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Distribución gratuita Enero 2014 - Año 1 Número 5 - ISSN: 2346-9153 Un mes de Enero Por Lito Palese ▶ El folklorista bonaerense Treinta y seis días después que Jorge Newbery concretara la hazaña de cruzar el Río de la Plata en su globo “Pampe- ro” –partió desde el Barrio de Palermo, de la ciudad de Bue- nos Aires, y descendió en el departamento de Colonia, en Uruguay–, en enero de 1908 nació quien es considerado por muchos el mayor folklorista argentino de todos los tiempos. Ese nacimiento se produjo siendo Presidente de la Argenti- na José Figueroa Alcorta y en las inmediaciones de una ciudad vértice del denominado “triángulo agrario” (junto con Rosa- rio y Venado Tuerto), o sea, en pagos donde desde tiempos remotos expone su enjundia el viento conocido con la misma denominación del citado aerostático, viento al que se refirió el aludido folklorista en “El Payador Perseguido”, al relatar que, siendo gauchocontra los yuyos aguantaba el “pampero”. Tal gaucho, se ubicó más cerca del de José Hernández en Martín Fierro” que de los de Domingo Faustino Sarmiento en “Facundo” y de Ricardo Güiraldes en “Don Segundo Som- bra”, pudiéndose acotar que para una visión ensayística de quienes inspiraron esos personajes se puede recurrir al libro de estos tiempos del escritor uruguayo Fernando O. Assunçao –nacido en enero de 1931–, titulado “Historia del Gaucho”. El referido folklorista llevó su música y sus letras por diver- sos países, entró a Europa por la puerta grande –al compartir escenario con Edith Piaf–, y se despidió de la vida en París. Como homenaje a tan destacado artista, la Ley 14.539 de la Provincia de Buenos Aires declaró el 31 de enero de cada año como “Día del Folklorista Bonaerense”, en conmemora- ción del centenario del natalicio del maestro Atahualpa Yu- panqui, en el Campo de la Cruz, en José de La Peña, partido de Pergamino, en el norte de la Provincia de Buenos Aires. ▶ La “Befana” no emigró Sin pretender terciar en las diversas opiniones sobre quién exteriorizó primero el concepto según el cual –en más o me- nos palabras– “los argentinos descendemos de los barcos” (unos consideran que fue Carlos Fuentes, otros le atribuyen esa ori- ginalidad al también escritor mexicano Octavio Paz, y además están los que señalan que Borges afirmó ello reiteradamente), y siendo claro que esa expresión no puede ser tomada lite-

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Distribución gratuita Enero 2014 - Año 1 Número 5 - ISSN: 2346-9153

Un mes de Enero Por Lito Palese

▶ El folklorista bonaerense

Treinta y seis días después que Jorge Newbery concretara la hazaña de cruzar el Río de la Plata en su globo “Pampe-ro” –partió desde el Barrio de Palermo, de la ciudad de Bue-nos Aires, y descendió en el departamento de Colonia, en Uruguay–, en enero de 1908 nació quien es considerado por muchos el mayor folklorista argentino de todos los tiempos.

Ese nacimiento se produjo siendo Presidente de la Argenti-na José Figueroa Alcorta y en las inmediaciones de una ciudad vértice del denominado “triángulo agrario” (junto con Rosa-rio y Venado Tuerto), o sea, en pagos donde desde tiempos remotos expone su enjundia el viento conocido con la misma denominación del citado aerostático, viento al que se refirió el aludido folklorista en “El Payador Perseguido”, al relatar que, “siendo gaucho” contra los yuyos aguantaba el “pampero”.

Tal gaucho, se ubicó más cerca del de José Hernández en “Martín Fierro” que de los de Domingo Faustino Sarmiento en “Facundo” y de Ricardo Güiraldes en “Don Segundo Som-bra”, pudiéndose acotar que para una visión ensayística de quienes inspiraron esos personajes se puede recurrir al libro de estos tiempos del escritor uruguayo Fernando O. Assunçao –nacido en enero de 1931–, titulado “Historia del Gaucho”.

El referido folklorista llevó su música y sus letras por diver-sos países, entró a Europa por la puerta grande –al compartir escenario con Edith Piaf–, y se despidió de la vida en París.

Como homenaje a tan destacado artista, la Ley 14.539 de la Provincia de Buenos Aires declaró el 31 de enero de cada año como “Día del Folklorista Bonaerense”, en conmemora-ción del centenario del natalicio del maestro Atahualpa Yu-panqui, en el Campo de la Cruz, en José de La Peña, partido de Pergamino, en el norte de la Provincia de Buenos Aires.

