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APRUEBA MANUAL DE ADMINISTRACION DE CAUSAS DE LOS Chile PROCEDIMIENTOS DE n marcha CENTROS DE MEDIACION CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE DIVISION JUDICIAL JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y - UNIDADD MEDIACION DEJA SIN EFECTO RESOLUCION ix;~ EXENTA N° 319 DE 2016, DE LA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA. RESOLUCION EXENTA No SANTIAGO, - 6 SEP 2019 by se resolviO lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley NO 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretarla General de Ia Presidencia de Ia Repüblica, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de ía Ley NO 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Ia AdministraciOn del Estado; en Ia Ley No 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de Ia AdministraciOn del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 2016, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de Ia Ley Orgânica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el Decreto Supremo de Justicia NO 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en Ia Ley N° 19.968, de 2004, del Ministerio de Justicia, que Crea los Tribunales de Familia; en el Decreto Supremo No 763, de 2008, del Ministerio de Justicia, que Aprueba el Reglamento de Ia Ley N° 19.968; en el Decreto Exento No 1.436, de 2018, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Fija Clasificación Socioeconômica y Factores Adicionales para Ia Gratuidad de los Servicios de Mediación Familiar Previa; en ía Resolución No 81, de 2017, de Ia SubsecretarIa de Justicia, que Aprueba Bases Tipo de Licitaciôn, sus Anexos y el Formato Tipo de Contrato para ía ContrataciOn de Servicios de Mediación Familiar; en Ia ResoluciOn N° 7 y 8, de 2019, de Ia Contraloria General de ía Repüblica; y en Ia demãs normativa aplicable. CONSIDERANDO: 1g... Que, Ia Ley NO 19.968, que Crea los Tribunales de Familia consagra, en su Titulo V, Ia Mediación Familiar como un sistema de resolución de conflictos al cual pueden ser sometidas las materias de competencia de los Juzgados de Familia, con las excepciones indicadas en el mismo cuerpo legal. 20.- Que, el inciso tercero del articulo 114 de Ia Ley NO 19.968, que crea los Tribunales de Familia, dispone que para proveer los servicios de mediación sin costo para las partes, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos debe velar por Ia existencia de una adecuada oferta de mediador/aes en las diversas jurisdicciones de los Tribunales con competencia en asuntos de familia, contratando al efecto los servicios de personas jurIdicas o naturales, a fin que sean ejecutados por quienes se encuentren inscritos en el Registro de Med iadores. 3°.- Que, dando cumplimiento a Ia normativa citada, esta Subsecretaria de Justicia, mediante ResoluciOn No 81, de 1 de diciembre de 2017, aprobô las nuevas Bases Tipo Administrativas y Técnicas, Anexos y Contrato Tipo, para Ia regulaciôn de los procesos de contratación de los servicios de mediaciOn familiar. 40.- Que, Ia citada Resolución No 81, de 2017, dispone en su cláusula primera, que tanto Ia convocatoria a IicitaciOn, Ia etapa de

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APRUEBA MANUAL DE

ADMINISTRACION DE CAUSAS DE LOS Chile PROCEDIMIENTOS DE

n marcha CENTROS DE MEDIACION CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE

DIVISION JUDICIAL JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y

-

UNIDADD MEDIACION DEJA SIN EFECTO RESOLUCION ix;~ EXENTA N° 319 DE 2016, DE LA

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA.

RESOLUCION EXENTA No

SANTIAGO, - 6 SEP 2019

by se resolviO lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el Decreto con

Fuerza de Ley NO 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretarla General de Ia Presidencia de Ia Repüblica, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de ía Ley NO 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Ia AdministraciOn del Estado; en Ia Ley No 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de Ia AdministraciOn del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 2016, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de Ia Ley Orgânica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el Decreto Supremo de Justicia NO 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en Ia Ley N° 19.968, de 2004, del Ministerio de Justicia, que Crea los Tribunales de Familia; en el Decreto Supremo No 763, de 2008, del Ministerio de Justicia, que Aprueba el Reglamento de Ia Ley N° 19.968; en el Decreto Exento No 1.436, de 2018, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Fija Clasificación Socioeconômica y Factores Adicionales para Ia Gratuidad de los Servicios de Mediación Familiar Previa; en ía Resolución No 81, de 2017, de Ia SubsecretarIa de Justicia, que Aprueba Bases Tipo de Licitaciôn, sus Anexos y el Formato Tipo de Contrato para ía ContrataciOn de Servicios de Mediación Familiar; en Ia ResoluciOn N° 7 y 8, de 2019, de Ia Contraloria General de ía Repüblica; y en Ia demãs normativa aplicable.

CONSIDERANDO:

1g... Que, Ia Ley NO 19.968, que Crea los Tribunales de Familia consagra, en su Titulo V, Ia Mediación Familiar como un sistema de resolución de conflictos al cual pueden ser sometidas las materias de competencia de los Juzgados de Familia, con las excepciones indicadas en el mismo cuerpo legal.

20.- Que, el inciso tercero del articulo 114 de Ia Ley NO 19.968, que crea los Tribunales de Familia, dispone que para proveer los servicios de mediación sin costo para las partes, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos debe velar por Ia existencia de una adecuada oferta de mediador/aes en las diversas jurisdicciones de los Tribunales con competencia en asuntos de familia, contratando al efecto los servicios de personas jurIdicas o naturales, a fin que sean ejecutados por quienes se encuentren inscritos en el Registro de Med iadores.

3°.- Que, dando cumplimiento a Ia normativa citada, esta Subsecretaria de Justicia, mediante ResoluciOn No 81, de 1 de diciembre de 2017, aprobô las nuevas Bases Tipo Administrativas y Técnicas, Anexos y Contrato Tipo, para Ia regulaciôn de los procesos de contratación de los servicios de mediaciOn familiar.

40.- Que, Ia citada Resolución No 81, de 2017, dispone en su cláusula primera, que tanto Ia convocatoria a IicitaciOn, Ia etapa de

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consultas, los procesos de evaluación de las ofertas, Ia adjudicaciôn, suscripción, condiciones y ejecuciOn de los contratos para Ia prestaciôn de los servicios de mediación familiar, se regirán, entre otras disposiciones; POT las Instrucciones y los Manuales de Procedimiento dictados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para Ia correcta ejecuciôn de los contratos de prestaciOn de sevicios de mediaciOn familiar.

5°.- Que, a fin de lograr una correcta y oportuna gestión de las causas que ingresan a los centros de mediación y atendido lo recientemente expuesto, esta Subsecretaria de Justicia requiere aprobar una version actualizada del manual que contiene Ia descripcion y regulaciOn de los procedimientos para Ia correcta Administraciôn de las Causas por parte de los Centros de MediaciOn Familiar contratados.

RESUELVO:

1. APRUEBASE el Manual de Procedimientos de Administraciôn de Causas de los Centros de Mediaciôn Contratados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo texto es el siguiente:

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACI6N DE CAUSAS DE LOS CENTROS DE MEDIACION CONTRATADOS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA V DERECHOS HUMANOS.

Contenido lntroducciOn ............................................................................. 4 Conceptos B6sicos .................................................................. 4

2.1. Partes............................................................................... 4 2.2. Beneficiarios .................................................................... 4 2.3. Ingreso de Causas........................................................... 4 2.4. Proceso de MediaciOn ..................................................... 5 2.5. Causa de MediaciOn ........................................................ 5

Estados de una Causa de Mediacion...................................... 5 3.1. Estados Temporales de una Causa ................................ 5 3.1.1. Causa Ingresada.............................................................. 5 3.1.2. Causa en Trámite ............................................................ 6 3.1.3. Causa Proceso Finalizado ........................................... 6 3.1.4. Causa en RevisiOn de Acuerdo ....................................... 6 3.1.5. Causa en Acuerdo Firmado............................................. 6 3.1.6. Causa en Espera de ResoluciOn Judicial ........................ 6 3.2. Plazos de TramitaciOn Temporales................................. 6 3.3. Estados Finales de una Causa........................................ 7 3.3.1. Causa Frustrada - Sin SesiOn Conjunta.......................... 7 3.3.2. Causa Frustrada - Con SesiOn Conjunta......................... 3.3.3. Causa con Acuerdo Parcial ............................................. .7 3.3.4. Causa con Acuerdo Total .................................................

3.3.5. No Califica.........................................................................

3.3.6. Cierre Administrativo.........................................................

3.3.7. Causas Desistidas............................................................

Procedimiento de lngreso de Causas ...................................... .8 4.1. Etapa 1: Solicitud de MediaciOn ....................................... .9 4.2. Etapa 2: VerificaciOn de Susceptibilidad de MediaciOn....

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43. Etapa 3: Derivacion o Ingreso de causa a Centro de MediaciOn ..............................10 4.3.1. DerivaciOn automãtica através de SIMEF (Tribunal, CAJ, WEB)............................. 10 4.3.2. Ingreso Espontaneo ................................................................................................... 10 4.3.3. Casos Especiales de Ingreso de Causas.................................................................. 10 4.3.3.1. Causas con VlF ......................................................................................................... 10 4.3.3.2. Causas con doble ingreso en SIMEF ........................................................................ 11 4.3.3.3. Rechazo de Causas Derivadas ................................................................................. 11 4.3.3.4. Ingreso Manual de Causas........................................................................................ 11 4.3.3.5. Solicitante o Solicitado Menor de Edad .................................................................... .11 4.4. Etapa 4: Agendamiento Primera Sesión de MediaciOn y CitaciOn a las Partes........ 11 4.4.1. Casos Especiales ...................................................................................................... 12 4.4.1.1. Reagendamiento de Sesiones................................................................................... 12 4.4.1.2. lnasistencia a Sesiones de MediaciOn ...................................................................... 13 4.4.1.3. PrOrroga de Causas................................................................................................... 13 4.5. EvaluaciOn SocioeconOm lea...................................................................................... 13 4.5.1. EvaluaciOn Socioeconômica en el Centro de Mediación ........................................... 13 4.5.2. EvaluaciOn Socioeconómica via Portal Usuario .... .................................................... 14 4.5.3. Vigencia y ReevaluaciOn Socieconomica .................................................................. 15 5. Procedimiento de TramitaciOn de Causas......................................................................... 15 5.1. Etapa 1: FrustraciOn de Ia Causa sin SesiOn Conjunta..................................................... 15 5.2. Etapa 2: Desarrollo de las Sesiones de MediaciOn ........................................................... 16 5.3. Etapa 3: FinalizaciOn de Sesiones de MediaciOn .............................................................. 17 5.3.1. Frustrada con SesiOn Conjunta......................................................................................... 17 5.3.2. Con Acuerdo Total............................................................................................................. 17 5.3.3. Con Acuerdo Parcial.......................................................................................................... 18 5.3.4. Casos Especiales .............................................................................................................. 19 5.3.5. EliminaciOn de Datos de Origen de Ia Causa.................................................................... 19 5.4. Etapa 4: Tribunal dicta ResoluciOn Judicial y finaliza causa............................................. 19 5.5. Casos Especiales .............................................................................................................. 20 5.5.1. Previos a Proveer.............................................................................................................. 20 5.5.2. Rechazo del Acta de Acuerdo........................................................................................... 20 6. Resumen de Documentos requeridos por Estados de Ia Causa ...................................... 21 6.1. Estados de una causa en estado temporal en el Sistema ................................................ 21 6.1.1. Causalngresada ............................................................................................................... 21 6.1.2. Causa En Trämite .............................................................................................................. 21 6.1.3. En Espera de ResoluciOn del Tribunal .............................................................................. 21 6.2. Estados de una causa frustrada en el Sistema................................................................. 22 6.2.1. Causa Frustrada Sin SesiOn Conjunta .............................................................................. 22 6.2.2. Causa Frustrada Con SesiOn Conjunta............................................................................. 22 6.3. Estados de una causa con acuerdo en el Sistema ........................................................... 22 6.3.1. Causa con Acuerdo Parcial ............................................................................................... 22 6.3.2. Causa con Acuerdo Total .................................................................................................. 23 6.4. Causas Desistidas............................................................................................................. 23 6.5. Causas No Califica ............................................................................................................ 23 6.6. Causas Prorrogadas.......................................................................................................... 23 7. USO DEL SISTEMA INFORMATICO DE MEDIACION FAMILIAR SIMEF....................... 23

