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Políticas de saludPolíticas de salud en Boliviaen Bolivia
Un mundo le es dado al hombre: Un mundo le es dado al hombre: Su gloria no es soportar o Su gloria no es soportar o
despreciar este mundo, si no despreciar este mundo, si no enriquecerlo construyendo otro enriquecerlo construyendo otro
universo.universo.
Mario Bunge. La Ciencia.Mario Bunge. La Ciencia.
POLÍTICA Y POLÍTICAS DE SALUDPOLÍTICA Y POLÍTICAS DE SALUD
• Política: Integra todos los aspectos del Política: Integra todos los aspectos del desarrollo con el poder del desarrollo con el poder del Estado y el arte de gobernar. Estado y el arte de gobernar.
• Estrategia: Específica para la solución de Estrategia: Específica para la solución de un problema concreto. un problema concreto.
Ingles:Ingles: Politics - PolicyPolitics - Policy
Antecedentes históricos
ANTECEDENTES 1
Cultura Comunitaria
Incaica
Conquistaespañola
Régimenfeudal esclavista
Guerra de la independencia1809 - 1825
LA REPÚBLICA
Nacionalización de las minas
Reforma Agraria
Voto Universal
Exclusión Social
y Explotación
Militarismo, Oligarquias.
Revolución Nacional de 1952:
ANTECEDENTES 2
BOLIVIABOLIVIA REPUBLICAREPUBLICA 18251825
Ideales de Bolivar y Sucre FrustradosIdeales de Bolivar y Sucre Frustrados
Virreyes Españoles Vs.Virreyes Españoles Vs. Oligarquía Feudal CriollaOligarquía Feudal Criolla
Régimen Feudal EsclavistaRégimen Feudal Esclavista75% Indígena 25% Criollos75% Indígena 25% Criollos
Sumisión TotalSumisión Total
Mita, Pongueaje, etc.Mita, Pongueaje, etc.
Comunidades IndígenasComunidades Indígenas
TributaciónTributación
Despojo de tierrasDespojo de tierras
(Melgarejo 20-V-1866 ) (Melgarejo 20-V-1866 )
Vida Fácil y Holgada Vida Fácil y Holgada
Sin incentivo productivoSin incentivo productivo
Latifundismo OciosoLatifundismo Ocioso
En claves MinerosEn claves Mineros
INSTITUCIONES OFICIALES DE SALUD INSTITUCIONES OFICIALES DE SALUD EN BOLIVIAEN BOLIVIA
Juntas de Sanidad PúblicaJuntas de Sanidad Pública 18281828
ProtomedicatoProtomedicato 1830 1830
Dirección General de Sanidad PúblicaDirección General de Sanidad Pública1906 1906
Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión SocialMinisterio de Trabajo Higiene y Previsión Social 19361936
Ministerio de Higiene y SalubridadMinisterio de Higiene y Salubridad 19381938
Ministerio de Previsión Social y Salud PúblicaMinisterio de Previsión Social y Salud Pública 19471947
Proceso Revolucionario1952-1964
Fundación y Desarrollo de la COB
Sindicatos Agrarios
Hegemonía Popular
Expansión Rural en Salud y Educación.
ANTECEDENTES 3
1952.-1952.- Revolución NacionalRevolución NacionalNacionalización de las Minas Nacionalización de las Minas (Super Estado Minero)(Super Estado Minero)
Reforma Agraria Reforma Agraria (Tierra para el que la trabaja)(Tierra para el que la trabaja)
Voto Universal - DemocraciaVoto Universal - Democracia
Nº de electores antes y después del voto universalNº de electores antes y después del voto universal
Año Presidente Votos Obtenidos NºTotal de Electores Pob. TotalANTES1850 Belzu 5,935 1904 Montes 32,884 de 43.000 1.172.156
1951Paz Estenssoro
54,128 de 126.123 3.019.031
DESPUES1956 Siles 786,792 de 100.000
Fuente : Historia de Bolivia, Augusto GuzmánFuente : Historia de Bolivia, Augusto Guzmán
Gobernantes de la República de BoliviaGobernantes de la República de Bolivia
INEQUIDADINEQUIDAD
Informe de USAID-Bolivia 1978Informe de USAID-Bolivia 1978
• PoblaciónPoblación 4.700.0004.700.000
• Solo un 20 % de las muertes se registranSolo un 20 % de las muertes se registran
• 62 % trabaja en agricultura62 % trabaja en agricultura
• 3.4 % Minería3.4 % Minería
• Salario Promedio 109 $us por año : 12 = 9.0 por mesSalario Promedio 109 $us por año : 12 = 9.0 por mes
• Esperanza de vida para 1971 46 añosEsperanza de vida para 1971 46 años
• 50 % de la población consume 1356 cal. 50 % de la población consume 1356 cal. (< de 50 %)(< de 50 %)
• 30 % de la población consume 2165 cal.30 % de la población consume 2165 cal.
