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dirección general para la promoción de la autonomía personal

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INDICE

Sección de centros para personas con discapacidad

1.– Servicios: centros y otros recursos.

2.– Servicio público foral de residencias para personas con discapacidad

3.– Servicio de atención diurna-centro de día para personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica.

4.– Servicio de residencias para personas con enfermedad mental crónica

5.– Servicio de respiro familiar para personas con discapacidad

6.– Promoción de la autonomía personal

7.– Centros de atención a personas con discapacidad

Sección de centros para personas dependientes

1.– Servicios: centros y otros recursos

2.– Servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes.

3.– Centros de dia para personas mayores dependientes.

4.– Estancias en unidades residenciales socio-sanitarias

5.– Servicio de respiro familiar para personas mayores dependientes.

6.–Promoción de la autonomía personal

7.– Centros de atención a personas mayores dependientes

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Al Servicio de Centros, en dependencia directa de la Subdirección General para la Promoción de la Autonomía Personal, se le atribuye el ejercicio de funciones encaminadas a mejorar las condiciones de vida de las personas dependientes y discapacitadas mediante el diseño, desarrollo y gestión de programas y servicios dirigidos a ese fin, así como contribuir a la apertura de recursos para la atención a dichos colectivos y el establecimiento y control de conciertos, convenios o encomiendas con entidades titulares de servicios sociales para las personas dependientes y discapacitadas.

El Servicio de Centros está dividido en dos secciones

• Sección de Centros para personas con Discapacidad

• Sección de Centros para Personas Dependientes

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SECCIÓN DE CENTROS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1.– SERVICIOS: CENTROS Y OTROS RECURSOS

A lo largo de 2016 la Sección de centros para personas con discapacidad ha ofertado los siguientes servicios:

1.– Servicio público foral de residencias para personas con discapacidad en estancia permanente.

2.– Servicio público foral de residencias para personas con discapacidad en estancia temporal.

3.– Servicio de atención diurna-centro de día para personas con discapacidad o para personas con enfermedad mental crónica.

4.– Servicio público foral de residencias para personas con discapacidad psíquica-enfermedad mental.

5.– Servicios de respiro familiar.

6. – Centros de promoción de la autonomía personal.

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2.– SERVICIO PÚBLICO FORAL DE RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

a) Descripción:

El servicio público foral de residencias para personas con discapacidad ofrece servicios de convivencia destinados a servir de vivienda habitual o permanente y, en su caso, temporal, a personas con discapacidad y en situación de dependencia, que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su domicilio personal o familiar.

Garantizan niveles de apoyo intermitente, limitado, extenso y generalizado, de carácter individualizado y adaptados a las necesidades cambiantes de las personas, y para ello cuentan con el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para prestar una atención orientada al bienestar físico, psicológico y social.

b) Objetivos:

• Mejorar el bienestar físico y emocional de las personas usuarias.

• Mantener su autonomía personal, y en lo posible fomentar el desarrollo de la misma y evitar su deterioro.

• Garantizarles los cuidados y la asistencia personal necesaria para realizar las actividades de la vida diaria.

• Potenciar su desarrollo personal, capacidades, competencias, habilidades y experiencias orientadas hacia una vida más autónoma.

• Ofrecerles oportunidades para elegir y tomar decisiones relacionadas con su proyecto de vida personal así como con su vida cotidiana.

• Procurar satisfacción con la convivencia, basada en la solidaridad y la ayuda mutua.

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• Ofrecerles oportunidades para integrarse y participar en el entorno comunitario y para utilizar los servicios comunitarios.

• Promover el mantenimiento y el refuerzo de sus redes familiares y sociales de apoyo.

• Favorecer su sentimiento de seguridad.

c) Prestaciones:

Las personas destinatarias de este servicio recibirán las siguientes prestaciones:

• Intervención socioeducativa y psicosicial:

> Intervención estimulativa o rehabilitadora, en particular:

– Intervención en funciones cognitivas.

– Desarrollo de habilidades físicas y funcionales.

> Intervención ocupacional.

> Intervención educativa.

> Intervención psicosocial, en particular.

– Intervenciones orientadas a la contención emocional y a la reducción de riesgo.

– Intervenciones en funciones psico-afectivas.

• Acompañamiento social.

• Manutención, lavandería, limpieza.

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d) Clases de estancia

El servicio público foral de residencias para personas con discapacidad comprende tanto plazas de ocupación permanente como temporal.

Se entiende por estancia permanente el ingreso con carácter indefinido. Las estancias temporales tendrán, con carácter general, una duración mínima de quince días y máxima de tres meses.

e) Plazas y presupuesto

– A 31 de diciembre de 2016, la red pública de residencias para personas con discapacidad contaba con 1.014 plazas residenciales (975 de ocupación permanente y 39 de ocupación temporal).

– En 2016, el presupuesto total ejecutado destinado a estas residencias fue de 43,18 millones de euros.

– También se han gestionado 215 plazas residenciales en centros de titularidad del Instituto Foral de Asistencia Social (2 de ellas de ocupación temporal), las cuales se financian con presupuesto de esta entidad.

2.1.– ESTANCIA PERMANENTE EN CENTROS RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

a) Normativa

El Decreto Foral número 96/2005, de 7 de Junio, modificado por DECRETO FORAL 70/2008, de 6 de mayo, por DECRETO FORAL 118/2009, de 28 de julio, por DECRETO FORAL 134/2010, de 23 de noviembre y prorrogado y modificado por del DECRETO FORAL 188/2012, de 18 de Diciembre, regula el sistema general de acceso a las plazas en los servicios residenciales para la atención de personas con discapacidad, en los centros propios de la Diputación Foral de Bizkaia, convenidos o contratados con esta Institución.

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b) Requisitos de acceso

Este Servicio residencial está dirigido a personas con discapacidad y con distintos niveles de autonomía.

Además, estas personas deberán cumplir los requisitos generales que establece la normativa reguladora del sistema general de acceso al servicio residencial:

1.– Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

2.– Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En estos casos, será requisito imprescindible haber obtenido previamente la correspondiente valoración de dependencia y que el Programa Individual de Atención determine este servicio.

3.– Edad igual o superior a 18 años e inferior a 60 años en el momento de formalizar su solicitud de ingreso o que cumplan los 18 años en el año de formalizarla.

4.– Tener reconocido, a la fecha de presentación de la solicitud, un grado de discapacidad igual o superior a un 33%, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

5.– No haber renunciado, tácita o expresamente, a su inclusión en la lista general de espera o a una plaza adjudicada por la Diputación Foral de Bizkaia en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, salvo modificación de sus circunstancias acreditadas documentalmente.

6.– Tener acreditada la valoración de la Dependencia.

Los requisitos anteriormente relacionados deberán ser cumplidos en el momento de la solicitud del servicio residencial.

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c) Personas usuarias del servicio

En 2016 se presentaron 107 nuevas solicitudes de acceso al servicio residencial para personas con discapacidad, en estancia permanente.

A 31 de diciembre, el número de personas ingresadas en este servicio ascendía a 1.179, de las cuales 482 son mujeres.

A lo largo del año 2016, 1.352 personas han sido usuarias de este servicio. De ellas 559 son mujeres.

La cantidad total liquidada en concepto de precio público a las personas atendidas en centros residenciales para personas con discapacidad, en estancia permanente, durante el pasado año 2016, ha ascendido a 5.671.713,99 €.

2.2.– ESTANCIA TEMPORAL EN CENTROS RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

El servicio público de residencia en estancia temporal tiene como objetivo el respiro de las personas que habitualmente atienden a las personas con discapacidad en su ámbito socio-familiar, con el fin de ofrecer a la persona cuidadora principal y habitual la posibilidad de disponer de un tiempo para su descanso, recuperación y/o desarrollo personal, o para hacer frente a una situación de necesidad que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado.

a) Normativa

El Decreto Foral 108/2006, de 13 de junio, modificado por DECRETO FORAL 38/2007, de 13 de marzo, por DECRETO FORAL 70/2008, de 6 de mayo; prorrogado y modificado por DECRETO FORAL 189/2012, de 18 de diciembre y modificado por DECRETO FORAL 173/2015, de 24 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, regula el sistema general de acceso a las plazas en el servicio residencial con atención diurna para personas con discapacidad, en régimen de estancia temporal, que se presta en los centros propios de la Diputación Foral de Bizkaia, convenidos o contratados con esta Institución.

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b) Requisitos de acceso

Podrán solicitar plaza en los servicios residenciales para personas con discapacidad en régimen de estancia temporal, aquellas que reúnan los siguientes requisitos:

1.– Cumplir los requisitos de titularidad previstos en el artículo 3 de la ley 12/2008, de 5 de diciembre de servicios sociales o normativa que la sustituya.

2.– Cumplir los requisitos generales de acceso a servicios y prestaciones, aplicables en todos los casos, previstos en el artículo 25 de la ley 12/2008, de 5 de diciembre de servicios sociales o normativa que la sustituya.

3.– Personas con discapacidad con reconocimiento de dependencia.

4.– a) Tener entre 18 y 64 años en el momento del acceso. Con carácter excepcional, podrán acceder personas menores de edad.

b) No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera de las dotaciones propias de la red de servicios sociales.

c) No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa.

d) Cumplir los restantes requisitos específicos, administrativos y de necesidad previstos en el Decreto 185/2015, de 6 de octubre.

c) Personas usuarias del servicio

En ese periodo se han realizado 728 estancias temporales. El número de personas usuarias del servicio ha ascendido a 273, de las cuales 133 son mujeres

A 31 de diciembre, 37 personas (19 mujeres) disfrutaban de una estancia temporal en residencias para personas con discapacidad.

La cantidad total liquidada en concepto de precio público a las personas usuarias de plazas temporales en centros residenciales para personas con discapacidad, durante el pasado año 2016, ha ascendido a 128.981,50 €.

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3.– SERVICIO DE ATENCIÓN DIURNA-CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD O CON ENFERMEDAD MENTAL CRÓNICA.

a) Normativa

Mediante Orden Foral 27059/2009, de 29 de mayo, se aprueban los requisitos generales de acceso a las plazas de los servicios de atención diurna-centros de día, destinados a las personas con discapacidad en los centros propios de la Diputación Foral de Bizkaia, convenidos o contratados por esta institución.

b) Descripción:

El servicio de atención diurna - Centro de Día ofrece una atención individualizada e integral, durante el periodo diurno, a las personas con discapacidad y a las personas con enfermedad mental crónica, con el objetivo de mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y al desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario.

Mediante un conjunto organizado y coordinado de actuaciones desarrolladas por un equipo profesional multidisciplinar, este servicio proporciona a las personas usuarias una atención habilitadora integral orientada, en todo lo posible, a facilitar su desarrollo personal y social, su autonomía y su integración social.

c) Prestaciones:

La persona usuaria de este servicio recibirá las siguientes prestaciones:

– Atención personal.

– Intervención socioeducativa y psicosocial:

• intervención estimulativa o rehabilitadora

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• intervención educativa: ocio, actividades educativo-culturales

• Intervención psicosocial: psicoafectiva, manejo de problemas de conducta

– Acompañamiento social.

– Transporte adaptado.

– Servicio hostelero de alimentación.

