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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Linares, Nuevo León. Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017

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Page 1: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

Linares, Nuevo León.Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓNAUDITOR GENERAL DEL ESTADO

AUDITORÍA SUPERIOFICIO NO: ASENL-AGE-PLOl-1761/2018ASUNTO: Se remite Informe del Resultado

DIP. MARÍA TERESA DURÁN ARVIZU PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Dicha función se desarrolló conforme a las normas y principios constitucionales rectores de la fiscalización, a saber, principios de posterioridad, anuali dad, legali dad, definitiv idad, universalidad, imparcialidad y confiabilidad, con lo que se garantizó que los resultados obtenidos en el referido proceso de fiscalizac ión, y plasmados en el Informe del Resulta do, fueran suficientes para soportar el dicta men contenido en el mismo.

Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI, 82 fracciones XV y XXV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 8 fracció n XV III y 9 primer párrafo del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revis ión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, del citado ente público.

Lo anteri or, a fin de que se sirva dar el trámite legislativo que corresponda.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 2

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

4

IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

14

V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión 17

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 17

B. Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

53

VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

54

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por elH. Congreso del Estado

117

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional 117

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

117

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 1/122

I. Dictamen del Auditor

Opinión

Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la Cuenta Pública del municipio de Linares, Nuevo León, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 31 de diciembre de 2017, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), así como, con las Normas de Información Financiera aplicables.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que están preparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por la CONAC.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.

Monterrey, N.L. a 15 de junio de 2018

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63, fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Linares, Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Linares, Nuevo León, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como, las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac). El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el Lic. Jesús Mendoza Uribe, Auditor Especial de Municipios, el 15 de junio de 2018 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión.

En el apartado IV de este informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

Asimismo en el apartado V, se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental

y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 3/122

En el apartado VI del presente informe, se detallan las observaciones no solventadas, con su fundamentación, derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones a las mismas y su análisis, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán y las promociones o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades, las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

El Municipio de Linares, Nuevo León, presentó el 23 de marzo de 2018 ante el H. Congreso delEstado su Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2017, la cual fue remitida a esta Auditoría Superior del Estado el día 18 de abril de 2018.

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Municipio de Linares, Nuevo León, nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo con cifras en pesos y con los comentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes:

ACTIVO $704,541,700

Los activos se clasifican como sigue:

Concepto Importe

Activo circulante $ 31,016,270 Activo no circulante 673,525,430 Total $ 704,541,700

Activo circulante $31,016,270

Se integra por los rubros siguientes:

Concepto Importe

Efectivo y equivalentes $ 30,622,385Derechos a recibir efectivos y equivalentes 354,306Otros activos circulantes 39,579Total $ 31,016,270

Corresponde principalmente a la administración de 13 fondos de caja y 12 cuentas bancarias de cheques utilizadas para el pago de proveedores, nómina de empleados, manejo de programas federales y estatales.

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Activo no circulante $673,525,430

Este rubro se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso $ 655,811,761 Bienes muebles 17,699,169Activos intangibles 14,500Total $ 673,525,430

Corresponde principalmente a las altas contables de construcciones en proceso y adquisición de bienes muebles e inmuebles.

PASIVO $34,854,430

Los pasivos se clasifican como sigue:

Concepto Importe

Pasivo circulante $ 15,370,672 Pasivo no circulante 19,483,758 Total $ 34,854,430

Pasivo circulante $15,370,672

Se integra por las cuentas por pagar a corto plazo siguientes:

Concepto Importe

Proveedores $ 8,066,266Contribuciones por pagar 3,271,489Otras cuentas por pagar 4,032,917Total $ 15,370,672

Corresponde principalmente a los adeudos por pagar a proveedores, contratistas, autoridades federales y estatales por los impuestos retenidos al personal, así como a personas físicas por prestación de servicios, retenciones sobre obras y préstamo de Gobierno del Estado.

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Pasivo no circulante $19,483,758

Se integra por la deuda pública que se tiene con Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos,S.N.C. a largo plazo.

HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO $669,687,270

Representa el patrimonio generado y se integra como se detalla a continuación:

Concepto Importe

Resultado del ejercicio ahorro/desahorro $ 107,989,718Resultados de ejercicios anteriores 304,175,662Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores 257,521,890 Total $ 669,687,270

La Hacienda Pública y Patrimonio se integra por el patrimonio generado que representa la acumulación de la gestión de ejercicios anteriores y el resultado del ejercicio en operación.

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $377,398,803

Los ingresos recaudados en el ejercicio 2017 se detallan a continuación:

Concepto Importe

Impuestos $ 17,888,638Derechos 12,609,562Productos de tipo corriente 7,011,387Aprovechamientos de tipo corriente 23,878,445Participaciones y aportaciones 316,010,771Total $ 377,398,803

Este concepto corresponde principalmente a los ingresos por participaciones y aportaciones recibidas del Gobierno Federal y Estatal, así como la recaudación de los ingresos propios.

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GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $269,409,085

Los gastos ejercidos están clasificados en los capítulos siguientes:

Concepto Importe

Gastos de funcionamiento $ 223,679,445Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 43,003,779Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública 2,028,089Otros gastos y pérdidas extraordinarias 697,772Total $ 269,409,085

Los gastos más importantes que se registran corresponden a las remuneraciones y prestaciones pagadas al personal, servicios básicos, combustible, mantenimiento, reparación y conservación, eventos, arrendamiento, material para pavimentación, servicios profesionales, servicio médico, entre otros.

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B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

A continuación se presenta el resumen de las observaciones preliminares detectadas durante la revisión, clasificadas por tipo de auditoría.

GRÁFICA: Observaciones preliminares detectadas en la revisión por tipo de auditoría

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 9/122

En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERANormativaA 12 0 5 0 0 7 0 0

EconómicaC 3 967,531 2 825,350 0 1 142,181 142,181ControlInternoE

1 0 1 0 0 0 0 0

Subtotal

16 967,531 8 825,350 0 8 142,181 142,181OBRA PÚBLICA

NormativaA 119 0 84 0 0 35 0 0

EconómicaC 2 21,278 2 21,278 0 0 0 0

TécnicaD 1 0 1 0 0 0 0 0

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 10/122

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperaciones operadas3 $

No. de observaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probables recuperaciones5 $

Subtotal 122 21,278 87 21,278 0 35 0 0DESARROLLO URBANO

NormativaA 35 0 18 0 0 17 0 0

EconómicaC 1 3,001 0 0 0 1 3,001 3,001Subtotal 36 3,001 18 0 0 18 3,001 3,001

Total 174 991,810 113 846,628 0 61 145,182 145,182

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (montos expresados en pesos)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

D Técnica: Fallas constructivas detectadas en la obra pública, como resultado de las inspecciones físicas efectuadas por la ASENL durante el proceso de fiscalización, o bien, de las pruebas de ensayos practicadas por personal del Laboratorio de Obra Pública de la ASENL.

E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

1 Normativa 0 VAI3 Normativa 0 VAI4 Normativa 0 VAI, PEFCF

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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones5 Normativa 0 VAI8 Normativa 0 VAI7 Normativa 0 VAI2 Normativa 0 VAI6 Económica 142,181 VAI

Subtotal 142,181OBRA PÚBLICA

9 Normativa 0 VAI, RG10 Normativa 0 VAI11 Normativa 0 VAI12 Normativa 0 VAI13 Normativa 0 VAI14 Normativa 0 VAI15 Normativa 0 VAI16 Normativa 0 VAI17 Normativa 0 VAI18 Normativa 0 VAI19 Normativa 0 VAI20 Normativa 0 VAI21 Normativa 0 VAI22 Normativa 0 VAI23 Normativa 0 VAI24 Normativa 0 VAI25 Normativa 0 VAI26 Normativa 0 VAI27 Normativa 0 VAI28 Normativa 0 VAI, RG29 Normativa 0 VAI30 Normativa 0 VAI31 Normativa 0 VAI32 Normativa 0 VAI33 Normativa 0 VAI34 Normativa 0 VAI35 Normativa 0 VAI36 Normativa 0 VAI37 Normativa 0 VAI38 Normativa 0 VAI39 Normativa 0 VAI40 Normativa 0 VAI41 Normativa 0 VAI42 Normativa 0 VAI43 Normativa 0 VAI

Subtotal 0DESARROLLO URBANO

44 Normativa 0 VAI45 Normativa 0 VAI, RG46 Normativa 0 VAI47 Normativa 0 VAI48 Normativa 0 VAI49 Normativa 0 VAI50 Normativa 0 VAI, RG51 Normativa 0 VAI52 Normativa 0 VAI53 Normativa 0 VAI55 Normativa 0 VAI56 Normativa 0 VAI

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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones57 Normativa 0 VAI58 Normativa 0 VAI, RG59 Normativa 0 VAI60 Normativa 0 VAI61 Normativa 0 VAI54 Económica 3,001 PEFCF, VAI

Subtotal 3,001Total 145,182

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (montos expresados en pesos)

Acciones

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:

Tipo deauditoría

Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones

Monto nosolventad

o$

PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

GESTIÓNFINANCIERA

8 1 8 9 142,181

OBRA PÚBLICA 35 35 2 37 0DESARROLLOURBANO

18 1 18 3 22 3,001

Total 61 2 61 5 68 145,182Monto no

solventado por tipo de acción $

3,001 0 0 145,182 0 0

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 13/122

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denuncia sobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y en su caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación y destino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a los establecidos en la referida ley.

4 Vista la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.

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IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Auditorías programadas por tipo o materia

Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 31 de agosto de 2018, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinaron las siguientes auditorías a practicar al Municipio de Linares, Nuevo León, por tipo o materia, a saber:

EntidadTipos de auditoría a Cuenta Pública 2017

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en

Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Linares, Nuevo León 1 1 1 - - - 3

CUADRO AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingresos, Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obraspúblicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3 Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso desuelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4 Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratoriodedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a

través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas.6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales yadministrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.

Objetivos y alcances de la revisión practicada

En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2018 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, entre las cuales se encuentra el Municipio de Linares, Nuevo León, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría, en ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado y acorde en

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cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la Gestión Financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos Presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el Presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Además, se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera.

IV. Para verificar que la obra pública se realizó conforme con lo establecido en la ley de la materia, lo preceptuado en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, así como de otras disposiciones aplicables y a los programas y presupuestos autorizados, se realizó lo siguiente:

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a) La práctica de las auditorías, visitas e inspecciones para verificar el exacto cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas de obra pública, y obtener los datos técnicos y demás elementos relacionados con la revisión.

V. Además, se analizó, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, la observancia de dicha ley, y de los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación por parte de las autoridades estatales y municipales.

VI. Asimismo, de conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del ente fiscalizado de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Aspectos generales sobre los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Las auditorías practicadas (por tipo o materia) se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al ente público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica dentro del contenido del Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A) La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos y sus presupuestos por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, que el Municipio de Linares, Nuevo León presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), considerando las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Por lo anteriormente expuesto, considero que la información proporcionada por el Municipio de Linares, Nuevo León, como Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2017 presenta razonablemente el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los programas y subprogramas, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.

Los Estados Financieros presentados en pesos por el Municipio de Linares, Nuevo León al 31 de diciembre de 2017 que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

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Municipio de Linares, Nuevo LeónEstado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2017

ACTIVO 2017 2016 PASIVO 2017 2016

Activo Circulante Pasivo CirculanteEfectivo y equivalentes $ 30,622,385 $ 74,932,852 Cuentas por pagar a corto plazo $ 15,370,672 $ 10,953,627Derechos a recibir efectivos y equivalentes 354,306 76,057 Porción a corto plazo de la deuda pública - (449,541)Otros activos circulantes 39,579 5,000

Total de Activo Circulante $ 31,016,270 $ 75,013,909

Total de Pasivo Circulante $ 15,370,672 $ 10,504,086

Activo No CirculanteBienes inmuebles, infraestructura y

Pasivo No CirculanteDeuda pública a largo plazo $ 19,483,758 $ -

Total de Pasivo No Circulante $ 19,483,758 $ -construcciones en proceso $ 655,811,761 $ 220,547,286Bienes muebles 17,699,169 10,684,911 Activos intangibles 14,500 - Total Pasivo $ 34,854,430 $ 10,504,086

Total de Activo No Circulante $ 673,525,430 $ 231,232,197HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIOHacienda Pública/Patrimonio GeneradoResultado del ejercicio ahorro/desahorro $ 107,989,718 $ 163,072,164Resultados de ejercicios anteriores 304,175,662 141,103,498Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores

257,521,890 (8,433,642)

Total Hacienda Pública/Patrimonio $ 669,687,270 $ 295,742,020

Total de Pasivo y HaciendaTotal de Activo $ 704,541,700 $ 306,246,106 Pública/Patrimonio $ 704,541,700 $ 306,246,106

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Municipio de Linares, Nuevo LeónEstado de Actividades del 1 de enero al 31 de diciembre 2017

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS 2017 2016Ingresos de la gestión

Impuestos $ 17,888,638 $ 16,356,269Derechos 12,609,562 15,149,046Productos de tipo corriente 7,011,387 5,469,614Aprovechamientos de tipo corriente 23,878,445 20,649,940

$ 61,388,032 $ 57,624,869

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudasParticipaciones y aportaciones $ 316,010,771 $ 337,531,505

$ 316,010,771 $ 337,531,505

Total de ingresos y otros beneficios $ 377,398,803 $ 395,156,374

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDASGastos de funcionamiento

Servicios personales $ 114,808,416 $ 106,321,208Materiales y suministros 45,179,261 41,376,833Servicios generales 63,691,768 52,709,439

$ 223,679,445 $ 200,407,480 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

Ayudas a dependencias oficiales $ - $ 19,681Ayudas sociales 30,459,342 17,790,054Pensiones y jubilaciones 12,544,437 12,220,724

$ 43,003,779 $ 30,030,459 Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública

Intereses de la deuda pública $ 2,028,089 $ 1,646,271 $ 2,028,089 $ 1,646,271

Otros gastos y pérdidas extraordinariasOtros gastos $ 697,772 -

$ 697,772 -

Total de gastos y otras pérdidas $ 269,409,085 $ 232,084,210

Resultado del ejercicio ahorro/desahorro $ 107,989,718 $ 163,072,164

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2017 se mencionan a continuación:

Concepto Importea) Activo $ 704,541,700b) Pasivo 34,854,430c) Hacienda pública/patrimonio 669,687,270d) Ingresos y otros beneficios 377,398,803e) Gastos y otras pérdidas 269,409,085

RESULTADOS DE LA REVISIÓN

Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros en pesos al 31 de diciembre de 2017 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro exámen, partidas en forma selectiva, con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público.

a) ACTIVO $704,541,700

Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Activo circulante $ 31,016,270Activo no circulante 673,525,430

Total $ 704,541,700

Activo circulante $31,016,270

La integración presentada en la Cuenta Pública es la siguiente:

Concepto Importe

Efectivo y equivalentes $ 30,622,385Derechos a recibir efectivos y equivalentes 354,306Otros activos circulantes 39,579

Total $ 31,016,270

Efectivo y equivalentes $30,622,385

Este concepto se integra de la manera siguiente:

Concepto Importe

Caja $ 59,500Bancos/tesorería 30,310,683Bancos/dependencias y otros 12,210Inversiones temporales 239,992

Total $ 30,622,385

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Caja $59,500

Esta cuenta se integra por 13 fondos de caja que se tienen asignados en diferentes dependencias municipales, practicando arqueos a los fondos más representativos.

Bancos/tesorería $30,310,683

Esta cuenta se integra por los saldos contables de once cuentas bancarias utilizadas para el manejo del gasto corriente y programas federales y estatales, revisando las conciliaciones al 31 de diciembre de 2017, las cuales se verificaron que estuvieran adecuadamente depuradas, confrontando sus saldos con los estados de cuenta y en su caso con las confirmaciones proporcionadas por las instituciones de crédito, así como con los auxiliares contables.

Bancos/dependencias y otros $12,210

Esta cuenta se integra por el saldo contable de la cuenta bancaria utilizada para el manejo del programa federal de Fortalecimiento Municipal, revisando las conciliaciones al 31 de diciembre de 2017, las cuales se verificaron que estuvieran adecuadamente depuradas, confrontando sus saldos con los estados de cuenta y auxiliares contables.

Inversiones temporales $239,992

Esta cuenta se integra por el saldo contable del fondo de inversión con la institución BBVA Bancomer, S.A.

Derechos a recibir efectivos y equivalentes $354,306

Este concepto se integra de la manera siguiente:

Concepto Importe

Cuentas por cobrar a corto plazo $ 9,407Deudores diversos 344,899

Total $ 354,306

Cuentas por cobrar a corto plazo $9,407

Esta cuenta se integra por el saldo pendiente de cobrar que proviene de ejercicios anteriores.

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Deudores diversos $344,899

Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:

Concepto ImportePréstamos a empleados $ 148,750Gastos por comprobar 99,049Préstamos directos a microempresarios 97,100

Total $ 344,899

Otros activos circulantes $39,579

Este concepto se integra por los fondos de depósitos en garantía generados sobre contratos de arrendamiento de locales móviles y mobiliario para oficinas de seguridad pública por importe de$34,579 e inmueble para parque deportivo por $5,000.

Activo no circulante $673,525,430

La integración presentada en la Cuenta Pública es la siguiente:

Concepto Importe

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso $ 655,811,761Bienes muebles 17,699,169Activos intangibles,

14,500

Total $

Para su revisión se analizó la integración de los activos proporcionada por la Dirección de Patrimonio Municipal, verificando en forma selectiva pólizas de cheque y documentación comprobatoria, en cumplimiento a la normatividad establecida.

