diseño multimedia
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PLANEACION Y DESARROLLO DE UN CURSO EN LÞINEA. ANIMACIION MULTIMEDIA. FLASH.TRANSCRIPT
UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA
DEL ESTADO DE PUEBLA
MAESTRÍA EN TECNOLOGÍA EDUCATIVA
Materia: Ambientes de aprendizaje basados en Tecnologías de la Información y
Comunicación.
Instructor: Giovanni De Simone Maimone
RESTRICCIONES DE USO DE MATERIAL WEB
Uso razonable
Uno de los derechos otorgados al
propietario de los derechos de autor
es el de reproducir o autorizar a otros
la reproducción de la obra en copias y
grabaciones. Una de las limitaciones
más importantes es la doctrina del
“uso razonable”. Aunque el uso
razonable no es mencionado en la ley
de derechos de autor anterior, la
doctrina se ha desarrollado a lo largo
de los años a través de un número
considerable de resoluciones
judiciales. Esta doctrina se ha
codificado en la sección 107 de la ley
de derechos de autor.
La sección 107 contiene una lista de
los varios propósitos para los cuales
la reproducción de una obra particular
se puede considerar “razonable”
como la crítica, los comentarios, la
divulgación de noticias, la enseñanza,
las becas y la investigación. La
sección 107 también precisa cuatro
factores que se tomarán en cuenta
para determinar si un uso en
particular es razonable o no lo es. Los
factores son los siguientes:
1. El propósito y el carácter del
uso, incluyendo si tal uso es de
naturaleza comercial o para
propósitos educativos no
lucrativos.
2. La naturaleza de la obra
protegida con derecho de
autor.
3. La cantidad y contenido
sustancial de la porción usada
en relación a la obra protegida
con derechos de autor en su
totalidad.
4. El efecto del uso sobre el
mercado potencial de la obra
protegida con derechos de
autor o sobre su valor.
La distinción entre “uso razonable” y
violación puede ser confusa y no
fácilmente definible. No existe un
número específico de palabras, líneas
o notas que pueden tomar con
seguridad sin consentimiento. El
reconocer la fuente del material
protegido con derechos no sustituye
el obtener el consentimiento del
autor.
El informe del Registro de Derechos
de Autor sobre la Revisión General
de la Ley de Derechos de Autor de
los Estados Unidos de 1961 cita
ejemplos de las actividades que los
tribunales han considerado como uso
razonable. Cita de extractos en una
revisión o crítica para propósitos
educativos o para comentarios; cita
de pasajes cortos en un trabajo
académico o técnico para la
ilustración o clarificación de las
observaciones del autor.
El uso en una parodia de parte del
contenido de la obra parodiada:
resumen de un discurso o artículo
con breves citas en un informe de
noticias: reproducción por parte de
una biblioteca de una porción de una
obra para sustituir la parte de una
copia dañada: reproducción por parte
de un profesor o de un estudiante de
una parte pequeña de una obra para
ilustrar una lección: reproducción de
una obra en proceso o informes
legislativos o judiciales: reproducción
menor y fortuita en un noticiero o
difusión de una obra localizada en la
escena de un evento sobre el que se
está informando.
Los derechos de autor protegen la
manera particular en que un autor se
ha expresado; no se extiende a
ninguna idea, sistema o información
actual transmitida en el trabajo. El
procedimiento más seguro es
conseguir siempre el permiso del
dueño de los derechos de autor antes
de usar el material protegido. La
oficina de derechos de autor no
puede proporcionar este permiso.
Cuando no es posible obtener el
permiso, el uso del material protegido
con derechos de autor debe ser
evitado a menos que la doctrina del
“uso razonable” se aplique
claramente a la situación. La oficina
de derechos de autor no puede
determinar si cierto uso se puede
considerar “razonable” ni aconseja
sobre posibles violaciones a los
derechos. Si hay alguna duda, es
recomendable consultar a un
abogado.
Obra derivada
Una “obra derivada” es una obra
basada en una o más obras
preexistentes, tales como: una
traducción, arreglo musical, una
adaptación teatral, una conversión a
ficción, la versión de una película,
una grabación de sonido, la
reproducción de arte, la abreviación,
la condensación o cualquier otra
forma en la cual una obra puede ser
modificada, transformada o adaptada.
Una obra que consiste de revisiones,
anotaciones, elaboraciones u otras
modificaciones editoriales y que en su
totalidad representa una obra original
de autoría, es una “obra derivada”.
Derechos de autor
¿Cuándo está protegida una obra con
derechos de autor?
a) Disposiciones Generales:
Siempre que una obra
protegida bajo ese título sea
publicada en los Estados
Unidos o en cualquier otra
parte por la autoridad del
dueño de los derechos de
autor, se puede colocar un
aviso de derechos de autor, en
la manera prevista por esta
sección, en las copias
distribuidas públicamente
desde las cuales la obra se
pueda percibir visualmente, ya
sea directamente o con la
ayuda de una máquina o
dispositivo.
b) Forma del aviso: Si un aviso
aparece en las copias, éste
debe consistir de los siguientes
tres elementos.
a. El símbolo @ (la letra C
dentro de un círculo) o
la frase “Derechos
Reservados”.
b. El año de la primera
publicación de la obra:
En caso de
compilaciones o de
obras derivadas que
incorporen material
previamente publicado,
será suficiente con
colocar la fecha del año
de la primera
publicación de la
compilación o de la obra
derivada.
c. El nombre del dueño
delos derechos de autor
en la obra: Una
abreviatura por la cual
el nombre pueda ser
reconocido o una
designación laternativa
del dueño generalmente
conocida.
c) Posición del aviso: El aviso
será “pegado” a las copias de
tal manera que dé un aviso
razonable de la afirmación de
los derechos de autor. El
registro de los derechos de
autor deberá prescribir por
regulación, como ejemplos, los
métodos específicos para
pegar y posicionar el aviso
sobre varios tipos de obras
que satisfagan este requisito,
pero estas especificaciones no
serán consideradas
exhaustivas.
d) Peso probatorio del aviso: Si
un aviso de los derechos de
autor (en la forma y posición
especificadas por esta
sección) aparece en la copia o
las copias publicadas a las
cuales un demandado en un
juicio de violación de los
derechos de autor tuvo
acceso, entonces no se dará
ningún peso a la interposición
de tal demandado de una
defensa basada en una
infracción inocente para la
mitigación de daños reales o
estatutarios.
Citar una fuente de información
Una “cita” es la manera que se dice a
los lectores que cierto material en su
trabajo vino de otra fuente. También
provee a sus lectores la información
necesaria para encontrar de nuevo
esa fuente, incluyendo:
Información sobre el autor.
El título del trabajo.
El nombre y lugar de la
empresa que público su copia
de la fuente.
La fecha en que su copia fue
publicada.
Los números de página del
material que se tomó prestado.
NO OLVIDAR
El nivel de educación de los
visitantes y el rango de edades
son características de la
audiencia objetivo y estas se
deben tomar en cuenta para
diseñar el contenido.
El contenido Web como:
imágenes, marcas, logos,
material intelectual, etc.,
poseen en su mayoría
derechos de autor ya que son
registrados y se identifican con
los símbolos de marca
registrada.
Se puede utilizar material
protegido siempre y cuando se
adquiera el permiso de
escritura para el material,
cuando se indica que el
material tiene derechos de
autor o cuando este posee
licencia de libre autorización.