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Marco lógico para el Componente II

Objetivo:

Impulsar la Ordenación forestal aplicando técnicas silvícolas que permitan alcanzar la

máxima productividad de los bosques conservando la biodiversidad.

Indicadores:

2.1. Superficie reordenada para transformar la silvicultura

que contemplen tratamientos silvícolas intensivos y

prácticas de conservación de la biodiversidad.

2.2. Superficie incorporada a manejo forestal con objetivos

de silvicultura intensiva y prácticas de conservación de

la biodiversidad

2.3. Superficie bajo manejo forestal ejecutando acciones

de intensificación de la silvicultura y prácticas para la

conservación de la biodiversidad

2.4. Superficie forestal certificada incluyendo la

participación de instrumentos nacionales e

internacionales (ATP, NMX, FSC y PEFC)

2.5. Implementación de un sistema de monitoreo silvícola,

ambiental y de conservación de la biodiversidad

Metas:

Superficie de 4.6 millones de hectáreas con

prescripción de tratamientos silvícolas

intensivos

180,000 ha incorporadas al manejo forestal

1.2 millones de hectáreas ejecutando

acciones de intensificación de la silvicultura y

prácticas para la conservación de la

biodiversidad.

2.4 millones de ha certificadas

Sistema de monitoreo implementado en las

zonas de reactivación de la silvicultura

Conjunto de disposiciones jurídicas que norman el

aprovechamiento forestal, establecimiento de

plantaciones, transporte, almacenamiento y

transformación de materias primas forestales,

saneamiento, importación y exportación de productos

forestales, dentro del régimen de libertades y

competencias que establece la Constitución.

Ordenamientos directos

– Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

– Acuerdos internacionales

– Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (25/Feb/03)

– Reglamento de la LGDFS (21/feb/05)

Ordenamientos complementarios o supletorios

– Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA)

– Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al

Ambiente (LGEEPA)

– Ley General de Vida Silvestre (LGVS)

– Ley Agraria (LA)

– Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del

Impacto Ambiental

– Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas

Naturales Protegidas

– Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

– Decretos

– Acuerdos (Presidenciales, Secretariales)

Conjunto de facultades o atribuciones que el orden

jurídico confiere a un órgano administrativo.

• Facultades (Qué órgano administrativo)

• Atribuciones (Quién dentro del órgano administrativo)

1. Su ejercicio es obligatorio

2. Es indisponible (no puede renunciarse ni comprometerse)

3. Tiene su origen a nivel constitucional, legal, reglamentario

y por delegación.

CAPITULO I. Del Objeto y Aplicación de la Ley

CAPITULO II. De la Terminología empleada en esta Ley

CAPITULO I. Del Servicio Nacional Forestal

CAPITULO II. De la Distribución de Competencias en Materia Forestal

Sección 1. De las Atribuciones de la Federación

Sección 2. De las Atribuciones de los Estados y del Distrito Federal

Sección 3. De las Atribuciones de los Municipios

CAPITULO III. Del Sector Público Federal Forestal

Sección 1. De las Atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y

Recursos Naturales en Materia Forestal

Sección 2. De la Comisión Nacional Forestal

Sección 3. De las Promotorías de Desarrollo Forestal

CAPITULO IV. De la Coordinación Institucional

CAPITULO I. De los Criterios de la Política Nacional en Materia Forestal

CAPITULO II. De los Instrumentos de la Política Forestal

Sección 1. De la Planeación del Desarrollo Forestal

Sección 2. Del Sistema Nacional de Información Forestal

Sección 3. Del Inventario Nacional Forestal y de Suelos

Sección 4. De la Zonificación Forestal

Sección 5. Del Registro Forestal Nacional

Sección 6. De las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Forestal

Sección 7. Del Sistema Nacional de Gestión Forestal

Sección 8. Del Estudio Satelital Anual del Índice de Cobertura Forestal.

CAPITULO I. De las Autorizaciones para el Aprovechamiento de los

Recursos Forestales

CAPITULO II. Del Aprovechamiento y Uso de los Recursos Forestales

Sección 1. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales Maderables

Sección 2. De las Plantaciones Forestales Comerciales

Sección 3. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales No Maderables

