricado oimportado en los ltimos tres (03) aos, considerandoun factor de correccin de 10% menos por empaque. En
caso de los productores de AEE que no tengan ms detres (03) aos operando en el pas, se tendr como lneabase al promedio de los meses o aos de operacin o laproyeccin del primer ao.
3.4 Las metas anuales de manejo de RAEE noestablecidas en los prrafos precedentes serndeterminadas por el Ministerio del Ambiente.
Art culo 4.- Presentacin de las decl aracionesanuales de productores de AEE y operadores deRAEE
Las declaraciones anuales de los productores de AEEy operadores de RAEE, establecidas en los artculo 13y 15 del Reglamento Nacional para la Gestin y Manejo
de los Residuos de Aparatos Elctricos y Electrnicos,respectivamente, debern ser presentadas en formatodigital a la autoridad competente hasta el ltimo da hbildel mes de enero de cada ao.
Ar tculo 5.- Publ icacinDisponer la publicacin de la presente Resolucin
Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, as como enel Portal de Transparencia Estndar del Ministerio delAmbiente.
Regstrese, comunquese y publquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORA
Ministro del Ambiente1273395-2
Designan Coordinador de Seguimientoy Evaluacin del Programa Presupuestal0035 Gestin Sostenible de los RecursosNaturales y de la Diversidad Biolgica
del Pliego 005: Ministerio del Ambiente -MINAM
RESOLUCIN MINISTERIALN 201-2015-MINAM
Lima, 11 de agosto de 2015
Visto; el Informe N 285-2015-MINAM/SG-OPP de31 de julio de 2015, de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto del Ministerio del Ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucin Directoral N 002-2015-EF/50.01, se aprob la Directiva N 0001-2015-EF/50.01 Directiva para los ProgramasPresupuestales en el marco de la Programacin yFormulacin del Presupuesto del Sector Pblico parael ao fiscal 2016, y sus Anexos;
Que, de acuerdo al literal e) del artculo 8 de laprecitada Directiva, el Coordinador de Seguimiento yEvaluacin del Programa Presupuestal es designadomediante resolucin del titular de la entidad que tiene acargo el Programa Presupuestal;
Que, mediante el artculo 2 numeral 1 de la ResolucinMinisterial N 055-2015-MINAM de 19 de marzo de2015, se design como Coordinador de Seguimiento yEvaluacin del Programa Presupuestal 0035 GestinSostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad
Biolgica al Especialista en Planeamiento de la Oficinade Planeamiento y Presupuesto, Angel Alfonso ChvezMartell;
Que, mediante documento de visto, la Oficinade Planeamiento y Presupuesto, ha consideradopor razones de necesidad del servicio, proponer ladesignacin del seor Luis Daniel Kanda Morita,Especialista en Planeamiento de dicho rgano deasesoramiento, como Coordinador de Seguimiento yEvaluacin del Programa Presupuestal 0035 GestinSostenible de los Recursos Naturales y de la DiversidadBiolgica, en reemplazo del seor Angel AlfonsoChvez Martell; por lo que, corresponde emitir el actoresolutivo correspondiente;
Con la visacin de la Secretara General, la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de AsesoraJurdica, y;
De conformidad con lo establecido en el DecretoLegislativo N 1013, Ley de Creacin, Organizaciny Funciones del Ministerio del Ambiente; el DecretoSupremo N 007-2008-MINAM que aprueba suReglamento de Organizacin y Funciones; y la DirectivaN 0001-2015-EF/50.01 Directiva para los ProgramasPresupuestales en el marco de la Programacin yFormulacin del Presupuesto del Sector Pblico para elao fiscal 2016, aprobada por Resolucin Directoral N002-2015-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Dar por concluida la designacin delseor Angel Alfonso Chvez Martell, Especialistaen Planeamiento de la Oficina de Planeamientoy Presupuesto del Ministerio del Ambiente, comoCoordinador de Seguimiento y Evaluacin del ProgramaPresupuestal 0035 Gestin Sostenible de los RecursosNaturales y de la Diversidad Biolgica del Pliego 005:Ministerio del Ambiente MINAM.
Artculo 2.- Designar al seor Luis Daniel KandaMorita, Especialista en Planeamiento de la Oficinade Planeamiento y Presupuesto del Ministeriodel Ambiente, como Coordinador de Seguimientoy Evaluacin del Programa Presupuestal 0035Gestin Sostenible de los Recursos Naturales y dela Diversidad Biolgica del Pliego 005: Ministerio del
Ambiente MINAM.Ar tculo 3.- Transcribir la presente resolucin a laOficina de Planeamiento y Presupuesto.