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Introducción

El presente manual tiene par objeto regular los procedimentos que deben seguir los centros de mediación familiar contratados por el Ministerlo de Justicia y Derechos Humanos, para la adecuada administraciOn de las causas que ingresen al Sistema Nacional de MediaciOn Familiar (en adelante SNMF) y que son tramitadas a traves del Sistema Informãtico de MediaciOn Familiar (en adelante SIMEF).

En este manual se definen las etapas y actividades necesarias para Ia correcta y oportuna administraciOn de las causas que reciben los Centros de Mediación Familiar, lo que incluye su ingreso y registro en SIMEF, su tramitaciOn y documentaciOn.

Los procedimientos contenidos en este documento se estabtecen en conformidad con las disposiciones legates y reglamentarias aplicables y vigentes al momenta de su redacción.

Conceptos Básicos

2.1. Partes

La mediaciOn familiar es un proceso que busca propiciar un espacio de diálogo directo y participativo entre dos a más personas que tienen un problema a conflicto a resolver, contribuyendo a que éstas busquen una soluciOn par si mismas, logrando acuerdos satisfactorios y sustentables, con Ia finalidad de lograr en ellas un aprendizaje en el manejo y resotuciôn de conflictos.

Estas personas a interesados son también liamados "partes" en la causa, las que a su vez se clasifican en dos grupos: "solicitantes" y "solicitados", donde en cada grupo puede haber mãs de una persona.

2.2. Beneficiarios

Se entenderã par 'Beneficiarios" a todas aquellas personas que no puedan comparecer par St salas a un proceso de mediaciOn y deban ser representadas, coma es el caso par ejempla, de los Niños, Niñas y Adolescentes (en adelante NNA).

Cabe senalar que los Beneficiarios de una causa, deben quedan registrados en SIMEF al igual que las partes de Ia misma.

2.3. Ingreso de Causas

Se entenderä par "ingreso" Ia solicitud de una parte de realizar un proceso de mediaciOn con otra parte, a través de cualquiera de las vias de ingreso actualmente establecidas, tales como:

Ingreso Espontäneo en un Centro de MediaciOn. Ingreso Web. Ingreso a través de CorporaciOn de Asistencia Judicial (CAJ). Ingreso a través de Tribunales de Familia a Juzgadas de Letras con campetencia en Asuntos de Familia.

Es obligacian del cantratado informar en SIMEF todas y cada una de las causas que ingresen al Centro de MediaciOn, a más tardar al dia häbil siquiente de Ia fecha en que se Dradula el ingreso esrontáneo en aquellos casos justificados que no hayan permitido su ingreso al SIMEF el mismo dia en que se produjo ta solicitud de mediaciOn, coma indisponibilidad del SIMEF u otra eventa no imputable al contratado.

Los Centras de MediaciOn se entenderän natificados respecto de las derivaciones automáticas efectuadas ya sea par Tribunales, CAJ a via Web, a cantar de Ia fecha de Ia comunicaciOn de su designacion, Ia cual será registrada en SIMEF.

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La Unidad de Mediación mantendrá un "Registro de Indisponibilidad de SIMEF" a objeto de contar con un registro fidethgno de las fechas y horarios de indisponibilidad de los sistemas. Este Certificado se encontrará disponible en el sitio Web www,mediacionchile.cl para ser consultado por cualquier usuario.

2.4. Proceso de Mediaciôn

Para estos efectos, se entenderá por proceso de mediaciOn, aquel conjunto de actividades que se desarrollan desde la solicitud de ingreso de mediaciOn familiar y hasta la obtención de alguno de los productos finales que se contemplan, independientemente de la cantidad de materias que se hayan incorporado o el nUmero de sesiones que se realicen. Los actores principales de este proceso son las partes y el mediador.

Pot cada solicitud o ingreso a mediaciOn, SIMEF generará un NUmero Interno de Causa (en adelante NIC), correlativo y ünico para cada Centro de MediaciOn, y un NUmero Unico de Causa (en adelante NLJC), correspondiente a una identificaciOn Onica a nivel nacional.

De este modo, en caso que unas mismas partes soliciten un nuevo ingreso, dicho ingreso se considerará como causa nueva y no se producirá una asociaciOn entre Ia causa antigua y la nueva que fig uren en el SIMEF.

No obstante, se disponibi(izara esta informaciOn at Centro de MediaciOn solo con carácter informativo, a efecto de poner en su conocimiento a existencia o no de una Causa actualmente en tramitaciOn o ya terminadas, en otro o el mismo Centro de MediaciOn, y que contenga las mismas partes que estä ingresando.

2.5. Causa de Mediación

Se entenderã por "Causa de Mediación", at conjunto de documentos a registros electrOnicos que permiten evidenciar el desarrollo a ejecuciOn de cada una de las etapas de un proceso de mediaciOn.

De igual forma, siendo las mismas partes, se entenderá también como una nueva causa de mediaciOn (y, por ende, un nuevo NIC y NUC), aquella que consiste en una modificaciOn de un acuerdo alcanzado previamente por las partes, independiente de la fecha en que esto haya ocurrido. Misma situación ocurre con causas cuyos resultados anteriores hayan sido Mediaciones Frustradas y que a futuro terminen con Acuerdo.

Sin perjuicio de to anterior, no se podra ingresar una nueva causa con partes que registren en SIMEF un proceso de mediaciOn abierto en el mismo Centro de MediaciOn.

No obstante el Centro de MediaciOn en ningUn caso puede negar o restringir Ia posibilidad de que una parte solicite un nuevo proceso de mediaciOn, con el objeto de modificar el acuerdo alcanzado en una a Ia totalidad de las materias antes abordadas, independiente del tiempo que hubiere transcurrido.

3. Estados de una Causa de Mediación

A continuaciOn se describen en resumen los estados por los cuales pasa una Causa durante todo el proceso de mediaciOn. Los estados pueden ser temporales a finales:

3.1.Estados Temporales de una Causa

3.1 .1 .Causa Ingresada

Una causa se encuentra en estado "ingresada" cuando se han registrado en SIMEF: Ia via de ingreso, los datos de las partes y las materias (estos tres datos constituyen "los datos de origen de Ia causa"), generándose ademãs Ia primera citaciOn a sesiOn de mediaciOn.

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Durante este proceso, ya sea el Asistente Administrativo/a o el propio Usuario/a, deberã efectuar el proceso de evaluaciOn socioeconOmica, para determinar si al menos uno/a de los/as usuarios/as ha calificado para mediaciOn gratuita, lo cual se registra en SIMEF.

3.1.2.Causa en Trámite

Una causa se encuentra en estado "en trámite" cuando todas las partes han asistido, at menos, a una sesiOn conjunta de mediaciOn, de to cual debe quedar registro en SIMEF. Los requisitos para cambiar a este estado son;

- Que se haya efectuado Ia evaluaciOn sacieconómica de todas las partes de Ia causa. - Que a to menos una de las partes haya calificado para gratuidad. - Que se haya registrado Ia asistencia de las partes de la causa a Ia sesiOn.

3.1.3.Causa Proceso Finalizado

Una causa se encuentra en estado "proceso finalizado" cuando, después de todas las sesiones realizadas (conjuntas, individuales a NNA), las partes -con Ia ayuda del mediador/a- han logrado obtener un acuerdo, a bien Ia mediación se ha visto frustrada, pero ya no se requieren más sesiones de mediaciOn, por Ia cual el mediador/a termina el proceso de mediaciOn, to cual se registra en SIMEF.

3.1.4.Causa en Revision de Acuerdo

Una causa se encuentra en estado "revision de acuerdo" cuando, una vez finalizado el proceso con acuerdo en una o más materias, el/la mediador/a redacta un borrador del Acta de Acuerdo para que las partes to puedan revisar, y éste aün no ha sido suscrito ni por el mediador/a ni por las partes.

En esta etapa el mediador a solicitud de los usuarios/as padra utilizar Ia apciOn "Retomar Proceso" y volver a retomar el proceso de mediaciOn Si asi Ia estiman conveniente. En este caso, a causa volverá at estado "En trãmite". De Ia contraria, se debe continuar el proceso de Acuerdo utilizando Ia opciOn "FirmarActa".

3.1.5.Causa en Acuerdo Firmado

Una causa se encuentra en estado "Acuerdo Firmado" cuando, una vez finalizado el proceso con acuerdo en una a mãs materias, ambas partes han fimiado el Acta de Acuerdo de Ia cual se deja registro en SIMEF.

3.1.6.Causa en Espera de ResoluciOn Judicial

Una causa se encuentra en estado "en espera de resoluciOn judicial", cuando el Acta de MediaciOn debidamente firmada por las partes, ha sido enviada via SIMEF al tribunal correspondiente y se espera Ia resoluciOn judicial que aprueba o rechaza el Acta de Acuerdo.

Cabe señalar que es obligaciOn del Centro de MediaciOn revisar diariamente si una vez presionada el batOn "Enviar a Tribunal se generO RIT y RUC de Ia causa, ya que es el media que permite verificar si efectivamente el acuerdo fue enviado y aceptado por Ia interconexiOn con el Sistema de Tribunales (en adelante SITFA).

