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05/05/2011 1 BIENIO 2009-2011 MASTER EN PAIDOPSIQUIATRIA LA INSTITUCIONALIZACIÓN Y LA ACOGIDA EN FAMILIA AurèliaRafael Linares FAMILIANOVA SCHOLA 2009-2011 Tanto el acogimiento familiar como el residencial son dos modelos de protección de la infancia que deben necesariamente coexistir. 2009-2011 Hasta hace poco para un menor que tenía que ser separado de su familia biológica, no había otro recurso de protección que el de la institucionalización, con todos los déficits psicológicos y afectivos que comporta. El acogimiento familiar surgió para paliar estos déficits, en un intento de basar el desarrollo psicoafectivo de estos niños en los vínculos personales que definen toda cohesión familiar.

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BIENIO 2009-2011

MASTER EN PAIDOPSIQUIATRIA

LA INSTITUCIONALIZACIÓN Y LA ACOGIDA EN FAMILIA

Aurèlia Rafael LinaresFAMILIANOVA SCHOLA

2009-2011

• Tanto el acogimiento familiar como el residencial son dos modelos de protección de la infancia que deben necesariamente coexistir.

2009-2011

• Hasta hace poco para un menor que tenía que ser separado de su familia biológica, no había otro recurso de protección que el de la institucionalización, con todos los déficits psicológicos y afectivos que comporta.

• El acogimiento familiar surgió para paliar estos déficits, en un intento de basar el desarrollo psicoafectivo de estos niños en los vínculos personales que definen toda cohesión familiar.

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¿Qué es el acogimiento familiar?

• Fue introducido en la Ley de 1987, ley que creó un nuevo sistema de protección infantil en España.

• Se planteó como la gran alternativa para aquellos niños que tuvieran ser separados de sus familias.

• Hasta entonces la medida, casi exclusiva, era el ingreso en un centro u hogar de acogida, donde los niños permanecían largos períodos de tiempo, en muchos casos hasta la mayoría de edad.

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• La prioridad de que los niños se desarrollen en el seno de una familia es una cuestión que goza de un gran consenso a nivel profesional, científico y legal.

• Aunque ya han pasado más de 20 años el acogimiento familiar no acaba de erigirse como la medida prioritaria y el acogimiento

residencial sigue siendo hoy en día la medida predominante.

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¿Cuál es su definición?

• Es una medida legal que otorga la guarda de un menor a una persona o familia.

• En dicha situación el niño obtiene la plena participación en la vida de la familia acogedora, teniendo ésta las obligaciones de velar por él, cuidarlo, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral.

• Siempre por un tiempo determinado, complementando a la familia del niño, mientras ésta no pueda atenderle y facilitar que pueda volver con su familia biológica.

• Es un acto en favor de un menor y de su familia de origen.• No pretende sustituir a la familia natural, la cual debe ser

respetada.

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• Todo niño acogido llegará a la nueva familia con un bagaje e historia particulares de

vivencias y aprendizajes.

• La familia de acogida deberá adecuar las estrategias educativas al niño en concreto:

- Se respetarán sus antecedentes.

-Se facilitará la relación y vinculación con su

propia familia.

- Se le preparará para su regreso a ella.

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Características del acogimiento

a) La temporalidad, ya que el objetivo final es la vuelta del menor a su hogar una vez superadas las dificultades de su familia.

b) El contacto con la familia natural a través de visitas. Siendo la entidad encargada de la protección de menores, quien, de acuerdo con el Juzgado, regulará las visitas teniendo en cuenta el beneficio del menor.

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• Las visitas tendrán una periodicidad entresemanal y mensual.

• Así se preserva el vínculo afectivo existente y se facilita la vuelta del menor a su casa.

• Mientras, la familia natural recibirá el apoyo técnico necesario para que pueda superar los problemas que han provocado el acogimiento del niño, aunque a veces este objetivo se alargue en el tiempo o no se consiga.

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¿Cuáles son los tipos de acogimiento?

• Los acogimientos se definen en base a las necesidades específicas de cada menor.

- Acogimiento simple: el menor es acogido por una persona o familia que pueda complementar su entorno familiar durante un período de tiempo que inicialmente no debe superar los 2 años de duración.

- Acogimiento permanente: el menor va a convivir con una persona o familia, sin que se pueda determinar de antemano la duración de la estancia en la familia, aunque previsiblemente será superior a 2 años.

