Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
1
Auto de Cierre Investigación sumaria sobre
presuntas irregularidades en la operación y entrega de raciones en
comedores comunitarios de Usaquén, Suba, Bosa, Usme y Ciudad Bolívar
2017500333099000011E de 2017
Bogotá D.C., agosto de 2017
De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 119
del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 7
del Acuerdo 207 de 2006
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
2
Tabla de contenido
Contenido
Introducción 4
1. Antecedentes y actuaciones 5
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad 7
2.1 Marco legal que rige la Política Pública Distrital de Seguridad Alimentaria y
Nutricional (PPSAN) 7
2.2 Los planes, proyectos o programas para garantizar el derecho a la alimentación de la
población vulnerable en el marco de la Política Pública de Seguridad Alimentaria y el Plan
de Desarrollo Distrital 12
2.3. La responsabilidad de las entidades distritales frente al cumplimiento de la PPSAN 15
2.3.1. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) frente a la
PPSAN, a través de la estrategia Comedores Comunitarios 15
2.3.2. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud (SDS) frente a la PPSAN 17
2.3.3. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (SDDE) frente
a la PPSAN 19
2.3.4. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) frente a la PPSAN
21
2.4. Contratación para la operación y/o funcionamiento de los Comedores Comunitarios 22
2.5. Entrega de raciones en comedores comunitarios de Bogotá 29
3. Conclusiones 49
4. Recomendaciones 51
Bibliografía 55
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
3
Lista de Tablas e Ilustraciones
Tabla 1. La PSAN en el Plan de Desarrollo Distrital ................................................................ 12 Tabla 2. Listado de operadores y Comedores Comunitarios Investigados................................ 22
Ilustración 1. Registro fotográfico Comedor Comunitario Santa Cecilia ................................. 30
Ilustración 2. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Santa Cecilia ........................................................................................... 33 Ilustración 3. Registro fotográfico Comedor Comunitario Verbenal ........................................ 33
Ilustración 4. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Verbenal ................................................................................................. 34
Ilustración 5. Registro fotográfico Comedor Comunitario Aguaditas ...................................... 35 Ilustración 6. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario La Aguadita ............................................................................................ 37
Ilustración 7. Registro fotográfico Comedor Comunitario Lisboa ............................................ 37 Ilustración 8. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Lisboa ..................................................................................................... 39 Ilustración 9. Registro fotográfico Comedor Comunitario Potreritos ....................................... 39
Ilustración 10. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Potreritos ................................................................................................ 41
Ilustración 11. Registro fotográfico Comedor Comunitario San Bernardino ............................ 41 Ilustración 12. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario San Bernardino ....................................................................................... 43 Ilustración 13. Registro fotográfico Comedor Comunitario Barranquillita .............................. 43
Ilustración 14. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Barranquillita .......................................................................................... 45 Ilustración 15. Registro fotográfico Comedor Comunitario Arborizadora ............................... 45 Ilustración 16. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Arborizadora .......................................................................................... 47
Ilustración 17. Consolidado de respuesta a la pregunta No. 5 de las entrevistas realizadas en
comedores comunitarios ............................................................................................................ 47
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
4
Introducción
El documento presenta el resultado de la Investigación Sumaria No. 2017500033399000011E,
iniciada con base en el radicado No. 20172200021892, en el cual la Contraloría General de la
República, remite por competencia, una denuncia anónima en la cual solicita a la Veeduría
Distrital, entre otras cosas, la revisión de la operación y entrega de raciones en comedores
comunitarios de Bogotá en el marco del cumplimiento de la Política Pública de Seguridad
Alimentaria y Nutricional (PSAN). La investigación tiene como objetivo identificar las
presuntas irregularidades de las entidades competentes en el tema y determinar si en la operación
de algunos comedores comunitarios se presentan conductas contrarias a la probidad,
discriminatorias o abiertamente violatorias del ordenamiento jurídico vigente.
Así mismo, recoge las actuaciones adelantadas de forma ordenada y sistemática, con el análisis
del acopio probatorio, las conclusiones y recomendaciones que pretenden prevenir la reiteración
del comportamiento identificado, conducir a una mejor gestión pública distrital y poner en
conocimiento de la Entidad investigada las recomendaciones a fin de que se tomen los
correctivos necesarios dentro de la misma y se fijen unos plazos para su implementación.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
5
Veeduría Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos Radicado No: 20172200021892
Expediente: 2017500333099000011E
Entidades Investigadas: Secretaría Distrital de Integración Social y otras
Fecha de Radicación: Mayo de 2017
1. Antecedentes y actuaciones
El 7 de mayo de 2017 con radicado No. 20172200021892, se recibió oficio de la Delegada para
la Participación Ciudadana de la Contraloría General de República, en el que dispone que por
competencia se traslade a la Veeduría Distrital la tarea de “revisión de los contratos celebrados
respecto a los comedores comunitarios de Bogotá, ya que presumiblemente las organizaciones
son de papel, además no se entregan las raciones ni postres según lo estipulado en el anexo
técnico, y al parecer preparan los alimentos cuando va la interventoría”.
Por lo anterior, la Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos, de conformidad con lo
establecido en el artículo 119 del Decreto Ley 1421 de 1993, ordenó la apertura de la
investigación sumaria No. 2017500333099000011E al tenor del artículo 15 literal C del
Acuerdo Distrital 24 de 1993, con el fin de esclarecer si frente a la contratación, operación y
entrega de raciones en comedores comunitarios, la conducta de los funcionarios y trabajadores
oficiales, es contraria a la probidad, discriminatoria o abiertamente violatoria del ordenamiento
jurídico vigente.
Teniendo en cuenta que en la queja no se identifican de manera precisa y concreta, las
circunstancias de tiempo, modo y lugar, se solicitó aclaración mediante radicado
20175000032751 sobre el número de contratos, temas y funcionarios determinados. Frente a la
información concreta de las localidades, contratos y funcionarios sobre los que presumiblemente
se presentan irregularidades, se adelantará otra investigación de la cual se darán a conocer los
resultados al peticionario.
La presente la investigación sumaria se adelantó frente a la estrategia “comedores comunitarios”
en el marco de la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional, el presupuesto asignado para
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
6
las vigencias 2012-2016, 2016-2020 y la responsabilidad de las entidades competentes en el
tema y la entrega de raciones en cumplimiento del anexo técnico de comedores.
Para esclarecer y verificar la situación señalada, en desarrollo de la indagación se adelantaron
las siguientes actuaciones administrativas:
1. Visita administrativa a la Secretaría Distrital de Integración Social llevada a cabo el día
7 de abril de 2017.
2. Visita administrativa a la Secretaría Distrital de Planeación llevada a cabo el día 27 de
abril de 2017.
3. Visita administrativa a la Secretaría Distrital de Salud, llevada a cabo el día 4 de mayo
de 2017.
4. Visita administrativa a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, efectuada el 24
de abril y continuada el 7 de junio de 2017.
5. Visita administrativa al comedor comunitario Santa Cecilia de la localidad de Usaquén,
y entrevistas a beneficiarios desarrollada el día 10 de mayo de 2017.
6. Visita administrativa al comedor comunitario Verbenal de la localidad de Usaquén, y
entrevistas a beneficiarios desarrollada el día 15 de mayo de 2017.
7. Visita administrativa al comedor comunitario La Aguadita de la localidad de Suba y
entrevistas a los beneficiarios llevada a cabo el día 23 de junio de 2017.
8. Visita administrativa al comedor comunitario Lisboa de la localidad de Suba y
entrevistas a los beneficiarios, desarrollada el día 23 de junio de 2017.
9. Visita administrativa al comedor comunitario Potreritos de la localidad Bosa llevada a
cabo el día 4 de julio de 2017.
10. Visita administrativa al comedor comunitario San Bernardo de la localidad Bosa llevada
a cabo el día 4 de julio de 2017.
11. Visita administrativa al comedor comunitario Arborizadora de la localidad Ciudad
Bolívar y entrevistas a beneficiarios, llevada a cabo el día 1 de agosto de 2017.
12. Visita administrativa al comedor comunitario Barranquillita de la localidad de Usme
efectuada el 2 de agosto de 2017.
13. Registro fotográfico en los comedores investigados.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
7
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad
2.1 Marco legal que rige la Política Pública Distrital de Seguridad Alimentaria y
Nutricional (PPSAN)
De acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San Salvador, sólo en la medida
en que los individuos disponen, acceden, consumen y alcanzan una utilización efectiva de los
alimentos, pueden participar en igualdad de condiciones en los progresos económicos, sociales,
culturales y políticos y pueden ejercer sus derechos civiles y políticos (Alcaldía Mayor de
Bogotá, 2007).
El artículo 315 de la Constitución Política de 1991 establece que son atribuciones de los alcaldes,
cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley y los Acuerdos del Concejo. Así mismo, la
Constitución Política consagra, en el artículo 13, que todas las personas gozan de los mismos
derechos, libertades y oportunidades, y el Estado debe proveer las condiciones para que la
igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas a favor de grupos discriminados o marginados y
que le corresponde al Estado garantizar un entorno seguro para el ejercicio del derecho a la
alimentación; es decir, respetar y hacer respetar, o promover las condiciones para que los
individuos puedan acceder, por sí mismos, a los alimentos, en la cantidad y la calidad requeridas.
(Congreso de la República de Colombia, 1991).
Los artículos 43, 44 y 46 de la Constitución Política de 1991 establecen obligaciones de
protección específica para los niños y las niñas, las mujeres gestantes y lactantes y las mujeres
y los hombres adultos mayores, a fin de asegurarles una alimentación adecuada.
Teniendo en cuenta el anterior marco normativo, es obligación del Estado adoptar políticas o
medidas que faciliten el acceso a los alimentos y a los medios para obtenerlos y promuevan su
aprovechamiento. Para tal efecto, es crucial que la dirección general de la economía se encauce
hacia el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de los
beneficios del desarrollo, la preservación de un medio ambiente sano y el acceso equitativo a
los bienes y servicios básicos, de conformidad con el artículo 334 de la Constitución Política
(Alcaldía Mayor de Bogotá, 2007).
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
8
A nivel distrital, la PPSAN se empieza a materializar mediante el Acuerdo 086 de 2003 que crea
el Comité Distrital Intersectorial de Alimentación y Nutrición, una de cuyas atribuciones es
definir las políticas generales de obligatorio cumplimiento para hacer efectiva la seguridad
alimentaria y el bienestar nutricional de la población del Distrito Capital.
El Acuerdo 186 de 2005 estipula los lineamientos de política distrital necesarios para garantizar
la sostenibilidad y perdurabilidad en el tiempo de las estrategias, programas y acciones que
permitan a hombres y mujeres acceder, disponer y consumir alimentos en cantidad y calidad
suficientes en ejercicio de sus derechos y de su ciudadanía.
El Distrito Capital adoptó el Plan Maestro de Abastecimiento y Seguridad Alimentaría de
Bogotá, mediante el Decreto 315 de 2006, cuyo objetivo es regular la función de abastecimiento
de alimentos para garantizar la disponibilidad y estabilidad en el suministro de alimentos de
calidad, adecuados nutricionalmente, así como el acceso oportuno y permanente, reduciendo el
precio y fortaleciendo los circuitos económicos urbanos y rurales.
Mediante el Acuerdo 231 de 2006, se introdujo el uso de productos tradicionales andinos en los
programas de apoyo alimentario y nutricional que adelante la administración distrital con la
población más vulnerable y se ordenó la prestación de asistencia técnica para la transformación,
modernización, industrialización, comercialización y exportación de productos tradicionales
andinos.
El Estado colombiano ratificó el compromiso nacional hacia el cumplimiento de los Objetivos
de Desarrollo del Milenio, entre ellos, la erradicación de la pobreza y del hambre compromiso
con el cual es solidaria la administración distrital. En respuesta a dicho compromiso y en
desarrollo de las atribuciones conferidas por el Acuerdo 86 de 2003, la administración distrital
abocó y llevó a término el proceso de consolidación de la PPSAN.
Para consolidar la PPSAN, se llevó a cabo una revisión y valoración de experiencias
internacionales y nacionales en materia de alimentación y nutrición, como también de la base
documental que habían generado las entidades del orden distrital para la planeación, ejecución
y seguimiento de estrategias y acciones en esta materia.