3.2. Plazos de Tramitación Temporales

Respecta de los estados de tramitaciOn temparales de una causa, se debe considerar to siguiente:

Una causa no padrá estar en cualquiera de estas estados temporales por mãs de 60 dias corridos, salvo que esta causa haya sido "Prorrogada" formalmente a solicitud de las partes.

A través de las procesos de ejecuciOn de Auditorias Internas se verificará el cumplimiento de esta instrucciOn por parte de las Centros de MediaciOn.

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3. La documentaciOn de respaldo que da cuenta de que se cumpliO a cabalidad con cada una de las etapas del proceso de mediaciOn, debe ser incorporada a SIMEF a más tardar dentro de 50 dia habit siquiente de haberse recepcionado a producido Ia información.

3.3. Estados Fina'es de una Causa

Las causas pueden terminar en lo general con Acuerdo a Frustradas. Sin perjuicio de que existen otros estados finales, los cuales se indican a continuaciOn.

3.3.1.Causa Frustrada - Sin Sesión Conjunta

Una causa finalizará como "frustrada sin sesiOn conjunta" cuando el/la mediador/a ha terminado el proceso de mediaciOn, porque alguna o ambas partes no asistlO a Ia o las sesiOn/es citada/s, razOn por Ia cual no existen sesiones conjuntas, a bien porque no se ha podido continuar con el proceso, atendido que existe registro de Violencia Intrafamiliar entre las partes (en adelante VIF).

3.3.2.Causa Frustrada - Con Sesión Conjunta

Una causa finaliza como "frustrada con sesion conjunta" cuando, habiendo asistido todas las partes involucradas en el proceso al menos a una sesión conjunta, el/la mediador/a ha frustrado Ia mediaciOn poralgunas de las causales establecidas en el artIculo 111 de Ia Ley No 19.968.

3.3.3.Causa con Acuerdo Parcial

Una causa finalizará en estado 'acuerdo parcial" cuando las partes han alcanzado un acuerdo en, al menos, una de las materias tratadas, habiéndose frustrado el resto, siempre y cuando el Acta de Acuerdo haya sido aprobada por resoluciOn judicial.

En estos casos, el mediador/a debera generar al menos un Acta de Acuerdo que contenga los convenios arribados, y una Acta de MediaciOn Frustrada, que se referira a las materias que, habiendo sido tratadas, no lograron un acuerdo entre las partes.

La causa también quedará en Acuerdo Parcial, cuando habiendo enviado mãs de una materia a aprobaciOn, una a algunas de ellas no hayan sido aprobadas por el Tribunal. En este caso, respecto de las materias que no hubieren sido aprobadas por el Tribunal, se deberã generar un Acta de MediaciOn Frustrada por aquellas materias rechazadas.

Ambos resultados deberãn quedar registrados en SIMEF.

3.3.4.Causa con Acuerdo Total

Una causa finalizará en estado "acuerdo total' cuando las partes han alcanzado acuerdo en cada una de las materias abordadas, siempre y cuando el Acta de Acuerdo haya sido aprobada por una resoluciOn judicial en Ia totalidad de las materias tratadas. De lo anterior se debe dejar registro en SIMEF.

3.3.5. No Califica

Una causa se encuentra en estado "No Califica", cuando realizada Ia evaluación socioeconOmica a ambas partes, se verifica que ninguna de ellas califica para mediaciOn gratuita, conforme a los criterios de gratuidad establecidos a tales efectos. Lo anterior, se acreditará mediante Ia suscripciOn de las declaraciones luradas de cada una de las partes, las cuales se registrarán en SIMEF, junta a Ia copia de Ia cédula de identidad de ambas partes.

En los casos en que Ia causa quede en estado "No Califica", los Centros de MediaciOn no deberén emitir Certificado de MediaciOn Frustrada y deberén informar a las partes de Ia nOmina de mediadores privados que está disponible en el sitia web www.mediacionchile.cl.

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En el caso que Ia evaluaciOn socieconOmica haya sido efectuada a través del Portal Usuario, SIMEF emitirã automáticamente una declaraciOn jurada firmada con dave Unica por parte del usuario/a. Sin perjuicio de lo anterior, siempre existirã Ia posibilidad de que el usuario/a pueda ser evaluado en el Centro de MediaciOn y/o presente documentaciOn que Ie permita calificar por otros criterios distintos a la consulta automática que se realiza a través del Ministerio de Desarrollo Social (en adelante MIDESO).

3.3.6.Cierre Administrativo

Una causa podrá finalizar en estado "cierre administrativo", previo requerimiento a Ia Unidad de MediaciOn a través de Ia Plataforma de Soporte, y solo cuando se presente alguna situaciOn particular que implique que Ia causa no pueda ser tramitada en el Centro de MediaciOn y 01 Ia tanto no podrá arribar a los cierres normales señalados precedentemente.

Serán entre otras, causales de solicitud de cierre administrativo:

El hecho de que una causa se rechace de conformidad al articulo 107 de Ia Ley No 19.968. Cuando por causal legal sea imposible continuar con el proceso de mediaciOn, por ejemplo cuando el alimentario no se encuentre legalmente reconocido a bien cuando una de las partes se encuentra fallecida. Cuando Ia causa se encuentre en tramitaciOn en otro Centro de MediaciOn y las partes hayan desistido de mediar en el Centro dejando constancia escrita de ella. Cuando una causa por error de sistema, haya sido derivada en más de una oportunidad aI Centro de MediaciOn. Otras causales a definir evaluadas por el area de soporte de la Unidad de MediaciOn.

3.3.7.Causas Desistidas

Se entenderá que una Causa ha sido "desistida", cuando Ia parte solicitante en forma unilateral ya sea a través del Portal Usuarlo o en el Centro de MediaciOn ha manifestado su voluntad de no proseguir con el proceso de mediaciOn, lo anterior, siempre ciue aUn no se haya notificado a Ia parte salicitada de lo cual quedara registro en SIMEF.

En caso que ya se haya notificado a Ia parte solicitada, ambas partes podran manifestar su intenciOn de no perseverar en el proceso de Ia forma señalada precedentemente, siempre y cuando, no se hava efectuado a Ia fecha una sesiOn coniunta, en cuyo caso solo procede Ia FrustraciOn de Ia Causa.

Cuando Ia solicitud se realiza en el Centro de MediaciOn, Ia o las partes, deberán firmar el Formulario de Desistimiento el cual debe ser subido en Ia pestana "Dacumentos" por parte del Centro de MediaciOn, junta a los documentos de identidad respectivos.

4. Procedimiento de Ingreso de Causas

El procedimiento de Ingreso de Causas tiene 4 etapas principales:

.. .. 3. Derivación o 4. Agendamiento de 2. Verificacuon de . 1. Sohcitud de . . Ingreso Espontaneo 1 sesion de

susceptibilidad de i01 mediacion " de causa a centro • mediacton y citacuon meduacion

de mediacuon. a las partes

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41.Etapa 1: Solicitud de Mediación

Para solicitar un proceso de mediaciOn, el/la usuario/a debe efectuar un "ingreso" de su solicitud, a través de cualquiera de las vias de ingreso actualmente establecidas, tales coma:

Ingreso Espontaneo en un Centro de MediaciOn. Ingreso Web. Ingreso a través de Corporacion de Asistencia Judicial (CAJ). Ingreso a través de Tribunales de Familia a Juzgados de Letras con competencia en Asuntos de Familia.

Cabe hacer presente que Si bien Ia Solicitud de Mediación es de carácter personal, a objeto de facilitar Ia tramitaciOn de Ia misma, un tercero podrá requerir una hora de mediaciOn de forma presencial debiendo acudir con un Poder Simple firmado por el/la Solicitante y copia de su cédula de identidad. Estos documentos deberán escanearse y subirse a SIMEF junta al Formulario de Ingreso Espontanea respectivo. Se hace presente que Ia solicitud par mandato es para el sOlo efecta de solicitar el servicio de mediaciOn.

4.2.Etapa 2: Verificación de Susceptibilidad de Mediación

En todos los casas, a excepciOn de los ingresos via Web que efectüan los propios usuarios/as, se verificarä si la(s) materia(s) par la(s) cual(es) solicita el servicio el/la usuario/a, es (son) susceptible(s) de ser mediada(s). Esta tarea Ia realiza el personal de Ia lnstituciOn que recibe par primera vez al usuaria interesado, es decir:

Funcionarios de Tribunales, CAJ u otras instituciones. Asistente Administrativo del Centro de MediaciOn.

Seguidamente se debe solicitar las datos que a continuaciOn se indican, respecta de todas las personas que conformen Ia "parte solicitante" y de tadas aquellas que sean Ia "parte solicitada", para Ia a las materias par las cuales el/la usuario/a está siendo derivado/a a está solicitando el servicio de mediaciOn familiar. Los datos a requerir son:

Nombre completo de ambas partes. N° de cédula de identidad a Pasaporte de ambas partes. Domicilia particular de ambas partes. Te!éfono/s de ambas partes. Correa electrOnico de ambas partes.

En ningün casa el Centro de MediaciOn podrã negar Ia prestaciOn del servicio a las usuarios que no cuenten con los datos de identificaciOn y/o localizaciOn de Ia parte "Solicitada", asi, en caso que Ia persona no posea alguno de estos datos, éstas podrán ser solicitadas pasteriarmente par el Centro de MediaciOn, al momenta de realizar el pracedimienta de citaciOn a de evaluaciOn socioecanOmica a inclusa antes del ingreso a Ia SesiOn de MediaciOn.

Cada vez que ingrese una causa, independiente de su via de ingreso, el personal respansable del centro de mediaciOn deberá verificar silas partes mantienen causas de violencia intrafamiliar (VIE) vigentes a en tramitaciOn en algUn tribunal.

De existir causas de VIE vigentes, el personal responsable del Centro de MediaciOn deberá dejar registro en SIMEF de dicha circunstancia, y se frustrará Ia causa par canvicciOn del mediador/a, par aplicaciOn del Art. 106, inciso final, de Ia Ley NO 19.968, esto es, que las partes actualmente mantienen una causa de violencia intrafamiliar vigente a han realizado una denuncia par esta materia (Ia que impide el inicia y desarrollo del pracesa de mediaciOn), debienda camunicar esta situaciOn a ambas partes y al tribunal a Consultario Juridico que hubiere derivado Ia causa correspondiente.

Para poder Frustrar par esta causa, se deberâ contar con los documentos de respaldo respectivos, los cuãles siempre deberán ser registradas en SIMEF.

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En caso de existir medidas de proteccion a favor de alguna de las partes, el Centro de MediaciOn deberá cuidar de eliminar los datos de contacto de ambas partes del Acta de MediaciOn Frustrada o cualquier otro documento que les sea entregado a éstas. En general este proceso será efectuado en forma automática por SIMEF si en Ia causa se seleccionO Ia opciOn "VIF.