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso $655,811,761

Este concepto se integra de la manera siguiente:

Concepto ImporteTerrenos $ 288,936,789Edificios no habitacionales 6,591,070Construcciones en proceso en bienes de dominio público 275,044,437Construcciones en proceso en bienes de dominio privado 85,239,465

Total $ 655,811,761

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Terrenos $288,936,789

Se registró contablemente este activo tomando como base la integración presentada por la Dirección de Patrimonio Municipal, que a continuación se detalla:

Concepto Importe

Áreas verdes $ 72,106,523Plazas públicas 62,048,420Escuelas y jardines de niños 49,529,179Parques deportivos 24,238,294Terrenos baldíos 23,821,370Gimnasio Municipal 12,290,458Presidencia Municipal 7,629,541Parques recreativos 5,699,356Dependencias Municipales 5,257,132Teatro de la Ciudad 4,851,111Panteón Municipal 4,014,930Andador y mirador peatonal 3,735,086DIF Municipal 2,263,320Terreno de Feria Villaseca 2,250,157Casas habitación 2,219,342Oficinas administrativas 1,976,000Palacio de Justicia 1,521,134Terrenos rústicos 1,476,254Centro de rehabilitación 1,268,280Templo religioso 470,458Centros de salud 167,494Estacionamiento Municipal 102,950

Total $ 288,936,789

Edificios no habitacionales $6,591,070

Cumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y tomando como base la integración proporcionada por la Dirección de Patrimonio Municipal, se registró en la contabilidad la inversión de edificios no habitacionales propiedad del Municipio de Linares, Nuevo León, como a continuación se detalla:

Concepto Importe

Teatro de la Ciudad $ 1,638,000Oficinas administrativas 1,386,000Escuelas y jardines de niños 985,740Áreas verdes 724,080Palacio de Justicia 633,080Presidencia Municipal 520,800Casas habitación 248,500DIF Municipal 235,200Mercado comercial 182,910

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Concepto Importe

Terrenos rústicos 15,200Terreno baldío 11,200Dependencia Municipal 10,360

Total $ 6,591,070

Construcciones en proceso en bienes de dominio público $275,044,437

Se integra de la manera siguiente:

Concepto Importe

Edificación no habitacional $ 238,136,597Construcción de obras para el abastecimiento 36,907,840

Total $ 275,044,437

Edificación no habitacional $238,136,597

Corresponde principalmente a las inversiones en obra pública, por pavimentación, construcción de drenaje pluvial, electrificación y rehabilitación de plazas y escuelas públicas en diversas colonias y comunidades del Municipio, las cuales se integran por los conceptos siguientes:

Concepto ImporteObras realizadas en ejercicios anteriores:Construcción de edificio para oficinas administrativas $ 18,713,812Pavimentación de camino Zapata a Ciudad Industrial y construcción de puente 5,642,235Construcción y pavimentación del libramiento Linares-Ciudad Victoria 4,999,666Construcción y equipamiento espacio cultural-biblioteca en Rio Verde 4,273,007Ampliación de pavimento avenida Las Américas (primera etapa) 3,487,043Construcción de canchas polivalentes en el Parque Recreativo Nogalar 3,018,653Construcción de área deportiva en colonia Bugambilias 2,547,547Rehabilitación de superficie libramiento Monterrey-Ciudad Victoria 2,390,746Rehabilitación superficie de rodamiento de varias calles del Municipio 2,252,945Rodamiento de varias calles en Misiones de San Gerardo y Zona Centro 2,234,354Ampliación red eléctrica colonia Porfirio Díaz y La Loma 2,128,598Rehabilitación de superficie libramiento en Prolongación Díaz Mirón y Callejón Noriegas 2,097,834Construcción de drenaje pluvial en colonia Las Bugambilias 2,097,058Rehabilitación de superficie en colonia Riveras de San Antonio 2,083,773Recarpeteo en libramiento Monterrey-Ciudad Victoria 2,041,570Pavimentación de calle Héroes del 47 en colonia Buenos Aires 2,032,690Construcción de drenaje pluvial primera etapa, colonia San Francisco 2,006,237Trabajos menores de pavimentación diversas colonias del Municipio 1,963,486Recarpeteo en libramiento Monterrey-Ciudad Victoria tramo río Pablillo hasta antes carretera Linares 1,950,286Rehabilitación de rodamiento de varias calles en colonia San Francisco 1,888,411

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Rehabilitación de superficie de rodamiento varias calles de la Zona Centro 1,832,852Introducción de drenaje sanitario en camino a la Concha 1,818,017Construcción de estructura en el Cecyte 1,695,959Pavimentación de calles Francisco Villa, Guadalupe González y Adolfo Prieto 1,446,679Introducción de drenaje sanitario en colonia San Felipe 1,433,309Pavimentación de calle Lucio Blanco y Francisco Villa 1,404,187Pavimentación de varias calles en colonia San Felipe 1,368,127Pavimentación de calle Guillermo Prieto 1,355,428Pavimentación de calles Naranjo, Pirul y Nogal, en la colonia Camachito 1,345,550Rehabilitación de edificación dañada por colapso en Venustiano Carranza 1,191,448Rehabilitación de gimnasio en colonia Provileón 1,189,677Construcción de techumbres en jardín de niños Carricitos 1,144,644Construcción de aulas en escuela primaria Leona Vicario en Provileón 1,099,401Construcción de área deportiva en colonia Bugambilias 1,063,157Construcción de red drenaje sanitario en calle Benito Juárez y Salce 943,024Remodelación y equipamiento en casa de la cultura virtual del Nogalar 931,810Ampliación red eléctrica en ejido La Reforma 761,093Construcción de aulas escuela secundaria Protacio Rodríguez 757,783Construcción de red agua potable, estructura tanque y pozo profundo en comunidad La Estacada 742,127Construcción de dos aulas en escuela Batallón de Juárez 732,838Construcción de baños en escuela primaria Francisco I. Madero 693,409Suministro e instalación de sistema eléctrico para vivienda 13 fotoceldas en ejido El Alamar 649,390Introducción de drenaje sanitario en calzada Modesto Galván 645,610Construcción de red drenaje calle Cactus/Álamo y Guayacán 637,830Construcción de red agua potable tanque elevado y perforación pozo, comunidad El Aserradero 609,392Construcción de aula en escuela primaria de colonia de Solidaridad 583,283Construcción de estructura de tanque elevado y equipamiento pozo profundo en ejido San Cristóbal 509,136Suministro e instalación de sistema eléctrico para 7 viviendas ejido El Piojo 449,792Ampliación de red eléctrica en ejido Santa Gertrudis 449,514Ampliación de red eléctrica en ejido La Reforma 441,914Construcción de red de drenaje sanitario en Instituto Tecnológico de Linares 427,319Construcción de comedor escolar en escuela secundaria Gilberto Rincón 423,965Construcción de comedor escolar telesecundaria ejido Hacienda Guadalupe 423,075Construcción de aula telesecundaria Fortunato Lozano 420,820Trabajos de barrido manual, jardinería, y chapoleo en avenidas principales y plazas 415,372Construcción de aula escuela primaria ejido Lampazos Río Verde 413,033Construcción de aula escuela primaria Lázaro Cárdenas en colonia San Antonio. 392,723Construcción de dos aulas en secundaria Rodrigo Gómez en colonia San Francisco 391,112Construcción de aula en escuela primaria Cuauhtémoc 388,011Construcción de aula en jardín de niños en colonia Carmen Cantú 387,548Construcción de aula en jardín de niños Luis Tijerina 387,548Construcción de aula en escuela primaria José S. Vivanco 387,200Rehabilitación de escuelas trabajos menores 362,427Suministro e instalación de sistema eléctrico para vivienda en varios ejidos 349,671Ampliación de red de agua potable en ejido Los Álamos 345,123Rehabilitación de rodamiento en varias calles de la colonia Riveras de San Antonio 342,757Construcción de tanque elevado y perforación de pozo profundo en comunidad Santo Domingo 339,466Ampliación de red eléctrica en ejido Refugio Veredas 308,611Ampliación de red eléctrica en ejido Jesús María 300,215Suministro e instalación de sistema eléctrico para vivienda 299,718

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Rehabilitación de módulo de salud en ejido el Caracol 297,246Equipamiento y construcción de red de agua potable en ejido Los Laureles 292,541Rehabilitación de alumbrado público en camellón central entre vías de ferrocarril Monterrey-Tampico 269,659Diversas obras menores 1,595,814Obras realizadas en el ejercicio 2016:Construcción de drenaje pluvial en la colonia Buenos Aires 16,657,618Construcción de drenaje pluvial en colonia Alvarado 9,708,042Construcción de drenaje pluvial en colonia Benito Juárez 6,728,638Pavimentación de calles Francisco Villa entre calle 24 de febrero y calle Álvaro Obregón en la colonia La Petaca y Antiguo camino a Lucio Blanco entre calle Veracruz y calle Yucatán en la colonia Fidel Velázquez 2,835,405Rehabilitación de superficie de rodamiento en calzada Modesto Galván Cantú, de calle Álamo a Panteón Municipal 2,708,816Pavimentación de calles Homero H. Treviño entre calle Francisco Villa y calle Luis Tijerina, colonia La Petaca y Graciano Sánchez entre avenida Las Américas y calle Melchor Ocampo en colonia La Petaca 2,600,788Rehabilitación de la superficie de rodamiento en diversas colonias del municipio 2,486,750Recarpeteo de calles Misión San Francisco, Misión San Felipe, Misión San Pedro, río San Juan, de La Cima, de La Planicie y Belisario Domínguez 2,310,406Construcción de 2.3 km del cuerpo norte del libramiento Linares-Ciudad Victoria 2,251,099Rehabilitación de plazas municipales en las colonias Fovissste, Los Noriega, Infonavit El Cerrito 2do. sector y Bugambilias 2,222,100Pavimentación de calles Guadalupe González y 20 de noviembre de la colonia La Petaca 2,219,122Recarpeteo de varias calles Industria Metalúrgica, Aracuaria, Doctor Arroyo, Vallecillo y Hualahuises de la colonia Infonavit Rodrigo Gómez 2,090,084Recarpeteo en varias calles de la Zona Centro 2,022,817Recarpeteo de cuerpos de rodamientos en avenida Las Américas (2da. Etapa) colonia La Petaca 2,012,295Transportación, proceso y aplicación de 240 toneladas AC-20 2,000,292Rehabilitación de plaza municipal en las colonias Infonavit Río Verde y Fidel Velázquez 1,586,343Rehabilitación de cuerpos de rodamientos en avenida Las Américas 865,636Rehabilitación de superficie de rodamiento 833,443Mantenimiento a diversos planteles escolares del Municipio 778,708Rehabilitación de plazas municipales en las colonias Provileón, Riveras de San Antonio e Infonavit El Cerrito 1er. Sector 775,505Materiales para diversos trabajos 569,586Construcción de camino del ejido Zapata a Ciudad Industrial 497,761Construcción de banquetas en diversas colonias del Municipio 455,288Material de construcción para diversas dependencias y obras 396,289Trabajos diversos en diversas dependencias 380,323Rehabilitación de canchas polivalentes en plaza La Petaca 352,872Pago por concepto de material para diversas obras 304,057Concreto premezclado para varias obras 140,717Suministro e instalación de malla ciclónica galvanizada en cancha colonia San Felipe 135,500Construcción banquetas calle Victoriano Torres entre N. Dueñas y 2 de abril, colonia La Petaca 134,559Listas de raya por trabajos de construcción de banquetas y guarniciones en la colonia Camachitos 117,400Diversas obras menores 2,598,440Obras realizadas en el ejercicio 2017:Suministro y construcción de bases para instalación de cubiertas para terapias en plazas públicas 3,975,640Suministro y construcción de bases para instalación de equipos de ejercicios en plazas públicas 3,626,486Materiales, juegos infantiles, mano de obra y herramientas para rehabilitación de plazas públicas 3,421,432Construcción de estructuras metálicas en escuelas de Cabecera y Ejidos del Municipio 3,386,045

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Construcción de drenaje pluvial en colonia San Antonio 3,365,532Pavimentación de calle 24 febrero entre Luis Tijerina y Av. Las Américas y calle Pablo Livas entre Victoriano Torres y Francisco Villa en colonia La Petaca 2,829,208Carpeta asfáltica, impregnación de riego y materiales para bacheo de calles 2,680,327Construcción de drenaje pluvial en calle Belisario Domínguez 2,612,000Pavimentación de calle prolongación Emiliano Zapata en Puente Honda 2,533,539Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre Álvaro Obregón y Maclovio Herrera y calle Genaro González entre 20 de noviembre y 2 de abril en colonia La Petaca 2,188,914Suministro e instalación de subestaciones eléctricas y mantenimiento de aparatos climatizadores en escuelas de diferentes colonias y ejidos 2,107,877Pavimentación de calle H. Treviño entre Victoriano Torres y Francisco Villa y calle Lucio Blanco entre Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez en colonia La Petaca 2,107,289Rehabilitación de plazas públicas en diferentes colonias municipales 2,013,026Pavimentación de calle Guillermo Prieto entre Plinio de Ordoñez y Av. Las Américas en colonia La Petaca 1,983,256Materiales y mano de obra por mantenimiento de escuelas 1,913,993Rehabilitación de superficie de rodamiento en calle Dr. Carlos García Rodríguez 1,882,287Electrificación en ejidos Los Álamos, Hacienda Guadalupe, La Escondida y Santo Domingo 1,876,474Construcción de aulas en Escuela Primaria Mariana García Malo y Jardines de Niños Ángela Peralta e Independencia 1,544,757Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza 1,492,676Electrificación en dos sectores del ejido San Felipe 1,468,298Pavimentación de calle Nemesio Dueñas entre Héroes del 47 y Victoriano Torres y calle Victoriano Torres entre H. Treviño y Guillermo Prieto en colonia La Petaca 1,462,403Construcción de red de agua potable en Ejido Caja Pinta y rehabilitación de tanques de agua en Ejidos El Avileño y La Paloma 1,437,295Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre Maclovio Herrera y H. Treviño en colonia La Petaca 1,298,373Construcción de drenaje pluvial en colonia Alvarado 884,650Rehabilitación de canchas polivalentes de unidad deportiva Ignacio Zaragoza y plaza Las Glorias 515,040Materiales y mano de obra en el mantenimiento de alcantarillas de drenaje 481,568Materiales y mano de obra para diversos trabajos 360,609Construcción de banquetas en calle Héroes del 47 de colonia La Petaca 308,317Material eléctrico para mantenimiento de alumbrado público 240,592Electrificación en ejido El Pretil 181,503Perforación de pozos en diferentes ubicaciones 156,055Pavimentación de canchas polivalentes en plaza de colonia Jardines de Linares 153,751Construcción de barda y cuarto en Jardín de Niños de colonia La Petaca 133,381

Total $ 238,136,597

Construcción de obras para el abastecimiento $36,907,840

Se integra por la inversión de las obras públicas siguientes:

Concepto Importe

Construcción de puente vehicular en acceso a Linares Monterrey-Cd. Victoria $ 21,982,261Construcción de techos en viviendas de áreas urbanas y rurales del Municipio 10,694,226Construcción de cuartos en viviendas de áreas urbanas y rurales del Municipio 3,021,425Construcción de vado en Ejido El Mosquito 1,133,228Mano de obra por mantenimiento de puentes 76,700

Total $ 36,907,840

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Construcciones en proceso en bienes de dominio privado $85,239,465

Corresponde principalmente a las inversiones en obra pública, por remodelaciones, equipamiento y construcción de canchas en diversas unidades deportivas, rehabilitación de comedor del DIF Municipal, construcción de edificio para oficinas administrativas; las cuales se integran a continuación:

Concepto ImporteRemodelación y equipamiento de Unidad Deportiva en colonia San Antonio $ 48,616,251Construcción de cancha de futbol soccer con pasto sintético en Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza

10,002,643

Construcción de cancha de futbol de pasto sintético en Unidad Deportiva Fomerrey Ignacio Zaragoza

4,662,153

Instalación de pasto sintético en canchas de Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 4,337,469Rehabilitación de comedor en el DIF Municipal de colonia Provileon 3,550,019Pavimentación de estacionamiento de Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 2,657,584Construcción de gradas de concreto en Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 2,420,294Materiales y mano de obra por mantenimiento de centros deportivos 2,022,124Equipamiento de sanitarios y vestidores en Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 1,417,136Materiales varios para diversas obras del Municipio 647,371Arrendamiento de maquinaria y trabajos menores 617,692Material para estructura y base de cancha de futbol en Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 412,172Suministro y mantenimiento de duela en cancha de basquetbol del gimnasio municipal 409,959Rehabilitación de canchas polivalentes en Infonavit Río Verde 392,080Construcción de edificio para oficinas administrativas 390,847Rehabilitación de panteones 358,676Rehabilitación de canchas polivalentes en Unidad Deportiva Fomerrey 330,704Suministro e instalación de malla en cancha de Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 287,092Fabricación de gradas y bancas para campos de béisbol en Ejidos La Estrella y El Brasil 281,724Fabricación de estructuras metálicas para centros de salud de Ejidos La Estrella, El Brasil, Hacienda Guadalupe, La Reforma, El Salitre y Las Barretas

228,177

Materiales y mano de obra por construcción de barda, banquetas y andadores en panteón municipal

224,058

Materiales y mano de obra por mantenimiento de edificios públicos 182,040Pavimentación de canchas polivalentes en plaza de colonia Jardines de Linares 153,751Renta de maquinaria para trabajos en cancha de Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza 150,011Renta de maquinaria por retiro de escombro en diferentes lugares 131,208Rehabilitación de canchas Infonavit Ignacio Morones Prieto 128,106Renta de maquinaria para trabajos en colonia Ignacio Zaragoza 127,124Suministro e instalación de malla galvanizada en colonia Morones Prieto 101,000

Total $ 85,239,465

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Bienes muebles $17,699,169

Este rubro se integra de la manera siguiente:

Concepto Importe

Mobiliario y equipo de administración $ 6,656,296Mobiliario y equipo educacional y recreativo 47,255Equipo e instrumental médico y de laboratorio 73,560Equipo de transporte 9,017,357Maquinaria, otros equipos y herramientas 1,904,701

Total $ 17,699,169

Para su revisión se analizó la integración de los activos proporcionada por la Dirección de Patrimonio Municipal, verificando en forma selectiva pólizas de cheque y documentación comprobatoria, en cumplimiento a la normatividad establecida. Adicionalmente, se seleccionaron las adquisiciones del ejercicio más importantes para su inspección física.

Mobiliario y equipo de administración $6,656,296

De acuerdo con las altas registradas contablemente durante el ejercicio 2017, esta cuenta se integra de la siguiente manera:

Concepto Importe

Muebles de oficina y estantería $ 4,051,710Equipo de cómputo 1,366,308Otros mobiliarios y equipo de administración 1,238,278

Total $ 6,656,296

Mobiliario y equipo educacional y recreativo $47,255

De acuerdo con las altas registradas contablemente durante el ejercicio 2017, esta cuenta se integra por adquisiciones de equipos de educación y recreación.

Equipo e instrumental médico y de laboratorio $73,560

Esta cuenta se integra principalmente por la adquisición de aparatos y mobiliario destinados al Centro de Rehabilitación del DIF Municipal.

Equipo de transporte $9,017,357

De acuerdo con las altas registradas contablemente durante el ejercicio 2017, esta cuenta se integra de la siguiente manera:

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Concepto Importe

Vehículos y equipos terrestres $ 7,679,281Carrocerías y remolques 1,338,076

Total $ 9,017,357

Maquinaría, otros equipos y herramientas $1,904,701

En esta cuenta se registraron las adquisiciones siguientes:

Concepto Importe

Equipo de comunicación $ 1,188,164Herramientas 467,547Maquinaria y equipo de construcción

248,990

Total $ 1,904,701

Activos intangibles $14,500

Este rubro se integra por la adquisición de software para sistema administrativo.

b) PASIVO $34,854,430

Este rubro se integra como sigue:

Concepto Importe

Pasivo circulante $ 15,370,672Pasivo no circulante 19,483,758

Total $ 34,854,430

Pasivo circulante $15,370,672

Se integra por el concepto de cuentas por pagar a corto plazo, que se detallan a continuación:

Concepto ImporteProveedores $ 8,066,266Contribuciones por pagar 3,271,489Otras cuentas por pagar 4,032,917

Total $ 15,370,672

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Proveedores $8,066,266

Este concepto se integra por los saldos pendientes de pagar a diferentes proveedores y contratistas de bienes, servicios y obras públicas, determinando a los principales, como a continuación se detalla:

Proveedor ImporteProveedora para la Construcción Regiomontana, S.A. de C.V. $ 2,251,099Recolección y Disposición de Desechos, S. A. de C. V. 1,029,008Multimedios, S. A. de C. V. 537,080Jorge Alberto Ramírez Perales 402,590María Idalia Treviño Alvarado 271,667Surtidor Eléctrico de Monterrey, S.A. de C.V. 189,727Proveedora de Dulces y Desechables, S.A. de C.V. 186,159Juan Alfredo Saldaña Aldana 178,454PC Online, S. A. de C. V. 110,370Martha Patricia Cepeda Rivera 102,884Osciel García García 95,848Ramiro Bernal Rodríguez 88,630Irving Alexis Galvan Alejandro 61,474Rigoberto Treviño Serna 59,253

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría en relación a los saldos de proveedores y contratistas se verificaron los auxiliares, pólizas, facturas, órdenes y requisiciones de compra, contratos, entre otra documentación.

