B. O. del E.-Núm. 184 1 agosto 1968 11365
V. Comienzo de los exámenes
8." Una vez constituído el Tribunal, pUblicará el «Boletin Oficial del Estado» la hora, fecha y luga.r en que darán comienzo los ejercicios.
Entre la publicación del anunoio a que se refiere el párrafO anterior y el comienzo del acto del eXamen deberán transcu· rrir al menos quince días naturales. En ningún caso podrá ser inferior a dos meses el tiempo que transcurra entre la publicación del programa y el comienzo de la actuación de los solicitantes.
VI. Programas y ejercicios
9.a El programa comprenderá los treinta .Y dos temas sI-gUientes : .
Tema 1. Aparato locomotor. Generalidades, definición, elementos constituyentes. Funciones del aparato locomotor_
Tema 2. Estudios del niúSCUlo y sus funciones. Tono muscular. Contracción muscular. Fenómenos mecánicos, eléctricos y químicos de la contracción muscular.
Tema. 3. Huesos del cinturón escápulo-humeral. Tema 4. Músculos del c'inturón escápulo-humeral. Tema 5. Articulaciones escápulo-humera1. Tema 6. Balance articular del hombro. Tema 7. Huesos del brazo, antebrazo y mano. Tema 8. Articulación del codo, músculos motores, flexores y
extensores. Tema 9. Balance articular del codo y mufieca. Tema 10. Articulaciones de muñeca y mano. Músculos mo-
tores, Tema 11. Balance articular de la mano y dedos. Tema 12. Inervación' de los músculos de miembro superior. Tema 13. Funciones motoras dependientes de cada una de
las ramas del plexo braquial. Tema 14. Huesos de la cintura pelviana. Tema l5. Articulaciones de la cintura pelviana. Estud!o
funcional de la articulación de la. cadera. Tema 16. Músculos motores de la articulación de la cadera. Tema 17. Articulación de la rodilla, estudio funcional.
músculos motores de la misma. . -Tema 18. Balance articular de cadera y rodilla. Tema 19. Articulación de la garganta del pie, articulaciones
del pie y de los dedos. Tema 20. Músculos motores del pie. Tema 21. Balance articular de tobillo y pie. Tema 22. Inervación de los músculos del miembro inferior.
Función motora de las distintas ramas del plexo lumbo-sacro. Tema 23. Huesos de la columna vertebral. Tema 24. Articulaciones de la columna vertebral. Tema 25. Balance articular del tronco. Tema 26. Músculos motores del cuello y del tronco. Tema 27. Vascularización del miembro superior y del miem
bro inferior. Tema 28. Fisiología de la circulación, efectos del ejerciciO
y de los métodos fisioteráplcos sobre el corazón. Tema 29. Empleo de paralelas, espalderas, poleas, pesos y
escaleras. Tema 30. Empleo de colchonetas, andadores, sillas de rue
das, artromotes y otros aparatos. Tema 31. Empleo del calor, efectos fisiológicos e Indica
ciones. Tema 32. concepto de prótesis, clases y tipos.
10. En ningún caso podrá exceder de un afio el tiempo comprendido entre la publicaCión de la convocatoria al comienzo de los ejerciCiOS.
Si durante la práctica de las pruebas se observase la vulneración de lo dispuesto en la convocatoria, los opositores podrán reclamar ante el Tribunal el mismo día de la Infracción o dentro del sigUiente hábil.
11. Los ejerciciOS de la opoSición serán tres, desarrollados en la forma que a continuación se expresa:
Primero.-Escrito, sobre la formación del opositor y exposición de los méritos que alega.
Segundo.-También escrito, sobre dos temas sacados a la suerte en cada una de las materias del programa. que se adjunta; y
Tercero.-Práctico, sobre enfermo.
VII Calificación de los ejerciciOS, propuesta y aprobación
12. Al término de cada ejerciCiO el Tribunal callfica.rá y publicará la lista de los opositores aprobados. FInalizada la oposición, el Tribunal formulará propuesta, que hará pública, y elevará a la Dirección General de Enseñanza Media y Profesional para su aprobación.