• 15 % de la población -nivel alto- 2861 cal.15 % de la población -nivel alto- 2861 cal.
• 5 % de la población -nivel muy alto- 3000 a 4813 cal.5 % de la población -nivel muy alto- 3000 a 4813 cal.
GOBIERNOS DICTATORIALES
1964 Militarismo populista1971. Dictaduras Fascistas.
– Represión . Exilio. Terrorismo de Estado.– Resistencia popular.– Derrota de las dictaduras. – Fortalecimiento sindical y social.
ANTECEDENTES 4
1982. Recuperación Democrática
Crisis económica, institucional y política
Mortalidad infantil 200 por mil Causas: Diarrea. Neumonías. Sarampión.
DesnutriciónBocio endémico 65.5 % Esperanza de vida al nacer 48 añosMortalidad Materna 480 por cien mil.
Hospital N- Aramayo.Anemia en embarazadas 70%
ANTECEDENTES 5
Democracia y participaciónpopular en salud
Bases para la Política Nacional de Salud.
Solidaridad e identificación con las clases populares.
Salud Pública Biologicista vs.
Salud Pública participativa
19821982 RECUPERACIÓN DEL RECUPERACIÓN DEL PROCESO DEMOCRÁTICOPROCESO DEMOCRÁTICO
Reforma de Salud IntegralReforma de Salud IntegralCambio del modelo médico Cambio del modelo médico
a defensa colectiva de la saluda defensa colectiva de la salud(como parte de defensa de la libertad y la democracia)(como parte de defensa de la libertad y la democracia)
Salud Para Todos con TodosSalud Para Todos con Todos
Salud como Derecho a conquistarSalud como Derecho a conquistar(No se compra ni se mendiga)(No se compra ni se mendiga)
DescentralizaciónDescentralización
Participación PopularParticipación Popular
Poder a la población organizadaPoder a la población organizada
PIASS.- y comités populares de saludPIASS.- y comités populares de salud
COMITES POPULARES DE SALUD
Educación para la libertad (Freire)
Responsables Populares de Salud –R P S –
Origen y organización de los Comités
Populares de Salud
COB. CONALJUVE, campesinos,
universitarios, maestros, mujeres y otros.
Los Servicios de Salud y la Participación Popular
Descentralización, Regionalización.
Planificación Participativa.
PIAAS . Programa Integrado de Atención de Áreas
de Salud.
Cogestión de los servicios.
Derecho a la Salud vs. Atención Médica.
Valor humano vs. Costo económico.
Movilizaciones Populares paraInmunización
Características:Planificación y Evaluación Participativa.
Un solo día con movilización de
medios masivos de Comunicación.
Organizaciones sociales.
Transporte etc.
Sinergismo institucional y Popular.
INMUNIZACIÓN
INMUNIZACIONES Coberturas logradasAntes. En 1983Polio. (oral) < 20% 95 %Sarampión “ 97 %Difteria Pertusis Tétanos “ 76.8 %Fiebre Amarilla. Pob. Expuesta 80
%Impactos
Erradicación de la Poliomielitis (definitiva)Eliminación del Sarampión.Fiebre Amarilla: en 1981: 102 casos. En 1983: 3 casos
Resultados
Otras movilizaciones
Rehidratación Oral UROs Populares.
En cada barrio y en aldeas rurales.
Hospitalizaciones por Diarrea aguda. en La Paz
1983 1986
495 niños 267 niños.
Bocio Endémico
PRONALCOBO.
Promoción de producción y consumo de sal yodada.
Actividad de RPS.
Yodo inyectable y asimilación a vacuna.