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• Acogida simple en familia extensa: La realizada por parte de una familia o persona que debe formar parte del entorno familiar del menor, con quien debe tener lazos de consanguinidad o parentesco.

• Acogida simple en familia ajena: La realizada por parte de una familia o persona que no pertenece al entorno familiar del menor y ha sido previamente validada por una institución pública.

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¿Qué características hallamos de la acogida en familia extensa?

• La mayoría de acogedores en extensa son los abuelos.

• Un 36% son mujeres sin pareja (normalmente abuelas viudas, la media de edad es de 53 años, una cuarta parte mayores de 65 años (abuelos naturalmente).

• Con un nivel educativo primario en el 59% o sin estudios en el 25% .

• Con ingresos anuales por debajo de los 6.000 en la cuarta parte de ellos.

Del Valle et al (2008)

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¿Cuáles son las características de la acogida en familia ajena?

• En un 80% de los casos se trata de matrimonios.

• Con una edad media entorno a los 48 años.

• Un 73% con un nivel educativo medio o superior.

• Con unos ingresos anuales de 24.000 para un 40%.

• Un 53% tienen hijos propios y en un 40% están acogiendo a más de un niño a la vez.

Del Valle et al (2008)

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• Otro criterio de tipo de acogida es el que se basa en función del tiempo necesario por parte de las instituciones para elaborar un proyecto de mejora con la familia de origen del menor y restablecer el entorno familiar adecuado, siendo:

• De urgencia: Desde unos días hasta tres meses. Para niños entre 0 y 6 años.

• De urgencia y diagnóstico: Puede durar hasta seis meses. Para niños entre 0 y 6 años.

• De corta duración: Hasta dos años. Para niños entre 0 y 6 años.

• De larga duración: Hasta cuatro años, en función de la complejidad de la situación familiar biológica.

• De inmigrantes: De temporalidad variable, suele buscarse una familia de la misma etnia del niño acogido.

• De fines de semana o vacaciones: Aunque se podrá alargar cuando se considere beneficioso para el niño.

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• También un tipo de acogimiento puede darse según la forma en la que se constituye:

- Es el caso del acogimiento administrativo

acordado por las partes ante la Administración.

- O de tipo judicial, cuando se hace necesaria la intervención de un juez por desacuerdo de los padres del menor.

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• La Ley Orgánica 1/96 de Protección Jurídica al Menor dio la posibilidad del acogimiento provisional que permite poner en acogimiento familiar a un niño de manera inmediata, aunque no exista consentimiento de los padres, en tanto se resuelve el contencioso.

• Hasta ese momento, sin acuerdo de los padres no cabía más solución que el acogimiento residencial a la espera de una decisión judicial.

• Hoy en día esa espera puede transcurrir en acogimiento provisional familiar, evitando la necesidad de la estancia en hogares, algo que resulta extraordinariamente útil para los niños más pequeños.

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• Se distingue también entre acogimientos

ordinarios o especializados siendo éstos últimos casos de niños con especiales necesidades de atención por motivos de salud, problemas de desarrollo o bien situaciones de difícil acogida por otras características: ser ya mayor de edad, implicar la acogida de un grupo de hermanos, etc.

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• Otro tipo que hoy en día es valorado por diversas administraciones es el acogimiento profesionalizado.

• Se trata de acogedores que presentan una total disposición y dedicación a cambio de percibir una remuneración similar a un salario.

• Está concebido para acoger a niños y adolescentes que requieren de una atención muy intensiva o con dificultades especiales.

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Datos Estadísticos

• La edad media de los niños acogidos es de

7 años, sin que exista diferencia entre familia extensa y ajena.

• La edad avanzada dificulta los acogimientos, aunque se realizan bastantes en edades entorno a 10 años.- Presentando problemas de salud o discapacidades en muy pocos casos (-10%)- O importantes problemas de conducta (8%)

• La duración media de los acogimientos es:– De 3,5 años en familia ajena.– Más de 5 años en familia extensa.

Del Valle et al (2008)

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¿Qué menores pueden ser acogidos?

• Todos los menores entre 0 y 18 años

que se encuentran bajo la protección de la Administración, porque sus padres no pueden hacerse cargo de ellos.

• A partir de los 18 años la persona en régimen de acogida puede elegir entre volver con su familia biológica o quedarse en el seno de la familia de acogida.

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• Son niños que mantienen ciertos vínculos con sus familias biológicas, pero la Administración delega la guarda de forma temporal en los acogedores.

