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Personal ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA SISTEMAS FOTOVOLTAICOS CONECTADOS A LA RED ELÉCTRICA ASOCIADOS A PROYECTOS PRODUCTIVOS AGROPECUARIOS Preparado por:

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    ESPECIFICACIN TCNICA PARA SISTEMAS FOTOVOLTAICOS CONECTADOS A LA RED ELCTRICA ASOCIADOS A PROYECTOS PRODUCTIVOS AGROPECUARIOS Preparado por:

  • FIDEICOMISO DE RIESGO COMPARTIDO ESPECIFICACIN TCNICA PARA

    SISTEMAS FOTOVOLTAICOS CONECTADOS A LA RED ELCTRICA ASOCIADOS A PROYECTOS PRODUCTIVOS AGROPECUARIOS

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    PREFACIO

    Dado que los procesos productivos del sector agropecuario mexicano son muy variados, requiriendo energa desde unos cuantos Watt hasta cientos de kiloWatt, los apoyos para los productores para el establecimiento de tecnologas que fomenten la conservacin y proteccin del medio ambiente, en especfico sistemas de energa renovable y prcticas de eficiencia energtica, a travs del Proyecto de Desarrollo Rural Sustentable (PDRS), estn orientados hacia la adquisicin de tecnologas que propicien un mayor rendimiento energtico en los procesos y una disminucin en las facturaciones correspondientes por consumo de energa.

    En el caso de proyectos productivos en donde se adquieran, instalen y apliquen Sistemas Fotovoltaicos Interconectados a la red, a travs del PDRS, stos deben de satisfacer desde el punto de vista tcnico, adems de las Reglas Generales de Interconexin al Sistema Elctrico Nacional (SEN) para generadores o permisionarios con fuentes de energas renovables o cogeneracin eficiente, emitidas por la Comisin Reguladora de Energa (CRE), emitidas mediante la Resolucin Nm. RES/119/2012 del 22 de mayo de 2012, los contratos de interconexin al SEN emitidos mediante la Resolucin Num. RES 054/2010 del 8 de abril de 2010, y la Especificacin de la Comisin Federal de Electricidad, CFE, G0100-04: Interconexin a la red elctrica de baja tensin de Sistemas fotovoltaicos con capacidad hasta 30 kW, los requerimientos tcnicos y de instalacin contemplados en la presente Especificacin Tcnica.

    Los Sistemas Fotovoltaicos Interconectados al SEN considerados en ste documento normativo tienen como funcin generar electricidad con la energa solar en el punto de consumo, acondicionarla para su conexin en paralelo con el SEN y en su caso, consumirla por las cargas elctricas locales y/o el excedente enviarlo a la red de distribucin local. Dichos sistemas estn constituidos por un generador fotovoltaico, un acondicionador de energa o inversor y un sistema de seguridad que permiten generar electricidad, con la energa solar, de una manera segura, confiable y duradera. Y para esto, las partes y componentes que constituyen al sistema, as como la instalacin civil y estructural, deben cumplir requisitos de calidad, seguridad y durabilidad.

    Este documento es la versin revisada y actualizada de la Especificacin Tcnica para Sistemas Fotovoltaicos de hasta 500.0 kW interconectados al SEN que deben cumplir los proyectos e instalaciones fotovoltaicas que sean propuestos, suministrados e instalados a travs del Proyecto de Desarrollo Rural Sustentable administrado por el Fideicomiso de Riesgo Compartido, FIRCO, entidad tcnica de la

    Aarn Snchez Jurez 07/10/2013

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    Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin, SAGARPA.

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    INTRODUCCIN

    El Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), entidad tcnica de la Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin (SAGARPA), fue creado para fomentar los agronegocios, el desarrollo rural por microcuencas y realizar funciones de agente tcnico en programas del sector agropecuario y pesquero. Dentro de sus atribuciones se encuentran otorgar apoyos temporales de riesgo compartido; apoyar la insercin de productores agropecuarios a las cadenas productivas; fomento a los agronegocios; apoyar a la SAGARPA para la competitividad de la produccin del campo mexicano e impulsar el desarrollo de la energa renovable en el campo.

    Dado lo anterior, el FIRCO otorga apoyos para la adquisicin y adopcin de tecnologas que fomenten la conservacin y proteccin del medio ambiente, en especfico sistemas de energa renovable y prcticas de eficiencia energtica aplicadas a los procesos productivos del sector agropecuario nacional. Una de estas tecnologas, la fotovoltaica que genera electricidad con la energa solar, ha representado la mejor alternativa para la generacin energa en sitios remotos en donde no se tiene la red elctrica convencional del SEN.

    A travs de diferentes programas gubernamentales, el FIRCO ha fomentado, impulsado y propiciado la adopcin de la tecnologa fotovoltaica en proyectos productivos del sector agropecuario desde hace algunos aos. El xito logrado enriqueci la experiencia de esta institucin en el manejo de la tecnologa en proyectos para bombeo de agua para abrevadero de ganado, pequeas reas de riego, abastecimiento de agua a pequeos invernaderos, tambin para conserva de productos perecederos con refrigeradores autnomos y para satisfacer necesidades domesticas en sitios alejados de la red elctrica tradicional. Dentro de este marco de aplicaciones, todos los sistemas fueron instalados siguiendo una Especificacin Tcnica emitida para tal propsito en el mes de septiembre de 2002 y las instalaciones fueron del tipo autnomo, con tensiones no mayores a 220 VDC/AC y con potencias fotovoltaicas no superiores a 5.0 kW. Prcticamente, las instalaciones fotovoltaicas fueron realizadas sobre el terreno en estructuras montadas en un poste, dos ms segn el tamao, o bien, estructuras al suelo tipo A; rara vez sobre el techo de alguna edificacin, exceptuando aquellos para aplicaciones domsticas a 12/24/48 VDC.

    Como una accin evolutiva en el fomento de esta tecnologa, se abri la oportunidad de apoyar Sistemas Fotovoltaicos (SFV-IR) pero en la modalidad de Interconexin a la Red elctrica convencional del SEN. Este tipo de sistemas opera en sincronizacin con la red e intercambia energa elctrica con ella a travs de un medidor bidireccional, de tal manera que los excesos de energa son enviados a la red de distribucin local, mientras que las deficiencias de energa son suministradas por la red.

    As un SFV-IR operar para complementar la energa que se demanda de la red por parte de los agronegocios. Esta forma de operacin es ms verstil, debido a que,

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    entre otras cosas, cuando existe la radiacin solar o durante las horas de luz, el usuario consume la energa solar producida por su sistema fotovoltaico, mientras que cuando no haya luz solar o esta no sea suficiente, el usuario toma la energa faltante de la red elctrica. Como resultado final, el productor disminuye su consumo elctrico provisto por la CFE y en consecuencia su facturacin elctrica. Debido a estas caractersticas, cada vez ms agronegocios estn interesados en cubrir parte de su demanda energtica con la adopcin de esta tecnologa, y as obtener los beneficios econmicos y ambientales, que permiten por un lado, un incremento en la rentabilidad econmica, y por el otro, una reduccin o abatimiento en los Gases Efecto Invernadero (GEI).

    A partir de la ejecucin de Programas Especiales del FIRCO en el periodo 20082012, se suministraron apoyos para la implementacin de esta tecnologa, se instalaron una serie de sistemas que permitieron que el personal tcnico del FIRCO adquiriera la experiencia suficiente para evaluar de manera general el funcionamiento de estos equipos. Sin embargo se observ que algunos proyectos instalados no cumplan con los requerimientos tcnicos necesarios para garantizar su adecuada operacin, confiabilidad y durabilidad, ya que en algunos casos, los proveedores entregaron los sistemas sin cumplir con estndares mnimos debido al desconocimiento del marco normativo, lo que conllev a que algunos equipos presentaran deficiencias tcnicas y de rendimiento, generando un aspecto negativo de la tecnologa.

    Por lo anterior, surge la necesidad de establecer estndares tcnicos en materia de dimensionamiento, diseo, instalacin y operacin que garanticen al usuario final una eficiente operacin de los sistemas fotovoltaicos interconectados a red y que se garantice su durabilidad, seguridad y confiabilidad. Dichos estndares y requerimientos tcnicos son contemplados en la presente Especificacin Tcnica.

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    TABLA DE CONTENIDO

    PREFACIO ............................................................................................................................. 1

    INTRODUCCIN .................................................................................................................... 3

    I. OBJETIVO ................................................................................................................... 7

    II. CAMPO DE APLICACIN ............................................................................................. 7

    III. ALCANCE ................................................................................................................ 7

    IV. REQUERIMIENTOS .................................................................................................. 8

    IV.1: SEGURIDAD .................................................................................................................. 8

    IV.2: CERTIFICACIN DE COMPONENTES ......................................................................... 8

    IV.3: PRUEBAS DE DESEMPEO ......................................................................................... 8

    IV.4: INTERCONEXIN A LA RED ELCTRICA LOCAL ....................................................... 9

    IV.5: DOCUMENTOS TCNICOS E INSTRUCCIONES ......................................................... 9

    IV.6: GARANTAS ................................................................................................................... 9

    V. NORMATIVA DE OBSERVACIN ................................................................................. 10

    VI. DEFINICIONES ....................................................................................................... 12

    VII. COMPONENTES ..................................................................................................... 17

    VI.1: el mdulo fotovoltaico (MFV) ........................................................................................ 18

    VI.2: ESTRUCTURA ............................................................................................................. 20

    VI.3: CABLES ....................................................................................................................... 22

    VI.4: INVERSOR O ACONDICIONADOR DE POTENCIA .................................................... 24

    VI.5: DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD ................................................................................ 26

    VI.5.1.- Medios de Desconexin Dsc ................................................................................ 26

    VI.5.2.- Proteccin contra descargas atmosfricas ........................................................... 29

    VI.5.3.- Proteccin contra fallas a tierra ............................................................................ 30

    VI.5.4.- Proteccin contra corrientes de retorno ................................................................ 32

    VI.6: SISTEMA DE TIERRA .................................................................................................. 33