13. El Ministerio elevará a definitiva dicha propuesta. El plazo de toma de posesión será de un mes, a. contar de
la fecha de la publicación del nombramiento en el «Boletin Oficia! del Estado».
14. Los nombrados se incorporarán al cargo de Practicantes del Instituto Nacional de Reeducación de Inválidos (personal no escalafonado con coeficiente 1,9).
VIl/. Presentación de documentos
15. Los opositores propuestos por el Tribunal presenta.rán ante este Departamento, dentro del plazo de treinta dias. a partir de la fecha de dicha propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor no presentaran su documentación, no podrán Ber nombradoS y quedarán anuladas todas SUB actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubIeran podido incurrir por falsedad en la instancia a que se refiere la norma quinta de la convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quienes habiendo aprobado los ejercicios de la oposición tuvieran cabida en las plazas convocadas a consecuencie. de la referida anulación.
Los aspirantes aprobados, si tienen condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener ~ anterior nombramiento. debiendo presentar certificación del MInisterio u Organismo de que dependan acredlt.ando su coI)-dlción y cuantas circunstancias consten en Sil hOjas de . serviCiOS.
Lo digo a V. 1. para su conocimiento y efectos, Dios guarde a V. I. muchos afios. Madrid, 15 de junio de 1968.
VILLAR PALA8I
Ilmo. Sr. Director general de Ensefianza Media y Profesional.
ORDEN de 21 de junio de 1968 por la que se convoca a concurso-oposición una cátedra de «Vtolon- . cello», vacante en el Conservatorio de Música de Sevilla.
Ilmo. Sr.: Vacante en el Conservatorio Profesional de Música de Sevilla una cátedra de «Violan celia»,
Este Ministerio ha resuelto convocar a concurso-oposlclón dicha cátedra de acuerdo con las siguientes bases y de conformidad con ' el proyecto de convocatoria aprobado por la Comisión Superior de Personal.
J. Normas generales
1.0 El concurso-oposiclón se celebrará en Madrid y ante el Tribunal que oportunamente se designe, rigiéndose por lo establecido en la presente convocat<!ria, por el Decreto .2618~1966, de 10 de septiembre, y la Ley articulada de FuncionariOS CIviles del Estado aprobada por Decreto de la Presidencia del Gobierno 315h964, de 7 de febrero. El procedimiento se ajustará al Reglamento General de Oposiciones y Concursos, aprobado por Decreto de 10 de mayo de 19&7.
Il. Requisitos
2.0 Podrán concurrir al concurso - oposición los espafioles de uno y otro sexo que reúnan los siguintes requisitos:
a.) Tener cumplidos los veintiún años de edad Y no haber cumplido los sesenta.
b) Poseer, de acuerdo con el artículo 14 y disposiciones transitorias cuarta y quinta del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre (<<Boletin Oficial del Estado» de 24 de octubre) y Orden ministerial de 17 de octubre de 1967 (<<Boletín Oficial del Estado» 30-10-67), alguno de los siguientes títulos : Profesor Superior, diploma de capacidad. titulo profesional o de Profesor de Música conforme a la legiSlación anterior; ser o haber sido Catedrático o Profesor en Conservatorios de Músl· ca oficiales, o estar dispensado, en virtud de resolución de este Ministerio, del requiSito de titulación por tratarse de personalidad de notorio prestigio en la materia, previo informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
c) No padecer enfermedad contagiosa ni defecto nslco o pSíquico que inhabilite para la docencia.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado o de la Administración Local ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Carecer de antecedentes penales. n Observar buena condueLa pÚblica y ' social. g) En el caso de aspirantes femeninos, haber cumpJldo
o esta.r exentas del Servicio Social' de la Mujer. h) Los aspirantes religiosos deberán tener la correspon
diente licencia eclesiástica.
[/l . Sol'¡citudes
3.° Quienes deseen tomar parte en el concurso-o,posic1ón que se convoca deberán dirigir sus instancias al Ministerio de Educación y Ciencia en el plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicaCión de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», haciendo constar en la instancia:
a) El nombre, dos apellidOS y domicilio del aspirante, as! como el número de su tarjeta nacIonal de identidad.
b) Que reúne, enumerándolas, todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado segunda.