Contribuciones por pagar $3,271,489

Esta cuenta se integra por los saldos pendientes de transferir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por concepto del impuesto retenido sobre sueldos, honorarios y arrendamiento, así como las retenciones efectuadas a contratistas, como a continuación se detalla:

Concepto Importe

I.S.R. retenido al personal $ 2,932,985Retenciones sobre nómina 181,953Retenciones del 5% al millar sobre obras 126,935Retenciones del 1% al millar sobre obras 25,43010% I.S.R. retenido sobre honorarios y arrendamientos

4,186

Total $ 3,271,489

Además, se realizó un análisis mensual de los movimientos aplicados durante el ejercicio y se revisó que se cumpliera con los pagos provisionales de los impuestos retenidos al personal.

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Otras cuentas por pagar $4,032,917

Esta cuenta se integra por los adeudos por pagar al cierre del ejercicio 2017, de acuerdo con los conceptos siguientes:

Concepto Importe

Préstamo de Gobierno del Estado $ 4,000,000Acreedores diversos 25,245Pensión alimenticia 7,672

Total $ 4,032,917

Pasivo no circulante $19,483,758

Se integra principalmente por el saldo de la deuda pública a largo plazo correspondiente a préstamo del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría en relación al préstamo de la Institución Financiera se verificaron los pagos realizados en el ejercicio a Banobras, S.N.C. así como por el Gobierno del Estado se cotejó contra la confirmación de adeudo.

c) HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO $669,687,270

Representa el patrimonio generado y se integra como se detalla a continuación:

Concepto Importe

Resultado del ejercicio ahorro/desahorro $ 107,989,718Resultados de ejercicios anteriores 304,175,662Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores 257,521,890

Total Hacienda pública/patrimonio $ 669,687,270

La Hacienda Pública y Patrimonio se integra por el Patrimonio generado que representa la acumulación de la gestión de ejercicios anteriores, resultado del ejercicio en operación y los eventos identificables y cuantificables que le afectan de acuerdo con los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

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d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $377,398,803

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Ingresos y otros beneficios

Del total de los ingresos manifestados en el Estado de Actividades por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron partidas para su revisión de manera selectiva, verificando los recibos oficiales de ingresos expedidos, la documentación soporte que los originó, la normatividad aplicable para su cobro o las tarifas aprobadas por el R. Ayuntamiento, para servicios que no se contemplan en Ley y su depósito en las cuentas bancarias a nombre del Municipio, a efecto de comprobar su razonabilidad.

Asimismo, por la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2017 reportados y registrados contablemente en los diferentes rubros y conceptos, se comprobó mediante los estados de cuenta que expiden las instituciones bancarias, que estos fueron depositados en un plazo razonable de tiempo.

Los importes de alcance corresponden básicamente a la revisión de los recibos de ingresos y su documentación.

A continuación se presenta un cuadro comparativo de los ingresos recaudados en el año 2017 por rubros, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2016:

Ingresos reales VariaciónRubros 2017 % 2016 % Importe %

Impuestos $ 17,888,638 5 $ 16,356,269 4 $ 1,532,369 9Derechos 12,609,562 3 15,149,046 4 (2,539,484) (17)Productos de tipo corriente 7,011,387 2 5,469,614 1 1,541,773 28Aprovechamientos de tipo corriente 23,878,445 6 20,649,940 5 3,228,505 16Participaciones y aportaciones 316,010,771 84 337,531,505 86 (21,520,734) (6)

Total $ 377,398,803 100 $ 395,156,374 100 $ (17,757,571) (4)

A continuación se detallan los conceptos que integran los ingresos por rubro, presentando los importes de alcance y porcentajes de las muestras tomadas de manera selectiva y en algunos casos, se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

IMPUESTOS $17,888,638

Este rubro representa el 5% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Predial $ 10,242,650 57 $ 6,794,578 66Adquisición de inmuebles 6,800,318 38 3,165,671 47Diversiones y espectáculos públicos 304,255 2 250,000 82Recargos y accesorios 541,415 3 106,745 20

Total $ 17,888,638 $ 10,316,994 58

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida.

Predial $10,242,650

En este concepto se registraron cobros a contribuyentes por operaciones del impuesto predial por el presente año y rezago, conforme a la facturación enviada por el Instituto Registral y Catastral del Estado, recaudando la Administración Municipal el 23%.

Adicionalmente, se revisó la conciliación de este concepto que elaboró la Administración Municipal, confrontando el valor de las facturaciones enviadas por el Instituto Registral y Catastral del Estado, contra la suma del impuesto recaudado, reducciones, subsidios y el importe de la devolución de lo no cobrado enviado a dicho Instituto.

Adquisición de inmuebles $6,800,318

Se registraron en este concepto cobros a contribuyentes del impuesto sobre adquisición de inmuebles, devengados de operaciones de compra-venta de bienes inmuebles.

Como procedimiento de auditoría se revisó en forma selectiva las partidas más representativas cotejando los recibos oficiales de ingresos contra la nota declaratoria para determinar la base del impuesto de acuerdo a la normatividad establecida en el artículo 28 bis de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.

Diversiones y espectáculos públicos $304,255

En este concepto se registraron cobros por permisos otorgados para la instalación de juegos mecánicos por importe de $250,000 y el 7% sobre las entradas de eventos musicales por$54,255.

Recargos y accesorios $541,415

En este concepto se registraron ingresos generados de recargos y accesorios por operaciones del Impuesto predial y adquisición de inmuebles.

DERECHOS $12,609,562

Este rubro representa el 3% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Cooperación para obras públicas $ 528 - $ - -Servicios públicos 856,618 7 178,022 21

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Concepto Importe % Alcance %Construcciones y urbanizaciones 2,892,870 23 2,227,926 77Certificaciones, autorizaciones y constancias 204,050 2 - -Inscripción y refrendo 818,139 6 276,605 34Revisión, inspección y servicios 2,879,627 23 602,335 21Ocupación de la vía pública 4,949,392 39 4,161,045 84Recargos y accesorios 8,338 - - -

Total $ 12,609,562 100 $ 7,445,933 59

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida.

Cooperación para obras públicas $528

En este concepto se registraron los cobros efectuados por la reposición de banquetas.

Servicios públicos $856,618

En este concepto se registraron cobros por los servicios prestados en el Rastro Municipal, como a continuación se detallan:

Concepto ImporteSacrificio de ganado $ 806,306Inspección sanitaria 46,983Refrigeración 3,329

Total $ 856,618

Construcciones y urbanizaciones $2,892,870

Este concepto se integra por los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Proyecto ejecutivo $ 1,325,854Licencia de uso de suelo o edificación 664,023Permisos para construcción 590,351Subdivisiones, fusiones y relotificaciones 214,855Autorización de fraccionamientos 161,390Inicio de trámite de licencia de uso de suelo 105,852Programa de modernización 86,765Asignación de números oficiales 18,864Expedición de diversas constancias y certificaciones 14,629Examen y aprobación de planos 7,392Subsidios (297,105)

Total $ 2,892,870

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De los servicios prestados en tramitaciones urbanísticas que se realizan en el Municipio en materia de desarrollo urbano, por los diferentes tipos de licencias por las cuales se registraron ingresos en los conceptos antes mencionados, la Dirección de Obra Pública y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado revisó en forma selectiva el cumplimiento de los aspectos normativos y financieros establecidos en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

Certificaciones, autorizaciones y constancias $204,050

En este concepto se registraron ingresos por servicios de expedición de diversas constancias.

Inscripción y refrendo $818,139

En este concepto se registraron ingresos por refrendos anuales otorgados a establecimientos con venta de bebidas alcohólicas.

Revisión, inspección y servicios $2,879,627

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto ImporteTrámites de pasaporte $ 986,100Expedición de licencias de estacionamiento 912,144Expedición de licencias de anuncios 374,472Servicio de recolección de desechos 317,016Servicios de examen médico 228,109Trámites para autorización de licencias de 169,403Permisos provisionales de alcoholes 52,563Expedición de placas provisionales 7,248Subsidios (167,428)

Total $ 2,879,627

Ocupación de la vía pública $4,949,392

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Permisos para apertura de pavimento, relleno y compactación de zanjas $ 4,644,891Estacionamientos exclusivos 279,628Instalaciones fijas y semifijas 135,120Sitios de automóviles 5,957Subsidios (116,204)

Total $ 4,949,392

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Recargos y accesorios $8,338

En este concepto se registraron ingresos generados por recargos y accesorios en las operaciones siguientes:

Concepto ImporteLicencias de anuncios $ 9,535Refrendos 5,121Estacionamientos 3,260Condonaciones (9,578)

Total $ 8,338

PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE $7,011,387

Este rubro representa el 2% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles $ 3,409,903 49 $ 848,837 25Depósito de escombros y desechos vegetales 246,218 3 86,451 35Venta de impresos, formatos y papel especial 123,074 2 - -Intereses 1,624,768 23 589,329 36Eventos municipales 459,700 6 21,000 5Diversos 476,940 7 122,430 26Otros 670,784 10 494,601 74

Total $ 7,011,387 100 $ 2,162,648 31

Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles $3,409,903

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto ImporteServicios de capillas de velación $ 2,485,695Servicio de transporte para estudiantes 477,740Entradas al Centro Turístico Presa Cerro Prieto 398,680Arrendamiento de locales del Parque López Mateos 148,209Servicio de transportación de ganado 96,942Arrendamiento de locales del Mercado Bicentenario 73,588Arrendamiento del Teatro de la Ciudad 46,500Subsidios (317,451)

Total $ 3,409,903

Depósito de escombros y desechos vegetales $246,218

En este concepto se registraron ingresos por el servicio de captación de residuos y desechos en el relleno sanitario.

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Venta de impresos, formatos y papel especial $123,074

En este concepto se registraron los cobros de bases para concursos de obras municipales.

Intereses $1,624,768

En este concepto se registraron los ingresos por intereses generados en cuentas bancarias.

Eventos municipales $459,700

En este concepto se registraron ingresos por el servicio de vigilancia en bailes particulares por importe de $385,200 y cobros a comerciantes para la instalación de puestos en la Feria Municipal por $74,500.

Diversos $476,940

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto ImporteServicios de rehabilitación física $ 313,488Entradas a zona de tolerancia 127,670Servicios de guardería infantil 35,782

Total $ 476,940

Otros $670,784

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto ImporteDeducible por pérdida total de vehículo oficial $ 293,310Venta de pañales 159,970Devolución por diferencia en obra no ejercida 138,123Cancelación de cheques 79,381

Total $ 670,784

APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE $23,878,445

Este rubro representa el 6% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

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Concepto Importe % Alcance %Multas $ 1,395,046 6 $ 403,733 29Indemnizaciones 230,121 1 170,230 74Donativos 3,887,080 16 3,783,080 97Diversos 18,366,198 77 12,133,081 66

Total $ 23,878,445 100 $ 16,490,124 69

Multas $1,395,046

En este concepto se registraron cobros de multas por faltas a los Reglamentos Administrativos Municipales y demás disposiciones en materia hacendaria aplicables, de acuerdo a los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Tránsito $ 1,346,448Policía y Buen Gobierno 302,540Construcción 40,753Subsidios (294,695)

Total $ 1,395,046

Indemnizaciones $230,121

En este concepto se registraron ingresos por el cobro de daños ocasionados a arbotantes.

Donativos $3,887,080

Se registraron en este concepto donativos recibidos en efectivo y en especie para obras asistenciales y culturales, integrándose como sigue:

Concepto ImporteEn especie:Boletaje para transportación de estudiantes $ 3,673,080En efectivo:Gasto corriente 154,000DIF Municipal para aparatos de rehabilitación 60,000

Total $ 3,887,080

Diversos $18,366,198

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

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Concepto ImporteDevolución del impuesto sobre la renta $ 15,183,037Gobierno del Estado, 3% sobre nómina 3,183,161

Total $ 18,366,198

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $316,010,771

Este rubro representa el 84% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe

Participaciones $ 138,196,644Aportaciones federales y estatales 177,814,127

Total $

Las participaciones recibidas se clasifican en los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Fondo general de participaciones $ 96,741,790 70 $ 96,741,790 100Fondo nacional de fomento municipal 12,957,224 10 12,957,224 100Impuesto especial sobre producción y servicios 4,166,997 3 4,166,997 100Fondo de fiscalización 4,327,451 3 4,327,451 100Recaudación por venta de gasolina y diésel 4,721,962 3 4,721,962 100Fondo de extracción de hidrocarburos 348,475 - 348,475 100Tenencia 10,610,490 8 10,610,490 100Impuesto sobre automóviles nuevos 3,889,413 3 3,889,413 100Control vehicular 432,842 - 432,842 100

Total $ 138,196,644 100 $ 138,196,644 100

Las aportaciones se clasifican en los fondos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Fondos Descentralizados $ 49,397,247 28 $ 49,397,247 100Fondo para el Fortalecimiento Municipal 44,370,792 25 44,370,792 100Fondo de Infraestructura Social Municipal 33,829,083 19 33,829,083 100Fondo de Seguridad para Municipios 28,903,337 17 28,903,337 100Fondo de Desarrollo Municipal 8,713,418 5 8,713,418 100Programas Regionales 6,992,620 4 6,992,620 100Provisiones Económicas 2,500,000 1 2,500,000 100Fortalece 2,000,000 1 2,000,000 100Programa de Infraestructura Vertiente de Vivienda 337,702 - 337,702 100Programa de Fortalecimiento a la Transversidad de la Perspectiva del Genero 200,000 - 200,000 100Intereses generados en cuentas bancarias 569,928 - 335,806 59

Total $ 177,814,127 100 $ 177,580,005 99

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se verifica que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones y aportaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $269,409,085

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Gastos y otras pérdidas

Del total de los egresos manifestados en el Estado de Actividades por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron para su revisión partidas de gastos en forma selectiva, verificando que las erogaciones e inversiones estuvieran amparadas con la documentación comprobatoria respectiva verificando la autenticidad de los mismos en la página del Servicio de Administración Tributaria y que cumplieran con la normatividad aplicable a efecto de comprobar su razonabilidad.

Los importes del alcance corresponden básicamente a la revisión de las pólizas contables, comprobantes fiscales, órdenes y requisiciones de compra, contratos, entre otra documentación soporte de las partidas que integran el concepto del gasto.

El presupuesto de egresos aprobado por el R. Ayuntamiento está formulado por programas, los cuales señalan objetivos y metas, mismos que se cumplieron en forma general.

A continuación se presenta cuadro comparativo de los egresos ejercidos en el año 2017 por capítulo, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2016:

Egresos Reales Variación Capítulo 2017 % 2016 % Importe %

Gastos de funcionamiento $ 223,679,445 83 $ 200,407,480 86 $ (23,271,965) (12)Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 43,003,779 16 30,030,459 13 (12,973,320) (43)Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública 2,028,089 1 1,646,271 1 (381,818) (23)Otros gastos y pérdidas extraordinarias 697,772 - - - (697,772) -

Total $ $ $

La Entidad realizó sus operaciones económicas registradas en los capítulos antes mencionados con diferentes proveedores de bienes y servicios, determinando mediante análisis de la base de datos a los principales, los cuales se muestran a continuación:

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Proveedor Concepto ImporteNéstor Guerrero Segura Obra pública $ 37,878,784Comisión Federal de Electricidad Energía eléctrica 19,722,084Pavimentaciones, Caminos y Compactaciones, S.A. de C.V. Obra pública 15,773,025Alma Estrella Porras Obra pública 15,362,795Eduardo de la Garza, S. de R.L. Consumo de combustibles 15,008,372Abel Pérez Flores Obra pública 14,309,204Servicio Calzagas, S.A. de C.V. Consumo de combustibles 10,468,028Desarrollo Urbano e Inmobiliario del Bosque, S.A. de C.V. Obra pública 8,370,634Gestión Industrial de Proyectos, S.A. de C.V. Recolección de desechos 7,581,176Pablo Ruiz Reyes Obra pública 7,068,779Benjamín Álvarez Pedraza Obra pública 5,989,750Omega Ingeniería y Distribuciones, S.A. de C.V. Obra pública 4,858,131Guillermo Aldape García Obra pública 3,966,459Sergio Baldemar Valerio Hilario Obra pública 3,527,275Romualdo Ramones Silva Obra pública 3,321,490Francisca García Valdés Aparatos climatizadores 2,667,839María Idalia Treviño Alvarado Ferretería y materiales 2,415,208Jorge Alberto Ramírez Perales Arrendamiento de maquinaría 2,335,102Concretos La Silla, S.A de C.V. Suministro de concreto 2,326,731Mauro Guadalupe Constante Medrano Estructuras metálicas 2,209,242Servicios de Salud de Nuevo León Atención médica 1,857,120Comercializadora de Pollos y Carnes Cavazos, S.A. de C.V. Abarrotes y despensas 1,726,615Eléctrica Industrial de Linares, S.A. de C.V. Mantenimiento de edificios 1,491,939PC Online, S.A. de C.V. Equipo de cómputo 1,380,496

A continuación se detallan los conceptos de gastos que integran los egresos por capítulo y objeto del gasto presentando los alcances de revisión de las partidas registradas contablemente que integran dichos conceptos y en algunos casos se explican procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $223,679,445

Este capítulo representa el 83% de los egresos totales y se integra por los conceptos de gastos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Servicios personales $ 114,808,416 51 $ 55,879,382 49Materiales y suministros 45,179,261 20 19,350,257 43Servicios generales 63,691,768 29 34,490,774 54

Total $ 100 $

SERVICIOS PERSONALES $114,808,416

Esta cuenta se integra por los gastos siguientes:

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Concepto Importe % Alcance %

Remuneraciones al personal de carácter permanente $ 86,416,624 76 $ 35,810,878 41Remuneraciones al personal de carácter transitorio 3,245,107 3 1,446,813 45Remuneraciones adicionales y especiales 18,669,541 16 15,568,743 83Otras prestaciones sociales y económicas 2,771,632 2 1,263,577 46Pago de estímulos a servidores públicos 3,705,512 3 1,789,371 48

Total $ $

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se efectuó prueba global de las remuneraciones pagadas al personal registradas contablemente, conciliando estas contra las nóminas correspondientes, además de manera selectiva se examinaron recibos de pago y se verificó el cálculo del Impuesto Sobre la Renta de algunos empleados, entre otros procedimientos aplicados.

Además, se efectuó prueba selectiva de las prestaciones más importantes pagadas al personal, verificando los lineamientos normativos, así como los contratos respectivos celebrados con la Administración Municipal, para asegurar el cumplimiento de las cláusulas establecidas.