GUARDERIAS INFANTILESPOPULARES
• Prevención• Nutrición• Estimulación psico-afectivo-sensorial
Autogestión de:Guarderías Infantiles Populares.Centro Infantiles de Leche.
Política Nl de Suministros Médicos
INASME y medicamentos genéricos.Resistencia de las Farmacias Comerciales.Comités Populares de Salud y Farmacias Populares.Evolución posterior hasta la Ley del Medicamento en 1994 .
Resultados político-sociales:
Defensa colectiva de la salud como fuente y puente de solidaridad social.Potenciamiento de las organizaciones populares de base.Tencionamiento positivo de los servicios médicos.Voluntariado general y reducción de costos.Accesibilidad. Cultural, Geográfica y de la calidad de los servicios.
Reacción externa ante las políticas participativas:
a) crítica de los Colegios Médicos.
b) apoyo de los trabajadores de salud.
c) respaldo general de los medios y la sociedad civil.
Rol Rector del Ministerio de Salud
Política de consenso y cogestión de los servicios
Difusión del conocimiento en salud, sin costo
publicitario.
Comunicación cara a cara de las propias
organizaciones populares.
Impactos a mediano plazo
Mortalidad infantil de 200 a 75 %o (1982-1992)
(eliminación del Sarampión)
1989. Institucionalización de las Guarderías.
1996. Bolivia es certificada como libre de carencia de yodo.
Lecciones aprendidas y situación actual
Evolución de la PP a través de 6 gobiernos sucesivos.La Economía de Mercado. La globalización.Impactos sociales y económicos.Nuevos escenarios políticos.Ley de Participación Popular y protagonismo del Municipio.Sostenibilidad de las políticas de salud participativas.
PARTICIPACION POPULAR
POBLACION QUE PASA DE OBJETO DE ATENCIONA SUJETO DE CAMBIOS
A FAVORDE SU PROPIO DESARROLLO
Y DE SU SALUD
Gestión Elitista
Vs
Gestión Participativa
Direrencias en calidad, eficiencia y eficacia
Salud como derecho social
Evolución de los seguros.
Ambiente Internacional.• Seguro Privado• Seguro Laboral. Bismark. Aporte tripartito• Seguridad Social. Universal. Beveridge.
Ambiene Nacional. Bolivia.• Seguro y ahorro Obrero• Caja Nacional de Seguridad Social• Seguro Público Universal.
SEGURO UNIVERSAL SEGURO UNIVERSAL
MATERNO INFANTILMATERNO INFANTIL
LEY 2426 DEL 21 DE NOV DE 2002LEY 2426 DEL 21 DE NOV DE 2002
SEGURO BÁSICO DE SEGURO BÁSICO DE SALUD (SBS)SALUD (SBS)
D.S. 25265, 31 DE DICIEMBRE DE 1998
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD
Y NIÑEZ (SNMN) D.S. 24303 DE MAYO DE 1996
Disminución Mortalidad MaternaDisminución Mortalidad Materna
1992-20021992-2002
45%45%
Fuente Censo 2002Fuente Censo 2002
POBLACIÓN OBJETIVO
Población Total de Bolivia:
8.3 millones de Hab.
Niños menores de 5 años en Bolivia : 1.202.697
Embarazos esperados : 325.360(Fuente INE – SNIS)
Problemas de Salud en el niño
Tasa de mortalidad infantil 67 por 1000 nacidos vivosTasa de mortalidad infantil 67 por 1000 nacidos vivos
El año 2001 nacieron 249.720 niños
16.731 Niños menores de un año mueren cada año (Similar a la pobl. total de Valle Grande)
Cada 20 minutos muere un niño menor de un año
Situación de los Niños menores de 5 años
21,000 niños < de 5 años mueren al año por enfermedades prevenibles = 58 niños por día
14.000 niños < 5 años mueren anualmente por Diarrea e Infecciones Respiratorias = 39 niños por día
Mortalidad en menores de 1 año
Area Urbana Area RuralCada año 13,529 24,352Cada día 37 67Cada hora 1.5 3
Fuente:Save the Children El Estado de los Recién Nacidos del Mundo: Bolivia – 2002
Mortalidad en menores de 5 añosSituación Urbano - Rural
Urbano RuralCada año 79,650 150,853Cada día 218 413Cada hora 9 17
Fuente:Save the Children El Estado de los Recién Nacidos del Mundo: Bolivia – 2002
Problemas de Salud en la Mujer Embarazada
Tasa de mortalidad materna 390 por 100.000 nacidos vivosTasa de mortalidad materna 390 por 100.000 nacidos vivos
El año 2001 Murieron 1,055 Madres
4,432 niños quedaron huérfanos
Cada día mueren 3 madres
Fuente: Proyecciones ENDSA 94, INE 2002
LEY Nº 2426LEY Nº 2426
SEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTILSEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTIL
Se crea el Seguro Universal Materno Infantil en todo el territorio nacional, con carácter universal, integral y gratuito, para otorgar las prestaciones de salud en los niveles de atención del Sistema Nacional de Salud y Previsión Social y del Sistema de Seguridad Social de Corto Plazo a:
a) Las mujeres embarazadas desde el inicio de la gestación hasta los 6 meses posteriores al parto.