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c) Que se compromete, en el caso de ser aprobado, a. jurar acatamiento a los ¡Principios Fundamentales del Movimiento Nacional y Leyes Fundamentales del Reino.
4.0 La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro general del Departamento y demás dependencias autorizadas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo: Gobiernos Civiles, DelegaCiones Administrativas y oficinas de Correos (en este último caso en sobre abierto para der selladas y fechadas por el funcionario correspondiente). A las solicitudes se unirá el recibo de haber abonado en la Habilitación General del Ministerio la cantidad de 140 pesetas (lOO por derechos de examen y 40 por formación de expediente). De abonarse en forma de giro, se indicará en la instancia el número del mismo. postal o telegráfico. y en el giro, el nombre de la oposición a que se destina.
5.° Cumplido el plazo de admisión de las instancias, y por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluídos. Los interesados podrán reclamar contra ella en el plazo de quince dias, de conformidad con lo establecido por el artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva por Resolución de la misma autoridad. Contra ella los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro en el plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación de la lista en el «Boletín Oficial del Estado».
IV. Tribunal
6.° Corresponderá al Ministerio la designación del Tribunal, de acuerdo con el Decreto' de 19 de octubre de 1951. Estará integrado por lID Presidente (Académico de Bellas Artes de la Sección de Música o miembro del Consejo Nacional de Educación o del de Investigaciones Científicas), tres Catedráticos de la asignatura o análoga designados por el turno de rotación y un Vocal especializado, designado por el Ministerio a propuesta en terna. del Consejo Nacional de Educación. Se designa~án otros tanto suplentes y actuará como Secretario el Catedrático de más reciente ingreso.
V. Fase d.el concurso
7.° Por tratarse de un concurso-oposición, el Tribunal valorará previamente al comienzo de los ejercicios los méritos alegados al concursoo por los aspirantes. A tal fin podrán éstos unir a sus instancias los enumerados por la letra c) del artículo 29 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre: «los títulos académicos y certificaciones de méritos artísticos y pedagógicos que estimen convenientes.»
VI. Señalamiento de fechas y programa
8.0 Contituído el Tribunal, procederá a redactar el programa de la oposición, entre cuyos ejerCiCios figurarán preceptivamente la defensa oral de la Memoria presentada por el aspirante y una prueba de suficiencia para el ejercicio de la enseñanza. El programa será dado a conocer a los aspirarites, por lo menos, con dos meses de antelación al comienzo de los ejercicios. En el acto de presentación, los aspirantes harán entrega al Tribunal de la Memoria sobre el plan docente de la asignatura que servirá de base a uno de los ejerCicios.
V Il. Calificación de ejerciciOS y propuesta
9.0 Al término de cada ejercicio de los que constituyan el programa, el Tribunal hará públicos los nombres de los aspirantes declarados aptos para pasar al ejerciCio siguiente. Terminada la oposición, y por votación en sesión pública, el Tribunal formulará propuesta de si procede la provisión de la plaza y en qué aspirante, remitiéndola para su aprobación y ulterior nombramiento del propuesto al Departamento.
V IlJ. Presentación de documentos
10. El aspirante propuesto por el Tribunal presentará en el Departamento, dentro del plazo de treinta días, a partir de la propuesta, los documeptos acreditativos de las condiciones exigida~ por el apartado segundo, a saber: Documento acreditativo de cumplir alguna de las condiciones exigidas por la letra b), partida de nacimiento debidamente legalizada, certificado negativo de antecedentes penales, ldem médico de no incapacidad, declaración jurada de no haber sido separado de otro cargo por expediente disciplinario. certificado de buena conducta, ídem de cumplimiento o exención del Servicio Social de la Mujer por los aspirantes femeninos. y por los de estado religioso, licencia de su Superior.
