"2015, Afta de José María Morelos y Pavón" ©
LXIV LEGISLATURAH. CONGRESO DEL F5TADO
DE CHIHUAHUA2013 - 2016
H. DIPUTACION PERMANENTE
PRESENTE.-
Los suscritos, diputadas y diputados a la Sexagésima Cuarta Legislatura
del Estado e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 fracción" y 68 fracción I
de la Constitución Local y 97 Y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado, acudimos ante este Cuerpo Colegiado a presentar iniciativa con
carácter de Acuerdo, con la finalidad de solicitar de manera respetuosa al
Ejecutivo Estatal, Lic. Cesar Horacio Duarte Jáquez, en breve publique el
Reglamento de la Ley de Bienestar Animal en el Estado, asimismo, nos
permitimos promover iniciativa de decreto para reformar los artículos 5 y 84 de
esta Ley, a fin de armonizarla con las nuevas denominaciones de la Secretaría
de Educación, Cultura y Deporte y Fiscalía General del Estado. Al tenor de los
siguientes:
ANTECEDENTES
Con fecha 29 de septiembre del año 2010 fue aprobado el decreto
número 1254/2010 XV PE, que dio vida a la nueva Ley de Bienestar Animal
del Estado que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 17 de
noviembre del mismo año, ordenamiento legal que tiene por objeto regular en
el ámbito estatal, el trato correcto y digno que las personas deben observar
•• Edificio Legislativo: C. L~ertad #9lIIIIIIIIr Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000
1 (iruyo Pariarnentaria áeC'P.JtW
/
Tel: (614 4123200 / 01 8002206848 _ ~www.congreSOChihuahua.gOb.mxl~ LXIV
LEGISLATURA
"2015, Año de José María Morelos y Pavón"
LXIV LEGISLATURAH. CONGRESO DEL ESTADO
DE CHIHUAHUA2013 - 2016
con los animales que coexistan en el Estado; Fomentar la participación de los
sectores público y privado en la promoción de una cultura de respeto,
protección, preservación de la vida, la salud y la integridad de los animales;
sancionar los actos de crueldad y maltrato en contra de los animales que se
encuentren en territorio de la Entidad, y celebrar convenios de colaboración
con los diferentes sectores públicos y privados, para garantizar el bienestar de
los animales.
Ahora bien, en la actualidad, la Ley de mérito adolece de reglamento a
pesar que desde el 17 de mayo del año 2011, feneció el plazo para hacerlo,
toda vez, que se estableció en el artículo transitorio que el Ejecutivo Estatal
debería emitir las disposiciones reglamentarias de la Ley en el término de 180
días contados a partir de su publicación, es decir han transcurrido 4 años 3
meses, y razón por la cual las autoridades, asociaciones, instituciones y
particulares no cumplen a cabalidad con la encomienda por falta de estas
directrices reglamentarias; tal es el caso de:
- La definición de requisitos y formatos para obtener la Autorización de las
autoridades (Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología y municipios) para
que las asociaciones funjan como organismos auxiliares en la aplicación de
esta Ley;
- El funcionamiento y operación del Comité Técnico que será el responsable
del manejo del Fondo Estatal del Bienestar Animal;
2 §ruyo Parlamenmria áe(P.:A:N
•• Edificio L~gislativo: ~. Libertad #9 I Tel: (614) 4123200 / 01800220 6848 ~lIIIIIIIIr - Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congreSOChihuahua.gOb.mxl~ LXIVLEGISLATURA
"2015, Año de José María Morelos y Pavón"
LXIV LEGISLATURAH. CONGRESO DEL FSTADO
DE CHIHUAHUA2013 - 2016
- Los trámites, requisitos y formatos para la acreditación de licencias y
permisos para prestar el servrcio de atención a animales, así como, los
dedicados a la protección, Crianza, reproducción, comercialización, vigilancia,
entrenamiento, exhibición o cualquier otra actividad análoga relacionada con
animales que no sean destinados al consumo humano.
Así pues, y toda vez que son varios los artículos que se constriñen al
reglamento, considero loable solicitarle al titular del Ejecutivo Estatal, en breve
publique el reglamento para la efectiva aplicación de la Ley.
En merito de lo anterior y con fundamento en los artículos 57 y 58 de la
Constitución Política del Estado, someto a consideración el siguiente
ACUERDO
UNICO.- La Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional, solicita de manera
respetuosa al Ejecutivo Estatal, Lic. Cesar Horacio Duarte Jáquez, en breve
publique el reglamento de la Ley de Bienestar Animal del Estado.
ECONOMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría, para los efectos
conducentes.
~ __ Edificio L:gislativo: ~. Libertad #9 / Tel: (614) 412 3:00 I 018002206848 (jruyo 'Par{amentar~er'P.:A2'{
lIIIIIIr - Centro Chihuahua, Chlh. C.P. 31000 www.congreSOChihuahua.gOb.mxl~ LXIVLEGISLATURA
"2015, Año de José María Morelos y Pavón"
LXIV LEGISLATURAH. CONGRESO DEL ESTADO
DEOillIDAHUA2013 - 2016
Asimismo, por lo anteriormente y expuesto y con fundamento en lo
dispuesto por los artículos invocados en el proemio sometemos a
consideración el siguiente proyecto de:
DECRETO
ARTICULO UNICO.- Se reforman el artículo 5 y 84 de la Ley de Bienestar
Animal del Estado, para quedar en los siguientes términos:
ARTíCULO 5.- La Secretaría de Educación, Cultura y Deporte, de
conformidad con lo establecido en la Ley Estatal de Educación, promoverá una
cultura de respeto a los animales.
ARTíCULO 84.- Cuando una denuncia popular no implique violaciones a la
normatividad animal, ni afecte cuestiones de orden público e interés social, la
Secretaría podrá sujetar la misma a un procedimiento de conciliación, para lo
cual remitirá el expediente al Centro de Justicia Alternativa de la Fiscalía
General del Estado.
TRANSITORIO
ARTíCULO UNICO.- El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de
su publicación el Periódico Oficial del Estado.
4
•• Edificio Le islativo: C. Libertad #9 I Tel: (614) 4123200 I 018002206848~ - Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congresochihuahua.gob.mx
§ruyo Pariamentario áeCp.Jt:N
A LXIVLEGISLATURA
"2015, Año de José María Morelos y Pavón"
LXIV LEGISLATURAH.CONGRESO DEL FSTADO
DE GllHUAHUA2013 - 2016
Dado en la Sala Morelos del H. Congreso del Estado a los 18 días del mes de
febrero del año 2015.
Atentamente
••. Edificio Legislativo: C. Libertad #9 / Telo (614) 412 3~00 I 018002206848 (iruyo paTramentaT~e(P:A:N
lIIIIIIIIIIIr - Centro Chihuahua, Chih. C.P. 31000 www.congreSOChihuahua.gOb.mxl~LXIV
LEGISLATURA