Los centros de día destinados a personas con enfermedad mental crónica, dada su naturaleza sociosanitaria, podrán ofrecer: atención de enfermería, atención médica, rehabilitación en su caso, terapia y actividades terapéuticas.

d) Requisitos de acceso

Podrá ser persona usuaria de los servicios dirigidos a personas con discapacidad, la persona solicitante que reúna los siguientes requisitos:

1.– Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

2.– Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En estos casos, será requisito imprescindible haber obtenido previamente la correspondiente valoración de dependencia y que el Programa Individual de Atención determine este servicio.

3.– Edad igual o superior a 18 años e inferior a 60 años en el momento de formalizar su solicitud de ingreso o que cumplan los 18 años en el año de formalizarla.

4.– Tener reconocido, a la fecha de presentación de la solicitud, un grado de discapacidad igual o superior a un 33%, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

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5.– No haber renunciado, tácita o expresamente, a su inclusión en la lista general de espera o a una plaza adjudicada por la Diputación Foral de Bizkaia en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, salvo modificación de sus circunstancias acreditadas documentalmente.

6.– Tener acreditada la valoración de la Dependencia.

e) Personas usuarias del servicio

En el año 2016 se presentaron 170 solicitudes de acceso al servicio de atención diurna-centro de día para personas con discapacidad o enfermedad mental crónica.

A 31 de diciembre, el número de personas con plaza asignada en este servicio ascendía a 1.336 de las cuales 517 eran mujeres, de acuerdo con la siguiente distribución:

– 703 personas en centros de día para personas con discapacidad, de las cuales 307 son mujeres.

– 349 personas en centros de día para personas con enfermedad mental crónica, entre las cuales se cuentan 125 mujeres.

– 219 personas en centros ocupacionales para personas con discapacidad, de las cuales 70 son mujeres.

– 65 personas en centros ocupacionales para personas con enfermedad mental crónica de las cuales 15 son mujeres.

A lo largo del año 2016 1.435 personas, entre las que se cuentan 555 mujeres, han sido usuarias del servicio de atención diurna:

– 725 personas en centros de día para personas con discapacidad, entre las que se cuentan 322 mujeres.

– 387 usuarias de centros de día para personas con enfermedad mental, de las cuales 138 son mujeres.

– 235 personas en centros ocupacionales para personas con discapacidad, entre ellas 74 mujeres.

– 88 usuarias de centros ocupacionales para personas con enfermedad mental, de las cuales 21 son mujeres.

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La cantidad total liquidada en concepto de precio público a las personas usuarias de del servicio de atención diurna-centro de día para personas con discapacidad, durante el pasado año 2016, ha ascendido a 800.971,09 €.

f) Plazas y presupuesto

A 31 de diciembre de 2016, el servicio de atención diurna – centros de día para personas con discapacidad o enfermedad mental contaba con un total de 1.303 plazas, distribuidas en los siguientes tipos de centro:

– Centros de día para personas con discapacidad: .................................................................................645 plazas

– Centros de día para personas con enfermedad mental: ....................................................................359 plazas

– Centros ocupacionales para personas con discapacidad: ...................................................................216 plazas

– Centros ocupacionales personas con enfermedad mental: ................................................................83 plazas.

En este periodo, el presupuesto total ejecutado y destinado a la atención en estos centros fue de 16,47 millones de euros. De esta cantidad 14,47 millones de euros se destinaron a centros de día y 2 millones de euros a centros ocupacionales.

También se han gestionado los ingresos en 72 plazas en centros de día para personas con discapacidad de titularidad del Instituto Foral de Asistencia Social, las cuales se financian con presupuesto de dicha entidad.

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4.– SERVICIO DE RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL CRÓNICA

a) Normativa

El Decreto Foral número 96/2005, de 7 de Junio, modificado por DECRETO FORAL 70/2008, de 6 de mayo, por DECRETO FORAL 118/2009, de 28 de julio, por DECRETO FORAL 134/2010, de 23 de noviembre y prorrogado y modificado por del DECRETO FORAL 188/2012, de 18 de Diciembre, regula el sistema general de acceso a las plazas en los servicios residenciales para la atención de personas con discapacidad, en los centros propios de la Diputación Foral de Bizkaia, convenidos o contratados con esta Institución.

b) Descripción:

Se concreta en dos tipos de servicios, ambos de naturaleza sociosanitaria:

PISOS TUTELADOS. Este recurso ofrece servicios de carácter sociosanitario que atienden a personas con enfermedad mental crónica mediante prestaciones orientadas a mejorar sus capacidades y habilidades personales y relacionales, con el fin de favorecer su desarrollo personal, su integración y participación en el entorno y, en general, mejorar su calidad de vida. Estos centros atienden a personas con enfermedad mental que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual o en alternativas de alojamiento de carácter más ligero y que no requieren una intensidad y un tipo de apoyos propios de servicios enmarcados en otros sistemas de atención.

MINIRESIDENCIAS: Este recurso ofrece servicios de carácter sociosanitario que atienden a personas con enfermedad mental crónica de larga evolución y una importante discapacidad asociada, mediante prestaciones orientadas a mejorar sus capacidades y habilidades personales y relacionales, con el fin de favorecer su desarrollo personal, su integración y participación en el entorno y, en general, mejorar su calidad de vida. Estos centros atienden a personas con enfermedad mental que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual o en alternativas de alojamiento de carácter más ligero por sus elevadas necesidades de supervisión.

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c) Objetivos:

En este contexto, todas sus actuaciones irán encaminadas a:

– Mantener la autonomía personal de las personas usuarias, y en lo posible fomentar el desarrollo de la misma y evitar su deterioro.

– Potenciar su desarrollo personal, capacidades, habilidades y experiencias.

– Ofrecerles oportunidades de integrarse y participar en el entorno comunitario y de utilizar los servicios comunitarios tomando parte en actividades culturales, sociales y recreativas de su entorno.

– Promover el mantenimiento y refuerzo de las redes familiares y sociales de apoyo.

– Favorecer un sentimiento de seguridad.

d) Prestaciones

Las personas usuarias del servicio de residencias recibirán las siguientes prestaciones:

– Atención personal

– Intervención socioeducativa y psicosocial:

– Estimulativa o rehabilitadora

– Ocupacional

– Educativa

– Psicosocial, en particular intervenciones orientadas a la contención emocional y a la reducción del riesgo; intervención en funciones psicoafectivas.

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– Acompañamiento social.

– Manutención, lavandería, limpieza, seguridad.

– En miniresidencias, atención médica, en particular atención psiquiátrica.

e) Requisitos de acceso

El servicio de residencias para personas con discapacidad psíquica – enfermedad mental está dirigido a personas con enfermedad mental grave o severa y déficit psicosocial, con el siguiente perfil:

– En el caso de acceso a pisos tutelados:

1.– Personas con un nivel mínimo de autonomía personal y social que no requieran de atención 24h.

2.– Personas en tratamiento psiquiátrico y con seguimiento desde el Centro de Salud Mental o desde un centro médico psiquiátrico.

3.– Personas que sufran enfermedad mental grave pero con una situación psicopatológica estable.

4.– Personas que no tengan enfermedades físicas graves o crónicas que exijan asistencia médica o de enfermería especializada y continuada.

5.– Personas que no presenten patrones graves de comportamiento agresivo.

– Acceso a miniresidencias:

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Personas que, con un diagnóstico de enfermedad mental crónica o de trastorno mental grave y prolongado, cumplan los siguientes requisitos:

1.– Ser capaces de realizar tareas básicas de autocuidados, alimentación, convivencia y participación en tareas grupales y desplazamientos autónomos, aunque pueda precisar de medios auxiliares.

2.– No ser consumidores/as de drogas y/o alcohol que imposibilite el trabajo de rehabilitación e interfiera en la convivencia y funcionamiento del centro residencial.

3.– No tener enfermedades físicas graves o crónicas que exijan asistencia médica o de enfermería especializada y continuada.

4.– No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto/contagiosa y/o mental.

5.– Aceptar voluntariamente las condiciones del recurso.

Las solicitudes de ingreso en este servicio deberán ser derivadas en todo caso desde la Red Pública de Salud Mental / Osakidetza, tanto de carácter hospitalario como extrahospitalario.

f) Personas usuarias del servicio

En el año 2016 78 personas han solicitado acceder al servicio de residencias para personas con enfermedad mental crónica.

A 31 de diciembre, los centros que prestan este servicio alojaban a 223 personas, de las cuales 78 eran mujeres.

A lo largo de 2016, 244 personas han sido usuarias del servicio de residencias, entre ellas 86 mujeres.

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g) Plazas y presupuesto

En 2016, el servicio se ha prestado en un total de 223 plazas, de las cuales 169 se sitúan pisos tutelados y 54 en miniresidencias.

Este servicio es cofinanciado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco y la Diputación Foral de Bizkaia – Departamento de Acción Social.

A lo largo de 2016, el presupuesto total ejecutado por la Diputación Foral de Bizkaia a financiar estas plazas fue de 2,3 millones de euros.

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5.– SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

a) Normativa

Mediante Orden Foral 27059/2009, de 29 de mayo, se aprueban los requisitos generales de acceso a las plazas de los servicios de atención diurna-centros de día, destinados a las personas con discapacidad en los centros propios de la Diputación Foral de Bizkaia, convenidos o contratados por esta institución.

b) Descripción:

El Servicio de respiro familiar ofrece estancias temporales en centros de día, en módulos de 1, 2, 3, 4 ó 5 días o en fin de semana, a personas afectadas de autismo y otros trastornos de espectro autista o personas con discapacidad intelectual, que habitualmente son atendidas por su red sociofamiliar de apoyo, con el fin de ofrecer a la persona cuidadora principal la posibilidad de disponer de un tiempo para su descanso, recuperación y/o desarrollo personal, o para hacer frente a una situación de necesidad que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado.

c) Objetivos:

Los objetivos generales de este servicio son:

1.– Que la persona cuidadora disponga de un tiempo personal para el descanso, la recuperación, el ocio y, en general, para el autocuidado y el desarrollo personal o asimismo para hacer frente a una situación de necesidad que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado.

2.– Que la persona cuidadora disfrute de una disminución de la carga asociada a las tareas de cuidado, previniendo así situaciones de sobrecarga y stress y posibles deterioros de su salud, especialmente en los casos de personas cuya discapacidad lleva asociada graves alteraciones conductuales.

Ambos objetivos se orientan hacia una finalidad común consistente en posibilitar la permanencia de la persona atendida en su domicilio habitual y favorecer, mediante el respiro, una adecuada situación de cuidado.

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d) Prestaciones

El Servicio de respiro familiar pondrá a disposición de las personas usuarias las siguientes prestaciones:

– Cuidados personales básicos

– Actividades ocupacionales.

– Servicio de ocio y tiempo libre.

– Servicio hostelero de alimentación.

– Otros servicios hosteleros (limpieza, mantenimiento del centro...)

– Transporte.

e) Requisitos de acceso

Podrán ser usuarias de este servicio:

– las personas afectadas de autismo y otros trastornos de espectro autista cuyo grado de dependencia haya sido valorado por el Servicio de Valoración y Orientación del Departamento de Acción Social, con una discapacidad mayor o igual a un 33%, y edad comprendida entre los 7 y los 60 años, en el momento de formalizar su solicitud de atención en el Servicio o que cumplan los 7 años en el año de formalizar la solicitud.

