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8/18/2019 Apuntes de Riesgos Especificos PRL
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MÓDULO 2: TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
(810 horas)
MATERIA 3: Seguridad en el Trabajo (270 horas)
ASIGNATURA 5: Riesgos específicos (81 H))
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MODULO 2 TECNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (810 horas)
MATERIA 3 Seguridad en el Trabajo (270 H)
ASIGNATURA 5 Riesgos específicos (81 H)
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1. Lugares y espacios de trabajo ....................... ..................... .................... ......................... .................... ........... 5
1.1. Definición de lugar de trabajo .............................................................................................................. 61.1.1. Condiciones constructivas ............................................................................................................... 7
1.1.2. Orden, limpieza y mantenimiento. Señalización ........................ .................... ..................... ...... 8
1.1.3. Condiciones ambientales ................................................................................................................. 8
1.1.4. Iluminación........................................................................................................................................... 9
1.1.5. Servicios higiénicos y locales de descanso ................................................................................ 11
1.1.6. Material y locales de primeros auxilios ...................................................................................... 11
1.1.7. Información a los trabajadores ................................................................................................... 11
1.1.8. Consulta y participación de los trabajadores .......................................................................... 11
1.1.9. Condiciones constructivas ............................................................................................................ 11
2. Riesgo eléctrico ................................................................................................................................................ 21
2.1. Efectos de la electricidad sobre el organismo humano ...................... ..................... ................. 22
2.2. Factores que condicionan el daño por contacto eléctrico ....................... ..................... .......... 23
2.3. Seguridad eléctrica básica ................................................................................................................... 27
2.4. Algunos conceptos ................................................................................................................................ 28
2.5. Medidas de seguridad para prevenir contactos eléctricos ........................ .................... .......... 302.5.1. Contacto directo .............................................................................................................................. 30
2.5.2. Contacto indirecto ........................................................................................................................... 31
2.6. Trabajos en instalaciones eléctricas ....................... ..................... .................... ......................... ........ 37
2.6.1. ¿Cómo dejamos sin tensión una instalación? (RD 614/2001, art. 4.2 y Anexo. II.A. 1) .. 37
2.6.2. ¿Cómo reponemos la tensión? (RD 614/2001 art. 4.3, 4.4 y 4.5, Anexo II. A. 2) ............... 38
2.6.3. Normas para trabajar en instalaciones eléctricas .................................................................. 43
2.7. Primeros auxilios ..................................................................................................................................... 44
2.7.1. Liberación de un accidentado por electricidad ....................................................................... 44
2.8. ¿Qué dice la ley? ...................................................................................................................................... 46
2.8.1. Normativa de aplicación ............................................................................................................... 46
2.8.2. Anexos real decreto riesgo eléctrico (614/2001) ....................... ..................... ..................... ..... 47
2.9. Técnicas y procedimientos de trabajo ............................................................................................ 48
3. Máquinas, equipos, instalaciones y herramientas ..................... ..................... ...................... ............... 50
3.1. Equipos seguros ...................................................................................................................................... 50
3.2. Máquinas nuevas, máquinas viejas .................................................................................................. 583.3. Origen de la normativa de seguridad en los productos ....................... ..................... ............... 59
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3.3.1. Equipos que no tienen la consideración de máquinas ...................... ..................... ............... 59
3.3.2. Elegir una máquina ......................................................................................................................... 60
3.3.3. Seguridad eléctrica de los equipos de trabajo ......................................................................... 613.4. Evaluación de riesgos de los equipos de trabajo ..................... ..................... ...................... ........ 62
3.4.1. Analizar las características de los equipos y su utilización .................................................. 62
3.4.2. Características de los equipos ...................................................................................................... 64
3.4.3. Condiciones de utilización ............................................................................................................ 65
3.4.4. Máquinas que carezcan de marca CE ........................................................................................ 66
3.5. Herramientas manuales ....................................................................................................................... 73
3.5.1. ¿Qué dice la ley? ............................................................................................................................... 73
3.5.2. Adquisición de herramientas ........................................................................................................ 74
3.5.3. Utilización de las herramientas ................................................................................................... 74
3.5.4. Herramientas manuales a motor, neumáticas o de aire comprimido ...................... ........ 75
3.5.5. ¿La máquina está declarada conforme y con la marca «ce»? ....................... ..................... . 76
3.5.6. Herramientas mecánicas portátiles ........................................................................................... 77
3.5.7. Pautas prácticas para algunas herramientas manuales...................................................... 80
4. Soldadura ........................................................................................................................................................... 82
4.1. Tipos de soldadura ................................................................................................................................. 824.1.1. Soldaduras blandas ........................................................................................................................ 82
4.1.2. Soldadura con soplete .................................................................................................................... 83
4.1.3. Técnicas de Soladura ...................................................................................................................... 83
4.1.4. Soldadura por arco eléctrico......................................................................................................... 84
4.1.5. Soldadura MIG .................................................................................................................................. 84
4.1.6. Soldadura TIG ................................................................................................................................... 85
4.1.7. Soldadura con Oxigeno y Acetileno ............................................................................................ 85
4.1.8. Soldadura y corte por plasma ...................................................................................................... 86
5. Trabajos en altura ............................................................................................................................................ 97
5.1. Marco reglamentario ............................................................................................................................. 99
5.2. Análisis del riesgo de caída de altura ................................. ........................ ..................... ............. 101
5.3. Protecciones colectivas e individuales....................... ..................... ..................... ........................ . 105
5.3.1. Protecciones colectivas ............................................................................................................... 105
5.3.2. Protecciones individuales ............................................................................................................ 113
5.4. Medios materiales utilizados en trabajos de altura ........................ ..................... ..................... 1245.4.1. El montaje, desmontaje y modificaciones sustanciales ...................... ...................... .......... 126
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5.4.2. Medidas preventivas relativa a los medios materiales ...................... ..................... ............. 136
5.5. Trabajos en espacios confinados .................................................................................................... 147
5.5.1. ¿Qué es un espacio confinado? .................................................................................................. 1475.5.2. ¿Por qué trabajar en un espacio confinado es más peligroso que trabajar en otros
espacios de trabajo? ................................................................................................................................. 155
5.5.3. ¿Qué debe hacerse cuando se prepara para entrar a un espacio confinado? .............. 157
5.5.4. ¿Cómo se mantiene la calidad del aire? .................................................................................. 158
5.5.5. ¿Cómo se previenen incendios y explosiones? ......................... .................... ...................... .... 162
5.6. Incendios ................................................................................................................................................. 166
5.6.1. El Fuego ............................................................................................................................................ 166
5.6.2. El Incendio ........................................................................................................................................ 169
5.6.3. Clasificación de los incendios y métodos de extinción ........................................ ................ 177
5.6.4. Métodos de extinción de incendios ..................... ..................... ...................... ....................... .... 178
5.6.5. Agentes para combatir el fuego ................................................................................................ 179
5.6.6. Medidas pasivas y activas de protección contra incendios .................... ..................... ...... 180
5.7. Accidentes mayores. Autoprotección ........................ ..................... ..................... ........................ . 187
5.7.1. Introducción .................................................................................................................................... 187
5.7.2. Obligaciones generales del empresario (industrial) ...................... ..................... .................. 1895.7.3. Alcance de los accidentes graves .............................................................................................. 190
5.7.4. Escenarios de accidentes graves ........................ ..................... ..................... ........................ ...... 194
5.7.5. Sistema de gestión de la prevención de accidentes graves ....................... ..................... .... 197
5.7.6. Análisis y evaluación de riesgos ..................... ..................... ...................... ....................... .......... 198
5.7.7. Control de riesgos .......................................................................................................................... 201
5.7.8. Obligaciones del industrial ......................................................................................................... 202
5.7.9. Obligaciones de la autoridad competente ..................... ..................... ...................... ............. 208
5.8. Seguridad industrial: almacenamiento de productos químicos .............................. ........... 219
5.8.1. Introducción .................................................................................................................................... 219
5.8.2. Normativa vigente ......................................................................................................................... 222
5.8.3. Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles (ITC MIE−APQ 1) ......... ....... 224
5.8.4. Almacenamiento en recipientes fijos ....................................................................................... 226
5.8.5. Almacenamiento en recipientes móviles ................................................................................ 238
5.8.6. Relación de normas de obligado cumplimiento que se citan en esta instrucción técnica
complementaria ........................................................................................................................................ 242
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1. Lugares y espacios de trabajo
El desarrollo de un trabajo depende en gran parte, del diseño del lugar de trabajo: espacios
disponibles, accesos, condiciones de iluminación, condiciones ambientales, etc. Un buen
diseño de todos estos factores, influyen directamente en la proporción de accidentes dentro
de una empresa.