    VI.6.1.- Electrodos de puesta a tierra. ............................................................................... 33

    VI.6.2.- Conductores de puesta a tierra. ............................................................................ 34

    VIII. INSTALACIN ........................................................................................................ 35

    VII.1: Los accesorios utilizados para la instalacin mecnica deben cumplir con lo siguiente: ............................................................................................................................................. 35

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    VII.2: Los accesorios utilizados para la instalacin elctrica deben cumplir con lo siguiente: 35

    VII.3: Instalacin del cableado. ............................................................................................. 36

    VII.3.1.- Cableado entre mdulos ...................................................................................... 36

    VII.3.2.- Colores de aislamiento en los cables ................................................................... 38

    VII.4: Cajas de empalme, combinacin o conexin-desconexin .......................................... 38

    VII.5: PUESTA A TIERRA ..................................................................................................... 39

    VII.5.1.- Partes Metlicas .................................................................................................. 39

    VII.5.2.- Conductores de corriente .................................................................................... 40

    VII.5.3.- Conexin en el electrodo de puesta a tierra. ........................................................ 40

    VII.5.4.- Dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas. ................................... 40

    VII.5.- El arreglo de Mdulos Fotovoltaicos, debe de cumplir con: .................................... 41

    VII.6: Los sistemas de seguridad deben cumplir con: ........................................................... 41

    VII.7: SISTEMA DE MEDICIN DE POTENCIA Y ENERGA ............................................... 42

    VII.7.1.- Medidor Bidireccional de Energa exigido por CFE .............................................. 42

    VII.7.2.- Monitoreo de Energa .......................................................................................... 42

    VII.8: DIMENSIONAMIENTO Y CAPACIDAD DE CONDUCCIN DE CORRIENTE ELCTRICA DE LOS CIRCUITOS ....................................................................................... 44

    VII.9: SEALIZACIN DE SEGURIDAD .............................................................................. 45

    IX. PRUEBAS DE SEGURIDAD Y DESEMPEO. .............................................................. 46

    X. PROVEEDOR .............................................................................................................. 46

    XI. DOCUMENTOS TCNICOS A ENTREGAR, INSTRUCCIONES Y GARANTIAS. ................ 47

    XII. VIGILANCIA: .......................................................................................................... 50

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    I. OBJETIVO

    Definir las Especificaciones Tcnicas mnimas que deben cumplir los Sistemas Fotovoltaicos Interconectados (SFV-IR) con una Red Elctrica Local (REL) del Sistema Elctrico Nacional (SEN), para su uso en proyectos productivos agropecuarios o agronegocios beneficiados por el Proyecto de Desarrollo Rural Sustentable, promovido por el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), entidad tcnica de la SAGARPA, las que contemplan los requisitos de calidad, seguridad en la instalacin, pruebas de funcionamiento del sistema, garanta al usuario y el cumplimiento con las Especificaciones de Interconexin al SEN emitidas por la Comisin Federal de Electricidad (CFE) y con las Reglas Generales de Interconexin al SEN emitidas por la Comisin Reguladora de Energa (CRE).

    II. CAMPO DE APLICACIN

    Estas Especificaciones Tcnicas sern utilizadas como procedimiento normativo por el FIRCO-SAGARPA en el proceso de seleccin de los SFV-IR y aplicadas a los Proveedores participantes en el proyecto; por lo que sern de observancia obligatoria a partir de la fecha de su distribucin oficial y hasta que se emitan otras instrucciones al respecto que las sustituyan.

    Aplica para los Sistemas Fotovoltaicos Interconectados al SEN en un Punto de Interconexin que pertenezca a una Red de Distribucin Local, pudiendo ser de una capacidad clasificada como Baja o Mediana Escala, para autoconsumo, sin necesidad de porteo, los cuales pueden estar instalados en inmuebles, edificaciones o terrenos de los agronegocios tanto en techos como sobre terreno; y que usen inversores estticos de estado slido, para la conversin de corriente directa (c.d.) a corriente alterna (c.a.).

    III. ALCANCE

    Estas Especificaciones Tcnicas se aplican al suministro e instalacin de los equipos, partes y componentes que forman a los SFV-IR, incluyndose los elementos o sistemas mecnicos, elctricos y electrnicos que formen parte de la instalacin, as como las pruebas, ensayos, verificaciones y mantenimiento involucrados desde su instalacin hasta su puesta en operacin.

    Es aplicable a todos los comercializadores, fabricantes, implementadores, e instaladores, de aqu en adelante los Proveedores, que deseen participar en el Proyecto de Desarrollo Rural Sustentable promovido por el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), entidad tcnica de la SAGARPA, en el suministro, instalacin y

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    puesta en operacin de SFV-IR para su uso en los agronegocios beneficiados por el citado proyecto hasta una capacidad de 500.0 kW

    Estas especificaciones formarn parte de la documentacin de referencia que regirn a las instalaciones de SFV-IR. El cumplir con las presentes especificaciones no exime a los Proveedores de conocer la normatividad aplicable al proyecto elctrico y a las condiciones de interconexin que la Comisin Federal de Electricidad (CFE) y/o la Comisin Reguladora de Energa (CRE) hayan publicado; en consecuencia, por el simple hecho de intervenir en cualquier etapa de la obra, tanto los Proveedores como aquellas empresas que sean subcontratadas para realizar la instalacin, deben conocer y admitir las presentes Especificaciones Tcnicas.

    La aplicacin de las presentes especificaciones no podr establecer criterios tcnicos contrarios a la normativa vigente nacional y/o internacional contemplada en el presente proyecto.

    Las dudas que surjan en la aplicacin o interpretacin sern dilucidadas por el Responsable Tcnico del Proyecto de Desarrollo Sustentable designado por el FIRCO-SAGARPA para tal propsito.

    IV. REQUERIMIENTOS

    IV.1: SEGURIDAD

    Toda la instalacin en su conjunto, tanto civil, mecnica y elctrica, de los SFV-IR debe ser segura y confiable tanto para el usuario como para los operadores del SEN, por lo que debe cumplir con las especificaciones de seguridad que, sobre la instalacin, se indican en el presente documento.

    IV.2: CERTIFICACIN DE COMPONENTES

    Todos y cada una de las partes y componentes deben cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas o en su defecto, Normas Internacionales aplicables en su caso, por lo que deben estar certificados por un Organismo Nacional de Certificacin respecto de la Norma correspondiente.

    IV.3: PRUEBAS DE DESEMPEO

    El Generador Fotovoltaico debe producir la potencia elctrica para el cual fue diseado, cuyo valor es obtenido bajo Condiciones de Medicin Estndar y especificado por el fabricante en su placa de identificacin, cuyo desempeo elctrico, calidad, seguridad y durabilidad debe estar certificado por la Asociacin de Normalizacin y Certificacin (ANCE) que es un Organismo Nacional de Certificacin de producto con base en pruebas de laboratorio basadas en la Normatividad vigente, en trminos de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin y su reglamento; o

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    bien, por un Organismo Internacional de Certificacin perteneciente al Sistema de Conformidad de Pruebas y Certificados de Equipo Elctrico (IECEE), que forma parte de la Comisin Electrotcnica Internacional (IEC: International Electrotechnical Commission), del que se deriva el Acuerdo Multilateral de Reconocimiento Mutuo de Organismos de Certificacin (CB-Scheme: Certification Body).

    IV.4: INTERCONEXIN A LA RED ELCTRICA LOCAL

    Dado que la interconexin al SEN en cualquier punto de la REL se regir por el Modelo de Contrato de Interconexin para Fuente de Energa Renovable o Sistema de Cogeneracin en Mediana y Pequea Escala, segn se estable en la Resolucin Num. RES/054/2010 del 8 abril 2010, emitida por la Comisin Reguladora de Energa (CRE), los sistemas fotovoltaicos de Pequea Escala con una capacidad menor o igual a 30.0 kW deben interconectarse a la red de Baja tensin y satisfacer la Especificacin CFE G0100-04; mientras que los sistemas fotovoltaicos de Mediana Escala, cuya capacidad es menor o igual a 500 kW y tensin mayor a 1 kV y menor a 69 kV, deben satisfacer los requerimientos contemplados en el Anexo E-RDT Requisitos Tcnicos para la Interconexin, del contrato correspondiente (Resolucin Num. RES/054/2010). En ambos casos, los sistemas fotovoltaicos deben cumplir con las Reglas Generales de Interconexin al Sistema Elctrico Nacional para generadores o permisionarios con fuentes de energas renovables o cogeneracin eficiente consideradas en la Resolucin Num. RES/119/2012 del 22 de mayo de 2012 emitidas por la CRE.

    Sin excepcin alguna, no se podrn conectar al SEN las instalaciones de Generadores o Permisionarios con Fuentes de Energas Renovables o Cogeneracin Eficiente, que no cuenten con su respectivo Contrato de Interconexin.

    IV.5: DOCUMENTOS TCNICOS E INSTRUCCIONES

    Los Proveedores deben entregar la documentacin tcnica correspondiente as como el manual o instructivo del sistema fotovoltaico que han instalado, en donde se contemple lo siguiente: ruta crtica de dimensionamiento y diseo elctrico, criterios de seleccin de partes y componentes, diagrama elctrico simplificado, diagrama elctrico unifilar, planos civiles de la cimentacin para la estructura correspondiente, e instrucciones de uso o manual de operacin.

    IV.6: GARANTAS

    El Proveedor, entregar por escrito y a favor del usuario, al trmino de la instalacin y previo a las pruebas de aceptacin, las garantas de las partes, componentes, y de la instalacin del sistema (contra vicios ocultos). La pliza entrar en vigencia el da de la entrega-recepcin oficial del sistema.

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    V. NORMATIVA DE OBSERVACIN

    Para los efectos de garantizar la calidad, funcionalidad, eficiencia y durabilidad de la instalacin fotovoltaica conectada a la red, adems de las condiciones tcnicas particulares contenidas en la presente especificacin, sern de aplicacin, y se observarn en todo momento, desde el proceso de adquisicin de los equipos hasta la ejecucin de la obra, las siguientes normas y especificaciones:

    NOM 001-SEDE 2012 Instalaciones Elctricas (utilizacin), publicada en el DOF el 29 de noviembre de 2012, entrando en vigor a partir del 29 de mayo de 2013.

    NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida. NMX-J-643/1-ANCE-2011 (IEC 60904-1) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 1:

    Medicin de la caracterstica corriente-tensin de los dispositivos fotovoltaicos. NMX-J-643/2-ANCE-2011 (IEC 60904-2) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 2:

    Requisitos para dispositivos solares de referencia. NMX-J-643/3-ANCE-2011 (IEC 60904-3) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 3:

    Principios de medicin para dispositivos solares fotovoltaicos terrestres (FV) con datos de referencia para radiacin.

    NMX-J-643/5-ANCE-2011 (IEC 60904-5) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 5: Determinacin de la temperatura equivalente de la celda (ECT) de dispositivos fotovoltaicos (FV) por el mtodo de tensin de circuito abierto.

    NMX-J-643/7-ANCE-2011 (IEC 60904-7) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 7: Clculo de la correccin del desajuste espectral en las mediciones de dispositivos fotovoltaicos.

    NMX-J-643/9-ANCE-2011 (IEC 60904-9) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 9: Requisitos para la realizacin del simulador solar.

    NMX-J-643/10-ANCE-2011 (IEC 60904-10) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 10: Mtodos de mediciones lineales.

    NMX-J-643/11-ANCE-2011 (IEC 60891) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 11: Procedimientos para corregir las mediciones de temperatura e irradiancia de las caractersticas corriente-tensin.

    NMX-J-643/12-ANCE-2011 (IEC 61836) - Dispositivos fotovoltaicos-Parte 12: Trminos, definiciones y simbologa.

    NMX-J-618/1-ANCE-2010 (IEC 61730-1) Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 1: Requisitos generales para construccin.

    NMX-J-618/2-ANCE-2012 (IEC 61730-2) Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 2: Requisitos para pruebas.

    NMX-J-618/3-ANCE-2012 (IEC 61646) - Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 3: Requisitos para mdulos fotovoltaicos de pelcula delgada-Calificacin del diseo.

    NMX-J-618/4-ANCE-2012 (IEC 61215) - Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 4: Requisitos para mdulos fotovoltaicos de silicio cristalino-Calificacin del diseo.

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    NMX-J-618/5-ANCE-2012 (IEC 61701) - Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 5: Mtodo de prueba de corrosin por niebla salina en mdulos fotovoltaicos.

    NMX-J-618/6-ANCE-2012 (IEC 61345) - Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 6: Mtodo de prueba UV (ultravioleta) para mdulos fotovoltaicos.

    NMX-J-655/1-ANCE-2012 (IEC 61853-1) Desempeo y eficiencia en sistemas fotovoltaicos (FV)-Parte 1: Mediciones de desempeo para irradiancia, temperatura y energa en mdulos fotovoltaicos.

    NMX-J-655/2-ANCE-2012 (IEC 61683) - Desempeo y eficiencia en sistemas fotovoltaicos (FV)-Parte 2: Acondicionadores de energa-Procedimiento para la medicin de la eficiencia.

    IEC 61853-2; Power and energy rating of Photovoltaic (PV) modules Test Methods.

    IEC 60364-7-712, Electrical installations of buildings - Part 7-712: Requirements for special installations or locations - Solar photovoltaic (PV) power supply systems.

    IEC 62109-1 ed1.0, Safety of power converters for use in photovoltaic power systems Part 1: General requirements

    IEC 621092 ed1.0, Safety of power converters for use in photovoltaic power systems Part 2, Particular requirements for inverters.

    CFE G0100-04, Interconexin a la red elctrica de baja tensin de sistemas fotovoltaicos con capacidad hasta 30 kW.

    Resolucin Num. RES/054/2010: Resolucin por la que la Comisin Reguladora de Energa expide el Modelo de Contrato de Interconexin para Fuente de Energa Renovable o Sistema de Cogeneracin en Mediana Escala, y sustituye el Modelo de Contrato de Interconexin para Fuente de Energa Solar en Pequea Escala por el Modelo de Contrato de Interconexin para Fuente de Energa Renovable o Sistema de Cogeneracin en Pequea Escala.

    Resolucin Num. RES/119/2012: Resolucin por la que la Comisin Reguladora de Energa expide Las Reglas Generales de Interconexin al Sistema Elctrico Nacional para Generadores o Permisionarios con Fuentes de Energa Renovable o Cogeneracin Eficiente.

    UL 1703, Standard for Flat-Plate Photovoltaic Modules and Panels. UL 1741, Standard for Inverters, controllers and Interconnection System

    Equipment for Use with Distributed Energy Sources. IEEE 1547, Standard for Interconnecting Distributed Resources with Electric

    Power Systems.

    Y resto de normas, especificaciones o reglamentacin que sean de aplicacin.

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    VI. DEFINICIONES

    Para una correcta interpretacin, las definiciones de los trminos usados en este documento son las consideradas en el Art. 690-2 de la Norma NOM 001-SEDE-2012, las expuestas en las Reglas Generales para la Interconexin al Sistema Elctrico Nacional y en la especificacin CFE G0100-04, algunas de las cuales se enlistan para pronta referencia y las que se consideran a continuacin:

    Acondicionador de potencia (AP): Equipo que es usado para cambiar el nivel de tensin elctrica de la energa, su forma de onda o ambos. Est integrado por un inversor que es un dispositivo electrnico que cambia una entrada de corriente directa a una salida de corriente alterna, y que cuenta con las protecciones mnimas siguientes: sobrevoltaje, bajo voltaje, frecuencia, anti-isla y sincronismo. Usualmente se le conoce con el nombre de Inversor.

    A la Vista de: Donde se especifique que un equipo debe estar a la vista de otro equipo, significa que un equipo debe estar visible desde el otro equipo y que no estn separados ms de 15.0 m uno del otro.

    A prueba de lluvia: Construido, protegido o tratado para impedir que la lluvia interfiera con la operacin satisfactoria del aparato bajo condiciones de prueba especfica.

    A prueba de polvo: Construido de tal forma que el polvo no interfiera en su operacin satisfactoria.

    Ampacidad: Corriente mxima que un conductor puede transportar continuamente, bajo las condiciones de uso, sin exceder su rango de temperatura.

    ngulo de diseo: ngulo de inclinacin del arreglo fotovoltaico que ha sido considerado en el diseo energtico del SFV-IR.

    Arreglo Fotovoltaico AFV: Un ensamble elctrica y mecnicamente integrado de mdulos o paneles con una estructura soporte y cimentacin, pudiendo ser esta fija o con seguimiento solar, sistemas de seguridad y otras componentes, segn se requieran para formar una unidad de produccin de energa en corriente continua. Ensamble mecnicamente integrado de mdulos o paneles fotovoltaicos con una estructura y bases de soporte, sistema de orientacin y otros componentes, segn se necesite para formar una unidad de generacin de energa elctrica de corriente continua.

    Caja de paso: Parte de un sistema de canalizacin con tubera de cualquier tipo para proveer acceso al interior del sistema de alambrado por medio de una cubierta o tapa removible. Podr estar instalada al final o entre partes del sistema de canalizacin.

    Caja de combinacin, de conexin, o desconexin: Parte del sistema de canalizacin en donde se localiza el punto de combinacin o paralelismo de conductores de la fuente fotovoltaica y los dispositivos de seguridad tales como

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    desconectores, fusibles, interruptores termomagnticos, etc. De esta caja sale el circuito de salida fotovoltaica.

    Cargas elctricas locales (CEL): Aparatos que consumen electricidad y cuya potencia total proporciona la potencia instalada o demanda elctrica del usuario.

    Cadena de celdas solares: Celdas solares conectadas en serie para incrementar el voltaje de salida.

    Celda solar: Unidad bsica de conversin que genera energa elctrica en corriente directa o continua cuando es expuesta a la luz solar. Dispositivo fotovoltaico bsico que genera electricidad cuando est expuesto a la luz solar.

    Circuito de entrada del inversor (CE-Inv): Los conductores entre el inversor y los circuitos de salida fotovoltaicos para las redes de produccin y distribucin de energa elctrica.

    Circuito de la fuente fotovoltaica (CF-FV): Los conductores entre mdulos y desde los mdulos hasta el o los puntos de conexin comn del sistema de corriente directa (ver figura 1).

    Circuito de salida del inversor (CS-Inv): Los conductores entre el inversor y un panel de distribucin de corriente alterna el equipo de acometida u otra fuente de generacin de energa elctrica, como una red pblica, para redes de generacin y distribucin de energa elctrica.

    Circuito de salida fotovoltaica (CS-FV): Los conductores del circuito entre el o los circuitos de la fuente fotovoltaica y el inversor o el equipo de utilizacin de corriente continua (ver figura 1).

    Corriente Alterna (CA): Terminologa usada para especificar que la Tensin (voltaje) y la Corriente Elctrica cambian su polaridad peridicamente con el tiempo. La Tensin y la corriente son funciones senoidales del tiempo con una frecuencia de 60 Hz

    Corriente continua (CC): Terminologa usada para especificar que la Tensin y la Corriente Elctrica NO cambia su polaridad respecto del tiempo. Se denomina tambin corriente directa (CD) y ambos trminos pueden emplearse para la identificacin o marcado de equipos, aunque debe tenderse al empleo de corriente continua, que es el normalizado nacional e internacionalmente.

    Condiciones de Medicin Estndar o Condiciones Estndares de Prueba: Conjunto de condiciones bajo las cuales se mide el desempeo elctrico de celdas solares y mdulos fotovoltaicos, que por acuerdo internacional son Irradiancia (G) de

    1,000 W/m2, Temperatura de la celda en el mdulo (Tc) de 25C y una Masa de Aire de 1.5.