Sección 4. De la Colecta y Uso de los Recursos Forestales

CAPITULO III. Del Manejo Forestal Sustentable y Corresponsable

Sección 1. De los Servicios Técnicos Forestales

Sección 2. De las Unidades de Manejo Forestal

Sección 3. De las Auditorías Técnicas Preventivas

Sección 4. De la Certificación Forestal

CAPITULO IV. Del transporte, Almacenamiento y Transformación de las

Materias Primas Forestales

CAPITULO I. Del Cambio de Uso del Suelo en los Terrenos Forestales

CAPITULO II. De la Sanidad Forestal

CAPITULO III. De la Prevención, Combate y Control de Incendios Forestales

CAPITULO IV. De la Conservación y Restauración

CAPITULO V. De la Reforestación y Forestación con Fines de Conservación

y Restauración

CAPITULO VI. De los Servicios Ambientales Forestales

CAPITULO VII. Del Riesgo y Daños Ocasionados a los Recursos Forestales,

al Medio Ambiente, Ecosistemas o sus Componentes

CAPITULO I. De los Instrumentos Económicos del Fomento Forestal

Sección 1. De los Incentivos Económicos

Sección 2. Del Fondo Forestal Mexicano

CAPITULO II. De la Infraestructura para el Desarrollo Forestal

CAPITULO III. De la Investigación para el Desarrollo Forestal Sustentable

CAPITULO IV. De la Cultura, Educación y Capacitación Forestales

CAPITULO I. Del Derecho a la Información, la Participación Social y de la

Concertación en Materia Forestal

CAPITULO II. De los Consejos en Materia Forestal

CAPITULO I. De la Prevención y Vigilancia Forestal

CAPITULO II. De la Denuncia Popular

CAPITULO III. De las Visitas y Operativos de Inspección

CAPITULO IV. De las Medidas de Seguridad

CAPITULO V. De las Infracciones

CAPITULO VI. De las Sanciones

CAPITULO VII. Del recurso de revisión

CAPÍTULO ÚNICO

CAPÍTULO PRIMERO. De la Planeación del Desarrollo Forestal

CAPÍTULO SEGUNDO. Del Inventario

CAPÍTULO TERCERO. De la Zonificación Forestal

CAPÍTULO CUARTO. Del Registro Forestal Nacional

CAPÍTULO PRIMERO. De las Autorizaciones para el Aprovechamiento de los

Recursos Forestales

CAPÍTULO SEGUNDO. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales

Sección Primera. Del aprovechamiento de los recursos forestales maderables

Sección Segunda. De las plantaciones forestales comerciales

Sección Tercera. Del aprovechamiento de los recursos forestales no maderables

Sección Cuarta. De la colecta de recursos biológicos forestales

Sección Quinta. Del uso de los recursos forestales

CAPÍTULO TERCERO. Del Manejo Forestal Sustentable y Corresponsable

Sección Primera. De los servicios técnicos forestales

Sección Segunda. De las unidades de manejo forestal

Sección Tercera. De las auditorías técnicas preventivas

CAPÍTULO CUARTO. Del Transporte, Almacenamiento y Transformación de las

Materias Primas Forestales

Sección Primera. De la legal procedencia de las materias primas forestales

Sección Segunda. De la autorización de funcionamiento de los centros de

almacenamiento y de transformación de materias primas forestales

CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales

CAPÍTULO SEGUNDO. Del Cambio de Uso del Suelo en los Terrenos Forestales

CAPÍTULO TERCERO. De la Sanidad Forestal

CAPÍTULO CUARTO. De la Prevención, Combate y Control de Incendios

Forestales

CAPÍTULO QUINTO. De la Conservación y Restauración

CAPÍTULO SEXTO. De la Reforestación y Forestación con Fines de Conservación

y Restauración

CAPÍTULO SÉPTIMO. Del Riesgo y Daños Ocasionados a los Recursos

Forestales, al Medio Ambiente, a los Ecosistemas o sus Componentes

CAPÍTULO ÚNICO

POLÍTICA NACIONAL EN MATERIA FORESTAL (LGDFS, art. 29-34)

El desarrollo forestal sustentable se considera un área prioritaria del

desarrollo nacional. Tendrán ese carácter las actividades públicas o

privadas que se le relacionen.

La política nacional en materia forestal deberá promover el fomento y

la adecuada planeación de un desarrollo forestal sustentable

Desarrollo Forestal Sustentable: Proceso evaluable y medible

mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, silvícola,

económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima y

sostenida de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento,

equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales, que mejore el

ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la

actividad forestal y promueva la generación de valor agregado en las

regiones forestales, diversificando las alternativas productivas y

creando fuentes de empleo en el sector.

Principios rectores de política:

I. Lograr que el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas

forestales sea fuente permanente de ingresos y mejores condiciones

de vida para sus propietarios o poseedores, generando una oferta

suficiente para la demanda social, industrial y la exportación, así

como fortalecer la capacidad productiva de los ecosistemas;

V. Asegurar la permanencia y calidad de los bienes y servicios

ambientales, derivados de los procesos ecológicos, asumiendo en

programas, proyectos, normas y procedimientos la interdependencia

de los elementos naturales que conforman los recursos susceptibles

de aprovechamiento como parte integral de los ecosistemas, a fin de

establecer procesos de gestión y formas de manejo integral de los

recursos naturales;

Criterios obligatorios de política:

El uso sustentable de los ecosistemas forestales (ambiental

y silvícola);

La utilización del suelo forestal de manera que mantenga su

integridad física y su capacidad productiva (ambiental y

silvícola);

La integración regional del manejo forestal (ambiental y

silvícola);

La conservación de la biodiversidad de los ecosistemas

forestales (ambiental y silvícola);

Ampliar y fortalecer la participación de la producción forestal

en el crecimiento económico nacional (económico);

Criterios obligatorios de política:

La plena utilización de los ecosistemas forestales mediante

su cultivo y la de los suelos de vocación forestal a través de

la forestación, a fin de dar satisfacción en el largo plazo de

las necesidades de madera por parte de la industria y de la

población, y de otros productos o subproductos que se

obtengan de los bosques (económico);

La participación de las organizaciones sociales y privadas e

instituciones públicas en la conservación, protección,

restauración y aprovechamiento de los ecosistemas

forestales y sus recursos (social);

La regulación y aprovechamiento de los recursos y terrenos

forestales, deben ser objeto de atención de las necesidades

sociales, económicas, ecológicas y culturales de las

generaciones presentes y futuras (social).

Criterios ambientales y silvícola (art. 33):

I. Orientarse hacia el mejoramiento ambiental del territorio

nacional a través de la gestión de las actividades forestales, para

que contribuyan a la manutención del capital genético y la

biodiversidad…

II. La sanidad y vitalidad de los ecosistemas forestales;

III. El uso sustentable de los ecosistemas forestales…

IV. La estabilización del uso del suelo forestal a través de

acciones que impidan el cambio en su utilización, promoviendo

las áreas forestales permanentes;

V. La protección, conservación, restauración y aprovechamiento

de los recursos forestales a fin de evitar la erosión o degradación

del suelo;

VI. La utilización del suelo forestal debe hacerse de manera que

éste mantenga su integridad física y su capacidad productiva,

controlando en todo caso los procesos de erosión y degradación;

Criterios ambientales y silvícola (art. 33):

VII. La integración regional del manejo forestal, tomando como

base preferentemente las cuencas hidrológico-forestales;

VIII. La captación, protección y conservación de los recursos

hídricos y la capacidad de recarga de los acuíferos;

IX. La contribución a la fijación de carbono y liberación de

oxígeno;

X. La conservación de la biodiversidad de los ecosistemas

forestales, así como la prevención y combate al robo y extracción

ilegal de aquéllos, especialmente en las comunidades indígenas;

XI. La conservación prioritaria de las especies endémicas,

amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección

especial;

Criterios ambientales y silvícola (art. 33):

XII. La protección de los recursos forestales a través del combate

al tráfico o apropiación ilegal de materias primas y de especies;

XIII. La recuperación al uso forestal de los terrenos

preferentemente forestales, para incrementar la frontera forestal,

XIV. El uso de especies compatibles con las nativas y con la

persistencia de los ecosistemas forestales.