Las estadísticas muestran que una buena proporción de accidentes tiene su origen en
deficiencias en la concepción y el diseño de los lugares y puestos de trabajo y de los accesos
a ellos. La seguridad en el trabajo mejora de forma notable si se planifica cuidadosamente el
diseño de las instalaciones y su ubicación. Un buen diseño preventivo, tanto a nivel de los
edificios y lugares de trabajo como de cada puesto de trabajo en concreto, evita muchas
situaciones inseguras.
Una correcta planificación comienza en la fase de proyecto de las instalaciones y de los
espacios de trabajo, en la ubicación de equipos y maquinaria y en la previsión y la
elaboración de métodos de trabajo, contemplando la adaptación de todas las condiciones
materiales de trabajo a las personas. El proyecto deberá contemplar todas las normas legales
de seguridad a la hora de diseñar las instalaciones, máquinas y equipos que puedan ser
peligrosos.
La eficacia de las medidas preventivas en esta fase es mucho mayor, su realización es más
fácil y su coste es menor que si se actúa sobre instalaciones o equipos ya en funcionamiento;
la incorporación de soluciones, que en ocasiones son parciales, no resuelven
completamente los problemas.
La organización de un centro de trabajo y la planificación de la producción exigen estudiar
previamente una serie de factores clave para que el proyecto se desarrolle bajo exigencias
de calidad y buenos resultados.
Mantener los lugares de trabajo en un aceptable nivel de seguridad significa que el
trabajador no ha de sufrir la exposición a riesgos debidos a espacios reducidos, separaciones
insuficientes, condiciones de iluminación deficientes, mala distribución de máquinas y
equipos, falta de orden y limpieza o falta de un mantenimiento periódico. Todos los puntos
citados son factores que además de ser fuentes concretas de riesgos, pueden aumentar la
posibilidad de actualización de otros riesgos por los inconvenientes e incluso por la
incomodidad que generan.
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Las recomendaciones que siguen, referentes a locales y elementos estructurales de los
mismos, tienen su sustento legal en el R.D. 486/97.
El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, establece las disposiciones mínimas de seguridad y
salud en los lugares de trabajo.
Este Real Decreto sustituye a la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de
1971, y supone la transposición al Derecho Español de la Directiva 89/654/CEE, de 30 de
noviembre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de
trabajo.
En él se indican una serie de obligaciones para el empresario:
• Adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no
origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Si ello no fuera posible,
reducir los riesgos a su mínima expresión.
• Garantizar que los trabajadores y sus representantes reciban la información
adecuada sobre las medidas de prevención y protección que hayan de adoptarse en
esta materia.
Este Real Decreto no será de aplicación a:
• Los medios de transporte utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo, así como
a los lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte.
• Las obras de construcción, temporales o móviles.
• Las industrias de extracción.
• Los buques de pesca.
•
Los campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa ocentro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona
edificada de los mismos.
1.1. Definición de lugar de trabajo
Áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o
a las que puedan acceder en razón de su trabajo.
Se consideran incluidos en esta definición los servicios higiénicos, locales de descanso,
locales de primeros auxilios y comedores.
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Las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se considerarán
como parte integrante de los mismos.
1.1.1. Condiciones constructivas
El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer
seguridad frente:
• A los riesgos de resbalones o caídas, choques o golpes contra objetos y
derrumbamientos o caídas de materiales sobre los trabajadores.
• Facilitar el control de las situaciones de emergencia, en especial en caso de incendio,
y posibilitar, cuando sea necesario, la rápida y segura evacuación de los trabajadores.
Los lugares de trabajo deberán cumplir, en particular, los requisitos mínimos de seguridad
para:
• Seguridad estructural.
• Espacios de trabajo y zonas peligrosas.
• Suelos, aberturas y desniveles, y barandillas.
•
Tabiques, ventanas y vanos.
• Vías de circulación.
• Puertas y portones.
• Rampas, escaleras fijas y de servicio.
• Escalas fijas.
• Escaleras de mano.
•
Vías y salidas de evacuación.
• Condiciones de protección contra incendios.
• Instalación eléctrica.
• Minusválidos.
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1.1.2. Orden, limpieza y mantenimiento. Señalización
• Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y, en especial,
las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia,
deberán permanecer libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas sin
dificultades en todo momento.
• Los lugares de trabajo se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario.
• Las operaciones de limpieza no deberán constituir por si mismas una fuente de
riesgo para los trabajadores.
•
Los lugares de trabajo y, en particular, sus instalaciones, deberán ser objeto de unmantenimiento periódico.
• La señalización de los lugares de trabajo deberá cumplir lo dispuesto en el Real
Decreto 485/1997, de 14 de abril.
1.1.3. Condiciones ambientales
La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo:
•
No deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
• En la medida de lo posible, no deben constituir una fuente de incomodidad o
molestia para los trabajadores.
En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes
condiciones:
• La temperatura de los locales:
→ Entre 17 y 27º C para trabajos sedentarios propios de oficinas.
→ Entre 14 y 25º C si se realicen trabajos ligeros.
• La humedad relativa:
→ Entre el 30 y el 70%.
→ Si existen riesgos por electricidad estática, el límite inferior será del 50%.
• La velocidad de la corriente de aire cuya no excederá los siguientes límites:
→
0,25 m/s en trabajos en ambientes no calurosos.
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→ 0,5 m/s en trabajos sedentarios en ambientes calurosos.
→ 0,75 m/s en trabajos no sedentarios en ambientes calurosos.
Estos límites no se aplicarán a la calefacción ni al aire acondicionado, para los que el límite
será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos.
• La renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de:
→ 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, para trabajos sedentarios en
ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco.
→ 50 metros cúbicos, en los casos restantes.
→
El sistema de ventilación deberá asegurar una efectiva renovación del aire del local
de trabajo.
• El aislamiento térmico de los locales cerrados debe adecuarse a las condiciones
climáticas propias del lugar.
• En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que no puedan
quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan
protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo.
• La exposición a los agentes físicos, químicos y biológicos del ambiente de trabajo se
regirá por lo dispuesto en su normativa específica.
1.1.4. Iluminación
La iluminación de los lugares de trabajo deberá permitir que los trabajadores dispongan de
condiciones de visibilidad adecuadas para poder circular por los mismos y desarrollar en
ellos sus actividades sin riesgo para su seguridad y salud.
Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural, que deberá
complementarse con una iluminación artificial cuando la primera, por sí sola, no garantice
las condiciones de visibilidad adecuadas. En tales casos se utilizará preferentemente la
iluminación artificial general, complementada a su vez con una localizada cuando en zonas
concretas se requieran niveles de iluminación elevados.
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Los niveles mínimos de iluminación de los lugares de trabajo serán los establecidos en la
siguiente tabla:
• Zonas donde se ejecuten tareas con:
1. Bajas exigencias visuales 100 lux.
2. Exigencias visuales moderadas 200lux.
3. Exigencias visuales altas 500 lux.
4. Exigencias visuales muy altas 1000 lux.
• Áreas o locales de uso ocasional 50 lux.