    Diodo de paso: Dispositivo electrnico que se instala en los mdulos fotovoltaicos de silicio cristalino que impide la formacin de puntos calientes que se forman en las celdas solares por el efecto de sombreado en las mismas. Dispositivo conectado en

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    paralelo con una cadena de celdas de silicio cristalino que constituyen al mdulo fotovoltaico y que lo integra el fabricante en la caja de conexiones.

    Diodo de bloqueo: Diodo usado para impedir el flujo inverso de corriente hacia el circuito de la fuente fotovoltaica.

    Dispositivos fotovoltaicos integrados en edificaciones: Celdas fotovoltaicas, dispositivos, mdulos o materiales modulares, que estn integrados en una superficie exterior o en la estructura de una edificacin, que podran servir como superficie protectora externa del edificio.

    Estructura de soporte (E): Pieza o conjunto de piezas metlicas unidas que forman el apoyo mecnico para los mdulos fotovoltaicos.

    Fuente de Energa: Central de generacin de energa elctrica que utiliza Energas Renovables y Cogeneracin Eficiente.

    Fuente de Energa Fotovoltaica (FEFV): Integracin de un generador fotovoltaico con sistemas de proteccin, acondicionadores y almacenamiento de energa, segn sea requerido, los cuales proporcionan energa elctrica en corriente continua a la tensin y potencia elctrica requerida.

    Figura 1: Diagrama simplificado de una Fuente de Energa Fotovoltaica, FEFV. No se muestra el circuito de puesta a tierra del sistema.

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    Generacin en Mediana Escala: Aquella con capacidad menor o igual a 500.0 kW, que se interconecta a la red elctrica del Suministrador en tensiones mayores a 1 kV y menores a 69 kV, y que no requiera hacer uso del Sistema del Suministrador para portear energa a sus cargas.

    Generacin en pequea escala: Aquella con capacidad menor o igual a 30.0 kW, que se interconecta a la red elctrica del Suministrador en tensiones inferiores a 1 kV, y que no requiera hacer uso del Sistema del Suministrador para portear energa a sus cargas.

    Generador fotovoltaico GFV: Es sinnimo de mdulo, panel y arreglo fotovoltaico.

    Inversor: Equipo que se utiliza para cambiar el nivel de tensin o la forma de onda, o ambas, de la energa elctrica. En general un inversor es un dispositivo que cambia una entrada de corriente continua en una salida de corriente alterna. Tambin conocido como unidad de acondicionamiento de potencia o sistema de conversin de potencia.

    Inversor interactivo: Inversor que incluye la electrnica necesaria para interactuar con la red elctrica de distribucin. Dispositivo que sincroniza la tensin, la frecuencia y la fase de una red elctrica de distribucin para su interconexin a la misma.

    Isla: Condicin en la cual una porcin del SEN es energizado por uno o ms sistemas elctricos locales a travs de los Puntos de Interconexin separados elctricamente del SEN.

    Isla Intencional: Una condicin de operacin de una Fuente de Energa en Isla planeada.

    Isla No Intencional: Una condicin de operacin de una Fuente de Energa en Isla no planeada.

    Medidor bidireccional (MB): Dispositivo que mide el consumo de energa elctrica de un circuito o un servicio elctrico, del SEN hacia las cargas elctricas locales y del GFV hacia el SEN (M2). Dispositivo que tiene la capacidad de medir en un punto determinado, el flujo de energa en ambos sentidos, almacenando los datos de medicin de forma separada. La unidad de medida es el kilowatthora (kWh.

    Mdulo fotovoltaico (MFV): Generador de electricidad construido por la conexin elctrica de celdas solares, en serie y/o en paralelo, que incluye, entre otros elementos, un medio de proteccin a stas desde el punto de vista mecnico y contra la accin del ambiente, una caja de conexin con las terminales positiva y negativa de salida y puede tener un marco metlico que permite su instalacin mecnica en una estructura en campo. Unidad completa protegida ambientalmente, que consta de celdas solares, ptica y otros componentes, sin incluir los sistemas de orientacin, diseada para generar energa de corriente continua cuando es expuesta a la luz solar.

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    Mdulo de corriente alterna (Mdulo fotovoltaico de corriente alterna): Unidad completa protegida ambientalmente, que consta de celdas solares, ptica, inversor y otros componentes, sin incluir los de sistemas de orientacin, diseada para generar corriente alterna cuando se expone a la luz solar.

    Panel fotovoltaico rama fotovoltaica: Conjunto de mdulos fotovoltaicos conectados elctricamente en serie y unidos mecnicamente para proporcionar una tensin y potencia requerida. Conjunto de mdulos unidos mecnicamente, alambrados en serie y diseados para formar una unidad para instalarse en campo.

    Punto de acoplamiento comn. En un sistema interactivo con la red elctrica local es el punto en el cual se presenta la interfaz de la red de generacin y distribucin de energa elctrica y el cliente. Por lo general, es el lado carga del medidor de la red del suministrador. Se recomienda que este punto este contenido en el Tablero de Distribucin General (TAB) del usuario.

    Punto de Interconexin (PI): Punto en donde se conviene la entrega de energa elctrica de un Generador o Permisionario al Suministrador, en el cual se medir la potencia entregada.

    Red de generacin y distribucin de energa elctrica: Sistema de generacin, distribucin y utilizacin de energa, tal como el sistema de una red pblica y las cargas conectadas, que es externo y no controlado por el sistema de energa fotovoltaica.

    Sistema de proteccin (SP): Todos aquellos componentes diseados y calculados para dar proteccin a la instalacin elctrica contra sobrecarga o sobre corrientes, fusible o interruptor termo magntico.

    Sistema Elctrico Nacional (SEN): Sistema elctrico disponible en toda la repblica y que entrega energa elctrica a las redes elctricas locales.

    Sistema Fotovoltaico: El total de componentes y subsistemas que, combinados, convierten la energa solar en energa elctrica adecuada para la conexin a una carga de utilizacin.

    Sistema Fotovoltaico Interconectado al SEN (SFV-IR): Sistema solar fotovoltaico que funciona en paralelo con una red de generacin y distribucin de energa elctrica, a la que puede alimentar. Para el propsito de esta definicin, un subsistema de almacenamiento de energa de un sistema solar fotovoltaico, como una batera, no es otra fuente de produccin.

    Subarreglo: Un subconjunto elctrico de un arreglo fotovoltaico.

    Suministrador: La Comisin Federal de Electricidad (CFE).

    Tablero de distribucin o interfaz (TAB): Panel grande sencillo, estructura o conjunto de paneles donde se montan, ya sea por el frente, por la parte posterior o en ambos lados, desconectores, dispositivos de proteccin contra sobrecorriente y otras protecciones, barras conductoras de conexin comn y usualmente

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    instrumentos. Los tableros de distribucin de fuerza son accesibles generalmente por la parte frontal y la posterior, y no estn previstos para ser instalados dentro de gabinetes.

    Tecnologas fotovoltaicas: Son las diferentes celdas solares disponibles comercialmente: silicio cristalino, silicio amorfo, telurio de cadmio, cobre-indio-galio-selenio, arseniuro de galio, celdas de concentracin, y otras.

    Tensin del Sistema Fotovoltaico: Tensin de corriente continua de cualquier suministro fotovoltaico o circuito de salida fotovoltaico. Para instalaciones multifilares, la tensin del sistema fotovoltaico es la tensin ms alta entre cualquier par de conductores de corriente continua.

    VII. COMPONENTES

    Un Sistema fotovoltaico conectado a una Red Elctrica Local del SEN est constituido por un conjunto de componentes encargados de realizar las funciones de captar la radiacin solar, generar energa elctrica en forma de corriente continua (CC) y acondicionar dicha energa a las caractersticas que la hagan utilizable por los consumidores conectados a la red de distribucin de corriente alterna (CA). Este tipo de instalaciones fotovoltaicas trabajan en paralelo con la Red Elctrica Local del SEN.

    El siguiente diagrama a bloques (figura 2) muestra las componentes principales de un Sistema Fotovoltaico Interconectado al SEN (SFV-IR).

    Figura 2: Diagrama de bloques de un Sistema Fotovoltaico Interconectado al SEN.

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    La nomenclatura en dicho diagrama es la siguiente:

    GFV: Mdulo, arreglo o Generador fotovoltaico, GFV.

    E: Estructura de soporte para el GFV.

    SP: Sistema de proteccin para seguridad.

    AP: Acondicionador de potencia o inversor.

    TAB: Tablero de distribucin o interfaz entre el GFV y el SEN (Red de Distribucin Elctrica).

    MB: Medidor bidireccional de energa.

    M: Medidor de energa elctrica (wattormetro).

    CEL: Cargas Elctricas Locales.

    SEN: Sistema Elctrico Nacional (Red de Distribucin Elctrica).

    BOS: Siglas que denotan Balance del Sistema.

    A continuacin se describen los requerimientos de cada uno de los componentes:

    VII.1: EL MDULO FOTOVOLTAICO (MFV)

    Los mdulos fotovoltaicos, independientemente de la tecnologa fotovoltaica del que estn ensamblados, es el generador de potencia elctrica bsico que debe cumplir con lo siguiente:

    Ser nuevos.

    Estar construidos de acuerdo a la Norma NMX-J-618/1-ANCE-2010 (IEC 61730-1) Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 1: Requisitos generales para construccin.

    Tener placa de identificacin original indicando: especificaciones elctricas, fabricante, marca, modelo, clase y nmero de serie.

    Los mdulos pueden ser flexibles o rgidos; de cualquier tecnologa fotovoltaica (silicio cristalino, silicio amorfo, telurio de cadmio, cobre-indio-galio-selenio, etc.). Si tienen marco metlico, este debe ser de aluminio anodizado. En caso de que el mdulo este encapsulado en vidrio, ste debe ser del tipo templado.