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS

Manejo forestal: El proceso que comprende el conjunto de acciones

y procedimientos que tienen por objeto la ordenación, el cultivo, la

protección, la conservación, la restauración y el aprovechamiento de

los recursos y servicios ambientales de un ecosistema forestal,

considerando los principios ecológicos, respetando la integralidad

funcional e interdependencia de recursos y sin que merme la

capacidad productiva de los ecosistemas y recursos existentes en la

misma; (LGDFS, Reforma del 4 de junio de 2012);

Manejo forestal. La toma de decisiones integradas y coordinadas

dirigidas a la utilización de los recursos forestales con el fin de cubrir

las necesidades sociales, económicas, culturales y espirituales de

las generaciones presentes y futuras por productos forestales y

servicios (The Sustainable Forestry Handbook).

INSTRUMENTOS/CONCEPTOS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS

Ordenación forestal: La organización económica de un área

forestal tomando en cuenta sus características silvícolas, que implica

la división espacial y temporal de las actividades del manejo forestal;

Silvicultura. La teoría y práctica de controlar el establecimiento,

composición, constitución, crecimiento y desarrollo de los

ecosistemas forestales para la continua producción de bienes y

servicios (LGDFS).

INSTRUMENTOS/CONCEPTOS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS

INSTRUMENTOS/CONCEPTOS

Programa de manejo forestal: El instrumento técnico de planeación

y seguimiento que describe las acciones y procedimientos de manejo

forestal sustentable.

Unidad de manejo forestal: Territorio cuyas condiciones físicas,

ambientales, sociales y económicas guardan cierta similitud para

fines de ordenación, manejo forestal sustentable y conservación de

los recursos;

Aprovechamiento Forestal. La extracción realizada [en los términos

de la Ley,] de los recursos forestales del medio en que se

encuentren, incluyendo los maderables y los no maderables.

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS

Clasificación de superficies: Es la cuantificación de las superficies

en los programas de manejo forestal;

Zonificación forestal: Instrumento en el cual se identifican, agrupan

y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro

de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales,

por funciones y subfunciones biológicas, ambientales,

socioeconómicas, recreativas, protectoras y restauradoras, con fines

de manejo y con el objeto de propiciar una mejor administración y

contribuir al desarrollo forestal sustentable;

INSTRUMENTOS/CONCEPTOS

APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES MADERABLES

Aprovechamiento

Forestal (con fines

comerciales)

Existencia de riesgo a

los rec. forestales,

medio ambiente, los

ecosistemas o sus

componentes

Uso doméstico

- Notificación (Art. 135 LGDFS)

• Realización de actividades

necesarias para evitar una

situación de riesgo

• Extracción de arbolado

• Art. 104 LGDFS

• No requiere

autorización (Art. 71

RLGDFS)

• Leña: arbolado

muerto,

desperdicios,

limpia de monte,

poda (Art 73 RLGDFS)

• NOM 012-

SEMARNAT-1996

Comercial No Comercial

Refrendo de la Autorización

(Art. 60, 79, 84 LGDFS)

Autorización de Aprovechamiento

(Art 73 LGDFS)

Autorización de modificación del

PMF (Art. 71 LGDFS)

• Incluye la del PMF (Art. 73 LGDFS)

• PMF con vigencia al turno (Art. 73

LGDFS)

• Autorización con vigencia al ciclo de corta

(Art. 60 y 79 LGDFS)

• Queda prohibido adelantar plan de corta

o alterar calendario, salvo causas

fehacientemente demostradas

• Se refrenda cuantas veces sea necesario

hasta cumplir el turno y los objetivos del

PMF (Art. 60 y 79 LGDFS)

Trámite Unificado de Aprovechamiento

APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES MADERABLES

Autorización de

Aprovechamiento

Forestal

Autorización de

Modificación del PMF

Refrendo de la

Autorización

Simplificado Intermedio Avanzado

- Autorización (Art. 73 LGDFS)

- Requisitos (Art. 74 LGDFS)

-Niveles de PM (Art. 77 LGDFS)

• >250 ha

• Art. 37 Frac. I

RLGDFS

• 20 ha y <250 ha

• Art. 37 Frac. II

RLGDFS

• < ó = 20 ha y Conj. Predios < ó = 20 ha que no

rebasen 250 ha (Art. 77 Párrafo 1° LGDFS)

• Art. 37 Frac. III RLGDFS

• Extracción arbolado muerto (Art. 38 RLGDFS)

• Podas/Proy. recreación/invest. (Art. 39 RLGDFS)

- Plazos: 30/60 días (Art 81

LGDFS)

- Inclusión de AFNM: (Art. 59

RLGDFS)

•Titulo que acredite propiedad o posesión

•Plano georeferenciado

•Programa de Manejo Forestal

•Manifestación bajo protesta de decir verdad

•Acta de asamblea (consentimiento del núcleo agrario)

•Reglamento interno o estatuto comunal

•Manifestación de Impacto Ambiental, tratándose de

selvas y ANP (art 76 LGDFS)

En los siguientes casos se puede optar por el…

CASOS

Nuevos aprovechamientos

Incorporación de superficies:

Terrenos de productividad baja y/o bajas existencias

(reconversión)

Para recuperar existencias

Áreas reforestadas

Superficies liberadas de conflictos agrarios.

Por vencimiento de la autorización

AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LOS PMF

Causas Requisitos (Art. 24 RLGDFS)

Plazos: 30 días (Art. 25 RLGDFS

y Art. 81 LGDFS)

- Económicas

- Meteorológicas

- Sanitarias

Adelantar plan de corta

o alterar calendario (Art. 71 LGDFS)

Inclusión del

aprovechamiento de

rec. no maderables (Art. 26 RLGDFS)

- Justificación

- PMF modificado

CASOS

Cambio de método o sistema de manejo forestal. Analizar caso por

caso.

