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SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE, S.M.E., S.A. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA REHABILITACIÓN, REPOSICIÓN Y REFUERZO DE FIRMES EN MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002 1 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES.

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SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE, S.M.E., S.A. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA REHABILITACIÓN, REPOSICIÓN Y REFUERZO DE FIRMES EN

MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002

1 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

DOCUMENTO Nº 3.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PARTICULARES.

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DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

ÍNDICE

1. PARTE I. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. ...................................................................................................1

2. PARTE II. DISPOSICIONES GENERALES. ...................................................................................................2

2.1 DEFINICIÓN Y AMBITO DE APLICACIÓN. .........................................................................................2

2.2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. .2

2.3 DIRECCIÓN DE LAS OBRAS. .............................................................................................................2

2.4 DELEGADO DE OBRA DEL CONTRATISTA. .......................................................................................2

2.5 LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE APLICACIÓN. ...............................................................................3

2.6 CONTRADICCIÓN ENTRE LOS DISTINTOS DOCUMENTOS. ..............................................................3

2.7 PROCEDENDENCIAS, DESTINOS, MARCAS Y PATENTES. ................................................................3

2.8 RESTRICCIONES POR NECESIDAD DE MANTENER EL TRÁFICO. ......................................................3

2.9 TRABAJOS NOCTURNOS. ................................................................................................................3

2.10 PERIODO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. ........................................................................................4

2.11 REPLANTEOS DE DETALLE Y DOCUMENTOS FINALES DE OBRA. ....................................................4

2.12 INSTALACIONES AUXILIARES. .........................................................................................................4

2.13 SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y DEFENSAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. ...............4

2.14 AUTOCONTROL. ..............................................................................................................................5

2.15 ENSAYOS DE CONTRASTE. ..............................................................................................................6

2.16 TRABAJOS DEFECTUOSOS. ..............................................................................................................6

2.17 SERVICIOS AFECTADOS. ..................................................................................................................6

2.18 PRECAUCIONES ESPECIALES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. .........................................6

2.19 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. ....................................................................................9

2.20 CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS. ...............................................................................................9

2.21 MEDICIÓN Y ABONO. ......................................................................................................................9

2.22 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ..................................................................................................... 10

3. PARTE III. UNIDADES DE OBRA. ........................................................................................................... 10

3.1 UNIDADES DE OBRA QUE FIGURAN EN EL PG-3 O PG-4. ............................................................ 10

3.1.1 ARTÍCULO 211.- BETUNES ASFALTICOS. .................................................................................. 10

3.1.2 ARTÍCULO 212.- BETUNES MODIFICADOS CON POLIMEROS. ................................................. 10

3.1.3 ARTÍCULO 531.- RIEGOS DE ADHERENCIA. .............................................................................. 11

3.1.4 ARTÍCULO 542.- MEZCLAS BITUMINOSAS TIPO HORMIGÓN BITUMINOSO. .......................... 11

3.1.5 ARTÍCULO 543.- MEZCLAS BITUMINOSAS PARA CAPAS DE RODADURA. MEZCLAS

DISCONTINUAS. .......................................................................................................................................... 12

3.1.6 ARTÍCULO 694.- JUNTAS DE TABLERO .................................................................................... 13

3.1.7 ARTÍCULO 700.- MARCAS VIALES ............................................................................................ 13

3.1.8 ARTÍCULO 703.- ELEMENTOS DE BALIZAMIENTO RETRORREFLECTANTE .............................. 14

3.2 UNIDADES DE OBRA QUE NO FIGURAN EN EL PG-3 O PG-4. ....................................................... 15

3.2.1 SELLADO DE GRIETAS Y FISURAS ............................................................................................. 15

3.2.2 FRESADO DE CAPAS DE FIRME ................................................................................................ 17

3.2.3 SANEO DE ZONAS SINGULARES .............................................................................................. 18

3.2.4 REPOSICIÓN DE GRUPOS DE ESPIRAS POR CARRIL ................................................................. 18

3.2.5 REPOSICIÓN DE SENSOR DE CALZADA PARA ESTACIÓN METEOROLÓGICA ........................... 19

3.2.6 DESMONTAJE Y MONTAJE DE BARRERA EN PASOS DE MEDIANA.......................................... 19

3.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS ........................................................................................................... 19

3.2.8 SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE OBRA ............................................................................ 21

3.2.9 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS.............................................................................. 21

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1 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

1. PARTE I. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS.

Las obras proyectadas en este proyecto de construcción son las necesarias para rehabilitar

superficialmente el firme actual de la Autopista M-50, Tramo 3, entre el enlace M-409 (eje culebro) y enlace

A-6, entre los PP.KK 55+500 a 85+300 en margen derecho y 85+300 en margen izquierdo y los diferentes

ramales de enlace que permiten la conexión con otras carreteras.

Dicha rehabilitación se lleva a cabo mediante las siguientes operaciones:

Fresado y reposición (sin refuerzo) de zonas singulares (blandones, firme fuertemente fisurado,

zonas con deflexión patrón inadecuada…)

Fresado y reposición a sección completa, en un espesor de 3 cm, con mezcla bituminosa tipo

BBTM 11 B en tronco de carreteras y ramales de conexión.

Sellado y recrecido en un espesor de 3 cm con mezcla bituminosa tipo BBTM 11 B en tronco de

carretera

Fresado y reposición a sección completa, en un espesor de 5 cm, con mezcla bituminosa tipo

ac16 surf d en acceso a centro de conservación.

No se afectará en ningún caso a las juntas de tableros.

La rehabilitación del firme se complementa con la reposición de espiras para conteos que se vean

afectadas por la rehabilitación, la reposición de marcas viales con resaltes en líneas de los extremos derechos

e izquierdos, la reposición de captafaros retrorreflectantes horizontales, la reposición de de hitos de vértices,

balizas cilíndricas y bandas transversales de alerta afectadas durante la ejecución de las obras así como la

reposición total de la señalización horizontal.

A continuación se describen con detalle cada una de las actuaciones expuestas anteriormente.

FRESADO Y POSTERIOR REPOSICIÓN DEL FIRME DE ZONAS SINGULARES.

En zonas singulares, como por ejemplo blandones, firme fuertemente fisurado, zonas con deflexión

patrón inadecuado…, se procederá al fresado del firme existente en una profundidad variable dependiendo

de la singularidad de cada punto.

Posteriormente, se procederá a la reposición del firme fresado, mediante la extensión de una capa de

mezcla bituminosa AC22 surf D de mismo espesor que el material fresado, previa la extensión de un riego de

adherencia, con dotación 0,60 Kg/m2, de emulsión termoadherente C60B3 TER.

El betún asfáltico a emplear será B35/50 y la dotación mínima en tanto por ciento sobre el peso total de

la mezcla será de 4,5 %.

La relación ponderal entre los contenidos de polvo mineral y ligan te hidrocarbonado será de 1,2.

FRESADO Y REPOSICIÓN A SECCIÓN COMPLETA, EN UN ESPESOR DE 3 CM, CON MEZCLA

BITUMINOSA TIPO BBTM 11 B EN TRONCO DE CARRETERAS Y RAMALES.

Realizada la operación anterior, en toda la longitud y plataforma completa de los troncos de las

autopistas y ramales de conexión, se procederá al fresado y reposición mediante la extensión de 3 cm de

mezcla bituminosa tipo BBTM 11 B con árido silíceo, sobre riego de adherencia con dotación 0,80 Kg/m2 de

emulsión termoadherente C60BP3 TER.

El betún asfáltico a emplear será un betún asfaltico modificado con polímeros (con o sin caucho) tipo

PMB 45/80-65. La dotación mínima en tanto por ciento sobre el peso total de la mezcla será de 4,75 %.

La relación ponderal entre los contenidos de polvo mineral y ligante hidrocarbonado será de 1 ,2.

FRESADO Y REPOSICION A SECCIÓN COMPLETA, EN UN ESPESOR DE 5 CM, CON MEZCLA

BITUMINOSA TIPO AC16 surf D EN ACCESO A CENTRO DE CONSERVACIÓN.

Simultáneamente a la operación anterior, en el acceso al centro de conservación situado en el área de

servicio “La Atalaya” en el pk 67+000, se procederá al fresado y reposición de 5 cm de mezcla bituminosa

tipo AC16 surf D con árido silíceo, previa la extensión de un riego de adherencia, con dotación 0,60 Kg/m²,

de emulsión termoadherente C60B3 TER.

El betún a emplear será un betún asfaltico tipo B50/35. La dotación mínima en tanto por ciento sobre el

peso total de la mezcla será de 5,00 %.

La relación ponderal entre los contenidos de polvo mineral y ligante hidrocarbonado será de 1 ,2.

REPOSICIÓN DE ESPIRAS DE PAVIMENTO.

Se prevé la reposición de las espiras para conteo de tráfico que se vean afectadas por la ejecución de las

obras.

REPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO.

Simultáneamente a la operación anterior, se prevé la reposición de los elementos de balizamiento que

se vean afectado durante la ejecución de las obras, los cuales serán los siguientes:

- Captafaros retrorreflectantes horizontales en túneles.

- Hitos de vértice y balizas cilíndricas.

- Bandas transversales de alerta (BTA).

De igual modo, habrá que reponer cualquier elemento de balizamiento como señalización vertical que

haya sido dañado por la ejecución de las obras.

SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL.

Sobre la capa de rodadura se procederá a la reposición de las marcas viales permanentes tipo II (RR), de

pintura blanca reflectante, mediante la aplicación de termoplásticos en caliente, además de las marcas viales

con resaltes en las líneas de los extremos derechos e izquierdos.

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2 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

2. PARTE II. DISPOSICIONES GENERALES.

2.1 DEFINICIÓN Y AMBITO DE APLICACIÓN.

El presente pliego de prescripciones técnicas particulares (en adelante PPTP) tiene por objeto establecer

las condiciones técnicas a las que deben ajustarse la ejecución de las obras proyectadas. Lo establecido en él

tiene carácter contractual y, por tanto, es de obligado cumplimiento.

2.2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL ESTUDIO DE

SEGURIDAD Y SALUD.

Debe darse por aquí reproducido el contenido del PPTP del ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD.

2.3 DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS es la persona con titulación adecuada y suficiente, responsable de la

comprobación y vigilancia de la correcta ejecución de las actuaciones contratadas. Para el desempeño de su

función podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que desarrollarán su labor en función de las

atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y que integrarán la

"DIRECCIÓN DE LAS OBRAS”.

Son competencia de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS todas y cada una de las funciones señaladas en la normativa

y legislación vigente, en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y además, las siguientes:

Exigir al CONTRATISTA, directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumplimiento de las

condiciones contractuales.

Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al contrato y cumplimiento del programa

de trabajos.

Detener los trabajos en curso que no se estén ejecutando de acuerdo con las prescripciones del

contrato.

Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de los distintos

documentos del contrato, calidad de los materiales y de la ejecución de unidades de obra, siempre

que no se modifiquen las condiciones del contrato.

Proponer las actuaciones que procedan para obtener de los organismos oficiales y de los particulares

los permisos y autorizaciones necesarias para la ejecución de las obras, así como resolver los

problemas planteados por los servicios y servidumbres relacionados con las mismas.

Certificar al CONTRATISTA las obras realizadas, conforme a lo dispuesto en los documentos del contrato.

Aprobar los procedimientos reguladores del registro, intercambio, control y archivo de toda la

documentación de la obra (el proyecto, la derivada de la ejecución de la obra y la relativa a la calidad)

y, en especial, de toda aquella que permita verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas y de

todo tipo contratadas. Dichos procedimientos serán de obligado cumplimiento para el CONTRATISTA.

2.4 DELEGADO DE OBRA DEL CONTRATISTA.

Se entiende por ‘CONTRATISTA’ la parte contratante obligada a ejecutar la obra en las condiciones

contratadas. Se entiende por DELEGADO DE OBRA (del CONTRATISTA) la persona designada expresamente por el

CONTRATISTA y aceptada por la SEITT con capacidad suficiente para:

Ostentar la representación del CONTRATISTA cuando sea necesaria su actuación o presencia así

como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en

orden a la ejecución y buena marcha de las obras.

Organizar la ejecución de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes del DIRECTOR DE LAS

OBRAS.

Proponer soluciones al DIRECTOR DE LAS OBRAS y colaborar con él en la resolución de los problemas

que se planteen durante la ejecución.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá recabar del CONTRATISTA la designación de un nuevo DELEGADO DE OBRA y, en

su caso, de cualquier facultativo que de él dependa cuando así lo justifique la marcha de los trabajos.

A los efectos de lo dispuesto en el presente pliego todas las menciones realizadas al CONTRATISTA se

entenderán hechas al DELEGADO DE OBRA que es, a los efectos del presente contrato, su representante.

El CONTRATISTA designará formalmente, las personas de su organización que estén capacitadas y facultadas

para tratar y decidir con el DIRECTOR DE LAS OBRAS (cuando éste lo estime necesario) sobre las diferentes

materias en los diferentes niveles de responsabilidad, y puedan elaborar la documentación formal de

constancia, conformidad y objeciones.

El CONTRATISTA mantendrá durante todo el desarrollo de las obras un completo equipo de personal y

medios materiales de topografía, que permita realizar, bajo las órdenes del DIRECTOR DE LAS OBRAS, todas las

labores de topografía necesarias para su correcta ejecución.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá suspender los trabajos, sin que ello se deduzca alteración alguna de los

términos y plazos del contrato, cuando no se realicen bajo la dirección del personal facultativo designado por

los mismos.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá exigir al CONTRATISTA la designación de nuevo personal facultativo cuando

así lo requieran las necesidades de los trabajos. Se presumirá que existe siempre dicho requisito en los casos

de incumplimiento de las órdenes recibidas o de negativa a suscribir, con su conformidad o reparos, datos de

medición de elementos a ocultar, resultados de ensayos, órdenes de la Dirección y análogos definidos por las

disposiciones del contrato o convenientes para un mejor desarrollo de los mismos.