Dicho ejercicio se nutrió de los resultados de los debates con distintos públicos sobre la dinámica
de la cadena alimentaria en Bogotá y la región y sobre las alternativas para hacer frente a los
problemas identificados en el abastecimiento.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
9
Fruto del proceso antes descrito, se construyó un documento de política en el cual se plasman
los derechos y las obligaciones de las ciudadanías y de la administración distrital para hacer
efectivo el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional, en el marco del
Estado Social de Derecho, como también los principios, los objetivos y los ejes estratégicos de
la acción pública para el periodo 2007-2015.
Es así como mediante el Decreto 508 de 2007 se adoptó la Política Pública de Seguridad
Alimentaria y Nutricional (PPSAN) para Bogotá, 2007-2015, buscando dar garantías al ejercicio
de los derechos a la alimentación y al agua y con el objetivo de garantizar de manera progresiva,
estable y sostenible las condiciones necesarias para la seguridad alimentaria y nutricional de la
población del Distrito Capital, en perspectiva de ciudad-región. (Alcaldía Mayor de Bogotá,
2007)
Con el fin de verificar el compromiso de la administración distrital en relación con la PPSAN,
en visita administrativa a la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) realizada el 7 de
abril del presente año, la Veeduría Distrital indagó sobre los resultados, la evaluación o el
impacto de esta política; al respecto la Doctora Gladys Bojacá Buche, Coordinadora del
proyecto 1098 Bogotá Te Nutre y quien atendió la visita respondió:
Actualmente la SDIS se encuentra elaborando términos de referencia para la contratación
de la evaluación de los resultados del servicio (Bojacá, 2017 p. 8).
Así mismo, en visita administrativa a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (SDDE),
el 24 de abril, este órgano de control indagó, sobre un estudio o evaluación del impacto de las
estrategias o proyectos de la SDDE en el mejoramiento de la calidad de vida de sus beneficiarios
y cómo aportaría ello, a una evaluación de la PPSAN; la Doctora Sandra Patricia León García,
Subdirectora de Abastecimiento Alimentario y quien atendió la visita señaló:
La SDDE no ha realizado ninguna evaluación del impacto sobre el mejoramiento de la
calidad de vida de los ciudadanos; sin embargo, y como aporte a la Comisión Intersectorial
de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN), se contrató a un profesional que analizó
los índices relacionados con seguridad alimentaria y nutricional con base en lo cual se
obtuvieron lineamientos para la formulación de una nueva política y el direccionamiento,
con el aporte del Alto Consejero para la Seguridad Alimentaria y el señor Alcalde Mayor,
en el sentido de establecer una “ruta integral de atención a los menores de cinco (5) años en
condiciones de desnutrición, la cual se está terminando (Sandra Patricia, 2017 p. 8).
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
10
También en visita administrativa a la Secretaría Distrital de Salud (SDS), y frente a los avances
de una evaluación de la PSAN, el Doctor Manuel Alfredo González Mayorga, Subdirector en
Determinantes de Salud y quien atendió la diligencia manifestó:
El proceso de evaluación de la PSAN se viene organizando en el marco de la Comisión
Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) y la Unidad de Apoyo
Técnico (UTA) de esta comisión; en tal sentido, se destacan los siguientes avances:
Definición de la estructuración de un convenio interadministrativo por parte de las SDS,
SDDE, SED y SDP, con el fin de aunar esfuerzos técnicos y financieros para el desarrollo
de dicha evaluación. Se viene trabajando en ello desde febrero de 2017.
Actualmente se dispone de los estudios previos para consolidar el proceso pre contractual
del Convenio.
Se acordó entre las diferentes Secretarías que harán parte del Convenio, que la SDP estará
a cargo de liderar y coordinar dicho convenio. (Negrillas fuera de texto).
La Universidad Nacional de Colombia, hará parte del convenio interadministrativo para
evaluar la PSAN y reformular según sus resultados.
Se dispone de unos insumos de orden técnico, como aporte a la metodología de la
evaluación, los cuales fueron trabajados desde la UTA de la CISAN como son: resultados
de grupos focales realizados con los Comités Locales de Seguridad Alimentaria, liderado
por la SDDE, con aportes de los miembros de la UTA (González, 2017, p. 3).
Finalmente, la Secretaría Distrital de Planeación (SDP), en visita administrativa del 24 de abril
de 2017, la Doctora Sandra Astrid Amaya Vega. Directora de Políticas Sectoriales manifestó:
Actualmente, se está diseñando un convenio interadministrativo con la Universidad
Nacional para hacer una evaluación del proceso de la PSAN. Se tiene programado que
además de la evaluación de procesos de la política, esta sirva para hacer la reformulación
de la misma. Además, como se carece de línea base de la PSAN, no es posible determinar
las metas y sus resultados (Camargo, 2017 p. 2-3).
Sea lo primero señalar en este primer capítulo que la PPSAN terminó su vigencia en diciembre
de 2015; pasados un año (1) y siete (7) meses, a la fecha, según se observó, no existe un nuevo
documento de política, ni una evaluación del impacto de la Política cuya vigencia acaba de
terminar.
Si bien el desarrollo normativo es fundamental para que una política trascienda, se requiere
también que las normas creadas sean útiles, vigentes, tengan efectos sociológicos y políticos
importantes y estén comprometidas con apuestas de largo plazo. La PPSAN 2007-2015 se
introdujo en los Planes de Desarrollo Distritales “Bogotá Sin Indiferencia, Bogotá Positiva y
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
11
Bogotá Humana” y se mantuvo vigente dentro del Plan de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos
2016-2020; sin embargo y de acuerdo con las visitas efectuadas a las SDIS, SDDE, SDS y SDP,
no se cuenta con los resultados de una evaluación, a fin de contar con elementos de juicio que
permitan conocer sus fortalezas, debilidades y poder definir la conveniencia, continuidad o no
del programa “comedores comunitarios”, siendo esta, una estrategia para el cumplimiento de la
señalada política.
A este respecto, es importante traer a colación lo señalado por la Veeduría Distrital en el 2006
cuando realizó un estudio sobre la Política de Seguridad Alimentaria Bogotá sin Hambre:
A la inversa esta proposición significa que el tema adquiere un valor político tan relevante
que inevitablemente entraría en la racionalidad política de los actores (políticos) y de los
gobernantes, al punto de convertirse en un escenario privilegiado y renovado de interacción
y negociación. En el marco de un Estado que se reclama como Estado Social de Derecho la
vigencia del tema no depende exclusivamente de si es o no una necesidad objetiva o de su
valor intrínseco, sino de si, por un lado, tiene un adecuado desarrollo discursivo y jurídico
en el universo de los Derechos Humanos y si, por el otro, está instalado en la agenda de los
actores sociales y se traduce en presión política, exigibilidad social y jurídica, movilización
social, entre otros. También influyen la planificación y los compromisos de largo plazo que
suelen hacer los Estados, particularmente los órganos legislativos, que claramente
comprometen y constriñen a los gobiernos futuros no obstante sus particulares afanes. La
diferencia es que en este último caso el tema puede terminar perdiendo vitalidad (Veeduría
Distrital, 2006, p. 75-77)
Cabe advertir que la PPSAN a partir de su adopción planteó en el artículo 26 del Decreto 508
de 2007, la conformación de equipos funcionales. En cada sector de coordinación administrativa
se integrará un equipo funcional de trabajo que brindará el soporte técnico para la construcción
programática del Plan Distrital; la definición del presupuesto anual; la elaboración del marco
financiero y del plan plurianual de inversiones; la armonización de programas y proyectos del
plan con el Banco Distrital de Programas y Proyectos de Inversión; la aplicación de los
indicadores y la elaboración de los respectivos reportes de seguimiento. (Negrillas fuera de
texto)
Al respecto, es pertinente traer a colación lo señalado por la Contraloría de Bogotá en el informe
sectorial de noviembre de 2013:
Sumado a lo anterior, no haber señalado un tiempo máximo para la aplicación de los
indicadores, generó que se dilatara su elaboración y posterior ejecución. De hecho, la
Unidad Técnica de Apoyo a la CISAN solo hasta noviembre de 2010 elaboró el documento
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
12
denominado: Indicadores para seguimiento de la implementación de la política pública de
seguridad alimentaria y nutricional para Bogotá D.C. 2007-2015, el cual identifica y
clasifica los indicadores de impacto, resultado y proceso, por eje y línea de acción. En el
proceso de evaluación de la fase de formulación, se observó la falta de líneas de base,
hecho que podría dificultar establecer con certeza si la aplicación de los recursos en la
ejecución de las acciones que corresponden a la política pública, apuntan a atenuar o dar
solución a las problemáticas planteadas que se describen en el diagnóstico, ya que no se
especificó el número de personas afectadas por éstas y la ubicación de las mismas,
aduciendo en general la existencia de poblaciones vulnerables(Negrillas fuera de texto)
(Contraloría de Bogotá, 2013 p. 21).
Visto lo anterior, se observa que las entidades distritales competentes presentan un retraso en
sus deberes institucionales frente al seguimiento y evaluación de la PPSAN; al respecto, este
órgano de control hará algunas recomendaciones.
2.2 Los planes, proyectos o programas para garantizar el derecho a la alimentación de
la población vulnerable en el marco de la Política Pública de Seguridad Alimentaria y el
Plan de Desarrollo Distrital
Con el fin de conocer el manejo que se le ha dado a la PPSAN, se recopiló información acerca
de los planes, programas o proyectos incluidos en las últimas cinco (5) administraciones a través
de los planes de desarrollo distrital, así:
Tabla 1. La PPSAN en el Plan de Desarrollo Distrital Plan de Desarrollo Programas y proyectos para el
cumplimiento de la PPSAN
Inversión (En millones de pesos)
Bogotá para vivir
todos del mismo lado
2001-2004
Nutrir para el futuro 161.546 161.546
Bogotá sin
indiferencia 2004-
2008
Seguridad alimentaria 32.260 32.260
Bogotá sin hambre.
Implementación y fortalecimiento
de la red distrital de comedores
infantiles y comunitarios en las
localidades con mayor población
en condiciones de pobreza y
vulnerabilidad
849.250 908.490
Promoción de la red de bancos de
alimentos de Bogotá.
26.980
Bogotá Positiva
2008-2012
Bogotá bien alimentada 902.957 902.957
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
13
Bogotá Humana
2012-2016
Soberanía y seguridad alimentaria
y nutricional
756.505 1.497.553
Proyecto 730 de 2012.
Alimentando capacidades
741.048
Bogotá Mejor para Todos 2016-
2020
Proyecto 1098 de 2016 Bogotá Te
Nutre.
819,007
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en Planes de Desarrollo Distritales
Según el Decreto 508 de 2007, la financiación de la Política Pública de Seguridad Alimentaria
y Nutricional para Bogotá se realizará mediante la asignación anual de recursos de inversión por
parte de los distintos organismos de la administración distrital responsables de su
implementación y de los Fondos de Desarrollo Local, en el marco de sus competencias y las
particularidades establecidas en el Decreto (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2007 artículo 24).
Como se muestra, la inversión frente a los programas y proyectos distritales dirigidos al
cumplimiento de la PPSAN ha ido creciendo en las últimas cinco administraciones de Bogotá.
El programa “Bogotá Sin Indiferencia” muestra un enorme incremento de la inversión en
relación con el Programa de “Bogotá Positiva”. En el gobierno de “La Bogotá Humana” la
inversión aumentó cerca de un 50% con respecto a las dos anteriores.
Un aspecto importante de la seguridad alimentaria es la nutrición, la cual se mantiene en los
programas y proyectos de los cinco Planes de Desarrollo revisados. Luego y asociado al tema
de nutrición se incluye el tema de asistencia alimentaria ligado a la garantía de acceso a los
alimentos por parte de la población vulnerable (en especial, de niños, población escolarizada y
madres). El tema de seguridad alimentaria aparece en el Plan de Desarrollo “Bogotá Sin
Indiferencia”. Se introduce en ese plan un elemento ligado principalmente a la disponibilidad,
pero también al acceso en varios aspectos cuando se reconoce como de gran importancia la
producción alimentaria campesina de Bogotá y la Región Central. El concepto de soberanía
alimentaria se vislumbra por primera vez en el Plan de Desarrollo de la “Bogotá Humana”.
En el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos”, dentro del primer pilar Igualdad
de calidad de vida, se formuló el proyecto 1098 Bogotá te Nutre, con un presupuesto total para
la vigencia 2016-2020 de ochocientos diecinueve mil siete millones de pesos ($819,007); según
el proyecto la administración distrital impulsaría el fortalecimiento de la línea de seguridad
alimentaria y nutricional (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2016).
