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DIRECCIÓN GENERAL DE IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL Normatividad para desarrollar un Proyecto Minero, en Materia de Gestión Ambiental M. A. Rodolfo Flores Hurtado Delegado de SEMARNAT EN SONORA, MÉXICO. 8 de Junio del 2012 Tucson, Arizona, USA.

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DIRECCIÓN GENERAL DE IMPACTO YRIESGO AMBIENTAL

Normatividad para desarrollar un  Proyecto Minero, en Materia  de 

Gestión Ambiental 

M. A. Rodolfo Flores Hurtado

Delegado de SEMARNAT EN SONORA, MÉXICO.

8 de Junio del 2012

Tucson, Arizona, USA.

En materia de la Ley Minera

Nombre del Trámite

Concesión minera para realizar obras y trabajos

de exploración y explotación de minerales o

diversas sustancias, así como de las salinas

formadas directamente por las aguas marinas

provenientes de mares actuales, superficial o

subterráneamente, de modo natural o artificial,

y de las sales y subproductos de éstas.

¿Qué debo solicit ar para llevar a cabo actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales?

Una 

vez 

obtenida 

la 

concesión 

minera, 

que  permitirá

realizar 

las 

actividades 

de 

exploración,  explotación 

beneficio 

de 

minerales, 

el 

minero 

tendrá que 

operar 

cumpliendo 

con 

la 

normatividad 

ambiental,  que determina los permisos a solicitar como a  continuación se indica:

Tramites de un Proyecto Minero, competencia de la 

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

SEMARNAT

Informe Preventivo

Manifiesto de Impacto Ambiental (Modalidad Particular ó

Regional) 

Estudio de Riesgo

Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestal.

Registro como Generador de Residuos Peligrosos.

Licencia Ambiental Única.

Cedula de Operación Anual

INFORME PREVENTIVO 

INFORMES PREVENTIVOS

Artículo 

31de 

la 

LGEEPA: 

La 

realización 

de 

las 

obras 

actividades 

las 

que 

se 

refieren 

la 

acciones 

XII 

del 

Articulo 

28, 

requerirán 

la 

presentación 

de 

un 

Informe 

Preventivo 

no 

una 

Manifestación 

de 

Impacto Ambiental, cuando:

I.Existan 

NOM´S

otras 

disposiciones 

que 

regulen 

las 

emisiones, 

las 

descargas, 

el 

aprovechamiento 

de 

los 

recursos 

naturales 

y, 

en 

general, 

todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras 

o actividades 

Ejemplo:     Actividades de Exploración o Ampliación de la Presa de Jales

II. Las obras o actividades que estén expresamente previstas en:–

Plan o Programa Parcial de Desarrollo Urbano–

Plan o Programa de Ordenamiento Ecológico  Que cuenten con previa autorización en materia de Impacto.                           

III. 

Instalaciones 

ubicadas 

en 

parques 

industriales, 

previamente

autorizados por la SEMARNAT en materia de Impacto Ambiental.

EL INFORME PREVENTIVO 

DEBERÁ

CONTENER:

I.‐

Datos generales de identificación del proyecto.

II.‐

Referir el proyecto a las NOM’S, Plan parcial de desarrollo urbano o de 

Ordenamiento ecológico, en el cual queda incluida la obra o actividad.

III.‐

Debe incluir la siguiente información:

•La descripción general del proyecto.

•La identificación de sustancias que puedan impactar el ambiente.

•La identificación de les emisiones, descargas y residuos.

•La descripción del ambiente en el área de influencia del proyecto.

•La identificación de los impactos ambientales significativos.

•Los planos de localización del área del proyecto.

MANIFIESTO DE IMPACTO AMBIENTAL

Requieren de autorización en materia de Impacto Ambiental:

Art. 

“L”

La 

exploración, 

Explotación 

Beneficio 

de 

Minerales 

Sustancias reservadas a la Federación.