El CONTRATISTA deberá actuar de acuerdo con las normas e instrucciones complementarias que, conforme

con lo establecido en el presente PPTP, le sean dictadas por el DIRECTOR DE LAS OBRAS, para la regulación de las

relaciones entre ambos en lo referente a operaciones de control, valoración y, en general, de información

relacionadas con la ejecución del contrato de obra.

El CONTRATISTA notificará al DIRECTOR DE LAS OBRAS todas aquellas previsiones o actuaciones que tenga

previsto llevar a cabo. Asimismo, asumirá las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los

trabajos y al control y vigilancia de materiales y ejecución.

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3 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

2.5 LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE APLICACIÓN.

Este PPTP constituye el conjunto de normas que, junto con las establecidas en los artículos vigentes de los

pliegos de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes (PG-3) y pliegos de

prescripciones técnicas generales para obras de conservación de carreteras (PG-4) de la DIRECCIÓN GENERAL DE

CARRETERAS del Ministerio de Fomento definen todos los requisitos técnicos a cumplir en la ejecución de las

distintas unidades de obra.

De acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, en general, no se repiten las prescripciones técnicas

establecidas en el PG-3 o en el PG-4 que no son modificadas por el presente PPTP y que por tanto serán de total

aplicación a las obras contratadas.

Asimismo, se deberán cumplir las ÓRDENES CIRCULARES (OO.CC. Y NOTAS DE SERVICIO) de la DIRECCIÓN GENERAL DE

CARRETERAS vigentes en el momento de presentación de las ofertas y toda la normativa a la que se haga

referencia en el presente PPTP. Las menciones hechas en el proyecto, por error o actualización posterior a su

redacción, a apartados, artículos, normas u otras disposiciones legales derogadas o modificadas, deberán

entenderse realizadas a la normativa en vigor en la fecha de presentación de las ofertas. En ningún caso lo

anterior podrá dar lugar a modificación o reclamación.

El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos que forman parte del

mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole de aplicación a la ejecución de lo pactado no

eximirá al CONTRATISTA de la obligación de su cumplimiento.

2.6 CONTRADICCIÓN ENTRE LOS DISTINTOS DOCUMENTOS.

Cuando se detecte contradicción entre los distintos documentos que forman el contrato, se considerará

que prevalece el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) sobre los demás.

Lo mencionado en el presente pliego y omitido en los PLANOS, o viceversa, habrá de ser ejecutado como

si estuviese expuesto en ambos documentos; siempre que, a juicio del DIRECTOR DE LAS OBRAS, quede

suficientemente definida la unidad de obra correspondiente y tenga precio en los cuadros de precios.

En caso de contradicción entre las partes II y III de este pliego prevalecerá lo indicado en esta parte II.

Para el resto de las contradicciones, omisiones o errores será el DIRECTOR DE LAS OBRAS el que interprete el

sentido en el que debe resolverse la contradicción/omisión/error encontrada. Si existiera incompatibilidad en

la aplicación conjunta de todas las limitaciones técnicas que definen una unidad de obra, se aplicarán

solamente aquellas limitaciones que a juicio de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS reporten la mayor calidad.

2.7 PROCEDENDENCIAS, DESTINOS, MARCAS Y PATENTES.

Independientemente de que en el proyecto se estudie la localización de canteras, lugar de acopios,

préstamos o vertederos que puedan ser necesarios para la ejecución de las obras, estas localizaciones figuran

únicamente con carácter informativo. No tienen en ningún caso el carácter de previstos o exigidos a que hace

referencia el artículo 161 del REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,

debiendo ser el CONTRATISTA quien gestione la búsqueda y adquisición de los materiales necesarios para la

ejecución de las obras, el emplazamiento de los acopios y los vertederos.

El CONTRATISTA tiene libertad para establecer la procedencia de los materiales naturales que las obras

precisen, así como para llevar los residuos al gestor/vertedero que considere conveniente, siempre que los

mismos reúnan las condiciones exigidas en el presente PPTP y en la normativa y legislación vigente y el DIRECTOR

DE LAS OBRAS no haya indicado lo contrario.

Si por error en alguno de los documentos contractuales se menciona un fabricante o se hace referencia

a una marca o a una patente, debe entenderse que la misma lo es a título informativo. En todo caso siempre

debe ir acompañada de la mención «o equivalente».

2.8 RESTRICCIONES POR NECESIDAD DE MANTENER EL TRÁFICO.

La ejecución de las obras deberá ajustarse a las restricciones impuestas por la DIRECCIÓN GENERAL DE

CARRETERAS, la SEITT o por el órgano competente en materia de tráfico, debiéndose interrumpir la ejecución de

las obras en los periodos que dicho órgano lo indique. Se cumplirán además, sin derecho a abono

independiente, las limitaciones establecidas por motivos medioambientales que queden definidas en los

distintos documentos del proyecto. Será por tanto responsabilidad del CONTRATISTA conocer y tener en cuenta

en el plan de obra las restricciones anteriores.

Es decir, todos los sobrecostes originados por las restricciones en fechas y horas así como de la reducción

de rendimiento en ciertas unidades de obra por obligación de mantener el tráfico, se considerará incluido en

los costes de cada unidad de obra, no pudiendo dar lugar a reclamación, abono independiente alguno o

justificar la necesidad de prorrogar el plazo de las obras, etc.

2.9 TRABAJOS NOCTURNOS.

Cuando la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS, para disminuir la afección a los usuarios u otras razones, lo considere

necesario, los trabajos deberán ejecutarse en horario nocturno. Asimismo, podrán realizarse trabajos en

horario nocturno a solicitud del CONTRATISTA siempre que sean previamente autorizados por la DIRECCIÓN DE LAS

OBRAS.

El CONTRATISTA deberá instalar a su costa, y mantener en perfecto estado, la señalización, balizamiento,

defensas y equipos de iluminación del tipo e intensidad necesarios para que el desarrollo de los trabajos se

realice en las mejores condiciones de seguridad tanto para el tráfico como para los trabajadores. Asimismo,

dichos medios deberán posibilitar que la ejecución de las obras se realice con la misma calidad que en horario

diurno por lo que en ningún caso la ejecución de unidades en horario nocturno podrá ser justificación de

disminuciones en la calidad de las obras ejecutadas.

El posible sobrecoste por la realización de trabajos en horario nocturno está incluido en los precios de

las distintas unidades por lo que en ningún caso dará lugar a incrementos de abono ni derecho a reclamación

alguna.

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4 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

2.10 PERIODO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

Dadas las características de las obras proyectadas se considera que las mismas no podrán ejecutarse

entre los meses de noviembre a marzo, ambos incluidos debido a los trabajos de Vialidad Invernal. Dicha

circunstancia debe ser tenida en cuenta por el CONTRATISTA en su oferta y en la programación de las obras. Por

tanto, en ningún caso esta paralización prevista de los trabajos podrá dar lugar a incrementos de abono o

reclamaciones.

Al finalizar las actuaciones en octubre del primer año todos los tramos en los que se haya actuado deben

quedar con la capa de rodadura extendida y la señalización horizontal definitiva y balizamiento colocados.

2.11 REPLANTEOS DE DETALLE Y DOCUMENTOS FINALES DE OBRA.

El CONTRATISTA deberá suministrar a su cargo todos los materiales, aparatos y equipos de topografía,

personal técnico especializado y mano de obra auxiliar, necesarios para efectuar los replanteos necesarios o

cualquier levantamiento de detalle que sea requerido por la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS. Todos los medios

materiales y personal mencionados tendrán la calificación adecuada para el trabajo y precisión requerido en

cada una de las fases de replanteo de acuerdo con las características de obra.

A petición de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS, el CONTRATISTA preparará todos los planos de detalles que se

estimen necesarios para la ejecución de los trabajos contratados. Dichos planos se someterán a la aprobación

de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS, acompañando, si fuese preciso, las memorias y cálculos justificativos que se

requieran para su mejor comprensión. Éstos se integrarán en el Documento final de obra definido en el

artículo 11.f de la LEY 37/2015, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DE CARRETERAS.

La DIRECCIÓN DE LAS OBRAS podrá verificar en cualquier momento los replanteos que estime conveniente,

para lo cual el CONTRATISTA prestará a su cargo la asistencia y ayuda que requiera aquella y cuidará de que en

la ejecución de las obras no interfieran tales comprobaciones, sin que por ello tenga derecho a indemnización

alguna. No obstante, la responsabilidad del replanteo es del CONTRATISTA y los perjuicios que ocasionen los

errores de replanteo deberán ser subsanados por cuenta y riesgo de aquel.

Igualmente, es obligación del CONTRATISTA dejar constancia formal de los datos del terreno o afirmado

antes del inicio de las obras, así como la definición de las actividades o partes de la obra que vayan a quedar

ocultas, siendo necesaria la aprobación de la Dirección para proceder a su ocultación.

Asimismo el CONTRATISTA facilitará la asistencia y ayuda necesarias a la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS para la

confección de los documentos finales señalados en el artículo 11 de la LEY 37/2015, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DE

CARRETERAS.

El coste de estos trabajos está incluido en los precios de las distintas unidades por lo que en ningún caso

dará lugar a incrementos de abono ni derecho a reclamación alguna.

Dado el previsible aumento de los deterioros del firme desde la fecha en la que se realizaron las

inspecciones visuales hasta la fecha de ejecución de las actuaciones de rehabilitación proyectada es

fundamental que el DIRECTOR DE LAS OBRAS, o alguien en quien éste delegue, junto con el CONTRATISTA,

replanteen las actuaciones a ejecutar previamente a su realización.

El replanteo de las zonas que se deben tratar se realizará de forma paulatina durante la obra. Al final de

cada semana se tendrán replanteados los tramos en los que se vaya a trabajar durante las dos semanas

siguientes. Para ello se confrontará el tipo de actuación que figura en los planos del proyecto con la realidad

del firme, en caso de que se considere necesario variar alguna de las mediciones sobre las inicialmente

previstas, se delimitará su extensión, debiendo aprobarse por la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS previamente a su

realización. Dichas variaciones de medición de conformidad con lo señalado en el artículo 242.4.i de la LEY

9/2017 DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, y siempre que en global no representen un incremento del gasto

superior al 10 por 100 del precio del contrato inicial, no tendrán la consideración de modificaciones.

En el caso de fresados y saneos, se delimitará su extensión y profundidad antes de iniciar la actuación.

La experiencia y el conocimiento que se vayan adquiriendo servirá de ayuda en el replanteo de los siguientes

tramos.

Para los sellados, se señalarán qué grietas y fisuras serán objeto de esta operación.

2.12 INSTALACIONES AUXILIARES.

Será obligación y responsabilidad del CONTRATISTA el proyecto de todos los medios de acceso, elementos

e instalaciones auxiliares que puedan ser necesarias para la ejecución de las obras, su construcción,

conservación y explotación y posterior desmontaje y retirada de la obra.

Durante toda la fase de montaje y desmontaje de cualquier elemento auxiliar de la construcción, todas

las operaciones deberán estar supervisadas y coordinadas por un técnico con la cualificación académica y

profesional suficiente. Deberá estar adscrito a la empresa propietaria del elemento auxiliar, a pie de obra y

con dedicación permanente y exclusiva a dicho elemento auxiliar. Este técnico supervisor del montaje,

desmontaje y funcionamiento (en su caso) del elemento auxiliar, se ocupará, además, de comprobar que

dicho elemento cumple las especificaciones del proyecto, tanto en su construcción como en su

funcionamiento. Será de aplicación lo establecido en la ORDEN FOM/3818/2007, DE 10 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE

DICTAN INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA UTILIZACIÓN DE ELEMENTOS AUXILIARES DE OBRA EN LA CONSTRUCCIÓN DE

PUENTES DE CARRETERA.

2.13 SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y DEFENSAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS

OBRAS.

A todos los efectos se considerará parte integrante de este PPTP el contenido de los apartados 2º, 3º, 4º,

5º y 6º de la ORDEN MINISTERIAL DE 31 DE AGOSTO DE 1987 POR LA QUE SE APRUEBA LA INSTRUCCIÓN 8.3-IC SOBRE

SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO, DEFENSA, LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE OBRAS FIJAS EN VÍAS FUERA DE POBLADO.

Será de aplicación al presente contrato lo indicado en la cláusula 23 “señalización de obra” del PLIEGO DE

CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS DEL ESTADO, aprobado por DECRETO 3854/1970,

DE 31 DE DICIEMBRE y en el artículo 104.9 “señalización, balizamiento y defensa de obras e instalaciones” del

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3).

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5 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

La señalización de las obras durante su ejecución se hará de acuerdo con lo dispuesto en la INSTRUCCIÓN

8.3-IC ‘SEÑALIZACIÓN DE OBRAS’, complementada por la ORDEN CIRCULAR 301/89 SOBRE SEÑALIZACIÓN DE OBRAS; el

"MANUAL DE EJEMPLOS DE SEÑALIZACIÓN DE OBRAS FIJAS" y la publicación “SEÑALIZACIÓN MÓVIL DE OBRAS” del Ministerio

de Fomento y demás disposiciones al respecto que pudiesen entrar en vigor antes de la presentación de las

ofertas.

El CONTRATISTA deberá estudiar el programa de ejecución de la obra de forma que se produzcan las

menores perturbaciones posibles a los usuarios de la carretera y, en cualquier caso de forma que la obra no

represente un factor de inseguridad para la circulación ni ésta un factor de inseguridad para los equipos y

personal del CONTRATISTA.

El CONTRATISTA será responsable del estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia, y

determinará las medidas que deban adoptarse en cada ocasión para señalizar, balizar y, en su caso, defender

las obras que afecten a la libre circulación. El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá introducir las modificaciones y

ampliaciones que considere adecuadas para cada tajo, mediante las oportunas órdenes escritas, las cuales

serán de obligado cumplimiento por parte del contratista.