Remuneraciones al personal de carácter permanente $86,416,624

Se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Sueldos a personal base $ 85,921,701 99 $ 35,613,133 41Retroactivo 494,923 1 197,745 40

Total $ 86,416,624 100 $ 35,810,878 41

Remuneraciones al personal de carácter transitorio $3,245,107

Se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Trabajos especiales eventuales $ 1,846,179 57 $ 509,800 28Sueldos a personal eventual 1,050,928 32 589,013 56Asesoría profesional 348,000 11 348,000 100

Total $ 3,245,107 100 $ 1,446,813 45

Remuneraciones adicionales y especiales $18,669,541

Se integra por las remuneraciones siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Aguinaldo $ 11,494,875 62 $ 11,100,983 97Prima vacacional 4,149,425 22 3,188,118 77Compensaciones 1,859,511 10 808,706 43Tiempo extra 1,165,730 6 470,936 40

Total $ 100 $

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Otras prestaciones sociales y económicas $2,771,632

Se integra por las prestaciones siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Prestaciones según convenio sindical $ 2,040,958 74 $ 783,400 38Prima de seguros de vida 464,064 17 225,023 48Liquidaciones 266,610 9 255,154 96

Total $ 2,771,632 100 $ 1,263,577 46

Pago de estímulos a servidores públicos $3,705,512

Se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Devolución del impuesto sobre la renta $ 3,644,104 98 $ 1,760,108 48Gratificaciones 61,408 2 29,263 48

Total $ 3,705,512 100 $ 1,789,371 48

MATERIALES Y SUMINISTROS $45,179,261

Esta cuenta se integra por los gastos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales $ 3,083,036 7 $ 755,386 24Alimentos y utensilios 3,212,654 7 440,854 14Materiales y artículos de construcción y de reparación 9,634,080 22 5,563,777 58Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio 2,917,215 6 1,201,985 41Combustibles, lubricantes y aditivos 20,438,331 45 8,746,526 43Vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos 2,595,646 6 1,679,741 65Materiales y suministros para seguridad 114,003 - 114,003 100Herramientas, refacciones y accesorios menores 3,184,296 7 847,985 27

Total $ 45,179,261 100 $ 19,350,257 43

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones de combustibles y refacciones, las bitácoras de control que registran el suministro y mantenimiento de los vehículos oficiales, además en complemento a la comprobación de estos gastos se obtuvo el inventario de las unidades existentes al cierre del ejercicio para identificar los movimientos de altas y bajas, así como para su inspección física.

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Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales $3,083,036

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Artículos para aseo y limpieza $ 1,109,799 36 $ 398,485 36Material de imprenta 775,636 25 229,696 30Papelería y artículos de oficina 675,007 22 51,676 8Materiales de cómputo 516,338 17 75,529 15Suscripciones y cuotas 6,256 - - -

Total $ 3,083,036 100 $ 755,386 24

Alimentos y utensilios $3,212,654

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Gastos de cafetería $ 2,756,109 86 $ 358,728 13Consumo de alimentos al personal 456,545 14 82,126 18

Total $ 3,212,654 100 $ 440,854 14

Materiales y artículos de construcción y de reparación $9,634,080

Los gastos registrados en esta cuenta se detallan a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Material para pavimentación $ 4,190,921 43 $ 3,016,198 72Material eléctrico 2,338,405 24 1,204,335 52Materiales de construcción 971,907 10 377,138 39Señalamientos viales 835,653 9 525,550 63Material de plomería 736,294 8 316,606 43Pintura 560,900 6 123,950 22

Total $ 9,634,080 100 $ 5,563,777 58

Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio $2,917,215

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Servicio médico $ 2,125,134 73 $ 1,111,440 52Medicamentos 645,139 22 71,785 11Análisis clínicos 89,451 3 - -Fertilizantes y germicidas 57,491 2 18,760 33

Total $ 2,917,215 100 $ 1,201,985 41

Page 49: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 4

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Combustibles, lubricantes y aditivos $20,438,331

Esta cuenta se integra por las erogaciones siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Gasolina $ 16,163,142 79 $ 6,936,428 43Diésel 3,784,849 18 1,670,986 44Aceites y lubricantes 316,434 2 95,618 30Gas L.P. 173,906 1 43,494 25

Total $ 20,438,331 100 $ 8,746,526 43

Vestuarios, blancos, prendas de protección y artículos deportivos $2,595,646

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Uniformes $ 1,727,796 67 $ 1,197,838 69Prendas de seguridad 449,641 17 370,803 82Material deportivo 418,209 16 111,100 27

Total $ 2,595,646 100 $ 1,679,741 65

Materiales y suministros para seguridad $114,003

En esta cuenta se registraron las erogaciones por concepto de equipos de seguridad.

Herramientas, refacciones y accesorios menores $3,184,296

Las erogaciones registradas en esta cuenta son las siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Refacciones $ 2,360,517 74 $ 537,093 23Llantas 464,354 15 245,500 53Acumuladores 193,899 6 18,683 10Herramientas 165,526 5 46,709 28

Total $ 3,184,296 100 $ 847,985 27

SERVICIOS GENERALES $63,691,768

Esta cuenta se integra por los gastos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Servicios básicos $ 22,123,247 35 $ 10,738,853 49Servicios de arrendamiento 5,546,327 9 2,736,413 49Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios 3,764,949 6 2,716,140 72Servicios financieros, bancarios y comerciales 1,129,489 2 583,462 52

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Concepto Importe % Alcance %

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación 13,766,959 22 6,460,817 47Servicios de comunicación social y publicidad 622,602 1 251,934 40Servicios de traslado y viáticos 433,142 - 74,639 17Servicios oficiales 11,630,183 18 8,549,890 74Otros servicios generales 4,674,870 7 2,378,626 51

Total $ $

Adicionalmente, se efectuó prueba global de los servicios prestados al Municipio más importantes registrados contablemente, conciliándose estos contra las clausulas y montos establecidos en los contratos celebrados con la Administración Municipal, así como, en diversos acuerdos y lineamientos administrativos autorizados.

Servicios básicos $22,123,247

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Consumo de energía eléctrica $ 19,541,094 88 $ 9,783,745 50Servicio de agua y drenaje 1,324,160 6 586,917 44Servicio telefónico 1,257,993 6 368,191 29

Total $ 22,123,247 100 $ 10,738,853 49

Servicios de arrendamiento $5,546,327

Las erogaciones registradas en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Arrendamiento de maquinaria $ 2,876,510 52 $ 1,368,104 48Arrendamiento de equipo de transporte 805,506 14 431,822 54Arrendamiento de equipo de oficina 674,723 12 385,887 57Arrendamiento de equipo para eventos 643,308 12 235,243 37Arrendamiento de inmuebles 546,280 10 315,357 58

Total $ 5,546,327 100 $ 2,736,413 49

Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios $3,764,949

Esta cuenta se integra por las erogaciones siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Servicios de capacitación $ 1,283,132 34 $ 1,102,236 86Estudios técnicos 1,150,326 31 697,798 61Servicios legales y contabilidad 673,520 18 359,600 53Sistemas de cómputo 657,971 17 556,506 85

Total $ 3,764,949 100 $ 2,716,140 72

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Servicios financieros, bancarios y comerciales $1,129,489

Esta cuenta se integra por las erogaciones siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Seguros de vehículos $ 854,236 76 $ 458,240 54Comisiones y situaciones bancarias 140,343 12 38,424 27Intereses 118,670 11 70,558 59Servicios de avalúo 16,240 1 16,240 100

Total $ 1,129,489 100 $ 583,462 52

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación $13,766,959

Los gastos registrados en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Servicio de recolección de basura $ 7,923,046 58 $ 3,627,724 46Mantenimiento de edificios 1,619,888 12 991,730 61Mantenimientos de parques, jardines y plazas

981,579 7 555,856 57

Mantenimiento de señalamientos viales 878,617 6 441,888 50Mantenimiento de vehículos 866,636 6 163,817 19Mantenimiento de equipo de comunicación 552,512 4 298,273 54Mantenimiento de aparatos climatizadores 441,628 3 239,262 54Mantenimiento del equipo de trabajo 400,522 3 92,795 23Mantenimiento de equipo de oficina 71,256 1 31,840 45Mantenimiento de equipo de cómputo 25,489 - 17,632 69Lavado y engrasado 5,786 - - -

Total $ 13,766,959 100 $ 6,460,817 47

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se efectuó prueba selectiva de los servicios prestados al Municipio por recolección de desechos y relleno sanitario, verificando los lineamientos normativos para su adjudicación, así como los contratos respectivos celebrados con la Administración Municipal, para asegurar el cumplimiento de las cláusulas establecidas.

En el caso de las erogaciones relacionadas con el parque vehicular, se revisaron selectivamente las bitácoras de control que registran su mantenimiento, con el objeto de evaluar la razonabilidad del gasto, además se complementó con el inventario de las unidades existentes al cierre del ejercicio.

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Servicios de comunicación social y publicidad $622,602

En esta cuenta se registraron erogaciones por servicios profesionales de publicidad en diferentes eventos y actividades de la Administración Municipal realizados a través de radio, prensa y televisión, de los cuales se revisaron los contratos celebrados con el Municipio para verificar el cumplimiento de las cláusulas establecidas.

Servicios de traslado y viáticos $433,142

En esta cuenta se registraron los gastos de viaje realizados por funcionarios municipales en distintas comisiones.

Servicios oficiales $11,630,183

Las erogaciones registradas en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Feria de Villaseca $ 6,404,661 55 $ 5,158,770 81Eventos culturales 1,291,248 12 650,495 50Día del maestro 963,507 9 745,302 77Día de las madres 843,557 8 666,842 79Eventos navideños 572,070 5 462,376 81Eventos cívicos 393,364 3 300,034 76Informe del C. Presidente Municipal 303,567 3 240,146 79Día del niño 283,812 2 142,356 50Atención a funcionarios 254,952 2 85,237 33Semana santa 94,024 1 50,959 54Premios, placas y reconocimientos 56,950 - 15,000 26Aportaciones al sindicato 51,647 - 32,373 63Aniversario del municipio 47,456 - - -Arreglos florales 21,692 - - -Día internacional de la mujer 19,041 - - -Atención a comunidades 18,635 - - -Eventos deportivos 10,000 - - -

Total $ 11,630,183 100 $ 8,549,890 74

Adicionalmente como procedimiento de auditoría, por algunos eventos se revisó que existiera la evidencia de la realización de los mismos, como su convocatoria, el material utilizado para la difusión, programa de actividades, trípticos publicitarios, material fotográfico, entre otra información.

Otros servicios generales $4,674,870

Esta cuenta se integra por las erogaciones siguientes:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 50/1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Concepto Importe % Alcance %Gobierno del Estado, 3% sobre nómina

$ 3,183,161 68 $ 1,283,519 40

Servicios funerarios 923,370 20 772,927 84Refrendos, placas y tenencias 287,897 6 173,429 60Devoluciones de ingresos 138,095 3 112,476 81Otros servicios generales 128,828 3 36,275 28Devolución de fondos federales 13,519 - - -

Total $ 4,674,870 100 $ 2,378,626 51

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $43,003,779

Este capítulo representa el 16% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Ayudas Sociales $ 30,459,342 71 $ 17,679,106 58Pensiones y jubilaciones 12,544,437 29 6,006,812 48

Total $ 43,003,779 100 $ 23,685,918 55

AYUDAS SOCIALES $30,459,342

Esta cuenta se integra por los gastos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Ayudas sociales a personas $ 8,542,906 28 $ 2,890,962 34Becas y otras ayudas 794,711 3 415,420 52Ayudas sociales a instituciones 21,096,725 69 14,372,724 68Ayudas por desastres y otros siniestros 25,000 - - -

Total $ 30,459,342 100 $ 17,679,106 58

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones relacionadas con los apoyos económicos y en especie otorgados a personas de escasos recursos, que existiera el soporte documental de la solicitud de petición e identificación por parte de los beneficiados así como su entrega-recepción y que existieran lineamientos de control autorizadas para el otorgamiento de este tipo de ayudas y garantizar que los beneficiarios correspondían a familias carentes de recursos económicos.

Ayudas sociales a personas $8,542,906

Las erogaciones registradas en esta cuenta se describen a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Apoyos económicos a personas de escasos recursos $ 2,630,702 31 $ 1,234,845 47Despensas para personas de escasos recursos 1,554,310 18 364,840 23

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 5

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Atención médica de personas de escasos recursos 1,320,229 15 352,671 27Materiales de construcción para personas de escasos recursos 1,003,061 12 198,331 20Apoyos y eventos de personas de la tercera edad 494,478 6 206,222 42Apoyos para transportación de personas de escasos recursos 389,729 5 - -Programas asistenciales del DIF Municipal 364,284 4 165,500 45Apoyos económicos a equipos deportivos 250,032 3 176,118 70Apoyos para uniformes deportivos 176,577 2 72,597 41Brigadas y apoyos para la salud pública 164,928 2 50,418 31Apoyos para alimentación de equipos deportivos 131,728 2 34,220 26Apoyos para arbitrajes 56,100 - 35,200 63Funerales de personas de escasos recursos 6,748 - - -

Total 8,542,906 100 $ 2,890,962 34

Becas y otras ayudas $794,711

Los gastos registrados en esta cuenta se detallan a continuación:

Concepto Importe % Alcance %Becas a estudiantes $ 346,000 44 $ 102,050 29Apoyos para transportación de estudiantes 203,350 26 146,150 72Apoyo con materiales para eventos de estudiantes

193,924 24 147,220 76

Apoyos económicos para graduaciones 41,842 5 20,000 48Apoyo con paquetes escolares a estudiantes 9,595 1 - -

Total $ 794,711 100 $ 415,420 52

Ayudas sociales a instituciones $21,096,725

Esta cuenta se integra por los gastos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Apoyos económicos a escuelas $ 5,112,650 24 $ 4,560,991 89Aportaciones a instituciones religiosas 3,847,732 18 1,611,822 42Apoyo con boletos para transportación de estudiantes 3,674,230 18 3,673,080 99Aportaciones a dependencias oficiales de seguridad 2,454,322 12 1,669,530 68Apoyos con materiales de construcción para escuelas 1,540,281 7 376,741 24Apoyos de equipamiento para escuelas 1,514,868 7 950,495 63Aportaciones a la Cruz Roja 669,605 3 500,000 75Apoyo de reparación de mobiliario y equipo en escuelas 551,245 3 204,206 37Aportaciones a centros asistenciales 541,204 3 168,705 31Aportaciones a bomberos 523,074 2 240,000 46Apoyos para graduaciones 440,006 2 327,154 74Aportaciones a instituciones culturales 221,858 1 90,000 41Apoyo con paquetes escolares a estudiantes 5,650 - - -

Total $ 21,096,725 100 $ 14,372,724 68

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Ayudas por desastres y otros siniestros $25,000

En esta cuenta se registraron las erogaciones por concepto de rehabilitación de camino vecinal.

PENSIONES Y JUBILACIONES $12,544,437

Esta cuenta se integra por las erogaciones pagadas al personal pensionado, como a continuación se detallan:

Concepto Importe % Alcance %Pensiones al personal $ 10,193,427 81 $ 4,196,524 41Aguinaldo 1,504,355 12 1,504,355 100Prestaciones 381,150 3 156,850 41Medicamentos 224,724 2 46,935 21Prima de seguros de vida 95,537 1 47,811 50Retroactivo 73,896 1 31,132 42Servicio médico 53,098 - 23,205 44Transportación 18,250 - - -

Total $ 12,544,437 100 $ 6,006,812 48

INTERESES, COMISIONES Y OTROS GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA $2,028,089

Este capítulo representa el 1% de los egresos totales y se integra por los pagos de intereses del préstamo de Banobras al Municipio de Linares, N.L. para la construcción del edificio de oficinas administrativas.

OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $697,772

Este capítulo se integra por el registro contable de la devolución del remanente de los programas federales correspondientes al ejercicio 2016 del Fondo de Fortalecimiento Financiero por importe de $620,935 y Fortalece por $76,837.

INFORMACIÓN ADICIONAL RELACIONADA CON LOS PRESUPUESTOS

A continuación se presenta para fines informativos un cuadro comparativo del Presupuesto de Ingresos y Egresos del año 2017 contra los importes reales, mostrando sus variaciones:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 53/122

INGRESOS Importe Real

% Importe Presupuesto

% Importe Variación

%

Impuestos $ 17,888,638 5 $ 15,382,489 5 $ 2,506,149 16Derechos 12,609,562 3 11,714,848 4 894,714 8Productos de tipo corriente 7,011,387 2 4,898,532 1 2,112,855 43Aprovechamientos de tipo corriente 23,878,445 6 24,395,309 8 (516,864) (2)Participaciones y aportaciones 316,010,771 84 254,657,891 82 61,352,880 24

Total $ 377,398,803 100 $ 311,049,069 100 $ 66,349,734 21

EGRESOS

Gastos de funcionamiento $ 223,679,445 83 $ 223,679,428 53 $ (17) -Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 43,003,779 16 43,003,768 10 (11) -Bienes muebles, inmuebles e intangibles - - 7,028,759 2 7,028,759 100Inversión pública - - 143,736,615 34 143,736,615 100Intereses, comisiones y otros gastos de la deuda pública 2,028,089 1 3,239,515 1 1,211,426 37Otros gastos y perdidas extraordinarias 697,772 - - - (697,772) -

Total $ $ 420,688,085 100 $ 36

b) Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.

Con posterioridad a la verificación realizada por la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, con relación a la Cuenta Pública, que se integra por los Estados Financieros adjuntos, sus Presupuestos, se concluye que su presentación, está de acuerdo con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las Normas de Información Financiera aplicables a este tipo de Entidades y que se apegaron al cumplimiento de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, así como, a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y demás ordenamientos aplicables en la materia, excepto por lo mencionado en apartado VI de este Informe.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 54/122

VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y lanormatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac) publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León (POE), advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:

I. Registros Contables

a) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos publicados en el POE).

b) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39).

II. Registros Administrativos

a) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos el cual fue publicado en el POE).

Normativa

Respuesta"I. Registros Contables

a) En el ejercicio 2017 no se realizaron bajas de bienes muebles e inmuebles por lo que los movimientos negativos en las cuentas de activo no circulante corresponden

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 55/122

a ajustes y cancelaciones en los registros contables y no a movimientos de baja.Como evidencia de lo anterior adjunto auxiliar de movimientos acumulado anual del ejercicio 2017 por las cuentas de activo no circulante correspondientes al registro de bienes muebles e inmuebles.

b) Para poder constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia el Municipio de Linares contrato un estudio actuarial el cual una vez terminado nos determinara el monto de reservas para el pago de obligaciones financieras y el valor presente del riesgo y como resultado del cálculo actuarial se planeara la amortización de los pasivos y sus riesgos, a fin de que no se conviertan en una carga onerosa para el Municipio, además que nos va permitir generar liquidez para pago de liquidaciones, pensiones y eventualidades como mortalidad e invalidez, como evidencia adjunto el contrato celebrado entre el actuario y el municipio.