• La mayoría de estos pequeños viven en instituciones, centros u hogares infantiles, algunos de ellos, durante un largo período de tiempo.

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• Son menores que carecen de un ambiente familiar adecuado, y entre los que se encuentran niños, adolescentes, jóvenes, grupos de hermanos, y también menores con carencias afectivas, con minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales, y en ocasiones con dificultades de comportamiento.

• Son niños a veces desorientados, que no han entendido los motivos por los que deben separarse de los suyos y que deben adaptarse a una situación completamente nueva.

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• A menudo han vivido experiencias

traumáticas.

• Con una historia personal que se caracteriza por haber vivido una situación negligencia, desamparo, desatención, maltrato o han sido víctimas de abusos.

• Al poder vivir y crecer en el seno de una familia tendrán la oportunidad de una estabilidad emocional e incluso mejoría en todos los aspectos de su desarrollo.

• La experiencia demuestra que, tras iniciar el acogimiento familiar estos niños tienen un alto

grado de adaptabilidad y recuperabilidad.

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¿Cuáles son las circunstancias que desencadenan la acogida de un menor?

• La propia familia que, por una situación más o menos temporal, no tiene posibilidad para hacerse cargo de él de forma adecuada.

• La falta de los elementos básicos para el desarrollo adecuado e integral de su personalidad.

• La presencia de signos de malos tratos físicos o psíquicos, abusos sexuales, de explotación u otros de naturaleza similar.

• La situación de internamiento en una institución que tiene su tutela administrativa que, por diversas razones, facilita el contacto con su familia biológica y por tanto no puede ser adoptado.

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¿Quién puede acoger a un menor?

• Cualquier persona, soltera, divorciada con o sin hijos, o grupo familiar que desee participar en los programas que ponen en marcha las CCAA.

• La persona o familia que desee acoger a un menor debe presentar una solicitud en la correspondiente consejería de Bienestar Social o de Familia.

• A partir de ese momento se realiza un proceso de selección, formación y valoración para poder realizar con éxito el acogimiento.

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¿Cuáles son los requisitos para ofrecerse como familia de acogida?

• Que cuiden y eduquen al niño ofreciéndole modelos de comportamiento, relación y afecto positivos, que comprendan sus reacciones.

• Que asuman la situación de temporalidad del acogimiento con la consiguiente despedida.

• Que respeten la historia de la familia biológica, prevean el posible contacto con ésta, realicen un trabajo en equipo.

• Que mantengan el respeto y la confidencialidad a la hora de compartir información.

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- Pleno consenso de todos los miembros de la familia, fruto de una reflexión y una decisión conjunta y responsable.

- Deseo de un acogimiento familiar y no de una adopción.

- Disposición a aceptar al niño acogido en su globalidad: con su historia, sus costumbres, su familia y su forma de ser.

- Estar dispuesto a recibir formación y asesoramiento con el fin de ir superando las dificultades que se puedan presentar durante el acogimiento familiar.

¿Qué requisitos básicos necesita la familia de acogida?

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Son personas o familias:- Que se sienten solidarias, disponen de cierto tiempo y

piensan que es un buen momento para acoger a un niño o grupo de hermanos en su hogar.

- Que no esperan satisfacer su deseo de paternidad, sino ayudar a un niño durante un tiempo para que pueda volver a vivir con su familia.

- Preferentemente con hijos y con una diferencia generacional adecuada con respecto al menor a acoger.

- Que comprenden que deberán afrontar problemas que no siempre serán sencillos.

- Que entienden lo importante que es su familia biológica para el niño, y por eso están dispuestos a conocerla y aceptarla.

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• El modelo actual de intervención tiene las siguientes fases:

-Captación de las familias.

- Selección y Formación.

- Acoplamiento del niño y familia respectivamente.

- Seguimiento.

Fases del Acogimiento Familiar

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• Es clave el apoyo técnico y supervisión del

proceso, sobre todo en los momentos más sensibles, como puede ser al inicio del acogimiento, las primeras visitas, las visitas a la familia biológica u otras eventualidades que se puedan dar a lo largo del acogimiento.

• Numerosas investigaciones destacan la importancia fundamental en la formación de las familias acogedoras, y señalan un alto nivel de correlación con el éxito del acogimiento.

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• El primer nivel de preparación pasa por clarificar las propias motivaciones.

• Hay que comprobar que sean ajustadas a la finalidad del acogimiento.