▶ La “Befana” no emigró

Sin pretender terciar en las diversas opiniones sobre quién exteriorizó primero el concepto según el cual –en más o me-nos palabras– “los argentinos descendemos de los barcos” (unos consideran que fue Carlos Fuentes, otros le atribuyen esa ori-ginalidad al también escritor mexicano Octavio Paz, y además están los que señalan que Borges afirmó ello reiteradamente), y siendo claro que esa expresión no puede ser tomada lite-

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INALTO - Director responsable: Silvio Palermo - Revista Mensual de Cultura editada por Inalto S.A. - Domicilio legal: Lavalle 1290, Piso 1, Oficina 113, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Registro DNDA 5124173. ISSN: 2346-9153 - Año 1 número 5. Enero de 2014. Buenos Aires. República Argenti-na - Impreso en Estilos Gráficos S.A., Morón 2761/63, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Enero de 2014. © Inalto S.A. Todos los derechos reservados.

ralmente –por lo excesivamente abarcativa–, no parece hoy seriamente discutible que fue masiva la afluencia de corrientes migratorias europeas que desembarcaron en nuestro país, tal como lo quisieron los Padres Constituyentes, conforme surge del artículo 25 de la Constitución Nacional, que ordenó que el Gobierno federal “fomentará la inmigración europea”.

Entre esas corrientes, la más numerosa fue la italiana, ha-biendo llegado a la Argentina el último contingente de en-vergadura después de la finalización de la Segunda Guerra Mundial –especialmente entre los años 1947 y 1951–, con-forme al deseo del Presidente en esos años, Juan Domingo Perón, quien había podido comprobar personalmente en Italia las características de los trabajadores de ese país.

Pero no solo el número fue significativo, porque, desde los arribados en época colonial, pasando por los que inte-graron los flujos de la segunda mitad del siglo XIX y de la citada posguerra e incluyendo los que en forma esporádica llegaron hasta épocas más recientes, también aportaron una notable calidad en las más variadas actividades, incluyendo su muy conocida “cultura del trabajo”.

Ello motivó que desde una óptica italiana se mostrara tam-bién el otro lado de la medalla, como lo hizo Ludovico Incisa di Camerana, en su libro “El gran éxodo. Historia de las migracio-nes italianas en el mundo” –con prólogo del historiador argen-tino Miguel Ángel De Marco–, quien refiriéndose a la emigra-ción de la citada posguerra la calificó como “el éxodo inútil de la segunda posguerra” para Italia (Buenos Aires, 2005, pag. 431)

La inmigración italiana fue considerada en una densa producción literaria ampliamente reconocida, que incluyó, por ejemplo, “De los Apeninos a los Andes” de Edmondo de Amicis, la novela “El mar que nos trajo” de Griselda Gamba-ro, y el ensayo “Historia de la inmigración en la Argentina” de Fernando Devoto, entre tantas otras obras.

Pero también produjo numerosas historias –muchas pe-queñas, otras no tanto– que, aunque transmitidas de boca en boca, han quedado en un cono de sombras, a la espera de una divulgación por otros medios.

Una de ellas es la que se desarrolló en un lejano mes de enero y que tuvo entre sus protagonistas a Luca –uno de los millones de italianos que desembarcaron en el puerto de Buenos Aires– y a la familia de su prima Rosa, que lo recibió y alojó durante los primeros días en tierra argentina en el departamento que esa familia habitaba.

El recién llegado, había dejado en su país de origen espo-sa e hijos pequeños. Como sus padres habían hecho con él, instruyó a sus niños respecto del rito de la “Befana” (nom-bre vinculado a la festividad religiosa de la “Epifanía” que se celebra el 6 de enero), que consistía en que en la noche del 5 de enero –invierno en Italia y en todo el hemisferio norte–, antes de ir a dormir, los niños dejaban sus medias colgadas a disposición de la “Befana”, sabiendo que ésta llegaría con una misión, pues quienes durante el año se habían compor-tado bien, encontrarían regalos en sus medias –dejados por

la “Befana”–, en tanto que, quienes se habían comportado mal, encontrarían carbón y/o cenizas en sus medias (recogi-dos –en las casas con chimenea y hogar a leña– del mismo lugar delante del cual los padres se sentaban con sus hijos, al calor y luz de la madera quemándose, para contar historias o conversar, o simplemente a contemplar los subyugantes movimientos del fuego –que en la fértil imaginación infan-til podían representar tanto danzas de hadas como animales del bosque jugueteando, u otras figuras–).

En esa primera noche del 5 de enero en Buenos Aires, Luca observó que en las puertas de los dormitorios de los pequeños hijos de sus primos había zapatos. Creyendo que se trataba de una medida de higiene, no demoró un instante en adoptarla, y también dejó sus zapatos.