• Áreas o locales de uso habitual 100 lux.
• Vías de circulación de uso ocasional 25 lux.
• Vías de circulación de uso habitual 50 lux.
(*) El nivel de iluminación de una zona en la que se ejecute una tarea se medirá a la altura donde
ésta se realice; en el caso de zonas de uso general a 85 cm. del suelo y en el de las vías de
circulación a nivel del suelo
La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir, además, en cuanto a su distribución
y otras características, las siguientes condiciones:
• La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible.
• Se evitarán, asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies
reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades.
• Los lugares de trabajo, o parte de los mismos, en los que un fallo del alumbrado
normal suponga un riesgo para la seguridad de los trabajadores dispondrán de un
alumbrado de emergencia de evacuación y de seguridad.
• Los sistemas de iluminación utilizados no deben originar riesgos eléctricos, de
incendio o de explosión, cumpliendo, a tal efecto lo dispuesto en la normativa
vigente.
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1.1.5. Servicios higiénicos y locales de descanso
Los lugares de trabajo deberán cumplir las disposiciones pertinentes en relación con a los
servicios higiénicos y locales de descanso, distinguiendo la normativa entre los centros de
trabajo que se construyeron antes o después de la entrada en vigor del RD 486/1997.
Establece las condiciones a cumplir en relación a:
• Agua potable.
• Vestuarios, duchas, lavabos y retretes.
• Locales de descanso.
•
Locales provisionales y trabajos al aire libre.
1.1.6. Material y locales de primeros auxilios
Los lugares de trabajo dispondrán del material y, en su caso, de los locales necesarios para la
prestación de primeros auxilios a los trabajadores accidentados, ajustándose a lo
establecido en el Anexo VI del RD 486/1997 .
1.1.7. Información a los trabajadores
De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, elempresario o las distintas Administraciones Públicas respecto al personal a su servicio,
deberán garantizar que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban una
información adecuada sobre las medidas de prevención y protección que hayan de
adoptarse en aplicación del presente Real Decreto.
1.1.8. Consulta y participación de los trabajadores
La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes sobre las cuestiones a
que se refiere este Real Decreto se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2
del artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
1.1.9. Condiciones constructivas
Los lugares de trabajo deberán cumplir, en particular, los requisitos mínimos de seguridad a
continuación indicados y referidos a las siguientes condiciones constructivas:
1. Seguridad estructural: Los edificios y locales de los lugares de trabajo deberán
poseer la estructura y solidez apropiadas a su tipo de utilización.
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/lugares.htm#anexo6http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/lugares.htm#anexo6
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2. Espacios de trabajo y zonas peligrosas: Las dimensiones de los locales de trabajo
deberán permitir que los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su seguridad
y salud y en condiciones ergonómicas aceptables.
Sus dimensiones mínimas serán las siguientes:
• 3 metros de altura desde el piso hasta el techo. No obstante, en locales comerciales, de
servicios, oficinas y despachos, la altura podrá reducirse a 2,5 metros.
• 2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador.
• 10 metros cúbicos, no ocupados, por trabajador.
Existirá una separación suficiente entre los elementos materiales existentes en el puesto detrabajo para poder trabajar en condiciones de seguridad, salud y bienestar.
En zonas donde existan riesgos:
→ Deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección de los trabajadores
autorizados a acceder a dichas zonas.
→ Dispondrá, en la medida de lo posible, de un sistema que impida que los
trabajadores no autorizados puedan acceder a dichas zonas.
→ Las zonas de los lugares de trabajo en las que exista riesgo de caída, de caída de
objetos o de contacto o exposición a elementos agresivos, deberán estar claramente
señalizadas. (ver R.D. 485/97 relativo a señalización)
3. Suelos, aberturas y desniveles, y barandillas: Los suelos de los locales de trabajo
deberán ser:
→ Fijos y estables.
→
No resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas.
Las aberturas o desniveles que supongan un riesgo de caída de personas se protegerán
mediante barandillas u otros sistemas de protección de seguridad equivalente.
→ Esta protección es obligatoria para alturas de más de 2 m.
→ En los lados abiertos de las escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altura.
→ Los lados cerrados tendrán un pasamanos, a una altura mínima de 90 centímetros, si
la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros; si es menor, pero ambos lados soncerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos.
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4. Tabiques, ventanas y vanos: Los tabiques transparentes o translúcidos situados en
los locales o en las proximidades de los puestos de trabajo y vías de circulación,
deberán estar:
→ Claramente señalizados.
→ Fabricados con materiales seguros.
→ Para impedir que los trabajadores puedan golpearse con los mismos o lesionarse en
caso de rotura.
La abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas, vanos de iluminación cenital y dispositivos
de ventilación, así como su limpieza, no supondrán un riesgo para los trabajadores.
5. Vías de circulación: Las vías de circulación de los lugares de trabajo deberán poder
utilizarse conforme a su uso previsto y con total seguridad para los que circulen por
ellas.
Su número, situación, dimensiones y condiciones constructivas de las vías de circulación
deberán adecuarse:
→ Al número potencial de usuarios.
→
A las características de la actividad y del lugar de trabajo.
La anchura mínima:
→ 80 centímetros para puertas exteriores.
→ 1 metro para los pasillos.
La anchura de las vías por las que puedan circular medios de transporte y peatones deberá
permitir su paso simultáneo con una separación de seguridad suficiente.
Las vías de circulación destinadas a vehículos deberán pasar a una distancia suficiente de las
puertas, portones, zonas de circulación de peatones, pasillos y escaleras.
Los muelles de carga deberán tener al menos una salida, o una en cada extremo cuando
tengan gran longitud y sea técnicamente posible.
→ Siempre que sea necesario para garantizar la seguridad de los trabajadores, el
trazado de las vías de circulación deberá estar claramente señalizado (ver R.D. 485/97
relativo a señalización)
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6. Puertas y portones. Las puertas y portones transparentes:
→ Deberán tener una señalización a la altura de la vista.
→ Su superficie transparente deberá protegerse contra la rotura, evitando suponer un
peligro para los trabajadores.
Las puertas y portones de vaivén deberán ser transparentes o tener partes transparentes que
permitan la visibilidad de la zona a la que se accede.
Las puertas correderas deberán ir provistas de un sistema de seguridad que les impida salirse
de los carriles y caer.
Las puertas y portones que se abran hacia arriba estarán dotados de un sistema de seguridad
que impida su caída.
Las puertas y portones mecánicos deberán:
→ Funcionar sin riesgo para los trabajadores.
→ Tendrán dispositivos de parada de emergencia.
→ Las puertas de acceso a las escaleras no se abrirán directamente sobre sus escalones.
Los portones destinados a la circulación de vehículos deberán:
→
Poder ser utilizados sin riesgos por los peatones.
→ O bien disponer puertas destinadas a tal fin, expeditas y claramente señalizadas.
7. Rampas, escaleras fijas y de servicio: Los pavimentos de las rampas, escaleras y
plataformas de trabajo serán de materiales no resbaladizos o dispondrán de elementos
antideslizantes.
Si tienen pavimentos perforados, 8 milímetros de abertura máxima.
Las rampas tendrán una pendiente máxima:
→ Del 12% cuando su longitud sea menor que 3 metros.
→ Del 10% cuando su longitud sea menor que 10 metros.
→ Del 8% en el resto de los casos.
Las escaleras tendrán una anchura mínima de 1 metro, excepto en las de servicio, que será
de 55 centímetros.
Los peldaños de una escalera tendrán las mismas dimensiones.
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Se prohíben las escaleras de caracol excepto si son de servicio.
Los escalones de las escaleras:
→ Que no sean de servicio:
o Huella entre 23 y 36 centímetros.
o Contrahuella entre 13 y 20 centímetros.
→ Los escalones de las escaleras de servicio:
o Huella mínima de 15 centímetros.
o Contrahuella máxima de 25 centímetros.