II. Registros Administrativos

a) Como resultado de la planeación de los trabajos de adopción de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el actual Gobierno Municipal estableció compromisos para la implementación gradual de los cambios en el sistema contable, por lo que en las Guías de Cumplimiento de la LGCG y los documentos emitidos por el CONAC, se estableció como fecha de compromiso para el cumplimiento de esta obligación el 30 de noviembre de 2018, por lo que esta obligación se encuentra en vías de cumplimiento. Se anexan las Guías de

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas de auxiliares de movimientos de cuentas contables de bienes muebles e inmuebles, contrato de prestación de servicios celebrado con Valuaciones Actuariales del Norte, S.C. para la valuación actuarial de la situación jurídica, financiera y remuneraciones del personal, así como las guías de cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental donde se establecieron los compromisos para implementar los cambios en el sistema contable, solventando parcialmente la observación, debido a que lo manifestado en su respuesta y la documentación exhibida no acreditan lo establecido en los fundamentos señalados en las fracciones I incisos b) y II inciso a).Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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ACTIVO

ACTIVO NO CIRCULANTE

Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

2. La cuenta de construcciones en proceso al 31 de diciembre de 2017 refleja un saldo de$360,283,902 por diversas obras del año 2017 y de ejercicios anteriores, observando que no se procedió a transferir el saldo por aquellas que fueron concluidas, en el caso de las obras capitalizables al activo no circulante que corresponda y por las obras de dominio público en gastos del período o en resultado de ejercicios anteriores, de conformidad a lo establecido en el artículo primero, inciso b, punto 2, del Acuerdo por el que se emiten las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2011 y sus posteriores reformas y en los artículos 7, 33 y 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Construcciones en proceso ImporteConstrucciones en proceso en bienes de dominio público $ 275,044,437Construcciones en proceso en bienes de dominio privado 85,239,465Total $ 360,283,902

a) Además, se observa que en el proceso de la auditoría no se nos proporcionó la integración de la cuenta construcciones en proceso que permitan justificar los registros contables de las inversiones en obra pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuesta"Se anexa copia de pólizas de diario Nos. 100 y 101 de fecha 20 de septiembre de 2018 con sus respectivos soportes por medio de las cuales se hicieron las aplicaciones correspondientes a las cuentas de egresos contables o de inversión (según sea el caso) por el importe de las obras finiquitadas y entregadas según consta en oficios Nos. SOP-N/527/ iX/18 y SOP-N/528/iX/18 de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano recibido en la Tesorería Municipal el 6 de septiembre de 2018. Este registro contable se realizó en

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apego a lo dispuesto en las Reglas Específicas para el Registro y Valoración del Patrimonioemitidos por el CONAC y publicadas en su sitio oficial."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas de pólizas de diario 100 y 101 registradas el 20 de septiembre de 2018 realizando los ajustes de las obras públicas no capitalizables por las obras concluidas, así como las relaciones de las obras terminadas y ejecutadas en los ejercicios 2016 y 2017, solventando parcialmente la observación, debido a que no se presentó la integración de las construcciones en proceso que justifique los registros contables de las inversiones en obra pública, de conformidad con lo establecido en el fundamento señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes

3. Se observó que en el ejercicio 2017, el Municipio no realizó el registro contable de lasdepreciaciones correspondientes a cada uno de los activos que componen el patrimonio municipal, incumpliendo con lo establecido en el artículo primero, inciso b, punto 6, del Acuerdo por el que se emiten las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2014 y los artículos 33 y 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Normativa

Respuesta"Actualmente el Municipio continúa con el proceso de armonización del inventario físico y contable. Se estima concluir estos trabajos para el fin de la actual administración y en ese momento hacer el registro contable del inventario de bienes muebles conciliado y registrar de manera simultánea su depreciación. Como evidencia del avance de los trabajos de armonización del inventario de bienes muebles municipales adjunto informe del levantamiento del inventario físico practicado en el mes de agosto de 2018 y el proyecto de actualización del catálogo de bienes resultante del mencionado levantamiento."

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas del catálogo de cuentas de los bienes muebles, no solventando la observación, debido a que lo manifestado en su respuesta y la documentación presentada no acreditan lo establecido en los fundamentos señalados, ya que la contabilización de la depreciación acumulada de los activos no circulantes que integran el patrimonio municipal, es aplicable a partir del ejercicio 2015.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

EGRESOS

SERVICIOS PERSONALES

Sueldos a personal eventual

4. Se efectuaron pagos de salarios a personal eventual que labora en diversas dependencias

municipales por importe de $978,029, observando que estas remuneraciones no se les retiene el impuesto que establecen los artículos 86 quinto párrafo y 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los cuales se integran como siguen:

Fecha Póliza de Nombre Importe cheque

11/01/17 84401 María Manuela Navarro Oviedo $ 33,30027/01/17 84595 Flora Antonia Escobar Yáñez 33,30013/02/17 84827 Flora Antonia Escobar Yáñez 33,30024/02/17 84994 Flora Antonia Escobar Yáñez 33,30013/03/17 85263 Flora Antonia Escobar Yáñez 36,13029/03/17 85493 María Manuela Navarro Oviedo 56,06804/04/17 85666 María Manuela Navarro Oviedo 37,19526/04/17 85885 María Manuela Navarro Oviedo 52,97011/05/17 86151 María Manuela Navarro Oviedo 31,93229/05/17 86383 María Manuela Navarro Oviedo 36,23213/06/17 86704 Flora Antonia Escobar Yáñez 32,23228/06/17 86947 María Manuela Navarro Oviedo 32,23212/07/17 87253 María Manuela Navarro Oviedo 34,57327/07/17 87503 María Manuela Navarro Oviedo 33,59511/08/17 87815 María Manuela Navarro Oviedo 32,63029/08/17 88070 María Manuela Navarro Oviedo 46,930

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Fecha Póliza de Nombre Importecheque

13/09/17 88335 María Manuela Navarro Oviedo 45,91027/09/17 88502 María Manuela Navarro Oviedo 56,93011/10/17 88804 María Manuela Navarro Oviedo 44,73027/10/17 89049 María Manuela Navarro Oviedo 38,03013/11/17 89329 María Manuela Navarro Oviedo 47,76528/11/17 89529 María Manuela Navarro Oviedo 54,36512/12/17 89847 María Manuela Navarro Oviedo 59,51519/12/17 89986 María Manuela Navarro Oviedo 34,865Total $ 978,029

a) Además, se observó que las condiciones de trabajo del personal contratado para prestar servicios eventualmente, no se hacen constar por escrito, de conformidad a lo establecido en los artículos 24, 25 y 26 de la Ley Federal del Trabajo, disposición aplicable de manera supletoria en relación al artículo 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León.

Normativa

Respuesta"Las reposiciones a que se refiere en su observación y que suma la cantidad de $978,029 pesos corresponden al pago de la nómina eventual de 25 trabajadores que por situaciones especiales no fueron considerados para su inclusión por tratarse de casos que involucran horarios fuera del horario habitual (medios turnos) por lo que no causan ISR, así como servicios de personal actualmente en la nómina de jubilados que se recontrataron para la realización de trabajos específicos por lo cual son exentos de la retención de ISR. Sin embargo y en seguimiento a su observación fueron giradas instrucciones al personal de nómina para que se realice a la brevedad la regularización de estos casos y se emita el timbrado de los recibos correspondientes. No omito informar que el Municipio cuenta con contratos debidamente formalizados por cada uno de los casos que integran esta nómina eventual mismos que se adjuntan."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas de contratos individuales de trabajo por tiempo determinado para la prestación de servicios personales en forma eventual, solicitudes de pago, relaciones de nóminas, bitácoras de asistencia y evidencia fotográfica de servicios prestados en eventos municipales, así como fotocopias de credenciales para votar y actas de nacimiento, no solventando la observación, debido a que no se efectuó la retención del impuesto

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sobre los salarios pagados al personal eventual, de conformidad con lo establecido en losfundamentos señalados.

En relación al inciso a) se solventa la observación, ya que se anexaron los contratos individuales del personal eventual que labora en diversas dependencias municipales.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

PRESTACIONES

Pensiones

5. Se registraron erogaciones por concepto de pensiones al personal por importe de$11,771,678, observando que durante el proceso de la auditoría no se localizaron los contratos y/o convenios en los que se establezcan los lineamientos, políticas y procedimientos que regulen el pago de las pensiones; incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las cuales se detallan a continuación:

Fecha Referencia Nombre Importe 11/01/17 Cheque 84404 María Manuela Navarro Oviedo $ 28,589 19/01/17 Transferencia 8 Municipio de Linares, N.L. 396,33127/01/17 Cheque 84598 Flora Antonia Escobar Yáñez 28,58930/01/17 Transferencia 9 Municipio de Linares, N.L. 394,45513/02/17 Cheque 84836 Flora Antonia Escobar Yáñez 28,58914/02/17 Transferencia 10 Municipio de Linares, N.L. 394,45527/02/17 Transferencia 11 Municipio de Linares, N.L. 394,45527/02/17 Cheque 85029 Flora Antonia Escobar Yáñez 28,58913/03/17 Transferencia 12 Municipio de Linares, N.L. 394,45513/03/17 Cheque 85262 Flora Antonia Escobar Yáñez 28,58929/03/17 Transferencia 1 Municipio de Linares, N.L. 394,45529/03/17 Cheque 85504 María Manuela Navarro Oviedo 28,58904/04/17 Cheque 85667 María Manuela Navarro Oviedo 28,58905/04/17 Transferencia 2 Municipio de Linares, N.L. 394,45527/04/17 Transferencia 3 Municipio de Linares, N.L. 387,53026/04/17 Cheque 85897 María Manuela Navarro Oviedo 35,51411/05/17 Transferencia 4 Municipio de Linares, N.L. 394,45511/05/17 Cheque 86153 María Manuela Navarro Oviedo 28,58929/05/17 Cheque 86402 María Manuela Navarro Oviedo 30,419

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Fecha Referencia Nombre Importe30/05/17 Transferencia 5 Municipio de Linares, N.L. 392,62514/06/17 Transferencia 6 Municipio de Linares, N.L. 394,45513/06/17 Cheque 86699 Flora Antonia Escobar Yáñez 28,58928/06/17 Cheque 86961 María Manuela Navarro Oviedo 30,65129/06/17 Transferencia 7 Municipio de Linares, N.L. 392,39412/07/17 Transferencia 8 Municipio de Linares, N.L. 394,45512/07/17 Cheque 87256 María Manuela Navarro Oviedo 28,58927/07/17 Transferencia 9 Municipio de Linares, N.L. 394,45527/07/17 Cheque 87529 María Manuela Navarro Oviedo 28,58911/08/17 Transferencia 10 Municipio de Linares, N.L. 394,45611/08/17 Cheque 87816 María Manuela Navarro Oviedo 28,58929/08/17 Transferencia 11 Municipio de Linares, N.L. 418,25529/08/17 Cheque 88071 María Manuela Navarro Oviedo 30,44813/09/17 Transferencia 12 Municipio de Linares, N.L. 418,25513/09/17 Cheque 88342 María Manuela Navarro Oviedo 30,44827/09/17 Transferencia 13 Municipio de Linares, N.L. 416,69127/09/17 Cheque 88517 María Manuela Navarro Oviedo 32,01211/10/17 Transferencia 14 Municipio de Linares, N.L. 407,42211/10/17 Cheque 88808 María Manuela Navarro Oviedo 29,64927/10/17 Transferencia 15 Municipio de Linares, N.L. 398,42227/10/17 Cheque 89054 María Manuela Navarro Oviedo 28,89913/11/17 Transferencia 16 Municipio de Linares, N.L. 398,42213/11/17 Cheque 89342 María Manuela Navarro Oviedo 28,89928/11/17 Transferencia 17 Municipio de Linares, N.L. 398,42228/11/17 Cheque 89560 María Manuela Navarro Oviedo 28,89912/12/17 Cheque 89862 María Manuela Navarro Oviedo 25,38613/12/17 Transferencia 18 Municipio de Linares, N.L. 401,93515/12/17 Transferencia 20 Municipio de Linares, N.L. 1,412,084 15/12/17 Cheque 89927 María Manuela Navarro Oviedo 92,27119/12/17 Transferencia 21 Municipio de Linares, N.L. 401,93519/12/17 Cheque 89996 María Manuela Navarro Oviedo 25,386Total $ 11,771,678

Normativa

Respuesta"Respecto a este punto le informo que el Municipio dentro de su procedimiento interno somete a la aprobación del R. Ayuntamiento las propuestas de pensiones y jubilaciones del personal para su aprobación. En dichas propuestas se especifica el tipo y cantidad de la prestación de acuerdo a los casos específicos turnados al Ayuntamiento. Como evidencia de

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lo anterior y a manera de ejemplo se anexa algunos acuerdos del R. Ayuntamiento extraídosde las actas de la sesión correspondiente donde fueron aprobadas. En la inteligencia de que, debido a la gran cantidad de incidencias el archivo completo se encuentra a su disposición en las oficinas de Recursos Humanos."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas de acuerdos de las sesiones ordinarias de cabildo donde se autorizaron las pensiones y jubilaciones otorgadas del personal, certificados de discapacidad, resultados de exámenes médicos, solicitudes de jubilación pensión, recibos de nómina, identificaciones laborales, credenciales para votar, actas de nacimiento y recibos de domicilio, solventando parcialmente la observación, debido a que no se presentaron los convenios donde establezcan los procedimientos que regulen el pago de pensiones, de conformidad con lo establecido en los fundamentos señalados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

PASIVO

Cuentas por pagar

Impuestos por pagar

6. Se observa que los pagos provisionales complementarios de los meses de enero a julio delejercicio 2015 de las retenciones del ISR enteradas al Servicio de Administración Tributaria por un importe de $285,421, fueron presentadas en forma extemporánea en noviembre y diciembre del ejercicio 2017, incumpliendo con lo establecido en el artículo 96 primero y penúltimo párrafos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de acuerdo al siguiente detalle:

Mes Fecha Fecha Importe declarado vencimiento presentación

Enero 17/02/2015 17/11/2017 $ 30,666Febrero 17/03/2015 17/11/2017 31,350 Marzo 17/04/2015 17/11/2017 33,530 Abril 18/05/2015 17/11/2017 44,984 Mayo 17/06/2015 08/12/2017 51,363 Junio 17/07/2015 08/12/2017 41,216 Julio 17/08/2015 08/12/2017 52,312

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a) Asimismo, se observó que se efectuaron pagos por valor de $142,181 por conceptode actualizaciones y recargos, derivado de la presentación de manera extemporánea ante el Servicio de Administración Tributaria, los enteros provisionales del Impuesto sobre la Renta retenido de los salarios liquidados al personal de los meses que se detallan a continuación:

Mes Actualización Recargos Total declarado

Enero $ 3,373 $ 12,693 $ 16,066Febrero 3,383 12,559 15,942Marzo 3,467 12,960 16,427Abril 5,058 17,845 22,903Mayo 6,333 19,559 25,892Junio 5,004 15,146 20,150Julio 6,267 18,534 24,801Total $ 32,885 $ 109,296 $ 142,181

Económica - Monto no solventado $142,181Respuesta"En relación a este punto le informo que durante la revisión de la Cuenta Pública del 2015 la ASENL en su comunicado de observaciones emitido, en el punto 5 (Se anexa) nos observaron percepciones por $3,269,607 por concepto de sueldos de personal eventual de Seguridad Pública y Tránsito, amparadas con listas de raya firmadas en las cuales a estas percepciones no se les retenía el impuesto que establecen los artículos 86 quinto párrafo y 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo cual el Municipio dando seguimiento a esta observación le fueron giradas instrucciones al personal de nómina para que se realizara a la brevedad la regularización de estos casos y se emitiera el timbrado de los recibos correspondientes a partir de esa fecha en adelante.

Cabe aclarar que el Municipio pago puntualmente sus obligaciones fiscales de ISR del año 2015 omitiendo solamente los sueldos de personal eventual de Seguridad Pública y Tránsito ya que estos se encontraban a prueba hasta que pasaran los exámenes de evaluación de confianza, se anexan los pagos al SAT como evidencia.

Por otro lado le informamos que el 11 de Septiembre de 2017 recibió el Municipio por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) Oficio 400-44-00-03-00-2017-1082 donde se invitaba al Representante Legal del Municipio de Linares a acudir a sus oficinas con relación a la información contenida en las declaraciones 2014, 2015, 2016 y 2017 en las que detectaron algunas omisiones, presuntas inconsistencias o comportamientos atípicos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. (Se anexa oficio del SAT). Una vez que se asistió a la cita antes mencionada el SAT nos comunica que la ASENL después de

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terminar la revisión de la Cuenta Pública 2015 les dio a conocer que este municipio omitióel pago del ISR del personal eventual de Seguridad Publica y Transito durante el año 2015 , dado lo anterior el SAT nos pidió se realizaran los pagos correspondientes del año 2015 de esos trabajadores eventuales presentando las complementarias de cada mes del 2015 calculando sus actualizaciones y recargos, por lo que este Municipio procedió al cálculo y pago de las mismas (Se anexan declaraciones complementarias de enero a diciembre 2015)."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copias certificadas de Oficio de invitación dirigido por el Servicio de Administración Tributaria al Municipio de Linares, Nuevo León para presentar la información relativa al incumplimiento detectado en las obligaciones fiscales de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017, anexo de la observación 5 contenida en el Comunicado de Observaciones del Ejercicio 2015 notificado por este Órgano Fiscalizador donde se detectó que los sueldos de personal eventual de Seguridad Pública y Tránsito fueron pagados sin la retención del Impuesto sobre la Renta, así como los pagos provisionales de las declaraciones normales y complementarias del ejercicio 2015 que se presentaron ante el SAT durante los años 2015, 2016, 2017 y 2018 con actualizaciones y recargos, no solventando la observación, debido a que los argumentos manifestados y la documentación exhibida no desvirtúan lo establecido en los fundamentos señalados, por presentarse en forma extemporánea los pagos provisionales del impuesto retenido de los salarios liquidados al personal eventual.