• Se estudian las capacidades de las familias y su idoneidad para ser acogedoras. Este estudio es un espacio para facilitar la reflexión y ayudar a la familia a explorar sus capacidades, motivaciones y expectativas.

• Además, se ofrece una formación inicial sobre el acogimiento y se refuerzan sus capacidades para afrontar los retos y las particularidades que éste plantea.

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• Una vez que una familia o persona ha sido seleccionada para acoger a un menor.

• Recibe una formación a través de un curso teórico-práctico sobre los diferentes aspectos del acogimiento: - Información legal, modalidades de esta tutela infantil.- Implicaciones de la separación del niño de su familia biológica.- Pautas del proceso de adaptación del niño a su nuevo entorno,- Cómo encauzar las visitas de la familia de origen.- Una clara explicación de la posibilidad de retorno del niño a su familia.

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• En la fase de acoplamiento, una vez decidido qué familia es la más adecuada para un niño en concreto.

• Hay un período de adaptación mutua entre el niño y la familia acogedora.

• Se recibe el apoyo del equipo técnico para la integración del nuevo miembro o de los nuevos miembros (en el caso de hermanos) en la unidad familiar.

• Se informa a la familia sobre las características del menor y de su propia familia, así como de las adaptaciones que ésta debe realizar para acoger al niño.

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¿Cómo se prepara a los niños?

• Siempre que el acogimiento sea planificado, la incorporación a la familia se realiza de forma progresiva.

• Antes de la convivencia, se organizan varios contactos que ayudan al niño a reducir la incertidumbre y facilitan la adaptación.

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• A lo largo de todo el acogimiento, la familia recibirá el apoyo necesario para resolver los problemas que puedan aparecer.

• Se realiza un seguimiento al menor y a la familia.

• Se recibe siempre el apoyo y supervisión

del equipo de técnicos de la Adm. para resolver y anticipar adecuadamente las posibles situaciones problemáticas que se produzcan.

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¿Qué ventajas tiene el acogimiento?

• La organización de las rutinas diarias propias de la edad del menor.

• Un mayor desarrollo de sus habilidades sociales.

• Un mayor contacto con la sociedad y con la comunidad.

• Una mayor participación en la toma de decisiones dentro del núcleo familiar.

• Un mayor número de contactos espontáneos en las relaciones familiares, amistosas, vecinales, etc.

• Aprende a valorar el clima social y se apoya en su familia acogedora.

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• Las evidencias científicas demuestran que la familia es un contexto de desarrollo mucho más positivo que las alternativas de institucionalización.

• Ofrece al niño el poder tener un modelo

familiar adecuado, para cuando constituya el suyo propio.

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¿Qué desventajas tiene el acogimiento?

• La provisionalidad, los especialistas reconocen que no se establecen relaciones paterno-filiales, se trata de una relación tutelar establecida por una Entidad Pública.

• Esta temporalidad puede provocar en el niño sentimientos de inseguridad y ansiedad, impidiendo en muchos casos que llegue a integrarse en el seno de su familia acogedora.

• Puede provocar en el niño un conflicto entre la familia acogedora y su familia biológica.

• Incluso, el acogimiento puede interferir en la relación del menor con su familia biológica.

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¿Qué factores se tienen en cuenta cuando se prevé el retorno?

• Lo principal es mantener el vínculo con la familia biológica. – La familia de acogida tiene que respetar y preservar al máximo

la relación del niño con su familia biológica.

- Es imprescindible que al niño no se le dé la posibilidad de desvalorizar a su familia.

• La colaboración entre familias es importante. Esta relación demuestra que se acepta la medida de acogimiento, así como la ayuda para salir de la situación que ha originado la separación, si bien, hay casos muy complejos en los que no se aconseja este contacto.– El tipo de relación que mantengan estará determinado por un

equipo de profesionales.

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¿Cuáles son los motivos del cese del acogimiento?

• Pueden estar relacionados con las habilidades de los acogedores que, ante unas circunstancias concretas, se ven incapaces de utilizar estrategias adecuadas para gestionarlas.

• Otros factores están relacionados con la propia convivencia y ciertos problemas de adaptación por parte del niño acogido.

• También influye la falta de preparación y sensibilización del menor para superar la separación y afrontar una nueva vinculación con otra familia.

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¿Qué ocurre si el acogimiento temporal no funciona?