Cuando se aprestaba a ingresar al dormitorio, llegó el ma-trimonio que lo hospedaba y que también se iba a dormir; ambos advirtieron de inmediato la situación y, en medio de risas, Rosa le preguntó a su primo y huésped si él también esperaba a los Reyes Magos.

En ese momento, Luca comprobó que la “Befana” no ha-bía emigrado con él.

▶ Todos perdieron

En el mes de enero de 1968 comenzó la ofensiva militar del Tet –planificada por el comunista Vietnam del Norte y ejecutada por el ejército de éste y el Vietcong–, contra posi-ciones de la alianza de Vietnam del Sur y las fuerzas armadas de Estados Unidos involucradas en ese conflicto bélico.

Quizás simplificando demasiado, se podría decir que, en las consecuencias cercanas de tal ofensiva, todos perdieron.

Desde el punto de vista sólo militar, los atacantes sufrieron grandes pérdidas y fueron rechazados, lo que implicó una seve-ra derrota. Pero, pese a ello, para los adversarios tuvo enormes consecuencias negativas, comenzando por la constatación que ciudades del Sur pudieron ser penetradas por los atacantes; para la población de los Estados Unidos se tradujo en una evidencia que una victoria militar en la guerra no era cercana y en su seno fue creciendo un descontento que se tradujo en una abierta oposición a esa guerra, que involucró a notorias personalida-des; finalmente, para Vietnam del Sur, como consecuencia de los problemas políticos de su aliado, se inició el camino hacia la derrota definitiva, porque los Estados Unidos aceleraron el reti-ro de sus tropas, con la consiguiente “vietnamización” del con-flicto, que no pudo ser soportado por las fuerzas de Vietnam del Sur, que fueron derrotadas, concluyendo la guerra con la caída de Saigón, que tuvo el efecto de reunificar Vietnam.

Esa guerra inspiró numerosos películas, entre las que se pueden mencionar “The Deer Hunter” –“El francotirador”– (dirigida por Michael Cimino e interpretada, en el rol más destacado por Robert De Niro) y “Full Metal Jacket” (dirigida por Stanley Kubrick y con la impactante actuación –al menos

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para quien esto escribe– del actor Ronald Lee Ermey, en el rol de un instructor de soldados norteamericanos que serán destinados a Vietnam y que es asesinado por uno de éstos).

En materia de libros, se puede mencionar el que al historiador norteamericano Studs Terkel –Premio Pulitzer 1985, por su libro “The Good War”– le suscitó el siguiente comentario: “De todas las obras escritas sobre la Guerra de Vietnam, esta es la más importan-te: el libro que algún día había de escribirse”; se refería al libro de Christian G. Appy –en cuya contratapa se halla reproducido tal concepto–, titulado “La Guerra de Vietnam –una historia oral–“.

▶ Días de este mes de eneroMuchas son las menciones que se pueden realizar respec-

to de días de enero; entre ellas, las que siguen:01-Ene – Jornada Mundial de la Paz.01-Ene – Aniversario. El 1º de enero de 1871 comenzó a re-

gir como Ley de la República Argentina el Código Civil —que fuera redactado por Dalmacio Vélez Sársfield—, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 340. Un gran número de artículos del Có-digo Civil merecieron “notas” del Codificador, que han sido un significativo aporte para la interpretación de sus contenidos. (*).

01-Ene – Día de comienzo del año de homenaje a Guillermo Brown, de acuerdo al Decreto 2.161/2013, que declaró al año 2014 como el “Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” y dispuso que, a partir del 1° de enero de 2014, toda la papelería oficial a utilizar en la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependien-tes de ésta, deberá llevar en el margen superior derecho, un sello con la leyenda “2014 - Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” (*).

01-Ene – Aniversario. El 11 de enero de 1988 fue promul-gada la Ley 23.544, que ratificó en la Argentina (con la reserva indicada en el art. 2º de ésta) el “Convenio sobre Fomento de la Ne-gociación Colectiva”, Convenio 154 adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo –OIT– (*).

05-Ene – Día del fotógrafo (*).12-Ene – Día Contra el Genocidio y por el Respeto a la

Vida, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires (*).12-Ene – Día de los Trabajadores de Establecimientos de

Servicios rápidos y expendio de emparedados y afines (*). 13-Ene – Día de los Trabajadores Pasteleros, Confiteros,

Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros (*). 18-Ene – Aniversario. El 18 de enero de 1983 murió Ar-

turo Humberto Illia, quien fuera Presidente de la Nación desde el 12 de octubre de 1963 hasta el 28 de junio de 1966.

19-Ene – Día del Trabajador Cervecero (*). 23-Ene – Día Mundial de la Libertad.25-Ene – Día Nacional del Reportero Gráfico (*). 28-Ene – Santo Tomás de Aquino. 30-Ene – Día del Trabajador Vitivinícola y Afines (*). 31-Ene – San Juan Bosco.

