directiva 003-2013-ugel contrato aux. de educacion

6

Click here to load reader

Upload: jose-luis-ventura-rodriguez

Post on 12-Aug-2015

302 views

Category:

Documents


12 download

TRANSCRIPT

Page 1: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

SANTA

DIRECTIVA N° 003-2013-ME/RA/DREA/UGEL-S-AA-D

NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE AUXILIARES DE EDUCACIÓN EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BASICA REGULAR (INICIAL Y

SECUNDARIA) Y EDUCACIÓN BASICA ESPECIAL EN LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – SANTA PARA EL PERÍODO 2013

I. FINALIDAD:

Establecer normas y procedimientos de evaluación para el acceso mediante contrato por servicios personales de Auxiliares de Educación, en Instituciones Educativas Públicas de Educación básica Regular (Inicial y Secundaria) y Educación Básica Especial en la Jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local Santa.

II. OBJETIVOS:

Asegurar la relación laboral mediante contrato de servicios personales durante el ejercicio fiscal 2013, emitiendo disposiciones complementarias conforme a lo estipulado en la Directiva Nº 003-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER, numeral 8, literal 8.1.

Cautelar con equidad el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con la contratación de Auxiliares de Educación en las Instituciones Educativas, garantizando la selección de personal en igualdad de oportunidades.

III. ALCANCE:

Áreas de la Unidad de Gestión Educativa Local Santa

Instituciones Educativas Públicas de la Jurisdicción

IV. BASE LEGAL:

Ley N° 28175- Ley Marco del Empleo Público

Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto

Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013.

Ley N° 29248 – Ley del Servicio Militar.

Ley N° 29944 – Ley de Reforma Magisterial.

Ley N° 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad

Ley N° 29988 – Ley que establece medidas extraordinarias para personal docente implicado en delitos de terrorismo, violación de libertad sexuaL y tráfico ilícito de drogas.

Ley N° 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública.

D.L. N° 23211, acuerdo suscrito entre la Sede y la República del Perú.

D.L. N° 011-2012-ED – Reglamento de la Ley General de Educación.

Resolución Ministerial N° 00600-2013-ED. V. DISPOSICIONES GENERALES:

5.1. Sólo proceden contratos por servicios personales en los cargos vacantes de Auxiliares de Educación cuyas plazas se encuentran debidamente aprobados en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP – 2012, que cuenten con el financiamiento correspondiente para el ejercicio 2013.

5.2. El Área de Administración se encargará de proporcionar al Director de la Institución Educativa la relación de cargos vacantes de Auxiliares de Educación para el proceso de contratación, relación que debe ser certificada previamente por el Área de Gestión Institucional de la UGEL – Santa.

Page 2: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

5.3. El contrato de trabajo por servicios personales se suscribe según formato adjunto a la presente directiva (Anexo Nº 02) donde se manifiesta la voluntad de las partes. En atención a la CLAUSULA OCTAVA, el contrato se formalizará mediante la resolución administrativa, firmado por el representante legal de la UGEL Santa.

5.4. El servidor contratado debe ser evaluado por el Director en el desempeño de sus funciones trimestralmente, aspecto considerado para procesos de contratación posteriores y también para determinar, entre otros, causal de resolución de contratos. Esta función corresponde al Director titular o encargado de la Institución Educativa. El Area de Administración elaborará el correspondiente instrumento de evaluación.

5.5. El certificado de desempeño laboral será emitido necesariamente por el Director de la Institución Educativa, con el visto bueno del CONEI debe sustentarse en el promedio de las evaluaciones que efectúe al servidor contratado trimestralmente en los aspectos prioritarios de comportamiento, cantidad de trabajo, responsabilidad, calidad de trabajo e iniciativa.

5.6. Son requisitos para postular en el proceso de contratación: a) Solicitud dirigida al Comité de Evaluación correspondiente, precisando el cargo al que

postula. b) Copia simple del DNI, Carné de Identidad o de Extranjería. c) Declaración Jurada de Contrato según formato establecido en el Anexo N° 03 - Directiva

Nº 003-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER. d) Hoja de vida documentada, en el cual se acredite toda la documentación para

evaluación de los criterios. e) Resolución discapacidad vigente emitida por la CONADIS, en caso corresponda. f) Documentos oficial emitido por la autoridad competente, que acredite su condición de

Licenciado de las Fuerzas Armadas, en caso corresponda. g) Constancia de Propuesta de la I.E. de Acción conjunta con visto bueno de la ODEC.

5.7. El proceso de evaluación y adjudicación se efectuará conforme al numeral 6.2.5 de la Directiva Nº 003-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS:

6.1 El Director de la Institución Educativa debe proponer mediante documento expreso a los miembros integrantes del Comité de Evaluación a efectos de que la Dirección de la UGEL – Santa, emita la resolución de conformación y pueda ejercer sus funciones durante el año 2013.