El proyecto señalado tiene como objetivo beneficiar con una alimentación equilibrada,
suficiente, adecuada e inocua a mujeres gestantes, niños, niñas y hogares identificados por la
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
14
SDIS en inseguridad alimentaria moderada y severa, con énfasis en el fortalecimiento del tejido
social y comunitario y se desarrolla a partir de tres componentes:
1. Componente social: que se implementa de manera transversal en las tres modalidades
del proyecto: comedores comunitarios, canastas complementarias y bonos canjeables
por alimentos.
2. Componente nutricional: para conocer el impacto de las acciones realizadas, se debe
efectuar vigilancia y seguimiento nutricional y para ello se necesita contar con un
sistema fortalecido a fin de garantizar una adecuada valoración nutricional, en tempo
oportuno.
3. Componente alimentario: que tiene que ver con suministrar apoyo alimentario
completo, equilibrado, suficiente, adecuado e inocuo a la población identificada en
inseguridad alimentaria moderada y severa. Este apoyo alimentario se brinda de
diferentes maneras a la población atendida por la SDIS, dentro de las cuales se
encuentran: suministro de alimentos crudos, suministro de alimentos preparados y
servicios, bonos canjeables por alimentos y canastas complementarias de alimentos.
Las modalidades del proyecto son:
1. Comedores comunitarios: Se conciben como espacios físicos, sociales y comunitarios
de coordinación y articulación transectorial donde se orientan y desarrollan procesos de
fortalecimiento de capacidades y se suministra un almuerzo en condiciones adecuadas e
inocuas, con un aporte nutricional del 40% del valor calórico total de las
recomendaciones de consumo diario de calorías y nutrientes para la población. Son 153
Unidades operativas.
2. Bonos canjeables por alimentos. Consiste en la selección autónoma de alimentos en
puntos autorizados por parte de las familias, de acuerdo a sus preferencias, hábitos y
costumbres, con base en una lista de grupos de alimentos y con un valor canjeable de
acuerdo al número de integrantes en atención de la familia. La modalidad de atención
tiene como fin de aportar entre el 35% al 40% del valor calórico total diario
recomendado.
3. Canasta complementaria por alimentos: Consiste en la entrega mensual de alimentos
a grupos familiares residentes en territorios o poblaciones con características
diferenciales en las submodalidades: indígenas, afro, rural y en zonas sin condiciones
higiénico-sanitarias-SCHS-con un aporte nutricional entre el 35% al 40% del valor
calórico total de acuerdo con la recomendación diaria de calorías y nutrientes para la
población colombiana.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
15
Visto lo anterior, las últimas cinco administraciones distritales han incluido en sus planes de
desarrollo, programas y proyectos para garantizar el derecho a la alimentación de la población
vulnerable de Bogotá, cumpliendo así con lo señalado en los artículos 43, 44, 46 y 315 de la
Constitución Política de 1991.
2.3. La responsabilidad de las entidades distritales frente al cumplimiento de la PPSAN
La política contempló que todas las entidades distritales adelantaran acciones y proyectos para
su aplicación, pero las Secretarías Distritales de Integración Social, Salud, Educación,
Desarrollo Económico y Gobierno serían las responsables de liderar y soportar la ejecución
de sus principales componentes. (Negrillas fuera de texto)
Es de anotar, que la estrategia Comedores Comunitarios, es una manera de materializar la
política; al respecto, este órgano de control consideró necesario para el desarrollo de la
investigación, indagar bajo qué lineamientos de política se había circunscrito dicha estrategia,
habida cuenta de que esta finalizó en el año 2015.
2.3.1. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) frente
a la PPSAN, a través de la estrategia Comedores Comunitarios
En la coordinación y la orientación política del eje de acción pública denominado acceso de toda
la población a los alimentos de forma autónoma y en igualdad de condiciones y oportunidades,
concurren la Secretaría de Desarrollo Económico y la Secretaría Distrital de Integración
Social (Negrillas fuera de texto) (Alcaldía Mayor de Bogotá, 2007).
El eje prácticas de alimentación y modos de vida saludables en el marco de la diversidad
cultural, está bajo la coordinación tripartita de Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital
de Integración Social y Secretaria de Educación Distrital.
Al respecto, en visita administrativa a la SDIS llevada a cabo el día 7 de abril de 2017, se solicitó
información sobre las directrices o lineamientos de política, en los que se enmarcó el Proyecto
de Inversión 1098 de 2016 “BOGOTÁ TE NUTRE”, dentro del cual se encuentra la estrategia
comedores comunitarios, dado que la vigencia de la PPSAN (Decreto 508 de 2007) terminó en
2015; la Doctora Gladys Bojacá, Coordinadora del mencionado proyecto, manifestó:
Este se enmarca bajo los lineamientos de la política nacional. Simultáneamente la SDIS
viene participando en los espacios de evaluación de la política pública de seguridad
alimentaria liderados por la SDDE (Bojacá, 2017).
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
16
A través del proyecto 1098 “Bogotá Te Nutre”, la SDIS realiza la atención alimentaria en los
Comedores Comunitarios a fin de beneficiar con una alimentación, equilibrada, suficiente,
adecuada a mujeres gestantes, niños, niñas, y hogares identificados por la Secretaría Distrital de
Integración Social en inseguridad alimentaria moderada y severa.
Básicamente, la SDIS debe focalizar a la población vulnerable que será beneficiaria del servicio;
quien efectúa dicha focalización es un(a) inclusor (a) social quien realiza visitas domiciliarias y
verifica cumplimiento de criterios de ingreso y egreso establecidos por la resolución 764 de
2013, el cruce de base de datos y el acompañamiento en campo para la verificación de cambios
en sus condiciones nutricionales y socioeconómicas. En las visitas administrativas realizadas
por la Veeduría Distrital, se observó que en algunos comedores comunitarios solo se cuenta con
un inclusor social, lo que, según los mismos profesionales, es insuficiente para el gran número
de focalizaciones, además de las otras actividades de inclusión social que deben realizar.
Con base en el material acopiado en las visitas administrativas a la SDIS y a los comedores
comunitarios, se observó que la Resolución 764 de 2013 por medio del cual se modifica la
Resolución 0736 del 5 de julio de 2013 por la cual se adoptan los criterios de ingreso, egreso,
priorización y restricciones por simultaneidad para el acceso a los servicios sociales de los
proyectos de la SDIS, contiene 13 ítems como criterios de priorización, es decir, los requisitos
que deben cumplir los beneficiarios para acceder al servicio del comedor comunitario.
En contraste con lo señalado por los coordinadores de los comedores visitados, estos
manifestaron que el único criterio de ingreso para 2017 es el puntaje del Sisbén menor a 46.7;
criterio que iba a quedar señalado en la modificación de dicha resolución.
Así mismo, en dicha resolución se señalan como restricciones por simultaneidad de beneficios,
es decir cuándo una persona no puede acceder al servicio del comedor, el contar con el bono
para adulto mayor tipo D; es decir, los adultos mayores que reciban este bono no podrían recibir
el apoyo alimentario.
En las visitas realizadas a los comedores comunitarios, se evidenció que varios adultos mayores
que cuentan con dicho bono están recibiendo el beneficio alimentario en los comedores; como
es el caso del comedor comunitario Barranquillita de la localidad de Usme.
De igual modo, en la Resolución se hace alusión al Proyecto de Inversión 730 “Alimentando
Capacidades” de la vigencia 2012-2016 y no al Proyecto Bogotá te Nutre, lo cual puede generar
confusión pues no se entiende si los criterios se circunscriben al proyecto 730 únicamente, o si
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
17
éstos son generales para cualquier tipo de programa que garantice el derecho a la alimentación
de la población vulnerable de Bogotá; observándose de esta forma una posible desactualización
de lo señalado en la mencionada resolución.
También le corresponde a la SDIS elaborar el ciclo de menús; a su vez, el Comedor Comunitario
debe cumplir con el ciclo de menús de cinco (5) semanas, el cual consta de un almuerzo
compuesto por sopa o crema, carne o sustituto, cereal, verdura cruda o cocida, tubérculo o
plátano o raíz, jugo de fruta, postre y lácteo. Estos, según el material acopiado, están registrados
en el Anexo Técnico de Comedores. Dicho que suministrado por la SDS en visita administrativa,
corresponde al año 2016. Frente a esta función, la SDIS está cumpliendo con lo señalado en
dicho anexo.
2.3.2. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud (SDS) frente a la PPSAN
La coordinación y la orientación política del eje de acción pública denominado nutrición y
entornos saludables, están a cargo de la SDS. El desarrollo de las dos líneas de trabajo que
definen este eje compromete seis organismos más, a saber: Secretaría Distrital de Ambiente,
Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaria de Educación Distrital, Secretaría Distrital
de Hábitat, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y Unidad Administrativa
Especial de Servicios Públicos.
En visita administrativa a la SDS, efectuada el 4 de mayo de 2017, se indagó acerca de las
directrices o lineamientos de política que enmarcan los proyectos de inversión o las estrategias
institucionales para garantizar el derecho a la alimentación de la población vulnerable de
Bogotá, hallando como respuesta, según el Doctor Manuel González, Subdirector de
Determinantes en Salud, que:
La PSAN 2007-2015, en la actualidad se encuentra en proceso de evaluación y
reformulación, proceso en el que participa de manera activa y articulada la entidad. Por otra
parte, se realizan acciones relacionadas, que están incluidas en el Plan de Intervenciones
Colectivas y apuntan al cumplimiento de las líneas de acción de la actual política entre estas:
Líneas de trabajo que integran el eje de acción pública en torno a la disponibilidad de
alimentos: La SDS, desde la Secretaría Técnica de la CISAN (Comisión Intersectorial de
Seguridad Alimentaria) lidera juntamente con otros sectores, los procesos de construcción
del Plan Maestro de Abastecimiento para el Distrito Capital.
Líneas de trabajo que integran el eje de acción pública en torno al acceso a los alimentos y
al agua potable: La SDS, de manera articulada, gestiona con actores públicos y privados, el
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
18
acceso a los alimentos, particularmente para población vulnerable (niños y niñas menores
de cinco años con desnutrición aguda, mujeres gestantes y en periodo de lactancia con bajo
peso, familias de niños y niñas recién nacidos con bajo peso, persona mayor con diagnóstico
de desnutrición, entre otros).
Así mismo, a través de los Consejos Locales de Política Social (CLOPS), la SDIS a través
de profesionales de la salud pertenecientes a diferentes espacios de vida cotidiana, teniendo
como insumo las caracterizaciones y acompañamientos técnicos a las familias priorizadas,
promueve y gestiona la consecución de servicios públicos, agua potable, apoyo alimentario,
alternativas de generación de trabajo e ingresos entre otros. Lo anterior con el propósito de
impactar de manera positiva la resolución de determinantes sociales y económicos presentes
y causantes de la mayoría de las enfermedades en estas familias.
De igual manera articulada con la SDIS, el ICBF, la SED construye la primera ruta distrital
de atención de la desnutrición y gestantes de bajo peso, que busca aunar esfuerzos para
facilitar y garantizar el acceso de alimentos a poblaciones particularmente vulnerables.
De las líneas de trabajo que integran el eje de acción pública en torno a prácticas de
alimentación y modos de vida saludable: la SDS promueve y apoya la continuidad en la
implementación de la estrategia de instituciones amigas de la mujer y la infancia (IAMII)
en las IPS públicas y privadas priorizadas por cada una de las subredes del Distrito capital,
así como la implementación de la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante, Salas
de extracción de leche Humana y el Banco de leche Humana del Hospital Occidente de
Kennedy.
Adicionalmente, coordina de manera conjunta con la SDIS, la Mesa Regional de Lactancia
Materna, apoyando actividades que promueve y protegen la lactancia materna, entre las que
se encuentran la TETATON y las jornadas de actualización académica.
Desde los diferentes espacios de vida cotidiana y a través de los profesionales de la salud,
se promueve la consejería en lactancia materna y la práctica de la misma, la alimentación
complementaria, alimentación infantil saludable e inocua, reducción del consumo de sal,
azúcares y grasas. Se informa que desde el espacio físico y educativo se fortalece y se
promueve la práctica de actividad física y el consumo de alimentos sanos y seguros. Por
otra parte, el sistema de Vigilancia Epidemiológica de la SDS promueve la certificación de
tiendas escolares en los colegios públicos y privados del Distrito.