No deberán iniciarse actividades que afecten a la libre circulación de la carretera sin que se haya colocado

la correspondiente señalización, balizamiento y, en su caso, defensas provisionales. La señalización,

balizamiento y defensas a colocar deberán haber sido aprobadas previamente por la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.

El CONTRATISTA destinará durante el periodo de obras, tanto de día como de noche, un equipo de personas

y medios suficientes y permanentemente dedicados a vigilar y mantener la señalización, balizamiento y

defensas provisionales en las debidas condiciones. Estos elementos deberán ser modificados e incluso

retirados tan pronto como varíe o desaparezca la afección que originó su colocación, cualquiera que fuere el

periodo de tiempo en que no resultaran necesarios, especialmente en horas nocturnas y días festivos. Si no

se cumpliera lo anterior la SEITT podrá retirarlos, bien directamente o bien por medio de la empresa que tiene

encomendada la conservación del tramo, pasando el oportuno cargo de gastos al CONTRATISTA.

Todos los elementos de las señales empleadas deberán ser retrorreflectantes: fondo, caracteres, orlas,

flechas, símbolos y pictogramas en color, excepto los de color negro y azul o gris oscuro. La clase de

retrorreflexión será la misma en todos los elementos de una misma señal o cartel y no deberá ser inferior a la

prescrita en la tabla 1 clase de retrorreflexión mínima en señales y carteles de la NORMA 8.1-IC SEÑALIZACIÓN

VERTICAL.

En cualquier caso, las señales, el balizamiento y las defensas provisionales empleadas deberán presentar,

en el momento de inicio de la obra y durante toda la duración de la misma, un estado de conservación

adecuado. Será potestad de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS exigir al CONTRATISTA su sustitución cuando considere que

no se respeta la condición anterior.

Medición y abono

Todos los gastos (mano de obra, materiales y maquinaria incluidos) señalados en el presente apartado,

incluso otros que no figurando la Dirección de la obras considere necesarios para la correcta señalización,

balizamiento y defensas provisionales de los trabajos y desvíos, incluso el desmontaje y montaje de barreras

para la realización de posibles cambios de calzada, se abonarán mediante la partida alzada de abono íntegro

para la señalización, balizamiento y defensas provisionales durante la ejecución de las obras (prórrogas

incluidas). De acuerdo con lo anterior, en su caso, los incrementos de medición de unidades de señalización,

balizamiento y defensas provisionales serán a cuenta del CONTRATISTA.

Mediante esta partida alzada se abona además de toda la señalización (marcas viales provisionales

incluidas), balizamiento y defensas provisionales fijadas en los distintos documentos del proyecto, toda

aquella que el DIRECTOR DE LAS OBRAS estime necesaria para el estricto cumplimiento de la normativa vigente de

señalización de obras de la DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS, así como la conservación y mantenimiento de la

misma durante la ejecución de las obras.

2.14 AUTOCONTROL.

El CONTRATISTA deberá asegurar en todo momento que las obras se ejecutan con la calidad y requisitos

establecidos en el presente PPTP. Para ello deberá llevar a cabo los siguientes tipos de controles de calidad

(“autocontrol”):

Control de calidad de producción (CCP): Es el control de calidad que lleva a cabo la rama de

producción de la obra. Este control deberá contar al menos con un equipo de topografía para el

replanteo y control geométrico y de un laboratorio a pie de planta (salvo que la DIRECCIÓN DE LAS

OBRAS estime lo contrario).

Control externo: Es el control de calidad que, con independencia de los controles de producción

señalados en el punto anterior, es realizado por un laboratorio homologado bajo las órdenes del

responsable de aseguramiento de la calidad del CONTRATISTA (RACC), responsable que debe tener

total independencia de la rama de producción (no dependerá del JEFE DE OBRA).

El RACC será, en lo que a la calidad se refiere, el interlocutor con la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS y habrá de

garantizar que la información derivada del proceso de aseguramiento de la calidad se genera y transmite en

la forma y plazo por éste señaladas.

Todos los trabajos que forman parte del control de calidad del CONTRATISTA están incluidos en los precios

de las distintas unidades y en ningún caso darán lugar a su abono por separado.

Procedencia de materiales

El CONTRATISTA deberá notificar con suficiente antelación la procedencia de los materiales que se propone

utilizar, acompañando para ello los ensayos de caracterización que aseguren que el producto terminado

cumplirá las especificaciones establecidas en el presente PPTP. Si la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS no aceptase los

materiales sometidos a su examen deberá comunicarlo por escrito al CONTRATISTA señalando las causas. En

todo caso, la recepción de los materiales por la Dirección no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad de

cumplimiento de las especificaciones exigidas en el presente PPTP.

Marcado CE

Se exigirá el marcado CE de todos los productos empleados en la obra que así lo requiera la normativa y

legislación vigente. Con independencia de dicha exigencia, la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS podrá, siempre que lo

considere oportuno, identificar y verificar la calidad de los materiales que se vayan a emplear o se encuentren

acopiados. En este caso los productos serán sometidos a los ensayos de identificación y verificación

especificados, a cargo del control de calidad del CONTRATISTA.

Unidades de obra terminadas

No se comunicará a la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS que una unidad de obra está terminada hasta que el RACC

disponga de los resultados de ensayos, inspecciones, mediciones y demás controles que justifiquen que dicha

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6 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

unidad cumple las especificaciones requeridas a las unidades de obra terminadas, entre los que además de

los que figuran en el presente PPTP se encuentran los criterios de aceptación que figuran para las distintas

unidades en el PG-3.

Ensayos mínimos

Todos los ensayos especificados en este PPTP y los que figuran en los correspondientes artículos del PG-3

para las distintas unidades, y al menos con la frecuencia en dichos documentos señalada, deberán ser

realizados por el control externo del CONTRATISTA. Además será responsable de realizar aquellos otros ensayos

que la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS le indique para justificar adecuadamente el cumplimiento de las prescripciones y

calidad contratados.

Deberán realizarse al menos los siguientes tipos de controles:

Controles de procedencia de materiales.

Controles de calidad de los materiales.

Controles de ejecución, incluso geométricos.

Controles de recepción, aceptación de la unidad terminada.

Tramos de prueba

Siempre que se especifique en el presente PPTP y también cuando la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS lo considere

oportuno deberá el CONTRATISTA realizar un tramo de prueba previo a la puesta en obra de cualquier unidad.

Dicho tramo de prueba tiene por objeto validar la calidad de los materiales, el diseño, la fabricación y la puesta

en obra de la unidad correspondiente.

Medición y abono

Los gastos del autocontrol no serán objeto de abono independiente al estar incluidos en los costes

indirectos (6%) de los precios unitarios de las distintas unidades de obra.

2.15 ENSAYOS DE CONTRASTE.

Con independencia del autocontrol del CONTRATISTA la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS llevará a cabo los ensayos de

contraste que considere oportunos. Los gastos derivados de estos ensayos contraste serán por cuenta del

CONTRATISTA hasta el 1% del presupuesto de ejecución material del contrato (afectado por la correspondiente

baja).

2.16 TRABAJOS DEFECTUOSOS.

En caso de que el incumplimiento de las especificaciones contenidas en los artículos del presente PPTP dé

lugar a ejecuciones defectuosas o que no cumplan estrictamente las condiciones del contrato, la DIRECCIÓN DE

LAS OBRAS podrá exigir al CONTRATISTA su demolición y reconstrucción, así como la propuesta de las pertinentes

modificaciones en el programa de trabajos, maquinaria, equipo y personal facultativo, que garanticen el

cumplimiento de los plazos o la recuperación, en su caso, del retraso padecido. Todo ello por cuenta del

CONTRATISTA.

Hasta que tenga lugar la recepción, el CONTRATISTA responderá de la ejecución de la obra contratada y de

las faltas que en ella hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que la DIRECCIÓN

DE LAS OBRAS haya examinado o reconocido, durante su construcción, las partes y unidades de la obra o los

materiales empleados, ni que hayan sido incluidos éstos y aquéllas en las mediciones y certificaciones

parciales a cuenta.

En cualquier caso la ejecución de trabajos defectuosos debe conllevar que el CONTRATISTA presente a la

DIRECCIÓN DE LAS OBRAS un informe sobre las causas y medidas adoptadas sobre los materiales, maquinaria y/o

personal para que no se vuelva a repetir la ejecución de trabajos defectuosos.

Los retrasos y otros daños y perjuicios que causen los trabajos defectuosos serán de la exclusiva

responsabilidad del CONTRATISTA.

2.17 SERVICIOS AFECTADOS.

Los servicios que se repongan, salvo que el DIRECTOR DE LAS OBRAS lo autorice, deberán estar en

funcionamiento en todo momento, por lo tanto, deberá ejecutarse previamente al corte del servicio su

reposición. Para ello se tomarán todas las medidas y se ejecutarán los apeos que fueren necesarios. El coste

de estos trabajos está incluido en el precio de las distintas unidades incluidas en el proyecto para la reposición

de los distintos servicios.

2.18 PRECAUCIONES ESPECIALES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

Además de las especificadas en el artículo 104 del PG-3, se establecerán las siguientes precauciones.

Drenaje

Durante las diversas etapas de la construcción las obras se mantendrán en todo momento en perfectas

condiciones de drenaje. Las cunetas y demás desagües se conservarán y mantendrán de modo que no se

produzcan erosiones en los taludes adyacentes. Los daños que puedan producirse por efecto de un

insuficiente drenaje correrán a cargo del CONTRATISTA.

En todo momento se asegurará el paso libre del agua por cauces, barrancos y arroyos.

Se garantizará en todo momento la ausencia de daños a los viales del entorno, incluida la carretera, así a

como a propiedades, colindantes con la obra o no, que pudieran quedar afectadas.

Estas precauciones se adoptarán tanto en la zona de obras propiamente dichas como en los préstamos y

canteras, vertederos, acopios y zonas de instalaciones.

Heladas

Cuando se teman heladas, el CONTRATISTA protegerá todas las zonas de las obras que pudieran ser

perjudicadas por ellas. Las partes dañadas se levantarán y reconstruirán a su costa, de acuerdo con el presente

pliego.

Medio ambiente

Durante la ejecución de las obras, el CONTRATISTA estará obligado al cumplimiento y realización correcta

de todas las especificaciones y medidas de protección y corrección medioambientales incluidas en el proyecto.

Se garantizará que toda medida correctora esté ejecutada en su totalidad con anterioridad a la emisión del

acta de recepción de obra.

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7 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

• En cualquier caso la obra se desarrolla íntegramente dentro de la banda de dominio público

ocupada por la M-50 en su tramo entre los pp.kk. 55+500 al 85+300, sin que sea necesario la ocupación de

terreno fuera de esta banda por ningún concepto. Las instalaciones de obra si fuesen necesarias, se ubicarán

en zonas urbanas o en instalaciones de servicios próximas a la vía, quedando completamente excluidos para

este uso los terrenos comprendidos dentro de las zonas pertenecientes a la Red Natura 2000.

• En ningún caso se implantarán parques de maquinaria, acopios, vertederos o instalaciones de

obra en zonas pertenecientes a la Red Natura 2000 o en sus proximidades. La zona d ejecución de la obra se

limitará a la traza de la carretera objeto del presente proyecto, vigilándose las condiciones de ejecución de

las mismas para evitar afecciones que pudieran resulta significativas al medioambiente”.

MEDIDAS DE CARÁCTER AMBIENTAL EN LA GESTIÓN DE LA OBRA

a) LOCALIZACIÓN DE ACOPIOS / INSTALACIONES AUXILIARES

La obra se desarrolla íntegramente dentro de la banda de dominio público ocupada por la M-50 en su

tramo entre los pp.kk. 55+500 al 85+300, sin que sea necesario la ocupación de terreno fuera de esta banda

por ningún concepto. Las instalaciones de obra si fuesen necesarias, se ubicarán en zonas urbanas o en

instalaciones de servicios próximas a la vía, quedando completamente excluidos para este uso los terrenos

comprendidos dentro de las zonas pertenecientes a la Red Natura 2000.

En ningún caso se implantarán parques de maquinaria, acopios, vertederos o instalaciones de obra en

zonas pertenecientes a la Red Natura 2000 o en sus proximidades. La zona d ejecución de la obra se limitará

a la traza de la carretera objeto del presente proyecto, vigilándose las condiciones de ejecución de las mismas

para evitar afecciones que pudieran resulta significativas al medioambiente”.

Se elegirán preferentemente ubicaciones que cuenten con una superficie impermeabilizada lo que

impedirá impactos sobre el suelo y el sistema hidrológico por vertidos accidentales. Se dedicará

fundamentalmente al acopio de materiales y de la maquinaria necesaria para poder llevar a cabo la obra, así

como al adecuado almacenamiento y gestión de los residuos generados.

Los materiales de aporte necesarios procederán de canteras debidamente legalizadas.

Para los residuos generados se procederá del modo que se recoge en el anejo nº 10 Estudio de Gestión

de residuos, procediendo siempre que se pueda a su reutilización o revalorización, y en última instancia a su

traslado a vertedero autorizado.

b) GESTIÓN DE RESIDUOS

Para la correcta gestión de residuos, se remite al anejo nº 10, Estudio de gestión de residuos.

Con carácter general, los residuos generados por las obras se gestionarán de forma que se proceda a su

separación en origen. Se prohibirá el vertido directamente al terreno o a los cursos de agua de aceites,

combustibles, restos de hormigonado y escombros. La gestión de estos vertidos se realizará de acuerdo con

la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Madrid.

Cada elemento clasificado se tratará en función de su inclusión en las normativas de residuos de

construcción y demolición, asimilables a urbanos o residuos tóxicos y peligrosos. Durante la fase previa a las

obras se contactará con un gestor autorizado de residuos de la comunidad autónoma, que se encargará de

gestionar la retirada y correcta valorización de los residuos.