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559132 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano
Artculo 4.- Disponer la publicacin de la presenteresolucin en el Diario Oficial El Peruano y en elPortal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.
Regstrese, comunquese y publquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORAMinistro del Ambiente
1273395-3
DEFENSA
Autorizan ingreso de personal militar deEE.UU. al territorio de la Repblica
RESOLUCIN MINISTERIALN 718-2015-DE/SG
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsmil (DSD) N 520 del 22 de julio de2015, la Encargada de la Direccin de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorizacin para el ingreso de personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica, sin armas deguerra;
Que, con Oficio N 3155 CCFFAA/SG/CIOEC, del 5de agosto de 2015, el Secretario General del ComandoConjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinin favorable
para el ingreso al pas del personal militar de los EstadosUnidos de Amrica;Que, el referido personal militar ingresar a
territorio de la Repblica del 13 de agosto al 5 dediciembre de 2015, con la finalidad que se renancon los miembros del Comando de Inteligencia yOperaciones Especiales Conjuntas de las FuerzasAmadas del Per;
Que, el artculo 5 de la Ley N 278561, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, establece que el ingreso de personal militarextranjero sin armas de guerra para realizar actividadesrelacionadas a las medidas de fomento de la confianza,actividades de asistencia cvica, de planeamiento
de futuros ejercicios militares, de instruccin oentrenamiento con personal de las Fuerzas ArmadasPeruanas o para realizar visitas de coordinacin oprotocolares con autoridades militares y/o del EstadoPeruano es autorizado por el Ministro de Defensamediante Resolucin Ministerial, con conocimientodel Presidente del Consejo de Ministros, quien dacuenta al Congreso de la Repblica por escrito en unplazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin dela resolucin, bajo responsabilidad. La ResolucinMinisterial de autorizacin debe especificar losmotivos, la cantidad de personal militar, la relacin deequipos transentes y el tiempo de permanencia en elterritorio peruano. En los casos en que corresponda sesolicitar la opinin previa del Ministerio de Relaciones
Exteriores; y,Estando a lo opinado por la Secretara General
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y deconformidad con la Ley N 27856, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, a dos (02) militares delos Estados Unidos de Amrica, del 13 de agosto al 05 dediciembre de 2015, con la finalidad que participen en unareunin con los miembros del Comando de Inteligenciay Operaciones Especiales Conjuntas de las FuerzasArmadas del Per.
Ar tculo 2.-Poner en conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros la presente resolucin, a fin que dcuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que se
contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.
Regstrese, comunquese y publquese.
JAKKE VALAKIVI LVAREZ
Ministro de Defensa
1 Modificada por el artculo nico de la Ley N 28899 y por el artculo nico dela Ley N 30209.
1273413-1
RESOLUCIN MINISTERIALN 719-2015-DE/SG
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsmil (DSD) N 521 del 22 de julio de2015, la Encargada de la Direccin de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorizacin para el ingreso de personalmilitar de los Estados Unidos de Amrica, sin armas deguerra;
Que, con Oficio N 3156 CCFFAA/SG/CIOEC, del 5de agosto de 2015, el Secretario General del ComandoConjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinin favorablepara el ingreso al pas del personal militar de los EstadosUnidos de Amrica;
Que, el referido personal militar ingresar aterritorio de la Repblica del 15 de agosto al 16 de
diciembre de 2015, con la finalidad que se renancon los miembros del Comando de Inteligencia yOperaciones Especiales Conjuntas de las FuerzasAmadas del Per;
Que, el artculo 5 de la Ley N 278561, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, establece que el ingreso de personal militarextranjero sin armas de guerra para realizar actividadesrelacionadas a las medidas de fomento de la confianza,actividades de asistencia cvica, de planeamientode futuros ejercicios militares, de instruccin oentrenamiento con personal de las Fuerzas ArmadasPeruanas o para realizar visitas de coordinacin oprotocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensamediante Resolucin Ministerial, con conocimientodel Presidente del Consejo de Ministros, quien dacuenta al Congreso de la Repblica por escrito en unplazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin dela resolucin, bajo responsabilidad. La ResolucinMinisterial de autorizacin debe especificar losmotivos, la cantidad de personal militar, la relacin deequipos transentes y el tiempo de permanencia en elterritorio peruano. En los casos en que corresponda sesolicitar la opinin previa del Ministerio de RelacionesExteriores; y,
Estando a lo opinado por la Secretara Generaldel Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y deconformidad con la Ley N 27856, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, a dos (02) militares delos Estados Unidos de Amrica, del 15 de agosto al 16 dediciembre de 2015, con la finalidad que participen en unareunin con los miembros del Comando de Inteligenciay Operaciones Especiales Conjuntas de las FuerzasArmadas del Per.