De las líneas de trabajo que integran el eje de acción pública en torno a la nutrición y los
entornos saludables: la SDS ha creado de manera conjunta con el IDRD la estrategia
Cuídate, sé feliz, cuyo fin es la promoción de estilos de vida saludable y la práctica de
actividad física de las personas, independientemente de su curso vital.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
19
Además, se desarrolla otra estrategia para la promoción de alimentación saludable, dirigida
a toda la población, particularmente a niños, niñas y adolescentes llamada “Estar bien, es
estar mejor”, que se promocionará en todos los espacios de vida cotidiana particularmente
en el educativo y público (González Mayorga, 2017 p. 3-4).
La Veeduría Distrital también indagó acerca de los proyectos, planes o estrategias para la
garantía del derecho a la alimentación de la población vulnerable que se implementan desde la
SDS; al respecto se señalan:
● Elaboración y ejecución de la ruta sectorial de atención a la desnutrición aguda de
niños y niñas menores de cinco años, así como los lineamientos distritales.
● Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia en IPS públicas y privadas.
● Elaboración y ejecución de lineamientos y ruta de articulación con la SDIS ´para
la atención de mujeres gestantes y en periodo de lactancia de bajo peso y recién
nacidos a término con bajo peso.
● Estrategia Cuídate, sé feliz.
● Estrategia Estar bien es estar mejor.
● Estrategia Salas Amigas de la Mujer y la Infancia.
● Banco de leche Humana en el Hospital Occidente de Kennedy.
Adicional a lo anterior, la SDS realiza la inspección, vigilancia y control de los alimentos en
establecimientos abiertos al público entre estos los comedores comunitarios a través de las
subredes integradas de prestación de servicios de salud.
Al indagar sobre el número de comedores intervenidos por la SDS entre enero de 2016 y febrero
de 2017, el Doctor González Mayorga, señaló:
De un total de 181 comedores comunitarios de 19 localidades, se encontraron 131 con concepto
favorable, 39 con concepto pendiente y solo 2 comedores comunitarios con concepto
desfavorable (González Mayorga, 2017 p. 6).
Bajo estos parámetros, la SDS está cumpliendo con sus funciones en el marco de la PPSAN.
2.3.3. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (SDDE)
frente a la PPSAN
La coordinación y la orientación política del eje de acción pública denominado Disponibilidad
de alimentos suficientes, adecuados nutricional y culturalmente e inocuos, y de agua apta para
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
20
el consumo humano, está a cargo de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (Alcaldía
Mayor de Bogotá, 2007).
La Doctora Sandra Patricia León García, Subdirectora de Abastecimiento Alimentario de la
SDDE, en visita administrativa del 7 de junio de 2017, manifestó que la PPSAN “Bogotá sin
Hambre” 2007-2015, no ha sido derogada por ningún instrumento, razón por la cual se siguen
considerando los mismos lineamientos de política para la intervención de la entidad en temas
relacionados con seguridad alimentaria.
Señala la SDDE que dentro de sus objetivos está garantizar la seguridad alimentaria de la
totalidad de la población del Distrito, en consideración a lo establecido en el artículo 2, literal g
del Decreto 437 de 2016, Por el cual se modifica la estructura organizacional de la SDDE, que
establece: Coordinar con las autoridades competentes la formulación, ejecución y
evaluación de las políticas, planes, programas y estrategias en materia de abastecimiento de
alimentos y seguridad alimentaria, promoviendo la participación de las organizaciones
campesinas y de tenderos. (Negrillas fuera de texto)
La Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario, en cabeza de la Subdirección
de Abastecimiento Alimentario consideró dentro de su plan de acción y como una de las metas,
formular un documento con lineamientos estratégicos para la reformulación de la PPSAN, lo
que se viene realizando con la coordinación de los integrantes de la Comisión Intersectorial de
Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).
Por otro lado, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la SDDE desarrolla los mercados
campesinos, en concordancia con lo establecido en el Plan de Abastecimiento de Alimentos que
incluyó a los nuevos mercados campesinos entendidos como un instrumento de
posicionamiento de la economía campesina y como una instancia de generación de negocios, de
ocurrencia periódica.
La SDDE forma parte de la CISAN de la cual es presidente, función desarrollada por el Director
de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario.
En el marco de esa labor de presidencia de la CISAN, este órgano de control indagó sobre la
evaluación o el impacto de los proyectos de la SDDE en el mejoramiento de la calidad de vida
de sus beneficiarios y sobre cómo aportan esos resultados a la PPSAN, ante lo cual quien atendió
la diligencia señaló:
La SDDE no ha realizado ninguna evaluación al respecto; sin embargo y como aporte a la
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
21
CISAN se contrató a un profesional que analizó los índices relacionados con la seguridad
alimentaria y nutricional con base en lo cual se obtuvieron lineamientos para la formulación
de una nueva política y el direccionamiento con el aporte del Alto Consejero para la
Seguridad Alimentaria y el Alcalde Mayor, en el sentido de establecer una ruta integral de
atención a los menores de cinco (5) años en condiciones de desnutrición (León García, 2017
p. 8-9).
Dado que la PSAN 2007-2015, finalizó en diciembre de 2015, este órgano de control considera
que la SDDE debe coordinar con las demás entidades competentes, las acciones necesarias para
la evaluación de dicha política, su reformulación y/o la formulación de una nueva y en este
sentido la entidad estaría vulnerando la obligatoriedad de monitorear y evaluar las políticas
públicas.
2.3.4. La responsabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) frente a la
PPSAN
Según lo señalado por la Doctora Sonia Astrid Amaya Vega, Subdirectora de Políticas
Sectoriales de la SDP en visita administrativa del 4 de mayo, se está estructurando un convenio
interadministrativo por parte de las SDS, SDDE, SED y SDP, con el fin de aunar esfuerzos
técnicos y financieros para el desarrollo de una evaluación de la PPSAN y en el marco de dicha
evaluación se acordó entre las diferentes Secretarías que harán parte del Convenio, que la SDP
tendrá la tarea liderar y coordinar este proceso.
La SDP señaló en visita administrativa del 24 de abril de 2017, que las Instituciones que tienen
responsabilidades en lo concerniente al suministro de alimentos para las diversas poblaciones,
siguen prestando el servicio bajo la figura de programas o proyectos de inversión,
independientemente de que se identifiquen como desarrollo de la PPSAN.
Al indagar sobre la evaluación de la PPSAN, la Doctora Amaya, manifestó:
Se está en la fase de elaboración del convenio con la Universidad Nacional, cuyo uno de los
productos será la reformulación de la política (Amaya Vega, 2017 p.1).
Sin embargo, pasados un año (1) y siete (7) meses de culminada la vigencia de la PPSAN y
atendiendo a las funciones de la SDP frente a la formulación y evaluación de las políticas
públicas, la entidad está faltando al cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 2 del
Decreto 16 de 2013, específicamente en lo señalado en los literales g) Liderar conjuntamente
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
22
con la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la articulación del Distrito Capital con el
ámbito regional para la formulación de políticas y planes de desarrollo conjuntos, procurando
un equilibrio entre los aspectos económicos, sociales y de medio ambiente inherentes a la región
y h) Coordinar la articulación del Distrito Capital con el ámbito regional para la formulación
de políticas y planes de desarrollo conjuntos y j) Coordinar la formulación, ejecución y
seguimiento de las políticas y planes de desarrollo urbano y rural del Distrito Capital (Alcaldía
Mayor de Bogotá, 2013).
2.4. Contratación para la operación y/o funcionamiento de los Comedores
Comunitarios
Para el desarrollo de este capítulo, se seleccionaron cinco (5) localidades: Usaquén, Suba, Bosa,
Usme y Ciudad Bolívar incluidas las que señaló el quejoso; luego se enlistaron aleatoriamente
cinco comedores por cada una de las cinco localidades con el fin de identificar su ubicación, los
nombres de los operadores, el número de los contratos, número de NIT y representante legal de
los operadores; lo anterior dado que en la queja se manifiesta que estos operadores son de papel.
Tabla 2. Listado de operadores y Comedores Comunitarios Investigados
Localidad Comedor
Comunitario Dirección
Operador Número de
Contrato Operador
Número de
Contrato
2015 2016
Usaquén
Verbenal Transversal 18
No. 187-43
CORPORACION AGENCIA
PARA EL DESARROLLO
SOCIAL COMUNITARIO
5434
CORPORACION
CONSTRUYENDO AMOR
CON AMOR
10326
Estrellita Calle 189 B
3ª-25
ASOCIACION
COMUNITARIA LA
ESPERANZA
9313 CORPORACIÓN VIENTOS
DEL PORVENIR 12201
Santa Cecilia Calle 163 NO.
3ª-15
FUNDACION CENTRO DE
INVESTIGACION Y
PROMOCION
COMUNITARIA - CIPROC
4440
CORPORACION
CONSTRUYENDO AMOR
CON AMOR
10108
Buenavista Calle 192 No.
5C-24
ASOCIACION DE
INTEGRACION
COMUNITARIA
4423
ASOCIACION DE
INTEGRACION
COMUNITARIA
10092
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
23
Soratama Calle 167 No.
2ª-07
ASOCIACION DE
DEFENSA DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
BARRIO SORATAMA
6411
ASOCIACION DE
DEFENSA DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
BARRIO SORATAMA
10952
Suba
La Aguadita Calle 128 H
No. 86C-38
FUNDACION PARA EL
DESARROLLO DE LA
EDUCACION LA SALUD Y
UNA NUEVA CULTURA
DE VIDA EN COLOMBIA -
FUDESCU
10754 FUNDACIÓN SOCIAL
VIVE COLOMBIA 11430
Lisboa Calle 136 No.
154-10
PARROQUIA BEATO JUAN
BAUTISTA SCALABRINI 6852
PARROQUIA BEATO
JUAN BAUTISTA
SCALABRINI
10091
Fontanar del
Río
Carrera 141 A
Bis No. 143B-
51
PARROQUIA BEATO JUAN
BAUTISTA SCALABRINI 6942
PARROQUIA BEATO
JUAN BAUTISTA
SCALABRINI
10093
Las Flores Carrera 109 A
No. 140-45 FUNDACION KOLPING 10683
FUNDACIÓN CENTRO DE
APOYO INTEGRAL LA
LUZ DEL MUNDO
12248
Nuevo Corinto Calle 131 A
No. 100-24
FUNDACION CRECIENDO
UNIDOS 5911
FUNDACION
CRECIENDO UNIDOS 9528
Bosa
Potreritos Calle 88 H
No. 74 A-21
FUNDACION ARTISTICA
PINCEL DE ALEGRIA 5589
CORPORACIÓN PARA EL
DESARROLLO SOCIAL Y
COMUNITARIO LA
SIEMBRA
4858
Bosa Calle 63 Sur
No. 77 B-27 IDIPRON 8179 IDIPRON 8303
San Bernardo Calle 74 B Sur
No. 87 I-97
FUNDACION MISIONERA
NUEVO GENESIS 5424
ASOCIACIÓN DE APOYO
COMUNITARIO AL
COMEDOR JUVENIL DE
BARRIO VILLA SUAITA
LA PAZ
13655
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
24
Centauros Calle 58 No.
91 A-14 Sur FUNDACION REMA 6019 FUNDACION REMA 9516
Nuevo Chile Calle 71 D 56
D 15 Sur
COOPERATIVA
MULTIACTIVA DE
MERCADOS CAMPESINOS
6182
COOPERATIVA
MULTIACTIVA DE
MERCADOS
CAMPESINOS
9063
Usme
San Luis
(tenerife)
Calle 73 D
No. 14L-25
JUNTA DE ACCION
COMUNAL BARRIO
ALMIRANTE PADILLA
5987
JUNTA DE ACCION
COMUNAL BARRIO
ALMIRANTE PADILLA
12129
Barranquillita Calle 69 D Sur
No. 3-15
PROMOTORA DE
SERIVICOS PARA EL
DESARROLLO
6784
PROMOTORA DE
SERVICIOS PARA EL
DESARROLLO
9510
La Fiscala
Calle 65 Sur
No. 2B-31
Este
JUNTA DE ACCION
COMUNAL BARRIO
ALMIRANTE PADILLA
5991
JUNTA DE ACCION
COMUNAL BARRIO
ALMIRANTE PADILLA
12128
Villa Rosita
Karrera 87 A
Sur No. 22-58
Este
JUNTA DE ACCION
COMUNAL DEL BARRIO
VILLA ROSITA DE LA
LOCALIDAD QUINTA DE
USME
5960
JUNTA DE ACCION
COMUNAL DEL BARRIO
VILLA ROSITA DE LA
LOCALIDAD QUINTA DE
USME
13694
Ciudad
Bolívar
Arborizadora Carrera 40 No.