b) Los niños y niñas desde su nacimiento hasta los 5 años de edad.
Las prestaciones del Seguro Universal Materno Infantil, cuando correspondan, se adecuarán a los usos y costumbres de los pueblos indígenas, originarios y campesinos de Bolivia.
FINANCIAMIENTO FINANCIAMIENTO
TESORO GENERAL DE LA NACIÓNTESORO GENERAL DE LA NACIÓN
Recursos HumanosRecursos Humanos
SEGURO SOCIALSEGURO SOCIAL
FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO
10% de la Participación Popular
Insumos, servicios no personales y medicamentos esenciales
ExcedentesExcedentes
Inversión en Infraestructura Sanitaria,
Saneamiento Básico y Programas Especiales
de
Seguros de Salud
FaltantesFaltantes
Hasta 10% de recursos de
Cuenta Diálogo 2000
Conformación Orgánica del DILOS
DILOS
SEDES
Gobierno Municipal
Organización Social
Sistema Nacional de Salud en el ámbito municipal
DIRECTORIO
Gerente de Red
DILOS
Red Socio-Sanitaria
Mesa de Salud
PROYECCION A FUTURO• Ampliaciones sucesivas del SUMI
• Consolidación de su sistema financiero
• Estructuración del Seguro Universal de Salud, o Seguro Universal Médico Integral
• SISTEMA INTEGRAL DE ATENCION EN SALUD. ley 475 /2014.
REGLAMENTO PARA LA REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 475GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 475““LEY DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL”LEY DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL”
Artículo 1. (OBJETO).- Artículo 1. (OBJETO).-
El presente Reglamento tiene por objeto establecer el marco normativo para la gestión Administrativa de la Ley N° 475, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
Artículo 2. (DEFINICIONES).- Artículo 2. (DEFINICIONES).-
Para efectos de la aplicación del presente Reglamento, se establecen las definiciones de los siguientes términos empleados en el mismo:
•Sistema Informático SALMI:
•Sistema Informático SIAF:
•Operador del SALMI o SIAF:
•Operador del SICOFS:
•Archivo de consolidación:
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
Artículo 2. (DEFINICIONES).-Artículo 2. (DEFINICIONES).-
•Instancia Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal: Instancia a cargo de un Responsable Técnico dependiente del Gobierno Autónomo Municipal, de acuerdo a organización propia, encargada de la implementación y aplicación de la gestión administrativa de la Ley Nº 475.
•Instancia Administrativa del Gobierno Autónomo Municipal: Instancia responsable de los procesos administrativos y financieros en cada Gobierno Autónomo Municipal que cuentan con estructura organizacional propia.
•Correlación clínica administrativa: Es la coherencia existente entre los diagnósticos y procedimientos efectuados por el personal de salud, registrados en el expediente clínico (Historia clínica, epicrisis, hojas de enfermería, hojas de evolución, etc.) y las prestaciones declaradas en los documentos administrativos.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
Artículo 2. (DEFINICIONES).-Artículo 2. (DEFINICIONES).-
•Código de Registro para el acceso al sistema de envíos de la USP: Es el identificador alfanumérico asignado por la Unidad de Seguros Públicos del Ministerio de Salud al Responsable de administrar el Sistema de Control Financiero de Salud (SICOFS) en el municipio y al Responsable designado por el SEDES que permitirá registrar los datos personales e institucionales correspondientes y crear un usuario y contraseña para acceder al sistema de envíos de la Unidad de Seguros Públicos.