– También podrán ser personas usuarias aquellas cuyo grado de dependencia haya sido valorado por el Servicio de Valoración y Orientación del Departamento de Acción Social, con una discapacidad intelectual mayor o igual a un 33%, que podrá estar encuadrada en diversos perfiles y cuya edad esté comprendida:

– Entre los 18 y los 60 años en el momento de formalizar su solicitud de atención en el Servicio o que cumplan los 18 años en el año de formalizar su solicitud. Estas personas podrán ser usuarias del Servicio a lo largo de todo el año, excepto un fin de semana cada dos meses.

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– Entre los 7 y los 17 años en el momento de formalizar su solicitud. Estas personas podrán hacer uso del Servicio un fin de semana cada dos meses.

Además, estas personas deberán cumplir los requisitos generales que establezca la normativa reguladora del sistema general de acceso a los servicios de atención diurna - centros de día destinados a personas con discapacidad.

f) Personas usuarias del servicio

A lo largo de 2016, 157 personas con discapacidad intelectual (de las cuales 63 son mujeres) y 124 personas con trastorno espectro autista (24 mujeres) han hecho uso del servicio de respiro familiar para personas con discapacidad.

g) Plazas y presupuesto

El servicio de respiro familiar cuenta con 16 plazas destinadas a personas con trastorno de espectro autista y 16 dirigidas a personas con discapacidad intelectual.

El presupuesto total ejecutado fue de 400.675,90 euros.

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6.– PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL

a) Descripción:

En 2016 se ha prestado el servicio de Promoción de la autonomía personal a personas con diagnóstico de esclerosis múltiple.

Se considera el servicio para la promoción de la autonomía personal aquel que ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individual o grupal, durante el periodo diurno a las personas con discapacidad con el objetivo de mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario.

b) Objetivos y prestaciones:

La finalidad de este servicio es la mejora de la calidad de vida de las personas con este diagnóstico, a través de la prestación de los servicios de atención especializada que se detallan a continuación:

– Servicio de fisioterapia.

– Servicio de logopedia.

– Atención psicológica y neuropsicológica.

– Prevención y mantenimiento del desarrollo físico a través de coordinación de actividades acuáticas y equinoterapia.

– Servicio de prevención y reducción de secuelas.

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

– Acompañamiento individualizado.

– Reeducación para las actividades de la vida diaria.

c) Requisitos de acceso:

Este Servicio de promoción de la autonomía personal está dirigido a personas con diagnóstico de esclerosis múltiple que cumplan los siguientes requisitos:

1.– Estar valoradas de acuerdo con el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia (Decreto Foral 162/2009, de 1 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia y sus modificaciones, o normativa foral que lo sustituya).

2.– Estar valoradas de acuerdo con el procedimiento para el reconocimiento de la situación de discapacidad.

3.– No precisar una asistencia sanitaria especializada y/ o permanente fuera del alcance y posibilidades del centro.

d) Personas usuarias del servicio

A lo largo del año 2016, 155 personas han sido usuarias del servicio, entre ellas 90 mujeres.

e) Presupuesto

En 2016, se han destinado 400.000,00 euros a la prestación del servicio de promoción de la autonomía personal destinados a personas diagnosticadas de esclerosis múltiple.

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

7.– CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La Diputación Foral de Bizkaia, a través del Departamento de Acción Social, ha establecido un marco de colaboración con una serie de centros, de dentro y fuera de Bizkaia, mediante la celebración de convenios para la prestación de servicios de tipo residencial y de atención diurna dirigida al colectivo de personas con discapacidad.

Existen también centros de titularidad foral, gestionados por el Instituto Foral de Asistencia Social.

En 2016, los centros que han prestado servicios públicos destinados a personas con discapacidad han sido los siguientes.

a) Centros residenciales:

Centros convenidos:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORALADEMBI-ASOCIACION DE ESCLEROSIS MULTIPLE DE BIZKAIA

RESIDENCIA URIZARTORRE BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

FÍSICA 15 1

ASOCIACIÓN BIZKAIA ELKARTEA ESPINA BÍFIDA E HIDROCEFALIA - ASEBI

VIVIENDA AURRERANTZA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

FÍSICA 3

FEKOOR-FEDERACION COORDINADORA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA DE BIZKAIA

APARTAMENTOS CON APOYO ETXEGOKI BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

FÍSICA 30 4

EMILIA MICHELENA, S.L. RESIDENCIA EMILIA MITXELENA

TRUCIOS-TURTZIOZ BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 11

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORAL

FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN

VIVIENDA SAN ADRIÁN BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

VIVIENDA TXURDINAGA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 4

GERIATRICO AITZEA,SL GERIATRICO AITZEA GAMIZ-FIKA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 13

GORABIDE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

VIVIENDA GÜEÑES GÜEÑES BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 9

PISO DEUSTO 2 BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

VIVIENDA GRUP.GRAL.SALAZAR BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 14

RESIDENCIA DOLARETXE BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 18

PISO SESTAO SESTAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

PISO DEUSTO 1 BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 8

VIVIENDA CON APOYO DE BAJA INTENSIDAD (AVDA. MADARIAGA)

BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 2

VIVIENDA SANTA EUGENIA GETXO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 20

RESIDENCIA ATXARTE ABADIÑO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 68 1

RESIDENCIA PLAZAKOLA

MARKINA-XEMEIN BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 19

RESIDENCIA ISASTI LANESTOSA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 25

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27

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORALRESIDENCIA ARTZENTALES ARTZENTALES BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 25

RESIDENCIA SOPUERTA -EGUZKI HAIZEA SOPUERTA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 75 1

RESIDENCIA ARTEAGOITI BASAURI BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 45

RESIDENCIA BARAKALDO BARAKALDO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 60

PISO AUTONOMÍA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

RESIDENCIA GÜEÑES GÜEÑES BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 25

RESIDENCIA ONDARROA ONDARROA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 24 1

VIVIENDA SANTURTZI SANTURTZI BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

VIVIENDA ITURRIBIDE BILBAO BIZKAIA DISCPACIDAD INTELECTUAL 4

VIVIENDA RAMÓN Y CAJAL BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 3

RESIDENCIA LA OLA SONDIKA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 28

HOGAR Y CLINICA SAN JUAN DE DIOS

HOGAR Y CLINICA SAN JUAN DE DIOS SANTURTZI BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 24

MADRES MERCEDARIAS DE LA COMUNIDAD DE IBARRA

CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL JESÚS-MARÍA

OROZKO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 57

Page 28: dirección general para la promoción de la autonomía personal ......3 5. servicio de centros departamento de accion social memoria 2016 Al Servicio de Centros, en dependencia directa

28

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORAL

URIBE KOSTA-ASOCIACION

BELAUSTE RESIDENCIA GETXO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 10

SANTA ANA RESIDENCIA LEIOA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 8

VIVIENDA GOBELAS GETXO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 8

ZELAIGANE,SL RESIDENCIA ZELAIONDO BUSTURIA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 11

ASPACE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA DE PERSONAS AFECTADAS DE PARÁLISIS CEREBRAL

RESIDENCIA ELGUEROVALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN

BIZKAIA PARÁLISIS CEREBRAL 10 1

RESIDENCIA LANDETXOBASO MUNGIA BIZKAIA PARÁLISIS

CEREBRAL 33 2

APNABI-ASOCIACIÓN DE PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DE ESPECTRO AUTISTA

RESIDENCIA ENEKURI ERANDIO BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

12

RESIDENCIA ARETXABALETA BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

5

HOGAR GOROSTIZA BARAKALDO BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

5

VIVIENDA ERANDIO ERANDIO BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

3

VIVIENDA UBIETA BAJO GÜEÑES BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

3

VIVIENDA UBIETA 1 GÜEÑES BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

6

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29

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORAL

HOGAR FRUIZ FRUIZ BIZKAIATRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

6

ESCLAVAS DEL AMOR MISERICORDIOSO

CENTRO EDUCACIÓN ESPECIAL AMOR MISERICORDIOSO

MENAGARAI ALAVA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 32

COLEGIO NUESTRA SRA. DE FÁTIMA DON ORIONE HIJOS DE LA DIVINA PROVIDENCIA

COLEGIO NTRA. SRA. DE FÁTIMA-DON ORIONE

LLANES ASTURIAS DISCAPACIDAD INTELECTUAL 19

HERMANDAD DE SAN JUAN DE DIOS - SANATORIO MARÍTIMO

HERMANDAD DE SAN JUAN DE DIOS - SANATORIO MARITIMO

GIJÓN ASTURIAS DISCAPACIDAD INTELECTUAL 20

PAIDELSA S.L. RESIDENCIA LOS ROBLES

MERINDAD DE MONTIJA BURGOS DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 17

ASOCIACIÓN FRAY SERAFIN INFANTAS DE ESPAÑA

CENTRO INFANTAS DE ESPAÑA CUENCA CUENCA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 2

CASA DE HERMANAS HOSPITALARIAS “AITA MENNI”

UNIDAD RESIDENCIAL DISCAPACIDAD PSÍQUICA

ARRASATE GIPUZKOA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 14

FUNDACIÓN HOSPITAL INSTITUTO SAN JOSE

HOSPITAL INSTITUTO SAN JOSE MADRID MADRID DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 2

INSTITUCIÓN PEDAGÓGICA LABORAL SAGRADO CORAZÓN, S.A.

INSTITUCION PEDAGÓGICA LABORAL SAGRADO CORAZÓN

ALCALÁ DE HENARES MADRID DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 1

ESCLAVAS DE LA VIRGEN DOLOROSA RESIDENCIA JAVIER ELKANO NAVARRA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 4

HERMANAS HOSPITALARIAS DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS

RESIDENCIA BENITO MENNI ELIZONDO NAVARRA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 17

CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS - HNOS SAN JUAN DE DIOS

CENTRO ASISTENCIAL S.JUAN DE DIOS PALENCIA PALENCIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 52

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30

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOTT.HH - PROVINCIA - CC.AA.

PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORALHOSPITAL PSIQUIÁTRICO SAN LUIS HOSPITALARIAS DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS

COMPLEJO HOSPITALARIO SAN LUIS

PALENCIA PALENCIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL 17

OBRA BENÉFICA SAN MARTÍN OBRA BENÉFICA SAN MARTÍN SANTANDER SANTANDER DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 30

CENTRO ESPECIAL PADRE ZEGRI HERMANAS MERCEDARIAS DE LA CARIDAD

CEE.PADRE ZEGRI VALLADOLID VALLADOLID DISCAPACIDAD INTELECTUAL 3

INSTITUTO MÉDICO PEDAGÓGICO-HERMANOS DE SAN JUAN DE DIOS

INSTITUTO MÉDICO PEDAGÓGICO-HERMANOS DE SAN JUAN DE DIOS

VALLADOLID VALLADOLID DISCAPACIDAD INTELECTUAL 4

TOTAL 975 39

Gestionados por el Instituto Foral de Asistencia Social:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO TT.HH. PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORAL

IFAS-INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL DE BIZKAIA

CENTRO ASISTENCIAL ZUBIETE GORDEXOLA BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

19 1

CENTRO ASISTENCIAL ERREKALDE DERIO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

24

CENTRO ASISTENCIAL BIRJINETXE-UDAD BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

FÍSICA 39 1

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31

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO TT.HH. PERSONAS ATENDIDAS

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

PERMANENTE

PLAZAS PÚBLICAS ESTANCIA

TEMPORALCENTRO ASISTENCIAL LOIU-UDALOSTE BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 23

CENTRO ASISTENCIAL ZUMELEGI ELORRIO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 35

CENTRO ASISTENCIAL URDUÑA ORDUÑA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 38

CENTRO ASISTENCIAL LUSA ZALLA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 35

TOTAL 213 2

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

b) Centros de atención diurna:

Centros convenidos:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

APNABI-ASOCIACIÓN DE PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DE ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA ENEKURI ASUA-ERANDIO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 16

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA DEUSTO BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 39

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA BLAS DE OTERO BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 14

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA ARRIGORRIAGA ARRIGORRIAGA BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 30

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA SORTU BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 19

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA TXURDINAGA BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 18

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA LARRAKO BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 12

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA AREETA GETXO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 18

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA GARAMENDI BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE DÍA 12

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33

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

ASPACE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA DE PERSONAS AFECTADAS DE PARÁLISIS CEREBRAL

CENTRO DIA ADULTOS BARAKALDO BARAKALDO BIZKAIA PARÁLISIS

CEREBRAL CENTRO DE DÍA 14

CENTRO DIA ADULTOS SAN IGNACIO BILBAO BIZKAIA PARÁLISIS

CEREBRAL CENTRO DE DÍA 30

CENTRO DIA ADULTOS TXURDINAGA BILBAO BIZKAIA PARÁLISIS

CEREBRAL CENTRO DE DÍA 39

AVIFES-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA DE FAMILIARES Y ENFERMOS PSÍQUICOS

CENTRO DE DÍA BILBAO BILBAO BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 56

CENTRO DE DÍA SANTURTZI SANTURTZI BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 43

CENTRO DE DIA ZALLA ZALLA BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 26

CENTRO DE DIA GERNIKA GERNIKA-LUMO BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 29

CENTRO DE DIA AMEZOLA BILBAO BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 44

CENTRO DE DIA PORTUGALETE PORTUGALETE BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTAL CENTRO DE DÍA 40

CENTRO DE DÍA DE DURANGO DURANGO BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTAL CENTRO DE DÍA 32

AYUNTAMIENTO AMOREBIETA- ETXANO CENTRO DE DIA NAFARROA AMOREBIETA-

ETXANO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 25

FEDERACION COORDINADORA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA DE BIZKAIA (FEKOOR)

CENTRO ARBOLARTE BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD FÍSICA CENTRO DE DÍA 52

FUNDACION ARGIA HOSPITAL DE DIA GETXO BIZKAIA ENFERMEDAD MENTAL CENTRO DE DÍA 89

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34

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

GORABIDE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ERETZA CENTRO DE DÍA BARAKALDO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 28

GUZTIONA CENTRO DE DÍA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 18

TXURDINAGA CENTRO DIA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 26

EGINTZA CENTRO DE DÍA PORTUGALETE BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 24

IBAIGANE CENTRO DIA PORTUGALETE BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 12

ASTRABUDUA CENTRO DE DÍA ERANDIO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 16

MARKINA CENTRO DIA MARKINA-XEMEIN BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 15

GERNIKA CENTRO DE DÍA GERNIKA-LUMO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 13

ERROTA CENTRO DE DÍA DURANGO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 21

MUNGIA CENTRO DE DIA MUNGIA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 15

CENTRO DE DÍA HAIZEA SOPUERTA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 4

CENTRO DE DÍA OLA SONDIKA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 22

RESIDENCIA ATXARTE ABADIÑO BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 1

Page 35: dirección general para la promoción de la autonomía personal ......3 5. servicio de centros departamento de accion social memoria 2016 Al Servicio de Centros, en dependencia directa

35

5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

URIBE KOSTA-ASOCIACION

CENTRO DE DIA MONTE IKEA LEIOA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 13

CENTRO DE DIA ANDRA MARI GORLIZ BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 20

CENTRO DE DÍA BARRIKA BARRIKA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 26

ASPACE - GIPUZKOA ASPACE - GIPUZKOA (OXIRONDO) BERGARA GIPUZKOA PARÁLISIS

CEREBRAL CENTRO DE DÍA 11

FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN

CENTRO DE DÍA BEGOÑAKO AMA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 22

ASOC PROMOCION SOCIOLABORAL ENTREMANOS-ESKU ARTEAN (AZLAN)

CENTRO OCUPACIONAL AZLAN BILBAO BIZKAIA

TRASTORNO ESPECTRO AUTISTA

CENTRO OCUPACIONAL 25

ASOCIACIÓN ANTIGUAS ALUMNAS ESCLAVAS DEL SAGRADO CORAZÓN

CENTRO OCUPACIONAL RAFAELA MARIA BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUALCENTRO OCUPACIONAL 70

ASPACE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA DE PERSONAS AFECTADAS DE PARÁLISIS CEREBRAL

CENTRO OCUPACIONAL TRAPAGARAN TRAPAGARAN BIZKAIA PARÁLISIS

CEREBRALCENTRO OCUPACIONAL 14

FUNDACION ERAGINTZA

CENTRO OCUPACIONAL DE CABLEADO BASAURI BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTALCENTRO OCUPACIONAL

83

CENTRO OCUPACIONAL DE ENCUADERNACION ALONSOTEGI BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTALCENTRO OCUPACIONAL

CENTRO OCUPACIONAL DE JARDINERIA BASAURI BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTALCENTRO OCUPACIONAL

CENTRO OCUPACIONAL DE LAVANDERIA ARRIGORRIAGA BIZKAIA ENFERMEDAD

MENTALCENTRO OCUPACIONAL

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

URIBE KOSTA-ASOCIACION

DONIBANE CENTRO OCUPACIONAL LEIOA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUALCENTRO OCUPACIONAL 75

CENTRO OCUPACIONAL GRANJA MENDIONDO URDULIZ BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUALCENTRO OCUPACIONAL 20

TALLERES PROTEGIDOS GUREAK,SA.

TALLERES PROTEGIDOS GUREAK DONOSTIA GIPUZKOA DISCAPACIDAD

INTELECTUALCENTRO OCUPACIONAL 11

IFBS-INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL DE ALAVA

CENTRO OCUPACIONAL LANTZE (CONTRATADO)

VITORIA-GASTEIZ ARABA DISCAPACIDAD

INTELECTUALCENTRO OCUPACIONAL 1

TOTAL 1.303

De titularidad foral:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS TIPO RECURSO PLAZAS

PÚBLICAS

IFAS-INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL DE BIZKAIA

CENTRO DE DIA BEKOETXE BILBAO BIZKAIA DISCAPACIDAD FÍSICA CENTRO DE DÍA 54

CENTRO DE DIA LURGORRI GERNIKA-LUMO BIZKAIA DISCAPACIDAD FÍSICA CENTRO DE DÍA 15

CENTRO ASISTENCIAL LUSA ZALLA BIZKAIA DISCAPACIDAD INTELECTUAL CENTRO DE DÍA 3

TOTAL 72

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

c) Servicio de residencias para personas con enfermedad mental crónica

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PLAZAS PÚBLICASAVIFES-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA DE FAMILIARES Y ENFERMOS PSÍQUICOS PISOS TUTELADOS BILBAO, LEIOA,

GALDAKAO, SANTURTZI BIZKAIA 54

FUNDACION ARGIA PISOS TUTELADOS BARAKALDO, BILBAO,

ERANDIO, GETXO BIZKAIA 115

RESIDENCIA ZURIMENDI GALDAMES BIZKAIA 18RESIDENCIA BEGOÑALDE BILBAO BIZKAIA 11

OIZPE EGOITZA KOOP. RESIDENCIA OIZPE MUNITIBAR-ARBATZEGI-GERRIKAITZ BIZKAIA 25

TOTAL 223

d) Servicio de respiro familiar

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO T.H. PERSONAS ATENDIDAS PLAZAS PÚBLICAS

GORABIDE-ASOCIACIÓN VIZCAÍNA A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CENTRO DE ATENCIÓN DIURNA OLA SONDIKA BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 10

APNABI-ASOCIACIÓN DE PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DE ESPECTRO AUTISTA

CENTRO DE RESPIRO ARRIGORRIAGA ARRIGORRIAGA BIZKAIA TRASTORNO ESPECTRO

AUTISTA 16

URIBE KOSTA-ASOCIACION CASA ZUAZO - RESPIRO FAMILIAR GETXO BIZKAIA DISCAPACIDAD

INTELECTUAL 6

TOTAL 32

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

e) Centros de promoción de la autonomía personal

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO PERSONAS ATENDIDASADEMBI-ASOCIACION DE ESCLEROSIS MULTIPLE DE BIZKAIA

CENTRO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL ESCLEROSIS MÚLTIPLE EUGENIA EPALZA BILBAO Personas afectadas de esclerosis múltiple

Page 39: dirección general para la promoción de la autonomía personal ......3 5. servicio de centros departamento de accion social memoria 2016 Al Servicio de Centros, en dependencia directa

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

SECCIÓN DE CENTROS PARA PERSONAS DEPENDIENTES

1.– SERVICIOS: CENTROS Y OTROS RECURSOS

En el año 2016, la Sección de centros para personas dependientes ha gestionado los siguientes servicios:

1.– Servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes.

2.– Centros de día para personas mayores dependientes.

3.– Estancias en unidades residenciales socio-sanitarias.

4.– Servicio de respiro familiar para personas mayores dependientes.

5.– Promoción de la autonomía personal.

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

2.– SERVICIO PÚBLICO FORAL DE RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES.

a) Descripción:

Los centros residenciales son centros destinados a servir de vivienda habitual o permanente y, en su caso temporal, a personas mayores en situación de dependencia en Grados II y III – y excepcionalmente en grado I – que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual, o en alternativas de alojamiento de carácter más ligero, por requerir apoyos de mayor intensidad, ofreciéndose en estos centros una atención integral y continua.

Son centros de alta intensidad que garantizan:

a) La presencia permanente, 24 horas al día, de personal cuidador.

b) La prestación de un servicio médico y de enfermería.

c) El apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos par ala prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social.

b) Objetivos:

Son objetivos del servicio residencial para personas mayores dependientes:

• Garantizar a las personas usuarias los cuidados y la asistencia personal necesaria para realizar las actividades de la vida diaria, tratando de mantener su autonomía personal y, en lo posible, fomentar el desarrollo y evitar el deterioro de la misma.

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

• Que las personas usuarias mantengan o desarrollen, con el apoyo necesario, actividades orientadas a mantener sus relaciones con el entorno comunitario y a participar en el mismo.

• Que las personas usuarias mantengan y amplíen las relaciones con la familia y con otras personas residentes o ajenas al medio residencial y participen, en lo posible, en la vida del centro.

• Favorecer su sentimiento de seguridad.

c) Prestaciones.

Las personas usuarias del servicio foral residencial para personas mayores dependientes tienen, como mínimo, derecho a las siguientes prestaciones:

– Atención personal integral.

– Atención sanitaria.

– Higiene.

– Readaptación para las actividades de la vida diaria.

– Asistencia psicológica.

– Dinamización sociocultural.

– Asistencia social.

– Apoyo a familiares de personas usuarias.

– Servicios de restauración y lavandería.