63 I-25 Sur IDIPRON 8179 IDIPRON 8303
Santa Viviana
Calle 75 D Sur
No. 75 C-03
Sur
FUNDACION SOCIAL EL
ENCUENTRO 5396
FUNDACION SOCIAL EL
ENCUENTRO 10390
Estrella del Sur Calle 74 No.
18 Bis 18
COMITE CIVICO
FEMENINO DE LOS
BARRIOS ESTRELLA DEL
SUR Y BOGOTA
5435
COMITE CIVICO
FEMENINO DE LOS
BARRIOS ESTRELLA
DEL SUR Y BOGOTA
10094
Fuente. Información suministrada por la SDIS. Acta de Visita de abril 7 de 2017. Página 3.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
25
Verificada la información relacionada con las organizaciones que operan dichos comedores a
través del portal de contratación-SECOP, se observó que estas cuentan con personería jurídica
y representación legal, así:
Operadores Comedores Usaquén
La corporación Agencia para el Desarrollo Social Comunitario, cuenta con NIT No.
9002592661 y su representante legal es Fabio Mayorga Bautista. (operó el comedor
comunitario Verbenal en el año 2015).
La Corporación Construyendo Amor con Amor cuenta con NIT No. 830097306 y su
representante legal es Diana Mercedes Vásquez Aristizabal. (operó el comedor
comunitario Verbenal en 2016).
La Fundación Centro de Investigación y Promoción Comunitaria-CIPROC-, cuenta con
NIT No. 860400743-0 y su representante legal es Carlos Muñoz Pedraza. (Operó el
comedor comunitario Santa Cecilia en 2016).
Corporación Vientos del Porvenir: cuenta con NIT No. 830073167 y su representante
legal es el señor Ronald Camelo Chávez.
Asociación de Defensa de los Derechos del Niño Barrio Soratama: Cuenta NIT No.
800048582 y su representante legal es la señora Olga Patricia Garnica Salazar.
Operadores Comedores Suba
Fundación para el Desarrollo de la Educación la Salud y una nueva Cultura de Vida en
Colombia – Fudescu cuenta con NIT No. 900092287 y su representante legal es Orlando
Restrepo Rojas.
Fundación Social Vive Colombia: Cuenta con NIT No. 830.133.323-6 y su representante
legal es el señor Germán Almanza Hernández.
La Asociación Integral para la Paz, cuenta con NIT No. 830.094.708 y su representante
legal es Ricardo Poveda.
Parroquia Beato Juan Bautista Scalabrini, cuenta con NIT No. 830094708. Su
representante local es el padre Maurizio Pontín.
Fundación Kolping: Cuenta con NIT No. 830013717 y su representante legal es la señora
Luz Dary Bejarano Dávila.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
26
Fundación Creciendo Unidos: Cuenta con NIT No. 800236035-3 y su representante legal
es el señor Reinel García Martínez.
Fundación Centro de Apoyo Integral La Luz del Mundo: Cuenta con NIT No.
900065588 y su representante legal es el señor Carlos Julio López Giraldo.
Operadores Comedores Bosa
Corporación para el Desarrollo Social y Comunitario La Siembra: Cuenta con NIT No.
830145844 y su representante legal es la señora Johana Shirley Gómez Gutiérrez.
IDIPRON: Cuenta con NIT No. 899999333-7 y su representante legal es el señor
Wilfredo Grajales Rosas. Opera seis (6) comedores comunitarios.
Asociación de Apoyo Comunitario al Comedor Juvenil del Barrio Villa Suaita La Paz:
Cuenta con NIT No. 800214677-7 y su representante legal es la señora Zoraida
Mosquera de Corrales. La documentación del proceso contractual se encuentra
debidamente publicada en el SECOP.
Operadores Comedores Usme
Junta de Acción Comunal Barrio Almirante Padilla. Cuenta con NIT No. 800083245 y
su representante legal es el señor Agustín Peña.
Junta de Acción Comunal del Barrio Villa Rosita de la Localidad Quinta de Usme:
Cuenta con NIT No. 830061790-2 y su representante legal es el señor Nelson Castañeda
Moreno. La documentación del proceso contractual está incompleta. Solo aparece
publicado el contrato y carece de informes de supervisión e interventoría.
Operadores Comedores Ciudad Bolívar
IDIPRON: Cuenta con NIT No. 899999333-7 y su representante legal es el señor
Wilfredo Grajales Rosas. Opera seis (6) comedores comunitarios.
Fundación Social El Encuentro: Cuenta con NIT No. 830.050.939-5 y su representante
legal es el señor Alexander Fajardo Sánchez.
Comité Cívico Femenino de los Barrios Estrella del Sur y Bogotá: Cuenta con NIT No.
800160033 y su representante legal es la señora Ana Isabel Moreno de Huérfano.
Como puede observarse, para las vigencias 2015 y 2016, la SDIS suscribió contratos amparados
en el Decreto 777 de 1992 (vigente para la época de los hechos) y por el cual se reglamenta la
celebración de los contratos a que refiere el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
27
Política, con Entidades Sin Ánimo de Lucro, para la operación de Comedores Comunitarios y
según se evidenció, todos los operadores cuentan con personería jurídica y representación legal;
lo cual desvirtúa la afirmación dada por el quejoso en su denuncia, quien manifiesta que las
organizaciones que operan los comedores son de papel.
Adicionalmente, estos contratos se suscribieron para la operación de Comedores Comunitarios;
evidenciándose en cada uno de sus objetos contractuales lo siguiente: “Realizar la atención
alimentaria en los comedores comunitarios -Centro de Referencia y Desarrollo de Capacidades
CRDC en cumplimiento del proyecto 730 Alimentando Capacidades: Desarrollo de habilidades
y apoyo alimentario para superar condiciones de vulnerabilidad a personas en situación de
inseguridad alimentaria y nutricional o en riesgo de padecerla, con el fin de garantizar el derecho
efectivo a la alimentación, y del Proyecto 1098 Bogotá Te Nutre, de acuerdo a los lineamientos
previstos en el anexo técnico.
El Decreto 777 de 1992 (derogado por el Decreto 92 de 2017 Por el cual se reglamenta la
contratación con entidades sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del
artículo 355 de la Constitución Política) facultaba a la entidad para celebrar contratos que
impulsaran programas que correspondan a las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) (Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C., 1992).
Conforme a lo anterior y de la lectura de cada uno de los contratos analizados; se evidencia que,
en sus objetos, obligaciones y finalidad, existe una prestación de servicios por parte de las
ESAL, observándose una contraprestación directa a favor de la SDIS.
Como ya se indicó, el objeto de los contratos que autoriza el inciso segundo del artículo 355, se
limita a la realización de actividades o programas de interés público que, conforme a los planes
de desarrollo, adelanten instituciones privadas sin ánimo de lucro. Aquellos que generen una
contraprestación directa a favor de la entidad contratante y los que tienen por objeto desarrollar
proyectos específicos, corresponden al giro normal de las funciones propias de la entidad estatal,
y por lo tanto se tipifican dentro de cualquiera de las modalidades de contratación de la Ley 80
de 1993, debiendo sujetarse a los procedimientos allí previstos, en especial a los de escogencia
del contratista.
Al indagar sobre quien ejerce la interventoría de los contratos arriba señalados, la SDIS adelantó
el correspondiente concurso de méritos tendiente a celebrar un contrato de consultoría para
efectuar una interventoría externa para la modalidad de comedores comunitarios, la cual fue
adjudicada al Consorcio “Bogotá Te Nutre”, mediante el contrato No. 13667 de 2016, el cual
dio inicio el 04 de enero de 2017.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
28
Durante la vigencia fiscal 2016, la entidad del 01 de enero al 12 de febrero de esa anualidad
contó con una interventoría desarrollada por C&M Consultores a través del contrato de
consultoría No. 11960 de 2015.
Según lo dispuesto en la Resolución 378 de 2016, la entidad a través de la Subdirección para la
Gestión Integral Local asumió la supervisión directa de la modalidad de comedores
comunitarios del 13 de febrero de 2016 al 03 de enero de 2017. (Rojas, 2017)
Frente a la supervisión de los contratos señalados, el Doctor Luis Carlos Artunduaga, asesor
jurídico de Subdirección para la Gestión Local Integral de la SDIS señaló que durante los
periodos en los cuales la entidad ha contado con interventoría externa, ha sido el contratista
correspondiente quien ha efectuado la labor de verificación y control de los contratos a través
de los cuales se presta el servicio de comedores comunitarios, a su vez la SDIS efectúa la
supervisión correspondiente a los contratos de interventoría.
Igualmente manifestó que una vez finalizado el contrato, la entidad efectuó las labores de
supervisión, inspección, vigilancia y control de los contratos de comedores comunitarios.
(Rojas, 2017)
De igual forma, la Veeduría Distrital indagó en visita administrativa del 7 de abril, acerca de la
periodicidad de las visitas a los comedores comunitarios por parte de la SDIS y de la
interventoría. Al respecto el Doctor Luis Carlos Artunduaga Rojas, asesor jurídico de la
Subdirección de Gestión Integral Local y quien atendió la diligencia señaló:
De acuerdo con el procedimiento previsto por la SDIS, para el ejercicio de la Interventoría
una vez iniciada la ejecución de los contratos o convenios, se verifica el cumplimiento de
las obligaciones contractuales de la organización operadora, realizando dos (2) visitas de
campo mensual por componente (Técnico, Administrativo y Social) a cada uno de los
Comedores Comunitarios, durante toda la jornada de prestación del servicio, a través de la
metodología, los procedimientos, instructivos, protocolos, lineamientos, guías, formatos,
instrumentos de visita y demás establecidos por la SDIS, para un total de mínimo 06 visitas
mensuales por comedor comunitario.
La Interventoría verifica el cumplimiento de la línea técnica, operativa y normativa
establecida por la Secretaría Distrital de Integración Social - SDIS – en los componentes
administrativo y financiero, inclusión social y técnica y demás aspectos contemplados en
los anexos técnicos de los contratos o convenios celebrados con los operadores para la
prestación del servicio en la modalidad de Comedores Comunitarios (Bojacá Buche, 2017
p. 7).
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
29
Finalmente, este órgano de control solicitó información sobre si en el marco de la operación de
los comedores señalados, se había interpuesto alguna multa o sanción por incumplimiento de
obligaciones, ante lo cual la entidad respondió:
Una vez revisados los contratos señalados en la visita administrativa y consultada en la
Oficina Asesora Jurídica de la entidad se pudo constatar que a ninguno de estos contratos
se les interpusieron multas o sanciones por incumplimiento de obligaciones.
Esta Subdirección se permite informar que los contratos señalados para la vigencia 2015
surtieron el trámite de la elaboración del informe por parte de esta Subdirección y en la
actualidad se encuentran radicados en la Dirección Territorial para el trámite liquidatario,
queriendo decir con esto que los contratos de esta vigencia cumplieron con las obligaciones
contractuales.
En cuanto a los contratos de la vigencia 2016 se encuentran en construcción del informe
final por parte del equipo de supervisión. Por tal razón y hasta tanto no se perfeccione el
acta de liquidación de los contratos, momento mismo en que los efectos jurídicos y
contractuales con esta Secretaría se extingan, podremos determinar si las obligaciones de
estos contratos fueron cumplidos en su totalidad (Subdirección para la Gestión Integral
Local de la SDIS, 2017)
2.5. Entrega de raciones en comedores comunitarios de Bogotá
Las directrices frente a las cuales se desarrolla la estrategia comedores comunitarios están
contenidas en un “Anexo Técnico” que acompaña todos los contratos entre la SDIS y los
operadores de los comedores y contiene hasta los detalles más minuciosos de cómo debe operar
el comedor: el gramaje que debe contener cada porción servida, qué verdura se sirve, qué día,
etc. Eso implica que lo que se sirve en cada comedor de la SDIS debería ser exactamente igual
a lo estipulado en dicho anexo, en términos de menú, cantidad y calidad en toda la ciudad.
El anexo técnico también señala que, para el desarrollo y cumplimiento del objeto contractual,
la organización operadora deberá realizar la atención alimentaria en los Comedores
Comunitarios, dando cumplimiento a los lineamientos establecidos en dicho anexo, respecto a
los componentes Social, Técnico (Subcomponentes Nutricional, Sanitario y de Buenas Prácticas
de Manufactura), Administrativo y Financiero (Subcomponentes Ambientes Adecuados y
Seguros y Ambiental).