Ar tculo 2.-Poner en conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros la presente resolucin, a fin que d
1 Modificada por el artculo nico de la Ley N 28899 y por el artculo nicode la Ley N 30209.
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559133NORMAS LEGALESJueves 13 de agosto de 2015
El Peruano
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cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que secontrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.
Regstrese, comunquese y publquese.
JAKKE VALAKIVI LVAREZMinistro de Defensa
1273413-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban instrumentos metodolgicospara la aplicacin de herramientasparticipativas en los proyectos de inversinpblica y para la formulacin de proyectos
de inversin pblica en diversidad biolgicay servicios ecosistmicos
RESOLUCIN DIRECTORALN 006-2015-EF/63.01
Lima, 5 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.1 del artculo 3 de la Ley N27293, Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica,modificado por el artculo nico de la Ley N 28802, enconcordancia con lo dispuesto en el artculo 127 delReglamento de Organizacin y Funciones del Ministeriode Economa y Finanzas, aprobado mediante el DecretoSupremo N 117-2014-EF, y con la Cuarta DisposicinComplementaria Final del mencionado Decreto Supremo,dispone que el Ministerio de Economa y Finanzas, atravs de la Direccin General de Inversin Pblica,es la ms alta autoridad tcnico normativa del SistemaNacional de Inversin Pblica y dicta las normas tcnicas,mtodos y procedimientos que rigen los Proyectos deInversin Pblica;
Que, el literal m. del numeral 3.2 del artculo 3 delReglamento del Sistema Nacional de Inversin Pblica,aprobado mediante Decreto Supremo N 102-2007-EF,seala que la Direccin General de Inversin Pblicaestablece las metodologas generales y especficas para
la formulacin y evaluacin de proyectos, normas tcnicasy parmetros de evaluacin. Similar funcin se establecepara dicha Direccin General en el literal c) del artculo128 del Reglamento de Organizacin y Funciones delMinisterio de Economa y Finanzas, aprobado medianteDecreto Supremo N 117-2014-EF;
Que, el Per es un pas vulnerable a mltiplespeligros, con alta exposicin a fenmenos de origennatural, por ello se requiere que la gestin del riesgode desastres, cuya incorporacin es transversal a todoslos Proyectos de Inversin Pblica, sea una prcticacotidiana. As, para los formuladores y los evaluadoresde Proyectos de Inversin Pblica, el clima y losprobables impactos del cambio climtico debera seruna variable primordial en el anlisis y la gestin del
riesgo de desastres, por lo que resulta pertinente dictarinstrumentos metodolgicos que orienten con mayordetalle la formulacin y evaluacin de los estudios depreinversin correspondientes;
Que, el instrumento metodolgico Orientacionespara la aplicacin de Herramientas Participativas enlos Proyectos de Inversin Pblica, contribuye a unamayor sostenibilidad de los proyectos de inversin y seenmarca en la Poltica Nacional de Gestin del Riesgode Desastres regulada mediante la Ley N 29664, Leyque crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo deDesastres (SINAGERD). Asimismo, dicho instrumentometodolgico ha sido elaborado por la Direccin Generalde Inversin Pblica del Ministerio de Economa yFinanzas en coordinacin con el Proyecto de Inversin
Pblica y Adaptacin del Cambio Climtico (IPACC) yla Cooperacin Alemana al Desarrollo (GIZ) financiadapor el Ministerio Federal de Medio Ambiente, Proteccin
de Obras Pblicas y Seguridad Nuclear de la RepblicaFederal de Alemania (BMUB), en compatibilizacin conel Anexo SNIP 05 Contenidos Mnimos Generales delEstudio de Preinversin a Nivel de Perfil de un Proyecto deInversin Pblica, aprobado por la Resolucin DirectoralN 008-2013-EF/63.01;
Que, tanto la diversidad biolgica como la capacidadde los ecosistemas para brindar servicios estn siendoafectadas por el cambio climtico. Actividades quedegradan el entorno natural, como la deforestacin y elsobrepastoreo, incrementan las emisiones de dixido decarbono, contribuyen al calentamiento global y alteran elclima, afectando a la poblacin, la diversidad biolgica ylos ecosistemas. Ante este escenario, la recuperacin,proteccin y uso sostenible de la diversidad biolgicay los ecosistemas, constituye una estrategia clave demitigacin y adaptacin al cambio climtico, al evitaremisiones y reducir la vulnerabilidad de la naturaleza yde las personas;
Que, el instrumento metodolgico Lineamientospara la formulacin de Proyectos de Inversin Pblica