(*) Textos tomados de www.carpetas.com.ar –complemento de las obras “CARPETAS DE Derecho del Trabajo” y “CÓDIGOS PENAL / PROCESAL PENAL y otras normas penales”.

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GUÍA LEGAL® Todos los textos publicados en esta sección titulada GUÍA LEGAL fueron incluidos sólo con fines de divulgación, la selección y/o redacción de los mismos –referidos a aspectos parciales de las cuestiones a las que están

relacionadas– reflejan textos de normas legales y/u opiniones no vinculantes del autor, no están dirigidas a personas determinadas, y NO CONS-TITUYEN ASESORAMIENTO, siendo adecuado recordar que tales normas legales (leyes, decretos, resoluciones, etcétera) pueden ser o haber sido modificadas o dejadas sin efecto y que la eventual aplicación de ellas estaría sujeta a factores como las circunstancias de los distintos casos (que suelen no ser idénticos), a los criterios de los Jueces (que pueden ser distintos entre uno y otro ante una misma norma legal), etcétera. Por ello, ante cuestiones legales concretas, siempre será conveniente recurrir con celeridad al asesoramiento y/o asistencia de los ABOGADOS.

ACCIDENTES DE TRABAJO. El inciso 1º del artículo 6 de la Ley 24.557 consideró accidente de trabajo a “todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo”. El mismo inciso previó que el trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste den-tro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los tres (3) días hábiles de requerido.

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL. MENO-RES. Mediante la Ley 26.904 se incorporó un nuevo texto como artículo 131 del Código Penal (el anterior había sido derogado por la Ley 25.087), con el siguiente contenido: “Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cual-quier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una per-sona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.”

LIBERTAD DE EXPRESIÓN. TRABAJADORES BAJO DEPENDENCIA. La Ley de Contrato de Trabajo –que con-tiene normas referidas a las relaciones individuales entre em-pleador y trabajador– fue modificada por la Ley 26.911, la que dispuso que el artículo 73 de aquella quedara redactado de la siguiente forma: “Artículo 73: Prohibición. Libertad de expre-sión. El empleador no podrá, ya sea al tiempo de su contrata-ción, durante la vigencia del contrato o con vista a su disolución, realizar encuestas, averiguaciones o indagar sobre las opiniones políticas, religiosas, sindicales, culturales o de preferencia sexual del trabajador. Este podrá expresar libremente sus opiniones sobre tales aspectos en los lugares de trabajo, en tanto ello no interfiera en el normal desarrollo de las tareas”.

PATRIA POTESTAD. El artículo 264 del Código Civil dispu-so que la patria potestad “es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y bienes de los

hijos, para su protección y formación integral, desde la concepción de éstos y mientras sean menores de edad y no se hayan eman-cipado”, habiendo agregado en 6 incisos a quién corresponde su ejercicio, según el caso (por ejemplo, en el caso de los “hijos matrimoniales, a los cónyuges conjuntamente, en tanto no estén separados o divorciados, o su matrimonio fuese anulado”, presu-miéndose que “los actos realizados por uno de ellos cuenta con el consentimiento del otro”, salvo en determinados supuestos, o cuando mediare expresa oposición), así como otras normas en los artículos pertinentes.

PROCURACIÓN PENITENCIARIA. Creada por la Ley 25.875 en el ámbito del Poder Legislativo de la Nación, para ejercer las funciones establecidas en dicha Ley y sin recibir ins-trucciones de ninguna autoridad, con el objetivo fundamental de “proteger los derechos humanos de los internos comprendidos en el Régimen Penitenciario Federal, de todas las personas priva-das de su libertad por cualquier motivo en jurisdicción federal, comprendidos comisarías, alcaldías y cualquier tipo de locales en donde se encuentren personas privadas de libertad y de los pro-cesados y condenados por la justicia nacional que se encuentren internados en establecimientos provinciales”.

TRATADOS INTERNACIONALES. La reforma de 1994 a la Constitución Nacional le incorporó a ésta diversas normas so-bre convenciones o tratados internacionales, estableciendo en forma explícita lo siguiente: “Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes”.En los últimos días de diciembre de 2013 fueron publicadas dos Leyes referidas a tal tipo de normas.La Ley 26.920, que aprobó el “Convenio sobre el Trabajo Ma-rítimo”, adoptado por la Conferencia General de la Organi-zación Internacional del Trabajo, en Ginebra –Confederación Suiza– el 23 de febrero de 2006. La Ley 26.921, que aprobó el “Convenio sobre el Trabajo De-cente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos” —Convenio 189—, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra –Confe-deración Suiza– el 16 de junio de 2011.

Continuará

Por Nise Filippo