De igual manera se deben brindar alimentos de calidad, inocuos, con oportunidad y sin barreras
de acceso, a las personas o familias en pobreza o en inseguridad alimentaria y nutricional;
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
30
gestionar su inclusión en programas sociales, realizar vigilancia y seguimiento nutricional y
promoción en estilos de vida saludable; acceso a información, acompañamiento, seguimiento
desde el ámbito familiar y comunitario, y orientación a la oferta de servicios sociales del
Distrito, en el marco del Proyecto 1098 “Bogotá Te Nutre”.
La denuncia señala que en los comedores comunitarios las raciones no se están entregando; por
ello es necesario verificar de forma directa si las raciones son entregadas de conformidad con el
anexo técnico; para ello, se visitaron algunos comedores comunitarios y se constató lo señalado
en el menú, el cual debe estar publicado en cartelera informativa para el público con lo servido
efectivamente ese día; lo encontrado por este ente de control se describe a continuación, frente
a cada uno de los comedores comunitarios visitados.
2.5.1. Comedor Comunitario Santa Cecilia. Localidad Usaquén
Ilustración 1. Registro fotográfico Comedor Comunitario Santa Cecilia
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
31
Fuente. Registro fotográfico. Veeduría Distrital. Mayo de 2017
El comedor comunitario funciona hace 10 años aproximadamente. La corporación ASIS de
Colombia, es quien se encarga de proveer y preparar los alimentos calientes a los participantes.
El Comedor comunitario está coordinado por un operador administrativo y nutricional, quien lo
administra, la coordinadora administrativa también está a cargo del componente nutricional y
ambiental, un profesional social quien se encarga de realizar la inclusión social de las personas
participantes del comedor, como también de las personas que presentan vulnerabilidad.
Por medio de la SDIS cuentan con el apoyo y supervisión de las profesionales locales quienes
hacen seguimiento y verificación de la línea técnica del comedor; garantizan la cobertura del
cupo asignado al comedor de acuerdo con los nuevos lineamientos. El comedor comunitario
presta su servicio de lunes a viernes desde las 10:30 a.m., hasta las 4:00 p.m. y los sábados de
10:30 a.m. a 2:00 p.m. Desde las 10:30 a.m., se da inicio a la entrega de las raciones según la
facilidad de los participantes para llegar a recibir dichas raciones. Existe un anexo técnico que
define los 30 menús que se deben entregar en el comedor, dichos menús se publican en cartelera.
El comedor cuenta con un total de 289 participantes, de los cuales 14 son mayores de 60 años;
algunos cuentan con el bono tipo D y han permanecido en el comedor comunitario por más de
3 años; 247 son menores de 17 años y 28 entre 18 y 59 años.
Quienes preparan los alimentos deben contar con la aprobación del nivel central y antes de
iniciar sus labores les hacen un estudio y verifican requisitos de cumplimiento. Las
manipuladoras de alimentos deben contar con una capacitación en horas anuales que las certifica
para tal fin y acreditadas con carné expedido por una entidad acreditada por la SDS. Cuentan
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
32
con tapabocas, delantal, peto, cofia, cubrecabezas, botas antideslizantes y el uniforme de color
claro (Uribe, 2017 p.1-3).
Para la época de la visita el menú de la ración publicado en cartelera señalaba: sopa o crema:
mute, carne o leguminosa: albóndigas en salsa, cereal: arroz verde; verdura o ensalada: pepino
cohombro y lechuga; tubérculo o plátano: yuca guisada; fruta: jugo de tomate de árbol; y lácteo:
queso.
Del registro fotográfico obtenido por la Veeduría Distrital, se observa que efectivamente el
menú se encontraba publicado en cartelera; al verificar dicho menú con el servido, se evidenció
que se estaba cumpliendo con lo señalado en el mismo; adicional a lo anterior, se observaron
las buenas condiciones de aseo en el comedor comunitario.
Ahora bien, dado que en la queja se señala que las raciones no se están entregando, este órgano
de control realizó algunas entrevistas a participantes de los comedores comunitarios, con el fin
de corroborar el supuesto hecho. Además de lo anterior, se indagaron otros aspectos frente al
funcionamiento en general de los comedores con el fin de conocer la percepción de los
beneficiarios frente a la estrategia Comedores Comunitarios. Las preguntas fueron diseñadas
sobre algunos aspectos representativos como lo son:
El acceso al comedor comunitario: en este aspecto se pretende establecer el tiempo de
participación en el comedor de cada participante, cuantas personas asisten del grupo
familiar, cercanía al comedor.
Percepción sobre el comedor comunitario: busca establecer el grado de
corresponsabilidad en las actividades del comedor en puntos como; percepción de aseo,
el trato del personal, calidad y oportunidad en la entrega de los alimentos, controles de
peso y talla.
Actividades para la inclusión social: en este punto se quiere conocer cómo ha sido el
proceso de participación y control social dentro del comedor, si se han realizado
actividades de capacitación y específicamente en cuales, sí se ha iniciado algún proyecto
o iniciativa productiva en el marco del comedor comunitario.
Sugerencias: son opiniones o recomendaciones de los participantes en cuanto al
funcionamiento y servicio del comedor.
Las respuestas al cuestionario se anexan a la investigación, y en esta parte del informe solo se
hará alusión a la pregunta y respuesta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario? A continuación, el consolidado de las respuestas dadas por los nueve (9)
participantes entrevistados del comedor Santa Cecilia:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
33
Ilustración 2. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Santa Cecilia
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Santa Cecilia. Mayo
10 de 2017
2.5.2. Comedor Comunitario Verbenal. Localidad Usaquén
Ilustración 3. Registro fotográfico Comedor Comunitario Verbenal
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
34
Fuente. Registro fotográfico Comedor Verbenal, junio 23 de 2017. Veeduría Distrital
El comedor comunitario funciona hace 10 años; cuenta con dos profesionales, una
administradora y la profesional social, 4 operarias de cocina, 300 beneficiarios, las labores para
el funcionamiento del comedor inician a las 6:30 a.m. con el montaje de los alimentos; a las
10:30 se abre el servicio al público hasta las 4:00 p.m. y se van sirviendo los alimentos en la
medida en que van llegando los estudiantes de la jornada tarde, luego llegan los estudiantes que
salen de la jornada de la mañana y hasta las 3:30 p.m. algunos escolares, los adultos
generalmente llegan a cualquier hora. El comedor funciona en las instalaciones de un salón
comunal, el operador paga un arriendo por el mismo. Los menús son los establecidos por la
misma SDIS, estos deben estar publicados todos los días en cartelera (Neira, 2017 p. 1-3).
Al realizar la verificación del menú servido con el publicado en cartelera, se constató que era el
mismo. Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario? se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los diez (10) beneficiarios
del comedor:
Ilustración 4. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Verbenal
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Verbenal. Junio 23
de 2017
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
35
2.5.3. Comedor Comunitario La Aguadita. Localidad Suba
Ilustración 5. Registro fotográfico Comedor Comunitario Aguaditas
Fuente. Registro fotográfico Comedor La Aguadita. Junio 23 de 2017. Veeduría Distrital
El comedor funciona hace 3 años aproximadamente, se presta el servicio de lunes a viernes de
7:00 a.m. a 4:00 p.m., y los sábados de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. Las ecónomas ingresan a las 7:00
a.m. a preparar los alimentos; estas manejan una dotación: uniforme, tapabocas, gorro, botas
antideslizantes y delantal de caucho y para su vinculación deben presentar un carné de
manipulación de alimentos, también deben recibir capacitación por parte de la coordinación del
programa o sea de la SDIS. Sobre las 10.30 a.m., se abren las puertas a los participantes; ellos
se registran en el sistema y a cada uno se les entrega una ficha, esta se entrega a las ecónomas
para que ellas a su vez les suministren las raciones. Las raciones se distribuyen según el gramaje
que constituye el 40% de las calorías del día.
Los criterios de ingreso de los participantes son: el puntaje del Sisbén menor a 46.7 y que las
personas se encuentren en estado de vulnerabilidad (víctimas del conflicto armado, madres
gestantes-lactantes, niños de bajo peso, personas con discapacidad y adultos mayores) lo cual
se verifica a través de visitas.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
36
Con relación a los compromisos de los participantes con el comedor, se firma un Acuerdo de
Convivencia y un Acta de Compromiso.
Para la atención de PQRS se cuenta con un buzón de sugerencias en donde los participantes las
depositan. Este buzón se abre cada 15 días por parte de la Subdirección Local de Integración
Social y en presencia de un participante del comedor. La Subdirección Local tramita las PQRS
directamente.
Luz Amparo Castillo Tovar, Coordinadora del comedor y quién atendió la visita administrativa
adujo que el criterio del Sisbén se empezó a implementar como único requisito de ingreso y
priorización.
El comedor cuenta con 240 beneficiarios, 7 de 0 a 5 años, 126 de 6 a 12 años, 91 de 13 a 59
años y 16 adultos mayores.
Al indagar por el tiempo de permanencia o la superación del estado de vulnerabilidad de los
participantes en el comedor, Castillo Tovar señalo:
Ni en la PSAN, ni en el anexo técnico de comedores se tiene establecido cuándo una persona
sale de su estado de vulnerabilidad. Por ello se modificó el anexo técnico y se incluyó el puntaje
del Sisbén como criterio de priorización (Castillo Tovar, 2017 p. 1-3).
Con relación a la entrega de la ración contemplada en el menú publicado en cartelera, este
contenía: crema de ahuyama, bistec a la criolla, arroz verde, lechuga, tomate y maíz, plátano
melado, jugo de tomate de árbol, cocada y queso. Como se observa en el registro fotográfico,
fue el que efectivamente se sirvió ese día.
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los cinco (5) beneficiarios
del comedor:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
37
Ilustración 6. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario La Aguadita
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor La Aguadita. Junio
23 de 2017
2.5.4. Comedor Comunitario Lisboa. Localidad Suba
Ilustración 7. Registro fotográfico Comedor Comunitario Lisboa
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
38
Fuente. Registro Fotográfico Comedor Comunitario Lisboa. Veeduría Distrital. Junio 23 de 2017
El comedor funciona hace 12 años y 10 meses, a las 7:15 a.m. inician actividades las operarias
quienes tienen los elementos necesarios para la manipulación y preparación de los alimentos.
La organización del aseo, bodega y menaje, según cantidades y minuta establecida. A las 8:00
a.m. se abre al público. El comedor funciona con el coordinador, 7 operarias, el apoyo
administrativo y 2 inclusores sociales. Las operarias cuentan con conjunto anti fluido: delantal,
tapaboca, gorro, botas antideslizantes, guantes siliconados y guantes para aseo.
Los requisitos de ingreso de los participantes son el estado de inseguridad alimentaria, residir
en el sector y tener un puntaje del Sisbén menor a 46.7; los requisitos para el egreso del comedor
son la superación de la condición de inasistencia alimentaria, la inasistencia injustificada por 10
veces y el incumplimiento de los acuerdos y compromisos frente al comedor.
Para la atención de las PQRS existe un buzón de sugerencias que se abre por parte de la
Subdirección Local de Integración Social y en presencia de un participante.
470 personas se benefician del servicio en el comedor comunitario. Mayores de 13 años: 213 y
de 6 a 12 años: 257 (Díaz Lamos, 2017).
El menú del día según lo publicado en cartelera y de acuerdo con el anexo técnico fue: crema
de ahuyama, bistec a la criolla, arroz verde, lechuga, tomate y maíz, plátano melado, jugo de
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
39
tomate de árbol, cocada y queso. Como se observa en el registro fotográfico, fue el que
efectivamente se sirvió ese día.
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los cinco (5) beneficiarios
del comedor:
Ilustración 8. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Lisboa
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Lisboa. Junio 23 de
2017
2.5.5. Comedor Comunitario Potreritos. Localidad Bosa
Ilustración 9. Registro fotográfico Comedor Comunitario Potreritos
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
40
Fuente. Registro Fotográfico Comedor Comunitario Potreritos. Veeduría Distrital. Julio 4 de 2017
El comedor comunitario empezó a funcionar el 1 de marzo de 2016. A través del anexo técnico
se cumple con las condiciones establecidas para la operación del comedor. Las operarias inician
con las labores de preparación de los alimentos de acuerdo con la minuta. El coordinador verifica
temperatura, sabor, calidad de los alimentos; así mismo las porciones para cada grupo etario. El
comedor se abre a las 10:30 a.m., y se cierra a las 4.30 p.m.