en Diversidad Biolgica y Servicios Ecosistmicoscontribuir a orientar de manera integral la formulacinde los Proyectos de Inversin Pblica en diversidadbiolgica y servicios ecosistmicos, con la finalidad depromover la conservacin y aprovechamiento sosteniblede la diversidad biolgica y los servicios ecosistmicosmediante Proyectos de Inversin Pblica. Dichoinstrumento metodolgico ha sido elaborado por laDireccin General de Inversin Pblica del Ministerio deEconoma y Finanzas con la participacin de la DireccinGeneral de Diversidad Biolgica y de la DireccinGeneral de Evaluacin, Valoracin y Financiamiento delPatrimonio Cultural del Ministerio del Ambiente, as comodel Programa Contribucin a las Metas Ambientalesdel Per (PROAMBIENTE) del Ministerio Federal deCooperacin Econmica y Desarrollo de la RepblicaFederal de Alemania;
En concordancia con las facultades dispuestas por laLey N 27293 y sus modificaciones, normas reglamentariasy complementarias; el Decreto Supremo N 117-2014-EFy la Resolucin Ministerial N 168-2014-EF/43;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Aprobacin de inst rumentosmetodolgicos para la aplicacin de herramientasparticipativas en los Proyectos de Inversin Pbl ica ypara la formulacin de Proyectos de Inversin Pblicaen Diversidad Biolgica y Servicios Ecosistmicos
Aprubanse los instrumentos metodolgicos para laaplicacin de herramientas participativas en los Proyectosde Inversin Pblica y para la formulacin de Proyectosde Inversin Pblica en diversidad biolgica y serviciosecosistmicos, siguientes:
Orientaciones para la aplicacin de herramientasparticipativas en los Proyectos de Inversin Pblica;
Lineamientos para la formulacin de Proyectos deInversin Pblica en Diversidad Biolgica y ServiciosEcosistmicos;
Ar tculo 2.- Publ icacinDispngase la publicacin de la presente Resolucin
Directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el portalinstitucional del Ministerio de Economa y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Seccin de Inversin Pblica.
Asimismo, dispngase la publicacin de losinstrumentos metodolgicos a los que se refieren elartculo 1 de la presente Resolucin Directoral, en elportal institucional del Ministerio de Economa y Finanzas(www.mef.gob.pe) en la Seccin de Inversin Pblica, enla misma fecha de la publicacin oficial de la presentenorma.
Regstrese, comunquese y publquese.
ELOY DURN CERVANTESDirector General
Direccin General de Inversin Pblica1273435-1
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559134 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 / El Peruano
EDUCACION
Autorizan viaje a Canad de integrantes dela Delegacin Peruana que participar enla Ceremonia de Clausura de los V JuegosParapanamericanos de Toronto 2015
RESOLUCIN SUPREMAN 025-2015-MINEDU
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 07 de agosto de2015, la Comisin Organizadora de los V JuegosParapanamericanos de Toronto 2015, curs invitacinal Director Ejecutivo del Proyecto Especial para
la Preparacin y Desarrollo de los XVIII JuegosPanamericanos del 2019 (PEJP 2019), para participar conuna presentacin artstica en la Ceremonia de Clausurade los V Juegos Parapanamericanos de Toronto 2015, enadelante la Ceremonia de Clausura, que se llevar a caboel 15 de agosto de 2015, en la ciudad de Toronto, Canad;
Que, el programa de la Ceremonia de Clausuraincluye la participacin del Per, a travs de un breveespectculo artstico de danzas folclricas peruanas, ascomo la entrega de la Bandera Parapanamericana deToronto a la ciudad de Lima, prxima anfitriona de losJuegos Parapanamericanos del 2019;
Que, el Director Ejecutivo del PEJP 2019, medianteOficio N 124-2015-MINEDU/PEJP-2019/DE, solicita la Direccin General de la Escuela Nacional Superior
de Folklore Jos Mara Arguedas la participacin delConjunto Nacional de Folklore en la Ceremonia deClausura. Por su parte, la citada Escuela Nacional, atravs del Oficio N 0340-2015/DG-ENSFJMA e InformeN 058-2015-DD-ENSFJMA, seal la disponibilidaddel Conjunto Nacional de Folklore para participar en laCeremonia de Clausura;
Que, mediante Resolucin Ministerial N386-2015-MINEDU se design a los integrantes de laDelegacin Peruana que participar en la Ceremoniade Clausura de los V Juegos Parapanamericanos deToronto 2015, conformada por los miembros del ConjuntoNacional de Folklore de la Escuela Nacional Superior deFolklore Jos Mara Arguedas;
Que, con Oficio N 127-2015-MINEDU/PEJP-2019/DE(e) e Informe adjunto a dicho documento, el DirectorEjecutivo (e) del PEJP 2019 solicit autorizar el viaje dela referida Delegacin Peruana, precisando que resultanecesario autorizar su salida del pas con 02 (dos) dasde anticipacin, a efectos de que puedan realizar lasacciones preparatorias antes de su presentacin;
Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperaciny Asuntos Internacionales, dependiente de la SecretaraGeneral del Ministerio de Educacin, a travs del InformeN 051-2015-MINEDU/SG-OGCI, informa respecto a laimportancia de la participacin de la Delegacin Peruanaen la Ceremonia de Clausura; puesto que la ciudad de Limaes la prxima anfitriona de los Juegos Parapanamericanosdel 2019; asimismo, seala que la presentacin artsticade la Delegacin Peruana en la Ceremonia de Clausura,permitir dar a conocer a nivel mundial la diversidad y
trascendencia de nuestro patrimonio cultural inmaterial ycontribuir a fortalecer el reconocimiento y valoracin anivel internacional del folklore nacional;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viajede la Delegacin Peruana que participar en la Ceremoniade Clausura de los V Juegos Parapanamericanos deToronto 2015, designada mediante Resolucin MinisterialN 386-2015-MINEDU, cuyos gastos de pasajes areos yviticos sern asumidos con cargo al Pliego Presupuestal010: Ministerio de Educacin - Unidad Ejecutora: 121;
Que, al respecto, el penltimo prrafo del numeral10.1 del artculo 10 de la Ley N 30281, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015,respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionariospblicos y representantes del Estado con cargo a recursos
pblicos, establece que el requerimiento de excepcionesadicionales a las sealadas en los literales del citadonumeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo,
deber canalizarse a travs de la Presidencia del Consejode Ministros y se autoriza mediante Resolucin Supremarefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, lamisma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyN 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin,
modificado por la Ley N 26510; en la Ley N 30281, Leyde Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2015; en la Ley N 27619, Ley que regula la autorizacinde viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos;y, en el Decreto Supremo N 047-2002-PCM, que apruebanormas reglamentarias sobre autorizacin de viajesal exterior de servidores y funcionarios pblicos, y susmodificatorias;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.-Autorizar, por excepcin, el viaje de losintegrantes de la Delegacin Peruana que participaren la Ceremonia de Clausura de los V JuegosParapanamericanos de Toronto 2015, designados
mediante Resolucin Ministerial N 386-2015-MINEDU, ala ciudad de Toronto, Canad; para los fines expuestosen la parte considerativa de la presente resolucin, deacuerdo al siguiente detalle:
- SONIA EDELMIRA CCAHUAY TORRES Del 13 al 16 de agosto de 2015
- LUIS ALEXANDER CLEMENTE POLO Del 13 al 16 de agosto de 2015
- JUNIOR DAVID CONDORI ALMIDON Del 13 al 17 de agosto de 2015
- LUIS CARLOS FIGUEROA MORENO Del 13 al 17 de agosto de 2015
- LIZ ELVA LOAYZA MEGO Del 13 al 17 de agosto de 2015
- CYNDEL SOLEY PIZARRO ACHAYCA Del 13 al 17 de agosto de 2015
- FERNANDO SALOMON URCIACASTAEDA Del 13 al 18 de agosto de 2015
- LUZ MARLENE GUTIERREZ PRIVAT Del 13 al 18 de agosto de 2015
- MOISES RICARDO DELGADO AYALA Del 13 al 18 de agosto de 2015
- ROSITA JULISSA VENTURA VENTURA Del 13 al 18 de agosto de 2015
- WILBERT MARTIN BALDERA CORONADO Del 13 al 18 de agosto de 2015
- MARISOL VERONICA PONCE PINEDO Del 13 al 18 de agosto de 2015
- DANIEL OMAR ROMERO CASTAEDA Del 13 al 18 de agosto de 2015
- PATRICIA DEL PILAR ROMEROCASTAEDA Del 13 al 18 de agosto de 2015
- RICARDO MANUEL RUBIOS CHIAPPE Del 13 al 18 de agosto de 2015
- MIRIAM DEL PILAR SERNAQUEARGUELLO Del 13 al 18 de agosto de 2015
- SILVIA SOFIA SADITH SOTO FUENTES Del 13 al 18 de agosto de 2015
- RAUL ANTONY TRANCA PEREZ Del 13 al 18 de agosto de 2015
Ar tculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolucin Suprema sern cubiertos concargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacin
Unidad Ejecutora: 121, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes areos (incluye TUUA):US$ 1 685.00 x 07 personas : US$ 11 795.00US$ 1 015.00 x 02 personas : US$ 2 030.00US$ 1 117.00 x 02 personas : US$ 2 234.00
US$ 1 255.00 x 01 persona : US$ 1 255.00US$ 1 808.00 x 02 personas : US$ 3 616.00US$ 1 805.00 x 02 personas : US$ 3 610.00US$ 1 695.00 x 02 personas : US$ 3 390.00Total a Pagar : US$ 27 930.00
VIATICOSUS$ 440.00 x 03 das x 16 personas : US$ 21 120.00US$ 440.00 x 02 das x 02 personas : US$ 1 760.00Total a Pagar : US$ 22 880.00
Artculo 3.- Dentro de los quince (15) dascalendario siguientes de efectuado el viaje, laspersonas sealadas en el artculo 1 de la presenteResolucin Suprema debern presentar un informe
detallado describiendo las acciones realizadas, losresultados obtenidos y la rendicin de cuentas por losviticos entregados.