En relación al inciso a) no se solventa la observación de aspecto económico por importe de$142,181 debido a que no se presentó documentación que evidencie la reintegración de Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

NORMATIVIDAD

Reglamentos Municipales

7. Durante el proceso de la auditoría se revisaron los Reglamentos Municipales, observandoque estos no se encuentran actualizados, incumpliendo con lo establecido en el artículo 228 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, los cuales se enuncian a continuación:

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3

49800

Nombre del Reglamento Fecha depublicación

Reglamento que regula el funcionamiento de los Establecimientos que se dedican a Expendido, 30/04/199 Venta o Consumo de Bebidas AlcohólicasReglamento de Panteones 16/11/199Reglamento de Adquisiciones de Bienes y Servicios para la Administración Municipal 19/04/199 Reglamento de Anuncios 01/02/200Reglamento de Limpia del Municipio 11/08/201Reglamento para las Construcciones del Municipio 13/12/201

NormativaRespuesta"Con respecto a este punto se anexa acuerdo No. 531 de la Sesión Ordinaria de Cabildo No. 101 de fecha 23 de agosto de 2018 en donde se aprueba turnar a la Comisión de Reglamentación y Patrimonio para que de conformidad con las bases generales para la expedición de reglamentos municipales articulo 227 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León se lleve a cabo la revisión, modificación y en su caso la generación de un nuevo reglamento con respecto a los siguientes:

. Reglamento que regula el funcionamiento de los establecimientos que se dedican al expendio, venta o consumo de bebidas alcohólicas

. Reglamento de Panteones

. Reglamento de Adquisiciones de Bienes y Servicios para la Administración Municipal

. Reglamento de Anuncios

. Reglamento de Limpia del Municipio

. Reglamento para las Construcciones del Municipio."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copia certificada de acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada en el 23 de agosto de 2018 donde se aprueba turnar a la Comisión de Reglamentación y Patrimonio para llevar a cabo la revisión, modificación y generación de los nuevos reglamentos, no solventando la observación, debido a que lo manifestado en su respuesta

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 66/122

y la documentación exhibida no desvirtúan lo establecido en el fundamento señalado, yaque los Reglamentos Municipales citados no se encuentran actualizados.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

INFORMES DE AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA

8. En el proceso de revisión se observó que los Informes de Avance de Gestión Financieracorrespondientes al ejercicio 2017 del ente público, fueron remitidos por el H. Congreso del Estado en documento por escrito a este Órgano Fiscalizador, no localizando evidencia de que los mismos se hayan presentado también en forma digitalizada al citado Órgano Legislativo; incumpliendo con lo estipulado en el artículo 7 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Normativa

Respuesta"En referencia a este punto se anexa oficio No. TM452 de fecha 21 de marzo de 2018 firmado por el Presidente Municipal Ing. Fernando Adame Doria y el Tesorero Municipal Lic. Sergio Eduardo Elizondo Guzmán dirigido al Presidente del H. Congreso del Estado donde se anexa la Cuenta Pública correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, el cual tiene el sello de recibido por el H. Congreso del Estado (Oficialía Mayor) con fecha 23 de marzo de 2018 a las 10:15 horas y en donde especifican con puño y letra que recibieron además del documento por escrito, el acta de la Sesión Extraordinaria de Cabildo No. 85 de fecha 20 de marzo de 2018 certificada donde fue aprobada la Cuenta Pública 2017 por el R. Ayuntamiento y el CD que contiene la información correspondiente a la Cuenta Pública 2017 del Municipio de Linares, Nuevo León. Además se envía copia del CD que se mandó al H. Congreso del Estado en tiempo y forma."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Titular del Ente Público, la cual consiste de copia certificada de Oficio No. TM 452 de fecha 23 de marzo de 2018, con el cual la Administración Municipal presentó la Cuenta Pública del ejercicio 2017 misma que se encuentra contenida en el CD, no solventando la observación, debido a que lo manifestado en su respuesta y la documentación exhibida no acreditan lo establecido en los fundamentos señalados, por no presentar en forma digitalizada los Informes de Avance de Gestión Financiera del ejercicio 2017.

Page 70: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 67/122

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

OBRA PÚBLICA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Obra Pública, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEM-MU31-AOP066/2018-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

De un importe registrado para obras o servicios por contrato y en su caso, obras por administracióndirecta, por valor de $143,736,615 se seleccionaron $81,651,169, que representan un 57%, revisando la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública, a fin de verificar si se planearon, programaron, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme con la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León (en adelante LOPEMNL), de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante LOPSRM), del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante RLOPSRM), de la Ley para la Construcción y Rehabilitación de Pavimentos del Estado de Nuevo León (en adelante LCRPENL) y de las Normas Técnicas de Pavimentos del Estado de Nuevo León (en adelante NTPENL); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o

De la citada revisión se detectaron observaciones en las obras, mismas que referenciadas con ladenominación del contrato, la descripción y su importe expresado en pesos que se registró durante el ejercicio, se detallan a continuación:

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 LO-819033986-E12-2016

Construcción de puente vehicular en acceso a Linares, Libramiento vía Monterrey - Ciudad Victoria con entronque a Antigua Carretera Nacional.

$ 15,886,727

2 GML-FISM-09/17 Construcción de drenaje pluvial, en la colonia SanAntonio. $ 3,365,531

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3 GML-FISM-10/17 Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda.

$ 2,533,539

4 GML-FDM-02/17 Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio Ordoñez, en la colonia La Petaca.

$ 2,107,289

5 GML-FORTALECE-01/1 7

Pavimentación de calle Guillermo Prieto, entre la calle Plinio de Ordoñez y avenida Las Américas, en la colonia La Petaca.

$ 1,997,245

6 GML-FISM-11/17 Recarpeteo de calle Doctor Carlos García Rodríguez, entre las calles Hidalgo y Jesús Ramal Garza, en la colonia Centro.

$ 1,492,676

7 GML-FDM-01/17 Pavimentación de calle Melchor Ocampo, entre las calles Maclovio Herrera y H. Treviño, en la colonia La Petaca.

$ 1,298,373

8 GML-FDE-01/17 Pavimentación de estacionamiento en Unidad Deportiva Ignacio Zaragoza, en la colonia Ignacio Zaragoza.

$ 2,657,584

Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:

OBRA PÚBLICA

INVERSIÓN PÚBLICA

Inversión Pública en Bienes de Dominio Público

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 LO-819033986-E12-2016 Construcción de puente vehicular en acceso a

Linares, Libramiento vía Monterrey - Ciudad Victoria con entronque a Antigua Carretera Nacional.

$ 15,886,727

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 69/122

9. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, la cual se hace constar en elacta ASENL-DAOPDU-OP-AI-MU31-001/2018, de fecha 2 de mayo de 2018, misma que fue firmada de conformidad por personal del Ente Público, detectando que los conceptos de trabajo autorizados para su pago por un importe total de $21,982,261, en las estimaciones mencionadas en la tabla, no se encontraban ejecutados (preestimados); situación que contraviene la naturaleza del contrato bajo el cual se adjudicó la obra, a saber, de precios unitarios y tiempo determinado, contratos que en términos del artículo 45, párrafo segundo, fracción I, de la LOPSRM, se pagan al contratista por unidad de concepto de trabajo terminado; además, las estimaciones se formulan de acuerdo a lo establecido en los numerales 54, de la misma Ley, y 130 fracción I, del RLOPSRM, por trabajos efectivamente ejecutados, igualmente se incumple con lo dispuesto en lo establecido en los artículos 113, fracciones I, IX y XII, del referido Reglamento, y cláusula sexta, párrafo tercero; del contrato de obra pública y precios unitarios y tiempo determinado número LO-819033986-E12-2016, de fecha 17 de diciembre de 2016.

Robusteciendo lo anterior, se localizó el "Acta de Entrega-Recepción de Obra", de fecha8 de diciembre de 2017, en la que se hace constar que la obra tuvo un periodo de ejecución "real" del 28 de marzo al 4 de diciembre de 2017, con una inversión total de$21,982,261, y en su punto 9.- Términos bajo los cuales se efectúa la recepción, se cita lo siguiente: "Una vez verificada la obra mediante el recorrido e inspección por las partes que intervienen, se concluye que la obra se encuentra totalmente terminada y funcionando de acuerdo con la finalidad y destino de su ejecución según las especificaciones del proyecto e inversión ejercida, en condiciones de ser recibida por la unidad responsable de su operación, conservación y mantenimiento", siendo firmada por el Presidente Municipal, por la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, el Departamento de Normatividad, el Supervisor de la obra y por el contratista de la misma, confirmando que se autorizó el pago de estimaciones sin estar totalmente ejecutados los conceptos en ellas incluidos, así como la recepción física de la obra sin estar terminada, lo cual contraviene lo dispuesto en el artículo 64, párrafo primero, de la LOPSRM. (Obs. 1.3)

Estimación Importe estimado Factura Fecha de Importe facturado con I.V.A. factura

Anticipo - 4719 19/dic/16 $ 6,095,534.341 Normal $ 1,224,797.90 1025 9/dic/17 857,358.532 Normal 111,959.66 1026 9/dic/17 78,371.763 Normal 1,813,299.77 1028 9/dic/17 1,269,309.844 Normal 150,135.55 1030 9/dic/17 105,094.89

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Estimación Importe estimado Factura Fecha de Importe facturadocon I.V.A. factura

6 Normal 1,509,486.89 1043 13/dic/17 1,056,640.827 Normal 732,316.91 1048 13/dic/17 512,621.841 Aditiva 127,675.23 1027 9/dic/17 89,372.652 Aditiva 32,935.81 1029 9/dic/17 23,055.073 Aditiva 320,815.55 1041 13/dic/17 224,570.884 Aditiva 1,841,236.29 1045 13/dic/17 1,288,865.405 Aditiva 528.50 1047 13/dic/17 369.951 Extra 1,062,417.55 1084 18/dic/17 743,692.292 Extra 2,034,304.17 1085 18/dic/17 1,424,012.913 Extra 42,582.66 1088 18/dic/17 29,807.864 Extra 2,772,411.12 1090 19/dic/17 1,940,687.785 Extra 6,363,500.91 1091 19/dic/17 4,482,381.826 Extra 1,570,709.31 1092 19/dic/17 1,570,709.31Total: $ 21,982,261.01 $ 21,982,261.00

Nota: Importes expresados en pesos y centavos.

Mediante inspección física se detectó que la obra no ha sido terminada ni se observó fuerza de trabajo en ella.

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 71/122

Respuesta"Solicitamos una nueva inspección a la obra Construcción de puente vehicular acceso a Linares, Libramiento Monterrey-Cd Victoria".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no aclaran la observación ni comprueban la ejecución total de la obra contratada. Es de mencionar, que mediante inspección física realizada a la obra, según consta en el acta ASENL-DAOPDU-OP-AI- MU31-001/2018, de fecha 2 de mayo de 2018, de la cual se hizo entrega al Ente Público de una copia fotostática simple de un croquis que forma parte de la referida acta, mismo que fue firmado de conformidad por el supervisor del Ente Público, en el cual se establece la condición física de la obra como "obra inconclusa", siendo que en la revisión del expediente se localizó el acta de recepción de los trabajos de fecha 8 de diciembre de 2017, en la cual se señala que la obra se terminó el 4 de diciembre de 2017 y en bitácora se obra se registra la terminación de los trabajos el 11 de enero de 2018.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que eliminen el riesgo de realizar pagos en exceso.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

2 GML-FISM-09/17 Construcción de drenaje pluvial, en la colonia SanAntonio. $ 3,365,531

10. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los análisis de precios unitarios delos conceptos que integran el presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra, que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración, obligación establecida en el artículo 19, fracción XIII, de la LOPEMNL. (Obs. 3.1)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 72/122

Respuesta"Se anexan tarjetas de precios unitarios de los conceptos que integran el presupuesto elaborado por el Ente público para la obra, relativo al contrato GML-FISM-09/17".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de análisis de precios unitarios elaborados por el Ente Público, los cuales no coinciden con los precios unitarios señalados en el presupuesto elaborado por el mismo, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizaron los análisis de precios unitarios de los conceptos que integran el presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra, que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

11. De la revisión del expediente técnico, en lo correspondiente a la etapa de ejecución delos trabajos, de la obra que fuere adjudicada por un monto de $2,479,282, a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos cinco contratistas, se detectó lo siguiente:

1.Se eliminaron conceptos y cantidades de trabajo que representan un monto de$1,312,062.

2.Se adicionaron conceptos de trabajo (conceptos extraordinarios) no contemplados en el catálogo de conceptos original, que representan un importe de $2,063,071.

3.Se adicionaron cantidades de trabajo respecto de los conceptos contratados que representan un importe de $135,239.

De lo anterior se observa que la obra originalmente adjudicada, se modificó de manera importante en sus conceptos de trabajo; pues de los conceptos realmente ejecutados por un importe de $3,365,531, solamente el 35% ($1,167,221) fueron objeto del contrato, y el resto fue pactado directamente entre el Ente Público y el contratista, no garantizando la ejecución de la obra con los mínimos riesgos de modificación y situaciones imprevistas, incumpliendo con la obligación establecida en el artículo 26, párrafo tercero, de la LOPEMNL.

Así mismo, y en razón de lo antes expuesto, se desprende que los objetivos y metas planteadas, además del costo estimado de la obra, considerados en las etapas de

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 73/122

planeación, programación y presupuestación y llevadas al contrato, no se cumplieron y porende, no se garantizó una ejecución eficiente y eficaz de la obra, situación que infringe lo que establece el artículo 6 del ordenamiento antes referido, de la LOPEMNL. (Obs. 3.2)

NormativaRespuesta"Durante la excavación de la obra se detectaron escurrimientos de agua subterránea en el cual nos iba a ser muy difícil llevar a cabo el proyecto de construcción de bóvedas en el lugar, por tal motivo fue necesario cambiar a tubo de concreto reforzado grado I para alcantarillado sanitario y drenaje pluvial, por ser un procedimiento constructivo más óptimo por la problemática que se presentó en el subsuelo".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, referentes a las modificaciones realizadas en la obra, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

3 GML-FISM-10/17 Pavimentación de calle Prolongación EmilianoZapata, Puente Honda. $ 2,533,539

12. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación en la cual se precise lasolución para la atención del drenaje pluvial, obligación establecida en el artículo 4, párrafo segundo, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 03. Hidrología y drenajes, de las NTPENL. (Obs. 7.3)

NormativaRespuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 74/122

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que precise la solución para la atención del drenaje pluvial, previamente a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

13. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 7.4)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 75/122

del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente elcumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

14. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de tránsito quedeterminaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado, obligación establecida en el artículo 15, párrafo primero, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 01. Ingeniería de tránsito, de las NTPENL. (Obs. 7.5)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de tránsito que determinaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

15. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de geotecnia queestablecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California, obligación establecida en el artículo 17, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 02. Geotecnia, de las NTPENL. (Obs. 7.6)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 76/122

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de geotecnia que establecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

16. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero, segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto, y último, de las NTPENL. (Obs. 7.7)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 77/122

Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructurade pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la sección de pavimento seleccionado a partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

17. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 7.8)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

18. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 37, 43, 60, 70, párrafo quinto, 89 y 94, de la LCRPENL. (Obs. 7.9)

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 78/122

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas observadas.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

19. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero, 45, párrafo primero, 61, párrafo primero, 74, párrafo primero, 90, párrafos primero y segundo y 95, párrafos primero y segundo; en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 7.10)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de la obra Pavimentación de calle Prolongación Emiliano Zapata, Puente Honda".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un

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Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructurade pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

4 GML-FDM-02/17 Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre callesVictoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio Ordoñez, en la colonia La Petaca.

$ 2,107,289

20. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación en la cual se precise lasolución para la atención del drenaje pluvial, obligación establecida en el artículo 4, párrafo segundo, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 03. Hidrología y drenajes, de las NTPENL. (Obs. 8.4)

NormativaRespuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta,

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no se localizó la que precise la solución para la atención del drenaje pluvial, previamentea la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

21. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 8.5)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

22. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de tránsito quedeterminaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado, obligación establecida en el artículo 15, párrafo primero, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 01. Ingeniería de tránsito, de las NTPENL. (Obs. 8.6)

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Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de tránsito que determinaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

23. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de geotecnia queestablecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California, obligación establecida en el artículo 17, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 02. Geotecnia, de las NTPENL. (Obs. 8.7)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 82/122

Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por unProfesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de geotecnia que establecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

24. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero, segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto y último, de las NTPENL. (Obs. 8.8)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la sección de pavimento seleccionado a partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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25. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 8.9)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

26. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 37, 43, 60, 70, párrafo quinto, 89 y 94 (Para realizar el riego en cuestión, se empleará una emulsión asfáltica de rompimiento rápido. Para tal efecto se aplicará la Norma N-CMT-4-05-001/05), de la LCRPENL. (Obs. 8.10)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 84/122

calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco,entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

27. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero; 45, párrafo primero; 61, párrafo primero; 74, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo y 95, párrafos primero y segundo; en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 8.11)

Normativa

Respuesta"Se anexan dictámenes Técnicos de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267, de las obras Pavimentación de calles: 1) H. Treviño, entre calles Victoriano Torres y Francisco Villa; y 2) Lucio Blanco, entre calles Luis Tijerina y Plinio de Ordoñez, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de dos Expedientes de Recepción de Obra de fechas 13 y 14 de marzo de 2018, realizados por un Profesional Responsable, en el cual se señalan que no se efectuó un diseño de

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 85/122

la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de lanormatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

5 GML-FORTALECE-01/1 7 Pavimentación de calle Guillermo Prieto, entre la

calle Plinio de Ordoñez y avenida Las Américas, en la colonia La Petaca.

$ 1,997,245

28. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorioque comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación de los conceptos "Escarificado, disgregado, acamellonado del terreno natural, en material tipo I y II, 15 cm de espesor, mejorado con 5% de cal hidratada de primera en volumen homogenizado y compactada al 95% mínimo de P.V.S.M. Proctor Estándar, incluye: recolección y retiro de material mayor a 2" de diámetro, maquinaria, herramienta, pruebas de compactación con laboratorio calificado y agua y mano de obra", "Conformación, homogenizado, tendido y compactado para formación de capa subrasante con material seleccionado producto de banco compactada al 95% de su P.V.S.M., según prueba AASHTO ESTÁNDAR, en capa de 0.20 m de espesor, según especificaciones del diseño de pavimento, incluye suministro y acarreos de materiales, agua para homogenizado, equipo y herramienta, mano de obra y todo lo necesario para su correcta ejecución", "Base de 15 cm de espesor con material de caliza triturado con granulometría aprobada por un laboratorio calificado, consolidada, homogenizada y compactada al 95% de su P.V.S.M. Proctor, incluye: material, fletes, acarreos, maquinaria, herramienta, prueba de compactación por un laboratorio calificado por esta dependencia Agua y M.D. incluye abundamiento de análisis" y "Suministro, aplicación y compactación de carpeta de concreto asfáltico, calidad que cumpla con las normas de laboratorio de 4 cm de espesor compactos, al 95 % de su P.V.M. Marshall, aplicada en caliente, elaborada en planta, incluye: barrido mecánico de la superficie aplicación de riego de liga FR-3 o similar a razón de 1.5 lts/m², material, fletes, acarreos, maquinaria, equipo, herramienta, pruebas de laboratorio, agua y limpieza general de la obra", obligación establecida en el artículo 54, párrafo primero, de la LOPSRM, en relación con el artículo 132, fracción IV, del RLOPSRM. (Obs. 10.2)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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Respuesta"Se anexan pruebas de laboratorio de contrato GML-FORTALECE-01/17".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación de los conceptos terreno natural y base hidráulica, por lo que se solventa lo correspondiente a los mismos; sin embargo, en cuanto a las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación de los conceptos subrasante y carpeta de concreto asfáltico, no solventa, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, crear mecanismos de control que aseguren que las estimaciones cuenten con toda la documentación que acredite la procedencia del pago de los conceptos en ellas incluidos, la cual deberá ser aprobada y autorizada por la supervisión de obra, para que posteriormente se proceda al trámite del pago correspondiente; verificando previamente a la autorización, que los conceptos estimados se hayan ejecutado conforme a las cantidades y especificaciones contratadas.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

6 GML-FISM-11/17 Recarpeteo de calle Doctor Carlos García Rodríguez,

entre las calles Hidalgo y Jesús Ramal Garza, en la colonia Centro.