• Cuando la relación entre el niño y la familia de acogida no funciona, ambos cuentan con asesoramiento de las instituciones que tratan de encauzar la relación.

• Si, a pesar de todo, no se puede mantener el acogimiento, el niño vuelve al centro

residencial en espera de otra familia de acogida.

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Datos Estadísticos

• La tasa rupturas es del 17% en familia extensa y del 25% en familia ajena.

• El motivo más frecuente es:- La mayoría de edad en la familia extensa 44%. - La decisión de cambio de medida en ajena 50%, que consiste en la mayoría de los casos en adopciones.

• El 24% de los casos en familia ajena finaliza porque se alcanza la mayoría de edad, y 2 de cada 3 jóvenes se queda a vivir con sus acogedores por mutuo acuerdo.

(Del Valle et al. 2008)

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• Cada acogimiento es diferente, pero al menos se recomienda ofrecer la posibilidad de que haya contacto.

• La familia de acogida recoge mediante fotografías, dibujos, escritos o cartas las experiencias vividas durante esa etapa para que los niños puedan dar una continuidad a

su historia.

¿Qué relación mantienen las familias y los niños tras el periodo de acogida?

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¿Qué niños se adaptan mejor a un entorno familiar temporal?

• Niños hasta 10 años, siempre que no presenten problemas que requieran una atención especializada.

• Aquellos que ya han recibido tratamiento para solucionar sus problemas emocionales.

• Los que ya se encontraban en acogimiento antes de la adolescencia.

• Menores con deficiencias o trastornos, que con una ayuda especial, pueden adaptarse a la familia.

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¿En qué casos el acogimiento familiar no es recomendable?

• Adolescentes que tratan de emanciparse.• Niños cuyos vínculos con su familia de origen son

tan grandes que les impiden adaptarse y responder de forma adecuada a su nuevo entorno.

• Niños con determinadas minusvalías psíquicas que requieren un entorno educativo concreto.

• Niños que necesitan un ambiente totalmente estructurado por problemas de conducta.

• Los casos en que los padres biológicos no acepten la relación con la familia de acogida, siempre que esta actitud pueda interferir en el buen desarrollo del acogimiento.

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Además de las familias, ¿qué otras

posibilidades tienen los menores?

• Los menores que no son acogidos por familias permanecen durante el tiempo necesario en centros residenciales

tutelados por la administración autonómica.

• Éstos asumen la responsabilidad sobre el desarrollo integral del menor y deben garantizarle la adecuada satisfacción de sus necesidades biológicas, afectivas y sociales, en un ambiente de seguridad y protección.

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• La atención residencial cubre las necesidades básicas de los niños en atención sanitaria, necesidades materiales, escolarización, refuerzo y corrección del aprendizaje escolar y acceso a las necesidades propias de los niños de su edad.

• Durante la estancia en estos lugares, la administración trata de que el niño, en caso de corta edad, pueda mantener durante el mayor tiempo posible una relación afectiva con su familia.

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El Acogimiento Residencial

• Sigue desempeñando un papel fundamental en la atención y protección de niños y en especial de

adolescentes en situación de desamparo.

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• La población que actualmente es atendida en

centros difícilmente puede ser cubierta, como medida protectora, por alternativas familiares:

- Ya sea por la complejidad de las necesidades de estos jóvenes, que requieren una atención especializada.

- O por la dificultad para poder encontrar familias acogedoras que posean un suficiente nivel de formación y dedicación para poder cubrir las necesidades de estos chicos aún menores.

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• Hasta mediados de los 80’ en España la medida de institucionalización era la respuesta predominante, con grandes inversiones en instituciones.

• Eran centros cerrados y autosuficientes, en los que se podían encontrar en su interior desde escuelas, médico, etc.

• Se basaban en necesidades muy elementales, con un personal no profesionalizado y con un sinfín de diferentes razones de ingreso, no necesariamente unidas a lo que se entiende hoy por desamparo.

• En estos centros los niños podían permanecer toda su infancia y estaban masificados.

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• En los 70’ se empiezan a reivindicar alternativas para la creación de hogares de tipo familiar, con referentes educativos próximos y estables, donde se facilite la integración comunitaria, y donde los niños asistan a las escuelas de la comunidad, utilizando así los espacios propios de cualquier otro niño del barrio.

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• A finales de los 80’ el modelo familiar provoca el cambio en las grandes instituciones, reduciéndose éstas en número y capacidad.