La altura máxima entre los descansos de las escaleras será de 3,7 metros. La profundidad de
los descansos intermedios, medida en dirección a la escalera, no será menor que la mitad de
la anchura de ésta, ni de 1 metro.
El espacio libre vertical desde los peldaños no será inferior a 2,2 metros.
Las escaleras mecánicas y cintas rodantes deberán:
→ Garantizar la seguridad de los trabajadores que las utilicen.
→ Sus dispositivos de parada de emergencia serán fácilmente identificables y
accesibles.
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8. Escalas fijas:
→ La anchura mínima: 40 cm.
→ Distancia máxima entre peldaños de 30 cm.
→ La distancia entre el frente de los escalones y las paredes más próximas al lado del
ascenso será, por lo menos, de 75 cm.
→
La distancia mínima entre la parte posterior de los escalones y el objeto fijo más
próximo será de 16 cm.
→ Habrá un espacio libre de 40 cm a ambos lados del eje de la escala si no está provista
de jaulas u otros dispositivos equivalentes.
→ Cuando exista riesgo de caída al pasar desde el tramo final de una escala fija hasta la
superficie de acceso , la barandilla o lateral de la escala se prolongará al menos 1 m
por encima del último peldaño o se tomarán medidas alternativas que proporcionen
una seguridad equivalente.
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→ Las escalas fijas con una altura superior a 4 metros dispondrán, al menos a partir de
dicha altura, de una protección circundante.
→
Si se emplean escalas fijas para alturas mayores de 9 metros se instalarán plataformas
de descanso cada 9 metros o fracción.
9. Escaleras de mano: Tendrán la resistencia, y los elementos de apoyo y sujeción
necesarios para que su utilización no suponga un riesgo.
→ Dispondrán de elementos de seguridad que impidan su apertura al ser utilizadas (en
las de tijera).
→ Se utilizarán de la forma y con las limitaciones establecidas por el fabricante.
→ Queda prohibido el uso de escaleras de mano de construcción improvisada.
→ Antes de utilizar una escalera de mano deberá asegurarse su estabilidad. La base de
la escalera deberá quedar sólidamente asentada.
→ Un apoyo de 75 grados con la horizontal es el más estable.
→ Cuando se utilicen para acceder a lugares elevados sus largueros deberán
prolongarse al menos 1 metro por encima de ésta.
→ El ascenso, descenso y los trabajos desde escaleras se efectuarán de frente a las
mismas.
→ Los trabajos a más de 3,5 metros de altura que requieran movimientos o esfuerzos
peligrosos para la estabilidad del trabajador, sólo se efectuarán con la utilización de
cinturón de seguridad, o medidas de protección alternativas.
→ Se revisarán periódicamente, prohibiéndose expresamente el pintado de las mismas,
por la dificultad que ello supone para la detección de sus posibles defectos.
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10. Vías y salidas de evacuación:
→ Deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en el
exterior o en una zona de seguridad.
→ El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de evacuación
dependerán:
o Del uso, de los equipos y de las dimensiones de los lugares de trabajo.
o Del número máximo de personas que puedan estar presentes en los mismos.
→ Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar
cerradas.
→ Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o
giratorias.
→ Deberán estar señalizadas de manera adecuada. (ver R.D. 485/97 relativo a
señalización).
→ Se deberán poder abrir en cualquier momento desde el interior sin ayuda especial.
→ Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a
ellas, no deberán estar obstruidas por ningún objeto de manera que puedan
utilizarse sin trabas en cualquier momento.
→ Las puertas de emergencia no deberán cerrarse con llave.
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→ En caso de avería de la iluminación, las vías y salidas de evacuación que requieran
iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente
intensidad.
11. Condiciones de protección contra incendios: Los lugares de trabajo deberán
ajustarse a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación sobre condiciones de
protección contra incendios.
En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, dichos lugares
deberán satisfacer las siguientes condiciones:
→ Deberán estar equipados con dispositivos adecuados para combatir los incendios y,
si fuere necesario, con detectores contra incendios y sistemas de alarma:
o Según las dimensiones y el uso de los edificios.
o Según los equipos, las características físicas y químicas de las sustancias existentes.
o Según el número máximo de personas que puedan estar presentes, los lugares de
trabajo.
→ Los dispositivos no automáticos de lucha contra los incendios deberán ser de fácil
acceso y manipulación.
→ Dichos dispositivos deberán señalizarse debidamente. (ver R.D. 485/97)
12. Instalación eléctrica: La instalación eléctrica de los lugares de trabajo deberá
ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica.
En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, dicha instalación
deberá satisfacer las siguientes condiciones:
→
La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o explosión.
→ Los trabajadores deberán estar debidamente protegidos contra los riesgos de
accidente causados por contactos directos o indirectos.
→ La instalación eléctrica y los dispositivos de protección deberán tener en cuenta la
tensión, los factores externos condicionantes y la competencia de las personas que
tengan acceso a partes de la instalación.
13. Minusválidos: Los lugares de trabajo y, en particular, las puertas, vías de circulación,
escaleras, servicios higiénicos y puestos de trabajo utilizados u ocupados por
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trabajadores minusválidos deberán estar acondicionados para que dichos trabajadores
puedan utilizarlos.
Gestionar correctamente el contenido de todo lo dispuesto en este apartado es una tarea
imprescindible. Para ello, es necesario facilitar la comunicación y la participación de los
trabajadores para mejorar la forma de realizar las cosas, fomentar la creación de nuevos
hábitos de trabajo, ser riguroso en su implantación y responsabilizar individualmente a los
mandos intermedios y a los trabajadores.
Los lugares de trabajo, y en particular sus instalaciones, deben ser objeto de un
mantenimiento periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento mantengan
siempre las especificaciones fijadas en el proyecto, corrigiéndose de forma inmediata lasdeficiencias detectadas que puedan afectar a la seguridad y a la salud de los trabajadores. En
caso de instalaciones de protección, el programa de mantenimiento debe incluir el control
de su funcionamiento correcto.
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2. Riesgo eléctrico
El empleo generalizado de la energía eléctrica lleva aparejado ciertos riesgos que puedenverse incrementados en el colectivo de profesionales que desarrollan su trabajo en
instalaciones eléctricas o en su proximidad. En la sociedad industrial, la electricidad
representa un riesgo invisible pero presente en la mayor parte de las actividades humanas.
Su uso generalizado y la propia costumbre hacen que muchas veces nos comportemos
como si no representara ningún peligro. Nos olvidamos que la corriente eléctrica siempre
comporta un determinado riesgo que nunca hay que despreciar.
En España, los accidentes de trabajo de origen eléctrico en los últimos años hanrepresentado del orden del 5 % de todos los accidentes de trabajo mortales y alrededor de
un 0,4 % de todos los accidentes de trabajo con baja, sin embargo, en las empresas
eléctricas la proporción de los accidentes eléctricos es mucho mayor, en los últimos diez
años representaron el 59 % de todos los accidentes de trabajo mortales y el 6,5 % de todos
los accidentes de trabajo con baja.
En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, se recoge la transposición de la
Directiva Marco 89/391. El artículo 20 de la ley (P.R.L) establece que todos los empresarios
tienen la obligación de analizar las posibles emergencias que puedan presentarse en su
empresa, y adoptar, entre otras medidas, las que en materia de primeros auxilios ponga de
manifiesto dicho análisis, así como la de disponer de los medios necesarios que marca la
normativa de Prevención de Riesgos Laborales para justificar la asistencia de primeros
auxilios en caso de accidente.
Las disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores,
frente al riesgo eléctrico se encuentran recogidas en el REAL DECRETO 614/2001, de 8 de
junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los
trabajadores frente al riesgo eléctrico (BOE 21 de Junio de 2001).