Inclusión de tratamientos silvícolas (de corta o complementarios)

Modificación del ciclo de corta y turno

Inclusión de prácticas mejoradas de manejo Forestal

Inclusión de prácticas de manejo para la conservación de la

biodiversidad

Establecimiento de rodales o áreas semilleras

Inclusión de volúmenes de anualidades anteriores no aprovechadas

REFRENDO DE LA AUTORIZACIÓN

Tipo Requisitos (Art. 33 y 44 RLGDFS)

Plazos (Art. 35 y 44 RLGDFS)

Sin autorización

automática (Art. 60 y 79 LGDFS)

Con autorización

automática +

(Art. 44 RLGDFS)

- Solicitud dentro del

último año de

vigencia

- Información actua-

lizada del PMF

- No haber incurrido

en infracciones en

los 2 últimos años

- Certificado de

manejo

- 30 días

- 5 días

+ No paga derechos

SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN

Una vez presentado un programa de manejo forestal, la

Secretaría iniciará el procedimiento de evaluación, para lo

cual dictaminará si la solicitud se ajusta a las formalidades

previstas en la Ley, su Reglamento y las NOM aplicables.

La Secretaría deberá evaluar la factibilidad de las obras o

actividades propuestas en el Programa sobre los recursos

forestales sujetos a aprovechamiento, así como en los

ecosistemas forestales de que se trate, considerando el

conjunto de elementos que los conforman y no

únicamente los recursos sujetos a aprovechamiento.

(Art. 80 LGDFS)

SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN

La Secretaría podrá autorizar la ejecución del programa

respectivo en los términos solicitados, o de manera

condicionada a su modificación o al establecimiento de

medidas adicionales de manejo forestal o de prevención y

mitigación de impactos ambientales. En este caso, la

Secretaría señalará las restricciones o requisitos que

deberán observase en la ejecución del programa

correspondiente, y que sólo podrán estar encaminadas a

prevenir, mitigar o compensar los efectos negativos sobre

los ecosistemas (Art. 82 LGDFS).

SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN

La Secretaría sólo podrá negar la autorización solicitada

cuando:

III. Se comprometa la biodiversidad de la zona y la

regeneración y capacidad productiva de los terrenos en

cuestión (Art. 83 LGDFS);

PREMISA

LA BIODIVERSIDAD REGULA LOS PROCESOS DE LOS ECOSISTEMAS DE

LOS CUALES SE DERIVAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES, INCLUYENDO

LA PROVISIÓN DE RECURSOS NATURALES (Y LA PRODUCCIÓN Y

PRODUCTIVIDAD FORESTAL)

ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM

Se establecen catálogos definidos de información: 5.2.1. Objetivo general

Se deberá seleccionar alguno de los siguientes objetivos.

- Aprovechamiento de recursos forestales maderables.

- Aprovechamiento de recursos forestales maderables y no maderables.

5.2.2. Objetivos específicos (Conforme a la fracción XVI del artículo 7

LGDFS)

a) Producción: Realizar las actividades tendientes a generar los

volúmenes de cosecha, manteniendo los bienes y servicios asociados

b) Aprovechamiento: La extracción de los volúmenes de cosecha, con el

mínimo impacto al ecosistema y la máxima contribución al desarrollo

social y económico.

c) Conservación: Mitigar los impactos ambientales ocasionados por el

aprovechamiento para conservar las especies de flora y fauna silvestre,

procurando en todo momento mantener la calidad existente de las

mismas.

… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM

Se establecen fuentes concretas de información:

5.2.6.1. Clima.

“Modificaciones al Sistema de Clasificación Climática de Koppen” o

INEGI.

5.2.6.2. Suelo.

Versión más actualizada del sistema de clasificación

FAO/UNESCO o INEGI.

5.2.6.5 Tipos y estructura de la vegetación y especies dominantes

de flora

Versión más actualizada de clasificación de INEGI.

Se establecen formatos para la presentación de datos:

Unidad

Mínima

de

Manejo

(1)

Tratamiento Aplicado en el Ciclo de Corta

Anterior

Situación

actual

(Respuesta)

(5)

Diferencias

(4-5)

Tratamiento

(2)

Unidad de

medida*

(3)

Meta

(4)

… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM

Se establecen las características de presentación

de los planos:

a) Poligonal del predio, con sus vértices numerados;

b) Delimitación de las cuencas y subcuencas, indicando la clave de INEGI;

c) Nombre del predio;

d) Municipio;

e) Entidad;

f) Orientación;

g) Simbología;

h) Superficie total del predio en hectáreas;

i) Escala (mayor o igual 1:50,000);

j) Día, mes y año de elaboración del plano;

k) Principales centros de población y vías de comunicación;

l) Predios colindantes;

m) Nombre del responsable de la elaboración, y

o) Relación de vértices numerados con coordenadas UTM o geográficas.

… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM

CRITERIOS Y ESPECIFICACIONES

DE CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS DE MANEJO

5.2.1. Objetivo general (seleccionar).

a) Aprovechamientos de recursos forestales maderables.

b) Aprovechamientos de recursos forestales maderables y no maderables.

5.2.2. Objetivos específicos (seleccionar).

a) Producción.

b) Aprovechamiento.

c) Conservación. Mitigar los impactos ambientales ocasionados por el aprovechamiento para conservar las especies de flora y fauna silvestre, procurando en todo momento mantener la calidad existente de las mismas.

d) Restauración.

e) Protección.

5.2.3. Ciclo de corta y turno. (RODALES MANEJADOS CON DIFERENTES TURNOS)

a) Especificar en años.

b) Ciclo como múltiplo o igual al turno

c) Incluir en la memoria de cálculo el procedimiento de obtención del ciclo de corta y turno.

Programa de manejo nivel avanzado:

5.2.4. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente.

a) Número y fecha de oficio de autorización anterior.

b) Unidad mínima de manejo.*

c) Tratamiento aplicado en el ciclo de corta anterior (selección, cortas de regeneración, liberación y aclareos).*

d) Meta establecida en el PMF anterior y respuesta, de cada tratamiento silvícola, con base en los datos del inventario del PMF actual.*

e) Diferencia entre la meta y respuesta de cada tratamiento.*

f) Análisis e interpretación de la información (explicar respuesta y diferencias).

g) Para especies tropicales (cuadro con géneros y especies presentes en el predio).

h) Para selvas tropicales (contar con información de por lo menos un ciclo de corta).

*La información se deberá presentar en el Cuadro 1 del Anexo Único.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.

a) Se deberá cuantificar conforme se establece en el artículo 28 del RLGDFS, indicando el porcentaje correspondiente a cada categoría, respecto al total de la superficie del predio.