• Se reestructuran creando en su interior espacios diferenciados con hogares con entre 8-10 niños, con sus propios educadores de referencia.

• Este modelo se ha denominado unidades

residenciales y sigue todavía vigente.

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• Este modelo familiar se basaba en el principio que para recibir una adecuada educación se requiere de espacios familiares, confortables, con educadores estables, con quienes el niño pueda establecer relaciones afectivas significativas.

• Partía de un objetivo de protección consistente en dar crianza y educación a niños sin familias o con familias inadecuadas o desestructuradas.

• Tratando de crear entornos sustitutivos de las

familias para educar en ellos a estos niños durante el tiempo que hiciera falta(0-18a)

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• Este modelo se revisó y desestimó por el nuevo sistema de protección a la infancia (Ley del ‘87, Ley Orgánica del ’96), donde se establecen medidas de intervención que priorizan la crianza del niño dentro de

un entorno familiar.

• Así los niños y las familias reciben apoyo para que en caso de separación puedan retornar al hogar lo antes posible, con la ayuda de programas de intervención familiar.

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• Si no fuese posible el regreso, los niños deberían pasar a vivir con una nueva familia, utilizando los modelos de acogimiento familiar y de adopción.

• El acogimiento residencial pasó de ser una medida para la crianza y educación de niños sin hogar, a ser una medida temporal de atención al servicio de la solución definitiva de integración familiar.

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• La finalidad de la intervención protectora debe ser la reintegración en un contexto de desarrollo familiar, ya sea en la familia de origen o en una nueva.

• Por tanto, los centros de internamiento son recursos residenciales educativosorganizados para favorecer las condiciones normalizadas de vida.

• Procurando a los menores la debida atención educativa, desde un punto de vista integral, en espera de la realización de la alternativa más adecuada a su situación.

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• Tiene básicamente estas dos posibles estructuras:

- Hogares familiares se trata de pisos o viviendas unifamiliares.

- Residencias de mayor tamaño, pero que en su interior están divididas en unidades o en hogares de tipo más familiar, conformando apartamentos dentro de la residencia y con una capacidad máx de 30-35 niños.

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¿Cuáles son sus objetivos?

• Una correcta atención al menor en situación de urgencia y/o alto riesgo hasta la determinación diagnóstica de la alternativa y medida adecuada.

• La intervención educativa va dirigida a:

-La integración del menor o en su propia familia o en una familia acogedora.

-La consecución de la autonomía personal e integración social del menor.

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• La tendencia actual es desarrollar una red de servicios de acogimiento residencial diversificado y especializado para poder atender las diferentes necesidades que se encuentran.

• Los factores que han propiciado el desarrollo de este nuevo modelo de intervención son varios:- La aparición de nuevas problemáticas, como la llegada de menores extranjeros y el incremento de casos de violencia familiar ejercida por hijos.- La necesidad de una intervención y atención terapéutica a niños con problemas emocionales, conductuales y de salud mental, para poder evitar el trato segregado o la estigmatización de estos menores.

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• La población atendida en acogimiento residencial es cada vez de mayor edad, lo cual se ha convertido en un modelo de intervención que está dirigido básicamente

a adolescentes.

• Se ha observado un incremento de la edad en la población que es atendida en centros de protección, tanto nivel europeo como en nuestro país, aprox. un 70% son mayores de 13 años.

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• Los niños que se encuentran son aquellos que presentan una serie de características que dificultan su acogida dentro de una familia.

• Esto se debe a la evolución que ha tenido el sistema de protección, que se basa en la adopción de medidas de tipo familiar de manera prioritaria para todos los menores, en especial los más pequeños.

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1- Hogares de acogida de menores hasta los tres años.

2- Hogares de primera acogida y emergencia.

3- Hogares de convivencia familiar.

4- Residencias u Hogares de preparación para la independencia de adolescentes.

5- Hogares y centros para adolescentes con problemas emocionales o de conducta.

6- Hogares para menores extranjeros no acompañados.

(Del Valle y Bravo 2007ª)

¿Cuál es la configuración de la red de acogimiento residencial?

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1- Hogares de acogida de menores hasta

los tres años.

-Es muy frecuente encontrar hogares que atienden a bebés y a niños muy pequeños de forma especializada.

- Actualmente tienden a disminuir al priorizar que los niños más pequeños estén siempre en familia de acogida.

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2- Hogares de primera acogida y emergencia.