El hecho de que la corriente eléctrica sea en nuestros días la energía más utilizada tanto en
la industria como en los usos domésticos, y su difícil detección por los sentidos (sólo se
detecta su presencia cuando ya existe el peligro) hace que las personas caigan a veces en
una cierta despreocupación y falta de prevención en su uso.
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El riesgo eléctrico puede producir daños sobre las personas (contracción muscular, parada
cardiaca y respiratoria, fibrilación ventricular, quemaduras, etc.) y sobre las cosas (incendios
y explosiones).
Estos hechos justifican que se preste una atención especial a la prevención de estos riesgos.
La posibilidad de que el cuerpo humano sea recorrido por la corriente eléctrica constituye el
riesgo de electrocución.
Por otra parte, la electricidad es causa de muchos incendios y explosiones. Se estima que la
principal causa de incendios en la industria se debe a un sistema eléctrico en malas
condiciones de seguridad.
Sin embargo, es posible controlar el riesgo en las instalaciones eléctricas aplicando las
normas de seguridad desde el momento del diseño del equipamiento eléctrico junto con
unos buenos sistemas de verificación y control periódicos.
2.1. Efectos de la electricidad sobre el organismo humano
Cuando una persona se pone en contacto con la corriente eléctrica no todo el organismo se
ve afectado por igual. Hay unas partes del cuerpo que resultan más dañadas que otras. Éstas
son:
• La piel.
• El sistema muscular.
• El corazón.
• El sistema nervioso.
Piel
Supone el primer contacto del organismo con la electricidad. La principal lesión son las
quemaduras debido al efecto térmico de la corriente. En baja tensión se originan unas
quemaduras superficiales («manchas eléctricas») en el punto de entrada y salida de la
corriente. En alta tensión se pueden llegar a producir grandes quemaduras con destrucción
de tejidos en profundidad.
Sistema muscular
Cuando un impulso eléctrico externo llega al músculo, éste se contrae.
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Si los impulsos son continuos, producen contracciones sucesivas («tetanización») de forma
que la persona es incapaz físicamente de soltarse del elemento conductor por sus propios
medios. En esta situación, y dependiendo del tiempo de contacto, la corriente sigueactuando con lo que pueden producirse daños en otros órganos, además de roturas
musculares y tendinosas. La tetanización puede provocar además una contracción
mantenida de los músculos respiratorios y generar una situación de asfixia que puede dañar
irreversiblemente al cerebro y producir la muerte.
Corazón
La corriente eléctrica produce una alteración total en el sistema de conducción de los
impulsos que rigen la contracción cardiaca. Se produce así la denominada «fibrilación
ventricular», en la que cada zona del ventrículo se contrae o se relaja descoordinadamente.
De esta forma, el corazón es incapaz de desempeñar con eficacia su función de mandar
sangre al organismo, interrumpiendo su circulación y desembocando en la parada cardiaca.
Sistema nervioso
Los impulsos nerviosos son de hecho impulsos eléctricos. Cuando una corriente eléctrica
externa interfiere con el sistema nervioso aparecen una serie de alteraciones, como vómitos,
vértigos, alteraciones de la visión, pérdidas de oído, parálisis, pérdida de conciencia o parada
cardiorrespiratoria.
También pueden afectarse otros órganos, como el riñón (insuficiencia renal) o los ojos
(cataratas eléctricas, ceguera).
Además, indirectamente, el contacto eléctrico puede ser causa de accidentes por caídas de
altura, golpes contra objetos o proyección de partículas.
2.2. Factores que condicionan el daño por contacto eléctrico
El cuerpo humano se comporta como un conductor de electricidad cuando se encuentra
accidentalmente en contacto con dos puntos de diferente tensión (mano-pie). En esa
situación es donde se produce el riesgo eléctrico, ya que existe la posibilidad de que la
corriente eléctrica circule a través del cuerpo humano.
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Existen diversos factores que pueden modificar las consecuencias del choque eléctrico, con
lo que los efectos pueden ser muy diversos. Los principales son:
a. La naturaleza de la corriente
La mayoría de las instalaciones se realizan en corriente alterna, pero también debemos saber
que existe la corriente continua. La corriente continua actúa por calentamiento y, aunque no
es tan peligrosa como la corriente alterna, puede producir, a intensidades altas y tiempo de
exposición prolongado, embolia o muerte por electrólisis de la sangre.
En la industria se trabaja normalmente con corriente alterna a 50 o 60 Hz; esta medida es lo
que llamamos frecuencia.
La superposición de la frecuencia al ritmo nervioso y circulatorio puede producir espasmos y
fibrilación ventricular. Es interesante saber que las bajas frecuencias son más peligrosas que
las altas frecuencias; es decir, valores superiores a 100.000 Hz son prácticamente inofensivos.
b. Intensidad (miliamperios)
Es una medida de la cantidad de corriente que pasa a través de un conductor; suele ser el
factor determinante de la gravedad de las lesiones, de tal forma que a mayor intensidad,
peores consecuencias («lo que mata es la intensidad, no el voltaje»): cuando tocamos un
elemento activo de la instalación eléctrica o un elemento puesto accidentalmente en
tensión se establece una diferencia de potencial entre la parte de nuestro cuerpo que lo
haya tocado y la parte del cuerpo puesta en tierra (normalmente mano-pie). Es lo que
llamamos tensión de contacto. Esta diferencia de potencial hace que circule una corriente
por nuestro cuerpo que dependiendo de la resistencia de éste puede producir diferentes
efectos.
•
0,05 mA cosquilleo en la lengua.
• 1,1 mA cosquilleo en la mano.
• 10-25 mA tetanización muscular.
• 25-30 mA riesgo de asfixia.
• 50 mA fibrilación ventricular.
• 4 A parada cardíaca.
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Haciendo un símil, la intensidad sería la cantidad de corriente que circularía por nuestro
cuerpo que, dependiendo de la resistencia de éste, produciría los efectos anteriormente
citados. Una forma de reducir la intensidad será evidentemente reduciendo la diferencia depotencial o bien aumentando la resistencia del cuerpo mediante guantes, calzado
adecuado, no de cuero y sin clavos, y aumentando la resistencia del suelo del
emplazamiento.
c. Resistencia corporal (ohmios)
El cuerpo humano no tiene una resistencia constante; la resistencia de los tejidos humanos
al paso de la corriente es muy variable y dependerá mucho de la tensión a la que está
sometido y de la humedad del emplazamiento. La piel es la primera resistencia al paso de la
corriente al interior del cuerpo. Gran parte de la energía eléctrica es usada por la piel
produciendo quemaduras, pero evitando lesiones profundas más graves que si se aplicara la
energía eléctrica directamente sobre los tejidos profundos. En la tabla adjunta se presentan
los valores de la resistencia de la piel y otros órganos dependiendo de las condiciones de
ésta.
Resistencia del tejido Ohm/cm cuadrado
Membranas mucosas 100
Áreas vasculares 300-10.000
Cara anterior brazo e interna muslo 1.200-1.500
Piel húmeda 1.200-1.500
Baño 2.500
Sudor 2.500
Otras zonas de piel 10.000-40.000
Planta del pie 100.000-200.000
Palma callosa 1.000.000-2.000.000
Al bajar la resistencia de la piel, una corriente de bajo voltaje puede convertirse en una
amenaza para la vida; por ejemplo, a una tensión de 220 voltios, si la resistencia de la piel es
cada vez menor, esto implicará que la intensidad será cada vez mayor porque la intensidad,
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la resistencia y el voltaje están relacionados a través de la Ley de Ohm: V = I x R (voltaje =
intensidad x resistencia).
d. Tensión (voltios)
Es un factor que, unido a la resistencia, provoca el paso de la intensidad por el cuerpo. Es lo
que anteriormente hemos llamado diferencia de potencial entre dos puntos. La tensión de
contacto es aquella que surge de aplicarse entre dos partes distintas del cuerpo. La tensión
de defecto es aquella que surge como consecuencia de un defecto de aislamiento entre dos
masas, una masa y el cuerpo, una masa y tierra. Las lesiones por alto voltaje tienen mayor
poder de destrucción de los tejidos y son las responsables de las lesiones severas; aunque
con 120-220 voltios también pueden producirse electrocuciones. En circunstancias
normales, hasta 50 voltios las descargas eléctricas no suelen dañar al organismo, porque es
una tensión denominada de seguridad. Las llamadas tensiones de seguridad para diferentes
resistencias del cuerpo y del emplazamiento son:
• Emplazamientos secos 50 V.