LA EVALUACIÓN DE IMPACTO 

AMBIENTAL  Art. 28 de la LGEEPA

“La 

evaluación 

del 

impacto 

ambiental 

es 

el 

procedimiento 

través 

del 

cual 

la 

Secretaría 

establece 

las 

condiciones 

las 

que 

se 

sujetará

la 

realización 

de 

obras 

actividades

que 

puedan 

causar 

desequilibrio 

ecológico 

rebasar 

los 

límites 

condiciones 

establecidos 

en 

las 

disposiciones 

aplicables 

para 

proteger 

el 

ambiente 

preservar 

restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos 

negativos sobre el ambiente”.

Art. 

del 

Reglamento 

de 

la 

LGEEPA 

en 

materia 

de 

Evaluación 

de 

Impacto Ambiental. 

“Quienes pretendan lleva a cabo algunas de las siguientes obras 

actividades, 

requerirán 

previamente 

la 

autorización 

de 

la 

SEMARNAT 

en materia de Impacto Ambiental:

“L”

EXPLORACIÓN, 

EXPLOTACIÓN 

BENEFICIO 

DE 

MINERALES 

SUSTANCIAS RESERVADAS A LA FEDERACIÓN. 

•I. 

Datos 

generales 

del 

proyecto, 

del 

promovente

responsable 

del 

estudio 

de 

impacto ambiental;

•II. Descripción del proyecto;•III. 

Vinculación 

con 

los 

ordenamientos 

jurídicos 

aplicables 

en 

materia 

ambiental 

y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo

•IV. 

Descripción 

del 

sistema 

ambiental 

señalamientos 

de 

la 

problemática 

ambiental detectada en el área de influencia del proyecto.

•V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales;

•VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales;

•VII. Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas, e

•VIII. 

Identificación 

de 

los 

instrumentos 

metodológicos 

elementos 

técnicos 

que 

sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

ELEMENTOS PARA INTEGRAR EL EXPEDIENTE

MIA PARTICULAR  (art. 12 REIA)

BAJO INTERMEDIO ALTO

Informe Preventivo

MIA Particular

MIA Regional

Procedente o No procedente

Procedente , Condicionadoo No procedente

Puntual SinérgicoAcumulativo

Complejidad del tipo de impacto ambiental

Local

MODALIDADES DE EVALUACIÓNTipos de Impacto

Las medidas de mitigación se pueden dividir en: 

Suelo; 

Flora; 

Fauna; 

Aire; 

Topografía, hidrología, y morfología; 

Agua y 

Población. 

MEDIDAS DE MITIGACIÓN, RESTAURACIÓN Y COMPENSACIÓN.

ESTUDIO DE RIESGO

La manifestación deberá

incluir el estudio de riesgo ambiental, cuando se trate 

de Actividades Altamente Riesgosas enlistadas en los Acuerdos en

que se 

expiden:

Primer Listado (Diario Oficial de la Federación del 28 de marzo de      1990) y el

Segundo Listado (Diario Oficial de la Federación del 4 de mayo de 1992).

El Estudio de Riesgo que deberá

integrarse a la Manifestación de Impacto 

Ambiental (MIA), debe contener:

I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos 

ambientales relacionados con el proyecto;

II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y 

III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental. 

Estudio de Impacto Ambiental con modalidad Estudio de Riesgo

•ORDENAMIENTO ECOLÓGICO •PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO•DECRETOS ANP´s•NORMAS OFICIALES MEXICANAS

AMBIENTALES

Se deben identificar y aplicar solo los instrumentos de planeación y regulación que están señalados en la LEGEEPA y que administrativamente no están vinculados en el orden de solicitud.

PROBLEMÁTICA  (visión actual)

REGULACIONES NO VINCULATORIAS

REGULACIONES AMBIENTALES

OBLIGATORIAS

Otras en casos excepcionales

•INSTRUMENTOS DE TENENCIA DE TIERRA

•REGULACIÓN COMERCIAL•PROTECCIÓN CIVIL

CAMBIO DE USO DE SUELO EN TERRENOS  FORESTALES

En

Materia de Cambio de Uso de Suelo Forestal

Cuando los mineros pretendan realizar la remoción total o parcial de 

la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades 

no forestales.

Nombre del trámite Formato a presentar

Autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales

SEMARNAT 02-001-A

C.U.S.T.F.