Page 42: dirección general para la promoción de la autonomía personal ......3 5. servicio de centros departamento de accion social memoria 2016 Al Servicio de Centros, en dependencia directa

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

d) Clases de estancia

La ocupación de las plazas residenciales podrá realizarse tanto en estancia permanente como temporal.

Se considera estancia permanente el ingreso que se realice con carácter indefinido. Las estancias temporales, con carácter general, tendrán una duración mínima de dos días y máxima de tres meses.

e) Plazas y presupuesto

– A 31 de diciembre de 2016, el servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes contaba con 4.829 plazas distribuidas de la siguiente manera:

• Centros de titularidad foral (AZPIEGITURAK, S.A.U.): .......................................................1.669 plazas

• Centros convenidos con entidades locales: ...........................................................................557 plazas

• Centros convenidos con otras entidades. Plazas destinadas a personas mayores dependientes con enfermedad mental: ......................................................................................................................................10 plazas

• Centros concertados con entidades privadas: ....................................................................2.593 plazas

– Para el año 2016, y de acuerdo con el Decreto Foral 7/2015, de 27 de enero, el coste de la plaza residencial destinada a la atención de personas mayores dependientes quedó fijada en 81,00 euros IVA incluido (77,88 euros IVA excluido).

– En 2016, el presupuesto total ejecutado y destinado al ingreso en residencias de personas mayores dependientes fue de 141.936.840,80 euros. Este importe se desglosa de la siguiente manera:

• Coste de las plazas incluidas en el Servicio foral residencial: 139.359.081,81 euros

• Importe de las ayudas económicas individuales para ingreso de personas mayores en servicios sociales residenciales (103 personas a 31 de diciembre): 2.577.759,49 euros.

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– También se han gestionado 340 plazas de titularidad del Instituto Foral de Asistencia Social, las cuales se financian con el presupuesto de esta entidad.

2.1.– ESTANCIAS PERMANENTES EN RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES.

a) Normativa

El Decreto Foral 17/2014, de 25 de febrero, de la Diputación Foral de Bizkaia (BOB nº 40, 27/02/2014) regula el régimen de acceso al servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes y las condiciones de prestación del servicio en estancia permanente.

El Decreto foral 30/2009, de 24 de febrero, modificado por el Decreto foral 100/2013, de 16 de julio (BOB nº 141, de 23 de julio) acuerda la aplicación y se regula el precio público por la prestación del servicio público foral de residencias en estancia permanente. (BOB nº 42, de 3 de marzo).

b) Requisitos de acceso

Podrá ser persona usuaria del servicio público foral de residencias regulado la persona solicitante que reúna los siguientes requisitos:

1.– Tener 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud.

No obstante lo anterior, podrá solicitar, asimismo, el ingreso cualquier persona dependiente, que tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en una de las residencias previstas en el artículo 2 de este Decreto.

2.– Obtener la calificación de persona dependiente como resultado de la valoración permanente realizada en virtud de lo dispuesto en el Decreto Foral 162/2009, de 1 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, y sus modificaciones, o normativa foral que lo sustituya.

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3.– Que el Programa Individual de Atención firmado por la persona interesada o su representante legal, en su caso, y ratificado por el Servicio de Valoración y Orientación de la Dependencia del Departamento de Acción Social, recoja el servicio residencial como el recurso más idóneo para la persona solicitante.

4.– Reunir los requisitos que recoge el art. 3 del Título I de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, del Gobierno Vasco de Servicios Sociales y la normativa que lo desarrolle.

Con la finalidad de favorecer el reagrupamiento familiar, no se exigirá el cumplimiento de estos requisitos de acceso, en los siguientes supuestos:

a) Cuando se trate del o de la cónyuge o pareja de hecho, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 7 de mayo, del Gobierno Vasco reguladora de las parejas de hecho, de una persona a la que se le hubiera reconocido su derecho a plaza por reunir todos los requisitos de acceso recogidos en la letra a) anterior, siempre y cuando perciba una prestación de cualquiera de los regímenes de previsión social y conviva con su cónyuge o pareja de hecho en el momento de realizar la solicitud de ingreso o haya convivido hasta la fecha de ingreso en residencia.

b) Cuando se trate de parientes en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad, hasta el tercer grado, así como cualquier persona que conviva con una persona a la que se le hubiera reconocido su derecho a plaza por reunir todos los requisitos de acceso recogidos en la letra a) anterior, siempre y cuando concurran en ella todos y cada uno de los siguientes requisitos:

• Que tenga reconocida, al menos, una dependencia moderada (grado I).

• Que perciba una prestación de cualquiera de los regímenes de previsión social, y

• Que haya convivido con la persona beneficiaria de plaza en la red foral residencial como mínimo, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de solicitud de ingreso en residencia de la misma.

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En el caso de que una persona dependiente sufra una situación de abandono y/o de maltrato físico o psicológico que haya sido denunciada ante la autoridad competente, o que se encuentre en una situación de, en su caso, emergencia social, podrá ser ingresada de forma inmediata en una residencia de la red foral, iniciándose posteriormente los trámites oportunos para la regularización administrativa de su situación.

c) Personas usuarias del servicio

En 2016 se presentaron 2.630 nuevas solicitudes de acceso al servicio foral residencial para personas mayores dependientes.

A lo largo de 2016, en este servicio ha atendido a 6.352 personas, entre las que se cuentan 4.636 mujeres.

La cantidad total liquidada en concepto de precio público a las personas atendidas en centros residenciales para personas mayores dependientes, en estancia permanente, durante el año 2016 asciende a 55.374.993,74 €.

d) Ayudas económicas individuales para ingreso de personas mayores en servicios sociales residenciales.

La normativa reguladora del servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes deroga de modo expreso el Decreto Foral 63/2001, de 3 de abril, regulador del sistema de acceso a residencias públicas forales o concertadas y a la concesión de ayudas económicas individuales para el ingreso de personas mayores en servicios sociales residenciales ajenos. También establece que aquellas personas beneficiarias de ayudas económicas concedidas por la Diputación al amparo de dicho Decreto que no se integren o no puedan integrarse en el servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes, les será de aplicación lo dispuesto en el citado Decreto Foral, que mantendrá su vigencia exclusivamente para estas personas, en tanto perduren las circunstancias que motivaron la concesión de las ayudas económicas de las que son beneficiarias.

A 31 de diciembre de 2016, 103 personas eran beneficiarias de estas ayudas económicas para ingreso en residencias para personas mayores dependientes.

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2.2.– ESTANCIAS TEMPORALES EN EL SERVICIO PÚBLICO FORAL DE RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES.

a) Normativa

El Decreto Foral 84/2014, de 1 de julio (BOB nº 125, de 2 de julio), regula las estancias temporales en residencias para personas mayores dependientes con la finalidad de respiro para las familias y personas cuidadoras.

b) Descripción

Las solicitudes de estancia temporal en el servicio residencial para personas mayores dependientes estarán motivadas por:

• Respiro: Descanso o vacaciones de la persona cuidadora principal.

• Otros motivos.

1.– Fallecimiento de la persona cuidadora principal y necesidad de la familia de un periodo de tiempo para su reorganización en el cuidado de la persona dependiente.

2.– Enfermedad aguda o intervención quirúrgica de la persona cuidadora principal.

3.– Necesidad de la persona cuidadora principal de atender a otros familiares hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidad por enfermedad aguda o accidente de estos.

4.– Fallecimiento de familiares de la persona cuidadora principal hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidad.

5.– Traslado u obras importantes en el domicilio en que reside la persona dependiente.

6.– Otras situaciones similares que conlleven la imposibilidad o grave dificultad de prestar el debido cuidado por parte de la persona cuidadora, siempre que se garantice el regreso de la persona dependiente a su medio habitual.

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La duración mínima de la estancia será de 2 días naturales.

En el caso de que la solicitud de estancia temporal venga motivada por descanso o vacaciones de la persona cuidadora, el período máximo será de 30 días naturales (equivalente a 29 noches) por año.

En los supuestos de estancia temporal motivados por cualesquiera otros motivos, el periodo máximo será de tres (3) meses salvo circunstancias excepcionales apreciadas por la unidad administrativa competente, en las que podrá ampliarse la estancia un (1) mes más.

c) Requisitos de acceso:

Podrá ser persona usuaria del servicio público foral de residencias en estancia temporal la persona solicitante que reúna los siguientes requisitos:

1.– Tener 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud.

No obstante lo anterior, podrá solicitar, asimismo, el ingreso cualquier persona dependiente, que tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en una de las residencias previstas en el artículo 2 de este Decreto.

2.– Obtener la calificación de persona dependiente como resultado de la valoración permanente realizada en virtud de lo dispuesto en el Decreto Foral 162/2009, de 1 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, y sus modificaciones, o normativa foral que lo sustituya.

Se podrá excepcionar el cumplimiento de este requisito a las personas que se encuentren en una situación de dependencia de carácter provisional.

3.– Tener derecho a la prestación del citado servicio de estancia temporal de acuerdo a lo previsto en las Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

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4.– Estar empadronada en el Territorio Histórico de Bizkaia.

5.– Reunir los requisitos que recoge el art. 3 del Título I de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, del Gobierno Vasco de Servicios Sociales y la normativa que lo desarrolle.

En los supuestos de urgencia debidamente justificados, la persona solicitante podrá ser ingresada de forma inmediata en una residencia de la red foral, iniciándose posteriormente los trámites oportunos para la regularización administrativa de su situación.

d) Personas usuarias del servicio:

En el año 2016 se presentaron 391 solicitudes de estancia temporal en residencia para personas mayores dependientes.

En 2016, 9 personas fueron atendidas en plaza pública, entre ellas 7 mujeres. Estas 9 personas ingresaron en plazas temporales públicas con carácter de urgencia. También se realizaron pagos a través de la Prestación vinculada al servicio, destinados a ingresos temporales en plazas privadas.

La cantidad total liquidada en concepto de precio público durante el año 2016, por las estancias temporales de personas mayores dependientes en centros residenciales, asciende a 10.669,30 euros.

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3.– CENTROS DE DIA PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES.

a) Normativa:

Decreto Foral 113/2016, de 21 de junio, por el que se regula el acceso a centros de día para personas mayores en situación de dependencia y sus ayudas económicas individuales (BOB nº 121, de 24 de junio de 2016).

b) Descripción:

Este servicio ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individualizada e integral, durante el periodo diurno a las personas mayores en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y al desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario.

Es un servicio de media y alta intensidad que garantiza:

• la presencia permanente de personal cuidador durante las horas de apertura;

• la prestación de un servicio médico y de enfermería, en su caso;

• el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para la prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social.

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c) Prestaciones:

En el centro de día se dispensarán, al menos, las siguientes prestaciones:

1.– De Servicios sociales:

a) Valoración de seguimiento.

b) Mediación – intermediación.

c) Atención personal.

– Intervención socioeducativa y psicosocial.

– Acompañamiento social.

– Transporte adaptado, cuando resulte necesario en razón de las dificultades de movilidad de las personas usuarias y/o de las dificultades de acceso al centro por transporte público.

2.– Complementarias: aseo. Manutención, en su caso.

3.– De Salud: a tendiendo a la prevalencia e intensidad de las necesidades sanitarias de las personas usuarias este servicio podrá ofrecer prestaciones propias del sistema sanitario.