- Son hogares de recepción de los casos de urgencia, cuando se requiere la separación de la familia y/o la ubicación en un lugar protegido de convivencia.

- Su principal finalidad es la cobertura de las necesidades urgentes y de evaluación, con el fin de facilitar que a corto plazo se adopte una medida definitiva.

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3- Hogares de convivencia familiar.

- Son hogares que prestan una atención que se basa en la convivencia de niños de diferentes edades.

- Tratando crear un entrono familiar y protector de la convivencia durante el tiempo que precisen estar en acogimiento residencial.

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– Residencias u hogares

funcionales de preparación del

Acogimiento Familiar: Menores de 6 a 14 años con alternativa viable de Acogimiento Familiar Preadoptivo o Permanente. (Programa de separación definitiva)

– Residencias u hogares

funcionales para la Reinserción

familiar: Menores de 6 a 18 años con la alternativa de reinserción familiar en su propia familia. (Programa de Separación Provisional)

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4- Residencias u Hogares de preparación para la independencia de adolescentes.

- Con un reducido número de adolescentes, que residen en un piso de la comunidad, y se preparan para su emancipación. - Son casos en los que no se puede o no se cree conveniente su retorno a su familia y como alcanzarán pronto la mayoría de edad se opta por ofrecerles apoyo para que desarrollen las habilidades necesarias para poder pasar a vivir por su cuenta independientemente. -Estos adolescentes asumen las responsabilidades de convivencia y de organización doméstica, con un mínimo apoyo educativo.

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5- Hogares y centros para adolescentes con problemas emocionales o de conducta.

-Dan respuesta al aumento de casos de adolescentes que además de estar en situación de desprotección presentan importantes problemas de convivencia, en especial cuando presentan un grave riesgo para sí mismos o para los demás.- Son hogares situados habitualmente en entornos más abiertos, viviendas unifamiliares, algunos con granjas, talleres.- En ellos conviven un reducido número de adolescentes con una dotación de educadores y con apoyo psicoterapéutico muy superior a los demás tipos de hogares.- Son denominados como: hogares de socialización, de régimen especial, de educación intensiva, etc. - Existen también los centros terapéuticos que trabajan con una población con graves trastornos de salud mental.

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6.- Hogares para menores extranjeros no

acompañados.

- Su función es atender a menores que proceden de otros países y se encuentran aquí sin familia, la mayoría son del norte de África.

- Su creciente presencia ha provocado la creación de respuestas específicas, con personal que sabe su idioma y sus pautas culturales.

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• La preparación para la independencia se erige como la orientación principal de la intervención individualizada, provocada por el trabajo con adolescentes con:

- Problemáticas familiares muy cronificadas.

- Por una historia de fracaso de las intervenciones previas de preservación familiar.

- Por el aumento de problemas de comportamiento.

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• Diversas investigaciones destacan la presencia en los jóvenes acogidos de problemas conductuales y

emocionales:

– Problemas de carácter ansioso.

– Sentimientos de infelicidad.

– Depresión.

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• Numerosas investigaciones destacan la

importancia del trabajo terapéutico.

• Ya que a medida que aumenta la estancia

en programas de acogida se detecta un

incremento de problemas emocionales, tales como la depresión, la ansiedad y el aislamiento.

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• También hay un incremento del uso de la violencia, los comportamientos delictivos, las fugas y el consumo de sustancias.

• Lo que dificulta progresivamente la convivencia, generando malestar y sentimientos de inseguridad en los centros, reclamando mayores esfuerzos educativos.

• El incremento de los problemas de conflictividad en hogares de protección se debe también a la recepción de menores que son denunciados por sus padres y que acaban siendo atendidos por el sistema de protección.

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La llegada de un menor con este comportamiento a un hogar de protección puede responder a: a) La demanda de los padres del sistema de protección alegando su imposibilidad para controlar la conducta de su hijo, agotados ya los recursos de apoyo a la familia y preservación familiar, la Administración puede asumir temporalmente la guarda del menor en un centro de acogida. Tras una minuciosa evaluación de la situación familiar y del menor, el recurso de acogida al que se derive el menor deberá disponer de un proyecto educativo adecuado a sus necesidades, por ejemplo un modelo terapéutico o de socialización.

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• b) La denuncia de los padres ante el sistema de

justicia por un delito tipificado en el código penal como “violencia familiar” pude ocasionar, en función de la gravedad del delito:– Que el menor sea ingresado en un centro de

internamiento dependiente del sistema judicial de menores.