AUTORIZACIÓN DEL CUSTF, POR EXCEPCIÓN,  PREVIA AUTORIZACIÓN TÉCNICA DEL 

CONSEJO ESTATAL FORESTAL Y CON BASE EN  UN ESTUDIO TÉCNICO JUSTIFICATIVO (E.T.J.)

ESTUDIO TÉCNICO JUSTIFICATIVO

EL E.T.J. DEBE DE DEMOSTRAR QUE:

A)NO SE COMPROMETE BIODIVERSIDADB)NO SE PROVOCA EROSIÓN DE SUELOSC)NO SE PROVOCA EL DETERIORO DE LA 

CALIDAD DEL AGUA O DISMINUYE SU  CAPTACIÓN

APORTACIÓN AL FONDO FORESTAL

LOS 

INTERESADOS 

EN 

EL 

CUSFT, 

DEBERÁN  ACREDITAR 

QUE 

OTORGARON 

DEPOSITO 

ANTE 

EL 

FONDO 

FORESTAL, 

PARA 

CONCEPTO  DE 

COMPENSACIÓN 

AMBIENTAL 

PARA 

ACTIVIDADES  DE 

REFORESTACIÓN 

RESTAURACIÓN Y SU MANTENIMIENTO.

E.T.J.•

USOS QUE SE PRETENDAN DAR AL 

TERRENO

UBICACIÓN Y SUPERFICIE DEL PREDIO 

DESCRIPCIÓN DE LOS ELEMENTOS FISICOS  Y BIOLÓGICOS DE LA CUENCA 

HIDROLÓGICO‐FORESTAL EN DONDE SE  UBIQUE EL PREDIO

ESTUDIO TÉCNICO  JUSTIFICATIVO

DESCRIPCIÓN  DE 

LAS 

CONDICIONES 

DEL 

PREDIO 

QUE 

INCLUYA 

LOS 

FINES 

QUE 

ÉSTE  DESTINADO, 

CLIMA, 

TIPOS 

DE 

SUELOS, 

PENDIENTE 

MEDIA, 

RELIEVE, 

HIDROGRAFIA 

Y  TIPOS DE VEGETACIÓN Y DE FAUNA

ESTIMACIÓN 

DEL 

VOLUMEN 

POR 

ESPECIE 

DE  MATERIAS PRIMAS

E.T.J.•

DERIVADAS DEL CUSTF

PLAZO Y FORMA DE EJECUCIÓN DEL CAMBIO  DE USO DE SUELO

VEGETACIÓN QUE DEBA RESPETARSE O  ESTABLECERSE PARA PROTEGER LAS TIERRAS 

FRÁGILES

SERVICIOS AMBIENTALES QUE PUDIERAN  PONERSE EN RIESGO POR EL CUSTF

E.T.J.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE  IMPACTOS SOBRE LOS RECURSOS 

FORESTALES, LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES,  APLICABLES DURANTE LAS DISTINTAS ETAPAS  DE DESARROLLO DEL CAMBIO DE USO DE 

SUELO.

E.T.J.

JUSTIFICACIÓN  TÉCNICA, 

ECONOMICA 

SOCIAL 

QUE 

MOTIVE 

LA 

AUTORIZACIÓN  EXCEPCIONAL DEL CAMBIO DE USO DE SUELO

RESPONSABLE 

DE 

DIRIGIR 

LA 

EJECUCIÓN 

DEL  CUSTF.

REGISTRO COMO GENERADOR DE  RESIDUOS PELIGROSOS

En

Materia de Residuos Peligrosos

Se considera como gran generador, la persona física y moral que genera una cantidad igual o superior a 10 toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida.

Nombre del Trámite

Quien los debe presentar

Presentar planes de manejo

Productores, importadores, exportadores y

distribuidores de productos que al desecharse se convierten en residuos

peligrosos;

Generadores de residuos peligrosos, y

Generadores, productores, importadores, exportadores

y distribuidores de productos que al

desecharse se convierten en residuos sólidos

urbanos o de manejo especial

Artículo 28 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos

LGPGIR.