Para la correcta separación de los residuos se tendrá en cuenta la disponibilidad de unas zonas de

clasificados donde se depositarán los mismos hasta su retirada por el gestor autorizado. Estas zonas

coincidirán con la de instalaciones auxiliares.

c) PLAN DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Durante la ejecución de las obras se pondrá en marcha un Plan de prevención de incendios en el que se

incluirán, entre otras, las siguientes medidas:

Sólo se encenderán fogatas cuando sea necesario y siempre en zonas carentes de vegetación, lo

más alejadas que sea posible del límite del jalonado y despejando siempre antes la zona

circundante de materiales combustibles.

El manejo de aceites, gasolinas y cualquier otro líquido inflamable deberá realizarse extremando

las precauciones de manejo y limitando este tipo de operaciones a las instalaciones destinadas

específicamente a ello.

d) SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS DENTRO DE LOS ESPACIOS RED NATURA 2000

Al objeto de evitar que la actividad de obra pudiera afectar a espacios de la Red Natura 2000, se

señalizarán los puntos de cercanía de dichos espacios mientras dure la realización de los trabajos en estas

zonas.

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e) PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE

Las actividades de la obra pueden producir una disminución temporal de la calidad del aire por la emisión

de partículas sólidas y gases. Efectos indirectos de estas emisiones son la disminución de la visibilidad y de la

radiación solar a nivel del suelo, y la deposición de partículas de finos sobre la vegetación circundante, con la

consecuente disminución en la producción agrícola de los campos adyacentes.

Las principales operaciones productoras de polvo y gases durante la realización de los trabajos previstos

en el presente proyecto son:

• Operación de fresado

• Carga/descarga y transporte de materiales

Para minimizar las emisiones de polvo y gases que se generan durante la realización de estas actividades

se adoptarán las siguientes medidas:

Riegos contra el polvo

En caso necesario, el empleo de riegos vendrá determinado por la Dirección de Obra y se valorará su uso

preferentemente en los puntos dónde la carretera se encuentra cerca de espacios de la Red Natura 2000.

Tapado de la caja de los camiones

Siempre que los camiones de transporte de materiales y residuos circulen por carreteras asfaltadas y

especialmente fuera de la zona de obras, los camiones se cubrirán con una malla adecuada a su caja, con el

fin de evitar la emisión de partículas de polvo.

f) PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

Durante las fases de obra se prevé que las fuentes de ruido procedan principalmente de los

procedimientos de obra, así como del tránsito de vehículos.

Las medidas preventivas que deben tomarse son las siguientes:

Los motores de combustión interna se dotarán de silenciadores. Los grupos electrógenos y

compresores que se utilicen serán de los denominados silenciosos y estarán sometidos al control

de sus emisiones a través de un Organismo de Control Autorizado (OCA).

Será de obligado cumplimiento lo reglamentado sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)

establecido por la Dirección General de Tráfico, cuidando de no sobrepasar en ningún caso la

fecha límite establecida para cada vehículo. Se realizará un archivo con las fechas en las que cada

vehículo debe cumplimentar la ITV.

Asimismo, la maquinaria estará homologada según el R.D. 245/89, de 27 de febrero, que regula

los niveles de emisión de ruidos de la maquinaria de obra. Se aplicarán las medidas pertinentes

de mantenimiento de la maquinaria, haciendo especial incidencia en el empleo de los

silenciadores.

g) PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN

No se prevé la afección a ningún ejemplar. No obstante, se salvaguardarán aquellos individuos que, por

su cercanía, pudieran ser afectados de forma indirecta por las obras mediante la protección de sus troncos.

h) PROTECCIÓN DE LA FAUNA

Al tratarse de una carretera que actualmente ya cuenta con cerramiento perimetral y que lleva en

funcionamiento mucho tiempo, no es esperable el acceso de fauna a la zona de obras.

Tal y como se ha venido comentando, las actuaciones previstas únicamente se circunscriben al ámbito

de la propia plataforma de la carretera ya existente, por lo que no existirán impactos sobre el hábitat de las

especies presentes.

i) PROTECCIÓN DE LAS AGUAS Y DEL SISTEMA HIDROLÓGICO

Durante la fase de construcción se impedirá el vertido incontrolado de aceites y grasas al suelo,

realizándose cualquier labor de mantenimiento dentro de las zonas de acopios previstas.

Se formulará planes y medidas de emergencias para los vertidos accidentales que pudieran producirse

en la obras.

Los vertidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada en obra,

concretamente a los aceites usados, deberán ser almacenados en bidones, posteriormente recogidos y

transportados por gestor autorizado para su posterior tratamiento. En ningún caso se realizarán labores de

mantenimiento y lavado de maquinaria fuera de las zonas destinadas para tal fin.

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9 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Estas medidas serán especialmente relevantes en los puntos donde la M-50 atraviesa cursos de agua,

como el Arroyo de la Madre en el PK 65+800.

j) PROTECCIÓN DEL MEDIO HUMANO

Para minimizar las molestias que el movimiento de maquinaria y la realización de las obras pueden causar

sobre los usuarios de la vía, se ajustará de forma adecuada el cronograma y la actividad de las obras.

La incidencia sobre el tráfico se analiza y se diseñan las soluciones al mismo durante las obras en el Anejo

9 Soluciones propuestas al tráfico durante la ejecución de las obras.

k) LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

Al ir finalizando las actuaciones, se procederá a la limpieza y terminación de las zonas afectadas,

asegurando que se ha producido el total desmantelamiento de todos los elementos auxiliares y que no

permanece ningún residuo sin gestionar adecuadamente.

2.19 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS.

Se evitará que la ejecución de los trabajos provoque la formación de polvo, extensión de agua o cualquier

otra circunstancia que perjudique las condiciones de visibilidad y seguridad, tanto de los usuarios de la

carretera como del personal de obra.

Conforme se vayan desarrollando los trabajos, el CONTRATISTA deberá ir acondicionando y limpiando los

tajos de manera que presenten en todo momento un aspecto de limpieza y orden de los mismos.

Durante los periodos en que no se trabaje, todos los materiales, maquinaria o medios mecánicos, casetas,

herramientas, etc., deberán quedar debidamente ordenados en los puntos protegidos y debidamente

señalizados.

Se cuidará de no dejar residuos de ningún tipo en la carretera, no obstante, una vez que los trabajos se

hayan terminado, y antes de su recepción, todas las instalaciones, materiales sobrantes, escombros, depósitos

y edificios, construidos con carácter temporal para el servicio de los mismos, y que no sean precisos para la

conservación durante el plazo de garantía deberán ser removidos y los lugares de su emplazamiento

restaurados a su forma original.

De análoga manera deberán tratarse los caminos provisionales, incluso los accesos a préstamos, si ello

fuera necesario, tan pronto como deje de ser necesaria su utilización. Todo ello se ejecutará de forma que las

zonas afectadas queden completamente limpias y en condiciones estéticas acordes con el paisaje circundante.

Cualquier molestia ocasionada a los usuarios de la carretera por los materiales o medios del CONTRATISTA,

tales como caída de materiales a la calzada, barro desprendido por camiones, etc., deberá ser rápidamente

eliminada por el mismo. Si así no ocurriera, aparte de las responsabilidades en que pueda incurrir el

CONTRATISTA, la SEITT está facultada para efectuar a cargo de aquél, cuando lo estime conveniente, la limpieza

y retirada de obstáculos.

Una vez terminada la obra, y antes de su recepción, se procederá a su limpieza general, retirando los

materiales sobrantes o desechados, escombros, obras auxiliares, instalaciones, almacenes y edificios que no

sean precisos para la conservación durante el plazo de garantía. Esta limpieza se extenderá a las zonas de

dominio, servidumbre y afección de la vía, y también a los terrenos que hayan sido ocupados temporalmente,

debiendo quedar unas y otros en situación análoga a como se encontraban antes de la obra o similar a los de

su entorno. También se incluirá en este concepto la restitución a la situación original de los desvíos

provisionales utilizados.

Todos los trabajos señalados en este apartado se abonarán mediante la partida alzada de abono íntegro

incluida en el cuadro de precios.

2.20 CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS.

El CONTRATISTA está obligado no sólo a la ejecución de la obra, sino también a su conservación hasta la

finalización del plazo de garantía. La responsabilidad del CONTRATISTA se extiende a las faltas que en la obra

ejecutada puedan advertirse debidas a una deficiente ejecución y/o conservación, aunque éstas hayan sido

en su momento examinadas y encontradas conformes por la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.

La conservación no será objeto de abono independiente al estar incluidos los gastos ocasionados por

estas operaciones en los en los costes indirectos (6%) de los precios unitarios de las distintas unidades de

obra.

2.21 MEDICIÓN Y ABONO.

La forma de medición y abono de cada unidad de obra se especifica en la parte III del presente PPTP. No

obstante, en este apartado se establecen los criterios generales a los que debe ajustarse la medición y el

abono de todas las unidades de obra. En caso de contradicción entre lo indicado en este apartado y en la parte

III del presente pliego, o incluso en los pliegos de prescripciones técnicas generales, prevalecerá lo indicado

aquí.

Todos los precios unitarios del cuadro de precios nº 1 incluyen, con independencia de que por error se

omita alguno en la justificación del mismo: los costes de la maquinaria (y de su traslado cuantas veces se

requiera), mano de obra, materiales, estudio de fórmulas de trabajo, peajes, sobrecostes por restricciones de

horario para minorar las afecciones al tráfico, sobrecostes por trabajos en horario nocturno, sobrecostes por

otras reducciones de rendimiento debido a la necesidad de mantener el tráfico durante las obras, controles

de calidad del CONTRATISTA, replanteos, medios auxiliares, transporte a cualquier distancia, gastos de gestión

de los residuos, gastos de conservación durante el plazo de garantía, gastos de obtención de permisos o

licencias, gastos de protección de los materiales y de la propia obra (contra deterioro, daño o incendio),

impuestos excepto el IVA, y toda clase de operaciones, directas o indirectas, necesarias para dejar las unidades

de obra terminadas y sus residuos gestionados con arreglo a las condiciones especificadas en este PPTP y, en

todo caso, a las reglas de buena práctica profesional.

De acuerdo con lo anterior los precios unitarios fijados para cada unidad de obra cubren todos los gastos

efectuados para la ejecución material de la unidad correspondiente. Cuando se haya omitido en la

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10 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

documentación contractual que rige la ejecución de una unidad de obra, un material o trabajo necesario para

poder ejecutarla conforme a las reglas de buena práctica profesional, se deberá considerar al mismo incluido

en el precio. Por ello nunca podrá el CONTRATISTA reclamar incrementos de abono por la necesidad de utilizar

medios auxiliares no referenciados en este pliego ni basarse en omisiones del mismo para justificar malos

acabados.

Transporte adicional

Conforme a lo señalado anteriormente los precios incluyen el transporte, cualquiera que sea la distancia

a la que deba realizarse, por lo que en ningún caso se abonará transporte adicional alguno.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS puede indicar para determinados residuos (barreras metálicas, fresado, etc.) el

traslado de los mismos a un lugar de acopio o empleo (por ejemplo, un centro de conservación) en lugar de

su traslado a vertedero o gestor autorizado. Dicha modificación del destino de los residuos no dará lugar a

abono alguno ni derecho a reclamación.

2.22 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

En caso de resolución del contrato únicamente se abonarán las unidades total y correctamente

ejecutadas, por lo que a efectos del cuadro de precios nº2 todas las unidades se entienden SIN DESCOMPOSICIÓN.

Si la resolución se produce una vez iniciada la ejecución de las obras, el CONTRATISTA está obligado a

proceder antes de efectuar la liquidación, a la limpieza general, retirando todos los materiales sobrantes o

desechados, escombros, obras auxiliares, instalaciones, almacenes, etc. Esta limpieza se extenderá a las zonas

de dominio público, servidumbre y afección, y también a los terrenos que hayan sido ocupados

temporalmente, debiendo quedar unas y otros en situación análoga a como se encontraban antes del inicio

de las obras. Dicha limpieza se abonará mediante la partida alzada de abono íntegro incluida en el cuadro de

precios.

3. PARTE III. UNIDADES DE OBRA.

3.1 UNIDADES DE OBRA QUE FIGURAN EN EL PG-3 O PG-4.

3.1.1 ARTÍCULO 211.- BETUNES ASFALTICOS.

El precio de las unidades de obra al que le es de aplicación este artículo es el siguiente:

211.0010 T BETÚN ASFÁLTICO EN MEZCLAS BITUMINOSAS B35/50

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 211

BETUNES ASFÁLTICOS del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la

redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS

DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS,

A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

Los betunes asfálticos a emplear en la presente obra, de acuerdo con la tabla 542.1.a del PG-3 serán del

tipo B35/50. Se emplearán en las mezclas bituminosas con las que se repongan las capas intermedias

fresadas. También se emplearán en las mezclas bituminosas de la capa de rodadura de las playas de peaje.

Modificación del tipo de betún

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá modificar el betún asfáltico B35/50 por el B50/70 en determinados tramos

de acuerdo con la tabla 542.1.a del PG-3 en función de la categoría de tráfico pesado y la zona térmica estival.

Dicho cambio del tipo de betún no dará lugar a modificación alguna, aplicándose al betún B50/70 el mismo

precio que al B35/50.

MEDICIÓN Y ABONO

El betún asfáltico se abonará por toneladas (t), obtenidas multiplicando la medición correspondiente de

mezclas bituminosas puestas en obra, por el porcentaje (%) medio de ligante deducido de los ensayos de

control de cada lote. Se considerará incluido en dicho precio, y por tanto no será de objeto de abono

independiente, el empleo de activantes o aditivos al ligante, así como tampoco será de abono independiente

el ligante residual del material fresado de mezclas bituminosas, en su caso.

