SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA
Para garantizar la confidencialidad, integridad, autenticidad y control
en el acceso a los sistemas de intercambio de información y trámites
administrativos o cualquier otro relacionado, deberán utilizar el
Certificados Electrónicos y Firmas Electrónicas en la emisión de actos
administrativos de efectos particulares, así como en la recepción de
solicitudes y procesos ante la Administración Pública, efectuados a
través de Tecnologías de Información y Comunicación, de conformidad
con la legislación venezolana que rige la materia.
ASPECTO PREVIO A CONSIDERAR
Ley sobre Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas
IDEPROCOP
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA
A los fines de garantizar el cumplimiento de lo establecido en los
artículos 1, 4, 5, 7 y 8, de la Ley sobre Mensaje de Datos y Firmas
Electrónicas; se hace imperante que toda Firma Electrónica, Mensaje
de Datos e información inteligible en formato electrónico, emitidos en
Portales y Sistemas de Información de Instituciones Públicas o
Privadas, que ameriten eficacia, valor jurídico, protección de la
integridad de la información y garantizar su autoría, deberán estar en
la cadena de confianza de certificación electrónica, avalada por un
Proveedor de Servicios de Certificación debidamente acreditado ante
SUSCERTE.
ASPECTO PREVIO A CONSIDERAR
Ley sobre Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas
IDEPROCOP
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
N° SNAT/2013/0048
REGULA EL REGISTRO ÚNICO DE
INFORMACIÓN FISCAL (RIF)
Gaceta Oficial Nº 40.214 del 25 de julio de 2013
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Las personas naturales, las personas jurídicas y las
entidades sin personalidad jurídica que sean sujetos pasivos
de tributos administrados por el SENIAT.
Las personas naturales, las personas jurídicas y las
entidades sin personalidad jurídica que deban efectuar
trámites ante cualquier Ente u Órgano de la Administración
Pública.
Los sujetos o entidades no residentes o no domiciliadas
en la República Bolivariana de Venezuela, que no posean
establecimiento permanente o base fija cuando realicen
actividades económicas en el país o posean bienes
susceptibles de ser gravados en el mismo.
OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL R.I.F
Art.1
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
En los casos de personas no residentes sin base fija o
no domiciliadas sin establecimiento permanente, los
agentes de retención deberán proporcionar al SENIAT
en un archivo en formato EXCEL, a la dirección de
correo electrónico [email protected], a los fines de
proceder a la generación del número de RIF
CASO DE NO RESIDENTES O NO DOMICILIADOS
Columna A: Número de Pasaporte
Columna B: Fecha de Nacimiento
Columna C: Apellidos
Columna D: Nombres
Columna E: Nacionalidad
Columna F: Correo electrónico
Columna A: Razón Social
Columna B: Correo Electrónico
Columna C: Nacionalidad
Personas Naturales Personas Jurídicas
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Los extranjeros que ingresen temporalmente al país con
visa de turista o transeúnte y no adquieran la condición de
residente, de conformidad con el COT, salvo que realicen
actividades económicas en el país, posean bienes en el
mismo o realicen alguna operación o actividad que así lo
requieren.
Los menores de edad que no posean bienes ni realicen
actividades económicas. (Art. 22.1 COT)
NO ESTÁN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL R.I.F
La Providencia 0073 contemplaba la posibilidad de emitir
un R.I.F. provisional para los menores de edad sin cédula
de identidad.
Art.2
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
La solicitud de inscripción, modificación,
actualización u otro trámite relacionado con el R.I.F,
deberá realizarse conforme a los requisitos y
especificaciones técnicas establecidas en el Portal
Fiscal: http://www.seniat.gob.ve.
FORMA DE REALIZAR EL TRÁMITE
Art.3
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
INSCRIPCIÓN EN EL R.I.F.
Para el caso de personas naturales y jurídicas, luego de
completar la información requerida durante el proceso de
inscripción en el Portal Fiscal, deberá imprimir la planilla en
formato PDF con los datos cargados, firmarla y colocar su
huella dactilar.