Los requisitos de ingreso son que residan en la localidad, el puntaje del Sisbén menor a 46.7,
ser víctima del conflicto armado y no puede ser doble beneficiario de subsidios. Son 260
beneficiarios del comedor; 13 menores de 5 años, 160 entre 6 y 12 años y 87 adultos mayores,
algunos de ellos reciben el bono tipo D y han permanecido en el comedor durante más de 3 años.
Para la recepción y trámite de las PQRS se tiene un buzón de sugerencias, este se abre cada 15
días en presencia de un beneficiario mayor de 14 años, se elabora un acta por parte del referente
local de la Subdirección Local de Integración Social quien hace el trámite respectivo para dar
respuesta a ellas.
La interventoría realiza visitas al comedor dos veces cada mes por cada componente (técnico,
administrativo, nutricional y de inclusión social) al comedor sin avisar previamente (Muñoz,
2017).
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los cinco (5) beneficiarios
del comedor:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
41
Ilustración 10. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Potreritos
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Potreritos. Julio 4 de
2017
2.5.6. Comedor Comunitario San Bernardino Localidad Bosa
Ilustración 11. Registro fotográfico Comedor Comunitario San Bernardino
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
42
Fuente. Registro Fotográfico Comedor Comunitario San Bernardino. Veeduría Distrital. Julio 4 de
2017
El comedor comunitario funciona hace 3 años. Las operarias ingresan a las 6:30 a.m. a preparar
los alimentos de acuerdo con la minuta establecida para el día.
Frente a los criterios para el ingreso de los beneficiarios, se verifica el estado de vulnerabilidad
a través de visitas domiciliarias por parte de los inclusores sociales y el referente local, para
2017, solo se tiene en cuenta el puntaje del Sisbén.
El comedor tiene un total de 340 beneficiarios. De 1 a 5 años: 21 beneficiarios; de 6 a 12 años:
58 y de 13 en adelante: 156.
Como mecanismos de participación y control social se cuenta con el Comité de Usuarios del
Comedor.
El menú servido el día de la visita administrativa, es el que estaba publicado en cartelera como
se puede evidenciar en el registro fotográfico.
A través del buzón de sugerencias se recepcionan las PQRs que presentan los beneficiarios
(Buitrago, 2017).
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los tres (3) beneficiarios
del comedor:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
43
Ilustración 12. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario San Bernardino
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor San Bernardino.
Julio 4 de 2017
2.5.7. Comedor Comunitario Barranquillita. Localidad Usme
Ilustración 13. Registro fotográfico Comedor Comunitario Barranquillita
Fuente. Registro Fotográfico Comedor Comunitario Barranquillita. Veeduría Distrital. Agosto 2 de
2017
El comedor comunitario funciona hace más de cinco (5) años. Trabajan tres profesionales de la
Promotora de Servicios para el Desarrollo y seis (6) operarias que ingresan a las 6:50 a.m. y se
encargan del menaje y alistamiento de los alimentos. Los participantes ingresan a las 10:30 a.m.
y hasta la 2:30 p.m. se sirven los almuerzos.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
44
Se benefician 410 personas. De 4 a 5 años: 17, De 6 a 12 años: 206, De 13 a 17 años: 108, De
18 a 26 años: 7, De 27 a 59 años: 19 y mayores de 60 años: 52.
El operador del comedor comunitario es la Promotora de Servicios para el Desarrollo con Nit
No. 800205294-1 y su representante legal es Oscar Rodríguez Rodríguez.
Los profesionales ingresan a las 8:00 a.m., los inclusores sociales realizan visitas domiciliarias
por lo menos 50 veces al mes. Diligencian los formatos de atención individual y familiar que es
el instrumento de diagnóstico e intervención a familias con enfoque de derechos, el acta de
compromiso que es donde se consigan los deberes de la familia al pertenecer al programa y
como anexo, el plan de casa, que es el plan de trabajo familiar.
Con respecto a los criterios de ingreso, se verifica el estado de vulnerabilidad económica, de
salud y social, labor realizada por los profesionales locales, que en algunos casos son técnicos
y no profesionales como lo señala el anexo técnico de comedores.
Se indagó en la visita realizada cómo verifican los inclusores sociales que la persona o las
familias hayan superado su estado de vulnerabilidad; al respecto, Ivonne Janeth Ospina Suárez,
Coordinadora del comedor y quien atendió la misma, señaló:
Con las visitas domiciliarias se verifica que las familias hayan superado el estado de
vulnerabilidad; precisamente la semana pasada salieron del servicio 10 familias; también
salen por acuerdos de corresponsabilidad y por incumplimiento de deberes. Es de aclarar
que el anexo técnico de comedores no estipula el término de permanencia de los
beneficiarios en el comedor (Ospina Suárez, 2017).
Señaló además frente a los mecanismos de participación y control social para el seguimiento al
funcionamiento del comedor, que anteriormente existía el Comité de Participantes como
instancia de participación y control social del comedor, pero en el actual anexo técnico no se
contempla ese espacio.
Con respecto a la ración entregada el día de la visita, se observó que esta correspondía a la
publicada en cartelera.
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los cinco (5) beneficiarios
del comedor:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
45
Ilustración 14. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Barranquillita
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Barranquillita.
Agosto 2 de 2017
2.5.8. Comedor Comunitario Arborizadora. Localidad Ciudad Bolívar
Ilustración 15. Registro fotográfico Comedor Comunitario Arborizadora
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
46
Fuente. Registro fotográfico Veeduría Distrital. Agosto 1 de 2017
El comedor comunitario funciona hace 9 años aproximadamente. Funciona de lunes a viernes,
de 10:30 a.m., a 3:30 p.m. y los sábados de 10:30 a.m. a 2:00 p.m. las operarias de cocina
ingresan a las 6:30 a.m. a organizar y alistar el material según la minuta. IDIPRÓN mediante el
Convenio 2011 de 2017 es el operador del comedor y es quien compra los alimentos.
El comedor beneficia a 850 participantes. De 0 a 5 años: 33. De 6 a 12 años: 329. De 13 años
en adelante: 479. Gestantes y lactantes: 9.
El seguimiento y control del funcionamiento del comedor lo hace un grupo de IDIPRÓN. No
existen comités de control por parte de los beneficiarios.
Las PQRs se recepcionan a través del buzón de sugerencias. La apertura del mismo lo realiza
mensualmente IDIPRÓN y tramita las peticiones, quejas y reclamos (García, 2017 p. 1-2).
El menú publicado en cartelera para el día de la visita consistía en: arroz con leche, carne, papa
salada y patacón, ensalada de zanahoria, arveja, apio, jugo de maracuyá y ponqué. El cual
correspondía al que efectivamente se sirvió como se muestra en el registro fotográfico.
Con relación a la pregunta No. 5. ¿En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo
alimentario?, se presenta el consolidado de las respuestas dadas por los cinco (5) beneficiarios
del comedor:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
47
Ilustración 16. Consolidado de respuestas a la pregunta No. 5. Entrevista a beneficiarios
comedor comunitario Arborizadora
Fuente. Entrevista realizada por la Veeduría Distrital a beneficiarios del Comedor Arborizadora.
Agosto 1 de 2017
Una vez realizadas y consolidadas las entrevistas a 48 beneficiarios de los comedores
comunitarios investigados, se encontró que ninguno de ellos había dejado de recibir la ración de
alimento, desvirtuando de esta forma lo señalado por el quejoso en la denuncia, como se muestra
en el siguiente consolidado.
Ilustración 17. Consolidado de respuesta a la pregunta No. 5 de las entrevistas realizadas en
comedores comunitarios
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en las entrevistas realizadas en los comedores
comunitarios los días 10 y 15 de mayo, 23 de junio, 4 de julio, 1 y 2 de agosto de 2017.
Sobre cuáles y cuántas deficiencias ha detectado la SDIS en relación con la entrega de raciones
en los comedores comunitarios objeto de investigación, el Doctor Luis Carlos Artunduaga,
asesor jurídico de la Subdirección para la Gestión Local Integral de la SDIS, respondió que para
la vigencia 2016 frente al contrato 10108 de 2016 del comedor comunitario Santa Cecilia de la
localidad de Usaquén cuyo operador es la Corporación Construyendo Amor con Amor, se
evidenció el no suministro de queso correspondiente al menú del día en fecha 3 de octubre de
5)En alguna ocasión ha dejado de recibir el apoyo alimentario?
si no
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
48
2016 a los 307 participantes que asistieron ese día, generándose por parte de la SDIS el
descuento al operador (Subdirección para la Gestión Integral Local de la SDIS, 2017)
Con relación a las acciones que se han implementado por parte de la SDIS para corregir las
quejas y reclamos que presentan los beneficiarios de la estrategia de comedores comunitarios la
SDIS señaló que de acuerdo a la metodología establecida por la entidad para el seguimiento
obligacional a cargo de los contratistas en los diferentes componentes, se prevé en la respectiva
visita de supervisión y/o interventoría la generación de medidas contractuales tales como
observaciones, planes de mejoramiento, requerimientos e informes de incumplimiento. Estas
acciones se implementan de acuerdo con el impacto con que cuenta la acción desplegada por el
contratista en relación con el cumplimiento de su objeto contractual. (Rojas, 2017)
Para ilustración del ente de control, la SDIS allegó copia de algunos modelos de generación de
estas acciones en relación con los comedores comunitarios.
Con respecto a cómo se resuelven las PQRS y las novedades que se presentan en los comedores
comunitarios, la SDIS señaló que estas se recepcionan y se procede a hacer una asignación a los
funcionarios encargados de cada área, posteriormente inicia las indagaciones pertinentes con el
equipo de supervisión para determinar la ocurrencia de los hechos que se expongan según el
caso; de igual forma si es necesario se requiere por medio de oficio a los operadores de los
comedores, para que en su ejercicio constitucional del debido proceso, se pronuncien y realicen
los descargos que sean del caso.
Con la respuesta aportada por el operador y la información recopilada, procede la SDIS a dar
respuesta a las PQRS, el proceso antes mencionado se realiza cuando se ejerce la supervisión
directa, cuando se realiza por intermedio de la ejecución de un contrato de interventoría se
recepcionan las PQRS y se procede a dar traslado al equipo de interventoría que en el
cumplimiento de las obligaciones contractuales procede a requerir a los operadores si es del caso
y a adelantar las acciones (visitas, seguimientos, planes de mejora) tendientes a la solución de
las quejas o peticiones. En el momento en que la interventoría recopile esta información procede
a entregarla a la Subdirección para que se dé respuesta de manera oficial a los peticionarios. En
cuanto a los casos que se requiera de una intervención inmediata se activan los protocolos
establecidos para brindar soluciones de manera ágil y oportuna.
Varios aspectos se observan una vez finalizadas las visitas administrativas a los comedores
comunitarios y las entrevistas realizadas a algunos beneficiarios del programa:
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
49
El enfoque de los comedores comunitarios de la SDIS está construido con la perspectiva
de restablecer derechos, particularmente el derecho a la alimentación, y en esa medida
buscan proporcionar una alimentación con calidad nutricional a la vez, que mediante la
estrategia denominada “de inclusión social”, intentan poner a los sujetos en la ruta del
desarrollo y el conocimiento de los derechos ciudadanos.
Las raciones se vienen entregando de conformidad con la minuta publicada en cartelera
del comedor y a su vez en el anexo técnico de comedores, tal como lo observó este
órgano de control y de acuerdo con lo manifestado por los mismos beneficiaros
entrevistados.
Su implementación, al igual que los estándares de calidad y cantidad para la preparación y
provisión de alimentos, está estipulada en el anexo técnico y en el contrato que se hace con
cada operador y corresponde a la SDIS proporcionar insumos pedagógicos y acompañar al
único profesional en algunos casos, para que gestione las acciones de focalización e
inclusión social necesarios.
No se evidenció que la administración distrital contara con un mecanismo que permita
verificar de manera oportuna y confiable cómo las personas y las familias beneficiarias,
superan su estado de vulnerabilidad. Al respecto en las preguntas realizadas en las
entrevistas, se observó el caso de varios participantes que llevan más de 3 años
beneficiándose del programa como es el caso de un beneficiario del comedor comunitario
Santa Cecilia en la localidad de Usaquén que lleva 9 años; otros además de llevar más de 3
años beneficiándose del comedor, cuentan con ingresos económicos como es el caso de un
beneficiario que además de contar con renta mensual (2 arriendos), y es beneficiario del
bono Tipo D para adulto mayor como es el caso de un beneficiario del comedor
Barranquillita de la localidad de Usme; en el comedor Aguaditas, un beneficiario lleva 5
años; en el comedor Arborizadora, tres beneficiarios llevan 7 años contando con el apoyo
alimentario.