3.1.2 ARTÍCULO 212.- BETUNES MODIFICADOS CON POLIMEROS.

El precio de las unidades de obra al que le es de aplicación este artículo es el siguiente:

215.0030 T BETÚN MODIFICADO CON POLÍMEROS TIPO PMB 45/80-65 MODIFICADO CON

POLÍMEROS (CON O SIN CAUCHO) EMPLEADO EN MEZCLAS BITUMINOSAS A PIE DE OBRA O

PLANTA

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 212

BETUNES MODIFICADOS CON POLÍMEROS del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y

PUENTES (PG-3) en la redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ACTUALIZAN

DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES,

RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS, A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE

VEHÍCULOS.

Los betunes modificados con polímeros a emplear en la presente obra, de acuerdo con la tabla 543.1 del

PG-3 serán del tipo PMB 45/80-65. Se emplearán en las mezclas bituminosas discontinuas de la capa de

rodadura de tronco y ramales (salvo en playas de peaje).

Modificación del tipo de betún

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá modificar el betún modificado con polímeros PMB 45/80-65 por el PMB

45/80-60 en determinados tramos como vías de servicio o ramales de acuerdo con la tabla 543.1.a del PG-3

en función de la categoría de tráfico pesado. Dicho cambio del tipo de betún no dará lugar a modificación

alguna, aplicándose al betún PMB 45/80-60 el mismo precio que al PMB 45/80-65.

MEDICIÓN Y ABONO

El ligante hidrocarbonado empleado se abonará por toneladas (t), obtenidas multiplicando la medición

correspondiente de mezclas bituminosas puesta en obra, por el porcentaje (%) medio de ligante deducido de

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11 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

los ensayos de control de cada lote. Se considerará incluido en dicho precio, y por tanto no será de objeto de

abono independiente, el empleo de activantes o aditivos al ligante.

3.1.3 ARTÍCULO 531.- RIEGOS DE ADHERENCIA.

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

213.0020 EMULSIÓN TERMOADHERENTE TIPO C60B3 TER PARA RIEGOS DE ADHERENCIA.

213.0040 EMULSIÓN TERMOADHERENTE MODIFICADA TIPO C60BP3 TER PARA RIEGOS DE

ADHERENCIA.

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 531 RIEGOS

DE ADHERENCIA del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la

redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS

DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS,

A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

Se emplearán las emulsiones termoadherentes modificadas con polímeros en los riegos de adherencia

para las capas de rodadura constituidas por mezclas discontinuas (todas salvo las playas de peaje). En el

resto de riegos se emplearán las emulsiones termoadherentes no modificadas.

DOTACIÓN DEL LIGANTE

Salvo indicación en contrario de la DIRECCIÓN DE LAS OBRAS, la dotación de emulsión bituminosa C60B3 en

ningún caso será inferior a 600 g/m² y de la C60BP3 a 800 g/m2.

MEDICIÓN Y ABONO

La emulsión bituminosa empleada en riegos de adherencia se abonará por toneladas (t) realmente

empleadas y pesadas en una báscula contrastada, o bien por superficie regada multiplicada por la dotación

media del lote. El abono incluirá la preparación de la superficie existente y la aplicación de la emulsión.

3.1.4 ARTÍCULO 542.- MEZCLAS BITUMINOSAS TIPO HORMIGÓN BITUMINOSO.

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

542.0030 T MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO AC16 SURF D (D-12 RODADURA),

EXTENDIDAD Y COMPACTADA, EXCEPTO BETÚN, INCLUIDO POLVO MINERAL DE APORTACIÓN.

542.0050 T MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO AC22 BIN S (S-20 INTERMEDIA), EXTENDIDA

Y COMPACTADA, EXCEPTO BETÚN, INCLUIDO POLVO MINERAL DE APORTACIÓN.

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 542

MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE TIPO HORMIGÓN BITUMINOSO del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA

OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA

QUE SE ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE

CARRETERAS Y PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS, A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y

SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

Se emplearán mezclas bituminosas tipo hormigón bituminoso en la capa de rodadura de las playas de

peaje (AC16 surf D) y en la reposición de los fresados de las capas intermedias (AC22 bin S). En caso de que

el fresado alcanzara las capas de base su reposición se realizaría con mezcla AC32 base S, dicho cambio no

dará lugar a modificación alguna, aplicándose a la mezcla AC32 base S el mismo precio que a la AC22 bin S.

Además de los trabajos señalados en el referido artículo 542 del PG-3, la preparación de la superficie

existente incluirá el fresado de los resaltos de las marcas viales existentes en la zona sobre la que se va a

extender la mezcla bituminosa. Por tanto, dichos trabajos no darán lugar a abono independiente.

Categoría de tráfico pesado a los efectos de las tablas y prescripciones del PG-3

A los efectos de aplicación de las prescripciones y tablas establecidas en el artículo 542 del PG-3, no se

considerarán categorías de tráfico pesado inferiores a la T00 para la determinación de las calidades de los

materiales. No obstante lo anterior, para la capa de rodadura de las playas de peaje, las calidades de los

materiales a exigir no serán inferiores a las establecidas en el referido artículo 542 para una categoría de

tráfico pesado T00.

MATERIALES

De conformidad con lo señalado en el apartado 3.1.1 el tipo de ligante hidrocarbonado a emplear será el

B 35/50 o, en su caso, el B 50/70.

Todo el polvo mineral será de aportación (producto comercial o especialmente preparado) (100 %).

TIPO Y COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA

La dotación mínima de betún será de 4,75 % en la capa de rodadura y del 4,25 % en la capa intermedia

y, en su caso, base.

EQUIPO NECESARIO PARA LA EJECUCCIÓN DE LAS OBRAS.

Central de fabricación:

La producción horaria mínima de la central será de 100 t/h.

Equipo de extensión:

El ancho de extendido mínimo será de 2,00 m.

Para las categorías de tráfico pesado T00 a T31, o con superficies a extender en calzada superiores a

setenta mil metros cuadrados ( >70 000 m2), será preceptivo disponer delante de la extendedora un equipo

de transferencia autopropulsado, que esencialmente colabore a garantizar la homogeneización

granulométrica y además permita la uniformidad térmica y de las características superficiales.

MEDICIÓN Y ABONO

La preparación de la superficie existente se considera incluida en la presente unidad (incluso el fresado

de resaltos de las marcas viales) por lo que no habrá lugar a su abono por separado.

El riego de adherencia se abonará de acuerdo con lo prescrito en el apartado 3.1.3 “artículo 531. Riegos

de adherencia” del presente PPTP.

El ligante hidrocarbonado empleado se abonará de acuerdo con lo prescrito en el apartado 3.1.1 “artículo

211. Betunes asfálticos” del presente PPTP.

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MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002

12 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

La fabricación y puesta en obra de mezclas bituminosas tipo hormigón bituminoso se abonará por

toneladas (t), según su tipo, obtenidas multiplicando las dimensiones señaladas para cada capa en los planos

(o en los replanteos previos) por los espesores y densidades medios deducidos de los ensayos de control de

cada lote. En dicho abono se considerará incluido el de los áridos (incluso los procedentes del fresado de

mezclas bituminosas, en su caso), y el del polvo mineral de aportación, así como las adiciones y todas las

operaciones de acopio, preparación de la superficie existente, fabricación, puesta en obra y terminación. No

serán de abono los sobreanchos laterales, ni los aumentos de espesor por corrección de mermas en capas

subyacentes.

El polvo mineral de aportación y las adiciones a la mezcla bituminosa no se abonarán en ningún caso por

separado.

3.1.5 ARTÍCULO 543.- MEZCLAS BITUMINOSAS PARA CAPAS DE RODADURA. MEZCLAS DISCONTINUAS.

El precio de las unidades de obra al que le es de aplicación este artículo es el siguiente:

542.0020 MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE TIPO BBTM 11B (M-10) EN CAPA DE RODADURA,

EXTENDIDA Y COMPACTADA, INCLUSO FRESADO DE MARCA LONGITUDINAL CON RESALTOS,

EXCEPTO BETÚN, INCLUIDO POLVO MINERAL DE APORTACIÓN, CON UN ESPESOR DE 3 CM.

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 543

MEZCLAS BITUMINOSAS PARA CAPAS DE RODADURA. MEZCLAS DRENANTES Y DISCONTINUAS del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE

12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES

PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS, A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN,

BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

Se emplearán mezclas bituminosas tipo BBTM 11B en la capa de rodadura de todas las vías a excepción

de las playas de peaje.

Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla

Además de los trabajos señalados en el referido artículo 543 del PG-3, la preparación de la superficie

existente incluirá el fresado de los resaltos de las marcas viales en la zona sobre la que se va a extender la

mezcla bituminosa. Por tanto, dichos trabajos no darán lugar a abono independiente.

Categoría de tráfico pesado a los efectos de las tablas y prescripciones del PG-3

A los efectos de aplicación de las prescripciones y tablas establecidas en el artículo 543 del PG-3, no se

considerarán categorías de tráfico pesado inferiores a la T00 para la determinación de las calidades de los

materiales.

Extensión a ancho completo.

Siempre que la ordenación del tráfico lo permita se realizará la extensión de la capa de rodadura a

ancho completo, trabajando si fuera necesario con dos o más extendedoras ligeramente desfasadas,

evitando juntas longitudinales.

MATERIALES

De conformidad con lo señalado en el apartado 3.1.2 el tipo de ligante hidrocarbonado a emplear será el

PMB 45/80-65 o, en su caso, el PMB 45/80-60.

TIPO Y COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA

La dotación media de mezcla (kg/m2) no será inferior a 65. Dicha dotación media se comprobará por

división de la masa total de los materiales correspondientes a cada carga, medida por diferencia de peso del

camión antes y después de cargarlo, por la superficie realmente tratada, medida sobre el terreno. Para ello

se debe disponer de una báscula convenientemente contrastada.

En caso de extenderse dotaciones medias inferiores a 65 kg/m2 el Ingeniero Director de las Obras podrá

optar por exigir el fresado y reposición de la mezcla extendida o aplicar una penalidad del 10 % del precio

de la unidad por cada kg/m2 inferior a 65 (es decir, la extensión de mezcla en una dotación media de 60

kg/m2 tendrá una penalización del 50%).

La dotación mínima de ligante será del 5,00 %.

EQUIPO NECESARIO PARA LA EJCUCIÓN DE LAS OBRAS

Central de fabricación:

La producción horaria mínima de la central será de 100 t/h.

Equipo de extensión:

Para las categorías de tráfico pesado T00 a T31, o con superficies a extender en calzada superiores a

setenta mil metros cuadrados ( >70 000 m2), será preceptivo disponer delante de la extendedora un equipo

de transferencia autopropulsado, que esencialmente colabore a garantizar la homogeneización

granulométrica y además permita la uniformidad térmica y de las características superficiales.

Equipo de compactación:

Se utilizarán compactadores de rodillos metálicos que deberán ser autopropulsados, tener inversores de

sentido de marcha de acción suave, y estar dotados de dispositivos para la limpieza de sus llantas durante la

compactación y para mantenerlos húmedos en caso necesario. Las llantas metálicas de los compactadores no

presentarán surcos ni irregularidades en ellas. La composición del equipo será aprobada por el DIRECTOR DE LAS

OBRAS a la vista de los resultados del tramo de prueba.

MEDICIÓN Y ABONO

La preparación de la superficie existente se considera incluida en la presente unidad (incluso fresado de

resaltos de marcas viales) por lo que no habrá lugar a su abono por separado.

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MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002

13 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

El riego de adherencia se abonará de acuerdo con lo prescrito en el apartado 3.1.3 “artículo 531. Riegos

de adherencia” del presente PPTP.

El ligante hidrocarbonado empleado se abonará de acuerdo con lo prescrito en el apartado 3.1.2 “artículo

212. Betunes modificados con polímeros” del presente PPTP.

La fabricación y puesta en obra de una capa de rodadura de mezcla bituminosa discontinua, con el

espesor previsto en los planos de proyecto, se abonará por metros cuadrados (m²) obtenidos multiplicando

la anchura señalada para la capa en los planos de proyecto (o en los replanteos previos realizados) por la

longitud realmente ejecutada. Este abono incluirá los áridos, el polvo mineral de aportación, las adiciones y

todas las operaciones de acopio, preparación de la superficie existente, fabricación, puesta en obra y

terminación. No serán de abono las creces laterales no previstas en los planos ni en los replanteos previos.

3.1.6 ARTÍCULO 694.- JUNTAS DE TABLERO

Se definen como juntas de tablero, los dispositivos que enlazan los bordes de dos tableros

contiguos, o de un tablero y un estribo de forma que permitan los movimientos por cambios

de temperatura, deformaciones reológicas en caso de hormigón y deformaciones de la

estructura, al tiempo que presentan una superficie lo más continua posible a la rodadura.

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

694.0015N m DESMONTAJE DE JUNTA ARMADA

694.0010 m JUNTA DE DILATACIÓN PARA TABLERO DE 50 mm DE MOVIMIENTO MÁXIMO

694.0020 m JUNTA DE DILATACIÓN PARA TABLERO DE 70 mm DE MOVIMIENTO MÁXIMO

694.0030 m JUNTA DE DILATACIÓN PARA TABLERO DE 80 mm DE MOVIMIENTO MÁXIMO

694.0040 m JUNTA DE DILATACIÓN PARA TABLERO DE 100 mm DE MOVIMIENTO MÁXIMO

694.0050 m JUNTA DE DILATACIÓN PARA TABLERO DE 160 mm DE MOVIMIENTO MÁXIMO

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 694 JUNTAS

DE TABLERO del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en su

redacción inicial.

Se proyecta la reposición de las juntas de dilatación de tableros definidas en el proyecto o que,

por su estado, ordene el Ingeniero DIRECTOR DE LAS OBRAS. Se repondrá la junta con idénticas

características a las existentes salvo que el DIRECTOR DE LAS OBRAS apruebe la modificación de algunas

de sus características por razones justificadas (por ejemplo, que ya se hayan producido la mayor

parte de los movimientos reológicos de la estructura).