Quienes, dentro del plazo sefialado, salvo caso de fuerza mayor debidamente probada, no presentaren la documentación indicada. perderán todos sus derechos. quedando anuladas sus actuaciones en la opOSición y sin perjuicio de las responsabilidades en que pUedan incurrir por falsedad en las declaraciones de su instancia. En tal caso, el Tribunal formulará propuesta adicional en favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios, reúna los mejores merecimientos o declarará que no ha lugar a la provisión.
El aspirante propuesto que tenga ya la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente el reunir tod<?s los re<!,uisitos ya demostrados para su antenor nombramIento, debIendo presentar en tal caso una certificación del Ministerio y Organismo de, qUien dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Lo digo a V. 1. para su conocimiento y cumplimiento. Dios guarde a V. l. Madrid. 21 de junio de 1968.-P. D .. el Subsecretario, Alberto
Monrea!.
Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes.
ORDEN de 28 de junio de 1968 por la que se abre un nuevo plazo de admisión de instancias para el concurso-oposición a las plazas de Profesores agregados de «Electricidad y Magnetismo» de las Facultades de Ciencias de las Universidades de Oviedo y Santiago.
Ilmo. Sr~: Anunciadas a concurso-oposición por Orden ministerial de 5 de abril de 1967 (<<Boletín Oficial del Estado» de 7 de junio), para la provisión en propiedad en turnos restringido y ljbre, entre otras, las plazas de Profesores agregados de «Electricidad y Magnetismo» de las Facultades de Ciencias de jas Universidades de Oviedo y Santiago. y transcurrido el año desde la .publicación de la convocatoria sin que hayan dado comienzo los ejercicios,
Este Mirusterio ha resuelto: PrimerO.-Abrir un nuevo plazo de treinta días hábiles con
tados a partir del siguiente al de la pUblicación de la o ¡;¡résente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para que puedan ser solicitadas las mencionadas plazas por los aspirantes que lo deseen en la forma establecida en el anuncio-convocatoria publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de junio de 1967.
Segundo.-Considerar admitidos sin necesidad de presentar nueva Instancia ni abonar nuevos derechos de formación de e~pediente y de examen a los aspirantes que ya lo fueron por Resolución de la Dirección General de Enseñanza Universitaria de 6 de noviembre de 1967 (<<Boletín Oficial del Estado» del 16 de noviembre).
Lo digo a V. l. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. l. muchos años. Madrid. 28 de junio de 1968.
VlLLAR P ALASI
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación.
ORDEN de 3 de julio de 1968 por la que se nombra la Comisión especial para el concurso de traslado a la cátedra de «Patologia general y Propedéutica clínica» de la Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona.
Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en el articulo 5.° de la Ley de 24 de abril de 1958,
Este Ministerio ha resuelto nombrar la Comisión especial que emitira propuesta para la resolución del concurso de traslado anunciado por Resolución de 19 de febrero de 1968 «(Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo) para la provisión en propiedad de la catedra de «Patología general y Propedéutica clinica» de la Facultad de Medicina de la Universidad de Parcelona, que estara constituída en la siguiente forma:
Presidente: Excelentíslmo seúor don Manuel Díaz Rubio. Vocales: Don José Casas Sanchez. don Máximo Soriano Ji
ménez. don Ramón Velasco Alonso y' don Alfredo Carrato lbáúez. Catedráticos de las Universidades de Barcelona y Valladolid. el segundo y tercero. respectivamente. y de la de Madrid, los otros dos.
Presidente suplente: Excelentísimo señor don Julio García Sánchez-Lucas.
Vocales .suplentes: Don José Cruz Aunón. don Juan Gibert Queraltó. don Cirilo Rozman Porstnar y don José Perianes Carro. Catedráticos de las Universidades de Sevilla, Barcelona y Salamanca, respectivamente. y en sil.uación de excedencia activa. el último.
Los Vocales de esta Comisión especial figuran nombrados en el orden que señala el mencionado artículo 5.° de la Ley de 24 de abril de 1958.
Lo digo a V. 1. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. 1. Madrid. 3 de julio de 1968.
VILLAR P ALASI
Ilmo. Sr. Director general de Enseñam:a Superior e Investigación.