•Sistema de envíos de la USP: Es el sistema informático que permite al Gobierno Autónomo Municipal el envío de información generada por el SICOFS del Municipio a través del portal web (página de internet) de la Unidad de Seguros Públicos del Ministerio de Salud.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
Artículo 3. (ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL).-Artículo 3. (ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL).-
I. Las personas beneficiarias de la Ley N° 475 deberán acceder a los servicios de salud de Primer Nivel de atención más cercana a su domicilio.
II. El personal de salud del Primer Nivel de atención deberá solicitar en la primera consulta uno de los documentos de identidad a la persona que solicite la atención.•a. Certificado de nacimiento.•b. Carnet de Identidad.•c. Pasaporte.•d. Libreta de Servicio Militar.
III. La atención de personas con discapacidad requiere la presentación del Carnet de discapacidad correspondiente.
IV. En la reconsulta podrá solicitar el documento de identidad o solamente el Carnet de Control Prenatal, en el caso de embarazadas o el Carnet de Salud Infantil, en la atención del menor de cinco años.
ACCESO DE LAS PERSONAS ACCESO DE LAS PERSONAS BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
Normas establecidas como políticas en salud.• La lucha por la reinvidicaciones de los derechos de las
personas con discapacidad en Bolivia nace con la Ley de Personas con Discapacidad Visual el 22 de enero de 1957 y posteriormente la aprobacion de la Ley 1678 del 15 de diciembre1995.
• En Cumplimiento a la Ley 1678 se aprueba El Decreto Supremo 28521. especificando la implementacion del registro nacional de personas con discapacidad – calificacion de personas con discapacidad en Bolivia nace el 2006. para este fin el SEDES Y CODEPEDIS participan como responsables y ejecutores a nivel departamental del PRUNPCD.
Artículo 4. (REFERENCIA A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE SEGUNDO O Artículo 4. (REFERENCIA A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE SEGUNDO O TERCER NIVEL).- TERCER NIVEL).- I. Toda persona beneficiaria, que de acuerdo a la decisión del personal de salud del primer nivel de atención, requiera efectuar consulta o tratamiento en un hospital de segundo o tercer nivel de atención, deberá ser referida al mismo con la boleta de referencia o contrarreferencia correctamente elaborada de acuerdo a normativa específica vigente.
II. En caso de emergencia el paciente debe ser estabilizado y acompañado durante su traslado por un integrante calificado del equipo de salud y, de ser posible, uno de sus familiares.
III. El personal de salud del hospital de Segundo o Tercer nivel deberá exigir la boleta de referencia y contrarreferencia del establecimiento de salud que envía a la persona beneficiaria para la atención correspondiente.
ACCESO DE LAS PERSONAS ACCESO DE LAS PERSONAS BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
Artículo 5. (REFERENCIA DE PACIENTES PARA SERVICIOS Artículo 5. (REFERENCIA DE PACIENTES PARA SERVICIOS COMPLEMENTARIOS).- COMPLEMENTARIOS).- Las personas referidas para la realización de exámenes complementarios, accederán al servicio correspondiente con la Solicitud de exámenes de laboratorio, imagenología/gabinete o servicios de sangre emitida por el personal de salud solicitante.
Artículo 6. (IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE Artículo 6. (IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL).- PRIMER NIVEL).- I. Es atribución de los Gobiernos Autónomos Municipales la actualización, publicación y difusión periódica del nombre y ubicación de cada establecimiento de salud del Primer Nivel de atención públicos, de la seguridad social a corto plazo y de privados bajo convenio ubicados en el municipio para facilitar el acceso de la población beneficiaria.
II. El Servicio Departamental de Salud, proporcionará y actualizará a la Instancia Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal, el registro oficial de los códigos y nombres de los establecimientos de salud definidos por el Ministerio de Salud.
ACCESO DE LAS PERSONAS ACCESO DE LAS PERSONAS BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LA Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LA LISTA DE PRESTACIONES DEL LISTA DE PRESTACIONES DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD).-ESTABLECIMIENTO DE SALUD).- I. La Lista de Prestaciones del Establecimiento de Salud, se constituye en el documento que define las prestaciones que serán otorgadas por el mismo, y en el instrumento referencial para la solicitud de pago al Gobierno Autónomo Municipal.