43. Etapa 3: Derivación o Ingreso de causa a Centro de Mediación

4.3.1.Derivaci6n automática a través de SIMEF (Tribunal, CAJ, WEB)

A los usuarioslas que sean derivados desde el Sistema Informático de Tribunales de Familia (SITFA) o del Sistema informático de Ia CorporaciOn de Asistencia Judicial de Ia RegiOn Metropolitana (SAJ), 0 bien Via Web, automáticamente se les designarä un Centro de MediaciOn familiar contratado en el territorio jurisdiccional que les corresponda, asignändoles una fecha y hora para Ia primera sesiOn de mediaciOn en base a Ia disponibilidad horaria que tengan los/las mediadores/as vigentes del Centro de MediaciOn.

En este caso, será responsabilidad del Centro efectuar las notificaciones que corresponda a las partes de a causa.

4.3.2.Ingreso Espontáneo

En los casos de Ingreso Espontáneo, esto es, cuando el usuario/a se dirige a un Centro de MediaciOn a solicitar directamente el servicio, el/la Asistente Administrativo/a, deberã registrar en SIMEF la informaciOn de las partes (datos personales, direcciones y datos de contacto), via de ingreso (Espontänea"), fecha de ingreso y las materias solicitadas por Ia parte para someter a mediaciOn, marcando por cada materia guien es el solicitante y solicitado. Posteriormente, el/la Asistente Administrativo/a deberã agendar en SIMEF Ia ia sesiOn conjunta de mediaciOn.

Asimismo, deberá generar el Formulario de Ingreso Espontaneo, el cual deberá ser descargado de SIMEF, completado y firmado por el/la solicitante. Este documento debera ser subido en Ia pestana "Documentos" de SIMEF.

Cumplida esta etapa, el centro de mediaciOn deberá incorporar en SIMEF Ia informaciOn y documentaciOn de respaldo hasta aqul obtenida o generada, pasando Ia causa al estado de "ingresada".

Cabe hacer presente que Si bien Ia Solicitud de MediaciOn es de carácter personal, a objeto de facilitar Ia tramitaciOn de a misma, y sOlo para efectos de solicitar el servicio, un tercero podrã requerir una hora de mediaciOn de forma presencial debiendo acudir con un Poder Simple firmado por el/la Solicitante y copia de su cédula de identidad. Estos documentos deberán escanearse y subirse a Simefjunto al Formulario de Ingreso Espontaneo respectivo.

4.3.3.Casos Especiales de Ingreso de Causas

4.3.3.1. Causas con VIF

Al momento de realizar el registro en SIMEF, el/la Asistente Administrativo/a deberá verificar si en Ia ficha de derivaciOn consta que las partes mantienen causas de violencia intrafamiliar (VIF) vigentes o en tramitaciOn en algUn tribunal.

De existir causas de VIF vigentes, una vez recibida la derivaciOn o al momento de registrar el ingreso espontäneo, el personal responsable del Centro de MediaciOn deberá dejar registro en SIMEF de dicha circunstancia, y se frustrarã Ia causa por convicciOn del mediador/a, por aplicacion del Art. 106, inciso final, de Ia Ley NO 19.968, debiendo comunicar esta situaciOn a ambas partes y al tribunal o Consultorio Juridico que hubiere derivado Ia causa correspondiente.

Para poder Frustrar por esta causa, se deberá contar con los documentos de respaldo respectivos, los cuáles son registrados en SIMEF.

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En caso de existir medidas de protecciOn a favor de alguna de las partes, el Centro de mediaciOn deberã cuidar de eliminar los datos de contacto de ambas partes del Acta de MediaciOn Frustrada o cualquier otro documento que les sea entregado a éstas. En general este proceso serä efectuado en forma automãtica por SIMEF si en Ia causa se seleccionO Ia opciOn "VI F".

4.3.3.2. Causas con doble ingreso en SIMEF

En caso que se trate de un proceso de mediación en el que previamente hayan participado las mismas partes en otro Centro de MediaciOn y dicha causa se encuentre pendiente de tramitaciOn en SIMEF, el Sistema arrojarã un mensale de advertencia y el/la Asistente Administrativo/a deberá contactarse con las partes y con el otro Centro de Mediación para coordinar en qué centro continuarä el proceso de mediaciôn, considerando siempre para ello Ia decisiOn del usuario/a. En ningUn caso el Centro de MediaciOn en forma unilateral podrá negar Ia prestacion del serviclo.

Si es que la causa continua su tramitaciOn en el otro Centro de MediaciOn, entonces el/la Asistente Administrativo/a deberá solicitar a la Unidad de MediaciOn el cierre administrativo de Ia causa, mediante Ia plataforma de soporte.

4.3.3.3. Rechazo de Causas Derivadas

El Contratado persona natural y ünico mediador de su nOmina, sOlo podrã rechazar una causa de mediación derivada por el Tribunal de Familia o el Consultorio Juridico correspondiente, comunicando tal decisiOn via correo electrOnico (al correo que disponga para estos efectos el ente derivador), dentro del plazo de 2 dias hãbiles, adjuntando Ia notificaciOn respectiva, Unicamente en los casos que concurra alguna de las causales senaladas en el articulo 107 inciso tercero de Ia Ley No 19.968. En estos casos, el/la asistente administrativo/a deberá solicitar a Ia Unidad de MediaciOn el cierre administrativo de Ia causa, mediante Ia plataforma de soporte.

4.3.3.4. Ingreso Manual de Causas

En caso de que por alguna razOn SIMEF no se encuentre operativo, el/la asistente administrativo/a deberä ocuparel Formulario de Ingreso Espontáneo Manual, disponible en el sitio www.mediacionchile.cI, indicando Ia fecha en que fue solicitada Ia mediaciOn, el cual deberá ser firmado por Ia parte solicitante. El ingreso de Ia causa al Sistema en este caso se podra realizar a más tardar al dia hábil siquiente a que el Sistema vuelva a estar operativo o disponible.

La Unidad de MediaciOn contarã con un "Registro de Indisponibilidad de SIMEF" a objeto de mantener un registro fidedigno de las fechas y horarios de indisponibilidad de los sistemas. Este Certificado se encontrará disponible a través del Sitio Web www.mediacionchile.cl para ser consultado por los Centros de MediaciOn o los usuarios/as.

4.3.3.5. Solicitante o Solicitado Menor de Edad

Si Ia derivaciOn incluye entre las partes a una persona menor de edad, el Centro de MediaciOn deberä eliminarlo como parte y consignarlo como "beneficiario", junto con citar al representante legal de este menor de edad.

4.4. Etapa 4: Agendamiento Primera Sesión de Mediación y Citación a las Partes

Salvo en los casos de derivaciOn via Tribunal. CAJ o Web donde se agenda automáticamente Ia fecha y hora para Ia primera sesiOn de mediaciOn, el/la Asistente Administrativo/a deberá agendar Ia primera sesiOn de Ia causa que haya ingresado via "Ingreso Espontãneo", debiendo asignarle mediador/a, fecha y hora. Para Io anterior, deberã asignar Ia hora més prOxima disponible segun Ia agenda del mediador/a y considerando Ia disponibilidad de las partes.

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Habiéndose generado una primera sesiOn a mediacion, y mientras ésta no se hubiere realizado, en ningUn caso se podra agendar una segunda sesiOn posterior yio una sesiOn de firma.

Independiente de Ia via de ingreso, el/la Asistente Administrativo/a deberá comunicarse siempre con el/la solicitante para confirmar su asistencia a Ia primera sesiOn, y con el solicitado/a para notificarle acerca del iniclo del proceso y confirmar su asistencia a Ia primera sesión. De ambas comunicaciones deberã dejar registro obligatorio en el mOdulo "Notificaciones", disponible en SIMEF.

En caso que una de las partes no pueda asistir a Ia sesiOn agendada inicialmente, el/la Asistente Administrativo/a deberá asignar una nueva hora de mediación y notificar a ambas partes del reagendamiento efectuado, dejando registro de lo anterior en SIMEF. En ningun caso, salvo razones de fuerza mayor, el Centro podra reagendar una sesiOn de mediaciôn en forma unilateral.

La confirmaciOn de Ia asistencia y Ia citaciOn a Ia primera sesiOn de mediaciOn podrá realizarse de manera presencial, por correo electrónico, carta, teléfono o cualquier otro medio que permita dejar registro en SIMEF, de acuerdo a las opciones indicadas en Ia pestana de "notificaciones". En todo caso, el Centro de MediaciOn nunca podrá efectuar notificaciones a través de Redes Sociales. En todos los casos, el personal del Centro de MediaciOn deberá identificarse en el proceso de notificaciOn.

Es responsabilidad del Centro de MediaciOn Ia gestion de todas las notificaciones a cada una de las partes en forma separada. En ningün caso el personal del Centro de MediaciOn podra encargar al solicitante o al solicitado Ia notificaciOn de las citaciones a sesiOn a Ia otra parte en el proceso de med iaciOn.

Asimismo, en el momento de Ia citaciOn a Ia primera sesiOn, el/la Asistente Administrativo/a deberá nuevamente indagar Ia existencia de alguna causa de VIF entre las partes, y si alguna de ellas cumple con alguno de los indicadores a criterios de calificaciôn socloeconOmica, indicándoles a las partes Ia docurnentaciOn que deberán presentar para certificar su calificaciOn socloeconOmica. El Centro de MediaciOn tendrá Ia opciOn de consultar previo a Ia primera sesiOn si una de las partes califica socioeconOmicamente para mediaciOn gratuita utilizando Ia opciOn disponible en SIMEF. La misma opcion tendrãn los usuarios solicitantes de una causa desde el portal usuarlo.

4.4.1 .Casos Especiales

4.4.1.1. Reagendamiento de Sesiones

Es importante hacer presente que el Centro de Mediación no podra modificar unilateralmente a fecha u hora de mediación que se Ie hubiera asignado a un usuario mediante el ingreso a través de derivaciOn de Tribunales, CAJ a Web. Lo anterior, salvo que sea el propio solicitante quien requiera un reagendamiento de Ia misma, y se deba reagendar de mutuo acuerdo por imposibilidad de asistencia de Ia parte solicitada o haya ocurrido algun problema especial en el Centro de MediaciOn que impida Ilevar a cabo Ia sesiOn en Ia fecha agendada.

Si, por alguna razOn justificada, el Centro de MediaciOn quisiera adelantar a aplazar una sesión de mediaciOn fijada, el/la Asistente Administrativo/a deberá reagendar Ia sesiOn, previa comunicación a las partes a través de SIMEF, y efectuar Ia respectiva citaciOn nuevamente tanto a Ia parte solicitante como a Ia solicitada para Ia nueva fecha, y siempre velando por Ia conveniencia de ambas partes, asegurändose de otorgarle a las partes un plazo prudente y ütil entre Ia notificaciOn y Ia nueva fecha de sesión atendidas sus particulares condiciones, si las conociere, procurando en todo momento Ia asistencia de estas a Ia nueva sesiôn fijada y Ia correcta realizaciOn del proceso de mediaciOn.