CONSERVACIÓN. MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES QUE PROPICIAN

LA PERSISTENCIA Y EVOLUCIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL NATURAL

O INDUCIDO, SIN DEGRADACIÓN DEL MISMO NI PÉRDIDA DE SUS

FUNCIONES (ART. 7, FRACC. IX).

APROVECHAMIENTO RESTRINGIDO, ES LA EXTRACCIÓN AUTORIZADA CON

LIMITACIONES Y MEDIDAS ESPECIALES DE PRECAUCIÓN SOBRE

VOLÚMENES, ESPECIES Y PRODUCTOS FORESTALES PARA EVITAR

PONER EN RIESGO LA BIODIVERSIDAD Y LOS SERVICIOS AMBIENTALES EN

LA ZONA DEL APROVECHAMIENTO (ART. 2, FRACC. II RLGDFS);

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.

a) Se deberá cuantificar conforme se establece en el artículo 28 del RLGDFS, indicando el porcentaje correspondiente a cada categoría, respecto al total de la superficie del predio.

ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO RESTRINGIDO SON

SUPERFICIES CON VEGETACIÓN FORESTAL QUE POR SUS

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y BIOLÓGICAS ESTÁN SOMETIDAS A UN

RÉGIMEN DE PROTECCIÓN, CON APROVECHAMIENTOS RESTRINGIDOS

QUE NO PONGAN EN RIESGO EL SUELO, LA CALIDAD DEL AGUA Y LA

BIODIVERSIDAD (ART. 28, RLGDFS).

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

CLASIFICACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE SUPERFICIES

Tipo de superficie Hectáreas %

I. Áreas de conservación y aprovechamiento restringido

a) Áreas naturales protegidas

b) Superficies para conservar y proteger el hábitat existente de especies y subespecies de flora y fauna silvestre en riesgo, señaladas en las disposiciones aplicables

c) Franjas de protección de cauces y cuerpos de agua

d) Superficies con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados

e) Superficies arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar

f) Superficies con vegetación de manglar y bosque mesófilo de montaña

II. Áreas de producción

III. Áreas de restauración

IV. Áreas de protección forestal declaradas por la Secretaría

V. Áreas de otros usos

TOTAL

Art. 28 y 37 Fracc. I, Inciso d y Fracc. II del RLGDFS, numeral 5.2.5. de la

NOM 152-SEMARNAT-2006

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS

5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.

• CLASIFICACIÓN DE HÁBITATS

• ATRIBUTOS DE ALTO VALOR PARA LA CONSERVACIÓN (AAVC)

• ÁREAS (UNIDADES DEL PAISAJE) QUE JUEGAN UN PAPEL FUNDAMENTAL

EN LA GENERACIÓN DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS.

• COMPONENTES RAROS, ÚNICOS O AMENAZADOS (HÁBITAS, ESPECIES)

• RECURSOS IMPORTANTES PARA LA CULTURA Y EL SUSTENTO DE

COMUNIDADES LOCALES Y PUEBLOS INDÍGENAS

• ATRIBUTOS SIGNIFICATIVOS PARA LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO

NATURAL Y CULTURAL A NIVEL LOCAL, REGIONAL, NACIONAL O

INTERNACIONAL

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

Escala y límites Cuenca- Región Paisaje, geosistema,

Predial

Rodal Pixeles, estratos

Poblaciones, especies

Grande Pequeña

5.2.6. Diagnóstico general de las características físicas y biológicas.

a) Clima (tipo y fórmula).

b) Suelo (Unidad, subunidad, profundidad, clase textural, pedregosidad superficial)

c) Topografía (Sistema, provincia, altitud max y min, pendiente y exposición)

d) Hidrología (Región hidrológica, cuenca, subcuenca, microcuenca, corrientes, cuerpos de agua)

e) Tipos y estructura de la vegetación y especies dominantes de flora y fauna silvestres (superficie, nombre científico y común por estrato y reportados, categoría de riesgo)

DIAGNÓSTICO, PROVIENE DEL GRIEGO DIAGNOSTIKÓS (A TRAVÉS

CONOCIMIENTO O APTO PARA CONOCER).

EN GENERAL, EL TÉRMINO INDICA EL ANÁLISIS PARA DETERMINAR CUÁL

ES LA SITUACIÓN Y TENDENCIAS DE ALGO SOBRE LA BASE DE

INFORMACIÓN Y DATOS RECOGIDOS Y ORDENADOS SISTEMÁTICAMENTE,

QUE PERMITEN JUZGAR MEJOR QUÉ ES LO QUE ESTÁ PASANDO.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.6. Diagnóstico general de las características físicas y biológicas.

• CARACTERIZACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE HÁBITATS

• DESCRIPCIÓN DE ATRIBUTOS

• HÁBITAT: LA SUMA TOTAL DE CONDICIONES AMBIENTALES DE UN

LUGAR ESPECÍFICO DONDE VIVE (HABITA) UNA ESPECIE O UN

CONJUNTO DE ESPECIES DE PLANTAS O ANIMALES (LAS

CONDICIONES FÍSICAS Y LOS RECURSOS QUE PERMITEN SU

SOBREVIVENCIA, CRECIMIENTO YREPRODUCCIÓN.

• FACTORES CLAVE DEL HÁBITAT:

– PLANTAS: CLIMA, DISPONIBILIDAD DE AGUA, NUTRIENTES DEL

SUELO.

– FAUNA: COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DE LA

• VEGETACIÓN, DISPONIBILIDAD DE ALIMENTO, AGUA,

• REFUGIOS, SITIOS DE REPRODUCCIÓN, ANIDAMIENTO,

MADRIGUERAS, ETC.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.7. Estudio dasométrico.

a) Descripción de la metodología del inventario: material aerofotográfico o imágenes de satélite utilizadas, diseño de muestreo, número total de sitios, forma de los sitios, tamaño de los sitios, intensidad de muestreo, confiabilidad de muestreo y error de muestreo.

A ESCALA DE PREDIO (A PARTIR DE LA ESCALA DE PAISAJE):

• MAPAS DE TIPOS DE HÁBITAT (TIPOS DE VEGETACIÓN

ARBOLADA Y OTROS ASOCIADOS COMO MATORRALES,

PASTIZALES, ETC., Y CLASES DE ESTRUCTURA DE LA

VEGETACIÓN).

