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RESOLUCIÓN DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015 DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PLANIFICACIÓN EDUCATIVA DE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE
SE PUBLICA LA ASIGNACIÓN CENTRALIZADA DE PLAZAS
DISPONIBLES A LOS ASPIRANTES A INTERINIDADES INTEGRANTES
DEL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, CUERPO
DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, CUERPO
DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, CUERPO DE
PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS, CUERPO DE
PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO, Y MAESTROS DE
TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
La Resolución de 3 de septiembre de 2015 de la Dirección General de
Recursos Humanos y Planificación Educativa publicó las bolsas de trabajo de
los aspirantes disponibles para los siguientes procesos de adjudicación de los
Cuerpos docentes de la enseñanza pública no universitaria, y abrió plazo para
que los aspirantes pudieran modificar su participación de cara a los próximosprocesos de adjudicación centralizada, en relación con el número de provincias
para la realización de sustituciones, así como el tipo de plaza a la que se opta,
ordinaria, itinerante, tiempo parcial, y el carácter de la misma, por fecha de fin
prevista o por proximidad al domicilio del aspirante en Castilla la Mancha
consignado en su participación.
La Resolución de 3 de septiembre de 2015 de la Dirección General deRecursos Humanos y Planificación Educativa anunció en su apartado quinto el
próximo proceso de adjudicación relativo a todos los Cuerpos docentes de la
enseñanza pública no universitaria, a partir del próximo 18 de septiembre de
2015.
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En consideración a lo anterior, esta Dirección General en el uso de las
competencias atribuidas mediante Decreto 85/2015 de 14 de julio de 2015
RESUELVE:
PRIMERO.- Publicar una actualización de las bolsas de trabajo del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y
Diseño y Maestros de Taller de Artes plásticas y Diseño, con los aspirantes
disponibles para este proceso de adjudicación.
SEGUNDO.- Resolver y publicar la adjudicación de las plazas
disponibles para los aspirantes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas,
Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes plásticasy Diseño. La publicación de los mismos se realizará a través del Portal de
Educación y de los Tablones de Anuncios de los Servicios Periféricos de la
Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
TERCERO.- Los aspirantes que hayan resultado adjudicatarios de una
plaza deberán realizar la incorporación con carácter inmediato al centro
adjudicado, siendo la toma de posesión, con carácter general, salvo festividadde la localidad correspondiente al centro adjudicado, el 21 de septiembre antes
de las 9 horas.
CUARTO.- Los aspirantes dispondrán en la Web de la documentación
relativa a la formalización del nombramiento, que deberán descargarse,
imprimirla y cumplimentarla en el momento de la toma de posesión en el
centro de trabajo adjudicado. Con posterioridad a la toma de posesión de los
aspirantes asignados, las Secretarías de los centros deberán enviar dicha
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documentación a las Unidades de Gestión de Personal correspondientes al
ámbito de gestión de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes.
QUINTO.- De conformidad con la Orden de 29 de agosto de 2013 de la
Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM del 12 de septiembre)
por la que se regula el acceso a los puestos de trabajo docentes en régimen de
interinidad de los centros públicos no universitarios de Castilla la Mancha, en
su artículo 7 punto dos, la ausencia de incorporación en la fecha señalada
motivará el decaimiento en su derecho al nombramiento como personal
funcionario interino, siendo excluido de la lista que motiva el llamamiento, salvo
causa debidamente documentada y apreciada por la persona titular del servicio
periférico correspondiente al centro docente asignado.
Asimismo de conformidad con la precitada Orden de 29 de agosto por la
que se regula el acceso a los puestos de trabajo docentes en régimen de
interinidad de los centros públicos no universitarios de Castilla la Mancha, en
caso de no acreditar los requisitos de competencia profesional , o no reunir
dichos requisitos de competencia como aspirantes en la bolsa de trabajo, las
personas aspirantes serán excluidas de la bolsa de trabajo correspondiente al
Cuerpo y/o especialidad correspondiente.