$ 1,492,676

29. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 13.4)

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 87/122

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

30. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero, segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto y último, de las NTPENL. (Obs. 13.5)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 88/122

Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructurade pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la sección de pavimento seleccionado a partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

31. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 13.6)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

32. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 70, párrafo quinto; 89 y 94, de la LCRPENL. (Obs. 13.7)

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

33. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 74, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo, en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 13.8)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 90/122

Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por unProfesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

34. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el estudio de evaluación para larehabilitación del pavimento, obligación establecida en el artículo 102, en relación con los artículos del 103 al 115, de la LCRPENL. (Obs. 13.10)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Recarpeteo de calle Dr. Carlos García Rodríguez entre Hidalgo y Jesús Ramal Garza".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 14 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó el estudio de evaluación para la rehabilitación del pavimento.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

7 GML-FDM-01/17 Pavimentación de calle Melchor Ocampo, entre las $ 1,298,373 calles Maclovio Herrera y H. Treviño, en la coloniaLa Petaca.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 91/122

35. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación en la cual se precise lasolución para la atención del drenaje pluvial, obligación establecida en el artículo 4, párrafo segundo, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 03. Hidrología y drenajes, de las NTPENL. (Obs. 14.4)

NormativaRespuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que precise la solución para la atención del drenaje pluvial, previamente a la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

36. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 14.5)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 92/122

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

37. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de tránsito quedeterminaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado, obligación establecida en el artículo 15, párrafo primero, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 01. Ingeniería de tránsito, de las NTPENL. (Obs. 14.6)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de tránsito que determinaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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38. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de geotecnia queestablecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California, obligación establecida en el artículo 17, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 02. Geotecnia, de las NTPENL. (Obs. 14.7)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los estudios de geotecnia que establecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California necesarios para el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

39. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero, segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto y último, de las NTPENL. (Obs. 14.8)

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Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la sección de pavimento seleccionado a partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, previo a la ejecución de la obra.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

40. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 14.9)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta,

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no se localizaron los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para lasvialidades.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

41. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 37, 43, 60, 70, párrafo quinto; 89 y 94, de la LCRPENL. (Obs.14.10)

Normativa

Respuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

42. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero; 45, párrafo primero; 61, párrafo primero; 74, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo; en relación con

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el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01.Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 14.11)

NormativaRespuesta"Se anexa dictamen Técnico de Ingeniería, Supervisión y Pavimentos - Ing. Juan Manuel Santos Hernández con cedula profesional 8104267 de la obra Pavimentación de calle Melchor Ocampo entre H. Treviño y Maclovio Herrera, Col. La Petaca".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del Expediente de Recepción de Obra de fecha 13 de marzo de 2018, realizado por un Profesional Responsable, en el cual se señala que no se efectuó un diseño de la estructura de pavimento previamente a su ejecución, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas observadas.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Inversión Pública en Bienes Propios

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

8 GML-FDE-01/17 Pavimentación de estacionamiento en UnidadDeportiva Ignacio Zaragoza, en la colonia Ignacio Zaragoza.

$ 2,657,584

43. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las pruebas de laboratorioque comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación de los conceptos "Escarificado, disgregado, acamellonado del terreno natural, en material tipo I y II, 15 cm de espesor, mejorado con 5% de cal hidratada de primera en volumen, homogenizado y compactada al 95% mínimo de P.V.S.M. Proctor estándar, incluye: recolección y retiro de material mayor a 2" de diámetro, maquinaria, herramienta, pruebas de compactación con laboratorio calificado y agua y mano de obra", "Conformación, homogenizado, tendido y compactado para formación de capa subrasante con material seleccionado producto de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 97/122

banco compactada al 95% de su P.V.S.M., según prueba AASHTO estándar, en capa de0.15 m de espesor, según especificaciones del diseño de pavimentos, incluye: suministro y acarreo de materiales, agua para homogenizado, equipo y herramienta, mano de obra y todo lo necesario para su correcta ejecución", "Base de 12 cm de espesor con material de caliza triturado con granulometría aprobada por un laboratorio calificado, consolidada, homogenizada y compactada al 95% del P.V.S.M. Proctor, incluye: material, fletes, acarreos, maquinaria, herramienta, prueba de compactación por un laboratorio calificado por esta dependencia Agua y M.D. incluye abundamiento de análisis" y "Suministro, aplicación y compactación de carpeta de concreto asfáltico, calidad que cumpla con las normas de laboratorio de 3 cm de espesor compactos, al 95% de su P.V.M. Marshall, aplicada en caliente, elaborada en planta, incluye: barrido mecánico de la superficie aplicación de riego de liga FR-3 o similar a razón de 1.5 lts/m², material, fletes, acarreos, maquinaria, equipo, herramienta, pruebas de laboratorio, agua y limpieza general de la obra", obligación establecida en el artículo 70, párrafos primero y segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 19.7)

NormativaRespuesta"Se anexan pruebas de laboratorio de Pruebas y Resistencia en concreto, SA de CV".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de las pruebas de laboratorio que comprueban el cumplimiento del porcentaje de compactación de las capas terreno natural, subrasante y base hidráulica, para las cuales se solventa lo correspondiente a las mismas; sin embargo, en cuanto a la capa de carpeta de concreto asfáltico, se adjunta solo un informe de control que muestra sus propiedades, sin adjuntar las pruebas de laboratorio que comprueben el cumplimiento del porcentaje de compactación, por lo tanto, no se acredita el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

DESARROLLO URBANO

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Desarrollo Urbano, fueroncomunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEM-MU31-ADU052/2018-TE, al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

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notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndoselas mismas dentro del plazo otorgado.

De un total de ingresos por concepto de derechos en desarrollo urbano por un importe de $2,864,920se seleccionaron $2,288,907 que representan un 80%, revisando la gestión financiera de los ingresos registrados por concepto del otorgamiento de licencias urbanísticas, así como la revisión de los procesos de modificación sobre los planes, reglamentos municipales, programas de desarrollo urbano y zonificación, a fin de verificar la observancia de la legislación aplicable a saber: Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (en adelante LDUNL), Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León (en adelante LHM), Ley de Ordenamiento Territorial de Asentamientos Humanos de Desarrollo Urbano de Nuevo León (en adelante LOTAHDUNL) y Plan de Desarrollo Urbano del municipio de Linares, Nuevo León (en adelante PDUMLNL).

De la citada revisión se detectaron observaciones en las licencias urbanísticas, mismas que, referenciadas con la denominación de la licencia, la descripción y su importe del ingreso expresado en pesos que se registró durante el ejercicio para las mismas, se detallan a continuación:Ref. Expediente o Tipo de Licencia Registrado

No. de Oficio en el 20171 F58/14 Aprobación del proyecto ejecutivo para un

fraccionamiento industrial, de tipo industrial pesado, denominado Parque Industrial Linares 3ª Etapa.

2 DU-OF-15-18-1483 Autorización de la licencia de diversos anunciosclasificación tipo "C" (Electrónicos), ubicados en distintos lugares del Municipio de Linares Nuevo León.

3 DU-LUE-1110/17 Autorización de licencia de uso de edificación, parabodega y almacén, ubicado en la colonia Parque Industrial.

4 DU-LUE-1077/17 Autorización de licencia de uso de edificación, paraservicios mortuorios (capilla de velación), ubicada en la colonia Centro.

5 DU-LUE-1163/17 Autorización de licencia de uso de edificación yampliación de construcción para tienda departamental y banco, ubicados en la colonia Centro.

6 F63-FL-1198/17 Aprobación de factibilidad de fraccionar, urbanizar elsuelo y lineamientos generales de diseño urbano, para el desarrollo de un fraccionamiento de tipo habitacional de urbanización inmediata, denominado Las Colinas.

$ 1,000,000

$ 108,000

$ 32,328

$ 31,692

$ 26,545

$ 12,418

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7 DU-SFR-55/17 Autorización de la licencia de subdivisión de un predio $ 9,512 para quedar en 3-tres lotes resultantes y un área decamino, ubicado en Hacienda el Popote.

8 F61-FL-925/17 Aprobación de factibilidad de fraccionar, urbanizar el $ 6,583 suelo y lineamientos generales de diseño urbano, parael desarrollo de un fraccionamiento de tipo habitacional de urbanización inmediata denominado Residencial Nogalar 2º Sector 2ª Etapa.

9 F24/07 Aprobación de la modificación del proyecto urbanístico $ 6,183 para un fraccionamiento habitacional de urbanizacióninmediata, denominado El Quijote.

10 DU-SFR-1513/17 Autorización de la licencia de subdivisión de un predio $ 3,362 para quedar en 2-dos lotes resultantes y un área decamino, ubicado en el Ejido El Brasil.

11 DU-LUE-1192/17 Autorización de la licencia de uso de edificación $ 1y ampliación de construcción para casa de reposo, ubicada en la colonia La Amistad.

DESARROLLO URBANO

DERECHOS

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

1 F58/14 Aprobación del proyecto ejecutivo para un fraccionamiento industrial, de tipo industrial pesado, denominado Parque Industrial Linares 3ª Etapa.

$ 1,000,000

44. No se localizó, ni fue exhibida durante la auditoría, la copia del proyecto urbanístico con lossellos de aprobación correspondientes, obligación establecida en el artículo 252, fracción IlI, de la LDUNL. (Obs. 1.1).

NormativaRespuesta"Se anexa copia certificada del Proyecto Urbanístico del fraccionamiento Parque Industrial Linares 3° sector.

Solicitando sea solventada la observación"

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de oficio DU-OF-15-18-072 correspondiente a acta aclaratoria de fecha 15 de enero de 2016, recibo oficial de pago por un importe de $7,808.00 de fecha 24 de abril de 2015 y acuerdo de autorización del proyecto urbanístico con número de oficio DU-FL-1215-08 de fecha 24 de abril de 2015, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la observación en referencia se está solicitando el proyecto urbanístico del fraccionamiento con los sellos de aprobación de las autoridades correspondientes, acorde a lo establecido en el artículo 252, fracción III de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

45. No se localizó, ni fue exhibido durante la auditoría, el avalúo catastral, obligación establecidaen el artículo 252, fracción VII, de la LDUNL. (Obs. 1.4).

NormativaRespuestaSe anexa copia certificada del avalúo catastral del año 2018.

Solicitando sea solventada la observación

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizaron los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de avalúo catastral del expediente número 15-001-031 de fecha 14 de agosto de 2018, los cuales solventan el carácter normativo de la observación; sin embargo, en cuanto al control interno no se solventa, debido a que no se había realizado de conformidad con lo establecido en la Ley señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 101/122

En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que aseguren que, las licenciasotorgadas hayan cumplido con los requisitos que señalen las leyes, planes y reglamentos correspondientes.

46. No se localizaron, ni fueron exhibidos durante la auditoría, los convenios de aportación conAgua y Drenaje de Monterrey I.P.D. y Comisión Federal de Electricidad (C.F.E.), obligación establecida en el artículo 252, fracción X, de la LDUNL. (Obs. 1.5).

NormativaRespuestaSe anexa copia certificada de la carta compromiso.

Solicitando sea solventada la observación

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio número 09/01/2016/OROMA de fecha 26 de enero de 2016 referente a carta compromiso por parte de Banca Afirme S.A.I. de Banca Múltiple Fideicomiso número 68516, en el cual dicha institución se compromete a proporcionar en un plazo "razonable" los convenios de Agua y Drenaje de Monterrey I.P.D. y de Comisión Federal de Electricidad (C.F.E.), no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjuntan tales convenios, acorde a lo establecido en el artículo 252, fracción X, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

47. No se localizó, ni fue exhibido durante la auditoría, el estudio de mecánica de sueloscon diseño de pavimentos elaborado por institución, asociación o laboratorio reconocidos, obligación establecida en el artículo 252, fracción XI, de la LDUNL. (Obs. 1.6).

Normativa

RespuestaSe anexa copia certificada de la Mecánica de Suelo.

Solicitando sea solventada la observación.

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de carta sin número de oficio de fecha 03 de abril de 2014, emitida por la empresa Holcim y dirigida al Coordinador de Soluciones Integrales de la empresa ACI Concrete Flatwork Technician Certification ID #01063513, en la cual se pone a consideración un documento adjunto relacionado con el diseño de pavimentos para el Parque Industrial Linares, así como también se adjunta estudio de mecánica de suelos elaborado por la empresa Perforaciones y Estudios de Suelos S.A., los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que la empresa que elaboró el estudio no se encontraba certificada por la Secretaría de Desarrollo Sustentable en noviembre de 2014, fecha en que fue elaborado dicho estudio.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

2 DU-OF-15-18-1483 Autorización de la licencia de diversos anunciosclasificación tipo "C" (Electrónicos), ubicados en distintos lugares del Municipio de Linares Nuevo León.

$ 108,000

La observación es aplicable a los siguientes expedientes administrativos:

Expediente Tipo de Licencia Importe DU-OF-15-18-1483 Autorización de la licencia de diversos anuncios clasificación tipo $ 108,000

C [Electrónicos], ubicados en distintos lugares del Municipio deLinares Nuevo León.

DU-LA-15-18-918 Autorización de la licencia de diversos anuncios clasificación tipo B 37,400 y C [Electrónicos], ubicados en la Colonia Centro.

DU-OF-15-18-1484 Autorización de la licencia de diversos anuncios clasificación tipo 18,000 C [Electrónicos], ubicados en distintos lugares del Municipio deLinares Nuevo León.

48. No se localizó, ni fue exhibido durante la auditoria, el cálculo estructural avalado por elDirector Responsable de la Obra, requisito establecido en el artículo 18, fracción VI, delRAMLNL. (Obs. 3.1).

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 103/122

Normativa

RespuestaAclaración: DU-OF-15-18-1483 Y DU-OF-15-18-1484.

Las autorización de la Licencia de Anuncios denominados Electrónicos que pertenecen a la empresa denominada Cadena Comercial Oxxo S.A de C.V. no se les requirió el cálculo estructural avalado por el Director Responsable de la Obra, ya que estos anuncios no son licencia nuevas sino más bien renovaciones, ya que dichos anuncios tienen más de 5 años ya instalados y solo pagan renovación de la Licencia cada año. Fundamento establecido en el art. 64 fracción V. de la Ley de Hacienda Pública para los municipios del Estado de Nuevo León. (Este derecho se cubrirá anualmente, dentro del mes de Marzo de cada año, o en su caso, antes de la obtención de la licencia y de la instalación del anuncio.)

Solicitando sea solventada la observación.

DU-LA-15-18-918. Se anexan copias certificadas del cálculo estructural avalado por el Director Responsable de la Obra.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn cuanto a las licencias DU-OF-15-18-1483 y DU-OF-15-18-1484 se analizaron los argumentos presentados los cuales aclaran el cumplimiento de la normatividad señalada, y en cuanto a la licencia DU-LA-15-18-918 se analizaron los argumentos y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de los diseños y las especificaciones para los anuncios correspondientes a dicha licencia, los cuales solventan parcialmente la observación detectada, esto en razón de que no se adjunta el documento correspondiente al cálculo estructural de los mismos, avalado por el Director Responsable de la Obra, acorde a lo establecido en el artículo 18, fracción VI, del RAMLNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o Tipo de Licencia RegistradoNo. de Oficio en el 2017

3 DU-LUE-1110/17 Autorización de licencia de uso de edificación, para $ 32,328 bodega y almacén, ubicado en la colonia ParqueIndustrial.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 104/122

49. En la revisión del expediente en referencia, se detectaron pagos por concepto delincremento del 105% por regularización de la licencia de uso de edificación, así como del adicional por metro cuadrado de construcción, no localizando ni siendo exhibido durante la auditoría, el ingreso por concepto de multa por ocupar el predio sin contar con las licencias correspondientes, obligación establecida en el artículo 342, fracción I, inciso b), de la LDUNL. (Obs. 5.1).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio DU-0F-15-18-2229 se señala fecha de audiencia para multa otorgada.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-0F-15-18-2229 de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano informa al contribuyente el inicio del procedimiento administrativo en relación a la sanción correspondiente y otorgarle su derecho de audiencia, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe la aplicación de dicha sanción, acorde a lo establecido en el artículo 342, fracción I, incisob) de la LDUNL.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

4 DU-LUE-1077/17 Autorización de licencia de uso de edificación, paraservicios mortuorios (capilla de velación), ubicada en la colonia Centro.

$ 31,692

50. En la revisión de la tramitación urbanística de la licencia objeto de estudio, se observa elincumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VII, de la LDUNL, esto en razón de que en el PDUMLNL, señala para servicios mortuorios, un cajón de estacionamiento por cada 20 m² de construcción, por lo que para una superficie de 706.84 m², se requieren

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 105/122

35 cajones de estacionamiento y el proyecto presenta solo 20 cajones, generando unadiferencia de 15 cajones, tal como se detalla a continuación: (Obs. 6.1).

TIPO DE AREA A CONSIDERAR PARA CALCULO SUPERFICIE DE CONSTRUCCION

EN M²Área común 255.561.00 150.97Cafetería 55.12Sala familiar 27.742.00 106.66Cafetería 2 52.90Sala familiar 29.01Administración 28.88Total 706.84Requerimiento de cajones por m² de construcción 1 por cada 20Total de cajones requeridos 35Total de cajones en proyecto 20Cajones faltantes 15

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del proyecto de estacionamiento solicitado.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizaron los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de proyecto de estacionamiento faltante para la licencia en referencia, con los cual se solventa lo correspondiente al carácter normativo de la observación; sin embargo, en cuanto al control interno no se solventa, debido a que no se había realizado de conformidad con lo establecido en la Ley señalada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 106/122

En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que aseguren que, las licencias otorgadas hayan cumplido con los requisitos que señalen las leyes, planes y reglamentos correspondientes.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

5 DU-LUE-1163/17 Autorización de licencia de uso de edificación

y ampliación de construcción para tienda departamental y banco, ubicados en la colonia Centro.

$ 26,545

51. En la revisión de la tramitación urbanística de la licencia objeto de estudio, se observa elincumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VII, de la LDUNL, esto en razón de que en el PDUMLNL, señala para tiendas de departamentos, un cajón de estacionamiento por cada 25 m² de construcción, por lo que para una superficie de construcción de 931.08 m², se requieren 37 cajones de estacionamiento y el proyecto presenta solo 11 cajones, generando una diferencia de 26 cajones, tal como se detalla a continuación: (Obs. 7.1).

TIPO DE AREA A CONSIDERAR PARA CALCULO SUPERFICIE DE CONSTRUCCION

EN M²Area de exhibición 823.55Banco 83.49Empeño 24.04Total 931.08Requerimiento de cajones por m² de construcción 1 por cada 25Total de cajones requeridos 37Total de cajones en proyecto 11Cajones faltantes 26

NormativaRespuestaSe anexan copias certificadas del oficio de fecha 13 de Agosto del año en curso - sobre requerimiento de 26 cajones.

Solicitando sea solventada la observación.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 107/122

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio sin número de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano notifica al contribuyente la diferencia de cajones faltantes exhortando a cumplir con ello, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta el documento que compruebe que se haya cumplido con la observación en referencia, acorde a lo establecido en el artículo 228, fracción VII, de la LDUNL y el PDUMLNL en relación al requerimiento de cajones de estacionamiento por m².