Las juntas en las que no se actúa, el fresado y reposición no se ejecutarán en los 50 cm antes y

después de cada junta como medida de protección de estas como se indica en el Documento Nº 2

Planos.

MATERIALES

Las juntas de tablero estarán constituidas por material elastomérico reforzado con acero, y

siendo admisibles, asimismo, blindajes y/o refuerzos consistentes en aluminio o aleaciones ligeras

de alta resistencia.

A igualdad de características se estimará su elección en base al grado de impermeabilidad

ofrecidos por las juntas.

Previamente al inicio de los trabajos de reposición el contratista replanteará todos los elementos

definitorios de la junta, presencia de juntas de aceras y bordillos, impermeabilización de la calzada,

patologías observadas, perfil longitudinal, ajuste de nivel entre junta y calzada, etc. Con dichos datos

se analizará si es conveniente variar alguna de las características de la junta a reponer.

Las juntas deben ser impermeables.

EJECUCIÓN

La junta se montará de acuerdo con las instrucciones del fabricante o, en su caso, conforme a las reglas

de buena práctica.

MEDICIÓN Y ABONO

Se medirán y abonarán por metros (m) de junta colocada, medidos sobre planos. En el precio unitario

quedarán comprendidos todos los materiales especiales, así como anclajes, soldaduras, morteros, pinturas,

impermeabilizaciones y cuantos trabajos y materiales sean necesarios para su correcta ejecución.

3.1.7 ARTÍCULO 700.- MARCAS VIALES

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

700.0120 m2 MARCA VIAL DE PINTURA BLANCA REFLECTANTE, TIPO TERMOPLÁSTICA EN

CALIENTE APLICADA POR EXTRUSIÓN, EN LETRAS Y SÍMBOLOS

700.0130 m MARCA VIAL DE PINTURA BLANCA REFLECTANTE, TIPO ACRÍLICA BASE AGUA

APLICADA POR PULVERIZACIÓN, EN CEBREADOS

700.0020 m MARCA VIAL DE TIPO II (RR), DE PINTURA BLANCA REFLECTANTE, TIPO

TERMOPLÁSTICA EN CALIENTE APLICADA POR EXTRUSIÓN, DE 15 cm DE ANCHO i/ PREPARACIÓN

DE LA SUPERFICIE Y PREMARCAJE (MEDIDA LA LONGITUD REALMENTE PINTADA).

700.0030 m MARCA VIAL DE TIPO II (RR), DE PINTURA BLANCA REFLECTANTE, TIPO

TERMOPLÁSTICA EN CALIENTE APLICADA POR EXTRUSIÓN, DE 20 cm DE ANCHO FORMADA POR

RESALTES EN BARRITAS TIPO 5/20 i/ PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE Y PREMARCAJE (MEDIDA

LA LONGITUD REALMENTE PINTADA).

700.0031 m MARCA VIAL DE TIPO II (RR), DE PINTURA BLANCA REFLECTANTE, TIPO

TERMOPLÁSTICA EN CALIENTE APLICADA POR EXTRUSIÓN, DE 40 cm DE ANCHO i/ PREPARACIÓN

DE LA SUPERFICIE Y PREMARCAJE (MEDIDA LA LONGITUD REALMENTE PINTADA).

700.0121 m BANDAS TRANSVERSALES DE AVISO.

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SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE, S.M.E., S.A. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA REHABILITACIÓN, REPOSICIÓN Y REFUERZO DE FIRMES EN

MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002

14 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Para definir la señalización horizontal se ha tenido en cuenta la Norma de Carreteras 8.2- IC. “Marcas

Viales” de marzo de 1.987 publicada por la Dirección General de Carreteras y el borrador de la nueva Norma

de Carreteras 8.2-IC “Marcas viales” de abril de 2007 para las líneas de eje según indicaciones del SEITT

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 700

MARCAS VIALES del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la

redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS

DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS,

A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

Se proyecta la reposición de todas las marcas viales con idénticas características geométricas a las

existentes.

Todas las marcas viales proyectadas (definitivas) serán blancas de Tipo II-RR (marcas viales,

estructuradas o no, diseñadas para mantener la retrorreflexión en seco, con humedad y lluvia). En los dos

bordes de las calzadas del tronco de la autovía serán sonoras (con resaltes que producen efectos sonoros y

mecánicos (vibraciones)).

La clase de durabilidad de las distintas marcas, no será inferior a la que se especifica en la siguiente

tabla:

Situación de la marca vial Clase de durabilidad (Norma UNE-EN13197)

Cebreados P5

Bordes, ejes y separación de carriles especiales P6

Símbolos P7

El material de las marcas viales en símbolos, bordes, ejes y separación de carriles será termoplástico

caliente aplicado por extrusión. En cebreados pintura acrílica base agua aplicada por pulverización (en dos

aplicaciones, la unidad se considera terminada después de la segunda aplicación).

El tipo de resalte será en forma de barrita tipo 5/20 (5mm de altura separadas entre sí 20 cm). Las barritas

tendrán, al menos, un corte en su mitad que facilite el drenaje y el rozamiento transversal.

El Director de las Obras podrá prohibir la aplicación de materiales con períodos de tiempo entre su

fabricación y puesta en obra inferiores a seis (6) meses, cuando las condiciones de almacenamiento y

conservación no hayan sido adecuadas. En cualquier caso, no se aplicarán materiales cuyo período de tiempo,

comprendido entre su fabricación y puesta en obra, supere los seis (6) meses, independientemente de las

condiciones de mantenimiento.

MEDICIÓN Y ABONO

Las marcas viales de ancho constante se abonarán por metros (m) realmente aplicados (no se medirán

los vanos sin pintar), medidos en el eje de las mismas sobre el pavimento. En caso contrario, las marcas viales

se abonarán por metros cuadrados (m2) realmente ejecutados, medidos sobre el pavimento.

3.1.8 ARTÍCULO 703.- ELEMENTOS DE BALIZAMIENTO RETRORREFLECTANTE

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

703.0035 Ud HITO DE VERTICE CON MATERIAL REFLECTANTE CLASE RA3, TOTALMENTE

COLOCADO

703.0010 Ud BALIZA CILÍNDRICA CH-75 CON MATERIAL REFLECTANTE CLASE RA3, TOTALMENTE

COLOCADA

En todo lo que no contradiga a lo indicado en este artículo del PPTP será de aplicación el artículo 703

ELEMENTOS DE BALIZAMIENTO RETRORREFLECTANTES del PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE

CARRETERAS Y PUENTES (PG-3) en la redacción dada en la ORDEN FOM/2523/2014, DE 12 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE

ACTUALIZAN DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA OBRAS DE CARRETERAS Y

PUENTES, RELATIVOS A MATERIALES BÁSICOS, A FIRMES Y PAVIMENTOS, Y A SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y SISTEMAS DE

CONTENCIÓN DE VEHÍCULOS.

CARACTERÍSTICAS

Los hitos de vértice serán verdes, los materiales retrorreflectantes serán de clase RA3 para el color blanco

y mínimo de clase RA1 para el color verde. Las características, dimensiones y métodos de ensayo cumplirán

con lo indicado en la UNE 135360 HITOS DE VÉRTICE EN MATERIAL POLIMÉRICO de octubre de 2018. El hito se puede

anclar al suelo o lastrar de manera que, en caso de impacto de un vehículo, ni salga despedido el hito ni

suponga un peligro para el vehículo. En caso de lastrado, el fabricante debe indicar el nivel recomendado de

lastrado.

Las balizas H-75 serán cilíndricas verdes los materiales retrorreflectantes serán de clase RA3 para el color

blanco y mínimo de clase RA1 para el color verde. Las características, dimensiones y métodos de ensayo

cumplirán con lo indicado en la UNE 135363 BALIZAS CILÍNDRICAS PERMANENTES EN MATERIAL POLIMÉRICO de

septiembre de 1998. Los elementos de anclaje serán tales que aseguren la fijación permanente de la baliza

por su base y que en caso de arrancamiento, rotura o deformación, no se produzca peligro para el tráfico

rodado, ni por causa de la baliza arrancada ni por los elementos de anclaje que puedan permanecer sobre la

calzada.

Las dimensiones de los hitos de vértice y de las balizas cilíndricas serán idénticas a las existentes, siempre

que sus dimensiones se ajusten a las especificadas en las normas UNE mencionadas en los párrafos anteriores.

El DIRECTOR DE LAS OBRAS podrá variar las dimensiones si considera que con ello se mejora la seguridad vial y la

explotación de la vía.

MEDICIÓN Y ABONO

Los elementos de balizamiento retrorreflectantes, incluidos sus elementos de sustentación y anclajes, se

abonarán exclusivamente por unidades (ud) realmente colocadas en obra, incluyendo las operaciones de

preparación de la superficie de aplicación y premarcado, sea cual fuere el sistema de cimiento o de anclaje y

las dimensiones del elemento.

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15 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

3.2 UNIDADES DE OBRA QUE NO FIGURAN EN EL PG-3 O PG-4.

3.2.1 SELLADO DE GRIETAS Y FISURAS

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

533.0030 m SELLADO DE GRIETAS Y FISURAS EN PAVIMENTOS BITUMINOSOS

DEFINICIÓN

Se define como sellado de grietas y fisuras la aplicación en caliente de un producto de sellado sobre las

fisuras y grietas objeto del tratamiento estableciendo un puente estanco entre sus bordes, más una cobertura

de árido fino.

MATERIALES

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992

(modificado por el Real Decreto 1328/ 1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de

productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE (modificada por la Directiva 93/68/CE);

en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en

su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará en todo caso, además, a lo dispuesto en la legislación

vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y transporte de productos de la

construcción y de residuos de construcción y demolición.

Productos de sellado: Se utilizará un producto de sellado de aplicación en caliente, obtenido mediante la

mezcla homogénea y estable de materiales poliméricos o elastoméricos, betún asfáltico y polvo mineral en

cumplimiento con la Norma UNE-EN 14.188-1:2004 sobre Productos para sellado de juntas y el proyecto final

de Normativas técnicas de ensayo para material de relleno de juntas en áreas de tráfico de septiembre de

2013. La compatibilidad de los componentes debe estar garantizada en aras de obtener un material que

cumpla los requisitos establecidos en este artículo.

El producto para el sellado de juntas será, preferentemente, del tipo N1 (elástico – de alargamiento largo)

o N2 (corriente – de alargamiento bajo) de las establecidas en la tabla 2: Requisitos y métodos de ensayo para

los productos de sellado aplicados en caliente, de la citada Norma UNE-EN 14.188-1:2004. Se optará por las

del tipo F1 y F2 sólo cuando haya un riesgo claro de vertidos frecuentes de carburantes en las zonas selladas.

Árido de cobertura: Se mantienen las mismas prescripciones del art 543.2 .3 del PG3. Sin embargo, en

cuanto a la granulometría del árido se recomienda emplear un tamaño mínimo de d=1 mm., y un tamaño

máximo de 0=3 mm. Para evitar que el árido quede completamente envuelto por el producto de sellado.

EQUIPO NECESARIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Se estará en todo caso a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud

y de transporte en lo referente a los equipos empleados en la ejecución de las obras.

Equipo de soplado: El sellado de grietas se inicia con un soplado por medio de una lanza termoneumática

de manera que se elimine todo el material suelto y la superficie alcance una temperatura entre 80 y 120 °C.

La temperatura deberá calentar la superficie de aplicación del producto de sellado sin aplicación directa de la

llama.

La lanza termoneumática deberá ser capaz de proyectar un chorro de aire caliente a una presión no

inferior a 0,6 MPa con un caudal no inferior a cuatro metros cúbicos por minuto (4 m3/min).

Equipo de puesta en obra del producto de sellado: La extensión del producto de sellado sobre la grieta

debe realizarse inmediatamente después de efectuar la preparación y calentamiento de la superficie a tratar,

con objeto de evitar su enfriamiento. El dispositivo aplicador del producto de sellado deberá ser de tipo patín

y deberá permitir mantener una anchura constante de la banda aplicada entre 5 y 12 cm, con un exceso del

orden de 2mm.

El equipo será autopropulsado, con una velocidad de desplazamiento de hasta 5 km/h. Debe disponer de

una caldera, con un sistema de calefacción indirecta por baño de aceite provista, además, de un dispositivo

de mezcla continua que mantenga en constante movimiento del producto de sellado calentado,

homogeneizando su temperatura.

Es imprescindible un dispositivo automático que regule la temperatura del producto de sellado y del

aceite, para no sobrepasar en ningún caso las temperaturas máximas de calentamiento admisibles.

El equipo y sus sistemas de mantenimiento y regulación garantizarán que en ningún momento la

temperatura del producto de sellado supere los 190°C, ni el tiempo máximo de calentamiento supere las 48h.

El equipo de puesta en obra del producto de sellado dispondrá de los dispositivos para trasvasar el

producto de sellado desde la caldera al elemento de aplicación sobre la grieta que constará de una bomba de

impulsión de caudal variable, y de un conducto flexible calorifugado por baño de aceite, con control

automático de temperatura.

Equipo de distribución de árido: Inmediatamente después de la aplicación del producto de sellado se

procede a proyectar el árido. Para la distribución del árido de cobertura sobre el producto de sellado se

emplea un equipo capaz de proyectarlo a presión, de manera que se incruste en el producto de sellado aún

caliente sin que llegue a ser embebido por ella. La operación de extensión de la gravilla se efectuará

inmediatamente después de la aplicación del producto de sellado.

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

La ejecución del sellado de grietas incluye las siguientes operaciones:

Determinación de la densidad de las grietas y delimitación y marcado de las grietas objeto del

tratamiento

Limpieza de la grieta y calentamiento de sus bordes con lanza termoneumática.

Aplicación en caliente del producto de sellado en un espesor pequeño, pero no inferior a 3 mm,

y en una anchura constante no inferior a 5 cm. Esta aplicación se llevará a cabo por

desplazamiento de un dispositivo mecánico tipo patín a lo largo de la grieta, a fin de conseguir la

formación de una película estanca y continua entre sus bordes.

