Download - 1) Estructura operativa
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CAPACITACINCAPACITACIN ELECCIONES 2015ELECCIONES 2015
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AUTORIDADESAUTORIDADESDE MESADE MESA
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Autoridades de MesaAutoridades de Mesa
Es la mxima autoridad de la mesa y ejerce sus funciones con absoluta independencia.
Debe velar por el correcto desarrollo del Acto Comicial.
Las Fuerzas de Seguridad estn a su disposicin.
Responde de sus actos ante el Tribunal Electoral de la Provincia.
Presidente de Presidente de MesaMesa
Presidente de Presidente de MesaMesa
Debe estar presente durante todo el comicio, siendo ineludible su responsabilidad en la apertura y clausura, labrando las actas correspondientes.
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Autoridades de MesaAutoridades de Mesa
Asisten al Presidente de Mesa y excepcionalmente lo reemplazan por ausencia temporal o permanente.
En caso de que se deba realizar el reemplazo, deber consignarse en acta la hora en que se hace cargo de la mesa.
Su presencia es obligatoria durante todo el desarrollo del comicio.
Auxiliares / Auxiliares / VocalesVocales
Auxiliares / Auxiliares / VocalesVocales
Horario de llegadaHorario de llegada
Presentarse a las 7 Hs.
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ENCARGADOSENCARGADOSDEL LOCALDEL LOCAL
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Autoridades de MesaAutoridades de Mesa
Es el encargado del establecimiento.
Debe procurar que las mesas, con las autoridades y el material, estn instaladas para poder comenzar a las 8hs.
Tendr a su cargo la custodia de los talonarios suplementarios, las plantillas braille y las lupas.
Prestar asistencia a las autoridades de mesa durante la jornada y los proveer del material electoral.
Jefe de LocalJefe de LocalJefe de LocalJefe de Local
Debe procurar una mesa accesible para electores con dificultades para trasladarse hasta su mesa.
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Autoridades de MesaAutoridades de Mesa
Comienza su labor a partir de las 17hs.
Su Su principal tarea es la de remitir los telegramas de escrutinio provisorio.
Colaborar en la recoleccin del material electoral para su devolucin.
Prestar asistencia al Jefe de Local para el cierre de las mesas.
Asistente de Asistente de EscrutinioEscrutinio
Asistente de Asistente de EscrutinioEscrutinio
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FISCALESFISCALES
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Los FiscalesLos Fiscales
Deber acreditarse como tal, mediante poder otorgado por las autoridades de la lista que representa, ante el presidente de
mesa.
Slo se acredita un fiscal por lista pero se debe permitir que los fiscales de una misma listase reemplacen entre s dejando constancia en actas.
El presidente debe permitir que los fiscales se integren aunque el comicio ya se hubiera iniciado.
Los Fiscales Generales cuentan con facultades suficientes para intervenir en cualquiera de las mesas del local.
Los FiscalesLos FiscalesLos FiscalesLos Fiscales
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Los FiscalesLos Fiscales
Los Fiscales no son autoridades de mesa.
Son representantes de los partidos polticos / listas, y deben velar por el buen desarrollo de los comicios.
No deciden sobre el desarrollo del acto comicial, ni pueden manipular la documentacin.
Solo podrn firmar la documentacin correspondiente a actos que efectivamente hubiesen presenciado.
Su funcin es fiscalizar las operaciones del acto electoral y formalizar los reclamos que consideren pertinentes dentro de sus facultades.
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Los FiscalesLos FiscalesTienen derecho a:Tienen derecho a:
Firmar la faja de seguridad de la urna, actas de apertura, clausura y escrutinio,
telegramas y certificados de escrutinio, y las fajas del cierre de las bocas de las urnas.
Solicitar que el Presidente de Mesa interrogue al elector cuando tengan duda sobre su
identidad.
Impugnar el voto de un ciudadano cuando sea cuestionada su identidad.
Solicitar al Presidente de Mesa que examine el box de votacin.
Presenciar el escrutinio.
Observar las boletas que se estn escrutando cuando tengan dudas sobre la
calificacin que el Presidente de Mesa otorg a un voto; no pudiendo manipularlas.
Recurrir la validez del voto.
Solicitar los certificados de escrutinio provisorio.
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Los FiscalesLos Fiscales
NO pueden:NO pueden: Tienen la obligacin de:Tienen la obligacin de:
Inscribirse en el padrn y votar en una mesa que no est empadronado.
Firmar las Boletas nicas.
Tomar parte activa del escrutinio.
Decidir sobre la validez o nulidad de los votos.
Firmar los sobres de VOTO IMPUGNADO, cuando sea el impugnante.
Fundamentar y firmar los sobres de VOTO RECURRIDOS, cuando sea el recurrente.
Suscribir constancia de hora y motivo de su retiro, si se retira antes de la clausura.
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TRIBUNAL ELECTORALTRIBUNAL ELECTORAL
DE LA PROVINCIA DE DE LA PROVINCIA DE
SANTA FESANTA FE
Bv. PELLEGRINI 2947 Santa FeBv. PELLEGRINI 2947 Santa Fe
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