Dispone de treinta (30) días continuos para formalizar su
Inscripción por ante la Unidad / Sector / Gerencia
Regional de Tributos Internos que le corresponda de
acuerdo a su domicilio fiscal.
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL R.I.F.
Se requiere estar registrado en el Portal Fiscal (Clave y
Usuario) y no poseer deudas con la Administración Tributaria.
Realiza las modificaciones y actualizaciones que corresponda.
Imprime el Comprobante Digital de R.I.F.
PERSONAS NATURALES
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL R.I.F.
Se requiere estar registrado en el Portal Fiscal (Clave y
Usuario) y no poseer deudas con la Administración Tributaria.
Realiza las modificaciones y actualizaciones que corresponda.
Dispone de treinta (30) días continuos para formalizar su
actualización por ante la Unidad / Sector / Gerencia
Regional de Tributos Internos de su domicilio.
PERSONAS JURÍDICAS Y OTROS
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
REIMPRESIÓN DEL COMPROBANTE DIGITAL R.I.F.
Las personas naturales, jurídicas y contribuyentes
especiales que tengan el RIF vigente y sin deudas con la
administración tributaria, podrán imprimir su comprobante
digital las veces que lo desee, siempre y cuando no necesite
modificar ningún dato dentro del registro.
RENOVACIÓN DEL R.I.F.
Las personas naturales, jurídicas y contribuyentes especiales
que tengan el RIF vencido podrán renovarlo, siempre y
cuando no tengan deudas con la Administración Tributaria y
no necesiten modificar los dato dentro del registro
Las personas naturales pueden imprimir el certificado digital
aún cuando modifiquen datos del registro.
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
DEUDAS PENDIENTES CON LA ADMINISTRACIÓN
Las personas naturales, jurídicas y demás entidades que
posean deudas con la Administración Tributaria, no podrán
actualizar, renovar ni imprimir el Comprobante Digital de RIF,
para ello deberán proceder a cancelar la deuda a través del
Portal Fiscal.
Debe ingresar al Portal Fiscal con su Clave y Usuario.
Presione en el Menú Contribuyente el módulo Consulta
opción Compromiso de Pago, visualiza la deuda y
procede a realizar el pago manual o electrónicamente.
Transcurrido 24 horas de haber realizado el pago usted
podrá Actualizar, Renovar o Imprimir su Comprobante
Digital de RIF.
¿ Cómo realizo el pago?
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
IMPORTANTE
Los sujetos pasivos deberán realizar la Inscripción en el
RIF, dentro de los 30 días hábiles siguientes, contados a
partir de la constitución o del inicio de actividades, lo que
ocurra primero.
La validez y veracidad del Comprobante Digital del RIF,
podrá ser verificada por el interesado a través del Portal
Fiscal.
Los sujetos o entidades inscritos RIF, a los fines de la
actualización, deberán comunicar al SENIAT, dentro de un
(1) mes de haberse producido. (Art. 35 COT)
Los sujetos pasivos que posean el Certificado Forma SIR
RIF 07 podrán hacer uso del mismo hasta la fecha de su
vencimiento. Art.5-6-10
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
N° SNAT/2013/0050
QUE ESTABLECE EL DEBER DE
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE
LAS DECLARACIONES DEL IMPUESTO
SOBRE SUCESIONES
Gaceta Oficial Nº 40.216 del 29 de julio de 2013
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Los beneficiarios de herencias y legados, deberán
presentar electrónicamente sus declaraciones del
impuesto sobre sucesiones, así como las
declaraciones que las sustituyan, siguiendo las
especificaciones técnicas establecidas en el Portal
Fiscal http://www.seniat.gob.ve.
DECLARACIÓN ELECTRÓNICA
Art.1
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Debe poseer un
Comprobante Digital RIF de la
Sucesión.
REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN
Se requiere estar
registrado en el Portal Fiscal
(Clave y Usuario)
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
DECLARACIÓN ELECTRÓNICA
Completar los datos referidos a:
-Tipo de Declaración: Original o Sustitutiva
-Tipo de Herencia: Testamentaria o Ab-Intestato
-Condición Herencia: Pura y Simple o Benf. Inv.
-Identificación de los Herederos y Legatarios
-Activos (Muebles e Inmuebles)
-Pasivos
-Desgravámenes
-Exenciones y Exoneraciones
-Bienes Litigiosos
-Cálculo del Impuesto, Reducciones y Porciones
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
FORMA DE EFECTUAR EL PAGO Efectuada la declaración electrónicamente, en los casos en
que la misma arroje impuesto a pagar, el contribuyente
podrá optar entre efectuarlo electrónicamente o imprimir la
planilla generada por el sistema y pagarla en las Oficinas
Receptoras de Fondos Nacionales.
En caso de estar dentro de las 180 días hábiles, el pago
puede realizarlo en cuatro (4) porciones; en caso contrario el
sistema le permitirá solamente realizar el pago en una sola
porción.
Art.3
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
FINALIZACIÓN DEL PROCESO
Los sujetos pasivos, deberán presentar ante la
Gerencia Regional de Tributos Internos,
Los 2 ejemplares del anverso y reverso de la
declaración emitida por el sistema,
Comprobante de pago (1ª Porción) en caso de que
lo hubiere,
Los recaudos que al efecto sean requeridos, tales
como: partidas de defunción, nacimiento,
matrimonio, activos, pasivos, etc
Art.8
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
IMPORTANTE
Las declaraciones sustitutivas
correspondientes a declaraciones
efectuadas con anterioridad a la
entrada en vigencia de la
Providencia, deberán ser
presentadas en forma manual, a
través del formulario Forma "32“.
Igualmente el pago correspondiente
a las declaraciones sustitutivas
deberá efectuarlo con la Planilla de
Pago Forma "PS-32".
Art.6
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
IMPORTANTE
Art.7
Las declaraciones
correspondientes al impuesto
sobre donaciones, continuarán
siendo presentadas en forma
manual, a través del
Formulario Forma "32" y el
pago que se genere deberá
efectuarse con la Planilla de
Pago Forma "PS-32".
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
N° SNAT/2013/0034
QUE ESTABLECE EL DEBER DE
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE
LAS DECLARACIONES DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Gaceta Oficial Nº 40.190 del 17 de junio de 2013 Aviso Oficial Error Material Nº SNAT/2013/0045 Gaceta Oficial Nº 40.207 del 15 de julio de 2013
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Las personas naturales, las personas
jurídicas y las entidades sin personalidad
jurídica, deberán presentar
electrónicamente sus declaraciones
del Impuesto Sobre la Renta,
(estimadas y definitivas) así como las declaraciones
que las sustituyan, siguiendo las especificaciones
técnicas establecidas en el Portal Fiscal
http://www.seniat.gob.ve.
DECLARACIÓN ELECTRÓNICA
Art.1-5
SIMPOSIO DE
TRIBUTACIÓN
2013
Contacto
tavozam@gmail.
com
@tavozambrano
http://info-
tributos.blogspot
.com
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEL ESTADO MIRANDA IDEPROCOP
Esta Providencia lo que refleja como novedoso, es la
obligación de las Personas Naturales de presentar
electrónicamente sus declaraciones definitivas y estimadas,
aún cuando arrojen pagos de impuesto. Es decir, se elimina
la posibilidad a estos contribuyentes de escoger entre la
declaración manual o electrónica cuando se genera
impuesto a pagar, tal y como lo preveía la Providencia 0103
de octubre 2009.
Sólo las Personas Naturales funcionarios públicos, estaban
obligados a realizar siempre su declaración de forma
electrónica desde el año 2005
MODIFICACIÓN DE LOS ART. 1-3-5 PROV. 0103
Art.1-5