Aplicación, con el producto de sellado aún caliente, de un árido fino para su cobertura y

protección, con el fin de asegurar la adherencia de los neumáticos y restableciendo el coeficiente

de rozamiento. El ocasional exceso de árido debe ser retirado de la calzada mediante barrido o

aspiración antes de abrir el tramo reparado a la circulación de vehículos.

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16 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Dimensiones y determinación de la densidad de las grietas: Antes de iniciar los trabajos de sellado se

determinará las dimensiones de las grietas y la densidad de grietas sobre el pavimento.

Una vez determinadas las dimensiones de las grietas se establecerá la anchura de la banda de sellado

que estará comprendida entre 5 y 12 cm, en función de la degradación existente en el borde de la grieta y del

grado de microfisuración que aparezca en sus inmediaciones.

Para tener una magnitud del grado de agrietamiento del pavimento se determinará la densidad de las

grietas a partir de los criterios que se establecen en la tabla 1.

Desarrollo de los trabajos: Será obligatorio el soplado previo de todo el pavimento, en la zona de las

grietas, antes del calentamiento de las mismas, con el objeto de eliminar materiales sueltos que no permitan

una correcta aplicación del tratamiento.

Para ello, se utilizarán equipos de aire a presión.

La aplicación del producto de sellado deberá realizarse inmediatamente después de efectuada esta

preparación, antes de que se enfríe la superficie.

Para la aplicación del producto de sellado se podrá empleará la configuración tipo banda:

El producto de sellado cumplirá las prescripciones recogidas en la norma UNE-EN 14188-1. Se utiliza en

fisuras con movimiento horizontal entre 2,5 mm y 5 mm, se empleará un producto de sellado asfáltico en

configuración tipo banda.

Figura 1. Sellado en tipo banda

Además, se procurará ejecutar el sellado con un ligero derrame lateral para evitar el efecto de

escalonamiento brusco cuando el neumático del vehículo rebase la zona sellada.

En lo que se refiere a la alimentación de la caldera, se efectuará según el ritmo de trabajo, de manera

que se renueve su contenido cada cinco horas (5 h) como máximo.

Al final de la jornada, se evitará dejar en la caldera restos de productos de sellado superiores al diez por

ciento (10%) de su capacidad.

Una vez aplicado el producto de sellado a lo largo de la fisura se extenderá indefectiblemente el árido de

cobertura sobre toda la superficie en la dotación adecuada, su exceso sobre la dotación necesaria deberá

quitarse de la calzada mediante barrido o aspiración antes de abrir el tramo reparado a la circulación de

vehículos.

ESPECIFICACIONES DE LA UNIDAD TERMINADA

La superficie sobre la que se haya efectuado el sellado de grietas deberá ser regular superficialmente

evitando escalonamientos.

En el caso de que exista un resalto entre bordes de grieta, no basta con sellar, sino que es preciso

previamente microfresar en una cierta anchura y en toda la longitud necesaria en el sentido de la junta o

grieta.

LIMITACIONES DE EJECUCIÓN

No se permitirá el sellado de las grietas cuando el pavimento esté húmedo y/o cuando la temperatura

ambiente sea inferior a cinco grados Celsius (5°C). Igualmente no se permitirá el sellado cuando haya fuerte

viento

CONTROL DE CALIDAD

Procedencia de los materiales:

En el caso de productos que deban tener el marcado CE según la Directiva 89/106/CEE, para el control

de procedencia de los materia les, se llevará a cabo la verificación documental de que los valores declarados

en la información que acompaña al marcado CE cumple las especificaciones establecidas.

Procedencia del producto de sellado:

El suministrador del producto deberá aportar el marcado CE y la declaración de prestaciones que

cumplan con las especificaciones de la norma UNE-EN 14.188-1 sobre Productos para sellado de juntas. Parte

1: Especificaciones para productos de sellado aplicados en caliente.

Se deberá disponer del marcado CE de estos productos con un sistema de evaluación de la conformidad

2+, por lo que el control de procedencia se podrá llevar a cabo mediante la verificación documental.

Procedencia del árido de cubrición:

Se deberá disponer del marcado CE de estos productos con un sistema de evaluación de la conformidad

2+, por lo que el control de procedencia se podrá llevar a cabo mediante la verificación documental.

Se cumplirán las exigencias especificadas en el PG3 para áridos en capas de rodadura salvo lo relativo a

tamaño mínimo y máximo recomendado.

Control de ejecución:

Se considerará como "lote", que se aceptará o rechazará en bloque, al resultante de aplicar el menor de

los tres (3) criterios siguientes:

Quinientos metros (500 m) de grieta sellados.

Quinientos metros (500 m) de calzada.

La fracción sellada diariamente.

Se medirán la temperatura ambiente, la de superficie de aplicación, y la del producto de sellado en el

momento de su aplicación, a fin de comprobar que éstas son compatibles.

CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO

El sellado de grietas no deberá presentar defectos tales como:

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17 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Desaparición del árido de cubrición.

Fluencia o degradación del producto de sellado en parte o en su totalidad.

Separación o agrietamiento del sellado.

MEDICIÓN Y ABONO

El sellado de fisuras y grietas se abonará por metros (m) realmente sellados, medidos sobre el pavimento

a lo largo del centro de la banda aplicada. El abono será independiente de la anchura de esta banda y de la

dotación de producto de sellado y árido, e incluirá todos los trabajos necesarios para la correcta ejecución de

la unidad, incluida la preparación de la superficie y la posterior eliminación del exceso de árido de cubrición.

3.2.2 FRESADO DE CAPAS DE FIRME

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

301.0140 m2·cm FRESADO DE PAVIMENTO BITUMINOSO INCLUSO CARGA, BARRIDO, RETIRADA

Y TRANSPORTE A GESTOR DE RESIDUOS AUTORIZADO O, EN SU CASO, A LUGAR DE EMPLEO PARA

SU REUTILIZACIÓN.

DEFINICIÓN

El fresado consiste en eliminar con fresadora mecánica un cierto espesor de mezclas bituminosas

agotadas.

El material obtenido del fresado de las capas de firme se podrá reutilizar en las mezclas bituminosas tipo

hormigón bituminoso en los porcentajes que prevé el artículo 542, el resto del material de fresado tendrá la

consideración de residuo y deberá enviarse a un gestor autorizado para su tratamiento, incluyendo esta

unidad de obra el canon a planta de tratamiento, transporte y todas las gestiones necesarias.

ZONAS DE FRESADO

Para la delimitación de las zonas a fresar y el espesor de fresado se estará a lo indicado en el apartado

2.11 del presente pliego y a las instrucciones del DIRECTOR DE OBRA.

En el replanteo de detalle de las zonas a fresar se fijarán superficies y espesores. Dicho replanteo se

realizará con marcas de pintura sobre el propio pavimento, de forma que no den lugar a error.

En el fresado de estructuras se realizará de forma previa al mismo una cata para determinar el espesor

del firme existente y conforme al mismo se determinará la profundidad del fresado.

EQUIPO NECESARIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Para la ejecución de los trabajos deberán emplearse fresadoras autopropulsadas con suficiente anchura

para ejecutar con la debida rapidez los trabajos previstos. Deberán disponer de equipos de nivelación y control

de la profundidad de fresado, con el fin de evitar correcciones por la inadecuada ejecución del fresado de

firme. Las fresadoras deberán ir equipadas con elementos de carga del material procedente del fresado del

firme, preferentemente cinta cargadora.

El equipo de barrido y limpieza estará formado por barredoras mecánicas de cepillo dotadas de equipos

de aspiración. En lugares de difícil accesibilidad podrán emplearse escobas de mano. Para la limpieza final se

empleará un sistema de soplado mediante aire comprimido.

ELEMENTOS DE TRANSPORTE

Consistirán en camiones de caja lisa y estanca, perfectamente limpia, cuya forma y altura deberán ser

tales, que durante el llenado de la misma por la el equipo de fresado no se produzcan vertidos accidentales

de material.

Los camiones deberán siempre estar provistos de una lona o cobertor adecuado para evitar igualmente

vertidos accidentales durante el transporte de los restos desde el tajo a pie de obra hasta el lugar de empleo

o gestor autorizado.

Es responsabilidad del contratista el cumplimiento de la legislación vigente en materia medioambiental,

de seguridad laboral, almacenamiento y de transporte de los materiales.

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

La velocidad de fresado se fijará en función de las características de la fresadora y del estado del firme a

fresar. Se cuidará de que los bordes longitudinales queden perfectamente verticales.

La retirada del material procedente del fresado se realizará mediante su transporte en camiones. La

superficie fresada deberá quedar perfectamente limpia y seca. Para ello se procederá a su barrido e,

inmediatamente antes de la extensión del riego de adherencia, al soplado mediante aire a presión.

En las proximidades de las juntas de dilatación de las estructuras no se realizará fresado mecanizado en

una distancia de unos treinta centímetros (30 cm) antes y después de dicha junta con objeto de no afectar a

los bordes de las mismas. En estas zonas el fresado del firme se realizará con herramientas hidroneumáticas.

En el caso de existencia de imbornales o sumideros se realizará la misma salvedad que en el párrafo

anterior, realizando un fresado manual del entorno de dichos elementos.

Por detrás de las fresadoras trabajará una minibarredora, con el fin de eliminar toda la gravilla suelta de

la calzada.

Donde esté prevista una junta transversal de fresado, se procederá a levantar el tambor gradualmente,

de modo que quede una transición lo más suave posible.

En ningún caso se abrirá al tráfico un carril dejando un escalón lateral formado por una junta longitudinal

de fresado.

Al final de cada jornada, una vez se haya sacado la máquina de la calzada, se procederá a revisar el estado

del tambor y de las picas y a sustituir aquellas que lo precisen.

Se contará en obra con un camión cisterna para rellenar el depósito de agua de las fresadoras.

MEDICIÓN Y ABONO

El fresado se abonará por los metros cuadrados y centímetros de profundidad (m2·cm) de la superficie

fresada. El abono comprende todas las operaciones descritas anteriormente, incluso canon a planta de

tratamiento y el transporte del material fresado a su lugar de reutilización o gestor autorizado.

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3.2.3 SANEO DE ZONAS SINGULARES

En consecuencia con lo establecido en el punto 2.11 del presente pliego se ha proyectado la unidad de

saneo de zona singular según se establece en el apartado 9.2.2. de la instrucción 6.3. I.C. en función del tipo

de firme correspondiente semirrígido o semiflexible.

• 300.0111 m2 SANEO DE ZONA SINGULAR m2 SANEO DE ZONA SINGULAR SEGÚN SE ESTABLECE

EN EL APARTADO 9.2.2. DE LA INSTRUCCIÓN 6.3. IC

DEFINICIÓN

En los puntos en que el agotamiento estructural del firme afecta a la explanada, se procederá al

saneo localizado de los mismos, mediante la demolición total del firme, y la de la explanada hasta una

profundidad de 80 cm. bajo su rasante de coronación. A continuación se efectuará el relleno con zahorra

artificial hasta la cota de coronación de la explanada, un riego con emulsión termoadherente y la extensión

de mezclas bituminosas en caliente

Se entenderá que se produce esta situación de agotamiento del firme con afección a la explanada

tanto en las zonas de blandones detectados visualmente, como en los lugares en que el valor puntual de la

deflexión normalizada supere el valor umbral establecido.

Esta operación se compone de cuatro unidades que son: la demolición de firme que incluye la parte

proporcional de corte de pavimento, la excavación de la explanada que incluye retirada de los materiales

de desecho y su transporte a vertedero controlado, así como el relleno de la parte inferior de la caja con

zahorra artificial debidamente compactada.

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

La operación de saneo de blandones en explanada se llevará a cabo de acuerdo con la siguiente

secuencia:

• Delimitación de las superficies sometidas a tratamiento

En primer lugar, se procederá al replanteo de detalle de las zonas que hay que sanear.

Los gastos de replanteo correrán a cargo del contratista, así como los de las tomas de muestras, ensayos

y medidas de deflexiones adicionales que se precisen para delimitar exactamente las superficies que deben

someterse a este tratamiento.

La superficie tendrá forma rectangular, y será delimitada en carretera por el Director de las obras

tras el análisis de las deflexiones y una inspección visual detallada.

El replanteo de detalle de todas las superficies sometidas a saneo se realizará con marcas de pintura

sobre el propio pavimento, de forma que no den lugar a error.

• Demolición de firme y explanada, y eliminación de material

Con carácter previo a los trabajos de demolición, se procederá al corte del pavimento en todo

su espesor con una máquina cortadora de rueda radial, que ejecute una línea de corte recta y sin quiebros

entre las zonas que van a ser saneadas y las que se vayan a mantener.

Los trabajos de demolición se realizarán por medio de retroexcavadora con martillo hidráulico

incorporado u otros equipos autorizados por el Director de las obras; se utilizarán elementos de

trabajo manual para el refino del fondo y las paredes de excavación. En el fondo de la excavación

de la explanada, se dejará una superficie plana y con pendiente suficiente hacia el exterior de la explanación

para facilitar el drenaje.

El producto procedente de la demolición se transportará a vertedero controlado.

• Relleno y compactación de zahorra artificial.

El espesor de relleno con zahorra artificial ZA (20) será el definido entre el fondo de la excavación de la

explanada y la cota de coronación de la misma (80 cm.),

La extensión se realizará por tongadas de espesor uniforme lo suficientemente reducido para que, con

los medios disponibles, se obtenga en todo el espesor el grado de compactación exigido. En todo caso,

dicho espesor será como máximo de treinta centímetros (30 cm).

Después de extendida la tongada, se procederá, si es necesario, a su humectación. El contenido

óptimo de humedad se determinará a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan

en los ensayos realizados.