    Si los mdulos son de pelcula delgada, deben satisfacer los requerimientos de la Norma NMX-J-618/3-ANCE-2012 (IEC 61646) - Evaluacin de la seguridad en mdulos fotovoltaicos (FV)-Parte 3: Requisitos para mdulos fotovoltaicos de pelcula delgada-Calificacin del diseo (silicio amorfo, cobre-indio-galio-selenio y telurio de cadmio); o bien si son de silicio cristalino, deben satisfacer la NMX-J-618/4-ANCE-2012 (IEC 61215) - Evaluacin de la seguridad en mdulos

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    fotovoltaicos (FV)-Parte 4: Requisitos para mdulos fotovoltaicos de silicio cristalino-Calificacin del diseo.

    Tener caja de conexiones para intemperie del tipo IP65 (a prueba de lluvia y polvo segn norma IEC 60529), con las terminales de salida debidamente marcadas identificando la terminal negativa y la positiva. Si tiene cables de salida, estos deben tener las siguientes caractersticas certificadas por un laboratorio de prueba:

    a) Ser adecuados para intemperie marcados como resistentes a la luz solar, clase II.

    b) El calibre debe corresponder a la capacidad de conduccin calculada en trminos de la corriente de corto circuito del panel (1.56 la corriente de corto circuito del panel bajo condiciones normalizadas de prueba segn Art. 690 de la NOM 001-SEDE 2012),

    c) Estar marcados identificando la terminal positiva y negativa. d) Tener conectores rpidos para intemperie con las siguientes

    caractersticas mnimas: sistema de bloqueo, tensin elctrica de aislamiento mnimo 600 V, temperatura de operacin hasta de 90C, proteccin para el enchufado IP65 o superior, y estar certificados bajo estas caractersticas (por ejemplo conectores del tipo MC4 o MC3) u otro equivalente.

    Si el marco del mdulo es metlico, debe tener una indicacin clara del sitio destinado para la puesta a tierra del mismo. La palabra TIERRA puede usarse con este propsito, o bien el smbolo.

    Los mdulos de silicio cristalino deben tener diodos de paso dentro de la caja

    de conexiones para reducir el efecto de sombreado parcial los que deben ser provistos por el fabricante del mdulo.

    Deben tener el certificado de conformidad de producto emitido por un Organismo Nacional de Certificacin acreditado en trminos de la Ley LFMN (Ley Federal de Metrologa y Normalizacin) y su reglamento. En caso de no existir infraestructura en el pas, los mdulos deben estar certificados por un organismo NCB (National Certification Body), miembro de IECEE, CB Scheme, as como el informe de pruebas emitido por un laboratorio (CBTL Certification Body Testing Laboratory) que sea acreditado bajo ISO/IEC 17025. La verificacin del certificado ser por medio de la pgina web www.iecee.org. (Ver Anexo 1 para el listado de los Laboratorios de Prueba CBTL que son reconocidos mundialmente as como el listado de los Organismos de Certificacin).

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    La placa de identificacin debe tener el sello del organismo de certificacin que certifica las caractersticas y seguridad del producto. En caso de carecer de sello, presentar el certificado de conformidad.

    Ya que los SFV-IR se disean con voltajes mayores de 50 V y potencias mayores de 240 W, los mdulos a instalar deben tener certificacin Clase A para satisfacer los requerimientos de seguridad Clase II; y estar certificados como Clase C para riesgos de propagacin de incendios.

    VII.2: ESTRUCTURA

    Ser responsabilidad del proveedor que la estructura y la cimentacin para el AFV sean diseadas y construidas con materiales apropiados para evitar que, bajo condiciones de trabajo, presenten corrosin, deformaciones mecnicas, hundimientos, fallas de cimentacin y problemas relacionados con la aerodinmica del arreglo. Se requiere que la estructura y cimentacin tengan una vida til de 20 aos como mnimo.

    La estructura debe cumplir con lo siguiente:

    a) Pueden ser fijas o con seguimiento solar (uno o dos ejes).

    b) Debe estar orientada tal que la cara o superficie activa de los mdulos

    este hacia el sur verdadero 5. Si por condiciones del sitio de instalacin no se puede cumplir lo anterior, el proveedor debe entregar una memoria de clculo del perfil mensual de generacin de la energa durante un ao.

    c) Ser de metal: aluminio anodizado o acero inoxidable, o bien, acero al carbn galvanizado en caliente o acero al carbn con un recubrimiento anticorrosivo y pintura acrlica anticorrosiva.

    d) En regiones de ambiente salino, la estructura debe de ser de aluminio anodizado o acero inoxidable.

    e) Puede contar con un sistema de ajuste 15 de acuerdo a la latitud del lugar.

    Para estructuras fijas, sin seguimiento, la inclinacin del AFV debe ser igual a la Latitud del lugar 5 que es considerado el ngulo de diseo que maximiza la energa producida al ao. En caso contrario, el proveedor debe justificar el ngulo seleccionado y entregar una memoria de clculo del perfil mensual de generacin de la energa durante un ao.

    La estructura se puede instalar sobre el terreno (suelo o piso) sobre el techo o loza de una edificacin. Para instalaciones sobre terreno se puede tener dos tipos de soportes: un solo punto de apoyo llamado tipo pedestal o poste; o varios puntos de apoyo. En ambos casos, los puntos de apoyo deben estar cimentados al piso o terreno, o techo.

    a) El soporte tipo pedestal puede estar enterrado y/o cimentado en el terreno, o bien tener una base metlica para atornillarlo a una contra base con

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    anclas roscadas embebidas en un dado o base de concreto armado cimentado en el terreno. En ambos casos, el diseo estructural debe ser tal que la estructura no sufra flexiones cuando es sometida a cargas de viento locales. El proveedor debe proporcionar la memoria de clculo correspondiente acorde al Manual de Diseo de Obras civiles: Diseo por Viento 2008 CFE-IIE. El pedestal puede ser de concreto armado metlico y estar diseado para soportar la carga esttica de la estructura y del AFV. La altura ms baja del AFV no debe ser inferior a 1.60 m en su parte inferior referenciado al nivel del suelo.

    b) El soporte con varios puntos de apoyo es aquel en la que la estructura esta soportada sobre un terreno horizontal por lo menos con 4 piernas, las que pueden incluir bases para sujetarse al piso segn el diseo civil de la cimentacin de concreto correspondiente. La sujecin puede hacerse con anclas roscadas embebidas en concreto, taquetes metlicos de expansin con tornillos insertados en el concreto, u otro mecanismo que garantice la firmeza de sujecin de la base de la pierna al piso o terreno. La altura de la parte ms baja del AFV, no debe ser inferior a 60 cm referenciado al nivel del terreno. La separacin entre las piernas debe ser tal que los largueros que soportarn a los mdulos no deben presentar flexiones superiores a 3 mm en ninguna direccin derivado de la carga esttica producida por el peso de los mdulos.

    c) Cuando el AFV se instale en una azotea de concreto armado con el techo horizontal, el anclaje al techo debe satisfacer lo especificado en el inciso (b). En todos los casos, el proveedor debe solicitar al usuario de la tecnologa un estudio de resistencia mecnica que garantice que el techo o la estructura de la edificacin no ceder a la carga esttica producida por el peso de los mdulos y la carga dinmica producida por la presin del viento sobre la geometra del AFV.

    d) Para techos inclinados orientados al sur verdadero, con un ngulo igual a

    la Latitud del lugar 5, el anclaje al techo puede ser tal que las piernas de soporte hagan que la superficie del AFV sea paralela al techo y deben proveer una altura mnima de 10 cm respecto del nivel del mismo. para permitir la ventilacin de los mdulos.

    e) Para techos inclinados no orientados al sur verdadero, el anclaje al techo debe disearse de tal manera que la estructura quede orientada al sur verdadero e inclinada al ngulo de diseo. En caso contrario, el proveedor debe justificar el ngulo seleccionado y entregar una memoria de clculo del perfil mensual de generacin de la energa durante un ao.

    En todos los casos en que el techo de una edificacin no sea de concreto armado, el Proveedor debe seleccionar el mejor sistema mecnico que permita sujetar firmemente las piernas del soporte a la estructura de la edificacin correspondiente. La estructura debe de estar diseada para soportar bajo condiciones de trabajo, corrosin, deformaciones mecnicas tanto estticas como dinmicas con un anclaje que soporte cargas de viento de

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    acuerdo a las caractersticas climatolgicas del sitio de instalacin (ver datos de velocidades de viento, segn la localidad, proporcionados en el Manual de Diseo de obras civiles: Diseo por Viento 2008 CFE-IIE).

    La estructura y colocacin de los mdulos debe disearse tal que un mdulo no soporte cargas de viento superiores a los 2400 Pa.

    VII.3: CABLES

    El cableado debe realizarse de acuerdo a lo especificado en la Norma Internacional IEC 60364-4-41, IEC 60364-7-712 y cumplir con lo requerido en el Art. 690 y 705 de la Norma NOM 001-SEDE 2012 dentro del cual se destaca lo siguiente:

    Todo el cable que se use en la instalacin fotovoltaica debe ser de cobre, formado por alambres de cobre temple suave trenzados Clase B, con 7

    alambres trenzados por conductor para cables calibre AWG 18 al 2, con 19

    alambres trenzados por conductor para cables calibre AWG 1 al 4/0, y con 37

    alambres trenzados por conductor para cables calibre 250 kcmil al 1000 kcmil.

    El cable conductor debe tener aislante certificado para 600V o superior y contar con certificacin NOM-063-SCFI vigente.

    Todo cable conductor expuesto a la intemperie, adems de satisfacer la Norma NOM-063-SCFI, debe estar certificado para ser expuesto a la radiacin solar (resistentes a la luz solar como del tipo USE, UF, TWD-UV, grado solar o equivalente).

    El cable conductor para los circuitos de la fuente fotovoltaica como de salida fotovoltaica en corriente directa preferentemente debe tener doble aislamiento para garantizar un aislamiento Clase II. (Vulcanel EP antillama Tipo RHH RHW-2; Vinanel THHN, THWN-2).