• COMPONENTES CRÍTICOS COMO CUERPOS DE AGUA Y

VEGETACIÓN DE RIBERA, AFLORAMIENTOS Y PAREDES

ROCOSAS, HÁBITATS RAROS O ÚNICOS.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.7. Estudio dasométrico.

A ESCALA DE RODAL:

• COMPOSICIÓN DE ESPECIES ARBÓREAS.

• ESTRATIFICACIÓN VERTICAL DE LA VEGETACIÓN (INCLUYENDO

SOTOBOSQUE).

• DISTRIBUCIÓN DE DIÁMETROS DEL ARBOLADO.

• ESTRUCTURAS QUE SON COMPONENTES DE HÁBITAT CLAVE

(ÁRBOLES MUERTOS EN PIE, ÁRBOLES CON CAVIDADES O CON

EPÍFITAS ABUNDANTES, TRONCOS CAÍDOS, ÁRBOLES

LATIFOLIADOS O ARBUSTOS QUE PRODUCEN ALIMENTO PARA

LA FAUNA (ENCINOS, MADROÑOS, ZARZAMORAS, ETC.),

PLANTAS ASOCIADAS A MICRORGANISMOS FIJADORES DE

NITRÓGENO (AILES, LEGUMINOSAS, ETC.), CUERPOS DE AGUA.

• POBLACONES DE ESPECIES INDICADORAS DE INTERES

ESPECIAL.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.7. Estudio dasométrico.

b) Memoria de cálculo: método o sistema de planeación a utilizar, fórmulas o modelos, secuencia y desarrollo del cálculo por unidad de manejo y especie, justificación del uso de fórmulas y modelos, secuencia de cálculos para la estimación de la confiabilidad y error de muestreo y procedimiento de obtención del ciclo de corta y del turno.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.7. Estudio dasométrico.

c) Presentar información por unidad mínima de manejo y especie:

1) Existencias: unidad mínima de manejo, superficie por unidad mínima de manejo, especie, ERT/ha, ERT/unidad mínima de manejo, existencias en área basal, IC, volumen residual, área basal residual, posibilidad/ha y posibilidad/unidad mínima de manejo.*

*La información se deberá presentar en el Cuadro 3 del Anexo Único.

2) Resumen de existencias: especie, ERT para el predio, posibilidad y volumen residual **y

**La información se deberá presentar en el Cuadro 4 del Anexo Único.

3) Densidades e incrementos: unidad mínima de manejo, superficie de la unidad mínima de manejo, número de árboles por hectárea, área basal por hectárea, tiempo de paso, ICA e IMA.***

***La información se deberá presentar en el Cuadro 5 del Anexo Único.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.8. Compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural.

a) Criterios para determinar si se ha presentado la regeneración natural: especies a regenerar, edad, número de plantas por hectárea de las especies que se han programado regenerar, y salud y vigor.

b) Especificaciones para la reforestación: características de la planta, método de plantación, densidad de plantación y calendario de actividades.

• USO DE ESPECIES NATIVAS (ART. 77 Y 131 LGDFS)

• TOMAR EN CUENTA DIVERSIDAD GENÉTICA (Y SU

POTENCIAL DE ADAPTACIÓN A CAMBIOS

AMBIENTALES)

• ANALIZAR CASO POR CASO (RIESGOS DE LA

HOMOGENEIDAD, SIMPLICIDAD).

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.9. Justificación del sistema silvícola y tratamientos complementarios.

a) Sistema silvícola: bosque regular, bosque irregular y bosque mixto.

b) Justificación del sistema silvícola.

c) Justificación de los tratamientos complementarios.

JUSTIFICAR, SIGNIFICA PROBAR UNA COSA CON

RAZONES CONVINCENTES, PARA QUE ALGO SE

CONSTITUYA EN EL MOTIVO O LA RAZÓN DE QUE

OTRA NO SEA O PAREZCA EXTRAÑA, INADECUADA O

CENSURABLE

EL MANEJO FORESTAL DEPENDE DE LAS

CONDICIONES FÍSICO-GEOGRÁFICAS Y ECOLÓGICAS

(CLIMA, RELIEVE, SUELOS, VEGETACIÓN, PATRONES Y

PROCESOS ECOLÓGICOS). DEBE ADAPTARSE A

ÉSTAS.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.9. Justificación del sistema silvícola y tratamientos complementarios.

EL MANEJO FORESTAL INFLUYE EN LA COMPOSICIÓN

DE ESPECIES, ESTRUCTURA, LA DINÁMICA Y

FUNCIONAMIENTO DE LOS ECOSISTEMAS. REQUIERE

DE UN ENFOQUE DE MANEJO DE ECOSISTEMAS.

PRESCRIPCIONES DE MANEJO EXPLÍCITAS (BUENAS

PRÁCTICAS, MITIGACIÓN IMPACTO AMBIENTAL,

PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN).

CONSIDERAR LA POSIBILIDAD DE DIFERENTES

SISTEMAS SILVÍCOLAS Y RODALES MANEJADOS CON

DIFERENTES TURNOS.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.10. Posibilidad anual y distribución de productos.

a) Presentarla en orden cronológico para el plan de cortas, y deberá indicar: área de corta anual, unidad mínima de manejo, superficie de la unidad mínima de manejo, tratamiento silvícola, posibilidad por especie y en su caso, volumen por especie a remover por construcción o ampliación de infraestructura.

*La información se deberá presentar en el Cuadro 6 del Anexo Único

b) Resumen de la posibilidad anual: área de corta anual, posibilidad por especie y en su caso, volumen por especie a remover por construcción o ampliación de infraestructura, y nombre científico de las especies por aprovechar por área de corta.**

**La información se deberá presentar en el Cuadro 7 del Anexo Único.

c) Propuesta general para el predio, de la distribución de productos por género.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.11. Descripción y planeación de la infraestructura.

a) Caminos existentes: Tipo de caminos, longitud total de cada camino y densidad de caminos.

b) Acciones de mantenimiento y rehabilitación de caminos: Programación estimada por año, tipo de camino, descripción de las acciones de mantenimiento o rehabilitación y longitud de caminos a mantener o rehabilitar.*

c) Acciones de construcción o ampliación de caminos: Programación estimada por año, tipo de camino, longitud de caminos por construir o ampliar, especificaciones de la ampliación o construcción, superficie afectada por la ampliación o construcción y en su caso, volumen a remover por unidad de manejo y área de corta.

d) Acciones de construcción de otra infraestructura: Programación estimada por año, descripción de las características de la infraestructura a construir, superficie afectada por área de corta y en su caso, volumen a remover por unidad de manejo y área de corta.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.12. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y

enfermedades forestales.