Una vez obtenida la humectación conveniente, se procederá a la compactación hasta alcanzar una

densidad mínima del cien por cien (100%) de la densidad máxima obtenida en el ensayo "Proctor

modificado".

La superficie acabada no deberá rebasar la teórica en ningún punto, ni diferir de ella en más de tres

centímetros (3 cm).

La zahorra artificial cumplirá lo dispuesto en el artículo 510 del PG3.

Riego de imprimación y adherencia y mezcla bituminosa en caliente de reposición

Los riegos de imprimación y adherencia cumplirán respectivamente lo dispuesto en los artículos 3.1.3 y

3.1.4 del presente pliego.

Medición y abono

El saneo de zonas singulares se abonará por m2 realmente ejecutados, incluyendo todas las operaciones

necesarias para su correcta ejecución.

3.2.4 REPOSICIÓN DE GRUPOS DE ESPIRAS POR CARRIL

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

301.001 u REPOSICIÓN DE BUCLES POR CARRIL INCLUSO BORNERA DE CONEXIÓN, ROZA,

SELLADO, COLOCACIÓN, REPOSICIÓN DE CABLES AFECTADOS DE OTROS CARRILES,

SEÑALIZACIÓN Y COMPROBACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ESTACIÓN

Se proyecta la reposición de todos los bucles de espiras existentes. Se repondrán los bucles de espiaras

con idénticas características a las existentes salvo que el DIRECTOR DE LAS OBRAS apruebe la modificación de

algunas de sus características por razones justificadas.

MEDICIÓN Y ABONO

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19 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Se medirán y abonarán por unidad (u) de bucles por carril, realmente ejecutados. En el precio unitario

quedarán comprendidos todos los materiales sean necesarios para su correcta ejecución.

3.2.5 REPOSICIÓN DE SENSOR DE CALZADA PARA ESTACIÓN METEOROLÓGICA

Los precios de unidades de obra a las que es de aplicación este artículo son las siguientes:

304.003 u SENSOR DE CALZADA MARCA LUFFT O SIMILAR, COMPATIBLE CON ESTACIÓN

METEOROLÓGICA EXISTENTE, CON SENSOR DE TEMPERATURA Y 50 M DE CABLE, INSTALADO EN

HORARIO DIURNO

Se proyecta la reposición de los sensores de calzada compatibles con estación meteorológica

existentes. Se repondrán los sensores de calzada con idénticas características a las existentes salvo

que el DIRECTOR DE LAS OBRAS apruebe la modificación de algunas de sus características por razones

justificadas.

MEDICIÓN Y ABONO

Se medirán y abonarán por unidad (u) de sensor de calzada, realmente ejecutados. En el precio unitario

quedarán comprendidos todos los materiales sean necesarios para su correcta ejecución.

3.2.6 DESMONTAJE Y MONTAJE DE BARRERA EN PASOS DE MEDIANA

El precio de unidad de obra correspondiente en este artículo es el siguiente:

301.0131 u DESMONTAJE Y MONTAJE DE BARRERA EN PASOS DE MEDIANA

DEFINICIÓN

Para el extendido de la capa de rodadura en los pasos de mediana es necesario el desmontaje y

posterior montaje de las barreras existentes.

Medición y abono

El desmontaje y montaje de barreras en pasos de mediana se abonará por unidad de paso de mediana

desmontado, no incluyéndose en este precio el desmontaje y montaje de barreras necesarias para la

ejecución del transfer para desvíos de tráfico durante la ejecución de las obras el cual estará incluido en la

unidad de obra del artículo 3.2.8 del presente pliego.

3.2.7 GESTIÓN DE RESIDUOS

CON CARÁCTER GENERAL

El Director Facultativo de las obras será el responsable del cumplimiento del presente Estudio de Gestión

de Residuos del proyecto, así como del cumplimiento durante toda la obra de la normativa y legislación

vigente en materia de residuos a nivel comunitario, estatal o autonómico. El Director Facultativo deberá

nombrar un responsable de control del presente Estudio de Gestión de Residuos, que deberá además realizar

el seguimiento de los ratios de generación de residuos producidos durante la obras.

La dirección Facultativa deberá aprobar expresamente la reutilización o valorización de residuos in situ.

Se aplicarán en la gestión de residuos, las mismas medidas de seguridad y salud que afecten al proyecto

y que aparecen reflejadas en el Estudio de Seguridad y Salud.

Gestión de residuos de construcción y demolición

Gestión de residuos según RD 105/2008, realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de

Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores.

La segregación, tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente

por parte de empresas autorizadas mediante contenedores o sacos industriales.

Certificación de los medios empleados

Es obligación del contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad los

certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de valorización final, ambos emitidos por

entidades autorizadas y homologadas por la Comunidad Autónoma de Madrid.

Limpieza de las obras

Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de

materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos

los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto.

CON CARÁCTER PARTICULAR

Ejecución de las obras

Se establecen para el proyecto las siguientes prescripciones específicas en lo relativo a la gestión de

residuos:

i. La empresa adquirirá los materiales de obra a proveedores con certificados de explotación

sostenible. Las empresas proveedores de materiales y servicios que dispongan de ISO 14 001/ y/o EMAS

garantizarán una mejora ambiental continuada en sus procesos.

ii. Se prohíbe el depósito en vertedero de construcción y demolición que no hayan sido

sometidos a alguna operación de tratamiento previo.

iii. El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, chatarra...), que se realice en

contenedores o en acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

iv. Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad,

especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de, al menos, 15

centímetros a lo largo de todo su perímetro. En los mismos debe figurar la siguiente información: razón

social, CIF, teléfono del titular del contenedor/envase, y el número de inscripción en el Registro de

Transportistas de Residuos del titular del contenedor. Dicha información también deberá quedar

reflejada en los sacos industriales u otros elementos de contención, a través de adhesivos, placas, etc.

v. El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas necesarias

para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los contenedores permanecerán cerrados o cubiertos,

al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a las obras a la que prestan

servicio.

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SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE, S.M.E., S.A. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA REHABILITACIÓN, REPOSICIÓN Y REFUERZO DE FIRMES EN

MINISTERIO DE FOMENTO LA CARRETERA M-50. TRAMO: TRES; P.K. 55+500 A 85+300. CLAVE 32-M-0002

20 DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

vi. En el equipo de obra se deberán establecer los medios humanos, técnicos y procedimientos de

separación que se dedicarán a cada tipo de RCD.

vii. Se deberán atender los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condicionados de la

licencia de obras), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de

reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una

evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación. Y también, considerar las

posibilidades reales de llevarla a cabo: que la obra o construcción lo permita y que se disponga de plantas de

reciclaje/gestores adecuados. La Dirección de Obras será la responsable última de la decisión a tomar y su

justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

viii. Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs, que el destino final (Planta de

Reciclaje, Vertedero, Cantera, Incineradora, Centro de Reciclaje de Plásticos/Madera...) son centros con la

autorización autonómica de la entidad competente en Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo

transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería, e inscritos en los registros correspondientes.

Asimismo se realizará un estricto control documental, de modo que los transportistas y gestores de RCDs

deberán aportar los vales de cada retirada y entrega en destino final. Para aquellos RCDs (tierras, pétreos.)

que sean reutilizados en otras obras o proyectos de restauración, se deberá aportar evidencia documental

del destino final.

ix. Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos

y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores

de escombros con componentes peligrosos.

x. Las tierras superficiales que puedan tener un uso posterior para jardinería o recuperación de

suelos degradados, será retirada y almacenada durante el menor tiempo posible, en caballones de altura

no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación, y la contaminación con otros

materiales.

xi. Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases…) serán

gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipal correspondiente.

Clasificación y recogida selectiva

Definición

Consiste en el conjunto de operaciones para la recogida selectiva, clasificación y depósito, de los

residuos, en las zonas designadas con objeto, con el fin de que sean retirados por gestor de residuos

autorizado o sean reutilizados.

Los residuos estarán clasificados en contenedores o zonas de acopio designadas en las distintas

categorías según la Lista Europea de Residuos y en particular según lo indicado en el Estudio de Gestión de

RCD del proyecto.

Condiciones del proceso de ejecución

Se procederá a recoger, clasificar y depositar separadamente por tipo de residuo en contenedores

(bidones, cubeta metálica o bolsa tipo big-bag) ubicados en las zonas designadas para el almacenamiento

previo a su retirada por gestor autorizado.

Medición y abono

950.0010 t.- Clasificación y recogida selectiva de residuos, excepto tierras y piedras de

excavación, mediante medios manuales y mecánicos de los residuos y su depósito en la zona principal de

almacenamiento de residuos de la obra.

La medición se realizará por toneladas de peso realmente retirado que se acreditará con los

documentos oficiales de control y seguimiento de los residuos entregados por los gestores autorizados que

realicen la retirada de los residuos y los aportados por las plantas de valorización.

Gestión de residuos no peligrosos – excepto pétreos

Definición

Consiste en el conjunto de operaciones para la recogida y transporte de los residuos de construcción y

demolición constituidos por metal, madera, papel y cartón, y plástico, desde la zona principal de

almacenamiento de residuos hasta planta de valorización de gestor de residuos autorizado.

Estas operaciones serán realizadas por gestores de residuos autorizados para su transporte por el

organismo competente en materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma. Se incluye el alquiler de

los contenedores, la carga, el transporte y la entrega de los residuos en plantas de valorización.

Condiciones del proceso de ejecución

Los gestores de residuos autorizados para el transporte procederán a la retirada periódica de los

residuos alma-cenados en las zonas designadas para el almacenamiento de residuos.

Medición y abono

950.0020 t.- Carga y transporte de residuos de construcción y demolición no peligroso - RNP- de

carácter no pétreo (cartón-papel, madera, vidrio, plásticos y metales incluidos envases y embalajes de estos

materiales así como biodegradables del desbroce) a planta de valorización autorizada por transportista

autorizado (por Consejería de Medio Ambiente), en camiones de hasta 16 t. de peso, cargados con pala

cargadora, incluso canon de entrada a planta, sin medidas de protección colectivas.

La medición se realizará por toneladas de peso realmente retirado que se acreditará con los

documentos oficia-les de control y seguimiento de los residuos entregados por los gestores autorizados que

realicen la retirada de los residuos y los aportados por las plantas de valorización.

Gestión de residuos no peligrosos pétreos –excepto tierras-

Definición

Consiste en el conjunto de operaciones para la recogida y transporte de los residuos de construcción y

demolición de carácter pétreo (excepto tierras y piedras) constituidos por hormigón, tejas y materiales

cerámicos, ladrillos, (o mezclas de éstos), hasta planta de valorización de gestor de residuos autorizado.

Estas operaciones serán realizadas por gestores de residuos autorizados para su transporte por el

organismo competente en materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma dónde se ejecuta la

obra. Se incluye el alquiler de los contenedores, la carga, el transporte y la entrega de los residuos en

plantas de valorización.

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Condiciones del proceso de ejecución

Los gestores de residuos autorizados para el transporte procederán a la retirada periódica de los

residuos alma-cenados en las zonas designadas para el almacenamiento de residuos.

Medición y abono

950.0030 t.- Carga y transporte de residuos de construcción y demolición no peligrosos -RNP-

de carácter pétreo (excepto tierras y piedras) constituidos por hormigón, ladrillos, tejas y materiales

cerámicos (o mezcla de éstos), yeso y/o mezclas bituminosas a planta de valorización por transportista

autorizado (por Consejería de Medio Ambiente), en camiones basculantes de hasta 16 t. de peso, cargados

con pala cargadora incluso canon de entrada a planta, sin medidas de protección colectivas.

La medición se realizará por toneladas de peso realmente retirado que se acreditará con los

documentos oficia-les de control y seguimiento de los residuos entregados por los gestores autorizados que

realicen la retirada de los residuos y los aportados por las plantas de valorización.

GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Definición

Consiste en el conjunto de operaciones para la recogida y transporte de los residuos de construcción

y/o demolición peligrosos.

Estas operaciones serán realizadas por gestores de residuos autorizados para su transporte por el

organismo competente en materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma dónde se ejecuta la

obra. Se incluye el alquiler de los contenedores, la carga, el transporte y la entrega de los residuos en

plantas de valorización.

Condiciones del proceso de ejecución

Los gestores de residuos autorizados para el transporte procederán a la retirada periódica de los

residuos alma-cenados en las zonas designadas para el almacenamiento de residuos.

Medición y abono

950.0050 t.- Carga y transporte de residuos peligrosos -RP- a planta de valorización por

transportista autorizado (por Consejería de Medio Ambiente), en camiones basculantes de hasta 16 t. de

peso, cargados con pala cargadora incluso canon de entrada a planta, sin medidas de protección colectivas.

La medición se realizará por toneladas de peso realmente retirado que se acreditará con los

documentos oficia-les de control y seguimiento de los residuos entregados por los gestores autorizados que

realicen la retirada de los residuos y los aportados por las plantas de valorización.

El transporte y gestión del material de fresado, como se ha indicado en el apartado 3.2.2, está incluido

en el precio de la unidad m2·cm de fresado.

3.2.8 SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE OBRA

Se abonará mediante la correspondiente partida alzada de abono íntegro:

4.001 PA PARTIDA ALZADA DE ABONO ÍNTEGRO SOLUCIONES AL TRÁFICO

Se estará a lo indicado en el apartado 2.13 del presente pliego.

3.2.9 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

Se abonará mediante las correspondientes partidas alzadas de abono íntegro:

7.001 PA DE ABONO ÍNTEGRO LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS.

Se estará a lo indicado en el apartado 2.19 del presente pliego.

Madrid, Enero de 2019

EL INGENIERO AUTOR DEL PROYECTO :

EL INGENIERO DIRECTOR DEL PROYECTO:

Fdo.: Dª Leyre Abáigar Pedraza

ALAUDA INGENIERÍA S.A.

Fdo.: D. Gonzalo Ortiz Lorenzo

SEITTSA