GUÍA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
OBJETIVO DE LA UNIDAD:
Al finalizar la unidad el estudiante estará en capacidad de: Valorar la historia y
los antecedentes de las Nomenclaturas más importantes que han servido de base
para la actual Nomenclatura del Sistema Armonizado; así como la organización
de este Sistema, que actualmente rige en nuestro país.
UNIDAD Nº II: EL SISTEMA ARMONIZADO
EL SISTEMA ARMONIZADO
Sistema Armonizado de designación y codificación de MercancíasAntecedentesEn la década de los 60• Comienza nuevamente a sentirse, entre los actores involucrados con el comercio
internacional, la necesidad de:
– Organizar, normalizar, sistematizar y armonizar los datos que debían figurar en
la documentación relativa al intercambio comercial.
– Armonizar la designación y codificación de los países, de las unidades de
comercialización, de modos de transporte y de las mercancías propiamente
dichas.
En el año 1970• Se encomendó al Consejo de Cooperación Aduanera tomar la iniciativa sobre un
estudio sobre los problemas relacionados con la designación y codificación de
mercancías, considerando la gran experiencia que poseía en la materia.
El año 1973El Grupo de Estudio llegó, entre otras, a las siguientes conclusiones:
• La elaboración de un instrumento único de identificación de mercancías no sólo
era posible, sino indispensable para facilitar, a largo plazo, el comercio
internacional.
• Se debía elaborar, por una parte, el sistema único de identificación de
mercancías sobre la base de la NCCA y de la CUCI Revisada, tomando en
consideración otras nomenclaturas y sistemas, no sólo aduaneras, sino
estadísticas y de transporte, y por la otra, un instrumento que garantizara su
aplicación.
Se elaboraría bajo los auspicios del Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) y
se crea el Comité encargado de elaborar el “Sistema Armonizado”.
• Se constituiría, por todo el tiempo que durase la elaboración del sistema, un
organismo internacional e interorganizaciones, encargado de vigilar que se
tuvieran plenamente en cuenta las necesidades de todos los interesados al tiempo
que propondría las medidas oportunas para la puesta en aplicación del sistema.
El 14 de junio de 1983• El CCA aprobó la Convención Internacional del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías (S.A.) y la abrió a la firma.
El 24 de junio de 1986• El CCA aprobó el Protocolo de Enmienda de la Convención Internacional del
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.) con el
objeto que pudiera entrar en vigencia el 1º de enero de 1988, y lo abrió a la firma.
El 1 de enero de 1988• Comenzó a regir la Convención Internacional del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías ( S.A.), firmado en Bruselas el 14 de
junio de 1983. Reemplazó íntegramente la NCCA.
Criterios
Ser una Nomenclatura Polivalente, esto significa poder ser utilizado
inicialmente e indistintamente como una Nomenclatura Arancelaria o como
una Nomenclatura estadística
Que cada código que se adopte sea por consenso o por mayoría, cabe
destacar que anteriormente, solo se aprobaba un código cuando los
participantes reconocían de común acuerdo que la mercancía o grupo de
mercancías mantenían su importancia en el intercambio comercial
internacional.
Objetivos
1.- Facilitar el Comercio Internacional.
2.- Facilitar el registro, comparación y el análisis de las estadísticas,
especialmente las de comercio internacional.
3.- Facilitar la uniformidad de los documentos comerciales, así como la
transmisión de datos.
4.- Reducir los gastos que se ocasionan en el curso de las transacciones
internacionales, ante cambios en la clasificación arancelaria entre un país y otro.
Modificaciones
Desde su vigencia el Sistema Armonizado ha sufrido cinco grandes enmiendas y
las razones para ello son las siguientes
a) Desarrollo tecnológico Ej. CD ROM
b) Estructura del comercio
c) Necesidad del control de mercancías vinculadas al medio
ambiente
d) Aclaración de textos.
XXIISECCINES
98 CAPITULOS
1320 Partidas
6980 SubpartidasNLS NLC NLSP
6 Reglas generales de interpretación
Definición
El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, mejor
conocido como “Sistema Armonizado (S.A.)”, es uno de los más exitosos
instrumentos desarrollados por la Organización Mundial de Aduanas.
Gracias a su versátil estructura y a su naturaleza polivalente, el S.A. ha
estandarizado, en efecto, una parte significativa del lenguaje del comercio
internacional. Satisface simultáneamente las necesidades de las autoridades
aduaneras, de los estadistas, productores y transportistas. Facilita el tratamiento y
la trasmisión automática de datos y permite disponer de una terminología y de un
código común para registrar categorías de productos identificados con códigos
numéricos de ocho dígitos que provienen de un desarrollo más detallado,
efectuado a partir de partidas de cuatro dígitos. Estas partidas de cuatro dígitos
son el resultado de una profunda revisión y actualización, no sólo de cada partida
sino también de la propia estructura de la NCCA.
Estructura del Sistema Armonizado
El Sistema Armonizado en la Región Andina
(La Nandina)
Fue aprobada el 21 de julio de 1989 de acuerdo a la propuesta 187, presentada
por el Comité de Nomenclatura del Grupo Andino.