    Para cables de seccin transversal de 13 mm2 o mayor (desde cable calibre 6 hacia secciones transversales ms gruesas 4, 2, 1/0, etc), se puede usar cable de aluminio grado elctrico de la serie AA 8000 segn el Art 310.14 de la NOM 001 SEDE 2012, siempre que los conectores para la interconexin de los circuitos elctricos sean del tipo CO/ALR; o bien, que tengan un recubierto metlico que permita la compatibilidad con conectores tradicionales de cobre tipo tornillo. Deben ser del tipo USE-2, RHH. RHHW-2 con aislamiento XLPE para intemperie.

    No se acepta cable uso rudo en los circuitos del sistema fotovoltaico para el caso de estructuras para el AFV sin seguimiento solar, Para el caso de estructuras con seguimiento solar solo se acepta cable del tipo uso rudo en el circuito de salida de la fuente fotovoltaica hasta la caja de control si es que esta certificado para intemperie y con proteccin UV (cable tipo grado solar).

    En los circuitos de la fuente y de salida fotovoltaica la ampacidad o capacidad de conduccin de los conductores debe seleccionarse con un valor de 1.56

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    veces la corriente de corto circuito, Isc, del mdulo, panel o arreglo fotovoltaico (NOM-001 SEDE 2012, Art.690-8).

    En el circuito de salida del inversor, la capacidad de conduccin de los conductores debe seleccionarse con un valor de 1.25 veces la corriente a la potencia nominal del inversor.

    Todo cable conductor que no sea para intemperie y que no sea resistente a la luz solar debe estar contenido en tubera conduit adecuada al tipo de instalacin (interior o exterior) y a las condiciones ambientales. Puede ser del tipo flexible de aluminio con recubrimiento de PVC para intemperie del conocido como liquidtight (para longitudes mximas de 3 m) o rgida de PVC metlica galvanizada para ms de 3 m.

    El tipo de cable conductor para el cableado en general, no expuesto a la intemperie, debe ser seleccionado con aislante a 90C, por ejemplo del tipoTHW-2, THWN-2, THHW-LS o equivalente.

    Para temperaturas ambiente que excedan de 30C, la capacidad de conduccin de corriente debe corregirse, reduciendo su valor, con los factores dados por la Tabla No. 310-15(b)(2)(a) de la NOM-001-SEDE 2012, que para referencia rpida se presenta en la siguiente tabla. Temperatura

    ambiente (C)

    Factores de correccin basados en una temperatura

    ambiente de 30C No ms de tres conductores monopolares aislados

    Rango de temperatura del conductor

    60C 75C 90C

    21-25 1.08 1.05 1.04

    26-30 1,0 1,0 1,0

    31-35 0,91 0,94 0,96

    36-40 0,82 0,88 0,91

    41-45 0,71 0,82 0,87

    46-50 0,58 0,75 0,82

    51-55 0,41 0,67 0,76

    Para canalizaciones circulares expuestas a la luz solar colocados en o por encima de azoteas, la temperatura ambiente de los cables conductores dentro de la canalizacin debe incrementarse por los valores proporcionados por la Tabla 310-15(b)(3)(c) de la NOM-001-SEDE 2012, que para referencia rpida se presenta en la siguiente tabla:

    Distancia por encima del techo hasta la base del tubo conduit.

    (mm)

    Sumar a la temperatura ambiente.

    (C)

    De 0 hasta 13 33

    Ms de 13 hasta 90 22

    Ms de 90 hasta 300 17

    Ms de 300 hasta 900 14

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    Para ms de tres cables conductores portadores de corriente en una canalizacin o cable, la capacidad de conduccin de corriente debe corregirse, reduciendo su valor, con los factores dados por la Tabla No. 310-15(b)(3)(a) de la NOM-001-SEDE 2012, que para referencia rpida se presenta en la siguiente tabla:

    Nmero de conductores Porcentaje de los valores en las Tablas 310-15(b)(16) a 310-15(b)(19), ajustadas

    para temperatura ambiente, si es necesario

    4-6 80

    7-9 70

    10-20 50

    21-30 45

    31-40 40

    41 y ms 35

    El calibre de los conductores del circuito de la fuente fotovoltaica a la caja de combinacin debe ser seleccionado para evitar una cada de tensin no mayor al 1%. El calibre de los conductores del circuito de salida fotovoltaico hacia el inversor debe ser seleccionado para evitar una cada de tensin no mayor al 1%. El calibre de los conductores del circuito de salida del inversor hacia el tablero de distribucin debe ser seleccionado con una cada de tensin no mayor al 2%.

    VII.4: INVERSOR O ACONDICIONADOR DE POTENCIA

    El Inversor o acondicionador de potencia debe cumplir con lo siguiente:

    Satisfacer los requerimientos exigidos en la Especificacin CFE G0100-04 contemplada en los Requisitos Tcnicos para la interconexin entre una fuente de energa distribuida en pequea mediana escala y el SEN.

    Satisfacer los requerimientos tcnicos de la Norma internacional IEC 62109 Part 1 y Part 2, o alternativamente, de la Norma UL 1741 basada en la Norma IEEE 1547 los que deben comprobarse mediante el certificado de conformidad emitido por un Organismo Nacional de Certificacin acreditado en trminos de la Ley LFMN (Ley Federal de Metrologa y Normalizacin). En caso de no existir infraestructura de certificacin en el pas, el inversor debe estar certificado por un organismo NCB (National Certification Body), miembro de IECEE, CB Scheme, as como el informe de pruebas emitido por un laboratorio (CBTL Certification Body Testing Laboratory) que sea acreditado bajo ISO/IEC 17025. La verificacin del certificado ser por medio de la pgina web www.iecee.org-

    Contar con el certificado correspondiente que garantice el cumplimiento de los requerimientos elctricos para la funcin anti-isla de acuerdo a la Norma IEC 62116:2008 Ed 1, o la Norma UL 1741 que permite su conexin a la red,

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    emitido por un organismo nacional o internacional del NCB (National Certification Body), miembro de IECEE, CB Scheme, as como el informe de pruebas emitido por un laboratorio (CBTL Certification Body Testing Laboratory) que sea acreditado bajo ISO/IEC 17025. La verificacin del certificado ser por medio de la pgina web www.iecee.org-

    Tener una eficiencia igual o mayor del 95% a la potencia nominal del sistema.

    Tener una placa de identificacin que incluya informacin de la marca, modelo, especificaciones, fabricante o importador responsable

    Tener la capacidad para el manejo de energa de acuerdo al diseo del sistema fotovoltaico. La potencia de salida del inversor no debe ser menor a la potencia de operacin del arreglo FV (potencia generada cuando los mdulos estan calientes).

    El Proveedor del equipo debe garantizar que la tensin elctrica en el punto de mxima potencia de la Fuente de Energa FV, a cualquier temperatura ambiente, debe ajustarse al intervalo de tensin elctrica de operacin del inversor.

    Debe contar con un gabinete con grado de proteccin IP54 si su uso es en interiores IP65 o superior si es para uso en intemperie.

    La Tensin de salida del inversor debe ser aquella a la que el usuario tiene contratada su suministro: 127 V en sistemas monofsico a 2 hilos para consumidores con potencias instaladas no mayores a 5.0 kW; 120 V/240 V en sistemas monofsico tres hilos bifsicos tres hilos para consumidores con potencias instaladas entre 5.0 kW hasta 10.0 kW; 220 V/ 127 V en sistemas trifsicos 4 hilos para consumidores con potencias instaladas mayores de 10.0 kW.

    El inversor puede ser monofsico bifsico si la potencia nominal del SFV-IR no excede de 10.0 kWp; y debe ser trifsico si la potencia nominal del SFV-IR es superior a 10.0 kWp.

    El inversor no debe ser una fuente de inyeccin de corriente directa hacia la red de corriente alterna del SEN por lo cual debe tener a su salida un transformador que provea un medio de aislamiento galvnico. El valor mximo permisible es de 0.5% de la corriente de salida nominal del inversor (Art. 5.2 de la Norma IEEE Std 929-2000).Si el inversor NO incluye el transformador de salida, el Proveedor debe incluir en la instalacin, antes del Punto de Acoplamiento Comn (PAC), un medio de aislamiento galvnico con una potencia igual a 1.25 veces la potencia nominal del inversor.

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    VII.5: DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD

    VII.5.1.- Medios de Desconexin Dsc

    De acuerdo a la NOM 001-SEDE 2012, se requiere de un Medio de Desconexin (Dsc) para abrir los conductores elctricos NO aterrizados en todas las fuentes de energa. En consecuencia, todos los SFV-IR deben tener medios de desconexin en los circuitos de salida del GFV entrada del inversor, y salida del inversor, como un Sistema de Proteccin para seguridad del usuario; es decir, tanto el circuito de salida fotovoltaica como el del inversor deben satisfacer dicho requerimiento. En la figura 3 se muestra un diagrama esquemtico de un SFV-IR en donde se muestra las posiciones sugeridas en donde deben localizarse los Medios de Desconexin (Dsc).

    Los Dsc pueden ser interruptores de cuchilla, interruptores termomagnticos, interruptores de palanca y deben seleccionarse de acuerdo al tipo de corriente a manejar (corriente alterna corriente continua).

    Los Dsc para el CS-FV (zona de corriente continua) deben ser del tipo de Interrupcin con carga; debiendo ser bipolares para interrumpir efectivamente tanto el conductor positivo como el conductor negativo. En el circuito de salida fotovoltaico (CS-FV) se recomienda que el Dsc sea multipolar (ms de dos polos) para evitar el arqueo.

    Figura 3: Diagrama esquemtico de un SFV-IR

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    El circuito de salida fotovoltaico (CS-FV) debe tener un Medio de Desconexin (Dsc1) tan cerca como sea posible al GFV.

    Cuando el Inversor NO se encuentre a la vista del Medio de Desconexin del GFV (Dsc1) y el inversor NO incluya un Medio de Desconexin en su circuito de entrada (CE-Inv), se requiere a la entrada del inversor un Medio de Desconexin (Dsc2).

    Cuando el Inversor NO tenga un Medio de Desconexin en su Circuito de Salida (CS-Inv), se requiere a la salida del inversor un medio de desconexin (Dsc3) tan cerca como sea posible de ste.