Incendios:

a) Acciones a realizar: realización de pláticas o cursos de capacitación,

colocación de carteles, distribución de folletos, recorridos de campo, apertura de

brechas cortafuego, realización de quemas controladas y/o prescritas,

construcción de torres de observación y otras, que se deberán especificar.

Plagas y enfermedades:

b) Acciones a realizar: recorridos de campo, colocación de carteles y distribución

de folletos, tratamientos silvícolas y otros, que se deberán especificar.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.12. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y

enfermedades forestales.

PROTECCIÓN. CONJUNTO DE ACTIVIDADES Y MEDIDAS PARA PREVENIR LA DESTRUCCIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL DEBIDO A CAUSAS NATURALES O HUMANAS.

REGÍMENES DE PERTURBACIÓN

HÁBITATS/ESPECIES SUSCEPTIBLES A INCENDIOS, PLAGAS Y ENFERMADADES

INTERACCIONES BIÓTICAS NEGATIVAS (PARASITOS Y PATOGENOS).

RESISTENCIA GENÉTICA DE LAS ESPECIES.

CAPACIDAD DE RESCILIENCIA DE CADA HÁBITAT

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y

mitigación de los impactos ambientales.

Medidas de prevención y mitigación:

a) Etapa de aprovechamiento: derribo, extracción, transporte, construcción y rehabilitación de infraestructura.

b) Recursos afectados: suelo, agua, flora y fauna.

c) Descripción del impacto ambiental.

d) Duración del impacto ambiental.

e) Medidas de prevención.

f) Medidas de mitigación.

g) Periodo de inicio y conclusión de las medidas.

Medidas de protección y conservación de especies en riesgo:

a) Nombre científico de la especie a proteger.

b) Descripción del impacto potencial que puede afectar a la especie.

c) Etapa de aprovechamiento en la que se presenta el impacto.

d) Medidas de mitigación y prevención.

e) Periodo de inicio y conclusión de las medidas.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y

mitigación de los impactos ambientales.

EL USO DE LOS RECURSOS FORESTALES IMPLICA RIESGOS DE DEGRADACIÓN AMBIENTAL; LA EVALUACIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DEBE DE FORMAR PARTE DEL MANEJO FORESTAL.

LA BIODIVERSIDAD REGULA LOS PROCESOS DE LOS ECOSISTEMAS DE LOS CUALES SE DERIVAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES, INCLUYENDO LA PROVISIÓN DE RECURSOS NATURALES (Y LA PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD FORESTAL)

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y

mitigación de los impactos ambientales.

PRINCIPIOS

1. MANTENER CONECTIVIDAD

2. MANTENER HETEROGENEIDAD DEL PAISAJE

3. MANTENER COMPLEJIDAD ESTRUCTURAL EN LOS

RODALES

4. PROTECCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS ACUÁTICOS

ESTRATEGIAS

• Corredores ribereños y otros

• Mantener zonas de conservación

• Protección de hábitats sensibles

• Planificación de la red de caminos/áreas libres de caminos

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y

mitigación de los impactos ambientales.

ESTRATEGIAS

• Mosaico de rodales en distintas etapas de desarrollo

• Rodales manejados con diferentes turnos

• Régimen de variación (perturbaciones, sucesión) como

referencia para el manejo

• Retención de estructuras durante las cortas de regeneración

(árboles grandes, coníferas y latifoliadas, con cavidades y

epifitismo, árboles muertos en pie, material leñoso caído,

vegetación del sotobosque).

• Zonas de amortiguamiento de cauces y cuerpos de agua

• Infraestructura de caminos adecuada (drenaje)

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.14. Acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración.

En caso existir áreas de restauración, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.2.5, se deberá indicar:

a) Reforestación.

b) Conservación de suelo y agua.

c) Gestión de recursos para la realización de acciones de rehabilitación.

d) Tratamientos al suelo.

e) Control de pastoreo.

f) Mantenimiento de obras ya establecidas.

g) Otras, que se deberán especificar.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.14. Acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración.

RESTAURACIÓN. CONJUNTO DE ACTIVIDADES TENDENTES A LA REHABILITACIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL DEGRADADO, PARA RECUPERAR PARCIAL O TOTALMENTE LAS FUNCIONES ORIGINALES DEL MISMO Y MANTENER LAS CONDICIONES QUE PROPICIEN SU PERSISTENCIA Y EVOLUCIÓN

• USO DE ESPECIES NATIVAS (ART. 77 Y 131 LGDFS)

• TOMAR EN CUENTA DIVERSIDAD GENÉTICA (Y SU

POTENCIAL DE ADAPTACIÓN A CAMBIOS AMBIENTALES)

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.15. Método para la identificación del arbolado por aprovechar.

a) Martillo.

b) Pintura.

c) Plantilla.

d) Otros, que se deberán especificar.

5.2.16. Datos de inscripción en el Registro Forestal Nacional.

a) Datos de inscripción en el RFN y la firma original del prestador de servicios técnicos forestales, responsable de la elaboración del programa de manejo forestal.

b) En su caso, los datos de inscripción en el RFN y la firma original del prestador de servicios técnicos forestales, responsable de la ejecución del programa de manejo forestal.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.17. Planos del programa de manejo.