6.2 El Comité de Evaluación de la Institución Educativa está conformada por:

a) Director de la Institución Educativa, titular o encargado mediante resolución quien lo preside.

b) Un (01) representante titular y uno (01) alterno de los profesores, elegidos en votación por mayoría simple

c) Un (01) representante titular y uno (01) alterno del CONEI.

No pueden ser miembros del Comité de Contratación los servidores que se encuentren con sanción administrativa vigente, ni los que se encuentren en uso de licencia o vacaciones.

6.3 Son funciones de cada Comité de Evaluación a) Cumplir con todas las actividades establecidas en el proceso de evaluación. b) Llevar el libro de actas, donde se registrarán las actividades desarrolladas durante el

proceso. c) Efectuar la evaluación y selección de los auxiliares de educación. d) Elaborar y publicar el cuadro de méritos. e) Recepcionar y atender los reclamos de los postulantes sobre los resultados. f) Publicar el Cuadro de Méritos, después de resolver los reclamos. g) Emitir las actas de adjudicación a los postulantes ganadores. h) El Presidente de cada Comité remitirá los expedientes de los postulantes ganadores a la

instancia de gestión educativa descentralizada UGEL – Santa. i) Elaborar y presentar el Informe Final del proceso de evaluación documentado a la

instancia de gestión correspondiente, después de culminada la adjudicación. 6.4 El postulante podrá inscribirse solo a un Comité de Evaluación, siendo excluido del Proceso

en caso de postular a varias instancias. 6.5. Los Aspectos a evaluar y calificar dentro de cada criterio se encuentran en los Anexos 04-A de

la Directiva N°003-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER.

Page 3: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

6.6. En el proceso de evaluación, si la Dirección de la Institución Educativa encontrara alguna irregularidad deberá reportarlo a la UGEL Santa con el sustento respectivo para su evaluación, obligación concordante con el Art. 21 Inc. g) del D. Ley 276.

6.7. El Comité de Evaluación ejecuta un nuevo proceso de evaluación, en aquellas vacantes generadas con posterioridad.

6.8. CRONOGRAMA:

Propuesta de Conformación del Comité de Evaluación : 15 y 18-02-2013

Publicación de Relación de Plazas Vacantes en la I.E. y en la UGEL SANTA : 19.02.2013

Presentación de documentos en la Institución Educativa : 20.02.2013

Evaluación de expedientes y publicación de cuadro de méritos : 21 y 22.02.2013

Recepción y atención de reclamos : 25.02.2013

Publicación del Cuadro de Méritos Final : 26.02.2013

Emitir el Acta de Adjudicación : 27.02.2013

Presentación del Informe Final y Remisión de Expediente adjudicado a la UGEL Santa : 28.02.2013

6.9. Los recursos impugnativos interpuestos por los postulantes contra la Resolución que aprueba el contrato según los Art. 206 y 207 de la Ley Nº 27444 no suspende el proceso de contratación, ni la ejecución de la resolución impugnada.

VII. DISPOSICIONES FINALES:

7.1. En el proceso de evaluación en los aspectos no considerados en la presente directiva debe recurrirse a lo dispuesto por la Directiva Nº 003-2013-MINEDU-OGA-UPER.

7.2. El Área de Administración absolverá las consultas y resolverá aquellas situaciones no previstas en la Directiva dentro del contexto del ordenamiento normativo vigente.

Nuevo Chimbote, Febrero de 2013

LILEE A. IPARRAGUIRRE DOMINGUEZ DIRECTORA DE PROGRAMA SECTORIAL III

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SANTA

DPSIII/LAID DAA/ODVR EAP/EHJV MCR Nvo. Ch. 2013-02-13 c.c. Arch.

ORIGINAL FIRMADO

Page 4: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

Anexo 02

CONTRATO DE TRABAJO DE AUXILIARES DE EDUCACIÓN EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BASICA REGULAR (INICIAL Y SECUNDARIA) EDUCACION BASICA ESPECIAL