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El Peruano
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Ar tculo 4.-La presente Resolucin Suprema no darderecho a exoneracin ni liberacin de impuestos deninguna clase o denominacin.
Ar tculo 5.- La presente Resolucin Suprema esrefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Educacin.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica
PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros
JAIME SAAVEDRA CHANDUVMinistro de Educacin
1273843-4
Dan por concluida designacin deVicepresidente de Investigacin de laComisin Organizadora de la UniversidadNacional Jos Mara Arguedas
RESOLUCIN VICEMINISTERIALN 042-2015-MINEDU
Lima, 12 de agosto de 2015
VISTOS, el Informe N 031-2015-MINEDU/VMGP-DIGESU, y el Informe N 544- 2015-MINEDU/SG-OGAJ;
CONSIDERANDO:Que, mediante Resolucin Viceministerial N
029-2015-MINEDU, de fecha 22 de junio de 2015, seconstituy la Comisin Organizadora de la UniversidadNacional Jos Mara Arguedas, integrada porFLORENCIO FLORES CCANTO, Presidente; DOMINGOJESUS CABEL MOSCOSO, Vicepresidente Acadmico;y EDGAR CARLOS QUISPE PEA, Vicepresidente deInvestigacin;
Que, a travs del Oficio N 029-2015-VP/I-UNAJMA,el seor EDGAR CARLOS QUISPE PEA, presentasu renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente deInvestigacin de la referida Comisin Organizadora; porlo que es necesario dar por concluida su designacin en
dicho cargo;Que, conforme a lo dispuesto en los literales l) yo) del artculo 9 del Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio de Educacin, aprobado por elDecreto Supremo N 01-2015-MINEDU, son funcionesdel Despacho Viceministerial de Gestin Pedaggica,constituir y reconformar las Comisiones Organizadorasde las universidades pblicas creadas por Ley; as como,aprobar actos resolutivos y documentos normativos en elmbito de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyN 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin,modificado por la Ley N 26510; la Ley N 30220,Ley Universitaria; y, el Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio de Educacin, aprobado por
Decreto Supremo N 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Ar tculo nico.- Dar por concluida la designacindel seor EDGAR CARLOS QUISPE PEA, en elcargo Vicepresidente de Investigacin de la ComisinOrganizadora de la Universidad Nacional Jos MaraArguedas, efectuada por Resolucin Viceministerial N029-2015-MINEDU.