II. El responsable principal de cada establecimiento de salud, en coordinación con el personal de salud del mismo, establecerán la Lista de Prestaciones, la que deberá ser actualizada de manera semestral y entregada al Responsable de la Instancia Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal correspondiente.
III. Su elaboración deberá tomar en cuenta los siguientes parámetros técnicos:
a. Capacidad resolutiva y física instalada.
b. Nivel de atención del establecimiento de salud.
c. Nivel resolutivo de las prestaciones señaladas en el Manual de Aplicación de Prestaciones.
d. Normas Nacionales de atención clínica.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIALESINICIALES
Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LA Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LA LISTA DE PRESTACIONES DEL LISTA DE PRESTACIONES DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD).- ESTABLECIMIENTO DE SALUD).-
IV. El SEDES, ante requerimiento del Gobierno Autónomo Municipal, emitirá a través de la instancia pertinente, el informe técnico respecto a la coherencia de la lista de prestaciones y la capacidad resolutiva real del establecimiento de salud.
V. La lista de prestaciones de un establecimiento de salud podrá incluir, de manera extraordinaria, prestaciones correspondientes a un nivel de atención superior al suyo, previo informe técnico favorable extendido por el SEDES de su jurisdicción, que apruebe la capacidad resolutiva para dichas atenciones.
VI. Aquellas prestaciones que no se encuentren contenidas en la Lista de Prestaciones del Establecimiento de Salud podrán ser rechazadas por la Instancia Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal correspondiente.
VII. Los establecimientos de salud que cuenten con el sistema informático SALMI o SIAF podrán utilizarlos para la producción de la Lista de Prestaciones del Establecimiento de Salud, en caso contrario deberán elaborarla manualmente.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIALESINICIALES
Artículo 8. (TIPOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS).- Artículo 8. (TIPOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS).- I. Se establecen los siguientes tipos de procedimientos administrativos.
•Procedimientos administrativos Informatizados: Son aquellos basados en la aplicación de los Sistemas Informáticos SALMI y SIAF, establecidos y aprobados por el Ministerio de Salud. Los establecimientos de salud que cuentan con cualquier otro sistema informático, deben ajustarlos a los parámetros técnicos definidos por el Ministerio de Salud para posibilitar el procesamiento y consolidación de la información.
•Procedimientos administrativos Manuales: Circunscritos solamente a establecimientos de salud que demuestren la imposibilidad para implementar los procedimientos informatizados.
II. El Gobierno Autónomo Municipal, a través de su Instancia Técnica de Salud, en coordinación con los Responsables de los establecimientos de salud, definirá el tipo de procedimiento administrativo que se aplicará para fines de cobro y pago de las atenciones otorgadas de acuerdo a la capacidad técnica y logística de cada establecimiento de salud.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIALESINICIALES
Artículo 9. (FORMAS DE PAGO).- Artículo 9. (FORMAS DE PAGO).- I. Se establecen como formas de pago de las prestaciones otorgadas en el marco de la Ley N° 475, las siguientes:
•Pago en efectivo: Es el desembolso mensual del total del monto declarado en el REPES del establecimiento de salud que solicita el pago.
•Pago mixto: Se aplica sólo a los establecimientos de salud bajo dependencia municipal por las atenciones realizadas, consistente en la reposición trimestral de medicamentos, insumos médicos y reactivos para diagnóstico, de la Farmacia Institucional Municipal – FIM de cada establecimiento, de acuerdo a los requerimientos señalados en el Consolidado de Pedido Trimestral – CPT, y el desembolso trimestral en efectivo por concepto de Remanentes Financieros locales.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIALESINICIALES
Artículo 10. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE AFILIADOS DE LOS ENTES Artículo 10. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE AFILIADOS DE LOS ENTES GESTORES DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO DE CORTO PLAZO).-GESTORES DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO DE CORTO PLAZO).- Los Entes Gestores del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo, trimestralmente enviarán la lista actualizada de sus afiliados y beneficiarios a la Unidad de Seguros Públicos de la Dirección General de Seguros de Salud del Ministerio de Salud para su sistematización y envío a cada Gobierno Autónomo Municipal.