– O que se dicte una orden de alejamiento del menor de su familia, acompañándose de la medida de convivencia en un grupo educativo, en centros gestionados por el propio sistema de justicia, o se le deriva a un centro u hogar de protección.

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• La demanda de los padres se produce generalmente tras años de conflicto, siendo el desgaste y deterioro relacional muy acusado.

• La cronicidad afecta a las expectativas de cambio y a la motivación de cada uno de los implicados.

• Se observan fuertes reticencias a las proposiciones de intervención mediadoras y preservadoras de la unidad familiar, no siendo posible la prevención, ni la colaboración familiar en algunos casos.

• A veces, la demanda viene ya orientada hacia la separación e incluso hacia el acogimiento del menor en algún centro de carácter terapéutico o rehabilitador, ya sea en acogimientos familiares de carácter terapéutico o en unidades de las llamadas de socialización con estancias temporales controladas.

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• Un nuevo perfil emerge con fuerza dentro de la población acogida en hogares de protección debido al aumento de la

población de menores inmigrantes

acompañados.

• Se ha incrementado la proporción de expedientes en protección referentes a familias inmigrantes.

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Las causas principales para la apertura de un expediente en protección son:

• La detección de situaciones de desamparo provocadas por negligencia, son casos asociados a las mismas características que se dan con frecuencia en los servicios sociales: familias numerosas, falta de habilidades parentales, ausencia de apoyo social, problemas de desempleo, etc.

• La incapacidad parental para controlar la conducta del hijo. Aparecen conflictos en la relación paterno-filial, en especial cuando se ha producido una reagrupación tardía. En la mayoría de los casos hay dificultades para recuperar el rol parental tras una larga separación, incrementándose los conflictos, ya que la reagrupación se realiza en edades próximas a la adolescencia y además se produce un choque de adaptación a una nueva cultura.

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• Otro perfil es la llegada de menores extranjeros no acompañados en los sistemas de protección a la infancia y en los centros de acogida.

• Se utilizan los mismos recursos del sistema de protección para los niños en desamparo.

• Las diferencias en la intervención son suficientemente importantes para replantear el ajuste de estos programas a las necesidades de esta nueva población.

• La ausencia de planificación ha provocado que la intervención se centre en la cobertura de las necesidades básicas, la regulación de papeles y la preparación laboral.

• Hay cierto factor común en todos estos menores: el desarraigo, la vivencia del viaje, el abandono del hogar, la llegada a una cultura ajena con lo que esta conlleva, el idioma, la religión, la alimentación, la separación de la familia, las expectativas de la propia familia para poder obtener un sustento y de un futuro mejor en Europa.

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• Hay que prestar especial atención a los pocos casos de niños menores de los 8 años a los que se les debería encontrar soluciones familiares:

- Facilitando la reagrupación familiar, siempre que se avale en el origen lo adecuado de los cuidados que recibirá.

- Desarrollando una opción de acogimiento familiar en la región de acogida.

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• La primera recepción se realiza en centros de primera acogida, pero se debería realizar en centros específicos para inmigrantes, donde:– Existan figuras mediadoras culturales que puedan

facilitar la intervención con estos menores.

– Exista una formación específica para los equipos técnicos y educadores en interculturalidad.

• Para los jóvenes cuyo plan sea la preparación para

la independencia se debería facilitar su recepción en centros donde puedan convivir con otros jóvenes de la región acogida en su misma situación.

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• La función del acogimiento residencial cada vez más debe orientarse a la rehabilitación, al trabajo terapéutico, a la preparación para la independencia y, en general, a la cobertura de necesidades muy específicas, difícilmente cubiertas por otros recursos.

• Su función al servicio de un plan de reunificación o bien de acoplamiento a una nueva familia debe realizarse de forma rápida, potenciado la recuperación y preparación hacia esa nueva transición.

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• La posibilidad de contar con familias acogedoras evita la larga permanencia institucional para los más pequeños, especialmente sensibles a la falta de estabilidad en sus referentes educativos y se debería seguir la máxima de que los niños menores de tres años deberían estar siempre en acogimiento familiar.

• En aquellos casos donde resulta imposible la recuperación de la familia de origen, el agilizar el proceso de adopción evitaría también el uso excesivamente prolongado de los hogares residenciales.

• Se tiene que tener en cuenta que estos tiempos de espera son proporcionalmente muy significativos en la vida de un niño.