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d) Requisitos de acceso:

Podrán ser personas usuarias del centro de día todas las personas que reúnan, en el momento de la presentación de la solicitud, las siguientes características:

1.– Tener 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud.

Podrá exceptuarse del cumplimiento de este requisito aquellas personas que tengan reconocida su situación de dependencia y que tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en uno de los centros de día previstos en el artículo 2 de este Decreto.

2.– Obtener la calificación de persona en situación de dependencia con puntuación superior a 39 puntos en el BVD como resultado de la valoración realizada en virtud de lo dispuesto en el Decreto Foral 162/2009, de 1 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, y sus modificaciones, o normativa foral que lo sustituya.

3.– Que el Programa Individual de Atención recoja el de centro de día como el recurso más idóneo para la persona solicitante.

e) Personas usuarias del servicio:

En el año 2016 se presentaron 943 nuevas solicitudes de acceso a centros de día para personas mayores dependientes.

A 31 de diciembre, el número de personas ingresadas en centros de día forales ascendía a 910 de las cuales 665 son mujeres.

A esta misma fecha, el número de personas beneficiarias de ayudas económicas individuales para ingreso otros centros de día asciende a 415, de las cuales 309 son mujeres.

A lo largo del año 2016, el número de personas atendidas en centros de día de titularidad foral asciende a 1.366, entre ellas 975 mujeres.

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En el mismo periodo, el número de personas beneficiarias de ayudas económicas individuales para ingreso en otros centros de día asciende a 975, de las cuales 447 son mujeres.

f) Plazas y presupuesto:

– A 31 de diciembre de 2016, el servicio de centros de día para personas mayores dependientes contaba con 1.098 plazas distribuidas de la siguiente manera:

• Centros de titularidad foral (AZPIEGITURAK, S.A.U.): ..................................................................948 plazas

• Centros convenidos con entidades locales: .....................................................................................71 plazas

• Centros convenidos con entidades privadas ....................................................................................79 plazas

– También se conceden ayudas económicas individuales para el ingreso en otros centros de día.

Para el año 2016, y el coste de la plaza quedó fijado en 60,76 euros para plazas piscogeriátricas y 56,21 euros en plazas de dependencia física.

En 2016, el presupuesto total ejecutado y destinado a la gestión de centros de día para personas mayores dependientes fue de 17.109.324,96 euros. Este importe se desglosa de la siguiente manera:

• Coste de las plazas de titularidad foral: ........................................................................11.750.736,34 euros

• Importe de las ayudas económicas individuales para ingreso de personas mayores en otros centros de día: ............................................................................................................................... 5.358.588,62 euros.

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4.– ESTANCIAS EN UNIDADES RESIDENCIALES SOCIO-SANITARIAS

a) Normativa:

DECRETO FORAL 103/2012, de 5 de junio, por el que se regula el régimen de acceso a las unidades residenciales socio-sanitarias de la red foral de residencias para personas dependientes en el Territorio Histórico de Bizkaia.

b) Descripción:

Las unidades residenciales socio-sanitarias son un recurso asistencial de carácter temporal para prestar asistencia socio-sanitaria a personas en situación de pérdida de autonomía funcional que acrediten tanto la necesidad social como el perfil sanitario que se define en el decreto regulador, siendo la finalidad del ingreso la mejora de las capacidades funcionales así como la autonomía funcional y en el caso de las personas en fase final de la vida, mejorar en lo posible su calidad de vida.

Asimismo, estas unidades se destinan a la ubicación temporal de pacientes ingresados en centros hospitalarios que pese a encontrarse en situación de alta clínica, la misma no puede llevarse a cabo por motivos socio-sanitarios de diversa índole, así como para la derivación de casos de difícil mantenimiento en el domicilio y en las residencias geriátricas de la red foral por confluir en ellos necesidades de atención socio-sanitaria intensa que, sin embargo, no son susceptibles de hospitalización.

c) Prestaciones:

Para la prestación del servicio asistencial en estas unidades se contará, en todo caso y obligatoriamente con:

– Servicio médico.

– Servicio de enfermería durante las 24 horas al día.

– Servicio de fisioterapia.

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– Servicio de terapia ocupacional.

– Atención psicológica.

– Atención espiritual.

d) Requisitos de acceso:

Las unidades residenciales socio-sanitarias estarán destinadas específicamente a personas con necesidad de cuidados sanitarios de baja complejidad pero cuya situación sociofamiliar no permita asegurar su correcta aplicación y supervisión en el domicilio.

Desde el punto de vista del perfil sanitario, las unidades residenciales socio-sanitarias estarán destinadas específicamente a:

1.– Personas en recuperación de un proceso de enfermedad. Son personas en periodo de recuperación de un proceso agudo que ha producido un deterioro funcional y/o cognitivo, y una pérdida de la autonomía funcional susceptible de mejoría.

2.– Personas que necesitan cuidados al final de la vida. Son personas en situación de expectativa de vida breve que no pueden permanecer en su domicilio por falta de soporte sociofamiliar adecuado y que no son susceptibles de traslado a unidad de Cuidados Paliativos. También se destina a personas que viven en residencia geriátrica y que precisan de cuidados al final de la vida de intensidad mayor a la aplicable en la residencia.

3.– Personas que no cumpliendo ninguno de los perfiles anteriores, tienen pautas de comportamiento que no les permiten seguir en su domicilio por no disponer del apoyo adecuado.

Podrá ser persona usuaria de las unidades residenciales socio-sanitarias la que respondiendo al perfil definido de atención temporal socio-sanitaria reúna los siguientes requisitos:

• Tener dieciocho (18) años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud.

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• Poseer la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

También podrá beneficiarse de este servicio foral en estancia temporal quienes a pesar de no ostentar la ciudadanía de la Unión Europea, tengan concedida la residencia legal en el Estado Español. En cualquier caso, podrán beneficiarse de dicho servicio las personas refugiadas o apátridas que se encuentren en el País Vasco.

• Estar empadronada en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de presentar la solicitud.

e) Personas usuarias del servicio

Durante el año 2016, se presentaron 810 solicitudes de ingreso en unidades residenciales socio-sanitarias.

A 31 de diciembre 114 personas se encontraban ingresadas en estas unidades, de las cuales 66 son mujeres.

A lo largo de 2016, 551 personas han sido usuarias de este servicio, entre ellas 298 mujeres.

La cantidad liquidada en 2016 en concepto de precio público a las personas usuarias de las unidades socio-sanitarias ha sido 595.817,85 euros.

f) Plazas y presupuesto

El servicio cuenta con 114 plazas, distribuidas de la siguiente forma:

– 54 plazas en unidades socio-sanitarias concertadas con entidades privadas.

– 60 plazas gestionadas por el Instituto Foral de Asistencia Social.

En el año 2016, el presupuesto total ejecutado destinado a la gestión de plazas en unidades socio-sanitarias concertadas ascendió a 2.376.905,54 euros.

Las plazas gestionadas por el Instituto Foral de Asistencia Social se financian con presupuesto de esta entidad.

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5.– SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES.

a) Descripción:

El servicio de respiro de estancias con atención diurna en fines de semana tiene como finalidad ofrecer a la persona cuidadora la posibilidad de disponer de un tiempo para su descanso, recuperación y/o desarrollo personal, o para hacer frente a una situación de necesidad puntual que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado durante el fin de semana.

Este servicio se ofertará, para cada persona usuaria, un día de cada fin de semana (sábado o domingo) en dos modalidades:

1.– Plazas permanentes: destinadas a personas usuarias que pretendan disfrutar del servicio de una forma continuada.

2.– Plazas ocasionales: destinadas a cubrir necesidades puntuales.

b) Objetivos:

Los objetivos generales de este servicio son:

1.– Que la persona cuidadora disponga de un tiempo personal para el descanso, la recuperación, el ocio y, en general, para el autocuidado y el desarrollo personal o asimismo para hacer frente a una situación de necesidad que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado.

2.– Que la persona cuidadora disfrute de una disminución de la carga asociada a las tareas de cuidado, previniendo así situaciones de sobrecarga y stress y posibles deterioros de su salud, especialmente en los casos de personas cuya discapacidad lleva asociada graves alteraciones conductuales.

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Ambos objetivos se orientan hacia una finalidad común consistente en posibilitar la permanencia de la persona atendida en su domicilio habitual y favorecer, mediante el respiro, una adecuada situación de cuidado.

c) Prestaciones:

Son las propias del servicio de centro de día:

– De Servicios sociales:

• Valoración de seguimiento.

• Mediación – intermediación.

• Atención personal.

– Intervención socioeducativa y psicosocial.

– Acompañamiento social.

– Transporte adaptado, cuando resulte necesario en razón de las dificultades de movilidad de las personas usuarias y/o de las dificultades de acceso al centro por transporte público.

– Complementarias: Limpieza. Manutención, en su caso.

– De Salud Atendiendo a la prevalencia e intensidad de las necesidades sanitarias de las personas usuarias este servicio podrá ofrecer prestaciones propias del sistema sanitario.

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d) Requisitos de acceso:

El programa de respiro para personas dependientes en centros de día estará destinado a las personas cuidadoras de las personas mayores de 60 años en Bizkaia siempre que estas últimas cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

• Que sean perceptoras de prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF).

• Que en el Programa de Atención Individual (PIA) elaborado por el Servicio de Valoración y orientación de la Dependencia se recoja como idóneo el recurso de centro de día.

• Que dispongan de apoyos cercanos, que, entre otras cosas, les permitan el acercamiento al punto de encuentro.

• Que sean residentes en cualquiera de los municipios o distritos dentro del área de influencia de cada centro. Excepcionalmente, podrán acudir al centro de día, personas usuarias de otros municipios, siempre y cuando las familias se comprometan a su transporte.

• Que no se encuentren incursas en ninguna de las cláusulas de exclusión previstas.

e) Personas usuarias del servicio:

En el año 2016, 128 personas han sido usuarias del servicio de respiro familiar para personas mayores dependientes, de las cuales 97 son mujeres.

f) Plazas y presupuesto:

Este servicio cuenta con 63 plazas, 51 de las cuales están destinadas a estancias continuadas y 12 a estancias ocasionales.

A lo largo de 2016, el presupuesto total ejecutado y destinado a este servicio asciende a 138.919,00 euros.

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6.–PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL

a) Descripción:

En el año 2016, desde la Sección de centros para personas dependientes se han prestado servicios de promoción de la autonomía personal a:

– Personas enfermas de Parkinson.

– Personas enfermas de Alzheimer y otras demencias.

El servicio para la promoción de la autonomía personal es aquel que ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individual o grupal, durante el periodo diurno, con el objetivo de mejorar o mantener el nivel de autonomía personal de las personas usuarias del servicio, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario.

b) Objetivos y prestaciones:

Estos servicios de promoción de la autonomía tienen por finalidad la mejora de la calidad de vida de las personas con diagnóstico de Parkinson o Alzheimer y otras demencias, a través de la prestación de servicios de atención especializada.

c) Requisitos de acceso:

Con carácter general, estos servicios están dirigidos a personas con los diagnósticos indicados, que cumplan los siguientes requisitos:

1.– Estar valoradas de acuerdo con el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia.