Tanto Ia nueva fecha reagendada, como las citaciones realizadas a las partes, deben ser registradas en SIMEF, considerando que se deben respetar los plazos de duraciOn del proceso de mediaciOn establecidos por Ia ley, esto es, sesenta dias (60) corridos contados desde que se deriva Ia causa a! Centro de Mediación o desde Ia fecha de ingreso espontáneo en el mismo centro de mediaciOn.

Si, por el contrario, Ia causa no tiene registrada fecha y hora de primera sesiOn, el/la Asistente Administrativo/a igualmente deberã considerar el plazo indicado y citar a las partes para una fecha y hora bajo las mismas condiciones señaladas en el pérrafo anterior.

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4.4.1.2. Inasistencia a Sesiones de Mediación

En caso que ninguna de las partes asista a Ia primera sesiOn y no hubieren justificado su inasistencia, el/la Asistente Administrativota deberá generar una nueva fecha de sesiôn en SIMEF, indicando las partes que no asistieron, y citãndolas por segunda vez (en caso que corresponda segUn las materias que se estén mediando).

Par el cantraria, Si Ia inasistencia es justificada por alguna de las partes, el/la Asistente Administrativo/a deberá siempre reagendar Ia sesiOn conforme a las horas disponibles que Ie muestre Ia agenda del mediador/a, debiendo volver a citar a las partes.

Sin perjuicio de Ia anterior, en aquellos casos que versen en todo a parte sobre el derecho de alimentos, bastará la inasistencia injustificada del solicitado a Ia primera sesión para frustrar Ia causa, sin necesidad de agendar una nueva fecha para primera sesiOn. No obstante lo anterior, Ia ponderacion a evaluaciOn sobre Si Ia razón invocada por un solicitado para justificar su inasistencia, es atendible a no, serä siempre respansabilidad del mediador/a que esté a cargo de Ia causa.

4.4.1.3. Prórroga de Causas

Cuando por algün mativo una a ambas partes de Ia Causa tuvieran dificultades para asistir a las sesianes de mediacianes, y ella diera lugar a que el proceso tome un tiempo mayor al que Ia ley establece para Ia traniitaciOn de Ia misma (60 dlas corridos), can el consentimienta de ambas partes se podra 'Prorrogar" Ia Causa hasta por 60 dlas corridos adicionales.

La anterior padra efectuarse a través del Portal Usuaria can SU dave ünica o bien firmanda ambas partes el Formulario de Prorroga el cual deberä ser subido por el Centra de MediaciOn a Ia pestaña "Dacumentos" de SIMEF adjunto a los dacumentos de identidad de las partes.

La prOrraga podrä efectuarse hasta que Ia causa tenga un plaza de tramitación igual a menor a 60 dlas carridos, es decir, no podra efectuarse Ia prOrroga una vez vencido el plaza legal de tramitaciOn de Ia causa.

En caso que Ia causa que se requiere prorrogar haya sido derivada desde el Tribunal de Familia, el mediador deberá informar al Tribunal y salicitar Ia autorizaciOn de la prOrroga respectiva.

4.5. Evaluación Socioeconómica

La evaluaciOn socioeconOmica corresponde al proceso que efectUa ya sea el Asistente Administrativo a el prapia Usuaria Salicitante, y tiene coma abjetivo determinar si el usuario/a tiene derecha a Ia prestaciOn gratuita del serviclo, Ia anterior de acuerdo a lo establecido en el articulo 114 de la ley No 19.968 y a los Criterios adicianales de gratuidad establecidos a traves de Decreto vigente emitida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

4.5.1.Evaluaci6n Socioeconómica en el Centro de Mediación

Una vez citadas las partes para asistir a un proceso de mediaciOn familiar, el centra tendrá coma maxima hasta Ia fecha de Ia primera sesiOn de mediaciOn para realizar Ia evaluaciOn sociaecanOmica de ambas partes.

El/Ia Asistente Administrativo deberä tratar con absoluta confidencialidad Ia informaciOn aportada por los usuarias/as en esta instancia, debienda velar por realizar Ia evaluaciOn en condiciones de privacidad.

De conformidad a Ia dispuesto en el articulo precitada en el punta 4.5, Ia evaluaciOn saciaecanOmica, al menos, deberé contener Ia información relativa al nivel de inpresos, capacidad de papa y el nUmera de persanas integrantes del grupo familiar que del usuaria/a dependant. Esta información debe ser registrada en SIMEF en la secciOn "EvaluaciOn SociaeconOmica" de Ia pestana

En caso que el usuario sea el Unico integrante del grupo familiar, se debe registrar "1" en SIMEF.

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Datos Generales" y posteriormente subida Ia documentaciOn de respaldo en la pestaña "Documentos". 2

El proceso de mediaciOn continuarã su tramitación gratuita, en Ia medida que a lo menos una de las partes evaluadas califique. Para el caso en que una de las partes asista y esta no califique socioeconOmicamente para Ia gratuidad del servicio, se debe esperar a evaluar a Ia otra parte involucrada.

En caso de que Ia otra parte no asista reiterada e injustificadamente al proceso de mediaciOn, segUn el procedimiento de frustraciOn se deberá entregar a Ia parte que si concurriO el Certificado de Mediación Frustrada, el cual se emite en forma automätica desde SIMEF. Sin perjuicio de lo anterior, si la parte Solicitada asiste posteriormente a requerir el Acta de Mediación, debe ser entregada de igual forma.

Para el caso que ninguno de los/as usuarios/as califique socioeconOmicamente para Ia gratuidad del servicio de mediaciOn familiar, el/la Asistente Administrativo/a deberá informar a los usuarios lo anterior y gestionar Ia firma de Ia Declaracián Jurada de no calificaciOn, a Ia cual se deberán adjuntar los documentos de identificaciôn de las partes.

De igual forma les deberá informar del listado de los centros de mediaciOn privados que pueden desarrollar el proceso, información que se encuentra disponible en el sitio www. mediacionchile.cl.

En estos casos, el Centro de MediaciOn, deberá ademãs comunicar al tribunal o CAJ por escrito esta circunstancia en caso que Ia causa haya sido derivada desde estas instituciones, dando cuenta de Ia razOn que imposibilita prestar el servicio de mediaciOn de manera gratuita a los usuarios, con lo cual Ia causa quedará en SIMEF con estado "No Califica".

El Certificado de MediaciOn Frustrada no serä entregado, en caso que ambas partes no hayan calificado para el servicio gratuito y hayan firrnado Ia declaraciOn jurada correspondiente.

Por ültimo se debe tener presente, que tiabiendo sido calificadas las partes de Ia causa, ya sea que el usuario califique o no, se deben emitir las Declaraciones Juradas, las cuáles deben ser firmadas por las partes y deben subirse en Ia pestana "Documentos" de SIMEF. Salvo que alguno de los usuarios ya cuente con calificaciOn socioeconOmica en el sistema, Ia cual permanecerá vigente por seis (6) meses desde su generaciOn. Lo anterior es sin perjuicio de Ia posibilidad de reevatuar al usuario en caso de ser necesario mientras Ia causa se encuentre en el estado "ingresada".

Adicionalmente, los usuarios que no hayan Calificado automáticamente a mediación gratuita a través de Ia consulta de "RSH" (Registro Social de Hogares del Ministerio de Desarrollo Social), pero que 51 hayan catificado a través de cualquier otro de los criterios de gratuidad definidos en Ia respectiva DectaraciOn Jurada, el Centro de Mediacián deberá subir al Sistema el documento de respatdo que acredite dicha calificaciOn.

El Sistema no requerira los documentos antes señalados a las partes que habiendo sido evaluadas, no asistan posteriormente a Ia sesiOn de mediaciOn, siempre que se haya registrado Ia "no Asistencia" en SIMEF.

4.5.2. Evaluación Socioeconómica via Portal Usuario

A través del Portal Usuario al cual se accede a traves de Clave Unica, tanto Ia parte Solicitante como Ia Solicitada de Ia Causa también podrá en forma autónoma efectuar su evaluaciOn socioeconOmica, para lo cual deberán comptetar el formutario con Ia informaciOn solicitada. El resuttado de este proceso quedara registrado en SIMEF.

2 La documentaciOn a subir dependera del medlo a través del cual calificó el usuario, ya sea en forma automática o a través de criterios adicionales.

Los Criterios de Gratuidad y su forma de acreditaciOn están definidos en el respectivo Decreto que Fija Clasificación Socieconómica y Factores Adicionales para Ia Gratuidad de los Servicios de MediaciOn Familiar Previa que se encuentra disponible para consulta en el sitio Web de MediaciOn Familiar https://www.mediacionchile.cl/media/2018/09/DTOGRATUIDAD 1 436EXENTO.idt.

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En caso que el usuario/a at efectuar su evaluaciOn "Califique" SIMEF generará automáticamente una DeclaraciOn Jurada que señale que es firmada a través de Clave Unica, por lo cual, cuando el usuario/a asista a un Centro de MediaciOn no se requiere que firme presencialmente Ia declaraciOn.

En caso que el usuaria al efectuar su evaluacián "No Califique", se desplegara un mensaje a! Usuario señalándole que cuando asista at Centro de Mediaciôn podra efectuar una nueva evaluaciOn donde se apliquen los otros criterios de gratuidad establecidos. Lo anterior, dado que Ia evaluaciOn que se efectUa a través del Portal Usuario solo considera el resultado de Ia consulta efectuada via interconexiOn con MIDESO.

4.5.3.Vigencia y Reevaluación Socieconómica

La evaluaciôn socieconOmica que se realice a las partes de una Causa, ya sea en el propio Centro o a través del Portal Usuario tendrá una vigencia de 6 meses, por Ia cual no serä necesario volver a efectuar esta evaluaciOn durante el periodo señalado (esta informaciOn Ia entrega SIMEF).

Sin perjuicio de Ia anterior, existirã Ia posibilidad de poder reevaluar a un Usuario/a en caso que por ejemplo inicialmente no haya calificado y posteriormente haya presentado documentaciOn que permita acreditar que sI Califica por alguno de los criterios establecidos. Lo anterior siempre desde el estado "Ingresada" de Ia causa.