• Emplazamientos húmedos o mojados 24 V.
• Emplazamientos sumergidos 12 V.
Estas tensiones de seguridad son aquellas que pueden ser aplicadas indefinidamente al
cuerpo humano sin peligro; deben ser usadas como medidas de protección contra
contactos indirectos en aquellos emplazamientos muy conductores o en herramientas o
máquinas con aislamientos funcionales; con lo que les dispensaría de tomar otras medidas
preventivas.
e. Tiempo de contacto
Es, junto con la intensidad, el factor más importante que condiciona la gravedad de las
lesiones (tener en cuenta que en baja tensión el tiempo de contacto se puede alargar
debido a la tetanización que se produce a partir de 10 mA).
f. Recorrido de la corriente
El punto de entrada y de salida de la corriente eléctrica en el cuerpo humano es muy
importante a la hora de establecer la gravedad de las lesiones por contacto eléctrico; las
lesiones son más graves cuando la corriente pasa a través de los centros nerviosos y órganos
vitales, como el corazón o el cerebro.
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Existe una regla, «la regla de una sola mano», que establece que al trabajar con circuitos
eléctricos en tensión se debe emplear una sola mano, manteniéndose la otra apartada hacia
otro lado. Con ello se evita que la corriente pase de un brazo a otro y por tanto que afecte alos órganos vitales.
g. Factores personales
Además del sexo y la edad, una serie de condiciones personales pueden modificar la
susceptibilidad del organismo a los efectos de la corriente eléctrica (estrés, fatiga, hambre,
sed, enfermedades).
2.3. Seguridad eléctrica básica
Aunque los profesionales del sector eléctrico conocen el riesgo, y saben cómo evitarlo, hay
que tener en cuenta que los problemas suelen surgir cuando, por imposición de ritmos de
trabajo en la empresa o por la relajación que produce el convivir a diario con el riesgo –por
la confianza en la propia experiencia–, no se adoptan las medidas preventivas que protegen
o anulan el riesgo.
Muchos accidentes se deben a esta omisión de precauciones. Sin embargo, siempre
coincide un segundo motivo, la inadecuación de la instalación y de los diferenciales; elaccidente tiene consecuencias graves si al contacto accidental se suma el fallo (o la
ausencia) de los diferenciales, que no cortan la alimentación en un tiempo de seguridad.
Ni que decir tiene que los meros usuarios de la electricidad tienen menos conocimientos
para defenderse del riesgo, aunque su intervención se limita a la conexión y desconexión de
los equipos eléctricos. De forma genérica, a nivel usuario, deberá tenerse en consideración
lo siguiente (LPRL, art. 15.4; RD 486/1997, Anexo I.A.12; RD 1215/1997, Anexo I.1.16):
1.
La instalación: debe ajustarse al servicio que tiene que dar, garantizando elaislamiento de las partes activas eléctricamente, y la interrupción automática de la
alimentación en caso de peligro.
2. Los aparatos: la conexión de un aparato a la red lleva el riesgo eléctrico al mismo. Para
evitar el riesgo, el aparato debe disponer de un correcto aislamiento de sus partes
activas que, de forma accidental, puedan estar bajo tensión.
3. La conexión instalación-aparato: ésta es la parte que más depende del usuario para
preservar su seguridad; hay que utilizar alargaderas, ladrones y cables que soporten el
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consumo de los aparatos que se quieren conectar. Las conexiones se efectuarán
siempre por medio de clavijas normalizadas (nada de empalmes «caseros»), evitando
también que los cableados y las conexiones obstruyan zonas de paso de personas y/omaquinaria.
4. Las prácticas de trabajo: conocer el riesgo de los trabajos habituales con la
electricidad es fundamental para evitar el accidente. Básicamente consistirán en:
→ Siempre que sea posible, desconexión eléctrica previa de los circuitos a manipular.
→ Aunque se efectúe la desconexión previa, considerar la instalación como si estuviese
bajo tensión, tomando las precauciones pertinentes.
→ Si no es posible la desconexión previa, asegurarse de que la instalación dispone de
los sistemas automáticos de desconexión, utilizar herramientas certificadas y las
protecciones colectivas e individuales adecuadas.
2.4. Algunos conceptos
Conductor activo: en una instalación eléctrica se consideran conductores activos aquellos
por los que se transmite la energía eléctrica.
•
Fase: es un conductor activo.
• Neutro: también es un conductor activo a través del cual puede llevarse a cabo una
puesta a tierra para proteger contra los contactos indirectos.
• Puesta a tierra de protección: es la conexión directa de las partes conductoras de los
elementos de una instalación no sometidos normalmente a tensión eléctrica, pero
que pudieran ser puestos accidentalmente en tensión. Sirve para proteger a las
personas contra contactos con tensiones peligrosas.
• Puesta a tierra de servicio: es la conexión que tiene por objeto unir a tierra,
temporalmente, parte de las instalaciones que están normalmente bajo tensión o,
permanentemente, ciertos puntos de los circuitos eléctricos en servicio.
• Masas: son las partes metálicas de los aparatos eléctricos, normalmente están sin
tensión.
• Corriente eléctrica: Movimiento ordenado y permanente de las partículas cargadas en
un conductor bajo la influencia de un campo eléctrico.
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• Baja Tensión: Se considera baja tensión, aquella cuyo valor eficaz es inferior o igual a
1000 voltios en alterna y 1500 voltios en continua.
Las tensiones usuales son normalmente las de 380 voltios entre fases y de 220 voltios entre
fases y neutro.
• Alta Tensión: Conjunto de instalaciones, aparatos y circuitos asociados en previsión de
un fin particular; producción, conversión, transformación, transmisión o utilización de
Energía Eléctrica, cuya tensiones nominales sean superiores a 1000 voltios para
corriente alterna y 1.500 voltios para corriente continua.
• Corriente alterna: Dado que una de las características tecnológicas de la corriente
eléctrica es la frecuencia, la superposición de la frecuencia al ritmo nervioso y
circulatorio produce una alternación que se traduce en espasmos, sacudidas y ritmo
desordenado del corazón (fibrilación ventricular).
Según la frecuencia de la corriente podemos decir que las altas frecuencias son menos
peligrosas que las bajas, llegando a ser prácticamente inofensivas para valores superiores a
100.000 Hz (produciendo solo efectos de calentamiento sin ninguna influencia nerviosa),
mientras que para 10.000 Hz la peligrosidad es similar a la corriente continua.
• Corriente continua: En general no es tan peligrosa como la alterna aunque puede
llegar a producir los mismos efectos con mayor intensidad de paso y mayor tiempo
de exposición.
Su actuación es por calentamiento aunque puede llegar a producir un efecto electrolítico en
el organismo que puede generar riesgo de embolia o muerte por electrólisis de la sangre.
Los efectos mas graves son los producidos por la corriente continua rectificada.
•
Riesgo eléctrico: Posibilidad de contacto del cuerpo humano con la corriente eléctrica.Se deben dar las siguientes circunstancias:
→ Que el cuerpo humano sea conductor (capaz de transmitir la energía eléctrica).
→ Que el cuerpo humano forme parte de un circuito.
→ Que exista una diferencia de tensiones entre dos puntos de contacto.