Por el presente documento se celebran los servicios personales por contrato, de una parte la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SANTA con domicilio en Av. Los Alcatraces s/n – Nuevo Chimbote, representada por su Director(a) el(la) señor(a)…………………………………………………………………………………. a quien en adelante se denominará LA DRE / UGEL / MUNICIPALIDAD; y de otra parte, el(la) señor (a) (ita)……………………………………………………… ..……………………………………………………………………, identificado(a) con D.N.I. Nº ……………………………… domiciliado(a) en …………………………………………………………………………………………………., quien en adelante se denominará EL SERVIDOR; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA.- En razón a las necesidades de contar con los servicios de Auxiliar de Educación y a propuesta del Presidente del Comité de Contratación de la. ………………………………………….....(DRE, UGEL, I.E.) para el año 2013, la DRE/ UGEL contrata los servicios personales de EL SERVIDOR para el desarrollo de las actividades correspondiente al cargo de Auxiliar de Educación. CLÁUSULA SEGUNDA.- Por el presente la DREA/ UGEL contrata los servicios de EL SERVIDOR para que se desempeñe en el cargo de Auxiliar de Educación plaza con Código Nº …………………………………. perteneciente a la I.E. …………………………………………... LA DRE/ UGEL, teniendo en cuenta sus necesidades y dentro de un marco de razonabilidad, podrá efectuar la variación de las condiciones pactadas al momento de la contratación, sin que ello signifique una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. CLÁUSULA TERCERA.- Las partes acuerdan que el presente contrato se inicia el ……………………………...…….del 2013 y finalizará el ……………………………………….. del 2013. CLÁUSULA CUARTA.- El SERVIDOR como contraprestación por el servicio contratado percibirá un ingreso mensual bruto promedio de acuerdo a la estructura remunerativa del Ministerio de Educación, correspondiéndole el grupo remunerativo E de la Escala Nº 05 del D.S. 051-91-PCM. CLÁUSULA QUINTA.- La jornada de trabajo ordinaria de EL SERVIDOR será de treinta (30) horas cronológicas semanal – mensual. CLÁUSULA SEXTA.- Son causales de resolución de contrato: El incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones asignadas, así como la ineficiencia o ineptitud

comprobada en el desarrollo de las mismas, como resultado de la evaluación de desempeño establecida en la presente Directiva.

El abandono injustificado del cargo, determinado por la Comisión de Procesos Administrativos. Incurrir en infracciones a las Disposiciones del Código de Ética de la Función Pública, a la Ley de Prevención y

Sanción del Hostigamiento Sexual, así como a la Ley de Gestión de Intereses en la Administración Pública. Haber sido condenado o esté incurso en proceso judicial por delito de terrorismo, apología de terrorismo, delito

contra la libertad sexual, delito de corrupción de funcionarios y/o delitos de trafico ilícito de drogas, así como haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, y haber impedido el normal funcionamiento de los servidores públicos.

La inhabilitación para desempeñarse en la función pública, previo proceso administrativo. Agresión física y psicológica a los miembros de la Comunidad Educativa. Falsificación y/o adulteración de documentos relacionados con su actividad laboral y profesional. La renuncia o retiro voluntario. Desplazamiento de personal titular como consecuencia de procesos de rotación, ascenso, reasignación, reingreso

o nombramiento, entre otros. Disminución de metas de atención. El mutuo acuerdo entre las partes. Reestructuración y/o reorganización del centro de trabajo.

Page 5: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

Por mandato judicial. Por recurso administrativo resuelto a favor de un tercero. Culminación anticipada mediante resolución del motivo de ausencia del servidor titular a quien reemplaza el

contratado. El fallecimiento del servidor.

CLÁUSULA SÉTIMA.- El presente contrato será vigente a partir del día siguiente de su suscripción, o de acuerdo al plazo establecido en la cláusula tercera. CLÁUSULA OCTAVA.- El presente contrato se formalizará mediante la resolución administrativa correspondiente, a partir del cual surtirá efectos entre las partes. CLÁUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la DRE/ UGEL…………………………………………………. El presente contrato se suscribe en dos ejemplares del mismo tenor, que suscriben ambas partes en señal de conformidad y aceptación, en ………………………………………, el …………. de ……………………………………… del 201__. ________________________________________ _____________________________________ DIRECTOR(A) DE UGEL EL SERVIDOR(A) (Firma) (Firma)

Page 6: Directiva 003-2013-UGEL Contrato Aux. de Educacion

ANEXO 03

DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATACION Yo, …………………………………………………………………………………………………………………………………………. persona natural identificada(a) con D.N.I. Nº ……………………………..………. Declaro bajo juramento:

Tener buena conducta.

Gozar de buena salud.

No tener antecedentes penales por delito doloso.

No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del servicio en el período comprendido entre los años 2005 a la fecha inclusive.

No haber sido sancionado con destitución o separación definitiva del servicio por delitos de violación de la libertad sexual.

La veracidad de la información y de la documentación que adjunto.

Adjunto Certificado de Discapacidad…………………………………. SI NO Dado en la ciudad de …………………………………. a los …….… días del mes de ……...…………………… del …………….. ……………………………………………………. (firma) Huella digital Apellidos y Nombres:………………………………………………. (índice derecho) DNI Nº.: ………………………………… Nota: Si el postulante oculta información y/o consigna información falsa será excluido del proceso de selección de

personal. En caso de haberse producido la contratación, deberá cesar por comisión de falta grave, con arreglo a las normas vigentes, sin perjuicio de la responsabilidad penal que hubiera incurrido (Art. 4º D.S. 017-96-PCM).