5.2.17.1. El programa de manejo deberá presentar planos georrefenciados, indicando el Datum utilizado, y su contenido se ajustará a lo siguiente:

a) Plano 1: áreas de corta y tratamientos silvícolas.

b) Plano 2: clasificación de superficies, corrientes permanentes e intermitentes y cuerpos de agua.

c) Plano 3: todos los sitios de muestreo de acuerdo al diseño de muestreo y tratamientos complementarios.

d) Plano 4: Tipos de vegetación, infraestructura actual y proyectada, y curvas de nivel o carta topográfica.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

5.2.17.2. Cada plano, además de la información del numeral 5.2.17.1,

deberá incluir la información y características siguientes:

a) Poligonal del predio, con sus vértices numerados.

b) Delimitación de las cuencas y subcuencas, indicando la clave de INEGI.

c) Nombre del predio.

d) Municipio.

e) Entidad.

f) Orientación.

g) Simbología.

h) Superficie total del predio.

i) Escala (mayor o igual 1:50 000).

j) Día, mes y año de elaboración del plano.

k) Principales centros de población y vías de comunicación.

l) Predios colindantes.

m) Nombre del responsable de la elaboración.

o) Relación de los vértices numerados con coordenadas UTM o geográficas.

Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):

• Los puntos descritos en los numerales 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4, 5.2.7, 5.2.8,

5.2.9, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.12, 5.2.13, 5.2.14, 5.2.15, 5.2.16 y 5.2.17.

(CONFORME AL ART. 37, FRAC. II DEL RLGDFS)

• Además, se deberá incluir la identificación del tipo de vegetación y especies

dominantes de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del numeral 5.2.6.5.

Programa de manejo nivel intermedio:

• La superficie de los predios que integren un conjunto predial, deberá ser igual o

menor de 20 ha de terrenos forestales y preferentemente forestales por cada predio.

• Los establecidos en los numerales 5.2.3, 5.2.6.5, 5.2.7, 5.2.8, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.15,

5.2.16 y 5.2.17 de la Norma (CONFORME AL ART. 37 FRACC III DEL RLGDFS).

• En el caso de conjunto de predios, además deberá incluir lo establecido en los

numerales 5.2.4, 5.2.8, 5.2.12, 5.2.13 y 5.2.14.

Programa de manejo nivel simplificado:

• Cumplir con lo establecido en los numerales 5.2.3, 5.2.7, 5.2.8, 5.2.10, 5.2.11,

5.2.12, 5.2.13, 5.2.14, 5.2.15 y 5.2.16 (CONFORME ARL ART. 38 DEL RLGDFS).

• El estudio dasométrico, se deberá dirigir a la evaluación y cuantificación del

arbolado a extraer:

a) Descripción de la metodología del inventario e) Número de árboles,

b) Especie f) Volumen total por especie

c) Diámetro g) Volumen de remoción

d) Volumen unitario (nombre científico y

volumen por extraer).

• Plano que deberá contener lo especificado en el numeral 5.2.17.2, y lo siguiente:

a) Poligonal d) Colindancias,

b) Infraestructura e) Superficies

c) Áreas de corta f) Nombre del predio.

Programa de manejo nivel simplificado para remoción de

arbolado muerto:

• Cumplir con los numerales 5.2.3, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.15 y 5.2.16 (CONFORME AL

ART. 39 DEL RLGDFS:

• Además deberá de indicar lo siguiente:

a) Descripción de la metodología del inventario

b) Nombre científico de las especies por aprovechar.

c) Volumen total por género

d) Volumen de remoción (nombre científico, volumen por extraer y en su caso,

volumen a extraer por construcción de infraestructura).

• Plano que deberá contener, además de lo especificado en el numeral 5.2.17.2, lo

siguiente:

a) Poligonal

b) Áreas de podas

c) Colindancias

d) Superficies

e) Nombre del predio.

Programa de manejo nivel simplificado para poda y extracción

por una sola vez:

• Cuando se pretenda solicitar una autorización de recursos forestales maderables y

no maderables de manera conjunta, se deberá incluir en el Programa de Manejo un

apartado específico para los recursos forestales no maderables, conteniendo lo

establecido en los artículos 53 y 57 del RLGDFS, según corresponda al recurso por

aprovechar, con excepción de lo indicado en el inciso a) de la fracción I de este

último.

• En caso de tierra de monte y de hoja, el contenido se ajustará a lo indicado en la

fracción I del artículo 57 del RLGDFS, con excepción de lo indicado en el inciso a)

de la fracción I de este último.

Aprovechamiento maderables y no maderable:

Contenido Avanzado Intermedio Simplificado

Predios

hasta de

20 ha.

Conjunto

de predios

(250 ha)

Arbolado

muerto

Podas Recreación e

investigación

I. Objetivos generales y

específicos.

X X

II. Clasificación y

cuantificación de

superficies.

X

III. Diagnóstico general de

las características físicas y

biológicas.

X

IV. Estudio dasométrico.

X X X X X X

V. Análisis de tratamientos

aplicados.

X X X

VI. Justificación del

sistema silvícola.

X X

VII. Ciclo de corta y turno. X X X X X X X

VIII. Posibilidad anual y

distribución de productos.

X X X X X X X

ESTRUCTURA PARA LA PRESENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE MANEJO

Contenido Avanzado Intermedio Simplificado

Predios hasta

de 20 ha

Conjunto de

predios (250 ha)

Arbolado

muerto

Podas Recreación e

investigación

IX. Descripción y planeación de

la infraestructura.

X X X X X X X

X. Acciones encaminadas a la

rehabilitación de las áreas de

restauración.

X X X X

XI. Compromisos de

reforestación.

X X X X X X X

XII. Medidas necesarias para

prevenir, controlar y combatir

incendios, plagas y

enfermedades forestales.

X X X X

XIII. Descripción y

programación de las medidas

de prevención y mitigación de

los impactos ambientales.

X X X X

XIV. Método para la

identificación del arbolado por

aprovechar.

X X X X X X X

XV. Datos de inscripción del

prestador de servicios técnicos

en el RFN.

X X X X X X X

Contenido Avanzado Intermedio Simplificado

Predios hasta

de 20 ha

Conjunto de

predios (250 ha)

Arbolado

muerto

Podas Recreación e

investigación

XVI. Anexos:

a) Memoria de cálculo

(incisos c, e y f,

numeral 5.2.7.2),

b) Existencias (inciso a,

numeral 5.2.3.7),

c) Posibilidad anual y

plan de cortas (inciso

a, numeral 5.2.10) y

d) Planos.

X X X X X X X