2.– No precisar una asistencia sanitaria especializada y/ o permanente fuera del alcance y posibilidades del centro

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d) Personas usuarias del servicio:

En el año 2016, 386 personas han sido usuarias de estos servicios, de las cuales 167 eran mujeres, según la siguiente distribución:

– 275 personas con diagnóstico de Parkinson, entre ellas 112 mujeres.

– 111 personas con diagnóstico de Alzheimer y otras demencias, de las cuales, 69 son mujeres.

e) Presupuesto:

En 2016 el presupuesto ejecutado destinado a la prestación de servicios de promoción de la autonomía personal, ha ascendido a 342.905,32 euros.

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7.– CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES

a) Centros residenciales:

El Servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes cuenta en Bizkaia con un total de 5.159 plazas de titularidad foral, convenidas con otras entidades y concertadas con entidades públicas mercantiles y no mercantiles.

Centros de titularidad foral:

a) Gestionados por AZPIEGITURAK, S.A.U.

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO Nº PLAZAS PÚBLICAS

AZPIEGITURAK, S.A.U.

RESIDENCIA JOSE MARIA AZKUNA AMOREBIETA-ETXANO 84RESIDENCIA ARANDIA ARRIGORRIAGA 124RESIDENCIA LAS LACERAS BALMASEDA 83RESIDENCIA BIZKOTXALDE BASAURI 120RESIDENCIA GAZTELUONDO BILBAO 134RESIDENCIA BILBOZAR BILBAO 104RESIDENCIA TXURDINAGABARRI BILBAO 228RESIDENCIA JOSE MIGUEL BARANDIARAN DURANGO 113RESIDENCIA ABELETXE ERMUA 95RESIDENCIA MARCELO GANGOITI MUSKIZ 122RESIDENCIA OTXARTAGA ORTUELLA 84RESIDENCIA ALBIZ SANTIAGO LLANOS SESTAO 134RESIDENCIA LARRABARRENA - SONDIKA SONDIKA 30RESIDENCIA TRUIUONDO ZAMUDIO 102RESIDENCIA ZORROZGOITI BILBAO 112

TOTAL 1.669

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b) Centros gestionados por el Instituto Foral de Asistencia Social:

ENTIDAD CENTRO Nº PLAZAS PÚBLICAS

INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL DE BIZKAIA-IFAS

CENTRO ASISTENCIAL GALLARTA 64CENTRO ASISTENCIAL ELORRIO 64CENTRO ASISTENCIAL LEIOA 212TOTAL 340

Centros convenidos con entidades locales del T.H.B.:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO PLAZAS PÚBLICAS

RESIDENCIA DE ANCIANOS DE BASAURI R. MUNICIPAL ETXE MAITIA DE BASAURI BASAURI 14PATRONATO MUNICIPAL DE BIENESTAR SOCIAL DE BERMEO “SANCTI SPIRITUS” ZAHARRAREN EGOITZA BERMEO 41

AYUNTAMIENTO DE DIMA RESIDENCIA PIEDADEONDO DIMA 14ARRATIAKO EGOITZA HERRI ERAKUNDE AUTONOMOA ARRATIAKO EGOITZA DIMA 43

AYUNTAMIENTO DE ERANDIO HOGAR RESI DE SAN JOSE DE ERANDIO ERANDIO 19AYUNTAMIENTO DE FORUA RESIDENCIA CALABRIA FORUA 30ORGANISMO AUTONOMO RESIDENCIA MUNICIPAL DEL SAGRADO CORAZON DE JESUS DE GETXO

RESI MUNICIPAL SAGRADO CORAZON DE JESUS DE GETXO GETXO 91

AYUNTAMIENTO DE MARKINA-XEMEIN RESIDENCIA SAN ROKE - SAN ROKE EGOTETXEA MARKINA-XEMEIN 27

AYUNTAMIENTO DE MUNDAKA GEURE ETXEA-RESIDENCIA SANTO HOSPITAL Y ASILO DE CARIDAD MUNDAKA 12

AYUNTAMIENTO DE MUNGIA SAN JOSE ETXE ALAI-RESIDENCIA MUNGIA 29AYUNTAMIENTO DE MUNITIBAR-ARBATZEGI-GERRIKAITZ OIZPE EGOITZA MUNITIBAR-ARBATZEGI-

GERRIKAITZ 15

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO PLAZAS PÚBLICAS

AYUNTAMIENTO DE ONDARROA ARTIBAI EGOITZA ONDARROA 23

AYUNTAMIENTO DE OROZKO RESIDENCIA ANDRA MARI, SANTO HOSPITAL DE OROZKO OROZKO 28

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO PLAZAS PÚBLICAS

RESIDENCIA DE ANCIANOS DE OTXANDIO RESIDENCIA DE ANCIANOS DE OTXANDIO-OTXANDIOKO EGOITZA OTXANDIO 14

ORGANISMO AUTONOMO LOCAL RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE BEGOÑA

RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE BEGOÑA SANTURTZI 70

URDUÑAKO ARKUPEA SOCIEDAD PUBLICA RESIDENCIA MUNICIPAL DE ANCIANOS DE LA CIUDAD DE ORDUÑA URDUÑA-ORDUÑA 40

ORGANISMO AUTONOMO LOCAL DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA TERCERA EDAD RESIDENCIA ZALLAKO EGUZKI

ZALLAKO EGUZKI-RESIDENCIA ZALLA 30

FUNDACION RESIDENCIA EUSEBIO ALDECOA DE ZEBERIO EUSEBIO ALDEKOA-RESIDENCIA ZEBERIO 17

TOTAL 557

Centros convenidos con otras entidades:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO PERSONAS ATENDIDAS Nº PLAZAS PÚBLICAS

HOSPITAL ASILO DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS DEL VALLE DE CARRANZA

HOSPI-ASILO NTRA SRA DESAMPARADOS

KARRANTZA HARANA/VALLE DE CARRANZA

PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES CON ENFERMEDAD MENTAL 5

RESIDENCIA URIBARREN ABAROA URIBARREN ABAROA RESIDENCIA LEKEITIO PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES

CON ENFERMEDAD MENTAL 5

TOTAL 10

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

Centros concertados con entidades privadas:

En noviembre de 2014 se firmó por parte del Departamento de Acción Social un nuevo contrato que tiene por objeto la prestación del servicio foral de residencias para personas mayores dependientes, mediante la ocupación y reserva de 2.543 plazas en residencias para personas mayores, situadas en el Territorio Histórico de Bizkaia. Con fecha 1 de julio de 2015 se amplió el número de plazas hasta 2.593.

Todas aquellas entidades que teniendo centro o centros autorizados en el Territorio Histórico de Bizkaia estuvieran interesadas en concertar con la Diputación Foral de Bizkaia podrían hacerlo, siempre que en sus ofertas pusieran a disposición del Departamento de Acción Social el número de plazas que estimara oportuno siempre que esta cifra ascendiera, como mínimo, al 25% del número total de plazas autorizadas por centro.

No obstante lo anterior, ello no garantiza a las entidades adjudicatarias, durante la vigencia del contrato, que las plazas ofertadas vayan a ser realmente ocupadas ni que vayan a recibir contraprestación alguna por la no ocupación.

El Departamento de Acción Social sólo ocupará como máximo 2.593 plazas de entre todas las que se hayan ofertado.

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno nº 4 de los de fuera del Orden del Día, de 11 de noviembre de 2014, se acordó adjudicar el contrato de gestión de servicios públicos de concierto para la prestación del servicio residencial foral de residencias de Bizkaia para personas mayores dependientes a las entidades que se relacionan a continuación:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

ANAI-ARTEAN SL ANAI ARTEAN III RESIDENCIA MIEMBRO DYA BILBAO 23ANAI-ARTEAN SL RESIDENCIA ANAI-ARTEAN BILBAO 19RESIDENCIA ASISTIDA ANDRAMARI SL ANDRA MARI- RESIDENCIA GETXO 48UDAZKENA SL BARRIKA BARRI RESIDENCIA BARRIKA 90FUNDACION BEATO DOMINGO ITURRATE BEATO DOMINGO ITURRATE-RESIDENCIA GETXO 15

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

RESIDENCIA BIOTZ SAKRATU FRANCISCANAS MISIONERAS DE LA INMACULADA CONC

BIOTZ SAKRATU EGOITZA MUNDAKA 30

CASER RESIDENCIAL SAU CASER RESIDENCIAL ARTXANDA BILBAO 135CENTRO ABANDO SL CENTRO GERIATRICO ABANDO BILBAO 33FUNDACION VIZCAINA DE CARIDAD-RESIDENCIA CONDE DE ARESTI CONDE DE ARESTI-RESIDENCIA BILBAO 125

RESIDENCIA DE VIZCAYA SA RESIDENCIA SAN JOSE DE LARRAURI MUNGIA 75RESIDENCIA DE VIZCAYA SA EL ARENAL-RESIDENCIA BILBAO 57FUNDACION ASPALDIKO FUNDACION ASPALDIKO-RESIDENCIA PORTUGALETE 270FUNDACION ELORDUY FUNDACION ELORDUY BARRIKA 32FUNDACION RESIDENCIA CALZADA FUNDACION RESIDENCIA CALZADA GERNIKA-LUMO 100SANTA MARIA DE GATIKA RESIDENCIA GERIATRICA SL GATIKAKO SANTA Mª EGOITZA GATIKA 27

GERIATRICO AITZEA SL GERIATRICO AITZEA GAMIZ-FIKA 36GERIATRICO BIOTZAK SA GERIATRICO BIOTZAK GÜEÑES 22GERIATRICO LOREAK SL GERIATRICO LOREAK BILBAO 20RESIDENCIAS AITA Y AMA BARAKALDO SLU HOGAR RESIDENCIAL IÑIGO DE LOIOLA BARAKALDO 19

RESIDENCIAS AITA Y AMA BARAKALDO SLU RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE LEIRE BARAKALDO 35

HOSPITAL ASILO DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS DEL VALLE DE CARRANZA

HOSPITAL ASILO NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS KARRANTZA-HARANA 66

ASOCIACION LA ALEGRIA ATENCION A LOS MAYORES LA ALEGRIA RESIDENCIA MUSKIZ 50

LA ARENA 95 SL LA ARENA RESIDENCIA ZIERBENA 29FUNDACION LEON TRUCIOS IRASKUNDEA LEON TRUCIOS RESIDENCIA BALMASEDA 80

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

RESIDENCIAL AULAGA SL LOIU GURENA RESIDENCIA LOIU 99FUNDACION MIRANDA MIRANDA-RESIDENCIA FUNDACION BARAKALDO 92OLABE EGOTETXEA SL OLABE RESIDENCIA MUXIKA 37RESIDENCIA BIDEARTE SL RESIDENCIA BIDEARTE GETXO 19RESIDENCIA ALAI SL RESIDENCIA ALAI BASAURI 18ANAI-CANTERO SL RESIDENCIA ANAI CANTERO III BILBAO 27ANAI-CANTERO SL RESIDENCIA ANAI CANTERO BILBAO 27ANAI-CANTERO SL RESIDENCIA ANAI CANTERO II BILBAO 30RESIDENCIA ANDIA SL RESIDENCIA ANDIA BILBAO 15RESIDENCIA CENTRO DE DIA ASTARLOA SL RESIDENCIA ASTARLOA DURANGO 23