Artículo 11. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE PERSONAS CON Artículo 11. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD).- DISCAPACIDAD).- La Unidad de Discapacidad del Ministerio de Salud, trimestralmente enviará la lista actualizada de personas calificadas y acreditadas por el SIPRUN-PCD a la Unidad de Seguros Públicos de la Dirección General de Seguros de Salud del Ministerio de Salud para su sistematización y envío a cada Gobierno Autónomo Municipal
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIALESINICIALES
Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-
a. Instrumentos de recolección de la información:•Documento 1: Recetario/Recibo de atención ambulatoria (D-1).•Documento 2: Recetario/Recibo de atención del paciente internado (D-2).•Documento 2a: Hojas adicionales al Documento 2 (D-2a).•Documento 3: Recetario/Recibo de atención odontológica (D-3).•Documento 4: Recetario/Recibo de prestaciones especiales (D-4).•Documento 5: Descargo y Solicitud de Botiquín de Servicio (D-5).•Documento 6: Descargo de Traslados de emergencias (D-6).•Boleta de referencia y contrarreferencia (Documentos oficiales de la Norma Nacional de Referencia y Contrarreferencia).•Documento 8: Solicitud de exámenes de laboratorio, Imagenología/Gabinete o servicios de sangre (D-8).•Documento 9: Reporte de resultados de exámenes de laboratorio, Imagenología/Gabinete o servicios de sangre (D-9).
INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA LA GESTION ADMINISTRATIVA LA GESTION ADMINISTRATIVA
Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).- Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-
b. Instrumentos de sistematización de la información:
•Documento 10: Descargo de Prestaciones Complementarias (Laboratorio, Imagenología/Gabinete y Banco de Sangre) (D-10).
•Documento 11: Informe Mensual de Movimiento de Medicamentos e Insumos – IMM (SNUS-03) (D-11).
•Documento 12: Consolidado de Pedido Trimestral de Medicamentos e Insumos – CPT (SNUS-04) (D-12).
•Documento 13: Registro de existencias – Kárdex valorado (SNUS-01) (D-13).
•Documento 14: Resumen de Prestaciones Realizadas por el establecimiento de salud – RPR (D-14).
•Documento 15: Reporte de Prestaciones Establecidas de Salud – REPES (D-15).
•Documento 16: Resumen de Prestaciones Observadas – RPO (D-16).
INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA LA GESTION ADMINISTRATIVA LA GESTION ADMINISTRATIVA
PROCEDIMIENTOS DE COBRO PROCEDIMIENTOS DE COBRO INFORMATIZADOSINFORMATIZADOS
SALMI
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICADE SALUDDE SALUD
D-1, D2, D2a, D-3, D-D-1, D2, D2a, D-3, D-4, D-5, D-6 y D-104, D-5, D-6 y D-10
SIAFSIAF
ARCHIVO DE ARCHIVO DE CONSOLIDACIÓNCONSOLIDACIÓN
D-6, D-10, IMM – CPTD-6, D-10, IMM – CPT
FORM. REF/RETFORM. REF/RET
ESTABLECIMIENTO DE SALUDESTABLECIMIENTO DE SALUD
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS HÁBILES7 DÍAS HÁBILES
PROCEDIMIENTOS DE COBRO MANUALPROCEDIMIENTOS DE COBRO MANUAL
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICADE SALUDDE SALUD
D-6, D-10, RPR, REPES, D-6, D-10, RPR, REPES, IMM – CPT, FORM. IMM – CPT, FORM.
REF/RETREF/RET
ESTABLECIMIENTO DE SALUDESTABLECIMIENTO DE SALUD
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS HÁBILES7 DÍAS HÁBILESD-1, D2, D2a, D-3, D-D-1, D2, D2a, D-3, D-4, D-5, D-6 y D-104, D-5, D-6 y D-10
PROCEDIMIENTOS DE PAGOPROCEDIMIENTOS DE PAGO
SICOFSSICOFS
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS 7 DÍAS HÁBILESHÁBILES
PRIMERA COPIA
ARCHIVO DE ARCHIVO DE CONSOLIDACIÓNCONSOLIDACIÓN
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICADE SALUDDE SALUD
SEGUNDA COPIA
ORIGINAL
PAGOPAGO
10 DÍAS 10 DÍAS HÁBILESHÁBILES
Artículo 19. (PRESTACIONES OBSERVADAS).- Artículo 19. (PRESTACIONES OBSERVADAS).-
I. Las prestaciones que sean observadas por el SICOFS serán impresas en el Documento 16. (Resumen de Prestaciones Observadas – RPO).