Regstrese, comunquese y publquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestin Pedaggica1273665-1
ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de funcionaria de laDireccin General de Formalizacin Mineraa la India, en comisin de servicios
RESOLUCIN SUPREMAN 042-2015-EM
Lima, 12 de agosto de 2015
VISTO: El Oficio RE (DAO) N 2-13-A/68, de fecha 03de junio de 2015, del Ministerio de Relaciones Exteriores,mediante el cual hace extensiva la invitacin al Ministeriode Energa y Minas, a fin de participar en la PrimeraReunin del Grupo de Trabajo Conjunto en Geologa yRecursos Mineros Per - India, a celebrarse el da 24 deagosto de 2015, en la ciudad de Nueva Delhi, Repblicade la India;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio RE (DAO) N 2-13-A/68, defecha 03 de junio de 2015, el seor Embajador ArmandoRal Patio Alvistur, Director General de la DireccinGeneral de Asia y Oceana del Ministerio de RelacionesExteriores, hizo extensiva la invitacin al Ministerio deEnerga y Minas, a fin de participar en la Primera Reunindel Grupo de Trabajo Conjunto en Geologa y RecursosMineros Per - India, a celebrarse el da 24 de agosto de2015, en la ciudad de Nueva Delhi, Repblica de la India;
Que, la participacin de un representante del Ministeriode Energa y Minas tiene como objetivo abordar temasen campos de inters comn con el fin de desarrollar la
cooperacin bilateral en el sector minero, el intercambiode informacin relacionada con el sector minero del Per,en particular, la produccin de cobre, plata y estao versusla demanda y exigencia en la India; as como informarrespecto a la minera informal;
Que, en ese contexto resulta necesario autorizar el viajede la seorita Alessandra Gilda Herrera Jara, DirectoraGeneral de la Direccin General de Formalizacin Mineradel Ministerio de Energa y Minas, a la ciudad de NuevaDelhi, Repblica de la India, del 21 al 25 de agosto de2015, a fin de participar en la Primera Reunin del Grupode Trabajo Conjunto en Geologa y Recursos MinerosPer - India;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 30281,Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao
Fiscal 2015; la Ley N 29158, Ley Orgnica del PoderEjecutivo; la Ley N 27619, Ley que regula la autorizacinde viajes al exterior de los funcionarios y servidorespblicos, modificada por Ley N 28807; su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo N 047-2002-PCM y susmodificatorias; y, el Decreto Ley N 25962, Ley Orgnicadel Sector Energa y Minas;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.-Autorizar el viaje de la seorita AlessandraGilda Herrera Jara, Directora General de la DireccinGeneral de Formalizacin Minera del Ministerio deEnerga y Minas, a la ciudad de Nueva Delhi, Repblicade la India, del 21 al 25 de agosto de 2015, para losfi
nes expuestos en el parte considerativa de la presenteResolucin.Ar tculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolucin Ministerial sern cubiertosmediante el Pliego Presupuestal N 016: Ministerio deEnerga y Minas - Unidad Ejecutora 001, la que asumir,con cargo a su presupuesto, los gastos que irrogue lapresente autorizacin, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO MONTO US$Pasajes + FEE US$ 4,550.00
Viticos por 3 das = US$ 500.00 (x da) US$ 1,500.00TOTAL US$ 6,050.00
Ar tculo 3.- Disponer que dentro de los quince (15)
das calendario siguientes a la realizacin del viaje, lafuncionaria cuyo viaje se autoriza mediante el artculo 1,presente obligatoriamente un informe detallado a la titular
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7/23/2019 Boletn 13-08-2015 Normas Legales TodoDocumentos.info
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de la entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el evento.
Ar tculo 4.-El cumplimiento de la presente ResolucinSuprema no dar derecho a exoneracin o liberacin deimpuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.
Ar tculo 5.- La presente Resolucin Suprema ser
refrendada por la Ministra de Energa y Minas y por elPresidente del Consejo de Ministros.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica
PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros
ROSA MARA ORTIZ ROSMinistra de Energa y Minas
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PRODUCE
Aprueban Lista de Mercancascomprendidas en las subpartidas nacionalescorrespondientes a actividades extractivasy/o manufactureras respecto de las cualesno podrn instalarse empresas industrialesy agroindustriales en la Zona Franca y ZonaComercial de Tacna - ZOFRATACNA
DECRETO SUPREMON 022-2015-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N 27688 - Ley de Zona Franca yZona Comercial de Tacna, modificada por la Ley N 28599,se declar de inters nacional el desarrollo de la ZonaFranca de Tacna ZOFRATACNA para la realizacin deactividades industriales, agroindustriales, de maquila y deservicios de la Zona Comercial de Tacna, con la finalidadde contribuir al desarrollo socioeconmico sostenibledel departamento de Tacna, a travs de la inversin y
desarrollo tecnolgico;Que, el artculo 9 de la Ley de Zona Franca y ZonaComercial de Tacna establece que no podrn instalarseempresas industriales y agroindustriales que se dediquena actividades extractivas y/o manufactureras de la listade mercancas que ser aprobada mediante DecretoSupremo con el refrendo del Ministro de Economa yFinanzas y del Ministro de la Produccin, previa opinintcnica del Comit de Administracin de la ZOFRATACNA;
Que, mediante Oficio N 243-2014-PRODUCE/DVMYPE-I el Viceministerio de MYPE e Industriadel Ministerio de la Produccin remiti al Comit deAdministracin de la ZOFRATACNA el Informe N027-2014-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR/DIRE quecontiene la propuesta de Lista de Mercancas referida en
el considerando precedente;Que, mediante Oficio N 119-2014-PCA-ZOFRATACNA, el Comit de Administracin de laZOFRATACNA remiti su opinin tcnica sin hacerobservacin alguna al listado remitido, dndose ascumplimiento a lo establecido en el artculo 9 de la Ley N27688, modificada por la Ley N 28599;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)del artculo 118 de la Constitucin Poltica del Per y alartculo 9 de la Ley N 27688 - Ley de Zona Franca y ZonaComercial de Tacna, modificada por la Ley N 28599;
DECRETA:
Ar tculo 1.- Aprobacin de la L is ta de Mercancas
Aprobar la Lista de Mercancas comprendidasen las subpartidas nacionales correspondientes aactividades extractivas y/o manufactureras respecto de
las cuales no podrn instalarse empresas industriales yagroindustriales en la Zona Franca y Zona Comercial deTacna - ZOFRATACNA, segn el Anexo que forma partedel presente Decreto Supremo.