Para el logro de los objetivos de todo proceso de integración, es necesario
armonizar sus instrumentos de política comercial siendo uno de ellos el
establecimiento de una Nomenclatura común
En 1950 se firma el tratado de Montevideo con la presencia y participación de 11
países, con el propósito de acelerar el desarrollo económico mediante el
aprovechamiento de los factores productivos, tomando en consideración a los
países de menor desarrollo relativo, por lo que fue necesario expresar sus
negociaciones, listas nacionales comunes y especiales y sus acuerdos de
complementación, a través de una Nomenclatura común para los países
miembros de la Asociación latinoamericana de Libre comercio basada en la NAB
denominada NABALALC
En 1959 cinco países integrantes de la ALALC deciden formar una subregión
denominado GRUPO ANDINO, que busca un crecimiento equilibrado y armónico
de sus países, a fin de acelerar la conversión de la ALALC en un mercado común,
mediante un programa de liberación formado por:
Lista común
Productos reservados
Programas sectoriales de desarrollo
Producto no producidos y Lista de excepciones
Para identificar detalladamente las mercancías materia del programa de liberación,
utilizaron inicialmente la NABALALC (actualmente este organismo se denomina
ALADI) y tiene su propia Nomenclatura denominada NALADISA, para ser utilizada
en la realización y registro de las negociaciones y presentación de las estadísticas
del comercio exterior, posteriormente se modifica la NALADISA y luego se
elabora una Nomenclatura común para los países miembros del grupo andino,
denominado NABANDINA.
Entonces el 14 de junio de 1983 se firma el convenio creando el SISTEMA
ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS, el
grupo andino al enterarse de este gran cambio, elabora una propuesta de
modificación de la NABANDINA al SISTEMA ARMONIZADO, presentando sus
primeras anotaciones de conversión en 1987 a los países miembros para
observaciones y sugerencias.
Organización
El orden fue agrupar primeramente a las mercancías de acuerdo a la materia que
pertenecen, tal como están en la naturaleza o con cierto grado de trabajo que no
implique una modificación sustancial, es decir la materia mantiene la relevancia
respecto a otras consideraciones, es así que se organizó de la siguiente manera:
Reino Animal Sección I todas aquellas vinculadas a ellas, tal como se presenta en
la naturaleza y con algunas manipulaciones
Reino Vegetal Sección II y todas aquellas vinculadas a ellas, tal como se
presentan en la naturaleza y con algunas manipulaciones
Reino Mineral Sección V y todas aquellas, tal como se presentan en la naturaleza
y con algunas manipulaciones.
La segunda forma de agrupación fue ordenándolo por la importancia del uso o
función de la mercancía, aquí la materia pasa a un segundo plano siendo por tanto
relevante el aspecto tecnológico y utilitario en su fabricación, viéndose reflejado
este orden de la sección XVI a la sección XXI.
RESUMEN
La Nomenclatura del Sistema Armonizado ha sido el resultado de las
Nomenclaturas que la antecedieron ya que ellas aportaron con sus aciertos y
dificultades que el Sistema Armonizado las ha tomado como experiencia.
El Sistema Armonizado es una Nomenclatura Polivalente, es decir que puede ser
utilizada como Nomenclatura Arancelaria y Nomenclatura estadística al mismo
tiempo.
El objetivo principal de esta Nomenclatura es el aduanero y en segundo lugar el
estadístico.
La Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera, unida de manera
indisoluble con el Sistema Armonizado, constituye en sí, una estructura legal
lógica y eminentemente técnica con un total de 1320 partidas agrupadas en 98
capítulos y a su vez articulados en 22 Secciones.
Dada la codificación de 8 dígitos y el alcance del Sistema Armonizado el uso y la
costumbre ha hecho que se le reconozca como si fuera una sola y para todos los
usuarios de manera natural la reconocemos como Sistema Armonizado.
GLOSARIO
AI: Arancel de Importaciones
SA: Sistema Armonizado
ALALC: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio
ALADI; Asociación Latinoamericana de Integración
OMA: Organización Mundial de Aduanas
CUCI: Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional
ONU: Organización de las Naciones Unidas
NSA: Nomenclatura del Sistema Armonizado
NCCA: Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera
NAB: Nomenclatura Arancelaria de Bruselas
NABALALC: Nomenclatura de la Asociación Latinoamericana de
Libre Comercio, basada en la Nomenclatura de Bruselas
NALADISA: Nomenclatura de la Asociación Latinoamericana de
Integración
NABANDINA: Nomenclatura común para los países del Grupo Andino
NANDINA: Nomenclatura de la Región Andina
NS: Notas de Sección
NC: Notas de Capítulo
NSp: Notas de Subpartida
BIBLIOGRAFIA
Arancel Nacional de Importaciones
Folleto Nomenclatura Arancel y Clasificación “ Cámara Comercio de
Guayaquil”
Documento Técnico Aduanero del Departamento de Asuntos Económicos
de la OEA.