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

52. No se localizaron, ni fueron exhibidos durante la auditoría, las memorias correspondientescon la responsiva otorgada por perito o peritos, con el carácter de director responsable de la obra o corresponsables, obligación establecida en el artículo 288, fracción II, de la LDUNL. (Obs. 7.2).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio de fecha 13 de Agosto del año en curso - sobre el requerimiento de las memorias correspondientes con la responsiva otorgada por perito.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio número DU-OF-15-18-2231 de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano notifica al contribuyente el incumplimiento normativo detectado, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjuntan a su respuesta las memorias correspondientes con la responsiva otorgada por perito o peritos,

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 108/122

con el carácter de director responsable de la obra o corresponsables, acorde a lo establecidoen el artículo 288, fracción II, de la LDUNL.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

53. En la revisión del expediente en referencia, se detectaron pagos por concepto delincremento del 105% por regularización de la licencia de uso de edificación, así como del adicional por metro cuadrado de construcción, no localizando ni siendo exhibido durante la auditoría, el ingreso por concepto de multa por ocupar el predio sin contar con las licencias correspondientes, obligación establecida en el artículo 342, fracción I, inciso b), de la LDUNL. (Obs. 7.3).

Normativa

RespuestaSe anexan copia certificada del oficio DU-OF-15-18-2230. De fecha 13 de Agosto del año en curso - se señala fecha de audiencia para multa otorgada.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-0F-15-18-2230 de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano informa al contribuyente el inicio del procedimiento administrativo en relación a la sanción correspondiente y otorgarle su derecho de audiencia, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe la aplicación de dicha sanción, acorde a lo establecido en el artículo 342, fracción I, incisob) de la LDUNL.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 109/122

54. No se localizó, ni fue exhibido durante la auditoría, el pago por concepto de examen yaprobación de planos, por un monto de $3,001.47, de conformidad con lo establecido en el artículo 52, fracción I, inciso a), de la LHM, tal como se detalla a continuación: (Obs. 7.4).

Artículo Concepto ConstrucciónFactor de Valor Importeautorizada Cuota de según Ley

en m² Cuota52,fracción Examen y 260.55 0.1526 75.49 $ 3,001.47 I, inciso a] aprobación

de planos

Económica - Monto no solventado $3,001RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio de fecha 10 de Agosto del año en curso - sobre requerimiento del pago de $ 3,001.47 pesos por aprobación de planos.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio sin número de fecha 10 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano requiere el pago por un importe de $3,001.47 al contribuyente en cuestión y orden de pagos por un total de $26,545.00 con número de folio 1042 de fecha 12 de junio de 2017, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta el pago del derecho señalado, acorde a lo establecido en el artículo 52, fracción I, inciso a), de la LHM.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

Ref. Expediente o Tipo de Licencia RegistradoNo. de Oficio en el 2017

6 F63-FL-1198/17 Aprobación de factibilidad de fraccionar, urbanizar $ 12,418 el suelo y lineamientos generales de diseñourbano, para el desarrollo de un fraccionamiento de tipo habitacional de urbanización inmediata, denominado Las Colinas.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 110/122

55. No se localizó, ni fue exhibida durante la auditoría, la factibilidad para contar con el serviciode transporte público, la cual deberá ser otorgada por la Autoridad Estatal en materia de transporte urbano, obligación establecida en el artículo 204, fracción XI, de la LDUNL. (Obs. 8.1).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio de fecha 13 de Agosto del año en curso - sobre requerimiento de Factibilidad de transporte público.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio sin número de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano requiere el documento señalado al contribuyente en cuestión, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta la factibilidad para contar con el servicio de transporte público, otorgada por la Autoridad Estatal en materia de transporte urbano, acorde a lo establecido en el artículo 204, fracción XI, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

7 DU-SFR-55/17 Autorización de la licencia de subdivisión de unpredio para quedar en 3-tres lotes resultantes y un área de camino, ubicado en Hacienda el Popote.

$ 9,512

56. Se revisó la tramitación urbanística correspondiente a la autorización de una subdivisión,observando que se contraviene con lo establecido en el artículo 221, fracción I, de la LDUNL, debido a que el lote resultante identificado como lote 2, no cuenta con frente a una vía pública, ya que el camino que se registra en el plano del trámite que nos ocupa, no debió ser considerado como vía pública, esto en razón de que no se presenta el trámite urbanístico que acredite la legalidad del mismo, ni se encuentra contemplado en el plan y programa de desarrollo urbano, tal como se establece en el artículo 159, fracción II, de la citada Ley;

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 111/122

además, es de mencionar que para la apertura, prolongación y ampliación de carreteras,autopistas y libramientos, vías principales de acceso controlado, vías arteriales y colectoras, no previstas en los respectivos planes y programas de desarrollo urbano, será necesaria la formulación y aprobación de un programa parcial de desarrollo urbano que las contemple, así como de los derechos de vía, la obra en cuestión y los efectos y consecuencias que tenga en su zona de influencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 163, de la multicitada Ley. (Obs. 9.1).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio DU-15-18-2234 de fecha 15 de Agosto del 2018, cancelación de licencia de subdivisión.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-15-18-2234 de fecha 15 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano informa al contribuyente la cancelación del trámite de subdivisión del predio con número de expediente catastral 12-000-013 a nombre de Manuel Lara Méndez, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe el procedimiento y cancelación correspondiente para dicho trámite, además de que tal documento hace evidente que la Autoridad Municipal autorizó el proyecto de subdivisión sin cumplir con la normatividad señalada en el artículo 221, fracción I, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o Tipo de Licencia RegistradoNo. de Oficio en el 2017

8 F61-FL-925/17 Aprobación de factibilidad de fraccionar, urbanizar $ 6,583 el suelo y lineamientos generales de diseño urbano,para el desarrollo de un fraccionamiento de tipo habitacional de urbanización inmediata denominado Residencial Nogalar 2º Sector 2ª Etapa.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 112/122

57. No se localizó, ni fue exhibida durante la auditoría, la factibilidad para contar con el serviciode transporte público, la cual deberá ser otorgada por la Autoridad Estatal en materia de transporte urbano, obligación establecida en el artículo 204, fracción XI, de la LDUNL. (Obs. 10.1).

Normativa

RespuestaSe anexa copia certificada del oficio de fecha 13 de Agosto del año en curso - sobre requerimiento de Factibilidad de transporte público.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio sin número de fecha 13 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano requiere el documento señalado al contribuyente en cuestión, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta la factibilidad para contar con el servicio de transporte público, otorgada por la Autoridad Estatal en materia de transporte urbano, acorde a lo establecido en el artículo 204, fracción XI, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o No. de Oficio

Tipo de Licencia Registradoen el 2017

9 F24/07 Aprobación de la modificación del proyecto urbanístico para un fraccionamiento habitacional de urbanización inmediata, denominado El Quijote.

$ 6,183

58. Se revisó la tramitación urbanística correspondiente al proyecto urbanístico para unfraccionamiento de tipo habitacional de urbanización inmediata, observando que al otorgar la licencia en referencia, se contraviene con las vigencias para las licencias de desarrollo urbano, establecidas en el artículo 144 BIS, fracción II, inciso a), de la LOTAHDUNL, esto en razón de que la licencia objeto de estudio, identificada mediante el Expediente F24/07, fue autorizada en fecha 22 de marzo de 2017, siendo que el antecedente inmediato anterior fue la aprobación de la factibilidad, lineamientos y proyecto urbanístico, identificado con el

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 113/122

Expediente F24/07, con fecha de autorización del 05 de Diciembre de 2007, derivado de loanterior, se concluye que el antecedente inmediato aludido perdió su vigencia de tres años establecida en dicho precepto, debido a que no presentó continuidad en los trámites de las etapas subsecuentes para la urbanización del suelo.

En consecuencia, de dichos actos, se requiere a esa entidad para efecto de que, en el término definido en el presente oficio, informe a esta Auditoría las acciones a implementar para solventar la observación detectada. (Obs. 12.1).

NormativaRespuestaSe anexan copias certificadas del oficio DU-15-18-2237 de fecha 15 de Agosto del año en curso - sobre requerimiento de y suspensión.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-15-18-2237 de fecha 15 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano informa al contribuyente la suspensión inmediata de toda obra o acción realizada en el o los predios involucrados y solicita presentarse ante dicha dependencia para resolver la situación en cuestión, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe las acciones correspondientes que el Municipio haya ejercido para subsanar la irregularidad detectada, no obstante tal documento hace evidente que la Autoridad Municipal autorizó el proyecto del fraccionamiento sin cumplir con la normatividad señalada en el artículo 144 BIS, fracción II, inciso a), de la LOTAHDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que aseguren que, las licencias otorgadas hayan cumplido con las vigencias que señalen las leyes, planes y reglamentos correspondientes.

Page 117: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 114/122

Ref. Expediente o Tipo de Licencia RegistradoNo. de Oficio en el 2017

10 DU-SFR-1513/17 Autorización de la licencia de subdivisión de un $ 3,362 predio para quedar en 2-dos lotes resultantes y unárea de camino, ubicado en el Ejido El Brasil.

59. Se revisó la tramitación urbanística correspondiente a la autorización de una subdivisión,observando que se contraviene con lo establecido en el artículo 221, fracción I, de la LDUNL, debido a que los lotes resultantes, no cuentan con frente a una vía pública, ya que el polígono de vialidad que se registra en el plano del trámite que nos ocupa, no debió ser considerado como vía pública, esto en razón de que no se presenta el trámite urbanístico que acredite la legalidad del mismo, ni se encuentra contemplado en el plan y programa de desarrollo urbano, tal como se establece en el artículo 159, fracción II, de la citada Ley; además, es de mencionar que para la apertura, prolongación y ampliación de carreteras, autopistas y libramientos, vías principales de acceso controlado, vías arteriales y colectoras, no previstas en los respectivos planes y programas de desarrollo urbano, será necesaria la formulación y aprobación de un programa parcial de desarrollo urbano que las contemple, así como de los derechos de vía, la obra en cuestión y los efectos y consecuencias que tenga en su zona de influencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 163, de la multicitada Ley. (Obs. 14.1).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio DU-15-18-2236 de fecha 15 de Agosto del 2018, cancelación de licencia de subdivisión.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-15-18-2236 de fecha 15 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano informa al contribuyente la cancelación del trámite de subdivisión del predio con número de expediente catastral 19-000-227 a nombre de Jorge Luis Lozano Lozano, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe el procedimiento y cancelación correspondiente para dicho trámite, además de que tal documento hace evidente que la Autoridad Municipal autorizó el

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 115/122

proyecto de subdivisión sin cumplir con la normatividad señalada en el artículo 221, fracciónI, de la LDUNL.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Expediente o Tipo de Licencia RegistradoNo. de Oficio en el 2017

11 DU-LUE-1192/17 Autorización de la licencia de uso de edificación y $ 1ampliación de construcción para casa de reposo, ubicada en la colonia La Amistad.

60. No se localizaron, ni fueron exhibidos durante la auditoría, las memorias correspondientescon la responsiva otorgada por perito o peritos, con el carácter de director responsable de la obra o corresponsables, obligación establecida en el artículo 288, fracción II, de la LDUNL. (Obs. 15.1).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio de fecha 13 de Agosto del 2018, sobre requerimiento de las memorias de cálculo correspondientes.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de oficio sin número de fecha 13 de agosto de 2018 mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano notifica al contribuyente el incumplimiento normativo detectado, y acuerdo de la licencia de edificación en referencia, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjuntan a su respuesta las memorias correspondientes con la responsiva otorgada por perito o peritos, con el carácter de director responsable de la obra o corresponsables, acorde a lo establecido en el artículo 288, fracción II, de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Page 119: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 116/122

61. En la revisión del expediente en referencia, se detectaron pagos por concepto delincremento del 105% por regularización de la licencia de uso de edificación, así como del adicional por metro cuadrado de construcción, no localizando ni siendo exhibido durante la auditoría, el ingreso por concepto de multa por ocupar el predio sin contar con las licencias correspondientes, obligación establecida en el artículo 342, fracción I, inciso b), de la LDUNL. (Obs. 15.3).

Normativa

RespuestaSe anexan copias certificadas del oficio DU-OF-15-18-2239, de fecha 14 de agosto del 2018, se señala fecha de audiencia para multa otorgada.

Solicitando sea solventada la observación.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la observación detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del oficio DU-0F-15-18-2239 de fecha 14 de agosto de 2018, mediante el cual el Coordinador de Desarrollo Urbano informa al contribuyente el inicio del procedimiento administrativo en relación a la sanción correspondiente y otorgarle su derecho de audiencia, los cuales no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el documento que compruebe la aplicación de dicha sanción, acorde a lo establecido en el artículo 342, fracción I, inciso b) de la LDUNL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Page 120: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 11

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VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

No se recibieron solicitudes del H. Congreso del Estado relacionadas con la Cuenta Pública cuya revisión se informa.

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado.

Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2016 (en adelante IDR 2016), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.

SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINANCUENTAS PÚBLICAS 2012, 2013, 2014 , 2015 y 2016

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2012

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR).

Gestión Financiera 19*

Obra Pública 4

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 86*

Interposición de Denuncias Penales (IDP) 10Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 6*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 1*

Informe a la Auditoria Superior de la Federación (IASF) 12*Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 53*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 191

2013

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 46*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 7*

Informe a la Auditoria Superior de la Federación (IASF) 11*

Page 121: Dictamen del Auditor · Web viewLa información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 11

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 19*Total de acciones y recomendaciones emitidas 83

2014

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 39

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 8*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 17*Recomendaciones al Desempeño (RD) 10*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 74

2015

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR).

Obra Pública 5

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 164*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 1*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 1*

Informe a la Auditoria Superior de la Federación (IASF) 14*Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 73*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 258

2016

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR).

Obra Pública 1

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 69

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 6Total de acciones y recomendaciones emitidas 76

Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2016, presentado al H. Congreso del Estado el día 28 de noviembre de 2017.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 11

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DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (NO SE INCLUYEN LAS COMUNICADASCOMO CONCLUIDAS EN EL IDR 2016)

AL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2018

a) Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cuenta Pública

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva To

tal

de

Obs

erva

on

es

Fech

a d N

otifi

ca

n

Monto de los Posibles

daños o perjuicios

Estado en la ASENL

2012

ASENL-PPR- CP2012-OP-MU31- 017/2013

Obra Pública 4 28-oct-13 $117,856 Concluido

Total de Observaciones 23

2015

ASENL-PPR- CP2015-OP-MU31- 028/2016

Obra Pública 5 22-nov-16 $352,006 En trámite

Total de Observaciones 5

2016

ASENL-PPR- CP2016-OP-MU31- 015/2017

Obra Pública 1 08-dic-17 $51,507 Concluido

Total de Observaciones 1Montos expresados en pesos.

La información relativa a la resolución del pliego indicado como concluido, se muestra a continuación:PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cue

nta

Púb

lica

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva

Monto de los posibles daños o

perjuicios

Sentido de la Resolución o Dictamen Técnico de Auditoría

Monto Desvirtuado

Monto Resarcido

MontoNo Justificado Determinación

2012

ASENL- PPR- CP2012- OP- MU31- 017/2013

Obra Pública

$117,856 $0 $0 $117,856

Se determinó iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

2016

ASENL- PPR- CP2016- OP- MU31- 015/2017

Obra Pública

$51,507 $0 $51,507 $0

Se determinó no iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS

Cue

nta

Púb

lica Número

de Pliego

Número de Expediente

Monto de daños o

perjuicios

Resolución del ProcedimientoEstado que Guarda el

Procedimiento

Fecha de Resolución

Sentido de la Resolución

Monto Indemni

de zación

2012 ASENL- PPR- CP2012- OP-

ASENL-CP2012- MU31-FIRES-

043/2017$76,051.80 Concluido 22-sep-2017

Inexistencia de Responsabilidad

Resarcitoria$0.00

A través de estos instrumentos se le comunican al ente fiscalizado, aquellas observaciones que contienen irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños o perjuicios a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen datos de identificación y localización de los presuntos responsables, para en su caso, dar inicio al procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 120/1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

MU31- 017/2013

ASENL-CP2012- MU31-FIRES-

048/2017$41,804.61 Concluido 22-sep-2017

Inexistencia de Responsabilidad

Resarcitoria

$0.00

El procedimiento tiene por finalidad determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad resarcitoria, fijar en cantidad líquida del monto del daño causado a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, y en su caso fincar a los servidores públicos o particulares, la indemnización y sanción correspondiente.

b) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA)

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Cuenta Pública

Datos de la PromociónÚltimo informe de acciones implementadas y

resultados obtenidos en atención a la Promoción formulada por la ASENL

Observaciones Objeto de la Promoción

Oficio de Promoción

Autoridad ante la cual se formuló la

PFRA

Número de OficioFecha en que se

recibió el Informe de atención a promoción

2016 69ASENL-PFRA- CP2011-MU31-

1206/2015

Presidente Municipal S.P.3082-2015-2018 17-may-18

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS

Cuenta Pública Informe de la Autoridad

Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción

Estado

Servidores Públicos sancionados

(cargo en el período de la irregularidad)

Sanciones impuestas

2016 Se acordó iniciar procedimiento, mismo que se encuentra en etapa de investigación En Trámite

c) Interposición de Denuncias Penales (IDP)

INTERPOSICIÓN DE DENUNCIA PENAL

Cuenta Pública

Número de denuncia

Fecha de Interposición de la denuncia ante el Agente

del Ministerio Público

Unidad de Investigación a la que se remite la Denuncia Número de Carpeta de investigación

2012 1610/2014- CODE1 18-ago-14 Unidad de Investigación

Linares 90/2014-UI1LIN

SEGUIMIENTO SOBRE EL ESTADO QUE GUARDA LA DENUNCIA PENALNúmero de Oficio de

Solicitud de Informe al Procurador General de

Fecha de Notificación

Número de oficio de Respuesta

Fecha de Recepción Estado en la PGJ

JusticiaASENL-UAJ-AGE-

1568/2018 19-sep-18 En espera de la respuesta de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León

Esta acción tiene por objeto promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 12

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

SEGUIMIENTO SOBRE EL ESTADO QUE GUARDA LA DENUNCIA PENALNúmero de Oficio de

Solicitud de Informe al Procurador General

de Justicia

Fecha de Notificación

Número de oficio de Respuesta

Fecha de Recepción Estado en la PGJ

Acción mediante la cual la Auditoría Superior del Estado presenta previa autorización del H. Congreso del Estado, una denuncia en los términos de la legislación penal en el Estado de Nuevo León, respecto de hechos conocidos con motivo de los trabajos de revisión de las cuentas públicas, que pudieran implicar la comisión de un delito imputable a un servidor público o a un particular, por actos u omisiones en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o actividad.

d) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG)

RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO

Cuenta Pública Oficio de Recomendaciones

Fecha Notificación

Fecha Respuesta por el Ente

PúblicoEstado en la ASENL

2016 ASENL-RG-CP2016- MU31-031/2017 07-dic-17 17-ene-18 Concluido

Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:RECOMENDACIONES

Cue

nta

P

úbli

ca

Materia EmitidasAtendidas por el Ente Público

No atendidas (Sin respuesta del

Ente Público)Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

2016

Recomendaciones a la gestión o control internoGestión Financiera 1 1 0 0 0 0

Obra Pública 5 5 0 0 0 0Total 6

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 12

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Linares, Nuevo

Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León

LIC. JESÚS MENDOZA URIBEAuditor Especial de Municipios

C.P. ELIUD ROBERTO GARZA ARIZPEDirector General de Auditoría

ARQ. JOSÉ MARÍA RUÍZ MARTÍNEZDirector de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano

C.P. JORGE ALBERTO CASTRO GASPARDirector de Auditoría (Gestión Financiera)

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