5. Procedimiento de Tramitación de Causas

El Procedimiento de TramitaciOn de Causas tiene 4 etapas principales, que dependeran de si Ia o las partes participan o no del proceso y del resultado del mismo:

1. Frustración 12. Desarrollo deli I 1'

I

sin sesiOn I proceso de I I 3. Finalización I 4. Tribunal dicta

[ conjunta. mediaciOn P del proceso de I

(piamente tat I mediaciOn judicial y finaliza Ia causa

5.1. Etapa 1: Frustración de Ia Causa sin Sesión Conjunta

En caso que, una a ambas partes, no asistan a Ia sesiOn de mediaciOn citada, el Centro de MediaciOn deberä considerar las siguientes reglas para frustrar Ia causa:

Para el caso de las causas de alimentos, el articulo 109, inciso segundo, de Ia Ley N° 19.966 señala que: "Si el requerido, citado por una so!a vez, no acude a Ia primera sesiOn de mediaciOn y no justifica su ausencia, el require nte quedara habilitado para iniciar el procedimiento judicial'.

Respecto de las demás materias de mediaciOn previa, segUn Ia señalado en el articulo 111 inciso cuarto, de Ia Ley N° 19.968: "Se entendera que ía mediaciOn se frustra si alguno de los participantes, citado por dos veces, no concurriere a Ia sesiOn inicial, nijustificare causas

En todos los casos, se deberá tener presente que, de acuerdo a los principios de Ia mediaciOn consagrados en el articulo 105, de Ia Ley No 19.968, se puede frustrar Ia causa por convicción del mediador/a, particularmente por voluntad de no continuar en el proceso, manifestada expresamente por Ia parte solicitante o Ia solicitada, debiendo firmar el Certificado de MediaciOn Frustrada por el usuario/a que corresponda.

Si se frustrare Ia causa sin haber efectuado a Ia menos una sesiOn conjunta, el Centro de MediaciOn deberá emitir inmediatamente el Certificado de MediaciOn Frustrada a través de SIMEF, el cual deberá ser firmado a to menos por el mediador/a, y por Ia a las partes de Ia causa si fuera posible.

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En caso de que Pa causa haya sido derivada desde el tribunal, dicho certificado deberá ser remitido a Ia lnstituciôn correspondiente, para cerrar Ia causa, dentro de los 5 dlas hábiles siguientes a Ia fecha de frustraciOn, entregándose este documento en todos los casos a cualquiera de las partes que lo solicite, sea que califique socioeconOmicamente o no, canforme los estándares definidos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.4

5.2. Etapa 2: Desarrollo de las Sesiones de Mediación

En caso que concurran ambas partes y, habiendo sido evaluadas todas las partes, y al menos una haya calificado socioeconOmicamente a gratuidad, el/la Asistente Administrativo deberá registrar en SIMEF Ia asistencia a Ia primera sesiOn de mediaciOn, y generarã en el Sistema el documento de "Consentimiento Informado", que se le entregara al mediador/a antes de iniciar Ia sesiOn. Dicho consentimiento deberä ser firmado por las partes después del discurso inicial del mediador/a, indicando Si desean continuar en el proceso 0 Si deciden no continuar. Este documento debe ser subido a SIMEF en Ia pestana "Documentos'.

Se debe tener presente que Ia primera sesiôn comenzará con Ia informaciOn a las participantes acerca de Pa naturaleza y objetivos de Ia mediaciOn, los principios que Ia informan y el valor juridico de los acuerdos a que pueden Ilegar.

El/la mediador/a, en Pa primera sesión de mediaciOn deberá informar a las partes sobre Ia posibilidad de solicitar alimentos provisorios, en conformidad al articulo 109, de Ia Ley No 19.968, debiendo tener presente Ia instruido en el "Informe de Mediación y Alimentos Provisorios", emitido por Ia Unidad de MediaciOn de Ia Subsecretarla de Justicia, el cual se encuentra disponible para consulta en el sitio web www.mediacionchile.cI.

Se deberä incarporar en el discurso inicial del mediador/a/a, Ia situaciOn de Ia imposibilidad de mediar cuando exista registro previa de VIF.

Durante todo el proceso de mediaciOn, el/Ia mediador/a tendrá Ia responsabilidad profesional de velar por el cumplimiento de los principios de Ia mediación contenidos en el articulo 105, de Ia Ley N° 19.968, entre los que se encuentra el principio de igualdad de condiciones, el cual se veria afectado por Ia existencia de VIF entre las partes, para 10 que se sugiere Ia siguiente:

Instancias de supervisiones externas a de pares. Sesiones individuales para indagar Pa real existencia de conflictos de VIF. Trabajar en co-mediaciOn en todo el proceso de mediaciOn, con mediadores/as que formen parte de Ia nOmina del centro cantratado.

El proceso de mediaciOn prapiamente tal, se podia desarrollar tanto en sesiones conjuntas coma individuales 0 entrevistas con NNA, hasta por 60 dias corridos y prorrogables por el mismo perlodo (de comUn acuerdo entre las partes), contados desde Ia derivaciOn por parte del tribunal. CAJ a Web, asi coma también a través de ingresa espantáneo.

El/Ia mediador/a deberá registrar en SIMEF todas las sesiones de mediaciOn que efectivamente se realicen durante este perlodo (a partir de Ia segunda sesiOn), debiendo adjuntar el documento "Acta de SesiOn Conjunta" suscrito tanto por las partes coma por el mediador/a, por cada sesiOn conjunta realizada en Ia causa. Asimismo, deberé registrar todas las materias que se incorporen en cada sesiOn.

Es importante tener presente que Ia informaciOn sabre las sesiones canjuntas que sean incorporadas en SIMEF, debe ser consistente con Pa informaciOn contenida en las mismas actas de sesiôn canjunta, toda vez que los documentas tienen fecha y hora de emisiOn.

No se generará el documento Acta de SesiOn para el caso de las Sesiones de Firma, Sesiones Individuales a Entrevistas con NNA, sin perjuicio de que el Asistente Administrativo deberá dejar registro de las mismas, tanto en Ia Agenda del mediador/as responsable, como en Ia parte de Ia Asistencia a estas citacianes, no siendo necesaria su documentación posterior en SIMEF.

En el caso que ninguno de los usuarios califique socioeconOmicamente, la causa quedarã en estado "No califlca, por no ser procedente Ia prestaciOn del servicio de mediaciOn familiar en forrna gratuita, no correspondiendo Ia emisiOn de un Certificado de MediaciOn Frustrada.

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5.3. Etapa 3: Finalización de Sesiones de Mediación

Una vez desarrollado el proceso de mediaciOn, es decir, una vez realizadas todas las sesiones requeridas para abordar el conflicto en su totalidad, se deberá registrar en SIMEF que el proceso ha finalizado quedando en dicho estado Ia causa. Además, se deberá distinguir si Ia mediaciOn terminO en base a las siguientes opciones:

5.3.1. Frustrada con Sesión Conjunta

Una vez desarroflado el proceso de mediaciOn y habiendo efectuado a Ia menos una sesiOn conjunta, Ia causa se frustrarä con sesiOn conjunta en los siguientes casos:

Habiendo concurrido ambas partes, al menos una de ellas manifiesta su vol untad de no perseverar en Ia mediaciOn, a Habiendo concurrido ambas partes, el/la mediador/a adquiere Ia convicción de que no se alcanzaria acuerdo entre las partes.

En ambas casos, el/la mediador/a deberã registrar en SIMEF el "no acuerdo" a "falta de acuerdo" en las materias ingresadas que correspandan. Lo anterior en Ia pestaña "Resultado Proceso" de SIMEF.

Seguidamente el/la mediador/a deberá generar el documento denominado "Certificado de Mediación Frustrada" en SIMEF, que deberá ser entregado a las partes, para que el usuario/a pueda iniciar el procedimienta judicial, el que deberá ser suscrito en todos los casos por el mediador/a respansable de ese proceso y en la medida de Ia pasible, por el resto de los participantes.

De igual farma, el/la Asistente Administrativo deberá remitir copia de este "Certificado de Mediación Frustrada" al tribunal que haya derivado Ia causa cuando corresponda para que tame conocimiento del resultado de la derivación realizada en un plaza maxima de 5 dias hábiles contados desde ía fecha de término de Ia mediaciOn.

Es obligacion del Centro de MediaciOn entregar de manera gratuita copias del "Certificado de MediaciOn Frustrada" las veces que ésta sea requerida por los usuarios/as y sin costa alguno para ellos.

Se hace presente que no existe una "Vigencia" definida para el Certificado de MediaciOn Frustrada por cuanto Ia duraciOn del mismo esta condicionada a los distintos criterios que utilicen los Tribunales de Familia a Ia CorporaciOn de Asistencia Judicial al revisar Ia admisibilidad de ía documentaciOn presentada.

5.3.2. Con Acuerdo Total

En el supuesto en que el/la mediador/a en conjunta con los participantes arriben a acuerdo en una a mãs materias de ía causa en los términos establecidos en el articulo 111 de la Ley No 19.968, el/la mediador/a dejará registro de ella en SIMEF. Seguidamente, se redactará el "Acta de Acuerdo de Mediación", el cual deberä ser revisado personalmente por las partes, para ser firmado posteriarmente. En esta etapa Ia causa quedara en el estado temporal "Revision del Acuerdo".

En caso que corresponda (solo respecto de causas en que se arribe a acuerdo), se fijará una sesiOn de firma del acuerdo en Ia cual el/la mediador/a les proporcionara a las partes el Acta de Acuerdo para que estas Ia firmen. En este caso si ambas partes cancurren a esta sesiOn de firma, el/la mediador/a deberä registrar en SIMEF su asistencia.

El "Acta de Acuerdo de MediaciOn", deberã ser firmada por todas las partes involucradas en cada una de sus haias con el objeto de velar por Ia integridad de las convenios alcanzados. El Acta de Acuerdo de MediaciOn debidamente firmada deberã escanearse y adjuntarse a SIMEF por el/la Asistente Administrativa, adjuntando a Ia capia de los documentos de identificación de las partes (Cédula de ldentidad Pasaparte), en el mismo archivo, junta a atra documentaciOn que se considere relevante para Ia revisiOn del Tribunal.

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El/la mediador/a deberã enviar via SIMEF el Acta de Acuerdo de MediaciOn al Tribunal correspondiente en un plazo mãximo de 2 dias hábiles contados desde Ia firma de las partes, pasando Ia causa al estado temporal "En espera de resoluciôn judicial".

En el caso de las Causas que hayan sido previamente derivadas desde el Tribunal y que previamente ya cuenten con RIT y RUC, estas Actas de Acuerdo deben remitirse a traves de Ia Oficina Judicial Virtual (OJV), y presionar el botOn "Enviar a Tribunal" para que una vez resueltas, el Centro de MediaciOn pueda registrar Ia resoluciOn del Tribunal.