¿Qué autorizaciones ambientales debo presentar, en relación con los residuos que

produce la minería?

PLANES DE MANEJOPROMOVER 

LA 

PREVENCIÓN 

DE 

LA 

GENERACIÓN 

LA 

VALORIZACIÓN 

DE 

LOS  RESIDUOS ASÍ

COMO SU MANEJO INTEGRAL, 

TRAVÉS 

DE 

MEDIDAS 

QUE 

REDUZCAN 

LOS  COSTOS DE  SU ADMINISTRACIÓN, FACILITEN  Y 

HAGAN 

MÁS 

EFECTIVOS, 

DESDE 

LA 

PERSPECTIVA.

PLANES DE MANEJO

DESDE  LA 

PERSPECTIVA 

AMBIENTAL, 

TECNOLÓGICA, 

ECONOMICA 

SOCIAL, 

LOS  PROCEDIMIETNOS PARA SU MANEJO.

ESTABLECER MODALIDADES DE MANEJO QUE  RESPONDAN 

LAS 

PARTICULARIDADES 

DE 

LOS 

RESIDUOS 

DE 

LOS 

MATERIALES 

QUE  LOS CONSTITUYAN

PLANES DE MANEJO

ALENTAR 

LA 

INNOVACIÓN 

DE 

PROCESOS,  MÉTODOS 

TECNOLOGÍAS, 

PARA 

LOGRAR 

UN 

MANEJO 

INTEGRAL 

DE 

LOS  RESIDUOS, QUE SEAN ECONÓMICAMENTE  FACTIBLE.

En Materia de Residuos Peligrosos

Nombre del Trámite

Formato

Aviso de Retorno de Residuos Peligrosos a) Aviso de primera vez b) Avisos subsecuentes.

SEMARNAT-07-002

Los mineros que generaron residuos peligrosos en los procesos de producción, transformación, elaboración o reparación en los que se haya utilizado materia prima introducida al país bajo el régimen de importación temporal, deberán:

Importación de Materiales o Residuos Mineros

Nombre del Trámite

Formato

Autorización para la Importación de Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos.

SEMARNAT-07-015-A

Los mineros que pretendan introducir al territorio nacional sustancias y materiales tóxicos o peligrosos deberán solicitar:

LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA

Art. 18 y 19 del Reglamento en Materia de 

Prevención y Control de la Contaminación de la 

Atmosfera (Licencia de Funcionamiento)

Licencia Ambiental Única para la 

operación de un Proyecto Minero

CALIDAD DEL AIRE Y REGISTRO DE EMISIONESY TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES

Licencia Ambiental Única (LAU)

Los nuevos establecimientos industriales que realicen actividades siderúrgicas y metalúrgicas, consideradas como Fuentes Fijas de Jurisdicción Federal.

Esta licencia regula todo lo relativo a la prevención y control de la contaminación de la atmósfera.FormatoSEMARNAT-05-002

1.- Datos del Registro.2.- Información Técnica General.3.- Contaminación Atmosférica.4.- Servicios Hidráulicos.5.- Generación y Manejo de Residuos.

Peligrosos.6.- Nombre y firma del responsable técnico.

¿Quienes deben solicitar una licencia ambiental única?

¿Qué información se requiere para la presentación de la LAU?

Acuerdo DOF del 11 de Abril de  1997

Acuerdo 

mediante 

el 

cual 

la 

SEMARNAT,  establece 

los 

mecanismos 

procedimientos 

para obtener la LAU, mediante un solo tramite,  así

como 

la 

actualización 

de 

información 

de 

emisiones  contaminantes, 

en 

el 

primer 

cuatrimestre 

del 

año, 

mediante 

una 

cedula 

de  operación anual.