3. Conclusiones
Sobre la PPSAN, su evaluación y/o reformulación
1. La Política Pública para garantizar el derecho a la alimentación de la población
vulnerable se incluyó en la agenda de las últimas administraciones a través de
programas, planes y proyectos.
2. Pasado un año y siete meses de terminar la vigencia de la PPSAN, se presentan retrasos
en su evaluación, tarea necesaria para su reformulación o para la creación de una nueva
política.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
50
Sobre la estrategia Comedores Comunitarios
1. La estrategia “Comedores Comunitarios” para lograr el derecho a la alimentación de la
población más vulnerable de Bogotá ha venido implementándose desde el 2007 sin que
a la fecha se conozcan sus resultados y su impacto.
2. Los comedores comunitarios y la asistencia alimentaria son componentes fundamentales
del desarrollo del derecho a la vida digna y el derecho innominado al mínimo vital. Sin
embargo, estos programas deben acompañarse de medidas que garanticen que sean
transitorios, en tanto los beneficiarios superan su condición de vulnerabilidad.
3. No se evidenció la existencia de estrategias o incentivos para que los beneficiarios de
comedores comunitarios abandonen el servicio y se reintegren a los sectores
productivos.
4. Se desconocen estudios o informes sobre cuántas personas beneficiarias de los
comedores comunitarios han logrado superar su situación de vulnerabilidad o
inseguridad alimentaria.
Sobre las responsabilidades de las entidades distrital frente a la PPSAN
1. Existe un enfoque de integralidad a nivel interno de las Secretarías para la evaluación de
la PPSAN, así mismo se demuestra que existe una intención de trabajar en conjunto entre
sectores relacionados. Sin embargo, aún persiste algún grado de descoordinación y
demora en su evaluación y/o reformulación por parte de la SDDE quien de acuerdo con
las funciones asignadas en la PPSAN debe coordinar dicha evaluación; así mismo por
parte de la SDP como autoridad competente en la formulación de las políticas públicas
distritales.
2. La SDIS ha cumplido con las responsabilidades asignadas por la PPSAN a través del
proyecto 1098 Bogotá te Nutre, no obstante, este órgano de control considera necesario
reforzar el número de inclusores sociales para realizar la focalización de la población.
3. No se cuenta con estudios y análisis de la población que permanece por varios años
beneficiándose del comedor comunitario, ni de la forma en que están superando el estado
de vulnerabilidad y de inseguridad alimentaria, con el fin de valorar el impacto de la
estrategia y de vincular nuevas personas que están en lista de espera.
4. La Resolución 764 de 2013 de la SDIS que fija los criterios de ingreso, egreso y
excepciones debe ser modificada y ser coherente con el Proyecto “Bogotá te Nutre” y
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
51
con los criterios de ingreso que actualmente están siendo solicitados por parte de los
profesionales que coordinan el programa al interior de los comedores comunitarios.
Sobre la contratación para la operación de los comedores comunitarios
1. Las organizaciones que operan los comedores comunitarios cuentan con personería
jurídica y representación legal, por tanto no es cierto que sean organizaciones de papel.
Adicionalmente están bajo la supervisión y control requeridos para verificar que
cumplan con sus obligaciones contractuales.
Sobre la entrega de raciones en los comedores comunitarios
1. Las raciones de alimentos en los comedores comunitarios investigados se están
entregando en cumplimiento de la minuta publicada y de conformidad con lo estipulado
en el anexo técnico de comedores.
2. Respecto a la focalización de los beneficiarios para la entrega de raciones, se
establecieron mediante Resolución 764 de 2013 de la SDIS 13 ítems, sin embargo, en
las visitas realizadas, los coordinadores e inclusores sociales señalaron que el único
criterio de ingreso es el puntaje del Sisbén; no obstante, la decisión de aceptación de
inscripción al comedor la toma el focalizador o inclusor, que generalmente es un
contratista que cumple esta función. Este hecho puede generar subjetividad en la
selección de los beneficiarios.
4. Recomendaciones
De tipo administrativo: Para la SDIS
Sobre la PPSAN, su evaluación y/o reformulación
1. En el momento de la redefinición o definición de la nueva PPSAN y de instalar en la
agenda pública de las entidades el tema de la seguridad alimentaria, a través de una
política, plan o programa, se recomienda cumplir tres condiciones:
Que el tema quede explícitamente señalado como uno de los propósitos misionales de
las entidades.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
52
Que buena parte de los requerimientos sean advertidos de antemano por las entidades y
se diseñe en consecuencia (desde el programa) una estrategia de asistencia y
acompañamiento técnico, que garantice coherencia y efectividad, toda vez que no
siempre las entidades cuentan con el suficiente personal calificado, ni con la
disponibilidad para cumplir estas tareas.
Que consecuentemente exista una estrategia metodológica para la racionalización y
sistematización de las experiencias, con el fin de que al finalizar el programa se obtenga
un paquete de insumos validados, protocolizados e instalados.
2. Avanzar en la evaluación de la PPSAN, incluida la estrategia “Comedores
Comunitarios” con el fin de conocer su impacto y valorar o definir su reorientación o
reformulación.
3. Implementar en la nueva política pública un sistema de seguimiento a las metas e
indicadores de política en el actual plan de desarrollo (de acuerdo con el informe de la
Contraloría de Bogotá, estos no fueron incluidos en el plan de desarrollo Bogotá
Humana).
4. Incluir en la agenda mecanismos para que periódicamente se realice retroalimentación
con todos los actores de la política, con el fin de generar propuestas que lleven a la
alineación del servicio de comedores comunitarios con la institucionalidad pública, de
manera que se logren avances significativos en los procesos sociales que contribuyan a
la superación de la vulnerabilidad.
Sobre la entrega de raciones en los comedores comunitarios
1. Fortalecer el equipo de profesionales que orientan y coordinan la estrategia de
comedores comunitarios. Esto tiene que ver con que la SDIS analice el número de
inclusores sociales y referentes locales, respecto a las necesidades a cubrir.
2. Fortalecer el componente de inclusión social de los comedores comunitarios en todo
sentido, económico, humano y técnico, lo cual dadas las desigualdades existentes en el
sistema social requiere de grandes esfuerzos, con el fin de contribuir a que en el mediano
plazo se logre la superación de la vulnerabilidad de los beneficiarios de los comedores,
y se dé la oportunidad de inclusión a otras personas que requieran de este apoyo.
3. Actualizar el documento “Anexo técnico de Comedores Comunitarios” y avanzar en la
modificación de la Resolución 764 de 2013 o la expedición de una nueva, que defina
entre otros aspectos los criterios de ingreso, egreso y excepciones por simultaneidad.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
53
4. Actualizar las direcciones de los comedores comunitarios publicados en la página web
de la SDIS dado que algunas de ellas no corresponden (Ejemplo, el comedor Soratama
de la localidad Usaquén ya no existe).
Para la SDP
1. Avanzar en el cumplimiento de la tarea de liderar y coordinar la evaluación de la PPSAN.
Para la SDDE
1. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 437 de 2016 “Por el cual se modifica
la estructura organizacional de la SDDE”, que en su artículo 2, literal g) señala:
Coordinar con las autoridades competentes la formulación, ejecución y evaluación de
las políticas, planes, programas y estrategias en materia de abastecimiento de alimentos
y seguridad alimentaria, promoviendo la participación de las organizaciones
campesinas y de tenderos.
Para la SDS como Secretaria Técnica de la Comisión Intersectorial para la Seguridad
Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital (CISAN)
1. Adelantar las acciones necesarias para la evaluación y/ o reformulación de la PPSAN en
articulación con la SDDE, la SDI, la SDP, la SDA, la SED.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, el Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos, en
cumplimiento de las facultades otorgadas mediante el artículo 7 del Acuerdo 2017 de 2006
RESUELVE
PRIMERO. Cerrar la investigación sumaria No. 201750033309900011E.
SEGUNDO. Comunicar al quejoso el resultado de la investigación.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
54
TERCERO. Oficiar a la Secretaría Distrital de Integración Social, para dar a conocer las
recomendaciones formuladas.
CUARTO. Oficiar a las Secretarías Distritales de: Planeación, Desarrollo Económico y Salud,
para dar a conocer las recomendaciones formuladas.
QUINTO. Trasladar al equipo de Seguimientos de la Veeduría Delegada para la Atención de
Quejas y Reclamos para el respectivo seguimiento.
CÚMPLASE
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ARANA
Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos
Aprobó: Juan Carlos Rodríguez Arana
Revisó: Diana de la Rosa Victoria Bonilla
Elaboró: Sulma Melo
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
55
Bibliografía
Alcaldía Mayor de Bogotá. (11 de noviembre de 2007). Decreto 508 de 2007. Por el cual se
adopta la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional para Bogotá, D.C., 2007-
2015, Bogotá sin Hambre. Bogotá, Colombia: Registro Distrital 3868.
Alcaldía Mayor de Bogotá. (10 de enero de 2013). Decreto 16 de 2013. Por el cual se adopta la
estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras
disposiciones. Bogotá, Colombia: Registro Distrital 5042.
Alcaldía Mayor de Bogotá. (20 de junio de 2016). Proyecto 1098. Bogotá Te Nutre. Bogotá,
Colombia.
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. (16 de mayo de 1992). Decreto 777 de 1992. Por el cual se
reglamenta la celebración de los contratos a que se refiere el inciso 2 del artículo 355
de la Constitución Política. Bogotá, Colombia.
Amaya Vega, S. (24 de abril de 2017). Acta de Visita Administrativa Secretaría Distrital de
Planeación. (S. Melo Rios, Entrevistador)
Artunduaga Rojas, L. (7 de abril de 2017). Acta de Visita Administrativa SDSI. (S. Melo Ríos,
Entrevistador)
Bojacá Buche, G. (7 de abril de 2017). Acta de Visita SDIS. (S. Melo Rios, Entrevistador)
Bojacá, G. (7 de abril de 2017). Acta de Visita SDIS. (S. Melo, Entrevistador)
Buitrago, A. (4 de julio de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario San
Bernardino. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Camargo, S. (24 de abril de 2017). Acta de Visita SDP. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Castillo Tovar, L. (23 de junio de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario
Aguaditas, Suba. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Congreso de la República de Colombia. (4 de julio de 1991). Constitución Política de Colombia
1991. Constitución Política de Colombia . Bogotá, Colombia.
Contraloría de Bogotá. (2013). Informe sectorial "prueba piloto para la evaluación de la
Política de Seguridad Alimentaria en el Distrito capital 2007-2015. Bogotá, Colombia.
Díaz Lamos, C. (23 de junio de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario
Lisboa, Suba. (S. Mrlo Ríos, Entrevistador)
García, L. (1 de agosto de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario
Arborizadora. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033399000011E
56
González Mayorga, M. (4 de mayo de 2017). Acta de Visita Administrativa Secretaría Distrital
de Salud. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
González, M. (4 de mayo de 2017). Acta de Visita SDS. (S. Melo Ríos , Entrevistador)
León García, S. (24 de abril de 2017). Acta de Visita Administrativa Secretaría Disitrital de
Desarrollo Económico. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Muñoz, J. (4 de julio de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario Potreritos.
(S. Melo Ríos, Entrevistador)
Neira, C. (15 de mayo de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario Verbenal,
Usaquén. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Ospina Suárez, I. (2 de agosto de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario
Barranquillita. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Ruiz, L. (2 de agosto de 2017). Entrevista Comedor Comunitario Barranquillita. (S. Melo Ríos,
Entrevistador)
Sandra Patricia, L. (24 de abril de 2017). Acta de Visita SDDE. (S. Melo, Entrevistador)
Subdirección para la Gestión Integral Local de la SDIS. (2017). Oficio 20172200036532.
Bogotá, D.C.
Uribe, A. (10 de mayo de 2017). Acta de Visita Administrativa Comedor Comunitario Santa
Cecilia, Usaquén. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Veeduría Distrital. (2006). Estudio de Seguimiento al Programa Bogotá Sin Hambre. Bogotá,
Colombia.