SEXTO.- Cuando la plaza ofertada por la Administración Educativa
corresponda a un Centro Bilingüe o Sección Europea, y el aspirante hayacumplimentado en la solicitud que reúne la competencia lingüística requerida
en el desempeño de plazas bilingües, y acredite los requisitos de competencia
lingüística para su desempeño, estará obligado a aceptarla.
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SÉPTIMO.- Procedimiento de adjudicación de sustituciones.
Los procesos de adjudicación de sustituciones se realizarán mediante
asignación centralizada informática. En dicho proceso participarán los
aspirantes disponibles en el momento de la adjudicación. La participación en la
asignación de sustituciones a tiempo parcial e itinerantes recogerá la opción
que haya consignado los aspirantes en las casillas correspondientes en su
solicitud de participación, siendo en este caso de aceptación obligada por parte
del aspirante. Asimismo cuando la plaza ofertada por la Administración
Educativa corresponda a un Centro Bilingüe o Sección Europea, y el aspirante
haya cumplimentado en la solicitud que reúne la competencia lingüística
requerida en el desempeño de plazas bilingües, estará obligado a aceptarla.
El proceso tendrá en cuenta la provincia o provincias solicitadas en su
conjunto , asignando en primer lugar las plazas ordinarias e itinerantes, bien
por orden de mayor fecha de fin prevista, o bien por relación de proximidad al
domicilio del participante, estableciéndose como domicilio la localidad de
residencia consignada por las personas aspirantes en su solicitud de
participación y, finalmente las plazas a tiempo parcial, bien por fecha de finprevista, o bien por relación de proximidad al domicilio del participante,
estableciéndose como domicilio la localidad de residencia consignada por las
personas aspirantes en su solicitud de participación o de renovación de la
condición de aspirante.
Si el domicilio de residencia consignado en la solicitud no pertenece al
territorio de Castilla la Mancha el proceso no tendrá en cuenta la opción de
proximidad al domicilio. La determinación de la sustitución por fecha de finprevista o bien por relación de proximidad será elegida por los aspirantes en su
solicitud.
Si el participante ha dado prioridad a ordenar las plazas por orden de mayor
fecha de fin prevista, en el caso de existir varias con la misma fecha de fin
prevista, se adjudicará la más próxima al domicilio del participante. Del mismo
modo, si el participante ha dado prioridad a ordenar las plazas por proximidad
al domicilio, en el caso de existir varias a la misma distancia, se adjudicará la
de mayor fecha de fin prevista.
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Los aspirantes disponibles que formen parte de las Bolsas de Trabajo
del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y
Diseño y Maestros de Taller de Artes plásticas y Diseño participarán en el
proceso de adjudicación. El orden de adjudicación será el siguiente, por
Cuerpos: 0590, 0592, 0594, 0595, 0591, 0596 y, dentro de cada Cuerpo
Docente, por el número de orden que identifica a cada especialidad, siendo
este último ascendente por especialidades.
OCTAVO.- La aceptación y el desempeño de una plaza asignada por la
Administración Educativa conlleva el nombramiento como funcionario interino
docente y, por tanto, la situación de no disponibilidad en el resto de bolsas de
las que el aspirante forme parte hasta la finalización de dicho nombramiento.
De conformidad con la Orden de 29 de agosto de la Consejería de
Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el acceso a los puestos
de trabajo docentes en régimen de interinidad de los centros públicos no
universitarios de Castilla la Mancha, la renuncia al puesto de trabajo asignado,
una vez formalizada la toma de posesión en el puesto de trabajo, salvo causa
de fuerza mayor apreciada por el órgano competente, determinará la exclusión
del aspirante de la bolsa de trabajo por la que se realiza la renuncia. Si el
aspirante que formaliza dicha renuncia está integrado en distintas bolsas de
trabajo permanecerá en situación de no disponibilidad en las mismas durante el
curso escolar en el que se formaliza la renuncia.
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Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, conforme a lo
establecido en los artículos 107.1. 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Toledo, a 18 de septiembre de 2015
EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Y PLANIFICACIÓN EDUCATIVA Antonio Serrano Sánchez