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El contacto puede ser:
• Contacto directo: cuando una persona toca o se pone en contacto con un conductor,
instalación, elemento eléctrico, (máquina, enchufe, portalámparas, etc.) bajo tensión
directa.
• Contacto indirecto: aquellos que se producen al tocar partes metálicas, conductores,
elementos o máquinas, carcasas, etc., que NO deberían estar sometidos a tensión
directa, pero que circunstancialmente han quedado bajo tensión accidental.
2.5. Medidas de seguridad para prevenir contactos eléctricos
2.5.1. Contacto directo
Es el contacto de personas con partes eléctricamente activas de materiales y equipos.
Se evita colocando fuera del alcance de las personas los elementos conductores bajo
tensión mediante alguna de las siguientes medidas (ITC-BT 024):
→ Alejamiento de las partes activas de la instalación, de este modo se hace imposible
un contacto fortuito con las manos. Este método consiste en alejar las partes activas
de la instalación hasta una distancia tal del lugar de trabajo o de circulación que sea
imposible un contacto voluntario o accidental. Si se manipulan objetos la línea de
seguridad deberá ser ampliada en función de las dimensiones de estos objetos.
→ Interposición de obstáculos (p.ej. armarios eléctricos aislantes o barreras de
protección), con ello se impide cualquier contacto accidental del trabajador con las
partes activas de la instalación. Si los obstáculos son metálicos, se deben tomar
también las medidas de protección previstas contra contactos indirectos.
→ Recubrimiento con material aislante. Este procedimiento consiste en aplicar material
aislante directamente sobre las partes activas de la instalación eléctrica de forma que
límite la corriente de contacto a un valor no superior a 1 mA (cables eléctricos
recubiertos, portalámparas y herramientas aisladas para trabajos en tensión). No se
consideran materiales aislantes apropiados la pintura, los barnices, las lacas o
productos similares.
Aunque usemos estas protecciones contra los contactos directos, hay ocasiones en las que
concurren fallos debido a problemas de mantenimiento, imprudencias, etc.
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Para hacer frente a estos errores se introducen los interruptores diferenciales, que facilitan
una rápida desconexión de la instalación y reducen el peligro de accidente mortal por
contacto eléctrico directo.
Los interruptores diferenciales son dispositivos de corte de corriente por un defecto de
aislamiento, que originan la desconexión de la instalación (o parte de la instalación)
defectuosa.
Para aplicar una protección diferencial, tanto los aparatos como las bases de los enchufes
han de estar puestos a tierra.
2.5.2. Contacto indirecto
Es el contacto de personas con elementos conductores (masas) puestos accidentalmente
bajo tensión por un fallo de aislamiento.
Los sistemas de protección contra estos contactos están fundamentados en estos tres
principios (ITC-BT 024):
→ Impedir la aparición de defectos mediante aislamientos complementarios.
→ Hacer que el contacto eléctrico no sea peligroso mediante el uso de tensiones no
peligrosas.
→ Limitar la duración del contacto a la corriente mediante dispositivos de corte.
a. Sistemas de Clase A
Estos sistemas consisten en adoptar disposiciones destinadas a suprimir el riesgo mismo,
haciendo que los contactos no sean peligrosos, o bien impidiendo los contactos
simultáneos entre las masas y elementos conductores entre los cuales puede aparecer una
diferencia de potencial peligrosa.
Los sistemas de Clase A comprenden:
• Separación de circuitos.
• Empleo de pequeñas tensiones de seguridad.
• Separación entre las partes activas y las masas accesibles por medio de
aislamiento de protección.
• Inaccesibilidad simultanea de elementos conductores y masas.
• Recubrimiento de masas con aislamiento de protección.
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• Conexiones equipotenciales.
• a.1. Separación de circuitos
Este sistema de protección se basa en el principio de que “para que haya paso de corriente
eléctrica por el cuerpo humano este ha de formar parte del circuito”.
Consiste en separar los circuitos de utilización de la fuente de energía (circuito de
distribución y alimentación de la corriente al elemento que se quiere proteger y circuito
general de suministro de electricidad al taller o nave) por medio de transformadores o
grupos convertidores (motor-generador) manteniendo aislados de tierra todos los
conductores del circuito de utilización incluido el neutro. Estos transformadores o grupos de
transformadores se representan por el símbolo que se indica en el esquema.
Presenta los siguientes inconvenientes:
El límite superior de la tensión de alimentación y de la potencia de los transformadores de
separación es de:
→ 250 Vy 10 kVA para los monofásicos.
→ 400 V y 16 kVA para los trifásicos.
→
No detecta el primer fallo de aislamiento.
Si se produce una tensión de defecto en el elemento protegido y el hombre lo toca; no se
produciría el paso de la corriente por el ante la imposibilidad de cerrarse el circuito debido a
la separación galvánica existente entre el circuito general y el de distribución y alimentación
al elemento protegido.
• a.2. Empleo de pequeñas tensiones de seguridad
Este sistema de protección es adecuado para trabajar en lugares húmedos y consiste en la
utilización de pequeñas tensiones de seguridad (24 voltios de valor eficaz para locales
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húmedos y 50 voltios para locales secos) suministradas por un transformador de seguridad
con objeto de que las intensidades que puedan circular por el cuerpo humano, en caso de
contacto eléctrico indirecto, no sea superior a los límites fijados como de seguridad (10 mA).
Presentan el inconveniente de resultar antieconómicos, ya que las tensiones pequeñas
obligan a dimensionar grandes secciones para potencias pequeñas.
• a.3. Separación entre las partes activas y las masas accesibles por medio de
aislamiento de protección
Este sistema de protección consiste en el empleo de un aislamiento suplementario del
denominado funcional (el que tienen todas las partes activas de los aparatos eléctricos para
que puedan funcionar y como protección básica contra los contactos directos).
Este sistema de protección es conocido como de “doble aislamiento”.
Su empleo esta muy extendido en las máquinas eléctricas portátiles, de uso industrial o
doméstico.
• a.4. Inaccesibilidad simultanea de elementos conductores y masas
Este sistema de protección consiste en garantizar la seguridad por la imposibilidad material
de establecer un circuito de defecto al existir una inaccesibilidad simultánea, en condiciones
normales de trabajo, entre masas y elemento conductor o dos masas.
• a.5. Recubrimiento de masas con aislamiento de protección
Este sistema de protección consiste en recubrir las masas con un aislamiento de protección.
Al aplicar esta medida deberá tenerse en cuenta que las pinturas, barnices, lacas y productos
similares, no tienen las condiciones requeridas para poder ser consideradas como
aislamiento a no ser que se acredite mediante los ensayos pertinentes que cumplen las
condiciones requeridas de aislamiento. El uso de esta medida dispensa de tomar cualquier
otra contra contactos indirectos.
• a.6. Conexiones equipotenciales
Este sistema de protección consiste en unir todas las masas de la instalación a proteger entre
si mediante un conductor de resistencia despreciable para evitar que puedan aparecer en
cualquier momento diferencias de potencial peligrosas entre ellas.
b. Sistemas de Clase B
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Estos sistemas consisten en la puesta a tierra directa o bien en la puesta a neutro de las
masas, asociándola a un corte automático que origine la desconexión de la instalación
defectuosa con el fin de evitar la aparición de tensiones de contacto peligrosas.
Los sistemas de Clase B comprenden:
• Puesta a tierra de las masas y dispositivo de corte por intensidad de defecto.
• Dispositivos de corte por intensidad de defecto.
• Puesta a neutro de las masas con dispositivo de corte por intensidad de
defecto.
•
Puesta a tierra de las masas y dispositivo de corte por intensidad de defecto.
• b.1. Puesta a tierra de las masas
Las tomas de tierra tienen como objetivo evitar que cualquier equipo descargue su
potencial eléctrico a tierra, a través de nuestro cuerpo. En condiciones normales, cualquier
equipo puede tener en sus partes metálicas una carga eléctrica bien por electricidad estática
o bien por una derivación, para evitar precisamente una descarga eléctrica cuando tocamos
dicho equipo se exige que éste tenga sus partes metálicas con toma de tierra.