Ar tculo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por elMinistro de la Produccin y por el Ministro de Economay Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los docedas del mes de agosto del ao dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica
ALONSO SEGURA VASIMinistro de Economa y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLSMinistro de la Produccin
ANEXOLISTA DE MERCANCAS COMPRENDIDAS EN LAS
SUBPARTIDAS NACIONALES CORRESPONDIENTES AACTIVIDADES EXTRACTIVAS Y/O MANUFACTURERAS
RESPECTO DE LAS CUALES NO PODRN INSTALARSEEMPRESAS INDUSTRIALES Y AGROINDUSTRIALES EN LA ZONA
FRANCA Y ZONA COMERCIAL DE TACNA - ZOFRATACNA
ITEMSUBPARTIDA
ARANCEL 2012DESCRIPCIN
1 0303 11 00 00Salmones rojos (Oncorhynchus nerka), congelados,excepto losfiletes, y los hgados, huevas y lechas
2 0303 12 00 00
Los dems salmones del Pacfico (Oncorhynchus
gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchustschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhyn-chus masou y Oncorhynchus rhodurus), conge-lados, excepto los filetes y los hgados, huevas ylechas
3 0303 13 00 00Salmones del Atlntico (Salmo salar) y salmonesdel Danubio (Hucho hucho), congelados, exceptolosfiletes y los hgados, huevas y lechas
4 0303 14 00 00
Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss,Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita,Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y On-corhynchus chrysogaster), congeladas, excepto losfiletes y los hgados, huevas y lechas
5 0303 19 00 00Los dems salmnidos, congelados, excepto los
filetes y los hgados, huevas y lechas6 0303 23 00 00
Tilapias (Oreochromis spp.), congelados, exceptolosfiletes y los hgados, huevas y lechas
7 0303 24 00 00Bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp.,Clarias spp., Ictalurus spp.), congelados, exceptolosfiletes y los hgados, huevas y lechas
8 0303 25 00 00
Carpas (Cyprinus carpio, Carassius carassius,Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthysspp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus),congelados, excepto los filetes y los hgados, hue-vas y lechas
9 0303 26 00 00Anguilas (Anguilla spp.), congeladas, excepto losfiletes y los hgados, huevas y lechas
10 0303 29 00 00
Los dems pescados, congelados, excepto los fi-
letes y los hgados, huevas y lechas
11 0303 31 00 00
Halibut (fletn) (Reinhardtius hippoglossoides, Hip-poglossus hippoglossus, Hippoglossus stenolepis),congelados, excepto los filetes y los hgados, hue-vas y lechas
12 0303 32 00 00Sollas (Pleuronectes platessa), congelados, excep-to losfiletes y los hgados, huevas y lechas
13 0303 33 00 00Lenguados (Solea spp), congelados, excepto losfiletes y los hgados, huevas y lechas
14 0303 34 00 00Rodaballos (Psetta maxima, Scophthalmidae), con-gelados, excepto los filetes y los hgados, huevasy lechas
15 0303 39 00 00
Los dems pescados planos (Pleuronctidos, Bti-
dos, Cynoglsidos, Soleidos, Escoftlmidos y Citri-dos), congelados, excepto los filetes y los hgados,huevas y lechas
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7/23/2019 Boletn 13-08-2015 Normas Legales TodoDocumentos.info
15/96
559137NORMAS LEGALESJueves 13 de agosto de 2015
El Peruano
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ITEMSUBPARTIDA
ARANCEL 2012DESCRIPCIN
16 0303 41 00 00Albacoras o atunes blancos (Thunnus alalunga),congeladas, excepto los filetes y los hgados, hue-vas y lech