    La conexin del circuito de salida del inversor (CS-Inv) en el Punto de Acoplamiento Comn (PAC), que se sugiere sea en el Tablero de Distribucin General (TAB), debe hacerse a travs de un Medio de Desconexin (Dsc4).

    El Medio de Desconexin Dsc5 lo exige CFE como el interruptor de servicio de la acometida que debe estar instalado de manera accesible al personal del Suministrador de energa elctrica (CFE).

    Los Medios de Desconexin deben estar contenidos en una caja con grado de proteccin de acuerdo a su ubicacin; interior IP54 (NEMA tipo 2) o exterior IP65 (NEMA tipo 4 4X en ambientes salinos) o superior. Alternativamente, pueden instalarse en o dentro del inversor siempre y cuando se pueda garantizar la desconexin elctrica para realizar trabajos de servicio y mantenimiento.

    La Capacidad de Conduccin de los Medios de Desconexin debe seleccionarse de acuerdo a la Norma NOM 001 SEDE 2012; es decir: en el circuito de salida de la fuente fotovoltaica (CS-FV) con una ampacidad de 1.56 veces la corriente de corto circuito del GFV; y en el circuito de salida del inversor (CS-Inv), con un valor de 1.25 veces la corriente a la potencia nominal del inversor.

    Contar con certificacin NOM-003-SCFI-vigente.

    Si en el circuito de salida fotovoltaica (circuito de entrada al inversor), el conductor negativo est aterrizado, el conductor positivo debe tener el medio de desconexin y la puesta a tierra del conductor negativo debe hacerse entre el medio de desconexin y el inversor dentro del inversor.

    Si ninguno de los conductores de electricidad del sistema FV del circuito de salida estar aterrizado, ambos conductores deben tener un medio de desconexin (ver diagrama en la figura No. 4).

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    Figura No. 4: Localizacin de medios de desconexin en un sistema flotante y aterrizado.

    En el caso de microinversores que tienen integrados conectores (Por ejemplo del tipo MC4) o equivalente) para la terminal positiva y terminal negativa en el circuito de entrada, se acepta al conector/enchufe como medio de desconexin para el circuito de salida fotovoltaica.

    Se aceptan los conectores para aplicaciones fotovoltaicas (por ejemplo MC4 o similar uso intemperie) como medios de desconexin para el circuito de salida fotovoltaica, siempre y cuando tengan la ampacidad correspondiente.

    Para instalaciones fotovoltaicas realizadas sobre lozas o techos de inmuebles (casas, comercios, o naves industriales, etc.) y el inversor se encuentre ubicado en el interior del inmueble, se debe contar con un sistema de desconexin de emergencia que conste de un contactor o interruptor y un botn de paro cuya funcin es desconectar el generador fotovoltaico del resto del sistema en caso de una emergencia (incendio o temblor). El interruptor o contactor se debe colocar en la Caja de Desconexin, en los conductores del circuito de salida del arreglo FV, mientras

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    que el botn de paro, debe estar instalado tan cerca como sea posible del Tablero de distribucin o de la acometida del suministrador de potencia elctrica (CFE).

    Excepcin: No se requiere dicho sistema de desconexin de emergencia cuando la tensin elctrica a circuito abierto del mdulo, panel o arreglo fotovoltaico sea menor de 40 V, cuando se usen micro inversores que se instalan debajo de los mdulos, o cuando la distancia de los conductores del circuito de salida de la Fuente de energa Fotovoltaica a la entrada del inversor sea menor de 2.0 m

    VII.5.2.- Proteccin contra descargas atmosfricas

    El circuito de salida fotovoltaica debe tener instalado un dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas.

    La proteccin contra descargas atmosfricas debe estar ubicada fsicamente en la caja que contiene al medio de desconexin del circuito de salida fotovoltaica, es decir, en la Caja de Desconexin.

    El dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas debe instalarse antes del medio de desconexin principal del circuito de salida fotovoltaico.

    Si ninguno de los conductores de electricidad del sistema FV del circuito de salida est aterrizado, ambos conductores deben tener un dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas. Si uno de los conductores de electricidad esta puesto a tierra en la terminal de puesta a tierra de la caja de desconexin, el otro conductor debe tener un dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas. En caso contrario, ambos deben tener el dispositivo de proteccin contra descargas atmosfricas.

    El dispositivo contra descargas atmosfricas debe seleccionarse de tal forma que acte a un tensin elctrica mayor que 1.25 la tensin elctrica a circuito abierto de la fuente fotovoltaica bajo condiciones de temperatura ambiente local mnima anual, con una capacidad mnima de 5kA.

    Excepcin: No se requiere de dicho dispositivo en el caso de microinversores que ya tengan integrado dicho dispositivo en el circuito de entrada fotovoltaica; pero se requiere en el circuito de salida del inversor (ver Figura No.5).

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    Figura No. 5: Diagrama elctrico de un sistema solar fotovoltaico con el conductor negativo puesto a tierra. Se muestra la posicin de los sistemas de proteccin contra descargas atmosfricas (varistores).

    VII.5.3.- Proteccin contra fallas a tierra

    Todo Sistema Solar fotovoltaico debe contar con un Sistema de Deteccin de Fallas a Tierra (SDFT) de acuerdo al Art. 690-5 de la Norma NOM 001-SEDE 2012.

    El SDFT debe constar de un sensor de corriente, un sistema de deteccin con indicador del tipo de falla y un contactor o interruptor automtico.

    El sensor de corriente debe instalarse entre la salida del arreglo FV y el punto de conexin a tierra para un arreglo FV aterrizado mientras que el contactor o interruptor debe instalarse entre el arreglo FV y el inversor (Figuras No. 6 y 7).

    Para un GFV flotante se puede instalar un dispositivo monitor de aislamiento permanente que verifique la resistencia a tierra de ambos polos con una frecuencia predeterminada o instalar un dispositivo de corriente residual a la salida del subsistema de acondicionamiento de potencia segn se especifica en CFE G0100-04 (Figura 7).

    Excepcin: Se puede omitir el dispositivo de deteccin de falla a tierras si todos los componentes del GFV, especialmente los cables de los circuitos en CD, cuentan con doble aislamiento (clase II) y si se ha realizado un buen cableado de acuerdo a lo especificado en la NOM-001-SEDE-2012 y por CFE.

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    Figura 6: Dispositivo para detectar fallas a tierra en un SFV aterrizado.

    Figura No. 7: Dispositivo para detectar fallas a tierra en un SFV flotante.

    Excepcin: En el caso de microinversores instalados debajo de los mdulos fotovoltaicos o que la distancia del circuito de salida fotovoltaica al inversor sea menor de 2.0 m, no se requiere del SDFT.

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    VII.5.4.- Proteccin contra corrientes de retorno

    En sistemas que incluyan ms de dos mdulos panel o rama cadena de arreglos FV en paralelo, se debe de instalar un dispositivo protector contra corrientes de retorno en cada panel o cadena o rama que pueden provenir del punto de conexin en paralelo hacia mdulos sombreados o fallas a tierra en un panel.

    El dispositivo protector contra corrientes de retorno puede ser un fusible un interruptor termomagntico bidireccional, o una combinacin de ambos. Se puede usar un diodo de silicio que bloque las corrientes de retorno, por lo que se le conoce como Diodo de Bloqueo. aunque realmente no son dispositivos de sobrecorriente,

    El dispositivo protector contra corrientes de retorno debe instalarse en el circuito de salida de cada mdulo o panel fotovoltaico conectado en paralelo (ver figura 8).

    En sistemas FV con un conductor de corriente aterrizado, el otro conductor debe tener la proteccin contra corrientes de retorno.

    En sistemas FV flotantes, ambos conductores de corriente deben tener la proteccin contra corrientes de retorno.

    Figura No. 8: Posicin del dispositivo contra corrientes de retorno. CCOM: Caja de Combinacin o paralelismo; Dsc: Desconector; Bm: Bus metlico para conexiones en paralelo; BT: Bus principal de puesta a tierra; IntA: Protector contra corrientes de retorno (Interruptor automtico).

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    La capacidad de conduccin del dispositivo contra corrientes de retorno debe seleccionarse tal que su corriente nominal sea igual al valor estipulado por el fabricante del mdulo fotovoltaico, en la etiqueta de identificacin, como fuse rating; y en caso de que no lo indique, o bien que se tengan varios subarreglos conectados en paralelo, mayor que 1.5 pero menor que 2.4 veces la corriente de corto circuito bajo STC del mdulo, o cadena o panel o arreglo FV que est protegiendo, a una tensin de 1.25 veces la tensin elctrica a circuito abierto del mismo.

    Los diodos de bloqueo no son elementos de proteccin contra corrientes de retorno. Si se usan diodos de bloqueo, estos deben seleccionarse tal que su corriente nominal sea 1.4 veces la corriente de corto circuito del mdulo, cadena, o panel o arreglo FV, con una tensin de 2 (dos) veces el voltaje a circuito abierto del mdulo, cadena, panel o arreglo FV a la temperatura ambiente mnima esperada.

    VII.6: SISTEMA DE TIERRA

    El Sistema Solar fotovoltaico debe contar con un Sistema de Tierra con una resistencia no mayor a 25Ohms segn se especifica en el Art. 250-84 de la NOM 001-SEDE 2012.

    El instalador tiene la responsabilidad de entregar un sistema de tierra con la resistencia solicitada la cual debe ser verificada con un instrumento de medida para resistencia del sistema de tierra fsica (telurmetro).

    El Sistema de Tierra puede componerse de uno o varios electrodos de puesta a tierra y conductores de puesta a tierra.

    Toda fuente de energa fotovoltaica de ms de 50 volts de dos conductores (positivo y negativo), debe tener un conductor puesto a tierra slidamente; o en sistemas de tres conductores (positivo, negativo y neutro), el neutro debe estar puesto a tierra slidamente, segn lo indica en Art. 690-41 de la NOM 001-SEDE 2012.

    VII.6.1.- Electrodos de puesta a tierra.