Para las causas que versen sobre materias que no puedan ser enviadas a través de SIMEF (ejemplo: Alimentos otros), y que por ende hayan sido enviadas al Tribunal a través de Ia Oficina Judicial Virtual o a través de correo electrónico u otro medio, la fecha de término para el conteo de plazos, será la fecha en que en el Sistema se haya presionado el botOn "Envlo a Tribunal" y en consecuencia la causa haya quedado en estado "En Espera de ResoluciOn Judicial", lo cual debe efectuarse solo una vez que se haya normalizado y registrado en el Sistema el RIT y RUC correspondiente por parte del area de Soporte de Ia UMED, a efectos de que no exista un doble envio al Tribunal.

El registro del RIT y RUC para estos casos deberá solicitarse a Ia Unidad de MediaciOn a través del Sistema de Ticket señalando el NUC de la causa y el RIT y RUC respectivo. Una vez efectuada esta acciOn, se le notificará al Centro para que pueda dar cierre a Ia causa en SIMEF.

En todos los casos, una vez dictada Ia Resolución que Aprueba el Acuerdo, el Centro de MediaciOn deberá dejar registro de este resultado en Ia pestana "Resultado Proceso" subir el documento y seleccionar Ia opción Terminar Causa.

5.3.3. Con Acuerdo Parcial

El/la mediador/a deberá registrar en SIMEF el acuerdo o frustraciOn en las materias ingresadas o agregadas en mediaciOn que correspondan en Ia pestana "Resultado Proceso" de SIMEF.

De este modo, el/la mediador/a deberá generar una "Acta de Acuerdo de Mediación" para las materias en que se arribO a un acuerdo entre las partes, y un "Certificado de MediaciOn Frustrada" para las materias en que no se logrO acuerdo. Ambos documentos deberãn ser entregados a las partes y registrados en SIMEF.

El "Acta de Acuerdo Parcial", deberá ser firmada por todas las partes involucradas en cada una de sus hojas con el objeto de velar por Ia integridad de los convenios alcanzados. El Acta de Acuerdo de MediaciOn debidamente firmada, deberá escanearse y adjuntarse a SIMEF por el/la Asistente Administrativo, adjuntando Ia copia de los documentos de identificaciOn de las partes (Cédula de Identidad, Pasaporte), en el mismo archivo, junto a otra documentaciOn que se considere relevante para Ia revisiOn del Tribunal.

El/la mediador/a deberã enviar via SIMEF el Acta de Acuerdo Parcial al Tribunal correspondiente en un plazo máximo de 2 dias hãbiles contados desde Ia firma de las partes, pasando Ia causa al estado temporal "En espera de resolución judicial".

En el caso de las Causas que hayan sido previamente derivadas desde el Tribunal y que previamente ya cuenten con RIT y RUC, estas Actas de Acuerdo deben remitirse a través de Ia Oficina Judicial Virtual (OJV), y presionar el botOn "Enviar a Tribunal" para que una vez resueltas, el Centro de MediaciOn pueda registrar Ia resoluciOn del Tribunal.

En todos los casos, una vez dictada Ia ResoluciOn que Aprueba el Acuerdo, el Centro de MediaciOn deberã dejar registro de este resultado en Ia pestaña "Resultado Proceso", subir el documento y seleccionar Ia opciOn Terminar Causa.

Es obligaciOn del Centro de MediaciOn entregar copias del "Certificado de MediaciOn Frustrada" y el "Acta de Acuerdo Parcial" las veces que ésta sea requerida por los usuarios/as y §jj costo alguno para eltos.

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Es importante tener presente que en caso que alguna materia haya sido errOneamente incluida en el proceso de mediaciOn, estas deberán ser eliminadas por el mediador/a y no frustrarlas, salvo en el caso que estas hayan sido as! derivadas por el Tribunal, para lo cual deberán en primer lugar incluir Ia materia correcta y luego eliminar Ia materia errOnea.

Cabe hacer presente que también podria alcanzarse un Acuerdo Parcial, cuando es el Tribunal de Familia el que rechaza o no aprueba una de las materias que acordaron las partes y que estaban contenidas en el Acta de Acuerdo respectiva. En estos casos, también deberá generarse un Acta de MediaciOn frustrada para aquellas materias que hubieren sido rechazadas por el Tribunal.

5.3.4. Casos Especiales

Si, finalizado el proceso de mediaciOn, esto es, habiendo indicado el resultado de cada una de las materias abordadas y habiéndole proporcionado a las partes el borrador del Acta de Acuerdo, una las partes se arrepintiera del acuerdo alcanzado (antes de firmar el Acta de Acuerdo de MediaciOn), entonces el/la mediador/a deberá "retomar" el proceso de mediaciOn realizando cuantas sesiones sean necesarias, ocupando Ia opciOn "retomar proceso" establecida en SIMEF para aquello.

Si, por alguna razOn, una de las partes se retracta del acuerdo alcanzado y éste ya ha sido firmado, pero aCm no se ha enviado al tribunal, el/la mediador/a deberá informar de dicha situaciOn a Ia otra parte, y citar a ambas para una nueva sesiOn, de 10 cual deberá dejar registro en SIMEF, ocupando Ia opciOn "retomar proceso".

En el caso de que una de las partes se arrepintiera del acuerdo alcanzado y éste ya ha sido enviado al tribunal para su aprobaciOn, se le deberá indicar a las partes que deberãn esperar dicha resoluciOn para poder modificar el acuerdo Si es que as! lo desean 0 bien acudir al Tribunal que corresponda a desistirse del mismo.

Por otro lado, si una de las partes quisiera incorporar una nueva materia al proceso de mediación y éste ya fue finalizado, el/la Asistente Administrativo deberã registrar dicha solicitud corno un nuevo ingreso, incorporarido los datos de las partes y Ia o las materias a mediar, debiendo el/la mediador/a desarrollar un nuevo proceso de mediaciôn.

5.3.5.Eliminacj6n de Datos de Origen de Ia Causa

Es importante señalar que SIMEF cuenta con validaciones y controles sobre Ia mantenciOn de los datos originales de Ia causa.

Si el Centro de MediaciOn elimina alguno de los 3 datos originales de creaciOn de Ia causa, esto es: Via de Ingreso, Partes o Materias, esta causa se indetermina y no permite continuar su tramitaciOn, pues se pierde Ia causa original. Cabe señalar que el Sistema registra cada una de estas modificaciones con el usuario, dia y hora en que fueron realizadas.

Por lo anterior, se debe tener en consideración las siguientes restricciones:

No es posible modificar Ia via de ingreso de Ia causa una vez creada. No se deben eliminar partes de Ia causa, sin que antes se haya ingresado una nueva parte que cumpla Ia funciOn a eliminar. (Solicitante / Solicitado I Beneficiarlo). Una vez eliminada una parte, se eliminara Ia sesiOn agendada donde haya estado considerada esa parte, por lo cual se deberá volver a agendar. No se deben eliminar Ia o las materias que dieron origen a Ia causa, sin antes haber agregado otra materia que Ia reemplace.

5.4. Etapa 4: Tribunal dicta ResoluciOn Judicial y finaliza causa

Una vez enviada a través de SIMEF o mediante Ia Oficina Judicial Virtual (OJV), el Acta de Acuerdo de MediaciOn al tribunal, éste dictará Ia resolucion judicial que aprueba a rechaza, total o parcialmente, el contenido del acuerdo.

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Una vez dictada la resoluciOn, el/la Mediador/a responsable deberã obtener desde Ia Oficina Judicial Virtual o desde el correo institucional creado para estos efectos, copia digital de Ia Resolución y adjuntarla en Ia secciOn documentos" de SIMEF, indicando Ia fecha en la que fue dictada Ia resoluciOn.

Luego de esto, el/la mediador/a deberã registrar el resultado de Ia resoluciOn del tribunal en SIMEF, en Ia pestana "Resultado Proceso", corroborando Ia aprobacion del tribunal para cada una de las materias acordadas, subir el documento y dar Término al Proceso.

En todos los casos el/la mediador/a o en su defecto el/la Asistente Administratjvo/a deberá comunicar a ambas partes, dentro de un plazo de 5 dias, el contenido de Ia resoluciOn del Tribunal de Familia que tenga por aprobado o rechazado, total 0 parcialmente, el Acta de Acuerdo de Mediación.

5.5. Casos Especiales

5.5.1. Previos a Proveer

Aquellas causas en las cuales el Tribunal hubiere ordenado diligencias previas a proveer el acuerdo, y que sOlo impliquen trãmites meramente formales, deberán ser gestionadas y tramitadas directamente por el/la mediador/a a cargo, en el plazo que el Tribunal le hubiere otorgado.

Aquellas resoluciones que ordenen Ia revisiOn o determinaciOn de aspectos de fondo sobre el contenido del acuerdo u otros temas relativos a Ia esfera privada de los usuarios/as, el mediador/a estará obligado a citar de inmediato a las partes para revisar presencialmente el contenido de Ia resoluciOn, previo a Ia presentaciOn que dé respuesta a lo requerido por el Tribunal, Ia que deberá ser suscrita también por las partes.

En caso de no poder reunirse dentro del plazo judicial otorgado al efecto, el mediador/a deberã solicitar un nuevo plazo al Tribunal, o bien, informar a las partes los efectos de Ia resoluciOn que se dicte.

Es obligacion del Centro de MediaciOn dar respuesta en tiempo y forma al Tribunal correspondiente que ha dictado una resoluciOn uprevia a proveer el acta de acuerdo".

En estos casos, Ia causa permanecerä en estado "en espera de resoluciOn judicial", mientras el Tribunal no emita Ia resoluciOn que tenga por aprobada o rechazada el Acta de Acuerdo.

En caso que una resoluciOn judicial disponga una gestiOn adicional que sea condiciOn para aprobar el Acta de Acuerdo de MediaciOn, el mediador/a que dirigiO el proceso, deberá mantener informadas a las partes de las gestiones que realice para dar cumplimiento a lo requerido por el Tribunal. Lo anterior, está referido, por ejemplo, a subinscripciones en el Registro Civil o en el Conservador de Bienes Raices.

5.5.2. Rechazo del Acta de Acuerdo

Si el tribunal rechaza el Acta de Acuerdo de MediaciOn presentada de forma parcial o total, el/la mediador/a responsable deberá comunicar esto a las partes dentro de un plazo de 5 dias, e indicar en SIMEF el resultado de las materias que el tribunal ha rechazado, seleccionando para cada una de ellas Ia opciOn "NO", y luego frustrar la/s materia/s de Ia causa rechazada/s por Ia causal "al rechazo del Acta de MediaciOn por el Tribunal de Familia o Juzgado de Letras competente", disponible en SIMEF.

Dependiendo de lo que dicte el tribunal, si todas las materias acordadas han sido rechazadas, Ia causa quedarã en estado frustrada con sesiOn conjunta, en caso contrario, Si al menos una materia fue aprobada, entonces Ia causa quedará en estado de acuerdo parcial.