Se entiende por puesta a tierra la unión mediante elementos conductores (cables de cobre),
sin fusible ni protección alguna, entre determinados elementos o partes de una instalación y
un electrodo o grupo de electrodos enterrados en el suelo a fin de permitir el paso a tierra
de las corrientes eléctricas que puedan aparecer por defecto en los citados elementos,
limitando el paso de la corriente por el cuerpo de la persona, en el caso de un accidental
contacto, a una intensidad tolerable.
→ Una instalación de puesta a tierra esta integrada por los siguientes elementos:
→ Toma de tierra (electrodos, línea de enlace con tierra, punto de puesta a tierra).
→ Líneas principales de tierra.
→ Derivaciones de las líneas principales de tierra y conductores de protección unidos a
tuberías o estructuras metálicas.
El sistema de puesta a tierra puede utilizarse como única protección evitando que en las
masas metálicas que protegen aparezcan tensiones superiores a las de seguridad. En cuyo
caso se requiere que la resistencia de la puesta a tierra sea muy baja y que se mantenga a lo
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largo del tiempo. Este inconveniente ha hecho que no sea considerado como sistema de
protección contra contactos indirectos por el Reglamento de Baja Tensión.
De acuerdo con lo expuesto los sistemas de puesta a tierra deberán llevar asociados otros
sistemas de corte sensibles a las sobreintensidades (cortacircuitos fusibles o interruptores de
máxima) o sensibles a las corrientes de defecto como los dispositivos diferenciales.
El dispositivo de corte debe actuar en un tiempo de 5 segundos como máximo, mientras
que en los interruptores diferenciales es del orden de milisegundos.
• b.2. Dispositivos de corte por intensidad de defecto.
Este sistema de protección consiste en disponer de un sistema (interruptor diferencial) que
interrumpe el paso de la corriente cuando aparece en el circuito una intensidad de defecto a
tierra, cerrándose el circuito directamente por tierra. Para comprobar su funcionamiento
dispone de un pulsador de prueba.
Los diferenciales son también unos dispositivos de protección que actúan desconectando el
suministro de electricidad a la instalación cuando se establece un contacto con un equipo
con defecto eléctrico. El funcionamiento de los diferenciales se debe comprobar
periódicamente a través del botón de TEST.
• b.3. Puesta a tierra de las masas y dispositivo de corte por intensidad de defecto
Este sistema de protección consiste en unir las masas metálicas de la instalación a la tierra
mediante electrodos o grupo de electrodos enterrados en el suelo, de tal forma que las
carcasas o partes metálicas no puedan quedar sometidas por defecto de derivación a una
tensión superior a la de seguridad.
Para ello, se utilizan como dispositivos de corte los diferenciales. Estos diferenciales serán de
mayor sensibilidad cuanto mayor sea la resistencia de la tierra a la que está unido el circuitode protección. El uso de este sistema de protección requiere que se cumplan las siguientes
condiciones:
→ El interruptor deberá eliminar el defecto en un tiempo inferior o igual a 5 segundos
mediante el corte de todos los conductores activos, cuando se alcance la tensión
considerada peligrosa (24 V locales húmedos, 50 V locales secos).
→ La bobina de tensión del interruptor se conectará entre la masa del aparato a
proteger y una PAT (puesta a tierra) auxiliar para controlar la tensión que puedapresentarse entre éstas.
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→ El conductor de tierra auxiliar estará aislado:
→ Con relación al conductor de protección de la masa del aparato a proteger.
→ De las partes metálicas del edificio.
→ De cualquier estructura en unión eléctrica con el aparato a fin de que la bobina de
tensión no pueda quedar puenteada. Por tanto, el conductor de PAT auxiliar debe
ser un conductor aislado.
→ El conductor que conecta el relé a la masa a proteger no debe entrar en contacto con
partes conductoras distintas de las masas de los aparatos eléctricos a proteger, cuyo
conductor de alimentación quedará fuera de servicio al actuar en interruptor en caso
de defecto.
• b.4. Puesta a neutro de las masas y dispositivos de corte por intensidad de
defecto
Este sistema de protección consiste en unir las masas metálicas de la instalación al
conductor neutro, de tal forma que los defectos francos de aislamiento se transformen en
cortocircuitos entre fase y neutro, provocando el funcionamiento del dispositivo de corte
automático. Para su correcto funcionamiento requiere que se cumplan las condicionessiguientes:
→ Los dispositivos de corte utilizados serán interruptores automáticos o cortocircuitos
fusibles.
→ La corriente producida por un solo defecto franco debe hacer actuar el dispositivo
de corte en un tiempo no superior a 5 segundos.
→ Todas las masas de una instalación deben estar unidas al conductor de protección.
La unión de este conductor con el conductor neutro se realizará en un solo punto
situado inmediatamente antes de la caja general de protección o antes del
dispositivo general de protección de la instalación.
→ El conductor neutro de la instalación deberá estar alojado e instalado en la misma
canalización que los conductores de fase.
→ El conductor de protección deberá estar aislado, y cuando vaya junto a los
conductores activos, su aislamiento y montaje tendrá las mismas características que
el conductor neutro.
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→ El conductor neutro estará eficazmente a tierra, de forma tal que la resistencia global
resultante de las PAT sea igual o inferior a 2 W. La PAT del conductor neutro deberá
efectuarse en la instalación uniéndola igualmente a alguna posible buena toma detierra próxima.
Los magnetotérmicos actúan interrumpiendo el paso de la corriente cuando hay
sobrecargas en la red o bien cuando hay cortocircuitos. Tanto en un caso como en otro, el
magnetotérmico actúa produciendo un corte en el suministro eléctrico a la instalación.
Pasados unos segundos, y comprobado que la causa que ha motivado el corte se ha
subsanado, se puede volver a conectar.
Básicamente, el riesgo de contacto indirecto se evitaría mediante la toma de tierra y/odispositivos de corte automático de la tensión o de la intensidad de la corriente
(magnetotérmicos y diferenciales).
2.6. Trabajos en instalaciones eléctricas
Las técnicas o procedimientos para trabajar en instalaciones eléctricas o en sus
proximidades se establecerán teniendo en cuenta que deben efectuarse siempre sin
tensión.
2.6.1. ¿Cómo dejamos sin tensión una instalación? (RD 614/2001, art. 4.2 y Anexo. II.A. 1)
La primera norma de seguridad es la desconexión del circuito eléctrico antes de intervenir
sobre una instalación.
Las operaciones y maniobras para dejar sin tensión una instalación se harán por personal
autorizado y por personal cualificado en trabajos de alta tensión.
Una vez identificada la zona donde se va a proceder al trabajo se seguirán las cinco etapas
que corresponden a las «cinco reglas de oro», que son:
1. Abrir con corte visible todas las fuentes de tensión, mediante interruptores y
seccionadores que aseguren la imposibilidad de cierre intempestivo, es decir
desconectar.
2. Enclavamiento o bloqueo de los elementos de corte, es decir prevenir cualquier
retroalimentación.
3. Reconocimiento de ausencia de tensión; el operario utilizará pértiga y se aislará
mediante guantes y banqueta.
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4. Poner a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de tensión.
5. Colocar señales de seguridad adecuadas, delimitando la zona de trabajo.
Hasta que no se hayan completado las cinco etapas, se considerará en tensión la parte de la
instalación afectada.
2.6.2. ¿Cómo reponemos la tensión? (RD 614/2001 art. 4.3, 4.4 y 4.5, Anexo II. A. 2)
La reposición de la tensión sólo comenzará una vez finalizado el trabajo, se hayan retirado
los trabajadores y trabajadoras y se hayan recogido las herramientas y equipos utilizados.
El proceso de reposición de la tensión comprende:
•
La retirada, si las hubiera