II. La Instancia Técnica de Salud deberá hacer conocer al Responsable de cada Establecimiento de Salud los errores que motivaron la observación de las prestaciones para evitar la reincidencia en los informes posteriores.
III. El costo atribuible a errores no subsanables o por reincidencia del personal de salud o administrativo de los establecimientos de salud municipales deberá ser reglamentado por cada Gobierno Autónomo Municipal.
PROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGOPROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGO
Artículo 21. (REMANENTES LOCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 21. (REMANENTES LOCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD MUNICIPALES).- MUNICIPALES).-
I. Se constituyen en remanentes locales de los establecimientos de salud los saldos existentes en cada establecimiento de salud de los recursos desembolsados por el Gobierno Autónomo Municipal por las prestaciones otorgadas, una vez efectuada la reposición de los medicamentos, insumos médicos y reactivos para diagnóstico necesarios para la atención de las prestaciones, de acuerdo a los requerimientos señalados en el Consolidado de Pedido Trimestral – CPT, y cubiertos los gastos de alimentación de pacientes internados.
II. Los remanentes locales podrán ser empleados, según programación y norma de cada Gobierno Autónomo Municipal.
PROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGOPROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGO
Artículo 23. (Artículo 23. (INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475)PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475).- .-
Se constituyen instancias técnicas responsables de la supervisión del cumplimiento adecuado de los procesos y procedimientos de la Ley Nº 475 por parte del personal de salud y administrativo, las siguientes:
Responsable del establecimiento de salud: Es la instancia de control interno previo que tiene la obligación de verificar la correlación clínica administrativa de la documentación emitida por el personal de salud de su establecimiento y de la correcta aplicación de los Sistemas Informáticos. De acuerdo a la complejidad de los servicios de salud, el responsable del establecimiento debe contar con la colaboración de Jefes de Unidad, Jefes de Servicios, personal administrativo y operadores de los Sistemas Informáticos SALMI o SIAF.
Instancias Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal: Es la encargada de la verificación de la documentación presentada por los establecimientos de salud mediante la utilización del Sistema Informático SICOFS y del registro y seguimiento de los casos de incumplimiento de los procesos y procedimientos administrativos así como de la reincidencia de errores administrativos y fraudes financieros cometidos por el personal administrativo y de salud mediante informes periódicos dirigidos al Gobierno Autónomo Municipal.
CONTROL Y FISCALIZACIÓNCONTROL Y FISCALIZACIÓN
Artículo 23. (Artículo 23. (INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475)PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475).-.-
Coordinación Técnica de Red: Es la instancia de supervisión periódica encargada de verificar el cumplimiento adecuado de los procesos administrativos y otorgar capacitación y asistencia técnica al personal de la Red a su cargo así como a las instancias técnicas de los Gobiernos Municipales correspondientes.
Unidades Departamentales de Seguros Públicos: Se constituyen en los encargados de efectuar el control periódico y aleatorio de los establecimientos de salud del departamento y con carácter obligatorio de aquellos que presenten denuncias de irregularidades en el cumplimiento de los procesos técnicos y administrativos; además de otorgar capacitación y asistencia técnica a Coordinaciones de Red, Responsables de las Instancias Técnicas de Salud de los municipios del departamento correspondiente.
Unidad de Seguros Públicos del Ministerio de Salud: Es la instancia encargada de la evaluación nacional del cumplimiento de los procesos técnicos y administrativos a través de la solicitud de informes periódicos a los SEDES.
CONTROL Y FISCALIZACIÓNCONTROL Y FISCALIZACIÓN
Artículo 27. (SANCIONES).- Artículo 27. (SANCIONES).-
Los servidores públicos que incumplan o infrinjan el presente Reglamento y que pongan en riesgo la continuidad de la atención de las personas beneficiarias, serán sancionados de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales – SAFCO y la Ley Nº 004 de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
DISPOSICIONES FINALESDISPOSICIONES FINALES
GRACIAS POR SU ATENCION…