Fuentes Fijas de Jurisdicción  Federal

1.‐

Industria de Petróleo y Petroquímica

2.‐

Industria Química

3.‐

Industria Pinturas y Tintas

4.‐

Industria Metalúrgica

5.‐

Industria Automotriz

6.‐

Industria de Celulosa y el Papel

Fuentes Fijas de Jurisdicción  Federal

7.‐

Industria Cementera

y Calera

8.‐

Industria de Asbesto

9.‐

Industria de Vidrio

10.‐

Generación de Energía Eléctrica

11.‐

Tratamiento de Residuos Peligrosos

CÉDULA DE OPERACIÓN ANUAL

Cédula de Operación Anual

Cédula de Operación Anual (COA) Los establecimientos industriales que realicen actividades metalúrgicas y siderúrgicas, así como los establecimientos generadores de residuos peligrosos y los que descargan aguas residuales en cuerpos receptores que son aguas nacionales deberán:

Presentar un reporte a través de la Cédula de Operación Anual.

Formato Electrónico SEMARNAT-05-001

Artículo 9° del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

Cédula de Operación Anual

1.-Datos de registro. 2.-Información técnica general. 3.-Registro de emisiones contaminantes a la atmósfera. 4.-Registro de descargas (emisiones) a cuerpode agua y transferencias de contaminantes en el agua. 5.-Registro de la generación, manejo y transferencia de residuos peligrosos. 6.-Emisiones y transferencia de contaminantes

¿Qué información se requiere para la presentación de la COA?

NORMAS OFICIALES MEXICANAS

NOM’S

APLICABLES A LA ACTIVIDAD MINERA

Norma Oficial No. NOM-155-SEMARNAT-2007, que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata;

Norma Oficial No. NOM-157-SEMARNAT-2009, que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros;

Norma Oficial No. NOM-052-SEMARNAT-2005, que marca los límites máximos permisibles misma que establece por su parte las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM 159 SEMARNAT 2011 que establece los requisitos de protección ambiental de los sistemas de lixiviacion de cobre.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM 141 SEMARNAT 2003 que establece el procedimiento para caracterizar los jales así como las especificaciones y criterios para la caracterización y preparación del sitio proyecto construcción operación y pos operación de presas de jales.

NOM-059- SEMARNAT-2010, que establece la protección ambiental a especies nativas de México de flora y fauna silvestre – categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – lista de especies en riesgo.

PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y  DERECHO A LA INFORMACIÓN

OBJETIVO GENERAL:•

Facilitar a los sectores de la sociedad la obtención de la información sobre los 

proyectos ingresados a evaluación, a fin de explorar y recoger las impresiones 

que se generan en torno a los mismos

OBJETIVOS PARTICULARES: •

Identificación 

de 

los 

principales 

problemas 

técnicos, 

sociales 

y/o 

políticos 

derivados de la  construcción de los proyectos.

Obtención 

de 

información 

sobre 

la 

posible 

afectación 

de 

los 

proyectos 

hacia 

las comunidades, considerando las necesidades y prioridades de las mismas.

Poner 

al 

alcance 

de 

los 

diferentes 

sectores 

de 

la 

sociedad 

la 

posibilidad 

de 

manifestar los posibles impactos ambientales que se considera puede generar 

los proyectos en sus diferentes etapas.

Evitar la expectación de los proyectos.

Resumen de tramites Generales  para un Proyecto Minero

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA.

Solicitud Única de Servicios Hidráulicos (CNA) 

a) Concesión de Aprovechamiento de Agua.

b) Permiso de Descarga de Aguas Residuales

c) Permiso de Construcción de Presa de Jales en Bienes Nacionales.

AUTORIDAD MUNICIPAL

Anuencia de Autoridad Municipal

a) Licencia Uso del Suelo

b) Permiso Construcción

Contratos de Ocupación Temporal con Superficiarios

Resumen de tramites Generales para un Proyecto Minero

Secretaria de la Defensa Nacional

•Permiso de Uso de Explosivos

•Contratos de Ocupación Temporal con Superficiarios.

Otras 

instituciones 

Mexicanos 

con 

las 

que 

deben 

tener 

vinculación 

y/o 

gestión.

Secretaría de Economía

Secretaria de Trabajo

Instituto Mexicano del Seguro Social.

Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

Secretaria de Relaciones Exteriores (Inversiones extranjeros).

Protección Civil

¡GRACIAS!

Cualquier información adicional consultar

[email protected]