RESIDENCIA CENTRO DE DIA ASTARLOA SL RESIDENCIA ANDRA MARI DURANGO 24

SARRIKUE SL RESIDENCIA SARRIKUE BILBAO 140SARRIKUE SL RESIDENCIA APERRIBAI GALDAKAO 40SARRIKUE SL RESIDENCIA ARBIDEA BILBAO 40RESIDENCIA ARBILDU SA RESIDENCIA ARBILDU ZEBERIO 40RESIDENCIA ARBOLANTXA SL RESIDENCIA ARBOLANTXA BILBAO 16RESIDENCIA ARGALUZA SL RESIDENCIA ARGALUZA SOPELANA 51CIUDAD RESIDENCIAL ATSOA SL RESIDENCIA ATSOA SANTURTZI 42RESIDENCIA ENCARTACIONES SL RESIDENCIA AVELLANEDA SOPUERTA 50RESIDENCIA LEZEAGA BASURTO SL RESIDENCIA BASURTO BILBAO 48RESIDENCIA BEGOÑAKO AMA SL RESIDENCIA BEGOÑAKO AMA BILBAO 25RESIDENCIA BIDEBIETA SL RESIDENCIA BIDEBIETA BASAURI 15RESIDENCIA BOLUETA SL RESIDENCIA BOLUETA BILBAO 21EGOITZ ALAI SL RESIDENCIA EGOITZ ALAI BERMEO 62RESIDENCIA EL PILAR DE BARAKALDO RESIDENCIA EL PILAR BARAKALDO 12

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

SERINTE TERCERA EDAD SL RESIDENCIA ELEXALDE GALDAKAO 14CENTRO ELGUEZABAL SL RESIDENCIA ELGUEZABAL PORTUGALETE 10RESIDENCIA OLAEDI SL RESIDENCIA ELIZALDE ERANDIO 18EMILIA MICHELENA SL RESIDENCIA EMILIA MITXELENA TRUCIOS 25RESIDENCIA ERCILLA SL RESIDENCIA ERCILLA BILBAO 15ETXE GIROA SL RESIDENCIA ETXE GIROA BILBAO 17FUNDACION BENEFICA DON NICOLAS DOMINGO DE ARROTEGUI

RESIDENCIA FUNDACION NICOLAS DOMINGO DE ARROTEGI BUSTURIA 60

RESIDENCIA GERIATRICA LAS MAGNOLIAS SA RESIDENCIA GERIATRICA LAS MAGNOLIAS MEÑAKA 75

RESIDENCIA GERIATRICA ZURE ETXEA SL RESIDENCIA GERIATRICA ZURE ETXEA SOPUERTA 57RESIDENCIA GERIATRICA ZURE ETXEA SL RESIDENCIA GERIATRICA ZURE ETXEA BILBAO BILBAO 27RESIDENCIA GURE ETXEA SL RESIDENCIA GURE ETXEA II AMOREBIETA-ETXANO 15RESIDENCIA IBARREKOLANDA SL RESIDENCIA IBARREKOLANDA BILBAO 33IGURCO RESIDENCIAS SOCIOSANITARIAS SL RESIDENCIA IGURCO UNBE ERANDIO 90

IZARO XXI RESIDENCIAS GERIATRICAS SL RESIDENCIA IZARO XXI BILBAO 19

RESIDENCIA JADO EGOITZA SL RESIDENCIA JADO BILBAO 16JANDONIZ RESIDENCIA DE BEDIA PARA MAYORES SA RESIDENCIA JANDONIZ DE BEDIA BEDIA 33

TORRE GOROSTIZAGA SL RESIDENCIA KIRIKIÑO BILBAO 25RESIDENCIA LOMBARDIA SL RESIDENCIA LOMBARDIA ZALLA 25SANITAS RESIDENCIAL PAIS VASCO SA SANITAS RESIDENCIAL BARAKALDO BARAKALDO 217SANITAS RESIDENCIAL PAIS VASCO SA RESIDENCIA LORAMENDI ERANDIO 145RESIDENCIA MIRAVILLA SL RESIDENCIA MIRAVILLA BILBAO 95

ARTXANDA BASS SL RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE LA ESPERANZA BILBAO 97

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

OLIMPIA BASS SL RESIDENCIA OLIMPIA EGOITZA BILBAO 52RESIDENCIA ORUE SL RESIDENCIA ORUE AMOREBIETA-ETXANO 90RESIDENCIA PIÑUDI SL RESIDENCIA PINUDI AMOREBIETA-ETXANO 10RESIDENCIAL GENERAL SA RESIDENCIA POBEÑA MUSKIZ 42RESIDENCIA ETXEDER SL RESIDENCIA RODRIGUEZ ANDOIN V PORTUGALETE 60ANTEPEYA 2002 SL RESIDENCIA SAN ANDRES GALDAKAO 21ANTEPEYA 2002 SL RESIDENCIA SAN ANDRES II GALDAKAO 30OBVIUM OMNIS SA RESIDENCIA SAN ESTEBAN GETXO 20OBVIUM OMNIS SA RESIDENCIA SAN ESTEBAN - 2 GETXO 15CENTRO RESIDENCIAL SANFUENTES SL RESIDENCIA SAN FUENTES ABANTO ZIERBENA 29SANJURJO & GONZALEZ ASOCIADOS SL RESIDENCIA SAN MIGUEL BASAURI 23SOCIEDAD GERIATRICA SANTA AGUEDA SL RESIDENCIA SANTA AGUEDA BARAKALDO 16

ENEMAITE SL RESIDENCIA SANTA BARBARA GALDAKAO 32RESIDENCIA SANTA MARIA DE GETXO SL RESIDENCIA SANTA MARIA DE GETXO GETXO 9

BEURKO RESIDENCIAL VITALITAS SL RESIDENCIA SANTA TERESA BARAKALDO 190RESIDENCIA SANTAMARIÑE SL RESIDENCIA SANTAMARIÑE URDULIZ 61QUAVITAE SERVICIOS ASISTENCIALES SA RESIDENCIA SARQUAVITAE MIRAFLORES BILBAO 100RESIDENCIA SOPELANA SL RESIDENCIA SOPELANA SOPELANA 51RESIDENCIA MUGARRA BERRI, S.L. RESIDENCIA TABIRA EGOITZA DURANGO 5BEASKOA,ELORRIAGA ETA IRIBAR SL RESIDENCIA TORREZURI GERNIKA-LUMO 27SERVICIOS INTEGRALES GERONTOLOGICOS Y SANITARIOS SA RESIDENCIA TXURDINAGA GURENA BILBAO 99

RESIDENCIA USANSOLO SL RESIDENCIA USANSOLO GALDAKAO 24GESTORA DE NEGOCIOS BEGOÑALDE SL RESIDENCIA VIRGEN DE BEGOÑA BILBAO 17HERMANOS CASTRO-GRANADO SL RESIDENCIA VIRGEN DE LA VEGA GALDAKAO 20

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS

OFERTADAS EN CONCERTACIÓN

ZELAIGANE SL RESIDENCIA ZELAIONDO BUSTURIA 40ZORAGARRI SL RESIDENCIA ZORAGARRI SANTURTZI 22RESIDENCIA ZUETXE-BAKIO SL RESIDENCIA ZUETXE BAKIO SL BAKIO 42ZURBARANBARRI EGOITZA S.L. RESIDENCIA ZURBARANBARRI BILBAO 16RESIDENCIA EGUILEOR SL RODRIGUEZ DE ANDOIN IV BILBAO 30SANTA CASA DE MISERICORDIA ENTIDAD BENEFICA DE BILBAO SANTA Y REAL CASA DE MISERICORDIA BILBAO 175

SERVICIOS GERIATRICOS INDAUTXU SL SERVICIOS GERIATRICOS INDAUTXU - RESIDENCIA BILBAO 18

RESIDENCIA URIBARREN ABAROA URIBARREN ABAROA RESIDENCIA LEKEITIO 70ASISTENCIA GERIATRICA SANTA ISABEL S.L. RESIDENCIA ARGIETXEA ARRIGORRIAGA 22

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

b) Centros de día:

Centros de titularidad foral:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIONº PLAZAS PÚBLICAS

PSICOGER. DISCAP. FÍSICA

AZPIEGITURAK, S.A.U.

BIZIGURA ABANTO ZIERBANA 25 15ARANDIA ARRIGORRIAGA 25 5LAS LACERAS BALMASEDA 14 4BIZKOTXALDE BASAURI 30 20ORMABARRIETA BERMEO 15 10BILBOZAR BILBAO 30 20GAZTELUONDO BILBAO 52 8TXURDINAGABARRI BILBAO 75 23SAN ADRIAN BILBAO 41 15ZORROZGOITI BILBAO 30 0OTXARKOAGA BILBAO 29 7KARMELO BILBAO 43 17ISOZAKI-ATEA BILBAO 20 10J.M. BARANDIARAN DURANGO 30 5ABELETXE ERMUA 22 8PLAZAKOETXE GALDAKAO 17 7AIBOA GETXO 20 10ESTARTETXE LEIOA 54 10OTXARTAGA ORTUELLA 27 13SESTAO-BERRIA SESTAO 44 36UGAO-GANE UGAO MIRABALLES 12 5TRUIUONDO ZAMUDIO 20 10ONDARROA ONDARROA 10 5

TOTAL 948

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

Centros convenidos con entidades locales:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO Nº PLAZAS PÚBLICAS

ARRATIAKO EGOITZA HERRI ERAKUNDE AUTONOMOA ARRATIAKO EGOITZA DIMA 20

AYUNTAMIENTO DE MUNGIA SAN JOSÉ ETXE ALAI MUNGIA 25AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE SAN ROQUE PORTUGALETE 26

TOTAL 71

Centros convenidos con entidades privadas:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO Nº PLAZAS PÚBLICAS

CASA DE HERMANAS HOSPITALARIAS “AITA MENNI” AITA MENNI BILBAO 35

FUNDACIÓN ASPALDIKO ASPALDIKO PORTUGALETE 44TOTAL 79

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

c) Unidades socio-sanitarias:

Concertadas con entidades privadas:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO Nº PLAZAS

FUNDACION ASPALDIKO FUNDACION ASPALDIKO-UNIDAD SOCIO-SANITARIA PORTUGALETE 27

RESIDENCIA ORUE SL RESIDENCIA ORUE-UNIDAD SOCIO-SANITARIA

AMOREBIETA-ETXANO 27

TOTAL 54

Gestionada por el Instituto Foral de Asistencia Social:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIO Nº PLAZAS

INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL DE BIZKAIA-IFAS

CENTRO ASISTENCIAL BIRJINETXE-UNIDAD SOCIO-SANITARIA

BILBAO 60

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5. servicio de centrosdepartamento de accion social

memoria 2016

d) Centros de respiro familiar:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOPLAZAS PÚBLICAS

PERMANENTES OCASIONALES

AZPIEGITURAK, S.A.U.J.M. BARANDIARAN DURANGO 20 5TXURDINAGABARRI BILBAO 25 5TRUIUONDO ZAMUDIO 6 2

TOTAL 63

e) Centros de promoción de la autonomía personal:

ENTIDAD CENTRO MUNICIPIOASOCIACIÓN PARKINSON BIZKAIA - ASPARBI ASPARBI BILBAOASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE PERSONAS ENFERMAS DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS-AFA

CENTRO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL JABETUZ BILBAO