Se debe dejar registro en SIMEF de Ia resoluciOn de rechazo del tribunal y subir el documento respectivo.

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6. Resumen de Documentos requeridos por Estados de Ia Causa

A continuaciOn se indican con detalle los documentos que el Centro de MediaciOn debe subir a SIMEF dependiendo del estado de cada causa:

6.1. Estados de una causa en estado temporal en el Sistema

6.1.1.Causa Ingresada:

a) Documento(s) de NotificaciOn/DerivaciOn manual o por correo electrónico de los consultorios juridicos de las CAJ a Tribunales.

b) Formulario(s) de Ingreso Espontáneo (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automãtica).

c) Declaraciones Juradas (DJ) de 1 a más partes que hayan sido evaluadas. La DJ variará dependiendo de si la parte calificá a no calificó. La DJ no se pedirã cuando Ia parte califique a través del Portal Usuarlo. La DJ no se pedirá si ya antes Ia parte habia calificado en otra causa en el plazo de 6 meses anteriores.

d) Documento de Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado man ualmente.

6.1.2.Causa En Trámite:

a) Documento(s) de NotiflcaciOn/DerivaciOn manual o por correo electrónico de los consultorios juridicos de las CAJ a Tribunales.

b) Formulario(s) de Ingreso Espontáneo (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática).

c) Declaraciones Juradas (DJ) de 1 a mãs partes que hayan sido evaluadas. La DJ variará dependiendo de si Ia parte calificO o no calificO. La DJ no se pedira cuando Ia parte califique a través del Portal Usuarlo. La DJ no se pedira si ya antes Ia parte habla calificado en otra causa.

d) Documento de Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado man ualmente.

e) Consentimiento informado firmado por ambas partes. f) Documento uActa de SesiOn Conjunta" de cada una de las sesianes registradas

(a partir de Ia segunda sesion). g) Para Sesiones de Firma Entrevistas Individuales a con NNA no se requiere un

acta especifica.

6.1.3. En Espera de Resolución del Tribunal:

a) Documento(s) de NotificaciOn/Derivación manual a por correo electrOnico de los consultorios juridicos de las CAJ o Tribunales.

b) Formulario(s) de Ingreso Espontäneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automãtica).

c) Declaraciones Juradas (DJ) de 1 a más partes que hayan sido evaluadas. I. La DJ variará dependiendo de si Ia parte calificO a no calificO.

La DJ no se pedirá cuando Ia parte califique a través del Portal Usuario. La DJ no se pedira si ya antes Ia parte habla calificado en otra causa.

d) Documento de Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado man ualmente.

e) Consentimiento informado firmado por ambas partes. f) Documento 'Acta de SesiOn Conjunta" de cada una de las sesiones registradas

(a partir de Ia segunda sesiOn). g) Para Sesiones de Firma, Entrevistas Individuales a con NNA no se requiere un

acta especifica. h) Acta de Acuerdo de MediaciOn firmada por el/la Mediador/a y las Partes con

copia de documentos de identidad de las partes (Cédulas de Identidad o Pasaporte) en el mismo archivo.

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6.2. Estados de una causa frustrada en el Sistema

6.2.1. Causa Frustrada Sin Sesión Conjunta

a) Documento(s) de NotificaciOn/DerivacjOn manual de los consultoriosjurid,cos de las CAJ o Tribunales.

b) Formulario(s) de Ingreso Espontáneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática).

c) Documento de denuncia o causas vigente por VIF (en caso que corresponda). d) Certificado de MediaciOn Frustrada firmado a lo menos por el/la mediador/a.

6.2.2. Causa Frustrada Con Sesión Conjunta

a) Documento(s) de NatificaciOn/Derivacion manual de los consultorios juridicos de las CAJ.

b) Formulario(s) de Ingreso Espontaneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática).

c) DeclaraciOn jurada de todas las partes de Ia causa con excepciOn de los Beneficiarios.

I. La DJ varia dependiendo Si calificO a no calificO. La DJ no debe pedirla cuando Ia parte califique por el Portal Usuario. La DJ no debe pedirla Si ya antes habla calificado en otra causa.

d) Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado manualmente. e) Consentimiento informado firmado por ambas partes. f) Acta de SesiOn conjunta por cada una de las sesiones realizadas (a partir de Ia

segunda sesiOn). g) Certificado de MediaciOn Frustrada, firmado a lo menos por el mediador/a. h) ResoluciOn Judicial que rechaza completamente el acuerdo (en caso que

corresponda).

6.3. Estados de una causa con acuerdo en el Sistema

6.3.1. Causa con Acuerdo Parcial

Documento(s) de Notificaci6n/Derjvaci6n manual de los consultorios juridicos de las CAJ o Tribunales. Formulario(s) de Ingreso Espontaneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática).

C) DeclaraciOn jurada de todas las partes de Ia causa con excepciOn de los Beneficiarios.

I. La DJ varla dependiendo si calificO o no calificO. La DJ no debe pedirla cuando Ia parte califique por el Portal Usuario. La DJ no debe pedirla si ya antes habla calificado en otra causa.

d) Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado manualmente. e) Consentimiento informado firmado por ambas partes. f) Acta de SesiOn conjunta por cada una de las sesiones realizadas (a partir de Ia

segunda sesiOn). g) Certificado de MediaciOn Frustrada, firmado a lo menos por el mediador/a. h) Acta de Acuerdo de Mediación firmada por el/la Mediador/a y las Partes con

copia de documentos de identidad de las partes (Cédulas de Identidad a Pasaporte)

i) ResoluciOn Judicial que aprueba el acuerdo en todas a algunas de las materias enviadas.

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6.3.2. Causa con Acuerdo Total

a) Documento(s) de NotificaciOn/DerjvaciOn manual de los consultorios juridicos de las CAJ o Tribunales,

b) Formulario(s) de Ingreso Espontaneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática).

c) DeclaraciOn jurada de todas las partes de Ia causa con excepciOn de los Beneficiarios.

La DJ varla dependiendo Si califico o no calificá. La DJ no debe pedirla cuando Ia parte califique por el Portal Usuario. La DJ no debe pedirla si ya antes habla calificado en otra causa.

d) Respaldo de EvaluaciOn de las partes que hayan calificado manualmente. e) Consentimiento informado firmado por ambas partes. f) Acta de Sesión conjunta por cada una de las Sesiones realizadas (a partir de Ia

segunda SesiOn). g) Acta de Acuerdo de MediaciOn firmada por el/la Mediador/a y las Partes con

copia de documentos de identidad de las partes (Cédulas de Identidad a Pasaporte).

h) ResoluciOn Judicial que aprueba completamente el acuerdo.

6.4. Causas Desistidas

Formulario(s) de Ingreso Espontäneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automätica). Declaracióri firmada (Formulario) en caso de haber solicitado el Desistimiento en el Centro de Mediacion escaneado junto con la cédula de identidad a pasaporte de cada parte. El Formulario se debe firmar por ambas partes cuando ha habido notificaciori de Ia parte solicitada.

6.5. Causas No Califica

Formulario(s) de Ingreso Espontaneo. (No aplica para las causas que hayan sido derivadas en forma automática). DeclaraciOn jurada de evaluación socioeconômica firmada por ambas partes escaneada junto con Ia cédula de identidad o pasaporte de cada parte.

6.6. Causas Prorrogadas

Dependiendo del estado original de Ia causa al momento de prorrogar, toda Ia documentaciOn correspond iente. Formulario de Prorroga de ambas partes escaneado junto con la cédula de identidad a pasaporte de cada parte. No se solicitará Formulario de PrOrroga si se ha solicitado a traves del Portal Usuario.

7. USO DEL SISTEMA INFORMATICO DE MEDIACION FAMILIAR SIMEF

Todo el proceso de mediaciOn en cada una de sus etapas deberã quedar debidamente registrado en SIMEF, incluyendo el registro de toda Ia documentaciOn que permita verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente Manual.

Se elaborarán Manuales Operativos de Usa de SIMEF a objeto de facilitar Ia comprensión y usa de Ia herramienta informätica los cuáles se encontrarán a disposicion de los Centros de Mediacián Familiar. La anterior respecto del proceso de Ingreso, TramitaciOn y Término del Proceso de MediaciOn, asi coma del proceso de Uso de Ia Agenda del mediador/a. Adicionalmente se generarán Manuales Operativos para Ia gestiOn administrativa del Centro de MediaciOn referidos a Movimiento de Personal y GestiOn de Pago de servicios.

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Los Centros de MediaciOn serán responsables de Ia informaciOn que registren y Ia documentaciOn que suban a SIMEF. Esta responsabilidad incluye, Ia veracidad e integridad de cada uno de los datos de las causas que sean ingresados a SIMEF. Ia consistencia de estos con Ia documentaciOn de respaldo que sea agregada al Sistema, y los regstros de los movimientos de Ia misma que su administraciOn vayan generando en las bases de datos.

Toda la documentacion fisica de las causas de mediaciOn familiar, y que hubiera sido digitalizada y registrada en SIMEF deberá ser devuelta a las partes de Ia causa, o bien destruidas al cabo de seis (6) meses contados desde Ia fecha de término de Ia causa.

En caso de req uerir apoyo o presentarse algUn problema con Ia tramitaciOn de las Causas a nivel informático los Centros de MediaciOn deberán abrir un reporte a través de Ia plataforma de soporte establecido para dichos efectos http://ticket.rnediacionchilecl/

La Unidad de MediaciOn mantendrã un uRegistr de Indisponibilidad de SIMEF" a objeto de contar con un registro fidedigno de las fechas y horarios de indisponibilidad de los sistemas. Este Certificado se encontraré disponible en el sitio Web para ser consultado por cualquier usuario.

DEJESE SIN EFECTO, la ResoluciOn Exenta N° 319, de 2016, de Ia Subsecretarja de Justicia, que aprueba el Manual de Procedimientos de Administración de Causas de los Centros de MediaciOn Contratados por el Ministerlo de Justicia y Derechos Humanos.

NOTIFiQIJESE a los Centros de MediaciOn mediante el correo electrónico asignado a cada prestador.

ANOTESE, NOTIFiQUESE, COMUNiQUESE V ARCHIVESE.

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cREO LRETA RIO DE JUSTICIA

Lo que transcribo para su conociniie DistribuciOn: Le saluda entamente: - www.mercadopublico.cI; - Centros de MediaciOn Licitados;

- - Ministro de Justicia ' Derechos Humanos

Subsecretarjo de Justicia; - Division Judicial (Unidad de Mediaci6n); (' __________?

Fere ____________

- Departamento Administrative; - Unidad de Fiscalia, Subsecretarla de Justicia;

- Departamento de Presupuesto y Finanzas; Jefa De nto Admlnlstrativo - SecciOn Partes, Archivo y Transcripciones. Al Subsecretar(a de Justicia

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