    El electrodo de puesta a tierra, segn se establece en el Art. 250-81 de la NOM 001-SEDE 2012, puede ser uno o alguna combinacin de los que se indican a continuacin. En ningn caso se permite que el valor de resistencia a tierra del sistema de electrodos de puesta a tierra sea superior a 25Ohms.

    Una varilla de acero cobrizada del tipo Copper Weld de 5/8 de dimetro y 3 m de longitud enterrada de manera vertical por lo menos 2.4 m, si no se puede enterrar por ser el terreno material rocoso, se debe clavar a un ngulo oblicuo que no forme ms de 45 con la vertical; o bien, enterrarla en una zanja que tenga como mnimo 80.0 cm de profundidad; segn se establece en el Art. 250-83-3 de la NOM 001-SEDE 2012.

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    Estructura metlica de un edificio si ste est puesto a tierra eficazmente.

    Electrodo empotrado en concreto como se especifica en el Art. 250-83-3 de la NOM 001-SEDE-2012.

    Cualquier elemento metlico enterrado, varilla, tubera, placa, o combinacin de ellas, que no sea de aluminio, cuya resistencia a tierra no sea mayor a 25 Ohms segn se especifica en el Art. 250-84 de la NOM 001-SEDE 2012.

    VII.6.2.- Conductores de puesta a tierra.

    Los materiales de los conductores de puesta a tierra pueden ser de cobre o de cualquier material resistente a la corrosin.

    El conductor puede ser: alambre o cable, aislado, forrado o desnudo; y debe ser de un solo tramo continuo, sin empalmes ni uniones.

    Si el conductor de puesta a tierra esta forrado, el color del forro de aislamiento debe ser verde, o verde con franjas amarillas.

    En circuitos de corriente directa, el calibre del conductor de puesta a tierra no debe ser inferior al calibre del conductor que tiene la mayor capacidad de conduccin (cable ms grueso) segn se establece en el Art. 250-93 de la NOM 001 SEDE 2012. En ningn caso menor a 8.37 mm2 de seccin transversal (calibre 8AWG) para conductores de cobre. Para el caso de los equipos, el tamao nominal de los conductores de puesta a tierra de equipo, de cobre o aluminio, no debe ser inferior a lo especificado en la siguiente Tabla (Tabla 250-95 de la NOM 001 SEDE 2012):

    Capacidad o ajuste del dispositivo automtico de proteccin contra sobrecorriente en el circuito antes de los equipos, canalizaciones, etc. Sin exceder de:

    Calibre Nominal mm2 (AWG)

    15 A 2.08 (14)

    20 A 3.31 (12)

    30 a 60 A 5.26 (10)

    40 A 5.26 (10)

    100 A 8.37 (8)

    200 A 13.3 (6)

    NOTA: Para utilizar esta tabla es necesario calcular las corrientes de los circuitos de acuerdo a 6.14.

    Para circuitos en corriente alterna, el calibre nominal del conductor del electrodo de puesta a tierra de una instalacin puesta o no puesta a tierra, no debe ser inferior a lo especificado en la tabla siguiente (Tabla 250-94 de la NOM).

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    Calibre nominal del mayor conductor de entrada a la acometida o circuito equivalente de conductores en paralelo mm2 (AWG). Conductor de cobre.

    Calibre Nominal del conductor al electrodo de puesta a tierra mm2 (AWG)

    33.6 (2 o menor)) 8.37 (8)

    42.4 o 53.5 (1 1/0) 13.3 (6)

    67.4 o 85.0 (2/0 3/0) 21.2 (4)

    Ms de 85 a 177 (3/0 a 350 kcmil) 33.6 (2)

    Ms de 177 a 304.0 (350 a 600) 53.5 (1/0)

    VIII. INSTALACIN

    VIII.1: LOS ACCESORIOS UTILIZADOS PARA LA INSTALACIN

    MECNICA DEBEN CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

    Tornillos, tuercas, arandelas, rondanas y otros accesorios de fijacin como las abrazaderas deben ser metlicos, de un material que no se oxide en el ambiente del sitio de instalacin, de preferencia tropicalizados (recubrimiento con zinc y cromo) de acero inoxidable. En ambiente salino, deben ser de acero inoxidable.

    VIII.2: LOS ACCESORIOS UTILIZADOS PARA LA INSTALACIN

    ELCTRICA DEBEN CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

    El cuerpo, caja o material aislante de los artefactos elctricos como el de los interruptores o desconectores, dispositivos de seguridad, porta fusibles, terminales de conexin, bus de conexin, accesorios metlicos, etc., que se usen para facilitar el cableado y/o conexiones elctricas, debe ser de un material con aislamiento certificado para una tensin nominal de 600 V o superior y diseados para una temperatura de trabajo de 75C o mayor.

    Todos los accesorios como conectores, terminales, etc., deben satisfacer el aislamiento a la temperatura de operacin considerada, tolerancia a la corriente de falla en el mtodo de cableado empleado y ser resistentes a los efectos del ambiente en el cual se usen segn lo marca la NOM-001-SEDE-2012 (art.690-32).

    Las cajas de conexin que se usen para contener empalmes de cables deben estar certificadas para sus usos requeridos (interiores o exteriores, segn el caso).Si son para exteriores, las cajas deben ser del tipo IP65 o superior.

    Las zapatas terminales o terminales de ojillo o espada que se usen para la conexin de cables en terminales deben ser de cobre estaado y estar certificadas para la capacidad de conduccin de corriente del circuito al que pertenezcan. La zapata terminal debe poncharse al cable usando la herramienta adecuada para tal propsito. Se sugiere usar soldadura de estao

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    para garantizar un contacto adecuado entre el conductor y la zapata. No se aceptan uniones aplastadas mecnicamente entre las zapatas terminales y el cable conductor.

    Las barras o bus de paralelismo lo mismo que la barra o bus de tierra deben ser de cobre estaado y se deben de proveer con agujeros y tornillos de opresin adecuados al calibre del cable que recibirn.

    VIII.3: INSTALACIN DEL CABLEADO.

    VIII.3.1.- Cableado entre mdulos

    Para mdulos que no incluyen cables de conexin el instalador debe proveer el cable requerido segn la Seccin VII.3.

    a) Si la terminal de conexin no es del tipo con conectores de opresin por tornillo, la conexin elctrica del cableado tanto en la configuracin serie entre mdulos para el cableado de salida, debe hacerse con zapatas terminales tipo ojillo. La unin entre la zapata terminal y el conductor debe hacerse con la herramienta adecuada para tal efecto, unin por opresin, no aplastada.

    b) En caso de que la terminal del mdulo tenga conectores de opresin con tornillo, la conexin del cable en dicha terminal debe hacerse al par de apriete (torque) recomendado por el fabricante del mdulo o segn valores recomendados en la tabla siguiente provista por la norma NMX-J-508-ANCE-2010.

    Dimetro nominal del tornillo (mm)

    Par de apriete mnimo (Nm)

    Par de apriete mximo (Nm)

    Hasta 2,8 0,20 0,40

    Mayor que 2,8 hasta 3,0 0,25 0,50

    Mayor que 3,0 hasta 3,2 0,30 0,60

    Mayor que 3,2 hasta 3,6 0,40 0,80

    Mayor que 3,6 hasta 4,1 0,70 1,2

    Mayor que 4,1 hasta 4,7 0,80 1,8

    Mayor que 4,7 hasta 5,3 0,90 2,0

    Mayores que 5,3 1,10 2,5(1) (1) Para dimetros del tornillo mayores que 5,3 mm puede aplicarse el par mximo que indique en el producto, instructivo o empaque.

    Para realizar las conexiones anteriores la punta del cable debe pelarse (eliminacin de una porcin del aislante que lo protege) una distancia igual a la distancia de penetracin del cable tanto en la terminal de ojillo como en la terminal de opresin, segn sea el caso.

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    Para mdulos que incluyan cables de conexin con conectores especiales (el ms comn es el MC 4) para su interconexin provistos por el fabricante, la conexin en serie entre ellos se har conectando el macho de un mdulo con la hembra del siguiente, y as sucesivamente hasta terminar la configuracin, garantizando siempre que dichas conexiones se realicen tanto elctrica como mecnicamente seguras. La conexin en paralelo de GFVs que tienen integrado cables con conectores debe hacerse en un bus metlico de paralelismo o de combinacin usando los tornillos de opresin para tal caso.

    Las conexiones de los cables en las terminales deben soportar tensin mecnica, esto significa el tirn de una persona adulta.

    El cableado entre mdulos debe sujetarse a la estructura metlica usando cinchos de amarre especiales para intemperie.

    Los conductores de salida del mdulo, panel o arreglo fotovoltaico, positivo y negativo, deben estar marcados e identificados, y satisfacer el requerimiento de la seccin VII.3. Estos, deben llegar a una caja de conexin desde donde se instale la terminal elctrica que permita darle continuidad al cableado hacia el sitio en donde se recibe la acometida de entrada, que puede ser la caja que contiene a los desconectores o interruptores de seguridad TAB.

    Si los cables de salida del mdulo, panel o arreglo fotovoltaico no son para intemperie, estos deben seleccionarse de acuerdo a la Seccin VII.3 y canalizarse en una tubera de aluminio con recubrimiento de PVC para intemperie (del tipo LiquidTight para intemperie) con un dimetro adecuado al nmero de cables que contendr.

    Las canalizaciones deben sujetarse a la estructura con abrazaderas metlicas del tipo tornillo sin fin especiales para intemperie.

    En ningn caso se aceptan empalmes de cables ni en el circuito de salida fotovoltaica o salida del inversor. Los cables que se utilizan deben tener la longitud necesaria para llevar a cabo la conexin y no realizar empalmes dentro de canalizaciones cerradas, por lo que todos los cables deben ser continuos y sin empalmes intermedios.

    En ningn caso se debe permitir que el cableado ya sea de los conductores que llevan corriente o el de puesta a tierra forme vueltas o bucles bobinas. Tampoco se debe de permitir cambios de dire